Boletin 5 CNJ

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NÚMERO

Real Federación Española de Atletismo Comité Nacional de Jueces

Boletín

5 ABRIL 2012


En este número: NÚMERO

Real Federación Española de Atletismo Comité Nacional de Jueces

Editorial: Reunión del Comité Técnico de la IAAF.

Los positivos resultados del Artículo 162.7

Respondemos a las preguntas del Boletín 4

Seminarios de Actualización Técnica

5 ABRIL 2012

Boletín Boletín Número 5. Abril 2012

La caída de la Jabalina

Sucedió en...

Para comentar Para responder

Coordina: Gabriel Abad Han Colaborado: Ángel López Montesinos Yolanda Pavón Vicente Ferrando Jorge Quesada Loreto Pérez Edición: Jesús Martínez


EDITORIAL

Reunión del Comité Técnico de la IAAF. Febrero de 2012


Los días 10 y 11 del pasado febrero el Comité Técnico de la IAAF se reunió en Mónaco (sede oficial de la IAAF) para estudiar, debatir y tomar conclusiones respecto a varios temas, esencialmente los de interpretación de las Reglas de Competición. Se llegaron a conclusiones que se elevaron al Consejo de la IAAF que las aceptó en el pleno de Estambul, excepto la relativa a la definición de salida donde se pide al Comité matice la presentada.

Las principales interpretaciones fueron: 1.-Test ceros negativos. Son válidos los “controles cero” que marquen en milésimas 0,000 ó 0,001. La lectura se hará preferentemente en diezmilésimas. 2.-Calibración de aparatos científicos (VDM, EDM,…). Se hará mediante cinta métrica de acero, calibrada y certificada según señalan los Artículos 137 y 148 y de acuerdo con las indicaciones del Libro Oficial de la IAAF sobre calibraciones. 3.-Botellines energéticos llevados en cinturones, mochilas… en las pruebas en carretera. El hecho se considerará como NO asistencia, siempre que el atleta las lleve desde la salida. 4.-Medida de las cartulinas de los Jueces Árbitros para hacer públicas las transgresiones técnicas o disciplinarias. Se recomienda que no sean menores de las dimensiones de un A5 (148 x 210 mm). 5.- Clarificación de lo que es cuerpo en el Artículo 184.8. El Comité Técnico entiende que la palabra cuerpo incluye también cualquier cosa conectada y que permanezca en él. 6.-Uso de guantes en pértiga. En este momento el Artículo 183.3 no lo impide. No obstante, para la próxima Reunión, el Comité Técnico hará un estudio sobre el Artículo 187.4, Asistencia en concursos. 7.-Cómo deba actuarse cuando los atletas abren paraguas, escuchan música por medio de sus auriculares,… Si el atleta “burló” la inspección hecha en la Cámara de Llamadas y esto sucede en el escenario de la competición (lo han podido obtener porque un espectador se lo entregó) quien debe zanjar la situación es el Juez Árbitro correspondiente, es su jurisdicción tanto disciplinaria como técnica.


8.-Carreras mixtas. Se va a hacer un estudio respecto a las condiciones de autorización de las carreras de 5000 m o más tal como contempla el Artículo 147. La filosofía de la Regla fue que este tipo de pruebas se desarrollaran cuando hubiera inscripciones muy bajas en número. En concursos no hay ningún problema siempre que se hagan clasificaciones por grupos y se controlen los artefactos utilizados. También el Comité Técnico hizo un repaso de las erratas o enmiendas que deben hacerse en la actual edición de las reglas de Competición. Lo recogemos en la siguiente tabla: ARTÍCULO

ERRATA U OMISIÓN OBSERVADA. CAMBIO A EFECTUAR

PÁGINA DE LA EDICIÓN ESPAÑOLA

161.2

Llevar la 2ª y 3ª frase al Artículo 162

151

163.2

Se acepta la nueva redacción propuesta por España para aclarar el actual texto, aunque no la filosofía, que sigue siendo la misma. Haya o no haya descalificación, el Juez Árbitro de carreras tiene autoridad para calificar a un atleta que no obtuvo el pase a otra ronda porque se vio seriamente afectado, siempre que acabe con “esfuerzo”

