Trinidad. Precio Bs 4 País Bs 5. VIERNES 19 de ENERO de 2018. año VI número 1903 20 Páginas
46-33000 Tribunal Electoral del Beni
Aprobó solicitud de revocatorio para alcalde de Trinidad El Tribunal Electoral Departamental del Beni (TED-Beni) habilitó en sala plena, la solicitud de revocatorio de mandato del alcalde de Trinidad, Mario Suárez Hurtado, así lo dio a conocer la vocal Carmen Nelly Tineo que es vicepresidente del órgano Pág. 07 electoral del Beni. Copa Tahuichi Herbalife
Subcampeones fueron agasajados por sus padres Los integrantes del equipo Sub 7 de la escuela Planeta Fútbol 775 de Trinidad, que en pasados días obtuvo el segundo lugar en la disputa de la Copa de Oro del campeonato Copa Tahuichi Herbalife 2018 Pág. 08
Inician obras del nuevo mercado seccional
Este jueves inauguraron las obras del nuevo mercado seccional No.1 la inauguración y colocación de la piedra fundamental para esta obra, será financiado por la UPRE por más de 2.600.000 millones de bolivianos. Pág. 07
Presentaron a la Reina del Carnaval Trinitario e Infantil La tarde de este jueves, autoridades ediles y de la Casa de la Cultura del Beni, presentaron a la Reina del Carnaval Trinitario 2018, Vianka Ribera Almaraz y a la Reina del carnaval infantil Sofía Daza Castedo, quienes Pág. 07 se comprometieron a realizar una buena representación en la festividad carnestolendas. PAÍS
PAÍS
La Coordinadora Nacional por la Defensa de las Libertades Democráticas, determinó hoy (jueves) llevar adelante un paro nacional el martes 23 de enero para exigir la abrogación del CódiPág. 04 go del Sistema Penal.
La corte empieza a deliberar inmediatamente (después de la fase oral) y con la práctica que se conoce puede tomar entre cuatro a seis meses generalmente, no es una fecha fija, la emisión de una decisión. Pág. 05
Coordinadora determina paro nacional el martes y rechaza partición de políticos opositores
Decisión sobre la demanda marítima de Bolivia será adoptada seis meses después de alegatos orales
OPINIÓN
Viernes, 19 de enero de 2018
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El pasado no se borra
S
PAULOVICH
iempre me pareció necia la consigna de renegar del pasado tarea que está a cargo de los corifeos del régimen actual y no pude menos que sonreír ante el hecho de preparar a nuestra nación para celebrar el próximo 22 de enero, cual si ese día fuera nuestro aniversario patrio o el día de la fundación de Bolivia y que la mejor manera de celebrar ese nuevo feriado tiene que ser escuchando el mensaje presidencial de Evo Morales, ceremonia que en más de un siglo y cercanos al segundo se cumplió el día 6 de agosto, aniversario de la Independencia de nuestra nación boliviana. Así tratan de tergiversar la auténtica historia de Bolivia, que nace libre un 6 de agosto y no un 22 de enero, fecha esta última más cercana a la feria de Alasitas y al Carnaval, que la gesta protagonizada por patriotas bolivianos que culminó con la guerra de la independencia y el nacimiento de Bolivia. Esta política equivocada nos llevará a gozar del feriado nacional establecido por el actual gobierno, y que seguramente dejará boquiabiertos a todos nuestros paisanos que hemos vivido casi dos siglos celebrando el 6 de agosto como nuestra fiesta nacional y hoy escucharemos sorprendidos
una larga relación de hechos y cifras a cargo de quien se cree el hombre que cambió nuestra historia, por el hecho de haberla gobernado por doce años proponiéndose además hacerlo durante un decenio más. Con el fin de hacernos menos amargo el trago del informe de gestión del Presidente Morales, busqué a mi corresponsal en el Palacio Real de la Plaza Murillo para preguntarle si podía adelantarme algo del discurso para evitar la tortura de escuchar durante varias horas el mensaje presidencial, algo que no pudo hacer ella por la excesiva admiración que la cholita cochabambina siente por el Presidente. Volviendo al tema sustancial de negar todo valor a los acontecimientos y hombres del pasado, quiero decir a mis lectores que casi todos los presidentes que administraron el país en estos casi doscientos años de historia obraron con patriotismo, no existiendo uno solo cuyo propósito no fuera el trabajar por Bolivia, aunque no todos con el mismo acierto y virtudes. Por eso no tratemos de borrar la memoria colectiva predicando que todo lo anterior fue malo y que todo lo presente es bueno y patriótico, criterio que resultó coincidente con el de mi colega periodística quien me prometió celebrar sin excesos el nuevo feriado, que jamás sustituirá al 6 de agosto.
Por eso no tratemos de borrar la memoria colectiva predicando que todo lo anterior fue malo y que todo lo presente es bueno y patriótico.
Pensamientos 1915 - Georges Claude patenta el primer tubo de neón usado en carteles publicitarios. 1978 - en Alemania el último Volkswagen Sedán deja las líneas de producción del país. 1983 - en Bolivia, la policía arresta a Klaus Barbie, quien en los años cuarenta actuó como un criminal de guerra nazi. 1983 - en Estados Unidos, anuncian el Apple Lisa, el primer computador personal liberado al comercio, de la empresa Apple Computer, Inc. que tiene una interfaz de usuario gráfica y un ratón. 2006 - lanzamiento de la sonda estadounidense New Horizons a Plutón. 2012 - Estados Unidos clausura la página web de transferencia de archivos Megaupload. Anonymous lanza la #OpMegaupload, la mayor operación de ataque en Internet de su historia, dando inicio a la #WorldWarWeb y Anonymous lanza este link: http:pastehtml.com/view/blakyjwbi.html así como muchos otros parecidos creados para atacar a las URL's del gobierno de los Estados Unidos 2013 - Kim Dotcom abre los sitios Mega, Megabox y Megamovie, justo un año después del cierre de Megaupload, Megavideo, entre otros sitios web del proyecto.
Viernes, 19 de enero de 2018 EMERGENCIA Hospital Trinidad 160 Hospital Cossmil 161 Materno Infantil 162 Hospital Obrero 163 Banco de Sangre 164 SEDES 168 Bomberos Pol. 119 Bomberos Vol. 154 Defensa Civil 4624288 Radio Patrulla 110
OPINIÓN
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Como la fuerza de un turbión
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Por: Daniel Bogado Egüez
l 17 de enero de 2018 se convertirá en un patrones. Lo más denigrante para un ser humano es que te día histórico para el Beni, porque el pueblo quieran manejar y te obliguen a acatar leyes que mellen la trinitario, el pueblo beniano, muchos bolivianos dignidad y el libre ejercicio ciudadano. radicado en Trinidad, primero acataron un Y la Ley 1005, bajo el rótulo de Código del Sistema Penal, en COTIZACIÓN paro cívico voluntariamente, luego salieron a muchos artículos, como el 205 penaliza y criminaliza la mala las calles, similar a un turbión que arrastra todo cuanto práctica profesional. Consideramos que ningún profesional Dólar se aparece. En este caso, arrastró a personas que solo de cualquier rama del conocimiento, idóneo que se quemó 6.86 miraban de palco y no encontraban la manera de expresar las pestañas estudiando quiera hacer daño o quitar la vida Compra 6.96 su rechazo a una serie de atropellos y desaciertos de un a otro ser humano. Venta gobierno autoritario. Los artículos 88, 293 y 294 atentan UFV Este turbión les permitió contra la libertad de militar Bs 2,12392 por UFV encausar este rechazo y a en organizaciones religiosas; Si la ley 1005 atenta contra la marchar, con un solo objetivo, atentan contra la libertad de libertad de las personas, se defender la democracia, expresión y de protesta pública defender su voto: “Bolivia garantizado por la Constitución la debe abrogar, pues una ley dijo No”, se escuchaban los Política del Estado en el Art. Fuente www.bcb.gob.bo estribillos en la calle y la está por debajo de un mandato 21 numerales 3, 4, 5 y 6 que plaza principal que se la tomó dice así: “…Las bolivianas y los PRONOSTICO DEL TIEMPO como primer medida porque Constitucional y ese mandato bolivianos tienen los siguientes Mínima Máxima Viento se encontraba sitiada y que derechos: …3. A la libertad de se llama Constitución Política gracias a la presencia de pensamiento, espiritualidad, SUDESTE policías no sucedieron hechos religión y culto, expresados en 1.5 Km/h del Estado. de violencia. La gente salió forma individual o colectiva, tanto Fuente SENAMHI hacer respetar el estado de en público como en privado, con Mañana Tarde Noche derecho que todo ciudadano fines lícitos. 4. A la libertad de goza por vivir en democracia, esta democracia que nos reunión y asociación, en forma pública y privada, con fines costó tanto a los bolivianos. lícitos. 5. A expresar y difundir libremente pensamientos u A diferencia de otras marchas, es la segunda que no fue opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma dirigida por partidos políticos, mucho menos por liderazgos oral, escrita o visual, individual o colectiva. 6. A acceder LLuvia Tormentas Nuboso moderada eléctricas tradicionales, era el pueblo en su conjunto, los diferentes a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla sectores sociales que tienen una lectura diferente del libremente, de manera individual o colectiva. Artículo 22. gobierno y las leyes que quiere imponer, un pueblo que se La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. cansó y salió a protestar libremente. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado. Marcharon mujeres, hombres, jóvenes y niños en Si la ley 1005 atenta contra la libertad de las personas, se la Esta es la cueva brazos, para luchar y defender uno de los derechos más debe abrogar, pues una ley está por debajo de un mandato submarina más fundamentales del ser humano, la LIBERTAD. Porque la Constitucional y ese mandato se llama Constitución Política grande de nuestro ausencia de libertad no solo es estar es estar preso en una del Estado. cárcel. Al fin y al cabo, los barrotes o cuatro paredes son Por eso el pueblo boliviano en su conjunto se opone a planeta… construidos de material, y el material se corroe, se rompe o esta ley y ha dado plazo al Gobierno a que abrogue en su se destruye fácilmente, las penas se cumplen y se recupera totalidad esta ley hasta el 22 de enero. Por eso el pueblo la libertad. beniano se sumó al pedido de abrogación de la ley, y pide Lo difícil es estar y vivir presa o preso de los miedos, de se respete la Constitución Política del Estado, nuestra los chantajes, de las imposiciones, de los jefes, caciques y Suprema Ley.
23ºC 32ºC
¿Sabías que la cueva submarina más grande de nuestro planeta está en México? Hace unos días, se encontró la cueva submarina más grande del mundo en la Península de Yucatán (Mexico), la cual mide 347 kilómetros de largo. El descubrimiento fue realizado por la unidad de investigación Gran Acuifero Maya y se dice que es uno de los descubrimientos arqueológicos más importantes del siglo. La cueva está formada por dos cavernas subacuáticas que están conectadas: Sac Actun y Dos Ojos. Como Sac Actun es más grande que “Dos Ojos” la cueva recién descubierta, ahora se llamará Sac Antun. Sac Actun no es el único gran sistema de cuevas subacuticas cerca de Tulum. Hay otros tres sistemas de cuevas. Entonces, el próximo desafío de exploración será encontrar la conexión entre Sac Actun y los otros tres sistemas.
La Trata y Tráfico de Personas un mal que afecta a todos
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a trata y tráfico de personas es un delito al que se debe combatir con todos los medios que se tenga al alcance para poder disminuirlo. Uno de los delitos que afectan al mundo últimamente es la trata y tráfico de personas, sin dejar de lado el narcotráfico y otros. El desarrollo de nuevas tecnologías y la globalización, ha dado lugar a nuevas figuras delictivas, como ser el tema que ahora nos preocupa, motivo por el cual los miembros de la policía boliviana, como institución fundamental del Estado, según el artículo 251 de la Constitución Política del Estado,
Por Cnl. D.ES.P Walter Albis Arroyo nos estamos preparando adecuadamente al nivel adecuado acorde a los estándares internacionales para hacer frente a este tipo de delito. Nuestra misión como miembro del Verde Olivo, es erradicar este mal, ponerle una frontera en todo nuestro territorio a este delito de lesa humanidad y hacer que nuestro país pueda verse libre del flagelo de la trata y tráfico de personas. Por ahora estamos a que policías, población, instituciones y medios de comunicación social, tomemos conciencia de la necesidad de enfrentar este mal, con todos los medios necesarios. Dtor. FELC-C Beni
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Coordinadora determina paro nacional el martes y rechaza partición de políticos opositores
Coordinadora Nacional por la Defensa de las Libertades Democráticas. | Los Tiempos Digital Los Tiempos La Coordinadora Nacional por la Defensa de las Libertades Democráticas, conformada por diferentes sectores, determinó hoy (jueves) llevar adelante un paro nacional el martes 23 de enero para exigir la abrogación del Código del Sistema Penal. Asimismo, en la reunión que se realizó en Cochabamba, decidieron que ningún grupo o persona afín a un partido político sea parte de este movimiento que también reconoció como “dirección aglutinadora” a la Central Obrera Boliviana, bajo la dirección
del máximo ejecutivo, Guido Mitma. “Un paro con bloqueo de caminos y paralización del aparato productivo, obedeciendo al llamado de la COB que ha instruido el paro general indefinido a nivel nacional”, manifestó Carlos Nava, ejecutivo de la Coordinadora. Por otro lado, anunciaron “masivas movilizaciones” en los nueve departamentos del país el lunes 22 de enero, en medio de las diferentes actividades que llevarán adelante organizaciones afines al Movimiento al Socialismo (MAS) por la fundación del Estado Plurinacional de Boli-
via. “Esta lucha no es sectorial, el pedido de todos los bolivianos no es independiente. Rechazando y anulando este Código estamos defendiendo los intereses y derechos de todo el pueblo. Estamos juntos para defender la democracia a la libertad de las garantías constitucionales”, expresó el dirigente del Comité Cívico de Potosí (Comcipo), Jhonny Llally. El dirigente de un grupo de comerciantes de Cochabamba, Javier Durán aseguró que “los verdaderos comerciantes están en contra del Código Penal”. “Estamos hablando por más de 100 mil comerciantes que piden a gritos la abrogación”, agregó. Finalmente, la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) de El Alto, liderada por Raúl Canaza, afirmó que cada día se suman diferentes sectores al rechazo de la norma que por decisión del presidente, Evo Morales, podrá ser analizada e incluso modificada en el lapso de un año. “No queremos el Código Penal masista”, concluyó el dirigente. Entretanto, en diferentes departamentos del país se realizan movilizaciones masivas que piden la abrogación del
Código. Cochabamba, El Alto, Santa Cruz y Beni son departamentos donde se cumplieron paros cívicos que fueron calificados como “exitosos”. Descalifican a Conalcam Las diferentes organizaciones señalaron a la Coordinadora Nacional por el Cambio (Conalcam) como un grupo de personas que vela únicamente por los intereses de los miembros del MAS. “La Conalcam es la vergüenza de las organizaciones sociales porque son sicarios que se mueven bajo prebenda del Estado, en todas sus reuniones y movilizaciones (...). Son la negación de lo que es la lucha del pueblo”, manifestó José Luis Álvarez, ejecutivo de la Coordinadora interinstitucional de La Paz y máximo representante del magisterio urbano paceño. Rechazan “intento de intervención” en la COB y denuncia a García Linera La Coordinadora Nacional por la Defensa de las Libertades Democráticas rechazó cualquier “intervención del Gobierno” en la dirección de la COB. La COB suspendió su am-
pliado nacional ayer en La Paz porque un grupo de organizaciones afiliadas interrumpió el hemiciclo de la zona de Miraflores cuando se desarrollaba el pleno. Según Mitma, estos grupos corresponden a trabajadores de luz, petroleros y mineros asalariados afines al Gobierno, que buscan desplazar a la dirigencia crítica al oficialismo que Mitma encabeza. Asimismo, interpusieron una denuncia contra el vicepresidente, Álvaro García Linera, por "incitación al racismo y la discriminación" ante el Consejo Nacional de Lucha contra el Racismo y Discriminación. "Hermanos (quiero) decirles lo siguiente, a estos racistas y colonialistas no les tenemos miedo, que nos insulten, que nos escupan, (pero) los vamos a derrotar organizados (...). Mantenerse alertas, mantenerse en emergencia, porque solamente derrotando a esos racistas vamos a poder darnos estabilidad", sostuvo García ante el Congreso Ordinario de la Federación Departamental Única de Mujeres Campesinas, Indígenas, Originarias de La Paz “Bartolina Sisa”.
Morales promulga tres decretos de protección integral a niños ABI El presidente Evo Morales promulgó el jueves tres decretos supremos de protección integral a los niños y pidió, tanto a las autoridades de Gobierno como a aquellos comprometidos con la defensa de ese grupo de la sociedad, aplicar esas normas y socializarlas. "Ahora es nuestra obligación como cuidarlos, protegerlos, educarlos, y Bolivia estará en buenas manos de nuevos hombres y mujeres con mucho conocimiento programático, político, social y capacidad profesional y eso es cuidando y por eso tres normas importantes para la seguridad de la niñez", mencionó. Según el mandatario es fácil elaborar normas, lo complejo es aplicarlas, pues muchas veces las leyes permanecen en
los archivos. "Es una debilidad que tenemos hacemos normas y se quedan en archivos, las normas son para aplicarlas es importante socializar normas para la mujer, niñez, discapacitados", dijo y demandó que los actuales decretos en beneficio de la niñez se apliquen. El ministro de Justicia, Héctor Arce, explicó que el primer decreto se refiere a un régimen especial de licencias para los padres o tutores de niños que presenten enfermedades graves o terminales. Señaló que los permisos se extenderán desde los dos días a los 30 según la gravedad del mal que aqueje al hijo, además los padres o tutores gozarán de inamovilidad funcionaria en su fuente laboral. La segunda norma, indicó que apunta a elaborar una lista de abogados que, de manera
gratuita, estén dispuestos a defender a menores víctimas de delitos, para lo que en el momento en que los juristas se inscriban en el registro público de abogados se les hará la consulta. Arce aguarda que más de la mitad de los 63.000 juristas registrados en la actualidad se sumen a esa "cruzada" por la niñez, pues en reconocimiento recibirán una certificación que tendrá validez nacional. El tercer decreto, dijo el Ministro de Justicia se refiere a la difusión obligatoria de campañas mediante los medios de comunicación (radio, televisión y prensa) destinadas a socializar mensajes en contra de la violencia a los niños y otros de amor y respeto hacia ellos. "Con (estos) tres decretos abarcamos una política social que busca la protección
El presidente Evo Morales promulgó el jueves tres decretos supremos de protección integral a los niños. ABI integral de niños y niñas en el país", señaló. Agregó que están en proyecto otras dos normas orientadas a la protección de la primera
infancia y la creación de una institución descentralizada en el ministerio a su cargo para atender de manera integral a la niñez.
