Diario Contacto, 21 de febrero de 2019.

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TRINIDAD. PRECIO BS 4 PAÍS BS 5. JUEVES 21 FEBRERO DE 2019. AÑO VII NÚMERO 2295 - 20 PÁGINAS

46-33000 Dos guardias de seguridad de la financiera Prodem

Al manipular sus armas de fuego resultaron heridos Este miércoles al promediar las 11:00, dos guardias de seguridad (policías) que prestan servicio en la financiera Prodem regional Trinidad, quienes presuntamente al manipular sus armas de fuego, estas accidentalmente se les dispararon y resultaron heridos, el hecho llamó la atención de la población y la propia policía, que de forma inmediata estuvo en el lugar. Pág. 09 DEPORTES

Dellien se mete en los cuartos del ATP de Rio Imparable, así parece el andar de Hugo Dellien en Rio de Janeiro, vive una semana soñada, ganó su duelo ante el español Roberto Carballés Baena y ahora se mete entre los ocho mejores del torneo.

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Plataformas y sectores ciudadanos se concentrarán en la plaza principal de Trinidad

Se tiene previsto plantar un mojón sobre la avenida “6 de Agosto”, esto en recordación a la lucha del pueblo beniano, del pueblo trinitario, que con su voto le dijo “No” a la repostulación de Evo Morales. Pág. 08

Evo promulga ley del SUS, pese a que no hay consenso con médicos El presidente Evo Morales promulgó este miércoles la Ley 1152 para la implementación del Seguro Único de Salud (SUS) en un acto en instalaciones de la Casa Grande del Pueblo, donde asistieron ministros y Pág. 05 médicos afines al Gobierno. PAÍS

Detienen a dos personas por el caso ‘Lava Jato’ Luis Humberto L.P. figura en la lista de las cuatro personas que firmaron el contrato con la empresa brasileña Camargo Correa para la ejecución del tramo Roboré - El Carmen. Pág. 04

PAÍS

Reportan 54 municipios afectados por las lluvias Santa Ana de Yacuma (Beni) y Vitichi (Potosí) se sumaron a los municipios con declaratoria de emergencia y desastre del país que a la fecha suman 54, según informó el Ministerio de Defensa. Pág. 06


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Jueves, 21 de febrero de 2019

La utopía es el umbral de toda mejora Víctor Corcoba*

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n lo que anhelamos ser, está el futuro; algo que es nuestro, de uno mismo, más interior que exterior, que pende en gran parte de la familia, de nuestra capacidad de hacer linaje, lo que requiere un verdadero diálogo entre todos nosotros, porque sin el otro tampoco hay porvenir para mí, de ahí la responsabilidad que pesa sobre cada cual, en la cimentación de ese horizonte armónico que todos merecemos por dignidad humana. En consecuencia, personalmente también pienso, como ya en su tiempo lo hacía el inolvidable escritor colombiano Gabriel García Márquez, que jamás es demasiado tarde para elevar una utopía que nos permita compartir la tierra, y así poder hermanarnos. Hemos de obligarnos a ello. Hay que unirse para hacer mundo, pero también para trabajar juntos, y acometer grandes sueños sabiendo estar despierto. Es cierto que, en ocasiones, la realidad no acompaña, pero la esperanza del cambio es posible, a pesar de que un estudio reciente sobre “Perspectivas sociales y del empleo en el mundo: Tendencias 2019”, nos indique que durante el año pasado “la mayoría” de los 3.300 millones de personas ocupadas carecía de la suficiente “seguridad económica, bienestar material e igualdad de oportunidades”, y además añade que los progresos en la disminución de desempleo a nivel mundial no evidencian “una mejora de la calidad del trabajo”. Sea como fuere, son estos actuales déficits sociales, como el de trabajo decente y digno, sobre el que hay que actuar de manera global, puesto que la velocidad de reproducción de las desigualdades es un mal que nos inunda. Por desgracia, de cumplirse los pronósticos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el incremento de la población activa hará que aumente el número de desempleados con un ritmo de un millón de personas por año, llegando a los 174 millones de desocupados el año 2020. Por eso, es importante ese espíritu utópico que reivindico de manera consciente, al ser principio de toda mejora, que nos sirve para caminar y cuando menos para diseñar un futuro mejor. No le cortemos las alas a nadie, y máxime la de aquellas gentes

que luchan por el cumplimiento de los derechos humanos, que batallan contra el cambio climático, que apuestan por la igualdad de género, por defender a los migrantes y refugiados. Llegado a este punto, tengo que reconocer que me gustan las mareas humanas activas, son mi debilidad; esa ciudadanía que construye puentes, que derriba muros, que integra la diversidad, que promueve la cultura del encuentro, que instruye y educa desde su ejemplaridad de quehaceres en el perdón y la reconciliación, en el sentido de la justicia, en el rechazo a la violencia, en el valor de unidad y unión universal. A veces de estos sueños surgen grandes oportunidades, y la misión que parecía casi imposible, se torna viable y hasta real, pues es la apertura de esas puertas pequeñas la que nos engrandece y nos da satisfacciones. Se me ocurre pensar en esas batalladoras mujeres de todo el mundo, que poco a poco están haciendo de la desigualdad de género en la música, un problema cada vez más evidente. Algo que se ha presenciado en grandes eventos como los Premios Grammy de 2019, donde hubo una alta representación femenina y algunas artistas hablaron públicamente sobre la problemática. La misma utopía de los derechos humanos, que tiene en Europa su verdadero hogar, también en este continente europeísta los hemos degradado, cuando no ignorado, hasta límites extremos. Sólo hay que ver el trato que reciben algunos migrantes o el mercadeo de vidas humanas que a diario se producen en un orbe tan conflictivo como el presente, en parte por no avivar ese espíritu racional y moral, como valor esencial y bien supremo. Quizás, hoy más que nunca, estamos invitados a repetir este pulso creativo y natural de San Francisco de Asís: “Señor, haznos artífices de paz; donde domina el odio, que nosotros proclamemos el amor; donde hay ofensas, que nosotros ofrezcamos el perdón; donde abunda la discordia, que nosotros construyamos la paz”. Precisamente, es esta quietud utópica la que debe instarnos a desarmarnos, a ofrecer el corazón, pues si el pan de cada día es vital o el mismo aire es necesario para vivir, también hemos de poner voluntad en impulsar el entendimiento entre semejantes. No habrá acuerdo sin firmeza, ni rectitud sin compasión, pero tampoco habrá conciliación sin acción poética o sin reacción soñadora. (Tomado de El Diario) *Escritor

