“Entrega de Escrituras a los beneficiarios de resoluciones generales 2011, 2012 y 2014” Mediante revisiones que realizó la DGJEL a diversas notarías, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley del Notariado del distrito Federal, se encontró que las notarías 79, 81, 189 y 20, habían omitido declarar diversos impuestos y derechos al erario público en afectación de los particulares que habían realizado sus escrituras ante las mismas. A tal razón, el 7 de septiembre de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL POR LA QUE SE DICTA LAS MEDIDAS ADMINISTRATIVAS QUE SE INDICAN, PARA LA FORMALIZACIÓN DE DIVERSOS ACTOS JURÍDICOS ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO, por la que se acordó apoyar a las personas físicas y morales que hayan realizado trámites notariales tendientes a la formalización de actos jurídicos relativos a la adquisición de inmuebles, constitución del régimen de propiedad en condominio, cancelación de hipotecas, constitución de personas morales o se modifique su capital, protocolización de sus asambleas, entre otros, ante los ex-titulares de las notarías públicas 79, 81, 189 y 20, que no hayan sido concluidos por causas no imputables a los interesados, sino por motivo de las irregularidades en el desempeño de la función notarial, y se autorizó al Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como al Archivo General de Notarias, a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y a la Tesorería, todos del Distrito Federal, prestar los servicios necesarios para proceder a la correcta formalización y/o inscripción de los documentos en los que constan los actos jurídicos antes aludidos. Idénticas Resoluciones se publicaron en las Gacetas del 22 de noviembre de 2012 y 28 de febrero de 2014, y se agregó a los afectados por la Notaría 26. Al día de hoy se han entregado 45 escrituras a los beneficiarios de las citadas Resoluciones, con lo que la Consejería garantiza el debido cumplimiento al cuidado del ejercicio notarial en cumplimiento a las atribuciones que la propia Ley le confiere.
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