Boletín nº
11
Comité Nacional de Jueces
.J C.N
n í t e l o B
I X
Real Federación Española de Atletismo
Julio 2015 XI Boletín Comité Nacional de Jueces de la Real Federación Española de Atletismo nº 11
Boletín número 11 del Comité Nacional de Jueces
XI C.N.J
Julio 2015
Boletín
Publicación de la Real Federación Española de Atletismo
COORDINADOR COMISIÓN PERMANENTE DEL CNJ SEGUIMIENTO JUNTA DE GOBIERNO DEL COMITÉ NACIONAL DE JUECES OFICINA PRINCIPAL Av. de Valladolid 81 - 28008 MADRID Telef.: 91 548 78 56 Telef.: Centralita: 91 548 24 23
Colaboran en este número: Simón Iglesias - Jose María Rodríguez Antonio Pérez - Inocencio Pérez - Tomás Galindo - Francisco Sancho Jesús Salgado - Juan Morcillo Ángel Fernández Fotos: MIGUÉLEZ - Archivo fotográfico RFEA
Ni el CNJ, ni la Coordinación de Boletín, amparan las opiniones de los artículos que vienen firmados por colaboradores.
SUMARIO MUJER Y ARBITRAJE EN EL ATLETISMO ................... 4 HISTORIA: Desde el principio. PARTE II ........................................... 8 TEXTOS TÉCNICOS: Guía de Cronometraje Eléctrico................................... 18 Cambio de Reglamento IAAF 2014............................... 28 PREGUNTAS Y RESPUESTAS: Respuestas a cuestiones Boletín 10............................. 34 Casuística ............................................................................ 38 REFLEXIONES: Zurich por Tomás Galindo .............................................. 40
Comité Nacional de Jueces - Mujer
y Arbitraje en el Atletismo
Seminario “Mujer y Arbitraje en el Atletismo” El Comité Nacional de Jueces con el apoyo del Programa “Mujer y Deporte” del Consejo Superior de Deportes, realizó el 13 y 14 de diciembre una actividad dirigida exclusivamente a la mujer. En el seminario se actualizaron conceptos del arbitraje, aspectos reglamentarios, se difundió la promoción en los paneles del CNJ y la promoción en las diferentes categorías de jueces.
PONENTES: SIMÓN IGLESIAS
Presidente del Comité Nacional de Jueces. Medidor Grado A de la IAAF
ANTONIO PÉREZ
Vicepresidente del Comité Nacional de Jueces Oficial Internacional IAAF Delegado técnico panel EA
DOLORES ROJAS
Oficial Internacional IAAF en Marcha Atlética
JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ
Vicepresidente del Comité Nacional de jueces.
ALICIA RUANO
Oficial Internacional EA en Marcha Atlética
MAITE ZÚÑIGA
Exatleta internacional en 63 ocasiones. Record de España femenino en 800 M. 1:57.45 Sevilla 1988 Olímpica: Seúl 88, Barcelona 92 y Atlanta 96. Campeonatos del Mundo: Roma 87, Tokyo91, Stuttgart 93, Goteborg 95, Atenas 97 y Sevilla 99. Entrenadora Nacional desde el año 2003. Trabaja en el Área Técnica de la RFEA “PROGRAMA DIANA DE LA RFEA”.
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Comité Nacional de Jueces - Mujer
y Arbitraje en el Atletismo
PLAN DE TRABAJO Sábado 13 de diciembre SIMÓN IGLESIAS 16:00 Paneles CNJ e incorporación a los mismos. Ruta, Marcha, Instalaciones, Salidas, Dirección Técnica y Foto Finist.
ANTONIO PÉREZ 19:15 La tarea de arbitrar y distribución del jurado (Dtor de Reunión) Conceptos números ideales de jueces El Juez Árbitro en lo técnico y con el equipo.
JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ 16:30 Ascenso a la categoría de Juez Arbitro. Procedimiento y fechas de convocatoria
JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ 20:15 Cambios en la reglamentación IAAF 2014-2015. 21:00 Cena.
DOLORES ROJAS Y ALICIA RUANO 17:00 Paneles Internacionales Paneles internacionales e marcha Jurados internacionales
Domingo 14 de diciembre
MAITE ZÚÑIGA 17:30 Coloquio Jurados en competiciones internacionales desde la visión de entrenadora de equipo. Programa Diana de la RFEA.
SIMÓN IGLESIAS 10:30 Los medios electrónicos. Cronometraje con la Fotofinish Cronometraje con Traspondedor
18:15
11:15
Descanso.
DOLORES ROJAS Y ALICIA RUANO 18:30 La marcha atlética. Criterios y aplicación del “Pit lane” Procedimiento de utilización del Pit lane Circular de desarrollo del Pit lane según la RFEA y la IAAF
JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ 10:00 El informe de competiciones
Descanso.
ANTONIO PÉREZ 11:30 Casuística. Trabajo en equipos. 14:00
Comida y fin de seminario.
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Comité Nacional de Jueces - Mujer
y Arbitraje en el Atletismo
ASISTENTES: ANDALUCIA AGUILAR DELGADO, ANGELES ANAYA POZO, PILAR CASADO MIRANDA, EVA GIL CABEZAS, EVA FERNADEZ VELAZQUEZ, VANESA GUERRERO SANCHEZ, ROSARIO JARAMILLO ANAYA, MONICA MATEOS MONTOYA, Mª JOSE PEINADO MOLINA, ANA Mª ARAGON FALO CLAVERO, ANA MARIA LLANOS CASADO, MARGARITA PEREA CACHERO, ADELAIDA ASTURIAS ROBLES MUÑOZ, PURIFICACION CANARIAS DE LEON GONZALEZ, SILVIA GARCIA BETANCOR, MARIA JOSE PADILLA RODRIGUEZ, ANA MARIA CANTABRIA PALAZUELOS PEREZ, CLARA ISABEL PANDO ALONSO, ELENA CASTILLA LA MANCHA CASANOVA CASANOVA, Mª JULIANA CORCOLES GONZALEZ, REMEDIOS CASTILLA Y LEON BRAVO OTAZUA, AINHOA DELGADO GARCIA, INMACULADA DIEZ RODRIGUEZ, ASUNCION GARCIA ACUÑA, ARANZAZU VANESSA
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GARCIA DEL RIO, ALICIA GONZALEZ LOPEZ, AGUEDA GOMEZ SANZ, ANA MARIA SANTAMARIA DE LOS MOZOS, CRISTINA SANTOS PARIS, MARIA DEL PILAR CATALUÑA VIÑALS DELGADO, MARIA DELS ANGELS CDAD VALENCIANA CANILLAS SANCHEZ, ANGELES MARTI VALIENTE, DOLORES TORRES MARTIN, MARIA CLAUDIA EXTREMADURA CARBALLO DE LA CRUZ, MARTA PERALES PASTOR, TRINIDAD GALICIA DIEGUEZ GONZALEZ, MARIA MERCEDES FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, ALEJANDRA GONZALEZ DIEGUEZ, PAULA MIGUEZ MORENO, ALMUDENA RIVAS MURIAS, BEATRIZ ISLAS BALEARES FUSTER ROCA, MARIA ANTONIA SANZ SIERRA, MARIA CARMEN MADRID HERNANDEZ BURGOS, CARMEN HERNANDEZ BURGOS, CRISTINA MARTINEZ BLAZQUEZ, SILVIA NAVARRA RIPOLL CALVET, MARTA
Comité Nacional de Jueces - textos
históricos
En el principio (Salidas en la historia reglamentaria)
Segunda Parte
Por Inocencio Pérez Román
Aunque no fue hasta 1994 cuando empezó a incluirse en las hojas de resultados la información relativa a los tiempos de reacción que proporcionaban. En 1998 se empezaría a usar el sistema de anulación automático, que no espera la reacción del Juez de Salidas para anular la salida una vez el sistema ha detectado una salida falsa, sino que genera un disparo/aviso de anulación automáticamente. Asimismo se contemplaba también en el artículo 162.4 la obligatoriedad del uso de los tacos de salidas en las salidas agachadas: “En todas las carreras hasta 400 m. inclusive (incluyendo la primera posta del 4 x 200 m. y del 4 x 400 m.) es obligatoria la salida desde una posición de agachado y hay que usar tacos de salida. Los dos pies deben estar en contacto con los tacos de salida y las dos manos deben estar en contacto con el suelo cuando el participante esté en la posición de “¡Listos!”.”
1990-2000 Sería la edición de 1990-91 la que incluiría unos significativos cambios: “En todas las carreras hasta 400m inclusive (incluyendo la primera posta del 4x200m y del 4x400m) es obligatoria la salida desde un posición de agachado y hay que usar tacos de salida. Ambos pies tiene que estar en contacto con los tacos de salida y ambas manos tiene que estar en contacto con el suelo cuando el competidor esté en la posición de “¡Listos!”.” “6.- Si un competidor inicia su movimiento de salida después de haber adoptado su posición definitiva de partida y antes de la detonación de la pistola, se considerará que ha habido una salida falsa.” “10.- En las competiciones a las que se refiere el Artículo 12.1 (a) y, cuando sea posible (b), los tacos de salida tienen que estar conectados a un dispositi¬vo que detecte las salidas falsas para servir de ayuda al Juez de Salidas. Este dispositivo emitirá una señal acústica, audible para el Juez de Sa¬lidas, siempre que el tiempo de reacción del atleta que haya sido detectado por el dispositivo sea menor que 100/1.000 de segundo. Si el Juez de Salidas decide que ha habido una salida falsa puede comprobar los tiempos de reacción en el dispositivo de salidas falsas con el fin de confirmar qué atleta(s) sea(n) responsable(s) de la salida falsa.”
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Como ya adelantáramos, 1991 vería un caso particular de salida nula asociado a dos récords del mundo, similar al vivido por el alemán Hary, durante la disputa del Memorial Cagigal en la pequeña pista cubierta del Palacio de los Deportes de Madrid. En la final de 60 metros lisos el americano Leroy Burrell realizó una salida irregular, según pudo apreciarse en las repeticiones televisivas, si bien no apreciada en el momento por el equipo de salidas, y marcó unos espectaculares 6.40 s, pulverizando el récord del mundo por diez centésimas. Estuvo claro que la marca se había conseguido con una salida nula y el Jurado de Apelación decidió invalidar la carrera y repetirla media hora más tarde, decisión aplaudida por el público y aceptada elegantemente por Burrell, si bien sólo cuatro de los seis participantes quisieron volver a correr. El norteamericano decidió salir de nuevo a por el récord y realizó 6.48 s, dos centésimas por debajo del entonces récord. Un año después esa misma pista vería a su compatriota Andre Cason dejarlo en 6.41 s. En contraste, el cambio que aportó la edición de 1992-93 fue relativamente pequeño: “En todas las carreras hasta 400 m. inclusive (incluyendo la primera posta del 4 x 200 m. y del 4 x 400 m.) es obligatoria la salida desde una posición de agachado y hay que usar tacos de salida. Después de la voz de “¡A sus puestos!”, el participante debe tomar una posición en la que esté completamente en el interior del pasillo que se le ha atribuido y de¬trás de la línea de salida. Las dos manos y una rodilla deben estar en contacto con el suelo y los dos pies deben estar en contacto con los tacos de salida. A la voz de “¡Listos!”, el participante deberá tomar in¬mediatamente su posición completa y final de salida, siempre guardan¬do el contacto con sus dos manos con el suelo y el de sus pies con los tacos de salida.”
