CIUDAD SEGURA
FORMANDO PARA EL EJERCICIO
DE LA CIUDADANÍA
Y LOS DERECHOS HUMANOS EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aníbal Gaviria Correa Alcalde de Medellín Luis Fernando Suárez Vélez Vicealcalde de Gobernabilidad, Seguridad y Servicio a la Ciudadanía Claudia Patricia Wilches Mesa Secretaria de Gobierno y Derechos Humanos Jaime Alberto Carrión Suárez Subsecretario de Derechos Humanos Oswaldo Juan Patiño Marín Coordinador Unidad de Derechos Humanos
Medellín, febrero de 2015
Investigación coordinación y producción editorial Mónica María Sepúlveda López Especialista en Animación sociocultural y pedagogía social Diseño y diagramación: César Durango Mendoza
FORMANDO PARA EL EJERCICIO
DE LA CIUDADANIA
Y LOS DERECHOS HUMANOS
Cartilla creada por: Corporación Humanizar para el desarrollo
EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Cra 50C # 80-29 Campo Valdés Medellín Colombia. humanizarparaeldesarrollo@gmail.com Primera edición Febrero de 2015
Todos los derechos reservados.
Esta publicación se realiza con recursos priorizados en la comuna 4- Aranjuez, a través del programa Jornadas de Vida y Equidad de la Alcaldía de Medellín.
Lo que encontrarás en esta cartilla.
Presentación .
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Pongámonos de acuerdo en cuanto a algunos conceptos
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1. ¿Qué significa ser ciudadano o ciudadana?
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2. Diversidad .
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3. Conflicto y convivencia
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4. Derechos humanos
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5. Derechos emergentes
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Reconociendo y aprendiendo sobre derechos humanos:
Los derechos humanos emergentes tienen unos principios que son muy importantes
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6. Mecanismos de exigibilidad y defensa de los derechos humanos
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Algunas herramientas claves para la defensa y promoción de los derechos Humanos y el ejercicio de la ciudadania
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Tarea 1. El otro y yo: Reconozcámonos en la diferencia
Tarea 2: Construye tus pautas y normas de convivencia con tus amigos y amigas
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Tarea 3: Leamos el contexto en clave de derechos humanos .
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Tarea 4: Reconociendo instancias y mecanismos para el uso y reclamación de derechos humanos. . . . . .
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TAREA 5. Campaña por los derechos humanos: Yo defiendo los derechos .
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Bibliografía
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PRESENTACIÓN Formar para la ciudadanía y el respeto de los derechos humanos es importante hoy en tanto nos convoca a construir juntos y juntas sociedades más democráticas, incluyentes y con un alto reconocimiento y respeto a la diversidad cultural, étnica, social y personal. El desarrollo de procesos formativos en Instituciones Educativas con jóvenes, niños y niñas es una necesidad planteada incluso desde la Ley general de educación (ley 115/94) “que establece como uno de los fines de la educación la formación para el respeto a los derechos humanos, en especial la vida, la paz, la democracia, la convivencia, el pluralismo y el ejercicio de la tolerancia y la libertad” , asunto que es reafirmado en el Plan Decenal de Educación el cual propone la educación en la paz y para la paz, la convivencia y la ciudadanía, como uno de los mayores desafíos. Por ello, asumiendo este desafío la Corporación Humanizar presenta esta guía temática y didáctica como insumo para el trabajo que estamos realizando en las instituciones educativas de la comuna 4 de Medellín, con la cual proponemos trabajar juntos y juntas por la construcción de formas de relacionamiento y convivencia mejores en la diferencia y la defensa y respeto de los derechos humanos.
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Reconociendo y aprendiendo sobre derechos humanos: Pongámonos de acuerdo en cuanto a algunos conceptos. Es importante entender palabras asociadas a los derechos humanos, a continuación haremos un acercamiento a ellos:
1. ¿Qué significa ser ciudadano o ciudadana? Aparentemente el término ciudadano o ciudadana está asociado a personas que viven en la ciudad. Pero no es así, un ciudadano/a es aquel o aquella que por el solo hecho de nacer en un país determinado, tiene todos los derechos y las obligaciones que se encuentran en las leyes que recoge la constitución nacional, en nuestro caso en la Constitución de 1991. Al parecer solemos creer que somos ciudadanos/as cuando tenemos la mayoría de edad y podemos sacar la cédula y votar, sin embargo toda persona, sea menor o mayor de edad es ciudadano. Por ello debemos pensar cuál es nuestro lugar para que se garanticen los derechos humanos y cómo colaboramos para que esta ciudad sea más humana.
