Lucha Legal -1-
Acciones Legales emprendidas por el Comité Ejecutivo Nacional Democrático del SNTE
Evaluación Universal = Sentencia Fatal (Página 10)
La evaluación Universal será obligatoria,
La evaluación quedará en manos del INEE.
Garantías Laborales: Contrato Colectivo, Huelga y el Sindicato (Página 13)
Demanda contra Alfredo Farid Barquet Rodríguez, presidente del TFCA (Página 7) “Elba Esther Gordillo no tenía ninguna representatividad legal del magisterio cuando suscribió el acuerdo, en mayo de 2008, pues su periodo estatutario al frente del gremio de maestros ya había concluido”
Curso Talleral Nacional del Educador Popular en Visita Comité Nacional
Demanda contra la ACE (Página 2) “...derivado del “Acuerdo” se vulneran disposiciones constitucionales, legales y administrativas en perjuicio de los trabajadores de la educación en el país, así como los principios constitucionales y las garantías sociales de los gobernados…”
de julio de 2011 internet: www.cend-snte.com,11-15 facebook: cendsnte,
twitter: @cendsnte, escríbenos a: cend.snte@gmail.com
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DEMANDA CONTRA LA ALIANZA POR LA CALIDAD EDUCATIVA INTERPUESTA POR EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEMOCRÁTICO DEL SNTE EN MAYO DEL 2009 Nombres Y OTROS
jadores de la Educación de fecha 15 de mayo de 2008”. 3).- La destitución de quienes se ostentan como la VS. Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SINDICATO NACIONAL DE Nacional de Trabajadores de la Educación, profesora TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN. Elba Esther Gordillo Morales y como el Secretario GeENTIDAD FEDERATIVA: _________ neral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la EduREGIÓN: ___________ cación, profesor Rafael Ochoa Guzmán, por la alta traición a los trabajadores, la primera por implementar ante los medios de comunicación y ante la sociedad en C. MAGISTRADO PRESIDENTE DEL H. TRIBUNAL FEDEgeneral y el segundo por suscribir el Acuerdo “Alianza RAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE por la Calidad de la Educación entre el Gobierno FedePRESENTE ral y los maestros de México representados por el SinLos que suscribimos; trabajadores al servicio del Estado dicato Nacional de Trabajadores de la Educación de fey agremiados activos del Sindicato Nacional de Trabaja- cha quince de mayo de dos mil ocho”. dores de la Educación (SNTE), personalidad que acrediHECHOS tamos con los comprobantes o recibos originales de I.- Que el Sindicato Nacional de Trabajadores de percepciones y en donde se acredita el descuento de la cuota sindical que se aplica a todos los agremiados del la Educación dentro de su vida democrática cuenta con Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, de un Estatuto sindical que rige la vida interna de sus conformidad con los artículos 11 de la Ley Federal de agremiados mismos que están agrupados e incorporalos Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria dos en las diversas Secciones del país. Por objeto la dedel Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y suple- fensa de los intereses de los trabajadores que lo intetoriamente los artículos 690, 692 y 694 de la Ley Fede- gran, por lo que la violación a sus estatutos, implica una ilegalidad. ral del Trabajo, comparecemos para exponer: Que venimos a demandar a la Secretaria de Educación II.- Que el quince de mayo de dos mil ocho, fue suscrito Pública y al Sindicato Nacional de Trabajadores de la el Acuerdo “Alianza por la calidad de la educación entre el Gobierno Federal y los maestros de México represenEducación, lo siguiente: 1).- La nulidad del Acuerdo “Alianza por la calidad de la educación entre el Gobierno Federal y los maestros de México representados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación de fecha 15 de mayo de 2008”. 2).- En consecuencia y derivado de lo anterior, la nulidad de todos los actos jurídicos y administrativos adoptados y todos los efectos del mencionado e ilegal Acuerdo “Alianza por la calidad de la educación entre el Gobierno Federal y los maestros de México representados por el Sindicato Nacional de TrabaCurso Taller Nacional del Educador Popular
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tados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, se desprenden violaciones a los siguientes aspectos: a).- Modernización de los Centros Escolares, relativos a impulsar y reforzar los siguientes programas participativos: Escuelas de Tiempo Completo, Escuelas en horario discontinuo, Escuelas fuera del horario de clase y en fines de semana, b).- Profesionalización de los Maestros y de las Autoridades Educativas: Ingreso y promoción de todas las nuevas plazas y todas las vacantes definitivas por la vía de Concurso Nacional Público de Oposición convocado y dictaminado de manera independiente. El acceso a funciones directivas en el ámbito estatal se realizará por la vía de concursos públicos de oposición. c).- A partir del ciclo escolar 2009-2010 la convocatoria y la dictaminación de los concursos correría a cargo de un órgano de evaluación independiente con carácter federalista que plantea: Certificación de competencias profesionales, Fortalecer la profesionalización de los docentes de las escuelas normales y creación de 5 centros regionales de excelencia académica. d).