No tardó en hacerse ver que estos cambios harían necesarios otros ajustes, que empezó a contemplar la edición de 1994-95 en sus artículos 122 “El Juez de Salidas y sus Adjuntos”: “1.-El Juez de Salidas tendrá pleno control de los participantes una vez colocados en sus puestos de salida y será el único Juez que juzgue cualquier hecho relacionado con el comienzo de la carrera. Sin embargo, cuando un equipo de control de salidas falsas se utilice, el Juez de Salidas deberá llevar auriculares para que pueda oír, claramente, cualquier señal acústica emitida en el caso de una salida falsa (ver Artículo 162.10).” y 162 “Salida y Llegada”:
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históricos
“3.- En todas las competiciones internacionales, las voces del Juez de Salidas, en su propio idioma, en carreras hasta 400 metros inclusive (comprendidas las de 4 x 200 y 4 x 400 m.), serán las equivalentes a “¡A sus puestos!”, “¡Listos!”, y cuando los corredores están “¡Listos!”, se disparará la pistola o se activará el aparato de salidas aprobado. En carreras superiores a 400 metros, la voz será “¡A sus puestos!”, y cuando todos los competidores estén dispuestos, la pistola será disparada, o se activará el aparato de salidas aprobado. Ningún competidor podrá tocar el suelo con sus manos.”
Este cambio propiciará la desaparición de salidas como la correspondiente a la final olímpica de 800 metros lisos mujeres en Roma 1960, la del campeón olímpico de Tokio 1964 de la misma distancia u otras ya vistas. “10.- En las competiciones a las que se refiere el Artículo 12.1 (a), (b) y (c), los tacos de salida tienen que estar conectados a un dispositivo que detecte las salidas falsas. El Juez de Salidas estará comunicado con este dispositivo por un sistema de auriculares que le permitirá escuchar una señal acústica siempre que el tiempo de reacción detectado sea inferior a 100/1.000 de segundo. Tan pronto como el Juez de Salidas oiga la señal acústica, y si la pistola ha sido disparada o el aparato de salidas aprobado activado, habrá una anulación inmediata y el Juez de Salidas comprobará los tiempos de reacción en el dispositivo de salidas falsas con el fin de confirmar qué atleta(s) es(son) responsable(s) de la salida falsa. Se recomienda encarecidamente este sistema para cualquier otra competición.”
Con esta versión pasaba a recogerse el uso de otros dispositivos de salida distintos de la tradicional pistola o revólver, puesto que el año 1995 vería la aparición de la “pistola eléctrica” o “silent gun” de la marca Seiko, usada en el Campeonato del Mundo de Goteborg de ese año. Una de sus sucesoras sería la versión de la marca Omega que recientemente se pudo ver en los Juegos Olímpicos de Londres 2012. Estas “pistolas” son básicamente pulsadores que activan la puesta en marcha del cronometraje eléctrico al tiempo que producen un flash de luz y la generación de un sonido reproduciendo un disparo en los altavoces situados detrás de cada posición de salida. Curiosamente, la versión castellana del artículo 162.3 no lo recogió así, sino: “3.- En todas las competiciones internacionales, las voces del Juez de Salidas, en su propio idioma, en carreras hasta 400 metros inclusive (comprendidas las de 4 x 200 y 4 x 400 m.), serán las equivalentes a “¡A sus puestos!”, “¡Listos!”, y cuando los corredores están dispuestos e inmóviles, se disparará la pistola o se activará el aparato de salidas aprobado. En carreras superiores a 400 metros, la voz será “¡A sus puestos!”, y cuando todos los competidores estén dispuestos, la pistola será disparada, o se activará el aparato de salidas aprobado. Ningún competidor podrá tocar el suelo con sus manos.”
Esta redacción sería la versión aprobada en la edición 1998-99, al no deparar la de 1996-97 cambios. Esta versión de final del siglo pasado depararía muchos cambios en multitud de artículos, de los que obviamente no se librarían ni el artículo 123 de “Juez de Salidas y sus “Adjuntos”” ni el 162. Así, además de recoger el ya citado uso de los detectores de salidas falsas, el artículo 123 pasó a indicar que los Adjuntos, además de anular una salida falsa debían comunicar sus observaciones al Juez de Salidas antes de que éste aplicase el artículo 162.7, referido a las amonestaciones por salida falsa. Además se les incluyó en el uso del citado dispositivo.
“10.- En las competiciones a las que se refiere el Artículo 12.1 (a), (b) y (c), los tacos de salida tienen que estar conectados a un dispositi¬vo que detecte las salidas falsas, aprobado por la IAAF. El Juez de Sa¬lida o un adjunto del Juez de Salida designado deberá llevar auriculares que le permitan escuchar claramente una señal acústica proveniente del aparato de control cada vez que se detecte una salida falsa(ejemplo: cuando el tiempo de reacción es inferior a 100/1.000 de segundo). Tan pronto como el Juez de Salida o el Adjunto del Juez de salida oiga la señal acústica, y si la pistola ha sido disparada o el aparato de salidas aprobado activado, habrá una anulación inmediata y el Juez de Salidas comprobará los tiempos de reacción en el dispositivo de salidas falsas con el fin de confirmar qué atleta(s) es(son) responsable(s) de la salida falsa. Se recomienda encarecidamente este sistema para cual¬quier otra competición.”
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Una de las salidas falsas memorables en la historia atlética corrió a cargo de Linford Christie en los JJOO de Atlanta’96, donde intentaba revalidar su título de Barcelona’92. Dos salidas falsas le privaron de ello, aunque no aceptó la adjudicación de la segunda y demoró algunos minutos la reanudación de la prueba al negarse a abandonar la pista y quitar la señalización del prisma de su calle. Como algunos quizás recordarán, entonces existía un fuerte debate sobre el uso del citado dispositivo, así como el número de salidas falsas a adjudicar antes de la descalificación de un atleta, que en la edición de 2000-01 no se vio reflejado, pues sólo contó con pequeños cambios editoriales, por así decir, pero que saldría a la luz en la siguiente.
2001-2009 En 2001 se aprobaron los cambios que se verían reflejados en la edición de 2002-03, como que dejaba de considerarse que el Juez de Salidas “será el único Juez que juzgue cualquier hecho relacionado con el comienzo de la carrera”.
Asimismo se eliminaba una nota relativa a su posición en el momento de las salidas en línea. Esta edición también incorporaba un cambio de logo por parte de la IAAF, pero el principal cambio fue el recogido en el artículo 162.7, aplicable a partir del 1 de enero de 2003, propiciado en gran media por el alcance mediático de los grandes eventos y la dilación en el tiempo que la anterior normativa permitía: “Todo participante que haga una salida falsa será advertido. Solamente se permitirá una salida falsa por carrera sin la descalificación del atleta o atletas que realizan dicha salida falsa. Todo atleta o atletas que hagan salidas falsas posteriores en la carrera serán descalificados de la misma. Aplicable a partir del 1-1-2003. En las Pruebas Combinadas, si un competidor es responsable de dos salidas falsas, será descalificado.”
De este modo dejaba de permitirse una salida falsa por atleta, pasando a permitirse una única salida falsa adjudicada por carrera, antes de empezar a aplicar las descalificaciones. La parte aplicable a las Pruebas Combinadas, que mantenía el criterio anterior para pruebas individuales y veía reducido en una el número de salidas falsas por atleta, era de inmediata entrada en vigor y la aplicable a las pruebas individuales se difería en el tiempo hasta comienzos del nuevo año. Y ésta fue la norma que el estadounidense Drummond, conjuntamente con la relativa al movimiento de salida, se encontró en los cuartos de final de los 100 metros lisos en París 2003.
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La decisión de adjudicación de salida falsa con la normativa en vigor fue ampliamente discutida en los días siguientes, y en posteriores Congresos y Comités. Tras París, y el nefasto espectáculo generado en la pista por el atleta que no aceptó la decisión de los jueces, se propondrían nuevos cambios, como la inclusión de la figura del Coordinador de Salidas, o la autoridad del Juez Árbitro de Carreras en la adjudicación de salidas falsas y un análisis y debate bastante detallado de los sistemas de detección de salidas falsas y la documentación que generaban, las llamadas “imágenes con forma de onda”.
El debate respecto a los sistemas de detección continúa aún hoy en día, pero quizás pueda considerarse éste el punto de partida de todas las siguientes controversias al respecto. Se pasaba, también, a detallar el protocolo de notificación de las tarjetas amarillas y rojas por salida falsa. Todo esto se vería reflejado en la edición de 200405, que además dejaba de llamarse Manual para pasar a denominarse Reglas de Competición. Allí el artículo 125.2 recogió: “El Juez Árbitro de carreras tiene la facultad de decidir sobre hechos relacionados con las salidas si no está de acuerdo con las decisiones tomadas por el Equipo de salidas, excepto en las situaciones en las que un aparato de control de falsas salidas detecte una salida falsa.”
El artículo 129 pasaba a denominarse “Coordinador de Salidas, Juez de Salidas y Adjuntos” y recogía un extenso texto sobre las fun-
ciones de la nueva figura: “1. El Coordinador de las Salidas será responsable de las siguientes tareas: a) Asignar las funciones de los Jueces del Equipo de Salidas, dando la tarea de dar la salida al miembro del Equipo que, en su opinión, es el mejor para la prueba. b) Supervisar las funciones a desarrollar por cada miembro del Equipo. c) Informar al Juez de Salidas, después de recibir
Comité Nacional de Jueces - textos salida falsa) será también aplicado en el caso de que no se utilicen señalizadores de calles. En el caso de salidas falsas posteriores, el/los atleta/s responsable/s de la salida falsa será/n descalificados/s y se colocará una tarjeta roja en su/s respectivo/s señalizador/es de calle/s o se le/les mostrará al/ los respectivos atleta/s. En Pruebas Combinadas, el/los atletas responsable/s de la salida falsas serán advertidos con tarjeta amarilla colocada en su/s respectivo/s indicador/es de calle/s o mostrada al/ a los respectivo/s atleta/s. Todo atleta que sea responsable de dos salidas falsas será descalificado y se colocará una tarjeta roja en su respectivo señalizador de calle o se le mostrará al respectivo atleta.” la orden pertinente del Director de Competición, que todo está dispuesto para iniciar el procedimiento de la salida (por ejemplo, que los Cronometradores, los Jueces de Llegada y, cuando sea aplicable, el Juez Jefe de Foto-Finish y el Operador del Anemómetro están preparados). d) Actuar como interlocutor entre el personal técnico de la Compañía del Equipo de Cronometraje y los Jueces. e) Custodiar todos los documentos generados durante el procedimiento de la salida, incluidos todos los documentos que muestren los tiempos de reacción y/o las imágenes con forma de onda de la salida falsa, si están disponibles. f) Asegurar que se cumple lo que se determina en el Artículo 130.5” “7. El Coordinador del Equipo de Salidas asignará a cada Adjunto de Salidas una misión y una posición especifica y estos Adjuntos estarán obligados a anular la salida (ver Artículos.161.2 y 162.8) si observan cualquier infracción.”
