Diario Contacto, 10 de enero de 2019.

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TRINIDAD. PRECIO BS 4 PAÍS BS 5. JUEVES 10 ENERO DE 2019. AÑO VII NÚMERO 2253 - 20 PÁGINAS

46-33000 800 empresarios ofertarán sus productos

Anuncian ferias para pago del 15% del segundo aguinaldo El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, anunció que se realizarán ferias a partir del 16 de enero en los nueve departamentos del país para el pago del 15% del segundo aguinaldo y anunció que más de 800 micro y pequeñas empresas Pág. 05 ofertarán sus productos. COPA TAHUICHI

Escuela Mutual a un paso de llegar a semifinales La Escuela Mutual Trinidad que participa de la Copa Tahuichi, este miércoles logró un valioso triunfo sobre Cristo te Salva y este jueves enfrenta al equipo de Atlético Vaquita. Pág. 16

Cae el precio de la castaña en el mercado internacional El presidente de los barraqueros (ASPROGOAL) René Fong aseguró que la castaña ha tenido una caída preocupante por diversos factores. Pág. 08

El Beni tiene todas las condiciones para exportar carne vacuna El gerente general de la Federación de Ganaderos de Beni, espera que en esta gestión 2019, se concretice la exportación de carne vacuna, ya que existen importantes acuerdos tanto con la Republica del Pág. 09 Perú como el gobierno Chino. PAÍS

PAÍS

El diputado opositor José Carlos Gutiérrez afirmó que, de acuerdo con una nota aclarativa del periódico El Deber, la publicación de una encuesta favorable a Evo Morales fue pagada por el Gobierno nacional. Pág. 06

Una familia boliviana fue víctima de un crimen horrendo en la población brasileña de Itaquaquecetuba en el Estado de Sao Paulo. La Madre, padre y su niño fueron encontrados descuartizados y ocultos en maletas Pág. 05

Revelan que el Gobierno pagó la difusión de polémica encuesta

Una familia boliviana es descuartizada en Brasil


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OPINIÓN

2 STAFF --DIRECTOR ADJUNTO

Jueves, 10 de enero de 2019

Hacia una privatización de la sanidad

PERIODISTAS Ignacio Titiboco Paz Juvenal Aquino Vaca

COLABORADORES Irinka Balcázar Párraga DIAGRAMACIÓN Marco Antonio Hurtado Aponte Anival Valenzuela Soleto GERENTE PROPIETARIO Lic. Claudia Silva Peralta GERENTE ADMINISTRATIVA Contactos

mail: diariocon_tacto@hotmail.com DIRECCIÓN C/ Germán Busch N° 91 Telf. piloto 3-46-31376 DISTRIBUIDORES LA PAZ: Eduardo Chipana 68042507 CBBA: Jesús Piero Vaca 78560720 STA.CRUZ: Casta Rosa Suárez 78560712 - RIBERALTA: Lupita Nael Velasco 70589563 - SANTA ANA: Juan Carlos Carvalho Guasinave 67286278 - SAN IGNACIO:Eliezer Suárez Jiménez Cel. 76866482 y 68961190 - SAN BORJA: Grover Hurtado Cel. 68769045 PUBLICIDAD Mónica Sedamano Arteaga

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LUIS CHRISTIAN RIVAS SALAZAR

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n un sistema socialista de salud, sólo la élite gobernante puede acceder a salud de primera calidad. Los recursos del Estado están a su disposición para sus dolencias que deben ser tratadas en el extranjero, porque esa cúpula política es considerada insustituible y sus enfermedades son temas de interés nacional. Pero ningún jefe socialista será visto haciendo cola por una ficha para atención médica desde la madrugada o ser intervenido en las camas de un hospital público; mientras los gobernados se enfrentan a hospitales colapsados, falta de especialistas y carencia de insumos para el tratamiento, cirugía o recuperación. En tiempo de campaña electoral, los diferentes candidatos ofrecen aumentar el presupuesto de salud como medida demagógica que cautiva incautos. Peor aún, se ofrece salud universal y gratuita, cuando no se tiene ni las mínimas condiciones para los asegurados, usuarios y beneficiarios que pagan mediante sus descuentos mensuales. Así, el fraude piramidal aumenta su base de asistencia sobre el aporte de unos pocos. La palabra “gratis” ha sido muy difundida sobre una mentira que oculta los gastos. No hay almuerzo gratis, alguien está pagando los costos del servicio, desde el uso de electricidad, sueldos profesionales, insumos, servicios básicos, mantenimiento, etc., estos son erogados de las arcas del Estado que son llenadas mediante la extorsión de los impuestos. Más presupuesto significa más cobro de tributos. Ante la ineficiencia e ineficacia del sistema estatista de salud, algunos países han ido devolviendo esa responsabilidad a la sociedad civil. Si bien la financiación de la salud puede ser pública, la provisión no tiene que serlo necesariamente, así se fomenta la creación de empresas privadas, mediante la derivación de pacientes

o la entrega de “vouchers” para que sea el paciente quien elija el hospital de su preferencia. Esto origina competencia en cuanto a precio y calidad para captar pacientes. Por otro lado, el mercado europeo está ofreciendo plataformas de salud por internet, “tiendas de salud” que ponen en contacto médico – paciente sin intermediarios. “Servicios de salud a la carta”, accesibles mediante portales digitales o aplicaciones para teléfonos inteligentes, servicios que permiten pagar lo que se necesite y no pagar servicios que nunca se usarán, con el fin de rebajar los precios. Como vemos, el aumento de la calidad y expectativa de vida de la humanidad está en correspondencia con la libertad económica de los entes privados. India como un país emergente es un buen ejemplo para explicar este fenómeno. El Narayana Health es una cadena hindú de hospitales con más de 30 especialidades médicas, 23 hospitales y siete centros para especialidades cardiacas. Además de tener una de las redes de telemedicina más grandes del mundo, que conecta a 800 centros en todo el mundo, llegando a tratar casi 2.5 millones de pacientes cada año. La marca está asociada con un servicio de calidad, profesionales calificados y un modelo de negocio eficiente. Sí, permítanme ser políticamente incorrecto y asociar la salud a los negocios que funcionan. Se trata de una economía de escala, es decir, producir más a menor coste, llegar a más usuarios para rebajar los precios, sin descuidar la calidad; pero nada de eso hubiera sido posible sin el apoyo de los burócratas hindúes, que hacen posible el funcionamiento de este centro, permitiendo la importación libre de insumos y equipos médicos que permiten bajar costos, y otras medidas que fomentan el crecimiento de la iniciativa privada de salud india para beneficio de los más pobres. El autor es representante del Instituto Libertad, Capitalismo y Empresa (ILCE).

Ante la ineficiencia e

ineficacia del sistema estatista de salud,

algunos países han

ido devolviendo esa

responsabilidad a la sociedad civil.

Palabras que iluminan... Hemos llegado a tener parte con Cristo, con tal que retengamos firme hasta el fin la confianza que tuvimos al principio. Hebreos 3:14

1776 - Thomas Paine publica Common sense. 1870 - en Estados Unidos, John D. Rockefeller funda la Standard Oil. 1901 - en Beaumont (Texas) se descubre petróleo. 1946 - en Londres se inaugura la Asamblea General de las Naciones Unidas. Están representadas cincuenta y un naciones. 1949 - RCA introduce los discos de 45 RPM. 1962 - en Estados Unidos, la NASA anuncia sus planes de construir un cohete Saturn V para su Programa Apolo. 1969 - lanzamiento de la sonda espacial soviética Venera 6 a Venus, llegando a transmitir durante 51 minutos desde su atmósfera. 1980 - en México un incendio destruye el histórico Árbol de la Noche Triste, bajo el que Hernán Cortés lloró su derrota. 1990 - en Estados Unidos se fusionan las empresas Time Inc. y Warner Communications, generando la empresa Time Warner.


Jueves, 10 de enero de 2019 EMERGENCIA Hospital Trinidad 160 Hospital Cossmil 161 Materno Infantil 162 Hospital Obrero 163 Banco de Sangre 164 SEDES 168 Bomberos Pol. 119 Bomberos Vol. 154 Defensa Civil 4624288 Radio Patrulla 110

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El maratón de Venecia terminó convirtiéndose un triatlón cuando la ciudad quedó bajo el agua por las tormentas en el norte de Italia. Los corredores de élite y de aficionados se vieron obligados a correr por las aguas para completar el trayecto. Alrededor de 13,000 personas participaron en la carrera, experimentando lo que los organizadores llamaron “sus peores condiciones”. Esto implico más esfuerzo por parte de los corredores que no se rindieron ante la adversidad. Mekuant Ayenew Gebre de Etiopía se adjudicó la victoria con un tiempo de 2.13.22 y en la categoría femenil, Angela Jemesunde Tanui de Kenia se llevó el primer lugar con un tiempo de 2:31:30. Las imágenes de video compartidas en las redes sociales muestran a los corredores avanzando a través del agua, mientras los espectadores aplaudían y los animaban. Al final de la carrera del domingo, los funcionarios de la ciudad dijeron que el 70 por ciento de la ciudad estaba inundada, con un aumento de 147 centímetros en el nivel del mar. Tanto los residentes como los turistas luchan por seguir con sus actividades diarias.

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ALGO QUE ES IMPORTANTE SABER

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Zoilo Salces Paz

n los años de las décadas del 40 y 50, cuando estudiaba mi primaria y mi secundaria en Santísima Trinidad, nos enseñaban que a nuestra aislada y postergada Capital la habían fundado, el año 1556, los capitanes Tristán de Tejada y Juan de Salinas, cuatro años antes que el Virrey del Perú cree la provincia Moxos COTIZACIÓN de la Colonia, y nos enseñaban, también, que Cipriano Barace la había refundado en 1672. Ahora sabemos, por las crónicas de los Dólar jesuitas, que no es así, y que Pedro Marbán, Cipriano Barace y 6.86 José del Castillo llegaron a Moxos en 1675 y que después de fundar Compra 6.96 Loreto, en 1682, fundaron Santísima Trinidad, el año 1686. Venta Cuando buscaba mi UFV formación profesional en la ciudad de La Paz, en años de la década del 50, Bs 2,12392 por UFV nos decían que el mojeño-amazónico era “salvaje y nómade”. Ahora sé que no lo era, porque salvaje es el hombre primario que vive de la caza y de la recolección de los frutos del Fuente www.bcb.gob.bo monte y él, según dichas crónicas, PRONOSTICO DEL TIEMPO a más de tener honda espiritualidad y religiosidad, cultivaba la tierra y Mínima Máxima Viento construía sus aldeas con sus chozas SUDESTE orientadas en torno a un espacio central o plaza, donde tenían una 6.1 Km/h construcción más amplia, especie de Fuente SENAMHI templo, al que los jesuitas llamaban Mañana Tarde Noche “Bebedero”. Alejar su aldea para huir de las aguas de la inundación o acercarla a ellas para no sufrir en las sequías, no quiere decir que él haya sido nómade. Tormentas LLuvia Nuboso Cuando empecé a eléctricas moderada promocionar localmente mis primeros libros, como veinte años atrás, los maestros, mis principales lectores, personas que acogen y valoran mi literatura, además de sugerirme Participantes de maratón se temas en los géneros de poesía, cuento y teatro, me empezaron a ven obligados a correr por las sugerir, con emoción y sólidos fundamentos las más veces, temas con nuestra historia regional. Consiguientemente, calles inundadas de Venecia relacionados esta preocupación de ellos por ella no es de ahora, por efecto de la actual Reforma Educativa, es de mucho antes. Me resultaba extraño y paradójico saber que nuestra historia mojeña-beniana era muy poco conocida en nuestro pueblo. Me avergonzaba, también, saber que yo mismo, un escritor novel en esos días, sabía muy poco de ella. Casualmente, estudiando con mis hijos sus textos, supe que los llamados “textos oficiales” salidos

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OPINIÓN

de las grandes editoriales de nuestro país, nada o casi nada hablan de ella. Estudiándola supe que había poco sobre ella en nuestras bibliotecas: “Historia de Moxos”, de don José Chávez Suárez y “Los Gobernadores de Mojos”, de don Manuel Limpias Saucedo. Supe, también, que los pocos que la investigaban, más inclinados a las “conferencias magistrales”, no supieron llegar con ella a nuestras escuelas a través del libro. Rógers Becerra Casanovas fue la excepción en ese entonces. En esos días muy pocos sabían con cuántas provincias se fundó el Beni y cuáles eran sus nombres. Eran pocos, también, los que sabían de los jesuitas y de lo que hicieron en Moxos. Algunos sabían algo de Juan Maraza, Pedro Ignacio Muiba y Andrés Guayacho, al que conectaban con la guayochería, peyorativamente, y prácticamente nada sabían de Gabriel Ojeari, José Bopi, Gregorio González y Santos Noco Guaji, y mucho menos de Nicolasa Nosa, nuestra heroína mojeña, a la que recién estamos rescatando y popularizando, sacándola del histórico informe de Gumercindo Gómez de Arteche, escrito por el 1887, cuando se daba el éxodo masivo de los mojeños hacia el hoy llamado TIPNIS, otrora tierra de sus abuelos. Toda esta ocultación y desfiguración de nuestra historia regional, que hasta me pareció una aberración, me empujó a estudiarla, desde hace tres lustros, y a difundirla en libros que llegan a nuestras escuelas y a nuestro pueblo desde hace algo más de una década; con los que hemos contribuido a extenderla y popularizarla localmente. Entendí que era de gran importancia conectar a nuestros estudiantes con sus propias raíces, las amazónicas-mojeñas, con el espíritu que mueve a nuestro pueblo y con su identidad mojeñabeniana Por todo esto, buscando extenderla más en nuestro pueblo, estoy trabajando algunos artículos con diversos temas históricos regionales, para hacerlos conocer, posteriormente, por el Facebook y por “Contacto”, un periódico dirigido y movido por personas que lo honran y que acogen y valoran con amplitud lo que escribo. Santísima Trinidad, enero de 2019

Entendí que era de gran importancia conectar a nuestros estudiantes con sus propias raíces, las amazónicasmojeñas, con el espíritu que mueve a nuestro pueblo y con su identidad mojeñabeniana


