MANUAL DE ZONIFICACIÓN DE ÁREAS DE INTERVENCIÓN
Manual de Zonificación de Áreas de Intervención
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Autor: Hugo Palma Moscoso Colaboradoras: Luisa Iberico Chumacero Berenice Pezo Ruiz Esta publicación ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) bajo los términos del programa Alianza Cacao Perú. El contenido de este manual es de exclusiva responsabilidad del(os) autor(es) y no refleja necesariamente la opinión de USAID ni del gobierno de los Estados Unidos.
ÍNDICE ACRÓNIMOS
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GLOSARIO 5
IMPACTOS AMBIENTALES DESFAVORABLES 8 1. Zonificación y ordenamiento forestal 10 2. Regulación de las fajas marginales 27
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PRESENTACIÓN 7
ACRÓNIMOS ANP : Áreas Naturales Protegidas ACR : Áreas de Conservación Regional ACP : Áreas de Conservación Privada ARFFS : Administración de los Recursos Forestales y Fauna Silvestre BPP : Bosques de Producción Permanente CGFFS : Comité de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre CF : Concesiones Forestales CEPLAN : Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CONAFOR : Comisión Nacional Forestal MINAGRI : Ministerio de Agricultura y Riego MINAM : Ministerio del Ambiente SERNANP : Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas MINCUL : Ministerio de Cultura del Perú MINCETUR : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú MEF
: Ministerio de Economía y Finanza del Perú
OSINFOR : Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y Fauna Silvestre OF : Ordenamiento Forestal OT : Ordenamiento Territorial PCM : Presidencia del Consejo de Ministros PRODUCE : Ministerio de la Producción del Perú PMMA : Plan de Monitoreo y Mitigación Ambiental SINAFOR : Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre SINANPE : Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERFOR
: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
UGFFS : Unidad de Gestión Forestal y Fauna Silvestre UTMFC : Unidad Técnica de Manejo Forestal Comunitario ZF : Zonificación Forestal
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GLOSARIO Bosque: Ecosistema en que predominan especies arbóreas en cualquier estado de desarrollo, cuya cobertura de copa supera el 10% en condiciones áridas o semiáridas o el 25% en circunstancias más favorables. caracterizado por la abundancia de árboles maduros con especies del dosel superior o dominante, que ha evolucionado de manera natural.
Bosque secundario o purma: Es aquel bosque que después de haber sido intervenido por la mano del hombre, vuelve a recuperar su equilibrio natural a través de una sucesión de especies colonizadas.
Bosque secundario maduro: Bosque secundario en su último estadio de desarrollo, en donde predominan especies arbóreas de baja densidad en el estrato superior.
Cauce o álveo: Continente de las aguas durante sus máximas crecientes, constituye un bien de dominio público hidráulico.
Cesión en uso: Es el derecho, excepcional, de usar temporalmente a título gratuito un predio estatal a un particular, a efectos que lo destine a la ejecución de un proyecto de interés y/o desarrollo social, sin fines de lucro.
Ciclo biológico: Conjunto de fenómenos o cambios que experimenta un organismo (o sucesión lineal de organismos) hasta el punto de partida donde comenzaría una nueva serie de cambios. Desequilibrio ecológico: Es el desorden que ocurre en los elementos de la naturaleza cuando los factores del hombre influyen en sobremanera en la alteración del medio ambiente, provocando así, cambios drásticos de forma negativa a la existencia de la humanidad y los seres vivos. Faja marginal: Son bienes de dominio público hidráulico, están conformadas por las áreas inmediatas superiores a las riberas de las fuentes de agua, naturales o artificiales. Fauna: Es el conjunto de especies animales que habitan en una región geográfica, que son propias de un periodo geológico o que habitan en un ecosistema determinado.
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Bosque primario: Bosque natural con composición específica original,
Flora: Es el conjunto de especies vegetales que se pueden encontrar en una región geográfica, que son propias de un periodo geológico o que habitan en un ecosistema determinado.
Gestión integral del territorio: Es un manejo ordenado, planificado, sostenible y eficiente de nuestra tierra y territorio.
