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Fiscalización de un canil clandestino y diagnóstico de maltrato
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Figura 3 – Perro con secreción ocular purulenta
razas como Beagles, Bulldog francés, Chow chow, Lhasa apso, Pug, Shih tzu, Spitz alemán y Yorkshire terrier. Dos animales de la raza Lhasa apso no fueron identificados por que no permitieron la aproximación, por miedo/agresividad, y el sexo de 6 cachorros neonatos también no pudo ser identificado. Simultáneamente al conteo e identificación, todos los animales fueron identificados con un microchip, excepto 6 cachorros, 2 perros Lhasa apso y 3 Chow chow. En el caso de los cachorros se debió a la edad y en el caso de los otros perros, por su agresividad, que hizo inviable su manejo.
Para la evaluación del grado de bienestar de los animales del presente relato, se utilizó el Protocolo de Pericia en Bienestar Animal para Diagnóstico de Maltrato contra Animales de Compañía (PPBEA) 25. Del total de 88 animales, 82 fueron evaluados en base al protocolo a partir de un examen visual y físico realizado por tres veterinarios residentes de la UFPR.
Durante los exámenes, 13 de las hembras estaban preñadas. En relación a las enfermedades detectadas durante el examen externo, pudieron observarse varios cuadros, como puede observarse en la figura 1.
Siguiendo las recomendaciones de la PPBEA, cada indicador evaluado fue clasificado como inadecuado, regular o adecuado. El informe referente a la nutrición fue clasificado como inadecuado, debido al hecho de que algunos animales estaban con sobrepeso, algunos flacos, y de una perra lactante que estaba muy flaca (escore corporal 2/9) (Figura 2). Las puntuaciones de condición corporal (escore: ECC) fueron analizadas de acuerdo al protocolo Nutritional Assessment Guidelines (WSAVA) de 2011 28 . Además, algunos bebederos estaban sucios y tenían agua de coloración turbia. Durante la inspección, dos caniles no tenían agua a disposición de los animales. El agua disponible para los cachorros, alojados en una estructura similar a un gallinero, estaba en un bebedero con su interior completamente manchado de tinta, lo que puede provocar intoxicaciones probablemente letales en los animales.
El informe relacionado con la sanidad clasificó el local como inadecuado, ya que algunos animales presentaban diarrea y muchos tenían signos de enfermedades oculares crónicas, como secreciones purulentas (Figura 3), leucoma corneal, atrofia y rotación del globo ocular, opacidad corneal, queratitis ulcerativa, queratitis pigmentaria, queratoconjuntivitis seca y perforación corneal. Además, la mayoría de los animales presentaban diferentes grados de enfermedad periodontal (Figura 4), y dos presentaban enfermedades en la mandíbula, sugestiva de hiperparatiroidismo secundario renal (“mandíbula de goma”) (Figura 5).
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Figura 4 – Diferentes perros con enfermedad periodontal
Figura 5 – Perro con alteración mandibular sugestiva de hiperparatiroidismo
Esos perros también pueden tener enfermedades genéticas, ya que la alta consanguinidad, algo que no puede ser determinado con exactitud, puede llevar a enfermedades congénitas que pueden ser observadas en este relato, como las alteraciones de mandíbula.
Muchos de los perros no tenían sus dientes incisivos (Figura 6), probablemente por stress; los animales mordían la madera de los caniles, comederos y bebederos y otros materiales usados como cama – tablas, cajas de cartón y plásticos, frazadas y otros. Además, las enfermedades periodontales y las congénitas también podrían ser la causa de la pérdida de esos dientes.
Un cachorro Beagle estaba postrado, sin reacción al ambiente externo, con dificultad respiratoria y mucosas pálidas. Además, muchos animales presentaban enfermedades de piel de diversas etiologías.
También se encontraron diferentes tipos de medicamentos como oxitocina (hormona utilizada para inducir el celo y las contracciones del parto), antibióticos, acetilcisteína y otros no identificados. Fueron solicitados (y no fueron presentados) documentos que comprobasen la atención veterinaria o recetas médicas que justificasen el uso de los medicamentos encontrados o los signos clínicos de los animales.
El confort fue considerado inadecuado, ya que ningún animal tenía acceso a superficies de contacto adecuadas por sus necesidades (tierra y pasto), ausencia de superficies confortables de descanso para todos los animales y por permanecer encerrados todo el tiempo en el canil, sin poder hacer ejercicios. Además, las condiciones de higiene y limpie-
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Figura 6 – Perros con ausencia de dientes incisivos
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za del ambiente no eran adecuadas (Figura 7), y algunos perros más grandes no tenían acceso a un abrigo adecuado.
