ComitĂŠ de Asuntos Editoriales
El TĂtulo Primordial de San Lorenzo Tezonco
Luis Fernando Nazario Cruz
Diseño Gráfico: Paulina Maya Reyes.
Índice Estudio de cuatro documentos históricos sobre la posesión de la tierra “…esta tierra es nuestra” Hacienda San Nicolás Buenavista El Testamento de Luisa Juana El título primordial de San Lorenzo Tezonco “Archivo judicial de Tezonco “Títulos desde pueblo originales” “Agustin M. Ortiz.-Librero Anticuario” “Títulos y Carta de Fundo legal del pueblo de Sn Lorenzo Tezonco- una rúbrica-año de 1634” “Sr. San Lorenzo Ruega por nosotros”.- Yo el Rey.- El fundo legal de San Lorenzo Tezonco en el año 1806 .El Rey. La dotación ejidal en San Lorenzo Tezonco en el año 1918 PROPOSICIONES Tomo III.- 3/a. EPOCA. México, Sábado 15 de Abril de 1916. Numero 135. COMISIÓN LOCAL AGRARIA DEL DISTRITO FEDERAL. AVISO. CONSTITUCIÓN Y REFORMAS. México, D.F A 17 de Septiembre de 1918.50 “ACTA DE POSECIÓN Presidente del Comité Ejecutivo Mauricio Ibáñez Rubrica51
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Presentaci贸n
La historia deja huellas, nos determina e imprime sus características, surgiendo comunidades con elementos distintos de otras. La búsqueda de nuestro pasado siempre ha sido una constante y, en esta obra llamada El Título Primordial de San Lorenzo Tezonco, su autor, Luis Fernando Nazario, hace un estudio minucioso de cuatro documentos que nos llevan al origen de San Lorenzo Tezonco, éstos son un testamento, un titulo primordial, el fundo legal del pueblo y una resolución presidencial. Como vemos, el autor nos adentra al pasado de San Lorenzo, desde las perspectivas social e histórica. En el autor advertimos la labor de un investigador serio y comprometido con dar a conocer la historia del pueblo de San Lorenzo; ello tiene un gran merito, pero aún más el hecho de la poca existencia de documentos históricos, lo que llevó a que se realizara una exhaustiva investigación documental. Esta obra nos lleva a diversos momentos en la conformación del pueblo, nos muestra la importancia de que existan estudios de las colonias o pueblos; conocer su historia permite adentrarnos a nuestra historia directa. Estamos seguros que este libro atrapará la atención del lector que tenga la angustia por el saber; también servirá como documento que inicia una tradición social y cultural. Con esta obra, es obligada la reflexión sobre el estudio de nuestro entorno cotidiano, ya que existe un trasfondo, es decir, nos hace tomar conciencia del lugar donde vivimos; nos da una dimensión del mundo. El estudio de los antecedentes de nuestra comunidad es el mecanismo que permite saber con quién estamos unidos y entrelazados. El sentimiento de arraigo a un lugar o entorno sólo se logra cuando se conoce la historia del mismo.
Dip. Alejandro Ojeda. México, D.F., a 1 de diciembre de 2013.
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Pr贸logo
El desarrollo espacial de la Ciudad de México ha sido muy intricado; nos lleva por caminos insospechados, cambiando paradigmas, reorganizando el territorio, modelando estructuras y perfeccionando senderos. Los pueblos originarios de nuestra ciudad lo saben muy bien, puesto que aunque conservaron en buena medida la estructura territorial centralizada en el Altépetl, se modificó la estructura social, cultural, económica, política y religiosa indígena al momento de la Conquista, y en cada proceso histórico en el cambio de paradigma, cuya última transformación sucedió en los años setenta donde comienza a desaparecer del marco normativo el significado territorial del pueblo y barrio. Por eso, es imprescindible fortalecer y apoyar los procesos territoriales, culturales, económicos y sociales en los pueblos originarios de nuestra ciudad, devolviendo su reconocimiento político y normativo, empoderándolos como sujetos de derecho público, y preservando sus identidades, significados y saberes. El desarrollo territorial actual del Distrito Federal no puede entenderse sin que se tomen en cuenta las aportaciones que los pueblos originarios han realizado en la construcción de una de las grandes urbes del mundo. La reivindicación de los derechos de los pueblos originarios, producto de la larga lucha que sostienen desde el surgimiento de la modernidad en el año de 1492, es una enorme deuda que aún se tiene. Los pueblos originarios han resistido numerosos embates, pero hemos arribado ya a un momento histórico que no tiene retorno. Su cosmovisión, derivado de sus conocimientos, saberes y tradiciones nos enseñan día a día caminos que nunca debimos soslayar. Hoy están más presentes que nunca porque auguran un mundo en el que no se compita sino se comparta, en la lógica de un buen vivir. En el Distrito Federal persisten al menos 142 pueblos originarios y 179 barrios cuyos habitantes conviven con todas y todos nosotros que día a día nos enseñan sus conocimientos y nos hacen partícipes de sus tradiciones. Son el más claro ejemplo de democracia participativa. Abarcan cerca del 10% de la superficie de la ciudad donde habitan 1 millón 500 mil personas, esto es, 17% de la población total del Distrito Federal. El náhuatl fue la lengua madre de nuestros pueblos originarios pero debido a la proximidad con el poder central, su uso fue perdiendo terreno hasta casi erradicarse a principios del siglo XX.
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El rescate de la memoria de los pueblos originarios de Iztapalapa es de un valor incalculable para los que podemos leer y revisar obras como la que presenta Luis Fernando Nazario Cruz que, además de compilar documentos históricos sobre la posesión de la tierra, rescata una serie de documentos gráficos, que nos ilustran y explican la forma en que la población creó un espacio socialmente producido y, a lo largo del tiempo, sigue recreando este mismo. El pueblo de San Lorenzo Tezonco no se resume a los años del proceso colonizador y la época independiente de México, sino que sus primeros asentamientos humanos son del periodo de transformación de la Cuenca del Lago de México, por los grupos humanos de distintos orígenes culturales que arribaron a ella, para ir forjando un conjunto de comunidades que varios siglos después conformarían parte de la Gran México Tenochtitlán. Con la compilación que el autor hace en torno al pueblo de San Lorenzo Tezonco nos permite identificar que hay dos maneras de ver la esencia del concepto: pueblo como producto social y pueblo como producto territorial. La identificación de los documentos además nos permite reafirmar la identidad del pueblo, su simbolismo y significado. Es uno de los pueblos más históricamente ricos de Iztapalapa que se refleja en su patrimonio intangible. Invito a leer con detenimiento las aportaciones que nos hace el autor y, con la imaginación, poder remontarnos a esos lugares que las letras nos llevan y nuestra mente recrea. Así reencontramos a nuestros pueblos y también a nosotros mismos. Diputada Federal Aleida Alavez Ruiz Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados LXII Legislatura
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IN MEMORIAM Sara Cruz y Fidel Nazario, mis Padres.
Estudio de cuatro documentos históricos sobre la posesión de la tierra Introducción La investigación histórica documental sobre el pueblo de San Lorenzo Tezonco comenzó en el año 2004. Los motivos que la originaron son varios, sólo mencionaré algunos: el primero surgió a partir de “la fiscalía” de la parroquia del pueblo, al frente de la cual se encontraba Roberto Pérez Domínguez y Ángel Amaya Ibáñez. Ellos me motivaron para organizar una exposición histórica-fotográfica, pero al abocarme a realizar la investigación resultó que no existían datos históricos publicados, ni la propia delegación de Iztapalapa contaba con información precisa sobre nuestro pueblo. Al comenzar a motivar a la gente nativa del pueblo para que colaborara con sus imágenes, ésta respondió interesada y se pudieron reunir fotografías de un enorme valor histórico (retratos de revolucionarios zapatistas de San Lorenzo Tezonco, la visita al pueblo del presidente Miguel Alemán Valdés en 1945 y del carnaval de San Lorenzo Tezonco, aproximadamente de 1920, entre otros documentos de enorme valía). Con estas imágenes se montó por primera vez una exposición en el atrio de la parroquia del pueblo, teniendo un enorme éxito; a partir de ahí se ha realizado anualmente la exposición fotográfica incluyendo documentos nuevos que la mismas personas han prestado. Otro de los motivos que me alentaron a profundizar más la investigación sobre la historia del pueblo de San Lorenzo Tezonco fue un dato erróneo publicado en una serie de libros editados por la delegación de Iztapalapa en 1993, títulada Late Iztapalapa. En estas publicaciones se cita que: “…Lo de San Lorenzo vino después allá por 1900, cuando venía a evangelizar frailes de Culhuacán.” 1
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Este dato me generó curiosidad, pues me pregunté si nuestro pueblo realmente no era tan antiguo. Dentro de la misma obra existen otros datos inexactos con respecto a las tradiciones del pueblo de San Lorenzo Tezonco, pero en este estudio no vamos a abordarlos, y por lo tanto podrá ser tema de otra investigación posterior. Con las motivaciones anteriores me dediqué directamente a realizar una investigación en diversos archivos históricos para tratar de localizar documentos que nos hablaran de la antigüedad de nuestro pueblo y conocer más datos sobre la vida cotidiana. También consulté una amplia bibliografía y localicé datos aislados sobre el pueblo, pero en los índices o referencias no aparecen registrados como San Lorenzo Tezonco; esta información complementará el estudio al que me voy a referir. La investigación se centrará principalmente en cuatro documentos que, a mi parecer, son parteaguas en la lucha por la posesión de la tierra, pues nos hablan del conflicto que a lo largo de 350 años enfrentaron los naturales del pueblo de San Lorenzo Tezonco contra los propietarios de la hacienda San Nicolás Buenavista. El primer documento que vamos a estudiar es un testamento en lengua náhuatl del siglo XVI, registrado como el Testamento de Luisa Juana, fechado en el año de 1580, lo que lo hace un escrito de enorme valor histórico. Luisa Juana era una indígena macehual del barrio de Coatlán, perteneciente al pueblo de Culhuacán. Murió en 1582 y el testamento lo realizó a favor de sus familiares, principalmente de su padre. Lo interesante del documento es que viene acompañado con mapas o representación de tierras de San Lorenzo Tezonco, con medidas indígenas al estilo prehispánico, hasta ahora es el documento original más antiguo que se ha localizado sobre el pueblo. El segundo archivo a analizar (y que da nombre a este trabajo) es el Título Primordial de San Lorenzo Tezonco. La importancia de estos títulos se basa en que contienen la historia sagrada de los pueblos indígenas y pertenecen a una antigua tradición pre-
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hispánica. Este documento nos habla de la enorme extensión que tenía el pueblo de San Lorenzo Tezonco antes de que se estableciera la hacienda de San Nicolás en sus terrenos; está fechado en el año de 1633 y nos dice que: “las tierras las tomaron directamente de manos de Hernán Cortés, conquistador que fue de estos reinos y señorios” 2 Los títulos primordiales de los pueblos indígenas han sido ampliamente estudiados, pero existen dos corrientes ideológicas contrarias, cuando veamos directamente el documento analizaremos las dos posturas. A mi parecer es el escrito mas importante sobre la posesión de la tierra que he localizado; lo transcribiré completo y analizaremos su historia. El tercer documento se encuentra fechado en 1806 y nos habla del fundo legal del pueblo. Cuando las haciendas se habían hecho propietarias de toda la tierra que pertenecía a los pueblos indígenas, la corona española dictó la política de las 600 varas, es decir, que los pueblos indígenas después de ser los dueños de las tierras “desde tiempos inmemoriales”, ahora sólo tenían derecho a la posesión de 600 varas castellanas a partir del atrio de la iglesia hacia los cuatro vientos. Junto con este grupo de documentos se incluyen expedientes judiciales, en los cuales se explica que algunos indígenas del pueblo de San Lorenzo Tezonco se encontraban recluidos en la Real Cárcel de la Nueva España, “por ir a causar destrozos en la casa grande de la hacienda de San Nicolás” El cuarto escrito que analizaremos está fechado en el año de 1918, y es la resolución presidencial sobre la dotación de tierras al pueblo de San Lorenzo Tezonco. Como podemos observar en este expediente, los naturales del pueblo nunca dejaron de pelear por sus tierras, y en plena lucha revolucionaria siguieron sosteniendo el pleito judicial contra la hacienda San Nicolás Buenavista, utilizaron el título primordial para demostrar que ellos eran los legítimos dueños de estas tierras. Para esa época, y ante los cambios importantes que experimentaba el país, la ha-
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cienda trató de dejar atrás el sentido negativo que tenía la hacienda-novohispana, y se hizo llamar Compañía agrícola San Nicolás, para tratar de esta manera que no fueran expropiadas sus miles de hectáreas a favor del pueblo de San Lorenzo Tezonco. Con la resolución presidencial se dotó a San Lorenzo Tezonco de 754 hectáreas, pidiendo y obteniendo una ampliación del ejido en el año de 1945, con 22 hectáreas más, que en realidad no era todo el terreno que le había usurpado la hacienda, pero si lo comparamos con los pueblos vecinos podemos darnos cuenta que San Lorenzo Tezonco seguía siendo uno de los pueblos con más extensión territorial de la zona, pues los pueblos colindantes estaban dotados de la siguiente manera: el pueblo de Zapotitlán sólo obtuvo 244 hectáreas, Tomatlán 256 y Tlatenco 489; Santa Cruz Meyehualco no obtuvo dotación de tierras después de la Revolución, quedándose con aproximadamente 45 hectáreas con las que contaba antes del movimiento armado.3 Para seguir con esta pequeña introducción citaré cómo fui encontrando los documentos, aunque no en el orden que acabo de explicar, porque estos hallazgos fueron de diversas maneras. En los capítulos posteriores analizaremos profundamente cada documento, ahí sí se encontrarán ordenados cronológicamente. También abordaremos un poco la historia de la hacienda San Nicolás Buenavista y de sus diferentes propietarios, pues es la otra parte de este litigio de tierras. El primer repositorio de documentos al que accedí fue el Archivo General de la Nación (AGN), aquí me llevé una grata sorpresa porque localicé un corpus judicial sobre la posesión de la tierra. Este pleito era entre los dueños de la hacienda San Nicolás Buenavista y los indígenas del pueblo de San Lorenzo Tezonco. Estos escritos abarcan el periodo de 1771 a 1820, en los cuales existe un importante documento sobre el fundo legal y viene acompañado de un mapa del pueblo de San Lorenzo Tezonco del año de 1806. Dentro de estos mismos documentos existen varias cartas que los indígenas del
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pueblo le escribieron al virrey de la Nueva España, quejándose amargamente de que sus tierras habían sido usurpadas por los dueños de la hacienda. Quisiera mencionar que al consultar los archivos del AGN, me di cuenta que antes nadie los había solicitado, ya que dentro del mismo archivo existe otra forma de localización que se llama “Archivo de Buscas”, en el que se registran las personas que anteriormente solicitaron estos documentos, y no existe ningún registro. El Testamento de Luisa Juana (1580) es un documento importantísimo ya que en escritos del siglo XVI sólo había encontrado referencias del pueblo como San Lorenzo, es decir, no mencionaban el topónimo en náhuatl de Tezonco; con esto existía la duda de que el pueblo tal vez se hubiera fundado después de la conquista española, en las llamadas congregaciones que realizaron los frailes españoles, posterior a las epidemias de viruela que azotaron a la Nueva España; de hecho la mayoría de las referencias que se localizaron sobre el pueblo en el siglo XVII, sólo lo mencionan como San Lorenzo, de aquí la importancia de este testamento, que cita al pueblo con el nombre completo, tal cual lo conocemos hasta ahora: Sant Lorenzo Tetzonco. Este documento también se encuentra en el AGN, pero está catalogado como Culhuacán, no como San Lorenzo Tezonco; ha sido publicado por el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) en una serie de libros sobre testamentos que dirigió la doctora Teresa Rojas Rabiela, pero aquí tampoco tiene ninguna referencia en el índice como San Lorenzo Tezonco. Para terminar esta introducción, quiero mencionar que después de revisar otros archivos históricos no encontraba ninguna referencia a San Lorenzo Tezonco. Los dos últimos documentos se localizaron por sugerencia de la doctora Margarita Menegus Bornemann, que ha guiado esta investigación y las principales ideas de este trabajo se deben a su labor. El título primordial de 1633 y la dotación ejidal de 1918 se encuentran en el mismo lugar, en el Archivo General Agrario (AGA); se integraron en un mismo expediente
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porque, como ya se mencionó, la autoridad ejidal del pueblo en 1918, don Mauricio Ibáñez, utilizó el título primordial para exigir que le fueran restituidos los terrenos usurpados por la hacienda; todo esto se basaba en la Ley del 6 de enero de 1915, promulgada por el presidente Venustiano Carranza.