- Incentivos y Estímulos: Reformar los lineamientos del Programa de Carrera Magisterial para que se consideren exclusivamente tres factores: Aprovechamiento escolar (medido a través de instrumentos estandarizados aprobados por el Sistema Nacional de Evaluación de la Educación), cursos de actualización (certificados de manera independiente) y desempeño profesional. e).- Reforma Curricular Orientada al Desarrollo de Competencias y Habilidades. f).- Enseñanza del idioma inglés desde preescolar y promoción de la interculturalidad. g).- Articular el Sistema Nacional de Evaluación, conjuntando las instancias, procesos y procedimientos existentes. h).- Evaluación exhaustiva y periódica de todos los actores del proceso educativo. i).- Establecimiento de estándares de desempeño: Por nivel de aprendizaje, Gestión del centro escolar, Docente, del educando, de padres de familia y tutores, Infraestructura y equipamiento escolar, Medios e insumos didácticos para el aprendizaje, Habilidades y competencias del estudiante por asignatura y grado. j).- Escuelas Curso Taller Nacional del Educador Popular
públicas y alumnos de educación básica incorporados al Programa Escuelas de Tiempo Completo k).Concursos Nacionales para Ingreso. l).- Entidades que realizan concursos de ingreso para ocupar plazas iníciales, directivas y de supervisión escolar. m).Centro de Certificación de Competencias Profesionales de los Maestros. n).- Reforma Curricular Orientada al Desarrollo de Competencias y Habilidades. ñ).- Sistema Nacional de Evaluación. Que los rubros antes señalados, vulneran un conjunto de derechos laborales de los profesores de la educación, estipulados en la Ley Suprema, ordenamientos jurídicos, estatuto del SNTE, reglamentos y disposiciones administrativas, que abordamos en el apartado de consideraciones jurídicas. III.- Que derivado del “Acuerdo” se vulneran disposiciones constitucionales, legales y administrativas en perjuicio de los trabajadores de la educación en el país, así como los principios constitucionales y las garantías sociales de los gobernados. IV.- Que la C. Profesora Elba Esther Gordillo Morales, no tiene facultades para impulsar ante los medios de comunicación y ante la sociedad en general el Acuerdo “Alianza por la Calidad de la Educación a nombre de los maestros representados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación”. V.- Que el C. Rafael Ochoa Guzmán, quien se ostenta como Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, no tiene faculta-
des ni legales ni estatutarias para suscribir el “Alianza por la Calidad de la Educación a nombre de los maestros representados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación”. 11-15 de julio de 2011
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VI.- Que tanto Gordillo Morales como Rafael Ochoa Guzmán, dejaron de fungir como representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, puesto que su periodo gestión comprendió del diecisiete de marzo de dos mil cuatro al dieciséis de marzo de dos mil ocho.
prema que en su parte conducente a la letra dice: Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible. A… IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.
TERCERO.- Que se contraviene en perjuicio de los suscritos lo dispuesto en el artículo 3° de la VII.- Que Gordillo Morales al impulsar ante los me- Ley Fundamental que en su parte conducente a dios de comunicación y la sociedad en general y Ra- la letra dice: fael Ochoa Guzmán, al suscribir el Acuerdo “Alianza Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. por la Calidad de la Educación a nombre de los El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, maestros representados por el Sindicato Nacional impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la edude Trabajadores de la Educación”, violaron los pre- cación básica obligatoria. ceptos estatutarios que rigen al Sindicato Nacional La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar arde Trabajadores de la Educación. mónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar PRIMERO.- Que se viola en perjuicio de los suscritos la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la lo dispuesto en el artículo 1° de la Norma Suprema Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportacioque en su parte conducente a la letra dice: nes económicas correspondientes a ese servicio público y a Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumgozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cua- plan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo les no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y que a todos aquellos que las infrinjan. con las condiciones que ella misma establece. CUARTO.- Que se infringe en perjuicio de los
SEGUNDO.- Que se contraviene en perjuicio de los suscritos lo dispuesto en el artículo 5 de la Constisuscritos lo dispuesto en el artículo 2° de la Norma tución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra señala: Su-
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-5Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad.