“Hay que unirse para hacer mundo, pero también para trabajar juntos, y acometer grandes sueños sabiendo estar despierto”

Palabras que iluminan... Hermanos, siempre debemos dar gracias a Dios por ustedes, como es justo, porque su fe se acrecienta cada vez más, y en cada uno de ustedes sigue abundando el amor hacia los otros. 2 Tesalonicenses 1:3

1947 - Edwin Land muestra por primera vez una «cámara instantánea», la Polaroid Land Camera. 1953 - Francis Crick y James Watson descubren la estructura helicoidal de la molécula de ADN. 1960 - en el balneario Viña del Mar (Chile) se inaugura el primer Festival Internacional de la Canción de Viña del Mar. 1972 - la nave soviética Luna 20 llega a la L 1980 - se inaugura la desarrolladora de videojuegos HAL Laboratory. 1990 - el cohete europeo Ariane 5 explota tras ser lanzado con dos satélites japoneses. 1999 - en órbita alrededor de la Tierra, la nave Soyuz TM-29 se acopla a la estación MIR con la última tripulación del programa espacial que va a utilizarla, por falta de presupuesto. 2008 - sale a la venta, en castellano, el último libro de la saga de Harry Potter, Harry Potter y las reliquias de la muerte, de la escritora J. K. Rowling.


Jueves, 21 de febrero de 2019 EMERGENCIA Hospital Trinidad 160 Hospital Cossmil 161 Materno Infantil 162 Hospital Obrero 163 Banco de Sangre 164 SEDES 168 Bomberos Pol. 119 Bomberos Vol. 154 Defensa Civil 4624288 Radio Patrulla 110

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Unas nuevas fotos del antes y después muestran el grave daño que ha sufrido california ante las llamas que no cesan, especialmente en la ciudad de Paradise Pines, en el norte de California, que ha sido consumida por el fuego. Hasta el jueves a medio día, el fuego ha consumido más de 50 mil hectáreas y se encuentra contenido en un 40 por ciento. Los investigadores aún buscan la causa del incendio. Una vez que el fuego comenzó, fue alimentado por madera y pasto seco, en sus primeras 24 horas quemó más de 28 mil hectáreas debido a los fuertes vientos. El incendio es el más letal de la historia de California, con 59 muertes reportadas hasta el jueves y más de 100 personas que siguen desparecidas.

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El avance de la pedofilia

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Luis Christian Rivas Salazar*

a ventana de Overton es una teoría desarrollada por Joseph P. Overton que explica cómo se puede manipular la opinión pública para conseguir que ideas radicales de una minoría sean luego aceptadas por la mayoría de las personas hasta convertirse en moda o política pública. El COTIZACIÓN grado de apertura de la ventana va desde lo impensable Dólar radical, aceptable, sensata, popular y política. Esta maniobra 6.86 requiere de muchos recursos, desde económicos hasta el Compra 6.96 adoctrinamiento intenso, que suele ser dirigido desde esferas Venta de poder tanto nacionales como UFV internacionales para objetivos específicos. Bs 2,12392 por UFV Tal parece que esta es la situación del avance de la pedofilia en el mundo. En noviembre de 2018, escribí un artículo titulado: “Los filósofos de la pederastia”, donde Fuente www.bcb.gob.bo ponía en evidencia a filósofos PRONOSTICO DEL TIEMPO franceses que apoyaron la causa de la despenalización de la Mínima Máxima Viento pedofilia en 1977. La lista era la SUDESTE siguiente: Louis Aragon, Roland 3.9 Km/h Barthes, Simone de Beauvoir, Fuente SENAMHI Jean-Paul Sartre, André Glucksmann, Jean-François Mañana Tarde Noche Lyotard, Gilles Deleuze, Felix Guattari, Michel Foucault, Louis Althusser y Jacques Derrida; paralelamente se formaba el Lluvias con Frente de Liberación de los Nuboso Chubascos tormenta Pedófilos (FLIP), organización política que buscaba combatir la “injusticia” de las leyes penales represoras y proponían luchar por los derechos sexuales de El antes y después los niños sometidos por sus padres, familia y sociedad. Los apologistas de estas ideas tratan de minimizar este delito, del incendio más muestran a los pederastas como víctimas de la sociedad letal de la historia represora, oprimidos de un sistema patriarcal, capitalista, de California panóptico y castrador de libertades; estas supuestas víctimas sufren por no poder expresar sus sentimientos libremente. Nos dirán que “amor es amor” y así van relativizando un sentimiento que requiere de madurez, experiencia y conocimiento, todo para saciar sus bajos instintos, utilizando a niños, “liberándolos” de la protección de la familia y sus