Y el artículo 130.5 recogía el protocolo de notificaciones: “En el caso de una primera salida falsa, el/los atleta/s responsables de la salida falsa serán advertidos con una tarjeta amarilla colocada en su/s respectivo/s señalizador/es de calle/s. Al mismo tiempo, el resto de los atletas que toman parte en la carrera serán advertidos mostrándoles una tarjeta amarilla por uno o varios Ayudantes del Juez de Salidas al objeto de notificarles que cualquiera que cometa salidas falsas posteriores será descalificado. Este sistema básico mencionado últimamente (mostrar una tarjeta al/ a los atleta/s responsable/s de la
El artículo 162.6 sufriría una de las sucesivas revisiones buscando aclarar conceptos relativos a la salida, quedando: “A un atleta, después de haber adoptado su posición plena y definitiva de partida, solamente se le permite iniciar su movimiento de salida después de la detonación de la pistola o aparato de salida aprobado. Si, a juicio del Juez de Salida o Adjunto/s, incumple hacerlo así, será considerada salida nula. También se considerará salida nula si a juicio del Juez del Juez de Salidas: (a) El atleta incumple las órdenes de "¡A sus puestos!" o "¡Listos!", según sea el caso, después de un tiempo razonable. (b) Un atleta después de la orden de "¡A sus puestos!", molesta a los otros atletas en la carrera, haciendo ruido o de otra manera. Nota: Cuando se utilice un equipo de detección de falsas salidas aprobado (véase el Artículo 161.2 para detalles de funcionamiento del equipo), la evidencia de este equipo será normalmente aceptada como definitiva por el Juez de Salidas.” Esta edición también vio aparecer el derecho de reclamación por salida falsa, en su artículo 146.4: “En el caso de una carrera el Juez Árbitro de carreras puede permitir, a su discreción, que un atleta compita bajo protesta, si éste hace una protesta oral inmediata contra la adjudicación de una salida falsa, para preservar los derechos de todos los interesados. Sin embargo, una reclamación no debe ser aceptada si la salida falsa ha sido detectada por un aparato detector de falsas salidas.”
históricos
La edición de 2006-07 vería cómo volvía a modificarse el artículo 162.6: “Un atleta, después de haber tomado la posición plena y definitiva de salida, no deberá iniciar su movimiento de salida hasta que la detonación de la pistola o aparato de salida aprobado sea hecha. Si, a juicio del Juez de Salida o Adjunto/s, comienza su movimiento antes, será considerada salida nula.”
Así como la nota del artículo 162.7 recibía una corrección necesaria: “Si la salida falsa no es atribuible a ningún atleta, nadie será advertido, y una tarjeta verde será mostrada a todos los atletas.”
Y el reciente cambio del artículo 146.4 recibiría una modificación, de manera que contemplase también las salidas falsas no adjudicadas en un principio: “(a) En el caso de una carrera el Juez Árbitro de carreras puede permitir, a su discreción, que un atleta compita bajo protesta, si éste hace una protesta oral inmediata contra la adjudicación de una salida falsa, para preservar los derechos de todos los interesados. Sin embargo, una reclamación no debe ser aceptada si la salida falsa ha sido detectada por un aparato detector de falsas salidas, excepto si por una razón el Juez Árbitro estima que según toda evidencia la información proporcionada por este aparato es inexacta. Cuando un aparato de detección de falsas salidas aprobado por la IAAF se use, una reclamación puede realizarse ante una salida falsa no anulada por el Juez de Salidas. La reclamación sólo puede hacerse por un atleta, o en su nombre, que haya terminado la carrera. Si la reclamación es aceptada, cualquier atleta que cometió la salida falsa y que es objeto de descalificación según el Artículo 162.7, será descalificado.”
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la disciplinaria citada. Asimismo se pasó a contemplar, precisamente para actuar disciplinariamente, la figura del Juez Árbitro de Salidas.
En los Juegos de la Commonwealth de 2010 se vería la aplicación de esta norma en los 100 metros lisos mujeres, donde la vencedora fue descalificada, tras habérsele permitido correr bajo protesta por la adjudicación de una salida falsa previa. Aunque Sally Pearson no había sido consciente de la adjudicación de dicha salida falsa, ni del permiso bajo protesta concedido a la otra atleta que incurriera simultáneamente en ella, al no haberse usado correctamente los señalizadores de calles. Indicar que esta competición estuvo marcada por numerosos incidentes y carencias.
“Cuando un atleta, después de las voces “A sus puestos” o “Listos” según el caso y antes del disparo o señal de un aparato de salidas aprobado, interrumpe la salida, por ejemplo levantando la mano o levantándose en la salida agachada, sin razón válida –la razón será evaluada por el Juez Árbitro respectivo- el Juez Árbitro le amonestará por actitud incorrecta. Nota: En este caso e igualmente cuando se estime que una causa externa ha provocado la interrupción de la salida, una cartulina verde será mostrada a todos los atletas para confirmar que la salida falsa no ha sido cometida por ningún atleta.”
Estos mismos textos se vieron reflejados en la versión de 2009, eliminando la palabra “Nota”. Un caso notorio en 2008, también por afectar a uno de los favoritos y tangencialmente relacionado con el tema de las salidas falsas, fue el inoportuno fallo del vallista Dayron Robles (a la izquierda) en las series de cuartos de final de los 60 metros vallas de los Campeonatos del Mundo de Pista Cubierta de Valencia 2008, al quedarse en los tacos por pensar que la salida había sido anulada, confundido por un ruido proveniente de la grada.
2010-Actualidad Y la edición de 2010-11 hacía hincapié en el hecho de que debe aceptarse el dictamen del aparato detector de salidas falsas en caso de haberlo, en relación con el artículo 146.4. Asimismo, se reformaban nuevamente los artículos 162.5 a 162.7:
Todos estos cambios no acabaron de satisfacer a las distintas federaciones, que para la siguiente edición, correspondiente a 2008, propusieron una nueva modificación de los artículos 162.5 y 162.7, empezando la diferenciación entre la sanción técnica y la disciplinaria asociadas a la mecánica de salida, así como del 146.4 para ampliar las potestades del Juez Árbitro ante una repetición de una prueba, si bien se desestimó una propuesta de descalificación directa a la primera salida falsa por tiempo de reacción, diferenciándola de
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“Si un atleta, en opinión del Juez de Salidas, (a) después de las voces “A sus puestos” o “Listos”, y antes del disparo es el causante de que la salida sea abortada, por ejemplo levantando la mano y/o levantándose en el caso de salida agachada, sin razón válida (dicha razón será evaluada por el Juez Árbitro respectivo); o (b) incumple las órdenes “A sus puestos” o “Listos, según el caso, o no adopta su definitiva posición de salida después de un tiempo razonable; o (c) después de las voces “A sus puestos” o “Listos” molesta a los otros atletas de la carrera haciendo ruido o de otra manera, el Juez de Salidas interrumpirá la salida. El Juez Árbitro podrá amonestar al atleta por actitud incorrecta (descalificarle en caso de una se-
gunda infracción de esta norma durante la misma Competición) conforme a los Artículos 125.5 y 145.2. En los casos donde se considere que una causa externa ha provocado la interrupción de la salida, o cuando el Juez Árbitro no esté de acuerdo con la decisión del Juez de Salidas, se mostrará a todos los atletas una tarjeta verde para indicar que la salida falsa no ha sido cometida por ningún atleta.”
Contemplándose de este modo claramente las situaciones consideradas de conducta antideportiva diferenciadas de las salidas falsas, inclusive a nivel sanción (asimismo se contemplaba en el artículo 145 “Si un atleta recibe una segunda amonestación en los términos del Artículo 125.5 porque él se comporta de una forma antideportiva o inconveniente, o bajo el Artículo 162.5, será descalificado en la prueba. Si la segunda advertencia proviene después de una otra prueba él será descalificado solamente en la segunda prueba.”). “6. Un atleta, después de haber tomado la plena y definitiva posición de salida, no deberá iniciar su salida hasta el disparo. Si, a juicio del Juez de Salidas o de los Adjunto/s, lo hace antes, se considerará que ha realizado una salida falsa.”
Donde vuelve a eliminarse el concepto de movimiento asociado a la salida falsa, vinculado al nuevo articulado 162.5. Diversos estudios, uno encargado por la
Comité Nacional de Jueces - textos propia IAAF, habían recomendado eliminar el límite de reacción de 100 ms medido con los medios existentes, o al menos bajarlo a 80 ms (aún cuando se han registrado tiempos de reacción “legales” inferiores a este valor) para cubrir la amplia variedad de tiempos de reacción existentes; y centrarse en los movimientos visibles del cuerpo que en muchos casos muestran la primera reacción posible con anterioridad al esfuerzo de impulsión. Para ello, un estudio de 2010 proponía el uso de cámaras de alta velocidad como paso previo a una regla “sin salidas falsas”. “7. Excepto en las Pruebas Combinadas, cualquier atleta responsable de una salida falsa será descalificado. En las Pruebas Combinadas cualquier atleta responsable de una salida falsa será advertido. Solamente se permitirá una salida falsa por carrera sin la descalificación del (o de los) atleta/s responsable/s de la salida falsa. Cualquier atleta/s responsable/s de posteriores salidas falsas en la carrera será/n descalificado/s. (Ver también Artículo 200.9(c))”
Este cambio suponía la descalificación a la primera salida falsa, fuese de quien fuese, y el traslado de la dinámica anterior de una única salida falsa sin descalificación a las Pruebas Combinadas. Con este reglamento en vigor se afrontó la disputa del Campeonato del Mundo de Daegu 2011, donde en la final, el favorito y recórdman mundial, Usain Bolt incurrió en una clamorosa salida falsa, rápidamente asumida por el atleta y que enseguida adquirió más importancia mediática que el propio resultado de la final, reabriendo el debate sobre la “justicia” de esta norma y/o todas sus versiones anteriores. Eso sí, se abría el camino nuevamente a la existencia de múltiples salidas anuladas en función del artículo 162.5, que en caso de reiteración por algún atleta también conllevaría la descalificación. Como es casi normal, al analizar los casos más notorios de salidas falsas nos centramos casi exclusivamente en las pruebas de
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100 metros, lisos o con vallas, y los 110 metros vallas, así como en sus variantes de pista cubierta, los 60 metros lisos o con vallas. Pero ha habido otros casos notorios, como la descalificación de la británica Christine Ohuruogu en la prueba de 400 metros en el Campeonato del Mundo de Daegu 2011, apenas 24h después de la del también británico Dwain Chambers en las semifinales de 100 metros, que llamaron la atención sobre el proceso. También en Daegu se presenció la descalificación del equipo chino de 4x100 por una salida falsa. Así pues no es de extrañar que tras dicho campeonato, se plantease una reforma del procedimiento y las reglas. A partir de noviembre de 2011 haría aparición la “tarjeta roja y negra (dividida diagonalmente por la mitad)” para notificar las salidas falsas según el artículo 162.6, así como la “tarjeta amarilla y negra (dividida diagonalmente por la mitad)”
para los avisos y diferenciarlos de los correspondientes a acciones disciplinarias conforme al 162.5, que mantenían las tarjetas roja y amarilla correspondientes a las sanciones emitidas por el Juez Árbitro. Este cambio se recogería en la versión de 201213. Igualmente, la aparición de todas las consideraciones asociadas al uso de estas tarjetas, mantuvo la relevancia, ya dada desde la versión de 2009, del uso de la otra tarjeta de los Ayudantes del Juez de Salidas, la tarjeta verde, para indicar cuando no se había cometido una salida falsa, aunque hubiera habido una anulación de la salida. Importante para los jueces, atletas, y el público que seguía los eventos. Así, en el caso de la clara salida falsa del panameño Alonso Edward en la 5ª serie de
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los 200 metros de los Juegos Olímpicos de Londres 2012 [con nuestro compañero Jordi Roig (*) actuando como Adjunto al fondo (designado como Juez Internacional de Salidas para la competición)] el atleta sería descalificado. Sin embargo, en la séptima serie de la misma prueba, tras declararse por la megafonía la salida como fallida, se recordaba a los atletas que permaneciesen inmóviles en la posición de “¡Listos!”, después de que el Adjunto (Jordi, en su condición de Juez Internacional de Salidas para la competición) confirmase con el Juez Árbitro de Salidas de que no había apreciado una salida falsa y tres Ayudantes (*) mostraban las tarjetas verdes a distintas alturas de la salida.