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Viernes, 19 de enero de 2018
Decisión sobre la demanda marítima de Bolivia será adoptada seis meses después de alegatos orales Radio Fides El agente de Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya prevé que la decisión final sobre la demanda marítima boliviana se conozca entre cuatro y seis meses después de los alegatos orales programados para marzo próximo. “La corte empieza a deliberar inmediatamente (después de la fase oral) y con la práctica que se conoce puede tomar entre cuatro a seis meses generalmente, no es una fecha fija, la emisión de una decisión”, señaló a
medios estatales desde Holanda. También explicó que la fase de alegatos orales “es prácticamente una reiteración de los aspectos más salientes y concluye el proceso y luego la corte debe emitir una decisión final”. Después de los alegatos orales, la CIJ difundirá la memoria y contra memoria del proceso por el El agente de Bolivia, Eduardo Rodríguez Veltzé, ingresa el jueves a la que Bolivia demandó que audiencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. (AFKA) Chile por obtener un acceso soberano al océano realizarán entre el 19 y el definir “las estrategias Pacífico. 28 de marzo. Para ello, narrativas que serán traEl miércoles, Veltzé los próximos 27 y 28 de bajadas hasta el último anunció que los alega- enero próximos el equipo día antes de la audiencia tos orales en La Haya se jurídico se reunirá para oral”.
En Sucre
Tarija, Beni y Pando tienen nuevos fiscales departamentales
Nuevas autoridades en el Ministerio Publico. Foto/FGE Erbol El Fiscal General del Estado Ramiro José Guerrero Peñaranda, posesionó este jueves a Patricia Romero Zardán como Fiscal Departamental de Pando; Jhasmani Cortez Aliaga como Fiscal Departamental
del Beni; Carlos Andrés Oblitas Álvarez como Fiscal Departamental de Tarija y Gilbert Muñoz Ortiz en el cargo de Fiscal Superior. “Hemos posesionado a tres Fiscales Departamentales, de la nueva carrera Fiscal. Es parte de la renovación y asu-
men con la mentalidad de servir a la sociedad, defender la legalidad. Fiscales que no sean vulneradores de los derechos, que estén al servicio de la justicia y que cumplan la Ley y la Constitución Política del Estado”, expresó. Señaló que el compro-
miso es con la Patria, la Justicia y el pueblo y pidió que trabajen con una Fiscalía de puertas abiertas que escuche al pueblo, a las víctimas de los delitos y que no cobren un centavo por el trabajo que realizan. “Una Fiscalía Implacable contra la corrupción, contra la flojera y la mediocridad, que no revictimice a la víctima y los sectores más vulnerables de la sociedad”, mencionó el Fiscal General. En la oportunidad, Guerrero valoró el trabajo del exfiscal departamental de Tarija, Gilbert Muñoz y del exfiscal departamental de Beni, Edil Robles, quienes cumplieron con el trabajo encomendado. Asimismo, destacó la labor desarrollada por la ahora fiscal departamental de Pando, Patricia Romero.
5 Ratifican a Gabriela Montaño y José Alberto Gonzáles como presidentes de Diputados y Senadores ABI El Movimiento Al Socialismo (MAS) decidió ratificar a Gabriela Montaño y José Alberto Gonzales como presidentes de la Cámara de Diputados y de Senadores, respectivamente, para un nuevo período legislativo, informó el jueves el diputado Ignacio Soruco. El legislador indicó que esa decisión se tomó tras una evaluación de la tarea que cumplieron el año pasado y después de "valorar" su trabajo. "Por unanimidad se va a ratificar a Gabriela Montaño en la Cámara de Diputados y a José Alberto González en la Cámara de Senadores como presidentes de la Asamblea Legislativa", subrayó. Explicó que en las próximas horas esa designación será oficializada y se conformarán las directivas de ambas cámaras legislativas. Soruco agregó que la decisión fue guiada por los resultados de la gestión y por la continuidad de la agenda legislativa. Horas antes, la bancada del MAS en el Senado eligió a Pedro Montes, exdirigente de la Central Obrera Boliviana y del sector minero, como nuevo jefe de la bancada oficialista en esa instancia legislativa para la gestión 2018-2019. Por su parte, la Cámara de Diputados ratificó al diputado David Ramos como jefe de bancada nacional, por el buen trabajo que realizó. La Cámara Baja también determinó designar al diputado Basilio Velásquez como jefe de bancada del departamento de Chuquisaca; a Nora Quisbert de Tarija; a Widman Rojas de Pando, a Benita Suárez de Santa Cruz; a Julio Jiménez de Cochabamba, a Francisco Quispe de Oruro, a Ramona Moye de Beni, a Maura Quispe de Potosí y a Betty Yañiquez de La Paz.
TRINIDAD
6 COED
Se atiende a comunidades afectadas por rebalses Una comisión conformada por el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) del Beni, las Fuerzas Armadas (FFAA) y el Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de San Andrés, inspecciona y se asiste al distrito 5 de Marbán habilitando una embarcación para trasportar sus productos, informó el director de la Unidad de Gestión de Riesgo Cristhian Cámara. Resaltó que esta atención a raíz de una inspección realizada por el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) del Beni, en coordinación con las Fuerzas Armadas y a petición del municipio de San Andrés, se habilitó una balsa para el paso del puente de Santa María que permitirá que los comunarios pasen sus productos. Detalló que las comunidades 4 de Julio, Villa San Pablo, Pedro Marbán San Martín de Porra y Laguna Azul, fueron inspeccionadas y esta última presentó una ligera crecida del rio San Pablo, no obstante, el puente que une las anteriores con la comunidad de Santa Marina de la provincia Guarayos estaba anegado por el agua y resolvió usar una embarcación para que los pobladores puedan transitar sin preocupación. Explicó que se ha resuelto usar una embarcación que estará indefinidamente para que los comunarios puedan cruzar esta parte que está bajo agua, si bien el agua ha subido, no hay nada para alarmarse, estas son zonas bajas que siempre presentan pequeños desbordes. Asevero que de igual manera estamos atentos con este y otros municipios para ayudar ante cualquier eventualidad ya que se reportan hasta el momento 5 municipios afectados por lluvias y rebalses de ríos, aunque aún no se tiene una notoria inundación de comunidades. Afirmó que los ríos al momento si bien tienen altos niveles, muchos de ellos ya registran descensos en los últimos días solo si llueve en el interior con intensidad se podría registrar desbordes, pero se nota en los informes meteorológicos que baja la intensidad de las lluvias, aunque aún no terminan ya que se pronostican precipitaciones hasta marzo.
Viernes, 19 de enero de 2018
Gobierno teme desborde de ríos Mamoré e Ibare y asume plan de contingencia
El Río Mamoré en Beni. | Foto archivo - Radio Trinidad
ANF El ministro de Defensa, Reymi Ferreira anunció hoy (jueves) que se teme
un posible desborde del río Mamoré e Ibare, en el oriente del país, pero manifestó que se cuenta con un plan de contingencias y
que se tomarán medidas. "Se tiene todo un gran plan de contingencias, hasta el momento las zonas más afectadas son en el departamento de Santa Cruz, la zona de Ichilo, Sorionó y el trópico cochabambino (...) el gran temor es que se pueda desbordar el río Mamoré y el Ibare principalmente, se están tomando medidas para ello", aseguró la autoridad en la rendición de cuentas del Ministerio de Defensa en Santa Cruz. Durante las últimas semanas las lluvias provocaron emergencias en Santa Cruz, debido al desborde de ríos que derivó en
inundaciones en al menos ocho municipios de ese departamento. El pasado martes el viceministro de Defensa Civil, Óscar Cabrera, informó que a nivel nacional se reportan 3.900 familias afectadas en 25 municipios de cinco departamentos, siendo Santa Cruz el que tuvo mayores problemas. Cabrera adelantó que la emergencia continuará ya que de acuerdo al reporte del Senamhi se prevé exceso de lluvias en el norte de La Paz, el trópico de Cochabamba, la parte sudcentro de Beni y el norte integrado de Santa Cruz.
Dotación
Al inicio de clases se distribuirá vitamina A El Programa de Alimentación y Nutrición del Servicio Departamental de Salud recibió un stock importante de vitaminas “A” por parte de Unicef y Ministerio de Salud, los que serán distribuidas a las diferentes redes de Salud para luego ser entregada a los establecimientos o unidades educativas de Trinidad, anunció Carlos Reyes director del Sedes Beni. Dijo que se dispone de más de 100 mil unidades de vitaminas que serán entregadas para beneficiar a niños a partir de 6 meses y menores de 5 años, para fortalecer su organismo ya que esta vitamina tiene una serie de beneficios a la salud de los ciudadanos. Aseguro que con esta provisión de dicha vitamina se fortalece el sistema inmunológico que
protege de enfermedades infecciosas elevando defensas, ideal para los niños que no están vitaminados que tienen el riesgo de adquirir infecciones como resfriados, faringitis o bronquitis. Destaco que se facilita la mitosis, la multiplicación de las células epidérmicas, que se encuentran en la capa externa de nuestra piel, previniendo la sequedad en la piel reparando los tejidos dañados, con la renovación celular. La vitamina A también facilita la síntesis de colágeno y forma la queratina que necesita nuestra piel, otra ventaja que tiene para la piel es la facilidad con la que ayuda a cicatrizar las heridas. Protege nuestra piel, la hace más elástica y gruesa y mejora su
Imagen referencial. internet
color. Previene la dermatitis, eccema, acné, herpes y psoriasis. Resaltó que ayuda a nuestros huesos para que crezcan por eso se prioriza esta vitamina que también nos ayuda desde dentro fortaleciendo nuestros huesos al mismo tiempo que mejora su crecimiento. También protege y fortalece nuestros dientes.
Asimismo, es un antioxidante, por este motivo la vitamina ralentiza el efecto que el paso de los años puede tener sobre nuestra piel. Puede desintoxicar nuestro organismo al igual que la vitamina C porque previene el daño que pueden causar los radicales libres, por ello se prepara todo para su administración exitosa.
TRINIDAD
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Autoridades ediles y Casa de la Cultura
Presentaron a la Reina del Carnaval Trinitario e Infantil
La tarde de este jueves, autoridades ediles y de la Casa de la Cultura del Beni, presentaron a la Reina del Carnaval Trinitario 2018, Vianka Ribera Almaraz y a la Reina del carnaval infantil Sofía Daza Castedo, quienes se comprometieron a realizar una buena representación en la festividad carnestolendas. El encargado de presentar a la Reina del Carnaval Trinitario 2018, fue el alcalde Mario Suárez, que pidió a los de la Asociación de Fraternidades y Comparsas Carnavaleras a no dejar morir el carnaval trinitario, y exigir que la Ley aprobada por el Concejo Municipal el 2017 sea modificada, no afecte el apoyo que se debe brindar a las Reinas del Carnaval. “Pedir a los comparseros no deben dejar morir el carnaval, porque dejar morir el carnaval es traicionar una tradición de nuestro pueblo; dejar morir el carnaval es traicionar una costumbre de nuestros padres, de nuestros abuelos, bisabuelos, que siempre bailaron el carnaval y hoy el carnaval va”, señalo la autoridad edil. Dijo, que el carnaval mueve una economía que hoy por hoy no
está bien, y esta fiesta mueve una economía, más que todo mueve a esas costureras, a otros sectores que capitalizan sus actividades, pero eso es el carnaval. “El carnaval es del pueblo, por eso todos estos actos se van a realizar, así como se hicieron el año pasado”, expresó. “Estoy muy seguro que tanto Vianka como Sofía nos van a representar muy bien”, dijo el Alcalde, que agradeció a las madres de las Reinas, por el esfuerzo que van a realizar, ya que el trabajo lo hacen las madres y que hacen posible que el carnaval vaya para delante. DESAPRUEBA LEY DE CARNAVAL El acalde Mario Suárez indicó, que no está de acuerdo con la Ley que fue aprobada en la gestión anterior respecto al carnaval, “no estoy de acuerdo, esa ley no le está haciendo nada bueno al carnaval, más bien creo que está perjudicando al carnaval, es más, es una ley que la hallo muy discriminatoria; porqué discriminatoria, porque esta ley, hace que las personas que no tengan mucho recursos económicos, no puedan que sus hijas tengan el
derecho a ser reinas. Dijo, que la ayuda que les daba la Alcaldía a las Reinas, ya no se las dio la anterior gestión a causa de la ley municipal, “pero yo no reclamé, porque era parte de mi hija que era Reina, y por eso no reclame, pero esa ayuda que en realidad son 10 mil dólares, ya es una base para que una Reina pueda empezar, más la ayuda que dan algunas empresas pueden recaudar hasta 20 mil dólares, ya que un carnaval cuesta hasta 30 a 40 mil dólares; pero no es lo mismo 10 que 20 o 30 que 20”, sostuvo. Indicó, que los comparseros como Asofrac tienen todo el derecho de pedir que esa ley se la revise o que se la derogue, porque la fiesta del carnaval es parte de nuestra cultura, dijo la autoridad edil. APOYO DEL ALCALDE A LAS REINAS DEL CARNAVAL El Secretario Municipal de Seguridad Pública, Arnoldo Méndez, dijo que al ser recortado el apoyo del municipio a las Reinas del Carnaval y a la comparsa coronadora, pero viene la preocupación del Alcalde Municipal en esta fiesta, porque conocemos que un Corso Carnavalero tiene un movimiento
económico para varios sectores, por eso no podíamos coartar la cultura que se viene años por año. Señaló. “Es bueno que la población sepa, que con mucho esfuerzo, el alcalde municipal está apoyando a la Reina del Carnaval Trinitario que va a ser representante de todas las comparsas; hoy no tenemos una comparsa coronadora, hoy tenemos la dicha de tener una Reina del Carnaval trinitario, y es por eso que nuestro Alcalde Municipal, esta donando para el tema de trajes y carros, de sus recursos propios de 3 mil dólares para la Reina del Carnaval y algo de 1000 dólares para la noche de disfraces, donde se le va a presentar a las dos soberanas que es el 3 de febrero”. Señaló, que varias empresas han comprometido su apoyo en esta fiesta de carnaval trinitario como Nibol, Paceña y otras que estarán apoyando. PROGRAMACION CARNAVALERA Pablo Melgar presidente de Asofrac que reúne a más de 20 comparsas carnavaleras, dio a conocer la programación de actividades para esta festividad carnestolenda;
Presentación de la Reina del Carnaval Trinitario 2018 y la Reina Infantil el festival de la bombilla se realizará en la plaza Héroes del Chaco el día 2 de febrero; el día 3 de febrero será minicorso donde se va a coronar a la Reina del Carnaval Trinitario; el día 10 de febrero será el gran Corso Trinitario 2018, donde también está previsto la coronación de la Reina del Carnaval 2018.
