H. Congreso del Estado de
PUEBLA LX LEGISLATURA
Gaceta Legislativa Año 1 Octubre de 2018 Número 2
H. Congreso del Estado de
PUEBLA LX LEGISLATURA
ÍNDICE SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 1 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión Iniciativas presentadas
4 5 8 9 10 25
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 3 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
57 58 61 62 63 71 105
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 8 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión
111 112 117 118 120
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 10 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
136 137 141 142 145 164 192
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 14 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Acta de la Sesión
204 205 207 208
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 17 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
215 216 222 223 246 295
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 24 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
331 332 339 340 343 359 415
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 29 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
456 457 464 465 493 524
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 31 DE OCTUBRE DE 2018 Orden del día Lista de Asistencia Comunicados Acta de la Sesión Iniciativas presentadas Dictámenes
533 534 540 541 545 557 569
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 1° DE OCTUBRE DE 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Orden del Día
Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Lunes 01 de Octubre de 2018 1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del veintiséis de septiembre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del Acuerdo que presenta la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se propone aceptar la renuncia del Secretario General del Honorable Congreso del Estado de Puebla.
5.
Lectura del Acuerdo que presenta la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se propone aceptar la renuncia de la Titular de la Contraloría Interna del Honorable Congreso del Estado; asimismo del Acuerdo de este mismo Órgano de Gobierno, que contiene la propuesta de quien ocupará dicho cargo.
6.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se deroga el artículo 5 bis de la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla.
7.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado José Juan Espinosa Torres, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la fracción VI del artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 01 de 2018 Pág.2
8.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal.
9.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman los artículos 59 y 62 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla.
10.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla.
11.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman los artículos 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla y 21 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.
12.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte al Poder Ejecutivo del Estado, a fin de establecer y dar seguimiento a las acciones emprendidas por la Entidad en materia de violencia de género, entre otros resolutivos.
13.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, a que entregue a los Presidentes Municipales del Estado, únicamente el cincuenta por ciento de las participaciones correspondientes al mes de octubre del presente año.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 01 de 2018 Pág.3
14.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los doscientos diecisiete Ayuntamientos del Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores al servicio del Ayuntamiento, y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social.
15.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los doscientos diecisiete Ayuntamientos a eficientizar el gasto relativo a seguridad en el Ramo 23.
16.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Juan Atenco, Puebla, Administración 2011-2014 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 105/2014.
17.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, Administración 2011-2014 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 09/2014.
18.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, Administración 2011-2014 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 99/2014.
19.
Lectura de las efemérides correspondientes al mes de octubre.
20.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 1 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
DIPUTADO
ASISTENCIA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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ASISTIERON
FALTAS
41
-
Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
-
FALTAS JUSTIFICADAS
-
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 01 de octubre de 2018.
***** Oficios número HCE/SG/AT/759 y 760 del Diputado Presidente de la Diputación Permanente del H. Congreso del Estado de Tamaulipas, informando que se eligió la Mesa Directiva que dirigirá los trabajos Legislativos de la Sesión Pública Extraordinaria y Solemne, y comunica que en dicha Sesión se celebró el Segundo Informe Anual. Recibo y enterados
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla
Josefina García
Hernández Diputada Secretaria
Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÓN
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL LUNES UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A UN DÍA DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA DE ELLOS Y LA REINCORPORACIÓN DEL DIPUTADO JUAN PABLO KURI CARBALLO, EN LA LECTURA DEL ORDEN DÍA, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON DIECIOCHO MINUTOS, DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN
DE
LAS
Y
LOS
INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA
A
CONSIDERACIÓN
LA
PROPUESTA
SE
APROBÓ
DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA, A CONTINUACIÓN, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS
SUS
TÉRMINOS
POR
UNANIMIDAD
DE
VOTOS
EL
ACTA Secretaría General
Sesión Pública Ordinaria Lunes 01 de octubre de 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO EN EL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS Y LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES SIGUIENTES: EL DE LA CIUDADANA
MARÍA
GOBERNACIÓN
Y
EUGENIA
OCHOA,
A
LA
COMISIÓN
PUNTOS
CONSTITUCIONALES;
EL
DE DEL
CIUDADANO RAMÓN ROSAS MARTÍNEZ Y OTRO FIRMANTE, A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; EL DE LOS CIUDADANOS JUAN EPIFANIO SÁNCHEZ HERNÁNDEZ Y JOSÉ ALFREDO SÁNCHEZ PÉREZ, A LA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS LABORES DE RECONSTRUCCIÓN DERIVADOS DE LOS SISMOS DE DOS MIL DIECISIETE; EL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL ELECTO DE AJALPAN, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL DEL CIUDADANO ÁNGEL MANUEL LÓPEZ RAFAEL, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; Y LOS CINCO OFICIOS DEL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PARA LA GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y VINCULACIÓN MUNICIPAL A.C. DE LA SIGUIENTE MANERA: EN EL QUE SOLICITA QUE LAS OBLIGACIONES DE LOS REGIDORES SEAN CONSIDERADAS EN LA AGENDA LEGISLATIVA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y COPIA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES; EN EL QUE SOLICITA SE ACLARE LA CALIDAD DEL CALZADO ESCOLAR CON EL LOGOTIPO PUEBLA SIGUE, A LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL; EN EL QUE SOLICITA INFORME DEL ESTADO QUE GUARDA LA DESTITUCIÓN DEL MANDATO DE LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE TEHUACÁN, A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES; EN
EL
QUE
SOLICITA
EXHORTAR
A
LA
SECRETARÍA
DE
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ACTA Secretaría General
Sesión Pública Ordinaria Lunes 01 de octubre de 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA, EN EL SEGUIMIENTO DEL TRANSPORTE IRREGULAR EN TEHUACÁN, A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD; EN EL QUE SOLICITA LA COMPARECENCIA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN Y DEL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. EN EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO LECTURA AL ACUERDO QUE PRESENTA LA JUNTA
DE
GOBIERNO
Y
COORDINACIÓN
POLÍTICA
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE PROPONE ACEPTAR LA RENUNCIA DEL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA; TERMINADA LA LECTURA PUESTO A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, EN VOTACIÓN NOMINAL CON TREINTA Y CUATRO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y SIETE ABSTENCIONES SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA
LA
RENUNCIA
DEL
SECRETARIO
GENERAL
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA, EN LOS TÉRMINOS PROPUESTOS, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA MENCIONÓ QUE POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA, SE NOMBRÓ COMO ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL LA MAESTRA MARÍA DEL ROSARIO EVANGELISTA ROSAS. EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO LECTURA AL ACUERDO QUE PRESENTA LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE PROPONE ACEPTAR LA RENUNCIA DE LA TITULAR
DE
LA
CONTRALORÍA
INTERNA
DEL
HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO; ASIMISMO DEL ACUERDO DE ESTE MISMO ÓRGANO DE GOBIERNO, QUE CONTIENE LA PROPUESTA DE QUIEN OCUPARÁ DICHO CARGO; TERMINADA LA LECTURA PUESTO A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, EN VOTACIÓN NOMINAL CON Página 3
ACTA Secretaría General
Sesión Pública Ordinaria Lunes 01 de octubre de 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, UNA ABSTENCIÓN SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA LA RENUNCIA DE LA TITULAR DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA EN TÉRMINOS PROPUESTOS. ENSEGUIDA SE DIO LECTURA AL ACUERDO QUE CONTIENE LA PROPUESTA DE QUIEN OCUPARÁ DICHO CARGO; TERMINADA LA LECTURA PUESTO A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, EN VOTACIÓN NOMINAL CON TREINTA Y NUEVE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, DOS ABSTENCIONES SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRA A LA CIUDADANA LUZ HERMINIA CAMACHO RIVERA, COMO CONTRALORA INTERNA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, A PARTIR DEL UNO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO PARA LA ACTUAL LEGISLATURA, SE ACORDÓ NOTIFICAR EN LOS TÉRMINOS PROCEDENTES. ACTO SEGUIDO TODA VEZ QUE LA CIUDADANA LUZ HERMINIA CAMACHO RIVERA, SE ENCUENTRA EN LAS OFICINAS DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE PODER LEGISLATIVO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA NOMBRÓ UNA COMISIÓN DE CORTESÍA DE DIPUTADOS, PARA ACOMPAÑAR AL SALÓN DE PLENOS A LA CIUDADANA LUZ HERMINIA CAMACHO RIVERO
A
FIN
DE
QUE
PRESTE
LA
PROTESTA
DE
LEY
CORRESPONDIENTE, PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIÓ UN RECESO; TRANSCURRIDO Y VERIFICADO EL QUÓRUM LEGAL Y ESTANDO PRESENTE LA CIUDADANA LUZ HERMINIA CAMACHO RIVERA, QUE RESULTÓ ELECTA COMO CONTRALORA INTERNA, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA LA INTERROGÓ EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: “¿PROTESTA SIN RESERVA ALGUNA GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO Y LAS LEYES QUE DE AMBAS EMANEN Y DESEMPEÑAR LEAL Y Página 4
ACTA Secretaría General
Sesión Pública Ordinaria Lunes 01 de octubre de 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
PATRIÓTICAMENTE EL CARGO DE CONTRALORA INTERNA QUE SE LE HA CONFERIDO, MIRANDO EN TODO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA NACIÓN Y DE ESTA ENTIDAD FEDERATIVA?” CONTESTANDO LA INTERROGADA “SÍ PROTESTO” AGREGANDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA “SI NO LO HACE ASÍ, QUE EL ESTADO Y LA NACIÓN SE LO DEMANDE”. EN EL PUNTO SEIS DEL ORDEN DEL DÍA, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE TODOS LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES
PROCURACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
Y
LA
DE
JUSTICIA
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE DEROGA EL ARTÍCULO 5 BIS DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN
PARA
EL
ESTADO
DE
PUEBLA,
PUESTA
A
CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, SE APROBÓ POR MAYORÍA DE VOTOS DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA; PUESTO A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA BAJO EL SIGUIENTE ORDEN: EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, CARLOS ALBERTO
MORALES
ÁLVAREZ,
RAFAELA
VIANEY
GARCÍA
ROMERO, EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA Y JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO; NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL RESULTANDO CON VEINTIOCHO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y TRECE ABSTENCIONES APROBADO
EN
TODOS
SUS TÉRMINOS
EL
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ACTA Secretaría General
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE DEROGA EL ARTÍCULO 5 BIS DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN PARA EL ESTADO DE PUEBLA, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 12 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
JOSÉ
JUAN
ESPINOSA
TORRES,
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA
DE
DECRETO
A
LAS
COMISIONES
UNIDAS
DE
GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y A LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ARTURO
DE ROSAS CUEVAS,
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
INTEGRANTE DEL GRUPO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
ARTURO DE ROSAS CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO Página 6
ACTA Secretaría General
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ARTURO
DE
LEGISLATIVO
ROSAS DEL
CUEVAS,
PARTIDO
INTEGRANTE
MORENA
DE
DEL
LA
GRUPO
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 59 Y 62 DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO
DE ROSAS
CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO
PRESENTADA
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LA COMISIÓN
DE
DESARROLLO
RURAL
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LAS COMISIONES UNIDAS DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, A LA DE EDUCACIÓN Y A LA DE DERECHOS HUMANOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; A ESTA INICIATIVA SE SUMARON A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, MOVIMIENTO CIUDADANO, NUEVA ALIANZA
Y
ENCUENTRO
REPRESENTACIONES
SOCIAL,
ASÍ
COMO
LEGISLATIVAS
DE
LOS
DE
LAS
PARTIDOS:
COMPROMISO POR PUEBLA Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO Página 7
ACTA Secretaría General
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 51 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y 21 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO AGUILAR OLMEDO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; A ESTA INICIATIVA SE SUMARON A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: MORENA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, MOVIMIENTO CIUDADANO, NUEVA ALIANZA Y ENCUENTRO SOCIAL, ASÍ COMO DE LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: COMPROMISO POR PUEBLA Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO. EN EL PUNTO DOCE SE CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, INTEGRANTE
DEL
PARTIDO
ENCUENTRO
SOCIAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE AL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, A FIN DE ESTABLECER Y DAR SEGUIMIENTO A LAS ACCIONES EMPRENDIDAS POR LA ENTIDAD EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y A LA DE DERECHOS Página 8
ACTA Secretaría General
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
HUMANOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO TRECE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA
EL
DIPUTADO
ARTURO
DE
ROSAS
CUEVAS,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO, A QUE ENTREGUE A LOS PRESIDENTES MUNICIPALES DEL ESTADO, ÚNICAMENTE
EL
CINCUENTA
POR
CIENTO
DE
LAS
PARTICIPACIONES CORRESPONDIENTES AL MES DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO
PRESENTADO
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO
URUVIEL
GONZÁLEZ
VIEYRA,
REPRESENTANTE
LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE PUEBLA, A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE SEGURIDAD SOCIAL QUE TIENEN CON LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO, Y REALICEN LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE
ANTE
LA
INSTITUCIÓN
PÚBLICA
DE
SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA,
AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL
PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y Página 9
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RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RAYMUNDO
ATANACIO
LUNA,
INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE AYUNTAMIENTOS A EFICIENTIZAR
EL GASTO RELATIVO A
SEGURIDAD EN EL RAMO 23, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN
DE
SEGURIDAD
PÚBLICA
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DIECISÉIS, DIECISIETE Y DIECIOCHO DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE SER DE TRÁMITE LEGISLATIVO, SE TURNARON A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL PUNTO DIECINUEVE SE DIO LECTURA DE LAS EFEMÉRIDES CORRESPONDIENTES AL MES DE OCTUBRE. A CONTINUACIÓN EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL PLENO DE ESTA SOBERANÍA, INSTRUYA AL ÓRGANO TÉCNICO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE, A ESTABLECER UN CENTRO DE ACOPIO QUE SIRVA PARA RECABAR DESPENSAS ENTRE OTROS APOYOS PARA LA POBLACIÓN QUE PADECIÓ EL DESASTRE NATURAL CON MOTIVO DE LAS LLUVIAS OCURRIDAS EL MES PASADO EN EL ESTADO DE SINALOA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS Página 10
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TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO
GRANADOS,
CONSTITUCIONALES INSTRUYÓ
A
LA
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
ANTES
REFERIDOS,
ACTO
SEGUIDO
SECRETARÍA
RECOGER
LA
VOTACIÓN,
RESULTANDO DESECHADA LA PROPUESTA DE TRÁMITE CON VEINTIDÓS VOTOS A FAVOR Y DIECINUEVE ABSTENCIONES, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CUAUTLANCINGO, PUEBLA, PARA QUE CLAUSURE DE MANERA DEFINITIVA LA TALA DE ÁRBOLES EN LA ZONA DENOMINADA “LOS VIVEROS”, UBICADA ENTRE BOULEVARD FORJADORES Y LA CALZADA DE ZAVALETA, ENTRE
OTROS
RESOLUTIVOS,
ACTO
SEGUIDO
SOLICITÓ
DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA RESULTÓ APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE, A CONTINUACIÓN PUESTO A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA DELFINA LEONOR VARGAS GALLEGOS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, EXIGIENDO HACER LAS INVESTIGACIONES CORRESPONDIENTES Y SE LLEVE EL Página 11
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PROCESO EN CONTRA DE QUIENES RESULTEN RESPONSABLES DE ESTE ECOCIDIO, ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, DONDE SOLICITÓ AGREGAR AL CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO SE EXHORTE A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE DE MANERA INMEDIATA BRINDE EL APOYO NECESARIO Y SE MATERIALICE LA CLAUSURA DEFINITIVA DE LA TALA DE ÁRBOLES, A CONTINUACIÓN EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA CONSULTÓ SI ES DE ACEPTAR LA INCLUSIÓN RESULTANDO ACEPTADA LA PROPUESTA. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, RESULTÓ APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS ACUERDO DE REFERENCIA, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. CONTINUANDO EN ASUNTOS GENERALES EL DIPUTADO ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LOS LEGISLADORES DE ESTE CONGRESO, A LLEVAR A CABO LA COLECTA DE VIVIRES EN APOYO A LA POBLACIÓN DAMNIFICADA POR LA DEPRESIÓN TROPICAL 19-E, QUE PROVOCÓ INUNDACIONES EN VARIOS MUNICIPIOS DE SINALOA Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, A CONTINUACIÓN EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, ÁNGEL GERARDO ISLAS
MALDONADO
Y
GABRIEL
JUAN
MANUEL
BIESTRO
MEDINILLA, AMPLIARON SUS COMENTARIOS REFERENTE AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN Página 12
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ESTENOGRÁFICA
CORRESPONDIENTE,
A
CONTINUACIÓN
EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES
CONSTITUCIONALES
ANTES
REFERIDOS,
ACTO
SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO DESECHADA LA PROPUESTA DE TRÁMITE CON DIECINUEVE VOTOS A FAVOR Y VEINTIDÓS ABSTENCIONES, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLALTENANGO, PUEBLA, PARA QUE SE CONDUZCA CON RESPETO Y ESTRICTO APEGO A DERECHO, EN SUS FUNCIONES CONTENIDAS EN LA LEY ORGANICA MUNICIPAL, RESPETANDO LOS DERECHOS LABORALES
DE
LOS
REGIDORES
QUE
INTEGRAN
EL
AYUNTAMIENTO, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y TRÁMITE PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS ARTURO DE ROSAS CUEVAS, ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO
Y
MANIFESTARON
MARCELO SU
EUGENIO
POSICIONAMIENTO
GARCÍA
ALMAGUER,
RELATIVO
A
LA
INFORMACIÓN EN LA APLICACIÓN DE RECURSOS DEL SEGURO CON MOTIVO DEL PASADO SISMO EN SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE ESTA
SESIÓN.
NO
HABIENDO
MÁS
INTERVENCIONES
Y
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS CATORCE HORAS CON TREINTA Y NUEVE MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL DÍA MIÉRCOLES TRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
Página 14
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTES
El que suscribe Diputado
José
Juan
Espinosa
Torres,
coordinador
legislativo del Partido del Trabajo e integrante de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de este Cuerpo Colegiado la siguiente Iniciativa de Decreto por la que se reforma diversas disposiciones de DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 12 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS En nuestro país se cuenta con 731 cuencas hidrológicas, las cuales se encargan de abastecer de agua a todo el territorio nacional. Para el año del 2013, 106 de estos acuíferos se encontraban sobre explotados, por lo que la Federación debe velar por el cumplimiento del derecho humano al agua y saneamiento. En este tenor, la resolución 64/292, aprobada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, el 28 de julio de 2010, es de vital importancia en el reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento. Esta resolución señala que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano, esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.
Asimismo, el artículo 4, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal o doméstico. El Estado mexicano es el encargado de garantizar que los gobernados tengan acceso al agua de manera suficiente, salubre, aceptable y asequible, como se puede apreciar, es facultad exclusiva del Estado velar por el cumplimiento de este precepto constitucional. De lo anterior se advierte que es facultad del Estado, en sus tres niveles de gobierno, el suministro del agua potable, ya que al ser considerado como un derecho humano este solamente debe ser prestado por el Estado y no así por particulares que buscan lograr un lucro por la explotación, administración y comercialización del agua potable. Es por ello que presento a esta soberanía el siguiente: DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 12 Y LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
ARTÍCULO ÚNICO: SE REFORMAN LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 12 Y LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PARA QUEDAR COMO SIGUEN:
Art. 12. I a V.- … VI.- Proteger el derecho que tiene toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La gestión del agua será pública y sin fines de lucro.
Artículo 104.- … I a II.- ...
III.- Los Ayuntamientos podrán concesionar la prestación de los servicios y funciones a que se refiere este artículo, con excepción de los establecidos en los incisos a) y h), previo acuerdo de sus integrantes y observando las disposiciones que al efecto se emitan.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
Segundo.- El Congreso del Estado de Puebla deberá expedir una nueva ley de la materia en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
Palacio del Poder Legislativo, Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza 28 de septiembre de 2018
Dip. José Juan Espinosa Torres
CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E.
ARTURO DE ROSAS CUEVAS, Diputado local del grupo parlamentario del Partido MORENA, de la Sexagésima Legislatura de este H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 57, 63, fracción XIX, 44 fracción II, 134, 135, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120, fracción VI del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa de : DECRETO por el que se reforman los artículos 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, se modifica las fracciones IX, X, y se agregan las fracciones XI, XII y XIII del artículo 231, se agrega la fracción V del artículo 233 y se anexan los artículos 234, 235, 236, 237 y 238 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA. CONSIDERANDOS Que los habitantes de los pueblos del Estado de Puebla son parte del territorio nacional y por lo tanto también son sujetos de los derechos humanos amparados en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 115 y demás relativos de la Constitución General de la República.
Que el gobierno de los pueblos en el Estado de Puebla son las “JUNTAS AUXILIARES MUNICIPALES”. Las que se han convertido
gradualmente
en
el
CUARTO
NIVEL
DE
GOBIERNO para resolver los problemas cotidianos de los habitantes de esos centros de población. Que las Juntas Auxiliares Municipales, representan el primero y más cercano contacto entre el ciudadano y el Estado Que para que las Juntas Auxiliares Municipales cuenten con los
instrumentos
político-institucionales
y
los
recursos
necesarios para responder a las demandas que le compete atender, es necesario EMPODERARLAS, para elevar así su capacidad de gestión pública frente a los gobiernos Estatales y Federales. Darles una serie de facultades para que sean un verdadero gobierno y no simples órganos desconcentrados de los Ayuntamientos. Que las Juntas Auxiliares Municipales al promover las costumbres y valores de nuestros antepasados, mantienen vivas las raíces que dan identidad al pueblo mexicano Que las Juntas Auxiliares Municipales son una figura local de gobierno,
basada
en
el
reconocimiento
de
las
responsabilidades que les asigna la Ley Orgánica Municipal, sin embargo los gobiernos anteriores las han abandonado y olvidado, provocando que los habitantes de estos pueblos vivan en la marginación y en la pobreza, con servicios públicos deficientes, sin espacios dignos para ejercer deportes ni
mucho menos acceso a la cultura y las artes, trayendo como consecuencia que los jóvenes
emigren hacia los Estados
Unidos de Norteamerica, a sufrir humillaciones, discriminación, persecución y la misma muerte al intentar cruzar la frontera de manera ilegal o ingresando al crimen organizado. La revolución pacífica que se llevó a cabo el primero de Julio del año en curso, fue producto del hartazgo, de la crisis económica, de la desesperación, de la inseguridad y de la violencia que durante más de ochenta años nos impusieron los gobiernos emanados del PRI y del PAN, por lo que el nuevo gobierno, que representa la ESPERANZA DE MEXICO, tiene que realizar reformas de fondo, que acaben con la impunidad, la corrupción y la pobreza, con justicia e igualdad de oportunidades para todos los mexicanos, en particular para todos los poblanos. Así, atendiendo a lo antes expuesto me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de:
DECRETO por el que se reforman los artículos del 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, se modifica las fracciones IX, X, y se agregan las fracciones XI, XII y XIII del artículo 231, se agrega la fracción V del articulo 233 y se anexan los artículos 234, 235, 236, 237 y 238 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA. Para quedar como sigue:
CAPITULO XXVII DE LOS PUEBLOS Y SUS JUNTAS AUXILIARES MUNICIPALES Artículo 224. Las JUNTAS AUXILIARES MUNICIPALES, son gobiernos de los centros de población denominados pueblos a que se refiere el inciso c) de la fracción I del artículo 9 de la presente ley, en los 217 municipios del Estado y estarán supeditadas al Ayuntamiento del Municipio del que formen parte, sujetos a la coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública municipal,
en
aquellas
facultades
administrativas
que
desarrollen dentro de su circunscripción. El vínculo de información e interacción será la Secretaría de Gobernación Municipal o su equivalente en la estructura administrativa. Las Juntas Auxiliares Municipales estarán integradas por un Presidente y cuatro Regidores propietarios, y sus respectivos suplentes.
Artículo 225. Las Juntas Auxiliares Municipales serán electas a través de voto directo, universal y secreto, que se efectuará de acuerdo con las bases que establezca la convocatoria que se expida y publicite por el Ayuntamiento, por lo menos quince días antes de la celebración del mismo, y con la intervención del Presidente Municipal o su representante, así como del Agente Subalterno del Ministerio Público. El
Congreso del Estado podrá enviar o nombrar un representante que presencie la elección. El Ayuntamiento podrá celebrar convenio con el Instituto Electoral del Estado, en términos de la legislación aplicable, para que éste coadyuve con la elección para elegir a las personas que formarán parte de las Juntas Auxiliares
Municipales.
Los
Ayuntamientos,
en
los
reglamentos respectivos, fijarán las bases mínimas que contendrán las convocatorias para el registro de candidatos, mismas
que
deberán
observar
las
disposiciones
constitucionales y legales en materia electoral aplicables.
Artículo 226. Las Juntas Auxiliares Municipales
serán
elegidas el cuarto domingo del mes de enero del año que corresponda; durarán en el desempeño de su encargo tres años y tomarán posesión el segundo domingo del mes de febrero del mismo año, salvo los casos de que habla el artículo 228 de esta Ley, y los de desaparición total de la Junta, para los cuales habrá elección extraordinaria. Los miembros de las Juntas Auxiliares otorgarán la protesta de Ley ante el Presidente Municipal respectivo o su representante.
Artículo 227. Para formar parte de una Junta Auxiliar se requiere ser ciudadano vecino del pueblo, en ejercicio de sus derechos políticos y civiles, con residencia de por lo menos seis meses en el pueblo correspondiente.
Artículo 228.Cuando un pueblo no esté conforme con la elección de la Junta Auxiliar Municipal, será removida si así lo solicitaren las tres cuartas partes de sus ciudadanos vecinos inscritos en el padrón electoral. Para el efecto, la solicitud será elevada al Congreso del Estado por los conductos legales, y éste, previos los informes sobre los motivos y autenticidad de la queja, exhortará al Ayuntamiento correspondiente para que convoque a los vecinos del pueblo a una elección extraordinaria para que elijan nueva Junta, la cual concluirá el periodo correspondiente, sin poder prolongarse su ejercicio por un término mayor.
Artículo 229. El primer día hábil después de la toma de protesta, se reunirán los miembros de la Junta Auxiliar saliente con los que los sustituyan, para que aquellos hagan entrega formal de los expedientes, utensilios y materiales, que hayan estado a su cargo. Si los miembros salientes no comparecieren, la actuación se llevará a cabo con intervención del representante que para el efecto designe el Presidente Municipal.
Artículo 230. Las Juntas Auxiliares, además de las facultades contempladas en la presente Ley, ejercerán dentro de los límites de su circunscripción y bajo la vigilancia y dirección del Ayuntamiento correspondiente, las atribuciones siguientes:
I.-Remitir al Ayuntamiento, con la oportunidad debida para su revisión y aprobación, el proyecto de presupuesto de gastos del año siguiente; II.-Ayudar al Ayuntamiento en el desempeño de las funciones que le encomiende; III.-Dar las facilidades y coadyuvar en su caso con el Ayuntamiento para que este procure la seguridad y el orden público del pueblo; IV.-Gestionar ante el Ayuntamiento de su jurisdicción o ante las dependencias federales y estatales de su jurisdicción, la construcción de las obras de interés público que considere necesarias. V.-Nombrar, a propuesta del Presidente de la Junta, al secretario y tesorero de la Junta Auxiliar Municipal, los que son funcionarios de confianza y podrán ser removidos libremente; VI.-Asumir por acuerdo delegatorio de facultades y por encomienda directa del Presidente Municipal, el desempeño de alguna actividad no especificada en su cargo pero compatible con el mismo; VII.-En coordinación con el Ayuntamiento, garantizar el funcionamiento para la ciudadanía, de la o las ventanillas para servicios y quejas; VIII.-Fomentar educativas,
las
actividades
sugiriendo
las
deportivas, acciones
culturales
necesarias
y al
Ayuntamiento para su incorporación dentro de los programas municipales respectivos, estando, en todo caso, obligados a seguir la normatividad que en esta materia establezcan las autoridades competentes; IX.-Impulsar los programas y las acciones implementadas por el Ayuntamiento en favor de las personas con discapacidad, niñas y niños, mujeres y personas adultas mayores, las que promuevan organismos nacionales e internacionales, así como llevar a cabo campañas de sensibilización y cultura de la denuncia de la población para fomentar el respeto hacia los mismos; X.-Preservar, enriquecer y promover las lenguas originarias, conocimientos y todos los elementos que constituyan la cultura e identidad propios de los Pueblos Indígenas, así como sus usos y costumbres, fiestas, artesanías, vestimenta tradicional, expresiones musicales y gestionar ante el Ayuntamiento, los recursos económicos necesarios para este propósito; XI.-Realizar en los plazos legalmente establecidos la entregarecepción a la Junta Auxiliar entrante, en la cual deberá estar presente un representante de la Contraloría Municipal; y XII.-Las demás que les encomiende el Ayuntamiento.
Artículo 231. Son obligaciones y atribuciones de los Presidentes Auxiliares Municipales, las siguientes:
I.-Procurar la debida prestación de los servicios públicos de su pueblo e informar sobre su cumplimiento; II.-Permitir y aportar la información para la práctica de inventarios, así como mantener en buen estado, los bienes muebles e inmuebles que estarán bajo su resguardo; III.-Remitir mensualmente al Ayuntamiento, por conducto de la Tesorería
Municipal
las
cuentas
relacionadas
con
el
movimiento de fondos de la Junta Auxiliar; así como las comprobaciones de los gastos, en los términos que determine el propio Ayuntamiento; IV.-Coadyuvar
con
las
dependencias
municipales
competentes, en la elaboración del padrón de personas sujetas a educación básica; V.-Cumplir y hacer cumplir las normas Federales, Estatales y Municipales, los acuerdos que dicte el Ayuntamiento al que pertenezca, así como las demás disposiciones que le encomiende el Presidente Municipal; VI.-Con relación a las servidumbres legales, solicitar al Ayuntamiento que se realicen las obras necesarias para que los caños de desagüe sean cubiertos y quede expedito el paso; VII.-Coadyuvar
con
el
Ayuntamiento
respecto
a
la
conservación de los bosques, arboledas, puentes, calzadas, monumentos, antigüedades y demás objetos de propiedad pública, dentro su pueblo; VIII.-Gestionar ante el Ayuntamiento, la construcción y conservación de las fuentes y surtidores públicos de agua y
que haya abundancia de este líquido tanto para el consumo de las personas como para abrevadero de los ganados; IX.-Los Presidentes Auxiliares Municipales, serán Jueces del Registro del Estado Civil de las Personas por ministerio de ley, en términos de las disposiciones aplicables. Los Presidentes Auxiliares Municipales serán responsables penal y administrativamente por las faltas en las que incurran en la prestación de este servicio. X.-Los Presidentes Auxiliares Municipales formarán parte de la asamblea de cabildo municipal, con la misma remuneración que los Regidores Municipales. XI.-Los Presidentes Auxiliares Municipales cobraran el impuesto predial de sus pueblos XII.- Los Presidentes Auxiliares Municipales nombraran al Comandante de la Policía Auxiliar Municipal. XIII.-Los demás que les impongan o confieran las leyes.
Artículo 233. Las sesiones de las Juntas Auxiliares Municipales se rigen por las siguientes disposiciones: I. Se celebrará una sesión por mes II. Se harán constar en un acta que tendrá los requisitos que establece esta Ley; III. Podrán celebrarse sesiones extraordinarias cuando lo acuerden los Regidores de la Junta;
IV. Se remitirá copia de las actas de las sesiones a la autoridad inmediata superior. V.-Las
sesiones
de
las
asambleas
ordinarias
y
extraordinarias serán públicas
Artículo 234. Para ejercer las funciones a que se refiere el presente capitulo, las Juntas Auxiliares Municipales recibirán
de
los
Ayuntamientos,
de
los
recursos
provenientes de las participaciones por lo menos: a) El 10% cuando el municipio cuente con 1 y hasta 5 Juntas Auxiliares b) El 20% cuando el municipio cuente con 6 y hasta 10 Juntas Auxiliares c) El 30% cuando el municipio cuente con 11 ó más Juntas Auxiliares.
Artículo 235. Las Juntas Auxiliares Municipales deberán aplicar los recursos citados en el artículo anterior en el gasto corriente y en la ejecución de obras que hayan sido aprobadas por ellas.
Artículo 236. Las Juntas Auxiliares Municipales deberán remitir a los Ayuntamientos que correspondan, los
informes del ejercicio de los recursos a que se refiere el artículo 234. Artículo 237. Las Juntas Auxiliares deberán observar en el ejercicio de los recursos, los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales que señalen las leyes aplicables. Artículo 238.Los Pueblos de los municipios contaran con un Agente Subalterno del Ministerio Publico.
ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO. El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ATENTAMENTE Cuatro veces heroica Puebla de Zaragoza a veintiséis de Septiembre de dos mil dieciocho
DIP. ARTURO DE ROSAS CUEVAS
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE El que suscribe, Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de este Cuerpo Colegiado la siguiente Iniciativa de Decreto por el que se reforman el Artículo 59 y se agregan las fracciones de la IV a la IX y el Artículo 62 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, del Estado de Puebla, de conformidad con los siguientes:
CONSIDERANDOS La atención adecuada al sector primario de la economía es fundamental para lograr la seguridad alimentaria de la población, así como para detonar y estabilizar el desarrollo económico en las zonas rurales y para abatir la situación de pobreza en la que viven una buena parte de sus habitantes. Es también de vital importancia, proteger las actividades productivas de este sector de desastres naturales que puedan llegar a comprometer dicho desarrollo, mediante mecanismos de seguridad y gestión de riesgos. Parte de este desarrollo vendrá también, del máximo aprovechamiento del potencial del campo a través de estrategias tales como una eficiente reconversión productiva y un manejo efectivo y sustentable de la ganadería. Por otro lado, es importante señalar que la mayor parte de la superficie de nuestro estado, esta dedicada a las principales actividades de este sector; destacando la agricultura y ganaderia (469,689 Unidades de producción rural, las cuales comprenden 2´ 233,867 Has) según el Atlas Agropecuario del INEGI en su última edición.
En términos de población, mas de 1 millón 700 mil
personas se sustentan de las actividades del campo; esto es, casi una tercera parte de la población del estado. Además, es también el acceso a una alimentación de calidad, un derecho fundamental que se encuentra consagrado en el párrafo tercero del artículo 4to Constitucional, que establece que “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad”, así como la obligación del Estado a garantizarla. Asi mismo, la fracción XX del artículo 27 del citado ordenamiento legas señala que: “Artículo 27… XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público. El desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.”
Es por todo esto que resulta fundamental, generar el mencionado desarrollo rural integral que de empleo y garantice a la población campesina su participación en el desarrollo nacional, se fortalezca teniendo acceso a todos los recursos de innovación y tecnológicos disponibles en la actualidad, así como
con
un
estricto
e
intenso
esfuerzo
acompañamiento para lograr la sustentabilidad.
de
profesionalización
y
Así mismo, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para el estado de Puebla, en su Artículo 59, contempla la obligación del Gobierno del Estado de aportar recursos de acuerdo a su ley de Egresos y que puedan ser complementados por los de los Gobiernos Federal y municipales. También, en el Articulo 62 del citado ordenamiento legal, se establece que Las leyes de Ingresos y de Egresos del Estado establecerán previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales a manera de “considerar al desarrollo
productivo rural como
prioridad
para
el Estado, por lo que
destinará el mayor recurso posible”. Debido a la ambigüedad y subjetividad del término “el mayor recurso posible”, hemos sido testigos de como los últimos gobiernos han incumplido con estos ordenamientos al destinar muy escasos presupuestos para el desarrollo rural, poco mas del 1% según lo estipulado en la Ley de Egresos de los años 2015 al 2017 y para el 2018 ni siquiera llego al 1% pues de 69 mil 419 millones 211 mil 682 pesos, solo de destinaron 680 millones 491 mil 481 pesos. Por el contrario, se han destinado buena parte de los recursos públicos a obras de relumbrón, promoción de imagen personal, programas de clientelismo electoral, como las mochilas azules, zapatos y uniformes, por cierto de mala calidad y comprados a sobrecosto; atendiendo de esta manera más a las necesidades de promoción de estos gobiernos Morenovallistas que a las necesidades de la población más necesitada, que habita en su mayor parte en el medio rural. Es por ello que se hace necesario un ordenamiento legal local, que establezca de manera obligatoria las previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales necesarias y suficientes para el desarrollo rural Así, atendiendo a lo antes expuesto y fundado me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de:
DECRETO POR EL QUE SE QUE REFORMAN EL ARTÍCULOS 59 Y SE AGREGAN LAS FRACCIONES DE LA IV A LA IX Y EL ARTÍCULO 62 DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, DEL ESTADO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se reforman los Artículos 59, se agregan las fracciones de la IV a la IX y 62 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, del Estado de Puebla para quedar como sigue:
Artículo 59 El Gobierno del Estado, aportará recursos en una proporción equivalente a no menos de la décima parte del presupuesto global establecido en la ley de Egresos y que podrán ser complementados por los que asignen los gobiernos Federal y Municipales, los cuales tendrán por objeto: I. Compartir el riesgo de la reconversión productiva y las inversiones de capitalización; II. Concurrir con los apoyos adicionales que en cada caso requieran los productores para el debido cumplimiento de los proyectos o programas de fomento, especiales o de contingencia, con objeto de corregir faltantes de los productos básicos destinados a satisfacer necesidades estatales; III. Apoyar la realización de inversiones, obras o tareas que sean necesarias para lograr el incremento de la productividad del sector rural y los servicios ambientales; IV. Apoyar la realización de inversiones, obras o tareas que sean necesarias para lograr actividades sustentables y evitar la destrucción de recursos naturales, promoviendo su uso eficiente y aprovechamiento; V. Fomentar la estabilidad y desarrollo económicos de las zonas rurales; VI. Fomentar el acceso a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad en la población que habita en las zonas rurales; VII. Apoyar el capital humano y fomentar su crecimiento en pro de disminuir la tendencia de las poblaciones a migrar; VIII. Garantizar la protección de la producción agrícola y ganadera mediante mecanismos de gestión de riesgos ante desastres o fenómenos naturales.
IX. Apoyar la realización de inversiones, obras o acciones en las zonas rurales que sean necesarias para lograr un sector agroalimentario mas competitivo y eficiente a través de la articulación de sus actividades en cadenas productivas de valor.
Artículo 62 Las leyes de Ingresos y de Egresos del Estado establecerán previsiones de recursos y disponibilidades presupuestales que se requieran para dar cumplimiento a las disposiciones de Ley, y deberá considerar al desarrollo productivo rural como prioridad para el Estado, por lo que destinará el mayor recurso posible. Por lo tanto, dichas previsiones
y
disponibilidades
presupuestales deberán ser las necesarias y suficientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de ésta Ley. Los periodos de ejecución de los programas se adecuaran a los ciclos agrícolas necesariamente.
ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 28 DE SEPTIEMBRE DE 2018
DIP. ARTURO DE ROSAS CUEVAS
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. La suscrita Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, Integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción l 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla; conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que con fecha cuatro de diciembre de dos mil catorce fue publicada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Diario Oficial de la Federación, encontrándose dentro de sus objetivos: el reconocimiento a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos; la garantía del pleno ejercicio, respeto y protección de los mismos; la creación de los Sistemas Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de los Estatales; y la fijación de los principios rectores que orientarán la política nacional, relativa a los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Que en cumplimiento al segundo transitorio de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Legislatura pasada de este Honorable Congreso del Estado, el tres de junio del año dos mil quince abrogó la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla y aprobó la expedición de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, la cual se publicó en esa misma fecha en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
Que el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que toda persona tiene derecho a recibir educación, la que en caso de ser impartida por el Estado deberá desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar a la vez, el amor a la patria, la conciencia de la solidaridad internacional, la independencia, la justicia y el respeto a los derechos humanos, entre los que se encuentran los de las niñas, niños y adolescentes
Que con base en la disposición constitucional referida, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en su artículo 57 que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
Que asimismo, en el artículo de que se habla se preceptúa que las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, señalándose a su vez que, entre otras cosas, deberán: establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas, faciliten su reingreso y promuevan su egreso del sistema educativo nacional.
Que bajo esta tesitura, es que en la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, se dispone textualmente lo siguiente:
“Artículo 48.- Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, para lo cual deberán: XVI. Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso, permanencia y reingreso de niñas y adolescentes embarazada, y (…)”.
Que de conformidad con lo que ha sido expuesto, la suscrita Diputada considera oportuno sea reformada la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con la finalidad de que las autoridades estatales y municipales deban no solo establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, sino también faciliten, con posterioridad al parto, su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo, ya que ello les permitirá, en un primer momento, acceder a otras formas de educación, como lo es la superior y, en un segundo momento, tener acceso a un mejor trabajo, con el cual puedan tener mejores oportunidades de desarrollo y brindarles una mejor calidad de vida a su hija o hijo. En virtud de lo anterior, se somete a consideración de este Cuerpo Colegiado, la siguiente Iniciativa de:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se REFORMA la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, para quedar de la manera siguiente: Artículo 48.- … I. a XV. … XVI. Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, y faciliten con posterioridad al parto su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo; y XVII. …
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al Presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018
DIP. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE Los que suscriben, integrantes del Grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, María del Rocío García Olmedo, Josefina García Hernández, Javier Casique Zárate y Nibardo Hernández Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II 146,147 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como el artículo 120 fracción VI del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta soberanía la presente iniciativa por la que se reforman los artículos 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla y 21 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Gerardo Laveaga señala, con sobrada razón, que “el gran tema de los próximos años, además de la capacitación de la policía, los agentes del ministerio público y los jueces, debe ser el acceso a la justicia: la posibilidad de que, paulatinamente, aumente el número de mexicanos que se vean favorecidos por las garantías que les concede nuestro derecho y que, las más de las veces, ni siquiera saben cómo exigir. La ley, por sí misma, no va a conseguir impulsar el equilibrio pero sí puede frenar dichos esfuerzos.”1
1
Laveaga, Gerardo, “Calicles tenía razón”, Revista Ciencia, Academia Mexicana de Ciencias, México, consultado en <https://www.revistaciencia.amc.edu.mx/images/revista/57_2/calicles.pdf>, el 23 de septiembre de 2018 a las 19:49 horas.
1
El también Director del Instituto Nacional de Ciencias Penales afirma que “el acceso a la justicia exige una ´constante y perpetua voluntad´ de nuestros cuadros dominantes para promover acciones concretas. El derecho debe ser, cada día más, producto del consenso, resultado del sentir y el pensar del mayor número de los sectores que integran nuestra sociedad.” Para ilustrar su idea, el también catedrático establece que “no es grave que sean pocos quienes hagan las leyes, quienes las apliquen y quienes las interpreten, en la medida en que estos pocos tengan un mandato legítimo y una auténtica representación. Lo que es grave es que sean muy pocos los que se benefician con las leyes y con nuestro proclamado estado de derecho. La violencia y la componenda son caminos más atractivos para la mayoría de los mexicanos.” La reflexión de Laveaga la traemos a consideración no sólo porque la compartimos en sus puntos centrales, sino porque, como encargados de proponer políticas públicas, nos corresponde en buena medida contribuir a atemperar la desigualdad y promover el acceso a la justicia entre los mexicanos, buscando en todo momento que las prerrogativas contenidas en la Constitución de la República y los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano se vuelvan una realidad cotidiana, una forma de vida que haga a nuestro país una nación de leyes. En efecto, múltiples son las disposiciones tendientes a garantizar que el acceso a la justicia se de en condiciones de igualdad entre todas las personas, sin distinción de estrato social, nivel económico o educativo, preferencia sexual o adscripción a un grupo ubicado en desventaja dentro del conglomerado social. Para ejemplificar lo anterior, mencionemos que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera
2
pronta, mientras que el diverso completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.” Por su parte, el artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos estipula que “toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”. El artículo 8º de la Convención Americana de Derechos Humanos señala en su numeral 1 que “toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.” No está de más señalar que los instrumentos internacionales referidos con anterioridad forman parte de nuestro orden jurídico interno, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución de la República, el cual establece que “en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en dicha Norma Fundamental y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.” Tenemos entonces que no son pocas ni de escasa importancia las normas que establecen como una prerrogativa el acceso a la justicia, pero cuando contrastamos dichos ordenamientos con la realidad cotidiana, caemos en la cuenta de que es mucho lo que debemos trabajar a fin de trasladar tales derechos a la realidad cotidiana, pues la desconfianza hacia el sistema de justicia se encuentra insertada en la genética de la población, aunque por razones atendibles. La referida afirmación se confirma a la luz de los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 3
(ENVIPE) 2017, desarrollada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en la cual se hace constar que alrededor del 55% de la población considera que los jueces son corruptos, mientras que el 65% tiene la misma visión de los ministerios públicos y el 64% respecto de las policías ministeriales o judiciales.2 No cabe duda de que el alejamiento de prácticas atávicas por parte de los operadores del sistema de justicia en mucho contribuirá a un cambio respecto de la percepción que tienen los mexicanos acerca de este segmento de las autoridades estatales, pero ello será insuficiente si no promovemos acciones destinadas a transformar la manera en que operan las instituciones dedicadas a la administración e impartición de justicia. Una forma de emprender la transformación a que hacemos referencia pasa por el acercamiento físico de las oficinas competentes para estos casos, a fin de que la distancia no sea un obstáculo para la formulación de denuncias y querellas por parte de las víctimas y los ofendidos, ello sin dejar de lado la importante contribución que en este campo están realizando las tecnologías de la información. En este sentido, no es poco lo que se ha hecho al respecto en nuestro Estado, ya que, de conformidad con el Acuerdo del Fiscal General del Estado, por el que establece la Estructura Orgánica de la Fiscalía General del Estado, publicado en el Periódico Oficial el 24 de febrero de 2016, ahora contamos con múltiples Unidades de Orientación, Análisis y Resolución Inmediata a lo largo del territorio de nuestra entidad federativa. Igualmente, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla contempla un esquema de división territorial que permite la cobertura de órganos jurisdiccionales y las dependencias del Poder Judicial en cualquier municipio del Estado. Reconocemos que los esfuerzos desplegados a fin de acercar los órganos de justicia a la población han sido encomiables, pero creemos que aún es posible
2
Fuente: <http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2017/envipe/envipe2017_09.pdf>, consultada el 23 de septiembre de 2018 a las 20:46 horas.
4
hacer algo más al respecto, toda vez que el establecimiento de juzgados y unidades para la recepción de denuncias dependen en buena parte de la emisión de acuerdos administrativos, cuyo contenido puede variar de momento a momento, lo que podría generar en un caso hipotético, que algún municipio o región pierda o se quede sin cobertura, por lo que estimamos prudente garantizar, desde la ley, que en cada distrito judicial exista por lo menos un juzgado en materia penal del sistema acusatorio y oral, así como una unidad de Orientación, Análisis y Resolución Inmediata. Es por esto que se propone la modificación de los artículos 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla y 21 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, a efectos de establecer:
Los juzgados de oralidad penal ejercerán competencia territorial en cada una de las regiones judiciales del Estado, debiendo haber por lo menos un juzgado en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales, y
Será una facultad indelegable del Fiscal General autorizar la creación de Unidades de Orientación, Análisis y Resolución Inmediata, de acuerdo al presupuesto establecido, determinando su adscripción y la del personal de forma suficiente, de forma tal que exista por lo menos una de éstas en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales del Estado.
Para una mejor comprensión de la presente iniciativa, se agrega el siguiente cuadro comparativo: TEXTO VIGENTE
REFORMA PROPUESTA
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla Artículo 51 Los juzgados de oralidad penal ejercerán competencia territorial en cada una de las regiones judiciales señaladas en el artículo 11 de esta ley. Por acuerdo
Artículo 51 Los juzgados de oralidad penal ejercerán competencia territorial en cada una de las regiones judiciales señaladas en el artículo 11 de esta ley, debiendo 5
del Consejo de la Judicatura, estos juzgados podrán comprender más de una región o existir varios de ellos en una sola; los jueces de ejecución de sanciones e itinerantes tendrán la competencia territorial que se señale en el acuerdo que dicte el Consejo de la Judicatura.
haber por lo menos un juzgado en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales. Por acuerdo del Consejo de la Judicatura, estos juzgados podrán comprender más de una región o existir varios de ellos en una sola; los jueces de ejecución de sanciones e itinerantes tendrán la competencia territorial que se señale en el acuerdo que dicte el Consejo de la Judicatura.
Los juzgados de oralidad penal contarán con un administrador, así como con el personal necesario para su funcionamiento, cuyas facultades serán las que establezca el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables.
Los juzgados de oralidad penal contarán con un administrador, así como con el personal necesario para su funcionamiento, cuyas facultades serán las que establezca el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables.
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla ARTÍCULO 21 Son facultades indelegables del Fiscal General, las siguientes: I. … a XIII. … XIV. Expedir los lineamientos institucionales para el ejercicio de recursos destinados a investigaciones que impliquen riesgo, urgencia o confidencialidad extrema de conformidad a los que emitan las autoridades correspondientes, y
ARTÍCULO 21 Son facultades indelegables del Fiscal General, las siguientes: I. … a XIII. … XIV. Expedir los lineamientos institucionales para el ejercicio de recursos destinados a investigaciones que impliquen riesgo, urgencia o confidencialidad extrema de conformidad a los que emitan las autoridades correspondientes; XV. Autorizar la creación de Unidades de Orientación, Análisis y Resolución Inmediata, de acuerdo al presupuesto establecido, determinando su adscripción y la del personal de forma suficiente, de forma tal que exista por lo menos una de éstas en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6
XV. Las demás que con carácter indelegable, expresamente señalen otros ordenamientos.
del Estado de Puebla; XVI. Las demás que con carácter indelegable, expresamente señalen otros ordenamientos.
Por lo anteriormente expuesto, se formula el siguiente proyecto de DECRETO PRIMERO. – Se reforma el artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 51 Los juzgados de oralidad penal ejercerán competencia territorial en cada una de las regiones judiciales señaladas en el artículo 11 de esta ley, debiendo haber por lo menos un juzgado en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales. Por acuerdo del Consejo de la Judicatura, estos juzgados podrán comprender más de una región o existir varios de ellos en una sola; los jueces de ejecución de sanciones e itinerantes tendrán la competencia territorial que se señale en el acuerdo que dicte el Consejo de la Judicatura. Los juzgados de oralidad penal contarán con un administrador, así como con el personal necesario para su funcionamiento, cuyas facultades serán las que establezca el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables.
SEGUNDO. – Se reforma el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, para quedar como sigue: ARTÍCULO 21 Son facultades indelegables del Fiscal General, las siguientes: I. … a XIII. … XIV. Expedir los lineamientos institucionales para el ejercicio de recursos destinados
a
investigaciones
que
impliquen
riesgo,
urgencia
o
confidencialidad extrema de conformidad a los que emitan las autoridades correspondientes;
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XV. Autorizar la creación de Unidades de Orientación, Análisis y Resolución
Inmediata,
de
acuerdo
al
presupuesto
establecido,
determinando su adscripción y la del personal de forma suficiente, de forma tal que exista por lo menos una de éstas en cada una de las cabeceras de los distritos judiciales a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla; XVI. Las demás que con carácter indelegable, expresamente señalen otros ordenamientos.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS: UNICO. – El Presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 01 DE OCTUBRE DEL 2018.
DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO
DIPUTADA JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ
DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZÁRATE
DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
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SESIÓN PÚB C OR 3 DE OCTUBRE
R 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Miércoles 03 de Octubre de 2018
1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del uno de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del oficio SGG/196/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, remite observaciones al Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla.
5.
Lectura del oficio SGG/197/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, remite observaciones al Decreto por el que se reforma el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.
6.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Rafaela Vianey García Romero, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman los artículos 91 y 231 de la Ley Orgánica Municipal.
7.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para las Personas con Discapacidad en el Estado de Puebla.
8.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Grupos Legislativos de los Partidos de MORENA, del Trabajo y el de Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se manda a inscribir en letras doradas en los Muros del Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado, “Movimiento Estudiantil de 1968”.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 03 de 2018 Pág.2
9.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte a la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para la madre como para la o el hijo, la lactancia exclusiva dentro de los primeros seis meses y complementaria hasta los dos años, entre otro resolutivo.
10.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar al Ejecutivo del Estado, a través del Secretario General de Gobierno, atendiendo al artículo 34 fracción II de la Ley de la Administración Pública del Estado de Puebla, para que emita el Reglamento de la Ley de Protección a Víctimas para el Estado de Puebla, entre otro resolutivo.
11.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado Raymundo Atanacio Luna, por el que solicita se exhorte al Titular del Ejecutivo del Estado, a suprimir el Organismo Público Descentralizado denominado “Ciudad Modelo”.
12.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan que a través de esta Comisión, se analicen los Dictámenes aprobados por la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el periodo comprendido del catorce de junio al catorce de septiembre del año dos mil dieciocho, entre otros resolutivos.
13.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Nibardo Hernández Sánchez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte respetuosamente a la Secretaría General de Gobierno para que en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública Estatal y demás autoridades competentes, se implementen las acciones necesarias en materia de seguridad pública en el Municipio de Acatlán de Osorio, Puebla, a fin de garantizar el bienestar de quienes habitan en la región, procurando en todo momento la salvaguarda de sus derechos.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 03 de 2018 Pág.3
14.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Miguel Trujillo de Ita, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte respetuosamente a la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Puebla, a que a la brevedad realice revisión y análisis exhaustivo, en todas las casas y centros de salud, así como en los hospitales de esa Secretaría y en todo el ámbito de su competencia con el fin de verificar que exista el medicamento y personal calificado suficiente, y en caso contrario, dotar de lo necesario a fin de brindar un servicio eficiente, eficaz y adecuado a la población.
15.
Lectura del ocurso y anexos de la Expresidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Ahuehuetitla, Puebla, Administración 2011-2014 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 137/2014.
16.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Huitziltepec, Puebla, Administración 2008-2011 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 31/2013.
17.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, Administración 2008-2011 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 45/2013.
18.
Lectura del Acuerdo que presenta la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se autoriza a esta Comisión, a analizar los Dictámenes aprobados por la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el periodo comprendido del catorce de junio al catorce de septiembre del año dos mil dieciocho, entre otros resolutivos.
19.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 3 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
DIPUTADO
ASISTENCIA
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
ASISTIERON
FALTAS
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Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
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FALTAS JUSTIFICADAS
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 03 de octubre de 2018.
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Oficios
número
MDPPOPA/CSP/026/2018
del
Diputado
Presidente del Primer Periodo Ordinario del H. Congreso de la Ciudad de México, informando que se llevó a cabo la Declaración de la Instalación Legal de ese Congreso.
Recibo y enterados
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla
Josefina García Hernández
Diputada Secretaria
Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO,
LAS
SEXAGÉSIMA
Y
LOS
DIPUTADOS
LEGISLATURA,
CON
QUE LA
INTEGRAN
ASISTENCIA
LA DE
CUARENTA DE ELLOS Y LA REINCORPORACIÓN DEL DIPUTADO JUAN PABLO KURI CARBALLO, EN LA LECTURA DEL ORDEN DÍA, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON DIECISÉIS MINUTOS, DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES
DE
ESTA
LEGISLATURA,
DISPENSAR
LA
LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL UNO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA, A CONTINUACIÓN, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN
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TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS
CORRESPONDIENTES.
CONTINUANDO
EN
EL
PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS
Y
LOS
DE
AUTORIDADES
MUNICIPALES
SIGUIENTES: EL DEL CIUDADANO RODOLFO MACÍAS CABRERA, AL COMITÉ DE ATENCIÓN CIUDADANA; EL DEL CIUDADANO ARTURO IBARRA SALAZAR, A LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO
AMBIENTE,
RECURSOS
NATURALES
Y
CAMBIO
CLIMÁTICO Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES; EL DEL CIUDADANO PEDRO TANI MARTÍNEZ, A LA COMISIÓN DE JUVENTUD
Y
DEPORTE;
EL
DEL
CIUDADANO
AARÓN
DOMÍNGUEZ VARGAS, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL DE LOS REGIDORES Y SÍNDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE CHIGNAUTLA,
PUEBLA,
A
LA
COMISIÓN
DE
ASUNTOS
MUNICIPALES; EL DE REGIDORES Y SÍNDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES Y EL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SAN GABRIEL CHILAC, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES. EN EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO LECTURA AL OFICIO SGG/196/2018 DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL TITULAR DEL
PODER
EJECUTIVO
DEL
ESTADO,
REMITE
OBSERVACIONES AL DECRETO QUE ABROGA LA LEY PARA PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA POR PARTE DE LOS ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DEL ESTADO DE PUEBLA; SE Página 2
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TURNÓ EL OFICIO Y EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DEL DECRETO EN MENCIÓN A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y EFECTOS PROCEDENTES EN LO CONDUCENTE. EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO LECTURA AL OFICIO SGG/197/2018 DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, REMITE OBSERVACIONES AL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ EL OFICIO Y EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DEL DECRETO EN MENCIÓN A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y EFECTOS PROCEDENTES EN LO CONDUCENTE. EN EL PUNTO SEIS DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 91 Y 231 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL
QUE
SE
REFORMAN
Y
ADICIONAN
DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LAS PERSONAS CON Página 3
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DISCAPACIDAD EN EL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTA INICIATIVA SE SUMÓ EL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL Y EL REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A
LA
COMISIÓN
DISCAPACIDAD
DE
ATENCIÓN
PARA
SU
A
ESTUDIO
PERSONAS Y
CON
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS DE MORENA, DEL TRABAJO Y EL DE ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL QUE SE MANDA A INSCRIBIR EN LETRAS DORADAS EN LOS MUROS DEL SALÓN DE SESIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, “MOVIMIENTO ESTUDIANTIL DE 1968”, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE CULTURA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA
DIPUTADA
MÓNICA
RODRÍGUEZ
DELLA
VECCHIA,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE A LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA,
PARA
QUE
PROMUEVA
LAS
VENTAJAS
QUE
REPRESENTA, TANTO PARA LA MADRE COMO PARA LA O EL Página 4
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HIJO, LA LACTANCIA EXCLUSIVA DENTRO DE LOS PRIMEROS SEIS MESES Y COMPLEMENTARIA HASTA LOS DOS AÑOS, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA,
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS
DEL
PUNTO
DE
ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE SALUD, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA
DIPUTADA
INTEGRANTE
NORA
DEL
YESSICA
GRUPO
MERINO
LEGISLATIVO
ESCAMILLA,
DEL
PARTIDO
ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL EJECUTIVO DEL ESTADO, A TRAVÉS DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, ATENDIENDO AL ARTÍCULO 34 FRACCIÓN II DE LA LEY DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE EMITA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN A VÍCTIMAS PARA EL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA
YESSICA
MERINO
ESCAMILLA,
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LAS COMISIONES
UNIDAS
DE
GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES Y A LA DE DERECHOS HUMANOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
CONDUCTO
DEL
DIPUTADO
RAYMUNDO
ATANACIO LUNA, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE AL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, A SUPRIMIR EL ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
DENOMINADO Página 5
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“CIUDAD MODELO”,
EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
RAYMUNDO ATANACIO LUNA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON A TRAVÉS
DE
LOS
COORDINADORES
DE
LOS
GRUPOS
LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: MORENA Y ENCUENTRO SOCIAL, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DOCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITAN QUE A TRAVÉS DE ESTA COMISIÓN, SE ANALICEN LOS DICTÁMENES APROBADOS POR LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL CATORCE DE JUNIO AL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SE TURNÓ A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DIO LECTURA EL ESCRITO QUE PRESENTAN DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITAN LA AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DE LA SESIÓN PARA DISCUTIR Y ANALIZAR EL PUNTO DE ACUERDO ANTES REFERIDO, SIENDO AUTORIZADA LA SOLICITUD EN TÉRMINOS DEL
ARTÍCULO
65
DEL
REGLAMENTO
INTERIOR
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. EN EL PUNTO TRECE DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL Página 6
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DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO
LEGISLATIVO
INSTITUCIONAL
DE
DEL
LA
PARTIDO
SEXAGÉSIMA
REVOLUCIONARIO LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO PARA QUE EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA ESTATAL Y DEMÁS AUTORIDADES
COMPETENTES,
SE
IMPLEMENTEN
LAS
ACCIONES NECESARIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA EN EL MUNICIPIO DE ACATLÁN DE OSORIO, PUEBLA, A FIN DE GARANTIZAR EL BIENESTAR DE QUIENES HABITAN EN LA REGIÓN, PROCURANDO EN TODO MOMENTO LA SALVAGUARDA DE SUS DERECHOS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO SE SUMARON A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
MORENA,
MOVIMIENTO
CIUDADANO; LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA Y COMPROMISO POR PUEBLA; Y
LOS
DIPUTADOS
INTEGRANTES
LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS:
DE
LOS
GRUPOS
DEL TRABAJO
Y
ENCUENTRO SOCIAL. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
EL
QUE
SOLICITA
SE
EXHORTE Página 7
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RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, A QUE A LA BREVEDAD REALICE REVISIÓN Y ANÁLISIS EXHAUSTIVO, EN TODAS LAS CASAS Y CENTROS DE SALUD, ASÍ COMO EN LOS HOSPITALES DE ESA SECRETARÍA Y EN TODO EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA CON EL FIN DE VERIFICAR QUE EXISTA EL MEDICAMENTO Y PERSONAL CALIFICADO SUFICIENTE, Y EN CASO CONTRARIO, DOTAR DE LO NECESARIO A FIN DE BRINDAR UN SERVICIO EFICIENTE, EFICAZ Y ADECUADO A LA POBLACIÓN, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE SALUD PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO SE SUMARON A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS:
NUEVA
REVOLUCIONARIO DEMOCRÁTICA,
ALIANZA,
INSTITUCIONAL,
MORENA,
ACCIÓN DE
MOVIMIENTO
LA
NACIONAL, REVOLUCIÓN
CIUDADANO;
LAS
REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA, COMPROMISO POR PUEBLA; Y DIPUTADOS INTEGRANTES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS:
DEL TRABAJO
Y
ENCUENTRO SOCIAL. EN EL
PUNTO QUINCE SE DIO LECTURA AL OCURSO Y ANEXOS DE LA EXPRESIDENTA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE AHUEHUETITLA, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2011-2014 POR EL QUE INTERPONE RECURSO DE REVOCACIÓN EN CONTRA DEL DECRETO DE FECHA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, DERIVADO DEL EXPEDIENTE P.A 137/2014, SE TURNÓ A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA Página 8
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SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO LECTURA AL OCURSO Y ANEXOS DEL EXPRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE HUITZILTEPEC, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN
2008-2011
POR
EL
QUE
INTERPONE
RECURSO DE REVOCACIÓN EN CONTRA DEL DECRETO DE FECHA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, DERIVADO DEL EXPEDIENTE P.A. 31/2013, SE TURNÓ A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISIETE SE DIO LECTURA AL OCURSO Y ANEXOS DEL
EXPRESIDENTE
MUNICIPAL
DEL
HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO YELOIXTLAHUACA, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN
2008-2011
POR
EL
QUE
INTERPONE
RECURSO DE REVOCACIÓN EN CONTRA DEL DECRETO DE FECHA TREINTA Y UNO DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, DERIVADO DEL EXPEDIENTE P.A 45/2013, SE TURNÓ A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN, DESDE SU CURUL, EL DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, SOLICITÓ DAR EL MISMO TRÁMITE DE DISPENSA DE LECTURA COMO SE HA VENIDO TRABAJANDO EN SESIONES ANTERIORES RELATIVOS A LOS RECURSOS DE REVOCACIÓN Y SEAN TURNADOS A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA TOMAR NOTA DE LA PETICIÓN. ENSEGUIDA EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA INFORMÓ AL PLENO DEL CONGRESO QUE HABÍA CONCLUIDO LA SESIÓN DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY
ORGÁNICA
DEL
PODER
LEGISLATIVO,
SOMETIÓ
A
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CONSIDERACIÓN
DEL
PLENO
LA
SOLICITUD
DE
LOS
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ANTES REFERIDA PARA INCLUIR COMO PUNTO DIECIOCHO DEL ORDEN DEL DÍA EL ACUERDO QUE PRESENTA LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR EL QUE SE AUTORIZA A ESTA COMISIÓN, A ANALIZAR LOS DICTÁMENES APROBADOS POR
LA
QUINCUAGÉSIMO
NOVENA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL CATORCE DE JUNIO AL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A CONTINUACIÓN SOMETIÓ EN VOTACIÓN ECONÓMICA LA SOLICITUD DE INCLUSIÓN RESULTANDO APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS. CONTINUANDO EN EL PUNTO DIECIOCHO SE DIO LECTURA AL ACUERDO QUE PRESENTA LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE AUTORIZA A ESTA COMISIÓN, A ANALIZAR LOS DICTÁMENES APROBADOS POR LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL CATORCE DE JUNIO AL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, ENTRE OTROS RESOLUTIVOS, PUESTO A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA EN EL SIGUIENTE ORDEN: MÓNICA LARA CHÁVEZ, JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO, OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, JAVIER CASIQUE ZÁRATE, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ, GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, JOSÉ JUAN Página 10
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ESPINOSA TORRES, MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, JOSÉ JUAN
ESPINOSA
TORRES,
JOSÉ
ARMANDO
GARCÍA
AVENDAÑO, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, JAVIER CASIQUE ZÁRATE, GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, ARTURO DE ROSAS CUEVAS, NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ Y HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS; ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE
DE
LA
MESA
DIRECTIVA
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO EL TEMA, RESULTANDO APROBADO POR MAYORÍA DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO EL ACUERDO ANTES REFERIDO; A CONTINUACIÓN SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL RESULTANDO CON VEINTICINCO VOTOS A FAVOR, QUINCE VOTOS EN CONTRA Y UNA ABSTENCIÓN, APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO POR EL QUE ESTA SOBERANÍA ORDENA SE ANALICEN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; LOS DICTÁMENES DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DE AYUNTAMIENTOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, ENTIDADES PARAESTATALES Y PARAMUNICIPALES,
Y
DE
ORGANISMOS
PÚBLICOS
DESCONCENTRADOS, APROBADOS POR LA LIX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; DEL PERIODO COMPRENDIDO DEL CATORCE DE JUNIO AL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA,
A
QUE
SE
ABSTENGA
DE
REALIZAR Página 11
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
MANIFESTACIONES EN LAS QUE EMITIENDO OPINIÓN PÚBLICA IMPLIQUEN PREJUZGAR RESPECTO A ASUNTOS EN SU CONOCIMIENTO Y SE DA VISTA AL SENADO DE LA REPÚBLICA POR LA PROBABLE COMISIÓN DE LA CONDUCTA PREVISTA Y SANCIONADA EN EL ARTÍCULO 334, INCISO E) DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES DEL ESTADO, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA ESPECIAL PARA EL ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO DE LA ELECCIÓN A GOBERNADOR DEL ESTADO DE PUEBLA, EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO SE SUMARON A TRAVÉS
DE
LEGISLATIVOS
LOS
COORDINADORES
DE
LOS
DE
PARTIDOS:
LOS
GRUPOS
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL Y ENCUENTRO SOCIAL, E INTEGRANTES DEL GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
DEL
TRABAJO.
A
CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DIO CUENTA
CON
EL
OFICIO
SCM-SGA-OA-2269-23/2018
DEL
ACTUARIO DE LA SALA REGIONAL CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL
ELECTORAL
DEL
PODER
JUDICIAL
DE
LA
FEDERACIÓN, POR EL QUE NOTIFICA EL REQUERIMIENTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE SCM-AG-23/2018, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, PARA SU ESTUDIO Y TRÁMITE PROCEDENTE. ENSEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS CON CUATRO MINUTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN
DEL
PLENO
SI
ES
DE
PRORROGARSE LA SESIÓN, RESULTANDO DESECHADA LA SOLICITUD DE PRÓRROGA POR MAYORÍA DE VOTOS. SE Página 12
ACTA Secretaría General
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LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS QUINCE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL LUNES OCHO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, A PETICIÓN DE LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA PARA ASENTAR EN EL ACTA QUE SE ENCONTRABA INSCRITA PARA HACER USO DE LA PALABRA, ASÍ COMO LOS DIPUTADOS ARTURO DE ROSAS CUEVAS Y RAYMUNDO ATANACIO LUNA.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
Página 13
GRUPO LEGISLATIVO
LX LEGISLATURA DIPUTADO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE Rafaela Vianey García Romero, Diputada integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta Asamblea la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS Que el Estado nace al asociarse las personas en un grupo social determinado, éste tiene la necesidad de instituir el Poder Público para ejercer las actividades colectivas que atañen a la población, el Estado se instaura para garantizar el funcionamiento de la colectividad, y proporcionarles un mínimo de bienestar a los pobladores que constituyen la fuerza viva, a través de los Derechos Humanos. El artículo sexto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el 16 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Los derechos de la personalidad según el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla son inalienables, imprescriptibles, irrenunciables e ingravables, por lo que el Estado debe optar por mecanismos que garanticen su oportuno reconocimiento y ejercicio. El Estado como órgano rector cuenta con normas, instituciones y procedimientos para garantizar la prestación de servicios y establecer las bases sobre los cuales la ciudadanía interactúa y ejerce sus derechos. Tal es el caso del Registro del Estado Civil, institución de carácter público e interés social por medio del cual se inscribe y da publicidad a los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas.
GRUPO LEGISLATIVO
LX LEGISLATURA Que en el año 2013 el Congreso realizó reformas a la Ley Orgánica Municipal suprimiendo facultades a los Presidentes Auxiliares Municipales como el titular del gobierno de los Pueblos, de ser auxiliares en los servicios del Registro del Estado Civil de las Personas, terminando con una historia ancestral de las Juntas Auxiliares de proporcionar a sus pobladores todos los servicios del Registro Civil, como nacimiento, fallecimiento, reconocimiento de persona y hasta rectificaciones de actas, que realizaban en la capital del Estado, sin embargo dicha reforma consistió más en una reforma política y administrativa con la finalidad de quitar poder a las Juntas Auxiliares, y concentrar el monopolio de los servicios registrales al Gobierno del Estado, que de una reforma jurídica, las repercusiones a esa reforma tuvo como consecuencia el conflicto social en varios municipios, ya que reclamaban el retorno de un derecho que les pertenecía, ocasionando detenciones arbitrarias, uso desmedido de la fuerza pública, la muerte de un menor, y violaciones graves a los Derechos Humanos generando disgusto y movilizaciones que obligaron al Estado a recular y devolver gradualmentedicha función. Las modificaciones realizadas definierona las Juntas Auxiliares como órganos desconcentrados de los Ayuntamientos. Aunado a ello, la referencia que se hizo dentro de los considerandos del decreto respecto a la prestación del servicio de Registro Civil, ni antes ni después de la reforma mencionada, figuró dentro del texto de la Ley Orgánica Municipal, toda vez que dicha función compete de origen al Poder Ejecutivo y de forma adicional, por “Ministerio de Ley”, a Ayuntamientos y Juntas Auxiliares. Lo anterior, tal y como lo disponen los artículos 19 y 20 del Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla, los cuales a la letra dicen: Artículo 19.- Los Presidentes Municipales y los Presidentes de las Juntas Auxiliares, ejercerán las funciones de Jueces del Registro Civil por Ministerio de la Ley, … . Artículo 20.- Los Jueces por Ministerio de la Ley, tendrán las mismas facultades y obligaciones de los Jueces del Registro Civil de la Ciudad Capital. Previo a la reforma en mención, dentro de la Ley Orgánica Municipal no se consideraban funciones expresas del registro civil a cargo de las Juntas Auxiliares. Por lo que hace a los Ayuntamientos se les reconocía el cumplimiento de los deberes que sobre el Registro del Estado Civil de las Personas le impongan las leyes relativas. Es decir, los mencionados dentro de los artículos del Reglamento antes referido.
GRUPO LEGISLATIVO
LX LEGISLATURA A fin de atender el reclamo social y reinvolucrar a las autoridades auxiliares y municipales en la prestación de los servicios del Registro del Estado Civil de las Personas, el dieciséis de marzo de dos mil dieciséis se publicaron en el Periódico Oficial del Estado las reformas para facultar tanto a Presidentes Municipales como Auxiliares, para coadyuvar con las autoridades del Registro del Estado Civil de las Personas en términos de las disposiciones aplicables. Coadyuvancia que, sumada a los acuerdos delegatorios del Ejecutivo para la prestación de dichos servicios,no implica el ejercicio amplio e innegable de la función, sino una actuación temporal y limitada, a cotentillo del Estado y de sus intereses. En los últimos años el ejercicio de gobierno en la entidad ha estado marcado por la ocurrencia y sumisión legislativa; el autoritarismo; violación de derechos humanos; desfalco y ocurrencia en la obra pública. Considerando lo anterior resulta indispensable garantizar a la ciudadana y a las autoridades la prestación del servicio público del Registro del Estado Civil de las Personas por mandato legal y no a contentillo de quienes hasta hoy toman las decisiones administrativas. Ejemplos de inestabilidad, ocurrencia y autoritarismo por parte del gobierno hemos visto muchos; no permitiremos que las decisiones se sigan tomando en perjuicio de la ciudadanía, por lo que con este tipo de acciones y reformas, buscamos brindar certeza legal y administrativa a los servicios prestados a la ciudadanía. Considerando que existen las bases legales para actuar y que Puebla, con 6 millones 168 mil 883 habitantes es la quinta entidad más poblada a nivel nacional, además de que cuenta con una tasa de crecimiento anual de 79 mil 330 poblanos, es indispensable garantizar el acceso y ejercicio de los derechos de los poblanos, integrando dentro de ese esfuerzo a todas las autoridades facultadas para el caso, como sucede con los 217 Ayuntamientos y las 611 Juntas Auxiliares existentes. Hacer lo contrario representaría un retroceso, ir en contra de una lógica que tiene como eje central a la ciudadanía, tal y como ha quedado manifiesto con la reforma constitucional federal mediante la cual se reconoció el derecho de las personas a contar con una identidad, a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento, además de recibir de manera gratuita la primer copia certificada del acta del referido registro.
