Contexto de desaparición forzada en los Llanos Orientales

Page 1

Contexto de Desapariciรณn Forzada en los Llanos Orientales Del dolor a la construcciรณn de memoria

Resumen Ejecutivo

2017

Contexto de Desapariciรณn Forzada en los Llanos Orientales


© Corporación Colectivo Sociojuridico Orlando Fals Borda Elaborado por: Cesar Santoyo Santos Ms. C. Director Ejecutivo Con la Colaboración de: Psic. Adriana Pestana Rodríguez Coordinadora Área Psicosocial Auxiliares de Investigación: Melissa Basante Práctica Profesional Psicología Uniminuto Massiel Calvache Práctica Profesional Trabajo Social Universidad Externado de Colombia Natalia Rubio Castro Práctica Profesional Ciencia Política Universidad de los Andes Ana María García Rodríguez Práctica Profesional Psicología Universidad de la Sabana

2017


Contenido Presentación ........................................................................................................... 8 Normatividad, el acuerdo final y la desaparición forzada ...................................... 11 Memoria y Resiliencia, el papel de los familiares y las acciones de acompañamiento ................................................................................................... 22 La búsqueda de las personas dadas por desaparecidas y los cementerios de los llanos orientales – una aproximación conceptual .................................................. 37 Dialogo de Futuro: La importancia para la Memoria y la dignidad de las víctimas. 48 Bibliografía ............................................................................................................ 53 Ilustraciones Ilustración 1 Monumento en el cementerio de Villavicencio .................................. 27 Ilustración 2 Cartografía Social Taller de Acompañamiento Psicosocial – Villavicencio 2016.................................................................................................. 33 Ilustración 3 mandala de la memoria – ejercicio con familiares de Victimas ........ 35 Tablas Tabla 1 Normatividad vigente para Colombia para victima ................................... 12 Tabla 2 Desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en los Llanos Orientales 2001-2016 ............................................................................................ 30 Tabla 3 Relación de PNI según estado a abril de 2013 ........................................ 44 Tabla 4 Relación de PNI según cementerio y estado a abril de 2013 ................. 45 Gráficos Gráfico 1 Número de personas registradas como Desaparición forzada – RUV ... 15 Gráfico 2 Estrategia: Ruta de Exigibilidad de Derechos y Atención Psicosocial .. 25 Gráfico 3 Ciclo de la memoria en el marco de la ruta de exigibilidad de Derechos29 Gráfico 5 Personas No Identificadas en los cementerios de los Llanos Orientales41 Mapa 1 Procesos judiciales Desaparición forzada – Colombia 2015 ................... 20 Mapa 2 Cadáveres No identificados según departamento INMLy CF 2016 ......... 39


Del dolor a la construcción de memoria “Yo lo que quiero es esto que me está

sucediendo a mí, no le suceda a más nadies, ya que para mí esto es muy duro, eh... perder un hijo sin saber ni cómo ni cuándo y que de un momento a otro le avisen a uno, a él lo mataron, siendo un chino trabajador, de 17 años… eso fue como en 2002, eso fue por el lado del Piñal a trabajar y él le echó mano a la maletica y… yo no quería ni que se viniera, entonces él me dijo allá está bueno el trabajo, yo me voy, y se vino, y a los 10 o 15 días de haberse ido fue que nos llegó la razón de que lo habían matado” Madre de víctima de Desaparición Forzada Presentación

La guerra es la más cruel de las invenciones humanas. A pesar de ello, se ha convertido en un motor para el ―desarrollo‖ de la ciencia y tecnología y, por ende, para la humanidad; pero también se ha convertido en su más deleznable efecto; lo anterior debido a que posterior a arrasar con millones de seres humanos, estos avances ―heredados‖ de la guerra, hacen tránsito hacia la medicina, la tecnología, las diversas ciencias y por supuesto, hacia las relaciones sociales.

Tamaña

contradicción y absurda paradoja del desarrollo ―humano‖, pues en consideración de la humanidad misma, el horror de la guerra, por más invenciones que produzca, no puede detener la estela de crueldad y los terribles resultados que produce: entre otros la humillación, la tortura, los tratos crueles y degradantes, las ejecuciones extrajudiciales, para el caso que nos ocupa, la desaparición forzada de personas, que es el objeto de este documento y que ha sido un ―arma‖ en el contexto de Colombia, en el marco de la guerra que marca más de medio siglo de acciones y de desangre del país y es una expresión manifiesta de la degradación del conflicto.


Según el Registro Único de Víctimas1, como consecuencia del conflicto armado interno 9.009.178 millones de personas que han sido reconocidas como tal al 31 de diciembre de 2016. De este universo, ―antes de 1985‖ el RUV reporta 247.697 personas, es decir, el 2.87% de las victimas registradas y reconocidas.

Sin

embargo, entre 1985 y 2002 – periodo tristemente memorable en la iniciación del llamado ―Plan Colombia‖- se reportan 4,025.047 víctimas; De 2002 a 2009, tiempo de la ―seguridad democrática‖ se registraron 4,100,138 personas. Como último Hito, encontramos que en las administraciones de Juan Manuel Santos (corte 2010- diciembre 31 de 2016), con el desarrollo de mesa de dialogo con la insurgencia de las FARC – EP y los acercamientos con el ELN, se han registrado 1,482,685. Este breve balance, basados en las cifras oficiales y formales del RUV, permiten entender el fragor de la guerra, su costo en vidas humanas y el sinsentido que significa mantenerla a través de los tiempos.

Para el caso de la Desaparición Forzada de Personas es tan doloroso y notorio como en las cifras generales. El contexto del Plan Colombia y la Seguridad Democrática marcan un drama mayúsculo; en esa línea temporal (1999 – 2014) se registran 94,275 personas dada por desaparecidas, sin desmedro de las demás modalidades de vulneración.

Este documento tiene tres partes integrantes, la primera se refiere a la situación actual de la normatividad frente a la desaparición forzada en el marco del acuerdo final, sus alcance y garantías para las víctimas y sus familias, así como la intervención lograda por el Colectivo OFB en cuanto a la visibilidad del tema de ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada. El segundo tiene que ver con los ―la memoria y la resiliencia‖ de la desaparición forzada y su impacto en las 1

http://rni.unidadvictimas.gov.co/RUV. De acuerdo al artículo 153 de le Ley 1448, conocida como la ley de Víctimas, la Red Nacional de Información será el instrumento que garantizará al Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas una rápida y eficaz información nacional y regional sobre las violaciones de que trata el artículo 3° de la presente Ley, permitirá la identificación y el diagnóstico de las circunstancias que ocasionaron y ocasionan el daño a las víctimas.


familias, un breve relato de memoria frente al manejo de los casos que han logrado encontrar sus seres queridos y han realzado las entregas dignas. La tercera, a manera de síntesis, relaciona las dos anteriores en un Dialogo de Futuro: La importancia para la Memoria y la dignidad de las víctimas , presentando varios elementos a realizar, a exigir y a valorar en el actual momento de la implementación de la paz.

Esperamos que este esfuerzo conjunto de análisis y de exploración de los campos mencionados permitan tejer una ruta junto con CODHES, aprovechando la experiencia, los aprendizajes y la ampliación de procesos de acompañamiento, plena verdad y dignidad que son urgentes en el plano de la reconciliación, como derecho de las víctimas, pero también como eje de exigibilidad al Estado para la no repetición.


Normatividad, el acuerdo final y la desaparición forzada

Si la guerra es cruel, la brutalidad del delito de desaparición forzada no tiene precedentes. La indeterminación, la incertidumbre que marca el hecho de dejar sin historia a una persona, a su familia, a sus entornos sociales, culturales, productivos son una huella de dolor que inunda el cuerpo de los sujetos en medio de las entrevistas, de las conversaciones y de los duelos, no hay manera de contenerse ante la atrocidad, ante el recuerdo de quien fue, pero ¿será que es?, ¿estará vivo? ¿por qué no me lo entregarán?, preguntas que aparecen en el contexto de esos relatos que le dan vida a este trabajo como parte de los actos y ejercicios de memoria. Empero, la situación actual de la desaparición forzada en Colombia, gracias a los procesos de paz muestra efectos positivos en las comunidades, en las víctimas abriendo la posibilidad a que las preguntas de tiempo, modo, lugar, de los ―por qué‖, empiecen a resolverse. Como se dijo en la presentación, las cifras muestran que el proceso de paz con las FARC -EP y la puesta en marcha del ―Acuerdo Final para la terminación del conflicto‖ que la comisión del delito, así como los diálogos iniciados con el Ejército de Liberación Nacional, al menos en cuanto a lo registrado por el RUV, disminuye ostensiblemente, golpeando la estructura operacional de este crimen de lesa humanidad. la problemática de Personas no Identificadas (PNI) e Identificadas no reclamadas que, debido a las practicas inadecuadas en el registro, la inhumación, marcación y mantenimiento de los sitios destinados para estos cadáveres – bien sea bóvedas individuales o colectivas y tumbas en tierra individuales o colectivas- están siendo desaparecidas por segunda vez, debido a la negligencia y el desorden de las entidades encargadas de la administración de los cementerios.

En la Resolución 5194 de 2010 del Ministerio de la Protección Social, cuyo objeto es ―(…) regular los servicios de inhumación, exhumación y cremación de cadáveres prestados por los cementerios‖, define en su Artículo 3ro al cementerio


como un ―(…) lugar destinado para recibir y alojar cadáveres, restos óseos, restos humanos y cenizas; quedan excluidos de la presente definición los cenizarios y osarios ubicados en iglesias, capillas y monasterios‖.