El comportamiento fue clasificado como inadecuado, debido a la gran restricción de espacio para que los perros pudieran ejercer sus comportamientos naturales (correr, cavar, morder, explorar el ambiente, etc), por la ausencia de recursos ambientales (ambiente estéril) y por el hecho de que, durante la inspección, algunos se encontraban en aislamiento social, sin contacto con otros animales de la misma especie. El stress provocado por un ambiente no enriquecido y con restricciones de espacio era comprobable por los objetos y maderas de los recintos en proceso de destrucción. La mayoría de los perros presentaba signos de miedo extremo, huían del equipo de veterinarios e intentaban esconderse. El hecho de que la restricción comportamental afecte mucho el bienestar de los animales ya es suficiente como para encuadrarla como una denuncia de maltrato.
Diagnóstico final del grado de bienestar de los animales y actitudes legales
Al aplicar los protocolos del PPBEA pudo comprobarse un grado de bienestar de los animales muy bajo, lo que configura maltrato. Ese crimen está previsto en el artículo 32 de la Ley de Crímenes Ambientales Nro 9.605 de 1968 y por el Decreto Nro 24.645 de 1934.
Mediante la infracción caracterizada como práctica de maltrato a animales domésticos, el responsable fue encuadrado legalmente en el artículo 70 de la Ley Nro 9.605/98 y por
Figura 7 – Animales en condiciones precarias de higiene
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el artículo 29 del Decreto Nro 6.514/08. Dentro de las sanciones administrativas, quedó embargada la actividad de venta hasta que se regularice la situación, incluyendo las debidas mejoras.
Se mostró a los veterinarios algunos documentos relacionados con los animales del canil. Había registros de animales en la Confederación Brasilera de Cinofilia; resultados de exámenes ecográficos y de materia fecal antiguos (más de cinco años); 89 carnets de vacunación, de los que sólo 23 estaban firmados por un veterinario y no tenían fecha ni adhesivo de la vacuna; 53 carnets con adhesivo de vacuna y sin (o sólo con una) firma del veterinario; y 13 carnets con el adhesivo y firma del veterinario.
Se comprobó que en el canil había medicamentos que probablemente eran suministrados a los animales sin prescripción veterinaria. Además, la cantidad de carnets de vacunación correctamente identificados era inferior al número de animales del canil. Los carnets de vacunación que sólo tenían la firma del veterinario fueron enviados a través de un oficio al Consejo Regional de Medicina Veterinaria de
Paraná (CRMV-PR).
Fueron realizadas las recomendaciones debidas por parte de los veterinarios, que sugirieron una adaptación del lugar, con mayores espacios, superficies adecuadas de confort, agua y comida en condiciones adecuadas, enriquecimiento ambiental e higiene apropiada de los caniles, así como el tratamiento médico de los animales enfermos. Una nueva inspección fue realizada el día 20 de octubre de 2019, en la que se observaron algunas mejorías en el ambiente, como nuevos recipientes para el agua, juguetes y un ambiente limpio. Los animales también habían hecho una consulta con un veterinario, y las recomendaciones de tratamiento fueron entregadas a los veterinarios del SPA presentes. También se comprobó que algunos perros ya estaban en nuevos abrigos en construcción.
Consideraciones finales
Frente a este escenario es fundamental tomar conocimiento de los conceptos, de la legislación, de los órganos actuantes y de la metodología de evaluación del bienestar animal para la identificación de animales que están en situaciones negativas como los malos tratos. Los protocolos deben ser usados con mayor frecuencia, y difundidos en órganos de protección animal y órganos públicos que actúan en forma directa con esos animales para identificar los casos y notificarlos. De esta forma se podrá conocer la epidemiología y la importancia de la implementación de políticas públicas relacionadas con el bienestar animal, y la capacitación y reclutamiento de profesionales con base técnica para la identificación de maltrato. Para mejorar la actuación en esta área se necesita una acción en red multidisciplinaria de profesionales, procedimientos diferenciados, pasar los límites entre una infracción de menor potencial ofensivo y una grave violación de derechos humanos/ animales, crear protocolos de atención en las delegaciones de policía y delegaciones especializadas y, también, fortalecer las investigaciones con perspectiva en las correlaciones de las violencias.