Manejo sostenible: Se entiende como la “utilización de componentes de la biodiversidad de un modo y a un ritmo que no ocasione su disminución o deterioro a largo plazo, con lo cual se mantienen las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras”. Plantaciones forestales: Son ecosistemas forestales constituidos a partir de la intervención humana mediante la instalación de una o más especies forestales, nativas o introducidas, con fines de producción maderera o productos diferentes de la madera, de protección de restauración ecológica, de recreación, de provisión de servicios ambientales o cualquier combinación de las anteriores.
Riberas: Áreas de los ríos, arroyos, torrentes, lagos y lagunas, comprendidas entre el nivel mínimo de sus aguas y el nivel de su máxima creciente. Para su delimitación no se considerarán las máximas crecidas registradas por eventos extraordinarios, constituye un bien de dominio público hidráulico. Sistema agroforestal: Es una clase de sistema de uso de la tierra que consiste en el manejo asociado de especies forestales y agropecuarias en una misma parcela en el espacio y en el tiempo. Incluye prácticas de integración, preservación y manejo de especies leñosas perennes en sistemas productivos agrícolas anuales o perennes.
Sistema silvopastoril: Son la combinación de especies forestales o frutales y animales, sin la presencia de cultivos. Se practican a diferentes niveles, desde las grandes plantaciones arbóreas comerciales con inclusión de ganado, hasta el pastoreo de animales como complemento a la agricultura de subsistencia. comerciales con inclusión de ganado, hasta el pastoreo de animales como complemento a la agricultura de subsistencia.
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En las tres regiones de intervención: Ucayali, Huánuco y San Martin, se enfrenta desde hace muchos años atrás una severa deforestación y degradación de sus bosques, debido a la construcción de carreteras y crecimiento demográfico. Gran parte de la economía formal e informal de estas tres regiones depende de la extracción de recursos forestales, principalmente de la madera. Es por ello que Alianza Cacao Perú, conforme señala su Plan de Monitoreo y Mitigación Ambiental- PMMA, realiza una zonificación de áreas de intervención, tomando en cuenta la clasificación de usos que se realiza dentro de las unidades territoriales, a un análisis previo de sus aptitudes, características y cualidades abióticas, bióticas y antrópicas. La presente Zonificación considera el conjunto de normas técnicas de las autoridades forestales y del agua para la regulación del uso y la ocupación del suelo, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar las actividades productivas.
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PRESENTACIÓN
Impactos ambientales desfavorables
A consecuencia de la instalación de nuevas áreas de cultivo y obras de infraestructura, se pueden ocasionar el desequilibrio ecológico sentado en estas áreas, con interrupción en los ciclos biológicos y en la cadena alimenticia.
De la misma forma, el establecimiento de las plantaciones al borde de las áreas ribereñas de los ríos o quebradas, no respetando la faja marginal, ocasiona la contaminación del río por sobrecarga de sedimentos que ocasionarían la muerte de la fauna y flora acuática, también la pérdida de suelo por erosión y plantaciones por inundación.
Por todo lo anterior, se hace necesaria la zonificación de áreas de intervención de los socios de Alianza Cacao Perú.
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¿EN QUÉ CONSISTE LA ZONIFICACIÓN DE LAS ÁREAS DE INTERVENCIÓN DE LOS SOCIOS DE ALIANZA CACAO PERÚ?
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La zonificación es el instrumento técnico de gestión, que contiene el conjunto de normas técnicas de las autoridades forestales y del agua, para la regulación del uso y la ocupación del suelo, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades productivas como la instalación de algunos cultivos como cacao en sistemas agroforestales.
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1 Zonificación y ordenamiento forestal LA IMPORTANCIA DE LOS BOSQUES El Estado peruano tiene como patrimonio forestal y de fauna silvestre a los bosques. El bosque es el mayor capital natural, y se clasifican en bosques primarios y bosques secundarios.
¿Qué es un bosque primario? El bosque primario, también conocido como primigenio o virgen, es la masa forestal que ha permanecido intacta. Es decir, nunca ha sido explotada, fragmentada, o influida por el ser humano.