Luis Fernando Nazario Cruz
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“…esta tierra es nuestra” El pueblo de San Lorenzo Tezonco está geográficamente ubicado en la delegación de Iztapalapa, en el Distrito Federal. Fue un Calpulli o barrio del Altepetl o ciudad de Culhuacán. Se puede considerar como un pueblo lacustre y ribereño establecido antes de la llegada de los españoles. En la época prehispánica San Lorenzo Tezonco se encontraba asentado a la orilla del lago de Xochimilco, entre dos pueblos importantes: Cuitláhuac (hoy Tláhuac), y Colhuacan (hoy Culhuacán). Dentro de las tierras del pueblo se encuentra un cerro volcánico de nombre Yehualichan, mencionado en la crónica de Fray Agustín Dávila y Padilla del siglo XVII como sitio de reunión de los mexicas para ir a la conquista de Cuitláhuac en el periodo del huey tlatoani Itzcóatl. Existe un mapa reconstructivo de México-Tenochtitlán en el siglo XVI, realizado por Luis González Aparicio, basándose en la toponimia de Antonio Peñafiel; se muestra la posible ubicación territorial antes de la llegada de los europeos. González Aparicio da una explicación de cada lugar según su topónimo; al llegar a Tezonco, explica que lo situó como prehispánico por su nombre en náhuatl. Junto al pueblo aparece representado el Yehualichan, que según Luis González Aparicio significa “Lugar redondo”. El pueblo conocía este lugar como el “cerro del Molcajete”, porque en la cima tenía un amplio declive hacia su propio interior, haciendo recordar la forma del instrumento prehispánico de utilidad en la cocina para hacer salsa. El pueblo de San Lorenzo Tezonco estuvo divido en dos barrios o calpullis: el de los tetzoneros y el de los texcaleros; al crecer el pueblo se fueron organizando hasta llegar a cuatro localidades: San Salvador, San Lorenzo, San Antonio y Guadalupe. En estos barios aún se conservan sus costumbres y tradiciones. La palabra en náhuatl Tetzonco, según algunos expertos en lengua indígena, tiene más de un significado, pero el más aceptado es el que se deriva de Tetzontli que significa “Tezontle” y Co que se interpreta como “lugar”. Tetzonco significa entonces “lugar de Tezontle”.
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Como sabemos, el tezontle es una piedra rojiza ligera y porosa, con gran utilidad en la construcción de pirámides, templos y palacios; en la época colonial también se empleó en la construcción de los edificios virreinales. En el cerro Yehualichan existen minas y canteras de esta piedra, y sabemos que desde el siglo XVI se han explotado. En 1933 el pueblo enfrentó un conflicto legal contra el ferrocarril San Rafael-Atlixco por el uso de estas minas, confirmando la Comisión Nacional Agraria que San Lorenzo Tezonco era dueño de esas canteras porque se encontraban dentro la dotación ejidal de 1922. Actualmente se siguen explotando las minas por empresas privadas a punto de extinguir el cerro. En su libro Los aztecas bajo el dominio español, Charles Gibson habla de la importancia de Culhuacán en el Valle de México: este pueblo es célebre porque se menciona como los amos de los mexica antes del establecimiento de Tenochtitlán. Durante un periodo de unos veinte años, a principios del siglo XIV, los pueblos mexicas permanecieron sujetos a los culhuacanes… después los mexicas en 1420 conquistaron el señorio de los culhuas… una relación importante que se dio entre culhuas y mexicas es que el primer huey tlatoani azteca, Acamapichtli, fue hijo dez un noble culhua.4 Después de la conquista española, el centro político de esta región recayó sobre Mexicaltzingo, dentro de su corregimiento se encontraban cabeceras como Iztapalapa, Churubusco y Culhuacán, y dentro de las muchas estancias o visitas se encontraba San Lorenzo Tezonco. La filiación entre estas comunidades ya existía desde la época prehispánica, pues varios cronistas, como el franciscano Sahagún o el dominico Fray Diego Durán, se refieren a los señores de Culhuacán, Iztapalapa, Mexicaltzingo y Huitzilopochco (hoy Churubusco) como los nauhtecutli o cuatro señores.5 Al comenzar la evangelización en la Nueva España durante el siglo XVI, la orden de los frailes agustinos asentó un importante convento en Culhuacán, que tuvo a su cargo la evangelización de la región, y San Lorenzo Tezonco se encotraba en la jurisdicción del convento.
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En el siglo XVI el rey de España ordenó que se realizara una descripción e información geográfica exacta de cómo estaba conformado su reino en ultramar; de esta manera se realizó un cuestionario para que las personas más “doctas” de los pueblos, contestaran e informaran entre otras muchas cosas: si existían ríos, montañas, de cuantos pueblos se encontraban formadas las cabeceras, la actividad económica a la que se dedicaba la población indígena y cuántos españoles había en ese lugar, qué tan importante era ese altépetl (ciudad) y de cuántos barrios estaba conformado. De los cuatro señoríos que acabamos de mencionar, todos realizaron sus respectivas relaciones geográficas, pero desafortunadamente el plano de Mexicaltzingo se extravió, igual que el plano y la relación de Churubusco; hoy en día sólo se conservan el texto y los mapas de Iztapalapa y Culhuacán que forman una gran fuente de información para conocer cómo eran los pueblos inmediatamente después de la conquista. En el famoso plano de Culhuacán se pueden observar los barrios que lo conformaban, los canales de agua, el embarcadero, el primer molino de papel instalado en América, los caminos indicados con plantas de pies como en códices antiguos, y lo mas importante para nosotros: viene representado San Lorenzo Tezonco como uno de los barrios de Culhuacán. Con esta representación podríamos considerar que San Lorenzo Tezonco se encontraba en la frontera de los llamados pueblos culhuas y los cuitlahuacas.6
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Plano de Culhuacán. Realizado por frailes agustinos para incluirlo en el informe de las relaciones geográficas que se le envió al rey Felipe II. Autor: Pedro de San Agustín. Año 1580.
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La glosa que se encuentra en el original del plano dice:
tierra llana y fresca[o] de muchas fuentes y manantiales de agua… tierra abundosa de maíz y pasto”. Los vecinos de la laguna se ocupaban de “llevar en sus canoas yerbas y piedras a vender a México, por orden de Moctezuma guerreaba con los de Huejotzingo y Tlaxcala. 7
Al comenzar a realizar este trabajo existían mas preguntas que respuestas, pero se fueron despejando conforme se iban localizando los documentos. Entre las preguntas que se tenían era confirmar si realmente San Lorenzo Tezonco había sido un pueblo prehispánico o había sido fundado o congregado en la época colonial bajo las órdenes del virrey de la Nueva España, como sucedió con muchos pueblos de esta zona del Valle de México. También las propias órdenes religiosas llevaron a cabo fundaciones o congregaciones de pueblos para una mejor catequización. Al fin de entender mejor la política de congregar y fundar pueblos, considero que es pertinente explicar algunos motivos que dieron origen a estas acciones por parte de la corona española. A partir de la década de 1520, la sociedad indígena se encontraba considerablemente reducida en tamaño, debilitada y desunida por las enfermedades; la mayoría de los autores están de acuerdo que hubo una disminución catastrófica de la población y sólo se discute la magnitud de esa merma y si ésta fue continua o interrumpida por un periodo de recuperación en el tercer cuarto del siglo XVI. Peter Gerhard propone en su obra Geografía Histórica de la Nueva España que tenía veintidós millones de habitantes en 1519, y que de ahí en adelante el número de indios disminuyó sin interrupción notable hasta 1620 cuando llegó a la alarmante cifra de un millón de naturales. Los sobrevivientes, incluso en el centro de México, estaban dispersos a lo largo del territorio en poblaciones diezmadas, reducidas a veces en tan sólo 10 o 20 familias.
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La Corona dictó la política de congregar a la comunidad indígena. En fechas tan tempranas como la década de 1540: comenzaron las primeras congregaciones de indios en pueblos trazados por los españoles, con el fin de poderlos evangelizar mejor, y aplicar mejor el sistema de protección de indios, que dictaba el rey. El segundo periodo de congregaciones se dio a finales del siglo XVI. Las comunidades de indios afectados por este proceso de recongregación, llevados a cabo bajo el gobierno del Virrey de Monterrey, se opusieron enérgicamente; no obstante, en muchos casos fueron obligados por las autoridades virreinales, quienes incluso llegaron a quemar los poblados con el fin de trasladar a sus habitantes a nuevos sitios designados por ellos.8 Gerhard menciona que los pequeños pueblos existentes en las cabeceras de Culhuacán e Iztapalapa desaparecieron en las congregaciones, pero San Lorenzo Tezonco no. Lo dice así: La mayoría de estos lugares aparentemente desaparecieron en una congregación de 1599-1604. Pero en 1704 sobrevivían como pueblos San lorenzo Tesonco y Santiago Cagualtepec. 9
En el libro de José Antonio de Villaseñor titulado “Teatro Americano”, publicado en 1746, se pudo localizar una importante referencia geográfica de San Lorenzo Tezonco, pues da una descripción de las cabeceras políticas y de sus sujetos; menciona a Mexicaltzingo como cabecera política y da una relación de la población con que contaba el pueblo de San Lorenzo Tezonco en el siglo XVIII, con lo cual pode-
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mos ubicarlo como un pueblo mediano con respecto a Culhuacán, considerado un pueblo grande: La jurisdicción y cabecera de Mexicaltzingo esta de la capital México en distancia de dos leguas, en todas ellas hay cinco pueblos que son cabeceras parroquiales, las dos administradas por clérigos del pueblo de Ixtapalapan, y el de San Mateo Choloposco, llamado vulgarmente Chiribusco; dos por religiosos franciscanos que son la cabecera principal de Mexicaltzingo, y uno por religiosos agustinos que es el pueblo de Qulhuacan… El pueblo de Qulhuacan esta situado a la parte del poniente, en distancia de tres cuartos de legua la cabecera, y en el, sus sujetos ay docientas treinta y cuatro familias de indios, y al oriente de esta cabecera esta situado los pueblos santiago chahualtepec con treinta y ocho familias, y el de San Lorenzo con cincuenta, y ocho, el primero dista dos y media leguas y el segundo tres.10 Como podrá observarse, para el siglo XVIII encontramos descripciones más específicas, tanto geográficas como demográficas del pueblo de San Lorenzo Tezonco. Analizaremos muy someramente la posesión de la tierra que se tenía en el siglo XVI para tratar de entender el conflicto judicial entre la hacienda San Nicolás y el pueblo de San Lorenzo Tezonco. Dentro de las diversas modalidades que existían sobre la propiedad de la tierra en la época prehispánica había una modalidad que se le denominaba terrazgo. Los individuos que pertenecían a este tipo de grupo social no tenían derecho a la propiedad terrenal, más bien se establecían en un determinado sitio para poder subsistir, con el permiso del cacique o señor dueño de esas tierras. A cambio, los terrazgueros le ofrecían al cacique una serie de servicios y obligaciones, además eran considerados como propiedad del tlatoque o señor. En algún momento de la investigación surgió la hipótesis de que San Lorenzo Tezonco hubiese sido un pueblo de terrazgueros del cacique de Culhuacán, esta
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cuestión surgió porque no teníamos referencias precisas sobre el pueblo en el siglo XVI. Pero esta idea se desvaneció al localizar el testamento en náhuatl del siglo XVI de Luisa Juana, en él no se hace referencia alguna sobre terrazgueros. En otros testamentos indígenas de la misma época que hemos visto, el testador hace exacta referencia de cuántos bienes tiene y con cuántos terrazgueros cuenta. Es el caso por ejemplo de la zona de Tepeaca, en Puebla, que estudió Hildeberto Martínez quien transcribe exactamente cuántos terrazgueros se van a distribuir entre las personas que van a heredar las propiedades del cacique. De hecho, en otras partes de México existe una confrontación bien documentada entre terrazgueros y señores, porque aquellos querían pasar a ser dueños de la tierra que ocupaban; existe un caso en el siglo XVII, bien estudiado y descrito por la doctora Menegus, que se desarrolló en Oaxaca, específicamente en la Mixteca Alta. Entre los documentos que hemos revisado sobre testamentos de Culhuacán no hemos localizado un pleito entre terrazgueros y señores. Ahora sabemos con certeza que San Lorenzo Tezonco fue un calpulli (barrio) de Culhuacán, pero desconocemos los detalles del procedimiento en el momento que se deslindó de la cuestión de tierras de su cabecera Culhuacán, aunque en la cuestión religiosa hasta finales del siglo XIX todavía se dependía del convento de Culhuacán para los servicios religiosos.