EDICTOS

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EN NOMBRE DE LEY: EL DR. NERY ODON ZABALA CABRERA - JUEZ 4o DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL.POR EL PRESENTE EDICTO: Se hace saber al imputado IVER PORTALES SOSA que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público de oficio en contra de dicho imputado por la supuesta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado en la Ley 1008 LA NUEVA FECHA DE AUDIENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES.- SEÑOR JUEZ 4° CUARTO DE INS1RUCCIÓN PENAL CAUTELAR DE LA CAPITALFORMULA IMPUTACION FORMAL Y SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES.NUREJ 8018574. OTROS'. -Dr. Pedro Ygnacio Montenegro Velarde, Fiscal de Materia de la unidad de Sustancias Controladas, Director de las Investigaciones de la FELCN Beni., dentro del proceso a denuncia de OFICIO en contra IVER PORTALES SOSA caso signado corno BN—X-021/2018, en representación de la sociedad, ante su Autoridad informo y requiero: I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO Y SITUACIÓN JURIDICA NOMBRES Y APELLIDOS: Iver Portales Sosa. Edad: 26 años. Fecha de Nacimiento: 30 de Enero de 1992. Cedula de Identidad: 7629407 BN. Estado Civil: Soltero. Profesión u ocupación Estudiante. Situación Jurídica Libre. Domicilio Real Se Desconoce Tipo penal imputado Art. 55 de la ley 1008. Abogado Defensor Por Asignar. Domicilio Procesal II- RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS O TEORIA FACTICA Que, en cumplimiento la Orden de Operaciones "VIAJEROS LIBRES" fecha 09 de junio del 2018, a horas 11:00 a.m. aproximadamente, avanzo una patrulla de UMOPAR Trinidad, al mando del Tte. Isaac Daniel Torrez Monroy, en una patrulla a realizar control con dirección a la carretera Trinidad San Ramón, es así que a horas 13:30 aprox. se aproximó al punto de control un vehículo de color plateado conducido por el Sr. Iver Portales Sosa, con licencia 7629407 Cal. "A" a quien se identificaron como funcionarios policiales de la FELCN, en el cual mostro una actitud nerviosa consiguientemente se procedió a la revisión rutinaria del motorizado, ante el nerviosismo del Sr. Iver Portales, Motivo por el cual y por las limitaciones condiciones de revisión en la carretera condujeron al Sr. Iver Portales a las Oficinas de UMOPAR Trinidad. Durante la revisión del vehículo se pudo constatar que los números de chasis, motor y placa no corresponden a dicho motorizado, Así mismo durante la entrevista policial el Sr, Portales manifestó que el funge como trabajador del Sr. Martin Rodríguez, quien estaría involucrado en actividades ilícitas de narcotráfico, nacional e internacional en envíos de Perú, Brasil Paraguay y otros. Cabe mencionar que el Sr. Portales mostro un carnet de Propiedad del vehículo falso, misma que registra con el número 062013785786, se le pidió voluntariamente que exhiba su teléfono celular (Samsung J7 Prime), en el cual se encontró lo siguiente: Coordenadas de pista clandestinas las cuales estarían utilizando para el transporte de sustancias controladas. Conversaciones de compra y venta de sustancias controladas con diversas personas. Fotografía de armas de distintos calibres, las cuales son utilizadas comúnmente como un medio de defensa por parte de las personas que se dedican a esta actividad ilícita. Fotografías con ingentes cantidades de dinero (dólares americanos) en el cual el Sr. Portales ostenta y muestra a terceras personas alardeando del mismo, fotografías de frecuencias de Radios de Comunicación en la cual el Sr. Portales da a conocer para poder comunicarse vía aérea. Asimismo, se hace conocer este hecho al Sr. Fiscal de Sustancias Controladas Dr. Hernán Mauricio Osinaga Ortiz, quien procede a realizar el precintado del vehículo y la asignación de perito y puntos de pericia, a fin de que esta sea sometida a la pericia de micro aspirado. En la investigación que se realiza en el presente proceso contra IVER PORTALES SOSA, habiéndose procedido al secuestro de la movilidad marca TOYOTA, con placa 3047-RFC, a fin de que sea sometida al micro aspirado el cual se realizó bajo formalidades de ley, en fecha 24 de julio del 2018, donde la Perito bioquímico informa en su dictamen pericial la existencia de partículas de cocaína y marihuana en la mencionada movilidad. De las primeras diligencias realizadas orientadas a la identificación del conductor de la movilidad quien se identificó como Iver Portales Sosa, logrando establecer que en fecha 09 de junio del 2018, la movilidad que había sido secuestrada por tener fundadas sospechas que era utilizada para transportar sustancias controladas, dios positivo (+) para micropartículas de sustancias controladas Cocaína, Marihuana FUNDAMENTACION Y CALIFICACION PROVISIONAL. -Que de acuerdo al informe de efectivos de UMOPAR, los informes del asignado al caso, requerimiento fiscal, y otras diligencias cursantes en el cuadernillo de investigaciones. Todos los actos investigativos y procedimentales anteriormente expuestos nos llevan a sostener que existen suficientes indicios y elementos de convicción para sostener que IVER PORTALES SOSA es con probabilidad autor y/o partícipe del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, ilicito previsto y sancionado por el Art. 55 de la ley 1.008 concordante con el 20 del Código Penal. De los hechos se puede evidenciar que el imputado, era el conductor de la movilidad que está secuestrada, y sometida al micro aspirado se evidencio la existencia de micropartículas de sustancias controladas (cocaína y marihuana) y no pudo dar una explicación sobre el mismo, hecho que ha sido plenamente demostrado con la prueba de la pericia; para lo cual se realizaron actos tendientes a llegar a descubrir la verdad de los hechos, para lo cual se recabaron los siguientes elementos de pruebas consistentes en. Todo lo expresado se encuentra contenido en los indicios probatorios acumulados hasta el presente momento procesal: Informe del policía asignado al caso Tte. Isaac Daniel Torrez Monroy, de fecha 09 de junio de 2018.Muestrario fotográfico donde se evidencia la movilidad secuestrada para el micro aspirado, el Sr. Portales con dinero y armas, armas de gruesos calibres, coordenadas de pista, conversaciones sobre asuntos de narcotráfico, frecuencia de radio. Declaración testifical policial del Sr. Iver Portales Sosa de fecha 09 de junio de 2018.Acta de secuestro de teléfono celular de fecha 09 de junio de 2018. Acta de secuestro de la movilidad marca TOYOTA, con placa 3047-RFC, de fecha 09 de junio de 2018.Acta de arresto ,del Sr. Iver Portales Sosa de fecha 09 de junio de 20 18.Acta de precintado de vehículo de fecha 09 de junio de 2018.Acta de cese de arresto del Sr."' Iver Portales Sosa de fecha 09 de jimio de 20198.Acta de secuestro de documento carnet de propiedad de fecha 09 de junio de 2018,1nicio de investigación al juez y al policía asignado al caso, de fecha 13 de junio de 2018.Requerimiento Fiscal de asignación de perito y puntos de pericia de fecha 25 de junio de 2018.Acta de juramento de perito Dra. Tania Sánchez Vedla, de fecha 24 de julio de 2018.1nforme del investigador asignado al caso Tte. José Luis Gómez Maya, de fecha 25 de julio de 2018. Acta de desprecintaje y precintaje del vehículo marca TOYOTA, para la realización del micro aspirado, de fecha 24 de junio de 2018.Oficio de remisión de peritaje, adjuntando juramento de perito, cadena de custodia, requerimiento de asignación de perito toxicológico y otros Informe de ampliación de investigación al juez y policía asignado, de fecha 30 de julio de 201815itaniíPericial IDIF. REG. GRAL. N° 2451-2018, LAB. CLIN. TOX. N° 861-2018, emitido por la Dra. Tania Sánchez Vedla, donde sale el micro aspirado positivo (+) para cocaína y marihuana de fecha 07 de agosto de 2018.1nforme del policía asignado al caso Tte. Rodrigo Nina Toro, de fecha 05 de septiembre de 2018.Citación para imputado Sr. Iver Portales Sosa de fecha 14 de septiembre de 2018.Publicación de edicto para el Sr. Iver Portales Sosa de fecha 10 de octubre de 2018..- IMPUTACION FORMAL. CALIFICACIÓN PROVISIONAL E INDIV7DUALIZACTONm De todos los antecedentes expuestos, los elementos indiciarios colectados en esta primer fase preliminar, habiéndose mantenido en todo momento la unidad de acto, se evidencia la existencia de los sujetos activos del delito, el cuerpo del delito, el bien jurídico protegido que ha sido lesionado, concurriendo así los elementos constitutivos necesarios, por los que el Ministerio Publico en representación de la Sociedad en aplicación del Art. 301 núm. 1) y 302 del Código de Procedimiento Penal y Art. 40 núm. 1, 2 y 12 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, tratándose de un delito de acción penal pública IMPUTA FORMALMENTE: a IVER PORTALES SOSA, por existir suficientes elementos de convicción respecto a la probabilidad de su autoría y participación en el ilícito investigado, calificando provisionalmente su conducta dentro del tipo penal de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, ilícito previsto y sancionado por el Art. 55 de la Ley 1008; concordante con el 20 del Código Penal, respectivamente, norma penal que de manera taxativa señala: Al respecto con relación al tipo penal endilgados nuestra legislación penal señala: Art. 55 Ley 1008 (Transporte). "El que ilícitamente y a sabiendas trasladare o transportare cualquier sustancia controlada, será sancionado con ocho a doce años de presidio y mil a mil quinientos días multa e incautación definitiva del motorizado o medio de transporte ".En el caso de autos, desde un primer momento en que se verifico una movilidad que estaba pasando una tranca móvil que había preparado los efectivos de UMOPAR sobre la carretera a San Ramón, una movilidad marca TOYOTA, color plateado, con placa de circulación 3047-RFC, la cual trata de evitar la revisión, identificándose al chofer como Iver Portales Sosa quien, el cual al ser interrogados muestran contradicciones y nerviosismo, procediéndose a realizar la requisa de la movilidad, ante el hecho, se procede al arresto del sujeto que estaba a bordo de la movilidad y el secuestro del vehículo, el cual fue trasladado a dependencias de UMOPAR.Y ante la sospecha que la movilidad era utilizada para transportar sustancias controladas, se le realiza la pericia del micro aspirado, la cual arroja que la movilidad contiene partículas de cocaína y marihuana. Todos estos elementos e indicios colectados, demuestran de manera irrefutable que el ahora imputado de manera conjunta con otras personas se dedican al Transporte Ilícito de Sustancias Controladas, no es otra explicación por la que este señor en calidad de conductor de la movilidad tipo Vagoneta, color plateado, marca TOYOTA, placa de circulación 3047-RFC, había tratado de esquivar las declaraciones existiendo contradicciones en la misma, siendo interceptada la movilidad, razón por la cual se procede al arresto del conductor de la movilidad, y el secuestro de la movilidad antes mencionada ya que existía sospecha que la misma era utilizada para transportar sustancias controladas. Toda esta cadena de evidencias colectadas durante el peritaje realizado a la movilidad marcas TOYOTA con placa de circulación 3047-RFC, se desprende la participación cierta y probable del imputado IVER PORTALES SOSA, en el delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, ilícito previsto y sancionado por el Art. 55 de la Ley 1008, ya que al tenor del Art. 20 del Código Penal se establece que "son autores quienes realizan los hechos por si solos, conjuntamente, por medio de otros a los que dolosamente prestan una cooperación de tal naturaleza, sin la cual no habría podido cometerse el hecho antijurídico" siendo evidente que participaron en el hecho ilícito directamente, pués como se mencionó anteriormente se encontró residuos de cocaína y marihuana en el micro aspirado donde se determinó y demostró estos extremos mencionados en la investigación. Por otro lado hay que tener en cuenta que este ciudadano es una persona mayor, con capacidad de diferenciar los hechos, siendo conscientes de los actos realizados y las consecuencias de estos APLICACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR PERSONAL DE DETENCIÓN PREVENTIVA. -Conforme lo prescrito por el Art. 40. Inc. 11) de la Ley Orgánica del Ministerio Público, constituye atribución del fiscal de materia solicitar fundadamente la aplicación de medidas cautelares, siguiendo criterios de objetividad y analizando la concurrencia de los requisitos legales en cada caso, por ello dados los presupuestos legales como el quantum de la pena por el delito imputado, se solicita la aplicación de la medida cautelar de DETENCIÓN PREVENTIVA del Imputado IVER PORTALES SOSA, bajo el siguiente fundamento. En referencia a los REQUISITOS PROCESALES, de la investigación realizada se establece que el imputado IVER PORTALES SOSA, no se va a someter voluntariamente al Proceso y Obstaculizará la averiguación de la verdad en relación a los riesgos procesales que se describen a continuación; conforme lo establecido por los Art. 233 de la ley 1970 en su numeral 1), toda vez que existen suficientes elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad autor y participes del hecho que se investiga. 2).- La existencia de elementos de convicción suficientes de que el imputado no se someterá al proceso y obstaculizara la averiguación de la verdad; al respecto manifestar que se encuentra latente el Peligro de Fue a, tomando en cuenta de que al presente NO se tiene acreditado documentalmente ni legalmente por parte del implicado aspectos relativos al: Art. 234 Inc. 1) La existencia de un domicilio, una familia, un negocio o un trabajo lícito establecidos en ésta ciudad o en el país, toda vez de que éste no ha demostrado con prueba objetiva que desvirtúe tales extremos, aspectos que facilitan su emergente salida del país o en su caso pueda permanecer ocultos dentro del mismo, tal como señala la sentencia constitucional 1625/2004Art. 234 Inc. 2) Al no haber acreditado el imputado un arraigo natural que asegure la presencia del mismo durante el proceso se cumple a cabalidad este riesgo procesal. Máxime SI cada uno de estos presupuestos es concurrentes y no excluyentes entre si, deben necesariamente ser acreditados con documentación idónea. Art. 234 Inc. 4) Al haberse demostrado que el imputado, al momento de su aprehensión trata de darse a la fuga, de donde se está evidenciando indiciariamente que no tiene la voluntad de someterse al proceso. Debiendo garantizarse la presencia del imputado no sólo en la presente etapa investigativa que se inicia, sino en todas las instancias emergentes del proceso. Art. 234 Inc.10) La actitud demostrada por la imputada evidencia que es un peligro efectivo para la sociedad toda vez que no ha demostrado y/o acreditada residencia habitual y asimismo a la actividad a la cual se dedicaría, habiéndose aperturado una investigación y teniendo como referencia y origen el tráfico o transporte de sustancias controladas atentando contra la salud de la sociedad en su conjunto. Con referencia al Art. 235 de la Ley 1970 "Peligro de Obstaculización, Núm. 1) del Código de Procedimiento Penal, que es de afirmar que por los elementos de convicción a la fecha recabados y de acuerdo a las características del ilícito investigado y toda vez que el Transporte de Sustancias Controladas es uno de los conocidos en el ámbito doctrinal como un delito complejo, debido a que en la cadena de acontecimiento de transporte, intervendrían otras personas que fabrican, suministran, etc., ante ello solo el imputado conoce quien o quienes han intervenido en relación al hecho que se investiga y/o en alguna de las actividades descritas, respecto a la cual, estando en libertad, puede influir negativamente a efecto de que se comporten de manera reticente o informen falsamente circunstancia esta que hace evidenciar la existencia del peligro de obstaculización. Art. 235 Núm. 2) Que es bien conocido que en este tipo de delito existen varias personas involucradas, desde las personas que fabrican la sustancia, las personas que ayudan a ocultarlas hábilmente, el destinatario, a quienes estando en libertad, podría influir a objeto de que informen falsamente o se comporten de manera reticente. Por lo expuesto Señor Juez, siendo concurrentes tanto el requisito sustancial como el requisito procesal referidos en el Art. 233 del Código de Procedimiento Penal, el suscrito Representante del Ministerio Público, solicita la APLICACIÓN de la DETENCIÓN PREVENTIVA del Imputado: IVER PORTALES SOSA, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 233 núm. 1) y 2),,Art. 234. núm. 1), 2), y 10) y Art. 235 núm. l) y 2) todos del Procedimiento Penal y sea en el »centro de rehabilitaciones para Varones "Mocoví" de la ciudad de Trinidad. V.- SOLICITUD DE AUDIENCIA DE APLICACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR PERSONAL. En principio, con el fin de precautelar las garantías constitucionales previstas en la Constitución Política del Estado y en aplicación del Art. 5 del Código de Procedimiento Penal solicito a su autoridad se sirva señalar día y hora de audiencia para la resolución de Medidas Cautelares de carácter personal para el imputado IVER PORTALES SOSA, protestando fundamentar oralmente la aplicabilidad de la medida cautelar impetrada en el mencionado acto conforme a los razonamientos judiciales vinculantes emitidos por el Tribunal Constitucional en la SS.CC. N° 012t2006-R SOLICITUD DE INCAUTACION Por lo expuesto y de conformidad a lo establecido por el Art. 253 del Código de Procedimiento Penal en el cual refiere: "La incautación se aplicara sobre el patrimonio, los medios e instrumentos para la comisión o financiamiento del delito, que pertenecieren al imputado... ", solicito a su autoridad se sirva disponer la incautación de los siguientes elementos de convicción: MOVILIDADES: VAGONETA, marca TOYOTA, color plateado, placa de circulación N° 3047-RFC.Es en tal antecedente es que solicito a su autoridad que ordene la entrega de los mismos a la Dirección de Control y Administración de Bienes Incautados (DIRCABI) y sea el mismo en el día. Bajo inventario de acuerdo a lo establecido en el Art. 252 del Código de Procedimiento Penal. Otrosí 1.- El imputado Iver Portales Sosa se encuentra en libertad a los fines de la notificación por edicto de prensa toda vez que Se Desconoce el domicilio del Imputado. Otrosí 2.-Adjunto la citación por edicto de prensa para declaración informativa del imputado para que se considere pertinente en la audiencia a señalarse por su autoridad, solicito se tomen en cuenta al momento de dictar resolución. Otrasi 3.- A los efectos de citación, se notifique al suscrito Fiscal de Materia de sustancias Controladas en la forma prevista por el Art. 162 de la Ley N° 1970, señalo domicilio procesal en la Av. Ganadera, cuartel UMOPAR de esta ciudad. Santísima Trinidad, 26 de Noviembre de 2018.JUEZ.- De la revisión del cuaderno de control jurisdiccional a cargo del suscrito juzgador se ha establecido que para esta audiencia se dispuso señalamiento de audiencia de medida cautelar a instancias del ministerio público en contra de Iver Portales Sosa por el delito de Transporte de Sustancias Controladas de la felcn caso X021/2018, Mí mismo el ministerio publico debió adjuntarse a este efecto el correspondiente edicto de ley para el desarrollo de la presente audiencia, sin embargo conforme lo ha expresado el fiscal suplente del asignado al caso no se adjuntan los edictos correspondiente pese a que se han Recepcionada para la publicación, lo que hace entrever que al no existir dicho edicto no puede desarrollarse la presente audiencia, sería un óbice para disponer lo que en derecho corresponda, corresponde al suscrito juzgador suspender la presente audiencia y señalar una nueva para el día Jueves 24 de Enero del 2019 a horas 10:00 am, para que el señor fiscal asignado deberá adjuntar el correspondiente edicto, con lo que termino la presente audiencia. Con lo que terminó el acto firmando en constancia el señor Juez y la suscrita Secretaria.- REGISTRESE. FDO Y SELLADO: DR NERY ODON ZABALA CABRERA.JUEZ CUARTO DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR PENAL DE LA CAPITAL Trinidad 26 de Diciembre 2018

