Congreso de la Rep煤blica Direcci贸n Legislativa Unidad de Informaci贸n Legislativa
ORGAN0 OFICIAL DE LA REPOBLICADE GUATEMALA. C. A.
Sumario CONGRESODELAREPUBLICADEGUATEMALA DECRETO NUMERO38-2010
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO39-2010 DECRETO NUMERO40-2010
a.
EL CONGRESO DE LA REP~BUCADE GUATEMALA
1
te m
al
CONSIDERANDO:
ua
Que la Deciaraci6n de la Conferencia de las Nadones Unidas Sobm el Medio Ambiente Humano, cslebrada en Estocolmo, proclama que la educacidn ambientales indispensable para ensanchsr las bases de una opinidn Wblica bien informada y de una conducta de ios individuos, de las empresas y de las colectividades, insplrada en el oentido de su responsabilidaden wanto a la proteccidn y mejoramiento del medio en toda su dimenei6n humana. CONSIDERANDO:
ic a
de
G
Acubrdase dejar sin efecto el usufruct0 que existe a favor del Parlamento Centroamericano -PARLACEN-, sobre una fracci6n de terreno de 8,219.3628 metros cuadrados, de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central baio el nljmero169, folio 169 del libro 2232 de Guatemala, ubicada en la 15 avenida 32-00, zona 5, de esta ciudad capital.
la
R
ep
煤b l
Que la Constituci6n Polltica de la Repiiblica de Guatemala establece que el Estado, las municipalidades y 10s habitantes del territorio nacional. es-n obligados a propiciar el desarrollo social, econdmico y tecnolt5giw que prevenga la contaminaci6n del ambiente y mantenga el equilibria ecol&~ica, por lo que es necesario emitir todas las normas y ejecutailas accibnes que garanticen que la utilizaci6n y el aprovechamiento de la fauna, flora, tierra y agua, se realicen racionalrnente, evitando su depredacibn; y que para logtar que 10s habitantes del territorio nacional partiupen en el desarrollo de la Nad6n. es necesario cmar conciencia y formar valores que fomenten el uso sostenible de los recur-s: natumles, lo cual se togra a traves de una educacl6n integral que propicie el desarrollo de los individuos y su integmcidn btica en la sociedad.
de
CORTE SUPREMA DE JUSTlClA
o
ACUERDO No. 52-2010
C
on
gr es
ACUERDO NUMERO53-2010
Que uno de 10s fines de la educaci6n en Guatemala, es irnpulsar al educando el conocimiento de la cienda y de la tecnologla moderna, como medio para preservar su entorno ecoldgico o modificatlo planificadamente a favor del hombre y la sociedad; y que para lograr el desamllo integral y sostenible de la nifiez y adolescencia guatemalteca, la educacibn en Guatemala asegurad, entre otros, el foment0 a 10s valores de mspeto. conservaci6n y cuidado del ambiente. POR TANTO:
INFORME SOBRE EL FUNCIONAMIENTO Y FINALIDAD DEL ARCHIVO, SUS SISTEMAS DE REGISTRO Y CATEGOR~AS DE INFORMACI~NAS^ COMO LOS PROCEDIMIENTOS Y FAClLlDADES DE ACCESO AL MISMO, EL CUAL CONTRIBUYE A LA EFlCAClA Y EFlClENClA DE LA OPERATlVlDAD LABORAL DE GOBERNACI~N.
En ejercicio de las atribuclones contenidas en la literal a) del articulo 171 de la Constitucibn 'Polftica de la ReprSblica de Guatemala. DECRETA:
MUNICIPALIDAD DE TACANA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
LEY DE EDUCACI~NAMBIENTAL
ACTA 39-201 0 PUNT0 DECIMO
CAP~TULO I OBJETO Y APLICACI~NDE L A LEY Artloulo I. La presente Ley tiene por objeto incluir la educaci6n ambiental pennanente. en el sistema educative nadonal, en 10s dif'erentes niveles, ciclos, grados y stapas del sistema escolar, en sus distintas modalidades; en centres educativos ptlblicos, privados y po_rcooperativas, en e l entorno multilinglle, multit5tnico y pliricultural.
Matrimonios Cineas de Transporte Constituciones de Disoluci6n de Sociedad *Modificaciones de Sociedad Patentes de Invenci6n Registro de Marcas Sociedad
II
CONSIDERANDO:
A T E N C ~ ~AN NUNCIANTES: IMPRES~~N SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresi6n en la parte legal del Diario de Centro America, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta administraci6n mega al pljblico tomar nota.
La eclUCac(6n amtnental promueve procesos orientados a la construcci6n d&-vduf&s, wnocimientos y attitudes que posiblliten:
I(
a) Former capacidades que oonduzcan hacia el desarrollo sostenible, basado en la equidad. la juoticia sodd y el respeto por la diversidad blol6gica; b) El disoernimiento para prosenfar el patrimonb natural; C) El desarrollo do una concienda ambieTl y la comprensi6n deJ medio ambiente en sus mQtttplesaspectos y sus wmplejas reiaciones; y, d) Asumir wnductas y obtener habilidades para prevenir problemas ambientales, y la capaadad de planear soluciones a los ya existentes. ArtZcuIo 2. Esta Ley 8s d6 observancia y aplicacidn general en todo el terrftorkr nacional; es responsabilidad del Mifilsterio de Educaci6n. quien realizad las accionerP necesarias para garantizar su eficaz y eficiente aplicacidn inmediata.
..
.