GRUPO LEGISLATIVO
LX LEGISLATURA Resulta inoportuno e incluso contradictorio centralizar en el Estado y las cabeceras municipales el servicio del Registro Civil, tal y como se planteóde manera general dentro del ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ENTREGA – RECEPCIÓN DEL REGISTRO CIVIL, DE LAS JUNTAS AUXILIARES A LOS MUNICIPIOS, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 11 de junio de 2014. Lo anterior, debido a que con ello se obligaría al traslado costoso y en algunos casos peligroso de las personas para acceder a los servicios y ejercer los derechos que el estado está obligado a garantizar, como lo son el derecho a la personalidad y todos los que del mismo se desprenden, como el derecho a la educación y a la salud. Además de que al centralizar el Ayuntamiento la función, representa un acto con efectos meramente territoriales, toda vez que, como ya se mencionó, con la reforma a la Ley Orgánica Municipal las Juntas Auxiliares pasaron a ser extensiones mismas de los Ayuntamientos, asumiendo que con su ejercicio e intervención se garantizaría la cercanía entre gobernantes y gobernados. Que los diputados emanados del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), respondemos a la exigencia de la ciudadanía, respondemos a la confianza que depositaron en nosotros miles y millones de ciudadanos el día primero de julio, por lo que con la presente reforma se busca garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las y los poblanos; concluir con el régimen autoritario, insensible y opresor que nos sumió a los poblanos en una dinámica de desconfianza, se busca brindar seguridad y certeza legal, efectividad en los servicios y generación de bienestar humano, con esta reforma de ley que se presenta ante esta Soberanía, se busca otorgarle representación a las Juntas Auxiliares como gobierno de los pueblos, de regresarle los servicios registrales que siempre habían prestado a la ciudadanía y de otorgarles a los presidentes auxiliares la facultad de coadyuvar como jueces de del registro del estado civil de las personas por ministerio de Ley. Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Soberanía la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 91 y 231 DE LA LEY ÓRGANICA MUNICIPAL, PARA QUEDAR COMO A CONTINUACIÓN SE INDICA: LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
GRUPO LEGISLATIVO
LX LEGISLATURA ARTÍCULO 91 Son facultades y obligaciones de los Presidentes Municipales: … XVII.Ejercer las facultades de Juez del Registro Civil por Ministerio de Ley, en términos de la normatividad aplicable; ARTÍCULO 231 Son obligaciones y atribuciones de los Presidentes Auxiliares, las siguientes: … IX.Ejercer las facultades de Juez del Registro Civil por Ministerio de Ley, en términos de la normatividad aplicable; ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. TERCERO.-El Poder Ejecutivo a través de la Secretaría General de Gobierno, realizará las acciones reglamentarias, administrativas y presupuestales necesarias para garantizar la capacitación, suministro y funcionamiento de las Juntas Auxiliares como Jueces del Registro Civil por Ministerio de Ley; para lo cual deberá coordinarse con los Ayuntamientos de la Entidad. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 27 DE SEPTIEMBRE DE 2018 RAFAELA VIANEY GARCIA ROMERO
La DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, presenta la propuesta de reforma por el que se adiciona una nueva fracción XX al artículo 4; se reforma el artículo 6; y se adiciona un artículo 6 Bis a la Ley para las Personas con Discapacidad en el Estado de Puebla, al tenor del siguiente. C.C. DIPUTADOS AL CONGRESO LOCAL DEL ESTADO DE PUEBLA PRESENTE La suscrita DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, con fundamento en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II 134, 135 Y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA NUEVA FRACCIÓN XX AL ARTÍCULO 4; SE REFORMA EL ARTÍCULO 6; Y SE ADICIONA UN ARTÍCULO 6 BIS A LA LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ESTADO DE PUEBLA, AL TENOR DEL SIGUIENTE:
Al tenor de lo siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El tema de la inclusión de las personas con discapacidad a la sociedad es complejo dado que, si bien es cierto, en la actualidad las personas se han sensibilizado cada vez más, también lo es que aún existen muy pocos espacios físicos, educativos y laborales en los cuales se incluya a las personas con alguna discapacidad, aunado a ello, las leyes y programas establecidos tanto a nivel nacional como en el Estado de Puebla, únicamente están enfocadas en la persona que sufre la discapacidad, sin embargo, detrás de ella existe una familia de la que ésta depende o bien una familia que depende o dependió de ésta, en el caso de una discapacidad superveniente.
Es claro que la sociedad, actualmente se muestra respetuosa y menos sorprendida que hace unos años respecto de las personas con discapacidad, sin embargo, siguen sin reconocer que son sujetos de pleno derecho, son personas a quienes proteger, sustituir en sus decisiones. Por lo anterior las leyes deben establecer los derechos y deberes de las autoridades en este tema, pero la realidad es que los deberes no se cumplen, a veces por desconocimiento y otras por miedo o prejuicio. Ante tal necesidad hace unos años la Organización de las Naciones Unidas, tras una década de análisis e implementación de las primeras medidas en favor de las personas con discapacidad, instó a los Estados miembros a prestar su total cooperación para asumir la problemática a que se enfrentan las personas con discapacidad como un asunto de interés público, ya que son ellas las que enfrentan severas limitaciones de carácter físico y social, por lo que los excluyen de la sociedad e imposibilitan su participación activa en el desarrollo de un país. En atención a esto es que debe fomentarse la inclusión de las personas con discapacidad, para combatir la discriminación y así lograr la igualdad de oportunidades para el acceso y permanencia en todos los servicios, reconociendo que existe una amplia y compleja diversidad entre las personas, diversidad que requiere ser atendida mediante políticas públicas y acciones afirmativas, que propicien la máxima inclusión. En este tenor y ante la exigencia de velar por los derechos humanos de las personas con discapacidad que el 13 de diciembre de 2006, durante el sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con el objetivo de impulsar la creación de normas y prácticas orientadas a mejorar la calidad de vida de millones de personas con algún tipo de discapacidad en el mundo. De lo anterior, resulta importante establecer, que para trabajar por la inclusión de las personas con discapacidad, se debe exigir el cumplimiento de los tratados internacionales y armonizar el marco normativo nacional, para que encuentren respuestas institucionales desde la Administración Pública, y tengan una forma de vida digna y estable. En el ámbito del Gobierno Federal Mexicano, aunque se experimentó una transición complicada hacia el modelo de reconocimiento de derechos de las personas con discapacidad, en su última etapa, misma que ocurrió a partir del año 2003, cuando se decretó la Ley Federal para Prevenir y
Eliminar la Discriminación y se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, (CONAPRED), asimismo en el año 2005 la Ley General de las Personas con Discapacidad creó el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONADIS), lo cual representó un paradigma, cuyo principal impacto fue asumir las problemáticas asociadas a las personas con discapacidad como un problema de interés público, y por lo tanto como una responsabilidad ineludible para el Estado. Pero fue hasta el año 2011, con la publicación de la Ley General para la Inclusión al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, donde se planteó como principal objeto establecer las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades. Este planteamiento no sólo se deriva del análisis a las responsabilidades que tiene el Gobierno del Estado a partir de los postulados de los Convenios Internacionales, sino que es respuesta al documento emitido en 2014 por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, “Observaciones finales sobre el informe inicial de México”, donde se presenta un análisis de la situación que guarda la estructura normativa y los efectos que ésta ha tenido sobre la calidad de vida de las personas con discapacidad en México. Así las cosas, se debe reconocer la necesidad de trabajar por la inclusión, lo que significa fortalecer técnica y políticamente los instrumentos institucionales para responder a las demandas más sentidas de la sociedad, contribuyendo al acceso de los derechos sociales, con la reducción de las carencias y a generando ingresos mediante la coordinación eficiente entre las instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno y mediante dichas acciones de vinculación, se deben obtener avances, que den como resultado la disminución del rezago de las personas con discapacidad, teniendo como sector prioritario a las personas con discapacidad. Es por todo lo expuesto, que se debe establecer una base sólida que permita dar continuidad a los esfuerzos realizado en materia de inclusión de las personas con discapacidad; por lo mismo, es importante y necesario crear políticas públicas en materia de discapacidad, con participación de los tres niveles de Gobierno y las organizaciones de y para personas con discapacidad, cuyo propósito será realizar la planificación de actividades conducentes al logro de sus objetivos y las acciones concretas a nivel nacional.
TEXTO VIGENTE
TEXTO INICIATIVA
Artículo 4.- Para efectos de la Artículo 4.- Para efectos de la aplicación de esta Ley se entiende aplicación de esta Ley se entiende por: por: I (…) XIX…
I.- (…) XIX… XX.- Instituto. El Instituto Estatal para la protección y el desarrollo de las personas con discapacidad.
Artículo 6.- La Secretaría de Salud, a través del Sistema DIF, en coordinación con las Instituciones competentes, coordinará la elaboración de un Programa de Integración Social de Personas con Discapacidad, que comprenderán los siguientes aspectos: (…)
Artículo 6.- La Secretaría de Salud, a través del Sistema DIF, en coordinación con el Instituto Estatal para la Protección y desarrollo de las Personas con Discapacidad, las Instituciones competentes, coordinará la elaboración de un Programa de Integración Social de Personas con Discapacidad, que comprenderán los siguientes aspectos: (…)
Artículo 6 Bis.- Se crea el Instituto Estatal para la Protección y Desarrollo de las Personas con Discapacidad. El objeto del mismo será brindar ayuda, orientación y apoyo a las personas con discapacidad, así como para la correcta aplicación y vigilancia de la presente ley, a través de programas para difundir e impulsar la inclusión a personas con discapacidad en la vida productiva, coordinando el cumplimiento de la política estatal, garantizando el ejercicio y el goce
de sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el resto de la sociedad, promoviendo y fomentando las condiciones que den lugar a la no discriminación, igualdad de oportunidades y de trato, el ejercicio de todos los derechos fundamentales y la participación equitativa de las personas con discapacidad en la vida política, cultural, económica y social del Estado.
Es por lo anteriormente expuesto y fundado, que someto a la consideración de esta Soberanía, el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO Por el que se adiciona una nueva fracción XX al artículo 4; se reforma el artículo 6; y se adiciona un artículo 6 Bis a la Ley para las Personas con Discapacidad en el Estado de Puebla, quedando como sigue: Único - Se adiciona una nueva fracción XX al artículo 4; se reforma el artículo 6; y se adiciona un artículo 6 Bis a la Ley para las Personas con Discapacidad en el Estado de Puebla para quedar como sigue: Artículo 4.- Para efectos de la aplicación de esta Ley se entiende por: I.- (…) XIX… XX.- Instituto. El Instituto Estatal para la protección y el desarrollo de las personas con discapacidad. Artículo 6.- La Secretaría de Salud, a través del Sistema DIF, en coordinación con el Instituto Estatal para la Protección y desarrollo de las Personas con Discapacidad, las Instituciones competentes, coordinará la elaboración de un Programa de Integración
Social de Personas con Discapacidad, que comprenderán los siguientes aspectos: (…) Artículo 6 Bis.- Se crea el Instituto Estatal para la Protección y Desarrollo de las Personas con Discapacidad. El objeto del mismo será brindar ayuda, orientación y apoyo a las personas con discapacidad, así como para la correcta aplicación y vigilancia de la presente ley, a través de programas para difundir e impulsar la inclusión a personas con discapacidad en la vida productiva, coordinando el cumplimiento de la política estatal, garantizando el ejercicio y el goce de sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el resto de la sociedad, promoviendo y fomentando las condiciones que den lugar a la no discriminación, igualdad de oportunidades y de trato, el ejercicio de todos los derechos fundamentales y la participación equitativa de las personas con discapacidad en la vida política, cultural, económica y social del Estado.
ATENTAMENTE
DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTES Los que suscriben diputados integrantes de los Grupos Legislativos del Partido Morena, del Trabajo y de Encuentro Social por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de este Cuerpo Colegiado la siguiente INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE MANDA A INCRIBIR EN LETRAS DORADAS EN LOS MUROS DEL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO “MOVIMIENTO ESTUDIANTIL DE 1968”, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS El movimiento estudiantil de 1968 y los hechos del 2 de octubre de aquel año, son un punto de inflexión en el México contemporáneo. Viejas rencillas entre estudiantes politécnicos de las vocacionales 2 y 5 del Instituto Politécnico Nacional en contra de estudiantes de la preparatoria Isaac Ochoterena, incorporada a la Universidad Nacional Autónoma de México, desatan el 22 de julio de 1968, una riña en la Plaza la Ciudadela. Los motivos son intrascendentes, un partido de fútbol. Como consecuencia, los preparatorianos llevaron la peor parte, su plantel fue apedreado y sufrió daños.
Al día siguiente viene la represalia. Estudiantes de las preparatorias 2 y 6 de la Universidad Nacional Autónoma de México, que no habían participado en los acontecimientos del día anterior, apedrean la Vocacional 2 del politécnico; estudiantes de la vocacional 5 se suman al contra ataque politécnico. Se presenta entonces el 19 batallón de granaderos, al mando del Capitán Manuel Robles que, en lugar de realizar su función pública, por el contrario, juegan el papel de provocadores. Mientras la trifulca se desarrolla ellos permanecen indiferentes como simples espectadores y, cuando los estudiantes regresan a sus respectivas escuelas porque el conflicto ha terminado “según sus propios conceptos de equidad y justicia” dos agrupamientos de Granaderos se fueron en contra de los politécnicos Este exceso del cuerpo de Granaderos contra los estudiantes indignó a los alumnos de las scuelas superiores del Instituto Politécnico Nacional, como se confirmó con los testimonios de Luis Tomás Cervantes Cabeza de Vaca, Luis Oscar González de Alba, Arturo Martínez Nateras, JoséDavid Vega Becerra, Luis Raúl Álvarez Marín, Marcelino Perelló Valls, José Luis Navarro Salgado, Manuel Alfredo Félix Valenzuela y con la declaración de Salvador del Toro Rosales. La cruenta violencia de los granaderos en contra de la comunidad politécnica provocó la indignación de amplios sectores estudiantiles quienes obligaron a la Federación Nacional de Estudiantes Técnicos (FNET) a responder contra la represión sufrida, convocando a una manifestación de protesta el 26 de julio sin embargo los estudiantes fueron perseguidos, en su desbandada, por granaderos y policía
preventiva. Varios estudiantes que intentaban reagrupase fueron detenidos, y se tiene el reporte de seis heridos. El General Marcelino García Barragán, Secretario de Defensa Nacional se referirá a este tema, de la siguiente forma: “El Ejército actuó inmediatamente después de que recibió la petición del regente y del secretario de Gobernación, para sofocar los disturbios provocados... Estamos preparados para repeler cualquier agresión y lo haremos con toda la energía: no habrá contemplaciones para nadie”. Inmediatamente soldados de línea pertenecientes a la primera zona militar, al mando del general José Hernández Toledo, Comandante del Batallón de Fusileros Paracaidistas, procedentes del Campo Militar No. 1 (CM1), se dirigieron al primer cuadro de la ciudad. El convoy integrado por tanques ligeros y jeeps equipados con bazookas y cañones de 101 milímetros, y camiones transportadores de tropas salieron del CM1 a las cero horas del día de hoy. La tropa inició su marcha hacia las prepas. Militares y granaderos atacaron la preparatoria número uno de San Ildefonso, destruyendo con un bazukazo la puerta y detuvieron a varios jóvenes estudiantes sin motivo alguno, lo que molestó e indignó a la comunidad universitaria; en el mismo sentido Javier Ramos Rodríguez, refirió en su declaración ministerial de fecha dos de abril de dos mil cinco, que tuvo conocimiento del bazukazo y que fue por parte de los paracaidistas del Ejército Mexicano en contra de los estudiantes de la preparatoria número uno; de igual manera Salvador Ruiz Villegas expresó que después de las provocaciones que el Gobierno de Díaz Ordaz instrumentó entre el veintitrés y treinta de julio de mil novecientos sesenta y ocho en que culminó con el bazukazo a las preparatorias uno y tres, por el Ejército, toda la comunidad universitaria se sintió agraviada.
Como si se tratase de un asalto a una zona enemiga, la Secretaría de la Defensa Nacional planificó una estrategia contra las instalaciones universitarias y politécnicas ubicadas en el centro de la Ciudad de México, hasta tomar por completo la zona. Las dimensiones de lo desencadenado por la respuesta violenta del estado mexicano empezarían a lesionar, paso a paso, el tejido social que durante años fue el sostén de la vida nacional. Instituciones básicas – como el Ejército mexicano, las instituciones de seguridad pública y las procuración y administración de justicia, entre las principales-, fueron estremecidas por los métodos criminales e impunes desatados. En la explanada de Ciudad Universitaria se celebró un mitin encabezado por el rector Ing. Javier Barros Sierra, ante la presencia de alrededor de 20 mil personas, entre estudiantes, profesores y autoridades de la UNAM y contingentes del Politécnico, Chapingo y la Escuela Normal. La máxima autoridad universitaria repudió la violación a la Autonomía Universitaria. “Varios planteles de la Universidad Autónoma de México han sido ocupados por el Ejército. Durante casi cuarenta años la autonomía de nuestra institución no se había visto tan seriamente amenazada como ahora. Culmina así una serie de hechos en los que la violencia de la fuerza pública coincidió con la acción de los provocadores de dentro y de afuera de la Universidad. “Hoy es un día de luto para la universidad; la autonomía está amenazada gravemente. Quiero expresar que la institución, a través de sus autoridades, maestros y estudiantes, manifiesta profunda pena por lo acontecido. La Autonomía no es una idea abstracta, es un ejercicio responsable, que debe ser respetable y
respetado por todos... No cedamos a provocaciones, vengan de afuera o de adentro, entre nosotros hay muchos enmascarados que respetan, no aman y no aprecian a la autonomía universitaria.” El primero de agosto de 1968 se congregaron 25,000 personas en la explanada de Ciudad Universitaria, en torno al Rector Javier Barros Sierra. Tenían el propósito de realizar una marcha y llegar al zócalo desde Ciudad Universitaria. Barros Sierra en su discurso mencionó que en dicha marcha no solo se manifestaba por la defensa de la autonomía Universitaria, sino por la liberación de todos los presos y el cese a la represión: “Sin ánimo de exagerar, podemos decir que se juegan en esta jornada no sólo los destinos de la Universidad y el Politécnico, sino las causas más importantes, más entrañables para el pueblo de México” Al finalizar el acto se entonó el himno nacional. Por primera vez universitarios y politécnicos, hermanados, defendían la vigencia de las libertades democráticas en México. El Rector se comprometió a gestionar la liberación de los estudiantes detenidos. Desconocía que las intenciones del Presidente de la República y del Secretario de Gobernación iban en otro sentido. La marcha avanzó en orden; sin embargo, un fuerte operativo policiaco y militar se interpuso a su paso en las colonias Nápoles, y del Valle, por la avenida de los Insurgentes. El Rector decidió cambiar el recorrido para evitar provocaciones. El entonces Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, ingeniero Javier Barros Sierra, encabezó la primer gran manifestación, así lo refiere Luis Oscar González de Alba, en su declaración ministerial, en la que expresó que el Ejército se había instalado en el Parque Hundido en previsión de que cumplieran la promesa de marchar por Insurgentes y dar vuelta en Félix Cuevas, ello para evitar que la marcha se desviara;
asimismo, Alberto Jorge Abaroa Corona, en su testimonio, expresó que el rector Barros Sierra aceptó la movilización estudiantil para que marchara en protesta de los actos represivos en contra de estudiantes y que la decisión de marchar fue tomada en el cuarto piso de la torre de Rectoría de la Universidad Nacional Autónoma de México, al respecto, Javier Ramos Rodríguez dijo que la manifestación convocada por el Rector Barros Sierra fue con la finalidad de defender la autonomía de la Universidad Nacional Autónoma de México, juntándose para esta marcha las dos instituciones públicas, la ya mencionada y el Instituto Politécnico Nacional; Roberto Sergio Vázquez Camarena, en su declaración, manifestó que participó en la manifestación que llamó y encabezó el Rector Barros Sierra, e incluso refirió que el mitin terminó a las siete de la noche; de igual manera se cuenta con el testimonio de Félix Lucio Hernández Gamundi, quien externó que tuvo conocimiento de la referida marcha estudiantil; en el mismo tenor testificó Salvador Ruiz Villegas quien manifestó que el Rector Javier Barros Sierra, indignado por los acontecimientos de violación a la autonomía universitaria, encabezó la Primera Gran Manifestación de Protesta, con la participación de estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional y de la Universidad de Chapingo, por lo que estos acontecimientos originaron que en las primeras semanas de agosto se tuviera el pliego petitorio y se constituyera el Consejo Nacional de Huelga, que dirigió la protesta en contra del Gobierno por los actos de represión, de manera organizada; Marcelino Perelló Valls manifestó que una de las cinco grandes concentraciones de masas, referentes al movimiento estudiantil, fue la del primero de agosto, en donde el Rector decide que se disuelva en Félix Cuevas ante la presencia amenazante del Ejército, de igual manera refirió que el primero de agosto presidió el mitin con el que se concluye la manifestación de la Universidad.
Una de las características esenciales del movimiento estudiantil de 1968, fue la enorme voluntad de los estudiantes por hacerse entender y apoyar de amplios sectores de la población. Para garantizar una comunicación con la sociedad el Consejo Nacional de Huelga (CNH) integró brigadas políticas de información que mantuvieron un espacio permanente de polémica con el estado y sus respuestas destacando el carácter anticonstitucional de las mismas. De 18:40 a 19:15 hrs., se celebró asamblea en el auditorio de Ciencias, a la que asistieron 150 estudiantes presidida por Miguel Yacaman y Renán Cárdenas, se tomaron los acuerdos: 1. Que las brigadas políticas realicen mítines relámpago en el DF., con objeto de dar a conocer al pueblo, la verdad del problema. 2. Que las brigadas políticas repartan la propaganda en tal forma que ésta llegue a todo el pueblo. 3. Que en caso de que se tengan noticias de que son detenidos los dirigentes estudiantiles, se permanezca en huelga indefinida.4. Seguir pugnando porque sean destituidos los Jefes de Policía y la desaparición de Granaderos. 5. Exigir la libertad de todos los estudiantes detenidos. “Se realizan brigadas de enlace a los estados de Veracruz, Guanajuato, Michoacán,
Querétaro,
Hidalgo,
Chiapas,
Durango,
Tamaulipas,
Zacatecas, San Luis Potosí, Aguascalientes, Baja California, Nayarit, Morelos, Tabasco, Oaxaca, Sinaloa y Puebla y que, según informes de dichas brigadas, más de setenta planteles de estudios superiores se han declarado en huelga de apoyo al Movimiento Estudiantil Pro Libertades
Democráticas.
Además se
han
celebrado
10
manifestaciones de
solidaridaden distintas ciudades de la República». La participación y el apoyo de los estudiantes poblanos al movimiento estudiantil popular de la ciudad de México fue inmediato, y el 30 de julio, en protesta por la toma que las fuerzas armadas hicieran de la escuela preparatoria de San Ildefonso, la escuela Preparatoria Nocturna, la Escuela de Economía y los dos colegios de la Escuela de Filosofía y Letras, suspendieron sus actividades1. Después, cuando el 8 de agosto el Consejo Nacional de Huelga (CNH) emitió su pliego petitorio, los comités de lucha de las escuelas de Derecho y Ciencias Sociales, Filosofía y Letras, Preparatoria Diurna, Economía y activistas, se dedicaron a difundirlo entre los habitantes de Puebla 2 . Hicieron pintas de apoyo; asistieron a marchas...y estuvieron presentes en el movimiento. El 4 de septiembre, para evitar que el sinarquismo encauzara en su favor supuestos agravios a la bandera y a la catedral ocurridos en la ciudad de México 3 , los estudiantes organizaron un mitin en la ciudad de Puebla "para informar al pueblo". En el edificio Carolino hubo carteles de apoyo y desde sus balcones, con magnavoces, se avisó y se brindó la más amplia solidaridad4.
1
"Llamado de la Junta de la Universidad", El Sol de Puebla, 4/IX/1968, p.1.
El pliego petitorio tuvo seis puntos: 1) Libertad de todos los presos políticos; 2) Derogación del Art. 145 del Código Penal Federal, concerniente al delito de disolución social; 3) Desaparición del cuerpo de granaderos; 4) Destitución de los jefes policiacos Luis Cueto, Raúl Mendiola y A. Farías; 5) Idemnización a los familiares de todos los muertos y heridos desde el inicio del conflicto, y 6) Deslindamiento de responsabilidades de los funcionarios culpables de los hechos sangrientos. Desplegado El Día 13/IX/1968. 33 El 27 de agosto, más de 300 mil personas habían marchado del Museo Nacional de Antropología e Historia al Zócalo. Dos estudiantes de Medicina, con permiso del P. Jesús Pérez habían repicado las campanas de la Catedral, y en el asta del zócalo otros estudiantes habían izado una bandera rojinegra. 4 "Estudiantes universitarios realizaran hoy un mitin", Novedades, 4/IX/1968; "Manifestación y mitin estudiantil anoche", La Opinión, 2
Las autoridades de la UAP desaprobaron estos actos y urgieron a los líderes del movimiento para que la Universidad volviera a la calma. Por su parte, el ímpetu de la lucha en la ciudad de México decreció. Hasta el 18 de septiembre pocos e impuntuales delegados asistieron a las sesiones del CNH. Las protestas y manifestaciones también descendieron. En este marco, el 19 de septiembre los poblanos se despertaron con la noticia de que habían sido invadidas por el ejército las instalaciones de la UNAM. Catedráticos, estudiantes y empleados condenaron de igual forma el atentado. El Consejo Universitario, bajo la presidencia de la Junta Administrativa, se reunió y acordó exigir al gobierno federal la devolución inmediata de los recintos universitarios y la libertad de los detenidos a causa del movimiento; la sociedad poblana se polarizó 5 . Para los estudiantes liberales fueron días de intenso activismo político. Manifestaciones. Fe en el triunfo. Ausencia, es cierto, de demandas académicas. ¿Cómo enarbolarlas sin conseguir antes las libertades políticas, usurpadas por el poder? Luego, la intolerancia represiva de Tlatelolco, la dolorosa masacre física y moral, el entrañable dolor que no puede ser descrito. El 3 de octubre, en protesta contra el régimen, los estudiantes poblanos tomaron la calle y lo denunciaron. Fue la última manifestación tolerada a corto plazo. A partir del día 5 quedó prohibida "toda clase de manifestaciones y actos públicos estudiantiles" en la ciudad. "Por eso— dirá el comandante de la XXV Zona Militar, General Eusebio González,— se han girado instrucciones a todos los destacamentos militares y defensas rurales en el estado, para que cooperen con las autoridades municipales y les otorguen todo su apoyo para evitar la realización de 5
"Declaración del H. Consejo Universitario". Sesión del 19/IX/1968.
actos sediciosos"6. Hasta el día 10 el ejército, en coordinación con otros "cuerpos del orden", impidió mítines en Chiautla, Izúcar de Matamoros, Atlixco, Ciudad Serdán y Huauchinango. En esta última ciudad un grupo de diez activistas, provenientes del D.F., fue aprehendido y remitido a Lecumberri. Había órdenes precisas de que se entregaran de inmediato todos los elementos subversivos a las autoridades judiciales del DF7. Las Olimpiadas deberían transcurrir en la más completa "tranquilidad pública" 8 . Llenar las cárceles era para el gobierno problema de poca monta; concentrar la oposición, vencerla, resultaba teóricamente un tanto fácil. Muy a pesar de este clima intimidatorio y represivo, el CNH (sección Puebla) mantuvo paralizada a la Universidad hasta el 6 de diciembre. Ese día la mayor parte de las escuelas, excepto Leyes y Filosofía y Letras, votaron por levantar la huelga. De la misma manera, el CNH acordó transformarse en Comité Nacional de Lucha y mantener sus demandas: libertad a todos los presos políticos del país; entrega de los subsidios estatal y federal retenidos injustificada y arbitrariamente; cese a toda represión, puesto que las actividades que "hemos desarrollado y seguiremos empleando, siempre han sido pacíficas y de ello da testimonio el mismo pueblo". En fin, el CNH anunció que los estudiantes formarían brigadas de ayuda social y politización para la "gente de la ciudad y del campo".9
Conforme a esta política, el 4 de octubre fue hecho prisionero el arquitecto Joel Arriaga, catedrático de Preparatoria y alumno de Economía. Siguieron, entre ellos, Federico López Huerta, consejero universitario de la Escuela de Derecho, y José Luis Victoria, alumno consejero por la Escuela de Economía. Véanse Papeles de Joel Arriaga Navarro, "Arquitecto poblano fue aprehendido antenoche", La Opinión, 6/X/1968.
7
"Prohibición de efectuar mítines en todo el Estado", La Opinión, 10/X/1968; "Mítines y manifestaciones las impedirá el ejército", El Sol de Puebla, 10/X/1968; p1. 1,6; "Si es necesario actuará el ejército con energía", Novedades, 11/X/1968.
8
"Fue arriada la bandera de huelga en la Universidad", La Opinión, 6/XII/1968; "Hoy a las 17:30 horas terminará el paro en diez escuelas de la UAP", El Sol de Puebla, 6/XII/1968; "Hoy a las 17.30 terminará la huelga en la UAP", El Heraldo, 6/XII/1968.
9
El Consejo Nacional de Huelga (CNH) convoca a la Marcha del Silencio a realizarse el 13 de septiembre, del Museo de Antropología al Zócalo de la Ciudad. Relata El Universal que se congregaron desde las 15:00 hrs. en el Museo Nacional de Antropología e Historia. El mitin se inició a las 20:30 hrs. después de haber recorrido Paseo de la Reforma, Juárez, Madero y 5 de mayo, para llegar al Zócalo. (El Universal; 68 en Cano; 1998, 165166.) La prensa calcula que son más de 250 mil las personas que en ese momento ocupan la explanada de la Plaza de la Constitución. La manifestación silenciosa fue, quizás, la más emotiva de las desarrolladas por el movimiento estudiantil de 1968, en completo silencio más de 200,000 manifestantes avanzan sobre Ave. Reforma con una disciplina contundente, en completo silencio, la gente del pueblo, situada en las aceras, formó una enorme valla a lo largo de todo el recorrido de la manifestación; con sus aplausos y expresivas muestras de simpatía alentaban a los manifestantes. Uno de los reportes oficiales habla de la composición popular de la marcha. “Llegaron a la Plaza de la Constitución en número de 40,000 personas, calculándose que un 10%, eran del sexo femenino, un 25 del pueblo en general, entre éstos 100 taxistas con sus familias, petroleros, ferrocarrileros, campesinos de la CCI Comunista, habitantes del poblado de Topilejo DF, comerciantes en pequeño, vendedores ambulantes, electricistas, padres de familia, etc., el resto lo formaban estudiantes de la UNAM, IPN, Nacional de Maestros, Chapingo, Universidad de Puebla, Veracruz, Iberoamericana.- La marcha desde su inicio, se realizó en todos sus aspectos en un completo orden, mediante una atinada organización, amén de que por su carácter de silenciosa, se guardó entre los integrantes de la manifestación un absoluto silencio.”
El 18 de septiembre de 1968, el Ejército entra a Ciudad Universitaria, con ello se recrudecen las persecuciones y los enfrentamientos. La solidaridad toma relevancia en apoyo al movimiento a nivel nacional. Los politécnicos defienden decididamente sus planteles y los universitarios buscan denodadamente recuperar los propios, La vigilancia militar desplegada en las zonas aledañas a las instalaciones escolares, así como la reaparición de comandos especiales y del Batallón Olimpia, nos permiten interpretar que en el Estado prevaleció siempre la línea dura y solo administró períodos declarativos respecto al diálogo con el movimiento. Al entrar el Ejército a Ciudad Universitaria, la acordonó con un doble cerco para capturar a la dirigencia del Consejo Nacional de Huelga (CNH). Uno, abarcando toda la extensión del área y sus alrededores, cuan grande es; el segundo en torno a la Facultad de Medicina en donde se realizaba la reunión del Consejo Nacional de Huelga. Sin embargo, lo pedregoso del terreno permitió que un buen número de los dirigentes del Consejo Nacional de Huelga escaparan.
El acto que se realizaría ese día en la Plaza de las Tres Culturas, había sido convocado por el Consejo Nacional de Huelga (CNH) para iniciarse a las 17:00 horas. No obstante, según Ramiro Germán Miranda Ávila, la hora programada para el inicio del mitin era las 18:00 horas, encontrándose en la plaza unas 10,000 personas. Al irse congregando en la Plaza de las Tres Culturas, se les informó a los asistentes desde el micrófono que la marcha programada al Casco de Santo Tomás después del mitin se suspendería. A las 17:30 inició el mitin. Los cálculos de asistencia fluctúan entre seis mil y quince mil personas. La composición de los asistentes era diversa. La Dirección Federal de Seguridad informa,
pormenorizadamente, los nombres de actores políticos que habían sido perseguidos
políticos
y
encarcelados,
como
Danzós
Palomino;
organizaciones sindicales como el SME y Petroleros; organizaciones campesinas como la CCI, y Organizaciones políticas como el Partido Obrero Trotskista (sic) y la Unión Nacional de Mujeres, entre otros. A las 18:10 son lanzadas unas luces de bengala desde los helicópteros que sobre volaba la plaza, seguida de una ráfaga de arma de fuego automática que procedió de la zona donde se encontraba ubicado el edificio de la Secretaría de Relaciones Exteriores. (Gómez; 2004, 187220.) A partir de ese momento inicia el tiroteo. Las bengalas se interpretan como la señal de un plan de ataque en contra de la multitud, no solo contra la dirigencia del Consejo Nacional de Huelga, concentrada en el piso tres del Edificio Chihuahua.159 Conforme a declaraciones de integrantes del movimiento, el Ejército empieza la ráfaga de disparos en contra la multitud en el momento en que son lanzadas las bengalas en el cielo. En otros testimonios los disparos desde el edificio de la Secretaría de Relaciones Exteriores precedió a las luces de bengala. Al momento de iniciar la balacera, como preludio al asedio de la Plaza, el Batallón Olimpia ocupa los accesos del edificio Chihuahua sin permitir el paso ni de acceso ni de salida. El Batallón Olimpia había participado, semanas anteriores, en la toma de CU. En Tlatelolco aparecen resguardando el edificio Chihuahua, identificados por un guante blanco, y en el techo de la iglesia de Santiago Tlatelolco. “Los del guante blanco son la brigada de 120 formada hace una semana por el Capitán Gutiérrez Barrios, con elementos de la Dirección Federal de Seguridad, Policía Judicial Federal, Policía Judicial del Distrito Federal e Inspección Fiscal Federal” . Sin embargo la lista dada a conocer por la Revista Milenio revela el rango militar de algunos de los integrantes del Batallón Olimpia,
grupo especializado, integrado por militares que, actuando de civiles, ocultaban su adscripción institucional al Ejército1 l dirigente estudiantil Pablo Gómez, que se encontraba en el tercer piso del Edificio Chihuahua, narra que tenían información de que en el basamento de la planta baja de aquel edifico había militares vestidos de civil y policías de la Dirección Federal de Seguridad por lo que, comenta, ‘decidimos acelerar el mitin’. Pero cuando aparece la luz de bengala, que ‘es evidentemente una señal’, ya que de inmediato se mueven ‘los dos bandos del Ejército: el Ejército uniformado avanza sobre la plaza y el Batallón Olimpia, junto con la policía política, toma el tercer piso del Edificio Chihuahua. Ambas partes del Ejército actúan exactamente al mismo tiempo’. Cuando los elementos del Batallón Olimpia, todos armados –‘unos con ametralladoras Thomson, otros con metralletas, otros con pistola calibre 45’-, llegan al tercer piso, ‘un individuo vestido de traje azul, rubio, pelado a la brush, se acerca al barandal y empieza a disparar. Hasta ese momento no había habido ningún balazo, de ningún lado’. Después de que este sujeto disparó, ‘los tiros siguientes no proceden del Edificio Chihuahua, los siguientes balazos proceden de la Plaza, con armas de alto poder’. La acción coordinada de Batallón Olimpia y Ejército fue una estrategia militar para acabar con un movimiento estudiantil que en pocos meses había logrado movilizar amplios sectores populares. La masacre dura más de dos horas. A partir del momento en que se producen los primeros disparos, se generaliza rápidamente una intensa balacera. En ese tiempo la dirigencia del CHN fue detenida y, hasta el día de hoy, es incompleta la lista real de heridos, muertos y desaparecidos.
La Operación Galeana y la coordinación interinstitucional desplegada muestra que hubo una decisión de Estado de masacrar a la población allí reunida. Que esta población fue considerada como el núcleo activo del grupo nacional que debía ser aniquilado en aras de la estabilidad del sistema autoritario que se buscaba modificar. El genocidio se cometió para acallar la disidencia asesinando, hiriendo, llevando a prisión, mandando al exilio a quienes identificaron que podían suscitar consenso social para movilizar a la sociedad. El problema de las listas de heridos y muertos, del 2 de octubre en particular, y de todo el movimiento del 68 en general, nos habla, en el mejor de los casos de un desaseo del manejo de los mismos o de una intención clara de encubrir y/o distorsionar la verdad. El padre de una de las víctimas, el Sr. Reynoso, al buscar el cadáver de su hijo contó 121 cadáveres. Un testimonio protegido de un agente del servicio secreto habla de haber visto más de un centenar de cadáveres en el cuartel de granaderos de Tlatelolco. En el lugar presenció violación de cuerpos de muchachas muertas ese día. De acuerdo con documentos desclasificados por Washington y entregados al Archivo de Seguridad Nacional o “The Nacional Secutiry Archive” (NSA) de la Universidad George Washington. No se puede establecer un número de muertos para el 2 de octubre. Se han recibido reportes que señalan hasta 350 muertos. El estimado de la Embajada de Estados Unidos en México cifró entre 150 y 200 las personas que perecieron en la matanza del 2 de octubre de 1968.
Según Francisco Taibo II, “declaraciones llegadas a la Comisión de la Verdad hablaban de que una parte de los cadáveres habían sido arrojados
al Golfo de México por aviones militares. No era fácil reconstruir la lista. Muchos de los muertos no eran estudiantes, lo que hubiera facilitado el reconocimiento, sino empleados, trabajadores, vendedores ambulantes; las familias fueron presionadas para firmar actas de defunción que atribuían la muerte a causas naturales y los parientes fueron amenazados por la policía. En diciembre de 1969 el Consejo Nacional de Huelga reportó cerca de 150 muertos. Esta cifra permaneció en la memoria colectiva. Es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO ARTÍCULO PRIMERO.- Inscríbase en letras doradas del Salón de Sesiones del Congreso del Estado “Movimiento Estudiantil de 1968”. ARTÍCULO SEGUNDO.- La inscripción a que se alude en el artículo que antecede, será descubierta en sesión solemne del Congreso del Estado. ARTÍCULO TERCERO.- Se exhorta a todos los Ayuntamientos del Estado de Puebla, así como a la Secretaría de Educación Pública del Gobierno del Estado a que retiren el nombre de Gustavo Díaz Ordaz de la nomenclatura de cualquier bien de dominio público o institución educativa. ARTÍCULO CUARTO.- Exhórtese al Ayuntamiento de Chalchicomula de Sesma a que se retire la estatua de Gustavo Díaz Ordaz. ARTÍCULOS TRANSITORIOS ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ATENTAMENTE PALACIO DEL PODER LEGISLATIVO, CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 3 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA
C Á SESIÓN
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO Y ASUNTOS MUNICIPALES
DICTAMEN: 814 HONORABLE ASAMBLEA: Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XIX y XXI, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones XIX y XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho, el Diputado Valentín Medel Hernández, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagesima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, presentó ante esta Soberanía la Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforman la fracción XXVI del artículo 5, el artículo 143 y se derogan los artículos 143 bis, 143 ter, 143 quáter y143 quinquies de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla. 2. En sesión de esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a las Comisiones Unidas de Asuntos Municipales y de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su estudio y resolución procedente”. CONTENIDO DE LA INICIATIVA • Establecer que los Ayuntamientos deben incorporar en sus reglamentos y leyes de ingresos correspondientes, la regulación, prevención y control de la contaminación
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
visual ocasionada por obras, instalaciones y anuncios publicitarios que degraden la imagen del entorno ambiental. CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS: Que el municipio representa, en la organización del Estado, la entidad más importante por su cercanía con los gobernados. Que es innegable como el Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, se niega a abdicar e insiste en mantener al Municipio como una entidad sometida a el. Que la Ley Orgánica Municipal en el inciso h de la fracción XLV del artículo 78 señala que es una facultad de los Municipios del Estado de Puebla, emitir la reglamentación aplicable respecto de la contaminación visual. Que no existe legislación similar en el país pues la contaminación visual es un asunto exclusivo de los Ayuntamientos. Que son facultades de los Municipios del Estado de Puebla, la regulación del uso del suelo y la planeación urbana. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Asuntos Municipales y de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedente la Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforman la fracción XXVI del artículo 5, el artículo 143 y se derogan los artículos 143 Bis, 143 Ter, 143 Quater, 143 Quinquies de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, en los términos en los que fue presentada y someterlo a la consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XIX, XXI, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones XIX, XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía, el siguiente Dictamen con Minuta de:
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
DECRETO ÚNICO. Se REFORMAN la fracción XXVI del artículo 5 y el 143; y se DEROGAN, los artículos 143 Bis, 143 Ter, 143 Quárter y 143 Quinquies; todos de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, para quedar en los siguientes términos: Artículo 5.- … I a XXV.- … XXVI.- Proteger la imagen en los bienes inmuebles propiedad del Estado; y XXVII.- … Artículo 143.- Los Ayuntamientos deben incorporar en sus Reglamentos y Leyes de Ingresos correspondientes, la regulación, prevención y control de la contaminación visual ocasionada por obras, instalaciones y anuncios publicitarios que degraden la imagen del entorno ambiental. Para los efectos del párrafo anterior los Ayuntamientos se atendrán a lo establecido en el artículo 20 de esta Ley.
Artículo 143 Bis .- Se deroga. Artículo 143 Ter .- Se deroga. Artículo 143 Quáter .- Se deroga. Artículo 143 Quinquies .- Se deroga. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. TERCERO.- Los Ayuntamientos emitirán las disposiciones reglamentarias o administrativas que correspondan al presente Decreto, en un término que no exceda de noventa días naturales.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO”
CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 3 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA PRESIDENTA DIP. YADIRA LIRA NAVARRO SECRETARIA
DIP. LILIANA LUNA AGUIRRE VOCAL DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ VOCAL
DIP. RAYMUNDO ATANACIO LUNA VOCAL
DIP. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ VOCAL
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ PRESIDENTE DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ÍTA SECRETARIO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VOCAL DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA.
SESIÓN PÚB C OR 8 DE OCTUBRE
R 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Orden del Día
Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Lunes 08 de Octubre de 2018
1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del tres de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del oficio 178/2018 y anexos del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, por el que notifica la sentencia derivada de la controversia constitucional 2/2017, declarando la invalidez del Decreto emitido por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, respecto de la resolución del Procedimiento Administrativo de Responsabilidades P.A. 124/2016.
5.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman la fracción XXVI del artículo 5 y el 143; y se derogan los artículos 143 Bis, 143 Ter, 143 Quáter, y 143 Quinquies; de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
6.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados Carlos Alberto Morales Álvarez y Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri, Coordinador e integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano, así como el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona el artículo 128 ter al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 08 de 2018 Pág.2
7.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla.
8.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla y los Diputados Carlos Alberto Morales Álvarez y Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri ,Coordinador e integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman las fracciones III y IV del artículo 326 y el artículo 327, y se adiciona la fracción V al artículo 326 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
9.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Partido del Trabajo y de MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Olga Lucía Romero Garcí Crespo y el Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Deuda del Estado Libre y Soberano de Puebla; de la Ley de Proyectos para la Prestación de Servicios del Estado Libre y Soberano de Puebla; y de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla.
10.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo, entre otro resolutivo.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 08 de 2018 Pág.3
11.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita al Gobernador del Estado a que gire instrucciones a la Secretaría de Finanzas y Administración para que brinde todas las facilidades y el apoyo de hasta un 70% de descuento en todos los trámites de emplacamiento y expedición y/o renovación de licencias de conducir para los productores del campo poblano, sin cobrar multas y recargos, entre otro resolutivo.
12.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte al Titular del Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para que sea garantizada la seguridad pública en los doscientos diecisiete Municipios del Estado, este próximo quince de octubre y se pueda llevar a cabo el cambio de Ayuntamientos de manera pacífica, específicamente en las instituciones, bandos o corporaciones policiales.
13.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Miguel Trujillo De Ita, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Puebla, a redoblar esfuerzos en la detección oportuna y atención del cáncer de mama, incluyendo campañas activas de sensibilización y difusión de la autoexploración, a través de sus jurisdicciones sanitarias en todo el Estado; de la misma manera se le exhorta a agilizar la entrega de prótesis de mama externa y la aplicación de prótesis interna, correspondientes a las beneficiarias del presente año, antes de que concluya el mes de octubre.
14.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Fernando Sánchez Sasia, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita al Titular de la Fiscalía del Estado Libre y Soberano de Puebla, informe a esta Soberanía sobre los alcances y resultados de las investigaciones realizadas con motivo del operativo realizado el veintitrés de agosto de dos mil dieciocho en el Municipio de Tehuacán, Puebla, e informe a su vez si funcionarios de la administración de la Presidenta Municipal de dicho Ayuntamiento están siendo sujetos a esas investigaciones, entre otro resolutivo.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 08 de 2018 Pág.4
15.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Delfina Leonor Vargas Gallegos, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se requiere a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, haga entrega íntegra de los expedientes concernientes a las clausuras de los Centros de Verificación Vehicular durante los años 2014 y 2016, así como a las licitaciones otorgadas para la operación de los denominados Centros de Compromiso Ambiental de 2014 a la fecha.
16.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Olga Lucía Romero Garcí Crespo, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado y a las autoridades educativas a suspender de manera inmediata e indefinida los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rigen dichos procedimientos.
17.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tlaxco, Puebla, Administración 2008-2011 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 53/2013.
18.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Teteles de Ávila Castillo, Puebla, Administración 2005-2008 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 41/2008.
19.
Lectura del ocurso y anexos de la Expresidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Petlalcingo, Puebla, Administración 2011-2014 por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 08/2015.
20.
Lectura del ocurso y anexos del Exdirector del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Chalchicomula de Sesma, Puebla, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 112/2014.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 08 de 2018 Pág.5
21.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Juan Atenco, Puebla, administración 20082011, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 17/2013.
22.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Salvador El Seco, Puebla, administración 2011-2014, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 21/2015.
23.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Piaxtla, Puebla, administración 2008-2011, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 33/2014.
24.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 8 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
DIPUTADO
ASISTENCIA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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ASISTIERON
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Dirección General de Servicios Legislativos
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FALTAS JUSTIFICADAS
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 08 de octubre de 2018.
***** Circular
número
1
SSLyP/DPLyP/AÑO
1/P.O.1/08/18
del
Diputado Presidente de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Morelos, informando que se Instaló la LIV Legislatura de ese Congreso. Recibo y enterados
Ocurso de fecha 02 de octubre del Prsidente Municipal Constitucional de Chiautzingo, Puebla, informando que de manera escrita presentará ante el Cabildo Municipal el 5° Informe de Gobierno Municipal.
Enterados y se envía copia al Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla
Josefina García
Hernández Diputada Secretaria
Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL LUNES OCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA Y UNO DE ELLOS, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON DOCE MINUTOS, A CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN
DE
LAS
Y
LOS
INTEGRANTES
DE
ESTA
LEGISLATURA, EL OCURSO DE LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO, POR EL QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, SOLICITA LA INCLUSIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER DE MANERA INMEDIATA E INDEFINIDA LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO
Y
PERMANENCIA,
ASÍ
COMO
CUALQUIER
PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO
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Y, EN SU CASO, REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGEN DICHOS
PROCEDIMIENTOS,
PARA
ENLISTARSE
COMO
PUNTO
NÚMERO DIECISÉIS Y EN CONSECUENCIA RECORRER LOS DEMÁS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ POR MAYORÍA DE VOTOS LA INCLUSIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO. ACTO SEGUIDO SE DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA DISPENSAR LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL TRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN
EN SU
CASO, PUESTA A
CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA
ANTES
REFERIDA
POR
MAYORÍA
DE
VOTOS,
A
CONTINUACIÓN, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO EN EL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS Y LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES SIGUIENTES: EL DE LA REGIDORA DE NOMENCLATURA Y PANTEONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TECAMACHALCO, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y COPIA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA SU CONOCIMIENTO EN LO CONDUCENTE; EL DEL SÍNDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SOLTEPEC, PUEBLA, A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES; EL DEL PRESIDENTE Y SÍNDICO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO ELECTO DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ CHIAPA, PUEBLA, A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y Página 2
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PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EL DE LA CIUDADANA ALMA BERTHA GARCÍA CHARGOY, VECINA DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. EN EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO LECTURA AL OFICIO 178/2018 Y ANEXOS DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVO Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, POR EL QUE NOTIFICA LA SENTENCIA DERIVADA
DE
LA
CONTROVERSIA
CONSTITUCIONAL
2/2017,
DECLARANDO LA INVALIDEZ DEL DECRETO EMITIDO POR EL HONORABLE
QUINCUAGÉSIMO
NOVENO
CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, RESPECTO
DE
LA
RESOLUCIÓN
DEL
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDADES P.A. 124/2016; TERMINADA LA LECTURA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INVALIDEZ DEL
DECRETO
EMITIDO
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL OFICIO Y ANEXO A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO Y LA DE ASUNTOS MUNICIPALES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN XXVI DEL ARTÍCULO 5 Y EL 143; Y SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 143 BIS, 143 TER, 143 QUÁTER, Y 143 QUINQUIES; DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, PUESTO A DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR EN USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS Página 3
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AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO
A
DISCUSIÓN
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA EN EL SIGUIENTE ORDEN: RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO, JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ, JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO, NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, CARLOS ALBERTO
MORALES
ÁLVAREZ,
URUVIEL
GONZÁLEZ
VIEYRA,
VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ, MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO,
GABRIEL
RAYMUNDO
ATANACIO
JUAN
MANUEL
LUNA,
IVÁN
BIESTRO
MEDINILLA,
JONATHAN
COLLANTES
CABAÑAS; EN ESTE PUNTO EL DIPUTADO JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO ENTREGÓ POR ESCRITO Y SOLICITÓ A LA MESA DIRECTIVA
INTEGRAR
AL
EXPEDIENTE
RESPECTIVO
SUS
OBSERVACIONES REALIZADAS, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES EN VOTACIÓN NOMINAL CON VEINTIDÓS VOTOS A FAVOR, DIECIOCHO VOTOS EN CONTRA Y UNA ABSTENCIÓN SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN XXVI DEL ARTÍCULO 5 Y EL 143; Y SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 143 BIS, 143 TER, 143 QUÁTER, Y 143 QUINQUIES; DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO SEIS DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ Y ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI, COORDINADOR E INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, ASÍ COMO EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL Página 4
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H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
PARTIDO
COMPROMISO
POR
PUEBLA,
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 128 TER AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE DERECHOS HUMANOS, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL
DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, REPRESENTANTE
LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA Y LOS DIPUTADOS CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ Y ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI, COORDINADOR E INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES III Y IV DEL ARTÍCULO 326 Y EL ARTÍCULO 327, Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 326 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y Página 5
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SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTA INICIATIVA SE SUMARON DIPUTADAS Y DIPUTADOS A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS NACIONAL,
DE
DE
LOS LA
PARTIDOS:
REVOLUCIÓN
NUEVA
ALIANZA,
DEMOCRÁTICA,
ACCIÓN MORENA,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, ENCUENTRO SOCIAL, Y LA REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, Y DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE DERECHOS HUMANOS, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL PARTIDO DEL TRABAJO Y DE MORENA, DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO Y EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL
QUE SE REFORMAN,
DEROGAN Y ADICIONAN
DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY DE DEUDA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; DE LA LEY DE PROYECTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; Y DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN Página 6
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PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN
NACIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR
RESPETUOSAMENTE
COMPETITIVIDAD,
A
LA
SECRETARÍA
DE
TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR DE LOS CENTROS DE TRABAJO, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS
DEL
PUNTO
DE
ACUERDO
PRESENTADO
EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON
DIPUTADAS
Y
DIPUTADOS
A
TRAVÉS
DE
LOS
COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA
ALIANZA,
DEMOCRÁTICA,
ACCIÓN
NACIONAL,
MORENA,
DE
LA
MOVIMIENTO
REVOLUCIÓN CIUDADANO,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, ENCUENTRO SOCIAL, Y LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA
DE
MÉXICO
Y
COMPROMISO
POR
PUEBLA;
Y
DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE IGUALDAD DE GÉNERO, DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y A LA DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO A QUE GIRE Página 7
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INSTRUCCIONES A LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN PARA QUE BRINDE TODAS LAS FACILIDADES Y EL APOYO DE HASTA UN SETENTA POR CIENTO DE DESCUENTO EN TODOS LOS TRÁMITES DE EMPLACAMIENTO Y EXPEDICIÓN Y/O RENOVACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA LOS PRODUCTORES DEL CAMPO POBLANO, SIN COBRAR MULTAS Y RECARGOS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DOCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA NORA YESSICA
MERINO
ESCAMILLA,
INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE AL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, PARA QUE SEA GARANTIZADA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN LOS DOSCIENTOS DIECISIETE MUNICIPIOS DEL ESTADO ESTE PRÓXIMO QUINCE DE OCTUBRE Y SE PUEDA LLEVAR A CABO EL CAMBIO DE AYUNTAMIENTOS DE MANERA PACÍFICA, ESPECÍFICAMENTE EN LAS INSTITUCIONES, BANDOS O CORPORACIONES POLICIALES, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON DIPUTADAS Y DIPUTADOS DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN
DE
SEGURIDAD
PÚBLICA,
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO TRECE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO Página 8
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DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, A REDOBLAR ESFUERZOS EN LA DETECCIÓN OPORTUNA Y ATENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA, INCLUYENDO CAMPAÑAS ACTIVAS DE SENSIBILIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA AUTOEXPLORACIÓN, A TRAVÉS DE SUS JURISDICCIONES SANITARIAS EN TODO EL ESTADO; DE LA MISMA MANERA SE LE EXHORTA A AGILIZAR LA ENTREGA DE PRÓTESIS DE MAMA EXTERNA Y LA APLICACIÓN DE PRÓTESIS INTERNA, CORRESPONDIENTES A LAS BENEFICIARIAS DEL PRESENTE AÑO, ANTES DE QUE CONCLUYA EL MES DE OCTUBRE, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO
PRESENTADO
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON DIPUTADAS Y DIPUTADOS A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS NACIONAL,
DE
DE
LOS LA
PARTIDOS:
REVOLUCIÓN
NUEVA
ALIANZA,
DEMOCRÁTICA,
ACCIÓN MORENA,
MOVIMIENTO CIUDADANO, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, Y LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA
DE
MÉXICO
Y
COMPROMISO
POR
PUEBLA,
Y
DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO. SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE SALUD, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA AL TITULAR DE LA FISCALÍA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, INFORME A ESTA SOBERANÍA SOBRE LOS ALCANCES Y RESULTADOS DE LAS INVESTIGACIONES REALIZADAS Página 9
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CON MOTIVO DEL OPERATIVO REALIZADO EL VEINTITRÉS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO EN EL MUNICIPIO DE TEHUACÁN, PUEBLA, E INFORME A SU VEZ SI FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE DICHO AYUNTAMIENTO ESTÁN SIENDO SUJETOS A ESAS INVESTIGACIONES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON DIPUTADAS Y DIPUTADOS A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS NACIONAL,
DE
DE
MOVIMIENTO
LOS LA
PARTIDOS:
REVOLUCIÓN
CIUDADANO,
NUEVA
ALIANZA,
DEMOCRÁTICA,
REVOLUCIONARIO
ACCIÓN MORENA,
INSTITUCIONAL,
ENCUENTRO SOCIAL, Y LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA, Y DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA DELFINA LEONOR
VARGAS
LEGISLATIVO
DEL
GALLEGOS, PARTIDO
INTEGRANTE
MORENA
DE
LA
DEL
GRUPO
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REQUIERE A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, HAGA ENTREGA ÍNTEGRA DE LOS EXPEDIENTES CONCERNIENTES A LAS CLAUSURAS DE LOS CENTROS DE VERIFICACIÓN VEHICULAR DURANTE LOS AÑOS 2014 Y 2016, ASÍ COMO A LAS LICITACIONES OTORGADAS PARA LA OPERACIÓN DE LOS DENOMINADOS CENTROS DE COMPROMISO AMBIENTAL DE 2014 A LA FECHA, A ESTE PUNTO DE ACUERDO SE SUMARON LOS PARTIDOS ENCUENTRO SOCIAL Y DEL TRABAJO, EN Página 10
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USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA DELFINA LEONOR VARGAS GALLEGOS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A ESTE PUNTO SE SUMARON DIPUTADAS Y DIPUTADOS A TRAVÉS DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: ENCUENTRO SOCIAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y DEL TRABAJO,
SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS
COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ENSEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA,
CON
FUNDAMENTO
EN
EL
ARTÍCULO
91
DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, RESULTANDO APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS LA SOLICITUD DE PRÓRROGA HASTA CONCLUIR LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER DE MANERA INMEDIATA E INDEFINIDA LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA
EL
INGRESO,
PERMANENCIA,
ASÍ
PROMOCIÓN, COMO
RECONOCIMIENTO
CUALQUIER
Y
PROCEDIMIENTO
SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO
EL
MARCO
NORMATIVO
QUE
RIGEN
DICHOS
PROCEDIMIENTOS. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL Página 11
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PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A CONTINUACIÓN CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO DESECHADA LA PROPUESTA DE TRÁMITE CON VEINTIÚN VOTOS A FAVOR, OCHO VOTOS EN CONTRA Y OCHO ABSTENCIONES,
EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN Y A LA DEL TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA CONMINÓ A LOS ASISTENTES QUE SE ENCUENTRAN EN LAS GALERÍAS DE ESTE RECINTO, A GUARDAR EL ORDEN Y CONDUCIRSE CON RESPETO A LAS Y LOS DIPUTADOS. CONTINUANDO SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE
VOTOS
DISPENSAR
LA
LECTURA
DE
LOS
ASUNTOS
CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL DIECISIETE AL VEINTITRÉS DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE SER DE TRÁMITE LEGISLATIVO, SE TURNARON A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, FIJÓ SU POSICIONAMIENTO, EN TÉRMINOS DE VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, RESPECTO A LOS ACONTECIMIENTOS Página 12
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SUSCITADOS AFUERA DE LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA,
EXHORTANDO
A
LAS
AUTORIDADES
A
ESCLARECER LOS HECHOS. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, PRESENTÓ UN PUNTO
DE
ACUERDO,
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, POR EL QUE SOLICITA A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, A DAR PRONTA ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL ESCRITO DE LOS INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO CHOLULA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO, A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE.
A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA
PALABRA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, PRESENTÓ LA INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE SUPRIME EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO denominado “CIUDAD MODELO”, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, A LA DE DESARROLLO ECONÓMICO, A LA DE DESARROLLO URBANO Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, SEÑALÓ QUE ES NECESARIO REFORMAR EL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE CONGRESO, A EFECTO DE CLARIFICAR EL PROCESO LEGISLATIVO RELATIVO A LA DISPENSA DE TRÁMITE CONSTITUCIONAL, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA QUE DENTRO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECINUEVE, SE CONSIDEREN LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA ADQUISICIÓN A VALOR CATASTRAL DEL PREDIO CONOCIDO COMO EX VIVERO SANTA Página 13
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CRUZ, PARA QUE ÉSTE PUEDA SER HABILITADO COMO PARQUE URBANO, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO Y A LA DE DESARROLLO
URBANO,
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
ÁNGEL
GERARDO
ISLAS
MALDONADO,
FIJÓ
SU
POSICIONAMIENTO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, RESPECTO AL ESCRITO PRESENTADO POR DIVERSOS REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO CHOLULA. ACTO SEGUIDO EL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, SE PRONUNCIÓ POR SUSTITUIR AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, A EFECTO DE QUE EXISTA EL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO CHOLULA Y NO EXISTA UN POSIBLE CONFLICTO DE INTERESES, RESPECTO A ESTE ASUNTO, HICIERON USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS: GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, BARBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE, VALENTÍN
MEDEL
ALMAGUER,
HERNÁNDEZ,
ÁNGEL
GERARDO
MARCELO ISLAS
EUGENIO
GARCÍA
MALDONADO,
MÓNICA
RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, RAYMUNDO ATANACIO LUNA, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA
Y
MARÍA
DEL
CARMEN
CABRERA
CAMACHO,
INTERVENCIONES QUE SE ENCUENTRAN ÍNTEGRAS Y DETALLADAS EN LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. A CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DIO CUENTA DEL OFICIO TEEPACT-675/2018 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EN RELACIÓN AL Página 14
ACTA Secretaría General
Sesión Pública Ordinaria Lunes 08 de octubre de 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
EXPEDIENTE TEEP-I-201/2018; Y DEL OFICIO TEEP-ACT-674/2018 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EN RELACIÓN AL EXPEDIENTE TEEP-I112/2018, SE TURNARON LOS OFICIOS Y ANEXOS, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS CON DIECISIETE MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL MIÉRCOLES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
Página 15
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 10 DE OCTUBRE DE 2018
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Miércoles 10 de Octubre de 2018
1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del ocho de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos, los de autoridades Municipales y los de Entidades Federativas.
4.
Lectura del ocurso que presenta la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en relación con el “Día Internacional de la Salud Mental”.
5.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que en cumplimiento a la sentencia dictada en la Controversia Constitucional 2/2017, se ordena la reposición del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra de la Presidenta Municipal Constitucional del Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, administración 2014-2018, entre otros resolutivos.
6.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Bárbara Dimpna Morán Añorve, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla.
7.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se expide la Ley de Austeridad Republicana para el Estado Libre y Soberano del Estado de Puebla.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 10 de 2018 Pág.2
8.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada María del Rocío García Olmedo, Coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.
9.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Yadira Lira Navarro, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se exhorta respetuosamente a los doscientos diecisiete Ayuntamientos electos y Entidades Estatales, encargadas del tema del Deporte para que de manera coordinada y en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, promuevan acciones a favor de la actividad física y el deporte, a fin de mejorar la salud y calidad de vida de las y los poblanos de todas las edades de manera incluyente.
10.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de su Coordinador el Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que solicita que esta Soberanía, exhorte al Titular del Poder Ejecutivo, a separar a los mandos de la Policía Estatal, entre otros resolutivos.
11.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social del Honorable Congreso del Estado, acuerde la comparecencia del Titular del Colegio de Bachilleres del Estado de Puebla, para dar cuenta del estado que guardan sus respectivos Ramos y Despachos.
12.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Nibardo Hernández Sánchez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública en el Estado, para que supervise los avances en el desarrollo del conocimiento y dominio del idioma inglés en las escuelas primarias de la Entidad, particularmente en las zonas rurales, verificando que los docentes que impartan la materia se encuentren capacitados para hacerlo a través de las certificaciones correspondientes.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 10 de 2018 Pág.3
13.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados Olga Lucía Romero Garci Crespo y Fernando Sánchez Sasia, integrantes del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan exhortar al encargado de despacho de la Fiscalía General del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Secretario de Seguridad Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla a asistir al Foro de Seguridad que se llevará a cabo el día viernes doce de octubre a las dieciocho horas en la explanada del Palacio Municipal de la Ciudad de Tehuacán, Puebla, entre otro resolutivo.
14.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Olga Lucía Romero Garci Crespo, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Auditoría Superior del Estado de Puebla y a la presente Administración Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, para que informen a esta Soberanía las condiciones financieras y operativas desde el inicio del contrato establecido con la empresa denominada “O Limpia, S.A. de C.V.”, hasta la fecha.
15.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar al Gobierno del Estado de Puebla, a que genere, junto con los doscientos diecisiete Municipios del Estado, un tabulador general de precios unitarios para la ejecución de obra pública en el Estado de las obras ejecutadas por el programa peso a peso, entre otros resolutivos.
16.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Tonantzin Fernández Díaz, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los integrantes de las Comisiones Unidas de Hacienda y Patrimonio Municipal, a la de Asuntos Municipales y a la de Asuntos Metropolitanos de este Honorable Congreso del Estado, para que revisen el Título de Concesión celebrado por el Ayuntamiento del Municipio de San Andrés Cholula, Puebla, a favor de la persona moral denominada PRO-FAJ HIDRO LIMPIEZA, S.A. de C.V., respecto al Servicio Público Municipal de Recolección y Transportación de Residuos Sólidos Urbanos Generados en el Municipio de San Andrés Cholula, Puebla, por un plazo de treinta años prorrogables.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 10 de 2018 Pág.4
17.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública del Gobierno de la República y del Estado de Puebla, para que sea implementada en las escuelas públicas de la Entidad que aún no tienen la infraestructura y las condiciones de accesibilidad necesarias para las y los alumnos con discapacidad, como lo son rampas, instalaciones sanitarias habilitadas, entre otras, tal y como lo establece la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, entre otro resolutivo.
18.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Ahuazotepec, Puebla, administración 2005-2008, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 64/2009.
19.
Lectura del ocurso y anexos del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tlacuilotepec, Puebla, administración 2008-2011, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A 52/2010.
20.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 10 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
DIPUTADO
ASISTENCIA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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SI
-
ASISTIERON
FALTAS
39
-
Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
1
FALTAS JUSTIFICADAS
1
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 10 de octubre de 2018.
***** Oficio número 1 SSLyP/DPLyP/AÑO 1/P.O.1/0010/18 del Diputado Presidente de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Morelos, por medio del cual remite el Bando Solemne por el que comunica que el Ciudadano Cuauhtémoc Blanco Bravo es el Gobernador Electo por el periodo comprendido del 1 de octubre del 2018 al 30 de septiembre del 2024
Recibo y enterados Oficio número OFI/PRE/MPAL/0150/2018 del Presidente Municipal Constitucional de Quecholac, Puebla, en el que remite el 5° Informe de Gobierno Municipal.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Enterados y se envía copia al Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento. Oficio
número
SDRSOT/SDR/DGSAT/DSA/22/2018
del
Director de Seguridad Alimentaria, relacionado con las acciones para proteger y conservar el germoplasma del nopal y maguey. Enterados y se envía copia al Diputado Raymundo Atanacio Luna, para su conocimiento
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla
Josefina García Hernández
Diputada Secretaria
Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE TREINTA Y NUEVE DE ELLOS, LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DEL DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ Y EL RETARDO JUSTIFICADO DEL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS, DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL OCHO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
LECTURA
ANTES
REFERIDA,
A
CONTINUACIÓN,
PUESTA
A
DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO EN EL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS, LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES Y LOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: EL DEL CIUDADANO MARIO MENDIETA REYES, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y COPIA DE CONOCIMIENTO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES;
EL
DEL
CIUDADANO
JOSÉ
DOMINGO
FERNANDO ÁLVAREZ BAUTISTA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y COPIA DE CONOCIMIENTO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; EL DEL CIUDADANO FRANCISCO VALERIO HUERTA, A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD; EL DEL CIUDADANO BLAS LÓPEZ LÁZARO,
EXPRESIDENTE
MUNICIPAL
DEL
HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE MAZAPILTEPEC, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL DE LOS REGIDORES DE SALUD, DE TURISMO Y EL DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO
CHOLULA,
PUEBLA,
A
LA
JUNTA
DE
GOBIERNO
Y
COORDINACIÓN POLÍTICA; EL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ZIHUATEUTLA, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y COPIA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS PROCEDENTES; EL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE CUAUTINCHÁN, Página 2
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
PUEBLA,
A
LA
COMISIÓN
CONSTITUCIONALES;
EL
DE
DEL
GOBERNACIÓN
PRESIDENTE
Y
PUNTOS
MUNICIPAL
DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEPANCO DE LÓPEZ, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y COPIA
A
LA
COMISIÓN
DE
GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES; EL DEL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA OPERADOR
DE
LOS
SERVICIOS
DE
AGUA
POTABLE
Y
ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO CHOLULA, A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; EL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; Y EL DEL SECRETARIO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE GUERRERO, A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE SALUD. EN EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO CUENTA CON EL OCURSO QUE PRESENTA LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO
DEL
ESTADO,
EN
RELACIÓN
CON
EL
“DÍA
INTERNACIONAL DE LA SALUD MENTAL”, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL POSICIONAMIENTO PRESENTADO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTA LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA
SUPERIOR
DEL
ESTADO
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA EN LA CONTROVERSIA REPOSICIÓN
CONSTITUCIONAL DEL
2/2017,
PROCEDIMIENTO
SE
ORDENA
ADMINISTRATIVO
LA DE
Página 3
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES EN CONTRA DE LA PRESIDENTA
MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL
DEL
HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 20142018, PUESTO A DISCUSIÓN AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, LOS DIPUTADOS: HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, ARTURO DE ROSAS CUEVAS, JAVIER CASIQUE ZÁRATE, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS Y RAYMUNDO ATANACIO
LUNA,
NO
HABIENDO
MÁS INTERVENCIONES
EN
VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
2/2017,
SE
ORDENA
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
DE
LA
REPOSICIÓN
DEL
DETERMINACIÓN
DE
RESPONSABILIDADES EN CONTRA DE LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2014-2018, SE ACORDÓ
ENVIAR LA
MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO Y A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES. EN EL PUNTO SEIS DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO PARA EL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE, Página 4
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE VIVIENDA Y A LA DE DESARROLLO
URBANO
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE AUSTERIDAD REPUBLICANA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE LEY PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, A LA DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE DECRETO A LAS COMISIONES
UNIDAS
DE
GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES Y A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO, PARA SU Página 5
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES, LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL,
DE
LA
REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
MORENA,
ENCUENTRO SOCIAL, MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA YADIRA LIRA NAVARRO, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE AYUNTAMIENTOS ELECTOS Y ENTIDADES ESTATALES, ENCARGADAS DEL TEMA DEL DEPORTE PARA QUE DE MANERA COORDINADA Y EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS, PROMUEVAN ACCIONES A FAVOR DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE, A FIN DE MEJORAR LA SALUD Y CALIDAD DE VIDA DE LAS Y LOS POBLANOS DE TODAS LAS EDADES DE MANERA INCLUYENTE, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA YADIRA LIRA NAVARRO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO
PRESENTADO
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES, LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, ENCUENTRO SOCIAL, MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. EN Página 6
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN
LOS
DIPUTADOS
INTEGRANTES
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU COORDINADOR EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL QUE SOLICITA QUE ESTA SOBERANÍA, EXHORTE AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, A SEPARAR A LOS ALTOS MANDOS DE LA POLICÍA ESTATAL, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
JOSÉ
JUAN
ESPINOSA
COMENTARIOS DEL PUNTO
DE
TORRES,
ACUERDO
AMPLIÓ
SUS
PRESENTADO EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE
SOLICITA
EXHORTAR
A
LA
COMISIÓN
DE
TRABAJO,
COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, ACUERDE LA COMPARECENCIA DEL TITULAR DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA DAR CUENTA DEL ESTADO QUE GUARDAN SUS RESPECTIVOS RAMOS Y DESPACHOS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN DESDE SU CURUL EL DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, SEÑALÓ QUE, ATENDIENDO AL TEMA DEL PUNTO EN CUESTIÓN, SE TURNE A Página 7
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, ACTO SEGUIDO EL VICEPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIO CUENTA DE LAS FACULTADES QUE TIENE LA MESA DIRECTIVA PARA EL TURNO DE LOS ASUNTOS PRESENTADOS, A CONTINUACIÓN EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ AL DIPUTADO PROPINANTE SI ESTÁ A FAVOR DE LA PROPUESTA PRESENTADA, ENSEGUIDA DESDE SU CURUL EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, PRECISÓ QUE DERIVADO DE QUE ES UN PUNTO EN MATERIA DE LABORAL SOLO ES COMPETENTE LA COMISIÓN DEL TRABAJO, PARA CONOCER DEL TEMA, ACTO SEGUIDO DESDE SU CURUL LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, SOLICITÓ A LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA APLICAR EL MISMO CRITERIO DE TURNO CON EL QUE SE HABÍA
VENIDO
TRABAJANDO
EN
SESIONES
ANTERIORES,
SOLICITANDO LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA QUE SE TOMA NOTA DE LOS COMENTARIOS VERTIDOS. EN EL PUNTO DOCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO, PARA QUE SUPERVISE LOS AVANCES EN EL DESARROLLO DEL CONOCIMIENTO Y DOMINIO DEL IDIOMA INGLÉS EN
LAS
ESCUELAS
PRIMARIAS
DE
LA
ENTIDAD,
PARTICULARMENTE EN LAS ZONAS RURALES, VERIFICANDO QUE LOS DOCENTES QUE IMPARTAN LA MATERIA SE ENCUENTREN CAPACITADOS
PARA
HACERLO
A
TRAVÉS
DE
LAS
CERTIFICACIONES CORRESPONDIENTES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, AMPLIÓ SUS Página 8
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
COMENTARIOS DEL PUNTO
DE
ACUERDO
PRESENTADO EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO TRECE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO Y FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITAN EXHORTAR AL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Y AL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, A ASISTIR AL FORO DE SEGURIDAD EL VIERNES
DOCE DE OCTUBRE
EN LA
EXPLANADA DEL PALACIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TEHUACÁN, PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
64
DEL
ORDENAMIENTO
ANTES
REFERIDO,
EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA
DIPUTADA
OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA Página 9
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LA AUDITORÍA SUPERIOR
DEL
ESTADO
DE
PUEBLA
Y
A
LA
PRESENTE
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN, PUEBLA, PARA QUE INFORMEN A ESTA SOBERANÍA LAS CONDICIONES FINANCIERAS Y OPERATIVAS DESDE EL INICIO DEL CONTRATO ESTABLECIDO CON LA EMPRESA DENOMINADA “O LIMPIA, S.A. DE C.V.”, HASTA LA FECHA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCÍ CRESPO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO
DE
ACUERDO
PRESENTADO EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, A QUE GENERE, JUNTO CON LOS DOSCIENTOS DIECISIETE MUNICIPIOS DEL ESTADO, UN TABULADOR GENERAL DE PRECIOS UNITARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA EN EL ESTADO DE LAS OBRAS EJECUTADAS POR EL PROGRAMA PESO A PESO, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN Página 10
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE COMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
MORENA
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA DE ASUNTOS METROPOLITANOS DE ESTE HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, PARA QUE REVISEN EL TÍTULO DE CONCESIÓN CELEBRADO POR EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, A FAVOR DE LA PERSONA MORAL DENOMINADA PRO-FAJ HIDRO LIMPIEZA, S.A. DE C.V.,
RESPECTO
RECOLECCIÓN
Y
AL
SERVICIO
PÚBLICO
TRANSPORTACIÓN
DE
MUNICIPAL
RESIDUOS
DE
SÓLIDOS
URBANOS GENERADOS EN EL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, POR UN PLAZO DE TREINTA AÑOS PRORROGABLES, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA DE ASUNTOS METROPOLITANOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISIETE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ
DELLA
VECCHIA,
INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LAS SECRETARÍAS Página 11
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA Y DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE SEA IMPLEMENTADA EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE LA ENTIDAD QUE AÚN NO TIENEN LA INFRAESTRUCTURA
Y
LAS
CONDICIONES
DE
ACCESIBILIDAD
NECESARIAS PARA LAS Y LOS ALUMNOS CON DISCAPACIDAD, COMO LO SON RAMPAS, INSTALACIONES SANITARIAS HABILITADAS, ENTRE OTRAS, TAL Y COMO LO ESTABLECE LA LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN, A LA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y A LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO DE ACUERDO SE SUMARON, A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES, LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL,
MORENA,
ENCUENTRO
SOCIAL,
MOVIMIENTO
CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. CONTINUANDO SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE SER DE TRÁMITE LEGISLATIVO, SE TURNARON A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, POR EL Página 12
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
QUE SE EXHORTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE JUAN C. BONILLA, PUEBLA,
EXHORTAR
A
LOS
MAGISTRADOS
DEL
TRIBUNAL
ELECTORAL DEL ESTADO, ASÍ COMO AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO PARA QUE CONDUZCA CON RESPETO Y ESTRICTO APEGO A DERECHO, CUMPLIENDO CON SUS FUNCIONES CONTENIDAS EN LA CONSTITUCIÓN DE LAS LEYES QUE DE ELLA EMANAN, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, SE REFIRIÓ A LA SOLICITUD REALIZADA AL ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO PARA QUE ASISTA AL FORO DE SEGURIDAD A LLEVARSE A CABO EN LA CIUDAD DE TEHUACÁN, PUEBLA, ASIMISMO INVITÓ A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA PARA ASISTIR A DICHO FORO. ENSEGUIDA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LOS 217
MUNICIPIOS
DE
LA
ENTIDAD,
A
FIN
DE
QUE
EN
LA
CONFORMACIÓN DE SUS GABINETES PROCUREN EL RESPETO AL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL Y NOMBRAMIENTOS DE SERVIDORES Y SERVIDORAS
PÚBLICOS
CON
NIVELES
SECRETARIOS,
SUBSECRETARIOS, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES U HOMÓLOGOS; ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA
DIRECTIVA
SOMETIÓ,
EN
PROPUESTA PRESENTADA POR LA MERINO
ESCAMILLA,
DE
VOTACIÓN
ECONÓMICA,
LA
DIPUTADA NORA YESSICA
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES Página 13
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CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A
LA
SECRETARÍA
RECOGER
LA
VOTACIÓN,
RESULTANDO
APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. ENSEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS CON NUEVE MINUTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, RESULTANDO APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS LA SOLICITUD DE PRÓRROGA HASTA CONCLUIR LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA DELFINA
LEONOR
VARGAS
GALLEGOS,
EXPRESÓ
SUS
CONSIDERACIONES DEL ACTUAR DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. ACTO SEGUIDO, ES USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA LARA CHÁVEZ, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBIERNO DEL ESTADO A IMPULSAR ANTE LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES QUE LA REGIÓN IZTA-POPO SEA DECLARADA PATRIMONIO NATURAL DE LA HUMANIDAD, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA EXHORTAR AL CONTRALOR MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS CHOLULA, Página 14
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PUEBLA, PARA QUE A LA BREVEDAD EMITA LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DEL EX INSPECTOR DE LA COLONIA CONCEPCIÓN LA CRUZ DE DICHO MUNICIPIO, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, EXPRESÓ SUS COMENTARIOS DE LAS ACCIONES LLEVADAS A CABO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA, RESPECTO A ESTE TEMA HICIERON USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS: EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, BARBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE, RAYMUNDO ATANACIO LUNA, NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, INTERVENCIONES QUE SE ENCUENTRAN
ÍNTEGRAS
Y
DETALLADAS
EN
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE INSTRUYE AL TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA QUE INTEGRE EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2017 Y 2018 LOS CONTRATOS CELEBRADOS CON LA EMPRESA
“CONSTRUVER
S.A.