23ºC 33ºC

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padres. Los niños “libres” estarán disponibles para estos adultos, estarán dispuestos para ser esclavos sexuales. Nos dirán que si existe consentimiento del niño no existe violación, no les importa destruir la inocencia infantil. Así, la ventana de Overton se abre para transitar de crimen a enfermedad, de enfermedad a orientación sexual, de orientación sexual a tendencia. En octubre de 2014, el New York Times sorprendía a sus lectores con un artículo: “Pedophilia: A Disorder, Not a Crime” de Margo Kaplan, donde la autora advierte no confundir abuso sexual con pedofilia, por la existencia de pederastas “no practicantes”, “no activos”; la pedofilia sería una especie de discapacidad que merece ser protegida por el Estado, al final, es otra opción más dentro del arco iris de la diversidad sexual, dicen. El activismo pederasta se expande como un cáncer. Incluso llegaron a ser miembros de la ONU mediante la Asociación Internacional Lesbiana y Gay (ILGA), se les otorgó el estado de miembro consultivo dentro del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en 1994 hasta que el gobierno de Bill Clinton decidió retirar apoyo económico por lo que se le revocó su estatus. Hoy en día, las más grandes sociedades de activistas son Nambla, Krumme 13, Free Spirits quienes utilizan el internet para adoctrinar a su favor, incluso proponiendo el Día internacional del amor por los niños, también conocido como Día del orgullo pedófilo. Asimismo, en una conferencia realizada en 2018 dentro de las actividades del TEDx, la ponente Mirjam Heine rechazó la pedofilia como “enfermedad” y defendió el concepto como una “orientación sexual natural, como lo es la heterosexualidad”. Todos estos son pasos para abrir la ventana y tratar de normalizar la pederastia. (Tomado de Los Tiempos) *Representante del Instituto Libertad, Capitalismo y Empresa (ILCE)

Los apologistas de estas ideas tratan de minimizar este delito, muestran a los pederastas como víctimas de la sociedad represora


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4 CC PIDE INVESTIGAR A LOZA

Mesa irá al Chapare pese a advertencias

Un grupo de presuntos contrabandistas se enfrentó la mañana de este miércoles a los militares que luchan contra el contrabando en la frontera con Chile.

Policía confirma un muerto tras enfrentamiento en Pisiga

Erbol La Paz Los candidatos de la alianza Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa y Gustavo Pedraza, anunciaron que visitarán el Chapare, para realizar campaña con miras a las elecciones de 2019. “Vamos a hacer campaña en el Chapare en los próximos meses. No nos va a amedrentar las amenazas de un partido que se cree dueño de vidas y haciendas, y que lanza estas advertencias porque sabe a ciencia cierta que tiene que irse del gobierno”, manifestó Mesa. El anuncio de Comunidad Ciudadana surge después de que el dirigente del Trópico de Cochabamba Leonardo Loza, manifestó que no se hace responsable por la reacción de sus bases contra Mesa. Piden investigar a Loza El abogado Carlos Alarcón, miembro de la Directiva de Comunidad Ciudadana, anunció que se enviará una nota al Ministerio de Gobierno para exigir una investigación sobre las declaraciones de Loza. Con ese mecanismo, se pretende saber si el ejecutivo de la Federación de Chimoré tiene información sobre la existencia de planes o decisiones de grupos radicales que pretender atentar contra la seguridad de los candidatos opositores. “Aquí hay una amenaza velada de un dirigente del MAS, contra la vida y la integridad de los candidatos, y eso está tipificado en las normas jurídicas”, afirmó el jurista.

El candidato de la alianza Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa. Foto Erbol

Jueves, 21 de febrero de 2019

Dos caminos fueron incinerados en medio de las protestas. Hay una persona fallecida. Foto gentileza APG El Deber/agencias Redacción central El director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de Oruro, Manuel Vergara confirmó la muerte de una persona con impacto de bala, a raíz del enfrentamiento entre supuestos contrabandistas y militares en la localidad de Pisiga (Oruro).

"Ha habido un enfrentamiento en Pisiga entre miembros de las fuerzas armadas y posiblemente contrabandistas. A raíz de este hecho, se suscitó el deceso de una persona producto de un impacto de bala. Hay varios heridos", informó la autoridad policial en esa capital. Más adelante, dijo que comunarios se habrían llevado el cadáver a la localidad de

Sabaya a unos 10 kilómetros de Pisiga donde habrían ocultado el cuerpo, evitando que se realice la autopsia de ley. La Policía también confirmó que los supuestos contrabandistas incineraron dos camiones cargados de mercadería de contrabando. Ministro Las patrullas de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) "Pacífico" emplearon sus armas ante el ataque de contrabandistas en Pisiga, frontera con Chile, y lograron "incinerar" tres camiones con mercancía de contrabando, informó por su lado el ministro de Defensa, Javier Zavaleta. "Las Unidades de Respuesta Inmediata de la FTC a pocos kilómetros de Pisiga, en la frontera con Chile, a la altura de las antenas, fueron atacadas por contrabandistas y comunarios", dijo a los periodistas. Zavaleta explicó que el

ataque "obligó al personal militar a hacer uso de sus armas de reglamento" en cumplimiento de la norma y los protocolos que les faculta también a destruir los motorizados con mercadería de contrabando cuando está peligro la vida de los uniformados. Manifestó que ante lo sucedido los efectivos incineraron tres camiones con mercadería de contrabando como ropa usada, línea blanca y negra. Agregó que en el enfrentamiento uno de los camiones fugó, pero a poca distancia se volcó. El ministro manifestó que en las próximas horas se confirmará si esa acción de lucha contra el contrabando dejó heridos entre los contrabandistas, ya que después de lo ocurrido las patrullas se replegaron a su base. "De parte de nuestras patrullas no tenemos reportes de bajas ni heridos", aseguró.