Que con el Acuerdo multicitado se quebrantan los artículos 3, 4, y 159 de la Ley Federal del Trabajo; 10, 11, 15, 48, 49, 50,51, 52, 53, 54, 58, 59, 60, 112, 113,114, 115 y 116 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; 7, 11, 12, 29, 30, 31, 75 y 76 de la Ley General de Educación; 1, 12, 20, 24, 70, 71 y 91 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, además de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Escalafón.
SÉPTIMO.- Que también se infringe el artículo 123, Apartado B, fracción IV de la Ley Fundamental con la suscripción del Acuerdo por la Calidad de la Educación. El precepto constitucional señalado a la letra dice. Artículo 123. B. Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores: IV. Los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos. En ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores en general en el Distrito Federal y en las Entidades de la República.
OCTAVO.- Que también se vulnera el artículo 123, Apartado B, fracción VIII, con la suscripción del QUINTO.- Que con el “Acuerdo” impulsado y “Acuerdo” pues si atendemos al texto constituciodifundido por la Presidenta del Comité Ejecutivo nal, éste estipula lo siguiente: Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y suscrito por el Secretario Ge- VIII. Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a fin neral del mismo sindicato, el Ejecutivo Federal y de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En igualdad de condiciones, tenla Secretaria de Educación Pública, se infringe drá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su además del artículo 1° de la Norma Suprema, los familia; numerales 5, 74, fracción IV y 89, fracción I y 133 de la Constitución de la República y se arro- En el caso concreto dicho precepto constitucional ga atribuciones del Constituyente Permanente y este contiene los siguientes elementos: del Legislador ordinario. 1).- Que los trabajadores gozarán de derechos de Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes: I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
SEXTO.- Que se vulnera en perjuicio de los suscritos lo dispuesto en el Apartado B, del artículo 123 de la Ley Fundamental, pues en la exposición de motivos de la iniciativa que adicionaba el Apartado B del artículo 123 del Código Político de 1917, presentada el 7 de diciembre de 1959 ante el Senado de la República se expresaba en su parte conducente que… Los trabajadores al servicio del Estado, por diversas y conocidas circunstancias, no habían disfrutado de todas las garantías sociales que el Artículo 123 de la Constitución General de la República consigna para los demás trabajadores. Curso Taller Nacional del Educador Popular
escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de: a). Los conocimientos, b). Aptitudes y c).Antigüedad. 2).- Que en igualdad de condiciones, tendrá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su familia; NOVENO.- Artículo 123, Apartado B, fracción X, establece, entre otros principios básicos, que los trabajadores al servicio del Estado tienen el derecho de asociarse para la defensa de sus derechos comunes, garantía que la Suprema Corte ha interpretado con toda amplitud que es acorde con el espíri11-15 de julio de 2011
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tu libertario del Constituyente, por lo cual ha de entenderse que tienen derecho a constituir las organizaciones que estimen convenientes, de afiliarse a ellas conforme a sus estatutos, con base en los cuales pueden elegir libremente a sus representantes.
DISPOSICIONES LEGALES
PRIMERO.- Tenernos por presentados, por nuestro propio derecho pidiendo en los términos del presente escrito solicitando: a).- La nulidad del Acuerdo Alianza por la calidad de la educación entre el Gobierno Federal y los maestros de México representados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación de fecha 15 de mayo de 2008”, la nulidad de todos los actos jurídicos y administrativos adoptados y todos los efectos del mencionado e ilegal Acuerdo “Alianza por la calidad de la educación, la destitución del carácter de Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación a Elba Esther Gordillo Morales, la destitución del carácter de Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación a Rafael Ochoa Guzmán.