DE
C.V.”
Y
LAS
OBRAS
CORRESPONDIENTE A LAS REMODELACIONES DEL PARTE “LA ROTONDA” Y DE VISTA A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO EN CASO DE QUE, COMO RESULTADO DE SUS INVESTIGACIONES Y REVISIONES PREVENTIVAS, LOGRE DETERMINAR Y ACREDITAR DAÑO AL PATRIMONIO CULTURAL DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO PUEBLA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN Página 15
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 10 de octubre de 2018
INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LOS CIUDADANOS ERNESTINA FERNÁNDEZ MÉNDEZ Y MIGUEL ÁNGEL ROMERO CALDERÓN, PRESIDENTA Y SÍNDICO MUNICIPAL DE TEHUACÁN,
PUEBLA,
RESPECTIVAMENTE,
PARA
QUE
SE
ABSTENGAN DE AGREDIR A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LO QUE RESTA SU GESTIÓN. ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
64
DEL
ORDENAMIENTO
ANTES
REFERIDO,
EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A
LA
SECRETARÍA
RECOGER
LA
VOTACIÓN,
RESULTANDO
APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO, PRESENTÓ EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBERNADOR DEL ESTADO A REMOVER A LOS MANDOS DE LA POLICÍA ESTATAL ESTABLECIDOS EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Página 16
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DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
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DEL
ORDENAMIENTO
ANTES
REFERIDO,
EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO,
DE DISPENSAR LOS
TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA LA DISPENSA DE TRÁMITE, POR LAS DOS TERCERAS PARTES DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL CON VEINTIÚN VOTOS A FAVOR, CUATRO VOTOS EN CONTRA Y CINCO ABSTENCIONES, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 189 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN CASO DE QUE ALGÚN DIPUTADO SE SEPARE DE LA SESIÓN, SU VOTO SE COMPUTARÁ EN EL SENTIDO QUE VOTE LA MAYORÍA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO CON TREINTA Y UN VOTOS
A
FAVOR,
CUATRO
VOTOS
EN
CONTRA
Y
CINCO
ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. A CONTINUACIÓN, EL DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ,
MANIFESTÓ,
ESTENOGRÁFICA,
EN
TÉRMINOS
QUE EL ACUERDO
DE
ANTES
LA
VERSIÓN
APROBADO SE
ENCONTRABA ENLISTADO EN LA ORDEN DEL DÍA Y TENÍA UN TURNO A COMISIÓN, POR LO QUE SOLICITÓ REVISAR LA VERSIÓN CORRESPONDIENTE A EFECTO DE VERIFICAR LA LECTURA DE QUIÉN PRESENTA EL PUNTO DE ACUERDO, SI CORRESPONDE A LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO O EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES; ACTO SEGUIDO SOBRE EL MISMO TEMA LOS DIPUTADOS: JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, GABRIEL Página 17
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OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ Y LA DIPUTADA RAFAELA VIANEY GARCÍA
ROMERO,
AMPLIARON
SUS
CONSIDERACIONES,
INTERVENCIONES QUE SE ENCUENTRAN ÍNTEGRAS Y DETALLADAS EN LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL DOMINGO CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS DIECISIETE HORAS, REPROGRAMÁNDOSE A LAS VEINTIÚN HORAS DEL MISMO DÍA.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
Página 18
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE. La que suscribe, Diputada Bárbara Dimpna Morán Añorve , integrante de la LX Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracciones II y VII, 136, 137, 144 fracción II, 145, 146 y artículo147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y artículo120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, me permito someter a consideración de este Honorable Congreso para su estudio, discusión y en su caso aprobación, la siguiente Iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO PARA EL ESTADO DE PUEBLA. Iniciativa al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS Que los procesos de crecimiento urbano aunado a las necesidades espaciales de los centros de población, ha provocado que la mayor opción de oferta habitacional sea a través de desarrollos condominales, horizontales y verticales, situación que llevo a la imperante necesidad de expedir la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla Que el régimen de condominio debe ser reflejo de la nueva realidad nacional y democratizar su vida interna, siendo, por lo tanto, indispensable, reglamentar para mantener el orden y las buenas relaciones entre los condóminos. Que ante lo complejo de la convivencia social se deben establecer lineamientos inalienables para una sana convivencia de los condóminos, lineamientos que deberán encontrarse en el reglamento interior de los condominios, señalando instituciones mínimas para garantizar la vida democrática en el seno de los conjuntos condominales.
Que el Reglamento Interno de los Condóminos como requisito para la constitución del régimen debe ser normado desde la propia legislación estatal ante la carencia de normatividad administrativa de ayuntamientos para delimitar el marco de los reglamentos internos.
Se estipula la estructura que debe contemplar el Reglamento Interno de los Condominios, cuyo contenido no debe contravenir lo establecido en la presente Ley y el acta constitutiva correspondiente; destacando: los derechos, obligaciones y limitaciones de los condóminos para el uso de áreas y bienes comunes y propios; el procedimiento para el cobro de las cuotas; las medidas para la administración, mantenimiento y operación del condominio, obligaciones, requisitos y causas de remoción o rescisión del contrato del administrador. Que el reglamento interno, deberán formar parte del apéndice de la escritura correspondiente, además de inscribirse en el Registro Público de la Propiedad del Estado; dependencia que tendrá la obligación de revisarlos, previamente a su inscripción. Que es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter en consideración de esta Soberanía la presente iniciativa de: ARTÍCULO ÚNICO. Se ADICIONA la fracción IX del artículo 8; se ADICIONA el artículo 14 Bis, para quedar como sigue: Artículo 8.- Para constituir el régimen de propiedad en condominio, el propietario o propietarios, deberán declarar su voluntad en Escritura Pública en la cual se hará constar: I.- La situación, dimensiones y linderos del terreno, así como una descripción general del edificio, en su caso; II.- Los datos de identificación de las licencias, autorizaciones o permisos expedidos por las autoridades competentes, para la realización del condominio; III.- La descripción y datos de cada local, su número, situación, medidas, piezas de que consta y demás datos necesarios para identificarlo; IV.- El valor total del inmueble y el que corresponda a cada local; V.- El destino general del edificio, terreno o predio y el especial de cada local o unidad privativa; VI.- Los bienes de propiedad común, su destino con la especificación y detalles necesarios y, en su caso, su situación, medidas, partes de que se compongan, características y demás datos necesarios para su identificación; VII.- Los casos y condiciones en que puede ser modificada la escritura constitutiva; VIII.- Constancia de las autoridades competentes en materia de construcciones urbanas, de que el edificio construido o el terreno materia del régimen, reúne los requisitos que deben tener este tipo de construcciones; y IX.-Las normas generales del reglamento interno del condominio, certificado también por Notario Público, la elaboración del reglamento interior del condominio, será propuesto por quienes otorguen la escritura constitutiva del condominio o por el desarrollado, constructor o por la asamblea constituida legalmente.
Artículo 14 Bis.- El Reglamento Interno del Condominio deberá contener las disposiciones que por las características específicas del condominio se consideren necesarias, refiriéndose, por lo menos, a lo siguiente:
I.-Los derechos, obligaciones y limitaciones de los condóminos referente a los bienes de uso común, especificando estos últimos, la limitación a que queda sujeto el ejercicio del derecho de usar tales bienes y los propios; así como las sanciones que procedan imponerse a los condóminos; II.- El procedimiento para el cobro de las cuotas del condominio. III.- La periodicidad del cobro de las cuotas. IV.-Las disposiciones necesarias que propicien la integración, organización, operación y desarrollo de los condóminos; V.-Las formas de convocar a las asambleas de condóminos y personas que las presidirán; VI. Los requisitos, forma de designación y facultades de la administración; VII.- La facultad de la asamblea para remunerar, en su caso, a la administración; VIII.- Casos en que proceda la remoción de la administración; IX.-El establecimiento de medidas provisionales en los casos de ausencia temporal del administrador X.- Las bases para la modificación del reglamento interior conforme a lo establecido en la escritura constitutiva
TRANSITORIO ÚNICO. - El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 09 DE OCTUBRE DE 2018
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA
Cuatro veces H. Puebla de aragoza, a 1 de septiembre de 2018
Iniciativa de Decreto de Ley por virtud del cual se expide la Ley de Austeridad Republicana para el Estado Libre y Soberano de Puebla del Estado de Puebla.
CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA PRESENTE
GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, a nombre del Grupo Legislativo de morena en la L Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto en los artículos
7,
fracción I; 63, fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2, fracción II; 44, fracción II, 134, 13 , 144, fracción II; 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como el diverso 120, fracción
I del Reglamento
Interior del H. Congreso del Estado sometemos a consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa de Decreto de Ley por virtud del cual se expide la Ley de Austeridad Republicana para el Estado Libre y Soberano de Puebla del Estado de Puebla. :
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA
El pasado 1 de julio, el pueblo de México se manifestó en forma pacífica, legal y democrática, por un cambio en la dirección de nuestro país; un cambio que beneficiará a los más necesitados, mexicanas y mexicanos que sufren las injusticias e inequidades de un sistema político y económico basado en los cimientos de la corrupción e impunidad. Un sistema que sólo ha favorecido a unos cuantos. El cambio que demandan las mayorías no sólo atañe a las estructuras políticas y económicas, sino a la institucionalidad republicana que se ha perdido. Los bienes nacionales se privatizan; la producción económica resulta insuficiente para generar empleos dignos y la economía informal representa la mayor parte de la actividad económica; en ella prevalecen los bajos salarios y la falta de derechos sociales universales, como el derecho a la salud, la educación, la vivienda. Todo esto ocurre mientras una minoría acumula una riqueza oprobiosa. Para llevar a cabo un cambio estructural y poner en marcha el nuevo proyecto de nación, resulta indispensable generar una gran base institucional, jurídica y legal, que sirva de sustento para la recuperación de la vida democrática en México. Es momento de atenuar los contravalores dictados por la competencia individual y suprimirlos por la cooperación social y el interés colectivo. Las diputadas y los diputados que conformamos la coalición “Juntos Haremos Historia”, nos proponemos, como prioridad política, atender a las demandas de los sectores más vulnerables de la sociedad. La profundización de la democracia radica en revirtir la situación socio económica en que se encuentra la mayoría de los mexicanos y al mismo tiempo fortalcer el estado de derecho aplicando el principio de justicia social. Esto a su vez implica dotar a la ciudadanía de mayor
participación.
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA
Solamente una ciudadanía atenta y que exija a los gobernantes el rendimiento de cuentas podrá atajar de manera decidida uno de los grandes males de este país: la corrupción. Aspiramos a construir una democracia desde abajo que se convierta en el antídoto para la existencia de oligarquías políticas que terminan actuando como verdaderas mafias del poder. En este sentido, hoy nuestro Estado vive unos de los momentos más críticos en cuanto a su gobernabilidad democrática. La inseguridad, la corrupción, las desigualdades imperan cada día con más fuerza a lo largo y ancho de nuestro territorio. Aunado a ello, hay uno uso discreccional de los recursos públicos con partidas presupuestarias importantes destinadas al uso exclusivo de los intereses del ejecutivo estatal y quienes él arbitrariamente determina. Por ello, frente a los altos niveles de corrupción y uso arbitrario de los recursos públicos se vuelve necesario presentar una iniciativa de austeridad conforme a los lineamientos que desde el gobierno federal están dibujando la nueva ruta de austeridad republicana que pone al centro el interés del bien común de la nación. La transformación democrática e institucional que demanda el pueblo de México, como resultado de su manifestación en las urnas el pasado 1 de julio, se sustenta en dos pilares: la limitación a la opulencia que genera indignos índices de inequidad y tanto daño causa a la sociedad; y, la dignificación del quehacer político por parte de los representantes de la soberanía nacional. En esta doble relación se combinan la atención de los recursos de la nación y el proceder ético, moral y fundado en valores por parte de nuestras autoridades.
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El compromiso de esta nueva representación nacional y popular es retomar los principios del buen gobierno: racionalidad, honradez, transparencia, uso justo y equitativo de los recursos de la nación. El reto es fuerte: desactivar una estructura anquilosada y sobre la cual se fundó el sistema político mexicano, es decir, la estructura de la política como privilegio; la estructura de la cooptación, del clientelismo, del soborno, del beneficio personal, del derroche; la estructura de la impunidad y la corrupción mediante las cuales en este país subsisten
3 millones de personas en
condiciones de pobreza. La sociedad mexicana demanda hoy, más que nunca, un ejercicio de la función pública no sólo cimentado en acciones que beneficien a la colectividad, sino funcionarios que sirvan como ejemplo moral fundado en principios éticos, con los que se recupere el sentido de la política bajo un concepto fundado en la vocación de servicio, siendo por eso que disponemos de esta nueva normatividad que trae aparejada novedosos puntos nodales del nuevo gobierno. Plantear medidas de austeridad responde a una necesidad y no al capricho de un nuevo régimen; responde a la urgencia por enderezar el rumbo de nuestra patria; responde a terminar con el hartazgo de la ciudadanía que vio malgastar los recursos de la nación por parte de administradores sin escrúpulos; responde a la enorme expectativa de millones de mexicanas y mexicanos deseosos de vivir en un país justo e igualitario; un México que, hasta este momento, era apenas el sueño imposible de tantas generaciones. Hoy aportamos nuestro pequeño grano de arena como fundadoras y fundadores de este cambio de estructura.
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Como parte de esa transformación, nos sumamos a la necesidad de trazar un rumbo republicano y de austeridad en nuestro estado. Identificamos, en forma general, dos tipos de medidas de austeridad: aquellas que atañen al beneficio personal de cada funcionario, y las medidas que están relacionadas con las prácticas, instrumentos y formas de trabajo de los funcionarios públicos. En relación con el primer caso, como medidas que atañen al beneficio personal, proponemos los siguientes puntos: • Reducir el gasto corriente en relación con los salarios y prestaciones de funcionarios de alto nivel, entre ellos ejecutivos en sus diversos niveles
de
gobierno,
representantes
legislativos
locales,
representantes del poder judicial local, organismos públicos, etc. • Eliminar prerrogativas como seguros de gastos médicos privados, cajas de ahorros, viajes al extranjero sin autorización de secretarios, uso de transportes privados como helicópteros, aviones. • Restringir usos de escoltas, elementos de seguridad, secretarios particulares, asesores; limitar el uso de vehículos oficiales a necesidades de cumplimiento de funciones públicas. Para el segundo caso, como medidas que atañen al diseño, operación y aplicación de los procesos, procedimientos y formas de trabajo de las funciones administrativas, proponemos los siguientes puntos: • Evitar el engrosamiento de los aparatos burocráticos, a fin de elevar la eficiencia administrativa de las y los trabajadores del Estado. • Establecer límites tanto al número de viajes oficiales al extranjero como a los montos erogados en por servicios de telefonía, energía eléctrica,
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combustibles, remodelación de oficinas, viáticos, honorarios, equipos de telecomunicaciones. • Suprimir la constitución de fideicomisos, fondos, mandatos o análogos públicos o privados. Gracias a esta iniciativa sustentada en las medidas que acabamos de proponer podremos armonizar la legislación estatal con los principios federales de austeridad republicana impulsados por el nuevo gobierno de la coalición Juntos Haremos Historia. Siendo en virtud de lo anterior que ponemos a consideración de esta Soberanía el siguiente:
DECRETO DE LEY POR VIRTUD DEL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE AUSTERIDAD REPUBLICANA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA DEL ESTADO DE PUEBLA. Único. Se expide la Ley de Austeridad Republicana para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue: Ley de Austeridad Republicana para el Estado Libre y Soberano de Puebla Artículo 1o. Esta ley es de orden público e interés social. Tiene por objeto la aplicación de medidas de austeridad en la programación y ejecución del gasto gubernamental, como política de Estado para hacer cumplir los principios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia y honradez en la administración de los recursos económicos de carácter público de que dispone el estado,
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conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son aplicables a todas las dependencias, entidades y órganos de los Poderes del Estado, a los organismos públicos autónomos y demás entes que reciban y ejerzan recursos del erario público de la Entidad. Esta Ley no será aplicable a las adquisiciones financiadas, total o parcialmente con cargo a recursos federales, quedando sujetas a la normatividad federal aplicable, siempre y cuando dicha normatividad prevea las adquisiciones reguladas por esta Ley. Se establece como criterio de gasto eficiente, que toda adquisición tenga racionalidad
económica,
que
sea
necesaria,
que
cumpla
un
fin
predeterminado, que no sea redundante y que su costo monetario sea inferior al beneficio que aporte a la Administración Pública. Los ahorros y economías obtenidos con motivo de la aplicación de la presente Ley serán destinados en su totalidad y en exclusiva para la integración de programas enfocados en el bienestar social y ambiental de los centros de población establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica Municipal, integrantes de los municipios con mayor porcentaje de población en situación de pobreza. Todos y cada uno de los programas de bienestar social y ambiental derivados de los ahorros y economías con motivo de la aplicación de la presente ley, no podrán ser cancelados ni sus recursos reasignados sin aprobación expresa del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla.
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Artículo 2o. Las remuneraciones que perciban todos los servidores públicos del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos públicos autónomos y Municipios; deberán de ajustarse a un máximo de remuneración neta mensual de veinticinco Unidades de Medida y Actualización diarias. Ningún servidor público podrá obtener una remuneración neta mensual que sea diez veces mayor a la del servidor, que en la misma dependencia, obtenga el menor salario. Artículo 3o. Todos los servidores públicos del Estado recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente. Queda prohibido establecer bonos, percepciones extraordinarias, gastos de representación o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación individualizada o colectiva por parte de los entes públicos del Estado para beneficio de cualquier servidor público. Artículo 4o. Durante el ejercicio fiscal, no se crearán plazas adicionales a las autorizadas en el Presupuesto de Egresos del Estado Libre y Soberano de Puebla ni se aumentarán sus dotaciones. La contratación de servicios personales por honorarios sólo procederá en casos excepcionales y plenamente justificados. Las contraprestaciones de dichos contratos no podrán ser diversas a las establecidas para los servidores públicos con iguales o similares responsabilidades. Los contratos garantizarán los derechos en materia de seguridad social y el respectivo cumplimiento de las obligaciones fiscales.
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Artículo 5o. Sólo los servidores públicos con alta responsabilidad en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia podrán disponer, con cargo al erario, de servicios de escolta. En ningún otro caso se autorizará la erogación de recursos de los respectivos presupuestos ni el establecimiento de plazas para funciones de escolta. El mismo principio aplicará para la erogación de recursos para blindaje automotriz y cualquier otro gasto relativo a la protección de servidores públicos. Sólo los servidores públicos que ostenten cargos jerárquicos de Secretario, Titular de una dependencia o asimilable en rango y jerarquía podrán disponer, con cargo al erario de chofer y secretario particular. Debiendo justificar dentro del presupuesto de egresos la necesidad de dichos servicios. Artículo 6o. Los vehículos solo podrán destinarse a actividades prioritarias y a la prestación de servicios directos a la población. Queda prohibido cualquier uso distinto de los vehículos, salvo los que tengan carácter oficial y los de escoltas. Los vehículos oficiales nuevos que se adquieran serán económicos y preferentemente se adquirirán los que generen menores daños ambientales. Para la adquisición de nuevos vehículos oficiales estos no podrán costar por valor unitario un precio mayor a 1 0 UMA s y sólo procederá la adquisición de vehículos oficiales nuevos por los siguientes casos: I. Si tienen, al menos, seis años de uso; II. En caso de robo o pérdida total, una vez que sea reintegrado su valor por el seguro correspondiente, y
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III. Cuando el costo de mantenimiento acumulado sea igual o mayor a su valor de enajenación presente. Artículo 7o. El gasto neto total asignado anualmente a la difusión de propaganda oficial por los entes públicos del Estado, se sujetará a los montos máximos que para el efecto fije el Congreso del Estado en el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal en donde se contrate dicha propaganda que nunca podrán ser superiores al 0.30 por ciento del total de presupuesto de egresos autorizado. Los montos se ajustarán a lo estrictamente indispensable para dar cumplimiento a los fines informativos, educativos o de orientación social cuya difusión se determine necesaria. Las asignaciones dispuestas en el párrafo anterior no podrán ser objeto de incrementos durante el ejercicio fiscal correspondiente ni la Secretaría de inanzas y Administración podrá hacer reasignaciones presupuestales para la adquisición o ejecución de propaganda gubernamental. En cualquier caso, la difusión de propaganda oficial por parte de los entes públicos estatales en radio y televisión deberá priorizar el uso de los tiempos oficiales. nicamente cuando éstos no estén disponibles o sean insuficientes, procederá la aplicación de gasto en tiempos comerciales. Artículo 8o. Sólo se autorizarán, por ente público, dependencia, órgano desconcentrado o entidad, los viajes oficiales que resulten estrictamente necesarios; sólo pudiendo autorizar hasta dos viajes oficiales por año por dependencia. Debiendo en todo caso los miembros de la Administración Pública obtener el permiso del Gobernador en turno, los miembros del Poder Judicial del Estado del Consejo de la Judicatura del Estado y los demás
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miembros de los demás organismos Estatales obtendrán el permiso del Presidente del Congreso del Estado. Al Gobernador en turno no le será aplicable la restricción dispuesta en el párrafo precedente. El Gobernador en turno deberá notificar al Congreso, en un término de 48 horas posteriores al recorrido, de los viajes que realice fuera del Estado, debiendo pedir permiso al Congreso de todos aquellos que realice al extranjero. Durante los recesos del Congreso la comisión permanente tendrá facultades para conceder el permiso referido. Queda prohibida la adquisición de boletos de viajes en servicio de primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte con cargo al erario. Sólo se adquirirán servicios de hospedaje y alimentación del servidor público comisionado, cuyo monto será de un máximo de veinticinco Unidades de Medida y Actualización diarias, los cuales siempre se ajustarán a criterios de racionalidad, eficiencia y austeridad. En todos los casos, los funcionarios que efectúen el viaje oficial deberán remitir un informe del propósito de su viaje, los gastos efectuados y de los resultados obtenidos, dentro del plazo de 10 días hábiles, una vez concluido, mismo que será público. Artículo 9o. En tanto no se autoricen nuevos programas o se amplíen las metas de los existentes, los gastos por servicios de telefonía, fotocopiado y energía eléctrica; combustibles, arrendamientos, viáticos, honorarios, alimentación,
mobiliario,
remodelación
de
oficinas,
equipo
de
telecomunicaciones, bienes informáticos, pasajes, congresos, convenciones,
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exposiciones, seminarios, estudios e investigaciones, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la inflación. El Congreso del Estado, a propuesta de la Auditoría Superior del Estado, emitirá los lineamientos para la adquisición de bienes y servicios de uso generalizado de los entes públicos, que se llevará a cabo de manera consolidada, con el objeto de obtener las mejores condiciones con relación a precio, calidad y oportunidad. Artículo 10. En adición a las previsiones de la Ley de Deuda Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla, no se constituirán fideicomisos, fondos, Proyectos Productivos de Servicios o análogos públicos o privados, ni se permitirá hacer aportaciones, transferencias, pagos de cualquier naturaleza que tengan por objeto evadir las reglas de disciplina, transparencia y fiscalización del gasto. Todos los recursos en numerario, así como activos, derechos, títulos, certificados o cualquier otro análogo que se aporten o incorporen al patrimonio de fondos o fidecomisos serán públicos y no se podrá invocar secreto o reserva fiduciaria para su fiscalización. Artículo 11. El incumplimiento o la elusión de las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento constituirán falta administrativa grave y se sancionarán en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos al Servicio del Estado. Transitorios
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Primero: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Segundo: Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, así como los órganos a los que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla concede autonomía, emitirán, a más tardar en noventa días naturales una vez entre en vigor el presente decreto, las disposiciones administrativas generales que sean necesarias para dar cumplimiento a la presente ley. Los lineamientos que se señalan en el párrafo in fine del artículo 9 de la presente Ley se revisaran cada seis meses por parte de la Auditoría Superior del Estado o cuando a petición fundada y motivada lo requiera la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado para la actualización de las condiciones del mercado. Tercero: Los recursos obtenidos derivados de la aplicación de las disposiciones de la presente ley deberán de ser ejercidos con base en la prelación obtenida derivada de la medición elaborada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, partiendo del municipio que haya sido catalogado como el que tiene mayor porcentaje de población en pobreza extrema. Cuarto: Los recursos deberán de ser aplicados y distribuidos de manera equitativa con base en la formula que determine la Secretaría de inanzas y Administración del Estado y deberá de contemplar cuando menos los siguientes factores: I. Densidad demográfica por centro de población y municipio a afectar; II. Tipo y costo de servicios de los que carece;
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III. Recursos asignados al municipio, y I . Total de recursos obtenidos de la aplicaciรณn de la presente Ley. Cuarto: Quedan derogadas todas disposiciones que se opongan al contenido del presente decreto.
ATENTAMENTE
____________________________ GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA Coordinador del Grupo Legislativo de morena en la LX Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA "LX" LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S:
La que suscribe, Diputada María del Rocío García Olmedo integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, me permito someter a consideración de esta Soberanía INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS
Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagra las garantías, los derechos humanos y fundamentales que gozamos todas y todos los mexicanos. El artículo 1º a la letra dice: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
1
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con
los
principios
de
universalidad,
interdependencia,
indivisibilidad
y
progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” 1 Por su parte el artículo 4º establece que “El varón y la mujer son iguales ante la ley.” 2 Ante estos dos preceptos constitucionales, resulta necesario reconocer que aún existen desigualdades entre mujeres y hombres. La discriminación hacia las mujeres en todos los ámbitos de su desarrollo personal, familiar, laboral, profesional y por supuesto dentro del ámbito político, ha sido un grave obstáculo y una limitante para que las mujeres puedan ejercer plenamente sus derechos político-electorales.
1
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Última Reforma DOF 27-08-2018, pág. 2
2
Ídem, pág. 7
2
El 17 de octubre de 1953, el Diario Oficial de la Federación público la reforma al artículo 34 constitucional, mediante la cual se otorgó el derecho de las mujeres a votar y ser votadas. Este decreto fue el producto de una larga lucha, por el reconocimiento a nuestros derechos político-electorales, paulatinamente se han ido implementando medidas que han permitido nuestra participación en la vida política. La evolución hacia la Paridad de Género, ha sido sustancial para que las mujeres logremos una representación en los asuntos públicos y políticos de nuestro país y del estado. Con la reforma político electoral aprobada en 2014, nuestro país dio la pauta para consolidar una democracia con apertura y garantía de la participación de las mujeres. Con esta reforma, el artículo 41 Constitucional establece que los partidos políticos deberán postular paritariamente sus candidaturas para los Congresos Federal y locales, instituyendo así el Principio de Paridad. “La paridad no es una medida de acción afirmativa de carácter temporal. No es una medida compensatoria. La paridad es un principio constitucional que tiene como finalidad la igualdad sustantiva entre los sexos, que adopta nuestro país como parte de los compromisos internacionales que ha adquirido con el objeto de que los derechos político electorales de las y los ciudadanos se ejerzan en condiciones de igualdad. La paridad es una medida permanente para lograr la inclusión de mujeres en los espacios de decisión pública.” 3 El Principio de Paridad rindió buenos resultados en estas elecciones concurrentes del pasado domingo primero de julio de este año, con el voto que salimos a emitir, se integró de manera histórica y casi paritaria, la integración de esta LX Legislatura del Congreso Libre y Soberano de Puebla con 19 mujeres y 22 hombres, que representamos las demandas de quienes depositaron su confianza en nosotros.
3
El principio de paridad en las elecciones: aplicación, resultados y retos, Suprema Corte de Justicia de la Nación, pág. 1
3
En este sentido, me permito hacer un análisis de la composición e integración de las Comisiones Generales y Especiales, así como de los Comités de está LX Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla: Integración LX Legislatura H. Congreso Puebla 4 Cuadros comparativos:
35 Comisiones Generales (245 integrantes)
3 Comisiones Especiales (22 integrantes)
5 Comités (35 integrantes)
Mujeres 17 18 81 116
Calidad de Integrante Presidenta Secretaria Vocal Total
Hombres 18 17 94 129
Calidad de Integrante Presidente Secretario Vocal Total
Mujeres 2 2 10 14
Calidad de Integrante Presidenta Secretaria Vocal Total
Hombres 1 1 6 8
Calidad de Integrante Presidente Secretario Vocal Total
Mujeres 3 3 11 17
Calidad de Integrante Presidenta Secretaria Vocal Total
Hombres 2 2 14 18
Calidad de Integrante Presidente Secretario Vocal Total
147
Total
155
Total
Como podemos apreciar en el caso de las Comisiones Generales las Diputadas tenemos un 47.3% de representación, mientras que los Diputados ascienden a un 52.6%; en el caso de las Comisiones Especiales las Diputadas representamos el 63.6%, y los Diputados un 36.3%; finalmente en la integración de los Comités las Diputadas contamos con el 48.5% de representación y los diputados cuentan con el 51.4%. De manera general que en esta LX Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, las Diputadas contamos con el 48.6% de participación en la 4
Elaboración propia de la Integración de las Comisiones Generales y las Especiales, así como de los Comités de la LX Legislatura del H. Congreso de Estado Libre y Soberano de Puebla.
4
Integración de las Comisiones Generales y Especiales, así como de los Comités; mientras que nuestros compañeros Diputados tienen un 51.3% de participación en los mismos. En esta tesitura, la paridad busca el adecuado equilibrio en la participación política de mujeres y hombres, y asentando este Principio en este Honorable Congreso, no podemos dejar de lado, la adecuada distribución e integración de las Comisiones Generales y de las Especiales, así como de los Comités, que se han de integrar en futuras Legislaturas. Si hablamos de lograr y alcanzar una participación política en igualdad de condiciones, y que se conciba de una manera efectiva en la toma de decisiones de este Poder Legislativo, es necesario que tomemos las medidas y las acciones que permitan garantizar un plano de igualdad sustantiva, consolidando este principio. La paridad es una exigencia de la democracia representativa y una meta para erradicar la exclusión de las mujeres, busca lograr un equilibrio para que el poder político sea compartido en igualdad de condiciones por mujeres y hombres. En este contexto y atendiendo lo preceptuado por lo que consagra la Carta Magna, el estado tiene la obligación de promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, y de eliminar los obstáculos que impidan el pleno desarrollo y la participación de forma equilibrada de mujeres y hombres en la vida política, preceptos que son interpretados favoreciendo en todo tiempo la salvaguarda de los derechos humanos. Diversos son los Tratados Internacionales, de los que el Estado Mexicano es parte, en donde queda prohibido todo tipo de discriminación, y establecen la garantía de igualdad entre hombres y mujeres. Entre los que se destacan por mencionar algunos: Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de discriminación Contra la Mujer (CEDAW), que establece en el artículo 2º que “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política 5
encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer, y con tal objeto, se comprometen a: a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio; b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer; […]” 5 La Convención Americana sobre derechos Humanos, señala en su artículo 1º que “Los Estados Partes en la Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.” 6 La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), establece en su artículo 4º que “Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales
e
internacionales
sobre
derechos
humanos.
Estos
derechos
comprenden, entre otros, inciso j) El derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones.” El artículo 5º de dicha Convención señala que: “Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y 5
https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx consultado el 20 de septiembre de 2018 a las 17:53 horas
6
https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm consultado el 20 de septiembre de 2018 a las 19:26 horas
6
contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Los Estados Partes reconocen que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio de esos derechos”. 7 De acuerdo con la normativa nacional e internacional antes citada, la paridad de género en el ámbito político busca lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ejercicio del poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de participación y representación social y política. Ante ese escenario, nos encontramos en posibilidad de adecuar nuestra normatividad e implementar las medidas necesarias para lograr la participación equilibrada entre mujeres y hombres en la integración de las Comisiones y de Comités en el H. Congreso del Estado de Puebla, que han de conformar las próximas Legislaturas. Esta iniciativa es una acción afirmativa a favor de la paridad. En virtud de lo anterior me permito someter a consideración de esta Soberanía la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. ARTÍCULO ÚNICO: Se ADICIONA al artículo 2, la Fracción XVII, recorriéndose las subsecuentes; se REFORMA la Fracción I del artículo 27; se REFORMAN las Fracciones I y IV del artículo 44; se REFORMA el artículo 65; se REFORMAN los párrafos segundo y tercero del artículo 69; se REFORMA el primer párrafo del artículo 80; se REFORMA el primer párrafo del artículo 88; se REFORMAN las Fracciones VI y VII del artículo 100; se REFORMA el segundo párrafo del artículo 120; se REFORMA el tercer párrafo del artículo 7
http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/BelemDoPara-ESPANOL.pdf consultado el 21 de septiembre de 2018 a las 13:50 horas
7
130; y se REFORMA el primer párrafo del artículo 197, para quedar como sigue: ARTÍCULO 2.- Para efectos de la presente Ley se entenderá como: I – XVI (…) XVII. Paridad de Género: Principio Constitucional que tiene como finalidad la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. En el ámbito político, supone que los derechos político-electorales de ambos se ejerzan en condiciones de igualdad, libres de discriminación y violencia. XVIII.- Permiso: La autorización de un Órgano Legislativo (…) XIX-XXVII.- (…) ARTÍCULO 27.- Los Diputados electos se reunirán en (…) I.- Exhortar a los Diputados electos a que en votación secreta y por mayoría de votos, elijan la primera Mesa Directiva de la nueva Legislatura, misma que se integrará conforme a lo dispuesto en esta Ley, atendiendo el principio de paridad de género en su integración; y ARTÍCULO 44.- En el ejercicio de sus funciones legislativas, (…) I.- Formar parte de las Comisiones y Comités para los cuales sean nombrados, atendiendo el principio de paridad de género en su integración; II – III.- (…) IV.- Ser electos para integrar la Mesa Directiva, Comisiones y Comités del Congreso del Estado, atendiendo el principio de paridad de género en su integración; V-XVI.- (…)
8
ARTÍCULO 65.- La Mesa Directiva se integra por un Presidente, un Vicepresidente, dos Secretarios y dos Pro-secretarios, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. ARTÍCULO 69.- La elección de la Primera Mesa Directiva (…) Dentro de los cinco días anteriores al cumplimiento del encargo de la Primera Mesa Directiva, el Pleno a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, procederá a elegir a los integrantes de la Segunda Mesa Directiva, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. Cuando el Congreso concluya el tercer periodo ordinario de sesiones del primer y segundo año de ejercicio, dentro de los cinco días anteriores a la fecha respectiva el Pleno a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, procederá a elegir a los integrantes de la Mesa Directiva correspondiente, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. (…) ARTÍCULO 80.- La Comisión Permanente se integra por nueve Diputados, cuyos integrantes serán los de la Mesa Directiva correspondiente, asumiendo las funciones
de
Presidente
y
Secretario,
el
Presidente
y
Vicepresidente,
respectivamente, y como miembros los Secretarios y Pro-Secretarios. Los tres vocales restantes serán electos por el Pleno, a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, en la última sesión del periodo ordinario correspondiente, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. ARTÍCULO 88.- Los Grupos Legislativos deberán acreditar su formación y designar Coordinador en la segunda sesión del primer año de ejercicio legal de la Legislatura, quien podrá ser removido en cualquier tiempo por la mayoría de sus integrantes, procurando atender el principio de paridad de género en su integración.
9
ARTÍCULO 100.- Son atribuciones de la Junta de Gobierno y Coordinación Política: I – V.- (…) VI.- Proponer la integración de las Comisiones Generales y las Especiales, así como de los Comités para su aprobación por el Pleno, atendiendo el principio de paridad de género en su integración; VII.- Proponer al Pleno la sustitución de los integrantes de las Comisiones y de los Comités, en los supuestos previstos por esta Ley, atendiendo el principio de paridad de género en su integración; VIII – XVII.- (…) ARTÍCULO 120.- La elección de las Comisiones Generales (…) La Junta de Gobierno y Coordinación Política hará las propuestas de Presidentes de las Comisiones Generales y de integrantes de cada una de ellas, reflejando de manera proporcional el número de Diputados del Pleno que corresponda a cada Grupo y Representación Legislativa, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. ARTÍCULO 130.- Los Comités están integrados hasta por siete Diputados (…) La Junta de Gobierno y Coordinación Política debe cuidar que su propuesta incorpore
a
los
Diputados
pertenecientes
a
los
distintos
Grupos
y
Representaciones Legislativos, observando la proporción que éstos representan en el Pleno, atendiendo el principio de paridad de género en su integración. ARTÍCULO 197.- El Congreso del Estado expedirá el Estatuto del Servicio Profesional de Carrera Legislativa, mismo que deberá contener disposiciones que garanticen la paridad de género y vigilará su cumplimiento; éste deberá contener por lo menos lo siguiente: I-V.- (…)
10
TR ANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 10 DE OCTUBRE DE 2018
DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO
11
C Á Ó
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite el Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los ciudadanos Ernestina Fernández Méndez y Miguel Ángel Romero Calderón, Presidenta y Síndico Municipal de Tehuacán, Puebla, respectivamente, para que se abstengan de agredir a los medios de comunicación en lo que resta de su gestión. El pasado 12 de septiembre reporteros y reporteras de diversos medios de Tehuacán fueron agredidos por funcionarios del Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla. Yomara Pacheco, corresponsal de El Popular; Rodrigo Bustillos de En Tiempo Comunicaciones; Anahí Hernández de Primera Linea; Patricia Flores de Diario Cambio, y Francisco Castro de La Nueva Estación Tehuacán, fueron violentados de manera física y verbal. Además de que el gremio general sufrió bloqueo informativo, esto para evitar que entrevistaran a la presidenta municipal Ernestina Fernández Méndez. En febrero de este de año el Síndico Miguel Angel Romero Calderón, hizo un bloqueo informativo a Rodrigo Bustillos, cuando acudió a una rueda de prensa donde se explicaría respecto a un amparo de los trabajadores sindicalizados del municipio. Un día antes Rodrigo Bustillos dio voz a los trabajadores sindicalizados y eso generó molestia al funcionario municipal quien le solicitó retirarse del lugar. De igual manera el 24 de noviembre de 2016, Maximiliano Santos, periodista de En Tiempo Comunicaciones, fue golpeado en las inmediaciones de su lugar de trabajo argumentando que los agresores forman parte de un grupo de choque de la propia presidenta municipal, pues al momento de la agresión intento llamar a la policía municipal y comentaron “tenemos la vara alta en el ayuntamiento”.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
En octubre del mismo año, periodistas de Tehuacán, hicieron pública la amenaza por parte de la presidenta municipal y el síndico de demandar penalmente a quienes criticaran al gobierno municipal. En la misiva enviada a la presidenta municipal, reporteras y reporteros mencionaron “Desde el inicio de su gobierno y hasta los últimos días de lo que va de su administración, varios compañeros reporteros han sido víctimas de golpes, insultos e inclusive amenazas por personal a sus órdenes, quienes han irrumpido violentamente en el trabajo periodístico que realizamos”.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 fracción I y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II, 121 y 146 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Exhórtese a los ciudadanos Ernestina Fernández Méndez y Miguel Ángel Romero Calderón, Presidenta y Síndico Municipal de Tehuacán, Puebla, respectivamente, para que se abstengan de agredir a los medios de comunicación en lo que resta de su gestión. SEGUNDO.- Exhórtese al Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, para que instruya a la Contraloría Municipal del lugar, y a la brevedad posible se ponga en contacto con la Fiscalía Especial para la Antención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), a efecto de que rinda su informe sobre los hechos acontecidos el día doce de septiembre de dos mil dieciocho. Notifíquese.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diez días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA MINUTA DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LOS CIUDADANOS ERNESTINA FERNÁNDEZ MÉNDEZ Y MIGUEL ÁNGEL ROMERO CALDERÓN, PRESIDENTA Y SÍNDICO MUNICIPAL DE TEHUACÁN, PUEBLA, RESPECTIVAMENTE, PARA QUE SE ABSTENGAN DE AGREDIR A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LO QUE RESTA DE SU GESTIÓN, Y OTRO.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite el Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los 217 Ayuntamientos del Estado, a fin de que en la conformación de sus gabinetes procuren el respeto al principio Constitucional de paridad de género para la contratación y nombramientos de servidores y servidoras públicos con niveles Secretarios, Subsecretarios, Directores Generales, Directores u homólogos La igualdad entre hombres y mujeres a tener las mismas oportunidades de participación tanto en el ámbito privado como el público, ha sido una situación que no ha podido dar cumplimiento a lo establecido en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que es de vital importancia velar por los derechos humanos reconocidos y garantizados en los Tratados en los que México forma parte, como los asumidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), donde los Estados que lo suscribieron se comprometieron a velar por la igualdad y no discriminación hacia las mujeres, mediante la creación y seguimiento de políticas públicas que contribuyan a alcanzar ese fin. Del mismo modo, en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995), se estableció un compromiso consistente en que los participantes realizarán las acciones necesarias en sus países, para contribuir a “Eliminar todos los obstáculos o impedimentos que dificulten la participación activa de la mujer en las esferas de la vida pública y privada, mediante la participación plena en pie de igualdad en el proceso de adopción de decisiones en las actividades económicas, social, cultural y política”.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
En nuestro país, se han impulsado diversas acciones de los distintos órdenes y niveles de gobierno, orientados a promover y hacer efectiva la equidad de género y la no discriminación contra las mujeres, sin embargo, no se ha avanzado en el camino tan largo por el que deberemos avanzar a fin de garantizar que estos derechos sean respetados y llevados a cabo.
En ese sentido, como punto primordial, el país y el Estado de Puebla han llevado acciones importantes y de trascendencia que permitirán avanzar en este proceso, tal es el caso de la armonización en materia legislativa, teniendo como resultado la promulgación de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, instancia encargada de dar seguimiento y realizar gestiones en materia de mujeres; la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley sobre Trata de Personas; Estas leyes proporcionan todos los elementos necesarios para alcanzar la igualdad y eliminar la discriminación que hasta hoy en día reciben las mujeres.
Como sabemos, existe infinidad de avances para la obtención del reconocimiento de la igualdad de género y la no discriminación hacia las mujeres, motivo por el cual, el esfuerzo debe ser continuo y persistente, con el fin de alcanzar la plena igualdad.
En este sentido, la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115, establece diversas obligaciones de los Ayuntamientos, teniendo entre ellas el buscar soluciones a los programas sociales, políticos y económicos.
Asimismo, la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, establece que los Ayuntamientos tienen como una de sus tareas vitales, la formulación de programas e instancias específicas de atención a las mujeres, que permitan disminuir la discriminación, la desigualdad entre ambos géneros y la violencia en todas sus modalidades.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Es de vital importancia para nuestra sociedad poblana la contribución de la mujer en la toma de decisiones, a través del diseño, financiamiento, ejecución, monitoreo y evaluación de proyectos y políticas públicas con perspectiva de género.
En este sentido, los municipios que busquen incorporar la perspectiva de género en su quehacer cotidiano deben integrar a la población en procesos incluyentes y participativos, construir alianzas, con actores de los gobiernos Estatal y Federal así como la sociedad civil.
La Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla establece en su artículo 9, que le corresponde a los Municipios lo siguiente:
“I.- Implementar la Política Municipal en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en concordancia con la Política Estatal correspondiente; II.- Coadyuvar Con los diversos órdenes de gobierno en la consolidación de los programas en materia de igualdad entre mujeres y hombres; III.- Realizar las previsiones presupuestarias para la ejecución de los programas de igualdad, en términos de la legislación aplicable; IV.- Diseñar, formular y aplicar campañas de concientización, así como programas de desarrollo de acuerdo a la región, en las materias que esta Ley le confiere; V.- Fomentar la participación social, política y ciudadana dirigida a lograr la igualdad entre mujeres y hombres, tanto en las áreas urbanas como en las rurales e indígenas;” Por tal motivo es necesario exhortar a los 217 Ayuntamientos de nuestro Estado, a fin de que establezcan el principio de paridad de género en la composición y nombramientos de servidores públicos con niveles Secretarios, Subsecretarios,
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Directores Generales, Directores u homólogos, a fin de garantizar la igualdad establecida en la normatividad antes mencionada. Con lo anterior se garantizará el fortalecimiento de la equidad de género, a fin de que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades de participación, representación y laborales, lo que permitirá el pleno desarrollo social y político de nuestro Estado. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 fracción I y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Exhórtese a los 217 Ayuntamientos del Estado, a fin de que en la conformación de sus gabinetes procuren el respeto al principio Constitucional de paridad de género para la contratación y nombramientos de servidores y servidoras públicos con niveles Secretarios, Subsecretarios, Directores Generales, Directores u homólogos
Notifíquese.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diez días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA MINUTA DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LOS 217 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, A FIN DE QUE EN LA CONFORMACIÓN DE SUS GABINETES PROCUREN EL RESPETO AL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO PARA LA CONTRATACIÓN Y NOMBRAMIENTOS DE SERVIDORES Y SERVIDORAS PÚBLICOS CON NIVELES SECRETARIOS, SUBSECRETARIOS, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES U HOMÓLOGOS.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite, el Punto de Acuerdo presentado por la Diputada María del Carmen Cabrera Camacho, del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, por virtud del cual se exhorta al Gobernador del Estado a remover a los mandos de la Policía Estatal establecidos en la fracción I del artículo 63 del Reglamento de Seguridad Pública del Estado de Puebla. La percepción ciudadana sobre la inseguridad pública en la Ciudad de Puebla, aumentó de 71.3 a 75.4% de septiembre del año pasado al mismo mes de este año, reveló el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en su Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana. De igual forma, la inseguridad y violencia en Puebla durante el presente y el año pasado superó los índices registrados de la primera medición en 2016, pues se incrementaron las carpetas de investigación por el total de delitos reportados por el Ministerio Público en la mayoría de los 217 municipios que integran la entidad. La percepción de inseguridad en Puebla supera la de otras ciudades como Nuevo Laredo y Tampico, en Tamaulipas, que tienen 67 y 56%, respetivamente. El último reporte del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), indica que, entre enero y diciembre del año pasado, se abrieron 53 mil 800 expedientes por delitos del fuero común cometidos en el Estado. El robo a negocio es otro delito que se elevó de manera alarmante , en 174%, al pasar de 1256 carpetas de investigación el año pasado a 3446 en lo que va del presente año.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Las cifras del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), lo confirman: al menos desde 2014 ha habido un incremento constante de delitos relacionados con la presencia de delincuencia organizada, como homicidio y robo con violencia. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II, 121 y 146 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Exhórtese al Gobernador del Estado a remover a los mandos de la Policía Estatal establecidos en la fracción I del artículo 63 del Reglamento de Seguridad Pública del Estado de Puebla. Notifíquese.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diez días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL GOBERNADOR DEL ESTADO A REMOVER A LOS MANDOS DE LA POLICÍA ESTATAL ESTABLECIDOS EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 14 DE OCTUBRE DE 2018
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Domingo 14 de Octubre de 2018
1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del diez de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del oficio SCM-SGA-OA-2299/2018 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el que remite la sentencia derivada del expediente SCM-JRC-212/2018, por el que se declara la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Ocoyucan, Puebla, celebrada en el marco del procedimiento electoral local ordinario 2017–2018, entre otros resolutivos.
3.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Ocoyucan, Puebla, y se designa un Concejo Municipal.
4.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Mazapiltepec de Juárez, Puebla, y se designa un Concejo Municipal.
5.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tepeojuma, Puebla, y se designa un Concejo Municipal.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 14 de 2018 Pág.2
6.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Cañada Morelos, Puebla, y se designa un Concejo Municipal.
7.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Ahuazotepec, Puebla, y se designa un Concejo Municipal.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 14 DE OCTUBRE DE 2018 1.
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DIPUTADO
ASISTENCIA
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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ASISTIERON
FALTAS
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Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
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FALTAS JUSTIFICADAS
4
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL DOMINGO CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE TREINTA Y SEIS DE ELLOS, LA REINCORPORACIÓN EN LA LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA DEL DIPUTADO VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LA Y LOS DIPUTADOS ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI, ARTURO DE ROSAS CUEVAS, ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO Y JUAN PABLO KURI CARBALLO, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS VEINTIÚN HORAS CON VEINTISÉIS
MINUTOS,
DE
ACUERDO
AL
ORDEN
DEL
DÍA
ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN
DE
LAS
Y
LOS
INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA DEL
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Domingo 14 de octubre de 2018
ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA
ANTES
REFERIDA,
A
CONTINUACIÓN,
PUESTA
A
DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS. EN EL PUNTO DOS SE DIO CUENTA CON EL OFICIO SCM-SGA-OA-2299/2018 DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA SENTENCIA DERIVADA DEL EXPEDIENTE SCM-JRC212/2018, POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE OCOYUCAN, PUEBLA, CELEBRADA EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2017– 2018; A CONTINUACIÓN LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA DIO CUENTA CON LOS OFICIOS SIGUIENTES: SCM-SGA-OA-2319/2018 DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA SENTENCIA DERIVADA DEL EXPEDIENTE SCM-JRC-244/2018; POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN
DEL
AYUNTAMIENTO
DE
TEPEOJUMA,
PUEBLA,
CELEBRADA EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO
2017–2018;
SCM-SGA-OA-2315/2018
DEL
TRIBUNAL
ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA SENTENCIA DERIVADA DEL EXPEDIENTE SCM-JRC231/2018; POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MAZAPILTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA, CELEBRADA EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO
2017–2018;
SCM-SGA-OA-2328/2018
DEL
TRIBUNAL
ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA SENTENCIA DERIVADA DEL EXPEDIENTES SCM-JRC236/2018,
SCM-JRC-254/2018,
SCM-JRC-255/2018
Y
SCM-JDC-
1146/2018 ACUMULADOS; POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE Página 2
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Domingo 14 de octubre de 2018
LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE AHUAZOTEPEC, PUEBLA, CELEBRADA EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2017–2018; Y SCM-SGA-OA-2327/2018 DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA SENTENCIA DERIVADA DEL EXPEDIENTES SCM-JDC1141/2018 Y ACUMULADOS; POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CAÑADA MORELOS, PUEBLA, CELEBRADA EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO
ELECTORAL
LOCAL ORDINARIO 2017–2018, SE TURNARON LOS OFICIOS Y SENTENCIAS
A
LA
CONSTITUCIONALES,
COMISIÓN PARA
SU
GOBERNACIÓN ESTUDIO
Y
Y
PUNTOS
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN
DE
LA
ASAMBLEA
DECRETAR UN RECESO A EFECTO DE QUE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, SE RETIRE A DICTAMINAR LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LA DESIGNACIÓN DE LOS CONCEJOS MUNICIPALES, PARA QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 34, 74 FRACCIÓN VI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PARA QUE UNA
VEZ
CONCLUIDA
LA
REUNIÓN
DE
LA
COMISIÓN
DICTAMINADORA, SE INCLUYAN EN EL ORDEN DEL DÍA DE ESTA MISMA SESIÓN, PARA SU DISCUSIÓN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA RESULTÓ APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, DECRETÁNDOSE UN RECESO Y SE ACORDÓ INCLUIR EN EL ORDEN DEL DÍA DE ESTA SESIÓN LOS DICTÁMENES RELACIONADOS CON LOS CONCEJOS MUNICIPALES. TRANSCURRIDO EL RECESO Y VERIFICADO EL QUÓRUM LEGAL CON LA ASISTENCIA DE TREINTA Y SIETE DIPUTADAS Y DIPUTADOS SE Página 3
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Domingo 14 de octubre de 2018
REINICIÓ LA SESIÓN; CONTINUANDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS PUNTOS CONSIDERADOS DEL TRES AL SIETE DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE QUE LOS DICTÁMENES CON MINUTA DE DECRETO SE ENCUENTRAN EN LOS CORREOS INSTITUCIONALES DE LAS Y LOS DIPUTADOS, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, ENSEGUIDA PUESTOS A DISCUSIÓN LOS DICTÁMENES CON MINUTA DE DECRETO Y SIN TENERLA, SE APROBARON CADA UNO DE ELLOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS, CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, DECLARANDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA APROBADOS: EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OCOYUCAN, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: PRESIDENTE RODOLFO HUERTA ESPINOSA, MIEMBROS: ISMAEL DE LOS SANTOS DEOLARTE, ARACELI BAUTISTA SANTOS, MARCO ANTONIO COSIO RAMÍREZ, PEDRO JUÁREZ VILLA, MARÍA DEL PILAR VARELA FLORES, TERESA CORTES PANCOATL, Y SÍNDICO NELSON VÁZQUEZ MARTÍNEZ; EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MAZAPILTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: PRESIDENTE OSWALDO DE LA ROSA HERNÁNDEZ, MIEMBROS: ALEJANDRO CAMACHO GAZCA, MARÍA ALMA DELIA HERNÁNDEZ LÓPEZ, GABRIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, GUADALUPE PÉREZ NAVARRO, JOSÉ GUADALUPE MÉNDEZ ROCHA, PAOLA VELÁZQUEZ SOTOMAYOR, Y SÍNDICO SONIA AGUILAR MOTA; EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA Página 4
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Domingo 14 de octubre de 2018
DE MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TEPEOJUMA, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: PRESIDENTE
JULIÁN
PEÑA
HIDALGO,
MIEMBROS:
MARICELI
DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, YESSENIA RINCÓN ENRÍQUEZ, AMADA REYES BELLO,
JOSÉ
SEBASTIÁN
CABALLERO
JIMÉNEZ,
ARTEMIO
TLACOXOLATL NOLASCO, MARISOL MÁRQUEZ PAVÓN, Y SÍNDICO JOSÉ BENITO MERINO PALACIOS; EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAÑADA
MORELOS,
PUEBLA,
Y
SE
DESIGNA
UN
CONCEJO
MUNICIPAL: PRESIDENTE DAVID CID HUERTA, MIEMBROS: JUANA BENÍTEZ GARCÍA, JOSÉ LUIS CHÁVEZ OLIVIER, SILVIA MEDINO ANDRADE,
MAURILIO
VALDIVIA
CERVANTES,
MARGARITA
CERVANTES FUENTES, ROBERTO HERNÁNDEZ CARRERA, Y SÍNDICO LETICIA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ; EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AHUAZOTEPEC, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: PRESIDENTE JUAN CARLOS HERNÁNDEZ MORALES, MIEMBROS: ESMERALDA ISLAS MUÑOZ, JOSÉ MIGUEL MÁRQUEZ ORTIZ, NANCY TEMPORAL GONZÁLEZ, NOHEMÍ ANDRADE LOZADA, ENRIQUE SÁNCHEZ GÓMEZ, MARISOL CRUZ DOMÍNGUEZ, Y SÍNDICO JAIME GERARDO HERNÁNDEZ ORTEGA. SE ACORDÓ ENVIAR LAS MINUTAS AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO; Y NOTIFICARSE LAS PRESENTES RESOLUCIONES EN LOS TÉRMINOS ACORDADOS. TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS CERO HORAS CON TRES MINUTOS DEL LUNES QUINCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN Página 5
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Domingo 14 de octubre de 2018
PÚBLICA ORDINARIA PARA EL MIÉRCOLES DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
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SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 17 DE OCTUBRE DE 2018
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Miércoles 17 de Octubre de 2018 1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del catorce de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del Pronunciamiento de la Diputada María del Rocío García Olmedo, Coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en relación con la Efeméride del 17 de Octubre.
5.
Lectura del Pronunciamiento de la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en relación con el Día Internacional del Cáncer.
6.
Lectura del oficio SGG/200/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo remite observaciones al Decreto por el que se reforman el párrafo segundo del inciso e) de la fracción I y el inciso c) de la fracción II del artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal.
7.
Lectura del oficio SGG/193/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo remite la Iniciativa de Decreto por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Vicente Guerrero, Puebla, a donar a favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, una fracción con una superficie de 1,501.34 metros cuadrados del inmueble identificado como “una fracción del terreno denominado “Ahuaxotla” ubicado en el Municipio de Vicente Guerrero, Puebla, para el funcionamiento de la “Casa de Jóvenes en Progreso de Vicente Guerrero”.
8.
Lectura del Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Educación, la de Trabajo, Competitividad y Previsión Social y la de Derechos Humanos de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que exhortan al Titular del Poder Ejecutivo Estatal y a las autoridades educativas a suspender los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos, tal y como lo ha anunciado el Gobierno Federal Electo, entre otro resolutivo.
9.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por virtud del cual se reforma el segundo párrafo del artículo 189 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.
10.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Notariado del Estado de Puebla.
11.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona la fracción IV al artículo 2222 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
12.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Marcelo Eugenio García Almaguer, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y del Código de Ética Legislativa del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de conflictos de interés.
13.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada María del Rocío García Olmedo, Coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
14.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes de los Grupos Legislativos de los Partidos del Trabajo y el de Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, por el que se reforma la denominación de la Sección Tercera del Capítulo Séptimo, del Libro Segundo, para llamarse Delitos Contra la Privacidad Sexual y el artículo 225 y se adiciona el artículo 225 bis del Código Penal para Estado Libre y Soberano de Puebla.
15.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los doscientos diecisiete Ayuntamientos en funciones y electos del Estado de Puebla, para que se coordinen para la elaboración de sus correspondientes Leyes de Ingresos, con la finalidad de que las mismas sean presentadas en tiempo y forma legal, entre otros resolutivos.
16.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada María del Carmen Saavedra Fernández, integrante y en representación del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública del Gobierno del Estado, conforme a su ámbito de competencia, para que realicen inspecciones al interior de las escuela s, con la finalidad de revisar que efectivamente se venden alimentos que favorecen en la salud de los educandos y se dé cumplimiento a la normatividad antes citada, con el objeto de que se mejore el aprovechamiento y rendimiento escolar, y beneficie su salud, entre otro resolutivo.
17.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal y a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla, para que en el ámbito de su respectiva competencia, lleven a cabo supervisión permanente a los establecimientos o unidades médicas que ofertan el servicio de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de verificar que cuentan con licencia sanitaria vigente, que estos servicios son realizados por especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva, que tengan a la vista del público un anuncio que indique con relación al o los especialistas que prestan el servicio, la institución que les expidió el título, diploma o certificado, número de su correspondiente cédula profesional y el certificado de especialidad vigente, y cumplan con los demás requisitos legales establecidos para ello en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2, de la Ley General de Salud, 74 de la Ley Estatal de Salud y con la demás normatividad aplicable.
18.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar al Gobierno del Estado, para que por conducto del Titular de la Secretaría de Salud, gire instrucciones a los Directores de los Hospitales Públicos, para realizar un foro y atender las gestiones correspondientes a efecto de contar con el equipo necesario y suficiente, así como evitar cargar a los presupuestos de los Municipios los costos de sus Centros Estatales de Salud y Servicios Ampliados para brindar una atención adecuada a los usuarios de los servicios de salud.
19.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Miguel Trujillo De Ita, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a las Presidentas y Presidentes de los doscientos diecisiete Municipios del Estado de Puebla, a crear e instalar de manera urgente sus respectivos Sistemas Municipales de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con la legislación en la materia.
20.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los Ayuntamientos de Oriental, San Salvador El Seco, San Nicolás Buenos Aires, Tlachichuca, Aljojuca, San Juan Atenco, Chalchicomula de Sesma, Esperanza, Atzitzintla, Chichiquila, Quimixtlán y Chilchotla, para que de conformidad con sus atribuciones y las necesidades propias de cada Ayuntamiento, realicen las gestiones necesarias con la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, a fin de firmar un Convenio de Colaboración en materia de seguridad pública que permita garantizar el orden público y la seguridad de las personas, sus bienes y derechos, entre otro resolutivo.
21.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Juan Espinosa Torres, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar al Titular del Ejecutivo Estatal, al Titular de la Secretaría General de Gobierno, al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, a la Fiscalía General del Estado de Puebla y al Titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, para que en el ámbito de su competencia, adopten las medidas necesarias en términos de ley, eficientes y eficaces, para abatir en el Estado la violencia de género contra las mujeres, mediante la aceptación de la alerta respectiva, tal y como lo claman los ciudadanos poblanos y las organizaciones civiles que así lo han solicitado y no retrasen más el cese de la violencia feminicida en contra las mujeres, entre otros resolutivos.
22.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Gabriel Oswaldo Jiménez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, con el objeto de que en el caso de solicitudes de comparecencias de Secretarios de Dependencias del Gobierno del Estado o de Entidades Paraestatales, observe el Procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para que a través de un escrito fundado y motivado a propuesta de los Grupos y Representaciones Legislativos, presentado ante el citado Órgano de Gobierno, o en la hipótesis de que las Comisiones lo acuerden, por acuerdo del mismo proponga al Pleno su aprobación.
23.
Lectura del oficio 311.2018 y anexos del Presidente Municipal el Honorable Ayuntamiento de Piaxtla, Puebla, por el que remite copia de contestación al informe individual correspondiente al ejercicio fiscal dos mil dieciséis.
24.
Lectura del ocurso y anexo del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Acatzingo, Puebla, administración 2011-2014, por el que remite el Recurso de Revocación aprobado por el Honorable Congreso del Estado con fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, expediente P.A. 94/2014.
