practica indisponibilidad del credito tributario

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SUPUESTO PRÁCTICO 3.- INDISPONIBILIDAD DEL CRÉDITO TRIBUTARIO A) El equipo de gobierno del ayuntamiento x inicia conversaciones con los directivos de un prestigioso centro comercial para su instalación en el municipio. El equipo de gobierno prevé que la apertura del establecimiento creará numerosos puestos de trabajo, producirá una revalorización urbanística en la zona y atraerá numerosos visitantes. En total se prevé un beneficio inmediato para el municipio de 5 millones de €. Para conseguir el acuerdo, el equipo de gobierno se compromete a no cobrar a la sociedad propietaria del centro comercial las tasas necesarias para su construcción, y así queda estipulado en el convenio firmado por el Alcalde. Al año siguiente, tras las elecciones municipales, cambia el equipo de gobierno y le notifican a la citada empresa las liquidaciones correspondientes a las tasas por la construcción del centro comercial. Analice jurídicamente las actuaciones descritas. Se trataría de una exención o un supuesto de no sujeción, y por lo tanto, tendría que estar dicho beneficio tributario recogido en la ley; y no en un convenio. Por lo que es admisible que le notificaran a la empresa las liquidaciones de las tasas. B) En el curso de un procedimiento de inspección en el que existe una discrepancia respecto a la valoración de una operación vinculada, el inspector actuario le propone un pacto al representante de la empresa inspeccionada: «Ni para ti ni para mí. Ni 1 millón de € ni 200.000 €. Lo dejamos en medio millón de €. Pagas una cuota de 62.500 € más intereses de demora, en lugar de 250.000 €. Además, te reducimos la sanción en un 50% si te comprometes a no recurrir». – ¿Consideras correcto este acuerdo? No


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