¿Qué es un bosque secundario? El bosque secundario o regeneración natural son terrenos forestales replantados cuyo uso anterior fue intervenido o explotado por la especie humana, generalmente para uso agrícola. A los bosques secundarios también se les conoce como “purmas”. • Purma baja; cuando los bosques secundarios son menores a cinco años. • Purma alta; cuando los bosques secundarios son mayores a cinco años. Los bosques primarios representan un 65% de la biodiversidad terrestre, a pesar de haber sido talados un 80% de estos. El bosque primario más extenso del planeta tierra está en la selva amazónica.
Amigo productor, amiga productora recuerda no tumbar ni quemar bosques primarios, ni bosques secundarios mayores a cinco años de edad, especialmente durante la preparación de terrenos.
Para que un terreno forestal pueda ser considerado como bosque «primario» debe de ser lo suficientemente extenso como para garantizar la supervivencia de poblaciones viables de todos los seres vivos, incluidas especies migratorias, sin verse afectados por la acción humana.
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Las siete capas de un bosque de comidas 1-. 2-. 3-. 4-. 5-. 6-. 7-.
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Dosel (grandes árboles frutales y nueces) Capa baja del árbol (árbol frutal enano) Estrato arbustivo (grosellas y moras) Estrato herbáceo Rizosfera (tubérculos) Superficie del suelo (cultivos de cobertura del suelo) Capa Vertical (vides trepadoras)
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Los árboles del bosque requieren muchos años para su crecimiento y desarrollo, es por ello la importancia de su conservación y valorización. Secuencia de sucesión
La agricultura r e mantiene al s ecosistema en estas etapas e
Anuales 0
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Herbáceas perennes 6
Arbustivas
Leñosas de crecimiento rápido 25 Edad (años)
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Bosque secundario 50
150 +
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En el transcurso de varios años, debido en parte a los cambios en el entorno generados por el crecimiento de pastos y otras especies, surgirán arbustos, seguidos de especies leñosas de rápido crecimiento. Finalmente, si no hay más perturbaciones, las especies leñosas de lento crecimiento se volverán dominantes y formarán un dosel denso, regresando la comunidad a su estado original. En conjunto, este proceso de sucesión toma alrededor de 150 años.
EL VALOR DEL BOSQUE EL VALOR DEL BOSQUE El bosque actúa sobre el clima reduciendo el efecto invernadero, capturando el agua de las nieblas y amortiguando el efecto de los vientos y las temperaturas extremas
El bosque protege las infraestructuras humanas (poblaciones, carreteras, cultivos,.....) del riesgo de avenidas e inundaciones
El bosque sostiene, enriquese y crea el suelo, y mejorando el nivel de las aguas subterráneas
El bosque aporta bienestar social, físico y espiritual al ser humano
El bosque alberga y conserva una gran parte de la biodiversidad vegetal y animal del territorio
El bosque genera su propia economía al cubrir la demanda de bienes y servicios que la sociedad demanda
Tomando en cuenta los valores del bosque para cada localidad, las autoridades realizan la zonificación y hacen que se cumpla la normatividad de la gestión forestal. Entre los que destacan: a. SINAFOR b. SERFOR c. GOBIERNOS REGIONALES a. SINAFOR: Es un espacio de cooperación y colaboración de las instituciones del Estado en materia de gestión forestal y de fauna silvestre, que busca promover un efectivo trabajo en equipo de todos sus sectores y niveles de gobierno, el sector privado y la sociedad civil. Es un sistema funcional, creado mediante la Ley forestal y de fauna silvestre.
