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Sumario 04
Judicial
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Comisionado de Justica ejecuta en mayo el 57% de su Planificación Estratégica.
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Reforma
Con programa “Dona Liber tad” Comisionado ha inaugurado 11 bibliotecas en centros penitenciarios.
Diplomado Internacional auspiciado por el Comisionado de Justicia y la CONAEJ.
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El CARMJ suscribe acuerdos de compromiso y trabajo con instituciones nacionales y ex tranjeras. comisionado de apoyo a la reforma y modernizaciÓn de la justicia
C/ Dr. Delgado esq. Moisés García, Casa de las Raíces, D.N., Rep. Dom. www.comisiondodejustica.gob.do Tel.: 809.685-7338 Lino Vásquez Sámuel Comisionado de Justicia Marien Montero Beard Directora Ejecutiva CARMJ
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Reforma Judicial
Fotos: Depto. Logística CARMJ Alina Mieses (portada)
Coordinadoras: Katherine Golez Susana Blas
Articulistas: Alba Beard Vaughn González Ricardo Rojas León María Hernández García
Redactor: Diego Pesqueira
Diseño y Diagramación ideakreativa.com
Clara Silvestre Corrección y Cuidado de Edición
Impresión Editora Corripio
Colaboradores:
Milagros Pichardo Pío Arleny Montás González Belkis Cabrera Ilonka Valentín Pérez Erika Cabrera Dorka Lluberes Edgar Martínez Francia Liriano Domingo D’ Oleo Francisco Guillén Una publicación periódica del Comisionado de Apoyo para la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ) . Prohibida su reproducción total o parcial, sin el previo consentimiento del CARMJ.
MENSAJE
del Comisionado lvasquez@reforma-justicia.gov.do
CONSTITUCIONALIDAD, TRANSPARENCIA Y COMPROMISO Para el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARJM) y la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), la presente publicación encardina con la misión de divulgar los cambios sustanciales producidos en el sistema de justicia de la República Dominicana. En este aspecto cabe resaltar, que ha sido el presidente, doctor Leonel Fernández Reyna, quien ha impulsado el más significativo y revolucionario proceso de reforma en la República Dominicana, lo que motivó la creación de lo que en sus orígenes se llamó Comisión Nacional de Apoyo a la Reforma Judicial, instrumento más idóneo de la expresión de la voluntad política del cambio que en materia de justicia reclamaba la sociedad dominicana. Es por ello que, como reiteración de voluntad política impulsada desde el ejecutivo nacional, el presidente Fernández genera desde la propuesta de reforma constitucional la denominada Segunda ola de Reforma, con la incorporación de novedosos cambios en el sistema de justicia que, sin lugar a dudas, redundarán en el afianzamiento de la institucionalización de las instituciones del aparato judicial del país. La revista Reforma Judicial que a partir de esta primera edición sale a la luz pública, da continuidad a la revista Novedades de la Reforma, que circuló hasta mediados de 2008, y nace, precisamente, con la segunda ola de reforma judicial de la República Dominicana, pretendiendo constituirse en el instrumento de divulgación institucional de los cambios que, a partir de la aprobación de la carta magna, operen en todas las instancias del sector justicia, por lo que además de ser el órgano de difusión del CARMJ y la CONAEJ, pretende ser una herramienta necesaria de política comunicacional estratégica de la renovación y los cambios que hagan más eficiente el sistema de administración de justicia dominicano. La presente publicación es, por demás, una edición especial que recoge la labor desarrollada por el CARMJ desde nuestra llegada a la institución, en agosto de 2008 hasta mayo del 2009. Se destacan los proyectos y acciones más relevantes como el ciclo de conferencias sobre la Reforma Constitucional entre octubre y noviembre del año pasado, el programa “Dona Libertad”, orientado a la instalación de bibliotecas en los CCRs del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria, la propuesta de reforma al Código Procesal Penal de la CONAEJ, los diplomados impartidos y los acuerdos suscritos con instituciones nacionales y extranjeras a los fines de apuntalar el estado de derecho y el sistema de administración de justicia que, en conjunto, constituyen un pilar de la nueva sociedad por la que
trabajamos y aspiramos: la sociedad del desarrollo humano sostenible, la sociedad del siglo XXI. Reforma Judicial es una publicación de opinión y contenido, vale decir, de aporte conceptual y de lectura fielmente conectada con las sociedades y el conocimiento que prevalecen en estos días. Un aspecto que debemos resaltar es el de la ética y la transparencia a partir de la iniciativa del gobierno y la propia preocupación del presidente Leonel Fernández Reyna para que las instituciones del sector público se disciplinen y actúen en la dirección correcta, evitando así el dispendio y las acciones dolosas en el manejo de los recursos públicos. Entendemos que la transparencia no es sólo actuar con claridad y exponerse al escrutinio público. Es, al mismo tiempo, obrar correctamente, con voluntad y con pulcritud. La ética y la moral no son -en el caso que nos ocupa- simples retóricas; son fundamentalmente un modelo de conducta y un compromiso. Unido a valores de esa línea de conducta, pautada por el jefe de Estado, el compromiso es el mejor aliado de quiénes hoy dirigimos y servimos al Comisionado de Justicia. Muchas gracias.
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EL CARMJ AVANZA
En mayo había ejecutado el 57% de su planificación CONTRIBUYENDO CON LA CONSECUCIÓN DE UNA VERDADERA REFORMA JUDICIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. La clave: esfuerzo, dedicación y trabajo en equipo.
MARIEN MONTERO BEARD Directora Ejecutiva del CARMJ mmontero@reforma-justicia.gov.do
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l Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia determinó en evaluación interna, realizada en el pasado mes de mayo, que ha ejecutado el 57% de las actividades pautadas en la Planificación Estratégica para el 2009, fruto de un gran esfuerzo, dedicación y trabajo en equipo.
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Propuestas normativas. Fortalecer la divulgación de la doctrina jurídica. Calidad institucional.
Respecto a los ejes I y II: contribuir con el fortalecimiento de las instituciones del sector justicia y apoyar espacios de reflexión,
En diciembre de 2008, con la realización del taller: Hacia el Plan Estratégico 2009 y con la presencia de los departamentos de Proyectos e Investigación, Logística, Comunicación, Administración, RRHH, Dirección Ejecutiva y Coordinación, reunidos durante 22 horas de trabajo; se determinó cuáles serían los ejes y líneas estratégicas a seguir. EJES ESENCIALES • •
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Contribuir con el fortalecimiento de las instituciones del sector justicia. Apoyar espacios de reflexión, creación y difusión de normativas legales e impulsar su implementación.
Personal evalúan propuestas para eficienti-
creación y difusión de normativas legales e impulsar su implementación. Se evidencia un alto nivel de cumplimiento con la comunidad jurídica en general, ya que son los ejes destinados al apoyo e implementación de proyectos. En cuanto a los ejes III y IV: “Propuestas normativas y fortalecimiento de la divulgación de la doctrina jurídica”. Se evidencia un proceso paulatino de cumplimento, en tanto que son actuaciones que se generan como resultado de un proyecto o depende de la aprobación en el Congreso Nacional de alguna normativa. En lo que respecta a la divulgación de la doctrina jurídica, se ha cumplido en su totalidad hasta lo previsto, y la proyección, para este año 2009 es de 10 publicaciones para dar cumplimiento a esta línea de acción. Respecto a la Calidad Institucional, se verifica un nivel extraordinario de cumplimiento, incluso, superior a lo previsto. Inauguramos la Oficina de Acceso a la Información (OAI), para dar cumplimiento a la Ley 200-04, que en su artículo 1, establece que “Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado dominicano, y de todas las sociedades anóni-
zar la planificación estratégica del CARMJ.
Una de las sesiones de trabajo que llevó a cabo el CARMJ, dirigida por el licenciado Víctor Beras.
Participantes del taller hacia el plan estratégico 2009.
mas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo: a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada; b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizadas del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales; c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado; d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado; e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal; f ) Organismos e instituciones de derecho privado que
reciban recursos provenientes del Presupuesto Nacional para la consecución de sus fines; g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas; h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas.” Así también, se realizó el lanzamiento de la página web de la institución, denominada: www.comisionadodejusticia.gob. do. El Comisionado de Justicia avanza y con ello la consecución de una verdadera Reforma Judicial en la República Dominicana.
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NOTICIAS
Comisionado
de Justicia
Analiza Proyecto de Reforma Constitucional RECONOCIDOS CONSTITUCIONALISTAS DEBATEN SOBRE LOS BENEFICIOS DE UNA NUEVA CARTA SUSTANTIVA, DURANTE LA JORNADA POR LA CONTITUCIÓN: JUSTICIA Y REFORMA CONSTITUCIONAL.
Desde la izquierda, Manuel Peña Conce, Servio Tulio Castaños Guzmán, Víctor Suárez, Octavio Líster, Lino Vásquez Sámuel, Francisco Domínguez Brito y Eduardo Jorge Prats, durante la primera jornada por la Constitución.
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a consolidación del sector justicia y su constitucionalización en el país fue tratada de manera profunda durante ocho conferencias magistrales, dictadas por expertos en la materia, convocados por el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, con el objetivo de analizar el proyecto de reforma constitucional que es conocido en el Congreso Nacional a través de la Asamblea Revisora. Durante las ocho jornadas, celebradas en el auditorio de la Procuraduría General de la República en coordinación con la Escuela Nacional del Ministerio Público, asistieron jueces, fiscales, abogados, funcionarios civiles y militares. La primera entrega del programa contó con la presencia, como constitucionalista invitado, del licenciado Eduardo Jorge Prats, quien disertó sobre “El Poder Judicial en la Propuesta de Reforma Constitucional”.
LOS TEMAS Los temas tratados fueron: “El Poder Judicial en la Propuesta de Reforma Constitucional”, “La Reforma del Ministerio Público en la Propuesta de Reforma Constitucional”, “La Jurisdicción Electoral en la Reforma Constitucional”, “El Poder Judicial, la Segunda Ola de Reforma y la Reforma Constitucional”, “Panel de Discusión Sobre la Justica Consticional”, “El Gobierno Judicial en la Reforma“, “La Defensa Pública en la Reforma Constitucional” y “La Jurisdicción Contenciosa Administrativa en la Reforma Constitucional”, a cargo de los conferencistas Eduardo Jorge Prats, Ramón Emilio Núñez, Mariano Rodríguez, Rafael Ciprián y Laura Hernández, respectivamente. Las jornadas se desarrollaron en octubre y noviembre del 2008, con el propósito de analizar los temas concernientes al Poder Judicial y al Ministerio Público, y con ello, abrir un espacio de discusión y retroalimentación de las conclusiones
de las jornadas de consultas, organizadas por el Poder Ejecutivo.
sentar por sus adjuntos, entre ellos Octavio Líster y Moisés Ferrer.
Igualmente, debatir temas relacionados con la jurisdicción contenciosa administrativa, la defensa pública, la jurisdicción electoral y un panel de discusión sobre la justicia constitucional. Durante las entregas de la Jornada por la Constitución, el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, se hizo repre-
Al evento asistieron representantes del Ministerio Público, abogados, estudiantes de derecho y ciudadanos interesados en el tema.
CÉSAR PINA TORIBIO El programa de debates de las jornadas por la Constitución fue clausurado por el
PALABRAS DEL COMISIONADO Al pronunciar el discurso de apertura, el Comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez Sámuel, dijo que la propuesta de una reforma constitucional integral como la auspiciada por el presidente Leonel Fernández Reyna, constituye un buen punto de partida para iniciar una discusión profunda en la búsqueda de un consenso social que dé legitimidad a los contenidos sustanciales que pretenden ser reformados. Resaltó que la experiencia de la “Consulta Popular” como paso previo a la elaboración de una propuesta técnica presentada por una comisión de juristas de capacidad incuestionable, constituye un antecedente importante a la previa elaboración de la pieza que finalmente sometió el Presidente de la República al Congreso Nacional. Indicó que, aunque la iniciativa de reforma está en el terreno de la Asamblea Revisora, que es el órgano constitucionalmente competente para reformar la Constitución, “la ciudadanía debe conocerla, porque la Constitución no es un patrimonio de la clase política, ni de un partido o élite; la Constitución es para todos los dominicanos y dominicanas.”
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NOTICIAS LOS CONFERENCISTAS Además de Eduardo Jorge Prats, participaron, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente y coordinador General de FINJUS; Rafael Ciprián, juez titular del Tribunal de Tierra, Rafael Luciano Pichardo, vicepresidente de la Suprema Corte de Justicia, y Mariano Rodríguez, presidente de la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral. También, Alejandro Moscoso Segarra, procurador fiscal del Distrito Nacional; Juan Amado Cedano, procurador general de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; Glas Gutiérrez, juez de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, y Alba Luisa Beard, jueza en funciones de liquidadora de la Jurisdicción Inmobiliaria del Distrito Nacional. Otros fueron: Milton Ray Guevara, Cristóbal Rodríguez, Olivo Rodríguez, Manuel Ramón Peña Conce, Manuel Randolfo Acosta Castillo, Laura Hernández, Luz Díaz, Rosalía Sosa y Cándido Simón. César Pina Toribio clausura el ciclo de conferencias.
doctor César Pina Toribio, secretario de Estado de la Presidencia y presidente de la CONAEJ, quien presentó la conferencia magistral “El Gobierno Judicial en la Reforma Constitucional”. En su exposición respaldó que, en el proyecto de reforma constitucional, sea acogida la propuesta de creación de un órgano de gobierno del Poder Judicial, a los fines de que las decisiones judiciales sean adoptadas por una estructura integrada por varios miembros, donde la sociedad tenga sus representantes. Sostuvo que distintos sectores de la so-
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ciedad, consultados al respecto por los juristas designados para redactar el anteproyecto de reforma constitucional, manifestaron que sería saludable para el país y la institucionalidad del Poder Judicial que las decisiones de ese organismo no sean adoptadas de manera exclusiva por la cúpula de la Suprema Corte de Justicia. El también ex procurador general de la República y ex consultor jurídico del Poder Ejecutivo, explicó que el gobierno judicial sería ejercido por el Consejo del Poder Judicial, el cual estaría presidido por el presidente de la Suprema Corte de
Justicia, e integrado por un juez del alto tribunal, dos jueces de Corte de Apelación o su equivalente, dos jueces de Primera Instancia o su equivalente, un juez de Paz, un representante del Colegio de Abogados y un decano o director de las escuelas y facultades de derecho de las universidades nacionales. Sostuvo que el Consejo del Poder Judicial tendría la responsabilidad de dirigir y aplicar la Carrera Judicial, el control disciplinario de los jueces, con excepción de los miembros de la SCJ, la dirección y aplicación de los instrumentos de evaluación de todos los jueces, formulación de ternas para la designación y ascenso de jueces, administración del Poder Judi-
NOTICIAS del país fue eliminada, y en su defecto se creó el Consejo Nacional de la Magistratura, órgano al que se le encargó la elección de los jueces de la SCJ, a quien se confiere designar los demás escaños del Poder Judicial.
cial, sueldos y demás, junto a la creación de cargos, designación de funcionarios y traslados de jueces, con excepción de los jueces del alto tribunal. El funcionario expresó que esta propuesta es similar a la presentada por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, con la diferencia de que en la actual, se plantea una mayor presencia de la estructura judicial nacional en el órgano. Señaló que una de las innovaciones básicas que se hace en la propuesta presentada al Congreso por el Presidente Leonel Fernández, es una mayor presencia de la estructura en el órgano de gobierno judicial. Dijo que uno de los aspectos que cuenta con mayor apoyo es el referente a que el gobierno del poder judicial no debe quedarse en la cúpula, sino repartido en toda su estructura. Explicó que estos sectores entienden que es necesario que fluyan más las opiniones desde la sociedad en torno a las medidas que sean adoptadas por el Poder Judicial. “La próxima Constitución plantea la
creación del órgano de gobierno del Poder Judicial, que estará integrado por el presidente de la SCJ, quien lo presidirá, y otros jueces, así como representantes de los abogados, escuelas y facultades de derecho, lo que garantizaría un mayor flujo de opiniones”, precisó Pina Toribio.
CONCLUSIONES AL CONGRESO Durante el acto de clausura, el Comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez Sámuel, consideró que la reforma constitucional a que arribó el país en 1994, en medio de una crisis política, fue el punto de arranque de la reforma del Poder Judicial, que se cristalizó, a partir del ascenso al poder del doctor Leonel Fernández Reyna, quien en el interés de impulsar políticas públicas en el sector justicia, incorpora al Estado el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. Manifestó que 150 años tuvieron que transcurrir para superar la visión de un poder judicial neutralizado por la política, en donde la facultad del Senado de la República de nombrar a todos los jueces
Señaló que a la interrogante de cómo diseñar un órgano de gobierno judicial que sea garante de la independencia interna, que no debilite la función jurisdiccional de la Suprema Corte de Justicia, ni afecte la lograda independencia externa, surgió la iniciativa de reforma constitucional, presentada al Congreso Nacional por el Presidente de la República, a través de la creación de un Consejo del Poder Judicial para asumir las funciones de administración de la jurisdicción. “Se trata, a nuestro modo de ver, de un órgano escardinado en el Poder Judicial, que sería integrado mayoritariamente por jueces de diversos escaños y con la participación complementaria del gremio de abogados y las universidades. “Así cerramos esta Jornada por la Constitución: Justicia y Reforma Constitucional, procurando que las conclusiones del día de hoy y las siete anteriormente expuestas, sean depositadas en el fuero del Congreso Nacional, apoderado de la propuesta de Reforma Constitucional, para luego ser publicadas, esperando que contribuyan de manera positiva a la instauración del eje temático de la propuesta de reforma, orientada hacia un Estado social democrático y de derecho’’. Asistieron a la clausura, el doctor Luis Scheker Ortiz, miembro del Consejo de Participación Ciudadana; y los magistrados Pedro Balbuena, juez presidente de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, y José Alberto Cruceta, Juez de la Cámara Civil y Comercial de la la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, quienes participaron como comentaristas invitados.
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Nuevas instalaciones del CARMJ y la CONAEJ Conozca nuestra página web y visite la Oficina de Acceso a la Información
El procurador Radhamés Jiménez Peña, el Comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel y la directora ejecutiva del CARMJ, Marien Montero Beard, acompañados de funcionarios y empleados de la institución dejan formalmente inauguradas las nuevas oficinas de la CONAEJ. Figuran, también, el procurador general adjunto, Moisés Ferrer Landrón; la doctora Laura Hernández, entre otros.
El Comisionado de Apoyo para la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ), dejó en funcionamiento las nuevas oficinas que alojarán el personal que labora en la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), así como la remodelación de algunas áreas de la sede del CARMJ, en un acto donde, también, fue presentada la nueva página web de la institución y la Oficina de Acceso a la Información (OAI). La remodelación en la sede del Comisionado de Justicia, incluye cambios en la estructura organizacional, con la finalidad de mejorar el desempeño y definición de las labores de algunos de-
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partamentos, como es el caso del área de proyectos, que ahora pasó a ser Proyectos e Investigaciones. La actividad estuvo encabezada por el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña; el procurador fiscal del Distrito Nacional, Alejandro Moscoso Segarra; el comisionado de justicia, Lino Vásquez Sámuel (anfitrión); Laura Hernández, directora de la Oficina Nacional de Defensa Pública; Stephen Brager, oficial general de los proyectos de desarrollo de la USAID, y Román Jáquez, director ejecutivo de la Fiscalía del D.N. Para la materialización del proyecto se
alquiló el local contiguo a la Casa de Las Raíces (sede del CARMJ). La bendición de las nuevas instalaciones estuvo a cargo del padre Rogelio Cruz. El comisionado Lino Vásquez Sámuel dijo que es importante resaltar que los espacios del nuevo local han sido habilitados con el 85% del mobiliario y los equipos que se utilizaban anteriormente, es decir, que han sido reutilizados para reducir los gastos del presupuesto de la institución, acorde con la austeridad, promovida por el Ejecutivo Nacional. Informó que la división del flujo de trabajo, de acuerdo a los dos locales, se distribuyó de manera que en la Casa de Las
Raíces estén ubicados los despachos del coordinador y de la dirección Ejecutiva, con la recepción y el antedespacho. Además, debido al necesario y constante acceso a la coordinación, se mantendrían en la Casa de Las Raíces toda el área administrativa (que incluye la división de compras y suministros) y los departamentos de Recursos Humanos, Comunicación e Informática, Salón principal de conferencias (ampliado) y el almacén.
Mientras que el nuevo local se distinguirá por ser un nuevo lugar de asiento de la CONAEJ, con la oficina de su presidente, el doctor César Pina Toribio. Se encuentran allí también las oficinas de proyectos e investigaciones del CARMJ, el departamento de logística y un salón para las reuniones de la Mesa Nacional de Decanos y Directores de Facultades y Escuelas de Derecho, con la colaboración y auspicios de la USAID. El Comisionado de Justicia relanza su página web, modificando su denominación, que desde ahora es www.comisionadodejusticia.gob.do, acogiendo así las directrices sobre los dominios
OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Con esta oficina se garantiza el derecho de los ciudadanos a conocer lo que se hace desde la función pública e institucionalmente permite neutralizar cualquier foco de corrupción, conteniendo cualquier impulso que induzca a desviarse del buen desempeño. Con ello, se da cumplimiento a la Ley No. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública y el decreto No. 130-05, que establece su reglamento de aplicación, para garantizar el derecho de toda persona de solicitar y recibir información efectiva, veraz y oportuna sobre todos los actos y actividades de los organismos y entidades que reciben recursos provenientes del presupuesto nacional. Informaciones y servicios que estarán disponibles de manera permanente y actualizada: a) Presupuesto y cálculo de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución. b) Programa y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisión. c) Llamado a licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados. d) Listado de funcionarios, empleados, consultores. Organigrama institucional, funciones y remuneraciones, así como la declaración jurada patrimonial, cuando corresponda. e) Estado de cuenta de la deuda pública, sus vencimientos y pagos. f ) Leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios, y cualquier otro tipo de normativa. g) Índices estadísticos y valores oficiales. h) Estructura de la institución. i) Normativa de funcionamiento. j) Informes de gestión. k) Base de datos. l) Centro de intercambio y atención al cliente o usuario: consultas, quejas y sugerencias. Las solicitudes podrán ser efectuadas vía Internet o presentarse a las instalaciones de la institución donde serán atendidas por la oficial de información quien ha sido capacitada e instruida para tales fines.
para que prevalezca el GOB, como han sido trazadas en el decreto 175-08 emitido por el Presidente Leonel Fernández
Reyna. Además, se realizaron cambios de imagen en la web para hacerla más atractiva, interactiva y asequible.