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Esto exige varias cosas: Conocimiento: Conoces qué pasa en la ciudad, su historia, por tu realidad, te invitamos a hacerlo… Pertenencia: Pertenecer significa participar, ser parte de, ello implica no solo votar, sino reclamar, denunciar, colaborar, trabajar con otros en comunidad por un mundo mejor. Solidaridad y Cooperación: Implica a trabajar por la vida digna de todos, implica generar oportunidades para que otras y otros puedan tener real acceso a sus derechos. En últimas el concepto de ciudadanía implica que a pesar de ser diferentes (diversos) en cuanto a raza, edad, sexo, opciones sexuales, religión, somos iguales en términos de derechos.
2. DIVERSIDAD. Nuestro país y nuestra ciudad es multiétnica y pluricultural, eso significa que en un mismo territorio habitamos personas de diferentes religiones, razas, sexo, opciones sexuales, estrato social, y esta diferencia hay que reconocerla y respetarla. Diversidad es un término que se refiere a la variedad, la abundancia de lo distinto. Claro que cuando las cosas son distintas pueden llegar a ser opuestas, contradictorias… pero ¿Por qué esto tiene que ser un problema? ¿No decimos frecuentemente que “en la variedad está el placer”? Lo que le gusta a tus amigos y amigas, a tu familia, a tu pareja no tiene que ser necesariamente lo mismo que te gusta a ti.
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Esto no impide que los sigas queriendo. ¿Por qué será entonces tan difícil respetar al que es distinto cuando no se trata de tú amigo, tú amiga, tú mamá o tú pareja? Hemos aprendido a tener miedo a lo diferente. Tememos que quien es distinto quiera y pueda tener poder sobre nosotros, someternos a su forma de ver el mundo; a sus costumbres, gustos y deseos. La forma de prevenirlo: atacar primero. El miedo alimenta el miedo y mantiene a la mayoría por debajo de unos pocos. Mira a tú alrededor. Hay personas blancas, mestizas, negras, altas, bajitas, gordas, flacas, serias, alegres, tímidas, extrovertidas…… hay buenos, regulares y malos deportistas, así como niños y niñas buenos, regulares y malos estudiantes…..nadie se viste igual a nadie, aunque tengan el mismo uniforme. Todos tenemos la voz y las huellas dactilares diferentes, aunque seamos más de seis mil millones de personas en este mundo. En fin, somos diferentes. Entonces las personas hacen parte de grupos de personas que pueden ser niños, jóvenes, adultos, y ancianos, estos pueden trabajar, estudiar, tener habilidades especiales, pueden cantar, cocinar, construir y hacer muchas cosas. Además quieren y sueñan con cosas diferentes, algunos quieren ir al mar, otros quieren ir a la luna, otros quieren enseñar a la gente, otros quieren sembrar árboles, hay mujeres que aman mujeres y hombres que aman a hombres. Estos hombres y mujeres del mundo, niños y niñas, jóvenes, adultos, ancianos, altos, bajos, delgados, gruesos, ciegos, sordos, indígenas, católicos, evangélicos, mestizos,
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afrocolombianos, viven en el mismo mundo, y todos tiene derecho a cumplir sus sueños. Recuerden, todos somos diferentes, pero también iguales, en cuanto tenemos los mismos derechos y somos dignos y dignas de ser respetados y valorados independientemente de todo lo que nos diferencia, pero esa diferencia causa conflicto, veamos pues cómo lo entendemos.
