ESTRATEGIA ECONÓMICA & EMPRESARIAL
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Lunes. 28 de enero de 2013 www.e3.comunicacionempresarial.net
La optimización de la carga tributaria en una situación de crisis JORDI FONT BARDÍA Socio Director de Font Abogados y Economistas
Cuando el resultado de la empresa no es boyante lo último en lo que se piensa es en la carga impositiva. “Craso” error. Precisamente en las épocas de crisis, cuando entre los objetivos del empresario cobran especial relevancia: rebajar gastos, aplazar pagos y limitar al máximo las contingencias imprevistas, es el momento en el que conviene revisar la carga tributaria de la empresa, sometiéndola también a estos objetivos. A continuación exponemos algunas sugerencias en este sentido: 1) Reducir al mínimo el coste fiscal, no solo utilizando todas las deducciones y bonificaciones que permite la ley, sino también las “economías de opción” que frecuentemente nos pasan desapercibidas, y que surgen de forma notable en la actividad exportadora, y en general con la internacionalización de la economía. Este es un ejercicio que debe hacerse contemplando el corto y el medio plazo, puesto que decisiones tomadas hoy puede rebajarnos el coste fiscal mañana.
2) Aplazar el pago del impuesto, siempre que el “interés de demora” constituya un coste financiero que compense, o la ausencia de financiación alternativa la conviertan en la única opción. Esta medida, si no logra mejorar la cuenta de pérdidas y ganancias, si puede mejorar el cash flow. 3) Determinar el “riesgo previsible”. Entendiendo por tal, el que deriva de la interpretación de la ley, algunas veces interesada, otras veces errática de la Dirección General de Tributos, y muchas veces corregida por la Jurisprudencia tanto interna, como comunitaria. Muchas empresas se encuentran en situaciones realmente difíciles, a causa de interpretaciones de la Inspección Tributaria más que discutibles. Basta pensar en el concepto como “motivo económico válido” que se exige en las operaciones de fusión, escisión; o en la deducibilidad de la “retribución del administrador”; o en la necesidad de tener “persona con contrato laboral y local”; o en la valoración de las “operaciones vinculadas”, etc… Este es un riesgo que por los continuos cambios de criterio de la Administración, aconsejamos que se revise de forma periódica.
4) Averiguar el “riesgo imprevisible”. Nos referimos al riesgo tributario que asume inconscientemente el empresario, consecuencia del desconocimiento de la norma. Compartimos la idea de que “el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”. Sin embargo la profusión de legislación fiscal (entre el 2009 y el 2012 se han publicado más de 60 normas tributarias), así como la severidad de las sanciones tributarias, hacen del empresario un sujeto excesivamente vulnerable a este tipo de riesgo. 5) La evaluación del riesgo fiscal en que puede hallarse la sociedad, debe extenderse al “administrador” y a los miembros del consejo de administración, aunque no detenten cargos ejecutivos. Cada vez es más común ver expedientes de “derivación de responsabilidad al administrador” por impago de las deudas tributarias de la sociedad. Sin olvidar el supuesto de disolución de la compañía, en el que también los socios responden, y no solo con la cuota de liquidación social, sino también con los rendimientos obtenidos durante los dos años anteriores. Hay que tener en cuenta que la Inspección
siempre llega en el peor momento. Como consecuencia de los ciclos económicos la Administración Tributaria suele comprobar periodos en los que los resultados empresariales eran mejores, por tanto la factura fiscal llega cuando menos liquidez se suele tener. Por tanto la optimización fiscal de la empresa pasa tanto por aplicar las normas más favorables en cada momento, como por limitar al máximo el riesgo para la sociedad y del administrador. Medir ese riesgo o mejor hacer un análisis “D.A.F.O.” (Debilidades, Amenazas, Fortalezas, Oportunidades) de la situación tributaria de la empresa no solo es conveniente sino necesaria. En definitiva se trata de detectar debilidades, evaluar la probabilidad de que se conviertan en una amenaza real, fortalecer la situación de la empresa haciendo las correcciones que sean necesarias, y explorar nuevas oportunidades que mejoren la situación tributaria. Es recomendable que este análisis se haga desde una óptica independiente de la propia empresa e incluso de sus asesores habituales, en aras a obtener una mayor objetividad. Avda.Diagonal 640 1º E 08017 Barcelona Telf: 93 494 89 80 Fax: 93 494 89 81 www.fontae.com - fae@fontae.com