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En las imágenes a continuación puede verse similar procedimiento en la séptima eliminatoria de los 100 metros masculinos durante el Campeonato del Mundo de Moscú 2013, así como el uso de la tarjeta disciplinaria del Juez Árbitro en los 400 metros vallas femeninos, en una salida que finalmente acabaría igualmente con la descalificación de la atleta. Dado que las Salidas no se restringen únicamente a las pruebas de pista, esta edición vería cómo se recogía un cambio muy acorde con el carácter popular que determinadas pruebas en carretera o campo a través estaban adquiriendo: “Las carreras comenzarán con el disparo de una pistola, de un cañón o un toque de cuerno o similar.” (Como se observa en esta imagen de la princesa británica Beatrice para una carrera de 5 millas en Londres, en contraposición con la clásica de la salida del Marathón del Campeonato del Mundo de Berlín 2009.) Gran parte de los cambios, según hemos podido ver en los últimos 25 años, llevan asociado un periodo de adaptación a las nuevas normas, que no todos los jueces y atletas llevan igual de bien y durante el cual los conceptos pueden llegar a ser confusos. Un claro ejemplo puede apreciarse en los siguientes enlaces, con diversos tratamientos de las incidencias de salidas en los pasados Campeonatos del Mundo de Moscú 2013, que bien pudieran parecer en desacuerdo con la normativa entonces en vigor pero podrían resultar interesantes como ejemplos prácticos: 110 m. vallas Decathlon Hombres 100 m . Decathlon Hombres
http://www.youtube.com/watch?v=DfYnxtXpw3w http://www.youtube.com/watch?v=7q4Zcl0Ys0I
La edición de 2012-13 vería principalmente un reordenación del artículo 162, con pequeñas puntualizaciones en sus apartados 3 y 4, que contemplaban la necesidad de que los atletas estuvieran “inmóviles”/”estables” en su posición final de salida (fuera la de “¡Listos!” u otra) antes del disparo de la pistola. (Esta dualidad se da únicamente en la versión española, siendo la misma definición en la versión original anglosajona.)
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En los últimos JJOO (Londres 2012) y el último Campeonato del Mundo (Moscú 2013) ya pudo observarse cómo incluso se habían adecuado, aún cuando las Reglas de Competición todavía no lo contemplen, el diseño de los señalizadores de calle de las salidas falsas, de modo similar a las tarjetas usadas en la notificación. A pesar de los avances tecnológicos, o quizás debido a ellos, casos similares al citado de Dayron Robles, con menor repercusión individual pero quizás mayor en conjunto al afectar a gran parte de la competición, se dieron en los Campeonatos del Mundo de Pista Cubierta de Estambul 2012. En el primer día de competición diversos atletas presentaron quejas bien por no oír el disparo de salida o bien por oír un eco del mismo que les llevaba a pensar que se había producido una anulación y detener su carrera. En estas circunstancias, debidas a las características de la instalación, varios atletas perdieron sus opciones de pasar a una ronda posterior o realizaron peor marca de la esperada. Este hecho fue claramente apreciable al examinar los tiempos de reacción de los atletas, que en muchos casos doblaban los normalmente registrados en otros casos.
Comité Nacional de Jueces - textos Los Juegos Olímpicos de Londres 2012 también verían la aparición de las últimas innovaciones en los equipos detectores de salidas falsas, capaces de medir los tiempos de reacción de los corredores por la presión ejercida sobre el taco y no por el movimiento. Este equipamiento se integra en unos tacos de salidas que pueden detectar los tiempos de reacción de cualquier corredor, sea un niño o de un velocista de categoría mundial, sin cambiar nada en el dispositivo y son capaces asimismo de medir la presión ejercida. Son equipos con unas superficies de apoyo más amplias (y altas, como viene siendo tendencia para mejorar el apoyo de salida) y menor espacio entre ellas.
El modelo de Sydney 2000
El usado en Londres 2012
Ya de cara a la edición más reciente de las Reglas de Competición, la 2014-15, se vería rechazada una propuesta estadounidense para que en Pruebas Combinadas los atletas pudiesen gozar nuevamente de una salida falsa cada uno antes de la descalificación. Si se aprobó sin embargo la inclusión de una significativa coletilla en el artículo 146.4 (a) “Si un atleta hace una reclamación verbal inmediata contra la adjudicación de una salida falsa, en caso de que tenga alguna duda, el Juez Árbitro de carreras puede permitir, que el atleta compita bajo reclamación, para preservar los derechos de todos los interesados.” y en su
apartado (b) permitiendo la reclamación no ya contra una salida no anulada por ser salida falsa, sino contra una no abortada por incumplimiento del a estas alturas ya famoso 162.5. A su vez el artículo 162.6 se vería ampliamente modificado a partir de los textos provenientes de las “Directrices de Salidas” de la IAAF para las Series Mundiales de Atletismo. La primera versión de estas “Directrices de Salidas” de la IAAF viera la luz en abril de 2009. Y la edición de 2010-11 h Una revisión de las mismas de Abril del del aparato detector de sa 2010 pasaba a consi146.4. Asimismo, se refor derar los movimientos en los tacos de salida como meramente susceptibles de sanciones disciplinarias, de acuerdo con lo volcado en las Reglas de Competición 2010-11 y la edición de 2012 pasaba a recoger una consideración de lo que suponía la salida: “El movimiento de un atleta que no incluya ni conlleve uno o los dos pies del atleta perdiendo contacto con las planchas de los tacos de salida o de su/sus mano/manos perdiendo contacto con el suelo no deberá ser considerado el inicio de la salida.”. Se indicaba asimismo que este tipo de movimiento conlleva-
ría una sanción disciplinaria según el artículo 162.5 (b) o (c) de las entonces aprobadas Reglas de Competición 2012-13, así como una recomendación de no ser excesivamente estrictos al aplicar los apartados 162.5 y 162.6 a las salidas en carreras de más de 400 metros, en los que la posición de los atletas es más inestable al constar tan sólo de dos apoyos. Esta definición de salida (o no salida) a su vez abría la puerta a la
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consideración de que una activación del aparato detector de salidas falsas sólo pudiera llevar asociada una salida falsa, como se aceptó a través de la modificación suscrita por el autor y propuesta por España en el último Congreso; retomando de este modo el detector su papel de ayuda para el Juez de Salidas iniciada 40 años antes. Así, la versión 2014-15 recogía: “Cuando se utilice un equipo de control de salidas falsas aprobado por la IAAF, el Juez de Salidas y/o un Adjunto del Juez de Salidas designado deberán llevar auriculares para oír claramente una señal acústica emitida cuando el equipo indique una posible salida falsa (esto es, cuando el tiempo de reacción es inferior a 0.100 segundos). Tan pronto como el Juez de Salidas y/o el Adjunto del Juez de Salidas designado oigan la señal acústica y si la pistola ha sido disparada anularán la salida y el Juez de Salidas deberá examinar inmediatamente los tiempos de reacción en el equipo de control de salidas falsas con el fin de confirmar qué atleta/s es/son responsable/s de la salida falsa. Nota 1: Cualquier movimiento de un atleta que no incluya ni conlleve una pérdida de contacto de uno o de los dos pies del atleta con las planchas de los tacos de salida o de su/sus mano/manos con el suelo no deberá ser considerado como inicio de salida. Estos casos pueden, si es aplicable, ser objeto de una advertencia o una descalificación disciplinaria. Nota 2: Dado que los atletas en la salida de una carrera en posición de pie son más propensos a perder el equilibrio, si este movimiento se considera accidental, la salida debería considerarse como “inestable”. Si un atleta fuese empujado u obstruido en la línea antes de la salida no debería ser penalizado. Cualquier atleta causante de este tipo de injerencia podrá ser objeto de una advertencia o descalificación disciplinaria.”
Estas interpretaciones se han visto refrendadas en la reciente versión 2014 de las “Directrices de Salidas”de la IAAF (“Normas IAAF para las Salidas” en su versión en español) donde, entre otras cosas, se contempla una nueva designación: “Sistema de Información de Salidas (SIS) [actualmente descrito en el Reglamento como “Equipo de Control de Salidas Falsas”].”, que en un futuro es previsible que se
traslade a las Reglas de Competición. Así, entre las consideraciones recogidas en el documento figuran: “Si existe alguna duda sobre la legalidad o justicia de la salida, el Juez Adjunto deberá anular la salida. Las consultas entre el equipo determinarán la decisión a tomar (si la hubiere). Des-
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pués de la consiguiente deliberación, será el Juez de Salidas quién decidirá si se ha producido una infracción.“ “Los Jueces Árbitros y otros jueces deben tener presente que el SIS puede estar funcionando correctamente, pero que “incorrectamente” indique una salida falsa debido a un movimiento ostensible de algún atleta, y que dicho movimiento no haya incluido ni conllevado una pérdida de contacto de uno o de los dos pies del atleta con las planchas de los tacos de salida, o de su/s mano/s con el suelo, por lo que no deberá ser considerado como inicio de salida.” “No existe un periodo de tiempo ideal ni recomendado desde la voz de “Listos” al disparo. En realidad, deberá tratarse de un tiempo discernible y tangible para asegurarse que todos los atletas están estables e inmóviles.” “La referencia que se hace en el Artículo 162.9 a una salida justa no debe referirse únicamente a casos de salidas falsas. Esta norma debe asimismo interpretarse para ser aplicada a otras situaciones tales como el deslizamientos de los tacos, o cuando un inconveniente externo pueda afectar a uno o más atletas durante la salida, etc. Por otra parte, no todos los movimientos en la posición de “Listos” tienen que ser considerados como “inicio de salida”, y, por tanto, dar lugar a una salida falsa.” “Cuando estén disponibles, las imágenes de ondas que proporciona el SIS deberán ser consultadas para prevenir descalificaciones incorrectas (o advertencias en caso de una primera salida falsa en Pruebas Combinadas), especialmente en aquellos casos en que el movimiento de un atleta no haya resultado en la pérdida de contacto de las manos o pies.”