Ponen la piedra fundamental
Inician obras del nuevo mercado seccional
Autoridades ediles, este jueves inauguraron las obras del nuevo mercado seccional No.- 1 ubicado sobre la avenida Cochabamba y Sucre, la inauguración y colocación de la piedra fundamental para esta obra, estuvo a cargo del alcalde Mario Suárez quien destacó que las obras del "mercadito", será financiado por la UPRE por más de 2.600.000 millones de bolivianos. "Este mercadito es parte de la historia de Trinidad, ha sido referencia de lo que antes era Trinidad, y antes existía la costumbre de llegar muy temprano a los mercados, porque el que llegaba tarde se quedaba sin carne, antes no había luz, por eso es que la carne tenía que venderse temprano porque más tarde se fregaba”, expre-
só la autoridad edil. Recordó, que nació a pocos metros de la calle Sucre, este mercadito lo caminé durante 12 años de colegio, en la mañana y en la tarde, me haya gustado hacer otro mercadito idéntico, pero desgraciadamente si hayamos hecho otro mercado idéntico, no iba a poder entrar la gente ya que la gente ha aumentado, señaló Suarez Hurtado. Indicó, que el proyecto que se tiene, será de un mercado para que tengan cabida todas las personas que hoy están trabajando, “estoy seguro que la empresa va hacer un buen trabajo, yo creo que ha escuchado a las señoras que les han dicho que no vayan a poner material de segunda. Pero también la supervisión y fiscalización
Momento de la inauguración de las obras del mercado seccional No. 1
no van a permitir eso", manifestó el alcalde. El mercadito seccional será construido con teja colonial, como debe construirse todas las casas y negocios en Trinidad; pero el mercado central se tuvo problemas por el diseño donde se puso loza, pero tras que termine el periodo lluvioso se la cambiará por cubierta. Recordó, que el proyecto del mercado contó con dos proyectos iniciales, por eso que el municipio en su gestión tuvo que agarrar los dos proyectos y hacer uno, donde todos estuvieron de acuerdo, el cual fue presentado a la UPRE para su financiamiento, “esta es una obra que cambiará la parte arquitectónica de Trinidad”, indicó el alcalde Mario Suárez. El alcalde entrego un cheque de Bs. 535.030,134 Bs. como parte del 20 % a la empresa constructora que llevará adelante la ejecución de la obra. FISCAL DE OBRA Por su lado el fiscal de obra del proyecto, Edwin Hurtado dio a conocer algunas características técnicas y también el tiempo de ejecución de la referida obra. "El monto del proyecto asciende a, 2.678.150 millones de bolivianos, con un plazo de ejecución de 280 días calendarios", indicó. El nuevo mercado será un edificio de dos plantas, con un área
de construcción de 856 metros cuadrados, en la planta baja se tendrán friales, sector de jugos, panaderías y frutas. Mientras que en la planta alta se ubicarán las ventas de almuerzo y desayuno, totalizando 60 puestos de venta. Constará de ambientes para sereno y guardería, además de 4 baños higiénicos. VIVANDERA PIDIO UNA OBRA QUE RESISTA En representación de las vendedoras del mercado seccional, Epifania de Escalera, agradeció a la autoridad por la construcción de un nuevo mercado, donde ha estado trabajando junto a otras de sus compañeras como Consuelo Viruez por más de 40 años, “este mercadito es el corazón del Beni, merecía estar nuevo, porque tiene 59 años, por eso se le dice mercadito seccional”. Dijo, que era deber de las autoridades el de construir otro nuevo, ya que las personas visitantes de otros departamentos observaban que el mercadito iba a caerles encima, “parecía una vitrola rayada, porque teníamos el primer proyecto y rechazamos porque no estaba acorde a la situación, y presentamos otro proyecto que mandamos hacer, porque con el anterior alcalde no se pudo hacer realidad. Ahora se ha hecho realidad y que el proyecto se haga acorde para las trabajadoras y los
clientes que vienen a degustar en el mercado”, sostuvo. Epifania de Escalera pidió a la empresa constructora que la construcción de la obra sea de lo mejor, “no queremos llorar como lo del mercado grande, le ruego a la empresa construir para que nosotros trabajemos bien, no queremos que le pongan material de segunda o de tercera; nosotros estaremos encima de ustedes, vamos a turnarnos, queremos una obra buena, no queremos una obra que se nos caiga al año como en el mercado grande”, manifestó. Dijo, que quieren una buena obra, que sirvan que dure como lo fue el mercadito que duro 57 años, “así queremos que dure esta obra, no queremos que a un año o dos años se nos caiga encima. Le ruego al de la empresa poner todo su empeño, que el material sea de buena calidad y no de segunda calidad, porque el mercadito es del corazón del Beni, que saquen pecho los de la empresa, que lo construyan bien, no queremos que esté mal hecho, queremos la perfección de la empresa y que estemos conforme”, sostuvo Epifania de Escalera. Mientras dure la construcción del mercadito, las vendedoras atenderán en la calle Costanera en cercanías al ex puente Topáter sobre riberas del arroyo San Juan.
TRINIDAD
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Fiscal de Distrito del Beni
Espera que nuevo Fiscal de Distrito trabaje a puertas abiertas con la sociedad
El Fiscal de Distrito del Beni, Edil Robles, tras conocer el cambio de su persona en este cargo, dijo que se va tranquilo, agradece a todos los fiscales de materia por su lealtad, esfuerzo, y espera que el nuevo Fiscal de Distrito trabaje con las puertas abiertas a la sociedad, sin embargo ve que existe necesidad de que se implemente nuevos fiscales por el trabajo que se tiene. Dijo, que estos cambios lo toman de forma normal, porque son cambios que realiza periódicamente la Fiscalía General, pero se va tranquilo por el trabajo que se hizo en su gestión, y la otra persona que viene será la responsable de llevar el trabajo para delante. “Me imagino que la persona que viene, va a ser una persona que va a trabajar conforme manda las normas, para que avance y la Fiscalía siga adelante y lo que se quiere es que la sociedad tenga un buen servicio de parte de la Fiscalía”, sostuvo Robles. TRANQUILO Roble dijo que se va tran-
quilo de la labor realizada, “no hay nada de que lamentarse, si vale el termino, y estamos esperando que llegue el nuevo fiscal para hacer el relevo”, manifestó. TRABAJO LEAL El Fiscal de Distrito de Beni, ponderó el trabajo interno que se realizó con los Fiscales de Materia, donde hubo bastante confianza, “y aprovecho la oportunidad para agradecer a cada uno de los Fiscales de Materia, por su lealtad que ha habido en ellos, el esfuerzo y ha sido muy destacada la labor de los Fiscales de Materia, la confianza que hemos tenido, la amistad ha sido muy buena”. Dijo, que se va muy satisfecho, por el trabajo que han realizado sus fiscales en la capital y la buena relación que se tuvo con los de provincias, por lo que está muy agradecido. Destacó la relación de trabajo con el órgano judicial a quien agradece por el trabajo que se realizó de forma coordinada. “Para mí ha sido una gran
satisfacción estar aquí (Trinidad), me gustaría inclusive quedarme que es una tierra muy linda”, sostuvo. TRABAJO A PUERTAS ABIERTAS Robles indicó, que dentro de su política fue que trabajar de puertas abierta a la sociedad beniana, fue uno de los cambios que se hizo en su gestión, no conoce cómo se trabajó antes, donde no se agendaba nada, en su gestión llegaba una persona de inmediato era atendida, no ha habido esa situación de “vuélvase mañana”, solo en caso que haya estado en una reunión, pero en ese aspecto todas las personas fueron atendidas y dictadas todas las resoluciones como corresponde, y fue muy importante la coordinación con la gente y la sociedad. NO HUBO LUCRO El Fiscal de Distrito del Beni señaló, que como fiscales siempre vivieron del sueldo, no se ha lucrado, “con ello no digo que otros funcionarios se hayan portado mal, pero en mi caso
Fiscal de Distrito del Beni, Edil Robles particular hemos vivido del sueldo, ni tampoco hemos permitido que otros hagan este tipo de cosas, esa una de las satisfacciones que tengo; tampoco ha habido de eso, y tampoco la gente ha venido a ofrecer, por ese lado estamos satisfechos”, expresó. FALTA MAS FISCALES Robles indicó, que lo que uno más quiere es concluir con todos los procesos, y esto no ha sido posible en un 100 %, porque se requiere más Fiscales de Materia, se requiere el doble, para poder cumplir a cabalidad, por ese lado
hay una deuda. Dijo, que todo esto es función del Estado, que dé un poco más de recursos económicos para contar con más Fiscales de Materia en el Beni, más personal, por lo que por este lado, existe una deuda pendiente; sin embargo ha existido muchos casos que han sido resueltos y sentencia que se ha logrado. Agradeció a todos los medios de prensa, por el trabajo realizado, no hubo tales exageraciones, hubo buena relación y solidaridad, lo que ha sido destacable.
Riberalta y Guayaramerín
Paralizaron actividades este jueves
Este jueves se realizó un paro cívico y una marcha en Riberalta y Guayaramerín
Los comités cívicos junto a otras instituciones y organizaciones sociales tanto de Riberalta como de Guayaramerín, paralizaron actividades este jueves en rechazo al Código del Sistema Penal donde piden su abrogación total, y exigen el respeto al voto ciudadano emitido el pasado 21 de febrero del 2016. Según informe proporcionado a este medio escrito por el ex dirigente cívico juvenil de Riberalta, Luis Katriel Muller, dijo que el paro fue exitoso, la población tanto de Riberalta como de Guayaramerín acataron disciplinariamente, salieron a las calles, sobre todo se vio a los
jóvenes y niños que apoyaron el paro ciudadano. Al culminar el paro de este jueves, se convocó a una marcha pacífica que recorrió varias arterias de Riberalta, todos exigen la abrogación del Código del Sistema Penal, así como respeto al voto ciudadano que le dijo No a la reelección de Evo Morales. “Queremos que Bolivia no tenga dictadura, que no haya un gobierno totalitario que se quiera eternizar en el poder, no queremos estar como una Venezuela o una Cuba, donde no hay libertad de pensamiento, de expresión, queremos una Bolivia con democracia, libre
de toda represión”, manifestó Muller. Indicó, que tanto Riberalta como Guayaramerín y otras poblaciones del departamento que realizaron el paro este jueves como San Borja en la provincia Ballivián, los jóvenes se han visto en las calles por culpa del gobierno de Evo Morales. “Estamos en las calles por culpa de este gobierno tirano, mentiroso, dictador, si en caso no somos escuchados, viajaremos desde las provincias a la capital Trinidad, para emprender una marcha hasta la sede de gobierno”, expresó el ex dirigente cívico juvenil de Riberalta.
TRINIDAD
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Tribunal Electoral del Beni
Aprobó solicitud de revocatorio para alcalde de Trinidad
Vocal Carmen Nely Tineo vicepresidente del órgano electoral del Beni
El Tribunal Electoral Departamental del Beni (TED-Beni) habilitó en sala plena, la solicitud de revocatorio de mandato del alcalde de Trinidad, Mario Suárez Hurtado, así lo dio a conocer la vocal Carmen
Nelly Tineo que es vicepresidente del órgano electoral del Beni. "Habilitar la solicitud de revocatorio de mandato presentada por los señores Mario Justiniano López, Wilson Vaca Vargas, Diego Justinia-
no Sotelo, Mónica Lizeth Sotelo, al proceso de revocatorio de mandato en contra del ciudadano Ingeniero Mario Suárez Hurtado, alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad de la provincia Cercado, del Departamento del Beni, al cumplir la misma con las exigencias establecidas con el artículo 12 - 1 del Reglamento y Condiciones Administrativas para los Procesos de Revocatorio del Mandato de autoridades electas por voto popular", informó la vocal Tineo. Explicó, que de acuerdo
al artículo 14 del Reglamento en cuestión, se procederá a la entrega del formato del libro de adhesión para la inscripción, cuya responsabilidad y costos que demanden su impresión, correrá por cuenta de los promotores del revocatorio. "Procédase a la elaboración del proyecto de presupuesto, correspondiente a los efectos de organización administrativa, y ejecución del proceso electoral, sea en un plazo no mayor a cinco días hábiles de notificada la presente Resolución", señala
la disposición de la Sala Plena del ente electoral. Tineo dijo, que la referida Resolución se hará conocer a los promotores del revocatorio de mandato del burgomaestre trinitario. El Órgano Electoral del Beni, también admitió las solicitudes de revocatorio de mandato para los alcaldes de Riberalta, Omar Núñez Vela Rodríguez del (MAS IPSP), José Luis Añez Roca de Magdalena del MNR, y Roberto Tibusa Matareco del municipio de San Ignacio de Moxos, de la Agrupación Ciudadana NACER.
Alcalde Mario Suárez
No teme al revocatorio de su mandato
El alcalde Mario Suárez Hurtado, al conocer la aprobación del revocatorio por parte del órgano electoral departamental, dijo que no le teme, que el continuará trabajando porque tiene otras cosas más prioritarias que hacer a favor de la ciudad, y que esto fue promovido por personas de dudosa moral. “Ha sido aceptado el inicio del revocatorio, todavía hay documentación que tiene que ser presentada, pero en fin, pase lo que pase nosotros vamos a afrontar ese revocatorio con el mismo trabajo que es-
tamos haciendo, que es la forma en lo que lo vamos a hacer”, sostuvo la autoridad. Dijo, que no le teme al revocatorio, porque cree que la persona le ha puesto gana, énfasis al trabajo, cuando ha descuidado a su familia, cuando ha descuidado sus cosas, “porque yo soy empresario, cuando le tengo cariño al pueblo, no le tengo miedo, pase lo que pase”. “El revocatorio no me tiene preocupado, tengo otras preocupaciones, como la preocupación por la subida del agua, que en este momento
es más importante para mí”, indicó. Otras de las preocupaciones que tiene, es que el país no entre en una espiral de violencia, porque la violencia empieza, no se sabe cuándo termina; y lo que los bolivianos necesitan es trabajar. Para el alcalde Suárez, lo más reprochable es que los que piden revocatorio son personas que tienen una “moral no deseable”, y que nunca va a ser nada que vaya en contra de la ley, “las cosas que ellos piden no se lo puede solucionar porque están
Alcalde Mario Suárez no le teme al revocatorio
en contra de la ley”, esto refiriéndose a los avasalladores que quieren que se les legalice los terrenos donde están asentados en terrenos privados o fiscales.
Dijo, que no pueden ir en contra de la 803, donde el avasallar un lugar tiene cárcel, por lo que no va hacer absolutamente nada que vaya en contra de la ley.