25.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 17 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
DIPUTADO
ASISTENCIA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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ASISTIERON
FALTAS
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Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
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FALTAS JUSTIFICADAS
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ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES DIECISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ
EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN ASISTENCIA
LA DE
SEXAGÉSIMA TREINTA
Y
LEGISLATURA, NUEVE
DE
CON
LA
ELLOS,
LA
REINCORPORACIÓN EN LA LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA DE LAS DIPUTADAS CRISTINA TELLO ROSAS Y RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS
ONCE HORAS
CON
TREINTA Y UN
MINUTOS,
A
CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA
LEGISLATURA,
EL
OCURSO
DE
LA
DIPUTADA
GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, POR EL QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, LA SOLICITUD
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
DE INCLUSIÓN DEL PRONUNCIAMIENTO EN RELACIÓN CON EL DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER, PARA ENLISTARSE COMO PUNTO NÚMERO CINCO Y EN CONSECUENCIA RECORRER LOS DEMÁS
PUNTOS
DEL
ORDEN
DEL
DÍA,
PUESTA
A
CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ POR MAYORÍA DE VOTOS LA INCLUSIÓN DEL PRONUNCIAMIENTO ANTES REFERIDO. ACTO SEGUIDO EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, SOLICITÓ DESDE SU CURUL, RETIRAR EL PUNTO SIETE DE LA ORDEN DEL DÍA EN VIRTUD DE QUE NO FUE ENVIADO PARA SU CONOCIMIENTO CON VEINTICUATRO HORAS DE ANTELACIÓN; A CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA HIZO DE CONOCIMIENTO DEL PLENO QUE SE RECIBIÓ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA, LOS OFICIOS DE LOS PRESIDENTES DE LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN
Y
LA
DE
DERECHOS
HUMANOS,
RESPECTIVAMENTE, POR LOS QUE SOLICITAN LA INCLUSIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO EN ESTA SESIÓN, INDICANDO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 84 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
HONORABLE
CONGRESO
DEL
ESTADO
LIBRE
Y
SOBERANO DE PUEBLA, SE CUMPLE CON EL TRÁMITE ESTABLECIDO. EN SEGUIDA DESDE SU CURUL EL DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, PRECISÓ NECESARIO RESPETAR
LO
QUE
MARCA
LOS
ORDENAMIENTOS
LEGISLATIVOS A EFECTO DE QUE LOS DICTÁMENES SEAN PRESENTADOS
CON
VEINTICUATRO
HORAS
DE
ANTICIPACIÓN. ACTO SEGUIDO Y EN TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES INVOCADAS EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO LA PROPUESTA DEL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, RESULTANDO DESECHADA POR MAYORÍA DE VOTOS LA SOLICITUD ANTES REFERIDA. EN SEGUIDA EL DIPUTADO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, SOLICITÓ A LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA, RETIRAR EL PUNTO DIECISIETE ENLISTADO EN LA ORDEN DEL DÍA, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ RETIRAR EL PUNTO ANTES REFERIDO ENLISTADO RECORRIÉNDOSE LOS DEMÁS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. A CONTINUACIÓN, SE DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN
LA
PROPUESTA
SE
APROBÓ
POR
UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE LECTURA, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE
LOS
ASUNTOS
EXISTENTES
EN
CARTERA
Y
SUS
ACUERDOS CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO EN EL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS, LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES Y LOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: EL DEL CIUDADANO ARMANDO RODRÍGUEZ GARCÍA Y OTROS FIRMANTES, VECINOS DEL MUNICIPIO DE XOCHITLÁN TODOS SANTOS, PUEBLA, POR EL QUE SOLICITAN AUDITORÍAS AL CIEN POR CIENTO DE TODOS LOS PROGRAMAS Y RECURSOS EJERCIDOS POR EL AYUNTAMIENTO EN MENCIÓN, ENTRE OTROS, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
SUPERIOR DEL ESTADO Y A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LO CONDUCENTE; EL DEL CIUDADANO HERMENEGILDO JUÁREZ ORDOÑEZ, VECINO DEL MUNICIPIO DE TLATLAUQUITEPEC, PUEBLA, POR EL QUE PRESENTA
DENUNCIA
EN
CONTRA
DEL
PRESIDENTE
MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO EN MENCIÓN, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL DEL SÍNDICO MUNICIPAL Y REGIDORES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TOCHTEPEC, PUEBLA, POR EL QUE INFORMAN QUE EL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL LUGAR, DESDE EL MES DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, LES SUSPENDIÓ EL PAGO QUE POR LEY LES CORRESPONDE, A LAS COMISIONES INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y COPIA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; EL OFICIO ROPDU/S-N/2018 DE LA REGIDORA DE OBRAS PÚBLICAS, DESARROLLO URBANO, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL DEL
HONORABLE
AYUNTAMIENTO
DEL
MUNICIPIO
DE
TECAMACHALCO, PUEBLA, POR EL QUE INFORMA DE LAS REUNIONES DE CABILDO A LAS CUALES FUE CONVOCADA EN LOS MESES DE AGOSTO Y SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, A
LA
COMISIÓN
DE
GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES Y COPIA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA COMISIÓN
INSPECTORA DE LA
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO EN LO CONDUCENTE; OFICIO SIN NÚMERO DE REGIDORES Y SÍNDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEPEXCO, PUEBLA, POR EL QUE INFORMAN Y MANIFIESTAN SUS INCONFORMIDADES POR
LAS
IRREGULARIDADES
COMETIDAS
EN
LA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES; EL DE REGIDORES Y SÍNDICO MUNICIPAL DEL
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE CHICHIQUILA, PUEBLA, POR EL QUE INFORMAN DE SUPUESTAS IRREGULARIDADES QUE FUERON REALIZADAS POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL LUGAR Y SOLICITAN EL ESCLARECIMIENTO DEL USO Y DESTINO DE LOS RECURSOS DE PARTICIPACIONES DE LOS EJERCICIOS 2017 Y 2018, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL OFICIO 04/2018 DEL SÍNDICO
MUNICIPAL
Y
REGIDORES
DEL
HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE HUEYTAMALCO, PUEBLA, POR EL QUE SOLICITA LA REVISIÓN DE LAS CUENTAS PUBLICAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2014-2018, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL DEL REGIDOR DE DESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CORONANGO, PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2014-2018, POR EL QUE INFORMA DE SUPUESTAS IRREGULARIDADES Y SOLICITA SE REALICE UNA AUDITORÍA INTERNA Y EXTERNA CORRESPONDIENTE DE INGRESOS PROPIOS Y RAMO 33 EN LAS PARTIDAS DE FEBRERO 2014 A SEPTIEMBRE 2018, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO;
OFICIO
S.A./DJ/96/2018
DEL
ENCARGADO
DE
DESPACHO DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, POR EL QUE INFORMA
DE
LA
RENUNCIA
DE
TRES
MIEMBROS
PROPIETARIOS DE LAS JUNTAS AUXILIARES, UNO DE LA LIBERTAD Y DOS DE SAN MIGUEL CANOA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; OFICIO SCMSGA-OA-2318/2018 DE LA SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE
NOTIFICA
EXPEDIENTES
LA
SENTENCIA
SCM-JDC-1135/2018
DERIVADA Y
DE
LOS
SCM-JDC-1157/2018
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
ACUMULADOS POR EL QUE SE SOBRESEE LA DEMANDA ÚNICAMENTE POR LO QUE HACE A LA CIUDADANA JUANA GARCÍA VEGA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES. EN EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO CUENTA DEL PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, COORDINADORA DEL GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN RELACIÓN CON LA EFEMÉRIDE DEL 17 DE OCTUBRE, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS
DEL
PRONUNCIAMIENTO
PRESENTADO,
TERMINADA SU MANIFIESTO SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL MISMO. EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA SE DIO CUENTA
DEL
PRONUNCIAMIENTO
DE
LA
DIPUTADA
GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN RELACIÓN CON EL DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PRONUNCIAMIENTO ANTES REFERIDO,
TERMINADA
SU
EXPRESIÓN
SE
TOMÓ
CONOCIMIENTO DEL MISMO. EN EL PUNTO SEIS DEL ORDEN DEL DÍA, SE DIO CUENTA CON EL OFICIO SGG/200/2018 DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL
TITULAR
DEL
PODER
EJECUTIVO
REMITE
OBSERVACIONES AL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL INCISO E) DE LA FRACCIÓN I Y EL INCISO C) DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 52 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL,
SE
TURNÓ
EL
OFICIO
Y
LAS
OBSERVACIONES A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON EL OFICIO SGG/193/2018 DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO REMITE LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA AL HONORABLE
AYUNTAMIENTO
DE
VICENTE
GUERRERO,
PUEBLA, A DONAR A FAVOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE PUEBLA, UNA FRACCIÓN CON UNA SUPERFICIE DE 1,501.34 METROS CUADRADOS DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO “UNA FRACCIÓN DEL TERRENO DENOMINADO “AHUAXOTLA” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE VICENTE GUERRERO, PUEBLA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA “CASA DE JÓVENES EN PROGRESO DE VICENTE GUERRERO”, SE TURNÓ EL OFICIO Y LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL ACUERDO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN, LA DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL Y LA DE DERECHOS HUMANOS DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE EXHORTAN AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER LOS
PROCESOS
DE
EVALUACIÓN
PARA
EL
INGRESO,
PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO Y PERMANENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGE DICHOS PROCEDIMIENTOS, TAL Y COMO LO HA ANUNCIADO EL GOBIERNO FEDERAL ELECTO, PUESTO A DISCUSIÓN AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA,
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
LAS Y LOS DIPUTADOS:
HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, JOSÉ
ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO, RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ, BARBARA DIMPNA MORÁN
AÑORVE,
JAVIER
CASIQUE
ZÁRATE, OLGA LUCIA ROMERO GARCI CRESPO, TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ, EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL, MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ
Y OLGA LUCÍA ROMERO GARCI
CRESPO, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
SOMETIÓ
SUFICIENTEMENTE
A
CONSIDERACIÓN
DISCUTIDO
EL
TEMA,
SI
ESTABA
RESULTANDO
APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN
NOMINAL
RESULTANDO
APROBADO
EN
LO
GENERAL CON TREINTA Y SEIS VOTOS A FAVOR, CUATRO VOTOS EN CONTRA Y UNA ABSTENCIÓN; Y EN LO PARTICULAR SIETE ABSTENCIONES DEL RESOLUTIVO PRIMERO DEL ACUERDO EN MENCIÓN, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO
IVÁN
JONATHAN
COLLANTES
CABAÑAS,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 189 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA QUE PRESENTA EL
DIPUTADO RAYMUNDO
ATANACIO LUNA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL NOTARIADO
DEL
ESTADO
DE PUEBLA, EN USO DE LA
PALABRA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 2222 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DOCE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA
EL
DIPUTADO
MARCELO
EUGENIO
GARCÍA
ALMAGUER, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO
ACCIÓN
NACIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Y DEL CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA CONMINÓ AL DIPUTADO PROPINANTE A SUJETARSE EN TÉRMINOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS
CONSTITUCIONALES
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO TRECE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA
MARÍA
DEL
ROCÍO
GARCÍA
OLMEDO,
COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, A LA DE DERECHOS HUMANOS, A LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y A LA DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTA INICIATIVA SE SUMÓ LA DIPUTADA ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA. EN EL PUNTO CATORCE
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS DEL TRABAJO Y EL DE ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, POR EL QUE SE REFORMA LA DENOMINACIÓN DE LA SECCIÓN TERCERA DEL CAPÍTULO SÉPTIMO, DEL LIBRO SEGUNDO, PARA LLAMARSE DELITOS CONTRA LA PRIVACIDAD SEXUAL Y EL ARTÍCULO 225 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 225 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARA ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA,
EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA
YESSICA MERINO ESCAMILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA, SE TURNÓ LA INICIATIVA
A
LA
ADMINISTRACIÓN
COMISIÓN
DE
JUSTICIA
DE
PROCURACIÓN
PARA
SU
Y
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A
TRAVÉS
DE
SUS
COORDINADORES,
LOS
GRUPOS
LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, MORENA, ENCUENTRO
SOCIAL,
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL,
MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LAS REPRESENTACIONES
LEGISLATIVAS
DE
LOS
PARTIDOS:
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO IVÁN JONATHAN COLLANTES
CABAÑAS,
LEGISLATIVO
DEL
INTEGRANTE
PARTIDO
NUEVA
DEL
ALIANZA,
GRUPO DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
EL
QUE
SOLICITA
EXHORTAR
A
LOS
DOSCIENTOS DIECISIETE AYUNTAMIENTOS EN FUNCIONES Y
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
ELECTOS DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE SE COORDINEN PARA LA ELABORACIÓN DE SUS CORRESPONDIENTES LEYES DE INGRESOS, CON LA FINALIDAD DE QUE LAS MISMAS SEAN PRESENTADAS EN TIEMPO Y FORMA LEGAL, EN USO DE LA PALABRA
EL
DIPUTADO
IVÁN
JONATHAN
COLLANTES
CABAÑAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO EN TÉRMINOS DE LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
A
CONTINUACIÓN
EN
VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA Y UNO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ, INTEGRANTE Y EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL
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HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CONFORME A SU ÁMBITO
DE
COMPETENCIA,
PARA
QUE
REALICEN
INSPECCIONES AL INTERIOR DE LAS ESCUELAS, CON LA FINALIDAD DE REVISAR QUE EFECTIVAMENTE SE VENDEN ALIMENTOS QUE
FAVORECEN EN
LA SALUD
DE
LOS
EDUCANDOS Y SE DÉ CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD ANTES CITADA, CON EL OBJETO DE QUE SE MEJORE EL APROVECHAMIENTO
Y
RENDIMIENTO
ESCOLAR,
Y
BENEFICIE SU SALUD, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE SALUD Y A LA DE EDUCACIÓN PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO DE ACUERDO SE SUMARON, A TRAVÉS
DE
SUS
COORDINADORES,
LOS
GRUPOS
LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL,
DE
LA
REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, MORENA, ENCUENTRO SOCIAL, MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LAS REPRESENTACIONES LEGISLATIVAS DE LOS PARTIDOS: VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO DIECISIETE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO ACCIÓN
NACIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
EL
QUE
SOLICITA
EXHORTAR
RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL Y
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A LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU RESPECTIVA COMPETENCIA, LLEVEN
A
CABO
SUPERVISIÓN
PERMANENTE
A
LOS
ESTABLECIMIENTOS O UNIDADES MÉDICAS QUE OFERTAN EL SERVICIO
DE
CIRUGÍA
PLÁSTICA,
ESTÉTICA
Y
RECONSTRUCTIVA, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR QUE CUENTAN CON LICENCIA SANITARIA VIGENTE, QUE ESTOS SERVICIOS
SON
REALIZADOS
POR
ESPECIALISTAS
EN
CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA O RECONSTRUCTIVA, QUE TENGAN A LA VISTA DEL PÚBLICO UN ANUNCIO QUE INDIQUE CON RELACIÓN AL O LOS ESPECIALISTAS QUE PRESTAN EL SERVICIO, LA INSTITUCIÓN QUE LES EXPIDIÓ EL TÍTULO, DIPLOMA
O
CERTIFICADO,
CORRESPONDIENTE
CÉDULA
NÚMERO
DE
PROFESIONAL
SU
Y
EL
CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD VIGENTE, Y CUMPLAN CON LOS DEMÁS REQUISITOS LEGALES ESTABLECIDOS PARA ELLO EN LOS ARTÍCULOS 83, 272 BIS, 272 BIS 1 Y 272 BIS 2, DE LA LEY GENERAL DE SALUD, 74 DE LA LEY ESTATAL DE SALUD Y CON LA DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, DE DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES
ANTES
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REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO Y SIN TENERLA
EN
VOTACIÓN
NOMINAL
SE
APROBÓ
CON
CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO DIECIOCHO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, INTEGRANTE DEL GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
MORENA,
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL GOBIERNO DEL ESTADO, PARA QUE POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD, GIRE INSTRUCCIONES A LOS DIRECTORES DE LOS HOSPITALES PÚBLICOS, PARA REALIZAR UN FORO Y ATENDER LAS GESTIONES CORRESPONDIENTES A EFECTO DE CONTAR CON EL EQUIPO NECESARIO Y SUFICIENTE,
ASÍ
COMO
EVITAR
CARGAR
A
LOS
PRESUPUESTOS DE LOS MUNICIPIOS LOS COSTOS DE SUS CENTROS ESTATALES DE SALUD Y SERVICIOS AMPLIADOS PARA BRINDAR UNA ATENCIÓN ADECUADA A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA
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MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS
CUEVAS,
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS: HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, ÁNGEL GERARDO
ISLAS
MALDONADO,
NIBARDO
HERNÁNDEZ
SÁNCHEZ Y RAYMUNDO ATANACIO LUNA, AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A CONTINUACIÓN EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ EN LO GENERAL CON CUARENTA Y UNO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES; Y EN LO PARTICULAR SIETE ABSTENCIONES DEL RESOLUTIVO SEGUNDO
DEL
ACUERDO
EN
MENCIÓN,
SE
ACORDÓ
NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN SEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS CON NUEVE MINUTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, RESULTANDO APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS LA SOLICITUD DE PRÓRROGA HASTA CONCLUIR LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. EN EL PUNTO DIECINUEVE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL
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HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LAS PRESIDENTAS Y PRESIDENTES DE LOS DOSCIENTOS DIECISIETE MUNICIPIOS DEL ESTADO DE PUEBLA, A CREAR E INSTALAR DE MANERA URGENTE SUS RESPECTIVOS SISTEMAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS
Y
ADOLESCENTES, DE CONFORMIDAD CON LA
LEGISLACIÓN EN LA MATERIA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO
DE
ITA,
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO VEINTE CON DISPENSA DE LECTURA DEL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA,
REPRESENTANTE
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
COMPROMISO POR PUEBLA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA
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DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LOS AYUNTAMIENTOS DE ORIENTAL, SAN SALVADOR EL SECO, SAN NICOLÁS BUENOS AIRES, TLACHICHUCA,
ALJOJUCA,
SAN
JUAN
ATENCO,
CHALCHICOMULA DE SESMA, ESPERANZA, ATZITZINTLA, CHICHIQUILA, QUIMIXTLÁN Y CHILCHOTLA, PARA QUE DE CONFORMIDAD CON SUS ATRIBUCIONES Y LAS NECESIDADES PROPIAS
DE
GESTIONES
CADA
AYUNTAMIENTO,
NECESARIAS
CON
LA
REALICEN
LAS
SECRETARÍA
DE
SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, A FIN DE FIRMAR UN CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE PERMITA GARANTIZAR EL ORDEN PÚBLICO Y LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS, SUS BIENES Y DERECHOS. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DISPENSAR
DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, DE LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES
ANTES
REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A CONSIDERACIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS: HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA Y
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
RAYMUNDO
ATANACIO
LUNA,
AMPLIARON
SUS
COMENTARIOS DEL ACUERDO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, A CONTINUACIÓN EN VOTACIÓN NOMINAL SE APROBÓ CON CUARENTA Y UNO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO VEINTIUNO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL, AL TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, AL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y AL TITULAR DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, ADOPTEN LAS MEDIDAS NECESARIAS EN TÉRMINOS DE LEY, EFICIENTES Y EFICACES, PARA ABATIR EN EL ESTADO LA VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES, MEDIANTE LA ACEPTACIÓN DE LA ALERTA RESPECTIVA, TAL Y COMO LO CLAMAN LOS CIUDADANOS POBLANOS Y LAS ORGANIZACIONES CIVILES QUE ASÍ LO HAN SOLICITADO Y NO RETRASEN MÁS EL CESE DE LA VIOLENCIA FEMINICIDA EN CONTRA LAS MUJERES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS, A LA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO. EN EL PUNTO VEINTIDÓS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DEL CONGRESO DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE QUE EN EL CASO DE SOLICITUDES DE COMPARECENCIAS DE SECRETARIOS DE DEPENDENCIAS
DEL
GOBIERNO
DEL
ESTADO
O
DE
ENTIDADES PARAESTATALES, OBSERVE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, PARA QUE A TRAVÉS DE UN ESCRITO FUNDADO Y MOTIVADO A PROPUESTA DE LOS GRUPOS Y REPRESENTACIONES LEGISLATIVOS, PRESENTADO ANTE EL CITADO ÓRGANO DE GOBIERNO, O EN LA HIPÓTESIS DE QUE LAS COMISIONES LO ACUERDEN, POR ACUERDO DEL MISMO PROPONGA AL PLENO SU APROBACIÓN. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL
OSWALDO
JIMÉNEZ
LÓPEZ
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DEL ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS VEINTITRÉS Y VEINTICUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE SER DE TRÁMITE LEGISLATIVO, SE TURNARON A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, SEÑALÓ QUE CUALQUIER PRESIDENTE DE LAS DIVERSAS COMISIONES DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO TIENEN LA FACULTAD DE CITAR A LOS SECRETARIOS Y FUNCIONARIOS QUE INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO, EN TÉRMINOS DE LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS QUE
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
RIGEN LA VIDA INTERNA DEL PODER LEGISLATIVO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. CONTINUANDO CON ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
MARCELO
EUGENIO
GARCÍA
ALMAGUER,
COMENTÓ QUE A LA FECHA EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, NO SE HA SEPARADO DE LA PRESIDENCIA DE ESA COMISIÓN POR UN POSIBLE CONFLICTO DE INTERESES, EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE SAN PEDRO CHOLULA, EN TÉRMINOS DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA
RESPECTIVA.
ACTO
SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, EXPRESÓ SUS CONSIDERACIONES EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, Y PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO PARA QUE ESTÁ SOBERANÍA ORDENE SE ANALICEN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; LOS DICTÁMENES DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DEL PODER EJECUTIVO 2016 Y DE ENERO A FEBRERO DE 2017, SE TURNÓ A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU ESTUDIO Y
RESOLUCIÓN
DIPUTADO
PROCEDENTE.
HÉCTOR
EDUARDO
A
CONTINUACIÓN,
ALONSO
EL
GRANADOS,
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 133 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, SEÑALÓ QUE, DURANTE LAS DISCUSIONES,
NINGÚN
ORADOR
DEBERÁ
PRONUNCIAR
PALABRAS OFENSIVAS A LOS MIEMBROS DEL CONGRESO DEL ESTADO, NI A CUALQUIER OTRA PERSONA QUE LEGALMENTE TOME PARTE EN AQUÉLLAS, NI EXPRESARSE EN TÉRMINOS INCONVENIENTES O IMPROPIOS DEL RESPETO QUE SE DEBE GUARDAR AL PODER LEGISLATIVO. SI ALGUNO INFRINGIERE ESTOS PRECEPTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 17 de octubre de 2018
LO LLAMARÁ AL ORDEN DE LA MISMA MANERA YA PREVENIDA PARA LOS QUE FALTEN A ÉL DURANTE LAS SESIONES, Y SI LAS EXPRESIONES VERTIDAS HUBIEREN SIDO INJURIOSAS PARA ALGUNO DE LOS MIEMBROS DEL CONGRESO DEL ESTADO O DE LOS QUE LEGALMENTE TOMEN PARTE EN LA DISCUSIÓN, LO
INVITARÁ
A
QUE
HAGA
LA
RECTIFICACIÓN
CORRESPONDIENTE, Y SI SE NEGARE, LEVANTARÁ LA SESIÓN PÚBLICA Y EN SESIÓN SECRETA, EL PLENO DEL CONGRESO ACORDARÁ LO QUE ESTIME CONVENIENTE. ACTO SEGUIDO LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS DIECISÉIS HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL LUNES VEINTIDÓS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS; REPROGRAMÁNDOSE PARA EL MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE A LAS DIEZ HORAS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E.
El suscrito Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma el segundo párrafo del artículo 189 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS Que, el artículo 35 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que son derechos del ciudadano, entre otros, el votar en las elecciones populares, aduciéndose además en múltiples artículos que el sufragio deberá ser universal, libre, secreto y directo. Que, en este sentido la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla estipula en su artículo 44 fracción VII que: “En el ejercicio de sus funciones legislativas, fiscalizadoras, de representación y de gestión, todos los Diputados tienen igual derecho de participación, decisión, voz, voto y gozan de los Derechos siguientes: (…) Participar en las discusiones y votaciones de las iniciativas y dictámenes presentados (…)”. Que, de acuerdo al Instituto Nacional Electoral (INE), el voto es una forma de expresión de la voluntad de las personas que sirve para tomar una decisión, lo que significa que votar es el acto por el cual un individuo manifiesta que prefiere cierta opción o fórmula frente a otras, lo que le implica a las personas elegir entre distintas opciones.
Que, además cuando un grupo debe tomar decisiones puede seguir varios métodos, entre los que se encuentran los siguientes1: Decide una persona o un pequeño cuerpo directivo al que se le reconoce capacidad, para asumir esa responsabilidad sin necesidad de consultar al resto de los miembros. El grupo decide por consenso, debido a que los miembros llegan a un acuerdo en el que consideran las distintas propuestas, los intereses y necesidades del grupo. El grupo decide mediante una votación. Que, por otra parte, el INE sostiene que la votación se caracteriza porque una parte o todos los integrantes de un grupo participan en la toma de decisiones expresando libremente su voluntad y preferencia, razón por la cual los procesos de votación deben verse como una oportunidad ejercer el derecho de hacer valer su voz en ella. Que, además la doctrina considera que el voto es: Universal, porque todos los ciudadanos, sin distinción alguna pueden participar en las elecciones; Libre, en virtud de que éste no puede ser coaccionado por ninguna persona o grupo de personas ni por ningún órgano o institución; Igual, debido a que cada uno de los votos emitidos tiene la misma incidencia en la producción del resultado final de la elección; Secreto, porque nadie puede ser obligado a decir por qué candidato o partido político votará; Obligatorio, ya que el voto es considerado un deber y una responsabilidad cívica; y Directo, en virtud de que las y los votantes eligen directamente entre candidatos a un cargo público, sin ninguna intermediación por parte de otra persona u órgano, sistema que es opuesto al sufragio indirecto. Que, en este sentido es que en el artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla se encuentra previsto que: “Las votaciones en el 1
http://biblio.ine.mx/janium/Documentos/el_voto_herrramienta.pdf, consultada el 7 de octubre de 2018.
Pleno son: I.- Económicas; II.- Nominales; y III.- Secretas. El sentido del voto puede ser a favor, en contra y en abstención”. Que, no obstante que en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos se dispone, entre otras cosas, que el sufragio deberá ser libre y directo y a su vez disponer la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla vigente, que el sentido en el que pueden expresar las y los Diputados su voto podrá ser a favor, en contra y en abstención, en el segundo párrafo del artículo 189 de la Ley Orgánica en comento se establece que: “En caso de que algún Diputado se separe de la sesión, su voto se computará en el sentido que vote la mayoría”. Que, el segundo párrafo del artículo 189 de la citada Ley resulta ser contrario a lo previsto constitucional, legal y doctrinariamente, dado que de ninguna forma puede interpretarse que si una Diputada o Diputado se ausenta de la sesión, por cualquier motivo, éstos tengan la intensión de votar o sufragar en el sentido que lo realice la mayoría en el Pleno, máxime que este mismo párrafo refiere que en caso de una Diputada o Diputado se haya ausentado sin permiso del Presidente de la Mesa Directiva, se le deberán aplicar las sanciones que señala el referido ordenamiento. Que, además es oportuno destacar que este supuesto no se encuentra previsto ni preceptuado a nivel federal en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en el Reglamento de la Cámara de Diputados, ni en el Reglamento del Senado de la República
Que, con base en las consideraciones vertidas, el suscrito Diputado considera oportuno reformar el segundo párrafo del artículo 189 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, con la finalidad de eliminar la disposición antes destacada y por el contrario regular que en caso de que algún Diputado se separe de la sesión, no se computará su voto en ningún sentido, toda vez que la realidad es que no expresa de forma libre y directa su voto en forma alguna, y por tanto, se le debe tener para los efectos de sufragar como no presente.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración de este Cuerpo Colegiado, la siguiente Iniciativa de:
DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 189 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se REFORMA el segundo párrafo del artículo 189 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar de la siguiente manera: ARTÍCULO 189.- … En caso de que algún Diputado se separe de la sesión, no se computará su voto en ningún sentido, sin embargo, en caso de que se haya ausentado sin permiso del Presidente de la Mesa Directiva, le deberá aplicar las sanciones que señala el presente ordenamiento. TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 10 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 189 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE Los suscritos integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, por conducto del Diputado Raymundo Atanacio Luna, con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente INICIATIVA QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE PUEBLA de conformidad con la siguiente: EXPOSICION DE MOTIVOS ¿Qué es un notario? El notario es un profesional del Derecho, investido de fe pública por el Estado, que brinda seguridad jurídica y certeza en los actos y hechos de los que da fe, manteniendo siempre un alto nivel de profesionalismo, total imparcialidad con los prestatarios del servicio y plena autonomía en sus decisiones, las cuales sólo tienen por límite el marco jurídico y el Estado de Derecho. El notario ejerce su función con independencia del poder público y los particulares. Es así como recibe, interpreta, redacta y da forma legal a la voluntad de los comparecientes al plasmarla en un instrumento público y auténtico, redactado bajo su responsabilidad y que puede ser una escritura pública, si se trata de dar fe de un acto jurídico; por ejemplo, un contrato; o bien un acta notarial, si se
certifica un hecho jurídico o material, por ejemplo, una notificación o una fe de hechos. El notario conserva y reproduce el instrumento, brindando así seguridad y tranquilidad a la sociedad. También auxilia a las autoridades locales y federales en el cálculo y cobro de impuestos y derechos; y vigila que se registren los actos que ante él se otorgan es por ello propongo el siguiente: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE PUEBLA ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman diversas disposiciones de la Ley del Notariado del Estado de Puebla, para quedar como sigue: ARTÍCULO 23.- Habrá una Notaría Pública por cada cincuenta mil habitantes económicamente activos por distrito judicial, de conformidad con los censos poblacionales realizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, proyectados según el Consejo Nacional de Población o el organismo similar que oficialmente realice estas funciones. Artículo 24.- Se Deroga. Artículo 31.- … I a XI … XII.- … … … … Del inicio y terminación de la práctica, el Notario bajo cuya dirección se realice, dará aviso al Consejo de Notarios y a la Dirección General de Archivos y Notarías, dicha notificación se inscribirá en un libro que para tal efecto lleve el consejo de notarios mismo
que deberá estar debidamente foliado, y dicha inscripción deberá ser firmada por todos los integrantes del consejo de notarios. Artículo 37.- El examen a que se refieren los artículos 34 fracción IV y 63 de esta Ley, será público, se efectuará en la sede del Colegio de Notarios, el día y hora designados, ante un Jurado integrado por cinco miembros: dos abogados o licenciados en derecho, en su carácter de servidores públicos del Gobierno del Estado, con conocimientos en materia notarial, nombrados por la Secretaría General de Gobierno; y tres Notarios nombrados por el Consejo de Notarios. El Presidente del Jurado será designado por el Consejo de Notarios, de entre los tres servidores públicos nombrados por él; y el Secretario del Jurado será designado por la Secretaría General de Gobierno, de entre los dos Notarios nombrados. … ARTÍCULO 47.- El Jurado del examen de oposición estará integrado por cinco miembros propietarios y sus respectivos suplentes. Los propietarios serán: I.
II.
Dos servidores públicos del Gobierno del Estado, abogados o licenciados en derecho, con conocimientos en materia notarial, designados por el Secretario General de Gobierno; y Tres Notarios nombrados por el Consejo de Notarios. El Presidente del jurado será designado por el consejo de notarios, de entre los tres notarios nombrados y el Secretario General de Gobierno designará al Secretario del Jurado de entre los dos servidores públicos nombrados por el.
… … ARTÍCULO 62 .- Cuando un Notario Titular hubiere cumplido más de diez años de haber iniciado su actividad en el Estado, podrá proponer al Titular del Poder Ejecutivo del Estado la designación de su Auxiliar de entre los que cuenten con patente de aspirante al
ejercicio del Notariado. Dicho plazo se computará a partir del inicio de la actividad del Titular, ya sea con ese carácter o con el de Auxiliar. El Titular del Poder Ejecutivo del Estado deberá en un plazo mayor a sesenta días naturales expedir la patente respectiva. … Artículo 175.- … I a X.- … XI.- Se Deroga. … Artículo 177.- Se Deroga. Artículo 178.- Se Deroga. Artículo 179.- Se Deroga. Artículos Transitorios Primero.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla. Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A MARTES 16 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. RAYMUNDO ATANACIO LUNA.
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE Los suscritos integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, por conducto de la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente INICIATIVA EN LA QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 2222 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE PUEBLA de conformidad con la siguiente: EXPOSICION DE MOTIVOS Se dice que es una persona adulta mayor, pues conforme a lo que señala la norma; una persona adulta mayor es aquel hombre o mujer que cuenta con sesenta años o más de edad y que se encuentra domiciliada o en tránsito en el territorio nacional. El artículo 17 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ‘Protocolo de San Salvador’, ratificado por México el ocho de marzo de mil novecientos noventa y seis, y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el uno de septiembre de mil novecientos noventa y ocho; establece la protección de los ancianos (adultos mayores) por parte del Estado para adoptar las medidas necesarias para su protección; se transcribe: Artículo 17. Así también, la Carta de San José sobre los Derechos de las Personas Mayores de América Latina y el Caribe establece el
reforzamiento de acciones dirigidas para incrementar la protección de los derechos humanos de los adultos mayores y la atención prioritaria y trato preferencial de éstas en la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en los procesos administrativos y judiciales. Como se advierte de lo anterior, a nivel nacional e internacional, el Estado debe proteger los derechos de las personas adultas mayores y les debe dar un trato preferente en la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en los procesos judiciales, y en la protección de su derecho patrimonial personal y familiar. Así pues, el deber, la moral y la gratitud se encuentran definidos por el Diccionario de la Real Academia Española, como: Deber. Tener obligación de corresponder a alguien en lo moral; cumplir obligaciones nacidas de respeto, gratitud u otros motivos’. Moral. Perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o malicia; que no concierne al orden jurídico, sino al fuero interno o al respeto humano’. Gratitud. Sentimiento que nos obliga a estimar el beneficio o favor que se nos ha hecho o ha querido hacer, y a corresponder a él de alguna manera’. En ese contexto, el deber moral de gratitud al que se hace mención, debe entenderse como la obligación de corresponder de alguna manera a alguien, con bondad y respeto humano, por el
beneficio recibido. Ahora, la ingratitud de acuerdo con la Real Academia de la Lengua Española se define como: Ingratitud. Desagradecimiento, olvido o desprecio de los beneficios recibidos’. Interpretando en sentido contrario dicha definición, puede decirse que toda persona que de alguna manera ha recibido un beneficio, debe actuar con correspondencia hacia su benefactor. En ese tenor, la existencia de las causales de revocación por ingratitud se consideran ligadas directamente con la principal característica de la donación, esto es, con el animus donandi, ya que si bien el donante al realizar la donación no espera un beneficio de carácter patrimonial a manera de contraprestación, lo cierto es que de forma
natural
espera
que
el
donatario
muestre
cierto
agradecimiento por el enriquecimiento que obtuvo de él, es decir, espera una consideración superior a la que se daría a cualquier persona por el hecho de serlo. La resolución 46/91 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad’, dentro de los que destacan los de cuidados y dignidad para con el adulto mayor; se transcriben: Cuidados. -. Las personas de edad deberán poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad. Las personas de edad deberán poder disfrutar de sus derechos
humanos y libertades fundamentales con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad Dignidad. Las personas de edad deberán poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de malos tratos físicos o mentales. Las personas de edad deberán recibir un trato digno. Es una realidad que en muchos de los casos los hijos se desentienden de sus propios padres en la vejez de estos, ya sea porque
los
descendientes
hagan
su
vida
de
manera
muy
independiente de sus padres o simplemente existe una fractura en el lazo familiar entre ellos.
Luego entonces, la revocación de la donación por ingratitud se dirige a dotar al donante de un medio coactivo y psicológico para obligar al donatario al cumplimiento de sus deberes morales. Es por esto, que la suscrita ocupada en promover la protección del entorno familiar y social, es que promueve esta Iniciativa para que los adultos mayores sean vigilados y cuidados por sus propios descendientes al llegar a la vejez y no sean utilizados como un medio para que sus propios hijos se enriquezcan indebidamente y estos sufran abandono en esa etapa final de su vida, Por eso, es que pido se tome en consideración el Adicionar la fracción IV al Artículo 2222 del Código Civil para el Estado de Puebla en la que se establece que las donaciones pueden ser revocadas
por
ingratitud
de
los
descendientes
hacia
sus
ascendientes por la omisión en la ministración de los alimentos respectivos por ello propongo el siguiente: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 2222 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE PUEBLA ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona la fracción IV al Artículo 2222 del Código Civil para el Estado de Puebla, para quedar como sigue:
ARTICULO 2222.- (…) I a III.- … IV.- Si el donatario es descendiente del donante, y aquel incumple con lo establecido en el artículo 487 de este ordenamiento, respecto de los Alimentos que le deben suministrar los descendientes a sus ascendientes. Artículos Transitorios Primero.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla. Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A MARTES 16 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑÓZ
CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Presentes.
Marcelo García Almaguer, Diputado de la LX Legislatura del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 63, fracción II, y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y en los artículos 44, fracción II; 144, fracción II y 147, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta Honorable Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y del Código de Ética Legislativa del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS El pasado 27 de mayo de 2015, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto1 por el que se creó el Sistema Nacional Anticorrupción (en adelante “SNA”) y se incorporaron nuevas reglas constitucionales en materia de integridad pública. Esta modificación generó sinergias entre la Carta Magna y la agenta de apertura gubernamental que, en gran medida, se representa en la Alianza para el Gobierno Abierto (en adelante “AGA”), que se define de la siguiente forma:
Diario Oficial de la Federación, DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5394003&fecha=27/05/2015 (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018).
1
1
“La Alianza para el Gobierno Abierto es una nueva iniciativa multilateral dirigida a propiciar compromisos concretos de parte de los gobiernos para promover la transparencia, aumentar la participación ciudadana en los asuntos públicos, combatir la corrupción y aprovechar las nuevas tecnologías para robustecer la gobernanza”2
No obstante, la AGA no es el único esfuerzo que promueve la integridad y apertura: existen iniciativas internacionales que fomentan acciones focalizadas para los órganos parlamentarios, dada su relevancia democrática al ser órganos de representación popular. Actualmente, la Cámara de Diputados y el Senado de la República son integrantes del ParlAmericas, que elaboró la “Hoja de ruta hacia la apertura legislativa” que, entre otras recomendaciones, establece las siguientes respecto a los conflictos de interés: “Establecer regulaciones de conflictos de interés para las y los parlamentarios y funcionarios que incluyan el deber de divulgar el cabildeo o lobbying, el deber de abstención, la inhabilidad para ejercer un cargo parlamentario, la dedicación exclusiva de la función parlamentaria, el sistema de sanciones y la obligatoriedad de presentar y publicar declaraciones de interés y patrimonio individuales”3 (El énfasis es propio).
Derivado de la necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención de conflictos de interés en los parlamentos, el ParlAmericas ha publicado los “Principios Éticos compartidos para Legisladores”, que refieren las siguientes normas de conducta:
2 Alianza para el Gobierno Abierto, ¿Qué es la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA)?, disponible en: http://gobabiertomx.org/alianza-internacional/ (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018). 3 ParlAmericas, Hoja de ruta hacia la apertura legislativa, disponible en: http://parlamericas.org/uploads/documents/Roadmap-ES-SCREEN.pdf (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018).
2
“3.2 Evitar Conflictos de Interés e Influencia Impropia. 3.2.1 Los legisladores deberán evitar conflictos de interés en los que sus intereses personales los imposibiliten, o aparenten imposibilitarlos, de la realización de sus actividades en función del interés público. 3.2.2 Los legisladores no deberán usar su influencia para su propio beneficio, o de manera que aparente que lo están haciendo. (...)”4 (El énfasis es propio).
Para el caso mexicano, la Alianza para el Parlamento Abierto, impulsada por Organizaciones de la Sociedad Civil y asumida por órganos parlamentarios del ámbito federal y local, desarrolló una serie de “Principios de Parlamento Abierto en México” que, entre otros, establece lo siguiente respecto a conflictos de interés: “Elementos que distinguen a un Parlamento Abierto: (...) 9. Conflictos de interés. Regulan, ordenan y transparentan las acciones de cabildeo, cuentan con mecanismos para evitar conflictos de intereses y aseguran la conducta ética de los representantes”5 (El énfasis es propio). Es así como Transparencia Mexicana evaluó las acciones parlamentarias en materia de conflictos de interés en su “Diagnóstico de Parlamento Abierto en México” (2015), que reportó lo siguiente:
ParlAmericas, Principios Éticos compartidos para Legisladores, disponible en: http://www.parlamericas.org/uploads/documents/Common-Ethical-Principles-SPA.pdf (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018). 5 Alianza para el Parlamento Abierto, Principios de Parlamento Abierto en México, disponible en: https://www.parlamentoabierto.mx/principios/ (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018). 4
3
“En dos de diez instituciones legislativas existe código de ética para funcionarios y legisladores, y en siete de cada diez consideran disposiciones que obligan al legislador de excusarse de participar en procesos parlamentarios qu
Sin
embargo, ninguna de las 34 instituciones legislativas publica declaraciones de intereses. Un parlamento abierto debe contar con legisladores que transparenten los procesos en los que participan; requiere la existencia y aplicación de un código de ética y hacer públicas las declaraciones de intereses, con el objeto de reducir a la mínima o nula expresión, la corrupción y negociaciones ajenos al bien común”6
En este sentido, la integridad parlamentaria está íntimamente vinculada con la prevención y sanción de los conflictos de interés, por lo que su reglamentación resulta fundamental para garantizar los principios de imparcialidad y objetividad parlamentaria y, sobre todo, para tutelar la ética parlamentaria que debe caracterizar el actuar de cualquier legislador.
A. Conflictos de interés y corrupción. La modificación constitucional por la que se creó el SNA parte del entendimiento de que la corrupción se ha institucionalizado7 y funciona como un sistema capaz de encontrar “espacios de múltiples equilibrios para hacerse estable”8 y de “constituir mecanismos racionales y metódicos para subsistir”9. Esta visión sistémica obliga a las instituciones públicas a asumir que los instrumentos para combatir la corrupción “requieren ajustes constantes”10.
Transparencia Mexicana, Diagnóstico de Parlamento Abierto en México, disponible en: https://www.tm.org.mx/diagnostico-de-parlamento-abierto-en-mexico/ (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018). 7 David Arellano, Introducción, en David Arellano, coord., ¿Podemos reducir la corrupción en México? Límites y posibilidades de los instrumentos a nuestro alcance, (México: Centro de Investigación y Docencia Económicas, primera edición, 2012), p. 9. 88 Ibid., p. 10. 9 Op. Cit. 10 Ibid., p. 12. 6
4
En palabras de los académicos Walter Lepore, Laura Zamudio e Israel Aguilar, el vínculo entre la corrupción y conflictos de interés se actualiza de la siguiente forma: “Es plausible establecer que en una sociedad plural los actores, grupos e individuos tienen y defienden legítimamente intereses. Y es también lógico pensar que muchos de estos intereses entran en constante conflicto con el bienestar colectivo o con intereses de otros grupos. Cuando este choque entre intereses se genera en el interior del aparato gubernamental, entonces se tiene un problema adicional: la contradicción entre los intereses de los servidores públicos y los políticos como personas y los intereses de grupos externos o de la sociedad civil”11 De igual forma, desarrollan lo siguiente: “Con el afán de avanzar en la clarificación de los conceptos, resulta conveniente determinar cómo se relacionan estos diversos conflictos de interés con el concepto de corrupción. En términos generales, la corrupción es un concepto complejo que no implica una única forma de comportamiento ni un tipo de conducta específica y particular, sino que se aplica a cierto tipo de relaciones recíprocas entre algunas personas en un contexto y en un tiempo determinados (...) La corrupción, por lo tanto, es un concepto sumamente amplio que incluye a los conflictos de interés, aunque no se limita exclusivamente a este tipo de prácticas. El conflicto de interés puede llevar a actos de corrupción, pero no siempre es así, siendo ésta su principal diferencia. La propia OCDE (2005) acepta que no todo conflicto de intereses es un acto de corrupción, salvo en casos donde en circunstancias particulares el conflicto surge entre los intereses y capacidades privados, y han influido afectiva e indebidamente en el desempeño y la toma de decisiones
11 Walter Lepore, Laura Zamudio e Israel Aguilar, Control de los conflictos de interés: Mecanismos organizacionales en la experiencia internacional y lecciones para México, en David Arellano, coord., ¿Podemos reducir la corrupción en México? Límites y posibilidades de los instrumentos a nuestro alcance, (México: Centro de Investigación y Docencia Económicas, primera edición, 2012), p. 77.
5
en la esfera pública para beneficio personal del funcionario, sus familiares y otros particulares con los que tenga algún tipo de relación”12
En el ámbito parlamentario, los conflictos de interés distorsionan la función de representación popular, por lo que es necesario expedir reglamentación que prevenga, prohíba y sancione cualquier comportamiento indebido de congresistas.
B. Conflictos de interés y responsabilidades administrativas. El Decreto referido anteriormente vinculó al H. Congreso de la Unión a expedir una Ley General de Responsabilidades Administrativas, que es vinculante a los tres ámbitos de gobierno. Este instrumento jurídico contiene, entre otras, las siguientes disposiciones respecto a conflictos de interés (aplicables para este Congreso): “Artículo 3. Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. a V. ... VI. Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios; VII. a XXVII. ... Artículo 7. Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
12
Ibid., pp. 81 – 82.
6
Para la efectiva aplicación de dichos principios, los Servidores Públicos observarán las siguientes directrices: I. a VIII. ... IX. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones, y X. ... Artículo 31. Las Secretarías, así como los Órganos internos de control de los entes públicos, según corresponda, serán responsables de inscribir y mantener actualizada en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, la información correspondiente a los Declarantes a su cargo. Asimismo, verificarán la situación o posible actualización de algún Conflicto de Interés, según la información proporcionada, llevarán el seguimiento de la evolución y la verificación de la situación patrimonial de dichos Declarantes, en los términos de la presente Ley. Para tales efectos, las Secretarías podrán firmar convenios con las distintas autoridades que tengan a su disposición datos, información o documentos que puedan servir para verificar la información declarada por los Servidores Públicos. Artículo 58. Incurre en actuación bajo Conflicto de Interés el servidor público que intervenga por motivo de su empleo, cargo o comisión en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga Conflicto de Interés o impedimento legal. ... ... Artículo 60. Incurrirá en enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Interés el servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el
7
uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un Conflicto de Interés”13
Así, aunque la Ley General de Responsabilidades Administrativas ha establecido regulación relevante para prevenir, prohibir y sancionar los conflictos de interés, resulta indispensable que este Congreso atienda las recomendaciones internacionales y fortaleza la regulación en la materia.
CUADROS COMPARATIVOS LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA TEXTO VIGENTE TEXTO PROPUESTO ARTÍCULO 43 ARTÍCULO 43 Son obligaciones de los Diputados, las ... siguientes: XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro cargo XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro cargo o comisión públicos, por el que disfrute de o comisión públicos, por el que disfrute de sueldo, remuneración o reciban alguna sueldo, remuneración o reciban alguna ministración en dinero; ministración en dinero. Sin correlativo. De igual forma, no podrán desempeñar función legislativa por la que puedan constituirse conflictos de interés; XII.- a XV.- ... XII.- a XV.- ... ... ... ARTÍCULO 49 ARTÍCULO 49 Todos los Diputados se encuentran obligados a ... privilegiar el interés general antes que el interés de su Grupo o Representación Legislativa, del personal o de cualquier otro. El interés general se atiende mediante el El interés general se atiende mediante el adecuado ejercicio de la representación popular, adecuado ejercicio de la representación popular, el razonamiento e imparcialidad de las el razonamiento e imparcialidad de las decisiones legislativas, la rectitud en la ejecución decisiones legislativas, la rectitud en la ejecución de las actuaciones y la integridad profesional de de las actuaciones, la integridad profesional de los Diputados. Ley General de Responsabilidades Administrativas, disponible http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf (Fecha de consulta: 15 de octubre de 2018).
13
en:
8
Sin correlativo.
Sin correlativo.
los Diputados y la ausencia de conflictos de interés. Las declaraciones de intereses de los Diputados deberán publicarse en el portal electrónico del Congreso del Estado, en formato de datos abiertos. Los Diputados que incurran en actuación bajo conflicto de interés o en ocultamiento de conflicto de interés, serán sancionados de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables.
CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA TEXTO VIGENTE TEXTO PROPUESTO ARTÍCULO 10 ARTÍCULO 10 Los Diputados deberán abstenerse de lo ... siguiente: I. ... I. ... II. Dejar de realizar su función legislativa, sin II. Dejar de realizar su función legislativa, sin causa justificada; y causa justificada; III. Ejercer presión o hacer valer su cargo para III. Ejercer presión o hacer valer su cargo para obtener un beneficio. obtener un beneficio, y Sin correlativo. IV. Asumir funciones legislativas por las que puedan constituirse conflictos de interés. Los Diputados estarán obligados a manifestar la actualización de un probable conflicto de interés y de separarse de cualquier cargo o comisión, incluso cuando estos no se hayan previsto en la declaración de interese correspondiente.
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DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Y DEL CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS.
Primero. Se adiciona un párrafo al artículo 43, fracción XI; se reforma párrafo segundo y se adicionan tercer y último párrafos del artículo 49, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 43 ... XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro cargo o comisión públicos, por el que disfrute de sueldo, remuneración o reciban alguna ministración en dinero. De igual forma, no podrán desempeñar función legislativa por la que puedan constituirse conflictos de interés; XII.- a XV.- ... ... ARTÍCULO 49 ... El interés general se atiende mediante el adecuado ejercicio de la representación popular, el razonamiento e imparcialidad de las decisiones legislativas, la rectitud en la ejecución de las actuaciones, la integridad profesional de los Diputados y la ausencia de conflictos de interés.
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Las declaraciones de intereses de los Diputados deberán publicarse en el portal electrónico del Congreso del Estado, en formato de datos abiertos. Los Diputados que incurran en actuación bajo conflicto de interés o en ocultamiento de conflicto de interés, serán sancionados de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables.
Segundo. Se reforma el artículo 10, fracciones II y III, y se adiciona la fracción IV, del Código de Ética Legislativa del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 10 ... I. ... II. Dejar de realizar su función legislativa, sin causa justificada; III. Ejercer presión o hacer valer su cargo para obtener un beneficio, y IV. Asumir funciones legislativas por las que puedan constituirse conflictos de interés. Los Diputados estarán obligados a manifestar la actualización de un probable conflicto de interés y de separarse de cualquier cargo o comisión, incluso cuando estos no se hayan previsto en la declaración de interese correspondiente.
TRANSITORIOS Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
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CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 17 DE OCTUBRE DE 2018.
MARCELO GARCÍA ALMAGUER DIPUTADO LOCAL COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Y DEL CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
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DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S: La que suscribe, Diputada María del Rocío García Olmedo, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 racción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción
I del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, me
permito someter a consideración de esta Soberanía INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS
“Todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar de la misma manera los derechos reconocidos por la Constitución, los Tratados Internacionales y las leyes. Se prohíbe toda exclusión o trato diferenciado motivado por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
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De igual manera, queda prohibida toda práctica de exclusión que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos consagrados en nuestro orden jurídico”. 1 La figura jurídica del matrimonio ha evolucionado desde su origen y a través de la historia; adaptándose a las nuevas formas en la que las personas se unen y se relacionan. No obstante que la noción tradicional del matrimonio, es considerada como la unión entre un hombre y una mujer, elementos que son comunes en las culturas alrededor del mundo, lo cierto es que con la evolución de esta figura, se han ido adaptando nuevas formas de unión entre las personas, que pone de manifiesto el grado evolutivo de su cultura en la sociedad, el matrimonio se ha ido adecuando a los contextos culturales y sociopolíticos, mismo que se ha ido perfeccionando y puesto de manifiesto en las legislaciones correspondientes. En esta tesitura, el matrimonio ha sufrido transformaciones en cuanto a la forma de celebración y a sus efectos, hasta llegar al reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo, siendo una tendencia internacional que se dio a partir de la segunda mitad del siglo
, principalmente en algunos países europeos y
posteriormente en América. 2 La Corte Interamericana de Derechos Humanos menciona: “Que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos, y que los Estados deben garantizar el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos para asegurar la protección de los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales”.
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ttp:
.cnd .org.m Cuales son derec os
umanos consultado el 1 de octubre de 2018 a las 12: 0 oras
Centro de Estudios Sociales y de Opini n P blica, C mara de Diputados, LXIII Legislatura, Revista En Conte to, Matrimonio entre personas del mismo se o , edici n septiembre 201 , p g. 2
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En nuestro país, el reconociendo al matrimonios igualitario, se dio en diciembre de 2009, cuando la Asamblea Legislativa del Distrito
ederal aprobó el matrimonio
entre personas del mismo sexo. Luego se fueron sumando otros estados, entre los que figuran: Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua, Campeche, Colima, Morelos, Nayarit, Sonora, Michoacán, que han reformado sus respectivas legislaciones que reglamentan la institución del matrimonio, y con ello se reconoce el matrimonios entre personas del mismo sexo, lo que vuelve más sencillo este tipo de uniones. A nueve años de que se reconociera este tipo de uniones, en la Asamblea Legislativa del Distrito
ederal, la comunidad LG TTTI (lésbico, gay, bisexual,
transexual, transgénero, travesti e intersexual) defiende sus derechos en todos los ámbitos y buscan conseguir la igualdad en el ejercicio de derechos de las personas diferentes al paradigma heterosexual. 3 Las leyes son de observancia general y no debe de haber exclusiones ni distinciones, pues de ser así estamos contradiciendo el artículo primero de nuestra Carta Magna, que me permito citar a continuación: Art culo En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, as como de las garant as para su protecci n, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constituci n establece. Las normas relativas a los derec os umanos se interpretarán de conformidad con esta Constituci n y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protecci n más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derec os umanos, en los términos que estable ca la ley. 3
ttp: data.copred.cdm .gob.m por-la-no-discriminacion poblacion-lgbttti consultado 1 de octubre de 2018 a las 1 :20 oras
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Está pro ibida la esclavitud en los Estados nidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcan arán, por este solo ec o, su libertad y la protecci n de las leyes. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condici n social, las condiciones de salud, la religi n, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad umana y tenga por objeto anular o menoscabar los derec os y libertades de las personas.
La Ley ederal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, señala en el artículo 1 fracción III: iscriminaci n Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminaci n toda distinci n, exclusi n, restricci n o preferencia que, por acci n u omisi n, con intenci n o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculi ar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derec os umanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condici n social, econ mica, de salud o jur dica, la religi n, la apariencia f sica, las caracter sticas genéticas, la situaci n migratoria, el embara o, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiaci n pol tica, el estado civil, la situaci n familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo ambién se entenderá como discriminaci n la omofobia, misoginia, cualquier manifestaci n de xenofobia, segregaci n racial, antisemitismo, as como la discriminaci n racial y otras formas conexas de intolerancia
El 17 de mayo, es considerado el Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia, día simbólico que conmemora el hecho de que en 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) dejo de considerar a la homosexualidad una enfermedad.
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En México el 17 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la ederación el Decreto por el que se declara Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias. 4 Así mismo en el año de 2010 la suscrita, en mi calidad de Diputada Local de la L II Legislatura de este Congreso Poblano, impulse a que se instaurara el día 17 de Mayo como el “Día Estatal contra la Homofobia”, propuesta que fue aprobada. El 03 de junio del 201 , la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los Códigos Civiles de las entidades del país en donde el matrimonio se entiende sólo como la unión entre un hombre y una mujer y que tiene como fin la procreación. La resolución expone que pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quien puede acceder a la institución matrimonial con la procreación, es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales. “MATRIMONIO. LA LEY DE CUALQUIER ENTIDAD FEDERATIVA QUE, POR UN LADO, CONSIDERE QUE LA FINALIDAD DE AQUÉL ES LA PROCREACIÓN Y/O QUE LO DEFINA COMO EL QUE SE CELEBRA ENTRE UN HOMBRE Y UNA MUJER, ES INCONSTITUCIONAL. Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreaci n constituye una medida no id nea para cumplir con la nica finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida la protecci n de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la instituci n matrimonial con la procreaci n es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas omosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas eterosexuales. La distinci n es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para acer la distinci n en relaci n con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreaci n, no tiene ra n justificada que la uni n matrimonial sea eterosexual, ni que se enuncie como entre un solo ombre y una sola mujer . ic a enunciaci n resulta discriminatoria en su mera expresi n. Al respecto cabe recordar que está pro ibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientaci n sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisi n o 4
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práctica de derec o interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derec os de una persona a partir de su orientaci n sexual. As pues, bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derec o con base en su orientaci n sexual. Por tanto, no es factible acer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación general 23 201 , dirigida a los Titulares de los Poderes Ejecutivos y a los
rganos
Legislativos de todas las entidades federativas del país, sobre el “matrimonio igualitario”, con el fin de que adecuen los correspondientes ordenamientos en materia civil y o familiar, para permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y en condiciones tales que se impida cualquier tipo de discriminación, en términos del quinto párrafo del artículo primero de la Constitución General de la República. 6 El 17 de mayo de 2016, el presidente Enrique Peña Nieto, presentó una iniciativa al Congreso de la Unión, para garantizar el derecho a la no discriminación y cumplir con lo que ya se había discutido y establecido desde la SCJN: eliminar las discriminaciones que aún prevalecen en los códigos civiles de muchas entidades de nuestro país, y que obligan a muchas parejas a recurrir a un amparo para ejercer su derecho al matrimonio igualitario. Como antecedente para esta reforma del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, se debe de hacer mención que este Poder Legislativo del Estado de Puebla, recibió el oficio DGPL 2P3A.4240.20, donde el Senado de la República exhorta respetuosamente a los Congresos de las Entidades ederativas que aún no lo han hecho que, en el ámbito de sus competencias, implementen
ttps: sjf.scjn.gob.m sjfsist Paginas DetalleGeneralV2.asp 2018 a las 17:30 oras 6
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ID 2009 07 Clase DetalleTesisBL consultada el 1
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reformas a su legislación civil a fin de garantizar el reconocimiento del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo. 7 En julio de 201 , la Diputada Socorro Quezada Tiempo, presentó una iniciativa de matrimonio igualitario, misma que no fue aprobada por los integrantes de la LI Legislatura. El 01 de agosto de 2017, la SCJN, por unanimidad, el Pleno de la Corte anuló porciones de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla, y estableció que las alusiones a un solo hombre y una sola mujer , deben entenderse en el sentido de que tanto el matrimonio como el concubinato son accesibles también a parejas del mismo sexo. Además, fue anulada la mención a que el matrimonio tiene el propósito de perpetuar la especie , con argumentos que la Corte ha sostenido desde hace años en el sentido de que se violan derechos humanos de trato igualitario, no discriminación por orientación sexual y libre desarrollo de la personalidad,
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pues
consideraron a estos preceptos como “violatorios de los principios de igualdad y no discriminación. El 16 de febrero de 2018, por sentencia de la SCJN derivado de la Acción de Institucionalidad 29 2016, se publicó en el Diario Oficial de la
ederación la
invalidez de la porción normativa “un solo hombre y una sola mujer”; así como las porciones normativas referidas a tales sujetos, contenidas en diversos preceptos del Código y otros ordenamientos estatales vinculados tanto con el matrimonio como
con
el
concubinato
(comprendido
dentro
del
Capítulo
Segundo,
7Orden
del Día, Sesi n P blica de la Comisi n Permanente de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Lunes 11 de Mayo de 201
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ttp: pueblamedia.com inde .p p option com 2 vie itemlist tas tag tag Suprema 20Corte 20de 20Justicia 20de 20la 20Naci C3 B3n 20 SCJN Itemid 17 limitstart 0 consultado el 1 de octubre de 2018, a las 18: 1 oras
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“Matrimonio”, del Código Civil); deberá entenderse que estas instituciones involucran a dos personas del mismo o de diferente sexo. 9 En este sentido, conforme a las consideraciones internacionales y nacionales que sustentan esta iniciativa, se conoce el derecho al acceso y disfrute universal de los Derechos Humanos, así como también el derecho al reconocimiento de la personalidad y capacidad jurídica, que las personas disfrutan independientemente de su orientación sexual. De igual forma, toda persona tiene el derecho a formar una familia, con independencia de su orientación sexual o identidad de género. Refiriendo a todo este proceso legislativo, el artículo 294, 297, 298 fracción I y 300 del Código Civil del Estado de Puebla, hablan que para el matrimonio y concubinato se establece ambas figuras y que se constituyen por “Un solo hombre y una sola mujer” definición que resulta discriminatorio y que afecta a las personas con distintas orientaciones sexuales a las heterosexuales. El mérito de la tolerancia radica en que no es respetar a los iguales, sino a los diferentes, ya que una sociedad abierta es aquella en la que lo excepcional tiene cabidas junto a lo mayoritario, la discusión de este proyecto nos exige una mirada de estado, para las generaciones futuras y con ello hacer algo que beneficie a largo plazo a toda la sociedad, Esta no es una iniciativa de ley sobre el “Matrimonio LG TTTI”, es sino sobre el “Matrimonio Igualitario”. No se trata de debilitar una de las instituciones más fuertes de la sociedad, se trata de darles fortaleza a su peso, hacerla más inclusiva y sin discriminación. Las preferencias sexuales no pueden ser motivo para la exclusión o discriminación, ni mucho menos para la afectación de la vida jurídica de una persona, recordemos que la función del Estado es fundamental para la tutela de los derechos humanos, que son inherentes y sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. 9
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13 27 fec a 1 02 2018 consultado el 1 de octubre de 2018, a las 19:2
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En el Partido Revolucionario Institucional, no manejamos etiquetas, no tenemos fobias, somos un partido incluyente con mujeres y hombres libres, en donde trabajamos y promovemos los derechos humanos, que son un tema transversal en todas las políticas de nuestro país y de nuestro estado. Para una mejor comprensión de la presente iniciativa, se agrega el siguiente cuadro comparativo: TEXTO VIGENTE
REFORMA PROPUESTA
Artículo 294. El matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia.
Artículo 294. El matrimonio es un contrato civil, por el cual dos personas se unen en sociedad.
Artículo 297.- El concubinato es la unión de hecho entre un solo hombre y una sola mujer, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la Ley señala y hacen vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o han vivido públicamente como marido y mujer durante más de dos años continuos.
Artículo 297. El concubinato es la unión de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la Ley señala y hacen vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o han vivido públicamente como c nyuges durante más de dos años continuos.
Artículo 298. Son aplicables al concubinato la siguientes disposiciones: I. El concubino y la concubina se deben mutuamente alimentos en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure su unión;
Artículo 298. Son aplicables al concubinato las siguientes disposiciones: I.- Los concubinos se deben mutuamente alimentos en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure su unión;
II I . (…)
II I . (…)
Artículo 300. No pueden contraer Artículo 300. No pueden contraer matrimonio el hombre y la mujer, antes de matrimonio las personas, antes de cumplir dieciocho años de edad. cumplir dieciocho años de edad. 9
Artículo 330. El marido y la mujer, mayores de edad, tienen capacidad para administrar, contratar o disponer de sus bienes propios, y ejercitar las acciones u oponer las excepciones que a ellos corresponden, sin que para tal objeto necesite uno de ellos la autorización del otro.
Artículo 330. Los c nyuges, mayores de edad, tienen capacidad para administrar, contratar o disponer de sus bienes propios, y ejercitar las acciones u oponer las excepciones que a ellos corresponden, sin que para tal objeto necesite uno de ellos la autorización del otro.
Artículo 333. El marido y la mujer, durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno contra el otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio.
Artículo 333. Los c nyuges, durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno contra el otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio.
Artículo 334. Ni el marido podrá cobrar a la esposa ni ésta a aquél retribución u honorarios por servicios personales que se prestaren, o por consejos y asistencia que se dieren.
Artículo 334. Ni un c nyuge podrá cobrar al otro, retribución u honorarios por servicios personales que se prestaren, o por consejos y asistencia que se dieren.
Artículo 403. La nulidad fundada en la edad menor de dieciocho años en el hombre y la mujer, puede ser demandada por los ascendientes y a falta de éstos, por quien desempeñaba la tutela o por el tutor que al efecto se nombre.
Artículo 403. La nulidad fundada en la edad menor de dieciocho años en los c nyuges, puede ser demandada por los ascendientes y a falta de éstos, por quien desempeñaba la tutela o por el tutor que al efecto se nombre.
Artículo 478. Afinidad es el parentesco que se contrae por el matrimonio o el concubinato, entre el hombre y los parientes de la mujer, o entre ésta y los parientes del hombre.
Artículo 478. Afinidad es el parentesco que se contrae por el matrimonio o el concubinato, entre un c nyuge y los parientes del otro.
En virtud de lo anterior me permito someter a consideración de esta Soberanía la siguiente:
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INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. ARTÍCULO
NICO: Se REFORMAN los artículos 29 , 297, 298 Fracci n I, 300,
330, 333, 33 ,
03 y 78 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de
Puebla, para quedar como sigue: Artículo 294. El matrimonio es un contrato civil, por el cual dos personas se unen en sociedad. Artículo 297. El concubinato es la unión de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la Ley señala y hacen vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o han vivido públicamente como c nyuges durante más de dos años continuos.
Artículo 298. Son aplicables al concubinato las siguientes disposiciones: I.- Los concubinos se deben mutuamente alimentos en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure su unión; II I . (…) Artículo 300. No pueden contraer matrimonio las personas, antes de cumplir dieciocho años de edad. Artículo 330.
Los c nyuges, mayores de edad, tienen capacidad para
administrar, contratar o disponer de sus bienes propios, y ejercitar las acciones u
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oponer las excepciones que a ellos corresponden, sin que para tal objeto necesite uno de ellos la autorización del otro. Artículo 333. Los c nyuges, durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno contra el otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio. Artículo 334. Ni un c nyuge podrá cobrar al otro, retribución u honorarios por servicios personales que se prestaren, o por consejos y asistencia que se dieren. Artículo 403. La nulidad fundada en la edad menor de dieciocho años en los c nyuges, puede ser demandada por los ascendientes y a falta de éstos, por quien desempeñaba la tutela o por el tutor que al efecto se nombre. Artículo 478. Afinidad es el parentesco que se contrae por el matrimonio o el concubinato, entre un c nyuge y los parientes del otro. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE OCTUBRE DE 2018 DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO
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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTES Los suscritos integrantes de los Grupos Legislativos del Partido del Trabajo y del Partido Encuentro Social de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, por conducto de la Diputada Nora Merino Escamilla, con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA DENOMINACIÓN DE LA SECCIÓN TERCERA DEL CAPÍTULO SÉPTIMO, DEL LIBRO SEGUNDO; PARA LLAMARSE DELITOS CONTRA LA PRIVACIDAD SEXUAL, Y EL ARTÍCULO 225; Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 225 BIS, TODOS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, bajo los siguientes: CONSIDERANDOS El denominado "sexting" consiste en el envío de fotos o vídeos con contenido sexual explícito. El fenómeno, que comenzó con la aparición de los mensajes de texto se ha ido incrementando no sólo entre adolescentes, sino también entre adultos, convirtiéndose en una práctica tan habitual como delicada, por el riesgo que existe de pérdida de control de esas imágenes que afectan de una manera directa a la intimidad, y que una vez en poder de un tercero pueden ser difundidas con la rapidez.
En los últimos años y gracias a la evolución de la tecnología que permite hoy día el intercambio de datos, voz, video y fotografías en buena medida gracias a la utilización masiva de dispositivos móviles multimedia, la manera de relacionarnos con otras personas ha cambiado drásticamente. Vivimos una era en que los gestos, sentimientos o miradas se presencian de inmediato a través de un video o de una fotografía. Acorde con cifras de la empresa informática Google México, en 2015 30.5 millones de personas cuentan con un teléfono de los llamados inteligentes, (Smartphone), y pasan tres horas del día conectados a través de estos dispositivos, y estos teléfonos son la pantalla donde más interactúan las personas con 40 por ciento, seguido por las computadoras con 29 por ciento, la televisión con 23 por ciento y tableta con 8 por ciento. Con el uso de estas herramientas de comunicación, han nacido fenómenos como el ciberbullying, la difusión de peleas a través de las redes sociales, el sexting y la porno venganza. “Sexting” es un término inglés que se usa para referirse al acto de enviar mensajes explícitos de contenido erótico o sexual desde un dispositivo móvil.
La porno venganza, consiste en la difusión de imágenes o grabaciones de carácter sexual de una persona que se compartieron en el marco de la intimidad de una relación y que una vez terminada ésta, se difunden a través del internet sin consentimiento de ninguna de las partes con el fin de exponerla y humillarla ante el público. Posteriormente la víctima es coaccionada para tener relaciones sexuales con el chantajista, producir pornografía, re-iniciar una relación, etcétera. En 2013 la Alianza por la Seguridad en Internet, realizó una encuesta a 10 mil estudiantes universitarios, detalló que el 36.7 por ciento admitió conocer a alguien que ha enviado imágenes de personas desnudas o semidesnudas por Internet. El contexto está dado para que el texting y la porno venganza se extiendan. Aunque no existen estadísticas específicas sobre el número de víctimas afectadas por la porno venganza, es conocido públicamente que la mayoría de ellas han sido mujeres, dado que en países como Estados Unidos, España y Brasil existen sitios de internet administrados por hombres donde se publicaban fotos, imágenes y videos de mujeres realizando prácticas sexuales con sus ex parejas. Tan sólo en la Unión Americana, Kevin Christopher Boallert, administrador de un sitio de porno venganza publicó entre 2012 y 2013 más de 10,000 fotos de mujeres y llegó a cobrar entre $200 y $300 dólares por quitarlas de su página de internet.
En México , el estado de San Luis Potosí en 2015 realizó una reforma al Artículo 187 del Código Penal del Estado que a la letra dice: “Comete el delito de difusión ilícita de imágenes intimas, quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a doscientos salarios mínimos.”
Asimismo, en el Estado de México , a partir del 2014, está penalizado como delito la porno venganza, como modalidad de acoso sexual. En el Artículo 269 Bis del Código Penal del Estado de México, se señala:
“Artículo 269 Bis. - Comete el delito de acoso sexual, quien con fines de lujuria
asedie
reiteradamente
a
persona
de
cualquier
sexo,
aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente, para la víctima.
De igual forma incurre en acoso sexual quien, sin consentimiento del sujeto pasivo y con propósitos de lujuria o erótico sexual, grabe, reproduzca, fije, publique, ofrezca, almacene, exponga, envíe, transmita, importe o exporte de cualquier forma, imágenes, texto, sonidos o la voz, de una persona, sea en forma directa, informática, audiovisual, virtual o por cualquier otro medio. Si la imagen obtenida, sin consentimiento, muestra al sujeto pasivo desnudo o semidesnudo, se acredita por ese sólo hecho, los propósitos señalados en el párrafo anterior. Por lo anteriormente expuesto, sometemos a su consideración la siguiente iniciativa de:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA DENOMINACIÓN DE LA SECCIÓN
TERCERA
DEL
CAPÍTULO
SÉPTIMO,
DEL
LIBRO
SEGUNDO; PARA LLAMARSE DELITOS CONTRA LA PRIVACIDAD SEXUAL, Y EL ARTÍCULO 225; Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 225 BIS, TODOS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se reforma la denominación de la Sección Tercera del Capítulo Séptimo, del Libro Segundo; para llamarse Delitos Contra la Privacidad Sexual, y el Artículo 225; y se adiciona el Artículo 225 bis y 225 ter, todos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue: SECCION TERCERA DELITOS CONTRA INTIMIDAD SEXUAL Artículo 225. Comete el delito de violación de la intimidad sexual, quien sin violencia y con el fin de causar daño o la obtención de un beneficio indebido, divulgue, la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente, realizando cualquier actividad, por cualquier medio ya sea impreso, video grabado o virtual, sin el consentimiento expreso de la misma. Esta conducta se sancionará de tres a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario vigente de la unidad de medida y actualización, al momento en que se cometa el delito. Artículo 225 Bis. Las mismas sanciones del artículo 225 se aplicarán a quien obtenga de dispositivos móviles o dispositivos de almacenamiento
de datos, cualquier exposición de contenido erótico sexual en uso de contraseñas sin la autorización de su titular.
TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla. Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. NORA MERINO ESCAMILLA
DICTÁMENES DE LA SESIÓN
COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN, TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS
HONORABLE ASAMBLEA:
Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Educación, Trabajo, Competitividad y Previsión Social y de Derechos Humanos de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II,102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones X, XI y XII, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones X, XI y XII, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Con fecha ocho de octubre de dos mil dieciocho, la Diputada Olga Lucía Romero Garci Crespo, integrante del Grupo Legislativo de Movimiento de Regeneración Nacional de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, presentó ante esta Soberanía el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, y a las autoridades educativas a suspender de manera inmediata e indefinida los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos.
2. En sesión del día ocho del mismo mes y año, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a la Comisión de Transportes y Movilidad, para su estudio y resolución procedente”.
CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO •
Exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, y a las autoridades educativas a suspender de manera inmediata e indefinida los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos.
CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS Que en México, la educación ha estado envuelta en diversas problemáticas que se han traducido en bajos niveles de aprovechamiento escolar y en altos índices de deserción en todos los niveles. Se trata de problemas estructurales, que se han pretendido endosar de manera irresponsable solamente al gremio magisterial. Que debe reconocerse que la educación es la base esencial para lograr el crecimiento de una nación. Que constituye el eje principal de su progreso, esto si se considera que la técnica y la ciencia se mejoran gracias a la educación potenciando así el desarrollo económico, lo que la convierte en factor imprescindible para combatir la desigualdad social. Debe subrayarse que la educación es un derecho humano, reconocido explícitamente en la Constitución Federal y se encuentra salvaguardado jurídicamente por su artículo tercero, así como en su Ley reglamentaria, la Ley General de Educación. Que la educación impartida en todas las escuelas de México tiene que ser integral, para lo cual se requieren diversas políticas públicas, incluyentes y transdisciplinarias. Los resultados de una mal llamada Reforma Educativa sin consenso, han generado polarización entre la sociedad. Se han impulsado medidas autoritarias y excluyentes, además de que profundizaron y agravaron la crisis económica y social de manera antidemocrática sin diálogo y con exclusión social, favoreciendo sólo intereses de grupo. Que el 10 de diciembre de 2012 Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados, una propuesta de reforma de los artículos 3º y 73 de la Constitución Federal que tuvo como objetivo ser el marco para establecer un régimen especial para los trabajadores de la educación en este país. Fue el inicio de una reforma laboral que no presentó vínculo alguno con la transformación pedagógica en contenidos,
programas, planes y libros de texto. La supuesta reforma eludió modificar los verdaderos factores que provocan el rezago educativo en nuestro país. Que en febrero de 2013, la mayoría de los congresos estatales había ratificado la reforma, por lo que la Cámara de Diputados y el Senado de la República procedieron a emitir la declaración constitucional de ésta, siendo promulgada el 25 de febrero de 2013 y publicada en el Diario Oficial de la Federación al día siguiente. Que la reforma constitucional antes mencionada dio pauta para la promulgación de la Ley General del Servicio Profesional Docente; la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; y a reformas a la Ley General de Educación y a la Ley de Coordinación Fiscal. Que el 1 de septiembre de 2013, se impuso la Ley General del Servicio Profesional Docente, que estableció procedimientos de sanción e incluso de separación del empleo de los trabajadores de la educación, excluyéndolos de la legislación laboral, ya que reconoce que los maestros son trabajadores al servicio del Estado, pero sin embargo fue desconocido su derecho a ser regidos por lo que marca el Apartado B del artículo 123 constitucional y por su Ley reglamentaria. Que el 3 de septiembre del mismo año siguiente con gran rapidez en el Senado de la República se aprobó tan ominosa ley, en cuyos artículos octavo y noveno transitorios se menciona expresamente el atentado laboral contra las y los docentes que se nieguen a participar en las evaluaciones, que como ya se comentó están diseñadas como un instrumento intimidatorio y represivo: “Octavo. El personal que a la entrada en vigor de la presente ley se encuentre en servicio y cuente con nombramiento definitivo, con funciones de docencia, de dirección o de supervisión en la educación básica o media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados, se ajustará a los procesos de evaluación y a los programas de regularización a que se refiere el título segundo, capítulo VIII, de esta ley. El personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se refiere el artículo 53 de la ley no será separado de la función pública y será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho servicio, conforme a lo que determine la autoridad educativa o el organismo descentralizado correspondiente, o bien, se le ofrecerá incorporarse a los programas de retiro que se autoricen.
El personal que no se sujete a los procesos de evaluación o no se incorpore a los programas de regularización del artículo 53 de la ley, será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según corresponda.” Noveno. El personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica o media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados que a la entrada en vigor de esta ley tenga nombramiento provisional, continuará en la función que desempeña y será sujeto de la evaluación establecida en el artículo 52 de la presente ley. Al personal que obtenga resultados suficientes en dicha evaluación, se le otorgará nombramiento definitivo y quedará incorporado al servicio profesional docente conforme a lo dispuesto en esta ley. Será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según sea el caso, el personal que: I.
Se niegue a participar en los procesos de evaluación;
II.
No se incorpore al programa de regularización correspondiente cuando obtenga resultados insuficientes en el primer o segundo proceso de evaluación a que se refiere el artículo 53 de la ley; o
III.
Obtenga resultados insuficientes en el tercer proceso de evaluación previsto en el artículo 53”.
Que la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, de conformidad con el artículo 4, incisos a), fracción I, y b), fracción I, del decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, tiene la función específica de participar con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la elaboración del programa anual conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de evaluación para la educación básica, tomando en consideración las propuestas que en su caso reciba de las autoridades educativas locales. Que a las autoridades educativas federal y locales, de conformidad con el artículo 14, fracción I Bis, de la Ley General de Educación, corresponde de manera concurrente participar en las actividades tendientes a realizar evaluaciones para el
ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional docente tanto en la educación básica, en la educación media superior. Que miles de maestros han sido notificados por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente que serán evaluados en su desempeño como docentes, a través de una prueba estandarizada que desconoce la realidad que se vive día con día en las aulas de nuestro sistema educativo. La falta de infraestructura educativa básica, los malos contenidos pedagógicos y la poca actualización de materiales son el común denominador al que se enfrentan los maestros en México. Los profesores en nuestro país están siendo víctimas de un permanente acoso laboral al interior de las escuelas. La supervisión excesiva, aumento de carga de trabajo meramente administrativo; la elaboración de portafolios de evidencias; la planificación didáctica argumentada; la elaboración de exámenes de recuperación, hacen que el maestro pierda su tiempo en labores burocráticas que en nada contribuyen con el desarrollo sicopedagógico de los alumnos. Se vive una privatización silenciosa del sistema educativo, así a través de los comités de participación social, las madres y padres de familia asumen los costos económicos de aspectos tales como el mantenimiento de los planteles. La aplicación sesgada de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD), por parte de las autoridades educativas federales y estatales, ha dado lugar al cese de docentes de las escuelas públicas, en diferentes estados del país. En Puebla han sido afectados más de 100 docentes por negarse a ser evaluados con los estándares que impone la autoridad educativa. Por desgracia, el maestro se ve rebasado ante esas carencias. No puede ser evaluado de la misma forma un profesor que tarda horas en llegar a su aula, que aquellos que en las zonas urbanas cuentan con medios de transportes y vías de comunicación urbanizadas. Los maestros en Puebla están sufriendo un verdadero acoso laboral por parte de las autoridades educativas federales y locales. Las amenazas cotidianas de una evaluación punitiva y represiva al libre desarrollo de las actividades docentes debe de cesar por completo. Deben de detenerse los abusos de la autoridad, hasta en tanto no sean revisados a profundidad, los criterios, maros conceptuales, procedimientos y alcance de la evaluación educativa en nuestro país y en específico en el estado de Puebla.
Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Educación; de Trabajo, Competitividad y Previsión Social; y de Derechos Humanos, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedente el Acuerdo por virtud del cual se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Estatal y a las autoridades educativas a suspender los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos, tal como lo ha anunciado el gobierno federal electo con las modificaciones efectuadas por estas comisiones y someterlo a consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones X, XI y XII, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones X, XI y XII, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía el siguiente:
Acuerdo PRIMERO. Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Estatal y a las autoridades educativas a suspender los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos, tal y como lo ha anunciado el gobierno federal electo. SEGUNDO. Se exhorta al Congreso de la Unión y a las autoridades educativas del Gobierno Federal, a llevar a cabo la revisión del marco normativo de los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio. Notifíquese.
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE EDUCACIÓN
DIP. HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ PRESIDENTE
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ SECRETARIO
DIP. BARBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE VOCAL
DIP. CRISTINA TELLO ROSAS VOCAL
DIP. OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO VOCAL
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR PODER EJECUTIVO ESTATAL, Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO Y PERMANENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGE DICHOS PROCEDIMIENTOS, ENTRE OTRO.
COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ PRESIDENTA
DIP. EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA SECRETARIO
DIP. ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL VOCAL
DIP. DELFINA LEONOR VARGAS GALLEGOS VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL
DIP. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ VOCAL
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR PODER EJECUTIVO ESTATAL, Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO Y PERMANENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGE DICHOS PROCEDIMIENTOS, ENTRE OTRO
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DIP. ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL PRESIDENTA
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA SECRETARIA
DIP. MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO VOCAL
DIP. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ VOCAL
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO VOCAL
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR PODER EJECUTIVO ESTATAL, Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO Y PERMANENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGE DICHOS PROCEDIMIENTOS, ENTRE OTRO.
COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL, DE IGUALDAD DE GÉNERO, Y DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, de Igualdad de Género, y De la Familia y los Derechos de la Niñez, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XI, XIII y XXXV, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracciones XI, XIII y XXXV, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha cinco de octubre de dos mil dieciocho, la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, Integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, presentó ante esta Soberanía, con la adhesión de los Grupos legislativos de los Partidos: Revolucionario Institucional, Movimiento de Regeneración Nacional, Encuentro Social, Nueva Alianza, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, del Trabajo; y de las Representaciones Legislativas de los Partidos: Verde Ecologista de México y Compromiso por Puebla; el Acuerdo por virtud del cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo; y exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”. 2. En sesión de fecha cinco de octubre de dos mil dieciocho, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, de Igualdad de Género; y De la Familia y los Derechos de la Niñez, para su estudio y resolución procedente”.
CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO •
Exhortar a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo.
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Exhortar a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”.
CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS Que el artículo 123, base A, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá, entre otras cosas, el servicio de guardería. De igual forma, la Ley Fundamental en el artículo en mención, base B, fracción XI, inciso c), dispone que la seguridad social se organizará conforme a bases mínimas, siendo una de éstas que las mujeres disfrutarán del servicio de guarderías infantiles. Que aunado a ello, los artículos 171 y 283 fracción XIII de la Ley Federal del Trabajo establecen, respectivamente, lo siguiente: “Los servicios de guardería infantil se prestarán por el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con su Ley y disposiciones reglamentarias” y “Los patrones tienen las obligaciones especiales siguientes: Brindar servicios de guardería a los hijos de los trabajadores”. Que como se desprende de la Carta Magna y del ordenamiento legal mencionado, en México las y los trabajadores tienen derecho al servicio de guardería para sus hijas e hijos. Que de acuerdo al Instituto Mexicano del Seguro Social, las guarderías se encargan de atender el desarrollo integral del niño y la niña, a través del cuidado y fortalecimiento de su salud, además de que éstas brindan una sana alimentación y un programa educativo-formativo acorde a su edad y nivel de desarrollo1. Que las guarderías han apoyado a las madres y padres trabajadores, ya que de esta forma pueden seguir laborando y a la vez estar tranquilos porque sus hijas e hijos están correctamente cuidados y alimentados, así como a través de aquéllas empiezan a consolidar su proceso de enseñanza-aprendizaje. 1
http://www.imss.gob.mx/servicios/guarderias, consultada el 4 de octubre de 2018.
Sin embargo, las jornadas de trabajo que existen actualmente, la distancia que implica ir de la casa a la guardería y de ésta al trabajo y viceversa, el horario de salida prolongado, entre otras, propician que cada vez exista una menor convivencia entre los padres y sus hijos, lo que sin duda alguna perjudica el crecimiento de las y los menores en su ámbito familiar, integral y armónico. Que ante dicha circunstancia, la tendencia mundial es que existan guarderías en el trabajo de los padres, tan es así que con fecha 3 de mayo de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”, que es un esquema que representa una nueva etapa en la forma de otorgar la prestación social de guarderías en las empresas, por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social y los patrones. Que por medio de este esquema, los patrones interesados que cumplan con los requisitos correspondientes podrán instalar en sus empresas o establecimientos una guardería que brinde servicio a sus trabajadores, y en consecuencia, el Instituto Mexicano del Seguro Social, vía reversión de cuotas o pago de servicios, cubrirá la cuota mensual que corresponda por cada niño inscrito. Que el hecho de que al interior de las empresas sean establecidas las guarderías genera muchas ventajas, como en su caso, son las siguientes2 3
2 3
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La guardería en la empresa tiene los mismos horarios que los padres, por lo que éstos no tienen prisa por salir para ir a recogerlos.