DÉCIMO.- Que con el Acuerdo multicitado se quebrantan los artículos 7, 11, 12, 29, 30, 31, 75 y 76 de la Ley General de Educación; 3, 4, y 159 de la Ley Federal del Trabajo; 10, 11, 15, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 58, 59, 60, 112, 113,114, 115 y 116 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; 1, 12, 20, 24, 70, 71 y 91 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, además de las disposiciones establecidas en el Reglamento de EscalaSEGUNDO.- Tener por nuestros apoderados a los CC. fón. Eduardo Pérez Saucedo… Y desde este momento ofrecemos las siguientes: TERCERO.- Señalar fecha y hora para la celebración de la Audiencia de Conciliación, Demanda y ExcepPRUEBAS ciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, LA CONFESIONAL, a cargo de la C. ELBA ESTER GOR- desahogándose las mismas, se deberá emitir un lauDILLO MORALES Presidenta del Comité Ejecutivo do condenatorio en los términos del primer punto Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de petitorio. la Educación…. CUARTO.- Solicitamos atentamente de este tribunal LA CONFESIONAL, a cargo del C. RAFAEL OCHOA tomar en cuenta a cada uno de las y los demandanGUZMÁN, secretario general ejecutivo del Sindicato tes y proveer conforme a derecho. Nacional de Trabajadores de la Educación… QUINTO.- Requerir a la Secretario de Educación PúLA CONFESIONAL, a cargo del C JAVIER ÁLVAREZ RA- blica, al Presidente de los Estados Unidos MexicaMOS., integrante del Colegio Nacional de Organiza- nos, a la Presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y al Secretario General del ción del CEN del SNTE… Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en copia el documento de la Alianza por la Calidad de la Edusimple del cuadernillo denominado Alianza por la cación, así como de los programas derivados de ella. Calidad de la Educación, donde aparece “Gobierno PROTESTAMOS LO NECESARIO Federal” y el Escudo Nacional, las Secretarías de México, Distrito Federal, a 08 de mayo de 2009. Educación Pública, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social y Salud; asimismo, logotipo “SNTE” y la 1. ADRIÁN MARTÍNEZ ARANDA, etc. leyenda Vivir Mejor. Por lo expuesto a ese H. TRIBUNAL FEDERAL, le solicitamos atentamente: Curso Taller Nacional del Educador Popular
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DEMANDA CONTRA EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Alfredo Farid Barquet Rodríguez (7/06/2011) DENUNCIA DE HECHOS
toma de nota a los c.c.------------------ sin que los mencionados haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos que esC. PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA tablece el estatuto sindical y los artículos 365 y 366 de la Ley Los suscritos, por propio derecho, en nuestro carácter de Federal del Trabajo miembros activos del Sindicato Nacional de Trabajadores de la De lo anterior, la conducta del multicitado servidor publico, es Educación, como se acredita con los recibos de pago de salailegal y contraria a lo que establece el estatuto sindical y no rios anexos y nombrando como representante común a Sergio obstante que está obligado a velar por la aplicación estricta de Espinal García, señalando como domicilio…, y autorizando la ley en los actos que como autoridad emite, en el caso de la para tal efecto y como nuestros asesores legales y representoma de nota que emitió, no lo hizo así, en perjuicio de los tantes en la presente denuncia de hechos, a los LICS. HUMsuscritos y para favorecer indebidamente a --------------- y-------BERTO OSEGUERA BARAJAS…, ante usted manifestamos: ------. Que por medio del presente, con fundamento en los artículos Ello es así, toda vez que la CONVOCATORIA PARA LA REALIZA8 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos MexiCIÓN DEL V CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO DEL SINcanos y los artículos 214 fracción IV, 215 fracción IV, 216, 221 DICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN y 220 fracción I del Código Penal Federal, (SNTE), presuntamente fue omisa en venimos a interponer denuncia de hechos cuanto hace a precisar lugar y tiempo, lo por la probable comisión de los delitos que permitió al Comité Ejecutivo Nacional contra la administración de la justicia; del SNTE, impedirles al millón seiscientos ejercicio indebido de servicio público; afiliados, acudir a ese evento sindical a abuso de autoridad, coalición de servidoejercer su derecho a votar y ser votado res públicos, ejercicio abusivo de funciopara cargos de representación sindical. nes y los que resulten, en contra del