3. Conflicto y convivencia. En nuestra cotidianidad se presentan constantemente situaciones que ponen en juego nuestros intereses y expectativas de vida, a tales situaciones les llamamos de manera indiferente problemas o conflictos, optando de manera consciente o no, por una determinada posición que influye sobre el rumbo que han de tomar las acciones que pretenden solucionarlas, presentándose en ocasiones el agudizamiento de las mismas. Esas situaciones, molestas y a veces dolorosas innegablemente están cargadas de una riqueza de enseñanza sobre las relaciones que los seres humanos establecemos para desarrollar nuestros potenciales de vida y disfrute. En nuestro medio se habla constantemente del conflicto y se entiende lo mismo que problema, sin embargo, existe un margen de diferencia entre ambos conceptos, lo cual no niega su interrelación. El problema, es la necesidad insatisfecha, por lo cual se dice que tiene orígenes objetivos, es decir, parte de un criterio de colectividad, lo que a su vez lo hace innegable; no es una creación de una persona que se lo imagina, sino que el medio lo certifica. El hambre es la evidencia de una
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necesidad insatisfecha como es la de alimentación. Todos saben que el hambre existe, nadie lo puede negar, pues el medio comunicativo lo muestra y todos en cierto sentido en nuestras vidas lo hemos sentido, así mismo, lo es el afecto, la libertad, la protección y otras similares. -Tomado del texto: conflicto y poder intragrupal. Cartilla de trabajo. Mónica Sepúlveda López. Escuela de Animación Juvenil. 2008. Mimeo.
El conflicto surge exactamente cuando los actores (personas) que están padeciendo una necesidad optan por satisfacerla, encontrándose los diferentes intereses de las personas que buscan solucionar el problema. El que desea saciar su hambre y no tiene los medios para hacerlo (dinero por ejemplo) genera conflicto al utilizar otras formas de lograrlo, (robar, pedir, secuestrar, etc.) ya que, afecta otros intereses, bien sea de los que cuentan con el satisfactor, para el caso alimentos o así mismo se intenta apoderar de los medios que permitan satisfacer la necesidad. El medio social ha creado un estigma ante el conflicto, señalándolo de malo, improductivo, peligroso, etc. Sin embargo, tendríamos que empezar por reconocer que el conflicto se configura en la oportunidad para que las personas involucradas en él potencien sus capacidades humanas de relacionamiento, de creación y comunicación. El conflicto es un reto para las personas, ya que, su solución pacífica, dolorosa o violenta depende exclusivamente de los compromisos y responsabilidades que los involucrados asuman para establecer la conformación, dinámica y estructura de éste, acto que a su vez demanda un alto nivel creativo en la búsqueda de las soluciones.
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Por tanto invitamos a trabajar el conflicto desde la Convivencia como reconocimiento de la diversidad-2. ya que como fundamento de la convivencia y reconocimiento de la diversidad está el sentido de la alteridad desde donde se asumen los procesos de descubrimiento y traducción cultural que hacemos del otro/a, a través de las prácticas de interacción, diálogo, entendimiento e intercambio que permita reconocerlo, comprenderlo y complementarse, transformando los preconceptos, las lecturas sesgadas y las estigmatizaciones que se preestablecen en las relaciones de grupos y sujetos. El término alteridad se aplica al descubrimiento que el “yo” hace del “otro”, lo que hace surgir una amplia gama de imágenes del otro, del “nosotros”, así como visiones múltiples del “yo”. Ello quiere decir que desde las prácticas de relacionamiento deben pensarse y establecer relaciones con el otro/a como apertura, no como instrumento o análogo; dejarse hablar por el otro/a, entender al otro/o no como objeto de intervención sino como un complementario, el cual puede ser contradictor, pero no está en contra; en esa medida se entiende las relaciones entre diferentes como relaciones conflictivas, de resistencia para crecer, para movilizar y movilizarse, en las que se incorporan y negocian los saberes, intereses de todos y todas, no en una perspectiva de tolerancia, sino de complementariedad y sinergia. Este tipo de relación sería la que funda las relaciones de respeto y pluralidad entre sujetos plenamente reconocidos en su dignidad personal.