EDICTOS
Viernes, 19 de enero de 2018
10 EDICTO
LA DRA. MERY LUZ DENIZ SUAREZ — JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1° DE SAN BORJA- PROV. GRAL. J. BALLIVIÁN- DPTO. BENI, HACE SABER: Que por el presente edicto, cita, llama y emplaza a los demandados: TERCEROS INTERESADOS O PRESUNTOS PROPIETARIOS sobre el inmueble demandado; con la demanda de REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO y Auto de admisión, para que por sí o mediante apoderado legal, se apersonen a este despacho judicial dentro del plazo de ley y asumir su defensa, a cuyo fin se transcriben síntesis de los actuados procesales siguientes:Demanda cursante a Fs. 13 a 14 de obrados: Señora Juez Público Civil y Comercial N° 1 De San Borja.- Interpone demanda de Regularización De Derecho Propietario De Bien Inmueble.- JHONNY FERNÁNDEZ ZABALA, con C.I. No 9266729-BN, hábil por derecho ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: ocurre de desde hace once años atrás me encuentro en posesión real y material sobre el bien inmueble sito en la zona "9 de Abril", sector 002, manzano 225, lote 006, con. Código Catastral 002-225-006 de esta ciudad de San Borja, provincia Ballivián del departamento del Beni, bien inmueble que cuenta con una extensión superficial de 330,00 metros cuadrados y cuyos límites y colindancias son: al Norte 30.00 metros lineales con vecino, al Sur 30.00 metros lineales con terreno de Margarita Zabala Sánchez, al Este 11.00 metros lineales con calle Prof. A. Arias y al Oeste 11.00 metros lineales con propiedad de la Familia Mocho, en el cual he construido mi vivienda, en donde tengo instalado los servicios básicos de agua potable energía eléctrica, también he procedido al rellenado de tierra, cumpliendo de esta manera con una función social, tratándose además del único bien inmueble con el que cuento.- Por lo expuesto precedentemente y en previsión de lo dispuesto por el art. 110, 369 y Sgtes. Del Código Procesal Civil, artículos 1, 3, 8 y 10 de la ley No 247, articulo 2 de la ley No 803 de fecha 9 de mayo del 2016 que modifica los artículos 2, 9 y 11 de la ley No 247 interpongo en la vía extraordinaria la presente demanda de regularización de derecho propietario de bien inmueble urbano destinado a vivienda, en contra de terceros interesados, pidiendo a su probidad se sirva admitir la presente acción conforme a derecho y en sentencia declararla PROBADA en todos sus extremos y en virtud a ello se disponga mediante orden ejecutorial la inscripción del mencionado inmueble en las oficinas de Derechos Reales. Asimismo se franquee a mi favor los títulos de. propiedad respectivos.- En cuanto a terceros interesados desconozco su domicilio, sean notificados por edictos.- Firma Jhonny Fernández Zabala -Demandante.- Firma y sella Lucio Blanco Dorado -Abogado.-Auto de Admisión de Fs. 15 de obrados.- San Borja, 13 de noviembre de 2017.- Vistos: La demanda Extraordinaria presentada por JHONNY FERNÁNDEZ ZABALA de Regularización de Derecho Propietario, de un lote de terreno urbano ubicado de esta ciudad de San Borja zona " 9 de Abril ", sobre calle Prof. A. Arias sector 002, manzano 225, lote 006, de una extensión superficial de 336,00 mts2, cuyos límites medidas y colindancias se especifican en plano adjunto cursante en obrados amparando su solicitud en el art. 56-1 y 19 de la Constitución Política del Estado, Art. 1,3,8,10 de la Ley 247 y art . 2 de la Ley 803 y art. 2.9 y 11 de la Ley de Regularización de Derecho Propietario y art. 110,369 del Código Procesal Civil se admite la presente demanda en todo cuanto hubiere lugar en derecho corriéndose en traslado a los demandados: PROBABLES PROPIETARIOS O TERCEROS INTERESADOS que creyeren tener derechos sobre el inmueble referido a quien deberá citase mediante Edictos previo juramento de desconocimiento de domicilio y formalidades establecidas en el art. 78 del mismo cuerpo legal, para que contesten la demanda dentro del plazo de 30 días contados desde la primer publicación. Debiendo observarse los requisitos del art. 125 de la Ley 439 advirtiéndose que en caso de no contestar la demanda se le designará defensor de oficio.- Por secretaria líbrese el edicto de ley previo juramento de desconocimiento de domicilio debiendo publicarse los mismos por dos veces con un intervalo no menor a 5 días en un medio de circulación nacional.- Filma y Sella Dra. Mery Luz Suarez — Juez Publico Civil y Comercial 1o de San Borja — Beni.- Firma y Sella .- Ciro Roberto Paz Perdriel.- Secretario del Juzgado Publico Civil y Comercial 1° de San Borja — Beni.- y un sello del Juzgado y Acta de Juramento de Desconocimiento de Domicilio que se sigue en obrados. El presente edicto es librado por orden judicial para su publicación, en San Borja, provincia Gral. J. Ballivián del Dpto. Beni, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil diecisiete años.-
EDICTO FISCAL
ABOG.CARLOS PELAEZ MARIOBO, CLOVIS UGARTECHE ROCHA, SILVIA ERIKA VALVERDE AGUIRRE, ROSALI SEJAS PARADA, ROSMERY MICHEL BANEGAS - FISCALES DE MATERIA ADSCRITOS A LA UNIDAD CORPORATIVA PATRIMONIALES, dentro del proceso signado con el número de FIS-BENI 1701417 que sigue el Ministerio Publico a denuncia de la señora GABRIELA MONTAÑO GUARUA en contra de OSVALDO ARAUZ ROCA por la presunta comisión del delito de ESTELIONATO previsto y sancionado por el Art. 337 del Código Penal. Con la finalidad de que las partes procesales no queden con indefensión y considerando que en fecha 01/09/2017 se emitió una resolución de rechazo la misma que fue objetada por al denunciante y el cual mereció respuesta de acuerdo a la RESOLUCION FDB/ERL/ R.- 2212017 de fecha 16 de octubre del 2017 la misma que en la parte FINAL RESUELVE REVOCAR LA RESOLUCION DE RECHAZO, por cuanto los fiscales asignados al presente caso deben proseguir con las investigaciones en ese entendido por lo que considerando el informe policial realizado por el Investigador Asignado al Caso SOF. 2DO. ESTEBAN L. ESPINOZA AQUINO, donde menciona que se desconoce el domicilio del señor OSVALDO ARAUZ ROCA y en estricto cumplimiento del Art. 62 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, con relación al Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, se CITA Y EMPLAZA mediante edicto al señor:
OSVALDO ARAUZ ROCA con C.I. 4197213 BN
considerando que no tiene domicilio conocido y se ignora su paradero teniendo en cuenta que el presente edicto deberá ser publicado por un medio de comunicación de circulación Nacional dos veces con un intervalo de 5 días, entre ambas publicaciones para que posteriormente el denunciado se apersone en el término 10 días computable a partir de la segunda publicación del presente edicto, para asumir su defensa dentro del referido proceso y hacerse presente con la finalidad de RECEPCIONAR su DECLARACIÓN INFORMATIVA POLICIAL en calidad de denunciado quien deberá presentarse con su abogado defensor a la audiencia que se llevara a cabo para el día Martes 06 febrero del 2018 a horas 17:00 PM en las oficinas del Ministerio Publico ubicado en la calle La Paz 131 en la Unidad Corporativa de delitos Patrimoniales de la Fiscalía Departamental del Beni, referente al delito que se le atribuyen y que Investiga el Ministerio publico conforme lo establece el Art. 8, 9 y 165 del Código de Procedimiento Penal bajo advertencia de ser declarado rebelde ante su incomparecencia. El presente edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad a los 11 días del mes de enero del 2018. NOTIFÍQUESE.-
AVISO DE REMATE
EL DR. ROBERTO ISMAEL NACIF SUAREZ JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1o Y PROVINCIAS DE JURISDICCIÓN.Hace Saber.- Que, dentro del proceso Ejecutivo seguido por Guillermo Elías Gómez Abularach contra Madeleine Bruckner Ojopi Y OTRO mediante Auto Interlocutorio N° 14/2018-NGPC de fecha 10 de Enero de 2018, cursante a Fs. 54 se ha señalado fecha y hora de remate, al mejor postor sobre un lote de terreno ubicado en la Urbanización "La palmas" Manzano J, Lote N° 31 sobre la Calle 6 con una superficie de 312.50 Mts.2 Ubicado en la Ciudad de Trinidad Inscrito en Derechos Reales bajo la partida computarizada N° 8.01.2.01.0000296 se señala audiencia de subasta para el día Miércoles 31 de Enero del 2018 a Hrs. 10:00 A.m. El Remate.- Se efectuara sobre la base de Avalúo de Fs. 78-90 es decir por la suma de DOLARES DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS 00/100 ($us.- 10.826,00) los interesados en presentar posturas deberán hacer sus depósitos del 20% de Ley sobre la base de la subasta para poder hacer ofertas, la cancelación que deberá hacerse en efectivo o en cheque bancario ante el Sr. Notario, a la orden del Señor Juez Publico Civil y Comercial 1°, antes o a la hora del remate, y se apersonarán al Notario de fe Pública No 9 a cargo de la Dra. KAREL PAOLA AVILA RODRIGUEZ Ubicada en la Cochabamba diagonal a la Iglesia de los Mormones ésta ciudad de Trinidad, donde se llevará a cabo dicho remate, el día y hora señalado. Trinida4 16 de Enero de 2018
EL DOCTOR RAFAEL TORDOYA CORRALES. JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 4TO. DE LA CAPITAL EN LO CIVIL DE LA CAPITAL. HACE SABER. Qué mediante proveído de fecha 26 de Diciembre del 2.017, dictado dentro del proceso EJECUTIVO seguido por YLUSION XIMENA LEDEZMA CALDERON contra ALEX CAYADURO FERNANDEZ, se ha señalado audiencia para el día 24 de Enero año 2018, a horas 10:15 a.m., para la Audiencia de subasta y remate del bien inmueble embargado el verificativo del remate en pública subasta dentro del referido proceso, de propiedad del ejecutado ALEX CAYADURO FERNANDEZ el mismo que se encuentra ubicado en la ciudad de Trinidad-CercadoBeni calle 6, Esquina Calle E, Lote N°9, Manzano L1 ,Urb. DIM, Junta 13 de agosto , Distrito 8, Código Catastral 6-351-9 con una superficie de 250.00 mts.2, e inscrito en Derechos Reales bajo la matricula computarizada N°8.01.1.01.0018187 El remate se realizara con la rebaja del 20% del avalúo pericial de fs.158 a fojas 166, sea en la suma de SEIS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us.- 6.000,00.-) y sea previa las formalidades de ley. Los interesados deberán depositar el 20% de la base del remate del valor indicado a la orden del Juzgado Publico Civil y Comercial 4to. De la Capital.- Para el efecto y en cumplimiento al Art.19 inc. II) de la Ley del Notariado Plurinacional Se ha designado a la Notario de fe Publica N° 05 a cargo de la Abogada Erika Dellien Bause , con domicilio en la AV/6 de agosto esquina 18 de noviembre - Lugar del remate en la Secretaria del Juzgado Publico Civil y Comercial 4to. Civil de la Capital.- conforme al Art.8 párrafo IV) del Reglamento del martillero Judicial (acuerdo 027/2006 del consejo judicatura, actualmente consejo de la Magistratura) la audiencia de subasta y remate será efectuada en la secretaria Juzgado Publico Civil y Comercial 4to. De la Capital, ubicado en el Tribunal Departamental de Justicia, en la calle Joaquín de sierra .esq. German Busch Notifíquese a las partes, otros acreedores si existieren. Trinidad Beni 10 de Enero 2018.
EDICTO
EL DR. LUIS FERNANDO VACA BOLLING JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1ro. DE LA PROVINCIA YACUMA. POR EL PRESENTE EDICTO.- Cita y emplaza a PRESUNTOS PROPIETARIOS para que por sí o por representación legal, se apersonen ante este despacho judicial, a objeto de que respondan a las emergencias de la demanda de REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO seguida por la Dra. Helen Joanna Mejía Ferrufino, apoderada legal de Marina Limaica Rosell contra, PRESUNTOS PROPIETARIOS cuyas piezas principales son debidamente legalizadas y se adjuntan para su publicación correspondiente: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA ANA DEL YACUMA.- En la Vía Extraordinaria, Demanda la Regularización de Derecho propietario de un bien inmueble urbano, en amparo de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 247, modificada por la Ley Nº 803. Otrosíes. Dra. HELEN JOANNA MEJIA FERRUFINO, con cedula de identidad Nº 4192454 Beni, abogada en ejercicio libre de la profesión, casada, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio real ubicado en la Av. Gustavo Antelo Nº 296, ante usted con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: I.- PERSONERIA: Conforme el Poder Nº 248/2017 de fecha 10 de Octubre del 2017 que adjunto, otorgado por ante Notario de Fe Publica Nº 2 a cargo del Sr. José Luis Suarez Iriarte, acredito que la señora Marina Limaica Rosell, me ha conferido amplias facultades para representarla en la presente acción, es por ello que pido a usted se me reconozca mi personería, y ulteriores diligencias se entiendan conmigo, en mí domicilio. II.- ANTECEDENTES: Sucede señor juez, que hacen 30 años que mi mandante habita y tiene construida una vivienda familiar, en el bien inmueble urbano, ubicado en la calle Miguel Villavicencio Rojas s/n, Zona 18 de Noviembre, Serie "F", Manzano Nº 135, Zonificación Tercera, con una extensión superficial de 977,50.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con la vecina Mayerling Suarez Carvalho, y mide 21,25 metros lineales, al Sur, con la calle Miguel Villavicencio Rojas, y mide 21,25 metros lineales, al Este, con el vecino Antonio Enrique Velasco Kohler (antes Luis Iriarte), y mide 46,00 metros lineales, y por el Oeste, con el vecino Einar Guasinave Ayala, y mide 46,00 metros lineales. Inmueble que mi mandante ha habitado con su familia e hijos, utilizando como vivienda familiar, y el cual tome posesión de este lugar siendo simplemente un terreno, desconociendo quien eras el propietario o quien cuenta con la documentación que acredite su derecho real; dejando constancia nuestro ingreso fue de forma pacífica, publica, de buena fe y continuada hasta el día de hoy, sin que por ningún motivo personal alguno hasta la fecha se hubiera perturbado mi posesión o aduzca ser propietario de este terreno urbano hoy ocupado como mi vivienda familiar. Es así que desde que tome posesión del mismo, he realizado todo tipo de actos de dominio, habiéndole introducido mejoras en el terreno como ser: construcciones de una pequeña casita, levantamiento del terreno, instalaciones de servicios básicos de agua potable y luz eléctrica, tal y como acredito con las facturas que adjunto. Este inmueble urbano que utilizamos como vivienda es el único que poseo y por la certificación expedida por Derechos Reales su autoridad podrá verificar que no cuento con ningún otro bien inmueble, así mismo por la declaración testifical de mis vecinos se podrá evidenciar que esta es nuestra vivienda durante los últimos 30 años, el cual lo tenemos como tal, de forma pública y reconocido por todos mis vecinos en esa condición. La Constitución Política del Estado, en su art. 56-1 señala: "Toda las Bolivianas y Bolivianos tenemos derechos a la propiedad privada ya sea de forma individual o colectiva, siempre y cuando esa propiedad cumpla con una función social. La misma norma suprema en su art. 19 señala "Toda persona tiene derecho a un habitad y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria". El estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinaran preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural. En cumplimiento de dicha norma, los ciudadanos Bolivianos contamos con ese derecho fundamental constitucional de tener la posibilidad de contar con una vivienda propia y su documentación saneada o registrada en Derechos Reales y actualmente poseemos legítimamente un inmueble urbano, mismo que cumple la función social de vivienda familiar por lo que se debe dar estricto cumplimiento al mandato constitucional. En virtud a estos mandatos constitucionales en fecha 05 de Junio de 2012 se promulga la Ley Nº 247 de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Viviendas, Mi persona cumple plenamente con las previsiones de ésta ley, y los requisitos exigidos para poder acceder a la propiedad de un Bien inmueble urbano para vivienda o ser beneficiarios de Ja misma, que nos dignifique como ser humano y que contemos con una documentación debidamente regularizada y que podamos inscribir y registrar en Derecho Reales, para así obtener nuestro título de propiedad que demuestre que somos los legítimos propietarios de bien inmueble que ocupamos y en el cual estamos asentados conjuntamente con nuestra familia. La Ley Nº 247 en su art. 2 señala: la finalidad específica de esta ley es regularizar legal y Técnicamente el derecho propietario de bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, de aquellos poseedores beneficiarios sin título, teniendo en fin social conforme al art. 3 del mismo cuerpo legal. El art. 5 Inc. f) de la misma ley citada, define lo que es un inmueble urbano, siendo el terreno con construcción destinada a vivienda, habitada permanente y ubicado dentro del radio urbano o área urbana, el mismo art. en su ínc. o) define la regularización como un proceso de saneamiento de observaciones técnicos — legal que permiten la obtención del Derecho Propietario sobre el bien inmueble urbano, con el respectivo registro. Además, esta ley de fin social no es de carácter administrativo o para que las instituciones cumplan con sus obligaciones administrativas pendientes, tiene la finalidad de la regularización del derecho propietario a favor de los beneficiarios, preestablecido en su art. 10 parágrafos. III.- PETITORIO: Por lo anotado, en base a los antecedentes expuestos, y de conformidad a la forma prevista por los arts. 110, 369 y siguientes de la Ley Nº 439, a nombre de mi mandante en la vía extraordinaria interpongo demanda de regularización de derecho propietario del bien inmueble urbano destinado a vivienda, ubicado en la calle Miguel Villavicencio Rojas s/n, Zona 18 de Noviembre, Serie "F", Manzano Nº 135, Zonificación Tercera, con una extensión superficial de 977,50.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con la vecina Mayerling Suarez Carvalho, y mide 21,25 metros lineales, al Sur, con la calle Miguel Villavicencio Rojas , y mide 21,25 metros lineales, al Este, con el vecino Antonio Enrique Velasco Kohler (antes Luis Iriarte), y mide 46,00 metros lineales, y por el Oeste, con el vecino Einar Guasinave Ayala, y mide 46,00 metros lineales; amparado en los arts. 10 y 11 de la Ley de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos, y art. 3 del Decreto Supremo que Reglamenta la Ley Nº 247, demanda que dirijo contra presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble objeto de la presente demanda, pidiendo a su autoridad que con las competencias y atribuciones que confiere el art. 3 de la Ley Nº 803 tome conocimiento, admita la misma y en sentencia la declare PROBADA en todas sus partes, y una vez ejecutoriada la sentencia en virtud al Decreto Supremo N° 2841 que reglamenta la Ley N° 803 en su art. 13, ordene su inscripción en Derechos Reales de la ciudad de Trinidad, y su empadronamiento en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Ana del Yacuma a nombre de mi mandante. Otrosí 1v.- Los demandados presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble, no tienen domicilio conocido, por lo cual su autoridad deberá aplicar lo establecido en el art. 78 de la Ley Nº 439, librando el correspondiente edicto para practicar citación a los demandados, y sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, para lo cual su autoridad deberá fijar día y hora… Otrosí 29.- En aplicación del art. 147 de la Ley Nº 439, ofrezco en calidad de prueba documental, ofrezco los siguientes documentos: A).- Declaración voluntaria ante Notaria de Fé Pública, del tiempo y lugar de posesión continua, pública y de buena fe. B).- Plano de ubicación C).- Registro en sistema Informático de "PROREVI". D).- Certificado de No Propiedad a Nivel Nacional emitido por Derechos Reales. E).- Fotocopia de mi Cédula de Identidad. F).- Facturas de pago de agua y luz. G).- Fotocopias de las cedulas de identidad de mis vecinos. H).-Poder Nº 248/2017. Otrosí 3o.- En aplicación del art. 174 de la Ley Nº 439, ofrezco en calidad de prueba testifical, ofrezco las declaraciones de las siguientes personas: A.LUCIA CHAVEZ GIL, con cedula de identidad N° 1733871 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, natural y vecino de esta ciudad. B.- JAVIER ANAPAERE CARBALLO, con cedula de identidad N° 12378960 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, natural y vecino de esta ciudad… Otrosí 4o.- En aplicación del art. 187 de la Ley Nº 439, pido a su autoridad se realice una inspección ocular judicial al bien inmueble objeto de la presente demanda, a objeto de que se verifique la existencia de mi casita en la que vivimos con mi familia, a tal efecto pido se fije día, y hora de audiencia pública…. Otrosí 5o.- Con la finalidad de acreditar que el bien inmueble urbano que vengo poseyendo es de propiedad privada, pido a usted se sirva notificar al Gobierno Autónomo municipal de Santa Ana del Yacuma, para que certifique de manera clara y precisa si el bien inmueble objeto de la demanda es de propiedad municipal o privada…. Otrosí 6o.- En cuanto a honorarios profesionales, el infrascrito se somete al Arancel Mínimo del ilustre Colegio de Abogados del Beni… Otrosí 7o.