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Hacienda San Nicolás Buenavista El conflicto por la posesión de la tierra entre los naturales de San Lorenzo Tezonco y la hacienda San Nicolás Buenavista nos dejó una amplia documentación que nos habla tanto del pueblo indígena como de la hacienda de españoles; si como hipótesis no se hubiese establecido la hacienda en tierras que pertenecieron a San Lorenzo Tezonco, difícilmente hubiese habido documentos que nos hablaran sobre la antigüedad de nuestro pueblo. Sobre la hacienda San Nicolás Buenavista localicé documentos que nos hablan desde sus primeros propietarios hasta quienes disfrutaron de la finca en el siglo XX. Existen una serie de inventarios y libros de contaduría que detallan la vida económica. También refieren la información sobre el periodo en que la hacienda estuvo en poder de la poderosa Compañía de Jesús, hasta su expulsión en 1767, pero dada la enorme y valiosa cantidad de archivos localizados, será motivo de otro estudio que realizaré próximamente, enfocado específicamente en la hacienda. Después de la conquista militar de México-Tenochtitlan, en 1521 Hernán Cortés repartió las tierras entre sus soldados para que recibieran tributo por parte de los indígenas; todos los indios pasaban a ser dependientes de la corona española. Cortés distribuyó toda la población indígena en depósito o encomienda entre él y sus compañeros. Cada uno de los gobernantes indígenas con sus macehuales o terrazgueros fueron colocados bajo la protección de un encomendero, quien debía ocuparse de que las personas a su cargo llegaran a ser cristianos y vasallos del rey, a cambio de ello tenían derecho de recibir tributo y servicios.11 Las concesiones originarias de las estancias, y que después originaron las haciendas, fueron conocidas como mercedes, porque desde el punto de vista jurídico era donación o merced del rey, aunque en realidad también los virreyes las otorgaban en nombre del soberano; cada concesión requería de una investigación que comprobara que no se afectaba intereses de ningún tercero. En sentido estricto las mercedes eran concesiones para el uso de suelo, y no donaciones de tierra en plena propiedad. Algunas mercedes fueron expedidas con diversos fines agrícolas o de ganadería, y también eran conocidas como suertes, caballerías o labores. El primer
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encomendero de Culhuacán fue el conquistador Cristóbal de Oñate, sucedido a su muerte en 1568 por su hijo Hernando de Oñate. Hacia la primera mitad del siglo XVI las haciendas no eran como las de los últimos siglos del periodo virreinal; es en el periodo de 1580 a 1630 cuando se dan el 80% de las mercedes reales, y éstas son las que dan origen a las haciendas novohispanas. El conflicto por la posesión de la tierra comenzó a principios del siglo XVII: en el momento que los españoles formaron las haciendas, los indios quedaron congregados sin documentos que ampararan su territorio, pues eran pocas las poblaciones que contaban con papeles que sirvieran para defender sus tierras.12 La mayoría de la haciendas en la Nueva España se fueron creando con el despojo de tierras a los pueblos indígenas, anexando terrenos que compraban a rancheros y uniendo a veces hasta dos propiedades diferentes para crear una sola de tamaño considerable. El caso de la hacienda San Nicolás Buenavista no fue la excepción, según consta en los registros del Archivo Histórico Agrario (AHA): …Los titulos de dominio, propiedad de la hacienda San Nicolas Buenavista, y de la agregada ella, nombrada antiguamente San Cristóbal de Buenavista, y ahora Rancho de Autlan…. Existe un cuaderno con diez fojas: renovación practicada en el año 1672, de las mojoneras de dicha estancia, contiguas a la casa de Juan Sanchez Chino, cuyas tierras recayeron por compra en la hacienda San Cristóbal Buenavista, agregadas a la de San Nicolas, como se vera después.13 En el mismo AHA consta la información de cómo se fueron anexando más porciones de tierra hasta alcanzar la cantidad aproximada de 5,000 hectáreas con que llegó a contar la hacienda San Nicolás Buenavista. El primer propietario de la hacienda San Nicolás Buenavista fue don Pedro Ortiz, quien, de varias mercedes que obtuvo, junto con compras de tierras, estancias, sitios y suertes que le adquirió a don Fernando Calderón, don Bartolo Rivera, Cristóbal Martín “y de otras varias personas fundó dicha Hacienda de San Nicolás en el año de 1580”.
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A la muerte de don Pedro Ortiz, la hacienda pasó a ser propiedad de su hijo, Pablo Ortiz; éste la donó a su hija doña Josefa Ortiz Godoy de Valdivia, quien en 1703 la vendió al capitán don Diego de Aberasturi. Este capitán la vendió a la orden religiosa de la compañía de Jesús en 1705 (el expediente del archivo agrario dice 1605 por error de transcripción del documento original). En el documento de venta de la hacienda dice que existe: Un cuaderno con una razón de las tierras, y sus mojoneras, formada en presencia del corregidor de mexicalcingo, Don francisco de Salazar Tirado, de otros españoles e indios principales… sigue con varias mercedes antiguas, cedulas reales, y algunos papeles escritos en idioma mexicano, y su traducción castellana.14 En dicha operación de venta me llamó mucho la atención que existieran algunos papeles escritos en lengua náhuatl de esta zona del Valle de México, y me hizo inferir que tal vez podría tratarse de un códice que hablara sobre la posesión de la tierra en San Lorenzo Tezonco; esto es sólo una hipótesis, porque los documentos referidos desafortunadamente se han extraviado. Las órdenes religiosas que llegaron a la Nueva España para evangelizar a los indígenas, en cierto momento se hicieron de propiedades, principalmente de haciendas; tanto franciscanos como dominicos y agustinos contaban dentro de su amplia riqueza con fincas en donde explotaban a los indígenas y esclavos negros, dejándoles enormes ganancias que iban a parar a las de por si ya acaudaladas arcas de las mencionadas órdenes religiosas. La Compañía de Jesús llegó en el último cuarto del siglo XVI a la Nueva España, esto no impidió que se hiciera de enormes extensiones de tierra para sufragar no sólo los conventos de la Nueva España, sino de otras partes del mundo, como es el caso de la Hacienda San Nicolás Buenavista, que sus ganancias estaban destinadas para las Islas Filipinas. Los jesuitas tenían una política diferente de evangelizar a los indígenas, criollos e hijos de peninsulares, ya que no sólo se dedicaron a su misión evangelizadora,
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sino que educaban a los hijos de las altas esferas tanto políticas como religiosas y económicas de la Nueva España, lo que permitió que tejieran una red de poder y complicidades, permitiendo hacerse de una inmensa cantidad de tierra en toda América y principalmente en la Nueva España. De las haciendas más grandes que se han estudiado se encuentran la hacienda Santa Lucía, en el Estado de México, y la hacienda de Xalmolonga en Chalma, también ubicada en este estado, de las que existen diversos y amplios estudios por haber sido de las propiedades más grandes que poseyeron los jesuitas. La hacienda de San Nicolás Buenavista, con sus casi 5000 hectáreas, era considerada una hacienda pequeña dentro de las propiedades de la Compañía de Jesús. En 1767 el rey de España, Carlos III, expidió un decreto sorprendente y demoledor en el que ordenaba la expulsión de la Compañía de Jesús de todos sus territorios y, por consecuencia, la confiscación de sus conventos, colegios, dineros, fincas, haciendas, casas, ganados, plantaciones de magueyes para producción de pulque, huertas y esclavos. Todos los bienes de los jesuitas pasaban a ser parte de la corona española y debían de ser administrados por un organismo que tendría la función de rendir cuentas al rey y,por último, poner en venta las propiedades de los jesuitas; a este aparato administrativo se le llamó “Ramo de Temporalidades”. Existen muchos estudios para tratar de entender la decisión que tomó el rey para expulsar a los jesuitas de sus reinos. Después de 240 años sigue corriendo tinta de investigadores que encuentran nuevos y sorprendentes datos sobre el tema de la expulsión de la Compañía de Jesús, o como en su tiempo le llamaron lacónicamente “la Milicia Negra”. Lo que si se ha comprobado es que el enorme poder político y económico que tenían los jesuitas los llevó al grado de enfrentarse contra los franciscanos y dominicos y conspirar contra el propio rey de España; en Europa participaron secretamente en el asesinato del rey de Portugal; en Paraguay llegaron a tener millones de hectáreas de terreno en las que no permitían la entrada a personas extrañas a los jesuitas; estas fincas se conocieron en su tiempo como “reducciones jesuitas”. A México los jesuitas llegaron en 1576 criticando la esclavitud y el alcoholismo que sufrían los indígenas. Sus haciendas, que al principio se dedicaron a la cría ganadera, terminaron siendo haciendas pulqueras porque obviamente el pulque
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redituaba más ganancias económicas que el mercado del ganado; dentro de sus propias haciendas tenían esclavos tanto negros como indígenas. Esto se ha documentado en los inventarios que cada año realizaban los administradores de las haciendas. Por esto y muchos motivos más se dio la expulsión de esta orden. En 1705 la Compañía de Jesús adquirió la hacienda San Nicolás Buenavista en una compra realizada al capitán español don Diego de Aberasturi. En los inventarios de la hacienda se encuentran los reportes que realizaban los administradores en los que se manifiesta que obtuvieron excelentes ganancias y siempre trabajaron con excedentes económicos. En los 62 años que la hacienda perteneció a los jesuitas, nunca hubo un año con pérdidas; ellos fueron los propietarios que más tiempo la conservaron en su poder. No hemos localizado ningún expediente de litigio en tribunales entre el pueblo de San Lorenzo Tezonco y los jesuitas, porque, como sabemos, los religiosos era más dados a arreglar los pleitos contra comunidades indígenas amenazándolos con el infierno, y como eran ministros de la iglesia era pecado demandarlos y llevarlos a tribunales. En 1767, cuando llegó el decreto de la expulsión, los jesuitas se encontraban en la hacienda San Nicolás Buenavista; entonces pasó al citado “Ramo de Temporalidades”, para administrarla y ponerla en venta. El documento de valuación dice así:
El señor don Ramon de Posada y Soto, caballero de la real y distinguida orden española de Carlos Tercero del consejo de su majestad, primer fiscal de real hacienda, defensor general de Temporalidades y provisto fiscal del supremo consejo e Indias, por lo respectivo a esta nueva España. DIXO: Que la extinguida compañía con el nombre de Jesús, poseyó una hacienda de labor nombrada San Nicolás Buenavista, en jurisdicción del pueblo de Mexicalzingo, pertenenciente a la ocupación e San Andrés de Esta Capital, valuada en el año de 1768, con sus tierras, aguas, ganado, semillas, sembrados, casas, trojes y demas que le corresponde en setenta y ocho mil quinientos cuarenta pesos, cinco tres octavos reales…15
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Para ser puesta en venta se pegaron rotulones en la Ciudad de México, acción que se complementaba con el respectivo trabajo del indio ladino que se paseaba por la calles de la ciudad gritando que la persona interesada en comprar la hacienda pasara al “Ramo de Temporalidades” a ofrecer su postura. El español Marcos Arteaga, al parecer funcionario de la Real Audiencia, se interesó en adquirir dicha hacienda. Este personaje era un rico y acaudalado español, también dueño de otra hacienda llamada Los Portales, en el corregimiento de Coyoacán. Como todo experto negociante en el mercado de tierras, pidió y logró que se redujera el precio de la hacienda San Nicolás Buenavista, porque estaba enterado del pleito entre los naturales de San Lorenzo Tezonco y el propietario; de hecho falseó sus declaraciones al afirmar que el pueblo de naturales de Tezonco tenía menos de un siglo de haberse creado, y que se fundó con peones que huyeron de la hacienda; estas afirmaciones las realizó para que la hacienda se devaluara, y así poder adquirirla. Aquí quiero hacer dos aclaraciones: la primera es con respecto a la afirmación de Arteaga de que el pueblo se fundó con indios que escaparon de la hacienda; esto no pudo haber sucedido, porque estaba penado de muerte que los peones gañanes escaparan de las haciendas; y segundo, no tiene sustento que se haya fundado un pueblo a 400 metros de la casa grande de la hacienda, en las “propias narices de los hacendados”. El documento presentado por el español Marcos Arteaga, donde pide que se rebaje el precio de la hacienda, dice: Esta hacienda… esta acargo de esta oficina general, sin mas advitrio que procurar sus mayores utilidades. Estas no las ofrece por el motivo del pueblo de yndios pues aunque se dize tienen la posesión del pueblo, como un siglo, la redeclaración de tal, según consta en los papeles, fue después de expulsos los jesuitas, los Yndios hacen los que se le da la gana, las reales provisiones que se han dado por el superior gobierno de Vu excelencia no ha bastado para aquietarlos y reducirlos a que no ocacionen daño pero ha sido tan al contrario que los mismo papeles demuestran la contradicción con que repetidamente embarazan su logro. 16