-2. Tomado con pocas variaciones, de Sepúlveda L, Mónica. Animación Socio cultural: referentes y prácticas. Cuaderno No. 2 Escuela de Animación Juvenil. SP. -3. Cita textual de QUESADA, Balbino A. (2011) Aproximación al concepto de “alteridad” en Lévinas. Propedéutica de una nueva ética Como filosofía primera en Investigaciones Fenomenológicas, vol.3: Fenomenología y política. Disponible en http://www.uned.es/dpto_fim/InvFen/InvFen_M.03/pdf/25_QUESADA.pdf
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Por tanto la convivencia, la vida democrática y el respeto de los derechos humanos, proponen escenarios de encuentro y reconocimiento entre diferentes: hombres y mujeres, jóvenes, adultos y adultas, que se encuentran para el diálogo, la confrontación fraternal y critica, donde se construyen nuevos saberes, nuevas prácticas, sensaciones, percepciones y vivencias. Esto implica también, el reconocimiento del pluralismo cultural, de la autonomía de cada uno de los participantes y el respeto a sus ideas, opiniones y valores, esta característica implica la aceptación de diferentes manifestaciones culturales y la pluralidad ante la diversidad de opiniones. Se trata, en suma, de un reconocimiento del pluralismo cultural y una reafirmación de la libertad como un valor fundamental. Por eso entonces en términos de convivencia debemos hablar de respeto a los derechos humanos y emergentes, porque su promoción, defensa y exigibilidad hacen posible sociedades más humanas en la diversidad y la convivencia. Gadamer propone que hay tres formas de ver al otro: como instrumento (que parte de una caracterización de su ser, para desde allí identificar aquellas condiciones que pueden servir a los fines propios. Reduce al otro en tanto te sirve para algo, lo instrumentalizas), como analogon (Se refiere a aquella representación del otro con referencia a la propia subjetividad. El/a otro/a es un ser igual a ti, es una extensión de ti y como apertura(involucra el reconocimiento de que el/a otro/a es diferente, por lo tanto alguien por interpretar, a la manera de un texto en el que un lector busca lo que dice el texto y no lo que me dice).(Gadamer, citado por Melich,1994: 98)
4. Derechos humanos. Si le preguntarás a la gente en la calle: “¿Cuáles son los derechos humanos?”, obtendrás muchas respuestas distintas. Te dirían los derechos que conocen, pero muy pocas personas conocen todos sus derechos. Un derecho es una libertad de algún tipo. Es algo a lo que tienes derecho en virtud de ser humano. Los derechos humanos se basan en el principio de respeto por el individuo.
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Su suposición fundamental es que cada persona es un ser moral y racional que merece que lo traten con dignidad. Se llaman derechos humanos porque son universales. Mientras que naciones y grupos especializados disfrutan de derechos específicos que aplican solo a ellos, los derechos humanos son los derechos que cada persona posee (sin importar quién es o dónde vive) simplemente porque está vivo. Sin embargo, muchas personas, cuando se les pide que nombren sus derechos, mencionarán solamente la libertad de expresión y creencia y tal vez uno o dos más. No hay duda de que estos derechos son importantes, pero el alcance de los derechos humanos es muy amplio. Significan una elección y una oportunidad. Significan la libertad para conseguir un trabajo, elegir una carrera, el derecho de circular ampliamente y el derecho de trabajar con remuneración, sin acoso, abuso o amenaza de un despido arbitrario. Incluso abarcan el derecho al descanso. En épocas pasadas, no existían los derechos humanos. Entonces surgió la idea de que la gente debería tener ciertas libertades. Y esa idea, a raíz de las Segunda Guerra Mundial, resultó finalmente en un documento llamado la Declaración Universal de los Derechos Humanos y derechos que todas las personas poseen-5. En su preámbulo en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones, los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente
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común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” A continuación presentamos todos los derechos humanos son 30: Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo,idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
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Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas reconocimiento de su personalidad jurídica.
partes,
al
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni exiliado. Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. Artículo 11. -Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público, en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. -Nadie se considerará culpable por ningún delito a causa de algún acto u omisión que en el momento de cometerse no
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constituyera un delito, según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la que era aplicable en el momento de la comisión del delito. Artículo 12. Nadie será objeto de interferencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra y a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales interferencias o ataques. Artículo 13. -Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de cada Estado. -Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. Artículo 14. -En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en otros países. -Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial legítima por crímenes comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Artículo 15. -Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. -A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
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Hasta aquí, te preguntamos… ¿Sabes de algún derecho de éstos que sea violado en tu ciudad o en tu barrio? Sí ____ No_____ ¿Cuál? ________________________________________________
Artículo 16. -Hombres y mujeres con mayoría de edad, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia. Disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en su disolución. -Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. -La familia es la unidad fundamental y natural de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Artículo 17. -Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectiva. -Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad, tanto individual como colectivamente o bien en público o en privado, de manifestar su religión o su creencia en la enseñanza, en la práctica, en el culto y en la observancia.
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Artículo 19. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye no ser molestada a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Artículo 20. -Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. -Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. Artículo 21. -Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. -Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. -La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y en conformidad con la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para su dignidad y para el libre desarrollo de su personalidad.