EN SANTA CRUZ

Detienen a dos personas por el caso ‘Lava Jato’ Los Tiempos La Paz El fiscal departamental de La Paz, Williams Alave, informó ayer que dos personas fueron aprehendidas la noche del martes por el caso Lava JatoOdebrecht. "Ayer (por el martes) en la ciudad de Santa Cruz se ha procedido a aprehenderlos (...), ambos están involucrados en la investigación que viene realizando la Fiscalía del Departamental de La Paz en el caso sobre el tramo carretero Santa Cruz - Puerto Suárez, más conocido como el caso Odebrecht", señaló Alave. La autoridad adelantó ayer que se realiza la imputación por los "delitos de legitimación de ganancias y enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado" Luis (Humberto) L.P., fue exgerente de Construcción del Servi-

cio Nacional de Caminos (SNC) y Roberto S.R., es uno de sus allegados. El martes, los dos fueron capturados en Santa Cruz, para luego ser trasladados a La Paz y tras asumir defensa, "remitidos a celdas de la Policía", apuntó el fiscal. En noviembre del año pasado, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) envió informes a la Fiscalía de los casos Odebrecht y Lava Jato y remitió la lista de cuatro exfuncionarios para que sean investigados por el supuesto pago de sobornos para firma de contratos. Luis Humberto L.P. figura en la lista de las cuatro personas que firmaron el contrato con la empresa brasileña Camargo Correa para la ejecución del tramo Roboré - El Carmen; también suscribió el acuerdo, junto a otros cuatro exejecutivos, con la contratista brasileña OdebrechtIASA, para la pavimentación y

Los acusados llegando a su audiencia ante la Fiscalía. Foto gentileza APG

construcción del tramo El Carmen Rivero Torres - Arroyo Concepción. Los otros tres investigados son Carlos Morales Landívar (exministro de Gonzalo Sánchez de

Lozada), Mario Moreno Viruez (exministro de Eduardo Rodríguez Veltzé) y Jorge Nicolás Peredo Flores (exgerente del exServicio Nacional de Caminos).


Jueves, 21 de febrero de 2019

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El seguro entrará en vigencia desde el 1 de marzo en algunos departamentos del país. Las prestaciones se incrementarán progresivamente.

Evo promulga ley del SUS, pese a que no hay consenso con médicos

5 GOBIERNO

El SUS no afectará a los aportes a las cajas

El Deber/ABI Redacción central

El Deber/ABI Redacción central

El presidente Evo Morales promulgó la mañana de este miércoles la Ley 1152 para la implementación del Seguro Único de Salud (SUS) en un acto en instalaciones de la Casa Grande del Pueblo, donde asistieron ministros y médicos afines al Gobierno. La norma fue aprobada en el Congreso nacional la anterior semana y promulgada, pese a que no existe un acuerdo con el Colegio Médico de Bolivia para su implementación desde el 1 de marzo. El presidente Evo Morales manifestó que con esta Ley se garantiza el derecho a la salud para todos los bolivianos y bolivianas. "La inversión garantizada para el sostenimiento del Sistema Único de Salud es de 200 millones de dólares. Nunca en la historia de Bolivia se invirtió tanto en ítems ni infraestructura en salud", expresó Morales tras promulgar la norma. El mandatario manifestó que quienes rechazan la Ley del SUS son enemigos de la vida. También reiteró

El Sistema Único de Salud (SUS), cuya ley fue promulgada este miércoles, "no afectará a los aportes de los trabajadores asalariados a las cajas de salud", dijo el viceministro de Coordinación con Movimientos Sociales, Alfredo Rada. La autoridad comentó que se tiene una seguridad sobre los aportes pues el sector asalariado también respalda la implementación de la norma, porque beneficiará a la gente que no cuenta con un seguro de salud. "Están aquí los sectores asalariados como los fabriles, petroleros, mineros, trabajadores en luz y fuerza para mostrar que los aportes de los trabajadores a las cajas están garantizados y no van a ser afectados por el SUS", indicó. Consideró que hay buenas noticias para el pueblo boliviano con la promulgación de la Ley del SUS y que se beneficiará de manera directa a los sectores más desprotegidos. La implementación de este nuevo sistema ha sido cuestionada por los médicos y por otras autoridades, como el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas que "lamentó" esta iniciativa que es aprobada por vemos que el gobierno "de forma improvisada y atropellando las competencias autonómicas, poniendo en duda su verdadera intención. Si es dotar de un seguro a la gente o simplemente construir una fachada como descargo electoral".

Salud universal La Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS) afirmó el miércoles que con la promulgación de la Ley del Sistema Único de Salud (SUS), Bolivia se encamina hacia la salud Universal. Tras la histórica promulgación de esa norma que beneficiará a más de 5 millones de personas que no tienen un seguro de salud gratuito, esa organización multilateral saludó esa determinación que "otorgará acceso y cobertura de salud a la población boliviana de forma gratuita, bajo gradualidad concertada".

El presidente firmó la promulgación de la Ley del Sistema Único de Salud, este miércoles en La Paz. Foto gentileza APG que con los 8.000 nuevos ítems de creación para el SUS el país contará en total con 26.550 para la salud. "En 180 años, hasta el 2006, edificaron 2.870 centros de salud, pero en 13 años se construyeron 1.061, casi la mitad", detalló. Por su parte, la ministra de Salud, Gabriela Montaño, adelantó que el SUS se caracterizará por la gratuidad y la calidad en las prestaciones de salud. “Todos los bolivianos tendrán la posibilidad de tener salud de primera calidad. El segundo componente es que será gratuita”, dijo, en su discurso con motivo de la promulgación de la norma. Detalló que se tiene un plan de hospitales de $us2.000 millones provenientes del Tesoro General de la Nación. Además, la creación de 8.000 ítems durante este año. “El Gobierno va a pagar las prestaciones del tercer nivel, lo vamos a asumir porque el presidente Evo Morales así lo decidió”, manifestó. La autoridad dijo que se puede trabajar de manera concurrente con las autoridades regionales. "De ma-