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ONCE BIBLIOTECAS INAUGURADAS
PROGRAMA
A N “DO RTAD” E B I L
ÓN I C C E R R O C OS DE R T N E C A A I BENEFIC CIÓN A T I L I B A H E R Y
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l Comisionado de Justicia inició en agosto del 2007 un novedoso programa denominado “Dona Libertad” con el objetivo de recopilar libros de parte de los diferentes sectores nacionales, tanto de editoras e instituciones como de la ciudadanía en general, para ser donados a las bibliotecas de los 37 centros carcelarios del país. La divulgación de esta campaña abarca, además, una amplia jornada de contactos con editoras de todos el país, organismos internacionales, y la capacitación de los reclusos como bibliotecarios para el buen funcionamiento de la mismas. Con esta jornada, se logra dar fiel cumplimiento al artículo 72 de la Ley 224 sobre Régimen Penitenciario cuando establece que: “En todo establecimiento penitenciario existirá una biblioteca adecuada al número y categoría de reclusos que albergue. Se efectuará una prolija selección del material de lectura y se instará a los reclusos a que se sirvan de las bibliotecas lo más posible”. “Dona Libertad” tiene el firme propósito de crear bibliotecas que permitan a los reclusos contar con adecuados espacios de lectura para enriquecer su formación en procura de que sean mejores ciudadanos en el mañana.
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Junto a la reja de mi blanca celda, el mar despeina su melena azul. Veo como se alza la gaviota y vuela, como afanosa de volverse luz como afanosa de volverse luz. Indecible anhelo de tener las alas, del ave grácil que se eleva así. Desentumirlas, levantar el vuelo, cruzar los aires y llegar a ti, cruzar los aires y llegar a ti. La Gaviota, Juan Bosch.
En la actualidad, se han donado más de 35 mil ejemplares para las 11 bibliotecas inauguradas, entre ellas San Felipe, de Puerto Plata, Dajabón, Elías Piña, Najayo Femenino, San Cristóbal, Rafey, Santiago, Vista al Valle de San Francisco de Macorís, Monte Plata, Haras Nacionales y San Pedro de Macorís. La Victoria se beneficia también con la instalación de una de estas bibliotecas. Este programa será extendido a todos los centros de corrección y rehabilitación del Nuevo Modelo Penitenciario y otros centros carcelarios que así lo requieran. Con el eslogan “Dona un libro hoy, a las bibliotecas de las Cárceles Dominicanas, para que ellos sean mejores ciudadanos mañana”, Lino Vásquez Sámuel exhorta a los dominicanos e instituciones estatales a colaborar con la dona-
ción de uno o varios libros, a los fines de brindar una segunda oportunidad a quienes hoy están privados de su libertad y fomentar un mejor civismo a las personas privadas de libertad.
Radhamés Jiménez Peña, secundó las palabras de Vásquez Sámuel, señalando que el sistema penitenciario dominicano, el nuevo y el viejo modelo, avanza a pasos agigantados.
Las bibliotecas donadas por el CARMJ están dotadas de material de lectura de variado contenido y buscan ofrecer a los internos un medio para su formación y acceso al conocimiento, como un esfuerzo de las autoridades para que los internos e internas hospedadas allí puedan tener una segunda oportunidad.
Dijo que fruto del trabajo, educación y apoyo del presidente Leonel Fernández, el sistema penitenciario dominicano ha sido tomado como referencia en América Latina.
Vásquez dijo estar satisfecho de contribuir a la reeducación de los internos e internas, pues ellos merecen la oportunidad de prepararse para cuando se reinserten en la sociedad. El procurador general de la República,
Por otro lado, Roberto Santana, coordinador del Modelo de Gestión Penitenciaria, expresó que gracias a estas bibliotecas se ha logrado una tasa cero en analfabetismo en los centros bajo su responsabilidad, donde estudiar es una obligación. Los actos inaugurales de las bibliotecas de los CCRs reciben el respaldo de las autoridades vinculadas al sector, entre
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ellos: el director de Prisiones, Manuel de Jesús Pérez Sánchez; Fray Arístides Jiménez Richardson, coordinador de la Pastoral Penitenciaria; Vielka Calderón, procuradora general de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago; el fiscal de Santiago, Raúl Martínez; el juez de Ejecución de la Pena, magistrado Rubén Darío Cruz Uceta, así como los directores de los recintos inaugurados. Estas bibliotecas forman parte del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciara que desarrolla la Procuraduría General de la República, en aras de transformar el viejo régimen carcelario del país, lo que intengra una novedosa modalidad de respeto a la dignidad humana y la regeneración efectiva de aquellas personas privadas de libertad.
Las personas e instituciones que deseen hacer donaciones de libros para el programa pueden dirigirse a la doctor Delgado, esq. Moisés García, llamar al teléfono 809-685-7338 exts. 221 y 249, o acceder a nuestra página web www.comisionadodejusticia.gob.do, e-mail info@reforma-justicia.gov.do
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El procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña; el Comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel; el gobernador de San Pedro, Alcibíades Tavárez; el presidente de INDOTEL, José Rafael Várgas, junto a Ismernia Martínez en representación de la Primera Dama, doña Margarita Cedeño de Fernández.
Valora Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria
Comisionado afirma país marcha firme hacia humanización Uno de los aspectos más importantes es que de acuerdo a las estadísticas, el Nuevo Modelo Penitenciario presenta una tasa de reincidencia de 2.7%, lo que significa que ha bajado notablemente, porque la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dice que la tasa promedio mundial de reincidencia de los sistemas penitenciarios avanzados oscila entre el 39% y el 72% .
El Comisionado de Justicia afirmó que el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria marcha con paso firme hacia la erradicación del hacinamiento y el analfabetismo dentro de la población carcelaria. Al mismo tiempo, destacó que a la fecha se encuentran en funcionamiento 11 recintos dentro del Nuevo Modelo, donde son rehabilitados más de 2,500 internos. “En cada uno de estos centros ha sido inaugurada una biblioteca con miles de libros, lo que permite a los internos tener su mente ocupada en la lectura”, detalló. Lino Vásquez Sámuel indicó que otro aspecto que ayuda a la regeneración de los internos es la eliminación de los maltratos, mafias y privilegios.
Dijo que, contrario a lo que sucede en el viejo sistema penal, los internos que entran al Nuevo Modelo pueden reinsertarse a la sociedad luego de cumplir con la pena impuesta por las autoridades judiciales. En estos nuevos centros las personas privadas de su libertad reciben cursos de computadora, repostería, corte y confección, fabricación de velones, costura, ebanistería, inglés, diseño y decoración de interiores, entre otros. El Comisionado de Justicia habló durante el acto de inauguración del Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro de Macorís, que se une a otros diez centros similares que operan con éxito en otras regiones del territorio dominicano.
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“Con acciones de este tipo es que se podrá transformar el viejo régimen carcelario del país, que recibió un nuevo espaldarazo con esta inauguración”, apuntó. En el acto estuvieron presentes, además, el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña; el director de Prisiones, Manuel de Jesús Pérez Sánchez; el director de la Escuela Nacional Penitenciaria, Roberto Santana Sánchez; el presidente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, José Rafael Vargas; el procurador general ante la Corte de Apelación de la región, Ángel René Pérez García, y el coordinador de la Pastoral Penitenciaria, Fray Arístides Jiménez Richardson.
CCRs Los CCRs, como son llamados estos centros, integran una novedosa modalidad de respeto a la dignidad humana y la regeneración efectiva de las personas privadas de libertad, y operan de manera simultánea en San Felipe de Puerto Plata, San Francisco de Macorís, RafeyMujeres y Rafey-Hombres en Santiago; Elías Piña, Femenino de Najayo, en San Cristóbal, Dajabón, Mao, Monte Plata y Haras Nacionales, en Santo Domingo. Además, están en avanzado proceso, los recintos de Moca, Baní-Mujeres, Salcedo e Higüey.
LÓPEZ RODRÍGUEZ En sus palabras leídas por su representante, fray Arístides Jiménez. Nicolás de Jesús López Rodríguez reafirmó su compromiso de continuar apoyando la implementación del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria. Definió el nuevo modelo penitenciario como un proyecto de país y de patria, tras asegurar que el mismo tiene un valor nacional que ha colocado a la nación dominicana por encima de los estándares internacionales, ya que ha dado como resultado una auténtica rehabilitación de los internos.
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El comisionado Lino Vásquez Sámuel, durante un acto penitenciario.
Resaltó que las antiguas estructuras de represión han desaparecido al ser sustituidas por nuevas modalidaes donde se les da a los internos un trato humano. “La República Dominicana ha de asumir como un desafío la conservación y consolidación del nuevo modelo de gestión penitenciaria”, manifestó. De su lado, el procurador Radhamés Jiménez dijo que como rector de la política criminal del Estado ha asumido un compromiso que no se detiene pese a las precariedades económicas, en el esfuerzo por garantizar una sociedad más segura y en paz, al convertir los centros penitenciarios en espacios de segunda oportunidad.
humana y la regeneración efectiva de las personas privadas de libertad.
LA EDIFICACIÓN El Centro Corrección y Rehabilitación cuenta con un edificio de tres niveles, con capacidad para seis internos cada una. También, posee área de control, atención integral, un edificio de comedor de dos niveles, cocina, panadería, aulas, biblioteca, así como sala para niños y un área para los Vigilantes de Tratamiento Penitenciario.
El Centro Corrección y Rehabilitación fue construido con una inversión de 60 millones de pesos y tiene capacidad para 324 internos penitenciarios.
Próximamente será iniciada la segunda etapa de este recinto, para completar una capacidad de alojamiento de 948 internos. Con esos fines la Procuraduría realizó recientemente un concurso público con la participación de cientos de ingenieros, arquitectos y empresas constructoras.
De manera simultánea fueron dejados en funcionamiento una biblioteca dotada de más de 2 mil libros, con los auspicios del Comisionado de Justicia, y un centro de informática donado por el INDOTEL, el número 11 que la Procuraduría incorpora al nuevo sistema, dentro de la modalidad de respeto a la dignidad
El área de salud del centro de San Pedro dispondrá de equipos de alta tecnología para la atención de los internos, además de que serán implementados los programas de producción agrícola que funcionan en los otros recintos que operan dentro del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria.
Propuesta Reforma al CPP en Congreso Nacional CONAEJ INTRODUCE PROPUESTA A CÁMARA DE DIPUTADOS
Lino Vásquez Sámuel, el senador Francisco Domínguez Brito y el diputado Víctor Suárez, al centro, durante la rueda de prensa convocada para comunicar la introducción al Congreso de la propuesta de modificación del Código Procesal Penal.
La Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), presentó al Congreso Nacional la propuesta de reforma a esa ley que ha sido discutida y consensuada por todos sus miembros.
bar a una decisión en el Proceso Penal, amplía los criterios de arraigo a tomarse en cuenta a la hora de fijar medidas de coerción, introduciendo como elementos a considerar, las acusaciones por otros procesos u otras investigaciones
El documento propone la reforma de varios artículos del Código Procesal Penal relativos a los plazos para ejercer derechos, acciones y recursos para arri-
to de las funciones del juez en la ejecución de la pena, a través de una serie de medidas que permitan reducir los niveles de impunidad como consecuencia de la incertidumbre que genera el actual procedimiento de ejecución de las condenas.
en las cuales figure una misma persona como posible autor o cómplice. El documento plantea redefinir el ámbi-
La entrega del documento se realizó en rueda de prensa llevada a cabo en la Cámara baja y el mismo fue recibido
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“Es evidente que la normativa vigente amerita cambios tendentes a fortalecer la eficiencia de la persecución penal, respetando los derechos fundamentales de las personas, consagrados por la Constitución y los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, que forman parte del bloque de la Constitucionalidad”, enfatizó el Comisionado de Justicia. por una comisión, encabezada por Víctor Suárez, quien preside la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. Estuvo presente el senador Francisco Domínguez Brito, presidente de la Comisión de Justicia del Senado de la República. El doctor Lino Vásquez Sámuel, vicepresidente de la CONAEJ, dijo que la Reforma Procesal Penal ha servido para fortalecer los derechos de la ciudadanía, imputados y víctimas, rescatando los valores liberales que la tradición autoritaria había ocultado, pero que todavía persisten una serie de vicios institucionales y falencias que afectan el correcto desem-
Servio Tulio Castaños.
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peño de los actores del sistema judicial dominicano, lo que hace necesario una propuesta inteligente desde la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), como espacio plural en el que intervienen los gerentes del sistema de justicia. Explicó que esta iniciativa brinda un enfoque más conectado con la queja social, asumiendo la defensa de los derechos de la víctima de un modo más efectivo. Aseguró que la propuesta busca producir los cambios normativos “para modificar viejas prácticas y actuaciones de muchos de los actores del sistema de administración de justicia penal para así estimular, contundentemente, el proceso de cambios que exige nuestra sociedad en la dinámica de la investigación, la persecución penal y el juicio”. “Es evidente que la normativa vigente amerita cambios tendentes a fortalecer la eficiencia de la persecución penal, respetando los derechos fundamentales de las personas, consagrados por la Constitución y los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, que forman parte del bloque de la Constitucionalidad”, enfatizó el Comisionado de Justicia. La Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), la conforman: César Pina Toribio, secretario de Estado de la Presidencia, quien la
Monseñor Agripino Núñez.
Jorge Subero Isa.
preside y Lino Vásquez Sámuel, titular del CARMJ, quien funge como vicepresidente ejecutivo. La integran también, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa; el procurador general de la República, Radhamés Jiménez; el presidente de la Comisión de Justicia del Senado de la República, Francisco Domínguez Brito; el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Víctor Suárez; el jefe de la Policía Nacional, Rafael Guillermo Guzmán Fermín; la directora de la Oficina Nacional de la Defensa Pública, Laura Hernández Román y el director de la Escuela Nacional de la Judicatura, Luis Henry Molina. Otros integrantes son: el director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, y el director de la Escuela Nacional Penitenciaria, Ramón Emilio Núñez y Roberto Santana, respectivamente; el secretario de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo, Temístocles Montás; monseñor Agripino Núñez Collado; el vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán, y el presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, José Fernando Pérez Vólquez.
“El documento plantea redefinir el ámbito de las funciones del juez en la ejecución de la pena, a través de una serie de medidas que permitan reducir los niveles de impunidad como consecuencia de la incertidumbre que genera el actual procedimiento de ejecución de las condenas”.
Comisionado y Unapec reconocen jueces y abogados diáspora dominicana en Estados Unidos El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ) reconoció a un grupo de jueces y abogados dominicanos residentes en Nueva York, durante un acto organizado conjuntamente con la Universidad APEC (UNAPEC), en el marco de la XVI Semana Dominicana que se celebró en septiembre de 2008, en Washington y New York. La actividad tuvo lugar en la Corte Civil de Manhattan, New York, y allí fueron reconocidos: Faviola Soto y Julia Rodríguez, de la Cortes de Reclamos y Civil de New York; así como los abogados Carmen Suardy, vicepresidente de Relaciones Laborales Continum Health Services; Patria Frías Colón, abogado Canciller de Educación; José Luis Pérez, abogado Principal y director Ejecutivo del Fondo de Defensa y Educación Legal Puertorriqueño, y Lourdes Ventura, líder Minoritario del Senado Estatal de New York, estos dos últimos pertenecen al Ministerio Público. El Comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez, aseguró que desde hace diez años la República Dominicana vive un proceso de constantes reformas en la administración de sus sistemas de gestión, lo que ha podido constatarse a través de la creación de numerosas instituciones que hoy día se encargan de este proceso. Dijo que para el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia es motivo de gran regocijo y privilegio poder reconocer la labor que desempeñan los profesionales dominicanos radicados en los Estados Unidos, quienes llevan en alto su identidad do-
José Luis Pérez, Faviola Soto, Lourdes Ventura, Carmen Suandu, doctor Lino Vásquez, Justo Pedro Castellanos, Patria Frías, Pedro Díaz Ballester, Julia Rodríguez y Manuel Méndez, en el acto de reconocimiento.
Lino Vásquez, Lourdes Ventura y Justo Pedro Castellanos.
minicana, resaltando el compromiso para con su país y con la sociedad que los acoge. Explicó que este espacio ofrece la oportunidad de confirmar que la República Dominicana cuenta con valores humanos capaces de llevar la bandera dominicana en alto, y de contribuir con la consecución del Estado social, democrático y de derecho que todos queremos”. El doctor Vásquez Sámuel recordó que
“el Presidente Leonel Fernández, en su discurso de toma de posesión, dijo que los seres humanos somos lo que hacemos cada día, y con ello transmite un mensaje de motivación al trabajo honesto, arduo y tesonero con el que construir nuestro proyecto de nación”. Los reconocidos recibieron placas y colecciones de obras jurídicas del Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.
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En la Universidad de San Andrés de Buenos Aires, Argentina:
Diplomado Internacional auspiciado por Comisionado de Justicia y CONAEJ Lino Vásquez afirmó que es necesario obtener modelos de respuestas para aplicarlas en países con realidades sociales y culturales similares.
B
UENOS AIRES, ARGENTINA.- El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ) hizo posible que más de 70 profesionales del derecho dominicano, incluyendo jueces, fiscales, defensores públicos, agentes policiales y abogados, participaron en el Diplomado Internacional “Derecho Penal, Procesal Penal y Procesal Constitucional”, el cual aportó importantes conocimientos teóricos y prácticos a los actores del sistema de justicia. El doctor Lino Vásquez, Comisionado de Justicia, destacó la calidad del diplomado así como la profesionalidad y capacidad de los expositores entre los que figuraron abogados de la categoría de Maximiliano Rusconi, Silvana Stanga, Martín Bohmer, José Cafferata, Eugenio Raúl Zaffaroni y Alberto Binder. Al pronunciar las palabras de apertura del diplomado, celebrado del día 11 al 22 de mayo en la Universidad de San Andrés de Buenos Aires, Vásquez aseguró que mediante la experiencia académica los participantes conocerían la experiencia argentina, a fin de que desarrollen las destrezas y habilidades en ambos procesos.
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El doctor Lino Vásquez ofrece el discurso de apertura.
Destacó el respaldo brindado por la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ) y la Universidad de San Andrés, para hacer una realidad la celebración del diplomado. El Comisionado de Justicia explicó que la realidad social puede ser común a varios Estados, por lo que es necesario obtener modelos de propuestas para ser aplicadas en países con realidades sociales y culturales similares, como el caso de Argentina y República Dominicana. “En la búsqueda incesante de conocimiento y de las experiencias del nue-
La directora ejecutiva del CARMJ, Marien Montero Beard, acompañada del decano de derecho de la Universidad de San Andrés, Martín Bohmer y Silvana Stanga.
vo proceso penal y que a sabiendas de que una de las fuentes primarias del código tipo es el Código de la provincia Argentina de Córdoba, cuyas bases fundamentales han sido plasmadas en la legislación procesal penal de varios países latinoamericanos, entre los que se encuentra la República Dominicana, es necesario mantener un intercambio de conocimientos, como base incesante del aprendizaje”, precisó. Sostuvo que las nuevas normas del Derecho Penal introducen cambios que favorecen la integridad física y moral del individuo, en procura de un sistema de justicia eficiente y eficaz. Aseguró que con la aplicación de nuevas estructuras y el desempeño eficaz de los actores del Ministerio Público y del Poder Judicial “lograremos que efectiva y eficazmente se obtengan leyes que beneficien a todos en sociedad, sin ningún tipo de discriminación o abuso de poder”. El funcionario dijo que como ciencia, el Derecho abarca los fenómenos sociales, la justicia como aproximación a la moralidad y la regla de conducta, “aparece como un epifenómeno que refleja las
peculiaridades de cada grupo humano, donde el orden jurídico se halla en interacción con los demás fenómenos sociales, contribuyendo a su formación y cristalización”.
PARTICIPANTES: La delegación dominicana estuvo conformada además del Comisionado de Justicia, por la directora ejecutiva del CARMJ, Marien Montero Beard; Perfecto Acosta, fiscal de la provincia Santo Domingo; Manuel Ramón Peña Conce, decano de la Universidad Católica de Santo Domingo, y Ramón Jáquez, de la Fiscalía del Distrito Nacional. Asistieron, además, la magistrado Sonia Espejo, de la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes, de Mao, Valverde; Cándido Simón Polanco, jurista experto en Derecho Penal; José Miguel Minier, secretario general del Colegio de Abogados de Santiago; Guillermo Nolasco, abogado; Ingrid Hidalgo; Gladis Sánchez, secretaria general de la Procuraduría General de la República, así como los fiscales adjuntos Elvira Rodríguez, Ninoska Cossío Rodríguez, Candida Ramos y Francis Omar Soto, entre otros.