En esta misma resolución, en su artículo 15, se reglamentan los protocolos para las inhumaciones de Personas no Identificadas (referidas en la resolución como N.N.) e Identificadas no reclamadas. Allí se especifica que deben ser inhumados de forma individual, contar con una marcación adecuada que facilite su ubicación al momento de ser identificado o reclamado, que se debe llevar por parte del médico legista una custodia rigurosa de los elementos asociados al individuo, entre otras disposiciones. Estos lineamientos no se cumplen de manera rigurosa, en algunos casos simplemente no se cumplen, dando como resultado una doble desaparición, una revictimización.

A continuación, se anexa una tabla con la normatividad vigente para Colombia donde se encuentran las principales reglamentaciones en materia de cementerios. Tabla 1 Normatividad vigente para Colombia para victima

Norma

Ley 1448 de 2011

Ley 133 DE 1994 Ley 715 DE 2001

Objeto

Artículo

Palabras clave

Establece un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas de las violaciones contempladas en el artículo 3º de la presente ley, dentro de un marco de justicia transicional, que posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus derechos constitucionales.

178

Identificación

Se desarrolla el Decreto de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política.

6, 17

Libertad de culto. Administración

Se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357

76.12.

Infraestructura


(Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.

Ley 1408 DE 2010

Decreto 1333 de 1986 de la Presidencia de la República Decreto 786 de 1990 del Ministerio de Salud

Decreto 0303 de 2015 del Ministerio del Interior

Resolución 525 de 2011 de la Procuraduría General de la Nación Resolución 5194 de 2010

La presente ley tiene como objeto rendir homenaje a las víctimas del delito de desaparición forzada, adoptar medidas para su localización y plena identificación, y brindar asistencia a los familiares de las mismas durante el proceso de entrega de los cuerpos o restos exhumados.

2, 11,

Definición. Registro.

Código de Régimen municipal, en él se incorporan las normas constitucionales relativas a la organización y el funcionamiento de la administración municipal y se codifican las disposiciones legales vigentes sobre las mismas materias.

43

Planes de desarrollo urbano

Se reglamenta parcialmente el título ix de la ley 09 de 1979, en cuanto a la práctica de autopsias clínicas y médico - legales, así como viscerotomías y se dictan otras disposiciones

29, 30

Autopsias. Infraestructura

Se reglamenta la ley 1408 de 2010. El presente Decreto tiene como objeto implementar un conjunto de medidas que contribuyan a la localización, identificación, inhumación y homenaje a las víctimas del delito de desaparición forzada, así como el brindar apoyo económico y asistencia psicosocial a sus familiares durante el proceso de entrega del cuerpo o restos humanos de la víctima, bajo los principios de dignidad, intimidad personal, igualdad y no discriminación, sin perjuicio de las demás obligaciones de atención y asistencia psicosocial que se le deben brindar a los familiares por su condición de víctimas, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

37, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 51, 52

Preservación. Inhumación sencilla. Almacenamiento. Administración. Inhumación múltiple. Marcación. Comunicación. Registro. Seguridad. Registro Nacional. Transición.

Se imparten instrucciones precisas a los funcionarios del ministerio público para realizar el seguimiento y cumplimiento de las disposiciones señaladas en la ley 1408 de 2010, la resolución 5194 de 2010 del Ministerio de Protección Social y otras disposiciones.

1/02/2016

Regular los servicios de inhumación, exhumación y cremación de cadáveres prestados por los cementerios.

2, 3, 4, 5, 6, Aplicación. Definición. Finalidad. 7, 8, 9, 10, Clasificación. Áreas.

Personerías.


del Ministerio

11, 12, 13,

Sistemas genérales. Administración. 14, 15, 16, Personal. Reglamento 17, 18, 19, interno. Horarios de servicios. 20, 21, 22, Saneamiento. 23, 24, 25, Capacitación. Servicios. Inhumación. 25, 26, 27, Contenido de las 28, 29,30, bóvedas. Requisitos para inhumación. 31, 32, 33, Personas no 34 - 41, 42- identificadas. Tiempo de permanencia. 50 Exhumación. Manejo de restos. Reducción esquelética. Cremación. Construcción. Requisitos. Capacidad. Procesos Administrativos y de sanidad.

de la Protección Social

Resolución 1447 de 2009 del Ministerio de la Protección

Regular la prestación de servicios en los cementerios de Inhumación, exhumación y cremación de cadáveres por parte de las empresas públicas, privadas o mixtas dedicadas a este servicio.

Social

Definiciones. Finalidad. Clasificación. 2, 3, 4, 5, 6, Delimitación. 7-10, 11-18, Sistemas generales. Salubridad. Aseo. 19-22, 23Construcción. 28, 29-35, Solicitudes y requisitos. 36-38, 39Administración. 43, 44,45 Inhumaciones. Exhumaciones. Cremaciones. Vigilancia. Control.

Fuente: Elaboración Propia

La sanción de estas normativas de naturaleza diversa que intentan reglamentar y regular la situación de los cementerios en el país son un reflejo del nivel de desorganización en el que se encuentran la mayoría de los camposantos en el territorio colombiano, especialmente aquellos ubicados en los municipios más alejados de las cabeceras departamentales.

En este sentido, es importante resaltar que más allá de la Norma, el tema de los cementerios en el país estuvo desatendido durante muchos años de manera negligente por los entes encargados de su regulación y administración. Sin


embargo, ahora ocupa un lugar privilegiado en la misión y actividades estratégicas de las instituciones, debido entre otros factores, a los acuerdos establecidos en el Comunicado Conjunto 62 del 17 de Octubre de 2015, entre el Gobierno Colombiano y la guerrilla de las FARC – EP, principalmente en lo que tiene que ver

con

Medidas

identificación

y

inmediatas

entrega

digna

humanitarias de

restos

de

búsqueda,

de

personas

ubicación, dadas

por

desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado interno, que se desarrollarán en el marco del proceso de construcción de confianza; y la creación de una Unidad Especial para la Búsqueda de personas dadas por desaparecidas.

Igualmente, el ejercicio de exigibilidad de derechos ha permitido que herramientas y sistemas e información se dispongan para el reconocimiento y la restauración de un registro mínimo de hechos victimizantes y su cruce con variables de tiempo, modo y lugar, como ha sido el Registro Único de Víctimas, que se establece precisamente con ocasión de la Ley 1448: Gráfico 1 Número de personas registradas como Desaparición forzada – RUV

Fuente: Elaboración propia con datos del RUV. Corte diciembre 31 de 2016

La documentación y denuncia de casos de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales como parte de la estrategia de exigibilidad de derechos en el marco


de la verdad, la justicia y la reparación integral, le ha permitido a las familias de víctimas reforzar su resiliencia, avanzar en la investigación, judicialización y castigo de los responsables,

incorporando a través del acompañamiento del

Colectivo OFB, un trabajo en dimensiones psicosocial, jurídica, de incidencia, lo que ha permitido, juntar relatos y hacer que ―contemos la verdad, porque todos los desaparecidos tienen una historia‖.

El efecto de estos procesos en el Estado colombiano, es que ha incumplido el deber constitucional al no poder garantizar los derechos fundamentales contemplados en el Título II ―de los derechos, las garantías y los deberes‖, capítulo I, Constitución Política de Colombia, teniendo en cuenta la cantidad de casos que se han registrado como víctimas de desaparición forzada, incluso los datos que la Fiscalía General de la Nación (FGN) informa: a noviembre de 2015 adelanta 106.547 investigaciones por este delito (Fiscalía General de la Nación, 2015).

t


Esta situación, unida al número de personas dadas por desaparecidas de manera forzosa y el estado de las investigaciones penales en curso, evidencian que para superar el alto riesgo de impunidad se requiere tomar medidas urgentes por parte del Estado y de la sociedad que lleven a que miles de familias encuentren sus desaparecidos, logren el resarcimiento, un acceso a la verdad, la justicia, la reparación integral y garantías de no repetición.

El marco normativo sobre desaparición forzada y derechos de las víctimas parece suficiente en el caso colombiano. Sin embargo, subsiste la ausencia de voluntad política por parte de los agentes gubernamentales, los organismos de control y de investigación lo que no ha permitido la aplicación y seguimiento pleno de dicha normatividad. Asimismo, las medidas urgentes que se encuentran consignadas en dicha normatividad en la legislación nacional deben ponerse en marcha de manera prioritaria en el marco de la implementación del acuerdo final para la terminación del conflicto, garantizando el esclarecimiento de la verdad, la localización de las personas dadas por desaparecidas, garantizar sus derechos a la justicia, la reparación integral, la no repetición y todas las medidas necesarias contra este crimen atroz.

El actual momento normativo está marcado por las condiciones que se derivan del de la labor conjunta de las organizaciones y de las víctimas de desaparición forzada, que el pasado 17 de octubre de 2015, lograron incluir en la Mesa de conversaciones de paz hizo público el comunicado conjunto No. 62, buscaba visibilizar el sufrimiento de las familias de personas dadas por desaparecidas y solicitar a la mesa el reconocimiento y la necesidad de la satisfacción de sus derechos, los acuerdos que recoge el comunicado fueron:

1.