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b. SERFOR: Servicio nacional forestal y de fauna silvestre, responsable de la gestión del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la nación bajo un enfoque unitario y descentralizado, en el marco de la ley 23793. Articulación de los niveles de gobierno y autoridades forestales Nivel de Gobierno
MINAGRI MINAM PRODUCE MINCUL MINCETUR MEF
SERFOR Dirección Ejecutiva CONAFOR
Regional
GOBIERNOS REGIONALES
Local
GOBIERNOS LOCALES
OSINFOR CEPLAN
CGFFS
UGFFS UTMFC
c. GOBIERNOS REGIONALES: Es la autoridad regional ambiental, como órgano desconcentrado del Gobierno Regional, centraliza en una sola entidad la rectoría de la política regional sobre recursos naturales, medio ambiente y territorio, quien a través de la dirección ejecutiva de administración y conservación de los recursos naturales, considerada la Administración de los Recursos Forestales y Fauna Silvestre (ARFFS), esto se da en casos de la región San Martin y Ucayali; y en la región Huánuco a través, de las Administraciones Forestales y Fauna Silvestre (ATFFS), constituyen la primera instancia en la gestión, promoción e información de los recursos forestales y son las encargadas de ejecutar las funciones transferidas en los literales “e” y “q” establecidas en el artículo 51° de la Ley Nº 27876, ley orgánica de gobiernos regionales. - Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción. - Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales en áreas al interior de la región así como ejercer labores de promoción y fiscalización en estricto cumplimiento de la política nacional forestal.
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Nacional
SINAFOR
El Comité de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (CGFFS): Es un espacio de participación ciudadana de los usuarios del bosque, comunidades locales, productores, gobiernos locales, representantes de la sociedad civil y otras instituciones públicas o privadas que desarrollen actividades dentro de una determinada unidad de gestión forestal y de fauna silvestre (UGFFS). El CGFFS, es reconocido por la autoridad regional forestal y de fauna silvestre (ARFFS) sobre la base de la propuesta de sus representantes y teniendo en cuenta, como mínimo, los actores involucrados y las características geográficas del área. Las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre brindan las condiciones necesarias para el adecuado funcionamiento de los CGFFS. La Unidad de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (UGFFS): Es la organización territorial regional de gestión, administración y control público de los recursos forestales y de fauna silvestre y está a cargo de la autoridad regional forestal y fauna silvestre. Corresponde a cada gobierno regional la aprobación del ámbito geográfico que corresponde a cada UGFFS en coordinación con los gobiernos locales, teniendo en cuenta como criterios mínimos: la relación con cuencas hidrográficas; la continuidad física; la accesibilidad para administración, control y vigilancia; la densidad poblacional; el número de áreas de producción forestal o de títulos habilitantes y las propuestas de los actores forestales locales. Cada gobierno regional designa a los jefes de las UGFFS de su jurisdicción mediante un proceso de selección. El gobierno regional remite al SERFOR el expediente que da origen a la creación de la UGFFS. La UGFFS puede contar con unidades técnicas de manejo forestal comunitario, en las comunidades que así lo soliciten, con participación de las organizaciones de los pueblos indígenas en su administración. Unidades Técnicas de Manejo Forestal Comunitario (UTMFC): Son unidades creadas para brindar atención y servicio eficiente y de calidad a las comunidades nativas y comunidades campesinas, de acuerdo a su competencia. Su funcionalidad es con la participación de comunidades nativas y comunidades nativas, a través de sus organizaciones representativas, en su administración. Gobiernos Locales: Los gobiernos locales (provinciales y distritales), promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; esta promoción es permanente e integral y lo hacen en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional.
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De acuerdo a los reglamentos de zonificación de las autoridades forestales, se consignan las áreas designadas para uso agrícola, limitando su intervención en: • Bosques de Producción Permanente - BPP • Bosques locales • Bosque de protección • Bosque de producción permanente en reserva • Concesiones Forestales - CF • Áreas Naturales Protegidas - ANP • Parque nacional • Reserva comunal • Áreas de conservación regional - ACR • Áreas de conservación privada - ACP Amigo productor, amiga productora recuerda: La Alianza Cacao Perú, no puede promover, por ningún motivo, la instalación o su cultivo en zonas clasificadas como BPP, CF, ANP, PARQUE NACIONAL, RESERVA COMUNAL, ÁREAS DE CONSERVACION REGIONAL, ÁREAS DE CONSERVACION PRIVADAS.
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Tiene como competencia y funciones de acuerdo a la ley orgánica, coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional; la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión; emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; así como sobre protección y conservación del ambiente; promover la educación e investigación ambiental en su localidad; incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles y proponer la creación de áreas de conservación ambiental.
