Se realizó la audiencia 59 del Juicio Oral por el caso curva del diablo
Roban ocho cabezas de ganado vacuno en Bagua
EL DIARIO QUE SE LEE PRIMERO S/. 1.00 Año: VI Nº: 1177
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Viernes 01 de julio de 2016
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TURISTA CONTINÚA DESAPARECIDO Según el corresponsal de Canal N en esta región, el visitante extranjero identificado como Kim Jongi, de 28 años de edad, habría perdido el equilibrio cuando se tomaba fotos en lo alto de la catarata y habría caído a un profundo abismo.
SECTOR SALUD REPORTÓ 19 CASOS DE DENGUE EN BAGUA De total de 19 casos, uno es considerado de gravedad y es tratado en un hospital de la ciudad de Lima.
CIAN MAGENTA AMARILLO NEGRO
Solicitan a alcalde de Cajaruro fortalecer asociaciones de personas con discapacidad
Renuncia presidente de Petroperú por derrame en Oleoducto Norperuano
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Clarín
Solicitan a alcalde de Cajaruro fortalecer asociaciones de personas con discapacidad
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ajaruro.- Promover y fortalecer a las organi zaciones y asociaciones de personas con discapacidad en el distrito de Cajaruro solici tó al profesor Felipe Castillo Sá nchez el ex Coordinador Re gional del CONADIS en Amazo nas y actual presidente de la APDU, periodista Carlos Flores Borja, en oficio dirigido al bur gomaestre cajarurino. “Ası ́ lo contempla la Ley Gene ral de Personas con Discapaci dad N° 29973 en su artıćulo 13 que a la letra dice: El Estado promueve la conformació n de organizaciones y asociaciones de personas con discapacidad. Les presta asesorıa ́ y capacita ció n, facilita su acceso a fuentes de cooperació n internacional y promueve su participació n en todos los espacios de concerta ció n de asuntos pú blicos”, señ a ló el dirigente gremial de la má s grande asociació n de esta natu raleza creada en Utcubamba. Y agregó que el Reglamento de la Ley 29973 dice claramente en su artıćulo 11 que el Estado en sus niveles nacional, regio nal y local “promueve, desarro lla e implementa acciones para facilitar la conformació n, for malizació n y fortalecimiento de las organizaciones de y para las personas con discapacidad”. Asimismo el Reglamento esta blece que “los gobiernos nacio
Por: Manuel Yóplac Acosta
nal, regional y local reconocen a las asociaciones de y para las personas con discapacidad, implementan programas de formació n y desarrollo de sus capacidades en el marco de sus competencias a fin de incorpo rarlas en los espacios de con certació n y participació n insti tucionalizados”. Carlos Flores Borja reconoció todo el apoyo que Felipe Casti llo, alcalde de Cajaruro, viene brindando a las personas con discapacidad a travé s de la OMAPED de ese distrito, por lo que Cajaruro se ha constituido hoy por hoy en el distrito van guardia en el tema de la inclu sió n, pues en esa jurisdicció n existen asociaciones de perso nas con discapacidad en la capi tal Cajaruro, San Juan de la Li
bertad, Naranjos Alto, El Ron, José Olaya, Misquiyacu Alto, Diamante Bajo y El Progreso. “Pero falta dinamizar y consoli dar ese esfuerzo organizativo a travé s de un programa de forta lecimiento institucional pro movido por la OMAPED, pues muchas de esas asociaciones se sienten desamparadas de los beneficios que les señ ala la ley, como la pensió n por discapaci dad severa, y algunos de sus dirigentes –seguro por falta de capacitació n no está n cum pliendo con formalizar sus aso ciaciones, no las inscriben en los registros pú blicos ni en el CONADIS, ni se les tiene en cuen ta en los presupuestos partici pativos”, concluyó el dirigente provincial de este colectivo vulnerable.
Renuncia presidente de Petroperú por derrame en Oleoducto Norperuano Tras confirmarse que Petrope rú realizó bombeo no autoriza do en el Oleoducto Norperua no, la ministra de Energıá y Minas, Rosa Marıá Ortiz, anun ció hoy la renuncia de Germá n Velá squez a la presidencia de la petrolera estatal.Precisó que el director general de Hidrocar buros del MEM, Omar Cham bergo, estuvo en la zona esta semana y, segú n indicó en su reporte, se ha comprobado que Petroperú ha bombeado crudo, a travé s del Oleoducto Norpe ruano, en el kiló metro 213, lo cual significa “una grave incon
Nuestra solidaridad con los periodistas e indígenas perseguidos
ducta y una infracció n a lo que habı́a dispuesto el Organismo Supervisor de la Inversió n en Energıá y Minerıá (Osinergmin) respecto a que las operaciones quedaban suspendidas desde el 16 de febrero, a raıź de los dos derrames ocurridos a inicios de añ o.“Esperaremos a que retorne el ministro de Economıá, Alonso Segura, desde Chile, para convo car a una nueva Junta de Accio nistas para nombrar al nuevo presidente de la petrolera esta tal. En tanto, el vicepresidente asumirá de manera interina“, añ adió la titular del MEM duran
te la ceremonia de la primera en trega de vales del Fondo de Inclu sió n Social Energé tica (FISE) a diversos comedores populares del distrito de Carabayllo.La mi nistra Rosa Marıá Ortiz enfatizó que el derrame de petró leo no llegó al cauce del rıo ́ y que los trabajos de contenció n ambiental se realizan en la zona. En ese sen tido, la titular del MEM aclaró que la renuncia del presidente de Pe troperú no excluirá la investiga ció n y procesos administrativos sancionadores a los funcionarios que resulten responsables del bombeo no autorizado.