Medidas inmediatas de construcción de confianza que contribuyan a la

búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.


2.

La Creación de la unidad especial para la búsqueda de personas dadas por

desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.

Esta decisión política de las delegaciones de paz permitió, que los procesos de identificación, como el caso de los cementerios de los Llanos orientales, se aceleraran, logrando así la entrega de un número importante de restos óseos recibidos por sus seres queridos. beneficiaron directamente a las familias que viene generando acciones de resiliencia y empoderamiento en conjunto con el Colectivo OFB.

Acciones que fueron implementadas entre otras entidades por el Grupo de exhumaciones de la Unidad de Justicia Transicional de la Fiscalía General de la Nación, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Unidad de Víctimas, en coordinación con las organizaciones acompañantes, plataformas y procesos de víctimas entre los que se destaca el Colectivo OFB han permitido que sea discutida la situación de la desaparición forzada en el país y se ha puesto en la agenda pública el problema de la entrega en condiciones de dignidad y acompañamiento psicosocial, forense independiente y jurídico de los restos óseos de víctimas de desaparición forzada a sus familias.

Lo que muestra que el

acuerdo de paz sirve como potenciador de las posibilidades de exigir la consecuente diligencia por parte del Estado, en cumplimiento de su misionalidad, como también de los fallos judiciales que han ordenado el reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado.

El contexto de la desaparición forzada obedece a un fenómeno social de violencia sociopolítica que compromete todos los ámbitos de la guerra y, como se puede inferir de la relación acuerdo de paz – responsabilidad del Estado, proyecta una serie de tensiones que serán parte de la implementación y del dialogo de la sociedad civil del ―postacuerdo‖ determinando las escalas definidas por el acuerdo final

sus

aspectos

humanitarios,

los

impactos

culturales,

económicos,


psicosociales, familiares en la población colombiana, especialmente en las victimas. “El Gobierno Nacional y las FARC-EP acuerdan que con el fin de establecer lo acaecido a las personas dadas por desaparecidas como resultado de acciones de Agentes del Estado, de integrantes de las FARC-EP o de cualquier organización que haya participado en el conflicto, y de esa manera contribuir a satisfacer los derechos de las víctimas a la verdad y la reparación, el Gobierno Nacional pondrá en marcha en el marco del fin del conflicto y tras la firma del Acuerdo Final, una unidad especial de alto nivel con carácter excepcional y transitorio, con fuerte participación de las víctimas, para la búsqueda de todas las personas desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (en adelante la UBPD). Esta Unidad tendrá un carácter humanitario y hará parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Gozará de la necesaria independencia y de la autonomía administrativa y financiera para garantizar la continuidad en el tiempo del cumplimiento de sus funciones.” (Mesa de Negociación Gobierno Nacional - FARC EP, 2016)

De acuerdo con lo definido en el acuerdo final, el valor estratégico que cobran las víctimas no sólo en el tema de la desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, también en el contexto de superación de la guerra y creación de medidas reparadoras y de construcción de reconciliación y perdón en los territorios,

exige

un

esfuerzo

mayúsculo

de

documentación,

análisis,

profundización de contextos territoriales, implementación de análisis psicosociales, así como reportes Sociojurídicos y de sistematización con la mayor rigurosidad de los cuales hace parte este documento.


Para lograrlo, en proyección, se requiere mantener la voluntad política de los otrora negociadores, igualmente la creatividad, innovación, el diseño de metodologías y herramientas que acerquen el acuerdo final y la realidad de los desaparecidos a los roles en debate: las victimas empoderadas y resilientes, el Estado por su responsabilidad histórica, la sociedad colombiana como protagonista de la construcción de la paz, especialmente el movimiento de Derechos Humanos; acciones que son fundamentales en la medida en que el esclarecimiento de toda la verdad, la medidas de reparación y las garantías de no repetición ―deambulan‖ en las regiones y territorios ―doliéndose‖ de las ejecuciones extrajudiciales, de las desaparición forzada y de la necesidad de ser reconocidas, esa es la pieza articuladora de la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto. Mapa 1 Procesos judiciales Desaparición forzada – Colombia 2015


Fuente: Elaboración propia con Información Fiscalía General de la Nación noviembre de 2015

La UBPD puede superar las dificultades – como se ha expresado- de voluntad política, debe abordar las responsabilidades y las consecuencias de la tragedia de la desaparición forzada, debe permitir ―abrir‖ diálogos y conversaciones regionales y locales acerca del contexto y los intereses que guían la comisión del delito, reconociendo ante la sociedad a los familiares de las víctimas como sujetos de derechos, de reparación y garantizarla verdad independientemente de las


circunstancias de la muerte de la persona inhumada en esta condición de no identificada.

Es importante resaltar que, el punto 5: Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto, el ejercicio de la UBPD, deben alinearse con el análisis de regularidades, contextos, decisiones y estrategias desarrolladas u ordenadas desde la justicia penal militar, así como la profundización

en el marco del seguimiento a las

investigaciones penales adelantadas por, se han interpuesto varias acciones legales, porque se han vulnerado los derechos de las víctimas al acceso a la información y todas las investigaciones se encuentran inactivas violentando el derecho la verdad y a la justicia.

El respeto a los derechos humanos desarma la impunidad y un sistema de privilegios continuados para los verdugos y la prolongada descalificación de las víctimas, y, en definitiva, posibilita la institucionalización —por así decirlo— de la verdad como medio y mecanismo de la reconciliación nacional y de la paz.

Memoria y Resiliencia, el papel de los familiares y las acciones de acompañamiento

Contar toda la verdad es un imperativo en el contexto de las personas dadas por desaparecidas, los procesos de memoria, de entrega digna, el establecimiento de


lugares especiales en los territorios y regiones afectados por el conflicto, así como el reconocimiento de la responsabilidad por parte del Estado, se convierten en piezas determinantes para lograrlo, implican actos de cierre del duelo permanente y de la incertidumbre que ha generado por décadas la desaparición forzada de personas. Son el punto de partida de la reconciliación y la muestra fehaciente de la resiliencia que las familias victimas pueden alcanzar como parte del manejo del dolor.

En este sentido, el proceso iniciado en 2007 en los Llanos Orientales ha permitido que disminuya el número de Personas no identificadas, en su mayoría dadas por desaparecidas. En lo corrido de 2016 se identificaron 92 personas en esta región, estableciendo así el debate acerca de la efectividad de la Comisión de búsqueda de personas Desaparecidas. Gracias a labores de seguimiento, recomendación, denuncia y acompañamiento a familiares de víctimas. Que ha documentado mediante una metodología participativa (en la que se incluye una campaña permanente de identificación de personas, la ruta de exigibilidad de derechos (RED) y el acompañamiento psicosocial, jurídico y de incidencia).

La Red ha permitido brindar herramientas para la exigibilidad de derechos y garantías procesales, en el contexto nacional e internacional incluso elevando peticiones ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Con la activación de la Red se profundizan las asesorías, explicando a los familiares paso a paso las acciones que se emprenden, las instancias y los resultados que se obtienen. Por el lado de la atención Psicosocial el acto resiliente de reconocerse en una problemática común a otras familias permite multiplicar esfuerzos y canalizar los duelos en perspectiva de restaurar derechos, dando una conversión a la exigencia de justicia: haciendo parte de un acto de superación del dolor y, por tanto, de perdón.

La información se ha brindado en las respetivas asesorías individuales y en los talleres psicosociales en procura de la búsqueda de personas dadas por


desaparecidas aporta a la comisión del delito de desaparición forzada, en la medida que se exige por parte de la sociedad, medios, mecanismos y políticas públicas que articulen y definan tratamientos diferenciados a la identificación de las personas en el momento de la muerte, a la indagación de los móviles y sus responsables, a la inserción en los sistemas de justicia nacional y los suscritos internacionalmente, evidenciando la responsabilidad estatal por acción y / u omisión en la comisión de los delitos de desaparición forzada y de ejecuciones extrajudiciales de personas civiles, como combatientes y de los cuales no se han logrado determinar las circunstancias de sus muertes.

El Colectivo OFB ha acompañado la entrega digna de decenas de víctimas, participando de forma activa en los procesos de búsqueda, identificación, exhumación y entrega digna de sus seres queridos de cinco cementerios. Esto ha permitido que la incidencia, las campañas y el proceso de interlocución directa de las familias victimas vean como resultado la mengua del número de personas no identificadas que con corte a septiembre de 2016 ha disminuido en 889 personas.

Las acciones forenses independientes, como parte de la ruta de exigibilidad de derechos y la vinculación de diversas organizaciones, plataformas y agendas tanto de las víctimas como de defensores de derechos humanos ha logrado dimensionar otro resultado favorable a la resiliencia de los familiares: a través de estas acciones de seguimiento se han logrado exhumar 266 cuerpos, elevando el total a 1.256 restos mortales, poniendo nuevas tareas de documentación, acompañamiento psicosocial, jurídico y forense restañando en algo la pérdida de seres queridos por parte de sus familias y estableciendo matrices de seguimiento y líneas de vida.


Gráfico 2 Estrategia: Ruta de Exigibilidad de Derechos y Atención Psicosocial Estrategia: Ruta de Exigibilidad de Derechos y Atención Psicosocial

Búsqueda y localización de personas inhumadas como no identificadas y sus familias

Gestión para la entrega de la información por parte de la fiscalía.

Talleres psicosociales para familiares de víctimas Asesoría psicosocial individual y colectiva.