156

166.4.b y 167.2

Las referencias son erróneas. Han de cambiarse del siguiente modo en 166.4.b. 166.3(a) por 166.3.b.i y 166.3.b por 166.3.b.ii 167.2 debe cambiarse la referencia 166.3.a por 166.3.b.i

167 y 169

169.7.b

Por consistencia debe ser igual que 168.7.a

174

180.1 180.8

Cambiar el vocablo “calentamiento” por “intentos de prueba”

179 181

184.8

Añadir la palabra válido después de intento para clarificar la situación

198

187.8

Es más lógico que vaya después de 187.4

204

193.9

Figura 25. Para valor máximo de D1 tomar el de D0

225

230.4

En la paleta amarilla deben estar en su cara correspondiente los símbolos de la infracción.

243

240.1

Eliminar la Nota 2

240.2

Redactar “determinados trozos cortos” en sustitución de “salida y/o llegada”.

247

250.2

Eliminar lo que dice de Temporada

251

NOTA Es más de Salida que no de tacos de Salidas. Aparecerá un nuevo texto

Mucho más preciso con la filosofía de lo que es competición propiamente dicha.

Actualmente no aparece ninguno

Es innecesaria Afecta a Nota 2

Innecesario


Y como final indicar que el Consejo pidió se revise y matice esta definición de salida propuesta por el Comité Técnico: “Se considerará que el participante sale cuando sus pies (uno o ambos), después de que TODOS los atletas estén en la posición de “Listos”, pierdan el contacto con los tacos o cuando las manos (una o ambas) dejen el contacto con el suelo. “ NOTA: Los movimientos no se considerarán salida y, cuando proceda, deben sancionarse disciplinariamente.


Bol

etín

¡¡Seguimos cambiando el Boletín y queremos que el protagonista seas tu!! Envíanos a preguntascnj@gmail.com tus preguntas, dudas, fotografías, artículos de opinión..., lo que quieras. Si son publicadas, se considerarán a efectos de currículum como aportaciones a publicaciones CNJ, de gran valor a la hora de puntuar en los ascensos a las diferentes categorías de Jueces del Comité Nacional.


ARTĂ?CULO 162.7

Los positivos resultados del ArtĂ­culo 162.7: Salidas falsas en grandes eventos


Antes del Congreso de Berlín (2009), el Artículo 162.7 decía: “Cualquier atleta que haga una salida falsa será amonestado. Excepto en Pruebas combinadas, sólo una salida falsa será aceptada sin descalificación del/de los atleta/s que hagan salida falsa. Cualquier atleta que haga salida falsa posteriormente en la carrera será descalificado”. Para las pruebas con salidas de tacos hemos hecho una recopilación estadística con los Campeonatos del Mundo en Osaka y Berlín y los Juegos Olímpicos en Beijing; el promedio de falsas salidas es de 28.

Salidas Falsas 1

Salidas Falsas 2

Hombres

17

1

Mujeres

6

2

TOTAL

26

Salidas Falsas 1

Salidas Falsas 2

Hombres

15

3

Mujeres

7

0

TOTAL

25

Salidas Falsas 1

Salidas Falsas 2

Hombres

25

1

Mujeres

7

0

TOTAL

33

Modificado el Artículo que nos ocupa en el Congreso de 2009, introduciendo la premisa de que cualquier atleta que cometa una falsa salida será descalificado, el resultado en los Campeonatos del Mundo 2011 en Daegu fue:

Comparados los datos observamos que la presencia del nuevo formato ha producido resultados muy positivos: se afecta menos a los horarios, se hace más vistosa la liturgia de la salida… Salidas Falsas

Hombres

Mujeres

TOTAL

6

4

10

Confiamos que en próximos eventos, con una mayor práctica en atletas y jueces, los promedios se vayan reduciendo.