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Artículo 23. -Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. -Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. -Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que se complementará, en caso necesario, con cualesquiera otros medios de protección social. -Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. Artículo 25. -Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por causas ajenas a su voluntad. -La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
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Artículo 26. -Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la educación básica y fundamental. La educación básica será obligatoria. La educación técnica y profesional habrá de ser accesible en general y el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. -La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Promoverá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. -Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. Artículo 27. -Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. -Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
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Artículo 29. -Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. -En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. -Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos que tiendan a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. 3-tomado de: http://www.humanrights.com/es_ES/what-are-human-rights.html.
Todo estos derechos son universales, interdependientes e indivisibles. ¿Qué significa eso?: El sentido universal de los derechos humanos significa que todos los Estados tienen el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
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¿Nuestro país los promueve y los aplica? ¿qué opinas tú? Son Interdependientes e indivisibles se refiere a que todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos o económicos, sociales y culturales, se relacionan, así el avance de uno facilita el avance de los demás. Como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás. Iguales y no discriminatorios: La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”-16.
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5. Derechos emergentes. Como los DDHH fueron proclamados en el siglo pasado hace 70 años y el mundo ha cambiado, han aparecido una serie de derechos que no fueron contemplados antes porque las necesidades no estaban, por tanto, los derechos humanos emergentes son reivindicaciones legítimas de la sociedad civil dirigidas a la formulación de nuevos o renovados derechos humanos. Los derechos humanos emergentes son, por una parte, aquellos derechos que surgen ante la rápida y constante evolución de las sociedades globalizadas y, por otra parte, un conjunto de derechos que emergen tras muchas luchas de colectivos que han estado olvidados o excluidos en la indiferencia de los estados. Los derechos emergentes pueden ser formulaciones nuevas ante necesidades nuevas, como el derecho a una renta básica, hasta nuevas interpretaciones de derechos ya existentes como por ejemplo el derecho a acceder a los medicamentos, una prolongación del clásico derecho a la salud. -8.TOMADO DE http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
La Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, fue aprobada en la Conferencia de Monterrey de 2007 en el marco del Forum Mundial de las Culturas. Estos derechos se fundan en los valores establecidos en los derechos humanos ya que los valores, con la dignidad humana como fundamento, se entrecruzan y se reclaman mutuamente: No hay libertad sin desigualdad, la libertad y la igualdad son ingredientes de la dignidad y de la justicia, sin paz no hay libertad, la falta de paz puede ser la consecuencia de la falta de justicia o de igualdad.
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Estos valores no son estáticos, adquieren matices distintos de acuerdo al momento que vivimos hoy, así: El valor “vida” se dota de un elemento de “calidad”, ya no solo es la vida es la calidad de vida, tener una vida digna. La “igualdad” se matiza con la necesidad de justicia distribuida. La “solidaridad” se une a valores como la “convivencia”, que supera con creces a la mera tolerancia. La “paz” se vincula al “diálogo”, la “libertad” y el “conocimiento”. No debemos olvidar la “democracia”, valor y principio imprescindible para la protección y promoción de los derechos humanos.
Los derechos humanos emergentes tienen unos principios que son muy importantes. -El principio de coherencia promueve y pone de relieve la indivisibilidad, interdependencia y universalidad de los derechos humanos. -El principio de horizontalidad evita establecer jerarquización alguna en los derechos humanos. -El principio de interdependencia y el de multiculturalidad reconoce en el mecanismo plano de igualdad los derechos individuales y los derechos colectivos. -El principio de inclusión social implica no solamente dar garantías de acceso a las oportunidades vitales que definen una ciudadanía social sino también ser aceptado como un miembro más de aquella sociedad. -El principio de género, el principio de no discriminación, y el
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principio de participación política. -El de responsabilidad solidaria como una exigencia de compromisos respecto de los individuos y de la sociedad.
¿Cuáles son los derechos humanos emergentes? Como se dijo hay derechos nuevos y otros que son una reformulación de los existentes los cuales son:
Derechos nuevos: -Derecho a la renta básica -Derecho a una muerte digna -Derechos relacionados con la orientación sexual
Derechos ya contemplados: -Derecho a la salud, a la asistencia sanitaria y a los medicamentos. -Derecho a la educación, al saber y al conocimiento, a la formación continuada inclusiva y a la erradicación del analfabetismo. -Derecho a la seguridad vital. -Derecho a la interculturalidad. -Derecho a la tutela de todas las manifestaciones de comunidad familiar.