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Circula libro Jornada por la Constitución: Justicia y Reforma Constitucional Santiago.- El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia puso en circulación el libro “Jornada por la Constitución: Justicia y Reforma Constitucional”, un valioso documento que comprende los importantes planteamientos de los actores y expertos que expusieron y debatieron la propuesta de Reforma Constitucional en el sistema judicial. Las palabras de bienvenida al acto estuvieron a cargo de Fernando Manuel Quiñones, presidente de la Asociación de Abogados de Santiago, quien luego cedió la palabra al doctor Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Apoyo La mesa de honor estuvo presidida por Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Justicia; Fernando Manuel Quiñones Cruz y José Miguel Minier, presidente de la asociación y secretario general del Colegio de Abogados, seccional Santiago; el magistrado José Alberto Cruceta, juez 1er Sustituto de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega; el magistrado Pedro Balbuena, presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, y Héctor Grullón Moronta, abogado y ex-síndico de Santiago.
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a la Reforma y Modernización ión de la Justicia. Durante la actividad, fuee desarrollado el panel Reformaa Constitucional en el que intervinieron vinieron magistrados y especialistas tas de Santiago, entre ellos: José Alberto Castillo Cruceta, quien trató el tema “Los derechos fundamentamentales en la Reforma”; Pedro Balbuealbuena, con “Justicia Constitucional”, cional”, y doctor Hector Grullón Moronta, con “La Jurisdicción Contenontenciosa Administrativa en la Reforma Constitucional”. Al finalizar alizar las magistrales conferencias as se desarrolló un espacio de preguntas y respuestas.
Palabras del Comisionado Durante su intervención, el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización ón de la Justicia, explicó que ue la experiencia de la consulta ulta popular como paso previo a la elaboración boración de una propuesta técnica presentada por una comisión de juristas de capacidad incuestionable, significó un antecedente importante para la elaboración de la pieza que fue sometida por el Ejecutivo al Congreso de la Nación.
Aseguró que el siguiente paso fue generar una discusión abierta sobre los contenidos de la propuesta, una deliberación pública, dentro y fuera del Congreso Nacional, lo que favorecería no sólo el empoderamiento social de la propuesta, sino a la crítica
c constructiva para mejorar la LLey Sustantiva de la Nación. “El fortalecimiento institucional “E de la República Dominicana emerge como una necesidad em pa para sustentar cualquier proyecto serio de nación, que aspire al pro progreso de una sociedad más just justa y equilibrada. Precisamente lo q que ha propuesto nuestro Preside sidente Leonel Fernández Reyna al im impulsar una iniciativa de reforma constitucional integral, como la qu que ha presentado al Congreso Nacio Nacional, que recoge una serie de eenmiendas y cambios que la convi convierten en un paso de avance para d delinear un verdadero Estado Social y Democrático de Derecho como el que aspira y merece nuestra ciu ciudadanía”, dijo. El Com Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia se sum sumó al debate y discusión de la iniciativa de reforma constitucional, en el interés de contribuir al fortalecimiento del Sistema Judicial, convocando así la participación de importantes actores y expertos, tanto del ámbito constitucional como del judicial, para realizar,
conjuntamente con la Escuela Nacional del Ministerio Público, lo que fue una de las más trascendentales actividades referentes al Sistema Judicial: la Jornada por la Constitución: Justicia y Reforma Constitucional.
Pública, el Ministerio Público, la Justicia Constitucional, la Justicia ContenciosaAdministrativa y la Justicia ContenciosaElectoral, a fin de aportar en la construcción de un consenso social que legitime los contenidos esenciales que
Cada miércoles de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2008, en el auditorio de la Procuraduría General de la República, acudieron los juristas: Eduardo Jorge Prats, César Pina Toribio, Ramón Núñez Núñez, Mariano Rodríguez, Eddy Olivares, Rafael Luciano Pichardo, Rafael Ciprián, Milton Ray Guevara, Cristóbal Rodríguez Gómez, Olivo Rodríguez Huertas, Laura Hernández Román, Servio Tulio Castaños, Rosina Alvarado, Nassef Perdomo Cordero, Eric Raful, Luis Scheker Ortiz, José Alberto Cruceta, Pedro Balbuena, Juan Amado Cedano, Alejandro Moscoso Segarra, Randolfo Acosta Castillo, José Pérez Volquez, Manuel Peña Conce, Jorge Eligio Mendez, Alba Beard Marcos, Gregorio Montero, Salvador Catrain y José Manuel Glass Gutiérrez.
pretenden ser reformados en la Consti-
La jornada fue centrada en el sistema de judicia con aspectos como el Poder Judicial, el Gobierno Judicial, la Defensa
fin de contribuir al proceso de moderni-
tución, por lo que entiende que con esta recopilación el Comisionado de Justicia cumple la misión de promover el debate público en el quehacer jurídico dominicano, aportando a la discusión de los contenidos de la segunda ola de la reforma judicial, a fin de que estas conclusiones sean ponderadas por la Asamblea Revisora. Estas actividades formaron parte del programa compendiado en la planificación estratégica del Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia para el 2009, en aras de cumplir la misión de la institución, que consiste en impulsar iniciativas, coordinar y apoyar los esfuerzos del Estado y la Sociedad, a zación que garantice un sistema de administración de justicia eficaz.
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Comisionado propícia fortalecimiento derechos
y protección víctimas y testigos Debaten temas de interés para promover la protección de los derechos de las víctimas y testigos en la República Dominicana. El plan se desarrolla con éxito en coordinación con la Procuraduría General de la República, el Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima y la Dirección Nacional de Atención a Víctimas de Violencia. A juicio de Vásquez Sámuel, se hacía necesario la elaboración de líneas estratégicas de las víctimas, que por una causa u otra han sido afectadas por la violencia de cualquier género.
Representantes de la sociedad civil apoyan iniciativas relacionadas con los derechos y protección de víctimas.
El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia ha sido uno de los principales promotores para que las víctimas de algún tipo de violencia sean protegidas dentro del proceso penal, mediante la presentación de un “Plan Estratégico” y la realización a nivel nacional de talleres y conversatorios sobre Victimología, una iniciativa puesta en marcha en diciembre del año 2008, en el auditorio de la Procuraduría General de la República. La iniciativa, impulsada por el comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel,
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permitió, en la primera fase, unificar criterios entre las instituciones del Estado y la sociedad civil para elaborar las estrategias necesarias para hacer posible la protección de los derechos de las víctimas y que se adopten iniciativas a su favor. La presentación del Plan Estratégico, con relación a los derechos de las víctimas y testigos de ilícitos penales, fue realizada durante acto encabezado por el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña.
Estimó, además, que en ese sentido es que desde el Comisionado de Justicia se procura articular todo un movimiento tendente a revalorizar la víctima desde la óptica de la protección de sus derechos. Empero, destacó que se debe tener presente la supremacía del valor humano y de la justicia como resarcimiento, la innegociable defensa de los derechos de las víctimas de violencia, así como la necesaria incorporación de los derechos humanos de la víctima en el proceso penal, entre otras. Vásquez Sámuel explicó que para el comisionado de Justicia representó un compromiso haber compartido con el procurador Jiménez Peña, el lanzamiento de las líneas estratégicas para el for-
El Comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel, encabeza mesa de conversatorio sobre Victimología.
talecimiento de las acciones a favor de las víctimas. Indicó que el comisionado entiende necesario y urgente impulsar este nuevo paradigma de justicia restaurativa, que procura pasos hacia delante, por lo que en su plan estratégico para el año 2009 propuso preparar una propuesta normativa, para ser sometida al Congreso Nacional, de protección integral a víctimas y testigos de delitos, partiendo de los antecedentes de la Resolución No. 0008518 del procurador General de la República, que crea la Dirección Nacional de Atención a Víctimas (DNAV).
inclusión en el curriculum universitario de asignaturas vinculadas a la victimología, apoyar las iniciativas vinculantes de las organizaciones de sociedad civil tales como: CEDAIL, CENSEL CEAPA, FISOE MOVIDA PROVIDE, NAM, PACAM, PROFAMILIA, TU- MUJER, COIN, COALICION DE ONG´S, para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), IDDI y el Centro de Estudios de Género de la Universidad Intec, que coordina la licenciada Lourdes Contreras. Además, crear un observatorio permanente de víctima y articular campañas de capacitación,
sensibilización y divulgación, que incorpore a la víctima como un eje central revalorizado, con obligación a ser protegido restaurativamente por el Estado. Acompañaron al doctor Vásquez Sámuel, María Hernández García, directora del Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima; Glorianna Montás, directora de la Dirección Nacional de Atención a Víctimas de Violencia, y Desireé del Rosario, directora de Programas del Centro de Género de INTEC.
Asimismo, procurar que en el artículo 151 de la propuesta de Reforma Constitucional sometida al Congreso Nacional por el presidente Leonel Fernández Reyna, la víctima tenga un catálogo en los términos previstos en la propuesta de ley de protección a las víctimas y testigos de delito. Incorporar a esta propuesta normativa el Fondo de Indemnización y Protección a Víctimas de Delito, impulsar a través de la Mesa Nacional de Decanos y Directores de Escuelas de Derechos, la
Especialistas trazan líneas de acción que permitan revalorizar los derechos de víctimas.
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Servicio Representación Derechos Víctimas Funcionamiento, alcances y logros Su propósito fundamental consiste en velar por el respeto a los derechos de las víctimas en el proceso penal dominicano, desde el primer acto del procedimiento hasta su desvinculación del sistema penal y la consecución del resarcimiento civil a favor de la víctima.
MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA Directora Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima. Colaboradora del Proyecto de Protección a Víctimas y Testigos que coordina el CARMJ.
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l Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (RELEVIC) ofrece una orientación legal gratuita para aquellas personas víctimas de delitos que no cuentan con los medios suficientes para contratar un abogado privado. Este servicio
fue creado por la Procuraduría General de la República, mediante resolución No. 0010 y abrió sus puertas a los usuarios y usuarias en enero de 2008. El propósito fundamental de este departamento es velar por el respeto a los dere-
Los abogados de la Unidad de Litigación representan a las víctimas en la etapa intermedia y final del proceso penal; en las audiencias preliminares, de fondo, apelaciones, relacionadas a ejecución de la pena, entre otros. chos de las víctimas en el proceso penal dominicano desde el primer acto del procedimiento hasta su desvinculación del sistema penal y la consecución del resarcimiento civil a favor de la víctima, incluyendo la interposición de querellas, constitución en actor civil, los correspondientes trámites de los sucesivos recursos establecidos por ley y la ejecución de las sentencias civiles. Igualmente, brindamos asesoramiento jurídico a quien sin haber sufrido la violación penal de un derecho, se encuentre en peligro de estarlo y a personas que aun no aplique para recibir el servicio, requieren de una asesoría u orientación legal. El RELEVIC está compuesto por cinco departamentos:
se ofrecen, el desempeño del personal y administrar los recursos económicos asignados a la oficina. Es responsable de los servicios del Distrito a que pertenece la oficina.
redacción y elaboración de las querellas y constitución en actor civil y ayudan en el proceso de recolección de pruebas para sustentar los casos. 5) Unidad de Litigación:
3) Unidad de Atención Primaria: Está encargada de recibir a las víctimas y evaluarlas para determinar su ingreso al servicio. Se encarga de brindar asesorías a todos los usuarios que entiendan ser afectados o en peligro de estarlo. Está compuesta por un abogado y un trabajador social. El abogado se encarga de realizar las asesorías y de determinar si el caso requiere la intervención de un representante legal de víctima que lo represente. El trabajador social es quien determina si la víctima califica para que le sea asignado un representante legal gratuito, luego de la realización de un estudio socioeconómico.
Los abogados de la Unidad de Litigación representan a las víctimas en la etapa intermedia y final del proceso penal, representan a la víctimas en las audiencias preliminares, de fondo, apelaciones, relacionadas a ejecución de la pena, entre otros. Están encargados de realizar los escritos de adhesión total o parcial, acusaciones alternativas, objeciones a archivos, recurso y contestación de apelación, recurso y contestación de casación, entre otros escritos. De igual forma estos tienen como función la de preparar a las víctimas y testigos para la presentación de sus testimonios en la audiencia de fondo.
4) Unidad Inicial: Representa las víctimas en todo el proceso de investigación y etapa preparatoria. Reciben el testimonio de las víctimas y testigos con relación al caso, crean la teoría del caso que habrá de utilizarse en todo el proceso penal, se encarga de la
Actualmente está compuesto por 11 abogados, que ejercen sus funciones en los distintos tribunales ordinarios y especiales, como juzgados de paz y de niños, niñas y adolescentes de la Provincia y del Distrito Nacional.
1) Coordinación Nacional: Expedientes Masculinos
Expedientes Femeninos
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Tiene como función planear, organizar, dirigir y controlar los servicios legales que se ofrecen a la víctima en las diferentes oficinas del servicio. Establecer los objetivos, políticas, normas y procedimientos que se aplicarán en las oficinas de servicio y las estrategias a seguir para su cumplimiento. Es responsable por la expansión del servicio a nivel nacional, administrar los recursos asignados para el funcionamiento del servicio.
• Proyectos y Metas:
2) Dirección de Oficinas:
–
Extensión del servicio en todo el territorio nacional.
Se encarga de planear, organizar, dirigir y controlar los servicios legales que se brindan a la víctima. Además, de las políticas, normas y procedimientos que guiarán el servicio y supervisar y evaluar la efectividad de los servicios que
–
Anteproyecto de ley que creó el servicio de representación legal de los derechos de las víctimas.
–
Presentación de modificación del Código Procesal Penal con relación a las víctimas.
–
Creación de fondo común de reparación para las víctimas de delitos penales.
Actividades del Servicio
Cantidad
Ingreso de Casos al Servicio
201
Presentación de Querellas con Constitución Civil
170
Conciliaciones
06
Sentencias Condenatorias en lo Penal
50
Sentencias Condenatorias en lo Civil
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El derecho a la salud de los Niños, Niñas y Adolescentes LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TIENEN DERECHO A UNA ATENCIÓN MÉDICA DE CALIDAD Y CUIDADOS QUE ASEGUREN SU CRECIMIENTO Y BIENESTAR DENTRO DE LA SOCIEDAD, SIN IMPORTAR LA RELIGIÓN, EDAD, SEXO, COLOR O CUALQUIER OTRA CONDICIÓN.
MILAGROS PICHARDO PÍO Gerente de Proyectos CARMJ La doctora Pichardo Pío cursó estudios superiores en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), graduándose de doctora en Derecho en el año 1987. Desde entonces, ha participado en congresos y seminarios internacionales sobre los derechos humanos, derechos de la mujer y la niñez. Realizó además una maestría en Derecho Empresarial y Legislación Económica en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra.
El artículo 28 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 13603), consagra el derecho a la salud y a los servicios de salud de todos los niños, niñas y adolescentes desde su nacimiento. El párrafo I, del mencionado artículo, establece que el Estado, mediante la implementación de políticas públicas efectivas, garantizará este derecho a las personas menores de edad. Debe crear presupuestos específicos y adecuados con enfoque de derechos de la infancia y mantener un balance y estabilidad social. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una atención médica de calidad y cuidados que aseguren su crecimiento y bienestar dentro de la sociedad sin importar la religión, edad, sexo, color o cualquier otra condición. La salud es un derecho básico para el buen desarrollo de las personas menores de edad, constituye además un elemento básico para su felicidad. El derecho a la salud implica, adecuada alimentación y saneamiento ambiental. Una de las causas de que nuestros infantes y adolescentes no disfruten del derecho a la salud y a la alimentación, es la pobreza de los padres y madres, la precaria situación económica de los hogares, pero también la mala calidad de los servicios impide el ade-
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cuado desarrollo físico, emocional e intelectual de los niños, niñas y adolescentes. Para el cumplimiento de estos derechos es necesario informar, orientar y concientizar a las familias (padres, madres, responsables, etc.) sobre las necesidades de salud, higiene y alimentación de sus hijos e hijas. Es de vital importancia que los servicios de salud existentes garanticen la seguridad de nuestros niños, niñas y adolescentes respecto a la salud. Estos tienen derecho a: • • • • •
Un seguro médico y tratamiento gratuito, más medicinas y vacunas gratuitas. Una revisión médica gratuita y periódica. A la información en materia de salud. A la protección contra sustancias alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicas. A expresar su opinión en la elaboración de leyes que apoyen el desarrollo de la atención médica y en la elaboración de los presupuestos de salud.
El hecho de que el derecho a la salud y a los servicios de salud de los niños, niñas y adolescentes estén reconocidos por los convenios internacionales y por las leyes nacionales no significa que se respeten, y encontrar soluciones para que estos derechos sean una realidad es tarea de todos y todas, por lo que urge la concienciación a los fines de garantizar su cumplimiento.
ARBITRIO JUDICIAL: CONTENIDO Y LÍMITES Dr. Alejandro Nieto García,
Conferencista Invitado, Catedrático Emérito Universidad Complutense de Madrid Conferencia Magistral pronunciada el 3 de febrero del año 2009, invitado por el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ).
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urante la actual gestión del doctor Lino Vásquez Sámuel, el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia ha auspiciado una serie de conferencias, orientadas sobre todo al fortalecimiento de la institucionalidad y el estado de derecho de la sociedad dominicana, a cargo de expertos expositores nacionales e internacionales, entre los que se destaca el eminente jurista español, Alejandro Nieto García su conferencia titulada “El Arbitrio Judicial: Contenido y Límites”, se realizó en coordinadación con la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS). En su intervención, el doctor Alejandro Nieto, calificó el arbitrio como una figura jurídica que tiene como principio fundamental la impartición de justicia en un Estado Social de Derecho. A continuación la exposición del doctor Nieto García:
No se trata de defender ni de atacar el arbitrio judicial. No se trata de propugnar que haya más arbitrio o pedir que se castigue el mismo. Lo que planteo está ahí, su existencia. Cuando aceptamos la presencia del arbitrio judicial, es mucho más fácil poder establecer los contenidos y límites de éste .
Tradicionalmente se acepta que los jueces, a la hora de resolver, adopten una de estas dos posiciones: o bien, que se adhieren literal y fielmente a la ley, pues son la boca de la ley o como decía el juez Holmes, fonógrafos de la ley, que repiten lo que dice la ley y llegan a la sentencia a través de un razonamiento, a través de un procedimiento intelectual; buscan lo que dice la ley y se limitan a buscar lo que ésta dice, y una vez encontrado, dictan su sentencia. Pero hay una segunda posibilidad, donde el juez lo resuelve de acuerdo a lo que dice la ley, pero no es la boca de la ley ni el fonógrafo de la ley, sino que lo hace de acuerdo con su voluntad, de acuerdo con su intuición, expresándome técnicamente, de acuerdo con su arbitrio. Si nos cuestionamos cuál de estas dos actitudes es la correcta, posiblemente la respuesta sea que ninguna de las dos. Pero, desde luego, no acepto el fallo esto por adelante de la tesis
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Olivo Rodríguez Huerta, el conferencista Alejandro Nieto, Lino Vásquez Sámuel, comisonado de justicia; el procurador general adjunto, Moisés Ferrer Landrón y el vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Cástaños Guzmán.
tradicional de que el juez es la boca de la ley, esto es algo que los jueces en una conversación privada reconocen con facilidad, pero que jamás lo reconocen en público, salvo los jueces anglosajones, algunos de gran prestigio, que confiesan cómo hacen las sentencias y admiten que no sólo leen las leyes, sino que también se dejan llevar por los impulsos. Un juez europeo o latinoamericano jamás lo reconocería, porque tienen el complejo de que son la boca de la ley, de que son esclavos de ella. Un juez norteamericano, ya jubilado, confesó que en sus cuarenta años de actividad judicial, jamás había leído la ley, jamás había leído el sumario, siempre dictó por corazonadas, por un pálpito, y apostilló con ironía que pensó no hacerlo mal, porque el porcentaje de sentencias que el Tribunal Superior le revocó no era mayor que el de las sentencias dictadas por los jueces inescrupulosos que aplicaban estrictamente la ley. La falacia del determinismo legal es otra razón que desmonta la tesis de la aplicación estricta de la ley. Esta quiere decir que la respuesta está en la ley, y esto no es cierto. La norma no impone al juez una solución, impone al juez una variedad de soluciones para que el juez escoja entre ellas. Hace una oferta al juez, no una determinación exacta y esto se ve en las sentencias contradictorias, de no ser así, no tendría sentido que en dos casos exactamente iguales, bajo la misma ley, uno de los dos jueces dé la
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razón al demandante, y el segundo juez dé la razón al demandado. Ninguno está equivocado, ambos tienen la razón, su razón, uno escogió una de las posibilidades u ofertas que se le presentó, y el otro escogió otra. De modo que, para mí, la tesis corriente, o dominante, que dicta que el juez debe
asumir la ley de una manera rigurosa, no se tiene de pie. Si en la ley viniera la respuesta, de una manera que no hubiera cómo escaparse de ella, no habría pleitos. Lo que parecería un conflicto iría al abogado, éste buscaría la ley correspondiente y determinaría si su cliente tiene o no la razón, y no habría conflicto. Insisto en este argumento porque de ser
CURRÍCULO DE NIETO Alejandro Nieto García nació en Valladolid, en el año 1930. Obtiene el título de Licenciado en Derecho en el año 1952 y posteriormente el título de Doctor en Derecho (1959) por la Universidad de Valladolid, realizó estudios de postgrado en Poitiers, París y Göttingen. Una gran parte de su obra está centrada en el Derecho Administrativo y la Historia de la Administración en la España Contemporánea. Es autor de numerosos trabajos en las áreas de su especialización, y de diversos ensayos centrados en los campos de su actividad: la universidad y el mundo de la judicatura. Su conocimiento sobre la Administración proviene de su pertenencia a la escala técnica del Cuerpo de Administración Civil (1959), de la que pasó a la cátedra de Derecho Administrativo (1965). Dentro del campo del derecho hay que destacar además su experiencia de siete años en el ejercicio de la profesión de abogado y su pertenencia durante tres legislaturas a la Junta Electoral Central. Catedrático de Derecho Administrativo con destinos sucesivos en las Universidades de La Laguna, Autónoma de Barcelona y Alcalá de Henares. Vicerrector en todas ellas y Decano de las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas de la Autónoma de Barcelona. En 1997 obtuvo el Premio Nacional de Ensayo. Es doctor honoris causa por la Universidad Carlos III de Madrid (1995) y la Universidad Nacional de Buenos Aires. Está en posesión de la medalla de plata del Consejo Superior de Investigaciones Científicas CSIC (1998).
como dice la tesis dominante de que el juez aplica la ley estrictamente, los jueces y abogados serían irrelevantes. La tesis alternativa propone que cada conflicto jurídico tiene varias soluciones igualmente correctas, y en segundo lugar, que el juez llega a su propia solución no aplicando un razonamiento intelectual o jurídico, sino por una decisión voluntarista (con esto llegamos al núcleo de nuestro mensaje). Esto no puede entenderse como corrupción, es “arbitrio”. Es que el juez está obligado a tomar una decisión de este tipo, por una percepción intuitiva. No hace falta ser abogado o juez para que, cuando narremos un conflicto, nuestro interlocutor emita un juicio sobre alguna o ambas partes, debido a la percepción. El arbitrio, en definitiva, es un criterio para la toma de decisiones. El juez toma su decisión con un criterio de legalidad, o bien, con el criterio de su propio arbitrio. Hemos llegado a uno de los nudos del arbitrio judicial: si el juez se decide por el criterio de su propio arbitrio corre el riesgo de incurrir en la arbitrariedad o el mal uso del arbitrio. Esto se debe a que si prescinde de las leyes, si prescinde del procedimiento, si prescinde de las pruebas para dar la razón al demandante o para condenar al procesado, el ciudadano general se vería afectado, porque no valdrían nada ni las leyes ni las garantías procesales.
versal, generalmente provoca un rechazo, pero tiene un carácter revolucionario respecto de la tesis tradicional. Es revolucionario en el sentido de que provoca una convulsión política. El legislador tiene en sus manos a los jueces, en el sentido de que les dicta una ley, y tranquilamente se a va dormir a su casa; pero con el sistema moderno, el legislador no puede quedarse tranquilo. De acuerdo con la tesis tradicional, se cree que los jueces resuelven exclusivamente con razonamientos jurídicos. Pero de acuerdo con la tesis del arbitrio, apoyada sin excepciones por la psicología moderna, el juez no resuelve por razones jurídicas, sino que lo hace por impulsos, por razones extrajurídicas. Debe saberse que el juez es un jurista, pero también es una persona humana condicionada por su psicología, por su temperamento, por su educación, por su cultura, religión, por la política y otros muchos factores. De tal manera que, ante un mismo conflicto o dos conflictos iguales, dos jueces no tienen que responder necesariamente de la misma manera; la resolución de ese conflicto va a depender de las condiciones que rodeen al juez, o lo hayan rodeado a lo largo de su vida. El buen abogado no necesariamente es el que tiene vasto conocimiento de las leyes, es mejor aquel que conoce el temperamento del juez.