SEMINARIOS ACTUALIZACIÓN TÉCNICA

Durante el mes de marzo se han estado desarrollando los Seminarios de Actualización Técnica para Jueces Árbitros Nacionales y Jueces Árbitros


Por Circular de la RFEA 19/2012, se convocó el Seminario de Actualización Técnica para Jueces Árbitros Nacionales y Jueces Árbitros. Posteriormente, la Circular 48/2012 relacionaba las sedes y la agenda de trabajo. Las ponencias impartidas en esta edición de Actualización Técnica para Jueces Árbitros Nacionales y Jueces Árbitros han sido: Ponencia 1: Gabriel Abad

El RIA para 2012 y 2013. Cambios habidos y filosofía de cada cambio

Ponencia 5: Gabriel Abad

Casuística emanada de los Informes de Jueces Árbitros en la Temporada 2010/2011

Ponencia 2: Antonio Pérez

El Juez Árbitro y sus funciones en lo disciplinario y en lo técnico

Ponencia 3: Juan Morcillo

Las funciones de los Jueces Árbitros en relación con los medios electrónicos utilizados en el juzgamiento del atletismo

Ponencia 4: José María Rodriguez

Homogeneización de criterios en las actuaciones de los Jueces árbitros

Además, por grupos de trabajo coordinados por Antonio Pérez se realizaron propuestas de modificación de Reglas para el futuro.


Las valoraciones de los asistentes a los distintos seminarios han sido:


Pais Vasco

Navarra

Murcia

Madrid

La Rioja

I. Baleares

Galicia

Extremadura

C. Valenciana

Cataluña

Cantabria

Castilla y León

Castilla La Mancha

Canarias

Asturias

Aragón

Andalucía

Cursillistas por Comité


arios ment o c y ne s vacio Obser

jo traba o Bue n cuad d y a e o t e l co mp

si do o ha d a o s p n e tiem cond Poco poco n u a ue Aunq ositiv entro laje cia p del c c n i e o c i e d r r a l Expe , alej ual e ón iento a an m e a s j ntaci o e e l Qu cum el a o d d n dar ció ción Ubica ajo y ntela b a a a í r g n t r i lo e r co debat to do os d Envia e me para g r up d s o et e p o s l r e ia iem ntern empo camb tes d Más t por i o r ti n e n a o e d r s r g m e te l ecu deb de in en e el Pr Cree s tas orar i mero j l ú l e i n M s que r ca ur Meno e FF suís ti los c d a . c a o s s p e f Má tiem es tas ra Je más Propu ás pa r m a s c i s n de la h e Co mu Finis en e s g o á t o m F le. las i obre posib co mo cia s í s n e a n , o a ros La P váli d Árbit muy eces s u e a J n a ió nsult par entac e Co d m u a c or m La do es lataf acion na P t u n e r s i u Pre onseg tar c n e t n I


Expresiones utilizadas por los cursillistas...


VUESTRAS PREGUNTAS


Estas son algunas de las preguntas que nos habéis hecho llegar a nuestro correo de preguntascnj@gmail.com En una Competición celebrada en un Módulo de Pista Cubierta, los atletas se quejaron de que el comportamiento del Juez de Salidas no era correcto en su opinión, que retenía en exceso y que adjudicó salidas falsas que no lo eran a causa de movimientos. Los atletas escribieron al correo de este Boletín y puesto en conocimiento de la Comisión de Salidas su exposición ésta emitió este Informe: No podemos entrar en valoraciones sobre la actuación del Juez de Salidas, pues sólo conocemos el testimonio del autor del escrito. No obstante, en el supuesto hipotético de que la actuación denunciada -causante de la caída de varios atletas en la posición de "listos" por aguantar excesivamente antes del disparo, toda vez que "se haya constatado que todos los atletas están dispuestos e inmóviles"- se ajustara a lo realmente ocurrido y a la verdad de los hechos, no podemos por menos que considerarla desproporcionada, injusta y alejada del espíritu del RIA que se recoge en el último párrafo del Art. 162. 3. Se contesta con ello a la primera duda técnica sobre si existe algún criterio reglamentario que establezca el tiempo que debe transcurrir desde la posición de "listos" al disparo. No existe ningún tiempo determinado. El único requisito indispensable es que todos los atletas estén dispuestos e inmóviles en la posición de "listos".