Organización de la información Difusión de la información

Etapa I

Acompañamiento psicosocial y socio jurídico a las familias durante la entrega de los cuerpos.

Acompañamiento terapéutico

Etapa II

Etapa IV

Etapa III

Exigibilidad de Derechos

Etapa V

Informar a las víctimas sobre mecanismos para la exigibilidad de sus derechos

Elaboración y publicación de materiales política (materiales informativos, impresos, pagina web).

Etapa VI

Exigibilidad de Derechos

Diseño, impresión y difusión de los afiches con fotografías de los rostros de las personas desaparecidas identificadas.

Capacitación de familiares de víctimas directas, representantes de organizaciones y asociaciones campesinas

Exigibilidad de Derechos

Acompañamiento en la identificación plena de las personas inhumadas como no identificadas

Etapa VII

Etapa VIII

Gestión para obtención del dictamen forense independiente.

Revisión jurídica de cada caso

Análisis de contexto

Inicio de procesos legales y representación legal de por lo menos 5 casos emblemáticos

Revisión, producción y publicación de documentos del contexto de la zona por cada área de trabajo

Etapa IX

Etapa X

Documentación jurídica de cada caso (recopilación de poderes para accionar)

Etapa XI


Como lo muestra el gráfico 1, en relación a la ruta de exigibilidad de derechos y atención psicosocial, los familiares encabezan el proceso de atención basados en la experiencia de la búsqueda de ellos como ―deudos‖ de una posible persona dada por desaparecida. En este sentido, la campaña visibiliza a las víctimas, integra asesorías jurídicas a familiares, así como las respectivas acciones y acompañamientos psicosociales la capacita en la incidencia para la exigibilidad de derechos, logrando una mejora de la resiliencia y el manejo del duelo. De la mano de este trabajo se encuentra la representación de las familias para la etapa de la entrega digna y las labores de seguimiento y control previos, las negociaciones y verificaciones de cada caso y la exigibilidad de condiciones de respeto y duelo acordes con la cultura, credo y oficios que cada familia solicita.

Este trabajo ha permitido que se inicien proceso de exhumación, identificación y entrega digna en otros cementerios de La Plata, en el departamento del Huila, el cementerio de Cimitarra en el departamento de Santander, el de Bocas de Satinga en el departamento de Nariño y Yarumal en el departamento de Antioquia, evidencia que la labor humanitaria realizada en los Llanos Orientales ha repercutido en todo el país a favor de las víctimas.

Como pionera en la exigibilidad de derechos, los Llanos orientales, región fuertemente afectada por violaciones a los derechos humanos, privaciones de desarrollo sin par y profundas marcas de las infracciones al DIH, las víctimas de desaparición forzada que aún habitan sus campos y ciudades, los defensores de derechos

humanos,

los

procesos

de

acompañamiento,

seguimiento

y

visibilización, unidos a una serie de redes de colaboración, han logrado avanzar no sólo en denunciar la existencia de cementerios de personas sin identificar, agenciar su búsqueda, explorar las condiciones de inhumación, también han logrado el urgente reclamo sobre esclarecer el número de personas sepultadas en condición de no identificadas y la exigencia de alinear la voluntad y decisión política del Estado con los derechos de las víctimas y sus familias. Producto de ello han decidido conformarse y visibilizar estas situaciones en la Red


Latinoamericana de Victimas de Desaparición forzada, ampliando la perspectiva de documentación, de seguimiento y, ante todo, de reclamo y recomendación a los Estados y a los sistemas de DDHH.

Entre el 2 y el 7 de abril de 2017, cubriendo varias regiones y territorios de Colombia, se realizó el encuentro de diversos procesos y organizaciones latinoamericanas y familiares de desaparecidos de los Llanos orientales, además de una copiosa y representativa delegación de organizaciones nacionales defensoras de los derechos humanos; se realizó , igualmente, un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado por la ejecución extrajudicial del líder campesino José Vicente Narváez Bernal en san José del Guaviare, con la presentación y reconocimiento a cargo del viceministro de defensa; posteriormente cerró con un acto de memoria y dignidad en el monumento de las víctimas de desaparición forzada de la zona terminando en una liturgia en homenaje a las víctimas de los llanos orientales. Ilustración 1 Monumento en el cementerio de Villavicencio

Para el día 4 de abril en Mesetas- Meta, se realizó la visita de observación y verificación a una zona veredal en respaldo a la implementación del Acuerdo de


Paz, emotivo acto que permitió a las delegaciones del encuentro acercarse a la realidad material de la paz, a su alcance territorial y a las condiciones como se hace el tránsito de la insurgencia a la vida civil. En Villavicencio, departamento del Meta, los días 5 y 6 de abril se realizó el Foro público en el cementerio central, alrededor del monumento a las víctimas de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales que se erigió como escenario de consciencia y memoria para nunca más repetir la trágica historia del conflicto y sus víctimas; el día 7 de abril en la Universidad Nacional de Colombia en Bogotá, se instaló en conservatorio público con la participación de la delegación internacional, estudiantes, investigadores, organizaciones sociales y populares, de DDHH y el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, la red Latinoamericana contra la Desaparición Forzada.

Como principales estrategias de trabajo de la naciente Red se ha planteado las siguientes Acciones en Red: 

Investigación: definir una metodología de investigación común para realizar investigaciones comparadas y así saber similitudes y diferencias de los casos entre países.

Documentación: Crear un banco común de información básica de casos a nivel Latinoamericano de acceso común y crear protocolos conjuntos desde el aspecto jurídico, psicosocial y forense. También tener una metodología de búsqueda común que incluya factores de riesgo y seguridad. Y además tener acceso a experiencias de acompañamiento psicosocial y de autocuidado para otros países puedan usarlas.

Estrategia de incidencia: realizar acciones conjuntas como red hacia las instituciones internacionales haciendo presión política (CIDH, ONU, Unión Europea,

etc.).

Además

de

la

incidencia

internacional,

trabajar

conjuntamente en herramientas para la incidencia local hacia la población haciendo acompañamiento con medios internacionales que garanticen la


visibilización de las acciones. En los casos de migrantes desaparecidos, presionar para que haya un sistema de búsqueda transnacional y de denuncia. 

Estrategia de Comunicación: Crear mecanismos de comunicación entre las organizaciones que pertenezcan a la Red para la difusión de actividades y apoyo para las acciones simultáneas que se realicen de manera conjunta y de manera local, se hizo énfasis en el uso de redes sociales. Además, crear un boletín cada cierto tiempo para compartir las noticias sobre lo que ocurre de manera particular en cada país. (Colectivo OFB , 2017)

Gráfico 3 Ciclo de la memoria en el marco de la ruta de exigibilidad de Derechos

Incidencia

Resiliencia

Exigibilidad de Derechos

la reconstrucción de la memoria histórica, que se realiza partiendo de los recuerdos, experiencias, artículos y vivencias entronizadas en las personas (familiares en su mayoría) que han vivenciado o sufrido hechos de violencia y vulneración humanitaria, recuperando historias de vida

y haciendo del

imaginario y del recuerdo un acto que sobre construya resiliencia y pueda ser transmitido como estrategia contra el olvido, diríamos que es el paso principal del grupo social parase crear hilos conductores hacia la verdad tomando hechos pasados que puedan representar resarcimiento, resiliencia, incidencia, exigibilidad de derechos, y reconocimiento de responsabilidad. En este contexto, la exigibilidad de derechos como acto de memoria permite que la historiografía del conflicto -relatado y desarrollado desde las víctimas- recupere


la riqueza de los relatos, de las geografías humanitarias, productivas, económicas y sociales que marchan en temporalidades de ―antes, durante y después‖ de la afectación; todo este ejercicio de memoria va resignificando las ―cartas de batalla‖, los informes, los reportes de ―noticia criminal‖, los peritajes, llenando de contenido y, por supuesto de preguntas, la comisión del crimen atroz; a las víctimas se les duele desde su desaparición, la incertidumbre de sus familiares en la búsqueda y rescate ―ojalá con vida‖ es un anhelo que en el ciclo de la memoria se encuentra permanentemente y exterioriza el pedido de verdad y justicia que busca cada familiar. Tabla 2 Desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en los Llanos Orientales 2001-2016

Hecho victimizante

Actor

Número total de víctimas Registradas CINEP Ejercito Fuerza Desaparición pública Policía forzada Paramilitares FARC-EP Sin determinar Total Número total de víctimas Registradas CINEP Fuerza Ejecuciones pública extrajudiciales Paramilitares FARC-EP Sin determinar Total

Arauca Casanare

Vichada

Meta

Guaviare

91

326

8

208

326

37

28

0

62

20

10

0

0

8

4

0

0

4

2

82

57

8

172

308

0

0

0

2

0

133

85

8

248

332

677

115

4

759

311

553

84

1

314

Paramilitares

212

45

3

533

AUC

3

0

768

129

2

3

4

850

0

Fuente: Colectivo OFB con base en información Banco de datos de violencia Sociopolítica – CINEP 2017.


Los datos de la tabla No. 1 son producto del seguimiento y documentación que realiza el CINEP a través de un sistema de información objetivo especificar las instituciones o grupos armados presuntamente responsables de los hechos, según la denuncia hecha por los familiares de las víctimas, la cual brinda unos detalles puntuales sobre las dinámicas de la guerra en relación a la población civil perteneciente a los departamentos que conforman los Llanos Orientales (CINEP, 2017). Visto de esta manera, existe una relación entre desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales; como se ha afirmado, el Estado es el principal ejecutor en la comisión de estos delitos, toda vez que, como lo muestra el reporte realizado en la región de los llanos orientales, entre 2001 y 2016 se cometieron 1.751 ejecuciones extrajudiciales.

