APLICACIÓN DE LAS NORMAS ** EN EL TIEMPO:
No coinciden: Comienzo de la vigencia
EFICACIA TEMPORAL ---- VIGENCIA Cese de la vigencia
Por razón de:
RETROACTIVIDAD
ULTRAACTIVIDAD
Las normas retroactivas son aquellas Se produce tal situación cuando una ley, que surten sus efectos respecto de expresa o tácitamente derogada, continua situaciones que se produjeron con aplicándose a situaciones de hecho nacidas anterioridad a su entrada en vigor.
con anterioridad a su derogación. De forma expresa
se
dispone
derogada continuará
que
la
normativa
aplicándose en los
supuestos de hecho nacidos durante el periodo en que la ley estaba vigente
** EN EL ESPACIO: EFICACIA TERRITORIAL: espacio físico en que la Ley produce efectos
EXTENSIÓN: qué personas, qué hechos y qué relaciones quedan sometidos al ámbito de aplicación de la Ley
NACIONALIDAD
Criterios de sujeción a la Ley (en general): TERRITORIALIDAD
La Ley se aplica a todos los ciudadanos que La Ley se aplica sólo a los ciudadanos que ostentan la nacionalidad española
residan en territorio español o tuvieran con el mismo alguna relación: obtengan rentas en él, sean titulares de bienes, etc.
TERRITORIALIDAD
Criterios de sujeción a la Ley tributaria: RESIDENCIA EFECTIVA 1
La Ley se aplica sólo a los ciudadanos que a) La residencia en territorio español durante residan en territorio español o tuvieran con el un periodo de tiempo superior a 183 días mismo alguna relación: obtengan rentas en él, durante el año natural. sean titulares de bienes, etc.
b) Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
** DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL: -
Desde el enfoque de los poderes públicos, consiste en la concurrencia de varias soberanías fiscales, que son independientes entre sí, sobre una misma renta o un mismo bien.
-
Desde un punto de vista del contribuyente consiste en tener que soportar, en razón de un mismo hecho imponible, impuestos exigidos por dos o más Estados.
** MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN: Sistema de exención: El Estado de la residencia del contribuyente no tiene en cuenta las rentas que dicho contribuyente haya podido obtener en el extranjero a la hora de calcular la base imponible de su impuesto sobre las rentas. Actúa sobre la base. MÉTODO DE EXENCIÓN ÍNTEGRA
MÉTODO
DE
EXENCIÓN
CON
PROGRESIVIDAD se prescinde completamente de la renta en la renta en cuestión no se incluye en la base, cuestión. El Estado de residencia no puede pero puede ser tomada en cuenta para tomar en cuenta esta renta cuando calcula el calcular el tipo aplicable al resto de la renta tipo del impuesto aplicable al resto de la renta imponible en el país. Consiste en incorporar la del contribuyente
renta extranjera a la renta obtenida en el país de la imposición, aplicar la tarifa progresiva y deducir de la cuota resultante la porción de cuota
proporcionalmente
imputable
al
2
rendimiento procedente del extranjero. Es decir, el rendimiento extranjero se computa para
que
no
se
reduzca
el
nivel
de
progresividad de la tarifa pero, en definitiva, el país no grava el rendimiento procedente del extranjero
Sistema de imputación:
El Estado de residencia calcula el impuesto tomando como base el importe de todas las rentas del contribuyente, incluidas las obtenidas en el extranjero, pero, a continuación, de la cuota de su impuesto deduce el impuesto pagado en el extranjero. Actúa sobre la cuota. MÉTODO DE IMPUTACIÓN ORDINARIA MÉTODO DE IMPUTACIÓN ÍNTEGRA el Estado de la residencia del contribuyente el Estado de la residencia del contribuyente puede consentir sólo una deducción hasta un permite una reducción correspondiente al importe que no exceda del impuesto que él importe
total
del
impuesto
efectivamente
hubiera percibido si dichas rentas se hubieran pagado en el extranjero, es decir, la cuota obtenido en su país
pagada en el país de la fuente de donde proceden las rentas
3