nera complementaria las autoridades nacionales, departamentales y municipales trabajaremos de manera concurrente, para cobertura ítems y equipamiento", expresó. Médicos No obstante, los médicos afiliados al Colegio Médico de Bolivia consideran que no existen las condiciones ni el personal médico necesario para atender el SUS y tampoco asistieron al acto de promulgación en La Paz. En contrapartida, los galenos formados en Cuba, aglutinados en la Confederación Médica de Bolivia, que sí apoyan la iniciativa estuvieron presentes y su presidente, Jason Auza, respaldó al Gobierno. "Cuando todos los bolivianos esperábamos un Sistema Único de Salud, (pero) se le está mintiendo al país cuando simplemente se va a promulgar una ley que amplía las prestaciones que ya existían", manifestó Erwin Viruez, presidente del Colegio Médico de Bolivia, antes del acto, en contacto con medios televisivos. El médico considera que la nueva norma vulnera com-

petencias autonómicas y la propia Constitución, porque se pretende asumir competencias de hospitales de tercer nivel que están en manos de las Gobernaciones, transfiriéndolos al nivel central, lo que genera inestabilidad. También cuestionó que no se conoce, específicamente, qué prestaciones cubrirá el SUS, porque otros seguros ya cubren los que pretende. Por ejemplo, denunció que en Beni y Pando no existen hospitales de tercer nivel y no entiende qué prestaciones puede cubrir en estos departamentos si no existen las condiciones. El profesional en salud criticó que se incluya a los médicos formados en Cuba en el Sistema de Salud sin ningún control de su formación ni someterse a procesos de institucionalización. "Es discriminatorio, porque en el país se forman 5.000 médicos anualmente en las universidades privadas y públicas. Tendrán las universidades privadas decir que hay discriminación y cerrarlas porque no se garantiza trabajo para estos profesionales ni estabilidad", lamentó.

El viceministro de Coordinación con Movimientos Sociales, Alfredo Rada. Foto ABI


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6 POR DIFAMACIÓN

Borda anuncia demanda contra Carlos Gutiérrez

Los municipios con declaratorias de emergencias y desastres aumentaron. Hay unas 18.000 hectáreas de cultivos perdidos.

Reportan 54 municipios afectados por las lluvias

Erbol La Paz El presidente de la Cámara Baja, Víctor Borda, anunció que iniciará acciones judiciales contra el diputado José Carlos Gutiérrez, quien lo denunció de haber instalado un “clan” de tráfico de influencias en el Órgano Judicial. “Ya no me voy a referir a este tema, sino lo único que voy a hacer es recurrir a las instancias judiciales, creo que ya es pertinente ese tema”, manifestó Borda, quien precisó que hará una demanda por difamación, calumnia e injuria contra el opositor. Gutiérrez ya denunció públicamente que Borda uso su influencia para que Edwin Aguayo sea elegido como magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y que éste a su vez posesionó a la cuñada del presidente de Diputados como vocal del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Potosí. Sin embargo, la última denuncia que hizo Gutiérrez fue la que provocó que el diputado oficialista anuncie acciones judiciales. En la última denuncia pública, hecha este miércoles, Gutiérrez vinculó al vocal constitucional recientemente elegido Vladimir Humberto Velásquez Ortega, con el “Clan Borda”.

El diputado José Carlos Gutiérrez. Foto internet

Jueves, 21 de febrero de 2019

Daño en cultivos en la localidad de Pampa Grande, Cochabamba. Foto Fernando Cartagena/La Razón La Razón/agencis La Paz Santa Ana de Yacuma (Beni) y Vitichi (Potosí) se sumaron a los municipios con declaratoria de emergencia y desastre del país que a la fecha suman 54, según informó el Ministerio de Defensa en su reporte diario sobre los efectos de los eventos climáticos por

la temporada de lluvias. De forma paralela, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, César Cocarico, informó que los fenómenos naturales provocaron la pérdida de hasta 18.000 hectáreas de cultivos, aunque precisó que no habrá desabastecimiento de alimentos. El Reporte Diario Nacional de Alerta y Afectación N° 29 sobre las inundaciones,

deslizamientos, desbordes y/o riadas a consecuencias de lluvias fuertes da cuenta, en coordinación con el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi), que con las últimas declaratorias de emergencia en Santa Ana y de desastre en Vitichi las regiones afectadas subieron a 54. A la fecha los departamentos con declaratorias de emergencias son Potosí y, de forma reciente, Chuquisaca. Damnificados Las familias afectadas en los reportes 27 y 28 eran 14.645 y en el de este miércoles se observa un incremento de 189; en total suman 14.834. Mientras que las damnificas son 5.243. El informe, asimismo, cifra 24 fallecidos, 26 desaparecidos, 59 viviendas destruidas y las hectáreas de cultivos perdidos es de 16.184.

Daño al agro mínimo No obstante, Cocarico indicó que pese a los últimos eventos climáticos adversos en el país por las intensas lluvias, las pérdidas no resultan significativas. “Los daños en materia de agricultura ascienden de 17.000 a 18.000 hectáreas. Tenemos un cultivo que asciende a 3,6 millones de hectáreas, sin embargo, (la pérdida) no significan mucho. Quiero dar la tranquilidad a la población de que tanto en frutas como en verduras, no vamos a tener desabastecimiento”, aclaró la autoridad en una entrevista con la radioemisora Éxito. De acuerdo con el reporte de Senamhi del martes, se activó la alerta roja por desborde en las cuencas Mamoré y Beni del 19 al 22 de febrero en los departamentos de Cochabamba, Beni y el norte de La Paz.

DESCARTAN PARO Y OTRAS MOVILIZACIONES

El resultado del 21F: se recordará con marchas El Deber Redacción central Este jueves 21 de febrero, Bolivia recordará tres años el referendo que negó la modificación a la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado, que fue propuesta por el oficialismo en procura de habilitar al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera a una repostulación en 2019. Fernando Cuéllar, presidente del Comité Cívico pro Santa Cruz, indicó que este jueves en Santa Cruz se registrarán marchas y actividades cívicas, y negó que vaya a celebrarse un paro cívico, como se especuló en las redes sociales.

