Afiche Protección Infantil - Guatemala

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Los y las adolescentes que trabajan merecen una protección especial

Conozca qué dice la Ley de Guatemala sobre requisitos de trabajo de los y las adolescentes mayores de 15 años y menores de 18 años: A las y los adolescentes trabajadores que colaboran junto a sus padres les aplican las mismas condiciones y garantías , así estén trabajando como parte de un grupo familiar. Se debe garantizar: Que las labores no estén en el listado de trabajos peligrosos y prohibidos para menores de 18 años y no perjudiquen su salud o desarrollo. Horarios y condiciones compatibles con la asistencia a centros educativos. Horarios: máximo 7 horas diarias en jornada diurna. Recibir capacitación de parte del empleador/a. Respetar los derechos laborales de la adolescente trabajadora en estado de gestación o en periodo de lactancia y asignarle trabajos ligeros. Examen médico anualmente en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Se prohíbe: Trabajar en las noches o hacer horas extras. Trasladar al adolescente del lugar de su domicilio, para la ejecución del trabajo. Pagar parte o la totalidad del salario en especie o deducir sumas del salario. Discriminar, explotar, maltratar.

Tareas peligrosas y prohibidas para menores de 18 años: Exposición a agroquímicos, pesticidas, insecticidas. Transporte manual de carga, uso de equipo pesado, generadores de vibraciones o niveles de ruido arriba de (80) decibeles, maquinaria aplastante, triturante, cortante.

Concientice a los y las adolescentes sobre otros riesgos: No trabajo sin el entrenamiento y supervisión adecuada. No trabajo de noche o recorridos en horas tardías. Horarios de descanso y suficientes pausas. Informe a los adolescentes trabajadores a quien acudir en caso de que se vulneren sus derechos en el trabajo.

Mejore las condiciones de higiene y seguridad: Servicios de aseo, ducha, agua potable, espacios de descanso. Equipos de protección personal. Entrenamiento sobre los peligros de cada labor y supervisión adecuada

Trabajos en alturas mayores de 1.80 mts. Trabajos en posturas inadecuadas o de alta complejidad y responsabilidad. Jornadas bajo el sol. Dormir en el centro de trabajo o deber permanecer en él fuera de la jornada de trabajo. Alejar al adolescente de su familia.

Espacio en blanco para complementar con otros factores

Exposición a violencia u hostigamiento psicológico, abuso físico o sexual.

Para más información consulte el Acuerdo Gubernativo 250-2006

www.clac-comerciojusto.org/lineas-de-trabajo/ejes-trasversales/proteccion-infantil - Email: proteccion@clac-comerciojusto.org


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