Estos cambios conducen a lo que podría considerarse nueva casuística o una revisión de la vieja con nuevos elementos de información que es necesario evaluar previamente a la toma de decisión, y que muestra la importancia, como siempre, de mantenerse al tanto de la reglamentación y los últimos cambios, por parte de los distintos equipos de trabajo en la competición. La información de los SIS no evita reacciones como la vista recientemente en la Diamond League de París por parte del atleta Nickel Ashmeade por la adjudicación de una salida falsa, demorando la reanudación de la prueba con sus protestas y su resistencia a abandonar la zona de salida, aunque al final siguiese las indicaciones de los jueces (http://www.youtube.com/watch?v=_yvVlesWOqk). 16 Julio 2015 XI Boletín CNJ
Se ha podido observar la aplicación de estas directrices en las eliminatorias de los 100 m de los Campeonatos del Mundo Junior de Eugene 2014, donde tras una adjudicación de salida falsa a la atleta con el dorsal 490 se le permitió correr en solitario y optar a acceder por tiempos a las semifinales. O el caso de la final de 200 m mujeres del mismo campeonato que se resolvió con la adjudicación de una tarjeta amarilla a la atleta infractora (por un movimiento previo al disparo que provocó la anulación); atleta que finalmente fue la ganadora de la prueba. Esta salida también permitió ver una de esas imágenes que pueden engrosar el anecdotario atlético; véase el pelo de la atleta de la calle 7. Los siguientes fotogramas extraídos de las imágenes de la prueba (https://www.youtube.com/watch?v=qMM2WiFhqAw) muestran la secuencia de salida con un movimiento inicial de la atleta de la calle 3, sin pérdida de contacto con sus apoyos y cómo eso repercutió en que en el momento del disparo el resto se adelanta a ella por su movimiento de recuperación hacia atrás (en la imagen inferior se aprecia la reacción y “despegue” de la calle 4 en relación a la calle 3 tras el disparo).
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Un ejemplo de que a pesar de los cambios reglamentarios y la evolución de la tecnología auxiliar utilizada la interpretación juega un gran papel en las salidas se pudo ver recientemente en el Campeonato de Europa de Zurich 2014, en la final de 100 m hombres. Tras un primer disparo de salida se mostraba la siguiente información a los telespectadores(https://www.youtube.com/watch?v=1z-1u5KIemo):
Los tiempos de reacción y la sanción aplicada (tarjeta amarilla al atleta de la calle 5; aunque el atleta de la calle 2 ya abandonaba la pista de motu proprio) se corresponden a la siguiente secuencia de imágenes (de izquierda a derecha y arriba a abajo):
Las imágenes permiten apreciar que el atleta de la calle 5, tras un primer movimiento de avance, retrocede, sin despegar manos ni pies, mientras el atleta de la calle 2 realiza un movimiento de avance y despega las manos del suelo. La activación del SIS en este caso se produjo por el primer movimiento/presión detectado, razón por la cual el atleta recibe la tarjeta amarilla, habiéndose descartado en este caso el movimiento del otro atleta que sí ha incurrido en una salida nula. Según evolucione la tecnología aplicada a las salidas, irá evolucionando la redacción reglamentaria, así como la parte que nos corresponda de su aplicación tanto en los grandes campeonatos como en las pruebas locales, siendo nuestra labor el mantenernos al tanto de ella para un correcto desempeño en beneficio de los atletas. Aunque eso no sea impedimento para que antiguas prácticas vuelvan a ser de aplicación en el protocolo de salidas; como el uso del silbato para notificación del inicio del protocolo o las dos pistolas del Juez de Salidas, y de ahí la importancia del conocimiento de dicha evolución para conjugar adecuadamente ambas facetas.
Una toma lateral mas secuenciada puede ofrecer más información, aunque lo mejor sea el análisis paso a paso del vídeo:
SEGUNDA parte
Fuentes: - Comité Olímpico Internacional - http://www.olympic.org - European Athletics - http://www.european-athletics.org/ - International Association of Athletics Federations (IAAF) http://www.iaaf.org - Fidal Toscana - Federazione Italiana di Atletica Leggera, Toscana - http://www.old.fidaltoscana.it/ -“Historia del Atletismo Español en Pista Cubierta”, Asociación Española de Estadísticos de Atletismo (AEEA). - Omega - http://www.omegawatches.com - Junghans - http://www.junghans.de - Life Magazine - http://life.time.com/ - The Telegraph - http://www.telegraph.co.uk/ - Getty Images - http://www.gettyimages.com - YouTube- http://www.youtube.com
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Técnicos
GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO PARA: JUECES ÁRBITROS JUECES JEFE DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO OPERADORES DE CRONOMETRAJE
FUNCIONES JUEZ ÁRBITRO Se reunirá con: • Juez jefe de cronometraje eléctrico • Juez de salidas • Operador del equipo. • Coordinara la/s hora/s del control/es CERO. • Se recomienda 1 hora antes del comienzo de la competición • Supervisara el control cero desde la torre de cronometraje. • En su informe de Juez Arbitro aportara el/los controles. • Atenderá junto con el Juez Jefe de Cronometraje, las reclamaciones que en primera instancias le lleguen, y estén relacionadas con imágenes de Foto-finish
JUEZ JEFE DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO • Será responsable del funcionamiento del Sistema. • Antes del comienzo de la competición se reunirá con el personal técnico encargado del mismo y se familiarizará con el equipo. • En colaboración con el Juez Árbitro de carreras y el Juez de Salidas, hará realizar un control cero antes del comienzo de cada sesión a fin de asegurarse que el equipo se pone en acción automáticamente con la señal del Juez de Salidas en los límites especificados en el Artículo 165.14 (b) (es decir, igual o menor que 0.001 segundos). • Supervisará las pruebas de control del equipo y se asegurará que la(s) cámara(s) está(n) correctamente alineada(s).
OPERADORES DECRONOMETRAJE • • • • • • • • • • • •
Revisara el material. Objetivo. Sensor de puesta en marcha (se recomienda tener dos). Botón de captura. Cableado. Señal inalámbrica. Alineara la cámara según reglamentación (fondo blanco y líneas negras). Proporcionara al Juez Arbitro y Juez Jefe de Cronometraje; la imagen del control cero automático en formato. Digital Impreso Fotográfica Tener preparado las carpetas con los fichero de la competición, de fácil acceso.
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Técnicos
GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO ALINEACION DE LA CAMARA
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Técnicos
GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO AJUSTE DE LA VELOCIDAD
Poca Velocidad
Velocidad Correcta
CONTROL CERO NORMATIVA • El Sistema tiene que ponerse en marcha automáticamente por la señal del Juez de Salidas (pistola), de forma que el retraso total entre la detonación en la boca del cañón de la pistola o su equivalente indicación visual y la puesta en marcha del sistema de cronometraje sea constante e igual o menor de 0.001 segundos. • El tiempo se registrara en 0,001 milésimas de segundo. • La velocidad de la cámara para el control cero tiene que ser de 1000 o 2000 líneas (nunca se utilizara velocidades intermedias). El resultado una vez convertido a milésimas será:
0,001
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0,000
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GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO COLOCACIÓN DE LA PISTOLA
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Técnicos
GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO
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Técnicos
GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO RESULTADOS
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GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO
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GUÍA DE CRONOMETRAJE ELÉCTRICO
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GUÍA DE LECTURAS • El tiempo se medirá desde el momento en que cualquier parte del cuerpo del atleta (es decir el tronco, pero no la cabeza, el cuello, brazos, piernas, manos o pies) alcance el plano vertical del borde más próximo de la línea de llegada.
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CAMBIOS REGLAMENTO IAAF 2014/2015 Artículo 110 (e) Oficiales Técnicos internacionales / Oficiales internacionales de campo a través, de carreras en carretera y de carreras de Montaña/Oficiales Técnicos de Área (f) Jueces internacionales de Marcha/Jueces de Marcha de Área (g) Medidor internacional de carreras en carretera (h) Juez internacional de salidas (i) Juez internacional de Foto-Finish Nota 2: los Oficiales internacionales mencionados en (e) a (i) más arriba pueden ser clasificados en nivel IAAF y nivel de Área según la Normativa aplicable.
tas con discapacidad visual, salvo que esté permitido en el Reglamento particular de la Competición
Artículo 137 JUEZ DE MEDICIONES CIENTIFICAS Antes del comienzo de la Competición se reunirá con el equipo técnico, familiarizándose con el equipamiento. Antes de cada prueba supervisará la colocación de los instrumentos de medida, teniendo en cuenta los requisitos técnicos señalados por el fabricante y el laboratorio de calibración de los aparatos. (Antes era por el personal técnico)
Artículo 120 Un Director del Centro de Información Técnica (CIT) y un número adecuado de adjuntos
Artículo 118 1 mayo 2014 El Juez Internacional de Foto-Finish supervisará todas las funciones de Foto-Finish y será el Juez Jefe de Foto-Finish
Artículo 125-10
ticiones excepto las desarrolladas según el Artículo 1,1(a) a (h). En caso de Competiciones según el Artículo 1.1(i) y (j) estas pruebas mixtas serán autorizadas en una competición particular si específicamente son autorizadas por la Federación . Nota: En el caso de Competiciones Mixtas en concursos, deberían ser utilizadas Hojas de campo separadas y los resultados deberían ser declarados separadamente para cada sexo.
Artículo 142-4 ABSTENCIÓN DE PARTICIPAR Un certificado médico basado en un examen del atleta y emitido por el Delegado Médico designado de acuerdo con el artículo 113 o, si ningún Delegado Médico ha sido designado, por el Médico Oficial del Comité Organizador puede ser aceptado como razón suficiente para admitir que el atleta no haya podido competir después de cerradas las confirmaciones, o después de competir en una eliminatoria previa, pero podrá tomar parte en otras pruebas (excepto pruebas individuales de Pruebas combinadas) en un día posterior de la competición. Otras razones justificadas (por ejemplo factores independientes de las acciones personales del atleta tales como problemas surgidos en el servicio oficial de transporte), pueden, después de confirmadas, ser aceptadas por el Delegado Técnico.
Artículo 141-3
Cuando un atleta con una discapacidad física participe en una competición que se desarrolle bajo estas Reglas, el Juez Árbitro respectivo puede interpretar o permitir una variación de todo Artículo aplicable (a excepción del 144.2) (PRESTACIÓN DE ASISTENCIA) con el objetivo de permitir al atleta participar a condición de que la adaptación no le proporcione una ventaja sobre otro atleta que participe en la misma prueba. En caso de duda o protesta a la decisión, el asunto deberá someterse al Jurado de Apelación. Nota: Este Artículo no tiene por objeto autorizar la participación de guías para los atle-
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Las competiciones se dividen en clasificaciones para hombres y mujeres. Cuando una competición Mixta se organice fuera del Estadio o en cualquiera de los limitados casos expuestos en el Artículo 147, (Pruebas Mixtas) los resultados de la clasificación para hombres y mujeres deberían ser reflejados separadamente o ser indicado de alguna manera.