"La marcha del 21F partirá a las 18:00 desde el Cristo Redentor y nos dirigiremos hacia la plaza 24 de Septiembre, donde vamos a ratificar que el pueblo boliviano le dijo al presidente Evo Morales, que no puede postularse nuevamente", indicó Cuéllar. El líder cívico invitó a todas las organizaciones, a todo el pueblo cruceño que formen parte de esta caravana, que salgan marchando y protestando "frente a la intensión de este Gobierno que quiere prorrogarse indefinidamente en el manejo del poder público". "El mensaje central estará acompañado de un pedido a distintos actores, ratificaremos el compromiso del

La marcha partirá a las 18:00 desde el Cristo Redentor, se descartan paros y otras movilizaciones. Foto Jorge Gutiérrez/El Deber Comité y de las plataformas de seguir movilizados, la exigencia a los candidatos políticos y la exigencia al presidente de que retire su

candidatura", concluyó. En La Paz también está prevista una concentración, a las 19.00, en la plaza San Francisco.


Jueves, 21 de febrero de 2019

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TRINIDAD

Concejales y representante de la Defensoría del Pueblo realizaron una inspección al lugar. Vecinos reclaman atención del Gobierno local.

Padres se quejan de falencias en unidad educativa de Villa Corina

Irinka Balcázar Trinidad A pedido de padres de familia de la Unidad Educativa “Mariscal Antonio José de Sucre”, de la zona de Villa Corina, la presidente del Concejo Municipal de Trinidad (CMT), Gardenia Barboza, se hizo presente el pasado martes en el lugar para realizar una inspección junto al concejal Lino Richar Mamani de la Bancada del MAS – IPSP, y la representante de la Defensoría del Pueblo en el Beni, Yolanda Melgar, donde verificaron que en algunos cursos hay alumnos que pasan clases sentados en el piso por la falta de pupitres. Barboza, luego de escuchar al personal docente, padres de familia y alumnos de dicho establecimiento educativo, lamentó la falta de responsabilidad de los técnicos del municipio, quienes no están dando solución a las falencias que se vienen presentando en el inicio de la presente gestión escolar. Señaló que uno de los reclamos en esta Unidad Educativa es la falta de planificación de parte de los técnicos del municipio, quienes no pudieron realizar una planificación o proyección del crecimiento vegetativo, especialmente donde existen cursos paralelos, lo que se ha provocado ausentismo de alumnos que por falta de espacio en aula no están acudiendo a clases, aparte del problema dela falta de pupitres que se está observando en varias Unidades Educativas del municipio de Trinidad. Indicó que como establece la Ley No. 154, como Concejales realizarán una Minuta de Comunicación

para que el Ejecutivo Municipal tenga conocimiento de las falencias y quizás falta de voluntad de sus técnicos en dar solución a los problemas, de igual forma realizarían petición de informe escrito y oral, porque de acuerdo a documentación que su persona tiene en mano, la U.E. del barrio de Villa Corina figura como que se le hubiese realizado el mejoramiento adecuado, “en este día ya van dos Unidades Educativas que está que hemos verificado que no están con el cien por ciento del mejoramiento que se necesita para poder pasar clases”, dijo. Por su parte, el concejal Mamani, manifestó que como fiscalizadores siempre han sido responsables al momento de intervenir y hacer una inspección de fiscalización, argumentó que, cuando hicieron el año pasado una fiscalización antes de que empiecen las clases, el Alcalde Municipal les dijo que era muy precipitado y que se les dé tiempo para que trabajen, pero este año, han inspeccionado en el inicio de la gestión escolar y al ver el abandono, lamentan que no se tomaron las previsiones necesarias. “Es indignante ver a niños pasar clases en el suelo o compartir una mesa entre 5 y 6 alumnos, nos vamos muy molestos de ver lo que pasa en la Unidad Educativa Mariscal Antonio José de Sucre en el turno de la mañana, y Corina Hurtado de Suarez en el turno de la tarde, porque hemos visto a los niños estudiantes especialmente sentados en el suelo, haciendo un esfuerzo para levantarse del piso y mirar el pizarrón, eso duele,

CON EL SUS

Diputado asegura que la salud dejó de ser negocio ABI Trinidad

Padres de familia de Unidad Educativa del barrio Villa Corina se quejaron por falta de pupitres y otras falencias. Foto Concejo reconozco que la responsabilidad de las autoridades no está siendo tomada a cabalidad, pediremos al Pleno del Concejo Municipal que se convoque al Ejecutivo y brinde un informe, porque el derecho de los niños son irreparables, peor cuando tienen las ganas de estudiar”, lamentó Mamani. A su vez, Carola Ondarza, presidente de la Junta Escolar de Padres de Familia de la Unidad Educativa “Mcal. Antonio José de Sucre”, que funciona en el barrio Villa Corina, informó que presentaron un requerimiento a través de una nota dirigida al alcalde municipal, Mario Suárez, y otra nota dirigida a Pablo Nolasco, técnico de la Dirección Municipal de Educación, reclamando que atiendan las necesidades de la unidad educativa. Mencionó que las notas remitidas tendrán cobertura de respuesta este viernes a las 4 de la tarde, aclarando que en dicha nota se

reclama el mejoramiento del acceso al establecimiento, puesto que cada vez se caen los niños al tratar de subir por el puente de ingreso a la Unidad Educativa por el mal estado de la calle, de igual forma están pidiendo sillas y mesas para las aulas del nivel primario y pupitres para el nivel secundario, además de agua para el funcionamiento de los baños. Manifestó que de igual forma piden la construcción de un aula para que los alumnos del paralelo que suben de 2do. a 3ro. de Secundaria puedan pasar clases en un ambiente amplio donde puedan entrar los cerca de 70 alumnos que vienen de los cursos paralelos, “hay el suficiente espacio en el establecimiento para que puedan construir un aula más, son cosas que deben de priorizar y planificar los técnicos del municipio para dar comodidad a los estudiantes”, añadió.