Dicha cifra hace parte del debate entre los diversos procesos de organización y defensa de los DDHH ya que, como se ha podido establecer, la ausencia de herramientas, seguimiento e indicadores fehacientes por parte del Estado ha obligado a que sea el movimiento defensor de los Derechos Humanos, el principal accionante en la denuncia y la búsqueda de personas dadas por Desaparecidas. En contraste, el ―Informe alterno sobre la situación de las desapariciones forzadas en Colombia presentado ante el comité contra la desaparición forzada de Naciones Unidas‖, señala que: “El Grupo Interno de Trabajo Exhumaciones de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Justicia Transicional de la FGN, reporta el hallazgo de 6.570 cadáveres que fueron recuperados de fosas clandestinas y cementerios entre 2006 y 30 de abril de 2016; de ellos, 3.105 (47%) han sido identificados y entregados a sus familiares. A la fecha siguen sin identificar 3.465 cadáveres, sin que se conozca hasta el momento una propuesta metodológica por parte del Estado para la identificación de este 53% restante (CCEEUU, 2016).


Lo anterior es clara muestra de la necesidad de dar un paso adelante en cuanto a la denuncia, el acompañamiento a las familias víctimas de Desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales ante las autoridades civiles y militares, organismos de control y multilaterales, además de profundizar la incidencia política en procura de asegurar la identificación, exhumación y entrega digna de los restos óseos, las reparaciones y reconocimientos de responsabilidad necesarios, además de permitir el acercamiento de las familias victimas para el reconocimiento de sus derechos y para la reconstrucción de la memoria histórica del conflicto que habla desde cada uno de las personas inhumadas como una posibilidad de cerrar los duelos por parte de las víctimas y sus círculos.

Un proceso de reconstrucción y reconciliación nacional, de restauración de la justicia y de la memoria histórica exige que todo el Estado y la sociedad logren establecer el alcance de la Desaparición Forzada en Colombia, profundizar en la aplicación de metodologías, líneas de investigación, semilleros, y demás instrumentos que coadyuven y permitan conocer la verdad histórica y la verdad jurídica de estos hechos victimizantes y, a las víctimas, mejorando la resiliencia, garantizando la no repetición y un acceso efectivo a la justicia; derechos fundamentales que son responsabilidad del Estado colombiano.

Igualmente, es un ejercicio de superación de los efectos de la guerra psicológica que desató la degradación de la violencia sociopolítica y el conflicto, que condenaron, en desarrollo de la persecución a la insurgencia y con profundas motivaciones de orden político, económico, a las consecuencias más nefastas y negativas sobre la vida cotidiana de centenares de miles de campesinos, colonos, indígenas y afrodescendientes en el país y, en especial, en los llanos orientales. Como en las crónicas de los otrora ―estados de sitio y excepción‖, el atropello de expresiones de resistencia e identidad alternativas es la columna vertebral de la violencia sociopolítica que ha desatado el conflicto armado en el país, el cual tiene en el acceso a la propiedad y uso de la tierra su principal escenario de disputa,


enfrentando, indistintamente de época y región, a poderosos grupos económicos con indemnes poblaciones que han buscado refugio más allá de la frontera agrícola.

A estas personas se les impedía afirmar su proyecto de vida en un arraigo específico, se les forzó- cual predestinación- al ―terrasgeo‖ y la pobreza, a la violencia como método y a la ignorancia como opción, se les llevó a suplir la supervivencia, condenados al jornal como una forma de vida contraria a sus deseos, motivaciones, anhelos y convicciones, a seguir ―rompiendo selva‖ y allá, en los confines, hasta allá llegó de nuevo la violencia sacrificando de nuevo su vivencia subjetiva y su realidad social. Ilustración 2 Cartografía Social Taller de Acompañamiento Psicosocial – Villavicencio 2016

La pregunta ¿Dónde están las personas desaparecidas? ha sido prácticamente el centro de atención de centenares de organizaciones sociales, defensoras de derechos humanos, conferencias, congresos, audiencias públicas y familiares en el contexto de las últimas 6 décadas de conflicto social, político y armado.


La Desaparición Forzada de Personas y la inhumación de Personas no Identificadas (PNI), son lastres que marcan la historia nacional, son consecuencias de la violencia sociopolítica y la inequidad. La respuesta a la pregunta indaga sobre la madurez que el Estado y la sociedad colombiana poseen para captar el disenso y las controversias como marco de la diferencia democrática; madurez y capacidad que habla del marco legal y constitucional que alimenta los conceptos de democracia, nación, incluso el de ciudadanía misma.

El caso colombiano, especialmente en el delito de la desaparición forzada de personas, indica que tal madurez está lejos de ser un ejercicio y una regla general. conoce. En el marco del derecho constituye un delito continuado, pues no cesa, sino

hasta que la persona desaparecida aparece, viva o muerta, mientras tanto la cadena de victimización se acrecienta con los días, con las búsquedas, con las amenazas de muerte, con los contextos sociales, económicos, políticos y culturales que desaparecen forzada pero paulatinamente en cada región, en las veredas, en las ciudades, el dolor se hace permanente para las víctimas.

Detrás de la desaparición forzada existen motivaciones que llevan al victimario a cometerla, igual que comete otros delitos contra la vida e integridad de las personas.

Desgarradores testimonios han ilustrado que la tortura, el acceso

carnal violento y abusivo, la humillación, las ejecuciones extrajudiciales, el desplazamiento forzado, el secuestro, entre un largo etcétera, son cometidos en el contexto de la desaparición forzada de personas.

Se ha evidenciado, por el modus operandi, que un importante número de casos de desaparición forzada son cometidos contra personas y grupos que profesan posiciones políticas, ideológicas o liderazgos y reconocimientos que, en no pocas ocasiones, son contrarios al mantenimiento del Statu Quo.

Por tanto, la

desaparición forzada de personas es un delito sistemático. Imprescriptible,


complejo y múltiple que vulnera a toda la sociedad, victimiza a colectivos enteros y genera profundas secuelas psicosociales.

Ilustración 3 mandala de la memoria – ejercicio con familiares de Victimas de desaparición forzada – Villavicencio

Existe en el contexto de las víctimas y el movimiento de derechos humanos alarma debido al alto riesgo de impunidad que amenaza las investigaciones en el delito de la desaparición forzada en Colombia.

En la actualidad el Estado

colombiano tiene avances normativos en este campo, como por ejemplo la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas, la creación de la Unidad Nacional de Desaparición y Desplazamiento Forzado de la Fiscalía General de la Nación, sin embargo a pesar de contar con la estructura normativa robusta aún no se supera el estado de impunidad en los casos y se siguen registrando desapariciones forzadas, situación reflejada en el 48% de los casos que se encuentra en investigación preliminar, del total de los casos (Fiscalia General de la Nación, 2015).

En conclusión, se requiere de voluntad política para poner en marcha la normatividad existente, que impulse las investigaciones y procesos judiciales, que


siente bases sólidas en la materia y supere el estado de cosas actual en el delito de desaparición forzada de personas y, así garantizar el acceso a la verdad, justicia y reparación para las víctimas y encontrar a los miles de desaparecidos de Colombia, en lo posible vivos o para ofrecer la inhumación en condiciones dignas en caso de encontrarlos muertos.

Una de las medidas judiciales y humanitarias que el Estado colombiano debe realizar es la intervención en los cementerios municipales, lugares que reportan más de 20 mil personas inhumadas en condición de no Identificadas, en su gran mayoría, como resultado de la violencia sociopolítica y en ocasión del conflicto armado interno.

La desaparición forzada es un crimen atroz y una violación compleja de derechos humanos que involucra los derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad y la integridad personal, a un trato humano, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la identidad y a la vida familiar, entre otros. Cometida en determinadas circunstancias, la desaparición forzada constituye también un crimen de lesa humanidad. Consiste en la privación de la libertad de una persona, seguida de la negativa a reconocer o dar información sobre el paradero de la víctima, con el fin de sustraerla de la protección de la ley. A menudo, la desaparición forzada está acompañada de torturas o violencia sexual y en muy pocas oportunidades las víctimas logran ser rescatadas con vida.

En nuestro país miles de personas se encuentran desaparecidas. Hasta agosto de 2015, el Registro Nacional de Desaparecidos reporta 106.041 casos de desapariciones, de las cuales 22.350 catalogó como presuntas desapariciones forzadas, asimismo la Fiscalía General de la Nación reporto a noviembre de 2015 que se están adelantando 106.547 investigaciones por el delito de desaparición forzada. Detrás de cada cifra se encuentra una familia, que día a día buscan a sus seres queridos, que pregunta ¿Dónde está? Sin que puedan encontrar una respuesta efectiva por parte de las autoridades estatales.


Hasta la fecha, el Estado colombiano internamente no ha reconocido que las desapariciones forzadas en el marco del conflicto armado se convirtieron en una atrocidad masiva que sigue enlutando las familias colombianas, organismos internaciones analizan con preocupación su continua ocurrencia y el alto número de víctimas.