- Señalo domicilio procesal en la calle Ingavi Nº 84, frente a comercial "Amira", entre Juan Adad y Av. Hugo Suarez Gómez…. Justicia, etc… Santa Ana del Yacuma, 17 de Noviembre del 2017. Presentado la Dra. Helen Mejía, el día de hoy 17 de noviembre de dos mil diecisiete a horas 10:30 a.m. ADJUNTA:- memorial a fs. 01 una copia del memorial y documentos desde fs. 01 a 17.- pasa a despacho en fecha 20 del mes de noviembre del año en curso a horas 17:00 p.m. conste.AUTO INTERLOCUTORIO No 284/2017.-Santa Ana del Yacuma, A 21 de Noviembre de 2017. VISTOS: La demanda sobre REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE BIEN INMUEBLE URBANO DESTINADO A VIVIENDA, cursante a fs. 15 a 16 y vita. de obrados presentada por HELEN JOANNA MEJIA FERRUFINO, en representación con mandato de MARINA LIMAICA ROSSELL, cuya personería se reconoce y abona en virtud al Poder Notarial N° 248/2017, de fecha 10 de octubre de 2017 años que se encuentra adjunto a fs. 13 y vita.; y siendo que la misma reúne los requisitos de forma y contenido previstos en el art. 110 del Código Procesal Civil y de admisibilidad previstos en el art. 11 de la Ley N° 803, estando el asunto excluido de la conciliación previa por virtud del art. 293 num.6) del citado código, se la ADMITE en todo cuanto fuere pertinente y tuviere lugar en derecho, para su tramitación como proceso extraordinario, conforme a las previsiones contenidas el art. 3 de la Ley N° 803 y arts. 369 y Sgtes. de la Ley N° 439. Córrase en traslado y cítese a los demandados PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS, del bien inmueble que se demanda su regularización, ubicado en esta ciudad de Santa Ana sobre Calle Miguel Villavicencio Rojas s/n., Zona 18 de Noviembre, Serie "F", Manzano N° 135, Zonificación Tercera con una extensión superficial de 977,50 m2, para que dentro del término de treinta (30) días contesten y ofrezcan sus pruebas, bajo apercibimiento de Ley. Por ende de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 P. II. del Código Procesal Civil, se dispone la citación de los demandados mediante edictos, los cuales deberán ser publicados en un periódico de circulación nacional autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en la forma e intervalos señalados en dicha norma; para cuyo efecto la parte demandante deberá previamente hacerse presente en día y hora hábil a prestar juramento de desconocimiento de domicilio por ante este despacho judicial. Ejercitando la potestad conferida por el art. 24 inc. 3) del mismo código procesal civil ofíciese al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) en la persona de su Directora Departamental con oficinas en la ciudad de Trinidad, a objeto de que certifique si el bien inmueble que se demanda de regularización no se encuentra bajo custodia de dicha institución. De igual forma, en aplicación de lo previsto por el art. 30 de la Ley N° 482, ofíciese al Gobierno Municipal Autónomo de esta ciudad, en la persona del señor Alcalde, para que dentro del término que señala la ley a través de la unidad de ordenamiento y planificación territorial, remita la información necesaria respecto si el bien inmueble objeto de la pretensión de regularización, se encuentra o no dentro de los bienes de dominio municipal, vale decir si no corresponde, a área verde, parque, plaza u otro, o en su caso si es de uso residencial privado y a nombre de quien se encuentra empadronado. Así también certifique si la urbanización, zona o barrio en el cual se encuentra situado el bien inmueble objeto del proceso se encuentra aprobada por el municipio conjuntamente con su planimetría, para que con estos datos pueda darse viabilidad al proceso de regularización impetrado… Al Otrosí 1.- Se tiene presente, debiendo estarse a lo dispuesto en lo principal… Al Otrosí 2, 3 y 4.- Por adjuntas las documentales descritas y que se tienen en calidad de prueba pre-constituida, con noticia de parte contraria. De igual forma se tiene por ofrecida la prueba testifical, con noticia de parte adversa a los fines consiguientes así como también la inspección judicial, las cuales serán diligenciadas en audiencia. Al Otrosí 5.- Se tiene dispuesto. .. Al Otrosí 6. y 7.- Por convenidos los honorarios profesionales y señalado el domicilio procesal. Regístrese y Cite Servidora Judicial. ES CUANTO SE LEGALIZA Y SE ADJUNTA PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY.Santa Ana del Yacuma, 09 de enero de 2018
EDICTOS
Viernes, 19 de enero de 2018
11 EDICTO
PARA: PRESUNTOS PROPIETARIOS —OBJETO: CITACIÓN CON DEMANDA Y AUTO INTERLOCUTORIO N°462/ 2017- NCPC DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2017 ---PROCESO: REGULARIZACIÓN DE DERECHO PROPIETARIO ----SEGUIDO POR MARIA JIMENEZ OJEDA CONTRA: PRESUNTOS PROPIETARIOS--¬JUZGADO: PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERO DE TRINIDAD-BENI-, A CARGO DEL DR. ROBERTO ISMAEL NACIF SUÁREZ.----- DEMANDA REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO DE BIEN INMUEBLE URBANO SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL DE TURNO EN PROCESO EXTRAORDINARIO (art 369 del NCPC Oral) DEMANDO REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE MI BIEN INMUEBLE URBANO, DESTINADO A VIVIENDA UBICADO EN EL RADIO URBANO, PUES NO CUENTO CON OTRA PROPIEDAD INMUEBLE, De acuerdo con la Ley No 247 de Regularización de derecho propietario de 05-06-2012 Ley de modificaciones a la ley No 247, ley No 803 De 09-05-2016) GENERALES DE LEY DE LA DEMANDANTE: MARIA JIMENEZ OJEDA DE MURASHIMA, mayor de edad, casada, boliviana, profesora , con CI No 1786612 expedido en Trinidad-Beni, con domicilio real en la calle Mamerto Durán No 120-zona plataforma(entre la carretera que conduce de TDD-Puerto Almacén y la calle 05 de junio), natural, vecino de esta ciudad, hábil ante todas las Leyes del nuevo Estado Plurinacional de Bolivia, ante Ud. con todo respeto, digo y pido: 1) ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA, RELACION PRECISA DE HECHOS QUE MOTIVAN LA PRESENTE DEMANDA Y EXPOSICION CLARA DE DERECHOS: Sr Juez, mi persona poseedora beneficiaria, sin título, en compañía de mi esposo, y mis hijos, me encuentro ocupando, en posesión física, pacifica, continuada, pública, de buena fe, sin interrupción de terceras personas que se crean con igual o mejor derecho propietario de un bien inmueble urbano, destinado a vivienda ubicado en el radio urbano(concretamente en el barrio PLATAFORMA, calle Mamerto Durán No 120, entre la carretera que conduce de TDD-Puerto Almacén y la calle 05 de junio) de Trinidad-Beni-Bolivia. Dicho bien inmueble tiene una superficie total de 310.24mts2, y colinda por el norte con el lote No 5 en 10.82mts; al sur con la avenida Mamerto Durán en 10.00mts; al oeste con el lote No 9 en 29.90mts y por el este con el lote No 7 en 29.60mts(adjunto croquis o plano como prueba documental que demuestra la ubicación exacta, colindancias y dimensiones de mi citado bien inmueble(el mismo está situado en plataforma, junta 18 de agosto, distrito No 3, manzano "D", lote"8". En dicho bien inmueble he construido mi casa, la cual habito de carácter permanente, junto a mi esposo y todos mis hijos por más de 23 años(es mi vivienda) pues inicialmente hemos rellenado con muchas volquetas de tierra, pues era muy bajo. En mi bien inmueble he construido mejoras y construcciones, pues es de material (ladrillo y cemento), y el mismo se encuentra totalmente delimitado con los vecinos (está cercado, amojoneado, limpio), mi posesión es pública, de buena fe, pacífica y continua, y mi citado bien inmueble se encuentra dentro del radio urbano de Trinidad, ES DECIR, QUE CUMPLO SIMULTANEAMENTE LOS 03 REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ART 10 DE LA LEY Nº 247. Dicho bien inmueble consta del servicio básico de luz, también poseo instalación sanitaria (taza-inodoro) conectada a cámara séptica; pero no poseo agua, pues la cañería matriz de COATRI no llega a mi referido barrio, pues a raíz de esta falencia de dicha Cooperativa, haciendo un sacrificio económico (pues soy pobre) tuve que contratar para que me construyan un pozo semisurgente, pues el Estado no me puede privar de un derecho humano fundamental, como es el ACCESO AL AGUA. II) LA INVOCACION DEL DERECHO EN QUE SE FUNDA: EL ARTICULO 19 DE LA NCPE, dice, toda persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada, que dignifique la vida familiar y comunitaria (derecho humano fundamental). EL ARTICULO 56 DE LA NCPE, dice, toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que esta cumpla una función social y el Estado tiene el deber de respetarla; y se garantiza la propiedad privada, siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo. EL ARTICULO PRIMERO DE LA LEY No 247(OBJETO) Que la presente ley, tiene por objeto la regularización del derecho propietario de personas naturales, que se encuentren en posesión continua, pública, pacífica y buena fe de un bien inmueble destinado a vivienda, ubicada dentro del radio urbano. EL ARTICULO SEGUNDO DE LA LEY No 247 (FINALIDAD) La finalidad de la presente ley, es la de regularizar legal y técnicamente el derecho propietario de un bien inmueble urbano destinado a vivienda, de aquellas personas que sean poseedoras beneficiarias sin título, y de aquellos propietarios que posean títulos sujetos a corrección. EL ARTICULO TERCERO DE LA LEY No 247(FIN SOCIAL) De conformidad a lo establecido en la NCPE, toda persona tiene derecho a: una vivienda digna, a la propiedad privada, y al hábitat, y es obligación del Estada garantizar y universalizar el ejercicio plena de los mismos. EL PRINCIPIO DE VIVIR BIEN: Es el acceso y disfrute de los bienes materiales y de la realización afectiva, subjetiva y espiritual, en armonía con la naturaleza y en comunidad con los seres humanos. EL PRINCIPIO DE EQUIDAD DE GÉNERO: Es la garantía del ejercicio pleno de las libertades y los derechos de mujeres y hombres reconocidos en la NCPE.DEFINICION DE BIEN INMUEBLE URBANO: Terreno con construcción, destinado para vivienda, habitada permanentemente y ubicada dentro del radio urbano. DEFINICION DE BUENA FE: Cuando el poseedor cree haber adquirido del verdadero propietario, o titular la cosa, o el derecho, pues la buena fe se presume y quien alega que hubo mala fe, debe probarla. DEFINICION DE POSEEDOR BENEFICIARIA: Personas naturales que acceden al proceso de regularización del derecho propietario sobre un bien inmueble destinado a vivienda y que está en posesión continua, pública, pacífica y de buena fe, sin afectar a derechos de terceros. DEFINICION DE REGULARIZACION: Proceso de saneamiento de observaciones técnicos legales que permiten la obtención del derecho propietario sobre un bien inmueble urbano, con el respectivo registro. III) EL BIEN DEMANDADO, DESIGNANDOLO CON TODA EXACTITUD: Lote de terreno urbano de 310.24mts (totalmente delimitado, cerrado) que queda ubicado en el barrio plataforma, junta 18 de agosto, distrito No 3, manzano "D", lote No 8, calle Mamerto Durán No 120, y colinda por el norte con el lote No 5 en 10.82; al sur con la avenida Mamerto Durán en 10.00mts; al oeste con el lote No 9 en 29.90mts y por el este con el lote No 7 en 29.60mts (por la carretera que conduce de TDD-Puerto Almacén), IV) LA PETICION FORMULADA EN TERMINOS CLAROS-POSITIVOS Y/O QUE SE PRETENSION QUE SE DEDUJERE: Por lo ampliamente expuesto y al amparo de los arts 1, 10, 11, 13 de la ley No 247, en los art. 3, 14 del DS No 1314, artículos 1, 2, 3, 9, 11, de la ley No 803, EN PROCESO EXTRAORDINARIO (art 369 del NCP Oral, DEMANDO REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE MI BIEN INMUEBLE URBANO, DESTINADO A VIVIENDA, UBICADO EN EL RADIO URBANO, PUES NO CUENTO CON OTRA PROPIEDAD INMUEBLE, acción que dirijo en contra de PRESUNTOS PROPIETARIOS DE MI REFERIDO BIEN INMUEBLE, solicitando a su digna y respetable Autoridad, que luego los trámites de ley, declarar PROBADA mi demanda con costas y costos, y en ejecución coactiva de sentencia, se instruirá al Alcalde de Trinidad y a los directores de catastro urbano y plan regulador para que registren en sus archivos dicho bien inmueble a mi nombre) y a la Sra. Registradora de Derechos Reales, para que previa provisión ejecutoria también proceda a registrar mi derecho propietario a mi nombre en sus registros públicos). OTROSI 1.- Como prueba documental, y en cumplimiento estricto al art 11 de la Ley No 803, acompaño varias pruebas literales o instrumentales, tales como registro de PROREVI, plano de ubicación, fotocopia de mi cédula de identidad, mi declaración jurada voluntaria notarial de posesión de mi bien inmueble por más de 23 años, declaración jurada voluntaria notarial de 02 vecinos o colindantes de mi posesión de mi bien inmueble por más de 23 años, certificado de no propiedad nivel nacional emitido por Derechos Reales, factura por servicio de luz, resolución técnica administrativa municipal de mi bien inmueble, certificación de asesoría legal de mi bien inmueble, informe jurídico de mi bien inmueble, planimetría aprobada e informe de procedencia de mi trámite (las mismas que deben ser DESGLOSADAS, previa reposición y constancia).OTROSI 2.- Al amparo del art 111 del NCP Oral, protesto presentar más prueba documental, que se encuentra en catastro urbano, plan regulador, alcaldía de Trinidad, notarias de fe pública y derechos reales, solicitando su incorporación al proceso, precisando que el hecho que quiero demostrar es la posesión que tengo sobre la superficie total de mi bien inmueble y están serán pruebas sobrevinientes referidos a hechos nuevos. OTROSI 3.- Al amparo del art 112 del NCP Oral, protesto presentar más documentos de fecha posterior a la presente demanda, o siendo anteriores a ella, bajo juramento o promesa de no haberse tenido conocimiento de los mismos. OTROSI 4.- Propongo como prueba, la INSPECCION OCULAR Y/O JUDICIAL a mi citado bien inmueble demandado, para que Ud. verifique que mi persona, posee dicha vivienda, a la cual asistirán todos mis testigos de cargo. OTROSI 5.- Honorarios profesionales conforme a arancel mínimo del ICA-BENI. OTROSI 6.- Para saber determinaciones o providencias, señalo el domicilio procesal el CONSORCIO JURIDICO SORUCO-SUAREZ&ABOGADOS ASOCIADOS, sito en la calle Santa Cruz No 264 (al lado del SEGIP-frente al hotel Yacuma). OTROSI 7.- La cuantía de mi vivienda es de 1.500 Bs. OTROSI 8.- Como prueba TESTIFICAL, propongo a: DOLORES ROCA GUAJARE con CI No 1921399 expedido en Trinidad-Beni; Esteban Mobi Maza con CI No 1932734 expedido en Trinidad-Beni, Clever Mobi Maza, Demetrio Mobi Maza y Gladis Cuéllar Yubanure. OTROSI 9.- Solicito citar a SENAPE y al Alcalde, para demostrar que mi referido bien inmueble no le pertenece al Estado, ni tampoco al municipio. OTROSI 10.- Como desconozco quienes son los propietarios de mi referido bien inmueble, es decir, que tienen domicilio real indeterminado, pues cuyo domicilio no pudiera establecerse, solicito la CITACION POR EDICTOS, previo juramento de desconocimiento, conforme al art 78 del NCP Auto Interlocutorio Nº 462/2017-NCPC DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2017 VISTOS: La demanda que antecede y la prueba adjunta, al cumplirse, en lo pertinente, los requisitos de forma y contenido del Art. 110 NCPC y en forma específica los previstos por el Art. 11-2 de la ley 247, se admite la misma en todo cuanto hubiere lugar en derecho para ser tramitada como proceso extraordinario, por lo que se corre en traslado a presuntos propietarios o terceras personas que pudieran tener derecho sobre el inmueble objeto del litigio, cítese por edictos. Notifíquese al Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad para que tenga conocimiento de esta demanda e informe acerca de si tiene algún registro ya sea en Ordenamiento Territorial o en el Catastro Urbano sobre el inmueble objeto del Litigio, al efecto de su individualización adjúntese una copia del plano correspondiente. Notifíquese al SENAPE. Al Otrosí. 1ro. y 2do. A lo principal. Al 3ro. Por ofrecida. Al otrosí 7mo. Presente Al otrosí 8vo. Señalado. REGISTRESE.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA SANTISIMA TRINIDAD CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DEL BENI A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL.-
PARA LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS EDICTO DE PRENSA
EDICTO 02/2018 EL Dr. EDWIN ANGEL DIEDERICH CLAROS JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEXTO DE LA CAPITAL TRINIDAD- BENI – BOLIVIA.Por el presente E D I C T O, se cita, llama y emplaza, a ERNESTO JUSTINIANO VIRUEZ Y UBALDO JUSTINIANO VIRUEZ a objeto para que comparezcan ante este Despacho Judicial y asuman conocimiento y defensa dentro del proceso de DIVISION Y PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS seguido por TEODORO JUSTINIANO RIBERA Y OTROS, en contra de la testamentaria de UBALDO JUSTINIANO PEDRAZA, bajo apercibimiento de ser notificados en Secretaria del Juzgado con posteriores actuaciones y proseguirse con la normal tramitación en el caso de inconcurrencia. Para su Conocimiento se transcriben las siguientes piezas procesales: cursa memorial de DEMANDA, cuyo tenor es el siguiente: SEÑOR JUEZ TERCERO DE INSTRUCCIÓN EN LO CIVIL DEMANDAN PARTICION Y DIVISION DE BIENES SUCESORIOS - OTROS1.- ACOMPAÑAN PRUEBA OTROSI 2.- DOMICILIO TEODORO, MARIA LUISA, MARINA Y JOSE LUIS JUSTINIANO RIVERA, ROBIN JUSTINIANO PARADA, MARIO Y HUGO JUSTINIANO LOPEZ mayores de edad, hábiles por derecho, ante su autoridad con el debido respeto nos presentamos, exponemos y pedimos: Por la documentación que acompañamos se evidencia que hemos sido declarados coherederos de los bienes que nuestro causahabiente Ubaldo Justiniano Pedraza dejó en vida, por lo que en tal calidad nos apersonamos por ante su autoridad solicitando que su autoridad se sirva disponer la división y partición de un bien inmueble, el mismo que se encuentra ubicado en la C/ Sucre de esta ciudad y que se encuentra debidamente registrado en las oficinas de Derechos Reales a nombre de nuestro extinto padre bajo la matrícula No. 8.01.1.01.0017018. Señor Juez, considerando que el referido bien inmueble no es susceptible de división y partición física entre todos los coherederos, todo por el hecho de tener una extensión superficial de 246.96 metros cuadrados, hecho que obviamente hace imposible que exista una división, todo esto por disposición de normas urbanas, motivo por el cual solicitamos a su digna autoridad en la vía voluntaria se sirva disponer la venta del inmueble en pública subasta, todo esto al amparo de las normas contenidas en los arts. 1241 y 1242 del Código Civil, debiendo hacerse conocer a los demás coherederos fa presente petición, todo esto para fines de que puedan asumir su defensa. Señor Juez, hacemos conocer a su autoridad que si bien los señores Walter, Ubaldo, Julio César, Ernesto y Vladimir. Justiniano. Viruez no se han apersonado con la finalidad de hacerse reconocer sus derechos como coherederos, solicitamos que los mismos sean notificados con la presente acción con la finalidad que sus derechos que nosotros le reconocemos, sean debidamente precautelados. Para fines de citación de los demás coherederos, hacemos conocer que los mismos pueden ser notificados en el siguiente domicilio: Calle Sucre No. entre 18 de Noviembre y Nicolás Suárez OTROSI:- Acompaño en calidad de prueba la documentación adjunta. OTROSI 2.- Conoceré providencias en la Actuaría de su Despacho. VERITAS, fuente de justicia Trinidad; Febrero 12, 2015, FDO. TEODORO JUSTINIANO RIBERA, FDO, MARIA LUISA JUSTINIANO RIBERA, FDO, MARINA JUSTINIANO RIBERA FDO. MARIA DOLLY JUSTINIANO BARBA, FDO. JOSE LUIS JUSTINIANO RIBERA FDO. ROBIN JUSTINIANO PARADA, FDO. HUGO JUSTINIANO LOPEZ, FDO. MARIO JUSTINIANO LOPEZ, FDO. SELLADO MARIO JUSTINIANO LOPEZ---ABOGADO. A Fs. 79 cursa RESOLUCIÓN AUTO INTERLOCUTORIO, A, 02 de Abril de 2015. VISTO.- Se admite la demanda de División Jr. Partición de Bienes, interpuesta por TEODORO JUSTINIANO RIBERA, MARIA LUISA; JUSTINIANO RIBERA, MARINA JUSTINIANO RIBERA, JOSE LUIS JUSTINIANO RIBERA, ROBIN JUSTINIANO PARADA, HUGO JUSTINIANO LOPEZ, Y MARIO JUSTINIANO LOPEZ, adjuntado. las pruebas de fs.: 45 a 76 de obrados; sobre la TESTAMENTARIA UBALDO JUSTINIANO PEDRAZA", para ser tramitada de acuerdo a las normas establecidas en el Capítulo VI, Titulo IV, Libro Cuarto del Código de Procedimiento Civil, con noticia de la parte interesada, y los otros co herederos de nombre WALTER, UBALDO, JULIO CESAR, ERNESTO Y VLADIMIR TODOS JUSTINIANO VIRUEZ, cite funcionario, debiendo la parte interesada colaborar con dicha diligencia. Al Otrosí 1o.- Se tiene presente. Al Otrosí 2o - Por Señalada--Regístrese.--Fda. Y Sellada- Dr. José Ángel Mercado Pedraza. - Juez Tercera de instrucción en lo Civil y Comercial de la Capital. Fdo. Y Sellado.- Dra. Yamile Yrala Lascano - Actuarla - Abogado del Juzgado tercero de instrucción en lo Civil y Comercial de la Capital ---- A fs. 215 a 221 cursan ACTAS DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO O PARADERO ---- Es cuanto se transcribe en el presente edicto, el mismo que es Librado en la ciudad de Trinidad, capital del Beni , a los 10 días del mes de enero de 2018 años.
