AGENDA DE INVERSIONES PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE RAPA NUI
INTRODUCCIÓN La Agenda de Inversiones para el Desarrollo Sostenible de Rapa Nui es el resultado de un trabajo interdisciplinario que busca, a partir de los desafíos identificados en las etapas de comprensión, caracterización y priorización, proponer una serie de planes, acciones y programas de corto, mediano y largo plazo, para contribuir al desarrollo integral del territorio Rapa Nui. Asimismo, esta Agenda servirá de insumo para la implementación de la Ley Nº 21.070, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Rapa Nui, además de otros procesos de planificación que están ocurriendo en la Isla. Las acciones propuestas corresponden tanto a iniciativas que ya están en marcha como a iniciativas que han sido recogidas de diferentes instrumentos, documentos y recomendaciones de especialistas para lograr un proceso de planificación territorial integral de Rapa Nui. En materia de instrumentos asociados a leyes y normas, la Agenda busca ser un aporte en el marco de la Ley Nº 21.070, que dictamina la realización de un Estudio de Capacidad de Carga a realizarse cada cinco años y un subsecuente Plan de Gestión de Capacidad de Carga, con políticas públicas pensadas a un plazo de cuatro años. La Agenda además integra los lineamientos y definiciones estratégicas establecidas en el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO), también conocido como Plan Amor, que nace de la Ley Nº 18.695 y regula las atribuciones y responsabilidades de las municipalidades en Chile. De esta forma, a partir de principios comunes, esta Agenda de Inversiones pretende ser un punto de partida que permita nutrir los futuros estudios y planes de capacidad de carga indicados por la Ley Nº 21.070. Esta Agenda no pretende reemplazar los planes definidos por ley, sino establecer los primeros pasos para la transición hacia un desarrollo sostenible y equilibrado de Rapa Nui. 62
Las recomendaciones de esta Agenda, como lo indican los procedimientos vigentes del Estado de Chile, deberán pasar por un informe de afectación o susceptibilidad de Consulta, desde las instituciones o servicios públicos responsables al momento de decidir impulsar la acción. Lo anterior debe ser en línea con el Decreto Supremo N° 66/2014 del Ministerio de Desarrollo Social y el Reglamento del procedimiento de Consulta Indígena para medidas legales o administrativas. También para los casos de proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el Decreto Supremo N° 40/2013 del Ministerio de Medio Ambiente y Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que incorpora la consulta previa en los proyectos de inversión que son evaluados ambientalmente, como parte de la etapa de participación ciudadana. Para el caso de proyectos que estando en la Agenda, se encuentran en procesos de posible ejecución, se sugiere efectuar una coordinación de los procesos de Consulta para que se realicen en una misma oportunidad, y evitar desgastes innecesarios en la dirigencia y se puedan compartir los costos de dicho proceso.