PARA ATENDER EMERGENCIAS

Gobernación instala una base de operaciones en San Borja ABI Trinidad

San Borja es uno de los municipios más afectados por las inundaciones. Foto referencial/Pablo Arias

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El director departamental del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), Cristhian Cámara, informó el miércoles que se instaló una base de operaciones en el municipio de San Borja, para atender las emergencias que provocan el desborde de ríos en la provincia Ballivián al oeste del departamento del Beni. "Tenemos una base de operaciones en San Borja para brindar primera respuesta y hacer algunos trabajos, estamos moviendo bastante logística en el tema botes, deslizadores y maquinas livianas", informó a la ABI.

Anunció que desde ese lugar se atenderán los problemas que surjan en los municipios de Rurrenabaque, Reyes y Santa Rosa, de la provincia Ballivián, que sufren inundaciones por el desborde de los ríos Beni y Maniqui. Cámara dijo que ese centro de operaciones garantiza una intervención oportuna ante las emergencias que se susciten en esa provincia, considerando que el río Maniqui desbordó tres veces. De los 19 municipios del Beni se declararon en emergencia Loreto, San Borja, Rurrenabaque, Reyes y Santa Rosa, cuyas poblaciones sufren las consecuencias de las lluvias.

El presidente de la Brigada de Legisladores Nacionales del Beni, Walter Roque, afirmó el miércoles que con la aplicación y promulgación de la Ley del Sistema Único de Salud (SUS) la salud dejó de ser un negocio. "Es una ley que va a beneficiar a todos los bolivianos, ahora ya no es negocio el tema de la salud (...), debemos estar contentos hoy para arrancar en marzo con las más de 300 prestaciones gratuitas", informó a la ABI. Recordó que más de 5 millones de personas que no tienen ninguna cobertura médica serán beneficiadas con la implementación del SUS. Agregó que el Gobierno nacional garantizó 200 millones de dólares para la puesta en marcha de ese sistema, el cual genera expectativa en la población. Roque informó que se invertirán recursos económicos de forma gradual, en función a las necesidades que se tengan.

Este miércoles fue promulgada la ley que da vida al SUS. Foto ABI


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8 MÁS DE 50 AÑOS DE CASADO

Anciana indígena llora la muerte de su esposo Petrona Noza Cayubas (62), oriunda de la comunidad de San José de Patrocinio (Tipnis) desde muy joven se casó con Antonio Guaji Noza (79) oriundo de Boyuibe, más de 50 años de casado, concibieron 12 hijos, de los cuales 10 están con vida y dos han fallecido. Desde muy joven trabajaron la agricultura, fruto de este trabajo hicieron estudiar a sus hijos, sin embargo, no todo en la vida es duradero, hace unos días agobiado por una enfermedad (embolia) fue traído a Trinidad para su curación, pero no pudo aguar y falleció. La señora afligida y llorosa, contó su historia a este medio escrito, de cómo se conocieron y como llegaron a conformar una familia, pero como dice el cura “hasta que la muerte los separe”, la anterior semana falleció de embolia Antonio Guaji Noza, dejando sola a su compañera de toda su vida. Doña Petrona contó que en San José de Patrocinio tienen su casita, donde vive con sus hijos, ella conoce y sabe cómo se trabaja en el campo, a veces acompañaba a su marido ir a cazar, por lo que sabe de cacería, sembrar arroz, yuca, plátano y otros productos para la cocina. Ahora tendrá que lidiar sola en la administración de su casa, pero estará acompañada de sus hijos que viven con ella en San José de Patrocinio. Otros viven en Santa Cruz y al final tiene que estar con los hijos pequeños bajo su sostén. Petrona Noza, recordará siempre a su esposo, una persona que siempre estuvo a su lado en las buenas y en las malas, un matrimonio que no se rompió y que perduró hasta que uno de ellos fue llamado a dejar este mundo.

Petrona Noza Cayuba junto al féretro donde yace su esposo fallecido.

Jueves, 21 de febrero de 2019

Recordando el 21 de febrero

Plataformas y sectores ciudadanos se concentrarán en la plaza principal de Trinidad

Recordando el 21 F habrá concentración en la plaza principal este jueves (foto archivo) Al recordarse este 21 de febrero de 2019, los 3 años de la victoria del pueblo beniano contra la imposición del presidente Evo Morales, que desafió mediante un referendo a la oposición su continuidad como go-

bernante del país, y que si perdía en la justa electoral dejaría el cargo una vez cumpla su mandato, pero al perder con el voto, más bien se aferró al cargo, y ahora busca nuevamente su reelección, situación

que es rechazado por la mayoría de los bolivianos, indicó el dirigente indígena y miembro de la Coordinadora por la Democracia, Fernando Vargas Mosua. Para este jueves 21 de febrero, la Coordinadora de la Defensa de la Democracia en Beni, ha invitado al pueblo trinitario, a las plataformas ciudadanas, partidos políticos y a todos los benianos, a sumarse a la concentración que se realizará a partir de las 17:00 (5 de la tarde) en la plaza principal “José Ballivián”. Asimismo, se tiene previsto plantar un mojón sobre la avenida “6 de Agosto”, esto en recordación a la lucha del pueblo beniano, del pueblo trinitario, que con su voto le dijo “No” a la

repostulación de Evo Morales, cosa que ha incumplido y pisoteado la propia Constitución Política del Estado y al soberano que depositó su voto en las urnas, indicó Mauricio Guiteras, miembro de una plataforma ciudadana. Invitó al pueblo trinitario y beniano a estar presente en esta concentración, como una muestra del rechazo y repudió a la reelección de Evo Morales. Dijo, que el pueblo trinitario, el beniano y los bolivianos en su conjunto, derrotaran nuevamente en las urnas el autoritarismo, la dictadura y la soberbia de Evo Morales, que trata de imponer sus caprichos para perpetuarse en el poder.