La búsqueda de las personas dadas por desaparecidas y los cementerios de los llanos orientales – una aproximación conceptual

A continuación, se presentará el Caso de los Llanos Orientales, como ejemplo de medida urgente para buscar a los desaparecidos. La intervención en tan solo cinco cementerios de la región de los Llanos orientales ha permitido conocer que en estos cementerios se encuentran sepultadas como no identificadas un gran número de personas dadas por desaparecidas de manera forzada. Que un gran número de PNI perdió la vida en el marco de la violencia sociopolítica y el conflicto armado, al ser reportados como muertos en combate.

Varios factores generaron la Crisis Humanitaria que padecieron los campesinos y demás pobladores de la región, para este análisis, el que cobra mayor importancia es el de la hegemonía de tácticas militares sin control para poder lograr la materialización de ―Políticas de Seguridad‖, como el Plan Patriota y el Plan Integral de Consolidación de la Macarena (OFB-CINEP, 2011) que se convirtieron realmente en hechos determinantes en la vulneración sistemática de los derechos humanos de las comunidades campesinas, quienes al encontrase en medio de las operaciones militares y paramilitares y, bajo la estigmatización de las fuerzas militares de ser ―auxiliadores de la guerrilla‖ se convirtieron en el principal blanco de crímenes atroces, como, la desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, desplazamiento forzado, amenazas e

intimidaciones, montajes

judiciales,

persecución por parte de los actores armados, masacres, violencia sexual, entre otros hechos victimizantes, muchas de las víctimas


de estas violaciones de derechos humanos eran líderes comunales y de Comités Regionales de Derechos Humanos (Comisión de seguimiento a los DDHH y DIH del Bajo Ariari, 2010). Este escenario de guerra e impunidad en el marco del conflicto armado llevó a que en los cementerios municipales del país y especialmente en los cinco municipios de análisis (La Macarena, Vista Hermosa, Granada, Villavicencio en el departamento del Meta y San José del Guaviare en el departamento del Guaviare), se establecieran secciones para la inhumación de personas en condición de no identificadas (PNI) o como lo llaman los sepultureros los ―NN‖.

Tal como es el caso del cementerio del Municipio de la Macarena en el departamento del Meta, en donde se encuentran sepultados más de 550 cuerpos en condición de no identificados, reportados por el Ejército Nacional como ―Guerrilleros dados de Baja en Combate‖, según reportaje del periódico ―Llano 7 días‖ que circula en dicho departamento, en su edición del 30-31 de Julio de 2009, que presenta un titular: En el Municipio de La Macarena se encuentra un cementerio de NN´s, donde al menos han sido sepultados 564 cuerpos reconocidos por el Ejército Nacional como Guerrilleros dados de Baja en Combate. También se informaba que el General JAVIER FLÓREZ, comandante de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega –FUTCO–, aseveraba que a este cementerio sólo eran llevados los cadáveres de guerrilleros abatidos en combate en la jurisdicción del municipio, según el General, ―Cada uno se queda con sus cuerpos‖ (OFB-CINEP, 2011 Pág. 52). Esta documentación regional corresponde a la metodología implementada por Colectivo Orlando Fals Borda, organización defensora de DDHH, que desde hace más de ocho años representa a víctimas de vulneración de Derechos Humanos. En el marco de esta investigación, luego de realizar el acompañamiento antropológico forense, Sociojurídico y psicosocial a los familiares de las víctimas en el curso del año 2012, se coordinó con la Unidad de Justicia y Paz- Subunidad de apoyo de la Fiscalía General Nación, la jornada de entrega de los primeros veinte (20) cuerpos


identificados en los cementerios de La Macarena y Granada, la cual se realizó los días 7, 8, 9 y 10 de mayo del año 2013, luego una segunda jornada de entrega digna de 11 cadáveres identificados a sus familiares en Marzo de 2014 y una tercera entrega digna de 29 cuerpos identificados de víctimas del conflicto armado, quienes fueron sepultadas en condición de PNI (Personas No Identificadas) las tres jornadas se realizaron en la ciudad de Villavicencio, en donde se brindó el acompañamiento psicosocial, Sociojurídico y antropológico forense a las familias durante la entrega digna de los restos mortales a cada familia acompañado de una ceremonia religiosa, esta actividad estuvo bajo la coordinación de Subunidad de apoyo a la Unidad de Justicia y Paz SUBUNJP de la Fiscalía General Nación con el apoyo de las organizaciones sociales.

Durante el proceso de documentación jurídica se ha evidenciado que varias de personas sepultadas en dichos cementerios en condición de personas no identificadas, en adelante (PNI), eran personas que la familia había reportado como desaparecidas y que luego del proceso de identificación se determinó que la víctima, fue desaparecido, posteriormente ejecutado extrajudicialmente y luego inhumado como ―NN‖ en una fosa común como guerrillero dado de baja en combate.

En la actualidad, muchas familias no conocen el paradero de sus seres queridos, no tienen conocimiento si está vivo o muerto y las medidas tomadas por el Estado no han permitido avanzar en su búsqueda y de otro lado, en los cementerios municipales existe un gran número de cuerpos de personas sepultados como no identificados que hoy buscan a su familia. Lo que indica que se requiere con urgencia que las autoridades judiciales y forenses determinen cuantas de las personas desparecidas se encuentran inhumadas como no identificadas en los cementerios municipales.

Mapa 2 Cadáveres No identificados según departamento INMLy CF 2016


Fuente: Producción propia con base en la información tomada del Oficio No. DG 331-2015 del INMLyCF.

Caso Cementerios de los Llanos Orientales

En el marco de la situación nacional de las Personas No Identificadas, se encuentra el caso de los cementerios de la Región Ariari – Guayabero en los departamentos del Meta y Guaviare, una de las más afectadas por el conflicto armado que ha dejado centenares de víctimas de desplazamiento forzado, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, secuestro entre otros crímenes de lesa humanidad.


Como lo señala el CINEP y Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda ―Desde la implementación de la Política de «Seguridad Democrática» y la puesta en marcha del Plan Patriota en el año 2004, desarrollada en su esencia como una política militar de recuperación dominados

por

y

consolidación

de

los

«antiguos

territorios

la insurgencia», se ha producido la violación sistemática del

Derecho Internacional Humanitario, de los Derechos Humanos de los pobladores, así como de sus garantías procesales mínimas. El sentido bélico de los planes implementados por el Estado colombiano en la Región del Ariari-Guayabero procura justificarse en «la lucha contra el terrorismo», donde no hay cabida a la aplicación del Principio de Distinción entre combatiente y población civil, pues las necesidades operativas de las acciones exigen resultados concretos para justificar la excesiva presencia militar en la zona (OFB- CINEP, 2011).

En este sentido, en la Región del Ariari-Guayabero, así como en otras zonas del país, esta lógica operativa ha traído como resultado, por una parte, las recurrentes ejecuciones

extrajudiciales

de

campesin@s, comerciantes, pobladores

de

«los territorios en recuperación», quienes son presentados como «guerrilleros dados de baja en combate». Empero, por otra parte, y como la otra cara de la misma macabra moneda, también se han desarrollado políticas de persecución judicial dirigidas por las mismas fuerzas militares presentes en la zona y bajo la consabida acusación en contra de las comunidades campesinas de ser «auxiliadores de la guerrilla». Además, otro de los argumentos para justificar la persecución en contra de los pobladores de la región, lo ha constituido la existencia de cultivos de coca; esto ha servido como un pretexto más en su lucha contrainsurgente y, con base en estos derroteros, se ha estructurado la aplicación del Plan Colombia y del Plan Patriota, enmarcados ambos en la política de Seguridad Democrática del presidente Álvaro Uribe Vélez‖. Gráfico 4 Personas No Identificadas en los cementerios de los Llanos Orientales


La gravedad de la situación de la desaparición forzada en Colombia ha sido abordada en el Informe Anual 2015 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH, expresando que ―ante la justicia ordinaria se estarían adelantando 61.918 procesos por desaparición forzada bajo la Ley 600 de 2000 y 14.244 bajo la Ley 906 de 2004, de estos la mayoría provendría de los departamentos de Meta, Guaviare, Nariño, Valle del Cauca, Caquetá y Santander. Frente a estas cifras, la Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas (UARIV, en adelante) señala que han recibido 45.515 declaraciones de víctimas sobre desapariciones forzadas y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reporta desde el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres - SIRDEC que son 116.000 las desapariciones entre 1938 al 2015, siendo 22.350 presuntas desapariciones forzadas. Lo anterior evidencia, como lo expresó el Comité Internacional de la Cruz Roja – CICR en su último informe sobre ―Retos Humanitarios del 2016‖, que la situación sobre personas dadas por desaparecidas en el contexto y por razón del conflicto


armado, las desapariciones forzadas y las Personas sepultadas en condición de No Identificadas, son un desafío para el proceso de paz como para la implementación de la firma del Acuerdo Final. De allí, que una de las prioridades en el punto 5 sobre ―Víctimas‖ de la agenda de diálogos de paz, sea las medidas inmediatas y posteriores a la firma de los acuerdos, en el contexto de la implementación de los mismos, encaminadas a dar respuesta a esta situación.

Existen dos circunstancias importantes para tener presentes ante esta problemática. La primera es que hay miles de familias buscando a sus seres queridos desaparecidos desde hace más de tres décadas. Organizadas en Asociaciones de Familiares, cuentan con acompañamiento de organizaciones de derechos humanos y hacen parte de redes, plataformas y movimientos de víctimas, realizan acciones de exigibilidad de sus derechos para la búsqueda de sus seres queridos en vida, siendo una expresión organizada que ha logrado importantes avances en la creación de políticas públicas sobre desaparición forzada.