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Contribuye a disminuir la impuntualidad y el absentismo laboral, pues los padres se evitan el tráfico y los retrasos provocados por el tiempo de traslado a la guardería.
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Se promueve y consolida la igualdad laboral.
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Los padres se ahorran diversos gastos, como son los de la guardería o de un cuidador e incluso los de gasolina o pagos de transporte, entre otros.
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Mejora el rendimiento y la satisfacción en el trabajo, pues los padres no tienen que estar preocupándose de los hijos durante su jornada laboral.
http://superrhheroes.sesametime.com/empresas-con-guarderia-un-buen-lugar-para-trabajar/, consultada el 4 de octubre de 2018. http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/201705/130, consultada el 4 de octubre de 2018.
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Durante los descansos los padres pueden visitar a las y los hijos e incluso comer juntos.
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Valoración muy positiva de las y los trabajadores hacia la empresa, pues se preocupa por ellos y por su conciliación familiar.
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Favorece la estabilidad laboral de la mujer trabajadora en la empresa.
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Da certeza y tranquilidad a las madres y padres trabajadores.
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Al tener mejores condiciones laborales, los trabajadores tienden a elevar su productividad.
Que además, con ello las empresas se convierten en empresas familiarmente responsables y se colocan en el nivel más alto de compromiso y responsabilidad social posible, pues no solamente cumplen las obligaciones que la ley les exige, sino que van un paso adelante al garantizar el bienestar y tranquilidad de sus trabajadoras. Que de conformidad con lo anterior, se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo. Que además se exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, de Igualdad de Género, y De la Familia y los Derechos de la Niñez, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedente el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo; y exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los
patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”, en los términos que fue presentado y someterlo a consideración de esta Soberanía. Por lo anterior expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XI, XIII y XXXV, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracciones XI, XIII y XXXV, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a esta Soberanía el siguiente:
ACUERDO PRIMERO.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo.
SEGUNDO.- Se exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”.
Notifíquese.
A TENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 17 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ PRESIDENTA
DIP. EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA SECRETARIO
DIP. ESTEFANIA RODRÍGUEZ SANDOVAL VOCAL
DIP. DELFINA LEONOR VARGAS GALLEGOS VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZARATE VOCAL
DIP. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ VOCAL
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR DE LOS CENTROS DE TRABAJO; Y EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO, PARA QUE PROMUEVA ENTRE EL SECTOR PATRONAL LAS “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS DE SUBROGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO DE GUARDERÍA CON LOS PATRONES QUE TENGAN INSTALADAS GUARDERÍAS EN SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS”.
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO PRESIDENTA
DIP. RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO SECRETARIA
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA VOCAL
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ VOCAL
DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ VOCAL
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ VOCAL
DIP. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR DE LOS CENTROS DE TRABAJO; Y EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO, PARA QUE PROMUEVA ENTRE EL SECTOR PATRONAL LAS “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS DE SUBROGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO DE GUARDERÍA CON LOS PATRONES QUE TENGAN INSTALADAS GUARDERÍAS EN SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS”.
COMISIÓN DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ
DIP. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA PRESIDENTA
DIP. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ SECRETARIA
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ VOCAL
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA VOCAL
DIP. LILIANA LUNA AGUIRRE VOCAL
DIP. ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI VOCAL
DIP. NANCY JIMÉNEZ MORALES VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR DE LOS CENTROS DE TRABAJO; Y EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO, PARA QUE PROMUEVA ENTRE EL SECTOR PATRONAL LAS “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS DE SUBROGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO DE GUARDERÍA CON LOS PATRONES QUE TENGAN INSTALADAS GUARDERÍAS EN SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS”.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite, el Punto de Acuerdo presentado por el Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza, por virtud del cual se exhorta respetuosamente a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, para que se coordinen para la elaboración de sus correspondientes Leyes de Ingresos, con la finalidad de que las mismas sean presentadas en tiempo y forma legal; entre otros resolutivos. Que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a diversas bases, entre las que se encuentran, las relacionadas con la administración libre por parte de los Municipios de su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan en su favor. Que de conformidad con lo antes expuesto, el artículo 50 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla sostiene que el primer periodo de sesiones ordinarias del Congreso comenzará el día quince de septiembre y terminará el quince de diciembre y se ocupará de estudiar, discutir y aprobar, entre otros ordenamientos, de la Ley de Ingresos del Estado y de cada Municipio, que habrán de entrar en vigor al año siguiente, así como de las zonas catastrales y las tablas de valores unitarios de suelo y construcción que sirvan de base para el cobro de las contribuciones a la propiedad inmobiliaria. Que igualmente, el artículo en mención refiere que el Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos, a través de aquél, remitirán sus propias iniciativas de Ley de Ingresos a más tardar el quince de noviembre del ejercicio previo a su vigencia, señalándose además que en el caso de los Ayuntamientos, deberán remitir, para su análisis y aprobación, junto con su iniciativa de Ley de Ingresos, las mencionadas zonas
catastrales y las tablas de valores unitarios de suelo y construcción que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Que en este contexto, el artículo 78, fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal, refiere que son atribuciones de los Ayuntamientos, presentar al Congreso del Estado, a través del Ejecutivo del Estado, previa autorización de cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Ayuntamiento, el día quince de noviembre la iniciativa de Ley de Ingresos que deberá regir el año siguiente, en la que se propondrá las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y en su caso los productos y aprovechamientos. Asimismo, presentarán las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de los impuestos sobre la propiedad inmobiliaria. Que en este mismo sentido, el artículo 145 de la Ley Orgánica Municipal prevé que la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal, el Presidente Municipal y las demás comisiones que determine el Ayuntamiento, a más tardar en la primera quincena del mes de octubre de cada año, elaborarán el Anteproyecto de Ley de Ingresos. Que en términos de lo que ha sido planteado, se exhorta respetuosamente a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, a que remitan, a través del Ejecutivo del Estado, sus propias iniciativas de Ley de Ingresos al Congreso del Estado a más tardar el quince de noviembre del presente año, en términos de lo previsto por los artículos 50 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 78 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, se emite el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Exhórtese respetuosamente a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, a que remitan, a través del Ejecutivo del Estado, sus propias iniciativas de Ley de Ingresos al Congreso del Estado a más tardar el quince de noviembre del presente año, en términos de lo previsto por los artículos 50 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 78 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal. Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LOS 217 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE PUEBLA, A QUE REMITAN, A TRAVÉS DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, SUS PROPIAS INICIATIVAS DE LEY DE INGRESOS AL CONGRESO DEL ESTADO A MÁS TARDAR EL QUINCE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 50 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Y 78 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite, el Punto de Acuerdo presentado por la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, en representación del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con la adhesión de los Grupos legislativos de los Partidos: Revolucionario Institucional, Movimiento de Regeneración Nacional, Encuentro Social, Nueva Alianza, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, del Trabajo; y de las Representaciones Legislativas de los Partidos: Verde Ecologista de México y Compromiso por Puebla, presentó el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal y a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla para que en el ámbito de su respectiva competencia, lleven a cabo supervisión permanente a los establecimientos o unidades médicas que ofertan el servicio de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de verificar que cuentan con licencia sanitaria vigente, que estos servicios son realizados por especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva, que tengan a la vista del público un anuncio que indique con relación al o los especialistas que prestan el servicio, la institución que les expidió el título, diploma o certificado, número de su correspondiente cédula profesional y el certificado de especialidad vigente, y cumplan con los demás requisitos legales establecidos para ello en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud, 74 de la Ley Estatal de Salud y con la demás normatividad aplicable.
Que el artículo 83 de la Ley General de Salud prevé que quienes ejerzan las actividades profesionales, técnicas y auxiliares y las especialidades médicas, deberán poner a la vista del público un anuncio que indique la institución que les expidió el Título, Diploma, número de su correspondiente cédula profesional y, en su caso, el Certificado de
Especialidad vigente. Iguales menciones deberán consignarse en los documentos y papelería que utilicen en el ejercicio de tales actividades y en la publicidad que realicen al respecto.
Que en este mismo sentido, la Ley en comento en sus artículos 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2, establece textualmente lo siguiente: “Artículo 272 Bis.- Para la realización de cualquier procedimiento médico quirúrgico de especialidad, los profesionales que lo ejerzan requieren de: I. Cédula de especialista legalmente expedida por las autoridades educativas competentes. II. Certificado vigente de especialista que acredite capacidad y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas correspondientes en la materia, de acuerdo a la Lex Artis Ad Hoc de cada especialidad, expedido por el Consejo de la especialidad según corresponda, de conformidad con el artículo 81 de la presente Ley. Los médicos especialistas podrán pertenecer a una agrupación médica, cuyas bases de organización y funcionamiento estarán a cargo de las asociaciones, sociedades, colegios o federaciones de profesionales de su especialidad; agrupaciones que se encargan de garantizar el profesionalismo y ética de los expertos en esta práctica de la medicina. El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas y los Consejos de Especialidades Médicas para la aplicación del presente artículo y lo dispuesto en el Título Cuarto de la presente Ley, se sujetarán a las disposiciones que emita la Secretaría de Salud. Artículo 272 Bis 1.- La cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, de conformidad con lo que establece el artículo 272 Bis. Artículo 272 Bis 2.- La oferta de los servicios que se haga a través de medios informativos, ya sean impresos, electrónicos u otros, por profesionistas que ejerzan cirugía plástica, estética o reconstructiva; así como, los establecimientos o unidades médicas en que se practiquen dichas cirugías, deberán prever y contener con claridad en su publicidad los requisitos que se mencionan en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y en lo previsto en el Capítulo Único del Título XIII de esta Ley”.
Que de igual forma, el artículo 74 de la Ley Estatal de Salud señala que quienes ejerzan las actividades profesionales, técnicas y auxiliares y las especialidades a que se refiere este capítulo, deberán poner a la vista del público un anuncio que indique la Institución que les expidió el título, diploma o certificado y, en su caso, el número de su correspondiente cédula profesional. Iguales menciones deberán consignarse en los documentos y papelería que utilicen en el ejercicio de tales actividades y en la publicidad que realicen al respecto.
Que a partir de las disposiciones legales destacadas se puede inferir que la cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, solo puede efectuarse: •
En establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente;
•
Por especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva;
•
La oferta y publicidad impresa, electrónica u cualquier otra sobre este tipo de cirugía, sólo podrá hacerse por especialistas de estas ramas y por los establecimientos que cumplan con los requisitos necesarios para ello; y
Además, debe ponerse a la vista del público un anuncio que indique la institución que le expidió al especialista o especialistas en la rama el título, diploma o certificado, número de su correspondiente cédula profesional y el certificado de especialidad vigente.
Que de acuerdo a lo antes previsto, se concluye que quien realice una cirugía plástica, estética o reconstructiva debe haber cursado una especialidad y tener su certificado vigente de especialista, con el cual demuestre que tiene capacidad y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas correspondientes en la materia, por lo cual otros estudios como cursos, diplomados o maestrías no otorgan facultad jurídica para realizar cirugía plástica, estética o reconstructiva 1.
Que por tanto, los médicos que realizan cirugía plástica, estética y reconstructiva, sin haber cursado una especialidad o sin contar con cédula, al estar contraviniendo la ley, 1
http://www.medigraphic.com/pdfs/cplast/cp-2017/cp172a.pdf, consultada el 14 de octubre de 2018..
están ejerciendo dicha actividad sin contar con la certeza o seguridad jurídica que otorgan los estudios y los reconocimientos requeridos, lo que equivale a ejercer una especie de clandestinidad.
Que no obstante las disposiciones legales mencionadas, la sociedad poblana acaba de ser testigo de un caso muy desafortunado y doloroso, debido al deceso de Claudia Verónica Nolasco Villareal, madre de tres hijos, quien al momento de realizarse un proceso de liposucción murió presuntamente de un paro cardíaco, al ser atendida por médicos que no eran especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva, y en consecuencia no contaban con título, diploma o certificado correspondiente ni con el certificado vigente de especialista 2.
Que con base en las consideraciones que han sido vertidas y en virtud de que no queremos que algún otra poblana o poblano al momento de realizarse un procedimiento quirúrgico plástico, estético o reconstructivo, se vuelva a poner en manos de un médico que no cuente con la especialidad que se requiere para ello, se considera oportuno exhortar respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal y a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla para que en el ámbito de su respectiva competencia, lleven a cabo supervisión permanente a los establecimientos o unidades médicas que ofertan el servicio de cirugía plástica, estética o reconstructiva, con la finalidad de verificar que cuentan con licencia sanitaria vigente, que estos servicios son realizados por especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva, que tengan a la vista del público un anuncio que indique con relación al o los especialistas que prestan el servicio, la institución que les expidió el título, diploma o certificado, número de su correspondiente cédula profesional y el certificado de especialidad vigente, y cumplan con los demás requisitos legales establecidos para ello en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud, 74 de la Ley Estatal de Salud y con la demás normatividad aplicable.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, se emite el siguiente: 2 https://www.diariocambio.com.mx/2018/secciones/codigo-rojo/item/30129-claudia-nolasco-empresariapoblana-muere-a-manos-de-cirujanos-plasticos-patito, consultada el 14 de octubre de 2018.
ACUERDO ÚNICO.- Exhórtese respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal y a la Secretaría de Salud del Estado de Puebla para que en el ámbito de su respectiva competencia, lleven a cabo supervisión permanente a los establecimientos o unidades médicas que ofertan el servicio de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de verificar que cuentan con licencia sanitaria vigente, que estos servicios son realizados por especialistas en cirugía plástica, estética o reconstructiva, que tengan a la vista del público un anuncio que indique con relación al o los especialistas que prestan el servicio, la institución que les expidió el título, diploma o certificado, número de su correspondiente cédula profesional y el certificado de especialidad vigente, y cumplan con los demás requisitos legales establecidos para ello en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud, 74 de la Ley Estatal de Salud y con la demás normatividad aplicable.
Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL Y A LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU RESPECTIVA COMPETENCIA, LLEVEN A CABO SUPERVISIÓN PERMANENTE A LOS ESTABLECIMIENTOS O UNIDADES MÉDICAS QUE OFERTAN EL SERVICIO DE CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA Y RECONSTRUCTIVA, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR QUE CUENTAN CON LICENCIA SANITARIA VIGENTE, QUE ESTOS SERVICIOS SON REALIZADOS POR ESPECIALISTAS EN CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA O RECONSTRUCTIVA, QUE TENGAN A LA VISTA DEL PÚBLICO UN ANUNCIO QUE INDIQUE CON RELACIÓN AL O LOS ESPECIALISTAS QUE PRESTAN EL SERVICIO, LA INSTITUCIÓN QUE LES EXPIDIÓ EL TÍTULO, DIPLOMA O CERTIFICADO, NÚMERO DE SU CORRESPONDIENTE CÉDULA PROFESIONAL Y EL CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD VIGENTE, Y CUMPLAN CON LOS DEMÁS REQUISITOS LEGALES ESTABLECIDOS PARA ELLO EN LOS ARTÍCULOS 83, 272 BIS, 272 BIS 1 Y 272 BIS 2 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, 74 DE LA LEY ESTATAL DE SALUD Y CON LA DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Acuerdo emitido por las Comisiones Unidas de Educación; Trabajo, Competitividad y Previsión Social; y de Derechos Humanos, por virtud del cual se exhorta al Titular Poder Ejecutivo Estatal y a las autoridades educativas a suspender los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos, tal y como lo ha anunciado el gobierno federal electo entre otro. Que, en México la educación ha estado envuelta en diversas problemáticas que se han traducido en bajos niveles de aprovechamiento escolar y en altos índices de deserción en todos los niveles. Se trata de problemas estructurales, que se han pretendido endosar de manera irresponsable solamente al gremio magisterial. Que debe reconocerse que la educación es la base esencial para lograr el crecimiento de una nación. Que constituye el eje principal de su progreso, esto si se considera que la técnica y la ciencia se mejoran gracias a la educación potenciando así el desarrollo económico, lo que la convierte en factor imprescindible para combatir la desigualdad social. Debe subrayarse que la educación es un derecho humano, reconocido explícitamente en la Constitución Federal y se encuentra salvaguardado jurídicamente por su artículo tercero, así como en su Ley reglamentaria, la Ley General de Educación. Que la educación impartida en todas las escuelas de México tiene que ser integral, para lo cual se requieren diversas políticas públicas, incluyentes y transdisciplinarias. Los resultados de una mal llamada Reforma Educativa sin consenso, han generado polarización entre la sociedad. Se han impulsado medidas autoritarias y excluyentes, además de que profundizaron y agravaron la crisis económica y social de manera antidemocrática sin diálogo y con exclusión social, favoreciendo sólo intereses de grupo.
Que el 10 de diciembre de 2012 Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados, una propuesta de reforma de los artículos 3º y 73 de la Constitución Federal que tuvo como objetivo ser el marco para establecer un régimen especial para los trabajadores de la educación en este país. Fue el inicio de una reforma laboral que no presentó vínculo alguno con la transformación pedagógica en contenidos, programas, planes y libros de texto. La supuesta reforma eludió modificar los verdaderos factores que provocan el rezago educativo en nuestro país. Que, en febrero de 2013, la mayoría de los congresos estatales había ratificado la reforma, por lo que la Cámara de Diputados y el Senado de la República procedieron a emitir la declaración constitucional de ésta, siendo promulgada el 25 de febrero de 2013 y publicada en el Diario Oficial de la Federación al día siguiente. Que la reforma constitucional antes mencionada dio pauta para la promulgación de la Ley General del Servicio Profesional Docente; la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; y a reformas a la Ley General de Educación y a la Ley de Coordinación Fiscal. Que el 1 de septiembre de 2013, se impuso la Ley General del Servicio Profesional Docente, que estableció procedimientos de sanción e incluso de separación del empleo de los trabajadores de la educación, excluyéndolos de la legislación laboral, ya que reconoce que los maestros son trabajadores al servicio del Estado, pero sin embargo fue desconocido su derecho a ser regidos por lo que marca el Apartado B del artículo 123 constitucional y por su Ley reglamentaria. Que el 3 de septiembre del mismo año siguiente con gran rapidez en el Senado de la República se aprobó tan ominosa ley, en cuyos artículos octavo y noveno transitorio se menciona expresamente el atentado laboral contra las y los docentes que se nieguen a participar en las evaluaciones, que como ya se comentó están diseñadas como un instrumento intimidatorio y represivo: “Octavo. El personal que a la entrada en vigor de la presente ley se encuentre en servicio y cuente con nombramiento definitivo, con funciones de docencia, de dirección o de supervisión en la educación básica o media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados, se ajustará a los procesos de evaluación y a los programas de regularización a que se refiere el título segundo, capítulo VIII, de esta ley. El personal que no alcance un resultado suficiente en la
tercera evaluación a que se refiere el artículo 53 de la ley no será separado de la función pública y será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho servicio, conforme a lo que determine la autoridad educativa o el organismo descentralizado correspondiente, o bien, se le ofrecerá incorporarse a los programas de retiro que se autoricen. El personal que no se sujete a los procesos de evaluación o no se incorpore a los programas de regularización del artículo 53 de la ley, será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según corresponda.” Noveno. El personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica o media superior impartida por el Estado y sus organismos descentralizados que a la entrada en vigor de esta ley tenga nombramiento provisional, continuará en la función que desempeña y será sujeto de la evaluación establecida en el artículo 52 de la presente ley. Al personal que obtenga resultados suficientes en dicha evaluación, se le otorgará nombramiento definitivo y quedará incorporado al servicio profesional docente conforme a lo dispuesto en esta ley. Será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según sea el caso, el personal que: I.
Se niegue a participar en los procesos de evaluación;
II.
No se incorpore al programa de regularización correspondiente cuando obtenga resultados insuficientes en el primer o segundo proceso de evaluación a que se refiere el artículo 53 de la ley; o
III.
Obtenga resultados insuficientes en el tercer proceso de evaluación previsto en el artículo 53”.
Que la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, de conformidad con el artículo 4, incisos a), fracción I, y b), fracción I, del decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de
Educación Pública, tiene la función específica de participar con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la elaboración del programa anual conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de evaluación para la educación básica, tomando en consideración las propuestas que en su caso reciba de las autoridades educativas locales. Que a las autoridades educativas federal y locales, de conformidad con el artículo 14, fracción I Bis, de la Ley General de Educación, corresponde de manera concurrente participar en las actividades tendientes a realizar evaluaciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional docente tanto en la educación básica, en la educación media superior. Que miles de maestros han sido notificados por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente que serán evaluados en su desempeño como docentes, a través de una prueba estandarizada que desconoce la realidad que se vive día con día en las aulas de nuestro sistema educativo. La falta de infraestructura educativa básica, los malos contenidos pedagógicos y la poca actualización de materiales son el común denominador al que se enfrentan los maestros en México. Los profesores en nuestro país están siendo víctimas de un permanente acoso laboral al interior de las escuelas. La supervisión excesiva, aumento de carga de trabajo meramente administrativo; la elaboración de portafolios de evidencias; la planificación didáctica argumentada; la elaboración de exámenes de recuperación, hacen que el maestro pierda su tiempo en labores burocráticas que en nada contribuyen con el desarrollo sicopedagógico de los alumnos. Se vive una privatización silenciosa del sistema educativo, así a través de los comités de participación social, las madres y padres de familia asumen los costos económicos de aspectos tales como el mantenimiento de los planteles. La aplicación sesgada de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD), por parte de las autoridades educativas federales y estatales, ha dado lugar al cese de docentes de las escuelas públicas, en diferentes estados del país. En Puebla han sido afectados más de 100 docentes por negarse a ser evaluados con los estándares que impone la autoridad educativa.
Por desgracia, el maestro se ve rebasado ante esas carencias. No puede ser evaluado de la misma forma un profesor que tarda horas en llegar a su aula, que aquellos que en las zonas urbanas cuentan con medios de transportes y vías de comunicación urbanizadas. Los maestros en Puebla están sufriendo un verdadero acoso laboral por parte de las autoridades educativas federales y locales. Las amenazas cotidianas de una evaluación punitiva y represiva al libre desarrollo de las actividades docentes deben de cesar por completo. Deben de detenerse los abusos de la autoridad, hasta en tanto no sean revisados a profundidad, los criterios, maros conceptuales, procedimientos y alcance de la evaluación educativa en nuestro país y en específico en el estado de Puebla.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide la siguiente Minuta de: ACUERDO
PRIMERO. Exhórtese al Titular del Poder Ejecutivo Estatal y a las autoridades educativas a suspender los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado y en su caso reformado el marco normativo que rige dichos procedimientos, tal y como lo ha anunciado el gobierno federal electo. SEGUNDO. Exhórtese al Congreso de la Unión y a las autoridades educativas del Gobierno Federal, a llevar a cabo la revisión del marco normativo de los procesos de evaluación para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, así como cualquier procedimiento sancionatorio.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR PODER EJECUTIVO ESTATAL, Y A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A SUSPENDER LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN, RECONOCIMIENTO Y PERMANENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO, HASTA EN TANTO SEA REVISADO Y EN SU CASO REFORMADO EL MARCO NORMATIVO QUE RIGE DICHOS PROCEDIMIENTOS, TAL Y COMO LO HA ANUNCIADO EL GOBIERNO FEDERAL ELECTO, ENTRE OTRO.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, esta Soberanía tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta al Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Salud, gire instrucciones a los Directores de los Hospitales Públicos, para realizar un foro y atender las gestiones correspondientes a efecto de contar con el equipo necesario y suficiente para brindar una atención adecuada a los usuarios de los servicios de salud; entre otro resolutivo. La salud es un derecho universal, indispensable para nuestro bienestar y para gozar de una buena calidad de vida y por lo tanto, el Estado debe crear las condiciones que permitan que todas las personas puedan vivir lo más saludablemente posible. Nuestra carta Magna, La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en el artículo cuarto que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud,” lo cual significa que promueve un trato en condiciones de igualdad para todos independientemente de nuestra edad, sexo, condición social, religión, preferencias políticas, etcétera, estableciendo también la obligación de los prestadores de servicios de salud pública, de contar con los recursos materiales, técnicos y humanos necesarios para brindar una adecuada atención a la población y exentar de esta responsabilidad a los municipios como actualmente ocurre, pues en muchos municipios el gobierno del estado carga a sus finanzas los costos de su Centro Estatal de Salud y Servicios Ampliados (CESA) que se encuentran en su demarcación municipal. La Ley General de Salud establece los derechos en materia de salud y las obligaciones de los prestadores de estos servicios, entre las cuales se especifica que debemos ser tratados con dignidad y respeto; por lo que no se puede condicionar de ninguna manera a persona alguna que requiera los servicios de salud, que el estado está obligado a proporcionar.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Así mismo, la protección de nuestra salud, es un derecho irrenunciable, y en todo momento se debe procurar el bienestar físico y psicológico de las personas, así como prolongar y mejorar su calidad de vida, proteger, promover y restaurar la salud, ya sea previniendo o curando cualquier enfermedad o padecimiento que presenten; teniendo también derecho a recibir atención médica-quirúrgica de emergencia, cuando esté en riesgo la salud o la vida y en estos casos los prestadores de servicios de salud pública, deben contar con todo el equipo, material de curación y personal médico necesario; así como el transporte médico adecuado para los traslados de emergencia que se presenten, ya que actualmente la mayoría de los municipios no cuentan con ambulancias. No obstante todo lo antes mencionado, vemos que los hospitales de los servicios de salud del gobierno del estado, están lejos de cumplir a cabalidad con las obligaciones que mandatan los ordenamientos legales respectivos, pues los usuarios se quejan de que al llegar a la mayoría de los hospitales no hay equipo, material de curación y personal médico especializado y en la mayoría de los casos se les pide que renten equipo con particulares para poder realizar estudios o tratamientos necesarios en la atención de sus padecimientos y los costos por rentar estos equipos llegan a hasta los 15 mil pesos. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 fracción I y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II, 121 y 146 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Exhórtese al Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Salud, gire instrucciones a los Directores de los Hospitales Públicos, para realizar un foro y atender las gestiones correspondientes a efecto de contar con el equipo necesario y suficiente para brindar una atención adecuada a los usuarios de los servicios de salud. SEGUNDO.- Exhórtese al Gobierno del Estado de Puebla, a través de la dependencia que corresponda, que respete la autonomía y las finanzas municipales y se abstenga de cargar a los presupuestos de los municipios, los costos de su Centros Estatales de Salud y Servicios Ampliados (CESA) que se encuentran en su demarcación.
H. CONGRESO DEL ESTADO PUEBLA
Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, GIRE INSTRUCCIONES A LOS DIRECTORES DE LOS HOSPITALES PÚBLICOS, PARA REALIZAR UN FORO Y ATENDER LAS GESTIONES CORRESPONDIENTES A EFECTO DE CONTAR CON EL EQUIPO NECESARIO Y SUFICIENTE PARA BRINDAR UNA ATENCIÓN ADECUADA A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 24 DE OCTUBRE DE 2018
Orden del Día
Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Miércoles 24 de Octubre de 2018 1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del diecisiete de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del Pronunciamiento de la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en relación con el Día del Médico en México.
5.
Lectura del Pronunciamiento de la Diputada Mónica Lara Chávez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en relación con la Solidaridad y apoyo de los migrantes centroamericanos.
6.
Lectura del oficio 326/2018 de la Jueza Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, del Poder Judicial de la Federación, por el que remite la Acción de Inconstitucionalidad 84/2018.
7.
Lectura del oficio DGPL-1P1A.-20 de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, por el que remiten el Punto de Acuerdo, por el que solicitan a las Legislaturas de las Entidades Federativas a reforzar en sus leyes locales las disposiciones correspondientes para prohibir el matrimonio entre menores de 18 años, lo anterior en relación a lo establecido por el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, siendo de suma importancia eliminar salvedades o convenios especiales que lo permitan, entre otro resolutivo.
8.
Lectura del oficio SGG/206/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo remite observaciones al Decreto por el que se reforman la fracción XXVI del artículo 5 y el 143; y se derogan los artículos 143 Bis, 143 Ter, 143 Quáter y 143 Quinquies, de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.2
9.
Lectura del oficio SGG/203/2018 del Secretario General de Gobierno, quien por Acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo remite la Iniciativa de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
10.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Asuntos Municipales de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman las fracciones XVII del artículo 91 y IX del artículo 231 de la Ley Orgánica Municipal.
11.
Lectura del Acuerdo que presenta la Comisión de Asuntos Municipales de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se exhorta a los Ayuntamientos de los doscientos diecisiete Municipios que conforman el Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores a su servicio y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social.
12.
Lectura del Acuerdo que presenta las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, la de Igualdad de Género y la Seguridad Pública de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se exhorta al Titular del Ejecutivo Estatal, para que en el ámbito de su competencia, cumpla cabalmente con las quince recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), lo cual permitirá enfrentar la problemática de la violencia contra las mujeres y, en consecuencia, garantizar sus derechos, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia, acepte la necesidad de implementar la Alerta de Género en el Estado de Puebla, entre otros resolutivos.
13.
Lectura del Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, la de Igualdad de Género y la de la Familia y los Derechos de la Niñez de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo, entre otro resolutivo.
14.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se abroga el Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.3
15.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Nibardo Hernández Sánchez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
16.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se derogan la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Décimo del Libro Sexto y el artículo 3318 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
17.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Javier Casique Zárate, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se deroga el cuarto párrafo del artículo 829 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
18.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan la y los Diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, por virtud del cual se reforma el primer párrafo del artículo 40 Bis y se adiciona el artículo 40 Ter a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla.
19.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Bárbara Dimpna Morán Añorve, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla.
20.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Raúl Espinosa Martínez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por virtud del cual se reforma el artículo 19 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.4
21. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido de Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de su Coordinador, el Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se adicionan los artículos 143 Sexies y 143 Septies de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla. 22.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del Grupo Legislativo del Partido de Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
23.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan las y los Diputados Integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado Marcelo Eugenio García Almaguer, Coordinador del Grupo Legislativo, por el que se reforma el artículo 5 y se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 4 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla.
24.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Emilio Ernesto Maurer Espinosa, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, a iniciar una investigación sobre la utilización de los recursos en el Instituto Poblano del Deporte y la Juventud, durante el periodo 2010 a 2017 e informe a esta Soberanía el resultado de dicha investigación, entre otro resolutivo.
25.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri, Carlos Alberto Morales Álvarez y Uruviel González Vieyra, integrante y Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano; y Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, respectivamente, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan se exhorte a los Presidentes Municipales y Ayuntamientos del Estado, mismos que no cuenten con su Reglamento Municipal de Protección Civil, que no tengan un Atlas Municipal de Riesgos y que no hayan conformado su Consejo Municipal de Protección Civil, a constituir los mismos, dando prioridad en la agenda de trabajo del Ayuntamiento a estos temas y con ello se cumpla cabalmente las ordenanzas constitucionales y legales para proteger a la ciudadanía y evitar con ello en la medida de lo posible desastres que puedan prevenirse y contingencias que puedan superarse, entre otro resolutivo.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.5
26.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada María del Carmen Saavedra Fernández, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen medidas y acciones, con el fin de mantener y consolidar la existencia de abejas y en consecuencia la actividad apícola en el Estado, entre otro resolutivo.
27.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Nancy Jiménez Morales, en representación e integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte a los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado de Puebla, para que en términos de las disposiciones legales en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, incorporen en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, la información de las obligaciones de transparencia que generen y/o posean, de conformidad con los criterios y formatos establecidos en los lineamientos y anexos respectivos; a fin de garantizar y facilitar a la ciudadanía el acceso a la información pública.
28.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a todas las Instituciones Públicas y Privadas del Sector Salud en el Estado de Puebla, para que promuevan y difundan información sobre la importancia de la anticoncepción, así como para que se genere una campaña por la cual se informe a las mujeres sobre el procedimiento y consecuencias del aborto.
29.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Fernando Sánchez Sasia, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita al Secretario de Infraestructura, Movilidad y Transportes, rinda un informe detallado a esta Soberanía, en relación con las acciones llevadas a cabo por la dependencia a su cargo para inhibir la prestación ilegal del servicio público de pasajeros, en particular de los taxis y camionetas colectivas en el Municipio de Tehuacán, Puebla, así como el padrón de vehículos que prestan esos servicios, en un plazo que no exceda diez días hábiles, entre otros resolutivos.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.6
30.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Miguel Trujillo de Ita, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial a elaborar y ejecutar un plan de acción estatal para la conservación de los polinizadores, que contemple alternativas de erradicación de plagas en los cultivos, que no afecten a los insectos polinizadores, en específico a las abejas; de la misma manera se le solicita valorar la conveniencia de prohibir o regular de manera más estricta, el uso de pesticidas que dañan a las abejas, informándolo a la brevedad a esta soberanía.
31.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan diversos Diputados Coordinadores y Representantes Legislativos de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que solicitan exhorta a los Ayuntamientos y Comités Municipales del Estado de Puebla, para que hagan del conocimiento a sus integrantes y a los Titulares de las Dependencias y Entidades Municipales, que deben observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público a que se refiere la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado del Estado de Puebla, por lo que en el ámbito de su competencia se deben realizar acciones tendientes a detectar, prevenir y combatir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción como tráfico de influencias, nepotismo, actuación bajo Conflicto de Interés.
32.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública del Gobierno Federal y del Estado de Puebla, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, y en conjunto con los Institutos Mexicano de la Juventud y Poblano del Deporte y Juventud y las Asociaciones de Padres de Familia, respectivamente, diseñen un programa integral dirigido a niñas, niños, adolescentes y jóvenes, para que éstos conozcan los riesgos que implica el sexting, como por citar algunos son la sextorsión, grooming, ciberbullying y porno venganza, con la finalidad de prevenir y erradicar su práctica, entre otros resolutivos.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 24 de 2018 Pág.7
33.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Gabriel Oswaldo Jiménez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con el fin de que en ejercicio de sus facultades, reduzca en un cincuenta por ciento o elimine el gravamen por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) al precio de las gasolinas y esto sea considerado en la discusión del Paquete Fiscal 2019, entre otro resolutivo.
34.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado Javier Casique Zárate, por el que solicita exhortar al equipo de transición del Presidente Electo de la República Mexicana para que, con transparencia y objetividad, aclare la base de la legalidad, así como la metodología para la elección de la muestra y la formulación de la pregunta para conocer la opinión de los mexicanos respecto a la ubicación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, entre otros resolutivos.
35.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Carlos Alberto Morales Álvarez y Diputados Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri y Uruviel González Vieyra, Coordinador e integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano, respectivamente; y Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte de manera respetuosa al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la finalidad de que informe a la Comisión Nacional del Agua, así como a los Gobiernos de los Estados de Puebla y Tlaxcala, cuáles son las organizaciones de la sociedad que se encuentran debidamente reconocidas en materia de cultura y prevención del agua, con la finalidad de no violentar derecho humano alguno con sus garantías y estas participen en la celebración del convenio recomendado en la Recomendación 10/2017 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se cumpla el punto de mérito a la literalidad, entre otros resolutivos.
36.
Lectura del ocurso del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Zaragoza, Puebla, administración 2011-2014, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 107/2014.
37.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 24 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
DIPUTADO
ASISTENCIA
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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ASISTIERON
FALTAS
41
-
Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
-
FALTAS JUSTIFICADAS
-
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 24 de octubre de 2018.
*****
Circulares número 226, 2 y 4 de la Primera Secretaria del H. Congreso del Estado de Guanajuato, comunicando la Apertura y Clausura del Segundo Periodo Extraordinario correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, la Elección de la Mesa Directiva del Primer Periodo y la Instalación de la Sexagésima Cuarta Legislatura.
Recibo y enterados
Ocurso de fecha 15 de septiembre de la Diputada Presidenta del Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí, comunicando la Apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones y la Directiva.
Recibo y enterados
Oficios Número SM/080 y PMA-EXT 238 de los Presidentes Municipales de Atzitzintla y Nopalucan de la Granja, en los que remiten el 5° Informe de Gobierno Municipal.
Enterados y se envían al Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.
Oficios número 002-MXVS, 002, PMIZ 00005, MHG-001, PM/14, S.A.0032, PR-0002 y ocursos S/N de los Presidentes Municipales de Xochitlán de Vicente Suárez, Pantepec, Izúcar de Matamoros, Huehuetlán el Grande, San Andrés Cholula, San Pedro Cholula, San José Acateno, Cuautlancingo y Zoquiapan, comunicando la Instalación de esos Ayuntamientos, periodo 2018-2021.
Recibo y enterados, se envían copias al Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.
Oficios
número
IEE/PRE-5590
y
5591/18
del
Consejero
Presidente del Instituto Electoral del Estado, en los que remiten copia certificada de las Constancias que acreditan a las planillas ganadoras en los municipios y listado de regidurías asignadas por el principio de representación proporcional.
Recibo y enterados. Se ordena su integración al expediente respectivo.
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla
Josefina García
Hernández Diputada Secretaria
Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DE ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ
EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA DE ELLOS, Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DEL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA Y PRESIDENTE
CUATRO DE
LA
MINUTOS. MESA
A
CONTINUACIÓN,
DIRECTIVA
SOMETIÓ
EL A
CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, EL OCURSO DE LA DIPUTADA MÓNICA LARA CHÁVEZ, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, LA SOLICITUD DE INCLUSIÓN DEL PRONUNCIAMIENTO EN RELACIÓN CON LA SOLIDARIDAD Y
1
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
APOYO DE LOS MIGRANTES CENTROAMERICANOS, PARA ENLISTARSE
COMO
PUNTO
NÚMERO
CINCO
Y
EN
CONSECUENCIA RECORRER LOS DEMÁS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA INCLUSIÓN DEL PRONUNCIAMIENTO ANTES REFERIDO. A CONTINUACIÓN, SE DIO CUENTA DEL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, DISPENSAR LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO
Y
APROBACIÓN
EN
SU
CASO,
PUESTA
A
CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA, EN SEGUIDA, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES
EN
CARTERA
Y
SUS
ACUERDOS
CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO EN EL PUNTO TRES DEL ORDEN
DEL
DÍA,
SE
TURNARON
A
LA
COMISIÓN
CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS Y LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE LA SIGUIENTE MANERA: EL DEL CIUDADANO ARTURO BALDERAS MOYANO, A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD; EL DEL CIUDADANO JAVIER ISIDRO BONILLA BECERRIL, A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; EL OFICIO SIN NÚMERO Y ANEXO DE LA COORDINADORA DEL GRUPO LOCAL PUEBLA DE GREENPEACE MÉXICO, A.C., A LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO;
EL DEL CIUDADANO ISRAEL SHAID GONZÁLEZ
2
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
LÓPEZ Y OTROS FIRMANTES, VECINOS DEL MUNICIPIO DE MAZAPILTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES;
EL
DEL
CIUDADANO JOSÉ ARMANDO JOFFRE POCEROS Y OTROS FIRMANTES, A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; EL DEL CIUDADANO JUAN GARCÍA ROLDÁN, VECINO DEL MUNICIPIO DE AHUAZOTEPEC, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN
Y
PUNTOS
CONSTITUCIONALES;
EL
DEL
CIUDADANO JOSÉ ROSETE LUNA, SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA MÚSICA DEL ESTADO
DE
PUEBLA,
A
LA
COMISIÓN
DE
TRABAJO,
COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL; EL DE LA CIUDADANA MARÍA DEL CARMEN GABIÑO CORTÉZ Y OTROS FIRMANTES, A LA COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL; EL DEL CIUDADANO LÁZARO SALAZAR REYES, A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES; Y EL OFICIO 003/2018 DE LA SÍNDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TLACOTEPEC DE BENITO JUÁREZ, PUEBLA, A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES. EN EL PUNTO CUATRO SE DIO CUENTA DEL PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN RELACIÓN CON EL DÍA DEL MÉDICO EN MÉXICO, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA CRISTINA TELLO ROSAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PRONUNCIAMIENTO
ANTES
REFERIDO,
TERMINADA
SU
EXPRESIÓN SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL MISMO. EN EL PUNTO CINCO
DEL
ORDEN
DEL
DÍA
SE
DIO
CUENTA
DEL
3
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA MÓNICA LARA CHÁVEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN RELACIÓN CON LA SOLIDARIDAD Y APOYO DE LOS MIGRANTES CENTROAMERICANOS, EN USO DE LA PALABRA LA
DIPUTADA
MÓNICA
LARA
CHÁVEZ
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DEL PRONUNCIAMIENTO ANTES REFERIDO, TERMINADA SU EXPRESIÓN SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL MISMO. EN EL PUNTO SEIS SE DIO CUENTA CON EL OFICIO 326/2018 DE LA JUEZA SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE REMITE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 84/2018, SE TURNÓ EL OFICIO Y ANEXO A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON EL OFICIO DGPL-1P1A.-20 DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, POR EL QUE REMITEN EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SOLICITAN A LAS LEGISLATURAS DE LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS
A
REFORZAR EN
SUS
LEYES
LOCALES LAS DISPOSICIONES CORRESPONDIENTES PARA PROHIBIR EL MATRIMONIO ENTRE MENORES DE 18 AÑOS, LO ANTERIOR EN RELACIÓN A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 45 DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, SIENDO DE SUMA IMPORTANCIA ELIMINAR SALVEDADES O CONVENIOS ESPECIALES QUE LO PERMITAN, SE TURNÓ EL OFICIO Y ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ PARA SU ESTUDIO Y
4
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA
CON
EL
OFICIO
NÚMERO
SGG/206/2018
DEL
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO REMITE OBSERVACIONES AL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN XXVI DEL ARTÍCULO 5 Y EL 143; Y SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 143 BIS, 143 TER, 143 QUÁTER Y 143 QUINQUIES, DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ EL OFICIO Y OBSERVACIONES A LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON EL OFICIO
SGG/203/2018
DEL
SECRETARIO
GENERAL
DE
GOBIERNO, QUIEN POR ACUERDO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO REMITE LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SE TURNÓ EL OFICIO Y LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES XVII DEL ARTÍCULO 91 Y IX DEL ARTÍCULO 231 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, PUESTO A DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y PARTICULAR, EN USO DE LA PALABRA
LAS
Y
LOS
DIPUTADOS
AMPLIARON
SUS
COMENTARIOS DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO
5
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
ANTES
REFERIDO,
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA EN EL SIGUIENTE ORDEN: CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, TONANTZIN
FERNÁNDEZ
DÍAZ,
ÁNGEL
GERARDO
ISLAS
MALDONADO, MARÍA DEL ROCIO GARCÍA OLMEDO, ARTURO DE ROSAS
CUEVAS,
EDUARDO
RAYMUNDO
ALONSO
ATANACIO
GRANADOS,
JOSÉ
LUNA, JUAN
HECTOR ESPINOSA
TORRES, JAVIER CASIQUE ZÁRATE, JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA Y JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE
DE
LA
MESA
DIRECTIVA
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO EL TEMA, RESULTANDO APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE
DISCUTIDO;
A
CONTINUACIÓN,
SE
PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL RESULTANDO APROBADO EN LO GENERAL Y PARTICULAR, CON CUARENTA VOTOS
A
FAVOR,
CERO VOTOS
EN
CONTRA
Y
CERO
ABSTENCIONES, APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO ONCE CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA SE DIO CUENTA DEL ACUERDO
QUE
MUNICIPALES
PRESENTA
DE
LA
LA
COMISIÓN
SEXAGÉSIMA
DE
ASUNTOS
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXHORTA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS DOSCIENTOS DIECISIETE MUNICIPIOS QUE CONFORMAN EL ESTADO DE PUEBLA,
A
CUMPLIR
CON
LAS
OBLIGACIONES
CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE SEGURIDAD SOCIAL QUE TIENEN CON LOS TRABAJADORES A SU SERVICIO Y REALICEN LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE LA INSTITUCIÓN
6
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
PÚBLICA DE SEGURIDAD SOCIAL, PUESTO A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO ANTES REFERIDO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO DOCE CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA SE DIO CUENTA CON EL ACUERDO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS, LA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y LA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, CUMPLA CABALMENTE CON LAS QUINCE RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (CONAVIM), LO CUAL PERMITIRÁ ENFRENTAR LA PROBLEMÁTICA DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y, EN CONSECUENCIA, GARANTIZAR SUS DERECHOS, PRIMORDIALMENTE EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, ACEPTE LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR LA ALERTA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE PUEBLA, PUESTO A DISCUSIÓN, EN USO DE LA PALABRA LAS Y LOS DIPUTADOS AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO ANTES
REFERIDO,
ESTENOGRÁFICA
EN
EN
TÉRMINOS
EL
SIGUIENTE
DE
LA
ORDEN:
VERSIÓN ESTEFANÍA
RODRÍGUEZ SANDOVAL, MÓNICA LARA CHÁVEZ, MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ,
7
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 24 de octubre de 2018
MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO Y JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO TRECE CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA SE DIO CUENTA CON EL ACUERDO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL, LA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO
DEL
ESTADO,
POR
EL
QUE
SE
EXHORTA
RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR
DE
LOS
DISCUSIÓN,
EN
AMPLIARON
SUS
CENTROS
USO
DE
LA
DE
TRABAJO,
PALABRA
COMENTARIOS
DEL
LAS
PUESTO
A
DIPUTADAS
ACUERDO
ANTES
REFERIDO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA EN EL SIGUIENTE ORDEN: MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, MÓNICA LARA CHÁVEZ, DELFINA LEONOR VARGAS VILLEGAS, MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA Y MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA VOTOS
A
FAVOR,
CERO VOTOS
EN
CONTRA
Y
CERO
ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA PRESENTE
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RESOLUCIÓN EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO
ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ABROGA EL CÓDIGO DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO
LEGISLATIVO
INSTITUCIONAL
DE
DEL
LA
PARTIDO
SEXAGÉSIMA
REVOLUCIONARIO LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 84 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA
DIPUTADA
MÓNICA
RODRÍGUEZ
DELLA
VECCHIA,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE DEROGAN LA
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DENOMINACIÓN DE LA SECCIÓN QUINTA DEL CAPÍTULO DÉCIMO DEL LIBRO SEXTO Y EL ARTÍCULO 3318 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE.
EN
EL
PUNTO
DIECISIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZÁRATE, INTEGRANTE
DEL
REVOLUCIONARIO
GRUPO
LEGISLATIVO
INSTITUCIONAL
DE
LA
DEL
PARTIDO
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE DEROGA EL CUARTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 829 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECIOCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LA Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS, POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 40 BIS Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 40 TER A LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE MANEJO ESPECIAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS
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EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECINUEVE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES, LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, DE
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LA
REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
ENCUENTRO
SOCIAL,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LA REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO VEINTIUNO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU COORDINADOR EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 143 SEXIES Y 143 SEPTIES DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTIDÓS SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LA
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA
DEL
ESTADO
LIBRE
Y
SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTITRÉS SE DIO CUENTA CON
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LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 5 Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCELO
EUGENIO
GARCÍA
ALMAGUER
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS, A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y A LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTICUATRO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA, A INICIAR UNA INVESTIGACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS EN EL INSTITUTO POBLANO DEL DEPORTE Y LA JUVENTUD, DURANTE EL PERIODO 2010 A 2017 E INFORME A ESTA SOBERANÍA EL RESULTADO DE DICHA INVESTIGACIÓN, ENTRE OTRO RESOLUTIVO, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL
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ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
SOMETIÓ,
EN
VOTACIÓN
ECONÓMICA,
LA
PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO EMILIO ERNESTO MAURER
ESPINOSA,
CONSTITUCIONALES INSTRUYÓ
A
LA
DE
ANTES
DISPENSAR
LOS
REFERIDOS,
ACTO
SECRETARÍA
RECOGER
LA
TRÁMITES SEGUIDO VOTACIÓN,
RESULTANDO NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE CON VEINTIÚN VOTOS A FAVOR Y DIECISÉIS VOTOS EN CONTRA, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ENSEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO
LIBRE
Y
SOBERANO
DE
PUEBLA,
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA RESULTANDO NO APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS, LA SOLICITUD DE PRÓRROGA. SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS QUINCE HORAS CON UN MINUTO DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA
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PARA EL LUNES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
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PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE La suscrita Diputada NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, integrante del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 134 y 135 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción II de su Reglamento Interior, someto a la consideración de esta Soberanía, la Iniciativa de Decreto que Abroga el Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla, de conformidad con el siguiente: CONSIDERANDO Que los procesos del Sistema Penal Acusatorio en materia de Justicia para Adolescentes estará a cargo de instituciones, Tribunales y autoridades especializados en la Procuración e Impartición de la materia, pudiéndose aplicar medidas de protección y tratamiento necesario que amerite cada caso en específico, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente. El decreto por el que se expidió el Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 11 de Septiembre de 2006. El 16 de junio de 2016, dos días antes del término que otorgó la Reforma Penal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las Entidades Federativas Implementaran y llevaran a cabo las
acciones necesarias para el inicio de funciones del Sistema Penal Acusatorio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que en su artículo Segundo Transitorio establece la imperiosa necesidad de abrogar la normatividad referente al tema, que establece lo siguiente: “Artículo Segundo. Abrogación. Se abroga la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1991 y sus posteriores reformas. Se abrogan también las leyes respectivas de las entidades federativas vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, para efectos de su aplicación en los procedimientos penales para adolescentes iniciados por hechos que ocurran a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.” Asimismo, es necesario informar que la finalidad de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes es funcionar como ley nacional en la materia que regule el funcionamiento de las entidades federativas en la materia. En ese sentido, al realizar el análisis del segundo párrafo del artículo Segundo Transitorio, es evidente la obligatoriedad de las Entidades Federativas por abrogar la normatividad vigente en materia de Justicia Penal para Adolescentes, dejando únicamente para su ejecución a la Ley Nacional en comento.
Por tal motivo, el Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla, normatividad que regula lo relativo a la Justicia Penal para Adolescentes deberá de ser abrogada, a fin de no contraponer lo establecido por la Ley Nacional antes mencionada. Es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa de: DECRETO
ÚNICO.- Se abroga el Código de Justicia para Adolescentes para el Estado Libre y Soberano de Puebla.
T R AN S I T O R I O ÚNICO.- El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 8 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, diputado integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, y 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de este Cuerpo Colegiado la siguiente Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, de conformidad con los siguientes:
CONSIDERANDOS
De acuerdo con la Constitución Política de nuestro Estado, la Administración Pública debe ser eficaz, eficiente, congruente y planeará el desarrollo económico y social del Estado, para que sea integral, equilibrado y conforme a los principios del federalismo y de la justicia social. En el mismo orden de ideas, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, establece las bases para la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Estatal, Centralizada y Paraestatal, siendo la primera de ellas la conformada por el Titular del Poder Ejecutivo, las Secretarías y las unidades administrativas que dependan directamente del Gobernador del Estado, denominadas genéricamente como Dependencias. Actualmente las Dependencias que se encuentran operando en la entidad son: La
Secretaría
General
de
Gobierno,
la
Secretaría
de
Finanzas
y
Administración, la Secretaría de la Contraloría, la Secretaría de Competitividad,
Trabajo y Desarrollo Económico, la Secretaría de Cultura y Turismo, la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Seguridad Pública. Cada una de ellas está encabezada por un Titular y cuenta con una serie de atribuciones encaminadas a cumplir con el estudio, planeación y despacho de los negocios que sean de su competencia. Ahora bien, el artículo 84 de la citada Constitución, señala que para ser Secretario de Despacho se requiere ser ciudadano mexicano, estar en ejercicio de sus derechos y tener treinta años cumplidos. No obstante, y considerando el buen manejo en la administración pública, es necesario que dichos Secretarios cuenten además con los conocimientos necesarios para desempeñar correctamente su encargo. Para tal efecto, la presente iniciativa tiene por objeto incluir como parte de los requisitos para ser Secretario del Despacho, el contar con estudios académicos en materias afines a las atribuciones que correspondan a la Dependencia respectiva. Asimismo, se hace especial énfasis en la Secretaría de Salud, estableciendo que su Titular deberá ser Médico especialista en alguna de las ramas de la Medicina, esto dada la importancia del derecho que tenemos todas las personas de alcanzar el goce del grado máximo de salud que se puede lograr. Es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 84 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. ÚNICO.- Se reforma el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:
Artículo 84.- Para ser Secretario del Despacho se requiere ser ciudadano mexicano, estar en ejercicio de sus derechos, y tener treinta años cumplidos y contar con estudios académicos en materias afines a las atribuciones que correspondan a la Dependencia respectiva. En el caso de la Secretaría de Salud, el Titular de la misma, deberá contar con título y cédula profesional que acrediten sus estudios como médico. Todos los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Gobernador, para su validez y observancia deberán ser firmados por él y por el Secretario del ramo a que el asunto corresponda, y cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más Secretarías, deberán ser refrendados por los titulares de las mismas.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto. TERCERO.- Envíese a los 217 Ayuntamientos de los Municipios del Estado para efectos de lo dispuesto por los artículos 140 y 141 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 17 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. NIBARDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. La suscrita Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I,63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; Y 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud del cual se derogan la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Décimo del Libro Sexto y el artículo 3318 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla; conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que el artículo 3031 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla establece que “El testamento es un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz para ello, dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte”. Que acorde al Código en mención, en el Estado de Puebla se reconocen los testamentos públicos y privados, pudiendo ser los primeros abiertos y cerrados, además de los testamentos militares, marítimos y los hechos fuera del Estado. Que en este sentido, la Sección Quinta del Capítulo Décimo del Libro Sexto del Código Civil poblano se denomina “Testamento militar y marítimo” y abarca únicamente al artículo 3318 del ordenamiento en cita, mismo que en concordancia con el nombre de la referida Sección dispone textualmente que “El testamento militar y marítimo otorgados conforme a las disposiciones del Código del Distrito
Federal, producirán efectos en el Estado de Puebla, respecto a las disposiciones testamentarias que deban ejecutarse en éste”. Que el veintiséis de abril del año dos mil doce, el Pleno de la antes Asamblea Legislativa del Distrito Federal, ahora Ciudad de México en virtud de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de enero del año en curso, aprobó entre otras reformas la derogación de la denominación de los Capítulos VI y VII del Título Tercero del Libro Tercero y de los artículos 1579 a 1592 de su Código Civil, mismos que estipulaban lo relativo a los testamentos militar y marítimo. Las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia, y de Notariado de la Asamblea Legislativa de la actual Ciudad de México, que fueron las que elaboraron el dictamen correspondiente, motivaron la reforma en comento en las consideraciones siguientes: “la iniciativa en análisis, también propone que se deroguen los Capítulos (…), VI y VII denominados (…); “Del Testamento Militar”; y “Del Testamento Marítimo”, respectivamente, que comprenden los artículos 1564 a 1592, situación con la que concuerdan estas Comisiones Dictaminadoras, en razón de que los testamentos especiales como son el Testamento Militar y el Testamento Marítimo, por si mismos no otorgan la certeza y legalidad deseables en un acto de última voluntad, además de no obedecen ya a las necesidades de los tiempos modernos. Lo anterior, ya que las grandes travesías en barco, y las campañas militares en tierras lejanas por años, son cosa del pasado. Dichos testamentos fueron establecidos para permitir testar a quienes pudieran encontrarse repentinamente enfermos de gravedad, en alta mar o en campaña sin haber tenido la posibilidad de otorgar antes un testamento ordinario. Prácticamente no se elabora ninguno de ellos, por lo que se considera inútil conservar dichas figuras testamentarias”.
Que además del Código Civil de la Ciudad de México, en la República Mexicana existen otros estados que han derogado en su legislación civil las disposiciones concernientes a los testamentos militar y marítimo, como lo son Nuevo León (trece de octubre del año dos mil), Sinaloa (seis de febrero de dos mil trece) y Yucatán (treinta de mayo de dos mil doce), e incluso el Código Civil del Estado de Nayarit no prevé dichas figuras jurídicas.
Que toda vez que de conformidad con lo que dispone el Código Civil de la Ciudad de México no se encuentran vigentes de los testamentos militar y marítimo, por los motivos antes transcritos, ya no es permisible que en el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla se siga regulando que los testamentos militares y marítimos otorgados de acuerdo a las disposiciones del Distrito Federal, producirán efectos en el Estado, respecto a las disposiciones testamentarias que deban ejecutarse en éste; máxime que los aludidos testamentos en la actualidad se encuentran en desuso por haber cambiado las comunicaciones y la realidad de la milicia del estado mexicano. Que por lo anteriormente expuesto, esta Soberanía considera oportuno derogar el artículo 3318, así como la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Décimo del Libro Sexto del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. En virtud de lo anterior, se somete a consideración de este Cuerpo Colegiado, la siguiente Iniciativa de:
DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN LA DENOMINACIÓN DE LA SECCIÓN QUINTA DEL CAPÍTULO DÉCIMO DEL LIBRO SEXTO Y EL ARTÍCULO 3318 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se DEROGAN la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Décimo del Libro Sexto y el artículo 3318 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar de la siguiente manera:
Sección Quinta Se deroga. Artículo 3318 Se deroga.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 18 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE.
El suscrito, DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZARATE, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; con fundamento en el artículo 57 fracción I, 63 fracción II, 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 102, 106, 107, 123, fracción XXI, y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracción XXI, y demás disposiciones aplicables del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, expongo: Que, respecto al punto de lectura del Dictamen con Minuta de Decreto, por virtud del cual se reforma los artículos 91 y 231 de la Ley Orgánica Municipal y en su caso, aprobación; manifiesto: Que si bien es cierto que la minuta de decreto en su artículo segundo transitorio establece: “SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.” También lo es que el Derecho Civil, es el Derecho Común que atribuye facultades personalísimas a los individuos, como miembros de una familia y como titulares de un patrimonio; es decir es el conjunto de normas que se refieren a las relaciones jurídicas de la vida ordinaria del ser humano, en su categoría de persona. Siendo además LA IDENTIDAD un Derecho Humano, que atañe los atributos de la personalidad (nombre, estado civil, domicilio, patrimonio y nacionalidad), siendo el nombre, fundamental para establecer su identidad; es, uno de los atributos de la personalidad, es decir es la expresión individual para llamar habitualmente a un ser humano; por lo que en nuestra Entidad Federativa, existe para tal efecto el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, el cual establece en su
CAPITULO DECIMO TERCERO denominado ACTAS DEL ESTADO CIVIL, contemplando precisamente en su artículo 828 textualmente lo siguiente: “Artículo 828.- El Registro del Estado Civil es la Institución de carácter
público y de interés social, por medio de la cual el Estado, de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables, inscribe y da publicidad a los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas.”; por lo que el suscrito y en el sentido de que
en lo futuro, a las poblanas y poblanos no se les cree un problemática en el caso de aprobarse el presente decreto; propongo se derogue el cuarto párrafo del Artículo 829 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, el cual establece: “…La Secretaría General de Gobierno podrá, para efectos de este artículo, auxiliarse de la autoridad municipal correspondiente.”; sometiéndole a la consideración de esta presente
comisión; el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO: ÚNICO se deroga el cuarto párrafo del Artículo 829 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar de la siguiente forma:
Artículo 829.- El Registro del Estado Civil de las Personas es una institución que presta sus servicios de manera permanente o transitoria a todos los habitantes del Estado. El Titular del Poder Ejecutivo establecerá los planes, programas y políticas bajo las cuales se prestará dicho servicio, los que serán implementados por la Secretaría General de Gobierno. En las poblaciones donde no haya Juez del Registro del Estado Civil, la Dirección del Registro del Estado Civil de las Personas, determinará y coordinará las acciones conducentes a efecto de que se verifique el servicio de manera eficiente y permanente. Derogado.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS: Único: el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Sin otro particular, aprovecho para reiterarte la consideración de mi más alta estima. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 19 DE OCTUBRE DE 2018.
DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZARATE INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIA INSTITUCIONAL
DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE Los que suscriben Diputadas y Diputados de los Grupos Legislativos del Partido Acción Nacional, Partido Nueva Alianza, Partido de la Revolución Democrática, Partido Movimiento Ciudadano, Partido Revolucionario Institucional, Partido Movimiento de Regeneración Nacional, Partido Encuentro Social y Partido del Trabajo, y las Representaciones Legislativas del Partido Compromiso por Puebla y del Partido Verde Ecologista de México, por conducto del Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma el primer párrafo del artículo 40 Bis, y se adiciona el artículo 40 Ter, ambos de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla; al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que el polietileno es uno de los plásticos más comunes, debido a su bajo pecio y simplicidad en la fabricación, lo que genera una alta producción a nivel mundial.
Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
Que las bolsas y los popotes elaborados con polietileno se han convertido en materiales tan comunes para la vida de los seres humanos, pero su uso masivo se ha convertido en un problema de contaminación para el medio ambiente.
Que cerca del 10% del total de los plásticos en el mundo, terminan en los océanos, motivo por el cual el 70% de los mismos yacen en el fondo del mar, lugar donde nunca serán degradados.
Que más de 100,000 animales marinos y más de 1,000,000 de aves mueren debido a los residuos plásticos que están dispersos en el medio ambiente.
Que las bolsas y los popotes elaborados con polietileno se han constituido en gran parte de nuestras vidas, por lo que es muy difícil concebir la dependencia que se tiene hacia estos productos, pero reducir su uso es posible rompiendo los esquemas, con el propósito de que no sean desechables.
Que si utilizamos con frecuencia los popotes, a lo largo de nuestra vida se calcula consumir alrededor de 38 mil unidades, de los cuales la mayoría irán a rellenos sanitarios o serán arrastrados al medio ambiente contaminando, suelo, ríos y mares.
Que de continuar con el uso de popotes y las bolsas de plástico, se calcula que para el año 2050 habrá más plástico que peces en el mar, siendo el popote uno de los derivados de plástico con mayor presencia en las islas de basura que flotan en los océanos.
Que por los señalamientos efectuados, considero necesario que el Estado y los Ayuntamientos implementen campañas de concientización, con el propósito reducir
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el uso de popotes de plástico en cualquier establecimiento mercantil para la prestación de sus servicios. En virtud de lo anterior y atendiendo a lo antes expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta Soberanía, la siguiente Iniciativa de:
DECRETO
ÚNICO.- Se REFORMA el primer párrafo del artículo 40 Bis y se ADICIONA el artículo 40 Ter, ambos de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 40 BIS.- La Secretaría y los Ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán promover la reducción de las bolsas que se entreguen a título gratuito, de manera onerosa o con motivo de cualquier acto comercial, para transportación, carga o traslado del consumidor final y éstas deberán ser elaboradas con materiales preferentemente biodegradables, conforme a las normas de producción y consumo sustentable de reducción, reciclaje y reutilización, de modo que garanticen la disminución de los impactos ambientales para su pronta biodegradación en los destinos finales. …
ARTÍCULO 40 TER.- La Secretaría y los Ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán promover la reducción de popotes y desechables de plástico y unicel en cualquier establecimiento mercantil para prestar sus servicios.
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TRANSITORIOS
PRIMERO.- E l presente D e c r e t o entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 24 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA
DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA PRESIDENTE COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
DIP. MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO
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DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO
DIP. JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
DIP. ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
DIP. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 40 BIS Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 40 TER, AMBOS DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE MANEJO ESPECIAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.
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PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE. La que suscribe, Diputada Bárbara Dimpna Morán Añorve , integrante de la LX Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y XXVII de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracciones II y VII, 136, 137, 144 fracción II, 145, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, me permito someter a consideración de este Honorable Congreso para su estudio, discusión y en su caso aprobación, la siguiente Iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA. Iniciativa al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS Que hubo reformas que culminaron en la conculcación de derechos humanos por contravenir disposiciones de progresividad de los derechos humanos, al reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, reformas que tuvieron vigencia al día siguiente de su publicación, esto es, el pasado treinta y uno de diciembre del dos mil once. Que la definición por parte de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Seguridad Social es: “La Seguridad Social engloba el conjunto de medidas adoptadas por la sociedad con el fin de garantizar a sus miembros, por medio de una organización apropiada, una protección suficiente contra riesgos, a los cuales se hallan expuestos”, para el tratadista Julio Armando Grisolia es “El derecho a la seguridad social es el conjunto de normas jurídicas que regulan la protección de las denominadas contingencias sociales, como la salud, la vejez, la desocupación.”. Se trata de casos de necesidad biológica y económica.” De lo anterior se colige que el derecho a la seguridad social en nuestro sistema jurídico emana de la necesidad de la sociedad de garantizar los mecanismos necesarios
ante eventualidades biológicas y/o económicas; de las eventualidades biológicas encontramos naturalmente las enfermedades o los acontecimientos que accidental o paulatinamente merman la calidad de vida y el desempeño de las actividades de los individuos y por supuesto el transcurso mismo del tiempo que inexorablemente conlleva a un deterioro en las condiciones físicas de la persona a medida que alcanza una mayor edad. Ante la preocupación de estas eventualidades y del transcurso inevitable del tiempo, conllevó que a nivel internacional surgieran movimientos sociales a finales del siglo XIX y principios del siglo XX que propiciarían la creación de las primeras instituciones de seguridad social, siendo nuestro país pionero en esta materia y que a la postre por una situación competencial y administrativa derivara en la creación de diversas instituciones de seguridad social, como lo es el Instituto Mexicano de Seguridad Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y para el caso aquí planteado el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla. Que los antecedentes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, ISSSTEP por sus iniciales nos remontan al año de 1943, cuando siendo Gobernador del Estado de Puebla, el Sr. Gonzalo Bautista Castillo, se creó la Ley del Ahorro Obligatorio para los funcionarios y empleados públicos del Estado y de los municipios de esta Entidad Federativa, misma que diera origen a la Institución denominada “Ahorro de Funcionarios y Empleados Públicos”, que su cumplimiento estaría a cargo de una Junta de Vigilancia, integrada por el Presidente de la Junta Directiva de la Beneficencia Pública, quien fungiría como presidente, por el Director del Monte de Piedad “Vidal Ruiz” como secretario y, por el Director General de Rentas, como vocal. En aquel entonces, las cuotas de ahorro se integraban por el equivalente a un día de salario cada mes, permitiendo éstas brindar las siguientes prestaciones: a) Crédito a corto plazo. b) Crédito hipotecario. En 1962, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, sección 42 funda el Sanatorio del Magisterio antes Hospital “Cruz y Cellis”, ubicado en la 11 poniente1302, siendo Director Médico el Dr. Carlos del Castillo Fernández y como Presidente del Patronato el Prof. Enrique Zamora Palafox, Secretario General de la Sección 42 de SNTE y como administrador, el Sr. Nicolás Terán Montes de Oca, teniendo una capacidad dicho Hospital de 24 camas. En 1976 se inaugura el Hospital "22 de Septiembre", ubicado en la calle 17 oriente 1408, siendo Secretario General de la ahora nueva sección 51 del SNTE el Prof. Jesús Sarabia y Ordoñez, continuando como Director de dicho Hospital el Dr. Carlos del Castillo Fernández. Por iniciativa del Dr. Alfredo Toxqui Fernández de Lara, Gobernador del
Estado, se realizaron los estudios para integrar el Organismo de Seguridad Social. EL ONCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, se emite la Ley que crea “El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla”, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el Lic. Guillermo Jiménez Morales. Dicha Ley decreta al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio; y es en esta legislación, donde entre otras cosas se contempla la pensión por vejez en el artículo 80º, 81º y 82º a saber: Articulo 80.- Tienen derecho a pensión por vejez, los trabajadores que habiendo cumplido 55 años de edad, tuvieren 15 años de servicio como mínimo e igual tiempo de contratación al Instituto. Artículo 81.- El cómputo de los años de servicio se hará considerando uno solo de los empleos aún y cuando el trabajador hubiese desempeñado simultáneamente varios cuales quiera que fuera: En consecuencia, para dicho cómputo se considerarán por una sola vez, el tiempo durante el cual haya tenido o tenga el interesado, el carácter de trabajador. Artículo 82.- El monto de la pensión se fijará aplicando a las bases determinadas en el artículo 78º los siguientes porcentajes: VARONES
MUJERES
15 años de servicio
50%
15 años de servicio
57.50%
16 años de servicio
52.50%
16 años de servicio
60%
17 años de servicio
55%
17 años de servicio
62.50%
18 años de servicio
57.50%
18 años de servicio
65%
19 años de servicio
60%
19 años de servicio
67.50%
20 años de servicio
62.50%
20 años de servicio
70%
21 años de servicio
65%
21 años de servicio
72.50%
22 años de servicio
67.50%
22 años de servicio
75%
23 años de servicio
70%
23 años de servicio
80%
24 años de servicio
72.50%
24 años de servicio
85%
25 años de servicio
75%
25 años de servicio
90%
26 años de servicio
80%
26 años de servicio
95%
27 años de servicio
85%
27 años de servicio
100%
28 años de servicio
90%
29 años de servicio
95%
30 años de servicio
100%
En el cómputo final, toda fracción de más de 6 meses se computará o considerará como año completo.
De los dispositivos legales invocados se advierte que en el año de 1981 la edad mínima para acceder a la pensión por vejez era de 55 años de edad y la cantidad de años de servicios señalada por la tabla anterior. Cabe destacar que para aquel año, la esperanza de vida de los mexicanos, según datos del Banco Mundial y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía era de 67 sesenta y siete años. Para el diecinueve de diciembre del dos mil tres, se expidió la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, abrogando la Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, publicada con fecha diez de febrero de mil novecientos ochenta y uno; así las cosas y para le fecha de promulgación de esta nueva ley, la esperanza de vida del mexicano era de 74 setenta y cuatro años, es decir, un aumento de la expectativa de vida de 7 años, en un lapso de 22 años.
Para cuando fue expedida la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, esto es, el pasado DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRES, la legislación referida dejo de contemplar la pensión por vejez, institución que si era contemplada en la ley que creo el instituto y que en párrafos anteriores se trató, sin embargo, en su lugar se creó la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, debidamente contemplada en sus artículos 98º, 99º, y 100º de contenido siguiente: Artículo 98. La pensión de retiro por edad y tiempo de servicios se concederá a los trabajadores que habiendo cumplido 60 años de edad, acrediten ante el Instituto haber laborado cuando menos 15 años y haber cubierto las cuotas correspondientes a este periodo.
Artículo 99. Para el cómputo de los años de servicio será considerado uno solo de los empleos, el de mayor antigüedad, aun cuando el trabajador hubiese desempeñado simultáneamente varios, cualesquiera que fuera, en consecuencia, para dicho cómputo se considerarán por una sola vez, el tiempo durante el cual hayan tenido o tenga el interesado, el carácter de trabajador. Artículo 100. El monto de la pensión se determinará aplicando a las bases señaladas en el artículo 80, los siguientes porcentajes:
Como última premisa tenemos la reforma realizada a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla el pasado sábado 31 de diciembre de 2011, por el que se reformo y adicionaron diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, y para el caso que nos ocupa relativo a la propuesta, la legislación reformada dispuso: Artículo 98. La pensión de retiro por edad y tiempo de servicios se concederá a los trabajadores que habiendo cumplido 65 años de edad, acrediten ante el Instituto haber cotizado cuando menos 15 años. El beneficio será de acuerdo con el contenido del artículo 100 de esta Ley. Artículo 100. El monto de la pensión se determinará aplicando a la base señalada en el artículo 80, los siguientes porcentajes:
Con esta reforma se modificó la edad por una tercera ocasión desde la creación del instituto, y para el año de la reforma incremento la expectativa de vida promedio del mexicano que es de 76 setenta y seis años. Así pues tenemos 3 momentos de vital importancia por cuanto hace a la institución, de la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios (otrora pensión por vejez) y al mismo tiempo tenemos un incremento en la expectativa de vida del mexicano; lo que conlleva a afirmar lo siguiente: 1.-El otorgamiento de la pensión por vejez, pasó de condicionarse a los 55 años de edad cumplida a 60 años de edad en un lapso de 22 años, afirmación anterior toda vez que desde la creación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (1981) a la ley que abrogo aquella, es decir, la ley del año 2003, transcurrieron 22 años. Por lo que en 22 años aumentó 5 años más de edad como requisito. 2.-Así las cosas, la reforma del año 2011, en párrafos anteriores aludida, modificó nuevamente la edad para acceder a la pensión por vejez, al aumentar el requisito de
edad cumplida de 60 a 65 años de edad; cabe destacar que transcurrieron tan solo 8 años desde la última reforma que elevó igualmente en 5 años el requisito, como en el punto inmediato anterior se precisó. 3.-De las premisas anteriores se infiere que los aumentos a la edad para el acceso de la pensión por vejez, se dieron en dos momentos, y en ambos por la misma cantidad de años, no obstante en lapsos de tiempo desiguales, puesto que el primero fue al transcurrir 22 años y el segundo en tan solo 8 años. 4.-Que el promedio de vida del mexicano a partir de la creación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla aumentó tan solo 8 años, lo anterior al pasar de 67.04 años el promedio de esperanza de vida a 75.3 años para el 2017, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). 5.-Que existe una clara disparidad entre el aumento a la esperanza de vida del mexicano, y los años que se han incrementado como requisito para acceder al pago de la pensión, lo cual no puede encontrarse sustentado en el aumento de expectativa de vida por los elementos ya expresados. Así las cosas, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla con el marco legal contradice lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispositivo constitucional contenedor de los ejes rectores del estado para con los gobernados consistentes
en
RESPETAR,
PROTEGER,
GARANTIZAR,
Y,
PROMOVER
LOS DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los principios rectores de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y PROGRESIVIDAD. Esto es así, puesto que el artículo 98 de la ley del ISSSTEP es un dispositivo que lejos de ser progresivo es regresivo, toda vez que el contexto histórico narrado así lo demuestra, no tiene sustento alguno puesto que el incremento de edad como requisito no guarda relación con el aumento de esperanza de vida promedio en nuestro país. Artículo 98.-La pensión de retiro por edad y tiempo de servicios se concederá a los trabajadores que habiendo cumplido 65 años de edad, acrediten ante el Instituto haber cotizado cuando menos 15 años. El beneficio será de acuerdo con el contenido del artículo 100 de esta Ley.
Que es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter en consideración de esta Soberanía la presente iniciativa de reforma para quedar como se expresa a continuación: ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMA el artículo 98 de la Ley de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 98.- La pensión de retiro por edad y tiempo de servicios se concederá a los trabajadores que habiendo CUMPLIDO 60 AÑOS DE EDAD, acrediten ante el Instituto haber cotizado cuando menos 15 años. El beneficio será de acuerdo con el contenido del artículo 100 de esta Ley.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, OCTUBRE 23 DE 2018
DIP. BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE
CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E.