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6. Mecanismos de exigibilidad y defensa de los derechos humanos. Para defender y proteger los DDHH El Estado creó en la Constitución de 1991 un conjunto de instituciones y formas jurídicas hacia la protección de los Derechos Humanos como: las Personerías, las Procuradurías, la Defensoría del pueblo; las cuales tienen cada una funciones específicas.
-Las Personerías Municipales: Las personerías tienen la función de recibir e investigar inicialmente las denuncias sobre violaciones de derechos humanos.
-La Defensoría del Pueblo: Creada a partir de la constitución de 1991, su función constitucional es velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos. La defensoría no cumple funciones investigativas, pero se ha encargado de recopilar denuncias que son pasadas posteriormente a la Procuraduría quien hace la investigación y define la sanción respectiva. Así mismo las defensorías han acompañado a las víctimas de violaciones de DD.HH. y emprendido acciones humanitarias como veedores en la entrega de personas retenidas por los diferentes actores armados.
Las Procuradurías de Derechos Humanos: La misión de la Procuraduría es la de vigilar la conducta de los empleados oficiales y el estricto cumplimiento de la ley y teniendo en cuenta que dentro de la constitución se contempla la protección por parte del Estado de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos colombianos, la procuraduría desempeña un papel importante cuando de abusos de poder se trata.
-Las Oficinas Permanentes de Derechos Humanos: Son otro mecanismo de protección creados conjuntamente por
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la oficina del Defensor del Pueblo y el Ministerio Publico. La intención con estas oficinas es la de ubicarlas en las ciudades o sitios donde se considere que hay un creciente número de violaciones a los DD.HH. En cuanto a las formas constitucionales legales de protección de los dd.hh. existen varias como son:
La acción de tutela: La constitución nacional en su artículo 86 dice “toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública”. Se contempla como un mecanismo, instrumento o herramienta orientada a la protección rápida e inmediata de los derechos fundamentales consagrados en la constitución del artículo 11 al 41.
-El Habeas Corpus: Protege el derecho a la libertad. -El Habeas Data: Protege el derecho al buen nombre y sacar a la persona de bases de datos de deudores morosos.
-El Derecho de petición: Sirve para solicitar información. -Acción de cumplimiento: Sirve para hacer cumplir el fallo de una ley.
-Acción popular: Defiende a un grupo de personas. -Acción de grupo: Busca indemnización por daños causados.
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Algunas herramientas claves para la defensa y promoci贸n de los derechos humanos y el ejercicio de la ciudadan铆a Te vamos a proponer varias actividades para que seas un defesor/a y promotor/a de los ddhh, ya que es necesario construir pautas de convivencia que permitan garantizar la vigencia de los derechos reconocidos constitucionalmente para todos y todas, como el de ser protegidos contra todo tipo de violencia.
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Tarea 1. El otro y yo: reconozcámonos en la diferencia. ¿Por qué quisieras ser reconocido/a? ¿Qué te diferencia de los demás?
Dibuja dos siluetas una eres tú y otra la persona con quien más tienes diferencias. A continuación encontrarás diferentes imágenes, la idea es que recortes las que más te representen por lo que eres, tus gustos y deseos y los pegas en la silueta (lo que te gusta leer, hacer, deporte preferido, música, etc.) A continuación colocarás las imágenes que están allí que pueden gustarle a tus amigos o amigas pero que a ti no, pero que también estas allí…
Este soy yo
Estos son los otros
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Qué observas? ¿Aparecen diferencias, cierto? Por ello debes reconocer a tus compañeros y compañeras; respetar y valorar sus diferencias, entendiendo que todos vivimos situaciones distintas que en algún momento podrías aprender de ellas, haciendo de nuestra vida un viaje más interesante. Tarea dos. construye tus pautas y normas de convivencia con tus amigos y amigas. Vivir juntos y juntas exige que nos pongamos de acuerdo para actuar porque como somos diferentes en gustos, formas de ser y en los intereses, y hacer pactos o manuales de conviviencia son una posibilidad: te invito a que propongas unas reglas o normas de convivencia para el respeto de los derechos humanos en tu colegio a continuación escribe tres reglas o normas que para ti sean realmente importantes para la convivencia en tu colegio y cómo se podrían hacer cumplir
Escribe en esta columna las reglas
Cómo crees que podrían hacer que se cumplan
1.
2.