PARA LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS del inmueble que se demanda, ubicado en la Zona Moxos, Distrito No 3, Manzano No 9 Calle Av. Moxos Esq. Av. Hnos. José del Castillo con una superficie de 255,00 metros: EL DOCTOR RAFAEL TORDOYA,CORRALES JUEZ DEL JUZGADO PUBLCIO CIVIL Y COMERCIAL 4TO. DE LA CAPITAL.- HACE SABER: Que dentro del proceso SUMARIO LEY 247 seguido por: MARIA SONIA JUSTINIANO CUJUY CONTRA PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS, a la fecha se han producido los siguientes actos que continuación se detallan: MEMORIAL DE DEMANDA CURSA EN FOJAS 20 y vlta.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL DEMANDA DE REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO DE LOTE DE TERRENO URBANO EN LA VIA SUMARIA LEY N° 247.Otrosies.- MARIA SONIA JUSTINIANO CUJUY, mayor de edad, con C.I. N° 1708750 expedido en Beni, con domicilio en la Av. Moxos Esq. Hermanos del Castillo No233, Manzano No9, Zona Moxos, Distrito N° 3 de esta ciudad y hábil por ley, ante usted con las debidas consideraciones de respeto, me presento, expongo y solicito: DEMANDA.- Hace aproximadamente Veinte (20) años que vivo y tengo vivienda familiar rustica construida en el Terreno Urbano ubicado en la Av. Moxos Esq. Hermanos del Castillo No 233, Manzano N°9, Zona Moxos, Distrito No3, de esta ciudad, allí lo habito con mi familia, utilizando como vivienda familiar, tome posesión de este lugar por orden de su señora presidenta y no como avasallador, siendo simplemente 1.- Un Lote de Terreno Urbano, desconocido quien era el propietario o quien cuenta con la documentación que acredite su derecho real, mi ingreso fue de forma pacífica, de buena fe y continuada hasta el día de hoy, sin que por ningún motivo persona alguna hasta la fecha nos hubiera perturbado nuestra posesión o aduzca ser propietario de estos terrenos urbanos hoy ocupado con mi vivienda familiar. Es así que desde la fecha que tome posesión del mismo realizado todo tipo de actos propios de propietario, mejoras en el terreno, construcción de mi vivienda etc., instalación de luz, pagando por estos servicios básicos. Este hoy Lote de Terreno Urbano que utilizo como vivienda soy la única que poseo, su Autoridad podrá verificar que no cuento con ninguna propiedad, así mismo por la declaración testifical de nuestros vecinos se podrá evidenciar que esta es nuestra vivienda durante los Veinte (20) años, lo tengo como tal, de forma pública y estoy reconocidos por todos nuestros vecinos en esa condición. PETICION.- En virtud a los expuesto, los antecedentes de hecho como legales y de conformidad a la forma prevista por los Arts. 110, 362 y siguientes todos del Código Procesal Civil y Arts. 13 y 14 de la Ley No 247, en la vía sumaria interpongo; DEMANDA INDIVIDUAL DE REGULARIZACION DE BIEN INMUEBLE URBANO DESTINADO A VIVIENDA; amparados en el Art. 10 de la Regularización de Derecho Propietario sobre bienes inmuebles Urbanos y Art. 3 del Decreto Supremo que Reglamenta la Ley N° 247 en contra de PRESUNTOS PROPIETARIOS O QUIEN CREA TENER ALGÚN DERECHO REAL SOBRE EL INMUEBLE OBJETO DE LA PRESENTE DEMANDA, pidiendo a su Autoridad tome conocimiento, ADMITA la misma y en sentencia la declare PROBADA, en todas sus partes, una vez ejecutoriada la sentencia en virtud a la disposición final de la ley No247 ordene su Inscripción, "Empadronamiento respectivamente en el Gobierno Autónomo Municipal tales como Catastro - Plan Regulador Derechos Reales. OTROSIES.-Al desconocerse a los supuestos propietarios del Lote de Terreno Urbano, pido a su Autoridad fije día, fecha y hora de recepción de juramento de desconocimiento del propietario y su domicilio a efecto de que libre el correspondiente EDICTO de citación de Demanda. La presente demanda se encuentra dirigida contra quienes crean tener algún derecho sobre el bien inmueble objeto de litis amparado en la previsión contenida en el Art. 14-IV) de la Constitución Política del Estado Plurinacional toda vez que en ninguno de los Arts. De la Ley 247 de Regularización de Derecho Propietario o el Decreto Supremo que la Reglamenta se prohíbe o establece expresamente de que se debe demandar obligatoriamente a una persona o que debe obligatoriamente existir un propietario del terreno urbano. Ofrecimiento de Pruebas: en Virtud y amparado, en el Art. 374 numeral 1), 3), 4) y 5) Art. 479-II), Art. 30 todos del Código de Procedimiento Civil y Art. 11 de la Ley de Regularización de Derecho Propietario, me permito ofrecer en calidad de prueba, lo siguiente; DOCUMENTAL.- Declaración Voluntaria ante Notaria de Fe Publica del Tiempo, lugar de posesión continua pública y de buena fe. Cedula de Identidad Impetrante. Plano del Terreno urbano que demuestra la ubicación exacta, colindancias, y dimensiones del Lote de Terreno Urbano a Regularizar. Resolución Técnica Administrativa Municipal N° 0149/2017,) objeto de la presente demanda se encuentra dentro del Radio urbano de Trinidad. Certificación por la Asesora Legal de Apoyo para la Regularización de Derecho Propietario de acuerdo a las Leyes N°247 y N°803, del Gobierno Autónomo Municipal Santísima Trinidad. Informe Procede No 0149/2017 otorgado por el Gobierno Autónomo Municipal Santísima Trinidad, Registro en sistema informático de PROREVI. Certificado dé NO propiedad a nivel nacional emitido por Derechos Reales. Pidiendo sean tomados en cuenta como se estipula documentos probatorios, además pidiendo a su Autoridad ordene el desglose de los originales quedando fotocopias legalizadas en su lugar. TESTIFICAL.-Sr. Rodolfo Arroyo Rodas con C.I. N° 1696048 BN. Sra. Marbel Malala Cuellar con C.I. N° 4161494 BN. Pidiendo sean tomados como tal y en audiencia pública se escuche sus declaraciones testificales, dando mejores luces a su probidad, protestando hacer llegar el interrogatorio en momento oportuno. INSPECCION OCULAR JUDICIAL.- ofrece en calidad de prueba la inspección ocular judicial del inmueble objeto de la presente demanda á objeto de que se verifique la existencia de mi casita en la que vivo con mi familia, a tal efecto pido se fije día, fecha y hora de audiencia pública. El Abogado que suscribe la presente demanda, se basa en el arancel Mínimo del Ilustre Colegio de Abogados del Beni. Señalo como domicilio procesal el Estudio Jurídico Particular Justicia y Verdad del Profesional que firma que se encuentra ubicado en la Calle Santa Cruz N°483 de esta ciudad. Santísima Trinidad, 01 de Diciembre de 2017. Trinidad, 05 de diciembre del 2017. La demanda que antecede incoada por María Sonia Justiniano Cujuy , referente a la Regularización del Derecho Propietario sobre un Bien Urbano, la que reúne los requisitos exigidos por el art. 110 del Código Procesal Civil, por lo que en la vía extraordinaria y en lo pertinente en la vía ordinaria, se admite la misma en todo lo que hubiere lugar en derecho se corre en traslado a los PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS del inmueble que se demanda, ubicado en la Zona Moxos, Distrito No3, Manzano No 9 Calle Av. Moxos Esq. Av. Hnos. José del Castillo Con una superficie de 255,00 Metros cuadrados, para que comparezcan y contesten la demanda dentro del plazo de 30 días a partir de su legal citación, conforme lo previene el art. 363 y siguientes del Código de Procesal Civil, a efectos de convocar audiencia conforme lo establece el art. 370 del Código Procesal Civil en cumplimiento a la Ley 803. Así mismo cítese mediante edicto de prensa a los PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS, previo cumplimiento al Art. 78 parágrafo II del Código de Procesal Civil. De igual forma, cítese al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) con oficinas en la ciudad de Trinidad a efectos de que certifique si el inmueble objeto de la Litis se encuentra bajo su custodia y al Honorable Gobierno Municipal Autónomo de la Ciudad de Trinidad a efectos de que certifique si el inmueble objeto de la Litis corresponde a Plaza Parques u otro, como municipal, o en su caso si es uso residencial privado y a nombre de que quien se encuentra inscrito. Proveyendo los otrosíes de la demanda: Al otrosí 1.- En lo principal.A1 otrosí 2 y 3.- Con noticia de parte, téngase por ofrecida las documentales, inspección judicial y testifical, que se indica como prueba. Al otrosí 4.- Se tiene presente. Al Punto 5.- Por señalado. Fdo y sellado.Dr. Rafael Tordoya Corrales- JUEZ DEL JUZGADO PUBLCIO CIVIL Y COMERCIAL 4TO. DE LA CAPITAL- Ante mi Fdo y sellado. Dr. Marco Antonio Justiniano Cuellar.- Secretario- del JUZGADO PUBLCIO CIVIL Y COMERCIAL 4TO. DE LA CAPITA.- NOTA.- Se hace constar que en fojas 23 la parte demandante presto su juramento de desconocimiento de domicilio o paradero es todo cuanto se hace saber mediante el presente edicto de prensa en la ciudad de Trinidad Beni Bolivia a los nueve días del mes de enero de 2018.