Jueves, 10 de enero de 2019

CONVOCATORIA PÚBLICA N° 01/2019

REQUERIMIENTO DE PERSONAL ENTIDAD. La Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad (EMAUT), de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Municipalidades y Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal N° 26115 y Estatuto de EMAUT, fundados en los principios de competencia y transparencia convoca a todas las personas interesadas en ocupar el siguiente cargo: PROFESIONAL II AUXILIAR TÉCNICO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE EMAUT OBJETO: Contratar una persona cuyo nivel académico y atributos personales sean idóneos para Elaborar e implementar talleres, charlas, capacitaciones, movilizaciones en relación a la Gestión Integral de Residuos (GIRS). REQUISITOS: Los requisitos indispensables son los siguientes: 1. Tener Nacionalidad Boliviana. 2. Tener Título en provisión nacional en Ciencias de la Educación o ramas afines. 3. Tener Experiencia general mínima de 2 años en Educación o ramas afines. 4. No tener Sentencia Penal Ejecutoriada (REJAP). 5. Presentar Certificación SIPPASE o constancia de trámite. 6. Tener Solvencia Fiscal emitida por la Contraloría General del Estado. 7. Para los varones presentar Libreta de Servicio Militar. 8. Tener Certificado de Idioma Mojeño Trinitario. 9. Presentar Hoja de Vida con documentación de respaldo en fotocopia simple foliada y firmada, la información consignada en el FORMATO HOJA DE VIDA tiene carácter de declaración jurada, por lo que el postulante será responsable de la información consignada en dicho documento y se somete al proceso de fiscalización posterior que lleve a cabo la entidad. 10. Carta de presentación 11. Disponibilidad inmediata. PLAZO DE PRESENTACION DOCUMENTACION: Los interesados deberán hacer llegar la documentación exigida en sobre cerrado y lacrado con rotulo CONVOCATORIA PÚBLICA N° 01/2019 para el cargo de PROFESIONAL II AUXILIAR TÉCNICO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE EMAUT, hasta el día Lunes 14 de enero del 2019 a horas 12:00 en la Secretaría de la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad (EMAUT). LUGAR DE RECEPCION POSTULACIONES: En la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad (EMAUT) en Secretaria de Gerencia General ubicada en la calle 2 pasando la Av. Adolfo Velasco Ávila lado Nudelpa Zona Industrial - Telf: 4621616. Trinidad, 10 de enero 2019

EDICTO

EL DOCTOR LUIS FERNANDO CHAVEZ ARZA JUEZ PUBLICO MIXTO, CIVIL Y COMERCIAL, FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1° DE MAGDALENA CAPITAL DE LA PROVINCIA ITENEZ.- Por el presente EDICTO se notifica al imputado señor: JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE, con la Acusación de fs. 51 - 53, Requerimiento Fiscal de Solicitud de Audiencia de Revocatoria y Conclusiva de fs. 65 y Vlta. Y Decreto de señalamiento de Audiencia conclusiva, dentro del proceso Penal que le sigue el Ministerio Púbico a denuncia de Wilberto Flores Cabao por la supuesta comisión del delito de ASESINATO, previsto y sancionado por el Art. 252 Núm. 1 del Código Penal, al efecto se transcriben los actuados pertinentes correspondiente ACUSACION FISCAL CURSANTE A FOJAS CINCUENTA Y UNO A CINCUENTA Y TRES DE OBRADOS. El Ministerio Público de la Nación con la potestad emanada de los Arts. 225 y 226 de la Nueva Constitución Política del Estado, en estricta relación con los Arts. 3, 6 y 14 inc. 1) y 3), 45 irles. 1), 2), 3) y 7) de la Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento de lo señalado en los 54 núm. 5), 323 núm. 1) de la Ley 007 y art. 341 del Código de procedimiento Penal, se permite formular el presente requerimiento acusatorio por la comisión del delito de ASESINATO - Art. 252 núm. 1) del Código Penal, solicitando a Ud. se sirva imprimir el trámite correspondiente y señalar día y hora de audiencia oral, conforme al art. 325 y Sgtes. De la Ley 007, de acuerdo a los siguientes antecedentes. A QUIEN SE LO ACUSA DE: Ser el autor del delito de ASESINATO - Art. 252 Núm. 1) del Código Penal, hecho cometido en contra de JUANA FRANCISCA FLORES GUATIA, siendo que el señor Wilberto Flores Cabao sienta memorial de querella en fecha 24 de febrero del 2010, en contar de JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE.- FUNDAMENTACION DE LA ACUSACION. En el presente proceso de investigación de la presente causa, se encontró elementos probatorios de convicción que evidencian que JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE es el autor del hecho delictivo de (HOMICIDIO) cometido contra JUANA FRANCISCA FLORES GUATIA (+). Llegándose a establecer que el acusado en forma personal y directa participó del hecho antijurídico denunciado por el señor WILBERTO FLORES CABAO, tal como se establece mediante las correspondientes actas de declaraciones de testigos, documentales adjuntadas, fotografías, informes médicos y demás evidencias. Que al ser un delito flagrante cometido por JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE, y posteriormente de recepcionarle su declaración informativa, ante el fiscal de esta ciudad y al contarse con los elementos de convicción suficientes, que demuestran su autoría y/o participación en el delito denunciado, se procedió a formular la correspondiente imputación formal.- PRECEPTOS JURIDICOS APLICABLES. El hecho delictivo que se le imputa al referido ciudadano, se encuentra especificado como delito tipificado en la siguiente correlación: C.P.E. - Arts. 225 y 226, Código Penal - Art. 252 Núm. 1). ASESINATO (Art. 252 núm. 1) del Código Penal: Será sancionado con la pena de presidio de treinta años, sin derecho a indulto, el que matare: 1) A sus descendientes o cónyuge o conviviente, sabiendo que lo son Ley N° 007 -Arts. 54 núm. 5), 323 y 325 y Sgtes. Código de procedimiento Penal Arts. 329, 330, 343 y Sgtes. Ley Orgánica del Ministerio Público - Art. 45 núm. 15) PETITORIO.- Por lo que el suscrito FISCAL DE MATERIA DEL DISTRITO DEL BENI, en representación del MINISTERIO PÚBLICO DE LA NACIÓN, Director investigativo del presente caso, solicita al Juez de Instrucción Mixto de ésta ciudad de, imprimir el trámite de Ley y seguidamente se fije día y hora de audiencia oral, conforme al Art. 325 y Sgtes. De la Ley No 007; y posteriormente eleve al Tribunal de Sentencia más próximo de la jurisdicción de turno, imprimir el trámite de ley y seguidamente se fije día y hora de audiencia oral pública y contradictoria, y una vez que sean destilada las pruebas de cargo, que causaran convicción plena, este Tribunal pueda imponer la sentencia condenatoria prevista en el Art. 252 núm. 1) del Código Penal. Para las futuras actuaciones procesales en la etapa preparatoria de juicio, hago constar que el ciudadano acusado se encuentra con medidas sustitutivas a la fecha.- REQUERIMIENTO FISCAL CURSANTE A FOJAS SESENTA Y CINCO DE OBRADOS. Solicito señale Audiencia de Revocatoria y Conclusiva.- Otrosí.- Abog. Cintia Natusch Candía, FISCAL DE MATERIA DE LAS PROVINCIAS MAMORE E ITENEZ, dentro del proceso penal Caso N° 14/2010, a denuncia de WILBERTO FLORES CABAO en contra de JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE, por la supuesta comisión del delito de ASESINATO, previsto y sancionado en el Art. 252 Núm. 1 del Código Penal, ante su autoridad con todo respeto digo y pido: Señor Juez, habiendo realizado un análisis escrupuloso del cuaderno de investigación, dentro del proceso descrito al exordio, se ha podido evidenciar que en fecha jueves 15 de abril del año 2010, el imputado y hoy acusado JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE, fue beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, habiéndole ordenado el Juez el cumplimiento de las siguientes: 1).- Presentarse una vez por semana ante el Ministerio Público y sean los días Lunes, 2).- Prohibición de concurrir a determinados lugares, 3).-Abstenerse del consumo de bebidas Alcohólicas y 4.- Prohibición de tener o portar armas. Sr. Juez en fecha 03 de mayo de 2010, el investigador Cbo. Heber Acuña Huanca, presento informe al Fiscal de Magdalena de ese entonces, Dr. Harry Melgar Bello, haciéndole conocer que el imputado JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE, no se presentó a firmar el libro de firmas como lo ordeno la Autoridad Jurisdiccional, manifestando que conoció extraoficialmente que el imputado se había trasladado a la ciudad de Santa Cruz. Solicitando la revocatoria de sus medidas. El Fiscal, Dr. Harry Melgar Bello, presento ante el Sr. Juez Dr. Julio Cesar Suárez Dorado, Audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas, adjuntando copia del informe del Policía; sin embargo por diversas situaciones dicha audiencia nunca se llevó a cabo. Por los motivo expuestos solicito su autoridad señale fecha y hora de Audiencia de Revocatoria de Medidas sustitutivas con que se benefició el imputado JOAQUIN FELIX MENDOZA OVAJE y sea lo más antes posible, de acuerdo a la Agenda de su probidad y después de señalar esa audiencia de revocatoria de Medidas sustitutivas, se señale fecha y hora de audiencia Conclusiva.Otrosí.- Conoceré providencias en la Fiscalía de San Joaquín, sito en la calle 6 de Agosto N° 165 Zona Agua Dulce. San Joaquín, 26 de noviembre de 2018. Fdo. y sellado Dra. Cintia Natusch Candía, Fiscal de Materia.- DECRETO DE SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA CURSANTE A FOJAS SESENTA Y SEIS DE OBRADOS.- Magdalena, 10 de diciembre de 2018… Habiéndose presentado las pruebas respecto a la resolución acusatoria, en la presente etapa preparatoria seguida por el Ministerio Público contra Joaquín Félix Mendoza Ovaje, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado por el Art. 251 del C.P. y estando pendiente la solicitud de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva, así como la audiencia conclusiva, de acuerdo al Art. 325 del CPP se señala audiencia conclusiva para el día jueves 31 de enero de 2019 a horas 11:00, las partes tienen un plazo común de 5 días para examinar el requerimiento conclusivo, las actuaciones y evidencias reunidas en la investigación y para ofrecer los medios de prueba necesarios. Por secretaria procédase el respectivo registro de las pruebas, Notifíquese a los sujetos procesales, al imputado sea mediante edicto conforme lo establece el Art. 165, del CPP, toda vez que se desconoce su paradero. Otrosí.- Por señalado. Fdo. Y sellado Dr. Luis Fernando Chávez Arza, Juez Público Mixto, Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, de Trabajo y S. Social e Instrucción Penal 1° de Magdalena. Ante mi Fdo. Y sellado Ezequiel Mopi Zampiery Secretario del Juzgado Público Mixto de Magdalena. El presente Edicto es librado en la ciudad de Magdalena, a los Doce Días del Mes de diciembre del año Dos Mil Dieciocho.


