Folleto informativo - Ley Orgánica de Comunicación

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Presentación LA VOZ DE TUS DERECHOS

Tamara Merizalde Presidenta del CORDICOM Pleno del Consejo © Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación - CORDICOM - , 2016 Equipo Consultor: Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer - CEPAM Ilustraciones, diseño y diagramación ¡BOOM! Miguel Almeida ISBN: 978-9942-22-174-2

El presente folleto informativo ofrece elementos de la Ley Orgánica de Comunicación -LOC- referentes a los grupos de atención prioritaria, así como también a pueblos y nacionalidades indígenas, afrodescendientes, montubios y ciudadanía en general. Su función principal es que estos actores dispongan de una herramienta para exigir el cumplimiento de su derecho a la comunicación e información. Este esfuerzo se desarrolla gracias a la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación -LOC- en junio de 2013; producto de las demandas de la ciudadanía, expresadas en la Consulta Popular de mayo de 2011. Esta Ley, amparada en la actual Constitución, busca ofrecer un marco legal que posibilite el ejercicio del derecho a la comunicación e información. El CORDICOM, creado a partir de la LOC, tiene como objetivo generar las condiciones que permitan a la ciudadanía ejercer su derecho a la comunicación e información. Para esto promueve la formación y capacitación de “Agentes de Igualdad” quienes son actores de la ciudadanía que comparten en sus entornos conocimientos y experiencias para la construcción de una comunicación incluyente, diversa, participativa y equitativa.


Necesitamos saber si fortalece la comunicación intercultural

¡Aquí vamos a conocer qué contiene la Ley de Comunicación y cómo nos beneficia!

¿Esta ley promueve una comunicación responsable?

¿Cómo hacemos para que nuestra voz se escuche en los medios?

Entonces, vamos paso a paso a conocer nuestros derechos en la Ley de Comunicación.

Queremos saber ¿cómo nos incluye esta ley?

¡Sí, queremos saber más de nuestro derecho a la comunicación!

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Es un derecho humano fundamental que nos permite compartir nuestras ideas con responsabilidad, para exigir y ejercer otros derechos.

¿Qué es el DERECHO A LA COMUNICACIÓN?

Es un derecho tuyo, mío... de todas y todos sin distinción.

¿Por qué es necesaria la LEY DE COMUNICACIÓN?

Porque garantiza y promueve el ejercicio pleno del derecho a la comunicación e información.

Porque con esta ley todas y todos podemos exigir una comunicación más incluyente, diversa y participativa.

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¿QUIÉN PUEDE EXIGIR que se cumpla lo que dice la Ley de Comunicación?

También las personas que son periodistas y comunicadores. Tú, yo y todas las personas de forma individual o colectiva

Mira... Los PRINCIPIOS que tiene la Ley De Comunicación.

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¿Cómo promueve la Ley de Comunicación la INTERCULTURALIDAD? Tenemos derecho a producir nuestros propios contenidos y en nuestra propia lengua.

¿Quieren saber qué dice esta ley sobre las NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES?

Dice que podemos expresar nuestras ideas, pensamientos, sentimientos y acciones sin discriminación. Promueve nuestra protección en los medios de comunicación.

¡Claro! por ejemplo, evita que contenidos que nos afectan pasen en horarios en los que miramos la tele.

5%

de contenidos interculturales!

Con información que refleje nuestra cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes.

Los medios deben difundir contenidos que muestren nuestras expresiones culturales.

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¿Y qué dice la ley sobre las PERSONAS CON DISCAPACIDAD?

¿Cómo ayudamos a que se cumpla nuestro derecho a la comunicación?

Que los medios nos incluyan... Que propongan contenidos apropiados para nosotros. Sí, que los contenidos tengan traducción con subtítulos, leguaje de señas y otros mecanismos incluyentes.

Organizándonos libremente en asambleas populares y observatorios ciudadanos…

Así podemos pedir una comunicación respetuosa y que nos tenga en cuenta.

La inclusión también es que los medios nos traten como iguales.

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¿Qué requisitos deben tener en cuenta quienes elaboran información?

CLARA EXPLICACIÓN: con antecedentes y explicación de los hechos, para que entendamos mejor lo que sucedió, contextualizada.

La información debe ser real, equilibrada, plural, precisa y bien explicada.

¿Qué dice la Ley sobre la DISCRIMINACIÓN?

REAL: verificar que los hechos hayan sucedido realmente.

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EQUILIBRADA: es dar distintas versiones de un hecho, de forma contrastada.

Los medios deben evitar todo contenido discriminatorio por motivo de: etnia, edad, orientación sexual y cualquier otra característica individual o colectiva.

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¿Qué hacemos si un medio difunde un contenido discriminatorio?

Para eso publicará la lectura o transcripción de su disculpa en el mismo espacio o programa.

Pedimos al medio una disculpa pública y que evite repetir esos contenidos.

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Derecho a la RECTIFICACIÓN: Si un medio de comunicación difundió información equivocada que te afecta a ti o a tu familia, puedes exigir que el medio corrija esa información.

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Y entonces… ¿Rectificación es igual al derecho a la réplica?

¡No!

No. La réplica permite solicitar al medio de comunicación que te brinde el mismo espacio para que aclares una información que haya afectado tu reputación, honra o dignidad. Entiendo. La réplica debe difundirse de forma gratuita, en el mismo espacio, página, sección o programa.

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¿Qué contenidos deberían promover LOS MEDIOS?

¿Cuáles son las responsabilidades de los medios con nosotros, la ciudadanía?

Programas que nos ayuden a reconocer lo que somos como ecuatorianas y ecuatorianos; nuestra música, cine, tradiciones y territorio. Contenidos educativos, que nos ayuden a aprender más de los demás.

Y no podrían faltar espacios informativos en donde todas y todos podamos opinar.

Tomarnos en cuenta y dejarnos participar. Porque no solo somos espectadores, sino que tenemos mucho que decir.

No olvidemos que la información que producen los medios respete los derechos humanos

!Sí! No solo somos espectadores, sino que tenemos mucho que decir.

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¿En la Ley, qué es DEMOCRATIZAR la comunicación ?

¿Qué tipo de medios de Comunicación reconoce la ley?

34%

medios comunitarios

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Es ampliar la propiedad, participación en los medios y distribución equitativa de las frecuencias del espectro radioeléctrico para radio y televisión: 33% para medios públicos, 33% para medios privados y 34% para medios comunitarios.

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¿Cómo podemos formar un canal de TV o radio comunitaria?

¿Qué institución se creó a través de la Ley Orgánica de Comunicación para garantizar el derecho a la comunicación? ¡EL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN – CORDICOM!

Y ¿qué hace este Consejo?

Para crear un medio, las organizaciones o colectivos podemos acceder a las frecuencias a través de un concurso público y transparente.

El Estado a través de políticas públicas debe fortalecer la creación de medios comunitarios.

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Genera políticas públicas de comunicación para que se escuche nuestra voz.

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Si quieres conocer más sobre la Ley Orgánica de Comunicación y el CORDICOM accede pronto a:

¡La interculturalidad y la plurinacionalidad están garantizadas! Ley de Comunicación ¡La voz de nuestros derechos! ¡Es una Ley que nos incluye a todas y todos!

¡Muy chévere!

¡Me gusta la comunicación responsable!

al correo www.cordicom.gob.ec o icom.gob.ec atencion.ciudadana@cord des sociales También síguenos en re Twitter: @CordicomEc Facebook: CordicomEc

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