Ahora conoceremos cómo se clasifican y cuáles son sus características de estas zonas en donde NO podemos intervenir:
Bosques de Producción Permanente - BPP Son áreas con bosques naturales primarios calificados por resolución del Ministerio de Agricultura, se ponen a disposición de particulares para el aprovechamiento de madera y otros recursos forestales y de fauna silvestre a propuesta de la administración de los recursos forestales y fauna silvestre–ARFFS que funcionan en lo gobiernos regionales.
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Son aquellos que se otorgan a las poblaciones rurales y otros centros poblados, para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. La ley señala que el Ministerio de Agricultura, en su calidad de autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, es el órgano que norma el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; promueve su conservación; y tiene a su cargo el diseño, ejecución, supervisión y evaluación de la política nacional forestal, asumiendo la dirección en los asuntos de esa política. La autoridad conduce, planifica, coordina y aprueba el sistema nacional de información, control y administración forestal y de fauna silvestre que es aplicable a todos los niveles de gobierno.conduce, planifica, coordina y aprueba el sistema nacional de información, control y administración forestal y de fauna silvestre que es aplicable a todos los niveles de gobierno.
Bosque de protección Son superficies que por sus características bióticas y abióticas, sirven fundamentalmente para preservar los suelos, mantener el equilibrio hídrico, conservar y proteger los bosques ubicados en ribera de río. Estos bosques están destinados al manejo de cuencas para proteger la diversidad biológica y conservar el ambiente, en ellos se promueven el ecoturismo, la recuperación de la flora y fauna silvestre en vías de extinción y el aprovechamiento de productos no maderables. En la región San Martín tenemos el Bosque de protección Alto Mayo.
Bosque de producción permanente en reserva Son bosques naturales primarios de propiedad del Estado, destinados a la producción preferente de madera y otros bienes y servicios forestales que el Estado mantiene en reserva para su futura habilitación mediante concesiones. En estas áreas pueden otorgarse derechos para el aprovechamiento de productos diferentes de la madera, servicios forestales y fauna silvestre, en tanto que no afecten al potencial aprovechable de dichos recursos. Con la finalidad de promover, la formalización de las actividades agrícolas pecuarias y forestales, realizadas a través de sistemas agroforestales en zonas de producción agroforestal, silvopastoril o zonas de recuperación, se emitió la resolución de dirección ejecutiva N° 081- 2017- SERFOR/ DE con fecha 30 de marzo 2017. (Lineamiento para el otorgamiento de contratos en cesión en uso para sistemas agroforestales).
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Bosques locales
Contrato de cesión en uso para Sistemas Agroforestales - SAF Es un título habilitante que se otorga en zonas de producción agroforestal, silvopastoril o recuperación y formaliza las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, con fines de producción forestal y de recuperación, realizadas por su titular y permite el aprovechamiento de productos forestales y servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre en el área otorgada por el Estado. Mayor información en las oficinas de ARFFS de los gobiernos regionales.
Amigo productor, amiga productora recuerda: Los bosques de producción permanente o simplemente BPP; son patrimonio forestal y de fauna silvestre del Estado peruano, ¡Protégelos!
Concesiones de recursos forestales y de faunas silvestre (CF) Acto de naturaleza administrativa mediante el cual, la Autoridad forestal otorga el derecho de aprovechamiento de un determinado recurso forestal y/o de fauna silvestre, tanto para fines de producción de madera como de productos diferentes a la madera, incluyendo asimismo usos no extractivos, como el ecoturismo y la conservación, así como derecho a los beneficios procedentes de los servicios de los ecosistemas que se desprendan de su manejo.
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Los concesionarios son los responsables directos por la integridad de la concesión en la superficie otorgada, asegurando su aprovechamiento sostenible de acuerdo a lo estipulado en el plan de manejo y en el contrato respectivo, constituyéndose en custodios forestales y de fauna silvestre.
Es el instrumento jurídico que otorga la concesión para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de flora y fauna silvestre, incluyendo como tales el ecoturismo y la conservación, celebrado entre el concesionario y el concedente, según las formalidades correspondientes para el desarrollo de la actividad concesionada. (Artículo 3 del Decreto Supremo Nº014-2001 del reglamento de la Ley Forestal Nº27308).