Continuamos con las sentencias y su forma de hacerse. Las sentencias tienen que ser motivadas, es un principio sagrado. Si habláramos de sentencias no motivadas, hablamos de arbitrariedad. Es importante saber que las sentencias motivadas son un fenómeno moderno y raro, que durante toda la historia de la administración occidental y oriental, las sentencias no eran motivadas, porque motivar es perder el tiempo. En la época colonial, Carlos III se enteró de que algunos jueces se pasaban de listos y motivaban las sentencias y lo prohibió alegando que esa era la manera de alimentar a los abogados y a los pleitistas. Yo soy bastante escéptico sobre el valor de las motivaciones, y es porque la mayoría de las motivaciones son falsas, salvo escasas excepciones. Hay dos tipos: la causal o explicación, y la jurídica o justificación. La causal es la que explica por qué el juez dictó esa sentencia. Luego se parte a las justificaciones, donde se sustenta la voluntad mediante los artículos que lo permitan. En fin, no se trata de defender ni de atacar el arbitrio judicial. No se trata de propugnar que haya más arbitrio o pedir que se castigue el mismo. Lo que planteo está ahí, su existencia. Cuando aceptamos la presencia del arbitrio judicial, es mucho más fácil poder establecer los contenidos y límites de éste.
El arbitrio correcto, el proceso mental, psicológico de los jueces concientes es el siguiente: primero, por intuición, se toma internamente la decisión; luego, se acude a la ley, a ver si la ley confirma la intuición y le permite condenar o absolver o dar la razón a una de las partes. De esa manera, la arbitrariedad queda controlada por el principio de llegalidad, es decir, el arbitrio controlado por la legalidad. Esta tesis, aunque reconocida como uni-
Público asistente a la conferencia del doctor Alejandro Nieto.
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Situación actual
de la Pena de Muerte
DR. RADHAMÉS JIMÉNEZ PEÑA PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Ponencia para la Comunidad Sant Egidio , Roma, mayo de 2009
I. Definición e incidencia
L
a pena capital o pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado, por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación, y tipificado como crimen “capital”. La ejecución de criminales, y sobre todo de disidentes políticos, ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen en sí como para suprimir la disidencia política.
No existe ninguna diferencia entre matar con la palabra y matar con la espada. Lo que está prohibido es el hecho mismo de dar muerte a un ser humano .
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En la actualidad, el uso de la pena de muerte ha sido abolido en casi todos los países europeos (con excepción de Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). Asimismo, en América, Canadá y la mayoría de los países latinoamericanos han abolido completamente la pena de muerte, a excepción de los Estados Unidos de América y Guatemala, quienes la mantienen en vigor, y Brasil, donde se contempla como castigo en situaciones excepcionales, como por ejemplo, para castigar la traición cometida en tiempo de guerra. Por su parte, en Asia la pena de muerte está permitida en países democráticos como Japón e India, así como en África, en Botswana y Zambia. En los países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En otros países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. En muchas naciones retencionistas, es decir, países que aún aplican la pena de muerte, el narcotráfico es también susceptible de ser cas-
vida y se descarta para siempre la pena de muerte, la que fue sustituida por la pena de trabajos públicos por Ley No. 64 de 1924, siendo ésta luego suprimida para convertirse en pena de reclusión, por Ley No. 224 de 1984.
II. Polémica y datos históricos sobre la pena de muerte
tigado con esta pena. En el caso específico de China, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política son también castigados con la pena capital. Con relación a las fuerzas armadas a nivel mundial, las cortes marciales y los consejos de guerra han aplicado alguna vez esta pena en delitos de cobardía, deserción, insubordinación y motines. Para el caso que nos ocupa, República Dominicana, la existencia de la pena de muerte estuvo vigente desde la propia proclamación de la República en 1844, dando lugar a que la Suprema Corte de Justicia, en pleno, formará parte de las Comisiones militares que ordenaron la ejecución de héroes y próceres por razones políticas e ideológicas, en virtud del artículo 210 de la primera Constitución de la República, el cual rezaba: Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el Presidente de la República puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y la seguridad de la Nación; pudiendo, en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna. Entre ellos, citamos uno de los casos que más conmovió a la sociedad de la época: el fusilamiento de María Trinidad Sánchez, el 28 de febrero de 1845, quien participó
de la gesta de Independencia Nacional, y quien fuera tía del patricio Francisco del Rosario Sánchez. Así también, el de los hermanos José Joaquín y Gabino Puello, dos de los principales líderes de la lucha independentista. Como dato histórico importante, señalamos el Decreto de San Fernando, decretado el 30 de mayo de 1881 por Fernando Arturo de Meriño, siendo presidente de la República, consagrado posteriormente arzobispo en 1885 por el Papa León XIII, el cual establecía lo siguiente: “Todo aquel que fuera apresado con las armas en las manos contra el Gobierno sería castigado con la pena de muerte”, disposición que sirvió de base para que Ulises Heureaux, quien fuera luego presidente y temido dictador, fusilara a todos los enemigos del régimen. Esta parte sangrienta de nuestra historia ha quedado reflejada en numerosas obras literarias, siendo una de las más importantes La Sangre, de Tulio Manuel Cestero, publicada en 1911 en Europa, la cual retrata fielmente los pormenores de las convulsiones de la época, y sobre todo de la dictadura de Ulises Heureaux y los fusilamientos. La reforma constitucional de 1908 suprimió la pena de muerte por causa de delitos políticos, y ya para la siguiente reforma constitucional de 1924 se consagra el principio de inviolabilidad de la
El tema de la pena de muerte es uno de los más controvertidos en el ámbito penal. Los partidarios de la misma argumentan que su aplicación reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo adecuada para quien infringe la ley penal. Sin embargo, lo cierto es que el fin preventivo de la pena, cualquiera que sea, mucho más ésta, no ha podido alcanzar los resultados que pregona, para lo cual sólo basta ver la tasa de reincidencia en la gran mayoría de los países. Del otro lado, sus detractores argumentan que no reduce el crimen en mayor medida que la cadena perpetua, que resulta una violación gravísima al principal derecho de todo ser humano, el derecho a la vida, que conduce a ejecuciones de algunos inocentes y que supone una discriminación real contra las minorías y los pobres que no pueden contar con los recursos suficientes para una legítima y adecuada defensa. Ya en la Ley de las 12 Tablas se establecía la pena de muerte para ciertos delitos, teniendo un gran auge en los tiempos de los emperadores. Los delitos por los cuales se imponía la pena capital eran: 1. 2. 3. 4. 5.
Delitos sexuales Homicidio Delitos militares Delitos contra la salud Delitos políticos
Con el advenimiento del Cristianismo, se sentaron las bases de las tendencias abolicionistas de la pena capital. Para el siglo XX, la pena capital se aplicaba de manera discrecional en la mayoría de las sociedades, sin embargo, en base al
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ejercicio indiscriminado y avasallante del poder por parte de los dictadores, sobre todo en las dictaduras militares de la época, éstos vieron en la pena de muerte una oportunidad para consolidar sus pretensiones de poder. En la actualidad, las corrientes retencionistas sostienen que quien comete un crimen horrendo es incorregible, y que se le debería pagar con la misma moneda: quien mata debe morir. Sin embargo, si lo analizamos nos damos cuenta de que estamos aplicando la Ley del Talión “ojo por ojo, diente por diente”, teoría ya superada por los sistemas penales modernos, los cuales delegan en la pena de privación de libertad el cumplimiento del fin retributivo deseado. En resumidas cuentas, a pesar de todas las críticas pertinentes a los sistemas democráticos, nos encontramos precisamente en la fase histórica de consolidación de verdaderos Estados de Derecho, en donde las leyes penales se inclinan por el principio resocializador de la persona que delinque, promoviendo incluso grandes reformas en los sistemas penitenciarios. Precisamente, en la República Dominicana nos ha tocado impulsar, como cabeza del sistema penitenciario, la instauración de un nuevo modelo penitenciario, cuyo concepto socio jurídico y humanista establece como objetivo primordial la resocialización de la persona, a través de programas diversos y actividades productivas que formen al interno. Más recientemente, la ONU realizó una investigación sobre la relación de la pena de muerte y los índices de homicidios, llegando a la conclusión de que el uso de la pena de muerte no tiene poder disuasivo frente al crimen en contraposición a otras penas, ya sean la cadena perpetua o el propio encarcelamiento. En este análisis no debemos dejar de lado las injusticias que pueden cometerse con la aplicación de la pena de muerte, en cuyo caso sus consecuencias son irremediables. Numerosos han sido
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los casos en Estados Unidos de Norteamérica, por ejemplo, en los cuales se ha comprobado que la persona ejecutada no era culpable de la comisión de los hechos que dieron con su muerte. No obstante, una encuesta internacional realizada por el Grupo Gallup en el año 2000, aseguraba que «El apoyo a la pena de muerte a nivel mundial se encontraba en un 52%». El desglose del porcentaje de apoyo y repudio a la pena de muerte por continentes era: a nivel mundial, 52% contra 39%, América del Norte 66%/27%, Asia 63%/21%, Europa Central y del Este 60%/29%, África 54%/43%, América Latina 37%/55%, Europa Occidental 34%/60%, notándose que América Latina y Europa Occidental fueron las dos regiones del mundo que menos apoyaban la pena de muerte. En Estados Unidos, aún hoy día, se muestra un apoyo mayoritario a la pena capital. Específicamente, de acuerdo a una encuesta hecha por ABC News, en julio de 2006, mostraba un apoyo de un 65% a favor de la pena de muerte, de manera coherente con los resultados anteriores del año 2000. Así también, de acuerdo a otra encuesta del Grupo Gallup de mayo del 2006, la mitad del público norteamericano opina que la pena de muerte no se aplica con suficiente frecuencia, y el 60% considera que se aplica de manera justa. Sin embargo, las encuestas muestran también que el público está muy dividido cuando se le pide elegir entre la pena capital y la cadena perpetua, o cuando se trata de aplicar la pena de muerte a jóvenes que han delinquido.
III. Cifras importantes y esfuerzos internacionales Al día de hoy, unos 127 países han abolido la pena de muerte, ya sea mediante la aprobación de leyes para ello, o en la práctica. De estos, 40 la han abolido para todos los delitos, entre ellos República Dominicana, y una vez abolida es muy poco frecuente que se vuelva a instaurar.
Sólo cuatro países han reinstaurado la pena capital y dos de ellos la han vuelto a abolir nuevamente, como es el caso de Nepal y Filipinas. En el año 2008, Amnistía Internacional documentó la ejecución al menos de 2,390 personas y la imposición como mínimo de 8,864 penas de muerte. Al igual que en años anteriores, los cinco países con un mayor número de ejecuciones fueron China, Irán, Arabia Saudí, Pakistán y Estados Unidos. En estos cinco países se llevaron a cabo el 93 por ciento de todas las ejecuciones realizadas en el 2008. En el caso de este último, Estados Unidos, desde el año 1973, 122 presos condenados a pena capital escaparon a la muerte porque demostraron que eran inocentes de los delitos por los que habían sido condenados. La mayoría de los Estados norteamericanos donde se practica la pena de muerte presentan proporciones más altas de asesinatos que aquellos Estados donde no se practica, con una diferencia de un 5.5%, contra un 3.6%. Naciones Unidas ha aprobado un total de cuatro tratados internacionales que establecen la abolición de la pena de muerte: uno de ámbito mundial y tres de ámbitos regionales, a saber: •
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El segundo protocolo facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por 60 Estados y firmado por ocho. El protocolo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para abolir la pena de muerte. Ratificado por ocho Estados y firmado por uno. El protocolo número seis al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. El protocolo número 13 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. Ratificado por ocho estados y firmado por seis.
A pesar de que estos acuerdos internacionales para la protección de los derechos humanos prohíben la ejecución de menores de edad cuando hubieren cometido un delito, existen países que han ejecutado a personas menores de 18 años al momento de cometer el delito. Con motivo de la celebración del Día Internacional de la Pena de Muerte, el 10 de octubre de 2008, Amnistía Internacional urgió a los países del continente a que se comprometan a abolir esta condena y a respaldar la resolución de moratoria de la pena capital de la ONU, debatida en noviembre de ese año, donde unos 106 países votaron a favor del proyecto de resolución, 46 votaron en contra y 34 se abstuvieron de votar.
no hubo ninguna ejecución entre 1995 y 2004; y Sri Lanka, que recientemente ha declarado el fin de su moratoria sobre la pena de muerte, pero que aún no ha realizado ninguna ejecución. Por otro lado, están los países cuyas leyes establecen la pena de muerte únicamente para delitos previstos en el código penal militar o los cometidos en tiempo de guerra. En este grupo están: Bolivia, Brasil, Chile, El Salvador y Perú. Un dato importante es que la Constitución peruana, aprobada en 1993, establece la pena de muerte para el delito de terrorismo y de traición a la patria, aunque dicha sanción no se ha aplicado en las últimas décadas.
En la región del Caribe, los países que mantienen la pena de muerte para delitos comunes son: Cuba, Dominica, Guatemala, Jamaica, Guyana, San Vicente y Las Granadinas, Santa Lucía y Trinidad y Tobago.
Tanto las Naciones Unidas como la Organización de Estados Americanos (OEA) y organismos no gubernamentales, impulsan acuerdos internacionales para que los Estados se sumen a la abolición total de esta cruel condena.
En el caso de Puerto Rico, Estado Libre Asociado de Estados Unidos, se prohíbe en la Constitución la pena capital, pero los casos juzgados por el tribunal federal en la isla son susceptibles de que se aplique, aunque para las ejecuciones los reos son trasladados a prisiones de Estados Unidos.
De acuerdo a la información de que disponemos, la última nación en abolir la pena de muerte para todos los crímenes ha sido Burundi, este año. A su vez, tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa exigen de manera estricta a los Estados miembros que prohíban expresamente la pena de muerte, con excepción del protocolo 6 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que aún autoriza el uso de la pena capital dentro de la unión para crímenes ocurridos en tiempo de guerra.
Cuba aplicó por última vez la pena de muerte en 2003 y desde entonces mantiene una “moratoria” de facto en su aplicación. En tanto, Guatemala es el único país de Centroamérica que prevé la pena de muerte y hasta hace diez años se aplicaba por medio del fusilamiento; ahora, se hace por medio de la inyección letal. Como se ha señalado, algunos países han reanudado la práctica de la pena capital tras haber suspendido las ejecuciones durante largos períodos. Los casos más notables son los de Estados Unidos, que suspendió las ejecuciones en 1973 pero volvió a iniciarlas en 1977; la India, donde
IV. Respecto de la posición de la Iglesia Católica Bajo el pontificado de Juan Pablo II, su encíclica Evangelium Vitae denunció la pena capital y la eutanasia como formas de homicidio, y por tanto, inaceptables para un católico. Desde entonces, la iglesia sostiene que la pena de muerte ya no es necesaria si puede ser sustituida por el encarcelamiento. Incluso, el Catecis-
mo de la Iglesia Católica dice que «Si los medios no sangrientos son suficientes para defender las vidas humanas contra un agresor y para proteger el orden público y la seguridad de las personas, la autoridad pública debe limitarse a dichos medios, ya que corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común, y están más en conformidad con la dignidad del ser humano». En este sentido, existen una serie de valores cristianos que justifican la abolición de la pena de muerte: 1.
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Abolir la pena de muerte significa poder romper el círculo de la violencia y que podemos proponer respuestas más humanas y más ricas de esperanza. La abolición de la pena de muerte supone que creemos en el ser humano a imagen y semejanza de Dios. La abolición es testimonio de nuestra convicción de que Dios es el dador de la vida. La abolición se ajusta al ejemplo de Jesús, quien predicó y enseñó el perdón de la injusticia.
Precisamente, si hoy proclamamos el valor y dignidad de la vida humana, no sólo en el ámbito moral, sino jurídico, es incoherente que en la práctica pongamos limitaciones a ese derecho fundamental. Si bien es cierto que vivimos en sociedades cada vez más violentas, donde matar a otra persona se contempla con una dosis excesiva de normalidad, debemos cada día promover, contra viento y marea, esos valores de tolerancia y perdón. Tal cual señaló una vez Lactancio, escritor latino y apologista cristiano: No existe ninguna diferencia entre matar con la palabra y matar con la espada. Lo que está prohibido es el hecho mismo de dar muerte a un ser humano. Muchas gracias.-
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Delegación RD viaja a Puerto Rico para observar Oficina de Servicios con Antelación a Juicio (OSAJ) CARMJ TRABAJA EN LA IMPLEMENTACION DE LA OSAJ Y LOS BRASALETES ELECTRONICOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA DOMINICANO El doctor Lino Vásquez encabezó una delegación que visitó la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio (OSAJ) de Puerto Rico, con la finalidad de verificar su operatividad y funcionalidad, y así estudiar la posibilidad de implementarse en el sistema de justicia dominicano. Le acompañaron los fiscales de los tres distritos judiciales más importantes del país, donde inicialmente se piensa instalar estas oficinas. Por el Distrito Nacional, doctor Alejandro Moscoso; de la Provincia Santo Domingo, doctor Perfecto Acosta; y el de Santiago, Raúl Martínez. Formaron parte de la delegación, el mayor general de la Policía Nacional, Manuel de Jesús Pérez Sánchez, director general de Prisiones; el licenciado Roberto Santana, director de la Escuela Nacional Penitenciaria y coordinador del Nuevo Modelo Penitenciario. También, los magistrados Román Arturo Berroa Hiciano, juez del Primer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional y Rafael Báez, Juez de la Ejecución de la Pena de la provincia Santo Domingo. Lino Vásquez explicó que, a través de esta inspección, pudieron contactar la importancia y calidad del informe que la oficina rinde al juez respecto del arraigo o no que tiene el imputado al momento de imponerle una medida de coerción. La instalación de esta Oficina de Servicios con Antelación al Juicio en nuestro país, se constituye en un paso de avance importante. El sistema de información se encuentra conectada con las direcciones de Migración, Seguro Social, Transito Terrestre, Pasaportes, Aduanas, así como el buró Federal de Investigación, Agencia Antidroga y toda las demás agencias que
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El Comisionado de Justicia, Lino Vásqez Sámuel, junto director de la OSAJ, Rolando Rivera; José Fondeur, consul dominicano en San Juan, Puerto Rico, y los integrantes de la delegación que integró la comisión, Román Arturo Berroa Hiciano y Rafael Báez, Roberto Santana, Perfecto Acosta Suriel, Manuel de Jesús Pérez Sánchez, Alejandro Moscoso Segarra, Raúl Martínez, Román Jaquez y Marien Montero Beard.