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Comparte estas reglas con tus compañeros del curso y traten de llegar a acuerdos, o simplemente aplícalas como estilo de vida, sin necesidad de hablarlas con alguien más. Recuerda que lo más importante es hacernos conscientes y responsables de nuestras propias acciones. Y que el cambio empieza por nosotros y nosotras. Tarea 3: leamos el contexto en clave de derechos humanos. Para poder promover y defender los derechos humanos debemos realizar ejercicios que permitan a las y los jóvenes acercarse a leer la realidad del barrio y la ciudad en clave de derechos humanos, por eso aquí te presentamos uno: Es importante poseer herramientas que nos permitan leer las percepciones que un determinado grupo tiene sobre un territorio particular, y por otro -y aunado a lo anterior-, posibilitar en los/as participantes el reconocimiento de las condiciones y situaciones que allí se entretejen en materia de derechos humanos. Te invitamos inicialmente a hacer un recorrido por tu barrio, pero no es solo pasar, te invitamos a salir, exponerse a las dinámicas de un territorio y visibilizar en él las dinámicas, ha hablar con la gente. En la salida debes estar con todos tus sentidos activados porque no es solo ver, es escuchar, es olfatear, es tocar, se cuenta con una actitud de apertura y de reconocimiento de la diferencia. Vamos a escuchar, buscar, observar, interrogar, atravesar, estar, pasar, acercarse, alejarse, entrar, salir, consignar, registrar, preguntar, contar, imaginar, recordar, proyectar, intercambiar, construir, discutir, conversar.
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Para ello debes llevar libreta de notas, cámara y grabadora, puede ser la de tu celular con esa información debes construir un mapa de tu barrio donde coloques allí los sitios donde visibilizas la diferencia y el conflicto, que sitios hay de miedo, donde pudiste observar que se violaron los derechos humanos o donde se defiende con esa información compártela con tus compañeros y miren estrategias para poder trabajar esas problemáticas o fortalecer las acciones que ya se hacen. Tarea 4: reconociendo instancias y mecanismos para el uso y reclamación de derechos humanos. Te invitamos a recrear un ejercicio de defensa de tus derechos mediante la creación de una acción de tutela o un derecho de petición, te entregamos las pautas para realizarlo Para presentar una acción de tutela, esta puede ser por escrito o verbalmente y debe contener: Nombre y apellidos completos. Documento de Identidad. Domicilio del afectado. Una relación de los hechos que fundamentan la petición, derecho que se considera violado o amenazado. Nombre de la persona o autoridad que provocó esa violación. Esta está dirigida contra: El funcionario público que por acción o por su omisión está generando dicha violación o la amenaza de violación del derecho ciudadano y contra el particular que preste servicio público fundamental.
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Se presenta ante cualquier juez; sea penal, civil, laboral o promiscuo municipal, el cual tendrá diez días para resolver la situación expuesta y proferir algún fallo sobre tal situación. A continuación te entregamos la guía piensa en un derecho fundamental que te hayan violado e intenta realizar este documento: Medellín, (La fecha) Señor (a) JUEZ (A quien le entregamos la tutela) E.S.D REFERENCIA: Acción de tutela (Nombre de quien hace la tutela), identificado con la cédula de ciudadanía número _____________, hago uso de la Acción de tutela para solicitar la protección de mis derechos fundamentales, que han sido violados por (Identificación del funcionario del Estado o particular prestador de servicios públicos que está violando los derechos fundamentales). Hechos: Narración de los hechos ocurridos y que consideramos violan nuestros derechos fundamentales. Debemos ser muy claros y concretos. Derechos fundamentales violados: Debemos señalar cuáles consideramos que son los derechos fundamentales que nos están siendo violados. (Artículo 11 al 41). Pruebas: Anexar o pedir las pruebas a través de las cuales podamos demostrar la ocurrencia de los hechos que consideramos violan