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Pero no solo eran los posibles compradores de la hacienda los que señalaban que el pleito que seguían los indígenas por recuperar sus tierras, devaluaba la productividad de la hacienda, sino que en un informe que da “el ramo de temporalidades”, y que va en el mismo tenor que el anterior, acusaba a los nativos del pueblo de que su actitud belicosa desanimaba a posibles compradores: El director general de temporalidades, ratifica el tenor de lo expuesto, por el contador del ramo, y añade que han sido y son muchos los postores que desean comprar la hacienda de San Nicolas Buenavista, los que luego se imponen [enteran] de la mala vencidad y perjuicios que le irrogan [provocan] los Yndios del pueblo de Tezonco, inmediatamente se retraen de comprarla. Es tradición mui antigua que hasta el dia se conserva en jurisdicción de Mexicalcingo que los indicados Yndios, que hoy quieren abrogarse partes de la tierra de la finca, Tuvieron su origen de algunos gañanes prófugos de ella, los que levantados por entonces, se fueron aumentando de modo que unidos vinieron a formar un barrio en aquellas inmediaciones [de la hacienda] y tolerados han continuado hasta el día, procurando adquirir los derechos concedidos por su majestad17 La hacienda San Nicolás Buenavista estuvo arrendada de 1776 (año de expulsión de los jesuitas) a 1792 por el administrador que al parecer también trabajó con los jesuitas, don Basilio Espinosa de los Barrera; esto fue común en la mayoría de las propiedades de los jesuitas, que los administradores que trabajaron con ellos siguieran al frente de las haciendas para que no mermara su productividad, una vez que fueron expulsados en 1767. Fue hasta el año de 1792, cuando Marcos Arteaga adquirió la hacienda en treinta y siete mil pesos. Logró reducir el precio en más del 50% del valor que le había dado el “Ramo de Temporalidades”. También heredó el pleito con los naturales de San Lorenzo Tezonco, quienes incluso intensificaron su lucha por la tierra. Existe un inventario, revisado por Marcos Arteaga, con una amplia y hermosa
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descripción de las posesiones de la hacienda: casa de mampostería con arcos, troje de dos niveles “la pieza es hermosa, capaz de contener los frutos de la hacienda”, capilla con retablos en oro, pinturas sobre la vida de San Nicolás Tolentino y todos los instrumentos para realizar servicios religiosos. También se contaba con una tienda de raya de la hacienda bien abastecida según el inventario, y todos los demás instrumentos para llevar a cabo las tareas de dicha hacienda. También existe una descripción amplia de los nuevos dueños sobre el reconocimiento de su nueva propiedad; este recorrido se hizo hacia las mojoneras, en dirección de los cuatro puntos cardinales, y tardó dos días. Aunque oficial y legalmente Marcos Arteaga era ya el dueño de la hacienda, tenían que realizar rituales para confirmarlo: …El mencionado José Arteaga, su padre Don Marcos que es el legitimo comprador de esta finca, el administrador Don Eusebio Basilio de Espinosa y Barrera…me acompañaron al primer acto de posesión; tome de la mano al referido Don José Arteaga que representa los derechos y acciones de Don Marcos su padre, y lo introduje en todas las viviendas de esta principal, troxes y demas oficinas que a nombre del Rey nuestro señor (que Dios guarde) lo entré en posesión de esta hacienda, sus ranchos, y todo lo que a ella anexó pertenece…[y] haciendo que abriese y cerrace puertas y ventanas en señal de verdadera posesión…en dicha hacienda a diez y seis de noviembre de mil setecientos noventa y dos18
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El Testamento de Luisa Juana Al consultar el libro de testamentos del siglo XVI llamado Vidas y bienes olvidados, de Teresa Rojas Rabiela, donde se encuentran testamentos de diversas partes de la Nueva España, nos encontramos con la agradable sorpresa de que se hace referencia directa al pueblo de San Lorenzo Tezonco en el Testamento de Luisa Juana, vecina del barrio de Coatlán en Culhuacán; el documento está fechado en el año de 1580, en él aparece el nombre del pueblo de San Lorenzo Tezonco, es decir, hasta ahora es el documento más antiguo que hemos encontrado con el nombre completo. En el plano de Culhuacán pintado por Pedro de San Agustín en 1580, sólo aparece el nombre europeo “San Lorenzo”, sin el topónimo en náhuatl de “Tezonco”. Al momento de la conquista, en mesoamérica había un sistema de escritura manifestado en los códices que, con la devastación española, en su gran mayoría fueron destruidos. Aunque la concepción indígena con la que fueron realizados logró sobrevivir. Es por esto que dicho sistema continuo vigente, aunque se modificó en algunos aspectos, al tomar elementos occidentales, y adecuándose a la nueva realidad colonial.19 A mi parecer, por eso son importantísimas las pinturas que acompañan al testamento, pues la tierra está marcada con medidas prehispánicas, círculos completos o pintados a la mitad, también viene la representación de bandera (Pantli) y cabello (zontli). Este tipo de ideogramas representa cantidad de tierras y lo vemos mezclado con caracteres latinos, que representan el sincretismo de la cultura. El documento original se encuentra en el Archivo General de la Nación (AGN) en el ramo de Tierras, numerado con el folio 58, Exp.4. El testamento contiene tres pinturas a tinta en papel europeo. Son registros a manera de catastro de tierras y chinampas, con sus medidas indígenas de longitud. En la primer pintura se combina texto y registro gráfico y aparecen cinco franjas de tierra también y varios nombres de lugares o pueblos, aunque no Tezonco. En la segunda pintura se registran ocho franjas de tierra, seis dobles, y dos sen-
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cillas.20 Las tres primeras franjas son de distinto grosor, los dos primeros parajes se llaman Tochihuic y Nextitlan, la tercera franja mรกs ancha tiene el siguiente encabezado: Sant Lorenzo Tetzonco Ynemac Juan de San Miguel (Heredades de Juan de San Miguel en San Lorenzo Tetzonco) AGN, Tierras, Vol. 58, foja 4v. Medida 16x20 cm.
La tercera franja estรก dividida en cuatro partes con sus medidas. En cada una de las tres subdivisiones de la parte inferior se lee: Petlatolli, Zacatl, Tequixquilt. (tule, zacate, tequesquite)
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En una tercera pintura, que en realidad representa la misma franja de la pintura anterior referida a San Lorenzo Tezonco, contiene la misma información, el encabezado: Sant Lorenzo Tetzonco Ynemac doña luysa Isabel (Heredades de Doña Luisa Isabel en San Lorenzo Tetzonco) y tres subdivisiones con las palabras: petlatollin, zacatl, y tequexquitl (tule, zacatate, tequesquite) Mapa de tierras con medidas prehispánicas (pantli, zontli) AGN, Tierras, volumen 58, exp. 4, foja 6v. Medida 16x20 cm. El testamento en náhuatl hace referencia específica de la tierra en San Lorenzo Tezonco:
Juan de San Migue lymilnemac ytech pouqui Tochihuic Nexititlan yn tla hopohualli in mochi chinamitl. Poualli
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ypan ii poualli Sant Lorenzo Tetzonco ynemac Juan de San Miguel `petlatolli zacatl tequixquitl. Sanctiago tetla ynemac Juan de San Miguel Ynic cecni mani ytocayocan Tlatozcac Xalpan Ryes Axomolco, aztahuacan. (Los sembradíos en las heredades que pertenecen a Juan de San Miguel en tochihuic y nextitlan. Las heredades en milpas o sembradíos que pertenecen a Juan de San Miguel en Tochihuic y Nextitlan y son 40 hileras, todas son chinampas. Diez veintenas mas dos veintenas igual a doce veintenas, que equivale a 240 hileras. Heredades de Juan de San Miguel en San Lorenzo Tezonco, tule, zacate, tequesquite. Heredades de Juan de San Miguel en Santiago Tetla, que están juntos en los lugares llamados: Tlatozcac, Xalpan, Reyes, Axomolco, Aztahuacan.)21 Este importante documento confirma la hipótesis que se tenía con respecto a que el pueblo de Tezonco fue un Calpulli o Tlaxilacalli de Culhuacán. El Testamento de Luisa Juana habla de propiedades no sólo en Tezonco, sino en pueblos distantes como Santa María Aztahuacán. Luisa Juana heredó las tierras de su abuelo don Diego de Motecuhzoma. Ella las heredó a su padre, quien al tomar posesión realizó un ritual prehispánico, que para esa época seguía vigente: en cada esquina de la tierra se hacía un hoyo con una coa y se tocaba el teponaztle (tamborcillo) y la chirimía (flautín), manifestando de esta manera que se tomaba posesión de la tierra sin ningún contratiempo.22 Con el Testamento de Luisa Juana podemos confirmar que el topónimo de Tezonco lo tenía desde el siglo XVI, y que no le fue impuesto en las congregaciones de pueblos practicadas por las autoridades novohispanas.
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El título primordial de San Lorenzo Tezonco Para comenzar a analizar directamente el documento que nos ocupa y que da nombre a este trabajo, quisiera abordar la historia del documento. El título primordial de Tezonco es una transcripción del documento original que se encontraba en el año de 1905 en el juzgado primero de esta ciudad. Ahí se resguardaba porque el pueblo de San Lorenzo seguía peleando la restitución de sus tierras, sólo que con mas ímpetu, porque estaban en vísperas de la Revolución mexicana y, como sabemos, uno de los postulados de las diferentes fuerzas revolucionarias era el restituir la tierra que en tiempos pasados les habían usurpado a los pueblos las haciendas españolas. Los habitantes de San Lorenzo Tezonco peleaban por dos lados. Uno era por la vía armada ya que varios habitantes del pueblo se enrolaron en las fuerzas zapatistas, alcanzando algunos grados militares dentro del ejército de Emiliano Zapata. La otra vía era el cause legal. La autoridad del pueblo en este periodo era Mauricio Ibáñez, tenía aproximadamente 15 años llevando el juicio por la restitución de las tierras al pueblo de San Lorenzo Tezonco, según los datos del Archivo Histórico Agrario en 1916, cuyo expediente dice: Con fecha del 22 de abril de 1916, el señor Mauricio Ibáñez, en representación del pueblo de San Lorenzo Tezonco, presentó escrito en que funda [el] pueblo sus derechos y justifica la propiedad de sus terrenos cuya reivindicación se pide, se encontraban en el juzgado primero de distrito…y que como el juzgado no funcionaba en aquella época pedían que por conducto del Ministerio de Justicia, se remitiera a la comisión agraria con carácter de devolutivo el expediente...23 Hasta este año se tenía ubicado el lugar en el que se encontraba el documento original del Título Primordial de San Lorenzo Tezonco, pero sorpresivamente, el
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juzgado que tenía en custodia estos documentos, informó que sus archivos se han extraviado, y que no sabía el paradero de los títulos primordiales de Tezonco. Esta pérdida tan súbita despierta sospechas, pero don Mauricio Ibáñez no cesa su lucha, y sigue mandando cartas a las autoridades correspondientes informándoles de la pérdida: Los vecinos de San Lorenzo Tezonco presentaron escrito con fecha 15 de Marzo de 1917 en el que se lee lo que sigue: para evitar pérdida de tiempo hemos ocurrido repetidas veces a los archivos de los dos juzgados de distrito, en busca de los títulos que según aparece en los autos del juicio seguido por nosotros…[los títulos primordiales] fueron remitidos por orden del mencionado juzgado al juzgado de distrito en turno, en el mes de noviembre del año de 1905, pero han sido inútiles todos nuestros trabajos por que los documentos no aparecen recibidos por el juzgado a quien se remitieron, de ahí que creemos y no sin fundamento, que tales títulos solo con el fin de quitar al pueblo que representamos los elementos propios para conseguir la reivindicación de tierras, se extraviaron intencionalmente24 Afortunadamente, en 1905 el juzgado primero realizó una transcripción certificada del título primordial de San Lorenzo Tezonco, quedándose resguardada en su archivo, y es el documento que ha llegado hasta nuestras manos, lo que no se ha localizado es el mapa que venía incluido en el título primordial, éste desafortunadamente se encuentra extraviado, y al parecer no se realizó una copia. Don Mauricio Ibáñez fue la última persona del pueblo de San Lorenzo Tezonco que tuvo en sus manos ese documento original. Analizaremos someramente la historia de los títulos primordiales y la política que practicó la corona española en materia de tierras, que dio como resultado que esos títulos tuvieran gran importancia en los litigios de tierras entre españoles y pueblos de indios.