"¿Puede un atleta correr bajo protesta tras reclamar por su descalificación por supuesta salida falsa?". Puede correr si el Juez Árbitro correspondiente le autoriza a ello. En caso de que el Juez Árbitro denegara la reclamación por considerarla injustificada y no accediese a la participación del atleta bajo protesta, éste puede reclamar ante el Jurado de Apelación -si ha sido constituido- en la forma que establece el Reglamento, y cuya decisión será ya inapelable.

"Si un atleta hace un amago, ¿debe ser descalificado aunque no haya salido antes del disparo, manteniendo los cuatro apoyos?". Evidentemente no debe ser descalificado, porque un amago o cualquier otro tipo de movimiento que no implique la pérdida de contacto de las manos con el suelo o de los pies con las planchas de los tacos no constituye una salida propiamente dicha. Por lo tanto si, tal y como se expone en el relato de los hechos, el atleta que hizo el amago sin perder contacto fue descalificado, lo fue injusta y erróneamente.

Loreto Pérez, del Comité de Galicia nos envía esta cuestión: Supongamos que en una prueba de salto de altura quedan en competición dos atletas. El listón está situado a 1,98 y el primero de los atletas en saltar realiza un intento nulo. Mientras los jueces proceden a recolocar el listón el otro atleta comunica su decisión de renunciar a saltar a dicha altura. ¿Consideraremos que el atleta está en su derecho de comunicar la renuncia en ese momento o debe comunicarlo con otro margen de antelación? RESPUESTA: Hasta que no sea llamado el atleta puede comunicar su intención de paso. En el caso propuesto su intención debe ser aceptada.


Jorge Quesada, Juez Nivel 1 del Comité Andaluz, nos envía estas interesantes preguntas: Según el Artículo 144.2 b), se considera prestación de asistencia la posesión o uso de radios, Cds, radiotransmisores, teléfonos portátiles y otros aparatos similares en el área de competición. Durante el Campeonato de España de 10 km. en Ruta Absoluto y Veterano, viendo fotografías, he observado a dos atletas haciendo uso de radios. Las fotografías fueron tomadas en la línea de salida y durante la salida. Mi pregunta es: ¿Esos atletas deberían haber sido descalificados? Se supone que pasan por Cámara de Llamadas y la función de esos jueces además de la ropa, el calzado y el dorsal, es también que cualquier tipo de material no autorizado sea introducido en la pista. RESPUESTA: En efecto, la acción que tú señalas está tipificada en el RIA como prestación de asistencia. El atleta será advertido por el JA y, si persiste en su acción, será descalificado de la prueba.

Hace poco una página web publicó un documento sobre la pista de atletismo de Elda, Alicante. A la hora de homologar esa pista, ¿hubo algún impedimento por el anexo exterior en cuesta? RESPUESTA: La instalación de Elda a la que te refieres está homologada por la RFEA (matrícula 313VAL39, en 2011, 6 calles, Certificado de tipo RF2, 36.50m de radio único). Las instalaciones homologadas como RF2 deben cumplir:

Esta instalación de Elda lo cumple y el anexo exterior al que te refieres es una protección y zona lúdica de la misma que no es necesario homologar.

¿Una pista con múltiples hoyos en la recta de meta por la calle 4 y un hundimiento de 30 metros de largo en la contrarecta de meta que alberga 6 calles, sería candidata a una inspección técnica y si el juez lo cree conveniente, quitarle el Certificado de Instalaciones IAAF? RESPUESTA: Puede perder la homologación. Está t i p i fi c a d o e n l a No r m a t i v a d e Homologación de Instalaciones de la RFEA , apartado G que dice:


LA CAIDA DE LAS JABALINAS

Estudio de las caテュdas de las Jabalinas. Por テ]gel Lテウpez- Montesinos y Yolanda Pavテウn