Rodríguez; el secretario de Justicia, la presidenta de la Cámara de Diputados, el Fiscal General; y el licenciado Javier Varela Rivera, asesor de Justicia y Seguridad Pública, entre otras personalidades del Sistema de Justicia de Puerto Rico.
manejan información de los ciudadanos, lo que permite que al momento de imponer una medida de coerción diferente a la prisión preventiva, esta oficina tiene garantizado, a través de la Unidad Especializada de Investigación y Arresto, que el imputado no se va a sustraer al proceso y, con ello, se reducirían los altos índices de sentencias por rebeldías de los prófugos.
CONFERENCIA DR. LINO VÁSQUEZ
La delegación pudo observar la implementación de los brazaletes electrónicos, siendo éste el proyecto piloto a implementarse próximamente, en los tres distritos judiciales principales de nuestro país.
La conferencia magistral que dictó el doctor Lino Vásquez Sámuel, en Puerto Rico, fue a solicitud del Colegio de Abogados de la isla, y versó sobre la Reforma Constitucional en la República Dominicana.
Estos fueron recibidos por el director de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio (OSAJ) de Puerto Rico, doctor Rolando Rivera; el presidente de la Corte Suprema de Puerto Rico, el Secretario del departamento de Corrección y Rehabilitación, honorable Carlos Molina
El titular del CARMJ dijo, durante su intervención, que la propuesta de una reforma constitucional integral, como la auspiciada por el Presidente Leonel Fernández, ha constituido un buen punto de partida para el replanteamiento de nuestras instituciones fundamentales.
La Reforma Constitucional en la República Dominicana DR. LINO VÁSQUEZ SÁMUEL COMISIONADO DE APOYO A LA REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA (CARMJ)
Conferencia Magistral pronunciada en el Colegio de Abogados de Puerto Rico.
L
a propuesta de una reforma constitucional integral, como la auspiciada por el Presidente de la República Dominicana Leonel Fernández, ha constituido un buen punto de partida para el replanteamiento de nuestras instituciones fundamentales. Propuesta que ha dado paso a una profunda discusión respecto a los contenidos de esta iniciativa presidencial, una discusión de caballeros y de damas para no ser excluyentes, en el que necesariamente se han confrontado diversas ideologías y concepciones en torno a la dinámica de los poderes y la reingeniería de las instituciones públicas. Y pienso que es bueno que sea así, porque en una democracia, la verdad no es patrimonio de nadie, sino que se construye sobre la base de la discusión y los consensos sociopolíticos, entendiéndose que todas las voces tienen que ser escuchadas dentro y fuera del Congreso, porque la Constitución es de todos los dominicanos y dominicanas.
La verdad no es patrimonio de nadie, sino que se construye sobre la base de la discusión y los consensos sociopolíticos, entendiéndose que todas las voces tienen que ser escuchadas dentro y fuera del Congreso...
La Constitución es un complejo entramado de valores, principios, instituciones y estructuras heterogéneas que, conjugados en una síntesis ideológicamente plural, representan las aspiraciones y el compromiso que asumen la sociedad y el Estado en un momento histórico determinado. Una Reforma Constitucional deviene así en un dialogo político-social para la redefinición de la sociedad y el Estado. Un espacio plural en el que habrán voces que escuchar, decisiones que tomar, acuerdos a que arribar, máxime si se trata de una propuesta profunda, como la que actualmente cursa en el Congreso Nacional, reunido en Asamblea Revisora, cuyo punto de mayor intensidad de cambio corresponde, precisamente, al Sistema de Justicia. Si asumimos el Sistema de Justicia como una realidad hete-
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rogénea en que convergen los tres poderes clásicos del Estado, desde la definición de lo juzgable a través del Poder Legislativo, el órgano juzgador inserto en el Poder Judicial hasta el que ejecuta lo juzgado a través del Poder Ejecutivo, y una combinación indefinida de situaciones más complejas, se comprende, entonces, la necesidad de que la reforma sea pensada sistemáticamente, e impacte tanto al Poder Judicial estrictu sensu, como a otros órganos que intervienen decisivamente en la Administración de Justicia, como el Ministerio Público o la Defensa Pública, por citar dos instituciones.
tos. Actualmente es inevitable que nos aboquemos a una segunda ola de reforma judicial, cuyo punto de partida tiene que ser la reforma constitucional.
Consciente de lo planteado anteriormente, el Comisionado de Justicia, a través de la Mesa Nacional de Decanos de Facultades y Escuelas de Derecho, externó su visión en torno a cuestiones fundamentales para el fortalecimiento del Sistema de Justicia, en la denominada Propuesta Integral de Reforma Constitucional para el Sector Justicia, la que fue incorporada casi en su totalidad en el Proyecto de Reforma Constitucional.
A la crítica de la politización del Consejo Nacional de la Magistratura, fundada en la filiación político-partidaria de cinco de sus siete miembros actuales, se responde en el artículo 129 de la Propuesta de Reforma con la ampliación de su matrícula, integrando seis nuevos miembros provenientes del sector judicial en sentido amplio (jueces, abogados, académicos), produciendo un mayor equilibrio de fuerzas entre políticos y juristas. Precisamente, en aras de garantizar ese equilibrio, tiene que establecerse un quórum reforzado para la deliberación y toma de decisiones evitando que una parte se imponga sobre la otra.
Frente a tan distinguido auditorio, nos permitimos brindar nuestro punto de vista sobre algunos aspectos relevantes contenidos en la propuesta del Presidente Fernández, para valorarla en su justa dimensión y, en la medida de lo posible, compartir algunas ideas sobre este importante proyecto, que encardina la vida institucional de la República Dominicana hacia el desarrollo y el progreso. La iniciativa de reforma recoge muchas de las preocupaciones que la ciudadanía ha externado en torno a la primera ola de la reforma judicial que arrancó con la reforma constitucional de 1994 y tomó cuerpo a partir de 1997 con el empoderamiento total de la Suprema Corte de Justicia como el órgano de gobierno del Poder Judicial, la creación de la Escuela Nacional de la Judicatura y la implementación de la carrera judicial. En el camino recorrido ha habido aciertos y desacier-
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A la crítica de la concentración de poder administrativo, de gobierno y disciplinario de la Suprema Corte de Justicia, el proyecto ha respondido en su artículo 139, con la creación de un Consejo del Poder Judicial para asumir las funciones de administración de la jurisdicción. Consejo éste que sería integrado por jueces de diversos escaños y con la participación complementaria del gremio de abogados y la academia universitaria.
A la incertidumbre de la carrera judicial al nivel de la Suprema Corte de Justicia, termina en reconocerles en su artículo 131 numeral 2, las tres cuartas partes de la matrícula de su integración a jueces de carrera, lo que vendría a cerrar aún más la posibilidad de la politización de la justicia. Pero, como remedio a la corporativización, que es también un mal terrible, se reserva la cuarta parte de la matrícula de los jueces de la Suprema Corte a juristas y académicos, para mantener una movilidad que permita enriquecer la jurisprudencia. A la crítica de la ineficiencia de la justicia constitucional, el proyecto en su artículo 136 se erige con una poderosa sala
constitucional reforzada, pensada con una autonomía funcional respecto de la Suprema Corte de Justicia. Se trata de una propuesta que ha generado críticas profundas desde las altas instancias de la judicatura, que aducen una reducción drástica de su poder. Si hemos de asumir con sinceridad la crítica de la reducción del poder jurisdiccional de la Suprema Corte de Justicia, tenemos, lamentablemente, que destacar la baja productividad de nuestro máximo órgano judicial en materia de constitucionalidad. Ello significa que el poder de control de constitucionalidad, que ha debido servirles para delinear una jurisprudencia constitucional fuerte, acorde con un catálogo de derechos fundamentales tan rico como el que tenemos, ha sido subutilizado, y son pocos los juristas que se atreven a defender el desempeño jurisprudencial constitucional en la República Dominicana. De ahí que la crítica de que se le esté sustrayendo poder, o que se trata de una aspiradora para neutralizar el Poder Judicial, pareciera no tener sustento lógico porque, como ha señalado el constitucionalista dominicano Eduardo Jorge Prats: “lo más conveniente para quien no le guste el control de constitucionalidad es que permanezca la situación actual”. Lo que sí puede sucitarse es el conflicto de jurisdicciones, choque de trenes, guerra de togas, o como prefieran llamarle, que inevitablemente habrá de producirse cuando la sala constitucional reclame su espacio de ser el órgano que habrá de tener la última palabra en la determinación de la constitucionalidad en un contexto en que la constitucionalización emerge cada vez con más fuerza impactando todo el órgano de Derecho. Cabría preguntarse si es legítimo blindar los fallos judiciales contra el control de constitucionalidad. Si el legislador promulga una ley inconstitucional se habilita el control de constitucionalidad. Y si es el juez que falla con abuso de poder o violentando el debido proceso, o come-
te una vía de hecho, ¿por qué razón no permitir un amparo constitucional para reparar esa injusticia que contraviene la Constitución? La justicia constitucional no existe para tranquilizar los egos del legislador o del juez. No. La justicia constitucional existe para garantizar los derechos fundamentales de esos hombres y mujeres, ciudadanos todos, a quienes nos debemos todos los funcionarios públicos. Que el conflicto sea inevitable no significa que tengamos que cruzarnos de brazo. Existe una responsabilidad ulterior en aprobar una Ley de Procedimiento Constitucional que desarrolle los puntos de contacto entre la jurisdicción constitucional concentrada que correspondería a la Sala Constitucional y la jurisdicción constitucional difusa que corresponde a todo el Poder Judicial. Lo correcto es que la Constitución remita a este tópico, mediante un mandato, al legislador en la forma de una Ley Orgánica. Además de lo anterior, sería prudente clarificar el régimen de composición de los jueces constitucionales y el tiempo de su permanencia. La cuestión de la jurisdicción contencioso-electoral también merece ser reenfocado. La propuesta de reforma constitucional opta por la segregación de la función jurisdiccional de una Junta Central Electoral que baila a tres ritmos diferentes entre el Pleno, la Cámara Administrativa y la Cámara Contenciosa. Lo que se pretende es que la Junta Central Electoral asuma con plenitud la organización del proceso electoral y que los conflictos que surjan a propósito del mismo sean resueltos por un Tribunal Superior Electoral autónomo. Hay quienes sostienen la necesidad de que ese tribunal sea insertado en el Poder Judicial bajo la concepción del carácter monopólico jurisdiccional, y en consecuencia proponen que sea subsumido en la jurisdicción contencioso-administrativa. Lo cierto es que una separación de la función juris-
diccional de la administrativa en materia electoral no haría más que potenciar los conflictos que ahora surgen intraorgánicos (entre las Cámaras de la Junta y el Pleno, o entre éstas entre sí) convirtiéndolos en conflictos interorgánicos (entre la Junta y el Tribunal), lo cual sería todavía más peligroso. Sin mencionar que la división funcional del órgano electoral se produjo en una situación coyuntural, que al día de hoy merece ser superada. Lo más conveniente es una reunificación monocefálica de las atribuciones administrativas y jurisdiccionales de la Junta Central Electoral, y que se mantenga abierta la posibilidad de sus decisiones, como la de todos los órganos públicos, siendo revisable desde el prisma constitucional ante la Sala Constitucional. Pudiera, asimismo, pensarse en que la Elección de la Junta Central Electoral corresponda a un mecanismo en que participe también la Cámara de Diputados, mediante la elaboración de ternas para someterlas al Senado de la República. Una de las instituciones prioritarias del sistema de justicia penal es el Ministerio Público. Se trata de un órgano que funcionalmente había sido relegado a un estatus decorativo ante el poder
proactivo de los jueces para impulsar el proceso. Hoy, sin embargo, a partir de la Reforma Procesal Penal se le otorga un puesto relevante como promotor de la acción pública y director de la investigación penal. Se trata de un proceso en germinación que acusa grandes dificultades de asimilación y permanencia en el tiempo por la existencia de un diseño constitucional que no favorece su sostenibilidad. Una de las necesidades prioritarias es disminuir la incidencia de la política en el funcionamiento del Ministerio Público. Ahora bien, no nos llamemos a error, el Ministerio Público está llamado a ejercer un rol fundamental en la instrumentalización y ejecución de la política de persecución criminal, y esto le conecta directamente con el Poder Ejecutivo, lo que exigiría un vínculo de confianza respecto del Procurador General de la República. Lograr una independencia funcional en tales circunstancias, supone una redefinición del perfil institucional del Ministerio Público, el afianzamiento del sistema de carrera, y la consiguiente inamovilidad de sus miembros. Que las directrices
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y presiones directas del procurador general sobre los Ministerios Públicos, sean neutralizadas mediante la constitucionalización y potencialización de las funciones de gobierno del Consejo de Procuradores, para que la influencia ejecutiva sea controlada por los criterios tecnocráticos de los funcionarios de carrera. Esto implicará, también, blindar la elección del procurador general, mediante la participación del Poder Legislativo, a través de la ratificación senatorial o bien por el mecanismo de las ternas sometidas desde el Ejecutivo, dotándole de una legitimidad adicional que le permita gozar de una inamovilidad relativa concorde con el periodo presidencial en el que es designado. De lo que se trata de que la
confianza política no neutralice las garras y los dientes del acusador.
desvirtuar las funciones para las que son designados”.
Lo correcto es que como ha plateado el magistrado procurador general de la República Dominicana, Radhamés Jiménez Peña, la reforma constitucional ponga al Ministerio Público en su puesto y garantice la permanencia de los innegables avances que ha exhibido el mismo en los últimos años, no porque creamos que el proceso será revertido durante esta gestión gubernamental, sino porque como decía el doctor Eugenio Raúl Zaffaroni, ministro de la Corte Suprema de Argentina: “las instituciones no se piensan en función de los buenos funcionarios, sino para los malos funcionarios, de modo que el diseño institucional sirva de control aquellos que pretendan
La defensa pública, institución joven que se ha ganado su espacio en el sistema judicial, es constitucionalizada en el artículo 150 del Proyecto de Reforma; pero quedan serias dudas acerca de su permanencia y el apoyo que ésta requiere para seguir brindando su servicio. Existen, además, instancias que necesitan ser consideradas para brindar asesoría jurídica a personas de escasos recursos civil, laboral, administrativo e incluso las víctimas en materia penal. Creo que aquí sólo resta reconocer claramente su independencia funcional respecto de la judicatura, para evitar que sea subsumida o neutralizada en un futuro por el Poder Judicial.
Experta EEUU: dice Código Procesal Penal reconoce derechos a las víctimas La coordinadora del Proyecto de Casas de Justicia y miembro de la Sociedad Mundial de Victimología de los Estados Unidos de Norteamérica, doctora Annette Pearson, realizó un estudio comparado de los diferentes sistemas judiciales existentes en diversos países de Latinoamérica, donde se promueve primordialmente, la protección de las víctimas de delitos y la asistencia debida a estos individuos por parte del estado.
pasar por alto los derechos que se atribuyen al imputado.
La también, consultora del Programa de Reforma y Modernización de Justicia de USAID, se refirió al tema durante un conversatorio titulado “Víctimas y Reparación”, organizado por el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. El mismo fue presidido por el doctor Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización.
En el mismo orden de ideas, manifestó que el Estado debe proveer a la víctima de los mecanismos necesarios para su recuperación, pues ésta necesita estar documentada respecto a su protección y ejecución de derechos, y sobre atención integral para afrontar las crisis.
Planteó, además, que desde las cárceles se gestan diferentes iniciativas de trabajar con justicia restaurativa y de esta forma acercar a la víctima y al imputado, donde este último tendría un espacio para reconocer su delito, manifestando su arrepentimiento y a la vez propiciar una especie de reconciliación entre ellos. La especialista en criminología, expresó que en la defensa de los derechos de la víctima, no podemos caer en el extremo de
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La doctora Pearson apuntó que la víctima tiene ciertos derechos que le son reconocidos por el Código Procesal Penal vigente, pero sucede que en muchos casos ignoran totalmente que poseen estos derechos y que existen organismos del Estado que fueron creados para darle la debida asistencia.
El conversatorio se realizó con el objetivo de aportar elementos que contribuyan al fomento de una cultura de entendimiento a la problemática de víctimas de delitos y a la sensibilización social, con miras a lograr mejores prácticas de atención integral. En el encuentro participaron diferentes sectores sociales e institucionales: la Fiscalía del Distrito, la Dirección Nacional de Prisiones, la Procuraduría General de la República, la Policía Judicial Especializada y el Centro de Estudios de Género de INTEC y de FINJUS.
El licenciado Roberto Santana, el doctor Lino Vásquez Sámuel y José Ogando, durante su participación en Praga.
Delegación CARMJ y ENAP
participa en conferencia ICPA en Praga Una delegación del Comisionado de Apoyo para la Reforma y Modernización de la Justicia, (CARMJ) y de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), participó en la Décima Conferencia de la Asociación Internacional de Prisiones y Correccionales, celebrada del 26 al 30 de octubre pasado, en la ciudad de Praga, República Checa. La delegación dominicana estuvo encabezada por los titulares del CARMJ, doctor Lino Vásquez Sámuel, y de la ENAP, licenciado Roberto Santana. La integraron además, el doctor Ysmael Paniagua, director ejecutivo; la ingeniera María del Carmen Acevedo, encargada de Evaluación y Planificación, así como el licencia-
do José Ogando, director del Centro de Corrección y Rehabilitación de Monte Plata.
En el marco de la conferencia fue reelecto el actual presidente de la entidad, señor Tony Cameron.
La comitiva dominicana dio a conocer los avances obtenidos por el país en el marco del establecimiento del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria.
También se acordó celebrar la onceava conferencia de la entidad, en octubre de 2009, en la isla caribeña de Barbados.
En la conferencia participaron 360 delegados y representantes de 58 países integrantes de sistemas correccionales, de ministerios y relacionados al servicio penitenciario, incluyendo El Salvador, Canadá, Francia, Gran Bretaña, Estados Unidos, y una empresa que trabaja en el sector penitenciario de Israel.
Además, se dejó constituido, el Comité de Latinoamérica y el Caribe de la entidad, integrado por México, que lo presidirá, El Salvador, Perú, Argentina, Haití, Barbados y República Dominicana. Fueron seleccionados encargados subregionales: El Salvador para Centroamérica, Argentina para Suramérica y Barbados para la Región del Caribe.
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EN COORDINACIÓN CON INSTITUCIONES COMPROMETIDAS
Comisionado de Justicia realiza diplomados PARTICIPAN LA PGR, CONAEJ Y UNIVERSIDADES NACIONALES Y EXTRANJERAS El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia ha organizado y desarrollado una serie de diplomados, en coordinación con instituciones locales e internacionales, entre ellas: el Colegio Dominicano de Abogados, la Procuraduría General de la República, la Comisión Nacional para la Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ) y universidades nacionales y extranjeras.
CON LA CONAEJ Y EL COLEGIO DE ABOGADOS Con la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal y el Colegio de Abogados de la República Dominicana, el Comisionado de Justicia desarrolló el Diplomado de Derecho Procesal Penal para abogados, desarrollado en doce jornadas de trabajo en el Colegio San Francisco de Asis. Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo del doctor Lino Vásquez, comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y vicepresidente de la CONAEJ. Asimismo, el doctor José
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El comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez Sámuel; el procurador general de la Corte de Apleación del Departamento Judicial de Puerto Plata, Felix Álvarez, y la gobernadora de la provincia de Puerto Plata, Eridania Llibre.
Pérez Vólquez, presidente del Colegio de Abogados, y la doctora Carmen Placencia, secretaria general del Colegio de Abogados de la Seccional Santo Domingo. La magistrada Esther Agelán, jueza de la 2da. Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fungió como facilitadora. El tema de apertura fue Principios Generales y Etapa Preliminar.
Participantes a los diplomados del CARMJ.
INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y PRESENTACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA Con la Coordinación Nacional de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia de la Procuraduría General de la República, el CARMJ realizó el diplomado en “Investigación Criminal y Presentación de los Medios de Prueba”, dirigido a los miembros de la Policía Judicial Especializada en NNA en Conflicto con la Ley Penal.
En la actividad participaron, además, Julio César Castro y Perfecto Acosta Suriel, procurador de la Corte de Apelación y fiscal de la provincia Santo Domingo; Leonel Sosa, gerente general del Banco Nacional de la Vivienda y ex procurador de la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo.
Las palabras centrales estuvieron a cargo del comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, doctor Lino Vásquez y del general de brigada, Valentín Rosado Vicioso, director Policía Judicial Especializada de NNA. El diplomado tuvo como objetivo dotar a los agentes de una formación especializada y adecuada, a fin de que cuenten con las herramientas necesarias en
los procesos investigativos que así lo ameriten. De igual forma, capacitar, preservar, profundizar, complementar, ampliar y debatir aspectos relacionados con los centros de atención integral de adolescentes en conflictos con la ley penal, proporcionar los conocimientos básicos y las informaciones indispensables para que los miembros policiales puedan formarse como agentes especializados en investigaciones donde existan adolescentes involucrados, a fin de que puedan desempeñar sus funciones como policía preventiva, y a la vez reeducativa, con eficiencia y eficacia. El diplomado, realizado en los salones de la Escuela Nacional del Ministerio Público, tuvo una duración de 80 horas, equivalente a cinco créditos. Se impartió durante once días, en jornadas de ocho horas diarias, con tres módulos que abarcando los temas: “Marco legal Aplicable” (Ley 136-03), “Derechos Humanos y Dignidad Humana de los N.N.A” y “Proceso de la inteligencia en la Investigación Criminal”.