Pincelada ial Soc
A raı́z de la propagació n de un informe periodı́stico en el pro grama Panorama, la periodista Rosana Cueva y su equipo han sido denunciados por el Estado a travé s del Ministerio de De fensa por “traició n a la patria”, dicen por hacer pú blico docu mentos con cará cter de reser vado. El hecho obviamente ha sido mayoritariamente conde nado por la prensa nacional y muchos hombres libres, tanto ası́, que se está orientando una corriente de defensa masiva a Cueva y su equipo. Personal mente me sumo a esa corriente de apoyo, no solo por su perse cució n que vienen sufriendo los hombres de prensa, sino tambié n porque su informe basado en la investigació n, ha dado luces sobre la corrupció n del Estado en las esferas milita res. Sin embargo, mi asombro es que, ¡cuá nta gente se queda callada por la persecució n polı́ tica y legal que vienen sufrien do los 52 procesados por el ca so Curva del Diablo!. A Felicia no Cahuasa Rolı́n, por ejemplo, se le acusa de la muerte con bala de 12 policı́as, haber heri do con bala a otros 18, haber fabricado armas, entre otros 5 otros disparatados delitos; pe ro cuando le hacen la prueba de absorció n ató mica sale que é l nunca ha disparado. ¿Por qué aquı ́ tambié n la prensa nacio nal, los hombres libres no se pronuncian masivamente en defensa del pueblo amazó ni co?. Lo que sı ́ queda claro, es que el Estado persigue y golpea a quienes intentan hacer ver su miseria y su corrupció n, y que da claro tambié n, que el mismo pueblo defiende má s aquellos ciudadanos visibles, pero, a los hombres de la Amazonı́a –casi invisibles, simplemente se les ignora. Sin embargo, y pese a ello, nuestra solidaridad con Rosana Cueva y su equipo, pero tambié n nuestra solidaridad con los perseguidos por el “Ba guazo”.
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Clarín
Turista que cayó al abismo en catarata Gocta continúa desaparecido Los bomberos y la Policía buscan el cuerpo del visitante
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ongará.- Un tu rista proveniente de Corea del Sur cayó a un abismo de má s de 500 metros de altura cuando exploraba la cata rata Gocta, en la regió n Amazonas, una de las caı́das de agua má s altas del mundo.Segú n el co rresponsal de Canal N en esta regió n, el visitante extranjero identificado como Kim Jongi, de 28
añ os de edad, llegó al dis trito de Bongará para co nocer Gocta.El hecho ocu rrió el martes 28 de junio en la tarde. El ciudadano surcoreano habrı́a perdi do el equilibrio cuando se tomaba fotos en lo alto de la catarata y habrı́a caı́do a un profundo abismo. Quien reportó el hecho fue un turista alemá n quien tambié n se encon traba tomá ndose fotos
cerca al coreano desapa recido.Hasta el lugar llegó un equipo de rescate de la compañ ı́a de bomberos de Chachapoyas que, jun to a la Policı́a, continú a en la bú squeda del cuerpo de Kim Jongi. Hasta el mo mento, solo se halló su mochila y zapatillas.Tam bié n el embajador de Co rea del Sur en Lima llegó a la regió n Amazonas para ubicar a su compatriota.
Roban ocho cabezas de ganado vacuno en Bagua Los facinerosos aprovecharon que los productores pecuarios estaban durmiendo para robar a los animales en el distrito de Copallín.
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agua.- Ocho cabe z a s d e g a n a d o va c u n o f u e r o n robados por un grupo de sujetos desconocidos en la zona de Copallın ́ , distri to del mismo nombre, provincia amazó nica de Bagua.Los facinerosos aprovecharon que los productores pecuarios descansaban en sus vi viendas durante horas de
la madrugada para robar a los animales.Don Manuel Cuzma del sector Santa Ana denunció que les roba ron 5 semovientes, mien tras que Don Alcibı́ades Gá lvez Benavides del sec tor la pradera, reportó otros tres vacunos desa parecidos, sin que hasta la fecha se conozca, quienes provocaron estos ilı́citos penales.Los campesinos
de la zona, está n levan tando su voz de protesta y exigen a las autoridades, que vuelvan a conformar las rondas campesinas pacı́ficas para custodiar en la noche y madrugada las á reas geográ ficas don de hay producció n gana dera, como se hacıán en añ os anteriores, y evitar que el abigeato haga de la suyas en la zona.
En Bongará, el “Unión Comercial” es campeón de Provincial de la Copa Perú 2016
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edro Ruiz Gallo.- “Deportivo Cultural” se El “Club Deportivo hizo presente en el marca Unió n Comercial” dor a los 14 minutos del de Pedro Ruiz Gallo, se primer tiempo a travé s de corono Campeó n Provin su habilidoso jugador nu cial de Bongará de la Copa mero 07 Javier Santillá n Perú 2016, luego de ven Portocarrero. Los goles cer por cinco goles a uno a del equipo campeó n se su similar el “Club Depor originaron a los 23, 37 del tivo Cultural” tambié n de primer tiempo, a los 17 Pedro Ruiz Gallo, Sub Cam minutos del segundo tem po por el jugador nú mero peó n provincial. El encuentro definitorio se 07 Ivá n Morı ́Villavicencio, llevó acabo en el Estadio a los 45 minutos del pri Municipal “Sarita Ló pez mer tiempo, y a los 43 mi de Alvarado” de Pedro nutos del segundo tiempo Ruiz Gallo, este ú ltimo el jugador numero 09 Ley mié rcoles 29 de junio. El der Ló pez Zuta se fizo pre equipo Sub Campeó n, el sente en el marcador.
Segú n lo estipulado por las Bases Complementarias del campeonato regional de la Copa Perú en Amazo nas la etapa regional se jugaran en dos fases deno minadas zona 1 donde jugaran los equipos de Bagua, Utcubama y Bon gara, la Serie “A” estará integrada por el Campeó n de Bagua, Sub Campeó n de Utcubamba y Campeó n de Bongará , la serie “B” Sub Campeó n de Bagua, Cam peó n de Utcubamba, y Sub Campeó n de Bongará . Zo na 2 jugar los equipos de Luya Mendoza y Chacha
poyas. NOTA APARTE: El documento que regla menta la Etapa Regional de la Copa Perú 2016, al pare cer no se encuentra con el añ o actualizado, pues se lee “Bases Complementa rias Copa Perú 2013 Etapa
Departamental Amazonas Acta Complementaria, tomando en cuenta que la reunió n donde acordaron el presente reglamento se llevó acabo el dı́a sá bado 25 de junio del añ o dos mil diecisé is. (Wigberto Ca longos Gosgotte).