Jueves, 10 de enero de 2019

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PAÍS

Una familia boliviana es descuartizada en Brasil RADIO FIDES

el 23 de diciembre. Sus parientes viajaron a BraUna familia boliviana fue sil para realizar una camvíctima de un crimen ho- paña en redes sociales y rrendo en la población así obtener datos de los brasileña de Itaquaque- desaparecidos. cetuba en el Estado de El sospechoso de los Sao Paulo. La Madre, asesinatos es un boliviapadre y su niño fueron no familiar de víctimas. encontrados el martes El presunto responsable descuartizados y ocul- también trabajaba en la tos en maletas, en una confección y tuvo un descasa. acuerdo con la familia por Familia boliviana fue víctima de un Las víctimas se fueron cuestiones financieras. brasileña. Radio Fides identificadas como Jesús De acuerdo con la publiR. C. S. (39), Irma M. S. cación con la brasileña, (38) y el hijo de la pareja después de planear la bió la información de que Gian A. M. C. (8). muerte de la familia, el el sospechoso había alSegún publicó el diario sospechoso pidió a un quilado una vivienda la Estado, la familia tenía amigo que alquilara una cual decía utilizar como un negocio de confección casa con el pretexto de depósito. de ropa en la región de servir como depósito de Los investigadores fueron al lugar. En los baños Brás en Sao Paulo y es- máquinas. taba desaparecida desde La policía brasilera reci- encontraron tres male-

Se realizarán ferias a partir del 16 de enero en los nueve departamentos del país para el pago del 15% del segundo aguinaldo. ABI ABI El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Eugenio Rojas, anunció el miércoles que se realizarán ferias a partir del 16 de enero en los nueve departamentos del país para el pago del 15% del segundo aguinaldo y anunció que más de 800

micro y pequeñas empresas ofertarán sus productos. "Se han registrado más de 800 empresas para la compra y venta de este sistema, comienza a partir de 16 de enero que va estar habilitado en sus celulares de los trabajadores, de los funcionarios públicos, también va estar

Ministros preparan habitual renuncia colectiva previo al informe presidencial del 22 de enero ABI

crimen horrendo en la población

tas, que tenían bolsas de plástico en su interior. Al abrirlas se encontró partes de los cuerpos de las tres víctimas. El sospechoso aún está prófugo y se lo busca mediante la Interpol.

Anuncian ferias para pago del 15% del segundo aguinaldo: 800 empresarios ofertarán sus productos habilitado en el celular de los proveedores que van a ser parte de este doble aguinaldo a partir del 16 de enero con las ferias", explicó en un acto público. Detalló que en La Paz se realizarán dos ferias, una en el Campo Ferial Chuquiago Marka y otra en el Polideportivo Héroes de Octubre de la ciudad de El Alto. Explicó que en los otros departamentos se implementarán paulatinamente, para que las pequeñas empresas puedan ofertar sus productos. Rojas anunció que a partir del martes de la siguiente semana los trabajadores podrán descargar la aplicación "billetera móvil" del Google Play e ingresar a la página web www.dobleaguinaldo.gob.bo para obtener información so-

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bre los puntos de venta de productos nacionales habilitados en los nueve departamentos del país. "Han pasado la planilla de los trabajadores el monto correspondiente a esta plataforma que hemos instalado el doble aguinaldo, las alcaldías y las gobernaciones de la misma forma algunos no han pasado para registrar su número de celular y están completando los números de celulares ya para que la próxima semana el día martes vamos habilitar el sistema", complementó. Por su parte, la representante de la Federación de Micro y Pequeños Empresarios de La Paz, Soledad Pérez, informó que en las ferias se ofertarán una diversidad de productos nacionales entre alimentos, muebles, joyería, zapatos y prendas de vestir.

El gabinete ministerial presentará su renuncia colectiva antes del informe a la nación que brindará el presidente Evo Morales el 22 de enero en conmemoración al aniversario de creación del Estado Plurinacional de Bolivia, informó el miércoles el ministro de Educación, Roberto Aguilar. La renuncia de los ministros a sus cargos es una práctica habitual cada año previo a la celebración de esa fecha. "Como el 22 de enero cae martes, el viernes o el lunes, antes del informe, tiene que presentarse de manera oficial la renuncia colectiva", dijo Aguilar a los periodistas. Dentro de las atribuciones del primer mandatario está designar a sus principales colaboradores. Por su parte, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Cesar Cocarico, adelantó que el informe presidencial dará a conocer los avances logrados durante los 13 años de la administración de Morales, además de los nuevos desafíos del Gobierno. "Para esto, los ministros ya hemos presentado nuestros informes al presidente, por lo que estamos en la etapa de corrección, aclaración y complementación de algunos datos para que el informe presidencial sea claro para el país", dijo.


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Jueves, 10 de enero de 2019

Corre riesgo la personería del MAS

Revelan que el Gobierno pagó la difusión de polémica encuesta

La encuesta y una aclaración de El Deber al respecto. ERBOL

ERBOL El diputado opositor José Carlos Gutiérrez afirmó este miércoles que, de acuerdo con una nota aclarativa del periódico El Deber, la publicación de una encuesta favorable a Evo Morales fue pagada por el Gobierno nacional. Hace 12 días, Gutiérrez ya denunció la publica-

ción de esa encuesta ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y pidió que se quite la personería jurídica al MAS, puesto que de acuerdo a la Ley 026 esa es la sanción para partidos que difundan estudios de opinión. Sin embargo, hasta ahora continuaba la duda de quién había pagado la difusión de la encuesta, que salió en al menos cin-

co medios escritos a nivel nacional el pasado 16 de diciembre. El diputado Gutiérrez siguió investigando y encontró que el 17 de diciembre, un día después de que se publicó la encuesta, el periódico El Deber publicó en su edición impresa una aclaración en la cual sostiene que la difusión del estudio fue pagada por el Gobierno. “El mensaje publicitario que contiene una encuesta de CIESMORI sobre la intención de voto de los bolivianos es una publicación pagada por el gobierno nacional. Dicha página no es parte del material informativo de El Deber, ni compromete su línea de independencia”, dice la aclaración publicada en el diario cruceño. Gutiérrez señaló que con esa aclaración no sólo se comprueba la responsa-

bilidad el MAS, partido en función de Gobierno, para la difusión de la encuesta, sino también se evidencia un delito penal de mal uso de recursos del Estado. Dijo que “obviamente corresponde la cancelación de la personalidad jurídica” del MAS por la difusión de la encuesta, pero también se debe investigar penalmente a los funcionarios que usaron dinero público para pagar la encuesta. Criticó que el MAS confunda los recursos públicos y los use como si fuera su propio dinero. Gutiérrez remitió el indicio al TSE reiterando su pedido de que se cancele la personería jurídica del MAS y, por ende, se inhabilite al binomio Evo Morales-Álvaro Garcia. Varios opositores ya pidieron que el TSE cancele la personalidad jurídica

del MAS, dado que en 2015 hubo una situación similar cuando se eliminó a Unidad Demócrata Beni, liderada por Ernesto Suárez, porque su jefe de campaña difundió una encuesta. La Razón no dio información Uno de los periódicos que difundió la encuesta fue La Razón. El diputado Gutiérrez pidió información al periódico paceño, sin embargo, se le negó. La carta de respuesta de La Razón explica que el diputado tiene facultad fiscalizadora para empresas públicas o con participación estatal, pero el periódico es una firma privada. En ese sentido, pidió al opositor que acredite su interés legal y la investigación parlamentaria respectiva a la cual se deba presentar la información.

Camión boliviano derrama 29 barriles con ácido nítrico y provoca emergencia química en Arica Los Tiempos

ba, hay un par de tambores que están filtranUn camión boliviano do (...). Se han tomado provocó la tarde de todas las medidas de hoy (miércoles) una seguridad para el secemergencia química tor, se ha evacuado a en Arica, Chile, tras de- la gente", dijo la intenrramar 29 barriles que denta de Arica, María contenían ácido nítri- Loreto Letelier, citada co en una carretera de en el portal Cooperatiesa ciudad costera. El va Regiones. motorizado no conta- El lugar contaminado ba con las medidas de fue cercado con camseguridad para el tras- biones con arena y cerlado de este elemento. ca de 2.000 personas "Es un camión bolivia- fueron evacuadas del no que tenía 80 tam- sector. Se informó que bores de ácido nítrico, no se registraron lesiode los cuales 29 están nados o intoxicados a en el piso y en el sector raíz de esta emergenLos barriles cayeron desde un camión sin medidas de seguridad. | Foto: Cooperativa Regiones del mismo camión, arri- cia.


Jueves, 10 de enero de 2019

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TRINIDAD

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Trabajadores de empresa China Railway

En emergencia por falta de seguros de salud y transporte

El senador beniano Yerko Nuñez Negrette, informó que trabajadores bolivianos contratados por la empresa China Railway, que ejecuta el tramo caminero Rurrenabaque-Riberalta, se declararon en emergencia por no contar con seguros de salud, la falta de transporte, malos tratos e inclusive son amenazados con retiros. “Decenas de trabajadores bolivianos contratados por la empresa China Railway Constructión Corporatión, que construye la carretera Rurrenabaque-Riberalta, se declararon en emergencia y decidieron efectuar acciones de protestas porque los obreros no tienen seguro de salud, Seguro Universal Materno Infantil, la falta de transporte e incluso son amenazados con retiros”, señaló

el legislador. Dijo, que ante el abuso permanente de los Chinos hacia los compatriotas bolivianos que trabajan en algunas empresas constructoras chinas que ejecutan carreteras en el país, especialmente en el Beni, es que se ha pedido a instituciones y autoridades del gobierno que realicen la inspección de estas denuncias de abuso y maltrato al trabajador boliviano. “Pedimos al Defensor del Pueblo especialmente, a la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia, al Ministerio del Trabajo, y otras autoridades, hacer la inspección en el sitio, para que vean la realidad de nuestros trabajadores”, apunto el senador Nuñez.

Las denuncias de maltrato, abuso, falta de seguro de salud y otros, no solo de ha dado con la empresa Railway, sino también

con otras que vienen ejecutando obras camineras en el departamento del Beni, indicó Yerko Núñez.

Senador Yerko Nuñez Negrette.