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OBJETIVOS DE LOS DIPLOMADOS: Estos procesos de capacitación, desarrollados por el CARMJ y la CONAEJ, son herramientas formativas a favor de profesionales y estudiosos del área judicial, como parte del programa de planificación diseñado para el año que transcurre. Es una meta del Comisionado de Justicia culminar con la planificación estratégica del año 2009 y continuar apoyando proyectos de capacitación para lograr la eficacia de todo el sistema de justicia a través de seminarios, charlas, tertulias, conferencias y diplomados dirigidos por connotados académicos y juristas del país. Los diplomados se relacionan con temas de elevada importancia, entre ellos: el Derecho Procesal Penal, el Derecho Inmobiliario, la Reforma Constitucional, la Ley 136-03 sobre Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niñas, Niños y Adolescentes y ley de Violencia Intrafamiliar 24-97, entre otras. Estos tienen como objetivo principal ofrecer las herramientas necesarias al profesional del Derecho para un mejor desempeño de sus funciones. Diseñados en favor de abogados y abogadas en ejercicio, para que estos puedan aquilatar las destrezas y habilidades necesarias para interpretar las normativas del sistema judicial dominicano, reforzando su competitividad y eficacia. Los participantes tienen la oportunidad de conocer los antecedentes históricos que preceden al sistema de justicia actual, aportando nuevos conocimientos en lo relativo a los procesos de cambios y reformas a que están sometidas las normativas vigentes. Diplomados dirigidos a formar juristas que, apoyados en un enfoque interdisciplinario, sean conscientes de la verdadera naturaleza del derecho y de su función a desempeñar en el ámbito social. Son llevados a cabo en las diferentes provincias del país, en común acuerdo con las seccionales del Colegio de Abogados de la República Dominicana e impartidos por connotados expositores.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN CARMJ-CONAEJ El CARMJ y la Comisión Nacional para la Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), desarrollaron el diplomado “Visión estratégica del Proceso Penal Dominicano”, dirigido a litigantes en
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sentido general, y se desarrolló en la Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI), en La Vega. El programa se llevó a cabo en el entendido de que ambas instituciones comprenden que para el logro de una implementación efectiva de la norma procesal se requiere de los conocimientos adecuados, de ahí que se contem-
ple como objetivo general del diplomado: conocer y fortalecer a los fines de aplicar las técnicas o estrategias de litigación por los actores del proceso penal a ser utilizadas en sus principales etapas: juicio oral y la adaptación de las técnicas a la sencillez de las vistas sobre medidas de coerción y audiencia preliminar. Las palabras introductorias estuvieron a cargo del comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez, quien es a la vez vicepresidente de la CONAEJ, mientras que monseñor Fausto Ramón Mejía Vallejo, rector de la Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI), ofreció la bienvenida. El contenido del diplomado abordó temas como: Importancia de las Técnicas de Litigación y la Teoría del Caso, Técnicas de Litigación Enfocadas al Juicio Oral. Técnicas de Litigación enfocadas a las vistas en solicitud de medidas de coerción y Técnicas de Litigación enfocadas en la Audiencia Preliminar. El programa, desarrollado en cinco jor-
nadas sabatinas, contó con los facilitadores: Sarah Veras, Darío Gómez, Mario Nelson Mariot y Esther Agelán. Estos diplomados proporcionan a la comunidad jurídica las habilidades, destrezas y herramientas necesarias en
busca de soluciones concretas hacia un derecho de familia, “por un mejor porvenir, tendente a asegurar una sociedad más estable y libre del acceso a la delincuencia y crisis familiar. Los temas, dirigidos a profesionales del
Derecho, fiscales, policías, defensores públicos y personas vinculadas con el sistema de justicia, tuvieron como objetivo complementar los conocimientos teóricos y prácticos de los actores jurídicos en el sistema procesal penal y proceso constitucional.
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¿Procede la variación de la Calificación y/o la imposición de una Pena Mayor a la solicitada por el Ministerio Público, por parte del Juzgador? EL ORDENAMIENTO PROCESAL PENAL DOMINICANO, EN SUS ARTÍCULOS 321 Y 336, PÁRRAFO, DISPONE QUE EL JUEZ PUEDE DAR AL HECHO UNA CALIFICACIÓN JURÍDICA DIFERENTE DE LA CONTENIDA EN LA ACUSACIÓN O APLICAR PENAS DISTINTAS DE LAS SOLICITADAS, PERO NUNCA SUPERIORES.
L
ALBA BEARD MARCOS La autora es abogada, académica, ex integrante de Ministerio Público, juez egresada de la Escuela Nacional de la Judicatura y actualmente miembro de la judicatura.
a búsqueda material de la verdad es el objetivo de todo proceso penal. Es la comprobación de los hechos acontecidos, durante la celebración del proceso, lo que va a determinar la verdad de lo sucedido. Por tanto, es esa verdad histórica la que determinará la verdadera calificación jurídica de los hechos, en consecuencia la calificación dada al asunto por el Ministerio Público será siempre provisional, pues existe la posibilidad de su variación. De lo antes dicho se desprende, entonces, que la calificación jurídica sólo es definitiva cuando existe una sentencia firme que así lo determina. Es sabido que todo proceso penal se desarrolla paso a paso, en procura de reconstruir conceptualmente el acontecimiento histórico que dio origen a la iniciación de la investigación. De ahí que las partes procuran hacerse sus respectivas teorías de lo acontecido, basadas en los hechos alegados, que obviamente habrá que probar en la fase de juicio. Por ello, no debe perderse de vista que el proceso penal en general, gira alrededor de hechos y no de figuras jurídicas, pues es con aquellos, cuando debidamente comprobados, se determinara la calificación jurídica que le corresponde y, en consecuencia, la posible imposición de la pena.
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La variación de la calificación, debe provenir de los elementos de convicción que obran en el proceso, como por ejemplo, falta de que el Ministerio Público u otra de las partes envueltas, se percataren del contenido real de una prueba, ya sea científica, documental, testimonial o de cualquier otra índole en aplicación a la libertad de la prueba. El Código Procesal Penal permite al juez de juicio variar la calificación y prohíbe a la vez imponer una pena superior a la solicitada, según los artículos 321 y 336. Parecería, en principio, que el Juez está atado al dictamen del Ministerio Público en cuanto a la pena solicitada. No obstante, su facultad de variar la calificación y que, en consecuencia, en un caso u otro, la pena a imponer está supeditada a la decisión del Ministerio Público. Sin embargo, es bueno ver con detalles, ambas situaciones contempladas en el Código Procesal Penal: la primera, la facultad del Juez de variar la calificación y la segunda, si es posible que el juez pueda disponer pena superior a la solicitada por el Ministerio Público, tanto dentro de su facultad de variar la calificación o fuera de ella.
Ciertamente, el ordenamiento procesal penal dominicano, en sus artículos 321 y 336, párrafo, dispone que el juez puede dar al hecho una calificación jurídica diferente de la contenida en la acusación o aplicar penas distintas de las solicitadas, pero nunca superiores. Sin embargo, si son los hechos probados los que condenan y no los jueces, como bien ha dicho la Suprema Corte de Justicia, en sentencia de fecha 18 de agosto del año 2006, marcada con el No. 69, qué tal si ocurre que se comprobó en el juicio que el imputado es responsable de asesinato y no de homicidio voluntario, cuya respectivas penas, prevista en la legislación penal dominicana, son diferentes. ¿Está el Juez obligado a acoger lo solicitado por el Ministerio Público en aplicación del articulo 336 del Código Procesal Penal, antes citado, o debe ceñirse al principio de legalidad de la pena?. Es claro que tal y como dije al inicio de estas consideraciones, la fijación de una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público, está estrechamente ligado a la variación de la calificación pues esta última puede contener la primera, en el caso de que la variación de la calificación derive en una pena superior.. En esas atenciones, del estudio armonioso de nuestro Sistema Procesal Penal actual, se desprende que la imputación hecha en la acusación del Ministerio Público es además de fáctica, jurídica. Es decir, el acusador relata una serie de hechos y acontecimientos reñidos con la ley penal y los pone a cargo de un individuo o varios, los cuales están tipificados como ilícito penal, que es la calificación jurídica. En ese sentido, lo que procede que sea modificado es la segunda, es decir, la calificación jurídica, pues el artículo 321 del Código Procesal Penal se refiere a “La variación de la calificación jurídica del hecho punible”, Ahora bien, según los profesionales del comportamiento de los hombres en término genérico, la conducta humana
está compuesta de una parte subjetiva y otra objetiva, esta última referida a la parte fáctica o real. La intangibilidad del núcleo esencial de la imputación fáctica, es decir del hecho real, implica que no puede ser cambiado ni extralimitado. Es decir, que si a un ciudadano se le acusa de robo agravado por X hechos, no se le puede variar la calificación en juicio para atribuirle homicidio voluntario, pues eso último sería pasible de una nueva investigación y no de una variación de la calificación, dado que su alteración supone un comportamiento distinto y atribución de otros hechos o conducta punible que merece ser averiguado con la posibilidad de una acusación por cargos diferentes.. Una variación de la calificación surgida en juicio nunca debe presuponer hechos que den al traste con un asunto diferente al contenido en la acusación. Permitir tal cosa en la fase de juicio, significa violentar el debido proceso, que una vez verificado arrastra consigo la vulneración de una serie de derechos fundamentales, cuya inobservancia conlleva la nulidad de lo actuado, pues no es posible el juzgamiento en juicio sin una apertura ordenada por el Juez de la Instrucción en la fase intermedia que comprenda el hecho punible, las partes envueltas y las pruebas admitidas como sustento del ilícito alegado y la apertura a juicio impetrada. La variación de la calificación, debe provenir de los elementos de convicción que obran en el proceso como, por ejemplo, falta de que el Ministerio Público u otra de las partes envueltas, se percataren del contenido real de una prueba, ya sea científica, documental, testimonial o de cualquier otra índole en aplicación a la libertad de la prueba. Por ejemplo, que el imputado es hijo del fallecido o viceversa De manera que, si de la instrucción de la causa se determina que las pruebas enviadas a juicio, al ser debidamente valoradas, evidencian la ocurrencia de un
robo agravado y no simple como pretendía el Ministerio Público, el Juez podrá variar la calificación, pero nunca cuando de esa instrucción se determinen mediante las pruebas aportadas que, además del robo, el imputado cometió un homicidio, pues en ese caso procede una iniciación de investigación sobre ese último hecho. Es sano indicar que aunque supuestamente proceda la variación de la calificación jurídica por parte del juez, esta no opera automáticamente, tal prerrogativa pone a cargo del Juez deberes que de incumplirlos devendría en nulidad de su decisión. Por lo que, si el juez advierte la necesidad de variar la calificación jurídica contenida en la acusación, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: Primero: Que dicha variación no se base en cambios sustanciales de los hechos que han dado al traste con un nuevo ilícito penal, totalmente diferente a lo planteado con la acusación. Segundo: Que de proceder la variación de la calificación, sea inmediatamente informado el imputado a los fines de su defensa. Lo anterior significa que si de robo simple, se determina, por los hechos probados, un robo agravado, obviamente el imputado deberá defenderse de esta agravante. Igual ocurre cuando de los hechos probados en juicio, en vez de robo agravado que es el contenido de la acusación del Ministerio Publico, sólo se comprueba robo simple, de manera que tales circunstancias han de ser observadas por el Juez en la audiencia, según dispone el referido articulo 321. En cuanto a la imposición de una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público, se podría verificar en dos supuestos distintos, primero: que dentro de la facultad de variación de la calificación jurídica, la nueva conlleve una pena superior a la prevista en la acusación y solicitada por el Ministerio Público; y se-
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gundo: en el caso de que el Ministerio Público solicita una pena por debajo de lo establecido por la ley para el hecho juzgado. En estos últimos planteamientos entra en juego el principio de legalidad de la pena, el cual se consagra para que no haya posibilidad de que el poder coercitivo del Estado sea desbordado por aquellos que lo detentan, el cual corre a favor tanto del infractor, como de la sociedad que tiene el derecho a ser resarcida por el ilícito que rompió su equilibrio. Es decir, que el legislador ha dicho: si se comprueba que X cometió homicidio voluntario la pena a imponerse sería de tres a veinte años y así sucesivamente en todos los casos. Entonces si es el hacedor de las leyes y normas que regulan la sociedad, dentro de sus funciones constitucionalmente establecidas por ser el poder del Estado a quien le corresponde dicha tarea, que ha impuesto una pena X para un hecho X, ha de entenderse que cuando el Código Procesal Penal establece que el juez no podrá imponer pena mas alta que la solicitada por el Ministerio Público, es bajo el entendido de que este último está sujeto al principio
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de legalidad, pues de lo contrario quien estaría violentando el principio de legalidad seria el Ministerio Público, al solicitar una pena que la ley no prevé para el hecho imputado.
legalidad y, por ende, supeditar éste a la voluntad del Ministerio Publico, lo cual obviamente no corresponde, pues nadie esta por encima de la ley según dispone la Constitución de la República.
Es conveniente aclarar que el principio de legalidad de la pena, comporta dos situaciones. En primer término, que sólo se condenará si el acto cometido se encuentra tipificado en la ley penal, y en segundo, que dada la tipificación del acto, la pena que se aplique, sea la que corresponde a dicho hecho punible, razón por la cual no es posible admitir que el Ministerio Público solicite pena fuera de lo legal. Es decir, de la establecida legislativamente para un hecho punible en particular. Pues de permitirse tal situación estaríamos no ante un Estado de Derecho, sino ante un Estado de fiscales. El juez, el fiscal, los actores del sistema, la sociedad en general están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, por lo tanto, no es posible que el juez ante un hecho comprobado, se ate de pies y manos frente a un pedimento ilegal (fuera de legalidad) del Ministerio Publico.
El Juez está sujeto a la ley, lo que no quiere decir que si la ley es injusta para un caso concreto, inconstitucional o se torna in equitativa, el juez la deberá aplicar exegéticamente, sino que hará de ella lo que mas se acerque a lo justo y siempre habrá una forma, que sin conculcar derechos de la otra parte, permita aplicar la justeza. Estamos contestes que el Juez está sujeto a la ley, pues de no haber o existir sujeción del Juez a la ley, tendríamos en lugar de Estado de Derecho, Estado de los Jueces, pero ha de entenderse que obligatoriamente no sólo el juez esta sujeto a la ley, sino que todos los actores y auxiliares de la justicia también lo están y, por demás, la ciudadanía y sus instituciones. El principio de legalidad, sujeta todos los órganos del Estado a la Ley y como es sabido el Ministerio Público es un órgano del Estado, por lo que cuando la norma procesal penal prohíbe al juez imponer pena mas alta a la solicitada por el Ministerio Público, la lógica nos dice que ese pedimento nunca deberá estar fuera de los parámetros legales permitidos. .
Es en consecuencia, facultad del Juez determinar la pena aplicable a cada delito dentro de los límites legales, de donde se extrae que el límite de la imposición de la pena lo constituye la Ley, y no el requerimiento efectuado por el acusador. Admitir que el Juez está vinculado a la petición del Ministerio Público, imponiendo la pena solicitada o en su defecto inferior, seria admitir que el mismo estaría renunciando a las prerrogativas otorgadas por Ley de efectuar una valoración libre de los elementos probatorios acumulados en el proceso. En definitiva, estaría renunciado a la facultad de juzgar, por lo tanto se justifica que al momento de imponer la pena, el administrador de justicia, rebase el pedimento formulado por el Ministerio Público, sin más restricciones que las contenidas en las Leyes. Admitir lo contrario seria, por demás, desconocer el principio de
El principio de justicia rogada y, por ende, el principio acusatorio en nada impiden que el Juzgador imponga penas superiores a la solicitada por el Fiscal, cuando tal cosa no suponga una alteración de los hechos comprobados en el proceso y esté dentro de los márgenes de la pena correspondiente al tipo penal que resulta de la calificación jurídica dada a los hechos debatidos en el juicio. De cualquier manera, una vez el Juez advierte la posible variación de la calificación, tal cosa entra en los debates y debe estar contenido en la sentencia el resultado del mismo, para de este modo cumplir con la correlación entre los hechos y la sentencia.
Comisionado auspicia Primera Conferencia Internacional
“Corrupción, política y justicia penal” EL DOCTOR VÁSQUEZ SÁMUEL ELOGIA VISIÓN DEL PRESIDENTE DE CREAR MECANISMOS ESPECIALIZADOS EN LA PERSECUCIÓN DEL DOLO A LOS FONDOS PÚBLICOS El Comisionado de Justicia, con motivo de conmemorarse el décimo segundo aniversario de la creación de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA), auspició la Primera Conferencia Internacional: “Corrupción, política y justicia Penal”. El acto conmemorativo, presidido por el director nacional del (DPCA), licenciado Hotoniel Bonilla García, realizado en el Salón La Rosa, del Hotel Meliá, tuvo como conferencista invitado al consultor internacional, José Ugaz Sánchez Moreno, fiscal especial para el caso Fujimori del Perú La actividad contó con la presencia del procurador General de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, quien destacó que su principal compromiso es fortalecer la capacidad de investigación de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción (DPCA), tras advertir que pondrá en marcha la acción penal sin titubeos contra cualquier funcionario en todos los casos que sea necesario. Presentes, además, el secretario de la Presidencia y presidente de la CONAEJ, doctor Cesar Pina Toribio; Marcos Villaman, director ejecutivo de CONARE; el presidente de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción, José Joaquín Bidó Medina; el licenciado Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la FINJUS; del representante del
Lino Vásquez Sámuel, José Joaquín Bidó Medina, Jorge Echavarría Guzmán, César Pina Toribio, Radhamés Jiménez Peña, Hotoniel Bonilla, José Ugaz y Marcos Villamán.
Banco Mundial, Roby Senderowytsch y, el comisionado de Justicia, doctor Lino Vásquez Sámuel. Vásquez Sámuel elogió la visión que tuvo el Presidente Leonel Fernández Reyna, al crear el DPCA como mecanismo especializado en la persecución del dolo a los fondos públicos, que acompañados de la Comisión de Ética y Combate a la Corrupción y las herramientas de trasparencia que se impulsa en la administración públicas constituyen ejes trasversales para una República Dominicana libre de corrupción. En la actividad, José Ugaz Sánchez Moreno, destacó el papel de relevancia de
instituciones que como la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa ofrecen a la sociedad, en su rol de supervisión y fiscalizador de un buen manejo en las instituciones públicas en procura de lograr estabilidad y crecimiento en el tren administrativo del Estado y la sociedad en general. Este acto conmemorativo fue preámbulo del Seminario: ¨Corrupción, Política y Justicia Penal, que celebró la DPCA, en el auditorio de la Procuraduría General de la República, dirigido a su personal, como a fiscales, la Escuela del Ministerios Público, Unidad de Antilavado, y Procuradores. Estuvo impartido por el doctor José Ugaz Sánchez Moreno.
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TRABAJO, DICIPLINA Y HONESTIDAD:
RESPUESTAS A LA CORRUPCIÓN EL SISTEMA DE LA CORRUPCIÓN TIENE DIVERSAS IMPLICACIONES, ENTRE ELLOS: EL FUNDAMENTO LEGAL QUE PROTEGE Y EL APOYO POLÍTICO Y ADMINISTRATIVO.
VAUGHN GONZÁLEZ
El autor es Fiscal Adjunto del Distrito Nacional, en funciones ante la Dirección General de Aduanas.-
H
ay una fábula china llamada “El viejo tonto que removió las montañas”. Cuenta que hace mucho tiempo vivía en el norte de China un anciano conocido como el viejo tonto de las montañas del norte. Su casa miraba al sur y, frente a ella, obstruyendo el paso, se alzaban dos grandes montañas: Taijang y Wangwo. El viejo tonto decidió llevar a sus hijos a remover con instrumento las dos montañas. Otro anciano conocido como el viejo sabio los observó y, riéndose, les dijo: “¡Qué tontería!” Es absolutamente imposible que vosotros siendo tan pocos logréis remover montañas tan grandes.” El viejo tonto respondió: “Después que yo muera, seguirán mis hijos, cuando ellos mueran, quedaran mis nietos, y luego los hijos de sus hijos, y así indefinidamente. Aunque sean muy altas, estas montañas no crecen y con cada pedazo que les sacamos se hacen más y más pequeñas, ¿por qué no vamos a poder moverlas?”. Después de refutar la errónea idea del viejo sabio, siguió cavando día tras día sin cesar en su decisión.
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Dios, conmovido ante esto, envió a la tierra dos ángeles que se llevaron a cuesta ambas montañas. De esta manera pudo el viejo tonto junto a sus hijos lograr el paso a la civilización.