El suscrito Diputado Raúl Espinosa Martínez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma el artículo 19 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla; conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS Que el artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla sostiene que “En función del progreso social, el Estado promoverá y fomentará la producción de bienes y la prestación de servicios por los particulares o por él mismo. El Estado ejercitará, en beneficio de los habitantes del territorio poblano, las facultades que en materia económica le confieren esta Constitución y las leyes que de ella dimanan”. Que asimismo, el artículo 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece que “Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y, en su caso: I. La proposición haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes, o bien, de costo beneficio; II. De no haberse utilizado las modalidades mencionadas en la fracción anterior, la proposición hubiera ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante (…) Para los casos señalados en las fracciones I y II de este artículo, en caso
de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales”. Que por su parte, el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal preceptúa que: “La Secretaría, los Comités Municipales, las dependencias y las entidades formularán programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus respectivos presupuestos, considerando: (…)VII. Preferentemente, la utilización de bienes o servicios de procedencia nacional, así como aquéllos propios de la región, y la inclusión de insumos, material, equipo, sistemas y servicios que tengan incorporada tecnología nacional, tomando en cuenta los requerimientos técnicos y económicos de las adquisiciones o pedidos a realizarse en el Estado, en el país o en el extranjero (…)”. Que en este sentido, es oportuno señalar que siguiendo con lo que dispuesto en los demás ordenamientos referenciados, el artículo 19 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla sostiene que en la adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obras públicas, las Dependencias de la Administración Pública Estatal darán preferencia, dentro del marco legal aplicable, a las empresas y MIPYMES que tengan su domicilio social en el Estado siempre que ofrezcan iguales o mejores condiciones de precio, calidad y servicio respecto de las ofertas de empresas asentadas en otras entidades federativas. Que de las disposiciones legales transcritas previamente, se aprecia que las Dependencias de la Administración Pública Estatal, bajo ciertas condiciones, deben dar preferencia en la adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obras públicas, a las empresas y MIPYMES establecidas en el Estado, lo que considero es correcto, toda vez que las autoridades estatales son las primeras que deben impulsar el desarrollo empresarial de la Entidad y económico de las y los poblanos, con el objeto de que Puebla crezca y se fortalezca, no solo en el aspecto financiero, sino también en la generación de empleos, la consolidación del producto interno bruto, la reducción de los problemas sociales, en virtud del consumo y la reactivación económica, entre otros. Que esta forma de pensamiento ha permitido que en Ayuntamientos, como lo es el de Puebla, se haya implementado en la administración municipal anterior, programas como el denominado “Yo Compro Poblano”, en el que se privilegia a los empresarios
locales, con el objetivo de incentivar la economía local y crear nuevos vínculos empresariales1. Que toda vez que apenas el quince de octubre pasado acaban de tomar posesión las nuevas autoridades de los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla y en virtud de que se acerca el nuevo ejercicio presupuestal y la programación anual, éstos tendrán que efectuar la adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obras públicas que correspondan para responder a las necesidades de sus gobernados y Municipios, así como para cumplir y hacer realidad las promesas de campaña realizadas. Que con base en las consideraciones vertidas, el suscrito Diputado considera oportuno reformar el artículo 19 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla, con la finalidad de que no solo las Dependencias de la Administración Pública Estatal, sino también las de los Ayuntamientos, en la adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obras públicas estén obligadas a dar preferencia a las empresas y MIPYMES que tengan su domicilio social en el Estado respecto de las ofertas de empresas asentadas en otras entidades federativas.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración de este Cuerpo Colegiado, la siguiente Iniciativa de:
DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA.
ÚNICO.- Se REFORMA el artículo 19 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla, para quedar de la siguiente manera: ARTÍCULO 19 En la adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obras públicas, las Dependencias de la Administración Pública Estatal y de los Ayuntamientos darán preferencia, dentro del marco legal aplicable, a las empresas y MIPYMES que tengan su domicilio social en el Estado siempre que ofrezcan iguales o mejores http://www.e-consulta.com/nota/2018-09-10/sociedad/invitan-al-encuentro-yo-compro-poblano-creandoredes, consultada el 19 de octubre de 2018.
1
condiciones de precio, calidad y servicio respecto de las ofertas de empresas asentadas en otras entidades federativas. TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 24 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA.
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTES Los suscritos integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 143 SEXIES Y 143 SEPTIES DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA de conformidad con la siguiente: EXPOSICION DE MOTIVOS Cada 31 de octubre se celebra el Día Mundial de las Ciudades.1 Esta fecha fue designada por la Asamblea General de la ONU, con el objetivo de concientizar a todas las naciones, organizaciones internacionales y de la sociedad civil, que la urbanización ha sido un importante motor de desarrollo y reducción de la pobreza. La urbanización ha impulsado nuevos modelos de desarrollo en beneficio de una vivienda digna, de mejor infraestructura y que se pueda contar con los servicios básicos, como salud, educación y trabajo. Se estima que actualmente cuatro mil millones de personas en el mundo viven en ciudades, es decir, el 54.5% de todos los habitantes del planeta, de acuerdo con información de la ONU.
2
1 Resolución A/RES/68/239 https://undocs.org/es/A/RES/68/239 2 Centro de Información de las Naciones Unidas, [en línea], Dirección URL:http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=36055#.WA4zenmheM9
Dentro de las acciones internacionales relativas a la planeación del desarrollo urbano, la Asamblea General de la ONU convoca cada 20 años la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat).
En la Conferencia se discutió el importante reto de planificar y gestionar las ciudades, pueblos y aldeas del mundo, con el fin de cumplir con su papel como motores del desarrollo sostenible, en un planeta cada vez más urbanizado.
3
Asimismo, se buscó asegurar el compromiso político de todas las naciones para conseguir el desarrollo urbano sostenible, permitiendo identificar los nuevos desafíos urbanos, por lo que se acordó establecer una Nueva Agenda Urbana para el siglo XXI. La “Nueva Agenda Urbana” es un documento orientado a las acciones, que establecerá estándares globales de logros para el desarrollo urbano sustentable.
El
contenido
del
documento
gira
en
torno
a
tres
“compromisos transformadores para el desarrollo urbano sostenible”:
3
Luchar contra la pobreza sin olvidar a nadie;
Prosperidad urbana y oportunidades para todos;
Ciudades y asentamientos humanos ecológicos y resilientes.
http://www.ciudadesporelempleo.es/newsletters/2016/julio
HÁBITAT III. Borrador Cero de la Nueva Agenda Urbana. 06 de mayo del año 2016. http://www.righttothecityplatform.org.br/zero-draft-of-the-new-agenda-urbana/?lang=es 4
4
Cabe destacar que en diversos puntos de la Nueva Agenda Urbana se hace referencia a la importancia de los espacios verdes en las ciudades: 36. Los espacios públicos verdes tienen un impacto positivo en la salud y el bienestar, y proporcionan servicios de ecosistemas que van desde la mitigación y la adaptación del cambio climático para contribuir con el agua y la seguridad alimentaria. 56. También nos comprometemos con la creación de espacios verdes y públicos adecuados, conectados, accesibles y bien equipados, como conductores del desarrollo económico y social, generando un incremento de valor para ser captado para nuevas inversiones y compartido como ingresos públicos hacia una mejor igualdad. 71. La provisión de una red bien conectada de espacios públicos abiertos y verdes en las áreas urbanas centrales y periféricas, facilitando la vinculación con y el acceso al entorno natural, puede mejorar la salud pública y contribuir a la calidad de vida y al bienestar de todas las personas, a través de mayor esparcimiento y actividades físicas, al mismo tiempo que se protege y se mejora el ecosistema urbano y los servicios que proporciona y mitiga los riesgos del cambio climático tales como la isla de calor urbana, entre otros. En este sentido, los espacios verdes contribuyen a regular el clima urbano, absorben los contaminantes, amortiguan el ruido, permiten la captación de agua de lluvia para la recarga de los mantos acuíferos; pero, sobre todo,
generan
equilibrios
ambientales
fundamentales para los entornos urbanos.
en
suelo,
agua
y
aire,
Además de ser lugares donde las personas pueden disfrutar del tiempo libre, la presencia suficiente de plazas, jardines y parques ayuda a construir una ciudad bien balanceada donde los espacios naturales mitigan los efectos de la edificación excesiva y de la contaminación. Las áreas verdes urbanas, entre las que se pueden incluir bosques urbanos,
plazas
arboladas
y
jardines,
brindan
diversos
servicios
ambientales a la población, entre los que destacan el mejoramiento de la calidad del aire, la recreación y el mantenimiento de la biodiversidad urbana. Sin embargo, la falta de planeación en el crecimiento de las zonas urbanas pone en riesgo su permanencia y estado de conservación. Los jardines, los parques, las zonas verdes o el arbolado son elementos clave para mantener una buena calidad de vida en las ciudades y favorecer el bienestar de las personas. El contacto con los enclaves naturales en la ciudad nos permite reflexionar, sentirnos libres, relajarnos o reducir el estrés. Por eso, la Organización Mundial de la Salud considera que los espacios verdes urbanos son imprescindibles por los beneficios que aportan en el bienestar físico y emocional. La necesidad de regular la imagen urbana y evitar la contaminación visual generada por la desmedida colocación de publicidad, hace obligatoria la inclusión de prohibiciones mediante las cuales se reduzcan los excesos de los gobiernos y que los anunciantes y empresas relacionadas con el giro de
publicidad,
estén
sujetos
a
reglas
claras
y
procedimientos
transparentes para obtención de autorizaciones para la colocación de anuncios.
La saturación de anuncios espectaculares y el evidente conflicto de intereses de las autoridades estatales ha provocado que la contaminación visual en las carreteras estatales se incremente de forma visible y sin regulación. Mientras que en la zona metropolitana de Puebla se colocan estructuras de anuncios espectaculares sin una efectiva regulación en cuanto a la distancia. En el municipio de Guanajuato la distancia entre estructuras de anuncios espectaculares corresponde a mil metros lineales y cincuenta radiales. Mientras que en la ciudad de Pachuca se establece ni a menos de 500 metros uno de otro ni menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, de trabajo u hospitalarios. Es por ello que presento la siguiente iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 143 SEXIES Y 143 SEPTIES DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA Artículo Único: Se adicionan los Artículos 143 sexies y 143 septies de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla para quedar como siguen:
Artículo 143 Sexies.- La expedición de licencias, permisos o autorizaciones para la instalación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad no podrá exceder un plazo mayor a un año.
Artículo 143 Septies.- El reglamento respectivo establecerá la prohibición expresa de la instalación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad en áreas verdes urbanas. Se entiende por áreas verdes urbanas las áreas públicas cubiertas por vegetación natural como árboles, arbustos, plantas florales, plantas rastreras, cactáceas, camellones, o inducida, cuyos excedentes de lluvia o riego pueden infiltrarse al suelo natural. El reglamento respectivo establecerá la regulación expresa de la instalación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad, la cual no podrá ser menor a 300 metros lineales y 300 radiales.
Artículos Transitorios Primero.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla. Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación. Tercero.- Se derogan todas las disposiciones que se contrapongan al presente decreto. ATENTAMENTE Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza a martes 24 de octubre de 2018
Dip. José Juan Espinosa Torres
CC DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE
El que suscribe DIPUTADO RAYMUNDO ATANACIO LUNA, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 57, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado presento para su trámite constitucional INICIATIVA DE
DECRETO
POR
LA
QUE
SE
REFORMAN
DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO de Puebla bajo los siguientes: CONSIDERANDOS
Indudablemente, la figura del fuero se ha utilizado de manera incorrecta, ya que fue creada con el fin de garantizar que los servidores públicos, por ejemplo, los legisladores, no corrieran riesgos por las expresiones que hicieran en el ejercicio de su cargo a fin de evitar que se utilicen las instituciones de administración de justicia para reprenderlo. En el caso del Ejecutivo federal y de los Ejecutivos locales, el fuero se Página 1 de 7
otorgaba con el fin de evitar un mal mayor, dejar a una entidad sin gobernante o al país sin presidente, por lo que al momento de retirar el fuero se considerase si la falta así lo ameritase. De tal manera que el problema es un abuso de esta figura, que en algunos casos ha llevado a la impunidad y corrupción, por lo que la finalidad es desterrar cualquier resquicio de falta de aplicación de la ley e impunidad. En el sentido anterior, el estudio denominado “Fuero, inmunidad parlamentaria y juicio político en México”1 elaborado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República refiere lo siguiente: “Aunque en el mundo se considera al fuero (o inmunidad parlamentaria)
como
una
garantía
de
independencia
de
los
parlamentarios y otros servidores públicos ante el acoso judicial, en años recientes ha sido caracterizada y percibida como un mecanismo de impunidad. Estudios de opinión pública ilustran esta percepción. Un sondeo de Parametría (2010) concluyó que siete de cada diez mexicanos no estaban de acuerdo con que se otorgara fuero a los legisladores; ocho de cada diez consideraban que era un privilegio usado “para abusar de su cargo y cometer actos ilícitos sin poder ser juzgados”, y únicamente uno de cada diez creía que se utilizaba como “una garantía constitucional para la libre expresión de las ideas”. Cinco años después, en noviembre de 2015, una encuesta en vivienda aplicada por Consulta Mitofsky reportó
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que 64 por ciento de los mexicanos están a favor de la eliminación del fuero y sólo 24 por ciento lo respaldan (CESOP, 2016)”
En suma, la inmunidad judicial tiene como fin proteger a legisladores y funcionarios de la persecución judicial que podría derivarse del cumplimiento de sus funciones públicas. El argumento más sólido a favor de la inmunidad parlamentaria es que ésta puede contribuir a fortalecer la autonomía del Poder Legislativo ante intentos de acoso por parte del Poder Ejecutivo o de intereses que se ven afectados por la labor que realice el parlamento. (Chafetz, 2007).
En el caso de los funcionarios del Poder Ejecutivo, dicha inmunidad evita o limita la posibilidad de que se inicien actos de persecución contra ellos mientras cumplen con las funciones y responsabilidades que la ley les mandata. No obstante, en años recientes se ha argumentado que la inmunidad judicial del Auditor Superior del Estado ha sido utilizada a favor del grupo en él poder.
La inmunidad judicial puede ser un mecanismo que facilite las condiciones para la prevalencia de hechos de corrupción.
Esta modificación responde a una exigencia de que los servidores públicos no constituyen una clase privilegiada que se encuentra fuera de Página 3 de 7
la aplicación de la justicia, ni mucho menos que la obtención de un puesto de elección popular significara que no serán castigados por ilícitos que cometieron previamente ni que el cargo constituye una patente para seguir cometiendo faltas. Es entendible que el fuero de los servidores públicos se concedió constitucionalmente como una garantía ante el ataque político y la persecución judicial de las fuerzas políticas contrarias, sin embargo, la finalidad esperada se ha pervertido, y se ha convertido en una suerte de inmunidad que nulifica cualquier posibilidad de exigir una responsabilidad a quien detenta el fuero constitucional. Es necesario que el pacto constitucional sea modificado y hacer los ajustes correspondientes para clarificar el principio de igualdad ante la ley, y generar los incentivos necesarios para que las conductas de los servidores públicos sean ejemplares, sólo de esta manera se elevará el rasero de la exigencia de honestidad, decoro y ética con la que deben dirigirse los servidores públicos.
Por lo expuesto sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente: INICIATIVA DE DECRETO Artículo Único: SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PARA QUEDAR COMO SIGUEN: ARTÍCULO 113.- …
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I a X.-… …..
El Titular de la Auditoría Superior del Estado, será nombrado por un periodo de siete años; pudiendo ser ratificado por una sola vez para un periodo igual, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de la materia y podrá ser removido, exclusivamente, conforme a lo previsto en el artículo 125 de esta Constitución. ...
Artículo 125.-… I.-.. II.- Se impondrán, mediante juicio político, y conforme al procedimiento establecido en la Ley de la materia, las sanciones de destitución e inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza, al Gobernador del Estado, Diputados al Congreso Local, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, y del Tribunal de Justicia Administrativa, así como a los Consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, y Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla, por: a) a c) …. ….. Página 5 de 7
III a VIII.-…
Artículo 126.-… Para procesar por un delito del orden común a un Diputado, al Gobernador, a un Magistrado o a un Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, se necesita que la Legislatura, erigida en Gran Jurado, declare por los dos tercios de los votos de sus miembros presentes, si ha lugar o no a formarle causa. En caso negativo, no habrá lugar a procedimiento ulterior, pero tal declaración no prejuzga sobre los fundamentos de la acusación ni impide que ésta continúe su curso cuando el acusado haya dejado de tener fuero. En el afirmativo, quedará el acusado separado de su cargo y sujeto a la acción de los Tribunales Ordinarios …
ARTICULO 127.- Para procesar por delitos oficiales a los Diputados, al a los Magistrados y los Consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, se seguirán las reglas siguientes:
I a IV.-….
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TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al o contravengan lo dispuesto por el presente Decreto. TERCERO.- Envíese a los doscientos diecisiete Ayuntamientos y los cinco Concejos de los Municipios del Estado, para los efectos establecidos en los artículos 140 y 141 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
CUATRO VECES HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
DIP. Raymundo Atanacio Luna
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DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE Las y los Diputados Integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, por conducto del Diputado Marcelo Eugenio García Almaguer, Coordinador del Grupo Legislativo antes citado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de esta Soberanía la iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma el artículo 5 y se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 4 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla, al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS El artículo 1º Constitucional en su último párrafo establece lo siguiente: “Queda
prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas” Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), ha definido la discriminación como una “práctica cotidiana que consiste en dar un trato
desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido”. Por su parte, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Junio de 2003, en su artículo 1º, fracción III, define a la discriminación como “toda distinción, exclusión, restricción o
preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia;” A efecto de claridad, se entiende por: -Homofobia: Odio, rechazo, aversión, prejuicio y discriminación contra las personas que tienen orientaciones sexuales diversas a la heterosexualidad.
Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
-Misoginia: Son conductas de odio hacia la mujer y se manifiesta en actos violentos y crueles contra ella por el hecho de ser mujer.1 -Xenofobia: Fobia a los extranjeros. -Segregación racial: Separar y marginar a una persona o a un grupo de personas por motivos de raza. -Antisemitismo: Enemigo de los judíos, de su cultura o de su influencia. En el Estado de Puebla la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 21 de noviembre de 2013, no ha ampliado el concepto de “discriminación” en armonización a la Ley Federal, definiéndola en su artículo 4º fracción III, de la siguiente manera
“La negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos y comunidades en situación de discriminación, imputables a personas físicas o jurídicas o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, por razón de su origen étnico, nacional, lengua, sexo, género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, por su forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos humanos, así como la igualdad de las personas;”
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, Artículo 5, fracción XI. D.O.F. 1 de febrero de 2007, última reforma D.O.F. 13 de abril de 2018.
1
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Toda vez que en materia de Derechos Humanos y con fundamento en el artículo 1º Constitucional, rige el principio de Progresividad, debemos ampliar el concepto de discriminación de nuestra Ley Estatal, a efecto de considerar todas aquellas conductas que atentan contra la dignidad de las personas, y de esa manera armonizar nuestra legislación con la Legislación Federal; de igual manera, y en este mismo orden de ideas, es pertinente precisar el objeto de las prácticas discriminatorias para así garantizar efectivamente los Derechos Humanos de todas las personas. Para efectos ilustrativos, se anexa el siguiente cuadro comparativo: LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 5 Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO A LA FRACCIÓN III DEL P.O.E. 21 DE NOVIEMBRE DE 2013 ARTÍCULO 4 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA ARTÍCULO 4.- Para los efectos de la ARTÍCULO 4.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
presente Ley se entenderá por:
I. …
I. …
II. …
II. …
III.
III.
También
se
discriminación
entenderá la
como
homofobia,
misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, IV. a XI. …
antisemitismo,
así
discriminación
racial
como y
la otras
formas conexas de intolerancia; IV. a XI. … Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
ARTÍCULO 5.- Queda prohibida ARTÍCULO 5.- Queda prohibida toda cualquier forma de discriminación en el práctica discriminatoria que tenga Estado Libre y Soberano de Puebla. por objeto o efecto impedir o anular
el reconocimiento
o
ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades en el Estado Libre y Soberano de Puebla.
Por lo anteriormente expuesto y en términos de lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente Iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se Reforma el artículo 5, y se Adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 4, todos de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla para quedar como sigue: ARTÍCULO 4.- … I. y II. … III. …
Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia; IV. a XI. … ARTÍCULO 5.- Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades en el Estado Libre y Soberano de Puebla. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 22 DE OCTUBRE DE 2018 GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIP. MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER COORDINADOR
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ
Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
DIP. HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ
DIP. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA
DIP. GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ
DIP. NANCY JIMÉNEZ MORALES DIP. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 5 Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
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DICTÁMENES DE LA SESIÓN
COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN, DERECHOS HUMANOS Y DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ DICTAMEN:827 HONORABLE ASAMBLEA: Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Educación, Derechos Humanos y De la Familia y los Derechos de la Niñez, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones X, XII y XXXV, 151, 152, 153 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones X, XII y XXXV, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho, la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, Integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con la adhesión de los Grupos legislativos de los Partidos: Acción Nacional, Encuentro Social, Nueva Alianza, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano; y de las Representaciones Legislativas de los Partidos: Verde Ecologista de México y Compromiso por Puebla; presentó ante esta Soberanía, la Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla. 2. En sesión de fecha primero de octubre de dos mil dieciocho, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a las Comisiones Unidas de Educación, Derechos Humanos y De la Familia y los Derechos de la Niñez, para su estudio y resolución procedente”. CONTENIDO DE LA INICIATIVA •
Estipular que las autoridades estatales y municipales deban no solo establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, sino también faciliten, con posterioridad al parto, su reingreso.
CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS Que con fecha cuatro de diciembre de dos mil catorce fue publicada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Diario Oficial de la Federación, encontrándose dentro de sus objetivos: el reconocimiento a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos; la garantía del pleno ejercicio, respeto y protección de los mismos; la creación de los Sistemas Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de los Estatales; y la fijación de los principios rectores que orientarán la política nacional, relativa a los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Que en cumplimiento al segundo transitorio de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Legislatura pasada de este Honorable Congreso del Estado, el tres de junio del año dos mil quince abrogó la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla y aprobó la expedición de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, la cual se publicó en esa misma fecha en el Periódico Oficial del Estado de Puebla. Que el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que toda persona tiene derecho a recibir educación, la que en caso de ser impartida por el Estado deberá desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar a la vez, el amor a la patria, la conciencia de la solidaridad internacional, la independencia, la justicia y el respeto a los derechos humanos, entre los que se encuentran los de las niñas, niños y adolescentes. Que con base en la disposición constitucional referida, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en su artículo 57 que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables. Que asimismo, en el artículo de que se habla se preceptúa que las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma,
señalándose a su vez que, entre otras cosas, deberán: establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas, faciliten su reingreso y promuevan su egreso del sistema educativo nacional. Que bajo esta tesitura, es que en la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, se dispone textualmente lo siguiente: “Artículo 48.- Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, para lo cual deberán: XVI. Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso, permanencia y reingreso de niñas y adolescentes embarazada, y (…)”. Que de acuerdo a lo anterior, se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con la finalidad de que las autoridades estatales y municipales deban no solo establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, sino también faciliten, con posterioridad al parto, su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo, ya que ello les permitirá, en un primer momento, acceder a otras formas de educación, como lo es la superior y, en un segundo momento, tener acceso a un mejor trabajo, con el cual puedan tener mejores oportunidades de desarrollo y brindarles una mejor calidad de vida a su hija o hijo. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Educación, Derechos Humanos y De la Familia y los Derechos de la Niñez, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedente la Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, en los términos que fue presentado y someterlo a consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones X, XII y XXXV, 151, 152, 153 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones X, XII y XXXV, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, nos
permitimos someter a la consideración de esta Soberanía el siguiente Dictamen con Minuta de:
DECRETO ÚNICO.- Se REFORMA la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, para quedar de la manera siguiente: ARTÍCULO 48.- … I a XV.- … XVI.- Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, y faciliten con posterioridad al parto su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo; y XVII.- …
TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 24 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE EDUCACIÓN
DIP. HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ PRESIDENTE
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ SECRETARIO
DIP. BÁRBARA DIMPNA MORÁN AÑORVE VOCAL
DIP. CRISTINA TELLO ROSAS VOCAL
DIP. OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO VOCAL
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZARATE VOCAL
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA.
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DIP. ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL PRESIDENTA
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA SECRETARIA
DIP. MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO VOCAL
DIP. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ VOCAL
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO VOCAL
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA.
COMISIÓN DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ
DIP. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA PRESIDENTA
DIP. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ SECRETARIA
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ VOCAL
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA VOCAL
DIP. LILIANA LUNA AGUIRRE VOCAL
DIP. ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI VOCAL
DIP. NANCY JIMÉNEZ MORALES VOCAL
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA.
COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DICTAMEN: 828
HONORABLE ASAMBLEA:
Dictamen que presenta la Comisión de Asuntos Municipales de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción XXI, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracción XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES 1.- Con fecha veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho, el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, presentó a esta Soberanía la iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal. En sesión de fecha primero de octubre de dos mil dieciocho, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “…Se turna a la Comisión de Asuntos Municipales, para su estudio y resolución procedente…”. 2.- Con fecha tres de octubre de dos mil dieciocho, la Diputada Rafaela Vianey García Romero, integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, presentó a esta Soberanía la Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 91 y 231 de la Ley Orgánica Municipal. En sesión de esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, dictaron el siguiente Acuerdo: “…Se turna a la Comisión de Asuntos Municipales, para su estudio y resolución procedente…”.
CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS •
Establecer entre las facultades y obligaciones de los Presidentes Municipales; así como entre las obligaciones y atribuciones de los Presidentes Auxiliares, ejercer las facultades de Juez del Registro Civil por Ministerio de Ley, en términos de la normatividad aplicable.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN Que el Estado nace al asociarse las personas en un grupo social determinado, éste tiene la necesidad de instituir el Poder Público para ejercer las actividades colectivas que atañen a la población, el Estado se instaura para garantizar el funcionamiento de la colectividad, y proporcionarles un mínimo de bienestar a los pobladores que constituyen la fuerza viva, a través de los Derechos Humanos. El artículo sexto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el 16 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Los derechos de la personalidad de acuerdo con el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla son inalienables, imprescriptibles, irrenunciables e ingravables, por lo que el Estado debe optar por mecanismos que garanticen su oportuno reconocimiento y ejercicio. El Estado como órgano rector cuenta con normas, instituciones y procedimientos para garantizar la prestación de servicios y establecer las bases sobre las cuales la ciudadanía interactúa y ejerce sus derechos. Tal es el caso del Registro del Estado Civil, institución de carácter público e interés social por medio de la cual se inscribe y da publicidad a los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas. Que en el año 2013 el Congreso realizó reformas a la Ley Orgánica Municipal suprimiendo facultades a los Presidentes Auxiliares Municipales como el titular del gobierno de los Pueblos, de ser auxiliares en los servicios del Registro del Estado Civil de las Personas, terminando con una historia ancestral de las Juntas Auxiliares de proporcionar a sus pobladores todos los servicios del Registro Civil, como nacimiento, fallecimiento, reconocimiento de persona y hasta rectificaciones de actas, que realizaban en la capital del Estado, sin embargo consistió más que en una reforma jurídica, en una reforma política y administrativa con la finalidad de quitar poder a las Juntas Auxiliares, y concentrar el monopolio de los servicios registrales al Gobierno del Estado, las repercusiones que con ello se generaron, tuvieron como consecuencia el conflicto social en varios municipios, ya que reclamaban el retorno de un derecho que les pertenecía, ocasionando detenciones arbitrarias, uso desmedido de la fuerza pública, la muerte de un menor, y violaciones graves a los Derechos Humanos generando disgusto y movilizaciones que obligaron al Estado a recular y devolver gradualmente dicha función. Las modificaciones realizadas definieron a las Juntas Auxiliares como órganos desconcentrados de los Ayuntamientos. Aunado a ello, la referencia que se hizo dentro de
los considerandos del decreto respecto a la prestación del servicio de Registro Civil, ni antes ni después de la reforma mencionada, figuró dentro del texto de la Ley Orgánica Municipal, toda vez que dicha función compete de origen al Poder Ejecutivo y de forma adicional, por “Ministerio de Ley”, a los Ayuntamientos y Juntas Auxiliares. Lo anterior, tal y como lo disponen los artículos 19 y 20 del Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla, los cuales a la letra dicen: “Artículo 19.- Los Presidentes Municipales y los Presidentes de las Juntas Auxiliares, ejercerán las funciones de Jueces del Registro Civil por Ministerio de la Ley, … . Artículo 20.- Los Jueces por Ministerio de la Ley, tendrán las mismas facultades y obligaciones de los Jueces del Registro Civil de la Ciudad Capital.” Previo a la reforma en mención, dentro de la Ley Orgánica Municipal no se consideraban funciones expresas del registro civil a cargo de las Juntas Auxiliares. Por lo que hace a los Ayuntamientos se les reconocía el cumplimiento de los deberes que sobre el Registro del Estado Civil de las Personas le impongan las leyes relativas. Es decir, los mencionados dentro de los artículos del Reglamento antes referido. A fin de atender el reclamo social y reinvolucrar a las autoridades auxiliares y municipales en la prestación de los servicios del Registro del Estado Civil de las Personas, el dieciséis de marzo de dos mil dieciséis se publicaron en el Periódico Oficial del Estado las reformas para facultar tanto a Presidentes Municipales como Auxiliares, para coadyuvar con las autoridades del Registro del Estado Civil de las Personas en términos de las disposiciones aplicables. Coadyuvancia que, sumada a los acuerdos delegatorios del Ejecutivo para la prestación de dichos servicios, no implica el ejercicio amplio e innegable de la función, sino una actuación temporal y limitada, a voluntad del Estado y de sus intereses. En los últimos años el ejercicio de gobierno en la entidad ha estado marcado por la ocurrencia y sumisión legislativa; el autoritarismo; violación de derechos humanos; desfalco y ocurrencia en la obra pública. Considerando lo anterior resulta indispensable garantizar a la ciudadana y a las autoridades la prestación del servicio público del Registro del Estado Civil de las Personas por mandato legal y no a voluntad de quienes hasta hoy toman las decisiones administrativas. Ejemplos de inestabilidad, ocurrencia y autoritarismo por parte del gobierno hemos visto muchos; no permitiremos que las decisiones se sigan tomando en perjuicio de la ciudadanía, por lo que con este tipo de acciones y reformas, buscamos brindar certeza legal y administrativa a los servicios prestados a la ciudadanía. Considerando que existen las bases legales para actuar y que Puebla, con 6 millones 168 mil 883 habitantes es la quinta entidad más poblada a nivel nacional, además de que cuenta con una tasa de crecimiento anual de 79 mil 330 poblanos, es indispensable garantizar el acceso y ejercicio de los derechos de los poblanos, integrando dentro de ese esfuerzo a todas las autoridades facultadas para el caso, como sucede con los 217 Ayuntamientos y las 611 Juntas Auxiliares existentes.
Hacer lo contrario representaría un retroceso, ir en contra de una lógica que tiene como eje central a la ciudadanía, tal y como ha quedado manifiesto con la reforma constitucional federal mediante la cual se reconoció el derecho de las personas a contar con una identidad, a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento, además de recibir de manera gratuita la primera copia certificada del acta del referido registro. Resulta inoportuno e incluso contradictorio centralizar en el Estado y las cabeceras municipales el servicio del Registro Civil, tal y como se planteó de manera general dentro del ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ENTREGA – RECEPCIÓN DEL REGISTRO CIVIL, DE LAS JUNTAS AUXILIARES A LOS MUNICIPIOS, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 11 de junio de 2014. Lo anterior, debido a que con ello se obligaría al traslado costoso y en algunos casos peligroso de las personas para acceder a los servicios y ejercer los derechos que el estado está obligado a garantizar, como lo son el derecho a la personalidad y todos los que del mismo se desprenden, como el derecho a la educación y a la salud. Además de que al centralizar el Ayuntamiento la función, representa un acto con efectos meramente territoriales, toda vez que, como ya se mencionó, con la reforma a la Ley Orgánica Municipal, las Juntas Auxiliares pasaron a ser extensiones mismas de los Ayuntamientos, asumiendo que con su ejercicio e intervención se garantizaría la cercanía entre gobernantes y gobernados. Que los diputados de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, respondemos a la exigencia de la ciudadanía, a la confianza que depositaron en nosotros miles y millones de ciudadanos el día primero de julio, por lo que con la presente reforma se busca garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las y los poblanos; concluir con el régimen autoritario, insensible y opresor que nos sumió a los poblanos en una dinámica de desconfianza, se busca brindar seguridad y certeza legal, efectividad en los servicios y generación de bienestar humano, con esta reforma se busca otorgarle representación a las Juntas Auxiliares como gobierno de los pueblos, de regresarle los servicios registrales que siempre habían prestado a la ciudadanía y de otorgarles a los presidentes auxiliares la facultad de coadyuvar como jueces del registro del estado civil de las personas por ministerio de Ley. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de esta Comisión de Asuntos Municipales, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedentes las Iniciativas de Decreto que reforman los artículos 91 y 231 de la Ley Orgánica Municipal, con las modificaciones realizadas por esta Comisión y someterlo a consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción XXI, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracción XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía el siguiente Dictamen con Minuta de:
DECRETO
ÚNICO.- Se reforman las fracciones XVII del artículo 91 y IX del artículo 231, ambos de la Ley Orgánica Municipal, para quedar como sigue: ARTÍCULO 91.- … I a XVI.- … XVII.- Ejercer las facultades de Juez del Registro del Estado Civil de las Personas por Ministerio de Ley, en términos de las disposiciones aplicables; XVIII a LXIII.- … ARTÍCULO 231.- … I a VIII.- … IX.- Ejercer las facultades de Juez del Registro del Estado Civil de las Personas por Ministerio de Ley, en términos de las disposiciones aplicables; … X.- …
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días siguientes al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. TERCERO.- El Poder Ejecutivo Estatal, en el ámbito de su competencia, realizará las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ PRESIDENTE
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA SECRETARIO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VOCAL
DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMAN LAS FRACCIONES XVII DEL ARTÍCULO 91 Y IX DEL ARTÍCULO 231, AMBOS DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL.
COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
HONORABLE ASAMBLEA:
Acuerdo que presenta la Comisión de Asuntos Municipales de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 102, 115, 119, 123 fracción XXI, 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracción XXI, 78, 79 y 84 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos y aplicables, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Con fecha primero de octubre de dos mil dieciocho, el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, presentó ante esta Soberanía el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores al servicio del Ayuntamiento, y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social.
2. En sesión de esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a la Comisión de Asuntos Municipales para su estudio y resolución procedente”.
CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO •
Exhortar a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores al servicio del Ayuntamiento, y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN El artículo 8 segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo vigente establece que: “… se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.” Es un derecho humano consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al cual se reconoce la libertad de ejercerlo en la profesión, industria o comercio que se elija, además de que el mismo sea digno y socialmente útil; estableciéndose las bases que deben regir de manera general todo contrato de trabajo, relativas a la jornada máxima, descansos, los salarios mínimos, seguridad social, y derechos de escalafón y ascenso entre otros. El Principio de Justicia Social, se encuentra plasmado en el artículo 123 de nuestra Carta Magna, al señalar en la fracción XXIX, del apartado A, que “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.” Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Se integran por aquellas normas que consagran libertades y prerrogativas básicas de las personas. Han sido reconocidos como tales, el derecho a la vida, la libertad, la educación, el trabajo, la seguridad social, entre otros. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 22 que “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”. Por otra parte, como se establece en el preámbulo de la Recomendación Nº 202 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, “el derecho a la seguridad social es un derecho humano que, junto con la promoción del empleo, es una necesidad económica y social para el desarrollo y el progreso; una herramienta importante para
prevenir y reducir la pobreza, la desigualdad, la exclusión social y la inseguridad social, para promover la igualdad de oportunidades, la igualdad de género y la igualdad racial y para apoyar la transición del empleo informal al empleo formal; y una inversión en las personas que potencia su capacidad para adaptarse a los cambios de la economía y del mercado de trabajo, y que los sistemas de seguridad social actúan como estabilizadores sociales y económicos automáticos, ayudan a estimular la demanda agregada en tiempos de crisis y en las etapas posteriores, y ayudan a facilitar la transición hacia una economía más sostenible.” Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales consagra el derecho a la seguridad social en su artículo 9, estableciendo que “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social”. El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce que toda persona tiene derecho a la protección a la salud. De conformidad con la legislación aplicable, la seguridad social es aquella que garantiza el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. La Ley del Seguro Social establece que la realización de la seguridad social está a cargo de entidades o dependencias públicas, federales o locales y de organismos descentralizados, conforme a lo dispuesto por dicha Ley y los demás ordenamientos legales sobre la materia. Que el Seguro Social se constituye por un régimen obligatorio y otro voluntario, que podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio en forma voluntaria entre otros, los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social. Por tanto, cada Ayuntamiento de los Municipios que conforman el Estado deberá brindar seguridad social a sus trabajadores, pues con ello se protege no sólo a los trabajadores sino a su familia; y su impacto trasciende más allá de los hogares de cada trabajador, trasciende al bienestar de las comunidades, pues se fortalece la productividad, así como la dignidad y la realización personal de cada uno de ellos.
Es prioritario que en los diferentes órdenes de gobierno, se garantice el respeto a los derechos humanos; sin embargo, uno de los grandes problemas que enfrentan los Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, a cuyos ciudadanos representamos como integrantes de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, es que en las administraciones municipales, los servidores públicos al servicio de los Ayuntamientos no cuentan con seguridad social. Vivimos en una era en la que la globalización y la competitividad han traído cambios significativos en las relaciones laborales; sin embargo, tal dinámica no debe utilizarse como excusa o impedimento para dejar de cumplir con los principios básicos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues pese al paso de los años, las necesidades básicas de las personas no sólo permanecen, sino que van en aumento. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Asuntos Municipales, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Resolver como procedente el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta a los 217 Ayuntamientos del Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores al servicio del Ayuntamiento, y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social, con las modificaciones realizadas por esta Comisión, y someterlo a consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 102, 115, 119, 123 fracción XXI, 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracción XXI, 78, 79 y 84 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Se exhorta a los Ayuntamientos de los 217 Municipios que conforman el Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores a su servicio y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social respectiva. Notifíquese.
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE OCTUBRE DE 2018. COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ PRESIDENTE
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA SECRETARIO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VOCAL
DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS 217 MUNICIPIOS QUE CONFORMAN EL ESTADO DE PUEBLA, A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE SEGURIDAD SOCIAL QUE TIENEN CON LOS TRABAJADORES A SU SERVICIO Y REALICEN LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA DE SEGURIDAD SOCIAL RESPECTIVA.
COMISIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS, DE IGUALDAD DE GÉNERO, Y SEGURIDAD PÚBLICA Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, de Igualdad de Género, y Seguridad Pública, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XII, XIII y XVI, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracciones XII, XIII y XVI, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES •
Con fecha diecisiete de octubre de dos mil dieciocho, el Diputado José Juan Espinosa Torres, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo, presentó ante esta Soberanía el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta al titular del Ejecutivo Estatal, al titular de la Secretaría General de Gobierno, al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, a la Fiscalía General del Estado de Puebla y al titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, para que en el ámbito de su competencia, adopten las medidas necesarias en términos de ley, eficientes y eficaces, para abatir en el estado la violencia de género contra las mujeres, mediante la aceptación de la alerta respectiva, tal y como lo claman los ciudadanos poblanos y las organizaciones civiles que ha así lo han solicitado y no retrasen más el cese de la violencia feminicida en contra las mujeres; entre otros resolutivos.
•
En sesión de fecha cinco de octubre de dos mil dieciocho, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, de Igualdad de Género, y Seguridad Pública, para su estudio y resolución procedente”.
CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO •
Exhortar al titular del Ejecutivo Estatal, al titular de la Secretaría General de Gobierno, al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, a la Fiscalía General del Estado de Puebla y al titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, para que en el ámbito de su competencia, adopten las medidas
necesarias para abatir en el estado la violencia de género contra las mujeres, mediante la aceptación de la alerta respectiva; entre otros resolutivos.
CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS Que los objetivos y principios rectores de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se encuentran vinculados de los artículos 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como con la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer adoptada por la Organización de las Naciones Unidas en 1979 y con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como la Belén do Pará (Brasil)) adoptada en 1994. Que los diversos 11 y 12 fracciones I y II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establecen que las mujeres y los hombres son iguales ante la Ley y que las Leyes de nuestro Estado se deberán ocupar, entre otros, de la protección, seguridad, estabilidad y mejoramiento de la Familia en sus diversas manifestaciones y del desarrollo integral y el bienestar de las mujeres. Que la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla en su artículo 23 señala que en el caso concreto de violencia feminicida se observarán las disposiciones respectivas de la Alerta de Violencia de Género establecidas en los diversos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Que el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Título Tercero, Capítulo I, se prevé lo relativo a LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA FEMINICIDA. Que el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, textualmente establece que corresponderá al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate. Que los Estados de Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Oaxaca, Nayarit y Zacatecas han
declarado la Alerta de Violencia de Género a fin de tomar acciones para erradicar la violencia feminicida en diversos Municipios de dichas Entidades Federativas; se encuentran en proceso Campeche, Durango, Estado de México, Coahuila y Jalisco entre otros. Que el 9 de marzo de 2016 el Instituto Mexicano de Psicología Jurídica A.C. solicitó a las instancias competentes la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género; consecuentemente esta solicitud siguió su cauce legal, que culminó el 18 de junio de 2018 en un informe de avances por conducto del Ejecutivo del Estado de Puebla, el cual adoptó 8 medidas específicas para impulsar políticas públicas. Que posteriormente el 20 de octubre de 2017, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos solicitó al Instituto Nacional de las Mujeres la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Puebla, solicitud a la que se sumaron diversas Asociaciones Civiles. Que el 16 de julio de 2018, mediante Oficio No. CNPEVM/910/2018, la Secretaría de Gobernación hizo del conocimiento al Gobernador del Estado de Puebla, el Informe del Grupo de Trabajo conformado para atender la solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres para el Estado de Puebla – AVGM/08/2017, así mismo la dependencia federal refiere que de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 38 del Reglamento de la Ley General, que se contaría con un plazo de quince días hábiles para informar a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) sobre la aceptación o rechazo de las conclusiones y propuestas realizadas por el Grupo de Trabajo en el informe, señalándose que transcurrido dicho plazo sin que se recibiera respuesta o en caso de recibir una respuesta negativa, la Secretaría de Gobernación emitiría la declaratoria de alerta de violencia de género, en los términos del artículo 25 de la Ley General. Que el 30 de julio de 2018, mediante oficio OG-028-SGG/2018, el Gobernador del Estado de Puebla aceptó las conclusiones y propuestas contenidas en el citado informe, del Oficio No. CNPEVM/910/2018, del grupo de trabajo que analizó la situación que guardan los derechos de las mujeres en el Estado de Puebla. Que es importante referir que existen dos tipos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), la alerta de violencia de género contra las mujeres por violencia feminicida y la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por agravio comparado, que tiene como finalidad eliminar las desigualdades producidas por un ordenamiento jurídico o por políticos públicas que impidan el reconocimiento o el
ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las Mujeres protegidos por instrumentos internacionales reconocidos y ratificados por el Estado mexicano. Que en materia presupuestal, cabe mencionar que en la Ley de Egresos del Estado de Puebla para el ejercicio Fiscal 2018, se estableció lo siguiente: ARTÍCULO 84.-Las Dependencias y Entidades difundirán por los medios disponibles los programas que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, en los que deberán dar a conocer a la población los objetivos y beneficios de los mismos, así como los requisitos para acceder a ellos, en los términos de la legislación y normatividad aplicable en la materia. Que con lo anterior se destinó un presupuesto a Fiscalía General del Estado y al Instituto Poblano de las Mujeres, para atender esta materia, ello para el Ejercicio Fiscal 2018. Que desde 2006 ha habido un crecimiento exponencial en México de la Violencia contra las Mujeres, tanto en el aspecto psicológico, físico, patrimonial, económico y sexual; en específico en nuestro Estado, de acuerdo con datos del Sistema Integrado de Estadísticas sobre Violencia contra las Mujeres del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y de la Organización de las Naciones Unidas aumentó, solamente, en Puebla aumentó en un 81%, al pasar de 1.6 a 2.9 casos de asesinatos de mujeres con presunción de feminicidio. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, de Igualdad de Género, y Seguridad Pública, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Resolver como procedente el Punto de Acuerdo presentado por el Diputado José Juan Espinosa Torres, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo, con las modificaciones realizadas por estas Comisiones Unidas y someterlo a consideración de esta Soberanía. Por lo anterior expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XII, XIII y XVI, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracciones XII, XIII y XVI, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a esta Soberanía el siguiente:
ACUERDO PRIMERO.- Se exhorta al titular del Ejecutivo Estatal para que en el ámbito de su competencia, cumpla cabalmente con las 15 recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), lo cual permitirá enfrentar la problemática de la violencia contra las mujeres y, en consecuencia, garantizar sus derechos, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia; acepte la necesidad de implementar la Alerta de Género en el Estado de Puebla. SEGUNDO.- Se exhorta al Titular del Ejecutivo del Estado y al Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración, incrementen los recursos presupuestales suficientes en la Iniciativa de Ley de Egresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2019, para la erradicación de la violencia de género, teniendo en consideración las conclusiones y recomendaciones del Informe de Grupo de trabajo conformado para atender la solicitud AVGM/08/2017 de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres en el Estado de Puebla. TERCERO.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Gobernación emita la Alerta de Género para el Estado de Puebla a fin de enfrentar y erradicar la violencia feminicida. CUARTO.- Se conmina al titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, a solicitar a la Secretaría de Gobernación Federal la emisión de la Alerta de Género en el Estado. Notifíquese.
A TENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 22 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DIP. ESTEFANÍA RODRÍGUEZ SANDOVAL PRESIDENTA
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA SECRETARIA
DIP. MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO VOCAL
DIP. TONANTZIN FERNÁNDEZ DÍAZ VOCAL
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO VOCAL
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, CUMPLA CABALMENTE CON LAS 15 RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (CONAVIM), LO CUAL PERMITIRÁ ENFRENTAR LA PROBLEMÁTICA DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y, EN CONSECUENCIA, GARANTIZAR SUS DERECHOS PRIMORDIALMENTE EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA; ACEPTE LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR LA ALERTA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE PUEBLA; ENTRE OTRO RESOLUTIVO.
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO PRESIDENTA
DIP. RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO SECRETARIA
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA VOCAL
DIP. GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ VOCAL
DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ VOCAL
DIP. MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ VOCAL
DIP. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, CUMPLA CABALMENTE CON LAS 15 RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (CONAVIM), LO CUAL PERMITIRÁ ENFRENTAR LA PROBLEMÁTICA DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y, EN CONSECUENCIA, GARANTIZAR SUS DERECHOS PRIMORDIALMENTE EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA; ACEPTE LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR LA ALERTA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE PUEBLA; ENTRE OTRO RESOLUTIVO.
COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIP. HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS PRESIDENTE
DIP. MARÍA DEL CARMEN CABRERA CAMACHO SECRETARIA
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VOCAL
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA VOCAL
DIP. FERNANDO SÁNCHEZ SASIA VOCAL
DIP. NANCY JIMÉNEZ MORALES VOCAL
DIP. RAÚL ESPINOSA MARTÍNEZ VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, CUMPLA CABALMENTE CON LAS 15 RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (CONAVIM), LO CUAL PERMITIRÁ ENFRENTAR LA PROBLEMÁTICA DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y, EN CONSECUENCIA, GARANTIZAR SUS DERECHOS PRIMORDIALMENTE EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA; ACEPTE LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR LA ALERTA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE PUEBLA; ENTRE OTRO RESOLUTIVO.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Acuerdo emitido por la Comisión de Asuntos Municipales, por virtud del cual se exhorta a los Ayuntamientos de los 217 Municipios que conforman el Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores a su servicio y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social respectiva. Que el artículo 8 segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo vigente establece que: “… se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.” Es un derecho humano consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al cual se reconoce la libertad de ejercerlo en la profesión, industria o comercio que se elija, además de que el mismo sea digno y socialmente útil; estableciéndose las bases que deben regir de manera general todo contrato de trabajo, relativas a la jornada máxima, descansos, los salarios mínimos, seguridad social, y derechos de escalafón y ascenso entre otros. Que el Principio de Justicia Social, se encuentra plasmado en el artículo 123 de nuestra Carta Magna, al señalar en la fracción XXIX, del apartado A, que “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.” Que los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Se integran por aquellas normas que consagran libertades y prerrogativas básicas de las personas. Han sido reconocidos como tales, el derecho a la vida, la libertad, la educación, el trabajo, la seguridad social, entre otros.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 22 que “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”. Por otra parte, como se establece en el preámbulo de la Recomendación Nº 202 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, “el derecho a la seguridad social es un derecho humano que, junto con la promoción del empleo, es una necesidad económica y social para el desarrollo y el progreso; una herramienta importante para prevenir y reducir la pobreza, la desigualdad, la exclusión social y la inseguridad social, para promover la igualdad de oportunidades, la igualdad de género y la igualdad racial y para apoyar la transición del empleo informal al empleo formal; y una inversión en las personas que potencia su capacidad para adaptarse a los cambios de la economía y del mercado de trabajo, y que los sistemas de seguridad social actúan como estabilizadores sociales y económicos automáticos, ayudan a estimular la demanda agregada en tiempos de crisis y en las etapas posteriores, y ayudan a facilitar la transición hacia una economía más sostenible.” Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales consagra el derecho a la seguridad social en su artículo 9, estableciendo que “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social”. El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce que toda persona tiene derecho a la protección a la salud. Que de conformidad con la legislación aplicable, la seguridad social es aquella que garantiza el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. La Ley del Seguro Social establece que la realización de la seguridad social está a cargo de entidades o dependencias públicas, federales o locales y de organismos descentralizados, conforme a lo dispuesto por dicha Ley y los demás ordenamientos legales sobre la materia. Que el Seguro Social se constituye por un régimen obligatorio y
otro voluntario, que podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio en forma voluntaria entre otros, los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social. Por tanto, cada Ayuntamiento de los Municipios que conforman el Estado deberá brindar seguridad social a sus trabajadores, pues con ello se protege no sólo a los trabajadores sino a su familia; y su impacto trasciende más allá de los hogares de cada trabajador, trasciende al bienestar de las comunidades, pues se fortalece la productividad, así como la dignidad y la realización personal de cada uno de ellos. Es prioritario que en los diferentes órdenes de gobierno, se garantice el respeto a los derechos humanos; sin embargo, uno de los grandes problemas que enfrentan los Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, a cuyos ciudadanos representamos como integrantes de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, es que en las administraciones municipales, los servidores públicos al servicio de los Ayuntamientos no cuentan con seguridad social. Que vivimos en una era en la que la globalización y la competitividad han traído cambios significativos en las relaciones laborales; sin embargo, tal dinámica no debe utilizarse como excusa o impedimento para dejar de cumplir con los principios básicos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues pese al paso de los años, las necesidades básicas de las personas no sólo permanecen, sino que van en aumento. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Exhórtese a los Ayuntamientos de los 217 Municipios que conforman el Estado de Puebla, a cumplir con las obligaciones constitucionales y legales de seguridad social que tienen con los trabajadores a su servicio y realicen la inscripción correspondiente ante la Institución Pública de Seguridad Social respectiva. Notifíquese.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE
DIP. HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS VICEPRESIDENTE
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA SECRETARIA
DIP. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA MINUTA DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS 217 MUNICIPIOS QUE CONFORMAN EL ESTADO DE PUEBLA, A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE SEGURIDAD SOCIAL QUE TIENEN CON LOS TRABAJADORES A SU SERVICIO Y REALICEN LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA DE SEGURIDAD SOCIAL RESPECTIVA.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Acuerdo emitido por la Comisiones Unidas de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, de Igualdad de Género, y De la Familia y los Derechos de la Niñez, por virtud del cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo; y exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”. Que el artículo 123, base A, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá, entre otras cosas, el servicio de guardería. De igual forma, la Ley Fundamental en el artículo en mención, base B, fracción XI, inciso c), dispone que la seguridad social se organizará conforme a bases mínimas, siendo una de éstas que las mujeres disfrutarán del servicio de guarderías infantiles. Que aunado a ello, los artículos 171 y 283 fracción XIII de la Ley Federal del Trabajo establecen, respectivamente, lo siguiente: “Los servicios de guardería infantil se prestarán por el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con su Ley y disposiciones reglamentarias” y “Los patrones tienen las obligaciones especiales siguientes: Brindar servicios de guardería a los hijos de los trabajadores”. Que como se desprende de la Carta Magna y del ordenamiento legal mencionado, en México las y los trabajadores tienen derecho al servicio de guardería para sus hijas e hijos. Que de acuerdo al Instituto Mexicano del Seguro Social, las guarderías se encargan de atender el desarrollo integral del niño y la niña, a través del cuidado y fortalecimiento de su salud, además de que éstas brindan una sana alimentación y un programa educativo-formativo acorde a su edad y nivel de desarrollo1. 1
http://www.imss.gob.mx/servicios/guarderias, consultada el 4 de octubre de 2018.
Que las guarderías han apoyado a las madres y padres trabajadores, ya que de esta forma pueden seguir laborando y a la vez estar tranquilos porque sus hijas e hijos están correctamente cuidados y alimentados, así como a través de aquéllas empiezan a consolidar su proceso de enseñanza-aprendizaje. Sin embargo, las jornadas de trabajo que existen actualmente, la distancia que implica ir de la casa a la guardería y de ésta al trabajo y viceversa, el horario de salida prolongado, entre otras, propician que cada vez exista una menor convivencia entre los padres y sus hijos, lo que sin duda alguna perjudica el crecimiento de las y los menores en su ámbito familiar, integral y armónico. Que ante dicha circunstancia, la tendencia mundial es que existan guarderías en el trabajo de los padres, tan es así que con fecha 3 de mayo de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”, que es un esquema que representa una nueva etapa en la forma de otorgar la prestación social de guarderías en las empresas, por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social y los patrones. Que por medio de este esquema, los patrones interesados que cumplan con los requisitos correspondientes podrán instalar en sus empresas o establecimientos una guardería que brinde servicio a sus trabajadores, y en consecuencia, el Instituto Mexicano del Seguro Social, vía reversión de cuotas o pago de servicios, cubrirá la cuota mensual que corresponda por cada niño inscrito. Que el hecho de que al interior de las empresas sean establecidas las guarderías genera muchas ventajas, como en su caso, son las siguientes2 3
2 3
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La guardería en la empresa tiene los mismos horarios que los padres, por lo que éstos no tienen prisa por salir para ir a recogerlos.
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Contribuye a disminuir la impuntualidad y el absentismo laboral, pues los padres se evitan el tráfico y los retrasos provocados por el tiempo de traslado a la guardería.
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Se promueve y consolida la igualdad laboral.
http://superrhheroes.sesametime.com/empresas-con-guarderia-un-buen-lugar-para-trabajar/, consultada el 4 de octubre de 2018. http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/201705/130, consultada el 4 de octubre de 2018.
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Los padres se ahorran diversos gastos, como son los de la guardería o de un cuidador e incluso los de gasolina o pagos de transporte, entre otros.
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Mejora el rendimiento y la satisfacción en el trabajo, pues los padres no tienen que estar preocupándose de los hijos durante su jornada laboral.
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Durante los descansos los padres pueden visitar a las y los hijos e incluso comer juntos.
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Valoración muy positiva de las y los trabajadores hacia la empresa, pues se preocupa por ellos y por su conciliación familiar.
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Favorece la estabilidad laboral de la mujer trabajadora en la empresa.
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Da certeza y tranquilidad a las madres y padres trabajadores.
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Al tener mejores condiciones laborales, los trabajadores tienden a elevar su productividad.
Que además, con ello las empresas se convierten en empresas familiarmente responsables y se colocan en el nivel más alto de compromiso y responsabilidad social posible, pues no solamente cumplen las obligaciones que la ley les exige, sino que van un paso adelante al garantizar el bienestar y tranquilidad de sus trabajadoras. Que de conformidad con lo anterior, se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo. Que además se exhorta respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 134, 135, y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite el siguiente:
ACUERDO PRIMERO.- Exhórtese respetuosamente a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Puebla, para que promueva las ventajas que representa, tanto para los trabajadores como para las empresas, el establecimiento de guarderías al interior de los centros de trabajo.
SEGUNDO.- Exhórtese respetuosamente a la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado, para que promueva entre el sector patronal las “Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación para la prestación indirecta del Servicio de Guardería con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos”.
Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVA LAS VENTAJAS QUE REPRESENTA, TANTO PARA LOS TRABAJADORES COMO PARA LAS EMPRESAS, EL ESTABLECIMIENTO DE GUARDERÍAS AL INTERIOR DE LOS CENTROS DE TRABAJO; Y EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO, PARA QUE PROMUEVA ENTRE EL SECTOR PATRONAL LAS “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS DE SUBROGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO DE GUARDERÍA CON LOS PATRONES QUE TENGAN INSTALADAS GUARDERÍAS EN SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS”.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CONSIDERANDO Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Acuerdo emitido por las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Igualdad de Género, y Seguridad Pública, por virtud del cual se exhorta al titular del Ejecutivo Estatal para que en el ámbito de su competencia, cumpla cabalmente con las 15 recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), lo cual permitirá enfrentar la problemática de la violencia contra las mujeres y, en consecuencia, garantizar sus derechos, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia; acepte la necesidad de implementar la Alerta de Género en el Estado de Puebla; entre otros resolutivos. Que los objetivos y principios rectores de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se encuentran vinculados de los artículos 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como con la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer adoptada por la Organización de las Naciones Unidas en 1979 y con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como la Belén do Pará (Brasil)) adoptada en 1994. Que los diversos 11 y 12 fracciones I y II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establecen que las mujeres y los hombres son iguales ante la Ley y que las Leyes de nuestro Estado se deberán ocupar, entre otros, de la protección, seguridad, estabilidad y mejoramiento de la Familia en sus diversas manifestaciones y del desarrollo integral y el bienestar de las mujeres. Que la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla en su artículo 23 señala que en el caso concreto de violencia feminicida se observarán las disposiciones respectivas de la Alerta de Violencia de Género establecidas en los diversos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Que el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Título Tercero, Capítulo I, se prevé lo relativo a LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA FEMINICIDA.
Que el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, textualmente establece que corresponderá al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate. Que los Estados de Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Oaxaca, Nayarit y Zacatecas han declarado la Alerta de Violencia de Género a fin de tomar acciones para erradicar la violencia feminicida en diversos Municipios de dichas Entidades Federativas; se encuentran en proceso Campeche, Durango, Estado de México, Coahuila y Jalisco entre otros. Que el 9 de marzo de 2016 el Instituto Mexicano de Psicología Jurídica A.C. solicitó a las instancias competentes la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género; consecuentemente esta solicitud siguió su cauce legal, que culminó el 18 de junio de 2018 en un informe de avances por conducto del Ejecutivo del Estado de Puebla, el cual adoptó 8 medidas específicas para impulsar políticas públicas. Que posteriormente el 20 de octubre de 2017, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos solicitó al Instituto Nacional de las Mujeres la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Puebla, solicitud a la que se sumaron diversas Asociaciones Civiles. Que el 16 de julio de 2018, mediante Oficio No. CNPEVM/910/2018, la Secretaría de Gobernación hizo del conocimiento al Gobernador del Estado de Puebla, el Informe del Grupo de Trabajo conformado para atender la solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres para el Estado de Puebla – AVGM/08/2017, así mismo la dependencia federal refiere que de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 38 del Reglamento de la Ley General, que se contaría con un plazo de quince días hábiles para informar a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) sobre la aceptación o rechazo de las conclusiones y propuestas realizadas por el Grupo de Trabajo en el informe, señalándose que transcurrido dicho plazo sin que se recibiera respuesta o en caso de recibir una respuesta negativa, la Secretaría de Gobernación emitiría la declaratoria de alerta de violencia de género, en los términos del artículo 25 de la Ley General. Que el 30 de julio de 2018, mediante oficio OG-028-SGG/2018, el Gobernador del Estado de Puebla aceptó las conclusiones y propuestas contenidas en el citado informe, del
Oficio No. CNPEVM/910/2018, del grupo de trabajo que analizó la situación que guardan los derechos de las mujeres en el Estado de Puebla. Que es importante referir que existen dos tipos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), la alerta de violencia de género contra las mujeres por violencia feminicida y la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por agravio comparado, que tiene como finalidad eliminar las desigualdades producidas por un ordenamiento jurídico o por políticos públicas que impidan el reconocimiento o el ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las Mujeres protegidos por instrumentos internacionales reconocidos y ratificados por el Estado mexicano. Que en materia presupuestal, cabe mencionar que en la Ley de Egresos del Estado de Puebla para el ejercicio Fiscal 2018, se estableció lo siguiente: ARTÍCULO 84.-Las Dependencias y Entidades difundirán por los medios disponibles los programas que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, en los que deberán dar a conocer a la población los objetivos y beneficios de los mismos, así como los requisitos para acceder a ellos, en los términos de la legislación y normatividad aplicable en la materia. Que con lo anterior se destinó un presupuesto a Fiscalía General del Estado y al Instituto Poblano de las Mujeres, para atender esta materia, ello para el Ejercicio Fiscal 2018. Que desde 2006 ha habido un crecimiento exponencial en México de la Violencia contra las Mujeres, tanto en el aspecto psicológico, físico, patrimonial, económico y sexual; en específico en nuestro Estado, de acuerdo con datos del Sistema Integrado de Estadísticas sobre Violencia contra las Mujeres del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y de la Organización de las Naciones Unidas aumentó, solamente, en Puebla aumentó en un 81%, al pasar de 1.6 a 2.9 casos de asesinatos de mujeres con presunción de feminicidio. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite el siguiente:
ACUERDO PRIMERO.- Exhórtese al titular del Ejecutivo Estatal para que en el ámbito de su competencia, cumpla cabalmente con las 15 recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), lo cual permitirá enfrentar la problemática de la violencia contra las mujeres y, en consecuencia, garantizar sus derechos, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia; acepte la necesidad de implementar la Alerta de Género en el Estado de Puebla. SEGUNDO.- Exhórtese al Titular del Ejecutivo del Estado y al Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración, incrementen los recursos presupuestales suficientes en la Iniciativa de Ley de Egresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2019, para la erradicación de la violencia de género, teniendo en consideración las conclusiones y recomendaciones del Informe de Grupo de trabajo conformado para atender la solicitud AVGM/08/2017 de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres en el Estado de Puebla. TERCERO.- Exhórtese al titular del Poder Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Gobernación emita la Alerta de Género para el Estado de Puebla a fin de enfrentar y erradicar la violencia feminicida. CUARTO.- Se conmina al titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, a solicitar a la Secretaría de Gobernación Federal la emisión de la Alerta de Género en el Estado. Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, CUMPLA CABALMENTE CON LAS 15 RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (CONAVIM), LO CUAL PERMITIRÁ ENFRENTAR LA PROBLEMÁTICA DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y, EN CONSECUENCIA, GARANTIZAR SUS DERECHOS PRIMORDIALMENTE EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA; ACEPTE LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR LA ALERTA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE PUEBLA; ENTRE OTRO RESOLUTIVOS.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 29 DE OCTUBRE DE 2018
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Lunes 29 de Octubre de 2018 1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
3.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Educación, la de Derechos Humanos y la de la Familia y los Derechos de la Niñez de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla.
4.
Lectura del Acuerdo que presenta la Comisión Especial para el Análisis y Seguimiento de la Elección a Gobernador del Estado de Puebla, en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se somete a consideración del Pleno del Congreso del Estado, citar con extrema urgencia a comparecer ante esta Comisión Especial, a los Consejeros Electorales y Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado y Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, con el objeto de proporcionar información concerniente a la preparación y resoluciones dentro del proceso electoral ordinario 2017-2018 en el Estado de Puebla, resoluciones de la jornada electoral del día primero de julio de dos mil dieciocho en nuestra Entidad y resoluciones en la etapa de cómputos y declaración de validez de la elección a Gobernador del Estado de Puebla, sujetándose al cronograma de Sesiones y Comparecencias referidas en el Acuerdo de la Comisión Especial, en términos de lo dispuesto por el artículo 223 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.2
5.
Lectura del Acuerdo que presenta la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Honorable Congreso del Estado, por el que proponen el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, ambos para el ejercicio fiscal del año dos mil diecinueve.
6.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri, Carlos Alberto Morales Álvarez y Uruviel González Vieyra, integrante y Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano; y Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, respectivamente, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan se exhorte a los Presidentes Municipales y Ayuntamientos del Estado, mismos que no cuenten con su Reglamento Municipal de Protección Civil, que no tengan un Atlas Municipal de Riesgos y que no hayan conformado su Consejo Municipal de Protección Civil, a constituir los mismos, dando prioridad en la agenda de trabajo del Ayuntamiento a estos temas y con ello se cumpla cabalmente las ordenanzas constitucionales y legales para proteger a la ciudadanía y evitar con ello en la medida de lo posible desastres que puedan prevenirse y contingencias que puedan superarse, entre otro resolutivo.
7.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada María del Carmen Saavedra Fernández, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen medidas y acciones, con el fin de mantener y consolidar la existencia de abejas y en consecuencia la actividad apícola en el Estado, entre otro resolutivo.
8.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Nancy Jiménez Morales, en representación e integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte a los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado de Puebla, para que en términos de las disposiciones legales en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, incorporen en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, la información de las obligaciones de transparencia que generen y/o posean, de conformidad con los criterios y formatos establecidos en los lineamientos y anexos respectivos; a fin de garantizar y facilitar a la ciudadanía el acceso a la información pública.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.3
9.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a todas las Instituciones Públicas y Privadas del Sector Salud en el Estado de Puebla, para que promuevan y difundan información sobre la importancia de la anticoncepción, así como para que se genere una campaña por la cual se informe a las mujeres sobre el procedimiento y consecuencias del aborto.
10.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Fernando Sánchez Sasia, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita al Secretario de Infraestructura, Movilidad y Transportes, rinda un informe detallado a esta Soberanía, en relación con las acciones llevadas a cabo por la dependencia a su cargo para inhibir la prestación ilegal del servicio público de pasajeros, en particular de los taxis y camionetas colectivas en el Municipio de Tehuacán, Puebla, así como el padrón de vehículos que prestan esos servicios, en un plazo que no exceda diez días hábiles, entre otros resolutivos.
11.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado José Miguel Trujillo de Ita, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, a elaborar y ejecutar un plan de acción estatal para la conservación de los polinizadores, que contemple alternativas de erradicación de plagas en los cultivos, que no afecten a los insectos polinizadores, en específico a las abejas; de la misma manera se le solicita valorar la conveniencia de prohibir o regular de manera más estricta, el uso de pesticidas que dañan a las abejas, informándolo a la brevedad a esta soberanía.
12.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan diversos Diputados Coordinadores y Representantes Legislativos de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que solicitan exhortar a los Ayuntamientos y Comités Municipales del Estado de Puebla, para que hagan del conocimiento a sus integrantes y a los Titulares de las Dependencias y Entidades Municipales, que deben observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público a que se refiere la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado del Estado de Puebla, por lo que en el ámbito de su competencia se deben realizar acciones tendientes a detectar, prevenir y combatir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción como tráfico de influencias, nepotismo, actuación bajo Conflicto de Interés.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.4
13.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública del Gobierno Federal y del Estado de Puebla, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, y en conjunto con los Institutos Mexicano de la Juventud y Poblano del Deporte y Juventud y las Asociaciones de Padres de Familia, respectivamente, diseñen un programa integral dirigido a niñas, niños, adolescentes y jóvenes, para que éstos conozcan los riesgos que implica el sexting, como por citar algunos son la sextorsión, grooming, ciberbullying y porno venganza, con la finalidad de prevenir y erradicar su práctica, entre otros resolutivos.
14.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Gabriel Oswaldo Jiménez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con el fin de que en ejercicio de sus facultades, reduzca en un cincuenta por ciento o elimine el gravamen por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) al precio de las gasolinas y esto sea considerado en la discusión del Paquete Fiscal 2019, entre otros resolutivos.
15.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado Javier Casique Zárate, por el que solicita exhortar al equipo de transición del Presidente Electo de la República Mexicana para que, con transparencia y objetividad, aclare la base de la legalidad, así como la metodología para la elección de la muestra y la formulación de la pregunta para conocer la opinión de los mexicanos respecto a la ubicación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, entre otros resolutivos.
16.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Carlos Alberto Morales Álvarez y Diputados Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri y Uruviel González Vieyra, Coordinador e integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano, respectivamente; y Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se exhorte de manera respetuosa al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la finalidad de que informe a la Comisión Nacional del Agua, así como a los Gobiernos de los Estados de Puebla y Tlaxcala, cuáles son las organizaciones de la sociedad que se encuentran debidamente reconocidas en materia de cultura y prevención del agua, con la finalidad de no violentar derecho humano alguno con sus garantías y estas participen en la celebración del convenio recomendado en la Recomendación 10/2017 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se cumpla el punto de mérito a la literalidad, entre otros resolutivos.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.5
17.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Arturo de Rosas Cuevas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 75 y se adiciona el artículo 193 Bis de la Ley Orgánica Municipal.
18.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona la fracción VII del artículo 10, recorriéndose la subsecuente de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.
19.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan la Diputada Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri y el Diputado Carlos Alberto Morales Álvarez, integrante y Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano; y el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman la fracción III del artículo 30 y el segundo párrafo del artículo 79, ambos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla.
20.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se reforma la fracción II del artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla.
21.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Héctor Eduardo Alonso Granados, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los Titulares de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Gobierno del Estado a que analicen la situación de los taxistas en la Central de Autobuses CAPU y se eviten enfrentamientos entre ellos, en pro de la seguridad de las y los poblanos y de los visitantes al mismo, así como para dar certeza jurídica del funcionamiento y prestación de este servicio.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.6
22.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar a los doscientos doce Ayuntamientos y a los Cinco Concejos Municipales del Estado Libre y Soberano de Puebla, contemplen en su Presupuesto de Egresos 2019, los recursos necesarios a favor de la dignificación de los Centros de Atención Múltiple que se encuentren en su territorio, y en caso de que no existan, realicen las gestiones necesarias de acuerdo a sus atribuciones, a fin de establecer un Centro de Atención Múltiple en el Ayuntamiento que corresponda, esto con la finalidad de abonar al trabajo de escolarizar a aquellos alumnos y alumnas que presentan necesidades educativas especiales y sumar esfuerzos y recursos para el respeto e inclusión de las personas con discapacidad, entre otro resolutivo.
23.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado de Puebla a implementar, fomentar y consolidar, en la medida de sus posibilidades, un Gobierno Digital en la prestación de los trámites y servicios que la Administración Pública Municipal ofrece a las y los ciudadanos, en términos de lo establecido por el artículo 25 de la Ley de Gobierno Digital para el Estado de Puebla y sus Municipios.
24.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Raúl Espinosa Martínez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Economía Federal y a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Estado, para que dentro del ámbito de sus respectivas competencias, continúen efectuando la capacitación, formación, asesoría y consultoría de las micro, pequeñas y medianas empresas en las siete regiones socioeconómicas del Estado, en las áreas de comercialización y mercadeo, tecnología y procesos de producción, diseño de producto y financiamiento, así como en materia de normalización y certificación, con la finalidad de que éstas sigan creándose, creciendo, y consolidándose, y por tanto, continué en ascenso el desarrollo económico de la Entidad.
25.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se realicen mastografías a las mujeres poblanas sin importar las distancias geográficas.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 29 de 2018 Pág.7
26.
Lectura del ocurso del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Zaragoza, Puebla, administración 2011-2014, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 107/2014.
27.
Lectura del oficio ASP/0659418/DGJ del Director General Jurídico de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, mediante el cual remite el ocurso y anexos del Exdirector del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tepeaca, Puebla, Administración 2009, por el que interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, derivado del expediente P.A. 51/2010.
28.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 29 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
DIPUTADO
ASISTENCIA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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SI
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ASISTIERON
FALTAS
37
-
Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
1
FALTAS JUSTIFICADAS
3
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL LUNES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA,
CON
LA
ASISTENCIA DE TREINTA Y SIETE DE ELLOS, EL RETARDO JUSTIFICADO DEL DIPUTADO JUAN PABLO KURI CARBALLO Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LA DIPUTADA LILIANA LUNA AGUIRRE Y LOS DIPUTADOS
ÁNGEL GERARDO ISLAS
MALDONADO Y EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS. A CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR DIVERSOS DIPUTADOS POR EL QUE
1
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
SOLICITAN LA INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA, COMO PUNTOS VEINTE Y VEINTICINCO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA; Y EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO
EN
EL
ESTADO
A
PROGRAMAR
EN
EL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DOS MIL DIECINUEVE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA DAR CABAL CUMPLIMIENTO A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-041-SSA2-2011 Y PODER GARANTIZAR
EN
FORMA
OPORTUNA
Y
EFICAZ
LA
PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CÁNCER DE MAMA EN NUESTRO ESTADO; PUESTA A CONSIDERACIÓN EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA INCLUSIÓN
RECORRIÉNDOSE
LOS
DEMÁS
PUNTOS
ENLISTADOS EN EL ORDEN DEL DÍA. A CONTINUACIÓN, SE DIO CUENTA DEL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO PARA ESTA SESIÓN.
EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA
DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES
DE
ESTA
LEGISLATURA,
DISPENSAR
LA
2
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL VEINTICUATRO DE
OCTUBRE DEL
AÑO
EN CURSO
Y
APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA, ENSEGUIDA, PUESTA A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, SOLICITÓ A LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA SOMETER AL PLENO LA APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PRECISÓ QUE SE ENCONTRABAN EN EL PUNTO UNO REFERENTE A LA APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, ASIMISMO QUE EL ORDEN DEL DÍA NO SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL PLENO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; CONTINUANDO EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, SEÑALÓ QUE EL MOTIVO DE SU INTERVENCIÓN ES PARA RETIRAR EL PUNTO CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA EN VIRTUD DE QUE EN EL PROCESO DE ENVÍO, EL DOCUMENTO CORRESPONDE A UNA MINUTA Y NO A UN DICTAMEN Y SOLICITÓ LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA; ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOLICITÓ A LA SECRETARÍA HACER ENTREGA DE LA MISMA EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS AL TÉRMINO
DE
LA
SESIÓN,
INTERVENCIONES
QUE
SE
ENCUENTRAN ÍNTEGRAS EN LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. A CONTINUACIÓN, PUESTA A CONSIDERACIÓN EL ACTA RESULTÓ APROBADA EN VOTACIÓN ECONÓMICA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS. EN EL PUNTO DOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS
3
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
CIUDADANOS Y LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: EL DE LA CIUDADANA SIXTA ORTÍZ LIMÓN, A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; EL DE LA CIUDADANA SANDRA MARTÍNEZ FLORES
Y
OTROS
FIRMANTES,
A
LA
COMISIÓN
DE
GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; OCURSOS Y ANEXOS DE CIUDADANOS DE DIVERSAS COMUNIDADES DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD; EL OFICIO SIN NÚMERO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TLATLAUQUITEPEC, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA
AUDITORÍA
SUPERIOR
DEL
ESTADO;
OFICIO
DGDI/DAC/310/3592/2018 Y ANEXO DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR EL QUE REMITE OCURSOS DE DENUNCIAS POR PRESUNTAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DEL EXPRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TLATLAUQUITEPEC, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE
LA
AUDITORÍA
SUPERIOR
DEL
ESTADO.