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Clarín
El Clarín E DITORIAL
Amazonas
Reformas para un Perú innovador Por José Luis Chicoma Recié n lo han elegido presidente y los expertos le dicen que si seguimos produciendo y exportando lo mismo, en el largo plazo creceremos 2,8% al añ o. Usted prometió má s. Piensa en los sospechosos comunes: educació n, salud e infraestructura, y en su propuesta de bajar im puestos. Sin embargo, intuye que no es suficiente. El “Atlas de Complejidad Econó mica” y otros estudios confirman que el Perú tiene una economıá primaria, por lo que es necesario desarrollar una oferta exportable con innovació n. Usted es pragmá tico. Sabe que la disyuntiva entre apo yar la minerıá o diversificar es anacró nica. Va a hacer ambos. Pero conoce las expectativas econó micas mun diales y no va a esperar sentado al siguiente 'boom'. Usted es generoso. Reconoce los avances de los ú ltimos 15 añ os. Una apertura comercial decidida, la promoció n de exportaciones y turismo, los fondos de innovació n, el é nfasis en la diversificació n productiva y otros. Sin em bargo, su equipo de transferencia le estará informando que hay debilidad institucional y duplicidades. Usted lee este perió dico. Y por eso esperamos que pueda leer estas sugerencias que resultarıán en un ministerio rector, dos modernas agencias, má s colaboració n pú bli coprivada e infraestructura productiva, y uso eficiente de recursos: Fusionar Produce y Mincetur en el Ministerio de la Com petitividad. Usted quiere simplificar el Estado y fusionar ministerios. Y este sector necesita aprovechar los acuer dos comerciales, con un ministerio rector para toda la cadena de valor, desde Mipymes y centros de innovació n tecnoló gica (CITE), a exportaciones y turismo. Por tener problemá ticas similares, esto implicarıá la fusió n del Minagri con el sector de pesca. Crear la Agencia de Desarrollo Productivo e Innovació n sobre la base del Instituto Tecnoló gico Peruano. Usted sabe que los ministerios son ineficientes para manejar fondos y centros de innovació n. Por lo que es natural la creació n de esta agencia adscrita al nuevo Ministerio de la Competitividad, que se encargarıá de los CITE, los fondos concursables como los de Innó vate Perú y parte del Fondecyt, ası ́ como actividades de apoyo empresa rial y desarrollo exportador. PromPerú 2.0. Todos saben que PromPerú ha hecho un buen trabajo para promocionar la imagen del paıś. Sin embargo, usted que conoce el sector privado, entenderá que necesita una reingenierıá para enfrentar nuevos retos globales, con una perspectiva má s empresarial e indicadores de desempeñ o en internacionalizació n en los mercados, segmentos y nichos prioritarios. Mayor inversió n pú blicoprivada a travé s de APPs. Usted reconoce el trabajo de las mesas sectoriales y el impulso a los CITE. Sin embargo, estará buscando má s mecanismos y mayor magnitud. Y le parecerá acertado que las APPs, normalmente utilizadas para carreteras, puedan impulsar una inversió n sostenible conjunta de actividades má s ambiciosas, desde CITE a centros de excelencia, má s grandes, con má s recursos y horizonte, y sin interferencia del ciclo polıt́ico.
El Clarín
OFICINA DE REDACCIÓN
Amazonas PRENSA
DIRECTOR GERENTE Elmer Limay Campos
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JR.SALAMANCA N°1221 BARRIO LUYA URCO Email: elclarinamazonas@yahoo.es elmerlimayc@gmail.com Los artículos firmados son de responsabilidad del autor, y no reflejan necesariamente opiniones de nuestro diario
Al Espinazo
POR: Juan Látigo
Fiesta Qué tal fiesta armaron los amigos regidores de un municipio distrital. Qué fiesta patronal, qué tal bomba se tiraron estos señores, y nadie sabe nada supuestamente. Así va la vida de algunos padres distritales…entre tragos y jaranas.
Bailes Siguiendo con la tradición de ebrios profesionales, unos gerentes ediles salieron de parranda con unos fiscales y, claro los casos que los involucran serán archivados. Así es sencillo alcanzar la justicia para todos.
Documentos Los documentos de una entidad develan el real sentido de la verdad. Mucho hablan de moral y de ética, pero en el fondo, son muy pero muy corruptos. Con razón no hay buen servicio en salud, cuando los sanos tienen permiso de enfermarse.
Datos Una investigación queda incompleta por la falta de correctos datos. Faltan datos para terminar de completar la historia, faltan datos sobre los hechos, faltan datos sobre nombres y direcciones y montos, faltan datos…para las denuncias.
Teatro El gran teatro del absurdo demuestra que son pocos los llamados a la honorabilidad. Unos dicen ser honestos pero roban todo lo que pueden. Otros, que se llaman moralizadores le besan la mano al diablo cuando les conviene.
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DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 -2016-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 24 de junio de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS;
VISTO: El Informe Nº 015-2016-MPCH-UPR de fecha 12 de mayo de 2016, emitido por la Oficina de Planificación y Racionalización, el Informe Legal Nº 111-2016-OAJ/J de fecha 23 de junio de 2016 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el cual opinan por la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas; y
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27380, Ley de Reforma Constitucional, establece que los Gobiernos Locales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que establece la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece un régimen jurídico aplicable por la administración pública basado en la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, en el cuarto párrafo del Artículo 37º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que los requisitos y costos de los servicios de carácter no exclusivos que la entidad pública preste serán aprobados por resolución del titular del pliego, debiendo ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, de acuerdo al Informe Nº 015-2016-MPCH-UPR de fecha 12 de mayo de 2016, emitido por la Oficina de Planificación y Racionalización, así como el Informe Legal Nº 111-2016-OAJ/J de fecha 23 de junio de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, opinan por la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de Municipalidad Provincial de Chachapoyas; Que, es necesario adecuar y actualizar los servicios no exclusivos que presta la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, respecto de lo establecido en el artículo 37º de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20° Numeral 6) y el Artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se emite el siguiente:
DECRETO ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, el mismo que se adjunta como documento anexo y forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, en el portal web de la Municipalidad (www.munichachapoyas.gob.pe). ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR el presente decreto a las instancias administrativas correspondientes de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, para los fines de Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DIÓGENES HUMBERTO ZAVALETA TENORIO ALCALDE PROVINCIAL RUIZ MONTANO Secretario General
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Se realizó la audiencia 59 del Juicio Oral por el caso curva del diablo
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ha cha p oya s .- Ayer jueves 30 de junio se llevó a cabo la 59 au diencia del Juicio Oral por el caso Curva del Diablo. Esta audiencia 59 que equivale ya a dos añ os y dos meses de ini ciado el juicio, siguió con la secuencia de alegatos. En las primeras horas de la mañ ana, el abogado Juan José Quispe, continuó los alegatos a favor de Hé ctor Requejo Longinote, Joel Shimpukat Atsasua y Merino Trigoso; Quispe, luego de una larga pero sustanciosa intervenció n, pidió a la Sala la absolució n de los cargos impu tados sus tres defendidos, fundamentando principal mente su pedido en el hecho de que la Fiscalı́a hizo sus acu saciones casi arbitrariamente y sin elementos probatorios mı́nimos. Por su parte, y luego del rece so de la audiencia, la abogada del Centro Episcopal de Apoyo S o c i a l ( C E A S ) Y a d i r a
Ferná ndez inició los alegatos en defensa de otros siete procesa dos. En su intervenció n, la abo gada, igual que Marco Barreto, N o r b i l M o n d ra g ó n y J o s é Quispe, basó su exposició n en señ alar que este juicio es histó rico pero que se está llevando a cabo dentro de un marco ordi nario. Mis defendidos han sido imputados de los delitos má s viles como si se tratara de delin cuentes peligrosos, sin com prender que ellos solo partici paban de un paro pacı́fico en la defensa de los territorios de la Amazonı́a, señ aló entre otros aspectos. Un poco má s de la una de la tar de, y como ya es costumbre, el presidente de la Sala, Gonzalo Zabarburú , dijo que, debido a la recargada agenda de la Sala, se suspende la audiencia hasta el dı́a mié rcoles 13 de julio de 2016, en la que la abogada Yadira Ferná ndez continuará con sus alegatos a sus defendi dos. (Manuel Yó plac Acosta).