ARTÍCULO 193 LANZAMIENTO DE JABALINA La Competición 1.(b) Un lanzamiento será válido únicamente si la punta de la cabeza metálica toca el suelo antes que cualquier otra parte de la jabalina. Según indica el artículo 193.1(b) de las Reglas de Competición IAAF, un lanzamiento de jabalina será válido únicamente si la punta de la cabeza metálica toca el suelo antes que cualquier otra parte de la jabalina. Como se podrá comprobar en los gráficos que se muestran a continuación, la mayoría de las jabalinas tiene un ángulo en la punta (que no debe ser mayor de 40 grados) lo que obliga a que la jabalina tenga que caer al suelo con cierta inclinación para que la punta de la cabeza metálica sea lo primero que toca el suelo. Dicha inclinación depende de la marca y modelo de cada jabalina, ya que los ángulos de las puntas son diferentes según el modelo y marca. Lo que está claro es que una jabalina que cae totalmente plana sobre el césped nunca su primer contacto con el suelo será con la punta de la cabeza metálica (posiblemente será con la empuñadura). Es más, incluso cayendo con cierto ángulo, es posible que la punta de la cabeza metálica no sea lo primero que toca el suelo.

En el siguiente análisis se han tomado jabalinas de 800, 700 y 600 gramos, de las marcas que más habitualmente encontramos en las pistas (Polanik, Nemeth, Nordic). Las imágenes se han obtenido directamente de la web, del catálogo del fabricante o son fotografías tomadas a las jabalinas. Se ha situado la jabalina sobre una línea horizontal (que simularía el suelo de la zona de caída), y se ha ido girando hasta conseguir que la punta de la cabeza metálica fuese lo primero que contacta con él. Luego se ha calculado el ángulo resultante, que sería el mínimo necesario para que el lanzamiento fuese válido según el artículo 193.1(b). Como se puede comprobar en los resultados, todas las jabalinas tienen que caer con cierto ángulo para que la punta de la cabeza metálica sea lo primero en tocar el suelo.




SUCEDIÓ EN...

Exponemos lo que le sucedió a un compañero en un Control de Marcas RFEA celebrado en León.


CASO: En una Competición de Control RFEA celebrada en el CEARD de León a principios de este año, el Organizador y Delegado Técnico de la RFEA (misma persona), solicitó al Juez Árbitro lanzar desde un círculo que no dispone de red protectora aduciendo que conoce que se hace en el extranjero (mostró vídeos para que los viera el Juez Árbitro) y que el viento había cambiado. El Juez Árbitro no accedió a la petición. Jesús Salgado, vocal de la Junta de Gobierno del Comité Nacional de Jueces, corrobora la decisión del Juez Árbitro mediante el escrito que reproducimos: “Todas las competiciones de Atletismo, tanto en pistas al aire libre como en pistas cubiertas, que se celebren en España deberán realizarse en instalaciones que estén en posesión del correspondiente CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN RFEA (Circular 20/2012 - Disposición 2ª). La RFEA no incluirá en su calendario de competiciones en pista ningún evento que pretenda celebrarse en una instalación que no tenga vigente el CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN de la clase que corresponda, de acuerdo con la categoría de la misma (Circular 20/2012 Disposición 4ª). La RFEA y las Federaciones Autonómicas de Atletismo no reconocerán ninguna competición ni marca que se realicen en Instalaciones no Homologadas (Circular 20/2012 - Disposición 5ª): La instalación deberá disponer de jaula protectora para los lanzamientos, con estructura adecuada a la categoría de la instalación (Circular 20/2012 - Apartado C - CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN PARA LA HOMOLOGACIÓN). La instalación del CEARD de León tiene un Certificado de Homologación como instalación singular al aire libre que permite, entre otras, la celebración del lanzamiento de disco en las zonas específicamente verificadas por los homologadores y que quedan recogidas en su informe. Evidentemente, las zonas habilitadas para el lanzamiento de disco, en todos los casos, cuentan con la preceptiva jaula protectora de seguridad. Todo lo demás, nos sobra. Los JUECES ÁRBITROS NOS LIMITAMOS A APLICAR LA NORMA. NO SOLO EL RIA NOS AMPARA EN ESTE CASO. TAMBIÉN LA NORMATIVA PROPIA DEL ORGANIZADOR, RFEA, QUE ES LA INSTITUCIÓN DE LA QUE DEPENDEMOS”. Otra aclaración, respecto a esta Instalación. Para el lanzamiento de jabalina que, como relata el Juez Árbitro en su informe, no se ha podido celebrar en esa instalación por no estar homologados los pasillos de lanzamiento añadimos que no es que no existan; de hecho, hay dos contiguos, en paralelo (comparten línea delimitadora de 5 cm en uno de los laterales) pero su longitud es de 26 metros.