SOLICITADA
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Viernes, 19 de enero de 2018
EDICTOS
Viernes, 19 de enero de 2018
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EDICTO
EL DR. LUIS FERNANDO VACA BOLLING JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1o DE LA PROVINCIA YACUMA.POR EL PRESENTE EDICTO.- Cita y emplaza a PRESUNTOS PROPIETARIOS para que por sí o por representación legal, se apersonen ante este despacho judicial, a objeto de que respondan a las emergencias de la demanda de REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO seguida por MIGUEL ANGEL ARTEAGA JARE contra, PRESUNTOS PROPIETARIOS cuyas piezas principales son debidamente legalizadas y se adjuntan para su publicación correspondiente: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA ANA DEL YACUMA.- En la vía extraordinaria, demanda la regularización de derecho propietario de un bien inmueble urbano en base a las disposiciones de la Ley N° 247 modificada por la Ley N° 803.- Otrosíes. MIGUEL ANGEL ARTEAGA JARE, con cedula de identidad N° 12187292 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la calle Rómulo Mendoza, de esta ciudad de Santa Ana del Yacuma, ante usted con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: I.- ANTECEDENTES: Sucede señor juez, que hacen aproximadamente 23 años que vengo habitando y tengo construida una vivienda familiar, en el bien inmueble urbano, ubicado en la calle, Rómulo Mendoza, Zona "26 de Julio", Serie "E", Manzano N° 89, Zonificación Segunda, con una extensión superficial de 421.17.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con Mady Castillón y mide 30.30.- metros lineales, al Sur, con Rafael Bonilla Llanos y mide 30.30.- metros lineales, al Este, con propiedad de Enrique Zabala Suarez y mide 13.90.- metros lineales, y por el Oeste, con la calle Rómulo Mendoza, y mide 13.90.- metros lineales. Inmueble que he habitado utilizando como vivienda familiar, y el cual tome posesión desconociendo quien era el propietario o quien cuenta con la documentación que acredite su derecho real; dejando constancia que a mi ingreso fue de forma pacífica, publica, de buena fe y continuada hasta el día de hoy, sin que por ningún motivo personal alguno hasta la fecha me hubiera perturbado la posesión o aduzca ser propietario de este terreno urbano hoy ocupado como mi vivienda familiar.- Es así que desde que tome posesión del mismo, he realizado todo tipo de actos de dominio, habiéndole introducido mejoras en el terreno corno ser: reparaciones constantes de la casa, pintado, instalaciones de servicios básicos de agua potable y luz eléctrica.- Este inmueble urbano que utilizo como vivienda es el único que poseo y por la certificación expedida por Derechos Reales su autoridad podrá verificar que no cuento con ningún otro bien inmueble, así mismo por la declaración testifical de mis vecinos se podrá evidenciar que esta es mi vivienda durante los últimos 23 años, el cual me tienen como tal, de forma pública y reconocido por todos sus vecinos en esa condición.- La Constitución Política del Estado, en su art. 56-1 señala: "Toda las Bolivianas y Bolivianos tenemos derechos a la propiedad privada ya sea de forma individual o colectiva, siempre y cuando esa propiedad cumpla con una función social. La misma norma suprema en su art. 19 señala "Toda persona tiene derecho a un habitad y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria". El estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinaran preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural. En cumplimiento de dicha norma, los ciudadanos Bolivianos contamos con ese derecho fundamental constitucional de tener la posibilidad de contar con una vivienda propia y su documentación saneada o registrada en Derechos Reales y actualmente poseo legítimamente un inmueble urbano, mismo que cumple la función social de vivienda familiar por lo que se debe dar estricto cumplimiento al mandato constitucional. En virtud a estos mandatos constitucionales en fecha 05 de Junio de 2012 se promulga la Ley N° 247 de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Viviendas. Por lo que cumplo plenamente con las previsiones de ésta ley, y los requisitos exigidos para poder acceder a la propiedad de un Bien Inmueble urbano para vivienda o ser beneficiario de la misma, que me dignifique como ser humano y que cuente con una documentación debidamente regularizada y que pueda inscribir y registrar en Derecho Reales, para así obtener mi título de propiedad que demuestre que soy el legítimo propietario de bien inmueble que ocupo. La Ley N° 247 en su art. 2 señala: la finalidad específica de esta ley es regularizar legal y Técnicamente el derecho propietario de bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, de aquellos poseedores beneficiarios sin título, teniendo en fin social conforme al art. 3 del mismo cuerpo legal. El art. 5 Inc. f) de la misma ley citada, define lo que es un inmueble urbano, siendo el terreno con construcción destinada a vivienda, habitada permanente y ubicado dentro del radio urbano o área urbana, el mismo art. en su inc. o) define la regularización como un proceso de saneamiento de observaciones técnicos — legal que permiten la obtención del Derecho Propietario sobre el bien inmueble urbano, con el respectivo registro. Además, esta ley de fin social no es de carácter administrativo o para que las instituciones cumplan cori sus obligaciones administrativas pendientes, tiene la finalidad de la regularización del derecho propietario a favor de los beneficiarios, preestablecido en su art. 10 parágrafos I.- PETITORIO: Por lo anotado, en base a los antecedentes expuestos, y de conformidad a la forma prevista por los arts. 110, 369 y siguientes de la Ley N° 439, en la Vía extraordinaria interpongo demanda de regularización de derecho propietario de un bien inmueble urbano destinado a vivienda, amparado en los arts. 10 y 11 de la Ley de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos, y art. 3 del Decreto Supremo que Reglamenta la Ley N° 247, demanda que dirijo contra presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble ubicado sobre la calle Rómulo Mendoza, Zona "26 de Julio", Serie "E", Manzano N° 89, Zonificación Segunda, con una extensión superficial de 421.17.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con Mady Castillón y mide 30.30.- metros lineales, al Sur, con Rafael Bonilla Llanos y mide 30.30.- metros lineales, al Este, con propiedad de Enrique Zabala Suarez y mide 13.90.- metros lineales, y por el Oeste, con la calle Rómulo Mendoza, y mide 13.90.- metros lineales, pidiendo a su autoridad que con las competencias y atribuciones que confiere el art. 3 de la Ley N° 803 tome conocimiento, admita la misma y en sentencia la declare PROBADA en todas sus partes, y una vez ejecutoriada la sentencia en virtud al Decreto Supremo N° 2841 que reglamenta la Ley N° 803 en su art. 13, ordene su inscripción en Derechos Reales de la ciudad de Trinidad, y su empadronamiento en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Ana del Yacuma, del bien inmueble urbano ubicado sobre la calle.- Otrosí 1°.- Los demandados presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble, no tienen domicilio conocido, por lo cual su autoridad deberá aplicar lo establecido en el art. 78 de la Ley N° 439, librando el correspondiente EDICTO para practicar citación a los demandados, y sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, para lo cual su autoridad deberá fijar día y hora.- Otrosí 2°.- En aplicación del art. 147 de la Ley N° 439, ofrezco en calidad de prueba documental, ofrezco los siguientes documentos: A).- Declaración voluntaria ante Notaria de Fe Pública, del tiempo y lugar de posesión continua, pública y de buena fe. B).- Plano de ubicación C).- Registro en sistema Informático de "PROREVI". D).- Certificado de No Propiedad a Nivel Nacional emitido por Derechos Reales. E).- Fotocopia de mi cedula de identidad y la de mis testigos y F) Facturas de agua potable. Otrosí 30.- En aplicación del art. 174 de la Ley N° 439, ofrezco en calidad de prueba testifical, ofrezco las declaraciones de las siguientes personas: A.- Maddy Castillón Pedraza, con cedula de identidad N° 2139701 La Paz, mayor de edad, hábil por derecho, natural y vecino de esta ciudad. B.- Rafael Bonilla Llanos, con cedula de identidad N° 1709123 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, natural y Vecina de esta ciudad. Otrosí 4°.- En aplicación del art. 187 de la Ley N° 439, pido a su autoridad se realice una inspección ocular judicial al bien inmueble objeto de la presente demanda, a objeto de que se verifique la existencia de mi casita en la que vivo, a tal efecto pido se fije día, y hora de audiencia pública. Otrosí 5°.- Con la finalidad de acreditar que el bien inmueble urbano que vienen poseyendo mis mandantes es de propiedad privada, pido a usted se sirva notificar al Gobierno Autónomo municipal de Santa Ana del Yacuma, para que certifique de manera clara y precisa si el bien inmueble objeto de la demanda es de propiedad municipal o privada. Otrosí 6°.- En cuanto a honorarios profesionales, el infrascrito se somete al arancel Mínimo del Ilustre Colegio de Abogados del Beni. Otrosí 7°.- Señalo domicilio procesal, en la calle Ingavi N° 84 frente a comercial "Amira", entre Juan Adad y avenida Hugo Suarez Gómez. Justicia, etc. Santa Ana del Yacuma, 13 de Noviembre del 2017. Presentado por el Dra. Helen mejía, el día de hoy 13 de noviembre de dos mil diecisiete a horas 11:30 a.m. ADJUNTA:- memorial a fs. 02 y documentos a fs. 01 a 10.- Pasa a despacho en fecha 20 del mes de noviembre del año en curso a horas 17:00 p.m.- NOTA: indicar que la suscrita se encuentra supliendo dos juzgado el juzgado público de familias e instrucción penal, el presente juzgado, teniendo audiencia de juicio oral en el tribunal sentencia como titular desde fecha 06 a 08 de noviembre del 2017 y en fecha 9 de noviembre del presente años siendo mis cumpleaños, en fecha 10 de noviembre feriado departamental por las gestas libertarias de mojos de 1810 y seguidamente en fecha 13 a 16 la suscrita se encuentra en comisión en la ciudad de Magdalena.- Conste. AUTO INTERLOCUTORIO No 288/2017 Santa Ana del Yacuma, A 21 de noviembre de 2017.VISTOS: La demanda 'Sobre REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE BIEN INMUEBLE URBANO DESTINADO A VIVIENDA presentada por MIGUEL ANGEL ARTEAGA JARE, cursante a fs. 1)1 a 12 y vlta de obrados; y siendo que la misma reúne los requisitos de forma y contenido previstos en el art. 110 del Código Procesal Civil y de admisibilidad previstos en el art. 11 de la Ley N° 803, estando el asunto excluido de la conciliación previa por virtud del art. 293 num.6) del citado código, se la ADMITE en todo cuanto fuere pertinente y tuviere lugar en derecho, para su tramitación como proceso extraordinario, conforme a las previsiones contenidas el art. 3 de la Ley N° 803 y arts. 369 y sgtes de la Ley N° 439.- Córrase en traslado y cítese a los demandados PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS, del bien inmueble que se demanda su regularización, ubicado en esta ciudad de Santa Ana sobre Calle Rómulo Mendoza s/n., Zona 26 de Julio, Serie "E", Manzano N° 89, Zonificación Segunda con una extensión superficial de 421,17 m2, para que dentro del término de treinta (30) días contesten y ofrezcan sus pruebas, bajo apercibimiento de Ley.- Por ende de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 P. II. Del Código Procesal Civil, se dispone la citación de los demandados mediante edictos, los cuales deberán ser publicados en un periódico de circulación nacional autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en la forma e intervalos señalados en dicha norma; para cuyo efecto la parte demandante deberá previamente hacerse presente en día y hora hábil a prestar juramento de desconocimiento de domicilio por ante este despacho judicial. Ejercitando la potestad conferida por el art. 24 inc. 3) del mismo código procesal civil ofíciese al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) en la persona de su Directora Departamental con oficinas en la ciudad de Trinidad, a objeto de que certifique si el bien inmueble que se demanda de regularización no se encuentra bajo custodia de dicha institución.- De igual forma, en aplicación de lo previsto por el art. 30 de la Ley No 482, ofíciese al Gobierno Municipal Autónomo de esta ciudad, en la persona del señor Alcalde, para que dentro del término que señala la ley a través de la unidad de ordenamiento y planificación territorial, remita la información necesaria respecto si el bien inmueble objeto de la pretensión de. regularización, se encuentra o no dentro de los bienes de dominio municipal, vale decir si no corresponde a área verde, parque, plaza u otro, o en su caso si es de uso residencial privado y a nombre de quien se encuentra empadronado. Así también certifique si la urbanización, zona o barrio en el cual se encuentra situado el bien inmueble objeto del proceso se encuentra aprobada por el municipio conjuntamente con su planimetría, para que con estos datos pueda darse viabilidad al proceso de regularización impetrado. Al Otrosí 1.- Se tiene presente, debiendo estarse a lo dispuesto en lo principal. Al Otrosí 2, 3 y 4.- Por adjuntas las documentales descritas y que se tienen en calidad de prueba pre-constituida, con noticia de parte contraria. De igual forma se tiene por ofrecida la prueba testifical, con noticia de parte adversa a los fines consiguientes así como también la inspección judicial, las cuales serán diligenciadas en audiencia. Al Otrosí 5.- Se tiene dispuesto. Al Otrosí 6. y 7.- Por convenidos los honorarios profesionales y sellado el domicilio procesal. Regístrese y Cite Servidora Judicial. ES CUANTO SE LEGALIZA Y SE ADJUNTA PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Santa Ana del Yacuma, 08, de enero de 2018
EDICTO
EL DR. LUIS FERNANDO VACA BOLLING JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1ro. DE LA PROVINCIA YACUMA. POR EL PRESENTE EDICTO.- Cita y emplaza a PRESUNTOS PROPIETARIOS para que por sí o por representación legal, se apersonen ante este despacho judicial, a objeto de que respondan a las emergencias de la demanda de REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO seguida por SOFIA ROSALES TANACA contra, PRESUNTOS PROPIETARIOS cuyas piezas principales son debidamente legalizadas y se adjuntan para su publicación correspondiente: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA ANA DEL YACUMA.- En la vía extraordinaria, demanda la regularización de derecho propietario de un bien inmueble urbano en base a las disposiciones de la Ley N° 247 modificada por la Ley N° 803. Otrosíes. SOFIA ROSALES TANACA, con cedula de identidad N° 4625538 Santa Cruz, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la calle Juan Von Gavelic, de esta ciudad de Santa Ana del Yacuma, ante usted con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: I.- ANTECEDENTES: Sucede señor juez, que hacen aproximadamente 24 años que vengo habitando y tengo construida una vivienda familiar, en el bien inmueble urbano, ubicado en la calle Juan Von Gavelic, Zona "San Juan", Serie "G", Manzano N° 217, Zonificación Segunda, con una extensión superficial de 311.60.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con la calle Juan Von Gavelic y mide 10.50.- metros lineales, al Sur, con Serafín Montejo Caller, y mide 10.00.- metros lineales, al Este, con propiedad de Hernán Castedo y mide 30.40.- metros lineales, y por el Oeste, con propiedad de Herminio Villavicencio Villavicencio y mide 30.40.- *metros lineales. Inmueble que he habitado utilizando como vivienda familiar, y el cual tome posesión desconociendo quien era el propietario o quien cuenta con la documentación que acredite su derecho real; dejando constancia que a mi ingreso fue de forma 2acífica, publica, de buena fe y continuada hasta el día de hoy, sin que por ningún motivo personal alguno hasta la fecha me hubiera perturbado la posesión o aduzca ser propietario de este terreno urbano hoy ocupado como mi vivienda familiar. Es así que desde que tome posesión del mismo, le realizado todo tipo de actos de dominio, habiéndole introducido mejoras en el terreno (como ser reparaciones constantes de la casa, pintado, instalaciones de servicios básicos de agua potable y luz eléctrica. Este inmueble urbano que utilizo como vivienda es el único que poseo y por la certificación expedida por Derechos Reales su autoridad podrá verificar que no cuento con ningún otro bien inmueble, así mismo por la declaración testifical de mis vecinos se podrá evidenciar que esta es mi vivienda durante los últimos 24 años, el cual me tienen como tal, de forma pública y reconocido por todos sus vecinos en esa condición. La Constitución Política del Estado, en su art. 56-1 señala: "Toda las Bolivianas y Bolivianos tenemos derechos a la propiedad privada ya sea de forma individual o colectiva, siempre y cuando esa propiedad cumpla con una función social. La misma norma suprema en su art. 19 señala "Toda persona tiene derecho un habitad y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria". El estaco, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinaran preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural. En cumplimiento de dicha norma, los ciudadanos Bolivianos contamos con ese derecho fundamental constitucional de tener la posibilidad de contar con una vivienda propia y su documentación saneada o registrada en Derechos Reales y actualmente poseo legítimamente un inmueble urbano, mismo que cumple la función social de vivienda familiar por lo que se debe dar estricto cumplimiento al mandato constitucional. En virtud a estos mandatos constitucionales en fecha 05 de Junio de 2012 se promulga la Ley N° 247 de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Viviendas. Por lo que cumplo plenamente con las previsiones de ésta ley, y los requisitos exigidos para poder acceder a la propiedad de un Bien Inmueble urbano para vivienda o ser beneficiario de la misma, que me dignifique como ser humano y que cuente con una documentación debidamente regularizada y que pueda inscribir y registrar en Derecho Reales, para así obtener mi título de propiedad que demuestre que soy el legítimo propietario de bien inmueble que ocupo. La Ley N° 247 en su art. 2 señala: la finalidad específica de esta ley es regularizar legal y Técnicamente el derecho propietario de bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, de aquellos poseedores beneficiarios sin título, teniendo en fin social conforme al art. 3 del mismo cuerpo legal. El art. 5 Inc. I) de la misma ley citada, define lo que es un inmueble urbano, siendo el terreno con construcción destinada a vivienda, habitada permanente y ubicado dentro del radio urbano o área urbana, el mismo art. en su inc. o) define la regularización como un proceso de saneamiento de observaciones técnicos — legal que permiten la obtención del Derecho Propietario sobre el bien inmueble urbano, con el respectivo registro. Además, esta ley de fin social no es de carácter administrativo o para que las instituciones cumplan con sus obligaciones administrativas pendientes, tiene la finalidad de la regularización del derecho propietario a favor de los beneficiarios, preestablecido en su art. 10 parágrafos I.- PETITORIO: Por lo anotado, en base a los antecedentes expuestos, y de conformidad a la forma prevista por los arts. 110, 369 y siguientes de la Le' N° 439, en la vía extraordinaria interpongo demanda de regularización de derecho propietario de un bien inmueble urbano destinado a vivienda, amparado en los arts. 10 y 11 de la Ley de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos, y art. 3 del Decreto Supremo que Reglamenta la Ley N° 247, demanda que dirijo contra presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble ubicado sobre la calle Juan Von Gavelic, Zona "San Juan", Serie "G", Manzano N° 217, Zonificación Segunda, con una extensión superficial de 311.60.- metros cuadrados, con los siguientes límites y colindancias: al Norte, con la calle Juan Von Gavelic y mide 10.50.- metros lineales, al Sur, con Serafín Montejo Caller, y mide 10.00.- metros lineales, al Este. con propiedad de Hernán Castedo y mide 30.40.- metros lineales, y por el Oeste, con propiedad de Herminio Villavicencio Villavicencio y mide 30.40.- metros lineales, pidiendo a su autoridad que con las competencias y atribuciones que confiere el art. 3 de la Ley N° 803 tome conocimiento, admita la misma y en sentencia la declare PROBADA en todas sus partes, y una vez ejecutoriada la sentencia en virtud al Decreto Supremo N° 2841 que reglamenta la Ley N° 803 en su art. 13, ordene su inscripción en Derechos Reales de la ciudad de Trinidad, y su empadronamiento en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Ana del Yacuma, del bien inmueble urbano ubicado sobre la calle.- Otrosí 1°.- Los demandados presuntos propietarios o quien crea tener algún derecho real sobre el inmueble, no tienen domicilio conocido, por lo cual su autoridad deberá aplicar lo establecido en el art. 78 de la Ley N° 439, librando el correspondiente EDICTO para practicar citación a los demandados, y sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, para lo cual su autoridad deberá fijar día y hora.- Otrosí 2°.- En aplicación del art. 147 de la Ley N° 439, ofrezco en calidad de prueba documental, ofrezco los siguientes documentos: A).- Declaración voluntaria ante Notaria de Fe Pública, del tiempo y lugar de posesión continua. Pública y de buena fe. B).- Plano de ubicación C).- Registro en sistema Informático de PROREVI. D).- Certificado de No Propiedad a Nivel Nacional emitido por Derechos Reales. E).- Fotocopia de mi cedula de identidad y la de mis testigos, F) Certificado de uso de suelo, G) Factura de luz eléctrica. Otrosí 3°.- En aplicación del art. 174 de la Ley N° 439, ofrezco en calidad de prueba testifical, ofrezco las declaraciones de las siguientes personas: A).- Isora Cholima Gualuzna, con cedula de identidad N° 56097775 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, natural y vecino de esta ciudad. B).- Carmen Aparicio Cruz, con cedula de identidad N° 0780912 Beni, mayor de edad, hábil por derecho, natural y vecina de esta ciudad. Otrosí 4°.- En aplicación del art. 187 de la Ley N° 439, pido a su autoridad se realice una inspección ocular judicial al bien inmueble objeto de la presente demanda, a objeto de que se verifique la existencia de mi casita en la que vivo, a tal efecto pido se fije día, y hora de audiencia pública. Otrosí 5.- Con la finalidad de acreditar que el bien inmueble urbano que vienen poseyendo mis mandantes es de propiedad privada, pido a usted se sirva notificar al Gobierno Autónomo municipal de Santa Ana del Yacuma, para que certifique de manera clara y precisa si el bien inmueble objeto de la demanda es de propiedad municipal o privada. Otrosí 6°.- En cuanto a honorarios profesionales, el infrascrito, se somete al arancel Mínimo del Ilustre Colegio de Abogados del Beni. Otrosí 7°.- Señalo domicilio procesal, en la calle Ingavi N° 84 frente a comercial "Amira", entre Juan Adad y avenida Hugo Suarez Gómez. Justicia, etc. ……Santa Ana del Yacuma, 03 de enero del 2018. Presentado por SOFIA ROSALES TANACA el día de hoy tres de enero de dos mil dieciocho a horas 11:15 a.m. ADJUNTA: Factura, Acta Notariada, cuatro fotocopias de Cédula de Identidad, plano de terreno urbano, Certificado de DDRR., copia de memorial, certificado del PROREVI, Informe Técnico de la H. Alcaldía Municipal, una copia de la demanda.- Pasa a despacho en fecha cuatro del mes de enero del año dos mil dieciocho a oras 08:30 p.m. Conste. AUTO INTERLOCUTORIO No 004/2018. Santa Ana del Yacuma, A 04 de enero de 2018 VISTO.- La demanda sobre REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE BIEN INMUEBLE URBANO DESTINADO A VIVIENDA presentada por SOFIA ROSALES TANACA cursante a fs. 14 a 15 y vita. de obrados; y siendo que la misma reúne los requisitos de forma y contenido previstos en el art. 110 del Código Procesal Civil y de admisibilidad previstos en el art. 11 de la Ley N° 803, estando el asunto excluido de la conciliación previa por virtud del art. 293 num.6) del citado código, se la ADMITE en todo cuanto fuere pertinente y tuviere lugar en derecho, para su tramitación corno proceso extraordinario, conforme a las previsiones contenidas el art. 3 de la Ley N° 803 y arts. 369 y sgtes. De la Ley N° 439. Córrase en traslado y cítese a los demandados PRESUNTOS PROPIETARIOS O INTERESADOS, del bien inmueble que se demanda su regularización, ubicado en esta ciudad de Santa Ana sobre Calle Juan Von Gavelic s/n., Zona San Juan, Serie "G", Manzano N° 217, Zonificación Segunda con una extensión superficial de 311,60 m2, para que dentro del término de treinta (30) días contesten y ofrezcan sus pruebas, bajo apercibimiento de Ley. Por ende de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 P. II. Del Código Procesal Civil, se dispone la citación de los demandados mediante edictos, los cuales deberán ser publicados en un periódico de circulación nacional autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en la forma e intervalos señalados en dicha norma; para cuyo efecto la parte demandante deberá previamente hacerse presente en día y hora hábil a prestar juramento de desconocimiento de domicilio por arte este despacho judicial. Ejercitando la potestad conferida por el art. 24 inc. 3) del mismo código procesal civil ofíciese al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) en la persona de so Directora Departamental con oficinas en la ciudad de Trinidad, a objeto de que certifique si el bien inmueble que se demanda de regularización no se encuentra bajo custodia de dicha institución. De igual forma, en aplicación de lo previsto por el art. 30 de la Ley N° 482, ofíciese al Gobierno Municipal Autónomo de esta ciudad, en la persona del señor Alcalde, para que dentro del término que señala la ley a través de la unidad de ordenamiento y planificación territorial, remita la información necesaria respecto si el bien inmueble objeto de la pretensión de regularización, se encuentra o no dentro de los bienes de dominio municipal, vale decir si no corresponde a área verde, parque, plaza u otro, o en su caso si es de uso residencial privado y a nombre de quien se encuentra empadronado. Así también certifique si la urbanización, zona o barrio en el cual se encuentra situado el bien inmueble objeto del proceso se encuentra aprobada por el municipio conjuntamente con su planimetría, para que con estos datos pueda darse viabilidad al proceso de regularización impetrado. Al Otrosí 1.- Se tiene presente, debiendo estarse a lo dispuesto en lo principal. Al Otrosí 2, 3 y 4.- Por adjuntas las documentales descritas y que se tienen en calidad de prueba ore-constituida, con noticia de parte contraria. De igual forma se tiene por ofrecida la prueba testifical, con noticia de parte adversa a los fines consiguientes así como también la inspección judicial, las cuales serán diligenciadas en audiencia. Al Otrosí 5.- Se tiene ordenado. Al Otrosí 6 y 7.- Presente y Señalado el domicilio procesal.- Regístrese y Cite Servidora Judicial.ES CUANTO SE LEGALIZA Y SE ADJUNTA PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Santa Ana del Yacuma, 09 enero de 2018
HORÓSCOPO Para hoy 19 de ENERO de 2018
Aries
Tauro
Del 21 de Marzo al 20 de Abril
Del 21 de Abril al 21 de Mayo
Hoy será un día de contrastes, tendrás que superar ciertas contrariedades; tal vez sea debido a que no actuarás de acuerdo a lo que pienses o sientas a cada momento; precisamente por eso, podrías acabar haciendo algún comentario que lastime a alguien a quien, en realidad, quieres mucho. Piensa que esto además de herir a los demás, también te herirá a ti...