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ORDENANZA N° 0111-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 30 de junio de 2016. LA TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS
POR CUANTO: El Honorable Concejo Provincial de Chachapoyas, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de junio de 2016, emitió el Acuerdo de Concejo N° 082-2016-MPCH, que aprueba la “Ordenanza que Establece el Régimen que Regula la Comercialización, Consumo, Publicidad, Denominaciones, Restricciones y Responsabilidad Solidaria en las Actividades Comerciales Relacionadas con las Bebidas Alcohólicas, en el Distrito de Chachapoyas”;
CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley N° 27680, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política, en el mismo numeral constitucional se otorga expresamente al Concejo Municipal, la función normativa y fiscalizadora en los asuntos de su competencia; Que, en el Artículo 195° de la Carta Magna, los gobiernos locales “promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”. Asimismo, aprecia que conforme lo disponen los Incisos 6) y 8) del Artículo 195° de la Carta Magna, las municipalidades cuentan con competencia respecto de la planificación del desarrollo urbano y para desarrollar y regular, entre otros, actividades y/o servicios en materia de salud, turismo y recreación; Que, el Artículo 2° Inciso 22) del mismo cuerpo normativo, señala el derecho a la paz, tranquilidad y medio ambiente, por lo que es necesario que la tranquilidad, la calma, la quietud, el reposo se puedan encontrar siempre cuando exista un ambiente de paz equilibrado; Que, asimismo, de conformidad con el Artículo IV de la norma municipal, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 83° Numeral 1.1. de la Ley N° 27972, establece que las municipalidades provinciales tienen como función específica exclusiva, regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia; Que, el Artículo 46° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que: “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; Que, el Artículo 49° de la citada norma señala que la Autoridad Municipal puede ordenar la clausura temporal o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento está legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad pública, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario; Que, el Artículo 78° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia y función de la Municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario;
de toda graduación, a efectos de advertir y minimizar los daños que producen a la salud integral del ser humano, a la desintegración de la familia y los riesgos para terceros, priorizando la prevención de su consumo, a fin de proteger, a los menores de edad; Que, el Artículo 3° de la Ley N° 28681, Ley que Regula, la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, establece, que solo aquellos establecimientos debidamente autorizados por las municipalidades de su jurisdicción podrán comercializar bebidas alcohólicas al público dentro del giro y modalidad y horario especifico que se establezca en el Reglamento y con las restricciones establecidas en la Ordenanza Municipal y en la citada Ley; Que, la Ley N° 28681, Ley que Regula, la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, en su artículo 4° literal “d” y en el Decreto Supremo N° 012-2009-SA, Reglamento de la Ley N° 28861, se precisa y dispone que los propietarios, administradores, representantes o dependientes de los establecimientos están obligados a cumplir con los horarios establecidos por la autoridad competente; Que, según esta orientación, la primera disposición transitoria y final de la Ley N° 28681, Ley que Regula, la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas ordena a las municipalidades que adecuen y dicten las normas necesarias para el cumplimiento de la misma; Que, en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, en su artículo 88° indica, que está prohibido conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas, estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reacción y buen manejo del conductor y en el Anexo I denominado Cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones al tránsito terrestre en la parte I Conductores, indica las sanciones por manejar al haber ingerido alcohol; Que, a través de la Ordenanza Nº 076-2014-MPCH, Ordenanza que adecúa y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados en el distrito de Chachapoyas, acorde con la normatividad vigente para fomentar la inversión pública y privada y acorde con la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; Que, de conformidad con el Numeral 7) del Artículo 93° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, las municipalidades distritales, dentro del ámbito de su jurisdicción, están facultadas para revocar licencias de funcionamiento; Que, a través de la Ordenanza N° 047-2012-MPCH se dispone el Procedimiento de Revocatoria de Licencias de Funcionamiento y Establece Horario de Atención de Establecimientos Comerciales; Considerando la Ordenanza N° 053-2008-MPCH que aprueba el “Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas Derivadas de la Función Fiscalizadora”; Conforme a la Ordenanza N° 040-2012-MPCH, Ordenanza que Modifica la Ordenanza N° 053-2008-MPCH, se precisa las infracciones y multas aplicables para infractores de establecimientos comerciales que se detallan en la misma; Que, el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Chachapoyas, constituye un instrumento de gestión y promoción del acondicionamiento territorial y el desarrollo urbanístico de la ciudad, que establecen las pautas, lineamientos y estrategias para alcanzar el desarrollo armónico, articulado y sostenible de la ciudad; instrumento de gestión formulado mediante un proceso participativo con la finalidad de convertirse en un ACUERDO SOCIAL CONCERTADO, estableciendo los pactos y compromisos de los diversos actores públicos y privados, en el marco de lo establecido en el Inc. 2 del art. 192° e Inc. 2 y 6 del Art. 195° de la Constitución Política del Estado, del Art. 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano (D. S. 027-2003-VIVIENDA), entre otros dispositivos técnicos y administrativos;
Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2007-PCM, se establecen diversos aspectos de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse en consideración en la ejecución de los lineamientos de la Ley N° 28976;
Que, el Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chachapoyas en su Artículo 17° señala las restricciones al uso de suelo de la propiedad “…con el objetivo de optimizar el patrón de desarrollo urbano que viene siguiendo la ciudad de Chachapoyas y consolidar el uso de su territorio de acorde con sus potencialidades y limitaciones, expectativas y aspiraciones de la población, con normas de zonificación técnicamente sólidas, económicamente viables, socialmente justas y evaluando los memoriales, petitorios, denuncias, quejas, participaciones orales en audiencias públicas y entrevistas, es que se ha establecido que los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta y consumo de bebidas alcohólicas tales como bares, cantinas, discotecas, karaokes, pub, video pub, peñas, salones de baile, centros de reuniones o negocios similares solamente podrán obtener licencias de funcionamiento en las zonas de reglamentación especial y otras que específicamente establezca la municipalidad de acuerdo a la normatividad vigente;
Que, mediante Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, se establece y regula los procedimientos técnicos y administrativos referidos a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones-ITSE;
Que, es necesario disponer el correcto funcionamiento de establecimientos de giros mencionados en la presente Ordenanza, que por su naturaleza requieren de una mayor supervisión a fin de cautelar la tranquilidad, seguridad y bienestar de los vecinos;
Que, la Ley N° 28681, Ley que Regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, ha establecido el marco normativo que regula la comercialización, consumo u publicidad de bebidas alcohólicas
Que, el fundamento 25 del expediente 3330-2004-AA-TC del Tribunal Constitucional precisa “…no puede asumirse la afectación de un derecho fundamental como el de la libertad de empresa, en virtud de que este
Que, el Numeral 3.6.4 del Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y/o servicios de acuerdo a la zonificación;
Viernes 01 de julio del 2016 Locales
Clarín
derecho no puede ser reconocido al no tener la licencia correspondiente de parte de la autoridad municipal…” Por lo tanto, para el ejercicio legítimo del derecho al trabajo y a la libre empresa, como el funcionamiento de un establecimiento comercial, industrial o profesional, se debe de obtener previamente la licencia de funcionamiento o si se tiene, esta debe ser conducida sin contravenir por ningún motivo las normas legales locales y nacionales; Que la Sentencia del Tribunal Constitucional 0007-2006-PI/TC, en su fundamento 36 explica lo que se ha denominado entorno acústicamente sano, y que se encuentra reconocido en el articulo 2° inciso 22 de nuestra Carta Magna cuando se refiere que toda persona tiene derecho a la paz, tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso; Que, en el Expediente 00016-2009-PI/TC Sentencia del Pleno Jurisdiccional del tribunal Constitucional, en su fundamento 9 señala “… solo cuando el ejercicio de las libertades de los propietarios o los administradores de los locales resulta ser lesivo a la moral, a la salud, a la seguridad pública (artículo 59° de la Constitución) o a los derechos fundamentales de los pobladores. Solo podrá regularse este tipo de cuestiones en los casos en que se pretenda la defensa de otros bienes jurídicos o derechos fundamentales. En tal caso, la entidad estatal encargada de la regulación de este ámbito actuara con la finalidad de equilibrar las diferentes manifestaciones de libertad que se encuentren en juego”, en ese sentido el fundamento 10 de la misma sentencia precisa “… Asimismo, tendrán que estar especialmente acondicionados con el propósito de impedir que el ruido generado en su interior pueda producir molestias a los vecinos. Es decir, debe ser un local acondicionado, ubicado en una zonificación compatible con el giro que desarrolla y respetando además la normativa de seguridad…”; Que cualquier habitante de la ciudad de Chachapoyas, ha observado en su entorno como casas van cambiando su uso en forma soterrada, pero que los residentes del barrio tienen certeza que dichos inmuebles no están destinados al uso residencial, porque en realidad funcionan como empresas comerciales y/o servicios (discoteca, pub, cantina, bar y otros establecimientos con giros afines); sin ningún acondicionamiento acústico, medidas de seguridad y salubridad; Que, el Concejo Municipal cumple la función normativa, entre otros mecanismos, a través de la Ordenanza Municipal, la cual de conformidad con el Inciso 8 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, es aprobada, modificada y derogada por el referido Concejo Municipal; De conformidad con lo expuesto, la normatividad vigente, y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Provincial mediante Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN QUE REGULA LA COMERCIALIZACIÓN, CONSUMO, PUBLICIDAD, DENOMINACIONES, RESTRICCIONES Y RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE ACTIVIDADES COMERCIALES RELACIONADAS CON LAS BEBIDAS ALCOHÓLICAS, EN EL DISTRITO DE CHACHAPOYAS ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Ordenanza que Establece el Régimen que Regula la Comercialización, Consumo, Publicidad, Denominaciones, Restricciones y Responsabilidad Solidaria en las Actividades Comerciales Relacionadas con las Bebidas Alcohólicas, en el Distrito de Chachapoyas”, la misma que consta de Cinco (5) Títulos, Veinte (20) Artículos, Cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Transitorias y Once (11) Disposiciones Complementarias Finales. ARTÍCULO SEGUNDO.- El dispositivo legal aprobado será publicado en el diario local de mayor circulación, conforme a Ley y en el texto íntegro en el portal institucional www.munichachapoyas.gob.pe. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ADELA MERCEDES GUEVARA RUBIO TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA RUIZ MONTANO Secretario General
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LOCALES 07
Sector salud reportó 19 casos de dengue en Bagua Grande De total de 19 casos, uno es considerado de gravedad y es tratado en un hospital de la ciudad de Lima.
