Documento del Plan Fénix
EL DERECHO A LA INFORMACIÓN: UNA VIEJA ASIGNATURA PENDIENTE
El derecho a la información está consagrado por la Constitución Argentina, por ser una regla de juego fundamental de un sistema republicano de gobierno. En 2003, el Presidente Kirchner dictó el Decreto N° 1172 mediante el cual, entre otras disposiciones, se reconoció el derecho de los ciudadanos a acceder a la información que generan los diferentes organismos del Poder Ejecutivo. Para ello, estableció un mecanismo que los obliga a brindar la información que los ciudadanos requieran, dentro de plazos perentorios y con escasas restricciones, sólo justificadas por razones estrictamente contempladas en la norma. Esta política reconocía al derecho a la información pública como un derecho propio de nuestro régimen político, que exige la publicidad de los actos de gobierno. La naturaleza democrática y representativa de la República demanda a los funcionarios públicos y a los representantes del pueblo, rendir cuenta de sus actos. Si bien la norma ratificaba un precepto constitucional, el acceso a la información pública como derecho ciudadano, no se ha plasmado todavía en una ley que asegure la plena vigencia de esta herramienta democrática. Además, los plausibles objetivos del decreto vigente no se han cumplido plenamente; más bien, la experiencia tiende a demostrar que el derecho a la información pública enfrenta, en nuestro país, importantes restricciones, tanto en términos de acceso a sus fuentes, como de ocultamiento o distorsión de los datos. Debemos reiterar, en tal sentido, los problemas que genera la desinformación parcial que padece el país, agravada desde la intervención del INDEC. Sus estadísticas sobre evolución de precios, cuestionadas por prestigiosas e insospechadas instituciones académicas y del propio estado argentino, también han merecido oportunamente la crítica del Plan Fénix. El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de Naciones Unidas acaba de expresar su cuestionamiento al Estado argentino con relación a su producción de datos estadísticos y su accesibilidad, señalando que debe adoptar las medidas necesarias para garantizar que las estadísticas oficiales del INDEC recuperen su credibilidad y que las metodologías utilizadas para su elaboración sean accesibles y debidamente difundidas. El comienzo de un nuevo período de gobierno parece una oportunidad inmejorable para impulsar un rápido abordaje y solución de esta situación. Pero también se observan problemas en varias otras áreas. Hoy, por ejemplo, no puede obtenerse fácilmente información sobre los padrones de beneficiarios de ayuda social, la distribución de publicidad oficial, los informes de la SIGEN o los avances producidos en el plan energético del país. Además, ciertas informaciones han sido interrumpidas o suprimidas, como la que detallaba las audiencias concedidas por funcionarios públicos o el portal que daba cuenta de las solicitudes de información al Poder Ejecutivo por parte de la ciudadanía. Estas restricciones al acceso a la información pública no se reducen al Poder Ejecutivo; también alcanzan a los otros poderes del Estado y han sido denunciadas en diversas provincias.