PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 2014-2018

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ACUERDO ACDO.SA3.HCT.230414/84.P.DF y sus anexos relativo al Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2014-2018. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El H. Consejo Técnico, en la sesión extraordinaria celebrada el día 23 de abril del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA3.HCT.230414/84.P.DF, en los siguientes términos: "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; tercero del Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; numerales 24, 27 y 32 del Acuerdo 01/2013 por el que se emiten los Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; y en términos del oficio 126 del 21 de abril de 2014, signado por el Titular de la Dirección de Finanzas, Acuerda: Primero.- Aprobar las modificaciones realizadas al Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2014-2018, en atención a las observaciones y recomendaciones de la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Segundo.- Autorizar el envío de la versión definitiva del PIIMSS 2014-2018 a la citada Secretaría, para su dictamen. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, una vez obtenido el dictamen de la Secretaría que nos ocupa, se realicen los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar el presente Acuerdo y la versión definitiva del PIIMSS 2014-2018 en el Diario Oficial de la Federación". Atentamente México, D.F., a 23 de abril de 2014.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.Rúbrica. PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 20142018

Marco Normativo El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cumple con uno de los mandatos constitucionales que derivan del artículo 123, apartado A, fracción XXIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala que "es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares". De esta manera, los artículos 2 y 4 de la Ley del Seguro Social señalan que el Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional y que tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia, y los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. Conforme al artículo 5 de la propia Ley del Seguro Social, el IMSS tiene la noble misión de organizar y administrar el Seguro Social en el mejor interés de todos los trabajadores y sus familias. Por ello, el Instituto se constituye como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya administración está integrada de manera tripartita, puesto que concurren representantes de los trabajadores, de los patrones y del Gobierno Federal.


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