Modalidades de concesión:
1. Concesiones forestales con fines maderables Procede el otorgamiento de concesiones forestales con fines maderables en bosques de producción permanente, establecidos en bosques primarios o secundarios, categoría I y categoría II, de acuerdo a la zonificación forestal, en tierras de dominio público, a través de concurso público: • Sobre la base de unidades de aprovechamiento de cinco mil hectáreas hasta diez mil hectáreas de extensión, por un plazo de hasta cuarenta años renovables, de acuerdo a las condiciones que establece el reglamento. • Sobre la base de unidades de aprovechamiento de más de diez mil hectáreas hasta cuarenta mil hectáreas de extensión, por un plazo de hasta cuarenta años renovables, de acuerdo a las condiciones del reglamento.
2. Concesiones con fines de forestación y/o reforestación Son concesiones consideradas como actividades de interés público y prioridad nacional especialmente en tierras forestales sin cubierta boscosa y en tierras de protección o eriazas.
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Contrato de concesión
3. Concesiones para productos forestales diferentes a la madera Estas concesiones están orientadas al aprovechamiento de otros productos del bosque diferentes a la madera como son: frutos, yemas, látex, resinas, gomas, flores, plantas medicinales y ornamentales, fibras, entre otros; cuya extracción no conlleva al retiro de la cobertura boscosa. Tienen vigencia de hasta cuarenta años renovables en una superficie máxima de diez mil hectáreas.
4. Concesiones de conservación Son concesiones cuyo objetivo es contribuir de manera directa a la conservación de especies de flora y fauna silvestre, a través de la protección efectiva y usos compatibles como la investigación y educación, así como a la restauración ecológica. No se permite el aprovechamiento forestal maderable. Se otorgan en cualquier categoría de zonificación forestal, con excepción de los bosques de producción permanente.
5. Concesiones para ecoturismo Son concesiones para el desarrollo de actividades vinculadas a la recreación y el turismo de naturaleza ecológicamente responsables, en zonas donde es posible apreciar y disfrutar de la naturaleza, de la fauna silvestre y de los valores culturales asociados al sitio, contribuyendo de este modo a su conservación, generando un escaso impacto al ambiente natural y dando cabida a una activa participación socioeconómica beneficiosa para las poblaciones locales. Constituyen una forma de uso indirecto y no consuntivo de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y de la flora y fauna silvestre en ellos contenidos.
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En estas concesiones, se puede desarrollar actividades educativas o de investigación y se permite el aprovechamiento de los recursos y servicios de los ecosistemas siempre y cuando no se distorsione el fin principal de la concesión. No se permite el aprovechamiento forestal maderable con fines comerciales.Tienen vigencia hasta de cuarenta años renovables en una superficie máxima de diez mil hectáreas.
En tierras de dominio público, la autoridad regional forestal y de fauna silvestre otorga concesiones de áreas de manejo de fauna silvestre destinadas al aprovechamiento sostenible de poblaciones de especies autorizadas, dentro de su rango de distribución natural, en superficies definidas de acuerdo a los requerimientos de la especie, por periodos de hasta veinticinco años renovables.
Áreas naturales protegidas Son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico; así como por su contribución al desarrollo sostenible del país.
Ley de áreas naturales protegidas, Ley N° 26834, publicada el 4 de julio de 1997.
Parque nacional Espacios naturales, parajes agrestes y ciertamente extensos, que son protegidos por los Estados nacionales con el fin de conservar la flora y la fauna que existe en ellos, que es autóctona y valiosísima para el ecosistema, y así evitar su desaparición, extinción o alteración, y asimismo también por la belleza natural que implican.