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En 1596 el rey de España Felipe II analizó la situación de la propiedad de la tierra de sus territorios en América, y llegó a la conclusión de que ésta había sido mal distribuida e ilegítimamente usurpada por los pobladores hispanos, y acusó a virreyes, audiencias y gobernadores pasados de haber permitido y alentado la usurpación y mala distribución de la propiedad. Consideró que con el proceso de composiciones aún podía corregir la situación anómala de la posesión territorial, dictó la publicación de las Reales Cédulas de Composición, lo que cambió completamente el tipo de propiedad indígena que se tenía hasta ese momento en la Nueva España.25 Con las Cédulas de Composición de 1591, se ordenó examinar las posesiones de españoles y los títulos que los amparaban. En caso de no poseerlos debían componer las tierras que tenían en demasía mediante un pago a la real hacienda, para que el rey legitimara sus heredades. Es decir, el rey asumió su función primordial, para corregir situaciones viciadas ocurridas en el pasado que habían perjudicado tanto su real patrimonio, como el derecho legítimo de los naturales a su tierra.26 Al realizarse las congregaciones de pueblos de indios, muchas comunidades perdieron o fueron quemados sus títulos primordiales, que amparaban la propiedad; esto dio origen a que los españoles aprovecharan la circunstancia, para apropiarse de las tierras y “componerlas”, a su favor en esta nueva política que dictaba el rey. Estas acciones dieron como resultado que la tierra de propiedad indígena padeciera la expropiación o usurpación legal o ilegal por parte de los españoles, y dicho proceso condujo a la consolidación de la hacienda mexicana. Estas mismas cédulas eximían a los pueblos de indios y a los señores naturales o tlatoques, de presentar sus títulos a las autoridades virreinales, por que se reconocía en principio el derecho de los naturales a sus tierras como inmemorial y legítimo.27 A raíz de esta nueva estructura de la posesión de la tierra, los pueblos de indios se vieron en la necesidad de localizar los documentos que hablaran sobre la propiedad de sus tierras, ya fueran prehispánicos o realizados en la época colonial, para poder defenderse de la envestida que experimentaron por parte de los españoles. Además, como caso extraño, por su propia voluntad “compusieron” masivamente sus tierras en los siglos XVII Y XVIII, lo que a su vez dio como resultado la creación de nuevos Títulos Primordiales, para sustentar la posesión de la tierra ha-
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bitada desde tiempos inmemoriales. Existen amplios estudios sobre estos documentos o códices para clasificarlos ya sea como falsos o verdaderos. Los historiadores, al ir descubriendo y estudiando esta serie de documentos, desacreditaron su validez histórica debido a que carecían de toda fundamentación jurídica. Es decir, no contaban con sanción legal alguna. Por otra parte, al ejercer la crítica interna y externa de los documentos, encontraban que contenían numerosos errores en cuanto a fecha, lugares y personajes. En suma, durante algunos años fueron considerados documentos curiosos, producto del ingenio de los indígenas, quienes por su limitada naturaleza o ingenuidad natural, trataron de emplearlos para engañar a las autoridades presentándolos en los tribunales en disputas de tierras. En la historiografía novohispana se sentía un dejo de simpatía por estos indios, quienes ignorantes de la verdadera historia pretendieron defenderse utilizando estos documentos como prueba de sus derechos inmemoriales. Por ejemplo, el historiador norteamericano Woodrow Borah los calificó como Folk-Memory forgeries, es decir, como producto de la codicia indígena por reclamar tierras.28 Posteriormente, estos códices o títulos primordiales fueron audazmente reivindicados por otros historiadores, quienes los consideraron como un esfuerzo de los naturales por reescribir su historia a partir de la conquista hispánica. Una de las especialistas del tema es la historiadora Margarita Menegus Bornemann, quien sostiene la otra vertiente de interpretación y considera que estos documentos reflejan el antiguo territorio indígena, es decir, el altepetl, y que efectivamente son testimonio de sus tierras y de sus términos antiguos.29 Esta otra corriente de la historiografía que defiende el contenido de los títulos primordiales, y que es más reciente, sostiene que hay que abordarlos de otra manera. Ahora hay quienes se han dedicado a estudiar estos temas recurrentes y la manera en que conceptualizaron los indios la conquista y lo que de ella se derivó; de esta manera se pretende comprender el pensamiento indígena y su cosmovisión. Para entender los títulos primordiales es menester revisar el pacto político, establecido entre el rey y sus vasallos. Los reyes de España eran conforme a derecho, sucesores legítimos de los mexicanos tlatoanis, es por esto que en el título primordial de San Lorenzo Tezonco dice que los indígenas de este pueblo tomaron directamente la tierra de manos de Hernán Cortes, es decir, que los pueblos
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indios entendían el nuevo orden de cosas en que vivían, a raíz de la caída de México-Tenochtitlan. Con la llegada de los españoles fue necesario empezar todo de nuevo, recibir nombres por vía del bautismo, reconocer al pueblo como entidad católica y delimitarlo con mojoneras; en el Título Primordial de San Lorenzo Tezonco se establecen todas estas acciones, igual que en la mayoría de los títulos primordiales, para dar sanción legal al nuevo orden establecido por los españoles. En cuanto a las fechas vemos que es muy importante 1521, año de la caída de Tenochtitlan, y su impacto es evidente ya que ahora el que va a dar orden a las cosas es Hernán Cortés en representación del rey de España. Esto queda reflejado en el Título Primordial de San Lorenzo Tezonco de esta manera: Sabed que por parte de los naturales del pueblo de Sant Lorenzo que llaman Tetzonco en el lago de los xochimilcas deesta Nueva España nos ha sido hecha cabal relación de que tienen fundado un pueblo en solares que tomaron de manos del muy magnifico señor don Hernan Cortés conquistador que fue de aquellos nuestros reinos y señorios…30 Existe dentro del título primordial una reafirmación de la fe católica por parte de los naturales, ya que dentro de los rituales llevados a cabo para reafirmar la posesión de la tierra, son bautizados indígenas en presencia del cacique (autoridad) del pueblo por frailes de la orden de la Compañía de Jesús, junto con frailes agustinos. Con estos mismos rituales católicos se llevan a la par también rituales prehispánicos para tomar posesión de la tierra, los cuales consistían en arrancar yerbas y arrojar piedras en su terreno, así se reconocía su nueva propiedad. … en seguida llamamos a un grupo de indios naturales de dicho pueblo, en esta forma, tres en nombre de la santisima trinidad, siete en nombre de los siete dolores de la santisima virgen y cinco en nombre de las santisimas llagas de
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Dios Todo poderoso, total quince naturales a quien le dimos quieta y pacifica posesión de dichos ejidos en nombre del rey, y ellos cortaron yerbas y tiraron piedras en señal de tomar posesión de los ejidos donados por su magestad.31 Como lo comenté antes, el título primordial refiere que también se realizó un mapa para representar las tierras que el pueblo de San Lorenzo Tezonco tomaba en posesión por orden del rey: …nombrados por el excelentísimo señor virrey Don Rodrigo Pacheco Marquez de Cerralbo para señalar tierras al dicho pueblo de Tezonco, el cosmografo de la ciudad don Patricio García Gallardo, encargado del mapa de dichas tierras y en union de Don Benjemin Reyes Torres justicia mayor [del pueblo]…32 Este mapa no se encuentra en el AGA, al parecer se extravió. Gente originaria del pueblo, al saber que estoy realizando la investigación, me informó que hace tiempo habían visto en algún museo de Cuernavaca un mapa antiguo de San Lorenzo Tezonco, confeccionado en piel de becerro. Suponiendo que podría ser el mapa que acompañaba al título primordial, me dirigí a esa ciudad para rastrearlo en varios museos; la búsqueda fue infructuosa porque no lo encontré. Mi búsqueda en otros archivos aún sigue, con la esperanza de localizar ese mapa e incluirlo aquí. Existe otro mapa de esta zona lacustre del Valle de México, realizado en el año de 1769, que utilizaré para demarcar las tierras y mojoneras que el título primordial cita, para darnos una idea de su amplitud. Antes de pasar a la transcripción completa del documento quisiera mencionar que estando en plena investigación, y no sabiendo aún de la existencia del título primordial de San Lorenzo Tezonco, le pregunté a la gente mayor originaria hasta dónde llegaban los terrenos del pueblo, y varias personas me contestaron “hasta el arco de Zapotitlán, después de ahí hacía Santa Cruz Meyehualco, después en línea recta hacia Tomatlán.”
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En el título primordial viene explicado y delimitado el territorio con sus mojoneras, y quedé completamente sorprendido al ver que coincide casi en su totalidad con lo que me informaron los señores; es interesante ver que todavía se conserva en la tradición oral de los habitantes del pueblo de San Lorenzo Tezonco, la extensión de lo que fueron sus tierras. Por último, hago la transcripción del título primordial tal como se encuentra en el AGA: Obra un Cuaderno forrado de cuero o badana, color indefinible en cuyo primera plano de dicho forro se lee lo siguiente:“Archivo judicial de Tezonco .-Legado reservado“Títulos desde pueblo originales” A la vuelta, en el reverso del mismo forro hay adherido un papel impreso que dice:
“Agustin M. Ortiz.-Librero Anticuario” En la primer página del cuaderno que dicho forro contiene se lee:
“Títulos y Carta de Fundo legal del pueblo de Sn Lorenzo Tezoncouna rúbrica-año de 1634” Al reverso de esta hoja aparece un sello enteramente borrado con tinta negra y la siguiente nota “Archivo Gene-
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ral de la Nación México,-Departamento de tierras. Estante no. 27 “Saviñon E. Rúbrica”.La siguiente foja es una estampa en cuya parte superior dice:
“Sr. San Lorenzo Ruega por nosotros”.-
El texto del documento es como sigue: “Sepan cuantos esta carta vieran, como yo el licenciado Joachin de la Portilla y Cuebas, ante el excelentísimo Visorey desta Nueva España. Comparecio y dixo: que tiene y con procurador de los naturales del pueblo del Señor San Lorenzo Tezonco presenta una cedula de su majestad del tenor siguiente:EL REY.Don Rodrigo Pacheco y Osorio, marquez de Cerralbo, nueftro visorrey gobernador y capitan de la Nueva España, y presidente de la Audiencia real y Chancillería que recide en la ciudad de mexico.- Sabed que por parte de los naturales del pueblo de Sant Lorenzo que llaman tezonco en el lago de los xochimilcas de esta nueva España nos ha sido hecha cabal relación de-que tienen fundado un pueblo. en solares que tomaron de manos del muy magnfico señor Don Hernan Cortés conquistador que fue de aquellos nuestros reinos y señorios, que agora han de menester tierras para exidos del dicho pueblo de Tezonco para su sostenimiento y manutención dellos y sus progenitores, os ordenanos que luego que recibiera de esta nuestra cedula agais por nuestro corregidores marcar dichas tierras a dichos naturales y de todo ello nos darais cabal cuenta para ANSI proveer lo que hubiere lugar.- En Monzón a cuatro
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días del mes de octubre día de nuestro serafico padre San Francisco. De 1633. Yo el Rey.-
Por mando del Rey nuestro señor. Sr. Diego de los Cobos, Secretario de Camara..-Auto.- En la Ciudad de Mexco. Dta. Nueva España a los 13 días del mes diciembre de 1633 años compareció en nuestra presencia en Audiencia pública Don Benjamín Reyes Torres, Cacique Justicia Mayor del pueblo, de Sant Lorenzo que agora llaman Tezonco y dixo que tiene cedula de su majestad, para que señalemos tierras y exidos a dicho pueblo.En fiel cumpimiento de ella, nombramos en comisión para señalamiento d dichos linderos a los Revenrendos Jesuitas padre Juan De Salvatierra i Antonio de Zappa, al fraile Fray Juan de Grijalva, prior del combento de Culhuacan y al cosmografo de ciudad don Patricio García Gallardo los cuales vigilaran fielmente todos los trazos de dichos exidos, y en nuestro nombre daran a dichos naturales quieta en pacifica posesión de ellos, dandonos cuenta detallada de todo para comunicarlo a su Majestad. En cumplimiento de su cedula. .-El marqez de Cerralbo.-posición.En el puebo de Sant-lorenzo Tezonco, a los 3días del mes de enero de 1634 años, primer jueves deste año y ahoara que casi las doce y un cuarto del día reunidos en el
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juzgado auxiliar deste pueblo. Los que suscribimos la presente somos el R.P Juan de Salvatierra de la sagrada compañía de Jesús, el p Antonio Zappa de la misma Compañía, el R.P mtro Fray Juan de Grixalba del orden de San Agustín, y actual prior del combento de Culhuacan, todos tres nombrados por el Exmo. Sr. Virrey Don Rodrigo Pacheco Marquez de Cerralbo para señalar tierras a dicho pueblo. de Tezonco, el Cosmografo de ciudad Don patricio Garcia Gallardo, encargado del mapa de dichas tierras, y en union de Don Benjamín Reyes Torres, justicia mayor del, ante mi el notario público que suscribe y da fe. Se procedio al señalamiento de linderos señalando para punto de partida el paraxe que llaman nopal prieto a orillas del camino que viene del puebo de zapotitlan,: sigase en linea recta hasta el paraje que llaman el cuernito o tierras de Don Plutarco, tuersese por el llano viejo a orillas de la tierras de Santa Cruz mellagualco hasta dar en mojononera questá a orillas del camino nuevo o de la polvorilla y se sigue en linea recta hasta el paraje que hoy se dice Tomixiahuac a orillas de las tierras del pueblo de Tomatlan y aquí pasa a la laguna en linea divisoria, hasta el paraxe que dicen Chipunahuac o cienega de San Antonio, y aquí tuerce la linea y sale a tierra al paraxe donde empiezan estos linderos y que hacen un total de siete mil docientas quince varas castellanas. En seguida llamamos un grupo de indios naturales de dicho pueblo. En esta forma: tres en nombre de la santisima trinidad, siete en nombre de los siete dolores de la Sma Virgen y cinco en nombre de las santisimas llagas de Dios Todo Poderoso, total quince naturales a quien les dimos quieta y pacifica posesión de dichos exidos en nombre del
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Rey, y ellos cortaron yerbas i tiraron piedras en señal de tomar posesión de los exidos donados por su majestad. No habiendo otra diligencia que practicar terminamos la presente, en la cual tardamos cuatro días y cinco horas levantando la presente acta para el fundo legal del pueblo de Tezonco. De todo lo cual damos fe Juan de Salvatierra, Fray Juan de Grijalva.-pato.- García Gallardo.-Rnxn. Reyes Torres.Don Fortun del portillo. Escrb-real. Y po. Rúbricas. En 3 de febrero de dicho año el excelentísimo señor Virrey aprobo este titulo en todas sus partes y mandó este testimonio a los naturales del pueblo de Tezonco para su archivo. Firma no legible.33
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Mapa de la región de la laguna de Xochimilco del año 1769, realizado por Ildefonso T. Bejarano, el original se encuentra en el Archivo General de la Nación con la referencia: Catálogo de ilustraciones 3554. Ya que no contamos con el mapa original que describe el título primordial, presentamos este mapa en su lugar. Las modificaciones son mías, se realizaron para recrear el área que está describiendo el título primordial. El territorio se delimitó con caminos indicados por huellas de pies como lo hacían los tlacuilos (pintores) en la época prehispánica, aunque en la época colonial continuaron dibujando así.
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El fundo legal de San Lorenzo Tezonco en el año 1806 En los siglos XVII y XVIII las haciendas siguieron aumentado la extensión de sus propiedades, ya fuera por medio de la compra de tierras a los pueblos indígenas o, en la mayoría de los casos, usurpándoles sus terrenos, falsificando documentos bajo el amparo de la legislación virreinal. La mayoría de los pueblos indígenas padecían muchas dificultades para poder subsistir, y se vieron en algunas ocasiones en la imperiosa necesidad de tener que arrendar las que antiguamente fueron sus tierras, para poder hacer frente a su enorme pobreza. De esta manera, la corona española dictó una serie de medidas para que los pueblos indígenas tuvieran derecho a la posesión de tierra con una extensión de 600 varas castellanas a partir del atrio de la iglesia de cada pueblo. Dentro del Archivo Histórico Agrario localizamos la orden para que al pueblo de San Lorenzo Tezonco se le midieran las 600 varas castellanas que le correspondían: Don Migl. De la Grua Salamanca, marquez de Branziforte, visorrey y capitan general de la Nueva España, sabed que por parte de los naturales del pueblo de tezonco Nueva España nos ha sido preguntando les agademos merced de señalarles tierras del fundo legal e ordenamos que dichas tierras deben comprenderse según las ordenanzas de nuestro reino y señorios seis cientas varas castellanas desde el atrio de la iglesia de dicho pueblo asia los cuatro vientos, y en esa forma sera reconocida la propiedad de dicho pueblo.