La segunda circunstancia es la de las familias que desconocen que su ser querido esté desaparecido y/o que haya sido víctima de un crimen. Son familias que los esperan aún con vida y suponen que la no comunicación con ellos hace parte de las dinámicas de las regiones a las que se fueron a buscar fuentes de subsistencia, entre otras en zonas cocaleras. Muchas de estas familias, están relacionadas con los cementerios, por ello, es prioritario localizarlas para que conozcan la suerte que lamentablemente corrieron sus seres queridos, quienes fueron sepultados en condición de PNI, y que en la mayoría de los casos fueron reportados por el ejército como ―muertos en combate‖. La existencia de estos cementerios se dio a conocer desde el 22 de julio del 2010, con el apoyo del Colectivo OFB, en calidad de acompañante de las comunidades en la región. En este territorio se celebraron las fallidas conversaciones de paz entre el gobierno del presidente Pastrana y las FARC-EP, a finales de los 90s y comienzos del 2000. Tras el fracaso de esas conversaciones, la zona fue


intervenida militarmente a través del Plan Colombia, el Plan Patriota y el Plan Victoria, que posteriormente se convirtieron en el Plan de Consolidación Integral de La Macarena – PCIM, acompañado de la creación de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega – FUTCO, como estrategia cívico-militar de recuperación de territorios dominados durante décadas por las guerrillas. Como consecuencia de estos planes, ocurrieron en la zona múltiples violaciones a los Derechos Humanos e infracciones graves al Derechos Internacional Humanitario.

Una de las consecuencias más trágicas, fue que, ante la necesidad de demostrar un aumento de muertes en combate por parte de las fuerzas militares, se cometieron numerosas ejecuciones extrajudiciales de civiles, conocidas entre la opinión pública como ―Falsos Positivos‖, cuyos cuerpos en la mayoría de casos fueron sepultados como personas no identificadas- PNI en cementerios de la región.

A partir de las denuncias sobre esta grave situación, desde el 2010 al 2015 se ha logrado avanzar como resultado de la Audiencia Pública en La Macarena, en:

1.

Un Censo Nacional de personas no identificadas en los cementerios

municipales del país, a partir de las solicitudes de la Fiscalía General de la Nación a 1.103 Alcaldías municipales para que informaran sobre la existencia de cadáveres inhumados sin identificar. De las respuestas de 861 alcaldías, se concluyó que en Colombia existen 20.453 cadáveres con estas características. 2.

Un Grupo de Fiscales para Cementerios de personas no identificadas. La

Fiscalía General de la Nación, Subunidad de exhumaciones de la Unidad Nacional de Justicia Transicional, conformó un equipo de fiscales para atender los casos de los Llanos Orientales; que hasta julio del 2015 reportó los siguientes datos: Tabla 3 Relación de PNI según estado a abril de 2013 Total, General 22.689 Coincidencias

con reportes

de

440


Personas desaparecidas Verificaciones de identidad de cadáveres con nombre* Identificación de cadáveres no identificados

4.386

Menores de Edad

4.210

5.582

8.511 Sin Información Fuente: Informe de Medicina Legal, noviembre de 2011

3.

Un Convenio Interadministrativo. El 26 de octubre de 2010, el Ministerio del

Interior y de Justicia, el Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y la Registraduría Nacional del Estado Civil, suscribieron el Convenio Interadministrativo No.01 de 2010 con el objeto de aunar esfuerzos para el procesamiento de las necrodactilias existentes en los archivos oficiales. Esto con el fin de lograr a identificación de personas fallecidas y cruzar las identificaciones positivas con los reportes de personas desaparecidas. En el desarrollo de este trabajo se lograron los siguientes resultados: Tabla 4 Relación de PNI según cementerio y estado a abril de 2013 N.º

Cementerios Municipales

Cuerpos Sepultados NN

Cuerpos Identificados

Cuerpos Exhumados

Cuerpos No Identificados

Cuerpos Entregados

577

190

106

3877

528

255

135

273

16 35

2

San José del Guaviare Granada

3

La Macarena

464

159

104

305

18

4

Villavicencio

593

200

593

393

8

130

26

52

104

0

830

990

1.462

77

36,2%

43,1%

63,7%

3.3%

1

5

Vista Hermosa Total, general

2.292 Relación con respecto a los cuerpos

Fuente: PNI Fiscalía General de la Nación, No 172 del Senado de la República 01 de julio de 2015

Hasta el momento, según FGN se contabilizan 2.292 personas reportadas como no identificadas (593 en Villavicencio, 528 en Granada, 130 en Vista Hermosa, 577 en San José del Guaviare y 464 en La Macarena). De ellas, 1.421 fueron reportadas por el Ejército Nacional como guerrilleros dados de baja en combate, según consta en las actas de levantamiento del cadáver, sin que existan antecedentes penales o sentencias contra las personas inhumadas.


Han sido identificados 830 (200 en Villavicencio, 255 en Granada, 26 en Vista Hermosa, 190 en san José del Guaviare, y 159 en La Macarena).

Se han

exhumado 990 (593 en Villavicencio, 135 en Granada, 52 en Vista Hermosa, 106 en San José del Guaviare, y 104 en La Macarena). Se han entregado 77 cuerpos (8 en Villavicencio, 35 en Granada, 0 en Vista Hermosa, 16 en San José del Guaviare y 18 en La Macarena). En tan solo 5 cementerios se encuentran sepultadas el 11% de las Personas no Identificadas PNI, reportadas en el Censo Nacional de NN, elaborado por la Fiscalía - Unidad Nacional de Justicia y Paz –UNJYP–, en junio de 2010 que indico que en los cementerios municipales se encuentran en esta condición 20453 PNI.

El 17 de octubre del 2015 se diera a conocer el Acuerdo Humanitario sobre personas

dadas por desaparecidas, desarrollado en el marco de los diálogos de

paz. Y el 17 de diciembre del 2015 se realiza la primera entrega digna de 29 cuerpos de víctimas del conflicto en el marco del Acuerdo Humanitario sobre desaparecidos; en una acción coordinada desde la Fiscalía General de la Nación, el Alto Comisionado de Paz y la UARIV, con la cooperación del Colectivo OFB, apoderada de 25 de las 29 familias que recibieron los cuerpos identificados.

Más recientemente, el 10 de marzo del 2016, la Fiscalía General de la Nación firma la Resolución No. 0708 por medio de la cual ―se crea la Unidad Nacional para la implementación de las medidas inmediatas del Acuerdo Humanitario dado a conocer en el Comunicado

Conjunto

No. 62‖, bajo

la

coordinación de la

Subdirección de Atención a Víctimas de la Fiscalía General.

Los resultados obtenidos en esta región son producto de la metodología ―Contemos la verdad… porque todas las personas no Identificadas tienen una historia‖, implementada por el Colectivo OFB y por las organizaciones de derechos humanos en la región, que tiene por

objetivo localizar a las familias de

las personas desaparecidas que se han identificado para lograr la restitución de


los cuerpos a sus seres queridos, mitigar el dolor de la ausencia y la búsqueda de los desaparecidos, iniciando procesos de construcción de memoria histórica, de exigibilidad de derechos y fortalecimiento organizativo de las víctimas.

En cooperación con el grupo de Exhumaciones de la Fiscalía General de la Nación y Medicina Legal para la exhumación, identificación y restitución de los cuerpos de las personas dadas por desaparecidas, ubicando 2.292 personas sepultadas como No Identificadas en estos cinco cementerios, 1.492 de ellas reportadas por el ejército como ―muertos en combate‖, alcanzando la identificación de 830 de las víctimas, localizando a través de la campaña ―Contemos la Verdad…porque todas las personas no identificadas tienen

una historia‖ a cerca de 260 familias

y logrando la restitución de 123 cuerpos de personas dadas por desaparecidas, las últimas 44 de ellas en el marco del Acuerdo Humanitario sobre desaparecidos suscrito en La Habana entre la guerrilla de las FARC - EP y el Gobierno Nacional en octubre del 2015.

Las víctimas sepultadas en condición de no identificadas requieren la creación de nuevos mecanismos de búsqueda de personas dadas por desaparecidas, donde no se parte de la denuncia de los familiares, sino desde la identificación de las víctimas, donde el mecanismo de búsqueda urgente está orientado a la localización de su familia.

Los desafíos humanitarios que presenta la firma del Acuerdo Final del proceso de paz, desde las medidas inmediatas y aquellas que se proyectan en la jurisdicción especial para la paz, la Comisión para el esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la no repetición como implementación de la justicia transicional en el marco de los acuerdos de paz, cuya experiencia y logros pueda ser replicada a otras zonas del país que presenten situaciones similares de Personas No Identificadas, como víctimas del conflicto armado.


Dialogo de Futuro: La importancia para la Memoria y la dignidad de las víctimas.

Lo psicosocial como proceso integral, contiene un valor estratégico para superar re-victimización, proyectando el abordaje colectivo para que las víctimas adquieran habilidades de sujetos políticos, proponiendo herramientas individuales y colectivas para fortalecer su resiliencia, entendiendo que la reconstrucción de sus tejidos que poco a poco se articulan depende de la capacidad que tengan como sujetos activos de manejo del duelo y, dado que son víctimas, en su mayoría de violencia socio política, profundizar sus lazos solidarios, su incidencia y visibilidad.