Lic. Alfredo Farid Barquet Rodríguez, PresiPor lo tanto, si la mencionada convocatodente del Tribunal Federal de Conciliación ria es nula, los acuerdos del V Congreso y Arbitraje … Nacional Extraordinario del SNTE, en consecuencia de lo anterior, carecieron de Solicitamos se realicen todas las diligeneficacia jurídica y estatutaria violándose el cias necesarias para la averiguación preartículo 237 del estatuto del SNTE vigente via, sea consignado ante el Juez Penal en ese momento, que establece: “La conFederal que corresponda y castigado por vocatoria para la celebración de una los delitos aquí denunciados, toda vez que asamblea será emitida por el órgano faculse ha alejado de su función, conforme al tado para ello en los términos de estos artículo 17 constitucional. estatutos y deberá contener en todos los Fundan y motivan la presente denuncia casos: el día, la hora y el lugar de celebrade hechos, los siguientes: ción, el tipo de asamblea de que se trate, el orden del día con el temario a desarrollar, así como los reHECHOS: quisitos y procedimiento para la acreditación de los delegaEl servidor público mencionado, ha incurrido en conductas dos”. indebidas que pueden ser constitutivas de los delitos contra la A pesar de lo expuesto en el hecho que antecede, se llevó a administración de la justicia; ejercicio indebido de servicio cabo el V CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO DEL SINDIpúblico; abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, CATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ejercicio abusivo de funciones y los que resulten, en virtud de (SNTE); en donde se acordó reformar los estatutos del mismo, que en fecha -------------- emitió una resolución, acuerdo, etc……………. mediante al cual otorgó indebidamente una El “artículo 3º. Transitorio del estatuto reformado deterCurso Taller Nacional del Educador Popular
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-8mina: “Artículo 3º.- Se eligen los órganos nacionales de gobierno conforme a la integración aprobada en el V Congreso Nacional Extraordinario Y SE DETERMINA QUE EN ESTA ELECCIÓN NO TIENE APLICACIÓN LAS RESTRICCIONES EN MATERIA DE DESEMPEÑO DE CARGOS de representación popular y partidista o de participación EN LA ANTERIOR ESTRUCTURA”. Sin embargo, el Lic. Alfredo Farid Barquet Rodríguez, Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, dejó de ejercer su facultad de verificar si los documentos presentados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación para que se le expidiera la toma de nota de la reforma estatutaria.
Gordillo Morales y Rafael Ochoa Guzmán, facultades que corresponden al Congreso Nacional y sin que dicha figura jurídica de la prorroga este prevista en el estatuto del SNTE; incurrió en violación flagrante de los artículos 43, 44 y 78 del estatuto sindical reformado en el V Congreso Nacional Extraordinario del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), que señalan: “Artículo 43.-Los miembros de los COMITÉS EJECUTIVOS DELEGACIONALES, REGIONALES, SECCIONALES, Y NACIONAL NO PODRÁN SER ELECTOS PARA EL MISMO CARGO EN EL MISMO COMITÉ.”
“Artículo 44. Los secretarios generales de los comités ejecutivos delegacionales, coordinadores regionales, no podrán ser electos para ocupar el mismo cargo ni ningún otro en el comiAdemás el CONSEJO NACIONAL DEL SNTE que en el año de té de que se trate en el periodo siguiente al término de su 2008, ACORDÓ prorrogar el mandato a Elba Esther Gordillo gestión. Morales y Rafael Ochoa Guzmán, como Presidenta y Secretario General Ejecutivo del Comité Ejecutivo Nacional de SNTE, LA SECRETARIA GENERAL EJECUTIVA y los Secretarios Generapara el período 2008- 2012, no fue CONVOCADO como lo mar- les de los Comités Ejecutivos Seccionales SOLO PODRÁN SER ca el estatuto sindical reformado en el V Congreso Nacional ELECTOS PARA CARGOS DE JERARQUÍA SUPERIOR. Extraordinario del Sindicato Nacional de Trabajadores de la QUIEN OCUPE LA PRESIDENCIA NACIONAL DEL COMITÉ EJECUEducación, en sus artículos 210, 211 y 212 que a la letra dicen: TIVO NACIONAL, NO PODRÁ OCUPAR EL MISMO CARGO NI “Artículo 210.- La CONVOCATORIA para la celebración de una OTRO EN EL MISMO COMITÉ”. asamblea será emitida por el órgano facultado para ello… y “Artículo 78.- EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL SERÁ ELECTO deberá contener en todos los casos: el día, la hora, y el lugar EN CONGRESO NACIONAL, así como los suplentes respectivos, de la celebración, el tipo de asamblea de que se trate, el orde conformidad con lo establecido en este Estatuto, y durará den del día con el temario a desarrollar, así como los requisien su cargo cuatro años”. tos y procedimientos para la acreditación de los delegados”. A pesar de lo anterior, el Lic. Alfredo Farid Barquet Rodríguez, “Artículo 211.