Los caniles comerciales deben seguir las recomendaciones legales y técnicas para mantener los buenos niveles de bienestar animal. Se deben aplicar los fundamentos de la medicina de abrigos también en los caniles comerciales. Todas las necesidades básicas de los animales deben ser cumplidas, incluyendo las comportamentales, ya que pueden interferir en el comportamiento futuro de los animales vendidos, colocándolos en riesgo de abandono.
Referencias
01-SOUZA, F. P. Canis comerciais. In: ___. Guia
técnico para construção e manutenção de
abrigos e canis. Curitiba: CRMV-PR, 2016. 34 p. 02-CONSELHO FEDERAL DE MEDICINA
VETERINÁRIA. Resolução nº 1.069, de 27 de outubro de 2014. Dispõe sobre Diretrizes
Gerais de Responsabilidade Técnica em estabelecimentos comerciais de exposição, manutenção, higiene estética e venda ou doação de animais, e dá outras providências.
Diário Oficial da União, 2014. 03-BRASIL. Lei nº 5.517, de 23 de outubro de 1968. Dispõe sobre o exercício da profissão de médico- veterinário e cria os Conselhos
Federal e Regionais de Medicina Veterinária.
Diário Oficial da União, 1968. 04-CONSELHO FEDERAL DE MEDICINA
VETERINÁRIA. Resolução nº 683, de 16 de março de 2001. Institui a regulamentação para concessão da “Anotação de Responsabilidade
Técnica” no âmbito de serviços inerentes à
Profissão de Médico Veterinário. CFMV, 2001. 05-THE HUMANE SOCIETY OF THE UNITED
STATES, Puppy mills and the animal welfare act, Washington: HSUS, 2017. 29 p. Disponible en: <https://www.humanesociety.org/sites/ default/files/docs/puppy-mills-awa-bookletlores.pdf>. Acesado el 29 de marzo de 2020. 06-HAMMERSCHMID, J. ; MOLENTO, C. F. M.
Análise retrospectiva de denúncias de maustratos contra animais na região de Curitiba,
Estado do Paraná, utilizando critérios de bemestar animal. Brazilian Journal of Veterinary
Research and Animal Science, v. 49, n. 6, p.
431-441, 2012. doi: 10.11606/issn.1678-4456. v49i6p431-441. 07-CONSELHO FEDERAL DE MEDICINA
VETERINÁRIA. Resolução nº 1.236, de 26 de outubro de 2018. Define e caracteriza crueldade, abuso e maus-tratos contra animais vertebrados, dispõe sobre a conduta de médicos veterinários e zootecnistas e dá outras providências. CFMV, 2018. 08-MONSALVE, S.; HAMMERSCHMIDT, J. ;
IZAR, M. L. ; MARCONIN, S. ; RIZZATO, F. ;
POLO, G. ; GARCIA, R. Associated factors of companion animal neglect in the family environment in Pinhais, Brazil. Preventive
Veterinary Medicine, v. 157, p. 19-25, 2018. doi: 10.1016/j.prevetmed.2018.05.017. 09-ARKOW, P. ; MUNRO, H. The veterinary profession’s roles in recognizing and preventing family violence: the experiences of the human medicine and the development of diagnostic indicators of non-accidental injury. In: ASCIONE,
F. R. The international handbook of animal abuse and cruelty: theory, research and application. West Layatette: Purdue University
Press, 2008. p. 31-58. ISBN: 978-1557534637. 10-McGUINESS, K. ; ALLEN, M. ; JONES, B. R.
Non-accidental injury in companion animals in the Republic of Ireland. Irish Veterinary
Journal, v. 58, n. 7, p. 392-396, 2005. doi: 10.1186/2046-0481-58-7-392. 11-PATRONEK, G. J. Issues for Veterinarians in
Recognizing and Reporting Animal Neglect and
Abuse. Society and Animals, v. 5, n. 3, p. 267280, 1997. doi: 10.1163/156853097X00178. 12-GARCIA, R. C. M. Desafios para o enfrentamento da negligência. In: TOSTES, R.
A. ; REIS, S. T. J. ; CASTILHO, V. V. Tratado de medicina veterinária legal. 1. ed. Curitiba:
Medvep, 2017. p. 317-333. ISBN: 978-8566759-05-1. 13-BRASIL. Lei nº 9.605, de 12 de fevereiro de 1998. Dispõe sobre as sanções penais e administrativas derivadas de condutas e atividades lesivas ao meio ambiente, e dá outras providências. Congresso Nacional, 1998. 14-BRASIL. Constituição da República
Federativa do Brasil, de 5 de outubro de 1988. Disponible en: <http://www.planalto.gov. br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm>.