Hoy en día hay sobre la sociedad dominicana una gran montaña que nos impide el paso al desarrollo, tal es el fenómeno de la corrupción. Los actos de corrupción tienden a causar daños, producir alteraciones o vicios sobre una cosa determinada. De tales actos se beneficia un grupo o persona individual. El sistema de la corrupción tiene diversas implicaciones, tales como: El fundamento legal que protege y el apoyo político y administrativo. Además, se manifiesta a través de diversos factores, estos son: la especulación, los monopolios, las subvaluaciones, los ajustes, la especulación con divisas, la usura, los derroches y déficits, el fraude, el dinero sucio, la evasión al pago de impuestos, el endeudamiento externo, la importación de tecnología inadecuada y el contrabando. Este último delito está definido y sancionado en los artículos 167 y 200 de la Ley 3489, sobre el Régimen Legal de Aduanas, modificada por la Ley 226-06, que
otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio a la Dirección General de Aduanas. En ese sentido, el artículo 167 de la mencionada ley califica como delito de contrabando la introducción o salida del territorio nacional, así como el transporte interno, la distribución, el almacenamiento, o la venta pública o clandestina de mercancía, implementos, productos, géneros, maquinarias, repuestos, materias primas, objetos y artículos con valor comercial o artístico que hayan sido pasados por aduanas del país, en complicidad o no con cualquier funcionario o autoridad, sin haber cumplido con todos los requisitos ni satisfecho el pago total de los derechos e impuestos previstos por las leyes de importación y de exportación. Además, se reputará para los fines de esta ley, delito de contrabando, el tráfico con mercancías exoneradas, sin llenar previamente los requisitos de la ley de exoneraciones para la venta de las mismas; mientras que el artículo 200 de dicho texto legal castiga el ilícito tratado de la siguiente manera: comiso de los artículos, productos, géneros o mercancías objeto de contrabando; comiso de los artículos, dinero, productos, géneros o mercancías que se compruebe hayan sido adquiridos como consecuencia del contrabando. En caso de que se compruebe la existencia de bienes inmuebles adquiridos como consecuencia del contrabando, se podrá iniciar el procedimiento de expropiación vía del Tribunal de Tierras, mediante procedimiento contradictorio en que la Dirección General de Aduanas deberá aportar la prueba de sus imputaciones; comiso de los animales, vehículos, embarcaciones u otros medios de transporte, y de los objetos o instrumentos que hayan servido para la comisión del hecho, siempre que pertenezcan al autor o a sus cómplices y que el valor de los ob-
jetos, productos, géneros o mercancías del contrabando exceda la suma de cinco mil pesos (RD $ 5,000.00); multa igual al doble de los derechos e impuestos de toda especie cuyo pago hubiere eludido al autor, cuando se trate de objetos, productos, géneros o mercancías cuya entrada o salida esté prohibida; reclusión menor de dos a cinco años, ni más de diez. La multa será igual al triple de los derechos o impuestas, cuando se trate de objetos, productos, géneros mercancías cuya entrada o salida esté prohibida por la tercera subsiguiente infracción, la pena será de reclusión mayor, y la multa será igual al cuádruplo del valor, según se trate de objetos, productos, géneros o mercancías sujetas al pago de impuestos o derechos, o cuya entrada y salida esté prohibida. De modo y manera que este delito denominado contrabando, así como también los demás ilícitos señalados, son actos de corrupción sumamente perjudiciales para cualquier nación que aspire a desarrollarse; son el resultado del modo de proceder que tienen algunos individuos o agrupaciones. Decidamos, pues, remover definitivamente esta montaña llamada corrupción. Si en el cumplimiento de tal tarea se nos acercan “viejos sabios” con el objetivo de convencernos de que nuestra idea es absolutamente imposible cumplirla, contestémosle: la corrupción no tiene ningún fundamento moral, si la combatimos diariamente con trabajo, disciplina y honestidad, lograremos destruirla. Después de responderles así, sigámos denunciándola y laborando en pro de erradicarla. El pueblo dominicano, como Dios lo hizo con aquel “viejo tonto” que narra la fábula china, nos apoyará.
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La Dogmática Penal en el Código Procesal Penal EL ART. 340 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL HA INCORPORADO A NUESTRO DERECHO POSITIVO VARIAS CATEGORÍAS, ENTRE LAS QUE DESTACAN EL ERROR DE TIPO, EL ERROR DE PROHIBICIÓN, EL ESTADO DE NECESIDAD, LA PARTICIPACIÓN DE LA VÍCTIMA Y LA TEORÍA DE LA ADECUACIÓN SOCIAL.
RICARDO ROJAS LEÓN El autor es profesor de Derecho Penal y tiene maestrías en Derecho Económico y Derecho Procesal Penal.
Uno de los aportes menos comentados del Código Procesal Penal es que ha venido a llenar algunas lagunas normativas existentes en nuestra legislación penal material, o sea, en nuestro Código Penal. El CPP ha incorporado algunos de los institutos que la teoría del delito y la teoría de la imputación objetiva han desarrollado desde que Franz Von Liszt publicó su “Programa de Marburgo”, en 1882. Específicamente, el art. 340 del Código Procesal Penal ha incorporado a nuestro derecho positivo varias categorías, entre las que destacan el error de tipo, el error de prohibición, el estado de necesidad, la participación de la víctima y la teoría de la adecuación social. Como se sabe, el Código Penal dominicano es una legislación pre-dogmática, es decir, conceptualmente anterior al desarrollo de la teoría del delito. Y no ha incorporado ninguna de los institutos dogmáticos desarrollados durante el siglo XX por las corrientes causalistas, finalistas y normativistas. Ahora bien, antes de referirnos, así sea brevemente, a algunas de las categorías de la
“El error de prohibición tiene un efecto sobre la culpabilidad, dependiendo de si es vencible o invencible. Si es invencible anula la culpabilidad, pero si es vencible se reduce la culpabilidad y ello implica una reducción de la pena.” 54 REFORMA JUDICIAL
El CPP ha incorporado algunos de los institutos que la teoría del delito y la teoría de la imputación objetiva han desarrollado desde que Franz Von Liszt publicó su “Programa de Marburgo”, en 1882. dogmática penal que han sido incorporadas en el CPP, es importante señalar que su ubicación sistemática en nuestra normativa procesal no es la correcta, pues han sido incluidas luego del “juicio o análisis de la culpabilidad”. Es decir, como algunas de esas categorías anulan o mitigan algunas de las categorías fundamentales de la teoría del delito (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad), no es correcto incorporarlas en el ámbito de la punibilidad, es decir, al momento de imponer la pena. El art. 340, titulado “Perdón Judicial”, sirve de complemento al art. 339, que establece los “criterios para la determinación de la pena”, lo que reafirma su característica de operar cuando ya el tribunal ha establecido la culpabilidad del imputado.
LOS INSTITUTOS Entre las categorías de la dogmatica penal incorporadas al CPP algunas, como el error de prohibición, suponen una ruptura radical
con la tradicional concepción de que el “error juris nocet”, o sea, que el error sobre el derecho no disculpa. En un sentido similar se expresa la máxima “Nemo censetur ignorare legem”, en la que fuimos formados varias generaciones de abogados dominicanos. El error de prohibición tiene un efecto sobre la culpabilidad, dependiendo de si es vencible o invencible. Si es invencible anula la culpabilidad, pero si es vencible se reduce la culpabilidad y ello implica una reducción de la pena. No obstante, es importante destacar que el CPP no ha dado cabida a todas las modalidades de error de prohibición, sino únicamente al “error sobre una norma permisiva”, no dando cabida al “error sobre los presupuestos objetivos de una causa de justificación” ni tampoco al “error de prohibición sobre una norma prohibitiva”.
Otro instituto dogmático incorporado en el CPP es el error de tipo, pero en la modalidad de “error en relación al objeto de la infracción”, que puede ser una persona o un bien, quedando fuera otras modalidades del error de tipo, como el error sobre la dirección del curso causal, la consumación anticipada y el dolus generalis. El error de tipo invencible anula el dolo, mientras el vencible equivale a una imprudencia. El CPP también ha incorporado la participación de la víctima en el incidente que se tradujo en un resultado típico, pero sólo al nivel de la provocación, dejando fuera las modalidades de participación caracterizadas por la asunción del riesgo, el consentimiento, el dominio del hecho o su imprudencia. Del mismo modo, nuestra normativa procesal penal ha incorporado dos ins-
titutos dogmaticos que algunos autores consideran como “elementos de corrección política” de la imputación objetiva, como son el principio de insignificancia y la adecuación social. El art. 340.5 del CPP asimila el “grado de insignificancia social del daño provocado”, mientras el 340.9 prevé dispensar alguna modalidad de perdón judicial, dependiendo del “grado de aceptación social del hecho cometido”. A mi modo de ver, estos institutos propios de la parte general de todo Código Penal moderno, han venido a llenar un vacío normativo de nuestra legislación penal material, aunque hayan sido “colados” en el CPP. Y auguran, a mi entender, decisiones judiciales mucho más justas y razonables, así como adaptadas a las nuevas realidades sociales.
Ponen en circulación libro “Acceso a la Justicia, Proceso Penal y Sistemas de Garantías” El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia puso en circulación el libro “Acceso a la Justicia, Proceso Penal y Sistemas de Garantías”, contentivo de la recopilación de las ponencias del II Congreso Nacional de la Defensa Pública, en torno a la participación del doctor Luigi Ferrajoli. El doctor Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y vicepresidente Ejecutivo de la CONAEJ, estuvo acompañado, en la mesa de honor, por el magistrado Radhamés Jiménez, procurador General de la República; el doctor César Pina Toribio, secretario de Estado de la Presidencia y Presidente de la CONAEJ; el magistrado Luciano Pichardo, Juez Primer Sustituto del Presidente de la Suprema Corte de Justicia; magistrado Alejandro Moscoso Segarra, procurador Fiscal del Distrito Nacional, y la doctora Laura Hernández Román, directora de la Oficina de la Defensa Pública. Lino Vásquez Sámuel, explicó que la comunidad jurídica y la sociedad en general, tendrá en sus manos una obra de novedoso contenido en materia de derechos fundamentales que importantizan un régimen de garantías apropiadas y que permite su satisfacción en caso de vulneración o agravio.
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Más de 10 mil libros donados en XII Feria del Libro 2009 En el stand del Comisionado para la Reforma y Modernización de la Justicia fueron expuestos diversos libros de contenido jurídico y se efectuaron conferencias sobre el Código de Niños, Niñas y Adolescentes, Código Procesal Penal y Reforma Constitucional, a cargo de destacados juristas dominicanos. 56 REFORMA JUDICIAL
El esfuerzo del Comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel, por llevar orientación a todos los sectores del país quedó demostrado en el marco de las actividades de la XII Feria Internacional del Libro Santo Domingo 2009, celebrada en la Plaza de la Cultura, donde más de 10 mil visitantes al stand de esta institución recibieron textos de orden jurídico y tuvieron la oportunidad de asistir a charlas y conferencias dictadas por expertos en materia jurídica. Del donativo, resultaron beneficiados de manera especial, profesores y estudiantes de derecho, quienes recorrieron las instalaciones del stand de la institución para observar la variedad y calidad de las propuestas bibliográficas.
La XII fue dedicada a los cien años del natalicio del profesor Juan Bosch y tuvo como país invitado a Brasil. La entrega de los libros se enmarcó en el interés de implementar un plan estratégico de divulgación de la doctrina jurídica, a fin de que la población dominicana pueda edificar sus conocimientos y ampliar su cultura de lectura.
El comisionado de justicia Lino Vásquez Sámuel entrega uno de los libros publicados por la institución a la procuradora general adjunta, Roxanna Reyes, durante la Feria.
Sostuvo que la iniciativa permite, además, fortalecer el concepto legislativo dominicano sobre temas trascendentales, así como de garantizar la función de la Defensa Pública, amplió el funcionario. La modalidad contribuyó a fortalecer nuevos conceptos jurídicos, en procura de crear conciencia y capacidad de análisis en torno a las reformas asumidas por el sistema judicial.
El abogado Erick Rafúl y el director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Núñez en conversatorio sobre el CCP.
Entre los títulos donados se encuentran: Jornada del Derecho Penal, de Eugenio Raúl Zaffaroni; Los Peligros del Populismo Penal, Análisis Económico del Derecho en la República Dominicana, Ley 218-07, sobre la Amnistía de Declaración Tardía de Nacimiento, y Ley No.136-03, Código para el sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolecentes, entre otras. Vásquez Sámuel indicó que la participación en la XII Feria del Libro se inscribió dentro de las líneas de cultura y pensamiento de autores dominicanos e internacionales, y el comisionado la utiliza para presentar las actividades que día a día desarrolla a lo interno de la institución, siempre con la transparencia que rige los pasos de cada uno de los funcionarios que laboran en la misma.
Estudiantes y visitantes a la Feria observan publicaciones del CARMJ.
Entre los expositores que participaron en las conferencias ofrecidas en el stand del Comisionado de Justicia, figuran: el magistrado Rafael Ciprián, con el tema “Reforma Constitucional”, y Ramón Emilio Núñez, director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, entre otras personalidades.
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ACUERDOS
CARMJ suscribe acuerdos bilaterales SE DESTACAN SECRETARÍA DE LA MUJER, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, COLEGIO DE ABOGADOS, UNIVERSIDADES SAN ANDRÉS DE ARGENTINA, ISDE Y UCATECI
E
l Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ), en el período agosto 2008-mayo 2009, firmó acuerdos interinstitucionales con reconocidas entidades nacionales e internacionales, entre los que se encuentran las seccionales del Colegio de Abogados de Santiago, Valverde Mao y Barahona, así como el movimiento cívico Participación Ciudadana, la Secretaría de la Mujer y la Universidad de San Andrés de Argentina (UDESA), la
Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI) y el Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE). La firma de los acuerdos con las seccionales provinciales del Colegio de Abogados de la República Dominicana, establece que ambas instituciones tienen común interés en desarrollar iniciativas en beneficio de las instituciones del sistema de justicia y de la comunidad jurídica en general.
Tanto el Comisionado de Justicia como las seccionales del Colegio de Abogados de Santiago, Valverde Mao y Barahona, coincidieron en reconocer la importancia de un sistema de administración de justicia eficiente, para el logro de una mejor sociedad.
CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA Con el movimiento cívico Participación Ciudadana (PC) el CARMJ se comprometió a trabajar en acciones conjuntas encaminadas a impulsar los proyectos de apoyo a la reforma judicial dominicana, implementando diversas modalidades de cooperación para la coordinación, debates, información e integración de la sociedad civil dominicana. Los firmanates, doctor Lino Vásquez Sámuel, y el coordinador general de Participación Ciudadana, licenciado Francisco Ramón Checo, se comprometieron a coordinar acciones conjuntas para hacer eficientes los mecanismos de transparencia a lo interno de las instituciones del sistema de justicia y, asimismo, fortalecer las Casas Comunitarias de Justicia como modelo de acceso ciudadano y vía de aproximación de las comunidades al sistema judicial.
Acompañados de representantes de ambas instituciones, el Comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel y el coordinador general de Participación Ciudadana, Francisco Ramón Checo, firman el acuerdo. Les acompaña Lisset Dumit, directora del área de Proyectos de USAID.
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El acuerdo incluye la promoción y el apoyo a los métodos de resolución de conflictos como vía alterna de imple-
ACUERDOS
La licenciada Alejandrina Germán y el doctor Lino Vásquez Sámuel firman acuerdo de cooperación interinstitucional.
mentación de justicia comunitaria, la ejecución de acciones conjuntas ante los poderes del Estado para la presentación y aprobación de propuestas de políticas públicas dirigidas a la expansión y sostenibilidad financiera de las Casas Comunitarias de Justicia, propiciar el fortalecimiento de la Red de Promotores de Justicia y Derechos Ciudadanos, desarrollar un plan de Educación Ciudadana a fin de elevar el acceso a la justicia de
los ciudadanos(as) y que contribuya a la permanencia y funcionamiento eficiente de las reformas alcanzadas. Abarcará un período de dos años, pudiendo renovarse automáticamente si ninguna de las partes comunicara su interés de rescindirlo. De igual manera, el mismo queda interrumpido a solicitud escrita de cualquiera de las partes, previa consulta y notificación presentada con un mes de anticipación.
Por las seccionales del Colegio de Abogados de Valverde Mao. Santiago y Barahona, firmaron los secretarios generales, licenciados Sonia del Carmen Espejo Rodríguez, José Miguel Minier y el doctor Manuel Emilio Santana Florían, y por el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, el doctor Lino Vásquez Sámuel.
La firma entre ambas instituciones se llevó a cabo en las oficinas del Comisionado de Justicia (Casa de Las Raíces), calle doctor Delgado esquina Moisés García, Gazcue.
CON SECRETARÍA DE LA MUJER El convenio de colaboración interinstitucional entre el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y la Secretaría de la Mujer compromete a ambas instituciones en la implementación de acciones conjuntas, con el objetivo de introducir el enfoque de equidad de género en el proceso de innovación del sector judicial y enfrentar la violencia hacia la mujer, así como garantizar el acceso pleno de este sector de la sociedad hacia los canales de la administración de justicia a nivel nacional. Por la Secretaría de la Mujer firmó, la licenciada Alejandrina Germán Mejía, y por el CARMJ, el doctor Lino Vásquez Sámuel.
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Mediante este convenio ambas instituciones establecieron la implementación del plan de acción de la Comisión Nacional de Prevención y Lucha Contra la Violencia Intrafamiliar (Conapluvi) y a designar representantes que garanticen la continuidad, el seguimiento y la evaluación de los compromisos pactados. El documento contempla que el Comisionado de Justicia, en su rol de introducir las reformas en el sistema de justicia, realizará acciones a través de Programas de “Atención a Víctimas de Delitos”, haciendo especial énfasis en proporcionar una atención integral y protección necesaria a las mujeres víctimas ante las instancias judiciales (Procuraduría General de la República, Fiscalías etc.), con el propósito de agilizar los trámites concernientes a los casos de violencia intrafamiliar hacia la mujer. Se compromete ante la Secretaría de la Mujer con gestionar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para introducir la perspectiva de igualdad y equidad de género al programa del fortalecimiento de la reforma judicial. Por su parte, la Secretaría de la Mujer, como institución comprometida con la equidad entre mujeres y hombres, se compromete a desarrollar programas educativos y de capacitación de los recursos humanos del
UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS Y EL ISDE El Comisionado de Justicia ha establecido acuerdos de trabajo y cooperación con el Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE) de Barcelona, España y la Universidad de San Andrés de Argentina (UDESA). Los acuerdos suscritos buscan establecer relaciones académicas, culturales y científicas, orientadas a la cooperación interinstitucional, que contribuyan a sus respectivos desarrollos, en los campos de la educación superior, a distancia, docencia, capacitación, investigación, transferencia de tecnología, extensión y servicios. Para ello, el ISDE pone a disposición del Comisionado de Justicia un cupo de becas parciales para la oferta formativa (de un 30% sobre el precio de los programas Master a Distancia y un 50% sobre el precio final de los Programas Master Presenciales), durante la vigencia y marco del convenio y una beca total en los programas Master a Distancia. La adjudicación final de la beca corresponde al Tribunal de Admisiones del ISDE que lo valorará, de acuerdo a la necesidad y meritocracia del candidato, en función de la superación de las pruebas de admisión de la Escuela. Por el ISDE, suscribió el acuerdo el doctor Alejandro Rintó Salas. En el caso de la Universidad de San Andrés de Argentina, el convenio suscrito por la Comisión Nacional de la Ejecución de Reforma Procesal Penal establece que las instituciones aunarán esfuerzos con la finalidad de desarrollar programas de formación y capacitación, según sus objetivos. Se compromenten a planificar, coordinar y llevar a cabo actividades conjuntas: seminarios, conferencias, talleres, publicaciones, entre otras acciones, dirigidas a una mayor divulgación de sus objetivos. En el caso del Comisionado de Justicia, los proyectos indicados estarán destinados al fortalecimiento de la capacitación y formación de magistrados del Poder Judicial, miembros del Ministerio Público, de la Policía Nacional, y de la Defensa Pública, además de estudiantes y profesionales del sector justicia en general. El Comisionado de Justicia y la Universidad de San Andrés tienen común interés de desarrollar iniciativas que redunden en beneficio del ejercicio y de la profesión del derecho y de la comunidad jurídica en general, contribuyendo al mejoramiento del sistema de la educación, en el sentido de que esto es una condición para restaurar la calidad y el p prestigio del derecho en el país. g del ejercicio j
Comisionado sobre combate contra la violencia hacia la mujer y atención a las víctimas. El acuerdo establece además, promover la realización de eventos, seminarios internacionales y talleres, facilitando la expansión del material didáctico.
La secretaria general del Colegio de Abogados, seccional Mao, Sonia del Carmen Espejo Rodríguez, firma el convenio junto al comisionado de justicia, Lino Vásquez Sámuel.
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El presidente Leonel Fernández encabeza el acto de relanzamiento de la Comsiones de Ética de las Instituciones Públicas, durante un acto en que aparece acompañado del secretario de la Presidencia, César Pina Toribio; el presidente de la Comisión Nacional de Ética, José Joaquín Bidó Medina; el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña; Ramón Ventura Camejo, secretario de Administración Púbica y monseñor Ramón Benito Ángeles
CARMJ cumple lineamientos Presidente Fernández en materia de transparencia y ética pública El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia ha dado fiel cumplimiento a los lineamientos del Presidente Leonel Fernández, para que las instituciones públicas actúen de manera disciplinada y organizada, y prevenir acciones corruptas que puedan empañar su buen desempeño. En tal sentido, en mayo, el comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel, designó a cinco funcionarios de ese organismo como integrantes de la Comisión de Ética y Combate a la Corrupción interna. Mediante circular, Vásquez Sámuel, designó a los señores Héctor Llenas, encargado de compras; Adonis Martín, de proyectos; Francisco Guillén, asistente de Proyectos; Amelia Burgos, gerente administrativa, y Jéssica Fernández, encargada de Recursos Humanos, para que supervisen y mantengan una es-
tricta vigilancia sobre el manejo de los recursos económicos. Con la medida, explicó, el Comisionado de Justicia da fiel cumplimiento al “Plan Estratégico República Dominicana Transparente, de Ética y Prevención de la Corrupción 2009-2012”, impulsado por el Presidente Fernández. Al dar a conocer la información, Vásquez Sámuel afirmó que actuar con disciplina y organización se traduce en una buena gestión pública. En este sentido, informó que desde su designación, al frente del Comisionado de Justicia, implementó un plan de reducción de gastos por concepto del pago de consumo de energía eléctrica y uso de material gastable y combustible, entre otras. Resaltó el esfuerzo realizado por el Presidente Fernández para crear conciencia
entre los servidores públicos de la importancia de trabajar con transparencia y apegados a la ética, demostrando que existe la firme voluntad del Ministerio Público de fortalecer todos los órganos de persecución de la corrupción. De igual manera, valoró el desempeño de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción, que dirige José Joaquín Bidó Medina; de la Procuraduría General de la República y su titular Radhamés Jiménez, y la Escuela Nacional del Ministerio Público, dirigida por Ramón Núñez, entre otras instituciones públicas, que han demostrado tener especial interés en enfrentar y prevenir la corrupción. Como punto importante, destacó la firma del acuerdo interinstitucional entre la Procuraduría, la Escuela del Ministerio Público y la Comisión Nacional de Ética, para el fortalecimiento de los valores éticos en el sector público.