- La convocatoria para la celebración de asamPresidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, blea ordinaria será dada a conocer por lo menos con noventa dejo de ejercer su facultad de verificar si los documentos predías de anticipación cuando se trate de Congreso Nacional; sentados por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educon un mínimo de treinta días cuando se trate de Consejo Nacación para que se le expidiera la cional, Congreso Seccional o Pleno toma de nota al Comité Ejecutivo Seccional y con quince días en el “Elba Esther Gordillo no tenía ninguna represenNacional, se apegaron o no comcaso de asamblea regional, deletatividad legal del magisterio cuando suscribió el pletamente a los estatutos de digacional de centro de trabajo, de cho sindicato y a la Ley, omitiendo escuela o pleno delegacional, por acuerdo, en mayo de 2008, pues su periodo esaplicar el artículo 195 de la Ley de su naturaleza las asambleas extratatutario al frente del gremio de maestros ya Amparo que obliga a las autoridaordinarias serán convocadas en había concluido” des a fundar sus resoluciones en la los términos de este estatuto jurisprudencia emitida por el Poder cuando se consideren necesarias”. Declaraciones del CEND-SNTE. Judicial de la Federación, como la Periódico La Jornada “Artículo 212.- Cuando se trate de que a continuación se transcribe…. asambleas en las que debe elegirSábado 14 de mayo de 2011, p. 35 SINDICATOS. LA AUTORIDAD LABOse a los integrantes de Órganos de RAL TIENE FACULTAD PARA COTEGobierno, Representantes o DeleJAR LAS ACTAS DE ASAMBLEA RELATIVAS A LA ELECCIÓN O gados, la Convocatoria se sujetará a lo dispuesto en el artículo CAMBIO DE LA DIRECTIVA, A FIN DE VERIFICAR SI EL PROCEDIanterior, además de lo previsto por el Articulo 247 de este MIENTO SE APEGÓ A LOS ESTATUTOS O, SUBSIDIARIAMENTE, estatuto.” A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. En el año de 2008, el Consejo Nacional, carecía de legitiTOMA DE NOTA DEL CAMBIO DE DIRECTIVA DE UN SINmación, sin embargó, prorrogó el mandato a Elba Esther Curso Taller Nacional del Educador Popular
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-9DICATO BUROCRÁTICO. EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE TIENE LA FACULTAD DE COTEJAR SI LAS ACTAS Y DOCUMENTOS PRESENTADOS POR LOS REPRESENTANTES SINDICALES SE AJUSTAN O NO A LAS REGLAS ESTATUTARIAS.
causas que los estatutos establecen, de manera que la autoridad laboral para efectos del registro de toma de nota, se encuentra facultada para verificar si el procedimiento de cambio o elección de directiva de un sindicato, celebrado a través de una asamblea electoral ordinaria, se ajustó a los estatutos pactados, y de no ser así debe abstenerse de tomar nota.
De conformidad con el artículo 77, fracción II, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado los sindicatos se DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRAencuentran obligados a comunicar al Tribunal Federal de Con- BAJO DEL PRIMER CIRCUITO. ciliación y Arbitraje, dentro de los diez días siguientes a cada Por todo lo anterior, consideramos que el Lic. Alfredo Farid elección, los cambios en su directiva o comité, así como las Barquet Rodríguez, Presidente del Tribunal Federal de Concialtas y bajas de sus miembros, y las modificaciones en sus esliación y Arbitraje, ha incurrido delitos contra la administratatutos; de tal manera que cuando se dé el cambio de directición de la justicia; ejercicio indebido de servicio público; abuso va de un sindicato y se haga del conocimiento del mencionado de autoridad, coalición de servidores públicos, ejercicio abusitribunal, éste debe registrar o tomar nota del cambio de direcvo de funciones y los que resulten, ilícitos que se encuentran tiva, lo cual, dada la gran importancia que tiene dicho acto, en tipificados en el Código Penal Federal, por los cuales debe ser virtud de que la certificación correspondiente confiere la deinvestigado y sancionado de acuerdo a lo que establecen los fensa de sus agremiados y el 214 fracción IV, 215 fracdestino de los intereses sindicaIV, 216, 221 y 220 frac“Prácticamente lo que incurre es en una ción les, hace necesario que el aludición I del Código Penal Fedo tribunal verifique que en el deral. violación al artículo 17 de la trámite o procedimiento respecPRUEBAS tivo se respetó la voluntad de Constitución y está presentada ya la los agremiados, precisamente Ofrecemos como pruebas demanda ante la PGR en un acto este en los estatutos y, subsidiariade los delitos cometidos por mente, en la aludida legislación, el servidor público en cuesdonde participamos varios cientos de toda vez que si el tribunal no tión, las siguientes: tuviera la obligación de cotejar compañeros…”. Sergio Espinal García 1.