SUPUESTO INTENTO DE HOMICIDIO EN BELLA VISTA

Denunciado señala que lo hizo en defensa propia El supuesto delito de tentativa de homicidio suscitado el pasado 3 de enero en la población de Bella Vista, donde una persona resultó herida con proyectil de arma de fuego, y otra aprehendida, de acuerdo a informe de prensa de Magdalena, esto se dio por disputa de tierra, donde según el propietario de esas tierras, lo hizo en defensa propia, ya que el herido pretendió victimarlo con un machete. Rosendo Rojas Rivero acusado de intento de homicidio, indicó que desde el mes de junio del 2018 él ya tenía problemas de tierra con Marcial Zeballos Romero, ya que son vecinos; tierras que hacen dos años atrás descubrieron ya tenían otro propietario a pesar de que ellos venían ocupándola desde el año 2013, “y hacen dos años, aparece un

Rosendo Rojas Rivero acusado de intento de homicidio

señor diciendo que era dueño de esas tierras que nosotros estábamos ocupando”. Dijo, que al tener conocimiento Zeballos de que sus tierras tenían ya otro dueño, va y lo busca “para que juntos peleemos y defendamos por nuestras tierras, lo hicimos durante tres días, pero se arregló sin ningún problema, aunque solo con discusiones, pero la recuperamos”. Indicó, que, al arreglar el tema de sus tierras, cada uno toma su parte, y se pone de acuerdo con Zeballos para el deslinde de sus predios, colocan un machón como limites; pero después de un año de hacer un acuerdo formal, Zeballos invade su parcela, lo quiere sacar de la misma, se las quiere quitar, indicando que era propietario de ella, sin tener papeles. “Yo ya lo tenía machoneado cada 100 metros el deslinde, y solo me faltaba solamente los postes para postearlos y alambrarlo. Dos semanas que no fui para allá, cuando me llevo la sorpresa, este señor Marcial Zeballos, toditos mis machones que estaban de limites me lo acabó de cortar con motosierra al ras del suelo, y el pedazo que quedaba más de las troncas. Lo que hice fue a demandarlo, va la policía, toma fotografía del trabajo destruido, la policía lo llama a conciliación y se comprometió primero a pagarme los machones, pero al día siguiente se echó para atrás, dijo que no iba a pagar nada”, manifestó Rojas. Ponderó el trabajo de la policía porque cumplieron su deber, sin

embargo, delante de la misma policía lo había amenazado de muerte, y que no lo iba a dejar quedarse en su tierra, porque argumentaba que él (Zeballos) era el dueño, “ellos (policía) hicieron todo lo que pudieron para evitar una tragedia algún día” Autoridades no hicieron nada Rosendo Rojas Rivero acusó a las autoridades como la corregidora de Bella Vista que a pesar de tener conocimiento del caso, ya que había acudido a ella para que tome carta en el asunto, no hizo nada, inclusive con ella viajó hasta Trinidad para buscar solución, fueron hasta la Federación de Campesinos donde les dieron instructiva como debía proceder, pero no hizo nada y nunca atendió su demanda. “Muchas veces yo hice la demanda, inclusive la Corregidora nunca me pudo atender mi demanda, vine hasta Magdalena, también en la policía me dijeron que no eran sus atribuciones, busque al Corregidor de Magdalena, pero nunca lo encontré, quizás estaba en su estancia o en otra parte, pero nunca lo encontré”, explicó. Defensa propia Según Rojas Rivero, cuando va nuevamente a su chaco se encuentra con la sorpresa que, al lado de su casa, Zeballos ya había levantado otra casa, su gente estaba ya por techar con calamina y estaban descargando más calamina, en ese momento va y le dice a Zeballos, “don Marcial, como es posible, hace dos meses que esto ya lo habíamos discutido, yo pensé que usted había

entrado en razón, como se mete a esta tierra, este chaco es mío, mire mi sembradío está naciendo, mire mi pasto esta naciendo, me han destruido mi pasto, y ahí mismo han plantado su casa, y él me dijo así, quien no debe estar aquí sos vos, esto me corresponde a mí, y si no quieres salir a las buenas, vas a salir muerto”, relató Rojas. Rojas indicó, que Zeballos cargaba un bolso en su mano, y después de amenazarlo de muerte, saca del bolso un machete y se dirige hacia el con “machete en mano”, con intención de machetearlo, pero como él (Rojas) tenía un arma de fuego en el hombro por precaución, al ver que se abalanza Zeballos con el machete, trata de bajar el arma para ver si así lo respetaba, “pero como ya venía el machetazo, en mi desesperación dispare, pero no con la intención de matarlo; había testigo, un muchachito y un motoquero. Sin embargo, veo que han difundido una mentira, yo agote todas las instancias con la justicia, pero nadie me pudo colaborar”, expresó Rosendo Rojas Rivero. Hechos El presunto intento de homicidio con arma de fuego y que se encuentra en etapa de investigación por parte de la policía, se suscitó en fecha 03 de enero de este año, a horas 09:30 aproximadamente, en un puesto denominado “Chaco Lejos”, que se encuentra en disputa por ambas personas, y que está a 5 kilómetros de Bella Vista.

TRABAJADORES DE COATRI

Paralizaron actividades y exigen renuncia del Gerente General Este miércoles, cansados por la falta de cancelación de sus salarios y la mala administración, directivos y trabajadores de la Cooperativa de Agua Trinidad (Coatri), paralizaron actividades por 24 horas, y exigen la renuncia del gerente de esa institución. Según el dirigente del sindicato de Coatri, Félix Añez, manifestó que tanto el gerente de esa institución William Suárez y directivos, no han hecho nada por mejorar la administración, a tal punto que les adeudan salarios por más de tres meses a los trabajadores. “El motivo del paro es por la mala administración, que ha sufrido hace tiempo y hasta el día de hoy mucho más la cooperativa de agua, nos estamos viendo obligados a hacer esto, en contra de nosotros mismos, porque nos perjudicamos y porque no hay recaudación”, expresó Añez. Acusan a la gerencia de no buscar formas de como sobreponer a la cooperativa y piden el pago de sueldo que adeuda la institución por más de tres meses, afirmó el ejecutivo del sindicato de Coatri. Añez indicó, que no se tiene una buena recaudación en Coatri, pero es porque no se da un buen servicio de dotación agua, “pero la recaudación se hace cuando hay agua, pero la Cooperativa no está dando agua al pueblo como debe ser; no es por poner mal a la fuente de trabajo, sino que ya está bueno”. Dijo, que los ejecutivos y el gerente de Coatri no han hecho nada hace mucho tiempo, ellos estaban elegidos por dos años y ya llevan 7 años, y ya no son nada de la cooperativa, pero tampoco dan campo a otra persona que vaya con los ánimos de solucionar el problema, de dialogar con los trabajadores, hacer algo por Coatri que es del pueblo, sostuvo. “Nos deben tres meses y medio de sueldo, más el aguinaldo, los trabajadores necesitan que se le pague su sueldo. No tenemos atención médica, hace seis años que no tenemos atención médica, para que se paga a la Caja Nacional de Salud si no hay atención médica, que los ejecutivos metan juicio a la Caja para que nos atiendan o nos retiramos de la Caja y nos inscribimos al nuevo seguro”, manifestó Freddy Mejía trabajador de Coatri.

Cooperativa de Agua Trinidad


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PROVINCIAS

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Jueves, 10 de enero de 2019

Cae el precio de la castaña en el mercado internacional

Presidente de los barraqueros (ASPROGOAL), René Fong.

Informe: periodista Hugo Mopi de NOTI-RIBER Según entrevista brindada a los medios de comunicación en la ciudad de Cobija por el presidente de los barraqueros (ASPROGOAL) René Fong, quien aseguró que la castaña ha tenido una caída preocupante por diversos factores, afirma que, si no se busca una solución entre productores, zafreros, campesinos, empresarios y autoridades la castaña podría sufrir la suerte que sucedió con la

goma. Según Fong, señaló que como Bolivia hemos tenido fundamentalmente tres grandes mercados para este producto los cuales son Estados Unidos, Alemania e Inglaterra la cual consumían el 70% de la castaña desde 1.916 y estos países actualmente han reducido la compra a la mitad de este producto. "Nosotros contamos con las estadísticas que son emanadas por el ministerio de exportación de los países que adquieren este

producto, por ejemplo Alemania de comprarnos 7 mil toneladas, nos ha comprado hasta el mes de octubre del 2.018 solo 3.300 toneladas, es preocupante la caída, hemos perdido mercado y hay algunas razones lógica, el 2017 cuándo los árboles de la naturaleza no hubo fruto y la producción se bajó en un 35%, el sector empresarial no tuvo la cantidad y teniendo compromiso desde 3,80 dólares para arriba incumplieron en su contrato y tuvieron que vender hasta 12 dólares la libra, ustedes comprenden que como cualquier persona conocen que si un precio se triplica para su adquisición, naturalmente usted deja de consumirlo” indico Fong. Asimismo, el presidente de los barraqueros explicó, que hay mercados que han incrementado el consumo de la castaña como son Korea del Sur, Bélgica y Holanda, pero que no son un potencial en su economía como son los mercados de Estados Unidos, Alemania e Inglaterra que

compraban el 70% de la castaña. Factor político hizo perder mercado Dijo, que también hay otros factores que hacen que se haya perdido estos mercados, como es el comportamiento de nosotros mismos, ya que el año pasado vinieron compradores en enero y febrero y se toparon con que en esta región se quería imponer un precio político al precio de la castaña. Indicó que esa oportunidad, algunos sectores sociales pedían que se pague a 1.200 la barrica o sea a 400 bolivianos la caja de almendra, cuando ni siquiera se tenía un precio de arranque en el precio internacional, “porque así como nosotros hacemos números, el campesino lo hace, así también ellos lo hacen” asevero Fong. Finalmente, el dirigente de los Barraqueros afirmó que el precio de la castaña actualmente es inestable, existe muy poca castaña y de la zafra pasada se está pagando en menos de 3

dólares la libra, lo que significa que en gran parte de los empresarios raya con números en rojo y la actual zafra está floja. “Estimo que no llegaremos ni a un 10% de producción con un precio también bajo y debemos saber que nuestra castaña es un producto que se puede sustituir con cualquier otra nuez, ya que en el mundo existen 28 nueces que tienen renombre en todos los países y que si cualquiera de estos tiene un precio alto cambian de productos”, aseveró. Por lo que si no hacemos un esfuerzo entre todos, llámese Campesinos, barraqueros, zafreros, empresarios, y si no contamos con el apoyo estatal este producto que es fundamental para la economía de esta región y no solo Pando si no que Vaca Diez, Iturralde, Reyes y San Borja, tendremos una enorme caída, lo que generaría un colapso y este producto podría sufrir la suerte que sucedió con la goma, señaló Fong.

HAY PREOCUPACIÓN EN RIBERALTA

Nuevos policías se repliegan a Trinidad NOTI-RIBER De acuerdo a informes de prensa, señalan que 66 policías recientemente egresados de la escuela básica policial de Riberalta, se estarían replegando a la capital del departamento, situación que preocupa a la población y sectores sociales riberalteños. El memorándum de repliegue supuestamente llegaría en próximas horas, por los que los efectivos tendrían que

presentarse en la capital hasta más tardar tres días de la notificación al comando policial Amazónico. Sectores sociales de Riberalta, ante este anuncio, se reúnen de emergencia, para dar a conocer su posición en próximas horas, cuál será sus posturas ante este posible repliegue de los uniformados a Trinidad. Señalaron, que el gobierno autónomo municipal de Riberalta invirtió en

la infraestructura de la escuela básica policial y sigue colaborando con material logístico, sin embargo, es la segunda vez que todos los egresados de la policía se repliegan a la capital beniana. En las últimas semanas, los nuevos policías realizaban vigilancia en las calles y mercados, lo que logró bajar considerablemente el índice de delincuencia en esta ciudad, según informó el comandante policial MoiPolicías que podrían replegarse a la ciudad de Trinidad. sés Méndez.


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TRINIDAD

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Departamento del Beni

Tiene todas las condiciones para exportar carne vacuna

El gerente general de la Federación de Ganaderos de Beni (Fegabeni), Carmelo Arteaga, espera que en esta gestión 2019, se concretice la exportación de carne vacuna, ya que existen importantes acuerdos tanto con la Republica del Perú como el gobierno Chino. “Consideramos que es uno de los aspectos positivo en esta gestión, primero porque se ha ido avanzando en la parte sanitaria, el Senasag logró concretar acuerdo con el Perú, protocolo sanitario para la exportación de ganado vivo, asimismo, se ha logrado tener reuniones con la China”, sostuvo

Arteaga. Dijo, que con la China viajó la gerencia del Senasag, donde se tiene protocolo sanitario firmado, y se estaría pendiente de las visitas técnicas que van hacer los empresarios chinos en esta gestión, ya que a mediados del mes de septiembre ya se tuvo visita de empresarios del país asiático a Trinidad donde vieron las capacidades que se tiene. Beni con mayor capacidad de exportar “El departamento que tiene la mayor capacidad para exportación de carne vacuna, es el departamento del Beni, y eso por una simple relación. Normalmente para

poder igualar la oferta y la demanda de carne, se debe tener una cabeza de ganado por cada habitante, y el departamento del Beni tiene un poco más de 3 millones de cabeza de ganado, pero solo tiene 500 mil habitantes”, señaló Arteaga. Indicó, que el departamento del Beni en vez Ganaderos benianos esperan concretizar la exportación de carne este de tener una cabeza de 2019 ganado por cada habitante, tiene 6 cabeza de ganado por cada Este aspecto le llamó espera que se logre la habitante, por lo tanto mucho la atención a la exportación de carne. tiene 5 cabeza de gana- misión China durante su Consideró importante do disponible, que es la visita a Trinidad, ya que que se logre exportar que le permite tener la requieren mayores vo- carne, ya que con ello oferta de este producto, lúmenes para importar, descomprime el mercahacia Santa Cruz inclu- quienes llevaron toda la do, y dependiendo de sive, Cochabamba y La información y diagnosti- los países para ver el co correspondiente y se tema precio. Paz.

FISCALÍA DE DISTRITO DEL BENI

Mayor número de causas recibidas en el 2018 que en 2017

Fiscal de Distrito, Nuria Gonzales Romero.

La Fiscal de Distrito, Nuria Gonzales Romero, informó que en la gestión 2018, ingresó un mayor número de causas que las recibidas en la gestión 2017, todas de conocimiento del Ministerio Público, lo que

hace que haya un avance en el número de causas, pero también hay un incremento en causas nuevas. “Teniendo en cuenta la fuente del Registro de Sistema I-4, que es del Ministerio Público, la

gestión 2018 ha recibido un numero de 1.500 causas más de las que se hubieran atendido de la gestión 2017”, apuntó la Fiscal de Distrito. Dijo, que se tiene un número aproximado de 14 mil causas que han sido de conocimiento del Ministerio Público, tanto de causas rezagadas de gestiones anteriores, como causas nuevas que han ingresado. También hubo un número de causas que han sido concluidas o cerradas de 7.629 causas, para esta gestión. Gestión 2017 Gonzales Romero también a la gestión 2017, se tuvo una capacidad de resolución superior a las 2.111 causas, lo

que significa que haya un avance en el número de causas, pero también hay un incremento en las causas nuevas que han sido atendidas o registradas en el departamento del Beni. Gestión 2019 Hizo notar que el 1º de enero de 2019, hubo una disminución en el número de causas recibidas, lo que fue ponderable, ya que se tuvo un manejo mucho más responsable del ciudadano, donde solo se suscitaron 13 causas en todo el departamento, a diferencia de otras gestiones que fue un número mayor. Falta fiscales La Fiscal de Distrito, hizo notar que en todo el departamento del Beni

se tiene solo 30 fiscales de materia, los que están distribuidos entre la capital y las provincias, esto debe comprender el ciudadano, que el número de causas que se atienden que es un universo aproximado de 7 mil causas, resulta siendo un numero demasiado grande para la cantidad de fiscales que se tiene. A raíz de la falta de mayor numero de fiscales, se está haciendo las gestiones ante la Fiscalía General del Estado, para poder promover la posibilidad de contar con mayor número de fiscales y particularmente asistente y auxiliares, para poder cubrir de forma más ágil las causas.