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6. Concesiones de Fauna Silvestre
En las tres regiones de intervención de Alianza Cacao Perú tenemos los siguientes: • Huánuco: Cordillera azul, Tingo María • San Martín: Cordillera azul, Río Abiseo • Ucayali: Cordillera azul, Alto Purús, Sierra de Divisor
Reservas comunales Son áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre, en beneficio de las poblaciones rurales vecinas. El uso y comercialización de recursos se hará bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad competente y conducidos por los mismos beneficiarios. Pueden ser establecidas sobre suelos de capacidad de uso mayor agrícola, pecuario, forestal o de protección y sobre humedales. En las dos regiones de intervención de Alianza Cacao Perú tenemos las siguientes: • Huánuco: El Sira • Ucayali: El Sira y Purús
Áreas de Conservación Regional (ACR) Se establecen principalmente para conservar la diversidad biológica de interés regional y local, mantener la continuidad de los procesos ecológicos esenciales y la prestación de los servicios ambientales que deriven de ellos. Además, estos espacios pueden conservar valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, contribuyendo a fortalecer la identidad cultural del poblador en relación a su entorno; proteger zonas de agro biodiversidad; promover actividades compatibles con los objetivos de conservación como la educación ambiental, la investigación aplicada y el turismo sostenible; entre otras. Conjuntamente con las Áreas de Administración Privada (ACP), las áreas de conservación regional son consideradas complementarias al Sistema
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Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – (SINANPE). Las ACR son patrimonio de la nación y se establecen con carácter definitivo a través de un Decreto Supremo. Fuente: Ley 26834 – Ley de ANP y DS N° 038-2001-AG – Reglamento de la Ley de ANP En las dos regiones de intervención de la Alianza Cacao Perú tenemos las siguientes: • San Martín: Cordillera Escalera
Son áreas complementarias al SINANPE
Se establece con carácter definitivo a través de un Decreto Supremo
Son patrimonio de la Nación
CARACTERÍSTICAS DE LAS ACR
Son áreas de uso directo
Son administradas por los Gobiernos Regionales
Su establecimiento respeta los derechos previamente adquiridos
Áreas de Conservacion Privadas (ACP) Son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios. En la región San Martín tenemos las siguientes: Abra Patricia – Alto Nieva, Los Chilchos, Ronsoco Cocha, San Pedro de Chuquibamba, Palmonte. A continuación presentamos los mapas de cada región de intervención. En algunos casos se superponen las áreas de BBP y CF.
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• Ucayali: Cordillera Imira
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2 Regulación de las fajas marginales
Las fajas marginales son terrenos aledaños a las riberas naturales de los cauces de los ríos o riachuelos, humedales, lagos y mares y son considerados como bienes de dominio público, por tanto deben ser intangibles; sin embargo, en nuestro país muchas familias han instalado sus cultivos agrícolas y construido sus viviendas cerca de los ríos, cauces de las quebradas o humedales, poniendo en riesgo sus vidas y bienes materiales. Se recomienda la delimitación de las fajas marginales de los ríos y quebradas con el propósito de: • Evitar la ocupación con cultivos agrícolas y viviendas, muy cerca de los ríos, riachuelos, lagos y quebradas y así prevenir la exposición de las personas y sus bienes materiales a los riesgos por inundación, aluvión, deslizamientos y otros peligros. • Propiciar áreas paisajísticas con fines recreativos y turísticos.
RIBERA Áreas de los ríos, arroyos, torrentes, lagos y lagunas, comprendidas entre el nivel mínimo de sus aguas y el nivel de su máxima creciente. Son formaciones vegetales de elevada relevancia ecológica, puesto que cumplen funciones de gran importancia, estabilizando márgenes y orillas, mitigando los efectos de las crecidas y actuando a la vez como refugio y corredores naturales para la fauna. Si a todo lo anterior sumamos su alto valor paisajístico, comprenderemos la necesidad de conservar tan singulares ecosistemas.