Los actos simbólicos como integradores de la memoria histórica han permitido crear esas habilidades, por tanto, lo psicosocial como un enfoque transversal del trabajo de la ruta de exigibilidad de derechos coadyuva a superar las visiones fatalistas,

las

culpas

y

cargas

negativas

acerca

de

la

desaparición,

transformándola en un proyecto colectivo integrador, como aporte a la reconciliación y la creación de paz

- lograr reconocer a las personas no

identificadas PNI, independiente de los módulos de vulneración y los actores a los que responden.

Igualmente, es de resaltar la toma de decisiones de manera participativa y estrictamente informada que se genera a través del trato directo y digno con cada familiar en todo el proceso preparatorio y de entrega, lo que facilita crear lazos en los procesos de base (organización comunitaria), se apropian los componente de la campaña de incidencia, se organizan agendas, acciones e interlocuciones a partir de hechos significativos de las historias de vida y de los desarrollos de cada familiar para hacer colectivamente actos de recuperación, afirmativos de memoria e historia permanente de sus familiares como sujetos políticos.

La relevancia de la ruta de exigibilidad de derechos, de las campañas que hoy tienen lugar en los llanos orientales, el proceso jurídico y la atención psicosocial,


los actos de memora y la labor de incidencia que se realiza, requieren hoy de profundizar el proceso de trabajo emocional y psicológico, pues el acceso a la justicia y las garantías de no repetición, exige que se logre continuidad en el mismo, se superen los modelos formales de atención psicosocial y se logren mayores entregas dignas en los llanos orientales con las víctimas y de cara a la reconciliación nacional. Contar la verdad implica ―desbaratar‖, desarmar los hitos de comunicación de masas y mostrar micro-realidades sobre las personas desaparecidas con sus historias de vida.

El contexto es un acto de memoria que empieza a cobrar

relevancia y a construir tejidos para construir la paz.

En este contexto, el aporte a la verdad que se puede proyectar desde el trabajo en red que realicen los familiares de víctimas de desaparición forzada en los Llanos orientales y especialmente en los departamentos del Meta y Guaviare debe vislumbrar como parte integrante la matriz de violación a la integridad por cuenta de la violencia sociopolítica que se ha ejercido en el marco del conflicto armado.

La labor de documentación que inició con la Audiencia Pública de la Macarena en 2010 ha logrado que a la fecha se establezcan patrones de vulneración y regularidades por parte de la fuerza pública, especialmente las fuerzas de tarea del ejército nacional que operaron en el contexto territorial del bajo Ariari y que, por

fuerzas

de

las

acciones

bélicas

contrainsurgentes,

involucraron

deliberadamente a la población civil, convirtiéndola en parte del conflicto armado y, por supuesto, una víctima permanente y principal damnificada de la toma a ―sangre y fuego‖ de los territorios bajo el control local de las FARC – EP (CINEPColectivo OFB, 2011).

La Desaparición Forzada de Personas emerge, en este marco, como un crimen contra la población civil y de hecho contra la humanidad, lo que exige por parte de familiares, víctimas, redes, procesos de organización y cooperación, seguir


adelante en la búsqueda, con el apoyo jurídico, forense y psicosocial, la documentación y en la organización de las personas victimizadas, para que así, el Estado garantice las medidas de verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición, tanto en el marco de los acuerdos de paz, como en desarrollo de las políticas públicas de implementación de los acuerdos.

Para lograr el cabal cumplimiento de lo anterior y aprovechar la oportunidad de la búsqueda, localización y entrega digna de Personas dadas por Desaparecidas se debe: 1.

Reconocer la desaparición forzada es un crimen atroz, de ejecución

permanente y sistemático que el Estado colombiano no ha tenido la capacidad de contener, mitigar y castigar, contrario a ello ha sido permisivo, por acción y / u omisión, debido a que no ha garantizado de manera efectiva los derechos fundamentales de los ciudadanos y ha incumplido las obligaciones internacionales suscritas en defensa de los derechos humanos, en especial con la búsqueda de las personas desaparecidas. 2.

El Estado colombiano debe culminar la ratificación de la Convención

Internacional para la Protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, incluyendo la aceptación de Competencia por parte del Comité de Desapariciones Forzadas para recepcionar y analizar las denuncias por esa violación de derechos humanos de acuerdo con lo que señalan los artículos 31 y 32 de la referida Convención. 3.

La comisión del delito de desaparición forzada se ha mantenido constante

en cuanto a ocurrencia e incluso en cuanto a su denuncia a lo largo del tiempo, sobre todo en los Llanos orientales2 y continúan ocurriendo en la actualidad. En muchos casos, las desapariciones quedan invisibilizadas cuando ocurren juntamente con otras violaciones, como las ejecuciones extrajudiciales cometidas

2

Hay que recordar que en el caso de los reportes del RUV, para la región del Meta y Llanos Orientales (incluye el departamento del Guaviare) cuenta con 56.184 Víctimas directas de desaparición forzada, homicidio, fallecidas y no activos para la atención.


por la Fuerza Pública de manera sistemática entre 2002 y 2010, las cuales estuvieron casi siempre acompañadas por la desaparición forzada de la víctima. 4.

Las desapariciones forzadas en Colombia no son hechos aislados. Por el

contrario, son práctica habitual, deliberada, que responde a objetivos claros. La Fuerza Pública y los grupos paramilitares utilizan las desapariciones forzadas como un mecanismo de persecución política en contra de sectores organizados de la población civil o en contra de las personas que ellos consideran sus opositores. 5.

Muchas de las personas desaparecidas son líderes sociales y comunitarios,

defensoras y defensores de derechos humanos y miembros de organizaciones sindicales. En muchos casos las desapariciones son precedidas de amenazas explícitas en las que se les advierte a las víctimas que deben abandonar la actividad que desempeñan o abandonar la región. 6.

Hasta la fecha no son suficientes los esfuerzos para encontrar a las

personas desaparecidas y devolverlas a sus familiares, ejemplo de ello que después de 17 años de existencia de la Comisión Nacional de Personas Desaparecidas, sus resultados apenas si superan las 70 personas identificadas. Por lo tanto, la sociedad colombiana y la comunidad internacional deben aunar esfuerzos para realizar una evaluación del funcionamiento del mecanismo de búsqueda urgente y su aplicación eficaz, así como la implementación del Plan Nacional de Búsqueda en todos los casos y la necesidad de dar respaldo a la Unidad

de

Búsqueda

de

Personas

Desaparecidas,

como

parte

de

la

implementación de la Paz y la verdad. 7.

Aunque Colombia cuenta con un importante marco jurídico en materia de

desaparición forzada, este no se traduce en mayores garantías, ni en prácticas comunes y cotidianas que mitiguen efectos y prevengan su ocurrencia, tampoco en la atención y reparación integral a las víctimas y sus familiares. Por ello, se requiere de manera urgente implementar la metodología de búsqueda de familiares y de intervención de los cementerios del país, para identificar, exhumar y restituir en condiciones de dignidad y resiliencia los cuerpos de las 20.525 Personas Sepultadas en Condición de NO Identificadas a sus familiares, como


uno de los primeros pasos para el esclarecimiento de por lo menos 20,000 casos de desaparición forzada que permanecen en la más completa oscuridad.

8.

En lo local es vital seguir fortaleciendo la incidencia política y la preparación

de informes y recomendaciones a presentar en los sistemas interamericanos de justicia y DDHH, el intercambio de información, la creación de bancos genéticos y el aprovechamiento de la capacidad lograda en cada país y por cada organización.

9.

Es importante destacar el actual marco de implementación de los Acuerdos

de Paz en Colombia, firmado a finales de 2016 entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC-EP, que incluye específicamente la creación de un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición, del cual formará parte una Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, pondrá a prueba la capacidad de organización, incidencia

y movilización social de las

víctimas y las organizaciones acompañantes, así como la necesidad de una mayor y más profunda veeduría por parte de la comunidad internacional para llevar a buen escenario las garantías de no repetición, la verdad la justicia y la reparación integral.

10.

Impulsar la participación de las víctimas en el Sistema para incidir en la

construcción de toda la arquitectura institucional necesaria para la implementación de todo lo anterior, ofreciendo respuestas y soluciones reales a las víctimas, que tenga en cuenta las demandas de justicia y verdad, incluida la activación de los mecanismos de exigibilidad de derechos ante instituciones jurisdiccionales internacionales como la CIDH y el Comité contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas.


Bibliografía CCEEUU, C. C. (2016). Informe Alterno sobre la situación de las desapariciones forzadas en Colombia, Presentado ante el comité contra las desapariciones Forzadas de Naciones Unidas . Bogotá : Editorial Códice . CINEP. (2017). Desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales. CINEP- Colectivo OFB. (2011). Proyecto de Documentación de casos Tipo de Desaparición Forzada en la región Ariari – Guayabero. Bogotá : Códice. Colectivo OFB . (2017). Encuentro de intercambio de experiencias y constitución de la Red Latinoamericana contra desapariciones forzadas. Bogotá D.C. . Fiscalia General de la Nación. (2015). respuesta a derechos de petición .


Mesa de Negociaciรณn Gobierno Nacional - FARC -EP. (2016). Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera . Bogota, Colombia .


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.