OFICIO
DGDI/DAC/310/3514/2018 Y ANEXO DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR EL QUE REMITE LA DENUNCIA EN CONTRA DEL EXPRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO
DE
TEPEYAHUALCO
DE
CUAUHTÉMOC,
PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL PUNTO TRES CON DISPENSA DE LECTURA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN, LA DE DERECHOS HUMANOS Y LA DE LA FAMILIA Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA, PUESTO A DISCUSIÓN EN USO DE LA PALABRA AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDO, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA LAS DIPUTADAS: MONICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA Y NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA,
NO
HABIENDO
MÁS
INTERVENCIONES,
SE
PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO CUATRO CON DISPENSA DE LECTURA AL ACUERDO QUE PRESENTA LA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO DE LA ELECCIÓN A GOBERNADOR DEL ESTADO DE PUEBLA, EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 20172018 DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO, CITAR CON EXTREMA URGENCIA A COMPARECER ANTE ESTA COMISIÓN ESPECIAL, A LOS CONSEJEROS ELECTORALES Y SECRETARIA EJECUTIVA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, CON EL OBJETO DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN RESOLUCIONES ORDINARIO
CONCERNIENTE DENTRO
2017-2018
EN
DEL EL
A
LA
PREPARACIÓN
PROCESO ESTADO
Y
ELECTORAL DE
PUEBLA,
RESOLUCIONES DE LA JORNADA ELECTORAL DEL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO EN NUESTRA
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
ENTIDAD Y RESOLUCIONES EN LA ETAPA DE CÓMPUTOS Y DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA ELECCIÓN A GOBERNADOR DEL ESTADO DE PUEBLA, SUJETÁNDOSE AL CRONOGRAMA DE SESIONES Y COMPARECENCIAS REFERIDAS EN EL ACUERDO DE LA COMISIÓN ESPECIAL, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 223 FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA,
PUESTO
COMENTARIOS
A
DEL
DISCUSIÓN
ACUERDO
AMPLIARON
ANTES
SUS
REFERIDO,
EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA LAS Y LOS DIPUTADOS EN EL SIGUIENTE ORDEN: GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, JOSÉ JUAN
ESPINOSA
TORRES,
JOSÉ
ARMANDO
GARCÍA
AVENDAÑO, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, OLGA LUCIA ROMERO GARCI CRESPO, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO Y CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO
EL
TEMA,
RESULTANDO
APROBADO
POR
UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL RESULTANDO APROBADO CON VEINTIÚN VOTOS A FAVOR,
DIECISIETE
VOTOS
ABSTENCIONES, EN TODOS SUS
EN
CONTRA
Y
CERO
TÉRMINOS EL ACUERDO
ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
CINCO CON DISPENSA DE LECTURA AL ACUERDO QUE PRESENTA LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE PROPONEN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; ASÍ COMO EL PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA, AMBOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, PUESTO A DISCUSIÓN AMPLIARON SUS COMENTARIOS DEL ACUERDO ANTES
REFERIDO,
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA LAS Y LOS DIPUTADOS EN EL SIGUIENTE ORDEN: GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO
MEDINILLA,
HÉCTOR
EDUARDO
ALONSO
GRANADOS, ARTURO DE ROSAS CUEVAS, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, RAYMUNDO ATANACIO LUNA, JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA Y MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, QUIEN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 128 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, PROPUSO QUE LA VOTACIÓN SE HICIERA EN LO GENERAL Y LO PARTICULAR. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO UNANIMIDAD
EL DE
TEMA, VOTOS
RESULTANDO
APROBADO
SUFICIENTEMENTE
POR
DISCUTIDO,
PRECISANDO QUE LA VOTACIÓN SE REALIZARÁ, ATENDIENDO LA SOLICITUD POR ESCRITO DE LA DIPUTADA MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO, EN LO GENERAL Y LO PARTICULAR MANIFESTANDO EL SENTIDO DE SU VOTO DE ACUERDO A LOS
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
RESOLUTIVOS PLANTEADOS; A CONTINUACIÓN SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL Y LO PARTICULAR CON EL SIGUIENTE RESULTADO: EN LO GENERAL CON VEINTIOCHO VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA Y DOS ABSTENCIONES; Y EN LO PARTICULAR DIEZ VOTOS EN CONTRA Y UNA ABSTENCIÓN DEL RESOLUTIVO PRIMERO; Y ONCE ABSTENCIONES DEL RESOLUTIVO SEGUNDO DEL ACUERDO PRESENTADO,
RESULTANDO APROBADO EN
TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO SEIS SE DIO CUENTA DEL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS ALEJANDRA
GUADALUPE
ESQUITÍN
LASTIRI,
CARLOS
ALBERTO MORALES ÁLVAREZ Y URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, INTEGRANTE Y COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO; Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA, RESPECTIVAMENTE, DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE
CONGRESO
DEL
ESTADO,
POR
EL
QUE
SOLICITAN SE EXHORTE A LOS PRESIDENTES MUNICIPALES Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, MISMOS QUE NO CUENTEN CON SU REGLAMENTO MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL, QUE NO TENGAN UN ATLAS MUNICIPAL DE RIESGOS Y QUE NO HAYAN
CONFORMADO
SU
CONSEJO
MUNICIPAL
DE
PROTECCIÓN CIVIL, A CONSTITUIR LOS MISMOS, DANDO PRIORIDAD EN LA AGENDA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO A ESTOS TEMAS Y CON ELLO SE CUMPLA CABALMENTE LAS ORDENANZAS
CONSTITUCIONALES
Y
LEGALES
PARA
PROTEGER A LA CIUDADANÍA Y EVITAR CON ELLO EN LA MEDIDA
DE
LO
POSIBLE
DESASTRES
QUE
PUEDAN
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
PREVENIRSE Y CONTINGENCIAS QUE PUEDAN SUPERARSE. EN
USO
DE
LA
PALABRA
LA
DIPUTADA
ALEJANDRA
GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
SE
TURNÓ
EL
PUNTO
DE
ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE PROTECCIÓN CIVIL Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. A ESTA INICIATIVA SE SUMARON LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA,
DE
NACIONAL,
LA
REVOLUCIÓN
ENCUENTRO
DEMOCRÁTICA,
SOCIAL,
ACCIÓN
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL, MORENA Y DEL TRABAJO. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN Y A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, IMPLEMENTEN
MEDIDAS Y ACCIONES, CON EL FIN DE
MANTENER Y CONSOLIDAR LA EXISTENCIA
DE ABEJAS Y
EN CONSECUENCIA LA ACTIVIDAD APÍCOLA EN EL ESTADO. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA DEL CARMEN SAAVEDRA FERNÁNDEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
SE
TURNÓ
EL
PUNTO
DE
ACUERDO A LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL PARA SU
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTE PUNTO DE ACUERDO SE SUMARON LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
ENCUENTRO
SOCIAL,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, MORENA, MOVIMIENTO CIUDADANO
Y
DEL
REPRESENTACIONES
TRABAJO;
LEGISLATIVAS
ASÍ DE
COMO LOS
LAS
PARTIDOS:
VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON EL ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA NANCY JIMÉNEZ MORALES, EN REPRESENTACIÓN E INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL
PARTIDO ACCIÓN
NACIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE A LOS AYUNTAMIENTOS Y CONCEJOS MUNICIPALES DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE EN TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, INCORPOREN EN SUS PORTALES DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL, LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA QUE GENEREN Y/O POSEAN, DE CONFORMIDAD CON LOS CRITERIOS Y FORMATOS ESTABLECIDOS EN LOS LINEAMIENTOS Y ANEXOS RESPECTIVOS; A FIN DE GARANTIZAR Y FACILITAR A LA CIUDADANÍA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NANCY JIMÉNEZ MORALES, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO
EN
TÉRMINOS
DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PARA SU
10
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO NUEVE SE DIO CUENTA CON EL PRESENTA
LA
PUNTO
DIPUTADA
DE
ACUERDO
CRISTINA TELLO ROSAS,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL MORENA
DE LA
QUE
SEXAGÉSIMA
PARTIDO
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A TODAS LAS
INSTITUCIONES
PÚBLICAS
Y
PRIVADAS DEL SECTOR SALUD EN EL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE PROMUEVAN Y DIFUNDAN INFORMACIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DE LA ANTICONCEPCIÓN, ASÍ COMO PARA QUE SE GENERE UNA CAMPAÑA POR LA CUAL SE INFORME A
LAS
MUJERES
SOBRE
EL
PROCEDIMIENTO
Y
CONSECUENCIAS DEL ABORTO. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA
CRISTINA
TELLO
ROSAS,
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE SALUD PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIEZ SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ SASIA, INTEGRANTE DEL GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA
PARTIDO DEL
MORENA
DE
LA
HONORABLE CONGRESO
DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA AL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, MOVILIDAD Y TRANSPORTES, RINDA UN INFORME DETALLADO A ESTA SOBERANÍA, EN RELACIÓN CON LAS ACCIONES LLEVADAS A CABO POR LA DEPENDENCIA A SU CARGO PARA INHIBIR
LA
PRESTACIÓN
ILEGAL DEL
SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS, EN PARTICULAR DE LOS TAXIS Y CAMIONETAS COLECTIVAS EN EL MUNICIPIO DE TEHUACÁN, PUEBLA, ASÍ COMO EL PADRÓN DE VEHÍCULOS
11
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
QUE PRESTAN ESOS SERVICIOS, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDA DIEZ DÍAS HÁBILES. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
FERNANDO
SÁNCHEZ
SASIA,
AMPLIÓ
SUS
COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO FERNANDO SÁNCHEZ
SASIA,
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN CON DIECIOCHO VOTOS A FAVOR Y CATORCE EN CONTRA, RESULTÓ NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN SEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS CON NUEVE MINUTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO
91
DEL
REGLAMENTO
INTERIOR
DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, RESULTÓ APROBADA POR MAYORÍA DE VOTOS LA SOLICITUD DE PRÓRROGA HASTA CONCLUIR LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. EN EL PUNTO ONCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA SE EXHORTE RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL A ELABORAR Y EJECUTAR UN PLAN DE ACCIÓN ESTATAL PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS POLINIZADORES, QUE CONTEMPLE ALTERNATIVAS DE ERRADICACIÓN DE PLAGAS EN LOS CULTIVOS, QUE NO AFECTEN A LOS INSECTOS POLINIZADORES, EN ESPECÍFICO A LAS ABEJAS; DE LA MISMA MANERA SE LE SOLICITA VALORAR LA CONVENIENCIA DE PROHIBIR O REGULAR DE MANERA MÁS ESTRICTA, EL USO DE PESTICIDAS QUE DAÑAN A LAS ABEJAS,
INFORMÁNDOLO
A
LA
BREVEDAD
A ESTA
SOBERANÍA. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
SE
TURNÓ
EL
PUNTO
DE
ACUERDO A LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DOCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN DIVERSOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTES
LEGISLATIVOS
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA,
POR
EL
QUE
SOLICITAN
EXHORTAR
A
LOS
13
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
AYUNTAMIENTOS Y COMITÉS MUNICIPALES DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE HAGAN DEL CONOCIMIENTO A SUS INTEGRANTES Y A LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES MUNICIPALES, QUE DEBEN OBSERVAR EN EL DESEMPEÑO DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN, LOS PRINCIPIOS
DE
DISCIPLINA,
LEGALIDAD,
OBJETIVIDAD,
PROFESIONALISMO, HONRADEZ, LEALTAD, IMPARCIALIDAD, INTEGRIDAD,
RENDICIÓN
DE
CUENTAS, EFICACIA Y
EFICIENCIA QUE RIGEN EL SERVICIO PÚBLICO A QUE SE REFIERE
LA
LEY
GENERAL
DE
RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS Y LA LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DEL ESTADO DE PUEBLA, POR LO QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA SE DEBEN REALIZAR ACCIONES TENDIENTES A DETECTAR, PREVENIR Y COMBATIR LA COMISIÓN DE FALTAS
ADMINISTRATIVAS Y HECHOS DE
CORRUPCIÓN COMO TRÁFICO DE INFLUENCIAS, NEPOTISMO, ACTUACIÓN BAJO CONFLICTO DE INTERÉS, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO TRECE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA,
INTEGRANTE
PARTIDO
ACCIÓN
DEL
GRUPO
NACIONAL
DE
LEGISLATIVO LA
DEL
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL Y DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, Y EN CONJUNTO CON LOS INSTITUTOS MEXICANO DE LA JUVENTUD Y POBLANO DEL DEPORTE Y JUVENTUD Y LAS ASOCIACIONES DE PADRES
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
DE FAMILIA, RESPECTIVAMENTE, DISEÑEN UN PROGRAMA INTEGRAL DIRIGIDO A NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES Y JÓVENES, PARA QUE ÉSTOS CONOZCAN LOS RIESGOS QUE IMPLICA EL SEXTING, COMO POR CITAR ALGUNOS SON LA SEXTORSIÓN,
GROOMING,
CIBERBULLYING
Y
PORNO
VENGANZA, CON LA FINALIDAD DE PREVENIR Y ERRADICAR SU PRÁCTICA. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
SOLICITÓ
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA DIPUTADA MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO
INSTRUYÓ
A
LA
SECRETARÍA
RECOGER
LA
VOTACIÓN CON TRECE VOTOS A FAVOR Y DIECISÉIS VOTOS EN CONTRA, RESULTÓ NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE EDUCACIÓN Y A LA DE JUVENTUD Y DEPORTE. EN EL PUNTO CATORCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CON EL FIN DE QUE EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, REDUZCA EN UN CINCUENTA POR CIENTO O ELIMINE EL GRAVAMEN POR CONCEPTO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS) AL PRECIO DE LAS GASOLINAS Y ESTO SEA CONSIDERADO EN LA DISCUSIÓN DEL PAQUETE FISCAL 2019. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA,
SOLICITÓ
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, DE DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN CON TRECE VOTOS A FAVOR Y DIECISÉIS EN CONTRA, RESULTÓ NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO. EN EL PUNTO QUINCE SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZÁRATE, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR AL EQUIPO DE TRANSICIÓN DEL PRESIDENTE ELECTO DE LA REPÚBLICA MEXICANA PARA QUE, CON TRANSPARENCIA Y OBJETIVIDAD, ACLARE
LA
BASE
DE
LA
LEGALIDAD,
ASÍ
COMO
LA
METODOLOGÍA PARA LA ELECCIÓN DE LA MUESTRA Y LA FORMULACIÓN DE LA PREGUNTA PARA CONOCER LA OPINIÓN DE LOS MEXICANOS RESPECTO A LA UBICACIÓN DEL NUEVO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MÉXICO. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JAVIER CASIQUE ZÁRATE, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL PUNTO DE ACUERDO ANTES REFERIDO POR LA VIGENCIA DEL MISMO. EN EL PUNTO DIECISÉIS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS
CARLOS
ALBERTO
MORALES
ÁLVAREZ,
ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI Y URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, COORDINADOR E INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, RESPECTIVAMENTE; Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR
EL
QUE
SOLICITAN
SE
EXHORTE
DE
MANERA
RESPETUOSA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, CON LA FINALIDAD DE QUE INFORME A LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, ASÍ COMO A LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS DE PUEBLA Y TLAXCALA, CUÁLES SON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD QUE SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE RECONOCIDAS EN MATERIA DE CULTURA Y PREVENCIÓN DEL AGUA, CON LA FINALIDAD DE NO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
VIOLENTAR
DERECHO
HUMANO
ALGUNO
CON
SUS
GARANTÍAS Y ESTAS PARTICIPEN EN LA CELEBRACIÓN DEL CONVENIO RECOMENDADO EN LA RECOMENDACIÓN 10/2017 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SE CUMPLA EL PUNTO DE MÉRITO A LA LITERALIDAD. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECISIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS,
INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 75 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 193 BIS DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ARTURO DE ROSAS CUEVAS AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO DIECIOCHO SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO
ENCUENTRO
SOCIAL
DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 10,
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
RECORRIÉNDOSE LA SUBSECUENTE DE LA LEY PARA EL ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE PUEBLA. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DE LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y A LA DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE, A ESTA INICIATIVA SE SUMARON LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: NUEVA ALIANZA, ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA,
ENCUENTRO
SOCIAL,
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, MORENA, MOVIMIENTO CIUDADANO Y DEL TRABAJO; ASÍ COMO LA REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA. EN EL PUNTO DIECINUEVE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LA DIPUTADA
ALEJANDRA
GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI Y EL DIPUTADO CARLOS ALBERTO
MORALES
ÁLVAREZ,
INTEGRANTE
Y
COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO
CIUDADANO;
Y
EL
DIPUTADO
URUVIEL
GONZÁLEZ VIEYRA, REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA, DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 30 Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 79, AMBOS DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A TRAVÉS DE SUS COORDINADORES LOS GRUPOS LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: ACCIÓN NACIONAL Y DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. EN EL PUNTO VEINTE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTIUNO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA
EL
DIPUTADO
HÉCTOR
EDUARDO
ALONSO
GRANADOS, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LOS TITULARES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Y DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, MOVILIDAD Y TRANSPORTES DEL GOBIERNO DEL ESTADO A QUE ANALICEN LA SITUACIÓN DE LOS TAXISTAS
EN
CENTRAL
EVITEN
DE
AUTOBUSES
ENFRENTAMIENTOS
ENTRE
CAPU
Y
SE
ELLOS,
EN
PRO
DE
LA LA
SEGURIDAD DE LAS Y LOS POBLANOS Y DE LOS VISITANTES AL MISMO, ASÍ COMO PARA DAR CERTEZA JURÍDICA DEL FUNCIONAMIENTO Y PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO, EN USO
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
DE LA PALABRA EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTIDÓS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA, DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
EL
QUE
SOLICITA
EXHORTAR
A
LOS
DOSCIENTOS DOCE AYUNTAMIENTOS Y A LOS CINCO CONCEJOS MUNICIPALES DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, CONTEMPLEN EN SU PRESUPUESTO DE EGRESOS 2019,
LOS
RECURSOS
NECESARIOS
A
FAVOR
DE
LA
DIGNIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN MÚLTIPLE QUE SE ENCUENTREN EN SU TERRITORIO, Y EN CASO DE QUE NO EXISTAN, REALICEN LAS GESTIONES NECESARIAS DE ACUERDO A SUS ATRIBUCIONES, A FIN DE ESTABLECER UN CENTRO DE ATENCIÓN MÚLTIPLE EN EL AYUNTAMIENTO QUE CORRESPONDA,
ESTO CON LA FINALIDAD DE ABONAR AL
TRABAJO DE ESCOLARIZAR A AQUELLOS ALUMNOS Y ALUMNAS QUE PRESENTAN NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Y SUMAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA EL RESPETO
E
INCLUSIÓN
DE
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
21
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ
VIEYRA,
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN CON QUINCE VOTOS A FAVOR Y CATORCE VOTOS EN CONTRA, RESULTÓ NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE CON, POR LO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, A ESTA INICIATIVA SE SUMARON, A TRAVÉS
DE
SUS
COORDINADORES,
LOS
GRUPOS
LEGISLATIVOS DE LOS PARTIDOS: DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA,
REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL,
MOVIMIENTO CIUDADANO Y ACCIÓN NACIONAL, SE TURNÓ A LA
COMISIÓN
DE
EDUCACIÓN
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTITRÉS SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO
IVÁN
JONATHAN
COLLANTES
CABAÑAS,
INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LOS AYUNTAMIENTOS Y CONCEJOS MUNICIPALES DEL ESTADO DE PUEBLA A IMPLEMENTAR, FOMENTAR
Y
CONSOLIDAR,
EN
LA
MEDIDA
DE
SUS
POSIBILIDADES, UN GOBIERNO DIGITAL EN LA PRESTACIÓN
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS QUE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL OFRECE A LAS Y LOS CIUDADANOS, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE GOBIERNO DIGITAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA Y SUS MUNICIPIOS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO IVÁN JONATHAN
COLLANTES
AMPLIÓ
CABAÑAS,
SUS
COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE ASUNTOS MUNICIPALES Y A LA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
PARA
SU
ESTUDIO
Y
RESOLUCIÓN
PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTICUATRO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RAÚL
ESPINOSA
MARTÍNEZ,
LEGISLATIVO DEL
INTEGRANTE
PARTIDO ACCIÓN
DEL
NACIONAL
GRUPO DE
LA
SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO,
POR
RESPETUOSAMENTE
EL A
QUE LA
SOLICITA
SECRETARÍA
DE
EXHORTAR ECONOMÍA
FEDERAL Y A LA SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO DEL ESTADO, PARA QUE DENTRO DEL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, CONTINÚEN EFECTUANDO LA CAPACITACIÓN, FORMACIÓN, ASESORÍA Y CONSULTORÍA DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS
SOCIOECONÓMICAS
DEL
COMERCIALIZACIÓN
Y
EN
LAS
ESTADO,
SIETE EN
MERCADEO,
LAS
REGIONES ÁREAS
DE
TECNOLOGÍA
Y
PROCESOS DE PRODUCCIÓN, DISEÑO DE PRODUCTO Y FINANCIAMIENTO, ASÍ COMO EN MATERIA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, CON LA FINALIDAD DE QUE ÉSTAS SIGAN CREÁNDOSE, CRECIENDO, Y CONSOLIDÁNDOSE, Y POR
23
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
TANTO,
CONTINUÉ
EN
ASCENSO
EL
DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA ENTIDAD, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO
RAÚL
COMENTARIOS
ESPINOSA EN
AMPLIÓ
MARTÍNEZ,
TÉRMINOS
DE
LA
SUS
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN
DE
DESARROLLO
ECONOCOMICO
PARA
SU
ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL PUNTO VEINTICINCO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SOLICITA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO EN EL ESTADO A PROGRAMAR EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DOS MIL DIECINUEVE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA DAR CABAL CUMPLIMIENTO A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-041-SSA2-2011 Y PODER GARANTIZAR
EN
FORMA
OPORTUNA
Y
EFICAZ
LA
PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CÁNCER DE MAMA EN NUESTRO ESTADO, EN USO DE LA PALALBRA LA DIPUTADA GUADALUPE MUCIÑO MUÑOZ, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA,
SE
TURNÓ
EL
PUNTO
DE
ACUERDO A LAS COMISIONES UNIDAS DE SALUD Y LA DE PRESUPUESTO Y CREDITO PÚBLICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CONTINUANDO SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS VEINTISÉIS Y VEINTISIETE DEL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DE SER DE TRÁMITE LEGISLATIVO, SE TURNARON A LA COMISIÓN
24
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL ÚLTIMO
PUNTO
DEL
ORDEN
DEL
DÍA
DE
ASUNTOS
GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, SE PRONUNCIÓ EN RELACIÓN CON LA CONSULTA DEL NUEVO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MÉXICO, RESPECTO A ESTE TEMA EXPRESARON
SUS
CONSIDERACIONES
LAS
Y
LOS
DIPUTADOS: OLGA LUCIA ROMERO GARCI CRESPO, DELFINA LEONOR VAGAS GALLEGOS, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA EL
DIPUTADO
GABRIEL
OSWALDO
JIMÉNEZ
LÓPEZ,
PRESENTÓ LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS INCISOS A, B Y C DEL NUMERAL 1 DEL INCISO D) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2° Y LOS NUMERALES 3 Y 5 DEL INCISO H) DEL NUMERAL 2 DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2°, LAS FRACCIONES I, II Y III DEL ARTÍCULO 2°.-A; TODOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, DE DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES
ANTES
REFERIDOS, ACTO SEGUIDO INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA RECOGER LA VOTACIÓN, RESULTANDO NO APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE CON TRECE VOTOS A FAVOR Y DIECIOCHO VOTOS EN CONTRA, POR LO QUE EN
25
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL NO CUMPLIR CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOTACIÓN DE LAS Y LOS DIPUTADOS PRESENTES, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. ACTO SEGUIDO EL DIPUTADO GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, EXPRESÓ SUS CONSIDERACIONES DE ASUNTOS PENDIENTES EN LAS ADMINISTRACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE: ZACATLÁN, POR EL USO DEL RELLENO SANITARIO; DE HUAUCHINANGO, EN EL COBRÓ DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR PARTE DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD; Y DE HUEJOTZINGO, RESPECTO A JUICIOS LABORALES INCONCLUSOS, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. A CONTINUACIÓN, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER, SE REFIRIÓ A LOS RESULTADOS Y ANÁLISIS DE LA CONSULTA DEL NUEVO
AEROPUERTO
INTERNACIONAL
DE
MÉXICO;
RESPECTO A ESTE TEMA EL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS EXPRESÓ SUS CONSIDERACIONES EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. ACTO SEGUIDO EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, SE PRONUNCIÓ POR EL USO RESPONSABLE DE LAS REDES SOCIALES A EFECTO DE NO CONFUNDIR A LA CIUDADANÍA
SOBRE
LA
VOTACIÓN
DE
ASUNTOS,
EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. CONTINUANDO CON ASUNTOS GENERALES EL DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, EXPRESÓ SUS COMENTARIOS DE LAS ACCIONES REALIZADAS COMO PRESIDENTE MUNICIPAL DE HUEJOTZINGO; RESPECTO A ESTE TEMA EXPRESARON SUS
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Lunes 29 de octubre de 2018
CONSIDERACIONES LAS Y LOS DIPUTADOS: GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO, CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ, EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS CON SIETE MINUTOS DEL MISMO DÍA DE SU INICIO, CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL MIÉRCOLES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
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CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E.
ARTURO DE ROSAS CUEVAS, Diputado local del grupo parlamentario del Partido MORENA, de la Sexagésima Legislatura de este H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 44 fracción II, 135, 136, 137, 141,144 fracción II, 146, 147 y 148 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120, fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa de: REFORMA AL ARTICULO 75 Y SE AGREGA EL ARTICULO 191 BIS DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL
CONSIDERANDO Que el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice: El DERECHO A LA INFORMACION SERA GARANTIZADO POR EL ESTADO. TODA PERSONA TIENE DERECHO AL LIBRE ACCESO A LA INFORMACION PLURAL Y OPORTUNA
TODA LA INFORMACION EN POSESION DE CUALQUIER AUTORIDAD….QUE
RECIBA
Y
EJERZA
RECURSOS
PUBLICOS O REALICE ACTOS DE AUTORIDAD EN EL AMBITO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL ES PUBLICA Que la transparencia debe ser una constante de vida Que como lo dice el artículo 39 de la Constitución General de la
Republica,
LA
SOBERANÍA
NACIONAL
RESIDE
ESENCIAL Y ORIGINARIAMENTE EN EL PUEBLO. TODO PODER PÚBLICO DIMANA DEL PUEBLO Y SE INSTITUYE PARA BENEFICIO DE ÉSTE. EL PUEBLO TIENE EN TODO TIEMPO EL INALIENABLE DERECHO DE ALTERAR O MODIFICAR LA FORMA DE SU GOBIERNO. Que en la mayoría de municipios del estado, sobre todo en los más pequeños y alejados de la capital del Estado, Los Presidentes Municipales, no realizan asambleas de Cabildo, únicamente realizan las actas en privado y obligan a los Regidores a firmarlas, con la condición de que si no las firman no les pagan Que en los municipios antes mencionados, no existe debate, ni discusión de los asuntos públicos, por parte de los Regidores ni mucho menos de la ciudadanía Que para efectos de combatir la corrupción y sujetarse a la austeridad republicana en todos los órdenes de gobierno planteada por el Presidente de la Republica electo Andrés
Manuel López Obrador, es necesario que el pueblo esté presente en la toma de decisiones de los municipios Que la democracia participativa es una forma de democracia en la que la ciudadanía participa en la toma de decisiones en los asuntos públicos Que la participación ciudadana es un conjunto de mecanismos para que la población acceda a las decisiones del gobierno de manera independiente sin necesidad de formar parte de la administración pública o de un partido político. Que en su gran mayoría de los municipios del Estado, carecen de servicios públicos eficientes, espacios deportivos y poco acceso a la cultura y las artes, por lo que se requiere la participación de la sociedad organizada Que la propia Ley Orgánica Municipal del Estado, ya contempla esta participación ciudadana en los artículos 75,188, 189, 190 y 191, por lo que hace falta que las nuevas autoridades municipales la lleven a la práctica, que la fomenten, que la impulsen y que aprendan a trabajar en equipo con la sociedad civil, para que de esa forma ayudemos a los pueblos más olvidados a salir adelante y elevar el nivel de vida de sus habitantes. Que no obstante a que ya se encuentran contemplados en la Ley Orgánica Municipal, tanto los cabildos abiertos como la participación ciudadana, los Presidentes Municipales hacen caso omiso de ella, por lo que es necesario aplicar medidas de
apremio a fin de que todos los alcaldes del estado den cumplimiento a estos artículos Por lo anteriormente expuesto y fundado a esta Honorable Soberanía, pongo a consideración la siguiente iniciativa de REFORMA AL ARTICULO 75 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL, consistente en agregar dos párrafos y para que se agregue EL ARTICULO 191 BIS de la ley antes mencionada El actual artículo 75 dice: ARTICULO 75.- LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO SERAN PUBLICAS CON EXCEPCION DE AQUELLAS EN QUE EL ORDEN DEL DIA INCLUYA ALGUN ASUNTO POR CUYA INDOLE SE CONSIDERE QUE DEBA TRATARSE CON
RESERVA
Y
CONSECUENTEMENTE
ESTOS
ASUNTOS SERAN TRATADOS EN SESION PRIVADA. SERAN SESIONES SOLEMNES LAS QUE DETERMINE EL REGLAMENTO RESPECTIVO. EL AYUNTAMIENTO PODRA CELEBRAR SESIONES DE CABILDO
ABIERTO
PUBLICAS,
FOROS
CAPACITACION
PARA DE
REALIZAR
CONSULTA,
MUNICIPAL,
AUDIENCIAS CURSOS
REUNIONES
DE DE
INSTRUCCION CIVICA O ACTOS POLITICOS CUYA IMPORTANCIA COADYUVE AL DESARROLLO SOCIAL, ECONOMICO
Y
CULTURAL
Y
FOMENTE
LA
PARTICIPACION DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO.
SE AGREGAN LOS PARRAFOS SIGUIENTES: POR
LO
MENOS
UNA
VEZ
AL
MES,
CON
LA
PARTICIPACION DEL PRESIDENTE MUNICIPAL EN CASO DE QUE EL PRESIDENTE MUNICIPAL NO CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN ESTE ARTICULO, SERA MOTIVO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS
ANTE
EL
CONGRESO DEL ESTADO
Los artículos 188, 189, 190, 191, 192 y 193 dicen:
ARTICULO 188.- Para coadyuvar en los fines y funciones de la administración pública municipal, los ayuntamientos promoverán la participación ciudadana, para fomentar el desarrollo democrático e integral del municipio.
ARTICULO 189.- En cada municipio funcionaran uno o varios consejos de participación ciudadana, instancia básica, flexible y plural de participación ciudadana, como órganos de promoción y gestión social, auxiliar de los ayuntamientos, con las siguientes facultades y obligaciones I.- Coadyuvar para el cumplimiento eficaz de los planes y programas municipales aprobados.
II.-Promover la participación y colaboración de los habitantes y vecinos en todos los aspectos de beneficio social; y III.- Proponer al Ayuntamiento actividades, acciones, planes y programas municipales o para modificarlos en su caso.
ARTICULO 190.- Los Ayuntamientos procuraran que en la integración de estos organismos queden incluidas personas de reconocida honorabilidad, pertenecientes a los sectores más representativos de la comunidad.
ARTICULO 191.- El Ayuntamiento convocara a la sociedad para que se integre en los Consejos de Participación Ciudadana que de manera enunciativa y no limitativa, serán los siguientes: I.- SALUD II.- EDUCACION III.- TURISMO IV., ECOLOGIA V.- AGRICULTURA Y GANADERIA VI.- DESARROLLO INDIGENA VII.-IMPULSO A LAS ARTESANIAS VIII.-FOMENTO AL EMPLEO
IX.-MATERIA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD X.-PROTECCION CIVIL XI.-SEGURIDAD PUBLICA En
su
organización,
funcionamiento
y
supervisión
prevalecerán los lineamientos del acto jurídico que los cree y solo excepcionalmente podrá intervenir el Ayuntamiento
ARTICULO 192.-Cuando uno o más de los miembros del Consejo no cumplan con sus obligaciones, serán separados de su cargo y entraran en función los suplentes; si no hubiera suplentes y no existiera dispositivo que previera la suplencia, el Ayuntamiento designara sustitutos
ARTICULO 193.- El Ayuntamiento podrá autorizar a los Consejos de Participación Ciudadana la recepción de aportaciones económicas de la comunidad, para la realización de sus fines sociales En este caso, los recibos serán autorizados por la Tesorería municipal y en esta se concentrarán sus fondos, los cuales se aplicarán a la obra, acción y programa respectivos.
Se propone agregar el ARTICULO 193 BIS QUE DICE:
ARTICULO 193 BIS.- EN CASO DE QUE EL PRESIDENTE MUNICIPAL NO CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS DE ESTE CAPITULO, SERA MOTIVO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS ANTE EL CONGRESO DEL ESTADO
ATENTAMENTE Cuatro veces heroica Puebla de Zaragoza a veintidos de Octubre de dos mil dieciocho
DIP. ARTURO DE ROSAS CUEVAS
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE La suscrita Diputada NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, integrante del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 134 y 135 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción II de su Reglamento Interior, someto a la consideración de esta Soberanía, un proyecto de decreto por el que se adicionan disposiciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, de conformidad con el siguiente: CONSIDERANDO Que en 2015, se realizó el Informe de Avances de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en México, mismo que establece sin lugar a duda, la “Igualdad de Género”, la cual, es indispensable si queremos lograr el progreso de nuestra sociedad. En nuestro país, las mujeres representamos más de la mitad de la población nacional (51%), y desafortunadamente enfrentamos grandes desigualdades producto de la discriminación y violencia que día a día vivimos en diversos ámbitos de nuestra sociedad. A fin de erradicar una de estas desigualdades, el apartado 5.b del Objetivo 5 denominado “Igualdad de Género” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, estableció como meta “Mejorar el uso de la tecnología instrumental, en particular la tecnología de la información y las comunicaciones, para promover el empoderamiento de las mujeres”, sin embargo, en esta nueva era digital en la que el contacto online ha diluido las fronteras espaciales entre las personas, una de las problemáticas que están viviendo las mujeres, por el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de redes sociales y correos electrónicos, es el acoso y las violencias sexuales cibernéticas, mismas que han incrementado su presencia en la medida que aumenta el contacto con los medios digitales de comunicación. Esto también evidencia la exposición a violencias online y la extorsión. La violencia digital es un concurso de violencias que dañan la integridad, la dignidad, la intimidad y la vida privada de las mujeres principalmente, pues según el informe emitido por la Comisión de las Naciones Unidas para la Banda Ancha, 73% de las mujeres ya se han visto expuestas o han experimentado algún tipo de violencia en línea, esta violencia
es considerada un concurso de otras violencias ya que su daño se vuelve completamente viral a través de las Nuevas Tecnologías de la Información (TICS), redes sociales, correos electrónicos o cualquier otro espacio del ecosistema digital, es considerada una extensión de la violencia sistémica que viven las mujeres a diario en nuestro país. La primera vez que se presentó en Puebla una propuesta para castigar la violencia sexual en internet, fue en Huauchinango por la hoy activista Olimpia Coral Melo Cruz, ella tuvo que huir de su lugar de origen por el acoso e intimidación que sufrió al ser publicado un video de su sexualidad sin consentimiento, el video fue exhibido por medios de comunicación y mercados de explotación sexual que con el afán de divertirse con la dignidad humana de mujeres y niñas se hacían publicaciones para arruinarles la vida, cambiaron su nombre como “gordibuena de Huachinango”, diario recibía ofertas económicas con fines sexuales y hasta 40 solicitudes de amistad con tal de seguir acosándola, cuando Olimpia decidió denunciar tuvo que soportar que en el Ministerio Público le pidieran ver el video sexual “como parte de prueba”, como si eso le garantizara acceso a la justicia, pero al no haber delito por cual castigar el hecho solo regresó a casa a esconderse como si su cuerpo y vida privada fuesen un crimen. Por otra parte, el Frente Nacional para la Sororidad, con quien se trabajó en la presente iniciativa, sobre violencia sexual cibernética, ha hecho manifiesto que el uso del internet y las nuevas tecnologías de la información y comunicación han incrementado la violencia hacia las mujeres en una nueva modalidad: la violencia digital. En este nuevo tipo de violencia, las mujeres se han encontrado expuestas a la divulgación de su información, violación de sus datos personales, la invasión de su privacidad, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento y la suplantación virtual, lo cual, no sólo daña su dignidad humana, sino que, ha incitado a conductas de odio o burla hacia su persona. Esta violencia comienza principalmente pero no exclusivamente con el ciberacoso para dar paso a las sextorsiones, amenazas, ciberpersecución, acecho, hostigamiento sexual, trata virtual hasta llegar al delito de extorsión o inducción del suicidio de las mujeres víctimas de este tipo de violencias. De igual forma, el Informe para la Relatora sobre Violencia contra las Mujeres Ms. Dubravka Šimonović, sobre “La violencia en línea contra las mujeres en México”, coordinado por la organización Luchadoras MX, en colaboración con 12 organizaciones más, manifestaron que la violencia contra las mujeres relacionada con la tecnología se refiere a lo siguiente:
“(…) Actos de violencia de género cometidos instigados o agravados, en parte o totalmente, por el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de redes sociales y correo electrónico; y causan daño psicológico y emocional, refuerzan los prejuicios, dañan la reputación, causan pérdidas económicas y plantean barreras a la participación en la vida pública y pueden conducir a formas de violencia sexual y otras formas de violencia física. (…) “ Asimismo, que la tendencia a este tipo de violencia es: Las mujeres jóvenes, de entre 18 y 30 años, son las más vulnerables en los espacios digitales. El 40% de las agresiones son cometidas por personas conocidas por las sobrevivientes y el 30% por desconocidos. Hay tres perfiles principales de mujeres que viven esta forma de violencia: mujeres que viven en una relación íntima de violencia, mujeres profesionales con perfil público que participan en espacios de comunicación (periodistas, investigadoras, activistas y artistas), y mujeres sobrevivientes de violencia física o sexual. Por medio de una metodología perceptual para contabilizar mercados digitales de violencia digital en Puebla se ha señalado que al menos 200 mujeres poblanas han experimentado algún tipo de ciberacoso en nuestro Estado. En 2017 se documentó que existen al menos 1102 mercados de explotación digital en Puebla donde se exhiben mujeres y niñas sin consentimiento. Twitter y Facebook son las dos redes sociales principales para ejercer violencia contra las mujeres, otras redes como YouTube se usan para difundir videos de desprestigio u hostigamiento. Por otra parte, la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, en su ejercicio de mapeo a través de la plataforma Ushahidi de Take Back the Tech, logró hacer un registro de los daños reportados por mujeres sobrevivientes de violencia en línea, manifestando lo siguiente:
“De un total de 1,126 casos provenientes de siete países se reportaron nueve tipos de daño, siendo los más predominantes el daño emocional (33%), el daño reputacional (20%), el daño físico (13%) y la invasión a la privacidad (13%); y en 9% de los casos hubo alguna forma de daño sexual.” Al respecto, en 2013 la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en las conclusiones convenidas de su 57º periodo de sesiones, había advertido a los Estados Parte, la necesidad de establecer los mecanismos de prevención para enfrentar la violencia hacia las mujeres por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones. Es así como, dispuso la medida (ww), que a la letra dice: “Medidas B. Hacer frente a las causas estructurales y subyacentes y a los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres y las niñas para su prevención. (…) (ww) Apoyar el desarrollo y la utilización de la tecnología de la información y las comunicaciones y de las redes sociales como recurso para el empoderamiento de las mujeres y las niñas, incluidos el acceso a la información sobre la prevención y las formas de enfrentar la violencia contra ellas; y diseñar mecanismos destinados a combatir la utilización de ese tipo de tecnología y de redes para cometer actos violentos contra las mujeres y las niñas, en particular el uso con fines delictivos de la tecnología de la información y las comunicaciones para el acoso sexual, la explotación sexual, la pornografía infantil y la trata de mujeres y niñas, y las nuevas formas de violencia, como el acoso y la intimidación cibernéticos y las violaciones de la privacidad que ponen en peligro la seguridad de las mujeres y las niñas.” (…) Por su parte, el informe titulado “Combatir la violencia en línea contra las mujeres y las niñas: Una llamada de atención al mundo”, de la Comisión de las Naciones Unidas para la Banda Ancha —órgano perteneciente a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)— desde el año de 2015, llamó la atención del mundo, para evidenciar que la violencia cibernética contra las mujeres y niñas es un problema de proporciones pandémicas y que se está convirtiendo en un problema mundial con graves consecuencias para la sociedad y economías de todo el mundo.
Lo anterior, debido a que también el uso de las tecnologías de la información y comunicación están siendo utilizadas para causar daño a las mujeres y las niñas, principalmente por la falta de controles legales y sociales, medidas de seguridad y sistemas de justicia que facilitan la persecución del comportamiento criminal en línea. Al respecto, es importante mencionar que datos de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2017 del INEGI, refieren que la tecnológica de la computación, la microelectrónica y las telecomunicaciones para producir información mediante la informática, el Internet, la multimedia o los sistemas de telecomunicaciones, son usados por más de la mitad de las personas de seis años o más en el país. De los cuales: 71.3 millones son usuarias (os) de internet: 51% mujeres y 49% hombres. 80.7 millones son usuarias (os) de telefonía celular: 51% mujeres y 49% hombres. 50.5 millones son usuarias (os) de computadoras: 49% mujeres y 51% hombres.
Por lo anterior expuesto, es de mi interés que mediante lo trabajado en conjunto con el Frente Nacional para la Sororidad colectiva feminista en México, hago llegar esta propuesta de reforma para que, desde el Poder Legislativo, incorporemos la violencia digital, como un tipo de violencia hacia las mujeres, para contribuir a erradicar todas las formas de violencia que tanto daña y afecta a las mujeres por el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), Redes Sociales, Correo electrónico o cualquier otro espacio del ecosistema digital. Que la presente iniciativa tiene como finalidad reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla para que se reconozca la VIOLENCIA DIGITAL como un tipo de violencia con perspectiva de género, con ello la legislación brinda la oportunidad que para que se garantice la prevención, atención, sanción y erradicación de este nuevo tipo de violencia contra las mujeres, así como su desarrollo integral y plena participación en la vida económica, política, administrativa, cultural y social del Estado.
Es por ello que, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se ADICIONA la fracción VII del artículo 10, recorriéndose la subsecuente, para la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, para quedar como sigue: ARTÍCULO 10. Los tipos de violencia contra las mujeres son: I a VI… VII. Violencia digital. Es cualquier acto doloso que se presenta a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de redes sociales o correo electrónico, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público; así como daño moral a ellas o su familia. Entre otras, se puede manifestar mediante el acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras verdaderas o alteradas, ya sean propias o de otra persona que cause daño o perjuicio y que atente contra la integridad, la dignidad, la libertad o la vida privada de las mujeres. VIII.- Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres. TRANSITORIOS ÚNICO.- El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 25 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE Los que suscriben Diputada Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri y Diputado Carlos Alberto Morales Álvarez, Integrante y Coordinador del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano Partido Político, y Diputado Uruviel González Vieyra Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por virtud de la cual se Reforman la fracción III del artículo 30 y el segundo párrafo del 79, ambos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla; al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS Que el campo poblano es uno de los temas que la agenda ciudadana demanda atender con prioridad; un 46.9% del territorio de Puebla se ha dedicado a la agricultura y un 7.9% a pastizales, mientras que el 23. 21% de la población económicamente activa del Estado de Puebla, se encuentra ocupada en el sector
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primario1, y de las actividades de este sector depende la alimentación de millones de personas, ante ello, es de vital importancia crear mecanismos normativos que hagan posible la coordinación de los órdenes de gobierno para ejecutar estrategias que faciliten la producción, trasportación y comercialización de los productos agropecuarios. Que la diversa orografía de nuestro Estado, con sus diferentes tipos de clima, permite cualquier forma de agricultura, lo que hace posible el cultivo de múltiples productos agropecuarios, que dan sustento a la economía de los pueblos y comunidades. Una parte importante de la superficie dedicada a las actividades agropecuarias se ubica en sierras y lomeríos, dificultando el acceso a las zonas de cultivos y en condiciones poco propicias para la tecnificación; ante ello, existen municipios donde aún en pleno siglo XXI, la cosecha es trasportada del campo de cultivo de forma rudimentaria, con caballos y mulas, en la mayoría de los casos, no existen vías para trasportar grandes volúmenes como los Cítricos, Maíz, Café, Jengibre, Plátano, Papaya, Pipián, Maderas finas, Ganado etc; lo que limita el crecimiento del agro poblano y ha propiciado al gobernado, demandas legítimas a la problemática que enfrentan, en el momento de sacar las cosechas a los puntos de venta al consumidor final. Que la producción agropecuaria a pequeña escala es de vital importancia para un gran número de municipios y para regiones con población indígena, como lo es en la sierra Nor-Oriental y Sierra Norte, así como en otras regiones del Estado; crear
Anuario Estadístico y Geográfico del Estado de Puebla 2017/Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Disponible en: http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/Productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/prod uctos/nueva_estruc/anuarios_2016/702825083755.pdf
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mecanismos jurídicos que sumen esfuerzos del Estado y sus Municipios para construir y mantener en buen estado, caminos y brechas agropecuarias, fortalecerá la producción agrícola, disminuirá la migración poblacional, generará fuentes de empleo, garantizará la seguridad alimentaria y mejorará las condiciones de vida de sus habitantes. En virtud de lo expuesto y para efectos ilustrativos se ejemplifica la propuesta de reformar la fracción III del artículo 30 y el segundo párrafo del 79, en el cuadro comparativo siguiente:
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA. TEXTO VIGENTE
TEXTO QUE SE PROPONE
Artículo 30 …
Artículo 30 …
I.- y II. …
I. y II. …
III. La inversión tanto pública como privada para la tecnificación, modernización, rehabilitación, ampliación y mejoramiento de la infraestructura hidroagrícola, la conservación y mejoramiento de los recursos naturales en las cuencas hídricas, el almacenaje, la electrificación, la comunicación y los caminos rurales y forestales para la extracción de productos;
III. La inversión tanto pública como privada para la tecnificación, modernización, rehabilitación, ampliación y mejoramiento de la infraestructura hidroagrícola, la conservación y mejoramiento de los recursos naturales en las cuencas hídricas, el almacenaje, la electrificación, la comunicación y los caminos rurales y forestales, y las brechas agropecuarias para la extracción de productos;
IV. y XV. …
IV. y XV. …
Artículo 79. …
Artículo 79. … Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
La infraestructura de comunicación rural, buscará abatir los rezagos de aislamiento, incomunicación y deficiencias que las regiones rurales tienen en relación con las cabeceras municipales. Para ello, promoverá la construcción y mantenimiento de caminos rurales, de sistemas de telecomunicaciones y telefonía rural, de sistemas rurales de transporte de personas y de productos.
La infraestructura de comunicación rural, buscará abatir los rezagos de aislamiento, incomunicación y deficiencias que las regiones rurales tienen en relación con las cabeceras municipales. Para ello, promoverá la construcción y mantenimiento de caminos rurales la construcción y mantenimiento de brechas agropecuarias, de sistemas de telecomunicaciones y telefonía rural, de sistemas rurales de transporte de personas y de productos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta Soberanía, la siguiente Iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se REFORMAN la fracción III del artículo 30 y el segundo párrafo del 79, ambos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 30 … I. y II. … III. La inversión tanto pública como privada para la tecnificación, modernización, rehabilitación, ampliación y mejoramiento de la infraestructura hidroagrícola, la conservación y mejoramiento de los recursos naturales en las cuencas hídricas, el
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almacenaje, la electrificación, la comunicación y los caminos rurales y forestales, y las brechas agropecuarias para la extracción de productos; IV. y XV. … Artículo 79. … La infraestructura de comunicación rural, buscará abatir los rezagos de aislamiento, incomunicación y deficiencias que las regiones rurales tienen en relación con las cabeceras municipales. Para ello, promoverá la construcción y mantenimiento de caminos
rurales,
la
construcción
y
mantenimiento
de
brechas
agropecuarias, de sistemas de telecomunicaciones y telefonía rural, de sistemas rurales de transporte de personas y de productos. TRANSITORIOS
PRIMERO.- E l presente D e c r e t o entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.
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A 26 DE OCTUBRE DE 2018
DIPUTADA ALEJANDRA GUADALUPE ESQUITÍN LASTIRI INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO PARTIDO POLÍTICO
DIPUTADO CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO PARTIDO POLÍTICO
DIPUTADO URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DE LA CUAL SE REFORMAN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 30 Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL 79, AMBOS DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA
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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTES Los suscritos integrantes de los Grupos Legislativos del Partido del Trabajo y del Partido Encuentro Social de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA, bajo los siguientes: CONSIDERANDOS En cumplimiento al claro mandato popular, expresado en las urnas el pasado 1 de julio y en honra al elevado compromiso adquirido con la sociedad mexicana, asumido tanto por el presidente electo, licenciado Andrés Manuel López Obrador, como por las diputadas y diputados que impulsamos este proyecto de nación, reconocemos como indispensable para la reconstrucción de la institucionalidad republicana de México, así como constitucionalmente viable y socialmente necesario incorporar la austeridad como principio conductor de la administración y eje estratégico del gasto público, estableciéndola como principio de observancia obligatoria para todo servidor público y transversal a todo el gobierno. La conducción del proceso de transformación democrática cuyos cimientos estamos preparando, pasa por la limitación de la opulencia en el ejercicio del gasto público y corresponderá, una vez en funciones, al Presidente López Obrador, encabezar los esfuerzos para dignificar la función pública hacia cauces de austeridad y racionalidad, priorizando el bienestar colectivo. Por nuestra parte, promovemos mediante este instrumento la
generación del andamiaje jurídico que soporte este proceso de cambios trascendentes. La austeridad permitirá erradicar el conjunto de excesos que la clase política se había agenciado y realizar los principios constitucionales de economía, racionalidad, honradez y transparencia en la asignación y el ejercicio de recursos públicos. Este es uno de los motores de la transformación que estamos llevando a cabo por mandato popular. En Morena tenemos la fiel convicción de que es necesario establecer principios políticos y éticos, para que los funcionarios públicos aprendan a vivir en la justa medianía, tomando como ejemplo las administraciones austeras inspiradas en el histórico gobierno republicano de Benito Juárez. Establecer la austeridad de Estado se funda en la necesidad de canalizar los recursos presupuestales, que hoy se malgastan, a las decisiones sociales fundamentales que impulsen el desarrollo productivo en beneficio de los que más lo necesitan. Por lo anteriormente expuesto, sometemos a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO POR LA QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA
ÚNICO. - Se reforma se reforma la fracción I del Artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 129.- …
I.- Los recursos aprobados en la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal vigente, que incluirá el gasto público estimado del mismo. II. a VIII. … TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Puebla. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 29 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES
DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRESENTE
Las y los que suscriben Diputadas y Diputados de los Grupos y Representación Legislativa del Partido Acción Nacional, Partido Nueva Alianza, Partido de la Revolución Democrática, Partido Movimiento Ciudadano, Partido Compromiso por Puebla, por conducto del Diputado Gabriel Oswaldo Jiménez López, de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 73 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado, para que en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se presente ante el Honorable Congreso de la Unión, Iniciativa de Decreto por virtud del cual se Reforman los incisos a, b y c del numeral 1 del incisos D) de la fracción I del artículo 2º. y los numerales 3 y 5 del inciso H) del numeral 2 de la fracción I del artículo 2º; las fracciones I, II y III del 2o.-A; todos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS Que como su nombre lo indica, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es un impuesto especial que se aplica a la producción de ciertos bienes y a determinados servicios, estos bienes y servicios, por lo general, causan un perjuicio social o su consumo no es deseado. Además, al igual que el IVA, es un impuesto que puede ser trasladado.
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Que los sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios son las personas físicas y morales que realicen los actos o actividades siguientes: La enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación de los bienes señalados en la Ley del IEPS. La prestación de los servicios señalados en la Ley del IEPS. Que el objeto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es gravar la enajenación e importación de los siguientes bienes: bebidas alcohólicas y cerveza, alcoholes, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables; tabacos labrados, gasolinas y diésel, bebidas energizantes, bebidas con azúcares añadidos, combustibles fósiles, plaguicidas y alimentos con alto contenido calórico (densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos: botanas, productos de confitería, chocolate y demás productos derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, y helados, nieves y paletas de hielo). El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios también tiene como objeto gravar los servicios por comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de: bebidas alcohólicas y cervezas, alcoholes y mieles, tabacos labrados, bebidas energizantes, plaguicidas y alimentos con alto contenido calórico. Tambié n se gravan los servicios de juegos de apuestas y sorteos, y los de telecomunicaciones. La base del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es el valor del bien que se enajena o importa; o el valor del servicio que se presta. Por lo general, la base es la contraprestación, salvo en el caso de los cigarros, cuya base será el precio de venta al detallista (comerciante que vende al por menor). También puede constituir la base, en su caso, la cantidad de litros y la graduación alcohólica.
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Que el debate nacional sobre este tema fue constante en la época de campañas, el Frente por México y la Coalición Juntos Haremos Historia, señalaron como propuestas la reducción del precio de este hidrocarburo, mediante la reducción de los impuestos gravados a los hidrocarburos, en específico la disminución del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Según expertos, el precio de este hidrocarburo se dio por 4 grandes factores: 1) el aumento del precio del petróleo; 2) la depreciación del peso frente al dólar; 3) deuda acumulada en PEMEX; y 4) la situación de las finanzas públicas del Gobierno Federal. Sobre los últimos dos puntos, encontramos que, aunado del inicio de la multicitada reforma energética, los precios de las gasolinas y el diésel operaron hasta diciembre de 2016 bajo el mecanismo de precios administrados, es decir, el precio de venta al público era determinado directamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La venta de gasolina fue por muchos años un monopolio estatal, contemplado en el artículo 27 de la Constitución, por lo que no respondía a cambios en el mercado sino a los criterios y necesidades de la SHCP. De esta manera, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) se convirtió en el mecanismo con que se ajustaban dichos precios. La parte de impuestos y su recaudación ha sido también parte de un debate, ya que lejos de ampliar la base gravamen, recurren a mecanismos para aumentar impuestos sobre productos o servicios que ya están en el catálogo inicial por concepto de IVA, disfrazados de argumentos sólidos se aplica en el IEPS. Por citar un par de ejemplos, el aumento de impuestos a las refresqueras para evitar el consumo del azúcar; otro, el de la gasolina o diésel, bajo el argumento de evitar su consumo por contaminar la atmosfera por las emisiones de flourocarbono. Continuando con el análisis de los impuestos sobre los combustibles encontramos que siguen siendo muy altos ya que juntando el IEPS y el IVA, se llega a un 43 por ciento de incremento del valor. Es decir, casi la mitad del precio de venta al público son impuestos, mientras en Estados Unidos son una quinta parte del total. Av Tel. (
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Que bajar el precio de la gasolina es posible, reduciendo la base gravamen que se le aplica; por ello proponemos reducir cincuenta por ciento o eliminar el porcentaje de gravamen a la gasolina, en específico por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). En virtud de lo expuesto y para efectos ilustrativos se ejemplifica la propuesta por el que se reforman los incisos a, b y c del numeral 1 del incisos D) de la fracción I del artículo 2º. y los numerales 3 y 5 del inciso H) del numeral 2 de la fracción I del artículo 2º; las fracciones I, II y III del 2o.-A; todos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en el cuadro comparativo siguiente: LEY VIGENTE
INICIATIVA DE DECRETO
Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes: I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes: …
Artículo 2o.- … I. … … …
…
…
… D Combustibles automotrices:
D Combustibles automotrices:
1. Combustibles fósiles
Unidad de medida
1. Combustibles fósiles
Unidad de medida
Cuota a. Gasolina menor a 92 octanos .......... . 9 pesos por litro
Cuota a. Gasolina menor a 92 octanos ............. 2.29 pesos por litro
b. Gasolina mayor o igual a 92 octanos 3.88 pesos por litro
b. Gasolina mayor o igual a 92 octanos.. 1.9 pesos por litro
c. Diésel ............................................... .0 pesos por litro
c. Diésel .................................................. 2. 2 pesos por litro
2.…
2.…
E aG …
E aG …
H .Combustibles fósiles ......................... Cuota
Unidad de medida
1. a 2. …
H .Combustibles fósiles .................... Cuota
Unidad de medida
1. a 2. …
3. Gasolinas y gasavión .................... 12.17
Av Tel. (
centavos por litro
3. Gasolinas y gasavión .................. .08
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centavos por litro
.…
.…
. Diésel ............................................ 1 .7
. Diésel .......................................... 7.38
centavos por litro
. a 10. …
centavos por litro
. a 10. …
…
…
Artículo 2o.-A.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2o., fracción Artículo 2o.-A.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2o., fracción I, I, incisos D), y H), en la enajenación de gasolinas y diésel en el territorio incisos D), y H), en la enajenación de gasolinas y diésel en el territorio nacional, se aplicarán las cuotas siguientes: nacional, se aplicarán las cuotas siguientes: I.
Gasolina menor a 92 octanos 0. 2 centavos por litro.
I.
Gasolina menor a 92 octanos 20.2 centavos por litro.
II.
Gasolina mayor o igual a 92 octanos 9.
II.
Gasolina mayor o igual a 92 octanos 2 .72 centavos por litro.
III.
Diésel 33. 3 centavos por litro.
III.
Diésel 1 .81 centavos por litro.
centavos por litro.
…
Con fundamento en los artículos 71, fracción III, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57 fracción II, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 fracción VII; 44 fracción II, 136, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite la siguiente iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se Reforman los incisos a, b y c del numeral 1 del incisos D) de la fracción I del artículo 2º. y los numerales 3 y 5 del inciso H) del numeral 2 de la fracción I del artículo 2º; las fracciones I, II y III del 2o.-A; todos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue: Artículo 2o.- … I. …
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A) a C)… … … D) Combustibles automotrices: 1.Combustibles fósiles Cuota a. Gasolina menor a 92 octanos ............................... 2.29 b. Gasolina mayor o igual a 92 octanos .................... 1.94 c. Diésel ................................................................. 2.52
Unidad de medida pesos por litro pesos por litro pesos por litro
2.… … … E) a G) … H).Combustibles fósiles Cuota 1. a 2. … 3. Gasolinas y gasavión ....................6.08 4. … 5. Diésel ..........................................7.38 6. a 10. … … … … I) a J) …
Unidad de medida centavos por litro centavos por litro
II. a III. … Artículo 2o.-A.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2o., fracción I, incisos D), y H), en la enajenación de gasolinas y diésel en el territorio nacional, se aplicarán las cuotas siguientes: Av Tel. (
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I. II. III.
Gasolina menor a 92 octanos 20.26 centavos por litro. Gasolina mayor o igual a 92 octanos 24.72 centavos por litro. Diésel 16.81 centavos por litro.
… … … … … … … TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Decreto. TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, envíese la presente Iniciativa de Decreto a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión para lo conducente. CUARTO.- En términos de los dispuesto en los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicitamos la dispensa del trámite constitucional, respectivo por considerarlo un asunto de urgente y obvia resolución.
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ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 30 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO
DIP. ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA
DIP. JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
DIP. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMAN LOS INCISOS A, B Y C DEL NUMERAL 1 DEL INCISOS D) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2º. Y LOS NUMERALES 3 Y 5 DEL INCISO H) DEL NUMERAL 2 DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2º; LAS FRACCIONES I, II Y III DEL 2O.-A; TODOS DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.
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DICTÁMENES DE LA SESIÓN
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA C O N S I D E R A N D O Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por las Comisiones Unidas de Educación, Derechos Humanos y De la Familia y los Derechos de la Niñez, por virtud del cual se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla. Que con fecha cuatro de diciembre de dos mil catorce fue publicada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Diario Oficial de la Federación, encontrándose dentro de sus objetivos: el reconocimiento a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos; la garantía del pleno ejercicio, respeto y protección de los mismos; la creación de los Sistemas Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de los Estatales; y la fijación de los principios rectores que orientarán la política nacional, relativa a los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Que en cumplimiento al segundo transitorio de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Legislatura pasada de este Honorable Congreso del Estado, el tres de junio del año dos mil quince abrogó la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla y aprobó la expedición de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, la cual se publicó en esa misma fecha en el Periódico Oficial del Estado de Puebla. Que el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que toda persona tiene derecho a recibir educación, la que en caso de ser impartida por el Estado deberá desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar a la vez, el amor a la patria, la conciencia de la solidaridad internacional, la independencia, la justicia y el respeto a los derechos humanos, entre los que se encuentran los de las niñas, niños y adolescentes. Que con base en la disposición constitucional referida, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en su artículo 57 que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
Que asimismo, en el artículo de que se habla se preceptúa que las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, señalándose a su vez que, entre otras cosas, deberán: establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas, faciliten su reingreso y promuevan su egreso del sistema educativo nacional. Que bajo esta tesitura, es que en la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, se dispone textualmente lo siguiente: “Artículo 48.- Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, para lo cual deberán: XVI. Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso, permanencia y reingreso de niñas y adolescentes embarazada, y (…)”. Que de acuerdo a lo anterior, se reforma la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con la finalidad de que las autoridades estatales y municipales deban no solo establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, sino también faciliten, con posterioridad al parto, su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo, ya que ello les permitirá, en un primer momento, acceder a otras formas de educación, como lo es la superior y, en un segundo momento, tener acceso a un mejor trabajo, con el cual puedan tener mejores oportunidades de desarrollo y brindarles una mejor calidad de vida a su hija o hijo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 56, 57 fracción I, 64, 67 y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracciones II y VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite la siguiente Minuta de:
DECRETO
ÚNICO.- Se REFORMA la fracción XVI del artículo 48 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, para quedar de la manera siguiente: ARTÍCULO 48.- … I a XV.- … XVI.- Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo, y faciliten con posterioridad al parto su reingreso, así como promuevan su egreso del mismo; y XVII.- …
TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil dieciocho. ATENTAMENTE
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite el Punto de Acuerdo presentado por el Diputado Gabriel Oswaldo Jiménez López, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, por virtud del cual se exhorta a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con el fin de que en ejercicio de sus facultades, reduzca en un cincuenta por ciento o elimine el gravamen por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) al precio de las gasolinas y esto sea considerado en la discusión del paquete Fiscal 2019.
Que el precio de la gasolina en México ha sido un tema de importancia nacional, ríos de tintas han corrido para explicar los porqués del alza de este combustible.
Que el debate nacional sobre este tema fue constante en la época de campañas, el Frente por México y la Coalición Juntos Haremos Historia, señalaron como propuestas la reducción del precio de este hidrocarburo, mediante la reducción de los impuestos gravados a los hidrocarburos, en específico la disminución del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) Según expertos, el precio de este hidrocarburo se dio por 4 grandes factores: 1) el aumento de los precio del petróleo; 2) la depreciación del peso frente al dólar; 3) deuda acumulada en PEMEX; y 4) la Situación de las finanzas públicas del Gobierno Federal.
Sobre los últimos dos puntos, encontramos que a aunado del inicio de la multicitada reforma energética, los precios de las gasolinas y el diésel operaron hasta diciembre de 2016 bajo el mecanismo de precios administrados, es decir, el precio de venta al
público era determinado directamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Que la venta de gasolina fue por muchos años un monopolio estatal, contemplado en el artículo 27 de la Constitución, por lo que no respondía a cambios en el mercado sino a los criterios y necesidades de la SHCP. De esta manera, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) se convirtió en el mecanismo con que se ajustaban dichos precios.
Que la parte de impuestos y su recaudación ha sido también parte de un debate, ya que lejos de ampliar la base gravamen, recurren a mecanismo para aumentar impuestos sobre productos o servicios que ya están en el catálogo inicial por concepto de IVA, disfrazados de argumentos sólidos se aplica en IEPS. Por citar un par de ejemplos, el aumento de impuestos a las refresqueras para evitar el consumo del azúcar; otro, el de la gasolina o diésel, bajo el argumento de evitar su consumo por contaminar la atmosfera por las emisiones de flourocarbono.
Continuando con el análisis de los impuestos sobre los combustibles encontramos que siguen siendo muy altos ya que juntando el IEPS y el IVA, se llega a un 43 por ciento de incremento del valor. Es decir, casi la mitad del precio de venta al público son impuestos, mientras en Estados Unidos son una quinta parte del total.
Que si bien México pertenece a la agenda 2030, así como al protocolo de París, encontramos que el aumento del precio no comprende específicamente a evitar la producción de contaminantes, sino por el contrario, con la política que viene con la llegada del nuevo gobierno federal, se ha hecho promesa de que se crearan al menos dos refinerías más, trayendo como consecuencia que se siga generando combustibles.
Que bajar el precio de la gasolina es posible, reduciendo la base gravamen que se le aplica; por ello proponemos reducir cincuenta por ciento o eliminar el porcentaje de gravamen a la gasolina, en específico por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide el siguiente:
ACUERDO ÚNICO.- Exhórtese a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con el fin de que en ejercicio de sus facultades, reduzca en un cincuenta por ciento o elimine el gravamen por concepto de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) al precio de las gasolinas y esto sea considerado en la discusión del paquete Fiscal 2019.
Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN CON EL FIN DE QUE EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, REDUZCA EN UN CINCUENTA POR CIENTO O ELIMINE EL GRAVAMEN POR CONCEPTO DE IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS) AL PRECIO DE LAS GASOLINAS Y ESTO SEA CONSIDERADO EN LA DISCUSIÓN DEL PAQUETE FISCAL 2019.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 31 DE OCTUBRE DE 2018
Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Miércoles 31 de Octubre de 2018 1.
Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del veintinueve de octubre del año dos mil dieciocho y aprobación en su caso.
2.
Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.
3.
Lectura de los ocursos de diversos Ciudadanos y los de autoridades Municipales.
4.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adicionan los artículos 143 Sexies, y 143 Septies a la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
5.
Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma y adiciona el Régimen Transitorio de la Minuta de Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las Instituciones policiales del Estado de Puebla.
6.
Lectura del Acuerdo que presentan las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se exhorta a las Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones Académicas de Investigación, Instituciones Públicas Municipales, Estatales y Federales, así como a la sociedad civil en general; a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental, entre otros resolutivos.
7.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 31 de 2018 Pág.2
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan Diputados Coordinadores y Representantes Legislativos de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla.
8.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Olga Lucía Romero Garci Crespo, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial del Estado de Puebla, así como al Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, informen a la brevedad, a esta Soberanía, en que fundamentos legales, técnicos, ambientales y sociales, se basaron para autorizar los permisos y licencias correspondientes para la construcción y operación de una estación de servicio de gasolina y diésel en el predio ubicado en la calle seis poniente número mil quince, esquina con calle doce norte de la Colonia Aquiles Serdán de la Ciudad de Tehuacán, Puebla.
9.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Cristina Tello Rosas, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que adiciona la fracción VII al artículo 60 de la Ley Estatal de Salud del Estado de Puebla.
10.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada María del Carmen Saavedra Fernández, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la fracción IV del artículo 9 y se adiciona un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 36, ambos de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla.
11.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta la Diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la fracción II del artículo 4 de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla.
12.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se adicionan el Capítulo IX “Del Cabildeo” al Título Quinto, y los artículos 194 Bis y 194 Ter a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 31 de 2018 Pág.3
13.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta Diputada Mónica Lara Chávez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.
14.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 225 de la Ley Orgánica Municipal.
15.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz, por el que se reforman los artículos 349 y 350 y se deroga el artículo 366, todos del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla.
16.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se reforman la fracción II del artículo 63 y la fracción I del artículo 70, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
17.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes de los Grupos Legislativos MORENA, Encuentro Social y del Trabajo, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado José Juan Espinosa Torres, por el que se reforma el artículo 118 de la Ley del Agua del Estado de Puebla.
18.
Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri y Carlos Alberto Morales Álvarez, Integrante y Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano, y Diputado Uruviel González Vieyra, Representante Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman la fracción LVII del artículo 78 y la fracción IV del artículo 230 de la Ley Orgánica Municipal.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 31 de 2018 Pág.4
19.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada María del Carmen Cabrera Camacho, por el que solicitan se requiera a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, así como al Honorable Ayuntamiento de Zacatlán, Puebla, a informar a esta Soberanía ¿Cuál fue el destino de los recursos asignados a las Juntas Auxiliares correspondientes al mes de octubre de dos mil dieciocho en dicho Municipio.
20.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Bárbara Dimpna Morán Añorve, integrante del Grupo Legislativo del Partido MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita se establezca una mesa de trabajo para plantear la problemática que están viviendo cientos de trabajadores y sus familias por falta de trabajo, así como de atención médica por ser en muchos casos, adultos mayores, y la dilación que enfrentan en los tribunales laborales y se nombre a una Comisión Especial para la debida atención y solución a sus justas demandas.
21.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados Liliana Luna Aguirre y José Armando García Avendaño, integrantes del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan exhortar respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional de Áreas Naturales y Protegidas, emitan a la brevedad posible el decreto modificatorio del Área de Protección de Recursos Naturales Cuenca Hidrográfica del Río Necaxa y su programa de manejo, considerando la posibilidad de aprovechamiento forestal sustentable que el propio Estudio Previo Justificativo, publicado el dos de mayo de dos mil trece prevé.
22.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Nibardo Hernández Sánchez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a la Secretaría de Salud en el Estado a supervisar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas y demás ordenamientos aplicables en materia de salud al interior de las instituciones que brindan estos servicios en nuestra Entidad, particularmente en lo concerniente al equipo y mobiliario necesarios para su funcionamiento, así como al número de médicos y personal de enfermería requeridos para la mejor atención de los pacientes.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 31 de 2018 Pág.5
23.
Lectura del Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Raúl Espinosa Martínez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicita exhortar respetuosamente a los Ayuntamientos del Estado de Puebla, con la finalidad de que en el ámbito de su competencia y dentro de sus posibilidades impulsen, en sus Municipios, la creación y desarrollo del programa “Yo Compro Poblano”, con la finalidad de que las y los poblanos emprendedores, que viven en zonas de atención prioritaria, tengan mayores oportunidades para desarrollar sus talentos y puedan acceder a mejores condiciones de vida, a través de la capacitación y acompañamiento para llevar sus productos y servicios a nivel de mercado, además de generar mayores empleos, mejores ingresos y beneficios sociales para sus Municipios.
24.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes de los Grupos Legislativos de los Partidos del Trabajo, Encuentro Social y MORENA de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada María del Carmen Cabrera Camacho, por el que solicitan exhortar a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal a dictaminar en sentido negativo la Iniciativa de Decreto por virtud del cual, solicita se autorice al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a enajenar una fracción de 7,226.94 m2 del inmueble identificado como casa número 710 de la Avenida Reforma de la Colonia Centro de esta Ciudad, entre otro resolutivo.
25.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Guadalupe Muciño Muñoz, por el que solicitan exhortar al Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, Puebla, a privilegiar la seguridad de las Juntas Auxiliares y colonias con mayor incidencia delictiva, entre otro resolutivo.
26.
Lectura del Punto de Acuerdo que presentan las y los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Josefina García Hernández, por el que se solicita exhortar respetuosamente al Ejecutivo del Estado de Puebla y a la Comisión de Presupuesto y Crédito Público del Honorable Congreso del Estado, a que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2019, realice las modificaciones pertinentes a fin de que estime incrementar los recursos necesarios e identifique en un anexo los recursos transversales asignados a los pueblos y comunidades indígenas.
ORDEN DEL DÍA Primer Período Ordinario Octubre 31 de 2018 Pág.6
27.
Lectura del oficio ASP/06725-18/DGJ del Director General Jurídico de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, por el que remite el ocurso del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tepatlaxco de Hidalgo, Puebla, administración 20082011, por el que remite Recursos de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio del año en curso, expediente P.A. 47/2013.
28.
Lectura del oficio ASP/06726-18/DGJ del Director General Jurídico de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, por el que remite el ocurso del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tepatlaxco de Hidalgo, Puebla, administración 2008-2011, por el que remite Recursos de Revocación en contra del Decreto de fecha treinta y uno de julio del año en curso, expediente P.A. 15/2012.
29.
Asuntos Generales.
SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA 31 DE OCTUBRE DE 2018 1.
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41.
DIPUTADO
ASISTENCIA
RETARDO JUSTIFICADO
FALTA JUSTIFICADA
Alejo Domínguez Hugo Alonso Granados Héctor Eduardo Atanacio Luna Raymundo Biestro Medinilla Gabriel Juan Manuel Cabrera Camacho María del Carmen Casique Zárate Javier Collantes Cabañas Iván Jonathan De Rosas Cuevas Arturo Espinosa Martínez Raúl Espinosa Torres José Juan Esquitín Lastiri Alejandra Guadalupe Fernández Díaz Tonantzin García Almaguer Marcelo Eugenio García Avendaño José Armando García Hernández Josefina García Olmedo María del Rocío García Romero Rafaela Vianey González Veyra Uruviel Hernández Sánchez Nibardo Islas Maldonado Ángel Gerardo Jara Vargas Luis Fernando Jiménez López Gabriel Oswaldo Jiménez Morales Nancy Kuri Carballo Juan Pablo Lara Chávez Mónica Lira Navarro Yadira Luna Aguirre Liliana Maurer Espinosa Emilio Ernesto Medel Hernández Valentín Merino Escamilla Nora Yessica Morales Álvarez Carlos Alberto Moran Añorve Barbara Dimpna Muciño Muñoz Guadalupe Rodríguez Della Vecchia Mónica Rodríguez Sandoval Estefanía Romero Garci Crespo Olga Lucía Saavedra Fernández María del Carmen Sánchez Sasia Fernando Tello Rosas Cristina Trujillo de Ita José Miguel Vargas Gallegos Delfina Leonor
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TOTALES GENERALES
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ASISTIERON
FALTAS
41
-
Dirección General de Servicios Legislativos
RETARDO/J
-
FALTAS JUSTIFICADAS
-
Extracto de los asuntos existentes en cartera que son tramitados por el Presidente de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión del día 31 de octubre de 2018.