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AVISOS

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CONDOLENCIA

CONDOLENCIA

“Cuando alguien que amamos muere, no hay forma de evitar la tristeza y tener un vacío en el corazón, pero tenemos la paz y el consuelo que ya está junto a Nuestro Padre Celestial”

“La muerte no nos roba los seres amados. Al contrario, nos los guarda y nos los inmortaliza en el recuerdo”

La Promoción 1998 del colegio Christa Mc Auliffe se adhieren al dolor que embarga a la familia doliente por el sensible fallecimiento de quien en vida fue:

Joven: Jean Marco Cuéllar Justiniano Q.E.P.D.

Los alumnos del 3ro. de Secundaria “B” de la U.E. Christa Mc Auliffe, se adhieren al dolor que embarga a la familia doliente de quien en vida fue:

Joven: Jean Marco Cuéllar Justiniano

Querido hijo de nuestro compañero y amigo Marco Antonio Cuéllar Ayala, pedimos a nuestro creador de fortaleza y consuelo a su familia en estos momentos de dolor. Asimismo, nos permitimos invitar al velatorio que se lleva a cabo en su domicilio particular en c/Nicolás Suárez esq. Av. Del Mar (Palacio del Pollo) y posterior traslado de sus restos mortales el día de hoy jueves 10 de octubre a horas 16:00 al cementerio.

Querido compañero y amigo del paralelo “A”, lamentamos mucho su pérdida y expresamos nuestras más sentidas condolencias a su familia en estos momentos de dolor.

Trinidad, enero de 2019.

Trinidad, enero de 2019.

Q.E.P.D.


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EDICTOS

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AVISO DE REMATE

PROCESO: "EJECUTIVO" EJECUTANTE: BANCO ECOFUTURO S.A. EJECUTADO: MARIA LUISA MUÑOZ TOMINAGA MARTILLERO: Notaria de Fe Publica No 09 Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, ubicada en la calle Cochabamba N° 630. 3er. SEÑALAMIENTO: Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados. Con la rebaja del 20 %. A, 26 de Noviembre de 2018 VISTOS: Se señala audiencia pública de remate y subasta al mejor postor del bien embargado, para el día Viernes, 18 de Enero del 2019 a horas 11:30 a.m., consistente en el siguiente bien: 1.- Inmueble ubicado en la Localidad de Sachojere, Av. Banzer S/N, con una superficie de 1250.00 Mts.2, registrado bajo la Matricula Computarizada N° 8.06.1.03.0000073, con las características mencionadas en el expediente, sobre la base de sus avalúos, del valor de la base fijada en la suma de Bs. 41.760.00.- (CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA 00/100 BOLIVIANOS). De conformidad al Art. 422 del C.P.C. esta vez con la rebaja del 20 %. Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados que fijan el valor de la base en la suma citada. Los interesados en postular deberán depositar el 20% de la base señalada en efectivo o cheque Bancario, girado a la orden de DEPÓSITOS JUDICIALES, del Órgano Judicial y con conocimiento de la Juez Público Civil y Comercial Segundo o mediante depósito judicial en el mismo juzgado. A sus efectos se designa como martillero a la Notaria de Fe Publica No. 09 Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, ubicada en la calle Cochabamba N° 630. Ciudad de la Santísima Trinidad 04 de Diciembre de 2018. Nota.- Se colocó el presente aviso de Remate en el Tablero Judicial de este despacho, en la fecha indicada.

AVISO DE REMATE

PROCESO: "EJECUTIVO" EJECUTANTE: BANCO PYME ECOFUTURO S.A. EJECUTADO: ALICIA YUBANURE YUCO MARTILLERO: Notaria de Fe Publica No 03 Dra. Claudia Ortiz Villarroel, ubicada en la calle German Busch N° 35. 3er. SEÑALAMIENTO: Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados. Con la rebaja del 20 %. A, 26 de Noviembre de 2018 VISTOS: Se señala audiencia pública de remate y subasta al mejor postor del bien embargado, para el día Viernes, 18 de Enero del 2019 a horas 11:00 a.m., consistente en el siguiente bien: 1.- Inmueble Urbano ubicado en la Ciudad de San Ignacio de Moxos, Zona 10 de Octubre, sobre calle Sin Nombre N° 6, con una superficie de 312.50.- Mts.2, registrado bajo la Matricula Computarizada N° 8.05.1.01.0002405, con las características mencionadas en el expediente, sobre la base de sus avalúos, del valor de la base fijada en la suma de $us. 13.120,00.- (TRECE MIL CIENTO VEINTE 00/100 DOLARES AMERICANOS). De conformidad al Art. 422 del C.P.C. esta vez con la rebaja del 20 %. Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados que fijan el valor de la base en la suma citada. Los interesados en postular deberán depositar el 20% de la base señalada en efectivo o cheque Bancario, girado a la orden de DEPOSITOS JUDICIALES, del Órgano Judicial y con conocimiento de la Juez Público Civil y Comercial Segundo o mediante depósito judicial en el mismo juzgado. A sus efectos se designa como martillero a la Notaria de Fe Publica No 03 Dra. Claudia Ortiz Villarroel, ubicada en la calle German Busch N° 35. Ciudad de la Santísima Trinidad, 04 de Diciembre de 2018. Nota.- Se colocó el presente aviso de Remate en el Tablero Judicial de este despacho, en la fecha indicada.


ESPACIO SOLICITADO

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EN NOMBRE DE LA LEY: EL DR. NERY ODON ZABALA CABRERA JUEZ 4o DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL. POR EL PRESENTE EDICTO: Se hace saber a la Denunciante DANI DOLORES VILLAN ZARATE que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a Denuncia dé Dani Dolores Villán en contra de Abdul Rivero Vaca por la supuesta comisión del delito de Robo previsto y sancionado por el Art. 331 del Código Penal, EL ACUERDO DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO Y FECHA DE AUDIENCIA La suscrita FISCAL DE MATERIA - Dra. Erika Arce Cuellar…el señor Imputado: Abdul Ribero Vaca y su Abogado defensor Dr. GISELE Aguilera Carranza: de Defensa Publica, Suscriben el acuerdo conforme a las siguientes consideraciones: PRIMERO.- El Ministerio Público sigue proceso Penal al señor Abdul Rivero Vaca por la presunta comisión del Delito de Robo previsto y sancionado en el Art. 331 del Código Penal. El representante del Ministerio Publico ha efectuado la imputación por existir suficientes elementos de convicción, por lo que dentro de las actuaciones de investigación se ha establecido que el hecho existió y el delito fue cometido, conforme evidencia el cuaderno de la investigación. SEGUNDÓ.- Conforme prevé el Art. 373, 374 del Código de Procedimiento Penal, el Ministerio Público representado por el Fiscal de materia Dr. Erika Arce Cuellar las partes y su abogado Dr. Gisele Aguilera Carranza del imputado Abdul Rivero Vaca acordamos aplicar la salida alternativa de PROCEDIMIENTO ABREVIADO en el presente caso por tanto el imputado renuncia en forma libre y espontánea al Juicio Oral Ordinario y reconoce ser AUTOR del hecho delictivo. TERCERO.- Por expresión de libre voluntad, sin presión alguna y mutuo acuerdo de partes, se establece que el Ministerio Publico requerirá como sanción penal al Juez de Instrucción Cautelar LA SALIDA ALTERNATIVA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO DE^^^^"V^ÑOS de sanción de PRIVACION DE LIBERTAD, para El señor Abdul Ribero Vaca de conformidad al Art. 373, 374 del Código de Procedimiento Penal, tomando en cuenta que el señor imputado ha ADMITIDO EL HECHO, HA RECONOCIDO SU PARTICIPACION Y CULPABILIDAD de forma libre y voluntaria, para efecto de su legal viabilidad el Imputado Abdul Ribero Vaca más su abogado defensor Dra. Gisele Aguilera Carranza firman al pie del presente acuerdo Trinidad, 24 de Octubre de 208 JUEZ: Conforme lo ha establecido la señora secretaria indicando que no estaría presente la víctima como también el imputado como ha expresado la señora fiscal al no haberse trasladado de manera formal ante este despacho jurisdiccional por parte del encargado del centro de rehabilitaciones Mocoví, se va señalar nueva audiencia a realizarse en el centro de rehabilitaciones Mocoví así mismo de la revisión del cuaderno de control jurisdiccional se ha evidenciado que se emita edicto, se realizara nuevo edicto con la suspensión de la presente audiencia y con el nuevo señalamiento para fecha Miércoles 16 de Enero del año 2019 a horas 10:00 am, donde la señora fiscal deberá presentar los edictos correspondientes de notificación de la parte denunciante, quedando citados y emplazados de manera oral conforme establece el art. 160 in fine. Con lo que terminó el acto firmando en constancia el señor Juez y la suscrita Secretaria: REGISTRESE: FDO Y SELLADO: DR NERY ODON ZABALA CABRERA.- JUEZ CUARTO DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR PENAL DE LA CAPITAL TRINIDAD 27 DE DICIEMBRE DE 2018

EDICTO JUDICIAL

EL DR. RENE GAMBOA CALDERON, JUEZ PÚBLICO CIVIL, COMERCIAL Y DE LAS FAMILIAS N° 1 DE GUAYARAMERIN, PROVINCIA VACA DIEZ DEL DPTO. DEL BENI. POR EL PRESENTE EDICTO SE LE HACE CONOCER A LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS DEL DOMICILIO UBICADO SOBRE LA O.T.B "16 DE MAYO" SOBRE LA CALLE 22 DE JULIO ENTRE LAS CALLES RURRENABAQUE VILLA BELLA, CON COD CAT N° 3-79-20, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 437,50 MTS2, QUE SE HA ADMITIDO UNA DEMANDA DE REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SEGUIDA POR EL SRA. ROSA GONZALES GUARI EN CONTRA DE LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS DEL INMUEBLE ANTES DESCRITO, Y MEDIANTE AUTO DE FECHA 20 DE NOVIEMBRE DEL 2018, PREVIO JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DEL DOMICILIO, POR LA DEMANDANTE, SE HA DISPUESTO PARA QUE COMPAREZCAN LOS PRSUNTOS PROPIETARIOS EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS ANTE ESTE DESPACHO JUDICIAL A ASUMIR DEFENSA, EN CASO DE NO HACERLO SE DESIGNARA ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO. A TAL EFECTO SE ACOMPAÑA LA DEMANDA EN FOTOCOPIAS DEBIDAMENTE LEGALIZADAS Y AUTO DE ADMISIÓN DE FECHA 20 DE NOVIEMBRE DEL 2018.... ES CUANTO SE HACE SABER PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Guayaramerin, 29 de NOVIEMBRE del 2018