B
agua. 19 casos de dengue, de los cuales uno es de gravedad se registraron en lo que va del presente añ o en la provincia amazó nica de Bagua, zona sel vá tica de Imaza, informó la directora de la Red de Salud de B a g u a M e d a l y T o r r e s Huamá n.El caso considerado grave corresponde a un pa ciente que fue transferido a un hospital de la ciudad de Lima para que continú e con su trata miento.Torres aseguró que hasta la fecha no se han regis trado casos de zika, pese a que Bagua se encuentra a una hora de la provincia cajamarquina de Jaé n donde se reportaron
má s de 50 casos de esta enfer medad en mujeres embaraza das.Descartan zika. “En estos ú ltimos meses, se tomaron muestras a 134 madres gestan tes, afortunadamente los resul tados arrojaron negativo, es por eso que debido a los indicadores de logros y desempeñ os favora bles, la Red de Salud Bagua, ha logrado ocupa el primer lugar en cumplimento de metas”, desta có .Demandan má s apoyo. “Aú n falta fortalecer las estrategias de trabajo, en diversos estableci mientos de salud, para garanti zar los está ndares de un buen control en la diseminació n de estos males tropicales y evitar muertes neonatales”, explicó .
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08 Clarijuridico Locales
Clarín
CONFORME A LO ESTABLECIDO POR EL RECIENTE PLENO JURISDICCIONAL SUPREMO PENAL
¿En qué casos podrá alegarse el error cultural en los delitos de violación?
L
a Corte Suprema ha establecido, en el Acuerdo Plena rio N° 12015/CIJ116 del IX Pleno Jurisdiccio nal de las Salas Penales Permanente y Transito ria, cuatro criterios apli cables a los procesos pe nales donde se debata la comisió n de delitos con tra la libertad sexual de menores de edad en los que se invoque el deno
minado "error de com prensió n culturalmente condicionado". Estos criterios, que deberá n seguir todos los ó rganos jurisdiccionales, son los siguientes: 1. Es de aplicació n res tringida Se ha establecido que debe excluirse del alcan ce del error cultural toda forma de violenta de abu so o prevalimiento utili
zada por los imputados para someter a la vı́ctima menor de 14 añ os para tener acceso carnal.En tal sentido, no tendrá n nin gú n tipo de relevancia probatoria o valorativa que el acto ha sido poste riormente avalado por los familiares o sujeto de algú n medio de compen sació n o conciliació n, debido a que esto implica una violació n a los dere
chos fundamentales de los menores de edad. 2. Requiere la realizació n de una pericia antropoló gicaSe ha establecido que la pericia antropoló gica es obligatoria e impres cindible para todos los casos. Por ello, es obliga ció n del juzgador verifi car que la pericia sea prac ticada por profesional idó neo y con experiencia acreditada. Asimismo, esta debe centrarse en el origen de la costumbre invocada y si es actual mente vá lida. En tal sentido, el juez de be comunicar al perito la impertinencia de las con clusiones antropoló gicas que se pronuncien sobre aspectos jurı́dicos, proce sales o punitivos que des califiquen a la vı́ctima. 3. Requiere incorpora ció n de medios que corro boren la relevancia de la interculturalidad Pueden aceptarse infor mes de las autoridades
comunales o ronderiles que coadyuven a la vali dació n de la pericia an tropoló gica. No obstante, su pertinencia o condu cencia de estos medios de prueba debe ser sopesa do por su utilidad y nece sidad para la evaluació n adecuada de la correcta aplicació n del error cul tural. Asimismo, se establece que la autoridad jurisdic cional puede abstenerse de aplicar el error cultu ral si no cuenta con nin gú n medio de prueba idó neo para ello. 4. Debe insertarse en las resoluciones el enfoque de gé nero y el interé s superior del niñ o Finalmente, las decisio nes deben tener en consi deració n la legislació n internacional y nacional sobre la proscripció n de discriminació n y violen cia fı́sica o sexual contra la mujer y menores de edad.
DESTACA TITULAR DEL TC, MANUEL MIRANDA CANALES
La línea jurisprudencial constitucional es sólida Se inicia 11ª Conferencia Iberoamericana sobre Estado y desarrollo eco nó mico en Lima. Durante los ú ltimos añ os, el Perú ha mantenido una lı́nea jurisprudencial só lida en materia constitucional, en que se destaca el desarro llo del rol subsidiario del Estado dentro de una eco nomıá social de mercado, afirmó el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Manuel Miranda Canales.Por ende, en nues tro paıś rigen principios como la libertad de em presa, de comercio, de industria; la protecció n del derecho al trabajo, la adecuada observació n de nuestros principios cons titucionales tributarios y presupuestales, y el res peto a las comunidades campesinas y nativas, detalló .Fue al intervenir
en la ceremonia inaugural de la 11ª Conferencia Ibe roamericana de Justicia Constitucional, que se desarrolla en Lima y que concluye mañ ana.Econo m ı́ a s o s t e n i d a Al dar la bienvenida a los participantes y represen tantes de los organismos observadores, resaltó el respeto y la vigencia de la labor de las instituciones que supervisan o dirigen nuestro sistema bancario y financiero como la Supe rintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Banco Central de Reserva, ası ́ como la Contralorıá Gene ral de la Repú blica.Todo esto se condice con la rea lidad de un paıś como el Perú , que actualmente vive un clima econó mico sostenido y equilibrado, gracias a la inversió n na cional y extranjera en los
rubros de la minerıá, cons trucció n, infraestructura, entre otros; situaciones que no son ajenas a la jus ticia constitucional, y que será n desarrolladas y de batidas en la citada confe rencia, agregó .“Esta expe riencia peruana, no exenta de retos para el presente y el futuro, es la que quere mos compartir y enrique cer con todos los tribuna les y cortes aquı ́ presen tes. Bienvenidos, todos ustedes, magistrados y magistradas de diversos paıśes”. Materias para el debate El presidente de la comi sió n organizadora de la conferencia, magistrado Eloy EspinosaSaldañ a Barrera, dijo que esta es de má xima importancia porque se analizará y deba tirá la vinculació n del Esta do constitucional y el desa
rrollo econó mico.La labor de los tribunales constitu cionales apunta, entre otras cosas, a una ló gica de integració n social, que significa buscar cohesió n, propiciar inclusió n, gene rar espacios de reconcilia ció n, tener una ló gica de prevenció n de conflictos, por lo que la discusió n de temas econó micos devie ne en un asunto central, detalló .En ese sentido, consideró que los tribuna les constitucionales cada vez má s advierten que sus decisiones pueden condi cionar o no el desarrollo de la actividad econó mica en sus paıśes. “Por eso es importante que durante la conferencia podamos com partir nuestras experien cias para detectar cuá les han sido las mejores prá c ticas, dejar de lado las defi ciencias, y ası́ construir
una respuesta que nos permita enfrentar cada vez mejor un problema acuciante”. Diá logo judi cialLa Corte Interamerica na de Derechos Humanos ha apostado de manera decidida por el diá logo judicial como mecanismo para acercar el derecho internacional de los Dere chos Humanos a los verda deros operadores de justi cia del sistema interame ricano, que son los magis trados y magistradas na cionales, indicó el presi dente de este colegiado, Roberto de Figueiredo Caldas. Pauta La finalidad de todo texto constitucional es fijar el marco bá sico de conviven cia en una sociedad, indicó el presidente del Tribunal Constitucional españ ol, Francisco Pé rez de los Cobos.