*****
Oficio número 526/2018-P.O. del Diputado Presidente del Honorable Congreso del Estado de Quintana Roo, comunicando Elección del Presidente y Vicepresidente de la Mesa Directiva, para el segundo mes del Primer Periodo Ordinario de Sesiones, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional.
Recibo y enterados
Oficios número HCE/SG/AT/797 y 798 del Diputado Presidente de la Diputación Permanente del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, comunicando la Elección del Presidente y Suplente de la Mesa Directiva para el presente mes de octubre, y la Apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Tercer Año de Ejercicio. Recibo y enterados
Oficios
número
SAP/013
y
014/2018
de
los
Diputados
Secretarios del Honorable Congreso del Estado de México, comunicando la Instalación de la H. “LX” Legislatura y la Apertura de su Primer Periodo.
Recibo y enterados.
Oficios número PM/92/2018, Oficio S/N y ZA/0030 de los Presidentes
Municipales
Constitucionales
de
Atlixco,
Tepeyahualco y Zacapoaxtla, en los que comunican la Instalación de esos H. Ayuntamientos, periodo 2018-2021
Recibo y enterados, se envían copias al Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.
Circular número 001 del Secretario General del Honorable Congreso del Estado de Sinaloa, comunicando la Instalación del Primer Periodo Ordinario de Sesiones y la Elección de la Mesa Directiva que funcionará durante el Primer Año de Ejercicio.
Recibo y enterados.
Circulares de la Diputada Secretaria del Honorable Congreso del Estado de Campeche, comunicando: Clausura de su Primer Periodo Extraordinario;
Apertura
y
Clausura
del
Segundo
Periodo
Extraordinario; Clausura del Tercer Periodo de Receso; Apertura del Inicio de sus Trabajos del Primer Periodo Ordinario de Sesiones; Integración de la Junta de Gobierno; la Instalación de las Comisiones de Enlace en Materia de Fiscalización, de Estudios Legislativos, de Control Interno; y la Integración de las Comisiones Ordinarias.
Recibo y enterados
Oficios número 01 y 02-F20/18 del Presidente de la Comisión de Transición del Congreso del Estado Michoacán de Ocampo, en el que remite acuerdo número 01 comunicando la Integración de la Mesa Directiva y la Apertura del Primer Año de Ejercicio Legal.
Recibo y enterados
Atentamente “Sufragio Efectivo, No Reelección”
Nora Yessica Merino Escamilla Diputada Secretaria
Josefina García Hernández Diputada Secretaria
ACTA DE LA SESIÃ&#x201C;N
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PERIODO ORDINARIO ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA Y JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ
EN LA CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, LAS Y LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA,
CON
LA
ASISTENCIA DE CUARENTA Y UNO DE ELLOS, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS. A CONTINUACIÓN, LA PRESIDENCIA DIO CUENTA DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL DIPUTADO GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 73, 74 y 167 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA POR EL QUE SOLICITA RETIRAR LOS PUNTOS CUATRO Y SEIS DEL ORDEN DEL DÍA, ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA MANIFESTÓ, QUE SE
1
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
TUVO CONOCIMIENTO DE LOS DICTÁMENES PRESENTADOS POR LAS COMISIONES DE TRÁMITE, POR LO QUE PUESTA A CONSIDERACIÓN DEL PLENO EN VOTACIÓN ECONÓMICA RESULTÓ NO APROBADA LA SOLICITUD DE RETIRO DE LOS PUNTOS
CUATRO
Y
SEIS
POR
MAYORÍA
DE
VOTOS.
CONTINUANDO LA PRESIDENCIA SOMETIÓ, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 93 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, A CONSIDERACIÓN DEL PLENO LA DISPENSA DE LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA EN VIRTUD DE QUE LA MISMA SE REMITIÓ A SUS CORREOS INSTITUCIONALES Y ESTÁ DISPONIBLE A TRAVÉS DE LOS ELECTRÓNICOS Y DE FORMA IMPRESA, POR LO QUE EN VOTACIÓN ECONÓMICA RESULTÓ APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA DISPENSA DE LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA. EN EL PUNTO UNO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LAS Y LOS INTEGRANTES
DE
ESTA
LEGISLATURA,
DISPENSAR
LA
LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL VEINTINUEVE
DE
OCTUBRE
DEL
AÑO
EN
CURSO
Y
APROBACIÓN EN SU CASO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA ANTES REFERIDA POR MAYORÍA DE VOTOS, EN SEGUIDA, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, RESULTÓ APROBADA EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL CONTENIDO DEL ACTA. EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE
LOS
ASUNTOS
EXISTENTES
EN
CARTERA
Y
SUS
ACUERDOS CORRESPONDIENTES. CONTINUANDO CON EL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, SE TURNARON A LA COMISIÓN CORRESPONDIENTE LOS OCURSOS DE DIVERSOS CIUDADANOS Y LOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES EN LOS
2
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
SIGUIENTES TERMINOS: EL DEL CIUDADANO LEONARDO ALBERTO TÉLLEZ Y OTROS FIRMANTES, A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; EL DEL CIUDADANO JOSÉ ROSETE LUNA, QUIEN SE OSTENTA COMO SECRETARIO
GENERAL
DEL
SINDICATO
ÚNICO
DE
TRABAJADORES DE LA MÚSICA DEL ESTADO DE PUEBLA, A LA COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL;
EL
OFICIO
SIN
NÚMERO
DEL
EXPRESIDENTE
MUNICIPAL DE TLATLAUQUITEPEC, PUEBLA, A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; EL OCURSO DE DIVERSOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS AUXILIARES DEL MUNICIPIO DE ZACATLÁN, PUEBLA, A LAS COMISIONES
UNIDAS
DE
HACIENDA
Y
PATRIMONIO
MUNICIPAL, A LA INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y A LA DE ASUNTOS MUNICIPALES; EL OFICIO SOP/045/2018 Y ANEXO DEL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL. A CONTINUACIÓN, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 162 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
LEGISLATIVO,
LA
SOLICITUD
QUE
PRESENTAN
DIVERSOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA, PARA INCLUIR COMO PUNTO NÚMERO SIETE DEL ORDEN DEL DÍA, LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LA LEY DE SEGURIDAD
PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, QUE PRESENTAN LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS Y REPRESENTANTES LEGISLATIVOS, EN VOTACIÓN ECONÓMICA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA SOLICITUD PRESENTADA PARA
3
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
INCLUIRSE
COMO
PUNTO
NÚMERO
SIETE
Y
EN
CONSECUENCIA RECORRER LOS DEMÁS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA. A CONTINUACIÓN, EN EL PUNTO CUATRO CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 143 SEXIES, Y 143 SEPTIES A LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE NATURAL Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, PUESTO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 168 Y 169 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO
DE
LA
PALABRA
EN
UNA
ÚNICA
RONDA
DE
INTERVENCIONES A FAVOR LA Y LOS DIPUTADOS NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS Y JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES; Y EN CONTRA LOS DIPUTADOS GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ Y JUAN PABLO KURI CARBALLO, AMPLIARON SUS COMENTARIOS, RESPECTIVAMENTE,
DEL
DICTAMEN
CON
MINUTA
DE
DECRETO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA, ACTO SEGUIDO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 171 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA CONCEDIÓ EL USO DE LA PALABRA A LOS DIPUTADOS URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA, JUAN PABLO KURI CARBALLO Y HÉCTOR EDUARDO
ALONSO
PERSONALES, ÍNTEGRAS
GRANADOS,
INTERVENCIONES EN
LA
QUE
VERSIÓN
POR SE
ALUSIONES ENCUENTRAN
ESTENOGRÁFICA
4
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
CORRESPONDIENTE. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ Y SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI
ESTABA
SUFICIENTEMENTE
DISCUTIDO
EL
TEMA,
RESULTANDO APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE
DISCUTIDO;
A
CONTINUACIÓN,
SE
PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL Y PARTICULAR, RESULTANDO CON VEINTIDOS VOTOS A FAVOR, QUINCE VOTOS EN CONTRA Y CUATRO ABSTENCIONES, APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO CINCO CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES DE
LA
SEXAGÉSIMA
LEGISLATURA
DEL
HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DE LA MINUTA DE DECRETO QUE ABROGA LA LEY PARA PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA
POR
INSTITUCIONES
PARTE
DE
LOS
ELEMENTOS
DE
POLICIALES
DEL
ESTADO
PUEBLA,
DE
LAS
PUESTO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 168 Y 169 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EN UNA ÚNICA
RONDA DE INTERVENCIONES A
FAVOR DEL DICTAMEN PRESENTADO LA Y EL DIPUTADO MÓNICA LARA CHÁVEZ Y
HÉCTOR EDUARDO ALONSO
GRANADOS, AMPLIARON SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE
LA
VERSIÓN
ESTENOGRÁFICA
RESPECTIVA.
ACTO
5
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ Y SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO
EL
TEMA,
RESULTANDO
APROBADO
POR
UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN, SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL Y PARTICULAR, RESULTANDO CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, APROBADO POR UNANIMIDAD EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. EN EL PUNTO SEIS CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA AL ACUERDO QUE PRESENTAN LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO Y LA DE ASUNTOS MUNICIPALES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXHORTA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, INSTITUCIONES INSTITUCIONES
ACADÉMICAS PÚBLICAS
DE
MUNICIPALES,
INVESTIGACIÓN, ESTATALES
Y
FEDERALES, ASÍ COMO A LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL; A PARTICIPAR EN EL ANÁLISIS, ESTUDIO Y ELABORACIÓN DE UNA NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL ESTADO DE PUEBLA EN MATERIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO AL AGUA, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO QUE GARANTICE QUE
LA
PRESTACIÓN
DEL
SERVICIO
SEA
PÚBLICA,
UNIVERSAL, PERMANENTE Y SALUBRE, DISMINUYENDO SU IMPACTO AMBIENTAL, ENTRE OTROS RESOLUTIVOS, PUESTO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 168 Y 169 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
6
ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EN UNA ÚNICA RONDA DE INTERVENCIONES A FAVOR LOS Y LA DIPUTADA GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES Y NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA; Y EN CONTRA LOS DIPUTADOS MARCELO EUGENIO GARCÍA ALMAGUER Y CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ,
AMPLIARON
RESPECTIVAMENTE,
DEL
SUS
COMENTARIOS,
ACUERDO
PRESENTADO
EN
TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ Y SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE
DISCUTIDO
EL
TEMA,
RESULTANDO
APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN, SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL CON TREINTA Y DOS VOTOS A FAVOR, SEIS VOTOS EN CONTRA Y TRES ABSTENCIONES, Y EN LO PARTICULAR CON SIETE VOTOS EN CONTRA Y UNA ABSTENCIÓN DEL RESOLUTIVO QUINTO, RESULTÓ APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN EL PUNTO SIETE SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE DECRETO QUE PRESENTAN DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTES LEGISLATIVOS DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, ACTO SEGUIDO LA PRESIDENCIA SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, LA
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
SOLICITUD
DE
DISPENSAR
LOS
TRÁMITES
CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL ORDENAMIENTO
ANTES
REFERIDO,
EN
VOTACIÓN
ECONÓMICA, RESULTÓ APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS
LA
SOLICITUD
DE
DISPENSA
DE
TRÁMITE
CONSTITUCIONAL, PUESTO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 168 Y 169 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO
DE
LA
PALABRA
EN
UNA
ÚNICA
RONDA
DE
INTERVENCIONES A FAVOR DEL DICTAMEN PRESENTADO LOS DIPUTADOS GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA, RAFAELA VIANEY GARCÍA ROMERO Y JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, AMPLIARON SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA RESPECTIVA. ACTO SEGUIDO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ Y SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO
EL
TEMA,
RESULTANDO
APROBADO
POR
UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN, SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL Y PARTICULAR, RESULTANDO CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES, APROBADO POR UNANIMIDAD EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO PRESIDENTE
OFICIAL DE
DEL
LA
ESTADO.
MESA
ACTO
SEGUIDO
EL
DIRECTIVA,
SOMETIÓ
A
CONSIDERACIÓN DEL PLENO LA PROPUESTA DE DIVERSOS DIPUTADOS PARA QUE EL PUNTO
OCHO
DEL
PUNTO VEINTE PASE
ORDEN
DEL
DÍA,
COMO
PUESTA
A
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
CONSIDERACIÓN
EN
VOTACIÓN
ECONÓMICA
RESULTÓ
APROBADA LA SOLICITUD RECORRIÉNDOSE LOS DEMÁS PUNTOS ENLISTADOS EN EL ORDEN DEL DÍA. EN EL PUNTO OCHO SE DIO CUENTA CON EL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO,
INTEGRANTE
DEL
GRUPO
LEGISLATIVO
DEL
PARTIDO MORENA DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL HONORABLE SOLICITA
CONGRESO EXHORTAR
SECRETARÍA
DE
DEL
ESTADO,
POR
RESPETUOSAMENTE
MEDIO
AMBIENTE
EL
QUE
A
LA
Y RECURSOS
NATURALES (SEMARNAT), SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, ASÍ COMO AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN, PUEBLA, INFORMEN A LA BREVEDAD, A ESTA SOBERANÍA, EN QUE FUNDAMENTOS LEGALES,
TÉCNICOS,
AMBIENTALES
Y
SOCIALES,
SE
BASARON PARA AUTORIZAR LOS PERMISOS Y LICENCIAS CORRESPONDIENTES
PARA
LA
CONSTRUCCIÓN
Y
OPERACIÓN DE UNA ESTACIÓN DE SERVICIO DE GASOLINA Y DIÉSEL EN EL PREDIO UBICADO
EN
LA
CALLE
SEIS
PONIENTE NÚMERO MIL QUINCE, ESQUINA CON CALLE DOCE NORTE DE LA COLONIA AQUILES SERDÁN DE LA CIUDAD DE TEHUACÁN, PUEBLA. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, ACTO SEGUIDO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOLICITÓ DISPENSAR LOS TRÁMITES CONSTITUCIONALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64 DEL
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
ORDENAMIENTO ANTES REFERIDO,
A CONTINUACIÓN EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA SOMETIÓ, EN VOTACIÓN ECONÓMICA, LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITES CONSTITUCIONALES ANTES REFERIDOS, ACTO SEGUIDO EN VOTACIÓN ECONÓMICA RESULTÓ APROBADA LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE, PUESTO A DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 168 Y 169 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EN UNA ÚNICA RONDA DE INTERVENCIONES A FAVOR LOS DIPUTADOS EMILIO ERNESTO MAURER
ESPINOSA
Y
FERNANDO
SÁNCHEZ
SASIA,
AMPLIARON SUS COMENTARIOS, RESPECTIVAMENTE, DEL ACUERDO PRESENTADO EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA
RESPECTIVA.
ACTO
SEGUIDO
EL
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA PREGUNTÓ Y SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN SI ESTABA SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO EL TEMA, RESULTANDO APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS SUFICIENTEMENTE DISCUTIDO; A CONTINUACIÓN, SE PROCEDIÓ A RECOGER LA VOTACIÓN NOMINAL EN LO GENERAL CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA Y CERO ABSTENCIONES APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS EL ACUERDO ANTES REFERIDO, SE ACORDÓ NOTIFICARSE EN LOS TÉRMINOS PLANTEADOS. EN SEGUIDA EN VIRTUD DE SER LAS QUINCE HORAS CON TRES MINUTOS, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO SI ES DE PRORROGARSE LA SESIÓN HASTA CONCLUIR CON LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, PUESTA A
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ACTA Secretaría General Sesión Pública Ordinaria Miércoles 31 de octubre de 2018
CONSIDERACIÓN EN VOTACIÓN ECONÓMICA RESULTÓ NO APROBADA, POR MAYORÍA DE VOTOS, LA SOLICITUD DE PRÓRROGA. SE LEVANTÓ LA SESIÓN CITANDO A LAS Y LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA A LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA PARA EL LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
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DIPUTADO JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA PRESENTE Los suscritos Diputadas y Diputados Gabriel Biestro Medinilla, Vianey García Romero, José Juan Espinosa Torres, José Miguel Trujillo de Ita, María del Roció García Olmedo, Marcelo García Almaguer, Carlos Alberto Morales Álvarez, José Armando García Avendaño, Ángel Gerardo Islas Maldonado, Juan Pablo Kuri Carballo y Uruviel González Vieyra, Coordinadores y Representantes de los Grupos Legislativos de los Partidos Movimiento de Regeneración Nacional, del Trabajo, Encuentro Social, Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Nueva Alianza, Verde Ecologista de México y Compromiso por Puebla, todos integrantes de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, sometemos a consideración de esta Asamblea la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS Que el artículo 21 de nuestra Carta Magna, señala de manera específica, que la seguridad pública es una función a cargo del Estado, que comprende tanto la prevención especial y general de las conductas delictivas, como la investigación y persecución para hacerla efectiva, hasta la reinserción social de las personas, incluyendo la sanción de las infracciones administrativas. Que esta función sustantiva del Estado, se ha convertido en el sustento de la convivencia social, en la medida que no sólo contribuye a preservar el estado de derecho, al servir de garante para el ejercicio de las libertades, la conservación de la paz y el mantenimiento del orden social; sino que además, salvaguarda la integridad física de los miembros de la sociedad, así como de sus derechos y sus bienes. Que es en esa tesitura, que en un Estado Democrático de Derecho, son las instituciones policiales, las únicas facultadas constitucionalmente, para que en circunstancias excepcionales, mediante el uso regulado de la fuerza,
puedan requerir a un ciudadano la realización o abstención de determinada conducta que se considere lesiva para el interés social. Y si se toma en cuenta que un despliegue de fuerza policial, regularmente tiene como objetivo la restricción o el menoscabo del ejercicio de un derecho ciudadano, se puede determinar la profunda necesidad de regular de manera extrema el desempeño del Estado y de sus órganos encargados de realizar esta función, para evitar la ruptura del estado de derecho. Que desde hace algún tiempo y ante la inestabilidad política derivada de la inequidad social, el tema de la seguridad pública se ha visto profundamente cuestionado, de tal manera que para la óptica social, el fortalecimiento de las instituciones encargadas de desempeñar esta función, está estrechamente vinculado al endurecimiento de las facultades punitivas del gobierno y por ende con mayor represión para acallar las demandas sociales. Que de esta manera se ha convertido en una exigencia, que el mantenimiento del orden se realice con pleno respeto y observancia de los derechos humanos de los gobernados; por tanto estas obligaciones de proporcionar paz y seguridad a la ciudadanía de ninguna manera pueden ir en detrimento de los derechos de los ciudadanos, la violación de estos derechos por parte de los encargados de hacer cumplir la ley, tiene efectos devastadores para la función de mantenimiento del orden público y provoca además del resquebrajamiento del estado de derecho, la perdida de legitimidad de las autoridades. Aun cuando en el marco jurídico estatal, existen prescripciones claras sobre la organización y desempeño de nuestras instituciones policiales, es evidente que la creciente complejización de las actividades delictivas, genera la necesidad de actualizar frecuente y constantemente los ordenamientos que regulan esta trascendente actividad, al ser la delincuencia organizada, una criminalidad identitaria, se ha infiltrado en todos los ámbitos de la sociedad, trastocando sus valores y quebrando la solidaridad y cohesión que nos había caracterizado. No es desconocido, que los funcionarios encargados de mantener el orden y proporcionar seguridad, enfrentan de manera cotidiana, una variedad de situaciones complejas, estresantes y peligrosas que reflejan intereses de diversa índole, y que si bien se requiere de dotarlos de determinada libertad de acción a efecto de que puedan enfrentar de la mejor manera dichas situaciones, este margen les impone una enorme responsabilidad al momento de tomar las decisiones apropiadas, responsabilidad que en
mucho de los casos rebasa su capacidad personal, tales como la falta de capacitación adecuada, equipo y armamento deficiente y errores de coordinación, son algunos de estos problemas. Es en ese sentido, que resulta indispensable expedir disposiciones que contemplen órdenes y procedimientos, que precisen que se espera de cada elemento, y siendo el uso de la fuerza el rasgo más destacado de la actividad policial, su uso adecuado debe ser responsabilidad ineludible del Gobierno Estatal. Que el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptado el 17 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, establece que el uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe ser excepcional; si bien implica que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley pueden ser autorizados a usar la fuerza en la medida en que razonablemente sea necesario, según las circunstancias para la prevención de un delito, para efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o para ayudar a efectuarla, no podrá usarse la fuerza en la medida en que exceda estos límites. El uso de armas de fuego se considera una medida extrema; deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego. En general, no deberán emplearse armas de fuego excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse o detenerse al presunto delincuente aplicando medidas menos extremas. En todo caso en que se dispare un arma de fuego, deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes. Que de acuerdo con los “Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley”, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba el 7 de septiembre de 1990, establece que: los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en el desempeño de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. Que en el mismo sentido, se estipula que: los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecerán una serie de métodos lo más amplia posible y dotarán a los funcionarios correspondientes de distintos
tipos de armas y municiones de modo que puedan hacer un uso diferenciado de la fuerza y de las armas de fuego. Entre estas armas deberían figurar armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez más el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes. Con el mismo objetivo, también debería permitirse que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cuenten con equipo autoprotector, por ejemplo, escudos, cascos, chalecos a prueba de balas y medios de transporte a prueba de balas a fin de disminuir la necesidad de armas de cualquier tipo. Que en el ámbito nacional, el veintitrés de abril de dos mil doce, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo 04/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública", el cual establece las bases normativas generales para el Uso de la Fuerza Pública por las instituciones policiales de los Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Gobernación. Que en el Acuerdo en mención, se refiere que el Uso de la Fuerza pública se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio de las funciones de los integrantes de las instituciones policiales y deberá ser legal, necesaria, proporcional, racional y oportuna para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, honradez, eficacia, eficiencia, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se destinará a neutralizar y a controlar conductas que generen amagos de violencia y que tengan propensión a causar daños a la integridad de otras personas o a las y los integrantes de las propias instituciones policiales, podrá emplearse también para restablecer el orden público causado por disturbios colectivos y actos tumultuarios que generen violencia o daños a terceros, propiedades e integridad física de otras personas, así como en situaciones de alteración grave del orden y la paz públicos. Que en lo referente a nuestra entidad, con fecha quince de julio de dos mil nueve, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, con el objeto establecer las bases para regular y coordinar la función de la seguridad pública del Estado de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Estado y los Municipios observarán las bases de coordinación con la Federación en esta materia. Es en esta Ley donde proponemos adicionar un Capítulo que regule el Uso de la Fuerza Pública por las Instituciones Policiales, la cual se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio
de las funciones de los integrantes de las instituciones policiales y deberá ser: legal, necesaria, proporcional, racional, y oportuna para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, honradez, eficacia, eficiencia, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. No es óbice señalar que la reforma que se propone recoge el objeto del Estado de utilizar de manera adecuada la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública, que se establecía en la abrogada LEY PARA PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA POR PARTE DE LOS ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DEL ESTADO DE PUEBLA cuyo objeto fue regular el empleo de la fuerza para la salvaguarda de la integridad, derechos y bienes de las personas, preservación del orden público y las libertades, así como para la prevención de delitos e infracciones a disposiciones administrativas estatales ejercida por los elementos adscritos a las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de Puebla y Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla. Sin embargo debido a que el día nueve de julio de dos mil catorce en clahchihupan, Santa clara Ocoyucan en donde se presentó una manifestación de pobladores, apenas unos meses después de la entrada en vigor de la LEY PARA PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y QUE REGULA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA POR PARTE DE LOS ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DEL ESTADO DE PUEBLA en donde la actuación de los cuerpos policiacos con base a la mencionada ley, ejercieron violencia en agravio de un niño de trece años de edad, quien perdió la vida, de nueve personas que resultaron lesionadas de diversa gravedad, así como de cuarenta y nueve elementos policiales que presentaron lesiones, de cuatro personas que fueron detenidas. En este orden de ideas es necesaria la reforma que se plantea para regular el empleo de la fuerza para la salvaguarda de la integridad, derechos y bienes de las personas al utilizar de manera adecuada la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública que se plantea en la adición de un capitulo en esta ley para dicho objeto, en virtud de que la abrogada ley, duplicaba figuras jurídicas como la legitima defensa que se establece en el código sustantivo penal, así como que también señalaba la prevención de delitos e infracciones a disposiciones administrativas estatales ejercida por los elementos adscritos a las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de Puebla y Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, sin embargo en ninguno momento de su
articulado contenía de manera concreta la prevención de los delitos, por lo que resultó ser una verdadera aberración legal. Por tal motivo y con la finalidad de proteger los derechos humanos; de garantizar la utilización adecuada de la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública; en apego a la justicia y la legalidad, como lo hacemos al dar cumplimiento a las Observaciones al Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, remitidas a esta Soberanía el primero de octubre del año curso, y atendidas y aprobadas oportunamente el treinta de octubre de dos mil dieciocho, es que dejamos constancia de la congruencia y conciencia con la actuamos, con la que respondemos a la exigencia de la ciudadanía que pedía desesperadamente el fin del régimen autoritario, insensible y opresor que nos sumió a los poblanos en una dinámica de desconfianza. Por lo anteriormente expuesto nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente Iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se REFORMAN la fracción VIII del artículo 5, la fracción X del artículo 17, el último párrafo del artículo 31 y el 77, y se ADICIONAN la fracción V bis al artículo 17, un CAPÍTULO QUINTO al TÍTULO SEGUNDO, así como los artículos 33 bis, 33 ter, 33 quater, 33 quinquies y 33 sexies, todos de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, para quedar como a continuación se indica:
LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA Artículo 5 La Ley se aplicará atendiendo a las disposiciones que en la materia establecen: I.- a VII.- … VIII.- Los acuerdos, convenios y demás instrumentos jurídicos suscritos o emitidos por la Federación, el Estado y los Municipios, incluyendo los relativos al uso adecuado de la fuerza policial.
… Artículo 17 Son atribuciones del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, en el ámbito de su competencia, las siguientes: I.- a V.- … V bis.- Emitir la reglamentación, protocolos y lineamientos que se deberán observar, en términos de esta ley, respecto al uso adecuado de la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública; VI.- a IX.- … X.- Impulsar la capacitación, actualización y especialización del Cuerpo de Seguridad Pública Estatal, conforme al Programa Rector de Profesionalización, así como en materia del uso adecuado de la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública, de conformidad con los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de los criterios emitidos para dicho efecto;
TÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO CUARTO DE LOS OPERATIVOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Artículo 31 … I.- a III.Independientemente de las hipótesis anteriores y en los casos de flagrancia o urgencia, se podrán realizar operativos conjuntos, para lo cual se estará a lo dispuesto por esta Ley y por las disposiciones que en materia del uso adecuado de la fuerza policial existan a nivel nacional y reglamentario.
TÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO QUINTO DEL USO ADECUADO DE LA FUERZA POLICIAL POR PARTE DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Artículo 33 bis El adecuado uso de la fuerza policial por parte de los elementos de seguridad pública del Estado y los Municipios, tiene por objeto la protección de los derechos, bienes y servicios, así como la preservación del orden y el Estado de derecho en la sociedad poblana. Su empleo se justifica cuando en el entorno de actuación existan condiciones materiales e inminentes que vulneren las condiciones públicas, privadas y sociales descritas en el párrafo anterior. Artículo 33 ter El uso de la fuerza policial debe apegarse a la observancia y aplicación de los siguientes principios: Legalidad: entendida como la observancia y aplicación permanente de la norma y de las disposiciones que de aquella emanen, para el respeto de los derechos humanos y las garantías individuales; Necesidad: definida como la situación innegable para el uso de la fuerza policial, en atención de las condiciones públicas e individuales de los intervinientes; y Proporcionalidad: aplicada de conformidad con las circunstancias de modo, tiempo y circunstancia presentes en cada situación y que exija, por acción y resultado, la actuación de alguna forma determinada y legal. Artículo 33 quater. Para la preparación y ejecución de los operativos de seguridad pública, los cuerpos policiales deberán observar estrictamente los criterios y protocolos internacionales y nacionales aprobados para el uso de la fuerza policial, así como los emitidos por las autoridades estatales en términos de esta Ley. En la aplicación de los métodos y técnicas que empleen para el ejercicio de sus funciones, con relación a los diferentes niveles de fuerza, procurarán
el estricto respeto a los derechos humanos y las garantías individuales de los ciudadanos. Sin perjuicio de lo anterior y en todo momento, los integrantes de los cuerpos de seguridad pública del Estado, para el uso adecuado de la fuerza policial, observaran lo siguiente: 1.- El ejercicio moderado y la actuación proporcional considerando las circunstancias o agresiones recibidas, la resistencia encontrada y el objeto legítimo que se busca. 2.- La reducción al mínimo de los daños y lesiones, así como la promoción del respeto y protección de la integridad y la vida humana. 3.- La actuación amplia, efectiva e inmediata que permita la prestación de servicios médicos y de emergencia a las personas heridas, sean activos o pasivos dentro de un acto de alteración en el orden público. Artículo 33 quinquies Los integrantes de las fuerzas de seguridad pública del Estado están sujetos a la aplicación de la fuerza policial en los siguientes niveles: 1.- Presencia policial: es el primer contacto que tienen los miembros de los cuerpos de seguridad pública del Estado con los ciudadanos que se manifiesten o realicen algún acto que altere el orden, la seguridad pública o que de manera legal y justificada requiera de su intervención, utilizando: A.- El uso adecuado del uniforme. B. - El uso adecuado del equipo de apoyo, en términos de los reglamentos y protocolos aplicables. 2.- Comandos de voz: entendida como la comunicación entre los integrantes de los cuerpos de seguridad pública y los responsables de cualquier acción que altere el orden y la paz públicos, los que deberán como mínimo considerar lo siguiente: A. Comunicación oral con la energía necesaria y en los términos respetuosos y adecuados; B. Que se realice con habilidad en la comunicación; emitiendo órdenes directas y claras;
C. Que la comunicación se oriente a la persuasión, advirtiendo la inobservancia al orden jurídico; D. Enfatizar que su nivel de resistencia podría complicar su situación legal; E. Implementar acciones de prevención para evitar una resistencia activa, y F. Entablar un diálogo que permita concientizar sobre el cumplimiento de la ley. 3.- Control físico: implica el uso adecuado de técnicas y tácticas que permitan controlar, inmovilizar y conducir a una persona o grupo de personas causando el menor daño posible, con el fin de inhibir la resistencia activa. Para lo anterior y en términos de los protocolos y reglamentos emitidos, se podrán apoyar de equipos que permitan la neutralización y restablecimiento del orden público, causando el menor daño posible, y en observancia del respeto de los derechos humanos y la vida de los ciudadanos e integrantes de los cuerpos de seguridad. Artículo 33 sexies La Secretaría de Seguridad Pública del Estado, en coordinación con los integrantes del Sistema de Seguridad Pública del Estado, garantizaran la integración, capacitación permanente, equipamiento, actualización y debido funcionamiento de una Unidad Policiaca Especializada en la atención, contención y dilución de manifestaciones masivas violentas, a través del uso adecuado de la fuerza policial. Dicha Unidad se integrará por lo menos con el veinticinco por ciento del personal de la corporación, quien será capacitado en técnicas y tácticas de restablecimiento del orden público y control de multitudes, de conformidad con lo dispuesto por esta Ley y por los protocolos y reglamentación federal y estatal emitida en materia del uso debido de la fuerza. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo que antecede, los mandos policiacos dispondrán de los integrantes de la Unidad atendiendo las demandas y necesidades en materia de seguridad pública, ordenando su integración y actuación como grupo táctico, cuando las exigencias lo ameriten.
La Unidad en mención se deberá integrar de manera plural, incluyendo entre sus miembros a elementos con preparación y aptitudes para orientar y negociar.
CAPÍTULO TERCERO DE LA COMISIÓN DEL SERVICIO DE CARRERA POLICIAL Artículo 77 Los Cuerpos de Seguridad Pública exigirán de las personas que los integran el más estricto cumplimiento del deber, a efecto de salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, y preservar las libertades, el orden y la paz públicos, a través del adecuado ejercicio de la fuerza policial. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- El Titular del Poder Ejecutivo del Estado considerará en el Paquete Fiscal 2019 del Estado, las afectaciones presupuestales y administrativas para el cumplimiento de las modificaciones planteadas.
TERCERO.- En términos del Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, aprobado por esta Soberanía, las Instituciones Policiales contarán con un término no mayor a treinta días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir la reglamentación y protocolos correspondientes.
CUARTO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 31 DE OCTUBRE DE 2018
DIP. VIANEY GARCÍA ROMERO DIP. GABRIEL BIESTRO MEDINILLA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL
DIP. MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA OLMEDO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
DIP. MARCELO GARCÍA ALMAGUER COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO
DIP. ÁNGEL GERARDO ISLAS MALDONADO COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA
DIP. JOSÉ ARMANDO GARCÍA AVENDAÑO REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
DIP. URUVIEL GONZÁLEZ VIEYRA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA
DICTÁMENES DE LA SESIÓN
COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO Y ASUNTOS MUNICIPALES
HONORABLE ASAMBLEA:
Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 110, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XIX y XXI, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones XIX y XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES 1. Con fecha veintiseis de septiembre de dos mil dieciocho, el Diputado Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla, coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de la Sexagesima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, presentó ante esta Soberanía el Punto de Acuerdo por virtud del cual “se exhorta a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental”.
2. En sesión de esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y a la de Asuntos Municipales, para su estudio y resolución procedente”.
CONTENIDO DE LA INICIATIVA •
Exhortar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a efecto de participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado con el objeto de garantizar que el servicio sea público, universal, permanente y salubre, disminuyendo con ello su impacto ambiental.
CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES UNIDAS:
Que para efectos de la administración de las aguas nacionales, el territorio nacional se organiza en 731 cuencas hidrológicas, las cuales son unidades de terreno determinadas por la división natural de las aguas, como consecuencia de la conformación del relieve. A su vez, estas 731 cuencas han sido clasificadas por la Conagua en 37 regiones hidrológicas, cuyo objeto es la representación de los límites naturales de las grandes cuencas del país y son utilizadas para el cálculo del agua renovable. Cabe destacar que, del total de cuencas hidráulicas en el país, se encuentran en condiciones de sobreexplotación 106 de ellas.
Que en el Estado de Puebla existen 4 regiones hidrológicas: Río Balsas, en la zona central y sur occidental con 4 cuencas; Tuxpan – Nautla, en la zona norte con 4 cuencas; Papaloapan, en el sureste y parte del oriente con 2 cuencas; Pánuco, en la zona noreste con 1 cuenca de alcances mínimos. De estas, 1 cuenca se encuentra en seria sobreexplotación, y cabe agregar que en materia de contaminación existen 46 sitios fuertemente contaminados dentro de la región hidrológica administrativa del Balsas, y en cuanto corresponde al estado de Puebla, el área metropolitana de la ciudad de Puebla es la más afectada.
Que por otra parte, una vez descrito el contexto hídrico de nuestro estado, subrayamos la importancia del precepto legal fundamentado en el Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual en sus párrafos quinto y sexto establece que “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente,
salubre, aceptable y asequible”; y que “El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Que en consecuencia, estas Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales expresa que, como punto de inicio, el carácter violatorio a la ley de la actual Ley del Agua del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Que adicionalmente, nos manifestamos en contra del proceso de extracción y desecho sobre el cual está diseñada la estrategia de captación del líquido vital, basado en la privatización y destrucción de los bienes sociales, en el daño a los ecosistemas, así como en la ruptura de los vínculos comunitarios. Que este modelo privatizador provoca la sobreexplotación de los mantos acuíferos subterráneos, el agotamiento de los suelos en nuestra Entidad, además de la contaminación de los suelos y de las aguas superficiales.
Que el 70% por ciento del agua en nuestro País está concentrado en tan solo siete grandes concesionarios y corporaciones transnacionales, lo que provoca que numerosas poblaciones estén bajo profundo estrés hídrico, proliferando así los conflictos sociales originados por ello. El agua del Estado de Puebla está bajo uno de esos siete concesionarios. En estas condiciones, el sistema hídrico natural resulta incapaz de garantizar los derechos humanos y proteger la integridad de los ecosistemas acuáticos. Como ejemplo, este modelo de privatización del agua ha causado el desmantelamiento de la infraestructura de riego y, como consecuencia, sigue marginando a cientos de ejidos y comunidades en el Estado.
Que expertos calificados en la materia coinciden en afirmar que las políticas generales que se han seguido en los últimos años favorecen que la autoridad responsable de la administración del agua se subordine a grandes intereses privados a costa de la población y el medio ambiente. Este mecanismo de acción genera
enormes impactos negativos en materia ambiental, inequidad en la distribución del agua, vulnerabilidad, inundaciones y sequías, contaminación de cuerpos de agua superficiales y subterráneos, además de la pérdida de la soberanía alimentaria.
Que el tema del agua puede ser considerado como un asunto de seguridad nacional: la información relativa a su extracción y captación está clasificada; el pueblo de México está impedido de acceder a ella.
Que el agua es un recurso que pertenece a la nación. Su adecuado manejo y gestión debe permitir que la todas y todos los habitantes del país tengan derecho a este recurso natural, sin distinciones ni intenciones discriminatorias.
Que proponemos una gestión sustentable del agua, en la que se rediseñen los sistemas de distribución y de inversión pública; sistemas que permitan almacenar y distribuir agua pluvial potabilizada.
Que esto será posible si contamos con un Plan Estatal Integral del Agua para un horizonte a mediano plazo, que incluya evaluaciones de crecimiento poblacional, actividades industriales, actividades agrícolas; evaluaciones de la infraestructura de saneamiento de aguas residuales, municipales e industriales, de la cobertura y condiciones de la red de agua potable, de la cobertura de la red de drenaje, cuerpos de agua superficiales.
Que en el mismo tenor, resulta inmediato identificar, diseñar y actualizar las zonas de riesgo por inundación, así como las zonas de deslave por exceso de lluvia a fin de proteger a las comunidades que se encuentren en regiones de riesgo.
Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y de Asuntos Municipales, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien:
ÚNICO.- Dictaminar como procedente el Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental, con las modificaciones realizadas por estas Comisiones y someterlo a la consideración del Pleno de esta Soberanía.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 110, 115 fracción III, 119, 123 fracciones XIX, XXI, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46, 47, 48 fracciones XIX, XXI, 78, 79 y 82 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía, el siguiente Dictamen de:
ACUERDO
PRIMERO. Exhortese a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental.
SEGUNDO. Se establece que en la primera sesión del mes de marzo del año dos mil diecinueve de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, sea presentado y se apruebe someter al Pleno el informe y/o el proyecto que se desprenda del presente Acuerdo.
TERCERO. Se autoriza a la Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, para convocar y/o invitar a cualquier persona física o moral a participar en las sesiones de la misma o en mesas de trabajo que tengan por objeto atender el presente Acuerdo.
CUARTO. Se ordena se publique en la página web del Congreso del Estado el presente Acuerdo, y se convoque a los sujetos referidos en el mismo a participar en el tema objeto del presente acuerdo, asimismo se realicen las gestiones necesarias para recibir, vía la pagina institucional del Congreso, los proyectos y/o ocursos relativos al presente Acuerdo.
QUINTO. Se ordena la publicación integra del Contrato de Concesión del Servicio de agua de la empresa Concesiones Integrales.
SÉXTO. Se vincula al Instituto de Investigaciones Legislativas, Financieras y Socioeconómicas del Congreso del Estado junto con la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para generar, una vez aprobado el presente Acuerdo, un cronograma de sesiones y/o mesas de trabajo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto SEGUNDO del presente Acuerdo.
SÉPTIMO. Se establece el quince de febrero del año dos mil diecinueve, como fecha límite para recibir las propuestas, observaciones y/o cualquier otra clase de ocurso con información para atender el presente Acuerdo.
Notifíquese
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO”
CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 30 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y CAMBIO CLIMÁTICO
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA PRESIDENTA
DIP. YADIRA LIRA NAVARRO SECRETARIA
DIP. LILIANA LUNA AGUIRRE VOCAL
DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ VOCAL
DIP. RAYMUNDO ATANACIO LUNA VOCAL
DIP. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ VOCAL
DIP. JUAN PABLO KURI CARBALLO VOCAL ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, INSTITUCIONES ACADÉMICAS Y DE INVESTIGACIÓN, INSTITUCIONES PÚBLICAS MUNICIPALES, ESTATALES Y FEDERALES; ASÍ COMO A LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL A PARTICIPAR EN EL ANÁLISIS, ESTUDIO Y ELABORACIÓN DE UNA NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL ESTADO DE PUEBLA EN MATERIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO AL AGUA, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO QUE GARANTICE QUE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SEA PÚBLICA, UNIVERSAL, PERMANENTE Y SALUBRE, DISMINUYENDO SU IMPACTO AMBIENTAL, ENTRE OTROS.
COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES
DIP. VALENTÍN MEDEL HERNÁNDEZ PRESIDENTE
DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ÍTA SECRETARIO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES VOCAL
DIP. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL
DIP. IVÁN JONATHAN COLLANTES CABAÑAS VOCAL
DIP. CARLOS ALBERTO MORALES ÁLVAREZ VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, INSTITUCIONES ACADÉMICAS Y DE INVESTIGACIÓN, INSTITUCIONES PÚBLICAS MUNICIPALES, ESTATALES Y FEDERALES; ASÍ COMO A LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL A PARTICIPAR EN EL ANÁLISIS, ESTUDIO Y ELABORACIÓN DE UNA NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL ESTADO DE PUEBLA EN MATERIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO AL AGUA, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO QUE GARANTICE QUE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SEA PÚBLICA, UNIVERSAL, PERMANENTE Y SALUBRE, DISMINUYENDO SU IMPACTO AMBIENTAL, ENTRE OTROS.
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DICTAMEN: 830 HONORABLE ASAMBLEA: Dictamen que presenta la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción I y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 61, 102, 115, fracción III, 119, 123, fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 47 y 48 fracción XV, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha veintinueve de octubre de dos mil dieciocho, el Diputado José Juan Espinosa Torres presentó ante esta Soberanía, Iniciativa de Decreto por la que se reforma la fracción I del artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla. 2. En sesión de esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente Acuerdo: “Se turna a la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado para su estudio y resolución procedente”. CONTENIDO DE LA INICIATIVA •
Reformar la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para establecer que el patrimonio para el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior del Estado se integrará por los recursos aprobados en la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal vigente, que incluirá el gasto público estimado del mismo.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN En cumplimiento al claro mandato popular, expresado en las urnas el pasado 1 de julio y en honra al elevado compromiso adquirido con la sociedad mexicana, asumido tanto por el presidente electo, licenciado Andrés Manuel López Obrador, reconocemos como indispensable para la reconstrucción de la institucionalidad republicana y la sanidad de las finanzas del Estado de Puebla, así como constitucionalmente viable y socialmente necesario incorporar la austeridad como principio conductor de la administración y eje
estratégico del gasto público, estableciéndola como principio de observancia obligatoria para todo servidor público y transversal todo el gobierno. La conducción del proceso de transformación democrática cuyos cimientos estamos preparando, pasa por limitación de la opulencia en el ejercicio del gasto público y corresponderá, una vez en funciones, al presidente López Obrador, encabezar los esfuerzos para dignificar la función pública hacia cauces de austeridad y racionalidad, priorizando el bienestar colectivo. Por nuestra parte, promovemos mediante este instrumento la generación del andamiaje jurídico que soporte este proceso de cambios trascendentes. La austeridad permitirá erradicar el conjunto de excesos que desde la Auditoría Superior del Estado se han agenciado y realizar los principios constitucionales de economía, racionalidad, honradez y transparencia en la asignación y el ejercicio de recursos públicos. Este es uno de los motores de la transformación que se llevan a cabo por mandato popular. Esta Comisión General tiene la convicción de ser necesario establecer principios políticos y éticos, para que los funcionarios públicos aprendan a vivir en la justa medianía. Es entonces que la austeridad se funda en la necesidad de canalizar los recursos presupuestales, que hoy se malgastan, a las decisiones sociales fundamentales que impulsen el desarrollo productivo en beneficio de los que más lo necesitan. Que de conformidad a lo establecido por el artículo 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Auditoría Superior del Estado, es la Unidad de Fiscalización, Control y Evaluación, dependiente del Congreso del Estado; luego entonces, que al ser el Poder Legislativo el superior jerárquico de la Auditoría Superior del Estado es obligación del primero, salvaguardar los intereses de los poblanos, en materia de transparencia y asignación de recursos públicos a sus órganos dependientes. Que en la fracción I del artículo 129 Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, se dispone textualmente lo siguiente: “Artículo 129.- La Auditoría Superior tendrá y administrará su patrimonio para el desempeño de sus funciones, el cual se integrará por: I. Los recursos aprobados en la Ley de Egresos del Estado que incluirá el gasto público estimado del mismo, el cual no podrá ser inferior al presupuesto del año inmediato anterior;
(…)“ Que asimismo, en el artículo de que se habla se preceptúa que el patrimonio para el desempeño de las funciones de la Auditoría Superior del Estado, se integra, además de la asignación presupuestada en la Ley de Egresos del Estado de Puebla, por los recursos económicos propios y cualquier otro que provenga de alguna fuente de financiamiento y/o programa; violentando los principios de certeza, economía y racionalidad que rigen la austeridad que se busca en el Estado de Puebla, en beneficio de la sociedad poblana. Toda vez que al integrar su patrimonio bajo la premisa que su recurso aprobado no podrá ser inferior al presupuesto del año inmediato anterior, se establece una ambigüedad de la percepción y fuente de dichos recursos, además que no se establece un claro parámetro de gasto establecido en la norma; por lo que se deberá estar a lo aprobado únicamente por la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal aplicable, para salvaguardar la economía y patrimonio de los poblanos. Por lo anterior, se reforma la fracción I del artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer acciones afirmativas que garanticen la austeridad en el Estado de Puebla. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Dictaminar como procedente la Iniciativa de Decreto por virtud del cual se reforma la fracción I del artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, en los términos que fue presentado y someterlo a consideración del Pleno de esta Soberanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 64 fracción I y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 61, 102, 115, fracción III, 119, 123, fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 47 y 48 fracción XV, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía, el siguiente Dictamen con Minuta de Decreto, por el que se expide la:
DECRETO ÚNICO.- Se REFORMA la fracción I del artículo 129 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para quedar de la manera siguiente:
ARTÍCULO 129.- La Auditoría Superior tendrá y administrará su patrimonio para el desempeño de sus funciones, el cual se integrará por: I.- Los recursos aprobados en la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal vigente, que incluirá el gasto público estimado del mismo. II a VIII.-… TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE
DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ SECRETARIA DIP. OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO VOCAL DIP. EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA VOCAL DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA VOCAL
DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA.
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
Acuerdo que presenta Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracción XV, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha diecisiete de octubre de dos mil dieciocho, los Diputados José Juan Espinosa Torres, integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo, Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla, integrante del Grupo Legislativo del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, y José Miguel Trujillo de Ita, integrante del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social; presentaron ante este Órgano Colegiado, el “PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE ESTA SOBERANÍA ORDENA SE ANALICEN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; LOS DICTÁMENES DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DEL PODER EJECUTIVO DE FECHAS DEL UNO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS Y DEL UNO DE NOVIEMBRE AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DEL AÑO 2016, Y AL EJERCICIO COMPRENDIDO DEL UNO AL TREINTA Y UNO DE ENERO DE 2017”. 2. En esa misma fecha, los integrantes de la Mesa Directiva dictaron el siguiente trámite: “Se turna a la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado para su estudio y resolución procedente”. CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO •
Instruir al Titular de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que a la brevedad entregue a esta Comisión, los expedientes que contienen los Dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Ejecutivo correspondientes a los ejercicios de fechas del uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y del uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
dieciséis, correspondientes al ejercicio del año 2016, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN Que las y los legisladores integrantes de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, coinciden con la necesidad de revisar y analizar las Cuentas Públicas del Ejecutivo correspondientes a los ejercicios fiscales parciales de fechas uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, correspondientes, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017. Que en este contexto, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece en su artículo 57, que el Congreso tiene la facultad de coordinar y evaluar a la Auditoría Superior del Estado, sin perjuicio de la autonomía que le confiere el artículo 113 del mismo ordenamiento. Por su parte el artículo 115 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, faculta a las Comisiones para examinar, instruir y poner en estado de resolución los asuntos que sean turnados para su estudio, como lo es en la especie, dictaminar el siguiente: “PUNTO DE ACUERDO DE FECHA DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO POR EL QUE ESTA SOBERANÍA ORDENA SE ANALICEN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, LOS DICTÁMENES DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DEL PODER EJECUTIVO CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS FISCALES PARCIALES DE FECHAS UNO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS Y UNO DE NOVIEMBRE AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, CORRESPONDIENTES, Y AL EJERCICIO COMPRENDIDO DEL UNO AL TREINTA Y UNO DE ENERO DE 2017”. LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA “ARTÍCULO 115.- Las Comisiones se encuentran facultadas para: I.-... II.-... III.- Examinar, instruir y poner en estado de resolución los asuntos que les sean turnados para su estudio y emitir en su caso los dictámenes, propuestas, recomendaciones e informes que resulten de sus actuaciones.”
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
Que el artículo 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece que la Auditoría Superior del Estado, es la unidad de Fiscalización, Control y Evaluación, dependiente del Congreso del Estado, con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, así como para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan las leyes respectivas; ejerciendo la función de fiscalización conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA “Artículo 113.- La Auditoría Superior del Estado, es la unidad de Fiscalización, Control y Evaluación, dependiente del Congreso del Estado, con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, así como para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan las leyes respectivas, el cual contará con las atribuciones siguientes: I. Fiscalizar los ingresos, egresos, control, administración, manejo, custodia y aplicación de fondos, bienes y recursos de los Poderes del Estado, Ayuntamientos, organismos autónomos, entidades paraestatales y paramunicipales, organismos públicos desconcentrados, fideicomisos en los que el fideicomitente sea cualquiera de los Poderes del Estado o Ayuntamientos y en general, cualquier persona física o jurídica, pública o privada, mandato, fondo y demás que por cualquier razón recauden, manejen, ejerzan, resguarden o custodien recursos, fondos, bienes o valores de la hacienda pública estatal o municipal, tanto en el país como en el extranjero, y demás que formen parte de la cuenta pública, en términos de las disposiciones aplicables; asimismo, fiscalizará las acciones del Estado y Municipios en materia de fondos, recursos locales, deuda pública estatal y municipal, y las garantías que, en su caso, otorguen el Gobierno del Estado y los Municipios a sus entidades paraestatales o paramunicipales, según corresponda, así como el destino y ejercicio de los recursos obtenidos por estos financiamientos; II. Ejercer la función de fiscalización conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
La Auditoría Superior del Estado podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente, sin perjuicio de que las observaciones o recomendaciones que, en su caso realice, se referirán a la información definitiva presentada en la Cuenta Pública. La Auditoría Superior del Estado, podrá realizar revisiones preventivas conforme a la Ley respectiva. En los trabajos de planeación de auditorías y revisiones, la Auditoría Superior del Estado podrá solicitar información del ejercicio en curso, en términos de las disposiciones aplicables. La Auditoría Superior del Estado podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión, sin que por este motivo se entienda, para todos los efectos legales, abierta nuevamente la Cuenta Pública del ejercicio al que pertenece la información solicitada, exclusivamente cuando el programa, proyecto o la erogación contenidos en el presupuesto en revisión abarque para su ejercicio y pago, diversos Ejercicios Fiscales o se trate de revisiones sobre el cumplimiento de los objetivos de programas estatales, municipales y demás de su competencia en términos de las disposiciones aplicables. Las observaciones y recomendaciones que, respectivamente, emita la Auditoría Superior del Estado, sólo podrán referirse al ejercicio de los recursos públicos de la Cuenta Pública en revisión. En los casos que determine la Ley, derivado de denuncias y previa autorización de su Titular, la Auditoría Superior del Estado podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a los sujetos de revisión, así como respecto de ejercicios anteriores. Los sujetos de revisión proporcionarán la información que se solicite para la revisión, en los plazos y términos señalados por la Ley y, en caso de incumplimiento, serán aplicables las sanciones previstas en la misma. En estos supuestos, la Auditoría Superior del Estado rendirá un informe específico al Congreso del Estado y, en su caso, promoverá las acciones que correspondan ante el Tribunal de Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción o las autoridades competentes.”
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
A su vez, el séptimo párrafo de la fracción segunda del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad, razón por la cual es obligación de esta Comisión supervisar que la actuación de la Auditoría Superior del Estado se ajuste a dichos principios. Asimismo, deberán fiscalizar las acciones de Estados y Municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Los informes de auditoría de las entidades estatales de fiscalización tendrán carácter público. La cuenta pública del año anterior deberá ser enviada a la Legislatura del Estado, a más tardar el 30 de abril. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación cuando medie solicitud del Gobernador, suficientemente justificada a juicio de la Legislatura.
Por su parte, la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas Para el Estado de Puebla, establece en los artículos 112, 127 y 128, lo siguiente:
LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR Y RENDICION DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE PUEBLA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA “Artículo 112.- La Auditoría Superior es la unidad de fiscalización, control y evaluación, dependiente del Congreso del Estado, con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan las leyes respectivas. Artículo 127. El Congreso del Estado ejercerá la supervisión, coordinación y evaluación de la Auditoría Superior a través de la Comisión. Artículo 128. Son atribuciones de la Comisión: I. Ser el conducto de comunicación y coordinación entre el Congreso del Estado y la Auditoría Superior; II. Recibir de la Auditoría Superior los Informes del Resultado de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas, y turnarlos al Pleno del Congreso del Estado, para su aprobación;
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III. Recibir de la Auditoría Superior los informes relativos a las Cuentas Públicas que se encuentran pendientes o en proceso de revisión, turnándolos al Pleno del Congreso del Estado…”
Que de los anteriores preceptos legales se desprende que la Auditoría Superior, es la unidad de fiscalización, control y evaluación dependiente del Congreso del Estado, siendo esta Soberanía, quien ejercerá su supervisión, coordinación y evaluación a través de la presente Comisión General Inspectora, por su parte en el artículo 128 del mismo ordenamiento legal, establece las atribuciones que tiene la Comisión Inspectora con respecto a la Auditoría Superior del Estado, por lo cual para el caso concreto es claro que esta Soberanía cuenta con la facultad de instruir a la Auditoría Superior del Estado, le remita la información que le sea solicita a través de la citada Comisión, para coordinar evaluar y supervisar su actuación. Que la Auditoría Superior del Estado tiene como facultades, entre otros; fiscalizar en forma posterior, los ingresos y egresos, control, administración, manejo, custodia y aplicación de fondos, bienes y recursos de los Poderes del Estado, Ayuntamientos, organismos autónomos, entidades paraestatales y paramunicipales, organismos públicos desconcentrados, fideicomisos en los que el fideicomitente sea cualquiera de los Poderes del Estado o Ayuntamientos y en general, cualquier persona física o jurídica, pública o privada, mandato, fondo y demás que por cualquier razón recauden, manejen, ejerzan, resguarden o custodien recursos, fondos, bienes o valores públicos estatales, municipales o federales, tanto en el país como en el extranjero. Que el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, señala que el Congreso del Estado, a través de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, llevará a cabo la supervisión, coordinación y evaluación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla. Es por lo anterior, que esta Soberanía cuenta con la facultad de instruir a la Auditoría Superior del Estado, le remita la información que le sea solicita a través de la Comisión General Inspectora, para coordinar, evaluar y supervisar su actuación. Que esta Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, debe dar muestra que los procedimientos de análisis, revisión y aprobación de las cuentas públicas llevados a cabo por la Auditoría Superior del Estado, deben obedecer irrestrictamente a los principios de LEGALIDAD, IMPARCIALIDAD Y CONFIABILIDAD y no serán más un motivo de revancha o garrote
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político en contra de Ayuntamientos, organismos autónomos, entidades paraestatales y paramunicipales, organismos públicos desconcentrados y demás sujetos obligados, es por lo anterior, que esta Soberanía a través de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado y en ejercicio de sus funciones y atribuciones llevará a cabo una revisión a las Cuentas Públicas del entonces titular del Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, correspondientes a las fechas del uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y del uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, correspondientes al ejercicio del año 2016, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017, supervisando y evaluando al mismo tiempo que el actuar de la propia Auditoría Superior del Estado, se encuentre apegado a la constitucionalidad y legalidad. Que por otra parte, se desprende del Informe de Resultados de la Fiscalización de la Cuenta Pública de fecha quince de febrero de dos mil diecisiete, la Auditoría Superior de la Federación detecto diversas irregularidades en la cuenta pública del ejercicio correspondiente al año 2015, hasta por la cantidad de $4,570,000,000.00 (cuatro mil quinientos setenta millones de pesos, cero centavos, moneda nacional) con independencia de las irregularidades por la cantidad de $1,075,000,000.00 (mil setenta y cinco millones de pesos, cero centavos, moneda nacional) que la misma Auditoría Superior de la Federación observo durante del periodo comprendido del ejercicio correspondiente al año 2011, al correspondiente al año 2014, irregularidades diversas y derivadas de obras ejecutadas con sobrecostos, así como por obras que se pagaron y no se acredito su existencia. Cabe señalar que dichos sobrecostos y observaciones se dieron en las obras más destacadas de la administración del ex Gobernador del Estado de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, como lo son el Museo Internacional Barroco, el segundo piso de la autopista México-Puebla, el estadio Cuauhtémoc, el Proyecto Arqueológico Cholula, y la línea 2 del Sistema de Transporte Articulado. Que no obstante lo anterior, la Auditoría Superior de la Federación, en su informe detectó irregularidades en los recursos ejercidos de los programas para agua potable, alcantarillado, saneamiento para zonas urbanas, tratamiento de aguas residuales y del Fondo Metropolitano. En este caso, las observaciones son por un monto de $2,666,961,000.00 (dos mil seiscientos sesenta y seis millones novecientos sesenta y un mil pesos, cero centavos, moneda nacional). De acuerdo con la auditoría, no se acreditó su compromiso o ejercicio y consecuentemente su reintegro a la Tesorería de la Federación.
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Que de igual forma, en otro punto del informe se señala que el gobierno de Puebla no hizo una gestión eficiente y transparente de los recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (programas de asistencia social y para dar mantenimiento a escuelas), ya que de los $657,701,000.00 (seiscientos cincuenta y siete millones setecientos un mil pesos, cero centavos, moneda nacional) auditados, no se ejercieron $458,966,000.00 (cuatrocientos cincuenta y ocho millones novecientos sesenta y seis mil pesos, cero centavos, moneda nacional), es decir casi 3 de cada 4 pesos. Asimismo, la Auditoría detectó que $960,000,000.00 (novecientos sesenta millones de pesos, cero centavos, moneda nacional), fueron utilizados en obras que no están en funcionamiento o en total abandono, mientras que $161,714,000.00 (ciento sesenta y un millones setecientos catorce mil pesos, cero centavos, moneda nacional) se usaron para obras que no se terminaron de hacer, pero que ya están pagadas. Cabe señalar que, en el cuarto punto, la Auditoría determinó que el estado de Puebla registró un probable daño a la Hacienda Pública por $313,437,000.00 (trescientos trece millones cuatrocientos treinta y siete mil pesos, cero centavos, moneda nacional), cabe destacar que este dinero debió utilizarse para pavimentación de calles y avenidas, alumbrado público, drenaje y alcantarillado, mantenimiento de vías, entre otros servicios. Que por otra parte, se advierte que con fecha dieciséis de mayo del presente año, la fracción del Partido Revolucionario Institucional (PRI) del Senado de la República pidió que la Procuraduría General de la República (PGR) abrir una investigación contra el exgobernador, Rafael Moreno Valle Rosas, y su esposa, Martha Erika Alonso, por el posible beneficio que obtuvieron con la instalación de la automotriz Audi en San José Chiapa. De lo anterior el exmandatario promovió la instalación de la automotriz en el mismo municipio donde su esposa heredó 122.5 hectáreas, he aquí un posible conflicto de intereses y un probable desvío de recursos públicos. Que es de destacar que la plusvalía del inmueble, llamado “Rancho Macondo”, propiedad de la familia de Alonso Hidalgo, se incrementó con la decisión que tomó Rafael Moreno Valle Rosas. “Derivado de la instalación de la armadora y la Ciudad Audi, la plusvalía de las hectáreas se incrementó sustantivamente hasta superar los
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cuatro millones de pesos, según expertos inmobiliarios, es decir, Martha Erika Alonso Hidalgo resultó directamente beneficiada económicamente”. Que estos hechos están catalogados en nuestro entramado legal como un conflicto de interés y representan una grave transgresión a nuestro marco jurídico vigente. En virtud de lo anterior, y por tratarse de un asunto que reviste un evidente interés público ante posibles acciones, omisiones, manejos indebidos y opacidad en el ejercicio del gasto público del Estado, en posible detrimento y quebranto patrimonial de la ciudadanía poblana, para esta Soberanía, existen elementos suficientes y determinantes para que en ejercicio de sus atribuciones, instruya a la Auditoría Superior del Estado, se sirva remitir a la brevedad a esta Comisión General Inspectora los expedientes de los Dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, de fechas del uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y del uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, correspondientes al ejercicio del año 2016, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017, para proceder al análisis y exhaustiva revisión, lo anterior con la finalidad de transparentar el ejercicio del gasto público llevado a cabo durante el mandato del ex Gobernador, y así dar certeza a los ciudadanos de que la actuación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla se encuentra apegada a las disposiciones constitucionales y legales, y a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad. Visto lo cual y en mérito de lo expuesto, los integrantes de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, posterior al estudio y análisis correspondiente tenemos a bien: ÚNICO.- Resolver como procedente el Punto de Acuerdo presentado los Diputados José Juan Espinosa Torres, Gabriel Juan Manuel Biestro Medinilla y José Miguel Trujillo de Ita, con las modificaciones realizadas por esta Comisión y someterlo a consideración de esta Soberanía. Por lo anterior expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción XV, 151, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 45, 46 y 48 fracción XV del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a esta Soberanía el siguiente:
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
ACUERDO PRIMERO.- Se instruye al Titular de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que a la brevedad entregue a esta Comisión los expedientes que contienen los Dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Ejecutivo correspondientes a los ejercicios de fechas del uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y del uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, correspondientes al ejercicio del año 2016, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017.
SEGUNDO.- Se emita, por parte de esta Comisión General, en el ámbito de sus atribuciones, un análisis para su estudio y resolución respecto del contenido de los Dictámenes de las Cuentas Públicas del Poder Ejecutivo correspondientes a las fechas del uno de enero al treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis y del uno de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, correspondientes al ejercicio del año 2016, y al ejercicio comprendido del uno al treinta y uno de enero de 2017. Notifíquese.
COMISIÓN GENERAL INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO” CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2018 COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE
DIP. MÓNICA LARA CHÁVEZ SECRETARIA DIP. OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO VOCAL DIP. EMILIO ERNESTO MAURER ESPINOSA VOCAL DIP. JOSÉ MIGUEL TRUJILLO DE ITA VOCAL DIP. JAVIER CASIQUE ZÁRATE VOCAL DIP. GABRIEL OSWALDO JIMÉNEZ LÓPEZ VOCAL
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO RELATIVO AL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE ESTA SOBERANÍA ORDENA SE ANALICEN, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; LOS DICTÁMENES DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DEL PODER EJECUTIVO DE FECHAS DEL UNO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS Y DEL UNO DE NOVIEMBRE AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DEL AÑO 2016, Y AL EJERCICIO COMPRENDIDO DEL UNO AL TREINTA Y UNO DE ENERO DE 2017.
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, tuvo a bien aprobar con dispensa de trámite, el Punto de Acuerdo presentado por la Diputada Oga Lucìa Romero Garci Crespo, integrante del Grupo Legislativo del Movimiento de Regeneración Nacional, por virtud del cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial y al Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, informen a esta Soberanía, en qué fundamentos legales, técnicos, ambientales y sociales, se basaron para autorizar los permisos y licencias correspondientes para la construcción y operación de una estación de servicio de gasolina y diesel en el predio ubicado en la calle 6 poniente número 1015, esquina con calle 12 norte de la colonia Aquiles Serdán de la ciudad de Tehuacán, Puebla. Que actualmente se está construyendo una estación de servicio de gasolina y diesel en el predio ubicado en la calle 6 poniente número 1015, esquina con calle 12 norte de la colonia Aquiles Serdán de la ciudad de Tehuacán, Puebla. Que existe un factor de riesgo en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Tehuacán que data del 2014, el cual indica que las gasolineras están en riesgo latente de una explosión con un radio de acción de 1 kilometro, justificado por el mismo Atlas de Riesgo del Municipio, por lo que la incidencia supuesta recae directamente sobre todo en las colonias Constituyentes, San Rafael, Aquiles Serdán, Ignacio Zaragoza y otras; sin haber tomado en cuenta la opinión de los vecinos de dichas colonias.
Que con fecha 29 de noviembre del 2016, el H. Ayuntamiento de Tehuacán Puebla, mediante acta de Cabildo autorizó las licencias de cambio de uso de suelo y construcción de dicha gasolinera ubicada en la calle 6 poniente número 1015, esquina con calle 12 norte de la colonia Aquiles Serdán de la ciudad de Tehuacán, Puebla y posteriormente autorizó la renovación de las licencias antes mencionadas. Que la empresa y el Ayuntamiento en su momento tuvieron la obligación de promover y publicar mediante un análisis de riesgo y un simulador para considerar el máximo y mínimo de daño catastrófico para garantizar la seguridad y precepción de los vecinos por los riesgos antes señalados, lo cual no llevaron a efecto. Es importante mencionar que dentro del proyecto que se pretende llevar a cabo, los tanques de almacenamiento de combustibles se encuentran en la profundidad del suelo, donde se ubican varias Galerías, las cuales son canales por donde pasaba el drenaje, y actualmente circulan diferentes tipos de sustancias volátiles a la misma profundidad; además de destacar que a pocos metros por donde se pretende llevar a cabo dicho proyecto, transita el ferrocarril continuamente, lo que con su vibración podría provocar fisuras en dichos tanques y llevar a cabo un desastre en un radio importante, poniendo en peligro a un gran número de ciudadanos de Tehuacán. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 136 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción II y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y demás relativos aplicables, se emite el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Exhórtese respetuosamente a la Delegada en Puebla de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial y al Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, informen a esta Soberanía, en qué fundamentos legales, técnicos, ambientales y sociales, se basaron para autorizar los permisos y licencias correspondientes para la construcción y operación de una estación de servicio de gasolina y diesel en el predio ubicado en la calle 6 poniente número 1015, esquina con calle 12 norte de la colonia Aquiles Serdán de la ciudad de Tehuacán, Puebla.
Notifíquese.
Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES DIPUTADO PRESIDENTE
HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS DIPUTADO VICEPRESIDENTE
NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA DIPUTADA SECRETARIA
JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ DIPUTADA SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA DELEGADA EN PUEBLA DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT), A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN, PUEBLA, INFORMEN A ESTA SOBERANÍA, EN QUÉ FUNDAMENTOS LEGALES, TÉCNICOS, AMBIENTALES Y SOCIALES, SE BASARON PARA AUTORIZAR LOS PERMISOS Y LICENCIAS CORRESPONDIENTES PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE UNA ESTACIÓN DE SERVICIO DE GASOLINA Y DIESEL EN EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 6 PONIENTE NÚMERO 1015, ESQUINA CON CALLE 12 NORTE DE LA COLONIA AQUILES SERDÁN DE LA CIUDAD DE TEHUACÁN, PUEBLA.
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Acuerdo, emitido por las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Asuntos Municipales del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; por virtud del cual se exhorta a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental, entre otros. Que para efectos de la administración de las aguas nacionales, el territorio nacional se organiza en 731 cuencas hidrológicas, las cuales son unidades de terreno determinadas por la división natural de las aguas, como consecuencia de la conformación del relieve. A su vez, estas 731 cuencas han sido clasificadas por la Conagua en 37 regiones hidrológicas, cuyo objeto es la representación de los límites naturales de las grandes cuencas del país y son utilizadas para el cálculo del agua renovable. Cabe destacar que, del total de cuencas hidráulicas en el país, se encuentran en condiciones de sobreexplotación 106 de ellas. Que en el Estado de Puebla existen 4 regiones hidrológicas: Río Balsas, en la zona central y sur occidental con 4 cuencas; Tuxpan – Nautla, en la zona norte con 4 cuencas; Papaloapan, en el sureste y parte del oriente con 2 cuencas; Pánuco, en la zona noreste con 1 cuenca de alcances mínimos. De estas, 1 cuenca se encuentra en seria sobreexplotación, y cabe agregar que en materia de contaminación existen 46 sitios fuertemente contaminados dentro de la región hidrológica administrativa del Balsas, y en cuanto corresponde al estado de Puebla, el área metropolitana de la ciudad de Puebla es la más afectada.
Que por otra parte, una vez descrito el contexto hídrico de nuestro estado, subrayamos la importancia del precepto legal fundamentado en el Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual en sus párrafos quinto y sexto establece que “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”; y que “El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”. Que en consecuencia, estas Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y la de Asuntos Municipales expresa que, como punto de inicio, el carácter violatorio a la ley de la actual Ley del Agua del Estado Libre y Soberano de Puebla. Que adicionalmente, nos manifestamos en contra del proceso de extracción y desecho sobre el cual está diseñada la estrategia de captación del líquido vital, basado en la privatización y destrucción de los bienes sociales, en el daño a los ecosistemas, así como en la ruptura de los vínculos comunitarios. Que este modelo privatizador provoca la sobreexplotación de los mantos acuíferos subterráneos, el agotamiento de los suelos en nuestra Entidad, además de la contaminación de los suelos y de las aguas superficiales. Que el 70% por ciento del agua en nuestro País está concentrado en tan solo siete grandes concesionarios y corporaciones transnacionales, lo que provoca que numerosas poblaciones estén bajo profundo estrés hídrico, proliferando así los conflictos sociales originados por ello. El agua del Estado de Puebla está bajo uno de esos siete concesionarios. En estas condiciones, el sistema hídrico natural resulta incapaz de garantizar los derechos humanos y proteger la integridad de los ecosistemas acuáticos. Como ejemplo, este modelo de privatización del agua ha causado el desmantelamiento de la infraestructura de riego y, como consecuencia, sigue marginando a cientos de ejidos y comunidades en el Estado.
Que expertos calificados en la materia coinciden en afirmar que las políticas generales que se han seguido en los últimos años favorecen que la autoridad responsable de la administración del agua se subordine a grandes intereses privados a costa de la población y el medio ambiente. Este mecanismo de acción genera enormes impactos negativos en materia ambiental, inequidad en la distribución del agua, vulnerabilidad, inundaciones y sequías, contaminación de cuerpos de agua superficiales y subterráneos, además de la pérdida de la soberanía alimentaria. Que el tema del agua puede ser considerado como un asunto de seguridad nacional: la información relativa a su extracción y captación está clasificada; el pueblo de México está impedido de acceder a ella. Que el agua es un recurso que pertenece a la nación. Su adecuado manejo y gestión debe permitir que la todas y todos los habitantes del país tengan derecho a este recurso natural, sin distinciones ni intenciones discriminatorias. Que proponemos una gestión sustentable del agua, en la que se rediseñen los sistemas de distribución y de inversión pública; sistemas que permitan almacenar y distribuir agua pluvial potabilizada. Que esto será posible si contamos con un Plan Estatal Integral del Agua para un horizonte a mediano plazo, que incluya evaluaciones de crecimiento poblacional, actividades industriales, actividades agrícolas; evaluaciones de la infraestructura de saneamiento de aguas residuales, municipales e industriales, de la cobertura y condiciones de la red de agua potable, de la cobertura de la red de drenaje, cuerpos de agua superficiales. Que en el mismo tenor, resulta inmediato identificar, diseñar y actualizar las zonas de riesgo por inundación, así como las zonas de deslave por exceso de lluvia a fin de proteger a las comunidades que se encuentren en regiones de riesgo.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracción VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se expide la siguiente Minuta de:
ACUERDO
PRIMERO. Exhortese a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación, instituciones públicas municipales, estatales y federales; así como a la sociedad civil en general a participar en el análisis, estudio y elaboración de una nueva normatividad para el Estado de Puebla en materia de la prestación del servicio de acceso al agua, saneamiento y alcantarillado que garantice que la prestación del servicio sea pública, universal, permanente y salubre, disminuyendo su impacto ambiental.
SEGUNDO. Se establece que en la primera sesión del mes de marzo del año dos mil diecinueve de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, sea presentado y se apruebe someter al Pleno el informe y/o el proyecto que se desprenda del presente Acuerdo.
TERCERO. Se autoriza a la Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, para convocar y/o invitar a cualquier persona física o moral a participar en las sesiones de la misma o en mesas de trabajo que tengan por objeto atender el presente Acuerdo.
CUARTO. Se ordena se publique en la página web del Congreso del Estado el presente Acuerdo, y se convoque a los sujetos referidos en el mismo a participar en el tema objeto del presente acuerdo, asimismo se realicen las gestiones necesarias para
recibir, vía la pagina institucional del Congreso, los proyectos y/o ocursos relativos al presente Acuerdo.
QUINTO. Se ordena la publicación integra del Contrato de Concesión del Servicio de agua de la empresa Concesiones Integrales.
SÉXTO. Se vincula al Instituto de Investigaciones Legislativas, Financieras y Socioeconómicas del Congreso del Estado junto con la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para generar, una vez aprobado el presente Acuerdo, un cronograma de sesiones y/o mesas de trabajo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto SEGUNDO del presente Acuerdo.
SÉPTIMO. Se establece el quince de febrero del año dos mil diecinueve, como fecha límite para recibir las propuestas, observaciones y/o cualquier otra clase de ocurso con información para atender el presente Acuerdo. Notifíquese.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Ciudad de Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
DIP. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES PRESIDENTE
DIP. HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS VICEPRESIDENTE
DIP. NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA SECRETARIA
DIP. JOSEFINA GARCÍA HERNÁNDEZ SECRETARIA
ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA MINUTA DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, INSTITUCIONES ACADÉMICAS Y DE INVESTIGACIÓN, INSTITUCIONES PÚBLICAS MUNICIPALES, ESTATALES Y FEDERALES; ASÍ COMO A LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL A PARTICIPAR EN EL ANÁLISIS, ESTUDIO Y ELABORACIÓN DE UNA NUEVA NORMATIVIDAD PARA EL ESTADO DE PUEBLA EN MATERIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO AL AGUA, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO QUE GARANTICE QUE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SEA PÚBLICA, UNIVERSAL, PERMANENTE Y SALUBRE, DISMINUYENDO SU IMPACTO AMBIENTAL, ENTRE OTROS.