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En Madrid a siete días del mes de agosto de 1795 .El Rey. Rubrica. -por mando de su majestad .S. Rey Carlos III.34
Al consultar el Archivo General de la Nación, se pudieron localizar documentos más amplios sobre el litigio por la posesión de la tierra entre la hacienda San Nicolás Buenavista y el pueblo de indígenas de San Lorenzo Tezonco. También se localizaron cartas que sus habitantes le escribían al Virrey. Esta documentación se encuentra específicamente en tres fondos documentales: Tierras, Criminal y Pulques. El corpus contiene aproximadamente 90 fojas, y se encuentran divididas en diversos volúmenes. Junto con esta documentación se localizó un invaluable mapa de San Lorenzo Tezonco, realizado por orden del virrey de la Nueva España, cuando se decretó el Fundo Legal, en el año de 1806. La primera fecha que nos señalan los documentos del AGN es del año de 1771; desde la primera foja nos dan una idea amplia sobre la petición que los naturales del pueblo de San Lorenzo Tezonco hacen al virrey de la Nueva España. En esta misiva le explican todos sus problemas y le piden que como autoridad moral mande al cura de Culhuacán, para que de testimonio de que todo lo que dicen es verdad:
Execelentisimo Señor. El Alcalde, república y demás naturales del pueblo de San Lorenso Thezonco Jurisdicción de Mexicalcingo, en los autos sobre que se midan las seiscientas varas que por derecho correspondiente decimos: que haviendose servido la soberanía de vuestra Excelencia de mandar, que el cura del pueblo de Culhuacan de ruego y encargo y el corregidor de
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dicho partido informaran lo conveniente a nuestra pretensión, lo que executaron uno y otro y en su consecuencia ha respuesto en definitiva el señor Fiscal35 En los escritos citados no hay una contestación de los dueños o arrendatarios de la hacienda San Nicolás Buenavista. El documento siguiente se refiere a más quejas de los naturales contra la hacienda, y está fechado en 1776: Excelentísimo Señor. El alcalde República y alcades pasados con los demás vocales por el restante comun de indios tributarios del pueblo de San Lorenzo Tesonco jurisdision de Mexicalsingo, con el mas profundo rendimiento postrados ante la grandesa de Vuestra Excelencia. Desimos que el único alivio con que hemos logrado adquirir nuestra manuntension, bestuario, servicio real y ovenciones, es la pesca de una alaguna situada en los terminos de aquel vesindario contrivullendo veinte i sinco pesos anuales a la hasienda de San Nicolàs vuenavista, perteneciente a vienes de los expatriados, pausada al presente de la piadosa resolución de Vuestra Excelencia promulgada generalmente de pesca libre. 36 Al parecer, por órdenes de las autoridades virreinales existió algún llamado de atención al administrador de la hacienda para dejar pescar a los naturales del pueblo de Tezonco, pero no se cumplió cabalmente: San Agustín de las Cuevas y Junio 3 de 1786. …es cierto que la superior orden fue obedecida pero dentro de poco tiempo (hablamos señor como debemos)
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se corrompio porque el administrador de la expresada hacienda patentizando mandato de el de temporalidades a el justicia de jurisdicción para serrar los conductos de agua sobre que son fomentados las de la laguna puesta en ejecución se ha logrado consumirlas, y con semejante adbitrio cons[u]mirnos. Por que no ha tenido otro modo de continuar nuestra manutención sino es la pesca: Esta quitada, es clara la directa intención simulada de aniquilarnos. Decertarnos no es posible; dexar de mantenernos menos: Precipitarnos a insultos se abia dar merito merecido; Tolerarnos en nuestras familias con mayor causa; valernos de contienda judicial no se consigue. A Vuestra Excelencia mande como pedimos, juramos no hacerlo de malicia Juan del Carme. Escribano de Républica de Indios [rúbrica]37 Continúan una serie de cartas escritas por los naturales que siguen manifestando quejas contra la hacienda, y de nueva cuenta piden que se les asignen las 600 varas de tierra que les corresponden. En la carta anterior quieren que el virrey ponga una arreglo inmediato, porque si no pueden llegar a insultos. Al parecer no sólo llegaron a insultos, sino también a confrontaciones. Otro expediente que localicé en el fondo Documental Criminal, informa de los destrozos que causaron los naturales en la hacienda, y los nombres de los que fueron arrestados y puestos en prisión. Supongo que eran los líderes de este motín. En esta carta se le pide al virrey que determine si los mantienen en prisión o los ponen en libertad. …Dice: que haviendo el señor regente de esa Real Audiencia y Chancillería. Comisionado por el Excelentisimo Señor Conde de Galbez para el despacho de asumptos
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respectivos a el ramo de Temporalidades librado dos providencias con fecha de 14 de noviembre anterior, en conformidad de pedimento de el señor fiscal defensor, una al corregidor y otra al administrador de la hacienda de San Nicolas Buenavista de los Expatriados, sobre excesos en ella inferidos por el comun de aquel vecindario contiguo de Tezonco resultaron contraventores a lo mandado por dicho señor Excelentisimo[,] Hipolito de Santiago y Bartholo Augustin, mérito preciso a la determinación de sus arresto…Esto debe imponer a vuestra señoría el contenido, para que impuesto en parte de asumptos mande si se ponen en libertad a los dos nominados Yndios detenidos a cumplimiento de su mandato Mexicalcingo marzo 3 de 1787 Besa La Mano De Vuestra Señoría. Angel de Lugo [rúbrica].38 Los siguientes documentos del corpus del litigio continúan en el mismo tenor hasta uno del año de 1806, que me pareció de suma importancia, ya que en éste se explica detalladamente el Reintegro del Fundo Legal que obtuvieron los naturales de San Lorenzo Tezonco; son aproximadamente 18 fojas en tamaño carta, sería voluminoso transcribirlas todas, sólo anexaré el mapa y algunas consideraciones. Al parecer, si nos concretamos al documento arriba mencionado, los naturales del pueblo de San Lorenzo Tezonco ganaron parcialmente el litigio. Digo parcialmente porque existe otra carta dirigida al virrey en el año 1820 solicitando de nueva cuenta su fundo legal. En otros conflictos parecidos en la Nueva España, cuando a los pueblos se les medían las 600 varas, lo hacían a partir de la iglesia o pequeña parroquia del pueblo, (como sucedió en San Lorenzo Tezonco), y la cantidad de tierra que “ganaban” casi quedaba en las mismas circunstancias, por eso los pueblos no
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quedaban conformes. Entonces lo que los pueblos pedían, era que se les midieran las 600 varas hacia los cuatro vientos pero de la última casa del pueblo, de esta manera realmente obtenían mas tierra para su manutención. Supongo que tal vez los naturales de Tezonco, después del reintegro de tierras en el fundo legal de 1806, no quedaron del todo conformes y siguieron solicitando tierras de pan llevar. Dentro del informe del Fundo Legal, al parecer todo se llevó en buenos términos, ya que se realizó un mapa para que ambas partes reconocieran las nuevas mojoneras; actualmente todavía se pueden identificar exactamente las distancias y medidas que marca el mapa, el camino que se observa entre la hacienda y el pueblo hoy es una avenida importante (Av. Tláhuac). En el mapa que a continuación se presenta, se ven dibujadas la hacienda y la iglesia del pueblo, lugares de donde parten las nuevas medidas de tierra. Parte del terreno que se le asignó a San Lorenzo Tezonco en el reintegro del fundo legal, los habitantes lo destinaron para servicio de panteón, el cual sigue siendo el panteón vecinal del pueblo. El sitio está marcado en el mapa con color azul y letra D.
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Mapa de San Lorenzo Tezonco, Corregimiento de Mexicaltzingo año 1806. Este mapa se localizó en la mapoteca del Archivo General de la Nación, catalogado con la clave 2206. Autor: José del Mazo y Avilés. Escala 1000 varas castellanas.
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La explicación de este mapa la dan los mismos autores, y viene incluido en la glosa del fundo legal: “Don José del Mazo y Aviles academico de México de la real Academia de San Carlos de esta Nueva España y don Manuel Perez de Solis, primer maestro de arquitectura de esta Nueva España agrimensores titulados por su merced (que Dios Guarde) decimos: que en cumplimiento de lo mandado por la superioridad de Vuestra Alteza pasamos al pueblo de San Lorenzo Tezonco jurisdicción de Mexicalcingo, a practicar la diligencia del reintegro hasta el complemento del fundo legal si se hallara incompleto= Para averiguarlo lebantamos el plano que adjunto debidamente presentamos. En el se demuestra con la figura irregular color amarillo, y letra B lo que estaba poseyendo el pueblo, cuya area reducida avaras cuadradas consta de 986.062, de modo que para el fundo legal le faltaban 453.938 y son las mismas que comprende el paralelogramo color verde y letra C con lo que queda reintegrados, pues ambas partidas hacen la total de 144.000 que es igual al producto de un cuadrado de 1200 varas por cada lado. Siendo de advertir que en dicho paralelogramo esta comprendido el espacio, para camino de la hacienda San Nicolás Buenavista, esto es de 16 varas de ancho por toda su longitud demarcada. El color azul letra D demuestra el diminuto reintegro que le había hecho el comisionado justicia, pues debiendo abarcar igual numero de varas que aquel paralelogramo, solo tuvo 246.157 por lo que aun faltaba al pueblo para su fundo legal 207.781 que hacen un cuadrado de 499 varas por cado lado capaz de producir nuestro fruto…todo quedo remediado con la practica de estas diligencias, por que el pueblo que-
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da completo en su fundo legal con tierras de mejor calidad y nuevas…conforme a lo mandado por vuestra alteza y es cuanto nos parece conducente informar a su superioridad. Dios guarde a vuestra alteza, mes año mexico 12 julio de 1806. Jose del Mazo y Avilés. Manuel Pérez Solís.39
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La dotación ejidal en San Lorenzo Tezonco en el año 1918 El último documento que vamos a analizar, en lo particular creo que es la síntesis de la resistencia de 350 años por la lucha de la tierra que los habitantes de San Lorenzo Tezonco enfrentaron. Aun con la dotación provisional de 1918 y confirmada por orden presidencial el 15 de junio de 1922, el pueblo siguió solicitando que se le reconociera todo el ejido a su favor; en 1923 solicitan nuevamente la ampliación del ejido. Con el General Lázaro Cárdenas está más documentada la petición, pero es hasta el periodo del presidente Miguel Alemán cuando les concede la ampliación del ejido con 22 hectáreas. Dentro de este proceso de dotación jugó un papel muy importante el señor don Mauricio Ibáñez, ya que se encuentra presente en toda la documentación como representante del pueblo, desde antes que estallara la Revolución; lo encontramos en juzgados, tribunales, tratando de que se le restituya a San Lorenzo Tezonco lo que le fue “usurpado en gobiernos anteriores”, como ya lo citamos anteriormente, Don Mauricio Ibáñez fue la última persona que tuvo en sus manos los documentos originales del título primordial de San Lorenzo Tezonco. Al parecer se presentaba solo a los litigios representando al pueblo como autoridad, ya que en las informaciones generales de los juzgados, se observa que solo él firma, sin nadie que lo acompañe. En 1910 Don Mauricio Ibáñez habría tenido 40 años de edad. A gente mayor del pueblo le he preguntando si lo conocieron, me dicen que no, pero que saben “Que don Mauricio Ibáñez fue el que ganó la Draga para el pueblo”. Este predio conocido “la Draga”, fue el polígono No. 1 dentro de la dotación ejidal de 1918, y era uno de los mas productivos por estar junto al canal, o “Acequia Real” como antes se le conocía, que era por donde se conducían todas las legumbres y mercancías de esta zona lacustre del Valle de México, hacia el corazón de la ciudad, la acequia comenzaba en Mixquic, continuaba por Tláhuac, pasaba por Tlaltenco, de ahí a San Lorenzo Tezonco y Tomatlán, se convertía en el Canal Nacional, luego en el famoso Canal de la Viga, hasta desembocar en la Merced, o antigua alhódinga de la ciudad.