PARA COMENTAR...

Os invitamos a que comentĂŠis los siguientes casos:


Vicente Ferrando nos expone los siguientes casos para el comentario Después de varias tertulias con algunos compañeros parece que hay distintas interpretaciones respecto a los casos que planteo. No sé si debo sólo plantear la cuestión o también dar mi opinión. No obstante pongo en negrita la que para mi seria correcta. (b)

(a)

1º. Un atleta en la caída cerca del lateral del foso pierde el equilibrio y apoya un pie fuera del foso más cerca de la línea de batida (a), más lejos de la línea de salida (b) que la huella dejada en la arena y termina saliendo del foso sacando el otro pie.

2

1 1

1

2

1 2

2

1 1

1 2

2

Salida final

Huella

2º. El mismo caso anterior, pero después del apoyo del pie fuera del foso lo introduce de nuevo dentro saliendo después del foso más allá de la huella dejada en la caída sobre la arena.

3º. El atleta después de la caída camina por dentro del foso hacía la línea de batida. Al darse cuenta de su error rectifica, vuelve hacia delante y sale del foso por delante de la huella dejada en la caída.


... Y PARA RESPONDER

Os invitamos a que resolvรกis la siguiente hoja de campo de un concurso de salto de altura


Busca los errores, señálalos explicando debajo de cada uno, marca las alturas del desempate y haz la clasificación final (orden y lugar)

ATLETA

1,75

1,80

1,85

1,90

1,95

2,00

2,03

2,06

2,09

2,12

2,15

MARCA

A

O

O

O

O

XO

XO

XX

O

XO

XX-

X

B

-

-

-

-

O

O

XO

XXO

XXX

C

-

-

-

O

O

O

-X

XXO

XXX

D

O

O

XX-

O

XO

XO

O

XXO

X-

XX

E

-

-

-

XXO

X-

XX

F

-

-

O

O

XXO

XXO

X-

XX

G

O

O

O

-

O

XXO

XX

O

XO

XXX

H

-

OX

O

O

XO

XXO

X-

O

XO

X-

XX

X

I

-

-

-

-

O

XXO

XXO

-

XO

-

XXX

O

O

O

J

O

O

-

XO

XO

O

XO

XO

XO

XX-

X

O

O

X

K

-

-

-

O

XXO

XO

XO

XO

XO

-

XXX

L

-

-

-

-

O

O

O

O

XXO

XXX

M

O

O

O

-

XO

XXO

-

XO

XO

XXX

O

O

O

O

X

O

X

PUESTO

O

X

O

Ejercicio propuesto en el Seminario de Actualización Técnica de Jueces Árbitros


RESPONDEMOS

Respuestas a las cuestiones realizadas en el BoletĂ­n 4


Error 1.- El atleta F y el atleta D, deben ser clasificados “ex aequo” en 3º lugar, puesto que los dos han superado la altura de 1’41 en su primer intento y también están empatados a nulos. Error 2.- Hay un error en la cadencia. Se inicia de 5 en 5 centímetros, luego de 3 en 3, y por último de 2 en 2 centímetros y la última altura debería ser 1’45 no 1’46. Error 3.- El atleta B hace tres nulos consecutivos entre las alturas 1’35 y 1’38, por lo tanto está eliminado y no puede continuar saltando. Error 4.- El atleta B no está clasificado en 7º lugar. Su marca no es 1’38. Carece de marca. Error 5.- El atleta E no tiene marca; por lo tanto, no debería figurar el puesto.

El atleta lleva unos dorsales en el pantalón incorrectamente colocados. Estos dorsales adhesivos deben ser colocados en el costado (bien sobre la pierna o el pantalón), para la ayuda en su identificación cuando se utilizan Sistemas de Foto-Finish.

En la Foto A no se ha pintado sobre el reductor la línea blanca de 0.75 metros y en la Foto B, si.