EDICTO LA DRA. CARLA CECILIA ORTIZ QUEZADA, DR, CARLOS BELLO RUIZ Y DRA. CLARET LLANOS MARTINEZ JUECES TECNICOS DEL TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA.- MEDIANTE EL. PRESENTE EDICTO CITA, LLAMA Y EMPLAZA.- Que, mediante acusación particular presentada por la parte acusadora proceses que sigue el Ministerio Público a denuncia de la JAVIER VEGA VIZA en contra de ERNESTO SUAREZ SATTORI y Otros por la presunta comisión del delito de MALVERSACION Y OTROS, al desconocerse el paradero del acusado LUIS FERNANDO SIMON HIZA, se libra el presente Edicto: Desconociéndose el paradero del acusado LUIS FERNANDO SIMON HIZA, procédase a su notificación con Auto de Apertura de lecha 21/11/2018, AUTO No 40 /2018.- AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL PÚBLICO, CONTINUO Y CONTRADICTORIO.- En la ciudad de la Santísima Trinidad, a los veintiún días del mes de Noviembre de 2018, dentro del proceso que se sigue en contra de; ERNESTO SUAREZ SATTORI, CLEMENTE DE ROMA CARDENAS SANIINES, LUIS FERNANDO SELUM RIVERO, KARINA FABIOLA LEIVA AÑEZ DE RUIZ, LUIS FERNANDO SIMON HIZA, FABIAN ANTONIO RODAL COELHO, ZAGIR DAGUER BARBA, CELIN SILVA JULIO GINGER LLAPIZ LEIGUE ELVIRA LOURDES MARVIC QUEVEDO CRISTIAN MARCELO JUSTINIANO FERNANDEZ, MIGUEL ANTONIO CHAVEZ BACIGALUPO, VICTOR EDGAR MORENO MORALES, RONALD MARTORELL ROCA, ELFIA BECERRA ROCA ROSSANA HURTADO CHAVEZ, ZULMA GUTIERREZ ORTIZ DE CHAVEZ, por la presunta comisión de los delitos de MALVERSAC1ON, INCUMPLIMIENTO DE DEBERES, RESOLUCIONES CONTRARIAS A LA CONSTITUCION YA LAS LEYES, CONDUCTA ANTIECONOMICA, DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, a instancia del Ministerio Público, se dicta el presente Auto de Apertura de Juicio Oral, Continuó y Contradictorio: VISTOS: La RESOLUCIÓN ACUSATORIA del Representante del Ministerio Público, Dr. Alejandro llich Cruz Rodríguez, en contra de Ernesto Suarez Sattori, Clemente De Roma Cárdenas Sanjinés, Luis Fernando Selum Rivero, Karina Fabiola Leiva ,4ñez De Ruiz, Luis Fernando Simón Hiza, Fabian Antonio Rodal Coelho, Zagir Daguer Barba, Celin Silva Julio Ginger Llapiz Leigue Elvira Lourdes Marvic Quevedo Cristian Marcelo Justiniano Fernández, Miguel Antonio Chávez Bacigalupo, Víctor Edgar Moreno Morales, Ronald Martorell Roca, Elfía Becerra Roca Rossana Hurtado Chávez, Zulma Gutiérrez Ortiz De Chávez, por los delitos de Malversación, Incumplimiento De Deberes, Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, Conducta Antieconómica, Desobediencia a la autoridad, previstos y sancionados por los Arts. 144, 154, 153, 224, 160 del Código Penal.- CONSIDERANDO.- Que; por mandato expreso del Art. 42 del Código de Procedimiento Penal, corresponde a la Justicia Penal el conocimiento exclusivo de todos los delitos, así como la ejecución de sus RESOLUCIONES, siendo competentes los Tribunales de Sentencia para conocer la sustanciación y resolución del juicio en todos los delitos de acción pública, como lo preceptúa el Art. 5 de la Ley 586, modificatoria del Art. 52 de la Ley 1970; y Qué; según lo previsto en el Art 342 del Código de Procedimiento Penal, el juicio se abre sobre la base de la ACUSACIÓN FISCAL, tomando en cuenta en el presente caso, los HECHOS ACUSADOS por el Representante del Ministerio Público en la acusación cursante a Fs., 67 al 84 vlta., de obrados.- POR TANTO: Este Tribunal de Sentencia, en acatamiento a lo dispuesto en la primera parte del 342 del Código de Procedimiento Penal y dentro del plazo previsto en el Art. 340 numeral IV de la Ley 586 modificatoria de la ley 1970, DICTA el presente AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL, PÚBLICO, CONTINUO Y CONTRADICTORIO, en contra de Ernesto Suarez Sattori, Clemente De Roma Cárdenas Sanjinés, Luis Fernando Selum Rivero, Karina Fabiola Leiva Añez De Ruiz, Luis Fernando Simón Hiza, Fabián Antonio Rodal Coelho, Zagir Daguer Barba, Celin Silva Julio Ginger Lápiz Leigue Elvira Lourdes Marvic Quevedo Cristian Marcelo Justiniano Fernández, Miguel Antonio Chávez Bacigalupo, Víctor Edgar Moreno Morales, Ronald Manare!! Roca, Elfia Becerra Roca Rossana Hurtado Chávez, Zulma Gutiérrez Ortiz De Chávez, acusados como presuntos autores de los delitos de Malversación, Incumplimiento De Deberes, Resoluciones Contrarías a la Constitución y a las Leyes, Conducta Antieconómica, Desobediencia a la Autoridad, previstos y sancionados por los Arts. 144, 154, 153, 224, 160 del Código Penal.- Qué; para la ORGANIZACIÓN y DESARROLLO del presente Juicio Oral, se señala AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL, PÚBLICO, CONTINUO Y CONTRADICTORIO, para el día Viernes 18 de Enero de 2019 a Horas 15:15 p.m. Se hace constar expresamente, que el señalamiento de las audiencias se hace en consideración de la programación de las Audiencias que tiene señalada éste Tribunal de Sentencia. Amparándose para ello en el Art. 130 parte in fine del Adjetivo Penal. A los fines consiguientes de Ley, se dispone que las partes especifiquen los domicilios reales (dirección exacta), de los testigos ofrecidos, para evacuarse los comparendos correspondientes. Caso contrario asumirán la obligación de presentarlos en juicio. De otro lado el Secretario Abogado, en cumplimiento de los Arts. 56 y 343 del Adjetivo Penal, notificará a las partes, testigos expidiendo para ello los correspondientes mandamientos. Trinidad 27 de noviembre del 2018. Fdo. y Sellado.- Dra. Claret Llanos Martínez Dr. Carlos Bello Ruiz y Dra. Carla Cecilia Ortiz Quezada Presidente y Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia de la Capital - Ante Mí.- Dra. Mindy Fernanda Cruz Sejas Secretaria - Abogada del Tribunal 1 de Sentencia de la Capital.

EDICTOS

13 COMUNICADO

A efecto de revisar el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias de los beneficiarios de la Urbanización “TAHUICHI 1”, y en caso de estar incumplidas las mismas, se procederá a la reversión del acto contractual suscrito. Resulta necesario regularizar esta situación toda vez que el incumplimiento de los beneficiarios genera perjuicios económicos a mi persona, (Beneficiarios presentar documentación de respaldo en la av. Comunidad Europea No. 1044 por las mañanas en el plazo de 15 dias) a partir de la publicación del presente aviso. EL PROPIETARIO

C-09-11/01/19

EN NOMBRE DE LA LEY: EL DR. NERY ODON ZABALA CABRERA JUEZ DE INSTRUCCIÓN 4o EN LO PENAL DE LA CAPITAL EN SUPLENCIA LEGAL DE SU SIMILAR.POR EL PRESENTE EDICTO: Se hace saber al denunciante LARDINO ARCE VESPA y al imputado MIGUEL AÑEZ YOMEYE que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público A DENUNCIA DE LARDINO ARCE VESPA por la supuesta comisión del delito de ABIGEATO previsto y sancionado por el Código Penal, con el objeto de que asista a la audiencia señalada para el día LUNES 21 DE ENERO DEL 2019 A HORAS 16:00 PM; a cuyo fin se transcribe el actuado pertinente. NUREJ: 8013994….SEÑORA JUEZ 3o DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR DE LA CAPITAL….NUREJ: 8013994…FIS-BENI: 1703558….Requiere Imputación Formal. Otrosíes. Abog. JUAN CARLOS CAMACHO CONDORI, Abog. ROSMERY MICHEL BANEGAS, Abog. CARLOS PELAES MARIOBO, en nuestra condición de FISCALES DE MATERIA, como representantes de la Sociedad y el Estado, dentro del presente caso, ante su Autoridad con el debido respeto exponemos y pedimos: I.- IMPUTACION FORMAL. 1.1 DATOS DE LOS SUJETOS PROCESALES. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO (A) NOMBRE COMPLETO: MIGUEL AÑEZ YOMEYE Cédula de Identidad: 1923995 Beni Estado Civil: Soltero Fecha de Nacimiento: 06/04/1964 Domicilio: Calle Hermanos de Castillo N° 27 - Zona Pompeya Abogado Defensor: Lic. Edwin Suarez Pinto Domicilio Procesal: Calle Bolívar y Ejercito Chuta DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL QUERELLANTE. Nombre Completo: LARDINO ARCE VESPA Cédula de Identidad: 4594692 Santa Cruz Domicilio: Montero Hoyos s/n - Cel. 78088479 1.2. RELACION CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS. De acuerdo a la denuncia y entrevista realizada al denunciante, el mismo manifiesta que viajo a la ciudad Santa Cruz en fecha 01 de diciembre 2017 a su retorno en fecha 16 de diciembre, se dirigió a la ESTANCIA LAS PALQUITAS a verificar sus "2" dos muías - una hembra y un macho, se percató que dichas muías ya no se encontraban en el lugar, luego pregunto a la encargada de dicha estancia, a la Sra. Fátima Herrera Arteaga misma indico que en fecha 05 de agosto el Sr. MIGUEL AÑEZ MALPARTIDA se lo habría llevado en un camión de color azul con destino a la ESTANCIA BELLEZA.- 1.3. TEORÍA INDICIARIA. Ahora bien, durante el desarrollo de la etapa de investigación preliminar se ha podido recabar a requerimiento fiscal, los siguientes elementos de convicción: · Informe de policial de fecha 19/12/2017. · Formulario de denuncia de LARDINO ARCE VESPA de fecha 19/12/2017. S Informe de policial de fecha 27/12/2017. · Acta de entrevista informativa policial de FATIMA HERRERA ARTEAGA de fecha 26/12/2017. · Acta de entrevista informativa policial de RAUL HERRERA RIBERA de fecha 26/12/2017. · Acta de entrevista informativa policial de LARDINO ARCE VESPA de fecha 26/12/2017.- 1.4. RAZONAMIENTO Y ADECUACIÓN TÍPICA (CALIFICACIÓN PROVISIONAL). Compulsado lógica y jurídicamente los antecedentes del hecho fáctico se advierte una cadena de indicios precisos y concordantes que permiten al Ministerio Público sostener de manera fundamentaba y objetiva la probabilidad de la comisión del delito de ABIGEATO previsto y sancionado por el art. 350 del Código Penal, mismo que al tenor literal refiere: Art. 350. (ABIGEATO).- El que se apoderare o apropiare indebidamente de ganado caballar, mular, asnal, bovino, porcino, caprino y lanar, será sancionado con reclusión de uno a cinco años. En igual sanción incurrirá: 1) El que marcare, señalare, borrare o modificare las marcas o señales de animales ajenos, 2) El que marcare o señalare en campo o propiedad ajena, sin consentimiento del dueño del campo, animales orejanos. 3) El que marcare o señalare animales orejanos ajenos, aunque sea en campo propio. La pena será agravada en un tercio: 1) Si concurriere alguna de las agravantes señaladas en el párrafo segundo del artículo 326. 2) Si el delito se perpetrare en animales de raza. El hecho factico se adecúa a los tipos penales referidos ut supra, en base a los siguientes elementos que configuran el tipo penal: · Que, el imputado MIGUEL AÑEZ YOMEYE en fecha 05 de agosto se lo habría llevado en un camión de color azul dos "2" muías - una hembra y un macho de la estancia LAS PALQUITAS con destino a la ESTANCIA BELLEZA. Que, la Sra. FÁTIMA HERRERA ARTEAGA en su declaración informativa refiere que su persona se encontraba en la propiedad realizando sus qué aceres, cuando ingresa el Sr. Miguel mismo indico que se iba a llevar las muías el día de mañana, luego se retiró de dicha propiedad, al día siguiente a horas 09:30 aproximadamente ingreso el Sr. Miguel con un camión de color Azul y embarco las muías a dicho Vehículo y se retiró. El Sr. RAÚL HERRERA RIVERA en su declaración informativa manifiesta que se encontraba en su trabajo cuando ingreso el Sr. Miguel indicándole que iba a embarcar las dos muías y se lo llevo en un camión Azul. · El Sr. HUMBERTO GIL ARDAYA en su declaración informativa señala que recibió una llamada vía telefónica para un trasporte de unos animales mulares de la ESTANCIA LAS PALQUITAS hasta la ESTANCIA BELLEZA, lo cual envió su Vehículo con su conductor Marco Antonio Sosa a que recoja dichos animales Mulares y dejándolo a cargo al Sr. Miguel Añez Malpartida en dicha propiedad. 1. Que, las declaraciones testificales son uniformes y generan la veracidad de los hechos, si bien las dos muías no ha sido encontradas por la policía en la ESTANCIA BELLEZA es evidente que el imputado ha llevado las dos muías de La ESTANCIA LAS PALQUITAS, por lo cual su conducta se adecua al delito de ABIGEATO. presentado en audiencia a ser señalada.- Otrosí 3ero.- domicilio procesal conforme el art. 162 del C.P.P., oficinas del ministerio público ubicado en la calle la paz N°131…Santísima Trinidad, 02 DE MARZO DE 2018….Fdo. Y Sellado Dr. JUAN CARLOS CAMACHO y DRA. ROSMERY MICHEL BANEGAS FISCALES DE MATERIA….INFORME A: Dr. Nery Odón Zabala Cabrera JUEZ CUARTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO TERCERO. DE: Dra. Griselda Flores Villan…SECRETARIA ABOGADA DEL JUZGADO TERCERO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL….FECHA: 04 de diciembre del 2018….Señor juez, se tenía programado una audiencia de medidas cautelares para el 03 de Diciembre del 2018 a horas 16:00 pm encontrándose su autoridad en audiencia en la cámara gesell y no instalándose la presente audiencia por los motivos ya manifestado, por lo que informo que a dicha audiencia asistió el ministerio público en la cual no ha hecho llegar la publicación de los edictos en cuanto al denunciante, si también asiste a la audiencia el abogado del imputado, se pone a conocimiento de que el abogado a manifestado que no sabe del paradero de su cliente puesto que le habría dicho que se iría al campo y que desconoce dónde. Dentro del proceso penal seguido por el ministerio público A DENUNCIA DE LARDINO ARCE VESPA en contra de MIGUEL AÑEZ YOMEYE por el delito de ABIGEATO: NUREI 8013994….Es cuanto pongo a su conocimiento para fines de Ley….FDO Y SELLADO: DRA GRISELDA FLORES VILLAN SECRETARIA- ABOGADA DEL JUZGADO TERCERO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL….DENUNCIANTE: MINISTERIO PÚBLICO. IMPUTADO: MIGUEL AÑEZ YOMEYE. DELITO: ABIGEATO….NUREJ: 8013994…..A, 05 DE DICIEMBRE DEL 2018….Se tiene presente el informe emitido por la señora secretaria de este juzgado, dentro del proceso penal que sigue el ministerio público a denuncia de LARDINO ARCE VESPA en contra de MIGUEL AÑEZ YOMEYE por el presunto DELITO de ABIGEATO, SE SEÑALA AUDIENCIA PÚBLICA de medidas cautelares sea para el DÍA LUNES 21 DE ENERO DEL 2019 A HORAS 16:00 PM.- Debiendo de notificarse al denunciante y al imputado en conformidad al art.165 del CPP. Por secretaria elabórese el correspondiente EDICTO, estando encargado de su publicación el.- 1.5. IMPUTACIÓN FORMAL. Por lo expuesto y al existir elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado, es con probabilidad autor del hecho que se le Imputa, es que con la facultad otorgada por el inc. 1) del art.301 - 1) y el art. 302 del Cód. Pdto. Penal y el inc. 1), 2), 11) y 12) del art. 40 de la Ley 260, el Suscrito Fiscal, IMPUTA FORMALMENTE al ciudadano MIGUEL AÑEZ YOMEYE, por la presunta comisión del delito de ABIGEATO previsto y sancionado por el art. 350 del Código penal, en grado de AUTORÍA, de conformidad a lo establecido en los Arts. 20 del mismo cuerpo legal.- II. SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES.- Por lo descrito líneas arriba se tiene que se cumple con lo establecido en el art. 233 núm. 1) del C. P. P. en lo referente a la Autoría pues existen suficientes elementos de convicción para sustentar de manera clara, firme e inequívoca, que el imputado es con probabilidad autor del delito de ABIGEATO previstos y sancionados por el art. 350 del Código penal. Artículo 233°.- (Requisitos para la detención preventiva). Realizada la imputación formal, el juez podrá ordenar la detención preventiva del imputado, a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima aunque no se hubiera constituido en querellante, cuando concurran los siguientes requisitos: 1.- La existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es, con probabilidad, autor o partícipe de un hecho punible.- 2.- La existencia de elementos de convicción suficientes de que el imputado no se someterá al proceso u obstaculizará la averiguación de la verdad. Para resolver sobre la Situación Jurídica del imputado conforme el art. 233 núm. 2) del C.P.P. se deberá tener en cuenta lo siguiente: Artículo 234°.- (Peligro de fuga). Por peligro de fuga se entiende a toda circunstancia que permita sostener fundadamente que el imputado no se someterá al proceso buscando evadir la acción de la justicia. Para decidir acerca de su concurrencia, se realizará una evaluación integral de las circunstancias existentes, teniendo especialmente en cuenta las siguientes: 1. Que Cl imputado no tenga domicilio o residencia habitual, ni familia, negocios o trabajo asentados en el país; No consta de forma documental en el cuaderno de Investigaciones, que el Imputado MIGUEL AÑEZ YOMEYE, tenga un domicilio o residencia habitual, ni familia, negocios o trabajos asentados en el País, lo cual incide en el peligro de fuga establecido en el Art. 234 numeral 1) del Código de Procedimiento Penal.- 2.- Las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto; Al no haber desvirtuado los riesgos consistentes en trabajo, familia y domicilio legalmente asentado en el territorio boliviano se hace latente existir el riesgo procesal de fuga, al no existir un arraigo natural. En base a lo fundamentado ut supra, cumplido los requisitos exigidos por el artículo 233 con relación al artículo 234 numerales 1) y 2) del C.P.P., se Requiere la aplicación de la Medida Cautelar de Carácter Personal de DETENCIÓN PREVENTIVA del Imputado en el Centro de Rehabilitación para Mujeres Trinidad, solicitando muy respetuosamente a su Autoridad, se sirva fijar día y hora de Audiencia de Medidas Cautelares.- Honor, Verdad, Libertad y JUSTICIA &. Otrosí 1ro.- Adjunto la declaración de los imputados y literales pertinentes que pido sean arrimadas a sus antecedentes.- Otrosí 2do.- Acorde al art. 73 y 323 del Código de Procedimiento Penal, el Ministerio Publico se reserva el derecho de ampliar, corregir, enmendar y rectificar el requerimiento conclusivo Ministerio público, debiendo de hacer llegar la publicación en el plazo de 15 días desde su legal notificación…Notifíquese a los demás sujetos procesales conforme al art. 163 del CPP.- FDO Y SELLADO: DR. NERY ODON ZABALA CABRERA JUEZ DE INSTRUCCIÓN CUARTO EN LO PENAL DE LA CAPITAL EN SUPLENCIA LEGAL DE SU SIMILAR- Fdo. y sellado. GRISELDA FLORES VILLAN—SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR.- Es cuanto se transcribe para fines consiguientes de Ley. TRINIDAD 06 DE DICIEMBRE DEL 2018