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Dentro de este apartado, quiero mencionar que voy a transcribir a veces completos los documentos que localicé en el Archivo General Agrario, ya que no necesitan ninguna explicación y hablan por sí solos en este álgido y sangriento periodo que atravesaba el país. La Revolución mexicana, según los grandes historiadores, tuvo muchas causas, pero todos coinciden en que uno de los principales motivos que originaron la lucha armada, fue que la propiedad de la tierra se encontraba acumulada en sólo unas cuantas manos, y la mayoría de la población campesina se encontraba sumida en la pobreza. Francisco I. Madero había prometido regresar la tierra a los campesinos, no alcanzó a cumplirlo, lo asesinaron antes. Emiliano Zapata promulgó el famoso Plan de Ayala, en cuya columna vertebral, se proponía la restitución de las tierras a los pueblos indígenas. Las tierras del sur del Distrito Federal fueron una amplia zona de influencia zapatista, y gente originaria de San Lorenzo Tezonco se integró al ejército zapatista, de hecho en la historia oral de nuestro pueblo siguen vigentes las historias de zapatistas de San Lorenzo Tezonco que participaron en la Revolución. Venustiano Carranza promulgó en Veracruz la famosa Ley del 6 de enero de 1915, donde en primera instancia prometía sólo la figura de “restitución de la tierra” a los pueblos. Después modificó esta ley y se le anexaron otras dos figuras: la dotación, nueva forma de posesión de terrenos, que consistía en entregarle tierras a los pueblos que tuvieran la necesidad de recibirla; ”la creación de nuevos centros de población”, esta figura se creó porque el gobierno, reconociendo la necesidad de los pueblos para obtener tierra para subsistir, y ya no habiéndola junto a esos pueblos, les proponía crear una nuevo centro de población, en donde existieran tierras para repartir, aunque fuera en otro estado de la República. San Lorenzo Tezonco se apoyó en La Ley del 6 de enero 1915, solicitando la restitución con base en las copias de los títulos primordiales que presentó don Mauricio Ibáñez; aunque el perito en paleografía de la recién creada Comisión Nacional Agraria dictaminó que los documentos y los títulos primordiales eran originales, sólo procedió en San Lorenzo Tezonco la figura de dotación, equivalente a 754 hectáreas, ya que si hubiera procedido la restitución, se le hubiera tenido que reco-
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nocer el terreno que marcaba el título primordial, de aproximadamente de 5,000 hectáreas, que algún día pertenecieron a San Lorenzo Tezonco. Para cumplimentar debidamente el acuerdo dictado por el presidente de esta Comisión Nacional Agraria, relativos al estudio de los títulos del pueblo de San Lorenzo Tezonco, sírvase Usted de designar al paleógrafo Ramiro Manzanos para que pase a La Caja de Prestamos para Obras de Irrigación y Fomento de la Agricultura…a fin de que estudiados éstos, dictamine sobre su autenticidad. Constitución y Reforma. México, Septiembre 21 de 1916.40 La contestación del paleógrafo de la Comisión Nacional Agraria fue entregada menos de 15 días: A fin de ejecutar lo que se sirve Usted Indicarme en su nota de ayer en el que transcribe el oficio numero 522… acerca del dictamen pericial que debo rendir de los documentos del pueblo de San Lorenzo Tezonco… me fueron mostrados cinco volúmenes y un cartapacio capaz de contener otro estuve revisando. Todos los documentos son absolutamente autenticos, tanto el papel como los sellos, tipos de las letras y reducciones concuerdan con documentos auténticos existentes en el Archivo General de la Nación… Constitución y Reforma México, 5 de Octubre de 1916. El perito paleógrafo de la Comisión Nacional Agraria. Ramiro Manzanos. Rúbrica.41 Como ya vimos, San Lorenzo Tezonco tenía aproximadamente 350 años luchan-
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do por sus tierras, y sus habitantes siempre estuvieron pendientes de la situación política del país, y a la máxima autoridad en turno siempre acudieron con cartas para solicitarle la restitución de tierras. Los naturales del pueblo mandaron cartas al virreyes, justicias mayores, presidentes de la República, como es el caso de la carta que está consignada al presidente Francisco I. Madero, y aunque duró sólo 11 meses en su mandato presidencial ya que fue asesinado, los habitantes le escribieron sus historias pretendiendo se les restituyeran sus tierras. En 23 de Noviembre de 1911, los vecinos de San LorenzoTezonco, acudieron por escrito ante el C. Francisco I. Madero, presidente de la República, quejandose del despojo de sus terrenos y de los titulos que acreditaba su propiedad sobre ellos estaban en poder del señor Lic. Salvador del Valle, quien se negaba a devolvérselos. Este escritos de los vecinos fue remitido por la Secretaría Particular del señor Presidente al gobernador del Distrito.42 Asesinado Francisco I. Madero, junto con su vicepresidente Pino Suárez, entraba la Revolución en una de sus etapas más sangrientas. La llegada al poder del primer jefe constitucionalista, Venustiano Carranza, avivó la esperanza de que las tierras fueran restituidas a los pueblos; el siguiente ocurso lo localizamos en el Registro Agrario Nacional, y es una carta dirigida a Venustiano Carranza: Los que suscribimos, vecinos del Pueblo San Lorenzo Tezonco, ante Usted con el debido respeto exponemos que: Siendo personas honradas que jamas se han mezclado en política, y confiados en el digno y actual gobierno Constitucionalista, el cual sabe hacer justicia y proteje a la clase menesterosa, hasi que como aquellos que con su trabajo de labores ayudan al digno pueblo mexicano al sostén de sus familias, a Ud. Suplicamos que se digne el librar sus respe-
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tables ordenes, a fin de que nos sean repartidas nuestras tierras, las cuales nos fueron usurpadas en los anteriores gobiernos, y de justicia creemos el que ya nos sean devueltas…en el juzgado 2/o de lo civil del pueblo ya indicado, depositamos los titulos que acreditan dichas propiedades, hace nueve o diez años, y existen en lo ya dicho los expedientes. Los cuales pasaron al juzgado primero de ésta capital. … Reyteramos Ud. Mi subordinación y prometemos el tomar las armas, para defender la digna y gloriosa causa Constitucionalista. Constitución y Reforma. México, Enero 24 de 1916. Mauricio Ybáñez,-Ventura García.- Zeferino Galindo.- Miguel Medina.- Guadalupe Ybáñez.-Agustín Salas.- Felipe Ybáñez.- Alberto Reyes.- Isidro Ybáñez.-Tiburcio Leyte.Felix Valverde.- Gregorio Ybáñez .- Bicente Alfaro.- Secilio Medina.- Tomas Valencia.- Lorenzo Ambris.- Andres Pacheco.- Pedro Leyte.- Eleuterio Pacheco .- Manuel Bolaños. Rúbricas.
Los demas vecinos no firmaron por no saber escribir. El año pasado fue entregado un plano y fue una comisión a deslindar dichos terrenos, pero no fue afectado por haberse empesado la revolución. En el pueblo de San Lorenzo Tezonco, Municipalidad de Iztapalapa. Del D.F.43
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Existen varias cartas dirigidas al primer Jefe Constitucionalista por parte de los habitantes del pueblo de San Lorenzo Tezonco, sólo vamos a transcribir las que a mi parecer exponen más ampliamente el problema de la tierra: Ciudadano Presidente de la República. Los que suscrivimos vecinos del Pueblo de San Lorenzo Tesonco, ante la recta justificación de Usted, respetuosamente y la mejor forma que sea procedente, exponemos: Desde hace mas de un año y con fundamento en las sabía disposiciones contenidas en el Decreto del seis de enero de 1915, expedido por Usted en la Heroica Veracruz, solicitamos ente la comisión Nacional Agraria, las restitución de las tierras que forman el ejido del pueblo con las que fue dotado por Cédula Real, durante la dominación española… de cuyas tierras se encuentran en posesión de la hacienda San Nicolás Buenavista. …Se doto al pueblo de San Lorenzo Tezonco Municipalidad de Iztapalapa, con los ejidos que conforme a las leyes españolas le correspondían, cuyos Titulos fueron remitidos según consta en los autos del juicio, al juzgado de distrito en turno, con fecha de 5 de noviembre de 1905. Ya posteriormente nos dirigimos a los juzgados en busca de nuestros titulos, y no hemos podidos encontrarlos hasta la fecha, y tememos y no sin fundamento que se hayan extraviado intencionalmente, pues es de llamar la atención, que el juez que conocía del negocio dictara un auto mandando que se remitieran en el juzgado de distrito en turno, para que se averiguara si pertenecian al archivo general de la nación o no. …La hacienda se poseciono de todas la tierras que rodean al pueblo, al grado de que en la actualidad está
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reducido al terreno que ocupan las casas que lo forman, careciendo en lo absoluto hasta del agua, elemento indispensable para la vida. Pues las lagunas que se encuentran cercanas y dentro de los inmuebles que forman el ejido del pueblo, han sido mandadas a desecar, por la expresada hacienda de San Nicolás, impidiendonos sacar de nuestro pueblo y nuestras aguas los factores necesarios para poder vivir. El pueblo de San Lorenzo Tezonco está formado por mas de tres mil habitantes, está reducido a la mas espantosa miseria, debido a los manejos de los potentados, que se han apropiado de los que nos pertenece…Hoy que la justicia es una verdad y las autoridades Constitucionalistas los guardianes de las garantías de los pueblos, ha de pedir se nos devuelva lo que legítimamente nos corresponde, de acuerdo con lo preceptuado por el Decreto del seis de enero de 1915. …Es justicia que protestamos seguros de la influencia de principio revolucionarios, dignamente por el constitucionalismo, representado por Usted, alcanzara a estos humildes campesinos, que aunque ignorantes, han sido fieles partidarios de la noble causa, y estan dispuestos como siempre a sacrificarse si fuera necesario. Protestamos a Usted Nuestros Respetos. México, 19 de Marzo de 1917. Mauricio Ibáñez. Rúbrica.44
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Las gestiones realizadas por los habitantes del pueblo de San Lorenzo Tezonco, representados por don Mauricio Ibáñez, dieron resultado, ya que la Comisión Nacional Agraria tomó en sus manos el asunto y tuvo que hacer varios reconocimientos geográficos para proceder a la dotación. Uno de los primeros informes dice así: Informe que rinde el que suscribe al C. Director de la Comisión Nacional Agraria, con motivos de los trabajos de levantamiento y mensure que efectuo en los terrenos adyacentes al pueblo de San Lorenzo Tezonco. Obedeciendo las ordenes recibidas en el oficio no. 3378 de fecha 30 de octubre, me traslade al Pueblo de San Lorenzo Tezonco, entrevistando desde luego a la autoridad local, con objeto de ponerlo al tanto de los trabajos por efectuar y pedirle su ayuda para facilitar mi labor. Una vez obtenidos los primeros informes procure ver al representante del pueblo, lo que no logre por encontrarse enfermo. El 6 regrese habiendome dicho el citado representante, que por lo pronto no era posible efectuar los trabajos, pues debido a la enfermedad y a la temporada de cosechas, era sumamente difícil encontrar personas que pudieran ayudarme en el desempeño de mi comisión, por lo que me suplicaba que volviera dos o tres días después, lo que hice el 9, en que se me ofrecio formalmente que para el siguiente día tendría los peones necesarios. El 10 y 11 los emplee en recorrer y reconocer el terreno. En resumen: los trabajos duraron del 12 al 26 de noviembre de los cuales solo se utilizaron en el campo nueve días…El pueblo de San Lorenzo Tezonco esta situado al sur de los terrenos que posee como fundo legal y que tiene una superficie de 122 hectareas, terrenos de los que se ha apoderado un reducido grupo de vecinos; esta constituido por una reunión de cabañas de miserable aspecto, donde
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se aglomeran de 4 a 5 familias, contando con poco mas de tres mil habitantes, bastando solo con visitarlo para comprender la necesidad imperiosa de tierras, pues siendo en su totalidad agricultores no possen otro medio de vivir, viendose obligados a trabajar en las haciendas y ranchos de la cercanías. Me permito hacer notar las dificultades con que tropece, en el desempeño de mi comisión, siendo una de ellas la falta de peones que o llegaban tarde o no asistían, habiendo ocasiones en que trabaje con niños de 6 y 7 años por no haber gente que quisiera ayudarme. México, D.F. Diciembre de 1918. Aux. de Campo de la Comisión N. A. Jorge Almanza Rubrica.45 También existe una importante descripción geográfica-económica del pueblo de San Lorenzo Tezonco, que se incluyó en el estudio de la Comisión Nacional Agraria: El pueblo de San Lorenzo Tezonco, Municipalidad de Iztapalapa tiene una superficie aproximada de 24H. 00A 002. Y sus colindancias son: al Norte pueblos de Santa Cruz e Ixtapalapa, al sur pueblo de Tláhuac; al Este pueblo de Zapotitlán y hacienda San Nicolas, al oeste pueblo de Tomatlán. El pueblo tiene 1515 habitantes, y de sus terrenos solo cultiva 13H.30ª.49M2. Los terrenos de la hacienda de San Nicolás son de pastos, y se cultiva, maíz, fríjol, y cebada, su superficie es aproximadamente de 240 Hectáreas. El clima del pueblo es frío y seco.