Acesado el 29 de marzo de 2020. 15-CONSELHO FEDERAL DE MEDICINA
VETERINÁRIA. Resolução nº 1.138, de 16 de dezembro de 2016. Aprova o Código de Ética do Médico Veterinário. CFMV, 2016. 16-SHERMAN, B. L. ; SERPELL, J. A. Training veterinary students in animal behavior to preserve the human-animal bond. Journal of
Veterinary Medical Education, v. 35, n. 4, p. 496-502, 2008. doi: 10.3138/jvme.35.4.496. 17-RODRIGUES, D. T. Direito dos animais e a proteção jurídica brasileira. In: TOSTES, R.
A. ; REIS, S. T. J. ; CASTILHO, V. V. Tratado de medicina veterinária legal. 1. ed. Curitiba:
Medvep, 2017. p. 413. ISBN: 978-85-6675905-1. 18-TAYLOR, N. ; SIGNAL, T. D. Community demographics and the propensity to report animal cruelty. Journal of Applied Animal
Welfare Science, v. 9, n. 3, p. 201-210, 2006. doi: 10.1207/s15327604jaws0903_2. 19-BROOM, D. M. Indicators of poor welfare.
British Veterinary Journal, v. 142, n. 6, p. 524526. 1986. doi: 10.1016/0007-1935(86)90109-0. 20-HUGHES, B. O. The historical and ethical background of animal welfare. How well do our animals fare? In: ANNUAL CONFERENCE OF
THE READING UNIVERSITY AGRICULTURAL
CLUB, 15., 1982, E. J. Uglow. Proceedings...
E. J. Uglow: ACRUAC, 1982. p. 1-9. 21-HURNIK, J. F. Behaviour. In: PHILLIPS,
C. ; PIGGINS, D. Farm animals and the environment. Wallingford: C.A.B. International, 1992. p. 235-244. 22-DAWKINS, M. S. Behaviour as a tool in the assessment of animal welfare. Zoology, v. 106, n. 4, p. 383-387, 2003. doi: 10.1078/0944-200600122. 23-FARACO, C. B. ; SEMINOTTI, N. A crueldade com animais: como identificar seus sinais? O médico veterinário e a prevenção da violência doméstica. Revista CFMV, v. 12, n. 37, p. 6671, 2006. 24-BATTINI, M. ; MATTIELLO, S. ; STILWELL, G. ; VIEIRA, A. AWIN welfare assessment protocol for goats. Milan: AWIN, 2015, 70 p. 25-HAMMERSCHMIDT, J. ; MOLENTO, C. F. M.
Protocol for expert report on animal welfare in case of companion animal cruelty suspicion.
Brazilian Journal of Veterinary Research and
Animal Science, v. 51, n. 4, p. 282-296, 2014. doi: 10.11606/issn.1678-4456.v51i4p282-296. 26-MOLENTO, C. F. M. Repensando as cinco liberdades. In: CONGRESSO INTERNACIONAL
CONCEITOS EM BEM-ESTAR ANIMAL, 1., 2006, Rio de Janeiro. Anais... Rio de Janeiro:
CICBEA, 2006. 27-FARM ANIMAL WELFARE COUNCIL.
Second report on priorities for research and development in farm animal welfare. Tolworth:
Farm Animal Welfare Council, 1993. 28-WSAVA NUTRITIONAL ASSESSMENT
GUIDELINES TASK FORCE MEMBERS. ;
FREEMAN, L. ; BECVAROVA, I. ; CAVE,
N. ; MACKAY, C. ; NGUYEN, P. ; RAMA, B. ;
TAKASHIMA, G. ; TIFFIN, R. ; TSJIMOTO, H. ;
VAN BEUKELEN, P. Journal of Small Animal
Practice, v. 52, n. 7, p. 385-396, 2011. doi: 10.1111/j.1748-5827.2011.01079.x.