Será un buen día para iniciar y tomar decisiones importantes, habrá energía. Tus mejores aliadas serán el optimismo y la constancia. Realiza tus actividades bajo las bases del orden y la disciplina, esto será lo que te lleve al éxito. El destino o la casualidad pondrán de relieve algunas oportunidades que deberías saber aprovechar.
Géminis
Cáncer
Del 22 de Mayo al 21 de Junio
Del 22 de Junio al 23 de Julio
Una revelación o descubrimiento súbito podría darse hoy, esto te llevará a una mayor toma de conciencia. Es tiempo de unir varias cualidades bajo normas disciplinadas y de seriedad, para obtener resultados óptimos; otras cualidades serán la intuición y el pensamiento lógico e innovador; todo lo anterior te llevará a madurar.
Disfrutarás un día de magníficas relaciones en lo laboral y en lo personal. Desecha de tu vida pensamientos como la violencia o los celos porque solamente causarán daño. Hoy te sentirás sensible y probablemente la mejor forma de canalizar esta energía sea haciendo algún favor a quien te lo solicite, tal vez sea un enfermo o alguien que esté deprimido. Sé generoso-a.
Leo
Virgo
Del 24 de Julio al 23 de Agosto
Del 24 de Agosto al 23 de Septiembre
Te espera un día en el que lo más importante serán las relaciones; tienes que tomar decisiones en lo sentimental, si tienes pareja, invítala a salir. También será un buen día para las actividades relacionadas con el arte, la moda o la estética. Tus proyectos son realizables, pero tienes que tomar decisiones importantes: piensa.
Hoy será un día de contactos, Virgo, y de energía positiva. Aprovecha el día para ponerte en contacto y para hacer de relaciones públicas. En general, las actividades relacionadas con la comunicación serán muy favorables, así que si tu profesión tiene algo que ver con lo anterior, conseguirás lo que quieras, o casi.
Libra
Escorpio
Del 24 de Septbre al 23 de Octubre
Del 24 de Octubre al 22 de Noviembre
Los viajes serán favorables y el camino del éxito estará en este momento en tu puerta, estás dirigiendo las energías de la forma adecuada. Las relaciones que mantengas serán importantes para el futuro. De todos modos, no olvides que el éxito se debe a que estás trabajando con disciplina y responsabilidad. ¡Enhorabuena!
Acepta tus retos y llegarás al éxito, este no es el momento de aislarte, al contrario, los cambios se han dado para que participes más. Podrías conocer hoy a una persona importante, alguien que tal vez proceda del extranjero. Y seguirá siendo un buen día para el amor y la sensualidad; si no tienes pareja y quieres tenerla, podrías encontrarla hoy.
Sagitario
Capricornio
Del 23 de Nov al 21 de Dic
Del 22 de Diciembre al 20 de Enero
El día será perfecto para los viajes cuyo fin sea solucionar asuntos pendientes. Las reuniones serán fructíferas. Sigue a tu intuición y analiza profundamente las propuestas antes de tomar decisiones importantes. Sagitario, escucha a tus amistades, pueden ayudarte y hacerte propuestas interesantes.
Algunos sueños podrán convertirse en realidades tangibles hoy, contarás con la fuerza necesaria para dominar casi cualquier situación; las cualidades de poder y voluntad te ayudarán, por eso estarás en pleno dominio de la fuerza física e intelectual. Serás capaz de hacer frente a cualquier reto. Y la suerte también podría ayudarte hoy.
Acuario
Piscis
Del 21 de Enero al 19 de Febrero
Del 20 de Febrero al 20 de Marzo
Será un día inmejorable para pensar, Acuario; tus ideas serán muy novedosas y creativas, además, tu inteligencia hará cristalizar nuevos proyectos que han implicado mucho trabajo y dedicación. Por la noche, sería recomendable que disfrutases de la relación con tus amistades y pareja. ¡Felicidades!
Las uniones serán beneficiosas hoy, Piscis, en este sentido, es posible que encuentres a personas mayores o maestros que te darán buenos consejos: escucha, te darán algunas respuestas importantes para tu crecimiento espiritual. Atrévete actuar en este momento, las relaciones con personas que represente algún tipo de autoridad serán magníficas.
AVISOS
Viernes, 19 de enero de 2018
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COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO COATRI Ltda. Trinidad enero de 2018
EL AGUA POTABLE El Agua no tiene color, olor ni tampoco sabor, tiene su masa y volumen y su unidad de medida es el litro. Generalmente no nos damos cuenta de la importancia de este elemento vital que permite la vida y la conservación del ser humano.
EL AGUA ES UN RECURSO FINITO Y VULNERABLE QUE DEBEMOS CUIDAR Cada día son más las personas que viven en el planeta y necesitan de agua para vivir y desarrollarse, sin embargo la cantidad de agua disponible es escasa, por eso debemos cuidarla y hacer un uso racional de ellas. RELACIONES PÚBLICAS COATRI Ltda.
C-16-01/INDEF.
AVISOS CLASIFICADOS AVISO CASA EN ALQUILER SE ALQUILA UNA CASA, CONSTA (5) DORMITORIO, UNO CON VENTILADOR Y BAÑO PRIVADO, TRES BAÑOS, CUARTO DE PLANCHADO, LIVING COMEDOR, COMEDOR DE DIARIO, COCINA, AMPLIO AMBIENTE HAMAQUEROS, GARAGE, DEPENDENCIA DE EMPLEADA, PATIO Y TRAS PATIO, UBICADA EN LA CALLE CANAL GUAPOMO ENTRE AV. GANADERA Y AV. PROLONGACION COCHABAMBA, REFERENCIA AL: 46-20632, 72840038 O AL 71131111. C-16-23/01
AVISO DE ALQUILER Alquilo casa independiente calle Bolívar, entre calle Ejercito y Cobija, consta de tres habitaciones, un baño, un living comedor, una cocina, un garaje. Referencia al numero de celular 75197606 y 75198939 C-16/01
AVISO ROBO DE MOTO SE HACE CONOCER QUE EN FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017, SE REALIZO EL ROBO DE UNA MOTOCICLETA CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICA: DUI: C-56597, FRV: 151216149, MOTOR: 162FMJ215J19729, CHASIS: LDAPAK105FGD19729. C-16/01
CASA EN VENTA Zona céntrica en Av. del Mar final pasando la c/ Cochabamba, consta de tres departamentos; uno totalmente independiente de 3 habitaciones, 2 baños, cocina, comedor, living, garaje propio. Los otros 2 constan c/u de 3 habitaciones, 2 baños, cocina, comedor, living y garaje. Ref. a Cel. 69409109 y 69405325.
Aviso de ocasión en venta computadora De ocasión se vende una computadora PENTIUM 4 INTEL, de 200 GB de disco duro, 2 GB memoria RAM, lector de DVD, teclado, mouse, PAD, parlantes, monitor pantalla plana HP, impresora canon y mueble para la computadora. Referencia: 71123268. C-06-13/01
DEPORTES
Viernes, 19 de enero de 2018
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Mundial
Papa recibirá a su compatriota que clasificó a Perú AFP Agencias El papa Francisco recibirá al seleccionador de Perú, el argentino Ricardo Gareca, durante la visita pastoral que inicia este jueves por el país andino, informó el arzobispado de Lima. "Gareca manifestó su deseo de estar junto al santo padre y va a estar junto a él", dijo el vocero Luis Gaspar al canal N de televisión. Gaspar aseguró que el entrenador que clasificó a la selección peruana para el Mundial de Rusia 2018 estará junto a su familia cuando se reúna con el pontífice. "El saludo lo recibirá Gareca perso-
nalmente en el palacio arzobispal de Lima y el domingo en la (misa en la) base aérea Las Palmas", indicó Gaspar. Según el sacerdote, el DT argentino hizo el pedido el año pasado, antes de lograr la clasificación para el Mundial. El representante eclesiástico resaltó que este año es bueno para el Perú por la visita del papa Francisco y la presencia de la selección nacional en el acontecimiento futbolístico más importante del mundo. El papa visitará desde el jueves hasta el domingo las ciudades peruanas de Lima, Trujillo (costa norte) y Puerto Maldonado (Amazonía).
El papa Francisco dará la bendición a Ricardo Gareca. Foto Internet Rally
Fútbol
Bolívar renovará con Arce hasta 2020 El Deber La Paz La dirigencia del club Bolívar dentro de poco anunciará la renovación de contrato del delantero Juan Carlos Arce por dos años más. El vínculo que une al atacante cruceño con la academia paceña termina a mitad de año, por lo que la dirigencia de la institución trabaja para que el ‘Conejo’ se quede en La Paz hasta 2020. “Uno se debe quedar donde lo quieran. Tengo mucho cariño a Bolívar, son seis años los que llevo acá y no hay nada que envidiar fuera del club. Me siento cómodo y ya charlamos con la dirigencia para renovar
por dos años más”, manifestó Arce en conferencia de prensa. Juan Carlos explicó que el anuncio oficial de la renovación es cuestión de días. El delantero se viene recuperando de una lesión en uno de los tobillos y estará alejado de las canchas por algún tiempo más, por lo que está casi descartada su presencia para el debut en el torneo Apertura. “No tuve la mejor recuperación del tobillo, sufrí un esguince y ahora quiero fortalecer la zona lastimada. No es adecuado que haga fútbol, no quiero tener otra recaída y por eso haré el tratamiento con calma”, dijo Arce.
Arce anunció que Bolívar renovará su contrato por dos temporadas más. Foto APG
Bulacia se frena por un problema en su camioneta
El Deber Agencias El boliviano Marco Bulacia complicó su andar este jueves en la etapa 12 del Dakar entre Chilecito y San Juan (Argentina); sin embargo, se mantiene en puestos de privilegios a dos jornadas para que termine el rally más difícil del mundo. El cruceño tuvo problemas con el acelerador de su camioneta Ford Ranger por lo que perdió una hora y 20 minutos en reparar el daño. El percance ocurrió a unos 80 kilómetros de primer punto de control. La máquina de Bulacia se apagó
después de pasar un río. "La Ford se puso en modo de fallo hasta que se paró completamente. Revisamos todo mientras nos comunicábamos con el equipo para tratar de saber que estaba pasando. Finalmente dimos con el problema. Se trataba del acelerador. Lo cambiamos y pudimos seguir. De ahí comenzó otra carrera. Nos pasaron varios coches y camiones. Fue una etapa muy complicada y entretenida a la vez. Una de nuestras mejores remontadas", dijo el boliviano que terminó la etapa en el puesto 24. Después de la complicada jornada, el nacional paró el cronómetro en 8 horas, 2
minutos y 17 segundos. La buena remontada, después de reparar el daño, le permitió colocarse entre los 14 mejores de la general; sin embargo, el inconveniente le costó dos posiciones (hasta ayer era 12). Bulacia, que tiene como navegante al argentino Eugenio Arrieta, va por buen camino rumbo al objetivo trazado a inicios de la competencia. La meta en este rally, que marcará su adiós del Dakar (como piloto) es terminar entre los 15 mejores. Hasta ahora está superando sus propias aspiraciones. La carrera de esta jornada (523 km cronometrados) fue
ganada por el catarí Nasser Al-Attiyah (5h49'58''), que dejó en el segundo lugar al francés Stéphane Peterhansel, mientras que el líder del grupo sigue al
mando del español Carlos Sainz, que ahora fue noveno. La competencia continuará este viernes con la disputa de la etapa 13 entre San Juan y Córdoba.
Bulacia es el mejor nacional en el grupo de coches. Foto El Deber
Contacto tivo
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EDICTOS Viernes, 19 de enero de 2018
Depor
Copa Tahuichi Herbalife
Subcampeones fueron agasajados por sus padres
Guillermo Roca Suárez (7 años), junto a su Sebastián Zambrana Ardaya (6 años), junto a su papá Nelo Oscar Zambrana mamá Alejandra Suárez Rosas.
Emiliano Álvarez Lacoa (6 años), junto a su mamá Isabel Lacoa Zabala.
Samuel Álvarez Molina (6 años), con su papá Christian Álvarez Pereira
Paulo Añez Aukel (6 Años), junto a su papá Bruno Velasco Álvarez (6 años), lo acompaña su papá Richard Velasco Álvarez. Carlos Añez Barbery.
Farid Gabriel Matorra Orellana (6 años), con su papá José Gabriel Matorra Saavedra.
Nicolás Ibáñez Bello (7 años), junto a su papá Jorge Ibáñez Salazar.
Mario Eduardo Caballero Roca (6 años), con Jhair Borda Zousa (6 años), junto a su mamá Mariela Zousa Menacho. su mamá Stephanie Roca Rea.
Sebastián Chávez Suárez (6 años), lo acompaña su mamá Ericka P. Suárez Parada.
Sebastián Aguilera Vaca (6 años), junto a su mamá Indiana Vaca Hurtado
Contacto Trinidad Los integrantes del equipo Sub 7 de la escuela Planeta Fútbol 775 de Trinidad, que en pasados días obtuvo el segundo lugar en la disputa de la Copa de Oro del campeonato Copa
Tahuichi Herbalife 2018 en Santa Cruz, este jueves fueron agasajados con una salteñada y con la entrega de los respectivos certificados de participación y sus trofeo de subcampeones a cada jugador. Carlos Añez Barbery, quien viajó como delegado del equi-
po, agradeció a todos los padres de familia por el esfuerzo que hicieron para acompañar a sus hijos, así como al Gerente propietario de la Escuela, por el aporte económico que hizo para la participación del equipo. Añez mencionó que el cansan-
cio y la mayor contextura física del adversario, no permitió que se trajeran la Copa de Oro, pero los muchachos pusieron todo en la cancha. Román Vaca, técnico del equipo, se mostró satisfecho con el rendimiento de su equipo y mencionó que lo que hace
falta, es mayor apoyo de las autoridades para que estas categorías menores puedan participar de la mayor cantidad de torneos y campeonatos. Estos son los niños que fueron parte del equipo que obtuvo el segundo lugar, aquí acompañados de sus padres y mamás.