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IMPORTANCIA DE LAS FAJAS MARGINALES
CAUCE Puede decirse que el cauce es el lugar físico donde fluye el agua en su curso, entre las orillas o riberas. Cuando el agua sale de su cauce, se provoca una inundación. Es importante tener en cuenta que el caudal de un arroyo o de un río puede variar de acuerdo a la estación, debido a que las precipitaciones aumentan o disminuyen según la época del año. El cauce, en definitiva, es el canal que, de manera natural, permite la circulación del agua. Este canal contiene a un río o un arroyo, aunque un incremento del caudal puede hacer que el agua lo desborde e inunde las zonas aledañas. Tomando en cuenta los fenómenos naturales y sus efectos, asimismo los fenómenos antrópicos1 en cada localidad, las autoridades realizan la zonificación y hacen qtue se cumpla la normatividad de la gestión del agua. Entre los que destacan: a. ANA b. AAA c. ALA d. LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES a. ANA: La Autoridad Nacional del Agua (ANA), del Ministerio de Agricultura y Riego, de acuerdo a la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hídricos, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del sistema nacional de gestión de los recursos hídricos, el cual es parte del sistema nacional de gestión ambiental.Incentiva acciones para un buen aprovechamiento del agua. Promueve el uso eficiente de los recursos hídricos superficial y subterráneo. Para cumplir sus deberes forma alianzas con los gobiernos regionales, locales y diversos representantes de la sociedad. Fenómenos antrópicos; Bajo esta denominación se tratan aquellas amenazas cuyo origen se refiere a las acciones de la humanidad. Por ejemplo, eliminar bosques de protección, barreras vivas.
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b. AAA: Órganos desconcentrados de la ANA, dentro del país. Dirigen y ejecutan el manejo de los recursos hídricos a nivel de cuencas de gestión. c. ALA:
d. LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES Participan en la gestión de recursos hídricos de conformidad con sus leyes orgánicas, la Ley y el Reglamento. En tal virtud, tienen representatividad en el consejo directivo de la autoridad nacional del agua y en los consejos de recursos hídricos de cuenca. En materia agraria, los gobiernos regionales, a través de sus órganos competentes, conforme con su Ley orgánica, ejercen acciones de control y vigilancia del uso del agua con fines agrarios y en tal sentido supervisan la distribución de agua de riego a cargo de las organizaciones de usuarios de agua u otros operadores, bajo la normativa que emita el Ministerio de Agricultura. Asimismo, promueven y ejecutan proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos.
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Administradores locales del agua, dependen de las autoridades administrativas del agua que se encuentran distribuidos en todo el país, en diversas cuencas hidrográficas. Una de sus principales funciones es administrar los recursos hídricos a nivel de cuencas, entre otras.
¿CÓMO SE REGULA LA FAJA MARGINAL? De acuerdo a los reglamentos de zonificación de la regulación de fajas marginales, consignan el área del terreno para la faja marginal, en función de las dimensiones del cauce o álveo del cuerpo de agua y podrá tener un ancho variable, desde un mínimo de cuatro (4) metros hasta el ancho necesario para realizar actividades de protección y conservación de la fuente natural de agua, permitir el uso primario, el libre tránsito, el establecimiento de los caminos de vigilancia u otros servicios. Asimismo, las dimensiones pueden variar de acuerdo a los usos y costumbres establecidos, siempre que no generen un riesgo a la salud y la vida humana. (Reglamento de la ley de recurso hídrico N° 29338).
Faja Marginal Ribera Cauce Amigo productor, amiga productora recuerda: La Alianza Cacao Perú, no puede promover el establecimiento de las plantaciones de cacao en fajas marginales, sin tomar en cuenta los reglamentos, pues son vulnerables a pérdidas de áreas de cultivo durante las crecientes de los ríos y quebradas.
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GESTIÓN INTEGRAL DEL TERRITORIO De acuerdo al nuevo enfoque de la ley forestal N° 29763, el cual consiste en realizar actividades productivas de manera integral compatible, con enfoque que se adecuen al manejo sostenible del bosque.
Reforestación
Obras de restauración de suelos
Organización comunitaria Acuacultura rural
Silvopastoreo
Agroforestería Agricultura sustentable y reconversión productiva
Infraestructura de riego
Las autoridades locales deben de realizar en forma constante la gestión integral de su territorio. Esto hace que los mapas de gestión vayan cambiando, conforme pasen los años. Amigo productor, amiga productora; si existe una superposición de mapas se debe informar a las autoridades competentes.
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Manejo forestal sustentable
Área de conservación
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