El atleta con el torso desnudo puede ser amonestado por el correspondiente Juez Árbitro. El RIA nos indica que los atletas deben usar vestimenta y que se deberá participar con el uniforme aprobado. La Ceremonia de Premiación y cualquier vuelta de honor se consideran parte de la competición. Se trata del atleta Sudafricano Oscar Pistorius que pudo al final participar en el pasado Mundial de Daegu. Debido a que el R.I.A nos indica que es asistencia “la utilización de toda tecnología o dispositivo que tenga el efecto de aportar al usuario una ventaja que no tendría utilizando el equipamiento especificado en las Reglas”, se ha creado una gran polémica en torno a su participación. Por un lado está un grupo de científicos que sostienen que después de hacerle un seguimiento en las pistas usando cámaras de alta definición y analizando la información obtenida, determinan que Pistorius goza de ventajas considerables sobre los atletas que no usan prótesis. Basándose en esta hipótesis, la IAAF le declaró inelegible para competir en pruebas de la Federación, incluyendo los Juegos Olímpicos de Pekín en 2008. Pistorius apeló esta decisión y finalmente el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) le autorizó a competir en los Juegos Olímpicos de Pekín. Para correr en la prueba de 400 metros debería haber obtenido la marca mínima que le exige la federación a todo deportista, pero no la consiguió. Podría haber sido seleccionado para la prueba de relevo 4x400 independientemente de su tiempo, pero tampoco se dio el caso. Sin embargo si fue seleccionado para participar en los Mundiales de Daegu y pudo participar. Con todo, las dudas prosiguen ¿le dejan o no le dejan participar en los Juegos Olímpicos de Londres 2012?, ¿Las prótesis de Competición, son una ventaja o una desventaja? ¿Dónde termina el esfuerzo humano y dónde empieza la tecnología? Llama la atención el vendaje que el atleta porta en su mano izquierda. Para no incurrir en asistencia habría que comprobar que ese vendaje que utiliza sobre la mano y los dedos no le impide mover los dedos individualmente. Si no puede mover los dedos individualmente tendría que retirarlo. Para hacer las comprobaciones pertinentes el atleta debe mostrar el vendaje al Juez Jefe antes del comienzo de la prueba. Habría que ver si el vendaje en las puntas de los dedos está abierto. Nota: Los dedos del atleta japonés Koji Murofushi, Campeón del Mundo de Martillo, están vendados individualmente y no usa guantes.


No encontramos en el mismo caso. Podemos añadir que un atleta puede llevar por protección o con fines médicos una venda, esparadrapo etc.,… El Juez Árbitro con el Delegado Médico tendrá autoridad para verificar cualquier situación de este tipo que considere necesaria. Nota: Este caso de Lysenko es el mismo que el de Murofushi.

“Los atletas deben usar vestimenta limpia, diseñada y llevada de forma que no sea ofensiva. Que no sea transparente incluso mojada, que no estorbe la visión de los jueces y que sea del mismo color delante y detrás”. Entraríamos en un complicado debate de tintes religiosos de si esa atleta porta el uniforme de manera ofensiva o no.

Un claro ejemplo de marcha incorrecta (en este caso evidente pérdida de contacto de ambos atletas). Con todo deberíamos reseñar que el enjuiciamiento de la marcha atlética se realiza a simple vista, por lo tanto lo que vemos tan claro en la fotografía, puede ser que no lo fuera en día de la prueba y a simple vista. Recordemos que los Jueces de Marcha no se pueden apoyar ni en videos, ni en fotografías, ni en marcadores del Estadio etc.,… para realizar su labor.

Perfecto alisado del foso de caídas. Excelente humedecimiento, capital para no restar centímetros al atleta.

Y para mayor abundamiento haced una reflexión basada en la fotografía que se acompaña en el caso de que el disparo se haga tal como todo está dispuesto. Si el “sensor” resta en ese lugar en el momento del disparo se producirá un retraso añadido.

Si, siempre que marque en milésimas 0.000 ó 0.001. El Comité Técnico de la IAAF así lo interpretó en su Reunión habida en Mónaco el 11 de febrero de 2012 y el Consejo de la IAAF lo ratificó en Estambul el 12 de marzo de 2012.



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