Art. 147 Para todas las competiciones celebradas enteramente en un estadio, las pruebas mixtas entre hombres y mujeres no serán permitidas normalmente. Sin embargo, para las competiciones desarrolladas en el Estadio, las pruebas mixtas en concursos o en carreras de 5.000 m. o más, podrán ser permitidas en todas las Compe-
Artículo 144-4 e ASISTENCIA ATLETAS
Marcar el paso por atletas doblados o a punto de ser doblados - El uso o posesión en el interior de la zona de competición
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CAMBIOS REGLAMENTO IAAF 2014/2015 Artículo 146-4 RECLAMACIONES - SALIDAS
Artículo 144-4 (e) ASISTENCIA ATLETAS Está autorizado el visionado por los atletas participando en concursos, de las imágenes de un/os intento/s previo/s, grabado para ellos por personas no situadas en el Área de Competición. El equipo de visionado o las imágenes grabadas no pueden ser introducidas en la Zona de competición
Artículo 144-6 ASISTENCIA ATLETAS a) En las pruebas en pista de 5.000 m o más, el Comité Organizador puede proporcionar agua y esponjas a los atletas si las condiciones climatológicas aconsejan dicha provisión. b) En las pruebas en pista de más de 10.000 metros, deberán disponerse puestos de avituallamiento, agua y esponjas. Suministrados por el Comité Organizados o por los atletas. Los avituallamientos proporcionados por los atletas deberán quedar bajo el control de los Oficiales nombrados por el Comité Organizador a partir del momento en que estos sean depositados por los atletas o representantes.
2 clases de reclamaciones ante las salidas: a) Adjudicación de salida falsa: • Reclamación inmediata verbal • Puede aceptarse la reclamación por el JA y participar bajo protesta • No se aceptará, si funciona el detector de salidas. b) Salida falsa no anulada o no interrumpida la posible acción disciplinaria: • Acabar carrera para reclamar • Puede descalificarse al atleta causante • Puede repetirse en parte o en todo la carrera a juicio del JA • El derecho a reclamar en este punto se aplicará tanto si se ha utilizado un equipo de detección de salidas falsas como si no. Artículo 147 1 mayo 2014 Añadir Notas 2 y 3 Nota 1: En el caso de Competiciones Mixtas en Concursos, deberían ser utilizadas Hojas de campo separadas y los resultados deberían ser declarados separadamente para cada sexo. Nota 2: Las Competiciones Mixtas en pista, permitidas según este Artículo, sólo se celebrarán cuando no exista el número suficiente de atletas de uno o ambos sexos que justifique la celebración de carreras independientes. Nota 3: En ningún caso se celebrarán Competiciones Mixtas en pista para marcar el ritmo a atletas del mismo sexo o ser ayudados por atletas del sexo contrario.
Artículo 162-1Nota 2 SALIDAS 1.500 m Añadir Nota 2: La línea de salida de 1500 metros puede ser prolongada fuera de la calle exterior en la curva en la medida en que se disponga de la misma superficie sintética.
Artículo 162-3 y 162-6 SALIDAS FALSAS A la voz de "¡listos!", el atleta deberá alzarse (elevará)inmediatamente hasta (a) su posición definitiva de salida, manteniendo el contacto de sus manos con el suelo y el de sus pies con los tacos de salida Nota 1: Cualquier movimiento de un atleta
que no incluya ni conlleve una pérdida de contacto de uno o de los dos pies del atleta con las planchas de los tacos de salida o de su/sus mano/manos con el suelo no deberá ser considerado como inicio de salida. Estos casos pueden, si es aplicable, ser objeto de una advertencia o descalificación disciplinaria Nota 2: Dado que los atletas en la salida de una carrera en posición de pie son más propensos a perder el equilibrio, si este movimiento se considera accidental, la salida debería considerarse como “inestable”. Si un atleta fuese empujado u obstruido en la línea antes de la salida no debería ser penalizado. Cualquier atleta causante de este tipo de injerencia podrá ser objeto de una advertencia o descalificación disciplinaria
Artículo 163-2 OBSTRUCCIONES Si un atleta es empujado u obstruido durante una prueba, de tal manera que se impida su progresión: a) si el empujón o la obstrucción es considerada como involuntaria o no ha sido causada por un atleta, el Juez Árbitro podrá, si estima que un atleta (o su equipo) ha sido seriamente perjudicado, ordenar que la carrera se corra de nuevo o que el atleta perjudicado (o el equipo) participen en una ronda siguiente de la prueba; b) si otro atleta es considerado responsable del empujón o de la obstrucción por el Juez Árbitro, dicho atleta (o su equipo) estará sujeto a descalificación de esta prueba. El Juez arbitro, si estima que un atleta ha sido seriamente perjudicado, puede ordenar que la carrera se corra de nuevo excluyendo a cualquier atleta descalificado o puede permitir al atleta o equipo perjudicados (distinto de cualquier atleta o equipo descalificado) participar en una ronda posterior de la prueba. En ambos casos del artículo 163.2 (a) y (b), el
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atleta (o equipo) normalmente debería haber finalizado la prueba con un esfuerzo de buena fe.
Artículo 163-6 ABANDONO DE PISTA A un atleta, después de abandonar voluntariamente la pista, no se le permitirá continuar en la carrera y será registrado como que no ha acabado la carrera. Si el atleta intentara reincorporarse en la carrera, deberá ser descalificado por el Juez Árbitro
Artículo 165-14 SISTEMA DE FOTO-FINISH Para ser aprobado por la IAAF cualquier Sistema deberá haber sido comprobado y poseer un Certificado de precisión realizado en los últimos cuatro años antes de la Competición, incluyendo las características siguientes: a) el sistema debe registrar la llegada por medio de una cámara, posicionada en la prolongación de la línea de meta, que produzca un fotograma constituido por imágenes compuestas. (1): Para las Competiciones según el Artículo 1.1, el fotograma de imágenes compuestas debe estar constituido por un mínimo de 1.000 imágenes por segundo. (2): Para el resto de Competiciones, el fotograma de imágenes compuestas debe tener un mínimo de 100 imágenes por segundo. En cada caso, el fotograma debe estar sincronizado con una escala de tiempos marcada uniformemente, graduada en 0.01 segundos.
Artículo 167-2 Nota EMPATES CARRERAS Cuando la calificación para la siguiente ronda se determine por el puesto y el tiempo (por ejemplo, los tres primeros de cada una de las dos series más los dos mejores tiempos) y existiera un empate para la última posición calificadora determinada por puestos, la calificación de los atletas empatados para la siguiente ronda reducirá el número de atletas calificados por tiempos.
Artículo 170-1 Nota y 170-3 RELEVOS Nota.- El Relevo Mixto puede ser corrido con postas en orden diferente, en cuyo caso deberían hacerse ajustes para la aplicación de los Artículos 170.14, 170.18 170.19 y 170.20 (Prezona, Zona, Calle Libre)
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3.- Cada zona de transferencia será de 20 m de longitud en la cual la línea central será el centro. las zonas de transferencia empezarán y terminarán en los bordes de las líneas de zona más cercanas a la línea de salida en el sentido de la carrera. Para cada transmisión efectuada en calles, un Oficial designado se asegurará que los atletas son emplazados correctamente en su zona de transferencia y conocen las zonas de progreso aplicables. El Oficial designado se asegurará que el Artículo 170.4 se cumple. (Pista Cubierta)
intento y deberá retirarse por el atleta inmediatamente después de acabado su intento. En las competiciones según el Artículo 1.1 (a),(b),(c),(e)y(f) esta protección será proporcionada por los organizadores
Artículo 180-7 REGISTROS DE INTENTOS
Los intentos serán registrados del siguiente modo: a) excepto en salto de altura y en salto con pértiga un intento válido será indicado con la medición tomada. En salto de altura y en salto con Pértiga el intento válido será indicado con el símbolo “O”. b) El intento nulo será indicado con el símbolo “X” c) Si el atleta renuncia a un intento (un “pase”) será indicado con el símbolo “-“
0 válido X nulo - pase
Artículo 183-10 SALTO CON PÉRTIGA El apoyo vertical posterior de los tacos que también deberá ser liso y construido de modo que el listón no pueda descansar en su parte superior y podrá extenderse no más de 35 mm-40 mm por encima de los tacos
Artículo 183 SALTO CON PÉRTIGA
183.3 El uso de guantes está permitido 183.8 El cajetín estará construido de un material apropiado, con bordes superiores redondeados o sin ángulos cortantes, y enterrado a nivel del pasillo de toma de impulso. Nota: Un atleta puede colocar un relleno alrededor del cajetín para reforzar la protección en cualquiera de sus intentos. El posicionado de este material deberá hacerse dentro del tiempo que el atleta dispone para su
CAMBIOS REGLAMENTO IAAF 2014/2015
Artículo 184-8 MEDICIÓN DE DISTANCIAS La medición de cada salto se hará inmediatamente después de cada intento válido (o inmediatamente después de una reclamación oral hecha según el Artículo 146.5). Todos los saltos se medirán desde la huella más próxima hecha en la zona de caída, por cualquier parte del cuerpo, o cualquier elemento que esté unido al cuerpo en el momento en que se hace la marca, hasta la línea de batida o prolongación de la misma.
Comité Nacional de Jueces - Textos
mientos o agua en cualquier otro lugar que no sea los puestos oficiales previstos para esto, excepto cuando se suministren por razones médicas de por o bajo la dirección de los Oficiales de la prueba o que tome el avituallamiento de otro atleta, debería, para una primera infracción de esta naturaleza, ser advertido por el Juez Árbitro normalmente mostrándole una tarjeta amarilla. Para una segunda infracción, el Juez Árbitro deberá descalificar al atleta, normalmente mostrando una tarjeta roja. El atleta deberá entonces abandonar el recorrido inmediatamente.
Artículo 185-1 (f) y 185-2 Artículo 230-10 ABANDONO DEL FOSO DE SALTOS RECORRIDOS EN CARRETERA DE HORIZONTALES MARCHA f) abandona la zona de caída de una forma diferente a la descrita en el Artículo 185.2. 2. Cuando deja la zona de caída el primer contacto del pie del atleta con el borde o el suelo al exterior deberá producirse más lejos de la línea de batida que la marca más próxima hecha en la arena (que podrá ser cualquier marca hecha al perder el equilibrio enteramente dentro de la zona de caída o al caminar hacia atrás), más próxima a la línea de batida que la marca inicial hecha en la caída. Antes ponía: Se contará como nulo Al salir de la zona de caída el primer contacto de su pie con el suelo exterior de la misma está más cerca de la línea de batida que la marca más próxima hecha en la arena en la caída, incluyendo cualquier marca hecha al perder el equilibrio en la caída, pero más cerca de la línea de batida que de la marca inicial hecha en la caída.