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Las lluvias son generalmente Marzo a Septiembre. El Terreno del pueblo es plano, y su vegetación espontánea, es de pastos, se cultiva, maíz, fríjol, y Cebada. La distancia del pueblo, a los inmediatos, es la siguiente: a Tláhuac 12 Kilometros, a Zapotitlan 4 kilometros, a Tomatlan, a Santa Cruz 5 kilómetros. Los datos referentes a la fundación del pueblo y copia del acta de Constitución, dicen que existen en el local agrario. El jornal es de $0.75; medios de transporte, a pie, fletes no hay; valor fiscal de la propiedad, no lo saben. México, Diciembre 23 de 1918. Enrique de Gortari. Rubrica.46 La resolución que tomó la Comisión Nacional Agraria contiene un expediente de aproximadamente de 800 fojas, en una de las conclusiones se lee lo siguiente: Los derechos que asisten al pueblo de Tezonco para reclamar la extensión de la tierra, que le fue concedida por la Corona Española, son indiscutibles. Si el pueblo de San Lorenzo Tezonco carece de tierras bastantes para llenar sus necesidades, es indiscutible que se encuentra comprendido dentro del Articulo tercero de la ley del 6 enero de 1915, que autoriza a los pueblos carentes de tierras ejidales para solicitar se le dote de la necesaria, para que subsistan de una manera independiente. PROPOSICIONES …Primero.- Los vecinos del pueblo de SAN Lorenzo Tezonco, representados por el Señor don Mauricio Ibáñez, pro-
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baron legalmente y con documentos autenticos que son los dueños de un sitio equivalente a un fundo legal, que le fue donado por cédula real de 4 de Octubre de 1633. Segundo.- El pueblo de San Lorenzo Tezonco Carece de ejidos, y en esta atención y con apoyo de los articulos 27 de la Constitución General de la Republica y tercera de la ley agraria del 6 de Enero de 1915, atendiendo a los solicitado por los vecinos en el escrito presentado ante el C. Presidente de la República con fecha de 19 de Marzo de 1917, debe de dotarseles de tierras necesarias. Tercero.- Envíese los peritos ingenieros que sean necesarios para que practiquen la mensura del fundo legal del pueblo, y abrase enseguida, con elementos de este expediente, el respectivo de dotación. 47 Inmediatamente fueron corridos los avisos para que se procediera a la dotación del ejido, y por órdenes de la Comisión Nacional Agraria se tuvo que publicar en los periódicos “El Constitucionalista” y “El Pueblo”, cuyo desplegados informaba lo siguiente: Tomo III.- 3/a. EPOCA. México, Sábado 15 de Abril de 1916. Numero 135. COMISIÓN LOCAL AGRARIA DEL DISTRITO FEDERAL. AVISO. Los vecinos del pueblo de San Lorenzo Tezonco, se han dirigido a esta comisión Agraria, solicitando la reivindicación de sus bienes de comunidad de que fueron despojados en los pasados gobiernos. Lo que se pone en conocimiento del público, a fin de los
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que intenten oponerse a esta solicitud, se presenten con sus títulos a la Comisión Local Agraria del Distrito Federal, dentro de los 5 días siguientes a la ultima publicación de este aviso en los periodicos “El Constitucionalista” y “El Pueblo”, apercibidos de que después de este plazo no se dara entrada a ningún escrito de oposición. México, abril 1 de 1916. El secretario de la Comisión Local Agraria del D.F. Alberto Jiménez.48 Inmediatamente se presentó el apoderado legal de la Compañía Agrícola San Nicolás S.A., para tratar detener el proceso de dotación que se iba a llevar a cabo en San Lorenzo Tezonco; el documento que se encuentra en el Archivo General Agrario dice así: “Dentro del termino señalado para oponerse, se presento el Señor Eugenio Marty Martineau, como apoderado de la “Compañía Agrícola de San Nicolás S.A” , lo que acredito con la escritura de poder que corre agregada al expediente…y oponiendose a la restitución pide y fundando su pretensión en que las tierras que rodean al pueblo de San Lorenzo Tezonco son parte de la propiedad de la compañía que representa, y a los colonos de aquella región, quienes las adquirieron de la mencionada compañía Agrícola. Que los derechos de propiedad de esta última en la totalidad de los terrenos que rodean a aquel pueblo, se fundan en la titulación perfecta e indiscutible que data de principio del siglo XVII, y de esa titulación se desprende que en el año de 1788 se fundó el pueblos de San Lorenzo Tezonco.49 De esta carta opositora por parte de los dueños y apoderados de la hacienda,
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me resaltan tres cosas: la primera es que a lo largo de los tres siglos de lucha constante entre el pueblo de San Lorenzo Tezonco y la hacienda, ésta se había empeñado en demostrar que el pueblo no existía cuando la hacienda se fundó, pero ya se comprobó con documentos anteriores que el pueblo estuvo ahí primero que la hacienda (Testamento de Luisa Juana). Entonces, en 1916 el Sr. Marty Martineau, como apoderado de la Compañía, afirmaba que según sus documentos San Lorenzo Tezonco se había fundado en 1788, pero según el título primordial, San Lorenzo Tezonco recibió tierras por parte del rey en 1633, y para ser más contundentes, la Comisión Nacional Agraria cataloga los documentos como auténticos. Segundo: la hacienda de San Nicolás cambió de nombre en 1908, por las transformaciones trascendentales que se veían venir para los latifundistas; ahora se hará llamar Compañía Agrícola San Nicolás S.A. Este cambio de nombre lo realizaron los nuevos dueños ante el notario Jesús Trillo, el día 13 de octubre de 1908; con ello trataron de dejar atrás esa desacreditada y pesada loza de hacienda novohispana, pero no se quedaban atrás los problemas de usurpación de tierras que tenían pendientes con los habitantes de San Lorenzo Tezonco. La tercera cuestión se encuentra documentada en el Registro Agrario, y nos explica que mientras se decretaba la dotación al pueblo de San Lorenzo Tezonco, los propietarios de la hacienda, trataron de rescatar algo de su gran extensión, lotificando y vendiendo enormes predios a particulares, para que de esta manera trataron de rescatar algo de tierras de la dotación que se iba a practicar. Ya decretada la dotación, los nuevos propietarios de los terrenos que se encontraban dentro de la dotación ejidal no estuvieron de acuerdo y solicitaron a la Comisión Nacional Agraria, que suspendiera la acción realizada, y les reconociera sus predios como propiedad privada. La Comisión le dio entrada a estos ocursos, y los turnó a su departamento jurídico, el cual contestó que en la totalidad de los casos, no tenía valides el contrato de compraventa entre los particulares y la hacienda, porque estos contratos se habían realizado ya dictada la dotación ejidal. A la hacienda se le respetaron grandes cantidades de terrenos, porque dentro de la misma ley del 6 de enero de 1915 se reconocía la pequeña propiedad, hasta 500 hectáreas en un solo individuo. Después del periodo en que la Comisión Nacional Agraria estudió los expedientes, dictaminó provisionalmente el 17 de septiembre de 1918 lo siguiente:
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Por los expuesto y con fundamento en las fracciones III y IX de la Constitución general de la republica en sus articulos 17 y en los articulos 3/o y 7/o de la ley del 6 de enero de 1915, el suscrito gobernador del Distrito federal, resuelve: PRIMERO.- No procede la acción de restitución de tierras solicitadas por los vecinos del pueblo de San Lorenzo Tezonco. De este Distrito Federal. SEGUNDO.- Es procedente y por lo tanto se concede al pueblo de San Lorenzo Tezonco en calidad de dotación la cantidad de setecientas cincuenta y cuatro hectáreas que se tomaran de la hacienda de san Nicolás, dando una hectárea a cada jefe de familia. TERCERO.- Notifiquese y con el expediente respectivo remitase para los efectos a que haya lugar a la Comisión Nacional Agraria. CONSTITUCIÓN Y REFORMAS. México, D.F A 17 de Septiembre de 1918.50 Otra vez los habitantes de San Lorenzo Tezonco al enterarse de la resolución sintieron un dejo de tristeza, pues otro gobierno en turno, y con sus leyes, no les reconocía la totalidad de sus tierras, ya que las 754 hectáreas no cubrían sus necesidades para manutención. Tuvieron que conformarse, y el 15 de junio de 1922, con la resolución presidencial vino la posesión definitiva de las 754 hectáreas, y hubo un acto solemne en la plaza del Pueblo de San Lorenzo Tezonco, en el que estuvo presente el Presidente de la Comisión Nacional Agraria: “ACTA DE POSECIÓN
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En el Pueblo de San Lorenzo Tezonco, Municipalidad De Ixtapalapa, en el Distrito Federal, los 20 de noviembre de 1923, reunidos en la plaza Francisco I. Madero del pueblo mencionado, a las 10 de la mañana y en presencia del Sr. Mauricio Ibañes, y el presidente de la Comisión Nacional Agraria, con una mayoría de vecinos del pueblo, hizo uso de la palabra el Ingeniero asesor para informar, que se iba a proceder a la entrega la definitiva posesión de los terrenos, cuya dotación había sido acordada, por el C. Presidente de la República, de acuerdo con la resolución del 15 de Junio de 1922…una vez manifestado lo anterior, el comité se traslado al a la estaca 0 del polígono 1, marcado en el plano aprobado por la comisión nacional agraria…Acto continuo el C. presidente ejecutivo del comité hizo entrega al presidente administrativo, Don Mauricio Ibáñez, previa protesta que hizo éste de administrar honrada y fielmente el ejido con que se ha dotado a San Lorenzo Tezonco…Y esta entrega se hace en nombre de la nación mexicana, para provecho uso y beneficio del pueblo de San Lorenzo Tezonco, en cumplimiento de las promesas hechas por la revolución. Presidente del Comité Ejecutivo Mauricio Ibáñez Rubrica51 Dentro de la misma acta se encuentra el informe que señala que una vez que se dio por terminado el emotivo discurso, se presentó en la plaza del pueblo el sr. José R. Villaseñor, Gerente de la Compañía Agraria San Nicolás S.A., a manifestar, como en otra muchas veces lo había propuesto, que venía a hacer la última propuesta de cambiar los terrenos de la dotación en otro lugar y que estuvieran juntos, y no
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separados como se los habían dotado; la propuesta se sometió a votación estando presente la mayoría de los vecinos, quienes se negaron a cambiar lo que ya se había repartido. Los propietarios de la hacienda seguían manifestándose contra la Comisión Nacional Agraria porque según ellos existían algunos problemas, ya que aprobada la dotación ejidal, el primer inconveniente era que las 754 hectáreas se encontraban dispersas dentro de sus tierras, aduciendo que quedaban muchos lotes vendidos entre los de la dotación (como se podrá ver en el plano de la Comisión Nacional Agraria); la Comisión contestó: Como se ve por todo lo expuesto, la localización del ejido de san Lorenzo Tezonco, no aduce a ninguna irregularidad pues esta se hizo conforme a un plano por la Comisión Nacional Agraria, y el cual esta asu vez de acuerdo con la resolución presidencial52 Como ya se mencionó, los habitantes de San Lorenzo Tezonco no se sintieron satisfechos con la dotación ejidal, y en 1923 solicitaron la ampliación del ejido, la misiva se encuentra en el Archivo General Agrario: Al C. Presidente de la Comisión local Agraria. Presente. C. Gobernador.- Los suscritos vecinos de San Lorenzo Tezonco, Municipalidad de Ixtapalapa,- Ante Usted respetuosamente exponemos:-
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Nuestro pueblo fue dotado con 754 hectáreas de terrenos que recivimos en posesión provisional desde el 28 de abril de 1918, fallo que usted tuvo a bien pronunciar y que merecio la confirmación de parte del C. Presidente de la Republica.-…Muchos de los vecinos de este lugar nos habiamos ausentado en busca de recursos para subsistir, pero hemos regresado al pueblo de nuestro origen desde que supimos que el actual gobierno, cumpliendo sus mas importantes promesas había mandado a entregar tierras a Tezonco.- A Usted pedimos que se nos conceda una segunda dotación, ampliando nuestro ejidos, en la inteligencia que solicitamos las tierras de los potreros denominados de “La Esperanza”, “Las Agujas”, pertenecientes a la finca titulada San Nicolás Tolentino, que conserva una superficie indivisa no exceptuada de expropiaciones. SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECIÓN. México, D.F., a 12 de Enero de 1923.53
Siendo tan reciente la dotación, al parecer le fue negada esta solicitud, pero retomada en las siguientes décadas, incluso hasta mediados del siglo XX, pero esto será tema de otra investigación.
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CONCLUSIONES Los cuatro documentos sobre la posesión de la tierra que hemos estudiado, nos dan una amplia referencia de la resistencia que los habitantes del pueblo de San Lorenzo Tezonco ejercieron para defender sus tierras. Aunque cada documento pudo haberse analizado por separado, quise incluirlos en un solo ensayo para dar una idea sobre la lucha que llevaron a cabo los pueblos campesinos en la Nueva España, y posteriormente en el México independiente. El litigio declarado abiertamente, entre hacienda y pueblo, nos legó una enorme documentación en la cual podemos conocer y reconocer cómo era nuestro pueblo. A diferencia de San Lorenzo Tezonco, los pueblos circunvecinos, que no enfrentaron problemas por la posesión de la tierra, no cuentan con documentos históricos para saber cómo eran en tiempos pasados. Es satisfactoria esta investigación porque, como ya se mencionó, no existía nada o casi nada escrito específicamente sobre San Lorenzo Tezonco, y lo poco que existía está plagado de datos equívocos. Me congratula tratar de aportar un granito de arena para dar a conocer cómo era nuestro querido pueblo a través del tiempo. De esta manera se puede afirmar que San Lorenzo Tezonco fue un pequeño barrio de Culhuacán, y que estuvo asentado antes de la llegada de los europeos. Disfruté la investigación directa en los archivos porque cada documento que se iba localizando, era una enorme satisfacción, tanto en lo académico, como en lo personal. Durante la investigación localicé diversos documentos de enorme valor histórico, que nos dan una referencia de la vida cotidiana de nuestro pueblo y que no pude engarzar aquí, pero que posteriormente incluiré en la página de Internet que realicé. Sólo a modo de ejemplo, menciono un documento que incluye el contrato y el pago de arrendamiento de la escuela primaria en el año de 1890, ambos firmados por uno de mis antepasados, el sr. Fermín R. Nazario, por lo que supongo que desempeñaba alguna función en la escuela.
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Ya en el tema de lo sentimental, quisiera mencionar que tuve la satisfacción de localizar 5 generaciones atrás de mis predecesores; la referencia más antigua que localicé fue sobre el señor Andrés Nazario del año 1838. Por último, quisiera agradecer a las personas que me orientaron con sus comentarios y me dieron datos interesantes sobre el pueblo.
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25. Menegus Bornemann Margarita, Los Títulos Primordiales de los pueblos de indios. 26. Ibíd. 27. Ibíd. 28. Ibíd. 29. Ibíd. 30. Registro Agrario Nacional. Exp. No. 35 Dotación-1. Cuiaderno 1 Fojas 16-19. 31. Ibíd. 32. Ibíd. 33. Registro Agrario Nacional. Exp. No. 35 Dotación-1. Cuaderno 1 Fojas19-23. 34. Ibíd. 35. Archivo General de la Nación. Grupo Documental Tierras. 110. Fojas-26-28. 36. Ibíd., fojas 30-31. 37. Ibíd., fojas 35-39. 38. Ibíd., fojas 40-42. 39. Ibíd., fojas 45-49. 40. Registro Agrario Nacional. Exp. No. 35 Dotación-1. Cuaderno 1. 41. Ibíd. 42. Ibíd. 43. Ibíd., fojas 29-32. 44. Ibíd., foja 45. 45. Ibíd., fojas 49-51. 46. Ibíd., fojas 66-69. 47 Ibíd., foja 75. 48. Ibíd., foja 79. 49. Ibíd., fojas 83-96. 50. Ibíd., foja 102. 51. Ibíd., fojas 108-112. 52. Ibid., fojas. 115-119. 53. Ibíd., foja 120.
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ARCHIVOS. Archivo General de la Nación (AGN). Archivo General Agrario (AGA). Archivo Histórico del Agua (AHA). Archivo Histórico del Distrito Federal. Archivo Histórico de Notarías. Registro Agrario Nacional.
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Comité de Asuntos Editoriales Dip. Ma. Angelina Hernández Solís Presidenta Dip. Alejandro Rafael Piña Medina Vicepresidente Dip. Dione Anguiano Flores Secretaria Integrantes: Dip. Karla Valeria Gómez Blancas Dip. César Daniel González Madruga Dip. Rubén Escamilla Salinas Dip. Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano Dip. Vidal Llerenas Morales Dip. Efraín Morales López
Comisión de Gobierno Dip. Manuel Granados Covarrubias Presidente Dip. Ariadna Montiel Reyes Secretaria Dip. Federico Döring Casar Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN Dip. Armando Tonatiuh González Case Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI Dip. Miriam Saldaña Cháirez Coordinadora del Grupo Parlamentario del PT Dip. Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva Coordinador del Grupo Parlamentario del MC Dip. Jesús Sesma Suárez Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM Integrantes: Dip. Eduardo Santillán Pérez Dip. Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano Dip. Antonio Padierna Luna Dip. Victor Hugo Lobo Román Dip. Manuel Alejandro Robles Gómez Dip. Arturo Santana Alfaro Dip. Efraín Morales López Dip. Laura Iraís Ballesteros Mancilla