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LOCALES 09
Clarín
Alex Kouri es senteciado a cinco años de pena privativa de la libertad por caso Convial
C
uarta Sala Penal Liquidadora en contró culpable al exalcalde del Callao por colusió n agravada en el caso Convial.El excaldal de del Callao Alex Kouri fue condenado a cinco añ os de pena privativa de la libertad, la cual será efectiva, por el caso Con vial (vı́a Expresa del Ca llao). Deberá pagar S/ 26 millones de compensa ció n. Sobre la sala. "No tengo nada nada que objetar a la sala. Creo que han ac tuado con absoluta inde pendencia... El informe de Contralorı́a no tiene ninguna validez. La Con tralorı́ a puede decir lo
que quiera". ¿Qué dice la Contralorı́ a ? Convial, la empresa encargada de la Vı́ a Expresa del Callao, invirtió apenas US$ 8 mi llones de los má s de US$ 45 millones que citaba el c o n t r a t o f i r m a d o e n 1999 cuando é l era alcal de. Ademá s a Convial se le permitió recaudar US$ 12.5 millones en peajes. Dañ o al Estado. Expertos de la Contralorı́a calculan que los dañ os y perjuicios ocasionados al Estado ascienden a US$ 32 millo nes.Traslado a la carcele ta del PJ. A las 2:17 p.m., Alex Kouri fue trasladado en un vehı́ c ulo Station Wagon con lunas polari zadas hacia la carceleta
del Palacio de Justicia en el Centro de Lima. Ahı ́de decide a qué penal será trasladado el ex presi dente regional del Callao. Mañ ana lo trasladará n al penal. “Lo má s probable es que mañ ana sea trasla dado a un penal. Yo espe raré el informe de la jun ta conformada por un abogado, un asistente social y un psicó logo. Ellos lo entrevistará n y decidirá n a qué penal y qué ré gimen asume. Yo espero que mañ ana al mediodı́a esto se resuel va. Definitivamente ten drı́a un ré gimen ordina rio y podrı́a ir a Piedras Gordas II“, señ aló Julio Magá n, jefe del INPE.
Alianza del Pacífico es iniciativa exitosa de integración, resalta Kuczynski El presidente electo Pedro Pablo Kuczynski destacó hoy la importancia de la Alianza del Pacıf́ico al con siderarla una iniciativa exitosa de integració n que permite a los paıśes miem bros solucionar sus res pectivos problemas inter nos con los recursos que poseen como producto del intercambio comercial. “He venido aquı ́ invitado por la presidenta de Chile y el presidente del Perú a escuchar a este có nclave de la Alianza, que es un grupo exitoso, cuya forma ció n yo apoyé hace diez añ os, con un famoso edito
rial en el Perú que se llamó El eje pensante”, recor dó .En declaraciones brin dadas a la prensa acredita da en las III Cumbre Empresarial de la Alianza del Pacıf́ico, en Chile, refi rió que esta plataforma fue creada para marcar una distancia con esos paıśes que miran al Atlá n tico y cuya polıt́ica es má s bien estatista.Por ello, destacó que las naciones integrantes del bloque hayan alcanzado diversos niveles de desarrollo, lo cual permitirá superar las dificultades propias de cada realidad.Incluso des
tacó que Argentina esté girando hacia una econo mıá de mayor inversió n, má s participació n privada, y menos intervenció n del Estado, pese a no formar parte de la Alianza integra da por Chile, Colombia, Mé xico y Perú . “Cada paıś tiene sus pro blemas. Por ejemplo, en el Perú necesitamos má s intervenció n en el agua potable y en la educació n. En la Alianza del Pacıf́ico cada uno hará lo que pue de con los recursos que tiene, y lo bueno es que el Perú tiene un muy buen acceso a capitales interna
cionales”, comentó .En tal sentido, reitero su interé s de visitar la Repú blica Po pular China despué s de asumir la Presidencia de la Repú blica, el pró ximo 28 de julio, porque se trata del principal comprador de los
m i n e r a l e s p e r u a nos.“Quisié ramos que las entidades de China poco a poco vayan industrializan do el cobre que hoy expor tamos en forma de concen trado, para que se exporte en forma de metal”, anotó
Osinergmin fijó nueva banda de precios de combustibles El Organismo Supervisor de la Inversió n en Energıá y Minerı́a (Osinergmin) publicó hoy la Resolució n N° 0442016OSGRT que fija los má rgenes comer ciales y las nuevas bandas de precios de combusti bles Derivados del Petró leo para los pró ximos dos meses. La norma legal
precisó los nuevos lım ́ ites inferior y superior para el caso del Dié sel B5 son 5.41 soles y 5.51 soles por galó n, para el Dié sel B5 GGEE SEA de 4.81 soles y 4.91 soles. En tanto, para el PIN 6 GGEE SEA el rango va de 2.72 soles hasta 2.82 so les y para el GLP Envasa
do desde 1.01 y 1.07 soles por kilo. Se debe tener presente que a partir de agosto del 2012 la Banda del Dié sel B5 solo será aplicable al Dié sel B5 destinado al Uso Vehicular (Resolució n Osinergmin N° 0692012 OS/CD y sus modificato rias).
El Dié sel B5 GGEE SEA (Dié sel B5) es utilizado en la generació n elé ctrica en sistemas elé ctricos aisla dos, mientras que el PIN 6 G G E E S E A ( P e t r ó l e o Industrial 6) es utilizado en la generació n elé ctrica en sistemas elé ctricos aislados. Para el caso del Dié sel B5
la banda se aplica tanto para el Dié sel B5 con alto y bajo contenido de azufre de acuerdo con lo que esta blezca el Administrador del Fondo. Ademá s, se precisa que los má rgenes comerciales y las bandas aprobadas estará n vigentes a partir de mañ ana.