AVISOS

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AVISO DE ALQUILER Se alquila sala amplia para oficina; Institucional, bancaria, empresarial, etc., ubicada en Acera norte de la plaza principal “Jose Ballivian Club Social 18 de noviembre. Ref: Secretaria. Telefono: C-08-15/01 34621056

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DEPORTES

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División Profesional

Conoce la hora y el día que jugará tu equipo en el Apertura en Bolivia

El Deber Cochabamba Entre martes y miércoles en Cochabamba, estuvo reunido el consejo superior de la División Profesional. En la misma se programaron las 26 fechas del Apertura que comenzará este 19, aunque solo siete de ellas tienen fecha y horario, según se comunicó desde la FBF. Según Adrián Monje, que forma parte de la comisión técnica de la División Profesional, se debe esperar lo que suceda con Bolívar y The Strongest que deben jugar las fases previas de la Libertadores y si en caso avanzan a zona de grupos, están obligados a jugar cada 48 horas. El objetivo es no mover las fechas establecidas el martes ya que el calendario para este primer torneo (sistema todos contra todos) está bien apretado

tomando en cuenta que se debe acabar máximo el 22 de mayo para darle espacio a la selección nacional. La Verde debe encarar su preparación de cara a la Copa América de Brasil que se jugará del 14 de junio al 7 de julio. Adrián Monje, del comité técnico, confirmó que no se han programado fecha el sábado y domingo de Carnaval porque la gente está de fiesta. A continuación, te dejamos tres fechas aprobadas por los delegados de los 14 clubes que asistieron a la reunión en Cochabamba. Primera jornada: Sábado 19 de enero Warnes. - Sport Boys vs Always Ready (15:00) Potosí. - Real Potosí vs Guabirá (17:15) La Paz. - The Strongest vs Aurora (19:30) Domingo 20 de enero

Santa Cruz. - Destroyers vs Blooming (15:00) Oruro. - San José vs Nacional Potosí (17:15) Cochabamba. - Wilstermann vs Bolívar (17:15) Santa Cruz. - Oriente Petrolero vs Royal Pari (19:30) Segunda jornada: Sábado 26 de enero Montero. - Guabirá vs Nacional Potosí (15:00) El Alto. - Always Ready vs Wilstermann (15:00) Santa Cruz. - Royal Pari vs The Strongest (17:15) La Paz. - Bolívar vs Destroyers (20:00) Domingo 27 de enero Potosí. - Real Potosí vs Oriente Petrolero (15:00) Cochabamba. - Aurora vs Sport Boys (17:15) Santa Cruz. - Blooming vs San José (19:30) Tercera jornada:

Orellana por Leaños y Riquelme en lugar de Pereyra El Deber La Paz Continúan los trabajos en Bolívar. El técnico César Vigevani no descansa y la mañana de este miércoles realizó dos cambios en el equipo titular. La academia paceña se alista para el torneo local y la Copa Libertadores En lugar de Heber Leaños colocó a José Orellana y en el ataque ingresó Marcos Riquelme por Jorge Pereyra. Con respecto al resto de los jugadores no realizó modificaciones, por lo que dejó ver que de a poco se diseña el equipo de Bolívar 2019. Vigevani trabajó con Guillermo Viscarra en el arco; Diego Bejarano, Adrián Jusino, Mauricio Prieto y José Orellana en la defensa; Leonel Justiniano, Erwin Saavedra, Juan Miguel Callejón, Thomaz Santos y Juan Carlos Arce en el medio campo; Marcos Riquelme solo en el ataque. Para evitar que se filtre su trabajo, Vigevani

cerró las puertas, sin embargo, se constató que el entrenador tiene como objetivo cambiar la identidad de juego que presentó Bolívar el semestre pasado. Las prácticas se desarrollan en doble turno, la idea del cuerpo técnico es potenciar la parte física de los jugadores. El único futbolista que realizó un trabajo diferenciado fue Jaime Arrascaita. Iker Hernández está en buenas condiciones Tras los rumores que el futbolista español Iker Hernández se encontraría lesionado, la dirigencia de Bolívar afirmó a Diez.bo que es falso. "Se dice que Iker no está en buenas condiciones y es mentira, él se encuentra en buen estado físico y trabaja en su aclimatación. Estamos seguros que contaremos con él al inicio del torneo Apertura", afirmó un dirigente celeste. El ibérico se entrena con normalidad.

José Orellana es el candidato para ocupar la plaza de sub 20 en la academia cruceña. Foto Club Bolívar

Martes 29 de enero Santa Cruz. - Destroyers vs Always Ready (20:30) Miércoles 30 de enero Warnes. - Sport Boys vs Royal Pari (16:00) La Paz. - The Strongest vs Real Potosí (18:45) Santa Cruz. - Oriente Petrolero

vs Guabirá (20:30) Cochabamba. - Wilstermann vs Aurora (20:30) Jueves 31 de enero Potosí. - Nacional Potosí vs Blooming (20:30) Oruro. - San José vs Bolívar (reprogramado) vs Oriente Petrolero (19:30).

Imágenes en el momento del sorteo del fixture del Apertura. Foto Prensa FBF

Perú

Fuentes acelera a fondo y recupera terrenos en motos

Fuentes es un digno representante del Chaco boliviano. Foto. @FabricioDakar El Deber Agencis El chaqueño Fabricio Fuentes cumplió una gran carrera en motos este miércoles en Perú. En los 331 kilómetros cronometrados entre San Juan de Marcona y Arequipa, el corredor de Villa Montes escaló 12 posiciones en la clasificación general. Pasó del puesto 78 al 66 (en la etapa fue 55) Fuentes llegó a la meta en Arequipa tras seis horas y 8 segundos. Ubicó su KTM 450cc a una hora, 52 minutos y 26 segundos del francés Xavier de Soultrait (4h07'42'') ganador de la tercera etapa. El boliviano tiene este jueves la oportunidad de seguir escalando cuando se cumpla la cuarta jornada de competencia entre Arequipa y Moquegua. Serán 405 kilómetros cronometrados y 106 de enlace. El menor de los Nosiglia cayó dos posi-

ciones Daniel Nosiglia cumplió una importante tarea en esta jornada que no fue fácil por la naturaleza de la carrera y por el accidente que sufrió su hermano Wálter. El menor de los Nosiglia terminó la etapa en el puesto 32, mientras que en la general (sumatoria de los tres días de carrera) fue a parar en el puesto 23. Cayó dos posiciones en relación al segundo día de competencia. De no haber sufrido el retraso por el accidente de su hermano la historia de Daniel serie distinta. Este jueves seguro que saldrá a desafiar al desierto para recuperar el tiempo perdido. Nogales llegó a la meta en el puesto 105 El cochabambino Danny Nogales sigue en carrera. El piloto valluno terminó la tercera etapa en el puesto 114 y se ubicó en el 115 en la clasificación general. Este jueves tendrá su revancha.


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Depo

Country Club Sabana

Academia que busca formar al futuro tenista beniano Contacto Trinidad En la ciudad de Trinidad desde septiembre del 2018, abrió sus puertas la academia del Country Club Sabana, la misma que al momento cuenta con aproximadamente 20 alumnos que son formados por un equipo de profesionales de alto nivel, que busca formar al futuro tenista beniano. El Country Club Sabana se encuentra ubicado sobre la carretera a Laguna Suárez, en el ingreso al ex balneario don Fito. Al momento se encuentra en la conclusión de una primera fase, donde cuatro cancha de tenis ya están aptas para la práctica de

este deporte. En una segunda etapa, se construirá una cancha de fútbol, canchas de ráquetbol, piscina y otros servicios que tendrán todas las personas que hagan socios de este gran proyecto. Juan Ruiz, gerente propietario del Country Club Sabana, dijo que desde septiembre del pasado año, ya funciona la academia que al momento cuenta con 20 alumnos. “Tenemos al momento 20 alumnos, de los cuales la mayoría ha ido a campeonatos nacionales y hemos conseguido logros, al momento tenemos a la número uno de la categoría 12 años, como es Dayanara Velasco y otros como Raúl Rivero que ha obtenido el

Estas son las canchas que ya están habilitadas y donde los alumnos de la academia vienen trabajando. Foto CCS

primer lugar en 18 años y otros que han mostrado un gran nivel, que han ganado medallas de oro, plata y bronce”, expresó. Ruiz mencionó que la academia tiene un cuerpo técnico de primer nivel a la cabeza de Rodrigo Briones Ferrada, mostrando que se ha empezado con todo, mismo que ya se encuentra trabajando en este año. El gerente manifestó que los beneficios que ofrece la academia, son muchos, pero ahora lo que necesita es que los padres inscriban a sus niños para que la misma, aparte de ser competitiva, aumente en número de alumnos para poder seguir creciendo. “Porque nuestro objetivo en esta primera etapa de construcción, es llegar a traer campeonato nacionales e internacionales, por ello necesitamos que la gente se apegue a nosotros y sea parte de este proyecto, porque además, más adelante contaremos con la construcción de otras canchas para otras disciplinas deportivas”, acotó. El entrevistado informó, que los padres tienen la opción de llevar a su niño para que practique con raquetas que el Country le proporcione y luego, cuando su niño muestra interés por este deporte, recién puede adquirir la misma. Todas las personas que necesiten mayor información sobre las inscripciones a la academia, dirigirse a las oficinas que el Country tienen en la ciudad, calle 27

Cuerpo Técnico, propietario, alumnos de la academia del Country Club Sabana. Foto CCS

Así lucirán las canchas a la conclusión de esta primera fase. Foto CCS de Mayo, pasando el ingreso al coliseo Cancha Vieja, lado de Moto repuestos Pozo, de lunes a viernes. Preocupación El generante del Country Club Sabana, mostró su preocupación por el mal estado de la carretera a la Laguna Suárez, lo que quizás está dificultando que

algunos padres lleguen hasta las instalaciones en sus movilidades. El municipio tendría que hacer un esfuerzo por mejorar esta vía que conduce a un balneario natural como es la Laguna Suárez, al momento es un peligro transitar en movilidad por esta ruta, manifestó el entrevistado.

Copa Tahuichi

Escuela Mutual a un paso de llegar a semifinales Contacto Trinidad

Escuela Mutual Trinidad, este jueves busca su clasificación na semifinal. Foto Cortesía

La Escuela Mutual Trinidad que participa de la Copa Tahuichi en la ciudad de Trinidad, este miércoles logró un valioso triunfo sobre Cristo te Salva y este jueves enfrenta al equipo de Atlético Vaquita para lograr su pase a semifinal de la

Copa de Oro. La Escuela Mutual que había perdido su primer compromiso de esta liguilla que clasifica a semifinales de la Copa de Oro frente a Cuidad Deportiva, este miércoles derrotó a Cristo te Salva por el marcador de 4 goles a 2 y solo necesita ganar su próximo compromiso para pasar

como segundo de su grupo. Este jueves la Escuela Mutual Trinidad se juega su pase a semifinal cuando enfrente al equipo de Atlético Vaquita, los chicos benianos mostrarán todo su temple para alcanzar este objetivo. No se pudo conseguir más datos del campeonato.


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