Lucas Galdioli
MV, CRMV-PR 16.773 Servicio de Perícia Animal - UFPR Consultoria Técnica em Medicina de Abrigos - UFPR
lucasgaldioli@hotmail.com
Gabriela Regina Costa
Bacharela en medicina veterinaria
gabirtc@gmail.com
Cintia Parolim Ferraz
MV, CRMV/PR: 16.697 HV/UFPR Servicio de Perícia Animal - UFPR
cintia.ferraz08@gmail.com
Rita de Cassia Maria Garcia
MV, CRMV-SP: 5.653, master, dra., profa. –UFPR Depto. de Medicina Veterinária - UFPR
ritamaria@ufpr.br
Estrategias para el análisis de la violencia en familias multiespecies
Propuesta de inclusión del animal de compañía en la ficha de atención de mujeres víctimas de violencia para rastreo y análisis de la violencia multiespecies
Introdución
Es sabido que en el ambiente familiar la interacción de seres humanos con animales hace con que estos sean tan vulnerables a la violencia como la familia, ya que son considerados miembros del núcleo familiar 1 .
En la actualidad, la comunidad científica reconoce que existe una conexión entre la violencia entre las personas y el maltrato a los animales (teoría de la conexión), que comprueba que las personas que agreden a los animales tienen mayor probabilidad de ser violentas con los seres humanos. Por lo tanto, el maltrato a los animales puede ser una alarma contra la violencia en la sociedad 2 .
La aceptación de una cultura que considera a los seres humanos superiores, junto con la condición de dependencia de los animales en relación a sus tutores, son particularidades esenciales dentro de la condición de vulnerabilidad de los perros y gatos frente al maltrato 3. Esta condición, así como también situaciones de negligencia en relación a los animales, puede indicar una conducta similar con los seres humanos, particularmente en la infancia 4 .
A partir de estos hechos es posible entender que cuando una familia se encuentra en situación de violencia, los animales también lo estarán, un hecho que define la importancia de trabajar las diferentes formas de violencia familiar junto al maltrato animal, con el objetivo de cortar ese ciclo de violencia. En la relación de animales y seres humanos, los perros y los gatos pueden ser utilizados como un mecanismo de violencia psicológica, intimidación y control de la víctima humana. Esto es porque la preocupación con el animal sirve como una forma de evitar la realización de la denuncia contra el agresor, impidiendo la salida de la víctima del ciclo de violencia 2 .
En 1996 se realizaron estudios sobre la relación entre la violencia de género y la crueldad animal en un grupo de 38 mujeres alojadas en abrigos y que eran víctimas de violencia por parte de sus compañeros. En el mismo se comprobó que el 71% de esas mujeres habían relatado que sus animales habían sido amenazados, heridos o inclusive habían sido muertos. En otro estudio de los mismos investigadores y que había sido realizado con un grupo de 101 mujeres, los resultados indicaron que había un 70,3% de agresiones contra los animales, reafirmando los resultados de la investigación anterior 5 .
Los datos de las investigaciones en cuanto a la correlación de actos violentos, llevaron a concluir que el maltrato contra los animales no ha tenido la atención necesaria en cuanto a ser indicadores del mismo comportamiento con las personas. También sugieren que pueden ser precursores de maltrato humano, incluyendo la violencia interpersonal, abuso y negligencia en la infancia, violencia entre conyugues, estupro y homicidios 4 .
Otros resultados que correlacionan el maltrato animal con la violencia entre humanos se obtuvieron de un estudio que comparaba grupos de niños en hogares no violentos y en hogares con historia de violencia doméstica. En este último grupo se pudo identificar una mayor frecuencia y severidad de conductas violentas contra los animales 6 . Investigando esa relación, se observó una
prevalencia del 60% interconectando ambos tipos de violencia 7 .
La violencia doméstica y contra los animales deben ser prevenidas y punidas mediante un abordaje preventivo tanto en lo social como en lo judicial. En tal sentido se les ha propuesto a algunas instituciones de protección a la mujer, como la Casa de la Mujer Brasileña de Curitiba, PR, Brasil, la Delegacia Especializada en Atención a la Mujer y la Ronda Maria da Penha de Juazeiro, BA, Brasil, que realicen un nuevo abordaje multisectorial que incluya a los animales, con el fin de conseguir una serie de datos sobre esa relación y visualizar el escenario real de esos municipios en torno a tal temática.
La Casa de la Mujer Brasileña (CMB) es una iniciativa del gobierno federal prevista dentro del programa Mujer: vivir sin violencia, y representa un espacio de acogida y atención humanizadas que estimulan la asistencia integral y humanizada de las mujeres en situación de violencia. La ficha de atención de la CMB está formada por ocho ítems que abordan informaciones generales para: control administrativo (ítem 1); informaciones personales de la víctima (ítem 2); tipo de violencia (ítem 3); perfil del agresor (ítem 4); presencia de dependientes (ítem 5); atenciones y derivaciones (ítem 6); observaciones (ítem 7); y datos del profesional responsable por la atención (ítem 8).