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A cien años de historia
JUAN BOSCH
EL PRÓCER DE NUESTRA DEMOCRACIA Paradójicamente, dos grandes personalidades de la vida pública dominicana,como son Juan Pablo Duarte y Juan Bosch, vivieron el mismo paralelismo de tener que hacer enormes renuncias personales por amor y lealtad a su patria. En el corazón de la cuenca del Caribe, la obra política de Juan Bosch siempre permanecerá como el momento histórico de un proyecto de cambio social, político y económico que marcó nuevas fronteras y objetivos que hoy permanecen como metas en la escena política del país. Nacido en La Vega en 1909, y fallecido en Santo Domingo el 1 de noviembre de 2001, Juan Bosch es sin duda una de las más grandes personalidades dominicanas del siglo XX. Un auténtico gigante político y humano sobre el que todavía no hay un distanciamiento histórico para comprender mejor al hombre que amó a su país por encima de todo, que tuvo bien presente la dignidad humana como la meta política de su vida y que deja una obra literaria excepcional en la que se ha erigido como el auténtico maestro del género cuento en toda la literatura hispana. A lo largo de toda su vida, Juan Bosch marcó claramente la frontera y siempre fue inflexible. Si era el tiempo de la literatura, la política quedaba postergada. Si había llegado la hora de la acción política, la literatura permanecía como el tiempo ya pasado. Los tiempos de Juan Bosch fueron los más difíciles, tanto en el plano interno como externo. En un Caribe todavía encendido por los rescoldos de la crisis de los misiles que puso al mundo al borde de un conflicto nuclear en el gran pulso mantenido por John F. Kennedy, Fidel Castro y Nikita Jruschov, las frágiles espaldas del nuevo presidente tuvieron que asumir los traumas de una sociedad todavía atenazada por las heridas físicas y morales del trujillismo. Todo ese gigantesco desafío no hizo temblar nunca su pulso. En ese sentido, Juan Bosch tuvo el mismo coraje político que Juan Pablo Duarte para amar a su patria por encima de todo, construir una sociedad solidaria y aceptar siempre los reveses de la incomprensión, el desprecio y la descalificación. Se ha dicho que Juan Bosch, por el largo exilio en que vivió, nunca comprendió a su país para justificar el golpe que le derrocó. Quienes tantas veces han dicho esto no han comprendido ni comprenden el pro-
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Obra de Miguel Núñez.
fundo significado de la lealtad a la patria. Quizás haya que vivir no uno sino varios exilios como Juan Pablo Duarte y Juan Bosch para amar y conocer precisamente, de manera más profunda, a la patria. Fue justo ese amor a la patria y a sus hombres y mujeres lo que motivó la acción de gobierno ejemplar de Juan Bosch. Sus ideas no podían ser más simples y sencillas: establecer un gobierno que se apoyase y reflejara de manera continua la voluntad mayoritaria del pueblo. Líder del Partido Revolucionario Dominicano, uno de los partidos de mayor incidencia en el año 1962, quiso servir a su patria después de un largo exilio de cinco lustros. Un buen ejemplo de esa vocación de servicio fue ver cómo Bosch reconstruyó posteriormente su carrera política y se postuló como candidato a la presidencia para los períodos 1966, 1970, 1982, 1986, 1990 y 1994. Pero, además, fundó en 1973 el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que llegaría finalmente a gobernar bajo el liderazgo de Leonel Fernández. ¿Por qué no pudieron triunfar, en 1963, las ideas de Juan Bosch? El primer presidente elegido democráticamente en cuarenta años quiso, desde el primer momento, establecer cuatro prioridades fundamentales para su gobierno: 1.Respeto pleno a la independencia de los tres poderes del Estado: ejecutivo, legislativo y judicial. 2. Respeto pleno a los derechos civiles y políticos de todos los ciudadanos. 3. Respeto pleno a la utilización honrada y eficiente de los fondos públicos. 4. Un régimen de igualdad de oportunidades para todos. Es aquí donde encontramos la respuesta, no al fracaso de su gestión, sino a las razones de la conspiración que se urdió para derro-
carle a manos de todos aquellos que temieron por sus intereses particulares ante los firmes principios que desde un primer momento, anunció el presidente como ideario de su gestión. Aparentemente, el presidente contaba con una amplia experiencia proveniente de su largo exilio en Cuba, Costa Rica y Venezuela, donde había meditado largamente sobre la situación política y económica del país y de toda la cuenca del Caribe. Tenía el respaldo del Congreso, de su partido, del pueblo y de los partidos de izquierda. Pero, además, contaba con el apoyo expreso de los líderes políticos caribeños, así como con las simpatías iniciales de Estados Unidos. Los primeros escollos pronto aparecieron: el recelo de las élites del país, la división de los sindicatos, las veladas acusaciones de que latía una amenaza comunista en el seno del propio gobierno y, finalmente, el brusco cambio de un férreo régimen dictatorial a un auténtico Estado democrático. De todos estos escollos el más importante, y el que nunca supo encauzar el presidente, fue el profundo recelo y luego distanciamiento con las elites del país que no podían asimilar su alejamiento de los resortes del poder por quien consideraban un auténtico advenedizo después de cinco lustros de exilio político. Siempre que se producía una crisis entre esta élite y el presidente, este último amenazaba con aplicar la aplanadora, su mayoría en el Congreso. De esta forma se fue cerrando paulatinamente toda posibilidad de diálogo entre el presidente y sectores claves e influyentes de la sociedad. El proyecto de la nueva Constitución que consagraba los derechos civiles y políticos además del derecho al trabajo, la vivienda, la educación y la salud, junto a la expropiación por causa de interés social y la igualdad de los hijos naturales ante la ley, propició las diferencias entre la Iglesia y los empresarios con el presidente. Bosch formó, además, un gobierno con gentes de clase media, origen provinciano y modesto, miembros del exilio desconocidos para el país, con las únicas excepciones de Silvestre Alba de Moya, secretario de Trabajo, y Andrés Freites Barreras, secretario de Relaciones Exteriores. Este gobierno trató, desde el primer momento, de mantener relaciones de equilibrio tanto con Washington como con Moscú mientras buscaba potenciar sus lazos con los países europeos. La política económica defendida por Juan Bosch, que tuvo que asumir la herencia catastrófica del Consejo de Estado, se basó en la prudencia y la estabilización. El Fondo Monetario Internacional alabó precisamente esta disciplina en el gasto público que corrigió las desviaciones tanto en el presupuesto como en la balanza de pagos. Bosch logró reorganizar las finanzas públicas, pero fracasó en la reactivación económica. La presión para que rectificara inmediatamente su política económica fue agobiante. Nadie quiso darle un mínimo plazo. En agosto y septiembre las presiones sobre el Palacio fueron cons-
tantes. La respuesta del presidente siempre fue la misma: no habría cambios en la política económica. La suerte del primer gobierno elegido democráticamente tras cuarenta años estaba ya echada. El 25 de septiembre de 1963 las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se levantaron en armas. El golpe derrocó a Juan Bosch, que fue apresado primero y luego deportado. Las razones de los mandos militares para su levantamiento se basaron en la incapacidad del gobierno para resolver los graves problemas del país, el incumplimiento de las promesas electorales y el apoyo expreso del presidente derrocado con el comunismo. Aunque John F. Kennedy siempre miró con simpatía el régimen de Juan Bosch, influyentes miembros de su Administración le advirtieron sobre el peligro de un dominó comunista en las aguas del Caribe. Después de Cuba, decían, la pieza de República Dominicana está ya madura. Sin embargo Kennedy condenó el golpe y pidió el retorno a la constitucionalidad. Los militares buscaron primero un ciudadano independiente pero finalmente optaron por formar un triunvirato que Kennedy se negó a reconocer. Después del magnicidio de Dallas, el nuevo presidente, Lyndon B. Johnson, reconocería diplomáticamente al nuevo triunvirato formado por Emilio de los Santos, Ramón Tapia Espinal y Manuel Tavares Espaillat. El golpe no cerró la crisis sino que fue el detonante de un mayor conflicto al estar las Fuerzas Armadas divididas entre el Grupo de San Cristóbal, mandado por oficiales superiores, y el Grupo de San Isidro, dirigido por Elías Wessin y Wessin de la Fuerza Aérea. Desde septiembre de 1963 a abril de 1965 se vivió un clima de continua crisis y extrema tensión que estalló en un nuevo golpe el 24 de abril de 1965 para volver a restaurar la presidencia de Juan Bosch. El ejército se dividió entre la Junta de Reconstrucción Nacional, liderada por el coronel Pedro Bartolomé Benoit, y la Junta Constitucionalista, presidida por el coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó. El golpe de abril degeneró en una guerra civil que tuvo como campo de batalla las calles de Santo Domingo. Ante la grave situación, y el avance de las tropas de Caamaño, el coronel Benoit pidió la intervención de las tropas de Estados Unidos, abriendo la internacionalización de la crisis dominicana. La guerra de abril de 1965 concluyó con la mediación de la OEA y la firma de un Acto Institucional que reconocía aspectos importantes de la Constitución de 1963 al mismo tiempo que garantizaba los cargos de civiles y militares del bando constitucionalista. El único que se opuso a estos acuerdos, el general Wessin, fue extrañado del país. Comenzó una compleja y tensa normalización que supuso al final la segregación, cancelación y exilio del coronel Caamaño y sus principales hombres. Finalmente la guerra acabó con el acuerdo de organizar nuevos comicios en junio de 1966.
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PRESIDENTE DE LA CONAEJ
César Pina Toribio
y el director de la Escuela del Ministerio Público Rechazan que el Código Procesal Penal incida en el aumento de la delincuencia y la violencia 64 REFORMA JUDICIAL
Pretender atribuirle a la implementación del Código Procesal Penal y otros instrumentos legales el aumento de la delincuencia y la violencia, es querer escapar a las causas reales que influyen en el fenómeno de la criminalidad. El secretario de la Presidencia y presidente de la Comisión para la Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ), doctor César Pina Toribio, rechazó de manera categórica que el auge de la delincuencia y la violencia que se registra en el país tengan su origen en la implementación del Código Procesal Penal, como plantean distintos sectores de la vida nacional.
de la delincuencia y la violencia, es querer escapar a las causas reales que influyen en el fenómeno de la criminalidad.
Dijo que lejos de culpar a los instrumentos legales de la delincuencia y la violencia que se registra en el país, es tiempo de buscar las causas reales de ambos fenómenos.
A su juicio, tratar de corregir las situaciones de aumento de la delincuencia con modificaciones legales es sacarle el cuerpo a la búsqueda de soluciones reales y crear, entonces, una situación de quebrantamiento y de violaciones de derechos individuales por la vía de aplicación de carácter procesal que sean injustas y restrictivas de derecho.
Explica que pretender atribuirle a la implementación del Código Procesal Penal y otros instrumentos legales el aumento
Aseguró que en los casos cuando interviene la ley es a razón de una manifestación en el seno de la sociedad, sea por una ruptura o quebrantamiento de normas, lo que no se le puede atribuir a la ley, y mucho menos a la ley procesal.
La implementación del Código Procesal Penal ha permitiendo que los tribunales, al aplicar la ley, garanticen la vigencia efectiva de la Constitución de la República y de los tratados internacionales y sus interpretaciones por los órganos jurisdiccionales creados por éstos, cuyas normas y principios son de aplicación directa e inmediata en los casos sometidos a su jurisdicción y prevalecen siempre sobre la ley. Pero también se ha establecido que la inobservancia de una norma de garantía judicial establecida en favor del imputado no puede ser invocada en su perjuicio. Además, los tribunales procuran resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible para contribuir a restaurar la armonía social. En todo caso, al proceso penal se le reconoce el carácter de medida extrema de la política criminal.
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Director Escuela Ministerio Público afirma:
“Criminalidad sólo prodrá resolverse con profesionalización justicia y profundización Reforma Policial” El director general de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Emilio Núñez, aseguró que los problemas de efectividad que presenta la política criminal del Estado en todos los aspectos no se resolverán con una eventual reforma del Código Procesal Penal y del código de Niños, Niñas y Adolescentes, como proponen algunos sectores, sino con la profesionalización de la justicia, profundización de la reforma policial y la puesta en marcha de un sistema de investigación eficiente. Abogó, además, por la instauración de un modelo de ejecución penal juvenil adecuado y un sistema que permita brindar asistencia y protección efectiva a las víctimas. A juicio del director de la Escuela del Ministerio Público, “si queremos vivir en una sociedad más segura, como lo merecemos, debemos seguir invirtiendo en la profesionalización de la justicia, profundizar la reforma policial, poner en marcha un sistema de investigación eficiente, continuar con la puesta en marcha de un nuevo modelo de gestión penitenciaria, instaurar un modelo de ejecución penal juvenil adecuado y brindar asistencia y protección efectiva a las víctimas”. “Los problemas de eficacia que presenta la política criminal del Estado, tanto en el ámbito de la justicia de niños, niñas y adolescentes, como en materia de adultos, no requieren una reforma del Código Procesal Penal ni del Código de Niños, Niñas y Adolescentes”, precisó.
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No obstante, Núñez saludó las propuestas de que se lleve a la mesa de discusión el tema de la pretendida modificación de ambos códigos.
esfuerzo que hay que desplegar en el ámbito de la prevención, tomando en cuenta que la criminalidad se debe a múltiples causas.
Al ser consultado sobre el tema, dijo confíar en que “una reflexión seria acerca de los problemas de funcionamiento del sistema de justicia penal en ambas esferas conducirá necesariamente a reconocer lo que muchos quieren ignorar cuando recurren a la respuesta fácil del cambio legal”.
Sostuvo que para construir eficacia no hay camino fácil, tras insistir en que “cualquier sistema que pretenda ser eficaz debe partir de la profesionalización de los operadores institucionales (policías, investigadores forenses, fiscales, jueces, defensores, personal penitenciario) y debe poner en marcha modelos de gestión adecuados, de modo que los recursos estén organizados y orientados a la obtención de los resultados que se pretende alcanzar”.
Aseguró, además, que el gran déficit que presenta el sistema de justicia penal en su eficacia, esto al margen del gran
Comisionado de Justicia asesorará proceso reforma justicia Haití
El comisionado presidencial de la República de Haití para la Reforma del Código Penal y Código de Instrucción Criminal, René Magloire, y Lino Vásquez Sámuel, comisionado de justicia, firman convenio de colaboración.
Delegaciones presidenciales del gobierno haitiano visitaron recientemente al comisionado de Justicia, Lino Vásquez Sámuel, en procura de conocer la experiencia del país en la aplicación del Código Procesal Penal. Las delegaciones fueron encabezadas por el comisionado presidencial de la República de Haití para la Reforma del Código Penal y Código de Instrucción Criminal, René Magloire, quien expresó interés en conocer cómo opera la justicia dominicana tras la nueva normativa jurídica, en término de los diferentes roles de jueces, fiscales y policías. El Comisionado de Justicia ofreció todo el apoyo necesario para contribuir a la aplicación de las reformas judiciales en el vecino país. La comitiva haitiana también visitó al procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez, quien expresó que el anterior sistema inquisitorio se prestaba a diferentes arbitrariedades
desde los diferentes agentes del sistema de justicia.
en el país casi alcanzan los 40,000. La delegación haitiana expresó el interés
En su visita al Comisionado de Justicia, la delegación haitiana estuvo acompañada del director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Emilio Núñez, quien fue uno de los co-redactores del Código Procesal Penal y testigo del acuerdo firmado entre Vásquez Sámuel y René Magloire.
del Presidente René Preval de propiciar reformas judiciales, involucrando al sector público y a organizaciones de la sociedad civil.
LAS DELEGACIONES Las delegaciones presidenciales haitia-
Vásquez Sámuel resaltó la importancia de los intercambios de la comunidad jurídica Domínico-Haitiana.
nas que visitaron al procurador Jiménez
La delegación la presidieron, además, el comisionado presidencial de la República de Haití para la Reforma de la Justicia, Micha Gaillard, así como Salim Succar, Max Morpeau y Jean Roudy Aly, quienes desempeñan las funciones de miembros de ese organismo.
trucción Criminal y Penal, así como de la
Durante la conversación se trató aspectos relacionados al ejercicio del Derecho en los dos países, llegando a resaltarse que en Haití hay unos 3,000 abogados y
y al comisionado Vásquez Sámuel participan en la reforma al Código de InsReforma de la Justicia de ese país. Durante una semana participaron en actividades de la Escuela Nacional del Ministerio Público, centro que ha coordinado encuentros con el Instituto Caribeño para el Estado de Derecho y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas, entidad de la Organización de Estados Americanos (OEA).
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NOTICIAS
Plan Estratégico
Mesa Decanos y Directores de Facultades y Escuelas Derecho
De izquierda a derecha, licenciado Oscar D’Oleo Seiffe, doctor Manuel Peña Conse, doctor Antonio Medina, licenciada Brenda Cepeda, doctor Lino Vásquez Sámuel, licenciado Alejandro Moscoso Segarra, doctora Silvana Stanga, doctor Bienvenido Pérez Gómez, doctora Rhina De los Santos y el doctor Flavio Lapaix, durante el acto de lanzamiento del Plan Estratégico “Hacia el fortalecimiento de la enseñanza del Derecho”.
La Mesa Nacional de Decanos y Directores de Facultades y Escuelas de Derecho de la República Dominicana presentaron el Plan Estratégico: “Hacia el Fortalecimiento de la enseñanza del Derecho”, en un acto de lanzamiento del Plan Estratégico: Hacia el Fortalecimiento de la enseñanza del Derecho”, con el apoyo del Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. Las palabras de bienvenida estuvieron a
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cargo del doctor Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, quien explicó que esta iniciativa servirá para que el ejercicio de la profesión jurídica sea potenciado como un instrumento de defensa de los derechos de la ciudadanía y la seguridad jurídica de la nación.
ordenamiento jurídico dominicano, pretende continuar apoyando sin reservas esta iniciativa, en el entendido de que con ello apoya –de manera directa- los esfuerzos del Estado y la Sociedad, para contribuir al proceso de modernización que garantice un sistema de administración de justicia eficaz y eficiente.
Dijo que el Comisionado, en esa labor proactiva que, producto de su misión institucional le corresponde jugar en el
Destacó que, por ello, el Comisionado de Justicia impulsará todas las sinergias que requiera la mesa de decanos, “y sa-
NOTICIAS bemos que no estamos solos, porque la Secretaría de Estado de Educación Superior Ciencia y Tecnología, en la persona de su titular Ligia Amada Melo y su equipo técnico, ha estado y seguirá estando muy involucrada en todo el proceso de fortalecimiento de la parte académica”. Por último, dijo que se impone destacar que la mesa de decanos y directores es una de las iniciativas más nobles que se ha desarrollado en el ámbito académico dominicano, por lo que estamos frente a un órgano de relevancia, excelencia, preeminencia y notabilidad que requiere el apoyo de toda la sociedad. La mesa principal estuvo compuesta por: el doctor Lino Vásquez Sámuel, comisionado de Apoyo y Modernización de la Justicia; el licenciado Alejandro
Moscoso Segarra, director Ejecutivo de la Mesa Nacional de Decanos y Directores de Facultades y Escuelas de Derecho y Decano de la Facultad de Derecho de la universidad APEC; la licenciada Brenda Cepeda, consultora Jurídica de la SEESCyT, en representación de la Licda. Ligia Amada Melo, secretaria de Estado de Educación Superior Ciencia y Tecnología; la doctora Silvana Stanga, consultora Internacional; y el licenciado Oscar D’Oleo Seiffe, en representación del doctor Julio Miguel Castaños Guzmán, director del Departamento de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Madre y Maestra (PUCMM). Asimismo, el doctor Manuel Peña Conse, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Católica
de Santo Domingo (UCSD); la doctora Rhina De los Santos, decana de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de la Tercera Edad (UTE); el doctor Flavio Lapaix, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Tecnológica del Sur (UTESUR); y Lissette Dumit, directora de Componente de Justicia de la Agencia Internacional para el Desarrollo Americano. La Mesa de Decanos de la Facultades y escuelas de Derecho de la República Dominicana fue creada, en sus orígenes, con el apoyo del Comisionado de Justicia, con la misión de contribuir a mejorar la enseñanza del Derecho en el país y lograr, por ende, una evolución en la profesionalización de la abogacía.
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PERFIL DE LOS GERENTES DE PROYECTOS E INVESTIGACIONES
Ilonka Valentín Pérez
Milagros Pichardo Pío
-Gerente de Proyectos de Victimología. - 4 meses en la institución.
-Gerente de Proyectos del área de Niñez, Adolescencia y Familia. -5 años en la institución.
-Con estos proyectos, el CARMJ desea contribuir a la sensibilización de los actores del sector gubernamental y no gubernamental, en la comprensión y elaboración de políticas públicas que garanticen la plena participación y protección integral de las personas que se conviertan en víctimas de delitos, realizados en su contra o de la comunidad.
-Impulsar, apoyar, coordinar iniciativas y acciones tendentes al eficiente y eficaz funcionamiento de un sistema de justicia que garantice los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y la familia. mpichardo@reforma-justicia.gov.do
mpichardo@reforma-justicia.gov.do
Roberto Adonis Martín -Gerente del Proyecto del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria -Consultor Académico. -1 año en la institución. -Apoyar la Reforma del Sistema Penitenciario de la República Dominicana -Contribuir a elevar el rigor académico de los diplomados impartidos por el Comisionado de Justicia. Incrementar la calidad de las relaciones con diversas instituciones del Estado: PN, FFAA, Procuraduría General de la República, entre otras. rmartin@reforma-justicia.gov.do
REFORMA FORM RMAA JU JUDICIAL JUD DICCIAL 7700 REFO
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