- Copia certificada comlo actuado con los estatutos, y pleta, es decir de todos los todos los requisitos y garantías previstos en la ley, no podría resolver fundada y motivada- cuadernos que integran el expediente: R.S. 43/44 correspondiente al registro sindical del Sindicato Nacional de Trabajadomente. res de la Educación, que solicitó sea requerida al Lic. Alfredo TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL Farid Barquet Rodríguez, Presidente del Tribunal Federal de PRIMER CIRCUITO. Conciliación y Arbitraje, toda vez que ha manifestado que no Amparo en revisión 20/2009. América López Carranza y otros. la proporcionara sino es mediante requerimiento de autoridad 28 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor competente. Arturo Mercado López. Secretaria: Yara Isabel Gómez Brise2.- RESOLUCION, ACUERDO, ETC., EMITIDO POR EL SERVIDOR ño…. PÚBLICO ALFREDO FARID BARQUET RODRÍGUEZ, DE LA CUAL SINDICATO. LA AUTORIDAD LABORAL DEBE ABSTENERSE DE SE ORIGINA LA PRESENTE DENUNCIA DE HECHOS. TOMAR NOTA SI LA ASAMBLEA ELECTORAL ORDINARIA SE Por lo anteriormente expuesto y fundado, a esa Procuraduría CELEBRÓ CON INCUMPLIMIENTO DE LOS ESTATUTOS CORRESGeneral de la República, atentamente solicitamos: PONDIENTES. ÚNICO.- Tenernos por presentados con este escrito y docuDe los artículos 67 y 72, fracción II, ambos de la Ley Federal de mentos que se acompañan, en nuestro carácter de trabajadolos Trabajadores al Servicio del Estado, se desprende que la res de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA y miembros constitución de un sindicato tiene por objeto la defensa de los del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCAintereses de los trabajadores que lo integran, y sus estatutos CIÓN, denunciando los hechos narrados con anterioridad, que son las normas obligatorias que regulan la vida interna de la presumiblemente pueden configurar el delito de ABUSO DE organización sindical que los conforma, por lo que su modifiAUTORIDAD por parte del C. LIC ALFREDO FARID BARQUET cación no debe ser arbitraria, es decir, no puede dejarse a la RODRIGUEZ, Presidente de dicha autoridad laboral. Firmasimple anuencia o falta de oposición de los agremiados, mos de conformidad: (LISTA CON NOMBRES Y FIRMAS) sino que se tiene que ajustar a los procedimientos y las Curso Taller Nacional del Educador Popular
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“REFORMA A CARRERA MAGISTERIAL” (Síntesis de la versión difundida de manera oficial por los charros)
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Artículos clave del Reglamento de la Ley de Servicios Profesionales de Carrera en la Administración Pública Artículo 58.- La Secretaría, en coordinación con los Comités Técnicos de Profesionalización, establecerá los sistemas de evaluación u homologación que permitan la certificación de las capacidades profesionales de los servidores públicos de carrera y demostrar que han desarrollado y mantienen actualizado el perfil y aptitudes requeridos para el desempeño de sus puestos.
Artículo 60.- Los servidores públicos de carrera que certifiquen las capacidades necesarias para permanecer en el puesto que ocupan, estarán obligados a cursar y acreditar los programas de actualización que determinen los Comités Técnicos de Profesionalización en cada caso, de conformidad con la Ley, este Reglamento y los lineamientos expedidos por la Secretaría.
Artículo 59.- La certificación de capacidades otorgará puntos adicionales a los servidores públicos de carrera, los cuales deberán ser actualizados permanentemente en el Registro, para ser considerados en los procesos de selección y en la autorización de movimientos o trayectorias laterales.
Artículo 61.- Los servidores públicos de carrera que obtengan resultados no satisfactorios en su segunda evaluación de capacitación, serán separados de su puesto y del Sistema, y en consecuencia causarán baja del Registro.
Contrato Colectivo
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“NI UN PASO ATRÁS EN LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS” CEND-SNTE DERECHO A HUELGA
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El Sindicato
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