Con la finalidad de mejorar la ficha y relevar los datos sobre casos de maltrato animal relacionados con la violencia entre personas en la ciudad de Curitiba, PR, y región metropolitana, se sugirió adicionar un ítem adicional (ítem 9) en relación a informaciones relacionadas con la presencia de animales de compañía en la familia; el número de animales y las especies presentes; quien es el propietario y cuidador del animal; qué representa ese animal para la víctima; si el animal ya había sido agredido; qué tipo de agresión recibió; quien fue el autor de la agresión; el motivo de la agresión; y quien había sido la primera víctima del agresor. Ese ítem permite entender mejor los factores determinantes del ciclo de la violencia, además de una visión más holística de los
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casos, permitiendo la elaboración de estrategias y articulaciones para prevenir y enfrentar de forma más efectiva los actos de violencia.
La Delegacia Especializada en Atención a la Mujer (Deam) de la ciudad de Juazeiro, BA, es una unidad operativa de la Policía Civil (PC-BA) que forma parte de la red de enfrentamiento a la violencia contra la mujer en el estado de Bahia, así como la Ronda Maria da Penha, implantada en el estado por la Policía Militar de Bahia (PM-BA), ambas fruto de una cooperación técnica entre las secretarias estatales de Políticas para Mujeres (SPM-BA) y de Seguridad Pública (SSP), la Defensoría Pública, el Ministerio Público y el Tribunal de Justicia de Bahia (Figuras 1 y 2).
Utilizando como base la ficha original de la CMB y agregando los cuestionamientos de ítems adicionales sobre animales domésticos, se elaboró una nueva ficha (Figura 3) para la implementación de un protocolo de rastreo de maltrato animal en hogares violentos en la ciudad de Juazeiro, BA, a ser aplicada por la Deam y la Ronda Maria da Penha en los casos que acompañan o vengan a acompañar en el futuro. El objetivo es conocer el escenario real de esa situación en la ciudad de Juazeiro, con la expectativa de ampliar el uso de ese protocolo para las demás ciudades del estado. El diagnóstico ayudará a identificar las estrategias más efectivas para romper el ciclo de violencia doméstica.
La propuesta de innovación de la ficha no cabe sólo a esas instituciones, sino que también sirve como modelo para ser utilizado y adaptado en cuestionarios de diversos servicios de protección a las personas y animales que aún no reconocen esta visión de un nuevo concepto de familia, la familia multiespecies, o no trabajan aún con ella. El registro de esas situaciones debe tener como base la comprensión de que la violencia contra los animales dentro del hogar es indicativa de otras infracciones penales que se pueden cometer en el mismo escenario.
Se espera que esa propuesta favorezca un nuevo abordaje y una visión más amplia sobre el ambiente familiar, con una mirada hacia todos los miembros humanos y no humanos que la componen, tanto por parte de los que actúan en las esferas de prevención, como aquellos relacionados con la policía judicial.
Figura 1 – Reunión con el Comando de Policía Regional Norte de la Policía Militar de Bahia, en asociación con la Universidad Federal del Valle do São Francisco (Univasf) y la Universidad Federal de Paraná (UFPR), para hablar sobre la teoría de la conexión y proponer una ficha para que la use en la institución Ronda Maria da Penha de Juazeiro, BA, Brasil. En la foto se observa la capitana Bruna Gracielle Nascimento, la teniente Ana Maria Almeida, el coronel José Anselmo Bispo, el MV y prof. dr. Alexandre Redson de la Univasf, y la MV Yasmin da Rocha, alumna de maestría de la UFPR
Yasmin da Silva Gonçalves da Rocha
Figura 2 – Encuentro para la presentación de la teoría de la conexión y de la ficha a ser implantada en la Delegacia Especializada de Atención a la Mujer de Juazeiro, BA, Brasil. En la foto se observa a las pasantes Eduarda Estrela da Silva y Milena Glória de Souza, a la Delegada Rosineide Motta, la investigadora Polianna Niedja, la MV Yasmin da Rocha, alumna de maestría de la UFPR; los investigadores Maria Lúcia de Oliveira y Jonas Vieira