Artículo 187-9 PASILLO PARA JABALINA
El circuito no será inferior a 1 km ni superior a 2 km. En las pruebas que comiencen y finalicen en el Estadio, el recorrido estará situado tan cerca como sea posible del Estadio
(g) Un atleta puede, en cualquier momento, llevar agua o avituallamiento en la mano o unido a su cuerpo, siempre que lo lleve desde la salida o lo haya recogido o recibido en uno de los puestos oficiales. (h) Un atleta que reciba o recoja avitualla-
diciones climatológicas y la condición física de la mayoría de los participantes, agua y/o avituallamiento podrá ser colocado a intervalos más regulares a la largo del recorrido. (c) el avituallamiento podrá componerse de bebidas, complementos energéticos, productos alimenticios u otra consumición además de agua. El Comité Organizador determinará qué avituallamientos ofrecerá en función de las condiciones imperantes. (d) el avituallamiento será, normalmente, proporcionado por el Comité Organizador, pero éste podrá autorizar a los atletas a aportar su propio avituallamiento, en cuyo caso, cada atleta deberá designar los puestos en los que debe ponerse a su disposición. Los avituallamientos entregados por los atletas quedarán bajo el control de Oficiales designados por el Comité Organizador desde el momento en que sean depositados por los atletas o sus representantes. Esos Oficiales deberán asegurar que los avituallamientos no son alterados o manipulados en modo alguno.
Artículo 240-8 PRUEBAS EN RUTA
Artículo 240-2 PRUEBAS EN RUTA Nota 2.- Se acepta que la salida, la llegada y otros tramos del recorrido de una carrera se hagan sobre hierba (antes ponía otro terreno blando) o superficie no pavimentada. Estos tramos deberán ser reducidos al mínimo posible
La longitud mínima del pasillo será de 30 m (antes ponía mínimo) excepto para las Competiciones organizadas según el Artículo 1.1 (a), (b), (c), (e) y (f) y donde el mínimo será de 33.50 m. Donde las condiciones lo permitan, la longitud mínima debería ser de 36.50m.
Artículo 230-9 (g) y (h) MARCHA
Técnicos
(g) Un atleta puede llevar en la mano o adherido sobre él, en todo momento, agua o avituallamiento con la condición que sea desde la salida o recogido o recibido en un puesto oficial. (h) Un atleta que reciba o recoja avituallamiento o agua de otro sitio diferente a un puesto oficial previsto para ello –excepto cuando se suministren por razones médicas por o bajo la dirección de Oficiales de la carrera- o que tomen el avituallamiento de otro atleta, debería, para una primera infracción de esta naturaleza ser advertido por el Juez Árbitro normalmente mostrándole una tarjeta amarilla. Para una segunda infracción, el Juez Árbitro deberá descalificar al atleta, normalmente mostrándole una tarjeta roja. el atleta deberá entonces abandonar el recorrido inmediatamente
Artículo 240-8 PRUEBAS EN RUTA b) Para todas las carreras se deberá disponer de agua en intervalos de aproximadamente 5 Km. Nota (1): Donde las condiciones lo aconsejen, según la naturaleza de la prueba, las con-
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Artículo 250-7 CARRERAS DE CAMPO A TRAVÉS Seguridad y Servicios Médicos 7. (a) Los Comités Organizadores de las carreras de Campo a Través deben asegurar la seguridad de los atletas y de los Oficiales. (b) Un examen médico efectuado durante el desarrollo de una prueba por personal médico designado por el Comité Organizador y claramente identificado mediante brazaletes, chalecos o similares medios distintivos, no será considerado como ayuda. (c) Un atleta debe retirarse inmediatamente de la carrera si así le es ordenado por el Delegado Médico o por un miembro del equipo Médico Oficial.
Artículo 251 TODO NUEVO CARRERAS DE MONTAÑA - RECORRIDO - Recorrido principalmente fuera de carretera, a menos que haya un desnivel significativo en cuyo caso se admitirá una superficie pavimentada - El recorrido no debe tener tramos peligrosos. - Los atletas no deben disponer de ayudas suplementarias que faciliten la progresión del recorrido. - El perfil del recorrido comprenderá, bien un gran nº de ascensos (para carreras en ascenso) o tramos en subida /bajada (para carreras en subida y en descenso
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Técnicos
CAMBIOS REGLAMENTO IAAF 2014/2015
cuya salida y llegada se efectúa al mismo nivel - El punto culminante no deberá situarse por encima de los 3.000 m. - Tendrá que estar señalizado la totalidad del recorrido e indicaciones en cada km. - Los obstáculos naturales o los pasos difíciles a lo largo del recorrido deberían ser objeto de una señalización detallada.
Artículo 251 TODO NUEVO CARRERAS DE MONTAÑA - TIPOS a) Carreras de Montaña, clásicas. - Las distancias y subida dependen de cada categoría, tanto en hombres como mujeres y son para categorías de Juvenil, Junior y Senior b) Carreras de Montaña de larga distancia. - Las carreras de Montaña de larga distancia comprenderán distancias de 20 km. a 42,195 km aproximadamente y la pendientes será como máximo de 4.000 m. Los menores de 18 años no estarán autorizados a competir en las distancias superiores a 25 km. c) Las carreras de Relevos de Montaña d) Carreras contrarreloj de montaña. Las Carreras de Montaña con horarios de salida individuales en varios intervalos son consideradas como carreras contrarreloj. Los tiempos individuales de llegada determinarán el orden de los resultados.
Artículo 260-26 (d) RÉCORDS d) En las Pruebas de lanzamientos el artefacto utilizado deberá haber sido controlado antes de la competición según el Artículo 123. Si durante una prueba, el Juez Árbitro constata que un Récord ha sido igualado o mejorado, deberá inmediatamente marcar el artefacto utilizado y llevar a cabo un control a fin de asegurar si todavía es conforme a las Reglas o si ha habido algún cambio en sus características. Normalmente, dicho artefacto será controlado de nuevo después de la prueba
Comité Nacional de Jueces - Preguntas
y Respuestas
Respuesta de ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ a las preguntas planteadas en Boletín X
1) Francisco Sancho HOMOLOGACIÓN DE MARTILLO Porque serán medidas que ya no son de estricto cumplimiento y han quedado derogadas con el paso del tiempo, además si no especifican medidas máximas ni mínimas del asa del martillo, entiendo que no son parámetros determinantes para el lanzamiento (Pueden tener cualquier dimensión).
2) Pregunta salida en campeonato veteranos: Para aplicar esta norma en nuestros Campeonatos Autonómicos o Nacionales debería venir recogida en el Libro de Reglamentación 2014/2015 Campeonatos de Veteranos. En Normas Generales, Pista Aire Libre o Pista Cubierta que es donde se regulan y sancionan las normas técnicas particulares y específicas para las competiciones de Veteranos, y no viene, por lo tanto, no.
3) Preguntas de Pistas:
Calcula y Responde
Pregunta 1: Calcular la longitud de la recta de una pista con radio (a interior de bordillo) de 37 metros. Entendiendo que es una pista de 400m. de perímetro. Radio bordillo: 37m. Radio calle 1 = 37m. + 0,30m. = 37,30m. Longitud calle 1 = 2 X 3,1416 X 37,30m. = 234,3633m. / 2 curvas; 117,1816m. / 1 curva 400m. – 234,3633m. = 165,6367m. / 2 rectas; 82,8183m. / 1 recta La recta en bordillo y en todas las calles mide lo mismo. Solución: 82,8183m. Pregunta 2: Calcular cuánto hay que compensar por cada curva a los atletas que corren por la calle 2, en una pista con calles de 1,23 metros de ancho. Hacer el mismo cálculo para la calle 3. Si la prueba se desarrolla íntegramente por calles individuales. Entiendo que el radio es: 37m. Radio calle 2=37m.+ 1,23m. + 0,20m.=38,43m. Radio calle 3= 37m. + (2 X 1,23m.) + 0,20m.=39,66m. Longitud calle 2 =2 X 3,1416 X 38,43m.=241,4633m./ 2 curvas 120,7316m./ 1 curva Longitud calle 3=2 X 3,1416 X 39,66m. =249,1917m./ 2 curvas 124,5958m./ 1 curva Longitud calle 2= 1 curva 120,7316m. 2 curvas 241,4633m. Longitud calle 1= 1 curva 117,1816m. 2 curvas 234,3633m. Compensación calle 2 3,5500m. por curva 7,1000m. por 2 curvas Longitud calle 3= 1 curva 124,5958m. 2 curvas 249,1917m. Longitud calle 1= 1 curva 117,1816m. 2 curvas 234,3633m. Compensación calle 3 7,4142m. por curva 14,8284m. por 2 curvas.
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Comité Nacional de Jueces - Preguntas
y Respuestas
Respuesta de ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ a las preguntas planteadas en Boletín X Pregunta 3: Calcular la compensación de la salida para la prueba de 800 metros, por la calle 5, en una pista de 37 metros de radio y calles de 1,22. Radio calle 1 = 37m. + 0,30m. = 37,30m. Longitud calle 1 = 2 X 3,1416 X 37,30m. = 234,3633m. / 2 curvas; 117,1816m. / 1 curva 400m. – 234,3633m. = 165,6367m. / 2 rectas; 82,8183m. / 1 recta Radio calle 5= 37m. + (4 X 1,22m.) + 0,20m.= 42,08m. Longitud calle 5 = 2 X 3,1416 X 42,08m. = 264,3970m. / 2 curvas; 132,1985m. / 1 curva Hay que calcular dos compensaciones para los atletas que corran la prueba de 800m. por las calles 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 (Pista 8 calles), una es la propia por correr en curva, y otra, es la mayor distancia que tienen que recorrer los atletas que corren por las calles enumeradas anteriormente para alcanzar la cuerda de la pista al final de la contrarecta (Compensación calle libre). Longitud calle 5= 1 curva 132,1985m. Longitud calle 1= 1 curva 117,1816m. Compensación calle 5 15,0169m. por curva 1,22m. X 4 calles=4,88m. Calle Libre 5
4
3
2
1
X = √82,8183 2+4,88 2 = √6858,8708+23,8144 = 82,9619m.
x
82,8183m.
Compensación calle libre
82,9619m.
Contrarecta
82,8183m.
TOTAL Compensación calle
0,1436m. 5 15,0169m. por curva
Compensación calle libre
0,1436m.
SUMA TOTAL COMPENSACIÓN 15,1605m. en calle 5
4) Observar y comentar la siguiente secuencia de fotos. Campeonato de España Absoluto. Alcobendas 2014 En las primeras fotografías se observa que el intento se ha ejecutado correctamente, pero el lanzador abandona el círculo de lanzamiento cuando aún el martillo se encuentra en vuelo, debiendo haber sido juzgado como nulo y no como válido, según muestra la última fotografía, en la cual se observa el registro conseguido por el atleta en su segundo intento.