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nuestros derechos fundamentales. Manifiesto bajo la gravedad del juramento que no he presentado otra acción de tutela por estos mismos hechos. Notificaciones: Colocar la dirección donde puedan informar de la acción de tutela al funcionario que está violando los derechos fundamentales. Dirección donde nos puedan informar cualquier decisión. Atentamente, Firma y cédula de quien presentar la tutela. Igualmente, puedes escribir un derecho de petición para solicitar una información que ustedes consideren conveniente, ya sabes que el Derecho de Petición es un derecho fundamental que tiene todo ciudadano de hacer solicitudes respetuosas para conocer asuntos que pueden ser de su incumbencia a las autoridades públicas o particulares que presten servicios públicos. Cualquier persona puede hacer uso de este mecanismo legal, con el cual podemos solicitar a los funcionarios públicos que nos suministren información de su despacho que sea de nuestro interés, también podemos solicitarle que realice alguna acción, como por ejemplo que le entreguen las ayudas de emergencia a la población desplazada, y por último podemos solicitarle que omita o deje de realizar alguna acción que está perjudicando a un ciudadano o a la comunidad en general. El derecho de petición puede formularse ante cualquier funcionario del gobierno: El Procurador, El Alcalde, El personero, El Director del Instituto de Seguros Sociales, el Profesor de la escuela pública, El Director del Incora, etc. Si pasados quince días el funcionario público o el particular
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prestador del servicio público no responde, se presentará una violación al derecho fundamental de petición, que le acarreará al funcionario violador sanciones disciplinarias y se puede adelantar una acción de tutela para solicitar la respuesta. Para tramitar el derecho de petición, te entregamos esta guía: Doctor (a): (A quien se dirige) E.S.D Referencia: DERECHO DE PETICIÓN Nosotros, como integrantes de (Nombre de la organización a la que pertenecemos o nombre e identificación de quien hace la acción) hacemos uso del DERECHO DE PETICIÓN consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 9 y siguiente del Código Contencioso Administrativo con el fin de solicitarle: (Lo que se solicita, recordemos que podemos pedir información, qué se hace o deje de hacer). Cualquier comunicación favor dirigirla (Dirección donde pueden darnos respuesta) Atentamente, Firma de quien o quienes hacen la petición. Como ves existen formas y mecanismos para exigir tus derechos profundiza más en el tema frente a otros mecanismos en el siguiente enlace: http://rincondestudio.blogspot.com/2010/05/mecanismos-de-proteccion-de-los.htm
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Tarea 5. campaña por los derechos humanos: yo defiendo los derechos. Para empezar pueden liderar campañas en pro del reconocimiento, defensa y el respeto de la diversidad y de los derechos humanos, partiendo de las problemáticas propias de su entorno barrial o escolar. Por ejemplo: si en tu colegio la mayoría son afrocolombianos es muy posible que el colegio no reconozca los derechos de los afros. Si en tu colegio la diversidad sexual es común es probable que se acose a los homosexuales o a aquellos que tienen otras creencias religiosas. Es importante tratar de identificar los derechos que son violados para poder trabajar sobre ellos. Estas campañas de sensibilización pueden hacerse a través de muralismo, grafiti, dibujo, fotografía, cine-foros, conversatorios, charlas, teatro, danza, música o cualquier otra expresión estética que se nos ocurra.
Ejercicio 34
A continuación te propongo hacer un mural en el cual vas a pensar en tu propia campaña por la defensa, promoción y exigibilidad de los derechos humanos (dejar una hoja entera para eso en un recuadro con título de la campaña) Nombre de la campaña: _________________________
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Protege, reconoce y respeta los derechos humanos
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Bibliografía FRANCO, V. (2000) Sobre Los Estudios En Conflicto Urbano En Medellín. Algunas consideraciones generales. Ponencia presentada en la Asamblea Permanente de la Sociedad Civil por la Paz –Antioquia. Medellín. _________________(2003) Estado de arte: Medellín, conflicto, violencia y ciudadanía en los noventa: Un balance sobre las hipótesis interpretativas. Trabajo de Grado. Instituto de Estudios Políticos, U de A. Medellín. Sepúlveda L. M (2006). Animación sociocultural conceptos, fundamentos y prácticas. Cuaderno No.2 Animación Juvenil. Escuela de Animación Juvenil. Medellín.
Cibergrafía DE QUESADA, Balbino A. (2011) Aproximación al concepto de “alteridad” en Lévinas. Propedéutica de una nueva ética Como filosofía primera en Investigaciones Fenomenológicas, vol. 3: Fenomenología y política. Disponible en http://www.uned.es/dpto_fim/InvFen/InvFen_M.03/pdf/25_QUESADA.pdf
Derechos humanos: En: http://www.humanrights.com/es_ES/what-are-human-rights.html. Derechos emergentes, En: http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx Mecanismos de exigibilidad en: http://rincondestudio.blogspot.com/2010/05/mecanismos-de-proteccionde-los.html
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CIUDAD SEGURA
FORMANDO PARA EL EJERCICIO
DE LA CIUDADANÍA
Y LOS DERECHOS HUMANOS EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS