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1.2. Los programas de necesidades
Los estudios de carreteras que requieran la ejecución de una obra se adaptarán, según su finalidad, a los siguientes tipos:
Estudio de planeamiento
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Consiste en la definición de un esquema vial en un determinado año, así como de sus características y dimensiones recomendables, necesidades de suelo y otras limitaciones, a la vista del planeamiento territorial y del transporte.
el estUdio de Planeamiento
Memoria de sus anexos Planos
La exposición y delimitación del objeto del estudio. La recopilación de datos referentes a la estructura socioeconómica, ordenación territorial, medio ambiente, seguridad vial y demanda del transporte y su evolución. El análisis de la situación actual en relación con la estructura socioeconómica, ordenación territorial y oferta y demanda vial y de transporte en la zona de estudio. Las previsiones y repercusiones socioeconómicas y de demanda de transporte en un determinado año horizonte. Los esquemas viales posibles, su comparación y selección de los más recomendables.
La incidencia de dichos esquemas sobre el planeamiento territorial o urbanístico en vigor en el ámbito objeto del estudio.
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Estudio previo
Consiste en la recopilación y análisis de los datos necesarios para definir en líneas generales las diferentes soluciones de un determinado problema, valorando todos sus efectos.
el estUdio Previo
Memoria de sus anexos Planos
La exposición del objeto del estudio y del problema a resolver. La recopilación y análisis de los datos necesarios, tales como estudios de planeamiento, medioambientales, de tráfico, seguridad vial y de terrenos. La definición, en líneas generales, de las diferentes opciones para resolver el problema planteado. La valoración y comparación de dichas opciones, con inclusión en cada caso y con la aproximación adecuada de las expropiaciones y modificaciones de servidumbres y servicios afectados, así como del planeamiento urbanístico en vigor. La posibilidad de limitación de accesos y eliminación de cruces a nivel, y sus consecuencias.
La selección de alternativas más convenientes entre las opciones estudiadas.
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Estudio informativo
Consiste en la definición, en líneas generales, del trazado de la carretera, a efectos de que pueda servir de base al expediente de información pública.
el estUdio inFormativo
Memoria de sus anexos Planos
El objeto del estudio y exposición de las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de las carreteras y la concepción global de su trazado.
La definición en líneas generales, tanto geográficas como funcionales, de todas las opciones de trazado estudiadas. El estudio de impacto ambiental de las diferentes opciones, en los casos en que sea preceptivo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. En los restantes casos, un análisis ambiental de las alternativas y las correspondientes medidas correctoras y protectoras necesarias. El análisis de las ventajas, inconvenientes y costes de cada una de las opciones y su repercusión en los diversos aspectos del transporte y en la ordenación territorial y urbanística, teniendo en cuenta en los costes el de los terrenos, servicios y derechos afectados en cada caso, así como los costes ambientales y de siniestralidad.
La selección de la opción más recomendable.
Será preceptiva la redacción de un estudio informativo cuando se trate de las siguientes obras: • Autopistas, autovías y vías rápidas que supongan nuevo trazado. Nuevas carreteras.
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• Variantes no incluidas en el planeamiento urbanístico vigente de los núcleos de población afectados.
Anteproyecto
Consiste en el estudio a escala adecuada y la consiguiente evaluación de las mejores soluciones al problema planteado, de forma que pueda concretarse la solución óptima.
anteProyecto
Memoria, en la que se expondrán las necesidades a satisfacer, incluyendo los posibles elementos funcionales de la carretera, los factores sociales, técnicos, medioambientales, territoriales, económicos y administrativos que se tienen en cuenta para plantear el problema a resolver, y la justificación de la solución que se propone desde los puntos de vista técnico, económico, medioambiental y de seguridad vial, así como los datos básicos correspondientes con justificación de los precios compuestos adoptados. Anexos a la memoria, entre los que deberán figurar los datos geológicos, geotécnicos, hidrológicos, territoriales y ambientales en que se ha basado la elección, así como los criterios de valoración de la obra y de los terrenos, derechos y servicios afectados. Las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental, en los casos en que sea preceptiva, o, en defecto de estudio informativo, el estudio de impacto ambiental de las diferentes opciones, de acuerdo con la legislación específica aplicable. En los restantes casos las medidas correctoras y protectoras derivadas del análisis ambiental. Planos generales de trazado a escala no menor de 1/5000, y de definición general de las obras de paso y desagüe, secciones-tipo, y obras accesorias y complementarias. Presupuesto, que comprenda mediciones aproximadas y valoraciones. Un estudio relativo a la posible descomposición del anteproyecto en proyectos parciales. Los estudios económicos y administrativos sobre el régimen de utilización de la carretera, y las tarifas que hubieren de aplicarse en el supuesto de que la obra vaya a ser objeto de explotación retribuida.
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Proyecto de construcción
Consiste en el desarrollo completo de la solución óptima, con el detalle necesario para hacer factible su construcción y posterior explotación. El proyecto de construcción deberá redactarse con los datos y precisión necesarios que permitan ejecutar las obras sin la intervención del autor o autores del mismo, y constará de los siguientes documentos: Memoria descriptiva de las necesidades a satisfacer, justificación de la solución proyectada y, en especial, de lo referente a la explotación de la carretera y sus elementos funcionales, obras singulares, accesos, estética y entorno medioambiental y territorial. Anexos a la memoria, en los que se incluirán todos los datos de tráfico, topográficos, hidrológicos, hidráulicos, geológicos, geotécnicos, territoriales, ambientales, de seguridad vial y otros cálculos y estudios que se hubieran utilizado en su elaboración, y que justifiquen e identifiquen el trazado, características y proceso constructivo elegidos. Asimismo, se incorporarán a dichos anexos: I.
II.
Los antecedentes administrativos del proyecto. El estudio de yacimientos y la procedencia de los materiales. III. Las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental, en los casos en que sea preceptiva, y en particular la concreción de las medidas correctoras y protectoras y el programa de vigilancia. En los restantes casos, la concreción de las medidas correctoras y protectoras derivadas del análisis ambiental.
IV.
Las medidas para garantizar la fluidez y seguridad de la circulación en el tramo de carretera afectado durante la ejecución de las obras, con expresión de los desvíos de circulación precisos y de los períodos en los que no se puede perturbar dicha circulación.
V.
La señalización fija y variable, el balizamiento de defensa y otras medidas para la gestión de la circulación en el tramo de carretera objeto del proyecto, tanto durante la ejecución de las obras como en su posterior explotación.
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VI. La ordenación de accesos o reordenación de los existentes.
VII. Las medidas para armonizar y coordinar el proyecto con el planeamiento territorial y urbanístico. VIII. La documentación relativa a la coordinación con otras administraciones y entidades afectadas, incluyéndose en dicha documentación los informes emitidos y las actas de las reuniones habidas.
IX. La relación de bienes, derechos y servicios afectados, identificados en el correspondiente plano parcelario.
X.
Un programa del posible desarrollo de los trabajos en tiempo y coste óptimo, con carácter indicativo.
XI.
El estudio de los precios de las unidades de obra. XII. El presupuesto total de la inversión, incluyendo expropiaciones, modificaciones de servicios y asistencias técnicas realizadas o necesarias.
XIII. La propuesta de la clasificación que deba ostentar el adjudicatario del contrato.
XIV.
La fórmula aplicable de revisión de precios, en su caso. Planos que describan gráficamente todos y cada uno de los elementos de la carretera proyectada y de su proceso constructivo. Pliego de prescripciones técnicas particulares en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra, y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de estas. Presupuestos con mediciones, cuadros de precios, eventualmente presupuestos parciales, y presupuestos generales en todo caso. Proyecto de medidas correctoras y protectoras del impacto ambiental, cuando estas medidas exijan la redacción de un proyecto para su ejecución.
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Proyecto de seguridad e higiene en el trabajo, en su caso, redactado de acuerdo con su normativa específica. Si la obra se realizara mediante explotación retribuida, será necesario acompañar los estudios relativos a su régimen de utilización y futuras tarifas.
Proyecto de trazado
Es la parte del proyecto de construcción que contiene los aspectos geométricos del mismo, así como la definición concreta de los bienes y derechos afectados. El proyecto de trazado comprenderá:
Memoria, en la que se describa y justifique la solución adoptada, de modo que quede claramente definido el trazado proyectado. Anexos a la memoria, en los que se incluirán todos los datos que identifiquen el trazado, las características elegidas y, en su caso, la reposición de servidumbres y servicios afectados. Entre los anexos figurarán los documentos necesarios para promover las autorizaciones administrativas previas a la ejecución de las obras y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, con la descripción material de los mismos en plano parcelario. Planos de trazado, en los que se determine el terreno a ocupar por la carretera y sus elementos funcionales. Presupuesto.
Evaluación de impacto ambiental
Los proyectos de autopistas y autovías que supongan un nuevo trazado, así como los de nuevas carreteras, deberán incluir la correspondiente evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la normativa aplicable al efecto.
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