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y Respuestas
RESPONDEMOS Soluciones a las Preguntas de Pistas del Boletín X enviadas a jueces@rfea.es
Preguntas de Pistas: Pregunta 1: Calcular la longitud de la recta de una pista con radio (a interior de bordillo) de 37 metros. Respuesta 1: La línea ideal de carrera, en la calle uno, transcurre a 30 centímetros del bordillo, por tanto el radio que debemos considerar es: 37 + 0,30 = 37,30 metros Podemos calcular lo que recorre por curvas, teniendo en cuenta que, entre las dos, recorre una circunferencia completa, por tanto, la longitud de una circunferencia de 37,30 metros es: 2 x π x 37,30 = 234,362811957799 Si la cuerda de una pista, aire libre, por calle uno es de 400 metros, y sabemos lo que recorre por curvas, podemos calcular, fácilmente, la distancia que recorre por recta: 400 - 234,362811957799 = 165,637188042201 Esa distancia, se distribuye entre dos rectas iguales, por tanto la longitud de una recta es: 165,637188042201 / 2 = 82,8185940211007 = 82,82 metros
Pregunta 2 de pistas: Calcular cuánto hay que compensar por cada curva a los atletas que corren por la calle 2, en una pista con calles de 1,23 metros de ancho. Hacer el mismo cálculo para la calle 3. Respuesta 2: En primer lugar, puede parecer extraño en el enunciado que se omita el dato del radio de la pista. El radio de la pista solo influye para determinar la distancia que se corre por curvas y por rectas para completar la cuerda de 400 metros, por la línea ideal de carrera, que discurre a 30 centímetros del bordillo, por la calle uno. A mayor radio, mayor distancia recorrida por curvas y, en consecuencia, rectas más cortas. Aquí lo que tenemos que calcular cuánto corre de más un atleta que completa una curva completa por la línea ideal de carrera de la calle dos respecto del que lo hace por la calle uno, para determinar en cuanto hay que decalar la salida por cada curva. Si la pista tiene un radio "R", por cada curva por la calle uno, recorrerá: Curva por calle 1 = π x (R + 0,30) = π x R + π x 0,30 Y, por la calle dos, teniendo en cuenta que el ancho de calles es 1,23, la línea ideal de carrera discurre a 1,23 + 0,20 = 1,43 del bordillo. Por tanto, por cada curva por la calle dos, recorrerá: Curva por calle 2 = π x (R + 1,43) = π x R + π x 1,43 Por tanto, la diferencia es:
Compensación de curva para la calle 2 = ( π x R + π x 1,43) - ( π x R + π x 0,30) = π x R + π x 1,43 - π x R - π x 0,30 = π x (1,43 - 0,30) π x 1,13 = 3,54999969855647 = 3,55 metros
Como se ve la compensación de una curva se obtiene multiplicando π por la diferencia de radios en las líneas ideales de carrera y eso no coincide con el ancho de calles, porque para la calle uno dicha línea ideal de carrera transcurre a 0,30 metros del bordillo y, para la calle dos y siguientes, a 0,20 de la línea blanca de la izquierda, por eso hay que restar 10 centímetros a ese ancho de calles. Si ahora lo quisiéramos calcular este dato para la calle tres, la diferencia de radios será (2 x 1,23) - 0,10 = 2,36 metros. Compensación curva por calle 3 = π x 2,36 = 7,41415866247191 = 7,414 metros
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Comité Nacional de Jueces - Preguntas
y Respuestas
RESPONDEMOS Soluciones a las Preguntas de Pistas del Boletín X enviadas a jueces@rfea.es
Pregunta 3 de pistas: Calcular la compensación de la salida para la prueba de 800 metros, por la calle 5, en una pista de 37 metros de radio y calles de 1,22. Respuesta 3 de pistas: Un atleta que hace un 800 corre una curva por calles y luego sale a calle libre. A la compensación de una curva, hay que sumarle la de calle libre que es un poquito más complicada de obtener. Vamos por la parte fácil. La compensación de una curva por calle cinco, será la diferencia de radios entre las líneas ideales de carrera multiplicada por π . En este caso, la diferencia de radios será el ancho de 4 calles menos diez centímetros = (1,22 x 4) - 0,10 = 4,88 - 0,10 = 4,78 metros. Compensación de curva calle 5 = π x 4,78 = 15,0168 metros. Vamos con la parte un poco más enredosa: calcular la compensación de calle libre. La línea de salida a calle libre se calcula suponiendo que, una vez los atletas acceden a calle libre, trazarán una diagonal perfecta hasta llegar a juntarse todos en el punto de final de recta (salida del 200 por la calle uno). Por eso, desde ese punto, y con radio la longitud de recta, se traza un arco que es la línea de salida a calle libre. En la realidad los atletas tienden a ir a buscar el bordillo lo antes posible, y, haciendo eso, recorren más distancia, pero, eso, es su problema. La distancia que hay desde la tangencia de la curva, es decir, desde donde acaba la curva (y, en consecuencia, empieza la recta) y la línea de salida a calle libre, es lo que se conoce como compensación de recta y, no es igual en todas las calles: en las interiores es muy pequeña, en las exteriores es mayor. ¿Cómo calcular matemáticamente esa distancia?. Hemos de recurrir al teorema de Pitágoras que nos dice que, en un triangulo rectángulo la hipotenusa (o lado del triángulo que no forma parte de los vértices del ángulo recto) es la raíz cuadrada de la suma del cuadrado de los catetos (que son los lados del triángulo que forman el vértice del ángulo recto) Hipotenusa = Raiz (Cateto2 + Cateto2) Si dibujamos un triángulo rectángulo en el que la hipotenusa es la longitud de la recta y el cateto corto es la diferencia de radios por línea ideal de carrera, podemos calcular el valor del cateto largo. La diferencia entre la longitud de la recta y ese cateto largo, es la compensación de recta: Sabiendo que, en nuestro caso, la longitud de recta es de 82,8186 metros y que la diferencia de radios es de 4,78 metros: Compensación de recta, en calle 5 = 82,8186 - Raiz (82,81862 - 4,782) = 82,8186 - 82,6805 = 0,1381 metros Por tanto, la compensación que hay que hacer en la salida del 800 por calle 5, en nuestra pista de 37 metros de radio y calles de 1,22 será: Compensación salida 800 - Calle 5 = 0,1381 + 15,0168 = 15,1549 metros
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y Respuestas
CASUÍSTICA Presentadas en los Seminarios de Unificación de Criterios de JJ.AA. Responde con tus apreciaciones, decisiones, comentarios… a estas cuestiones de casuística. Envía tus respuestas y propuestas a la dirección de mail: jueces@rfea.es Cuestión 1:
Cuestión 2:
Cuestión 3:
Cuestión 4:
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y Respuestas
CASUÍSTICA Responde con tus apreciaciones, decisiones, comentarios… a estas cuestiones de casuística Cuestión 5:
Cuestión 6:
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Comité Nacional de Jueces - Reflexiones
Reflexiones
DESCALIFICACIÓN EN EL CAMPEONATO DE EUROPA
Por Tomás Galindo
Art.146.3 El Juez Árbitro puede decidir sobre la reclamación o someterla al Jurado de Apelación. Por otro lado no entiendo que nos preguntemos esto, ya que es algo que vemos continuamente. El Juez Árbitro toma decisiones, disciplinarias o no, según su juicio, y estas son revocadas por el Jurado de Apelación según otro criterio o consideración. Porque lo que actúa, normalmente, es otro criterio y no otra prueba, ya que si hubiera otra prueba el propio Juez Árbitro podría cambiar su decisión. Se nos dice que el Jurado de Apelación actuará según el Art.146, pero este artículo se limita a indicar cómo ha de desenvolverse el Jurado de Apelación para considerar las pruebas, si las hay, en cambio no habla de disparidad de criterios entre el Juez Árbitro y el Jurado de Apelación, sólo de evidencias. En este caso que nos ocupa no hay nuevas evidencias, hay un mejor criterio que rectifica el del Árbitro y una ampliación de consideraciones sobre el mismo hecho. Y hay una general abundancia de actuaciones en este sentido en muchas competiciones en que, sin nuevas evidencias, el Jurado de Apelación actúa contra el criterio del Juez Árbitro, y no sólo contra el del Juez Árbitro, en alguna ocasión también contra el del Juez Jefe de Marcha. Al respecto de si el Jurado de Apelación se puede convertir en otro órgano disciplinario si se plantean reclamaciones sobre cuestiones que el Árbitro no hubiese considerado motivo de sanción, estimo que ya lo es, por su mera definición según el Art.119, que no incluye limitaciones en su actuación, entrando a considerar cualquier aspecto de la competición y la actuación de los jueces en ella. Es más, queda abierto a que tenga que intervenir sin necesidad de que haya una apelación, sino cualquier cosa que se le presente, y en el Art.146 se precisa que el propio Juez Árbitro puede pasarle directamente las reclamaciones que le hagan:
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Todos conocemos casos más o menos controvertidos de obstrucciones en entrega de testigos, que para uno lo son y para otro no; empujones en carreras de medio fondo, derribos más o menos intencionados de vallas, salidas falsas protestadas... normalmente no hay evidencias en forma de vídeo, pero dos personas que ven una misma cosa pueden juzgarla de distinta manera. No nos paramos a considerar por qué el Juez Árbitro va a juzgar mejor una salida que el Juez de Salidas e igual que da potestad de juzgar al Juez Árbitro sobre otros jueces, la da al Jurado de Apelación sobre el Juez Árbitro en todas las cosas juzgables de la competición. ¿Límites a esto? Hay uno, el que da el Art.146.8 cuando indica:
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Reflexiones
DESCALIFICACIÓN EN EL CAMPEONATO DE EUROPA 8. El Jurado de Apelación deberá consultar a todas las personas implicadas. Si el Jurado de Apelación tiene dudas, cualquier otra evidencia disponible puede ser considerada. Si dicha evidencia, incluida la de cualquier video disponible, no es concluyente, la decisión del Juez Árbitro o del Juez Jefe de Marcha se mantendrá. Nuevamente hablando de evidencias pero no de criterios, ni de interpretaciones del reglamento ni de otras consideraciones distintas que puedan desprenderse del hecho juzgado. También hay que tener en cuenta que el propio Jurado de Apelación puede tener una visión distinta de las cosas que mejore, o al menos que dé otra luz, a los hechos juzgables y además goza de un tiempo suplementario de evaluación de sus decisiones del que el Juez Árbitro, que actúa con inmediatez, no dispone. Este caso del atleta francés es un buen ejemplo de esto. La actuación del Árbitro puede parecer más o menos ajustada a la infracción, es grave descalificar a
Por Tomás Galindo
un atleta por un simple gesto y sin duda le pareció suficiente con la tarjeta amarilla, o no se atrevió a más, pero el Jurado de Apelación tuvo más tiempo y pasó a considerar que ese simple gesto, por un lado infringía otro artículo, aparte del mal comportamiento, cosa que al Árbitro no se le pasó por la cabeza y que, por lo visto, no le fue avisada por ninguno de sus Auxiliares: que entró sin dorsales ni uniforme. Aquí el Jurado de Apelación no dispone de nuevas evidencias, pero con las que hay, juzga mejor que el Árbitro, que no ha considerado todas las infracciones cometidas por el atleta, sino sólo una parte. Pero no dudo tampoco en que el Jurado de Apelación mirando más allá del hecho en sí, se dio cuenta de que permitir esta actuación sancionándola sólo con una advertencia abría la puerta a que se repitiera y llegara a convertirse en una rutina que afearía las competiciones. Aquí el Jurado de Apelación, con las mismas evidencias corrige el mal criterio del Árbitro y, en suma, hace lo que se espera de un Jurado de Apelación: que ajuste al reglamento las malas decisiones de los árbitros. Tomás Galindo
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