10 Avisos Locales
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Deportes 11
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Neymar confirma su renovación con Barcelona por redes sociales como Manchester United o PSG.El delantero brasi leñ o Neymar anunció que ha renovado su contrato con el Barcelona que, se gú n su abogado, será el má s caro "de la historia del fú tbol".Má s azulgrana que nunca. "¡Muy feliz de continuar viviendo este sueñ o! Visca Barça y Visca Catalunya", escribió Ney l astro brasileñ o que no iba a renovar con mar en un mensaje en los pone fin a los rumo el Barcelona y podı́a co perfiles que mantiene en res que indicarı́an menzar a mirar clubes redes sociales, en el que
E D
elantero peruano pasó exá menes mé dicos, estam pó su rú brica y fue pre sentado por el Monarcas Morelia, equipo con el que luchará por salvar la categorıá.Luego de llegar a Mé xico el mié rcoles y recorrer las instalaciones del Monarcas Morelia, este jueves el atacante peruano Raú l Ruidı́ a z estampó su firma y fue presentado como nuevo refuerzo.Una temporada. Raú l Ruidıáz estará ligado por una temporada, su renovació n está sujeta a su rendimiento y que el equipo pueda mantener la categorıá.¿Con quié nes
no ofreció má s detalles. Hermetismo por las ci fras. El abogado de Ney mar, Marcos Motta, tam bié n informó del acuerdo a travé s de las redes socia les y lo calificó como el "mayor contrato en vigor de la historia del fú tbol". Ni el jugador ni el abogado hicieron pú blico el tiempo de duració n del contrato ni los valores de salario, primas o de la clá usula de rescisió n.Acabaron con
los rumores. La renova ció n estuvo precedida de una larga negociació n que se ha prolongado varios meses y que ha estado salpicada de espe culaciones sobre posibles contactos de los repre sentantes de Neymar con otros clubes.Neymar, de 24 añ os, llegó al Barcelo na en 2013 procedente del Santos con un contra to que lo vinculaba al club catalá n hasta 2018.
Raúl Ruidíaz: Monarcas Morelia lo presentó como su nuevo refuerzo
disputará un puesto? El zurdo delantero colom biano Luis Gabriel Rey es el atacante má s experi mentado del equipo mo narca. El 'colocho' tiene mucho tiempo en la insti tució n. El ecuatoriano Christian Penilla y el mexi cano Miguel Sansones son los otros arietes con los que cuenta el DT Enrique Meza.Copa Amé rica lo catapultó a tierras azte cas. La 'Pulga' venıá sien do seguido meses atrá s por los emisarios mexica n o s , p e r o l a C o p a Amé rica, donde le anotó un gol a Brasil con la ma no, fue su má s grande vi trina.
Robert Lewandowski logra el segundo gol más rápido de la historia de Eurocopa
El atacante Robert Le wandowski se convirtió en el segundo goleador má s rá pido de la historia de la Eurocopa, abriendo el marcador para Polonia tras un minuto y 40 se gundos ante Portugal, este jueves en Marsella en cuartos de final. El jugador del Bayern de Mú nich só lo es superado en esa clasificació n por Dimitri Kirichenko, que marcó para Rusia ante Grecia tras un minuto y siete segundos en la Euro copa2004, donde los helenos fueron luego campeones.Goleadores má s rá pidos de la histo
ria de la Eurocopa: 1. Dimitri Kirichenko (Rusia) 1 minuto y 7 segundos contra Grecia en la Eurocopa2004 2. Robert Lewandowski (Polonia) 1 minuto y 40 segundos contra Portu gal en la Eurocopa2016 3. Robbie Brady (Irlan da) 2 minutos contra Francia en la Eurocopa 2016 4 . S e rg u e i A l e i n i kov (URSS) 2 minutos y 7 segundos contra Inglate rra en la Eurocopa1988 5. Petr Jiracek (Repú blica Checa) 2 minutos y 14 segundos contra Grecia en la Eurocopa2012
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Horóscopo Un nuevo galán aparecerá en tu vida, toma tus precauciones antes entregarle todo tu amor. Te darás cuenta que has malgastado tus recursos . Número de suerte 1.
Piensa en tu felicidad y busca el diálogo con la persona que amas, solo así lograrás lo que buscas. Recibirás una llamada de atención de parte de tus superiores.
Llega alguien especial a tu vida, deja de ver solo lo exterior, lo que se lleva dentro es lo importante. Cuidado presta atención a los detalles y no dejes nada inconcluso para que no salgas afectado. Número de suerte 6.
Te darás cuenta que todo pasa por algo, esta experiencia te ayudará a madurar. Esa propuesta de sociedad con un familiar podría ser la oportunidad que esperabas para independizarte. Número de suerte 15.
Encontrarás en esa persona cariñosa la recompensa a tu manera de ser, te darás cuenta que son el uno para el otro. Tendrás el apoyo de tu entorno para concretar con éxito . Número de suerte 4.
Tu magnetismo atraerá a mas de uno, te sentirás admirada por esa persona que te gusta. Una nueva propuesta laboral te entusiasmará tus acciones te darán mejores resultados. Número de suerte 10.
Tu extrema timidez te aleja del amor, vence los miedos y todo será más fácil para ti. Laboralmente será un día muy agitado, pero te dará muy buenas recompensas. Número de suerte 5.
Tendrás un día pleno, querrás vivir nuevas experiencias, sentirse cerca les ayudará a revigorizar el amor. Tienes varias oportunidades para crecer profesionalmente pero no te decides. Número de suerte 14.
El romance se está apagando, dedícale mas tiempo y verá en tu corazón el verdadero interés que tienes. ganarás respeto y credibilidad. Número de suerte 3.**
Alguien te dará un buen consejo, escúchalo y ponlo en práctica, te hará mucho bien. Terminarás con éxito algo que te preocupaba pero continúa esforzándote. Número de suerte 17.
Olvida a esa persona que te decepcionó y decídete a reconstruir tu vida, no te niegues la oportunidad de ser feliz. continúa así. Número de suerte 21.
Alguien no simpatizará con la persona que amas, trataras de alejarte para no incomodar a tu amor. Te veras tentado a una inversión de dinero, pero analízala bien primero. Número de suerte 9.
Chistes
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