TRABAJADORES DE LA CAJA PETROLERA

Insisten en el cambio del director regional Los trabajadores de la Caja Petrolera regional Trinidad, insisten en el cambio del director de esta regional Libio César Alcoba, y como medida de presión, este miércoles ingresaron en un paro de 24 horas, exigiendo a las autoridades nacionales, que escuchen sus peticiones para mejorar la administración de esta entidad, indicó Luis Calle Melgar funcionario de la Caja Petrolera. “Hemos pedido su renuncia y este miércoles entramos en un paro de 24 horas, en la cual ya hemos sostenido una reunión con nuestra autoridad máxima de nuestra Federación en la que hay un acercamiento y un gran favoritismo al pedido que hacemos como trabajadores de la Caja Petrolera”, indicó Calle. Señaló, que no se ha tenido despido de trabajadores en la Caja Petrolera, solo conclusiones de contrato, donde se han sacado gente profesional y han metido otras por favoritismo, expresó. Dijo, que en la actual adminis-

tración se tiene indicios de corrupción, y eso es lo que se ha denunciado ante las instancias superiores y en la Rendición Publica de Cuentas, ya que se han hecho contrataciones o designaciones de personas sin contrato firmado desde hace bastante tiempo. Control Social Cristóbal Terán miembro del Control Social de la Caja Petrolera, lamentó que este tipo de cosas suceda en la Caja Petrolera, situación que le preocupa, ya que hace bastante tiempo que esto viene sucediendo en esa institución de forma interna con los trabajadores. “Creo que esto tiene que solucionarse para bien de la institución, porque no puede ser que esto siga así. La institución hace 60 años que ha trabajado de forma transparente y hoy en día con este nuevo director estamos con estos problemas, tanto con el personal como con el Control Social, ya que no nos toma en cuenta”, señaló Terán.

Luis Calle Melgar funcionario de la Caja Petrolera.

Dijo, que varias gestiones ha estado trabajando en esa institución como Control Social, y lo primero que invitan para una rendición de cuentas públicas es a los controles sociales, por educación por respeto. “Aparte de eso, también tiene que respetar a los jubilados, yo como representante de

ellos no nos toma en cuenta, pareciera que nunca vas a llegar a esa edad o jubilado, tampoco no nos llama a reunión”, expresó. Considera loable la petición de los trabajadores que piden la renuncia del director de la Caja Petrolera, ya que como administrador está actuando muy mal con los funcionarios.


Jueves, 21 de febrero de 2019

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Dos guardias de seguridad de la financiera Prodem

Al manipular sus armas de fuego resultaron heridos

Este miércoles al promediar las 11:00, dos guardias de seguridad (policías) que prestan servicio en la financiera Prodem regional Trinidad, quienes presuntamente al manipular sus armas de fuego, estas accidentalmente se les dispararon y resultaron heridos, el hecho llamó la atención de la población y la propia policía, que de forma inmediata estuvo en el lugar, el hecho es investigado por la policía. De acuerdo al informe del comandante de la Policía en Beni, Cnl. Luís Jerez, los policías que son del Batallón de Seguridad Física, son el Cabo Claudio Gil Vargas de 37 años de edad que resultó herido con orificio ingreso y salida en la mano derecha, y el policía Juvenal Sanga Contreras de 46 años de edad, recibió un impacto con orificio de entrada y salida en la pierna izquierda a la altura de la rodilla, informó a los periodistas. Tras los disparos de arma de fuego de parte de los guardias de seguridad de Prodem que son de calibre 38, generó un inusitado movimiento policial en el perímetro de la entidad financiera ubicada a media cuadra de la plaza principal de Trinidad de Trinidad, de la misma ma-

nera de la población que se agolpó en la entidad financiera, ya que inicialmente se hablaba de un asalto a la entidad financiera Prodem. “Lamentablemente sucedió el hecho de lesión por arma de fuego, en el transcurso de horas de la mañana, el lugar del hecho es la agencia de Prodem donde tenemos como personas designadas a dos funcionarios policiales, el uno tiene una lesión en la mano derecha y el otro en la pierna izquierda a la altura de la rótula, con orificio de ingreso y salida”, explicó el jefe policial. Los heridos de forma inmediata fueron auxiliados al hospital Obrero, donde se les presta la asistencia médica, uno de ellos fue intervenido quirúrgicamente, mientras que el otro policía que presuntamente tiene diabetes, recibirá otro tipo de tratamiento, los dos se encuentran fuera de peligro, informó el Cnl. Jerez, quien visitó personalmente a los heridos en el hospital Obrero. Se instruyó a personal especial de Lucha Contra el Crimen que intervengan en el hecho, a efectos de hacer la averiguación histórica de la forma de la comisión del hecho; de la misma manera se instruyó al

Dos policías que brindan seguridad en Banco Prodem resultaron heridos con arma de fuego. personal de la Dirección Departamental de Investigación Policial Interna conjuntamente con la Fiscalía departamental, hagan también el trabajo que corresponde, para verificar si ha habido infracción a la Ley 101, ya que los funcionarios policiales estaban de servicio. De acuerdo a informe proporcionado por el comandante de la policía

en Beni, supuestamente habría sido un accidente que se haya producido al dispararse las armas de los policías de seguridad de Prodem. La investigación continúa por parte de personal especializado de la policía, para ver lo que motivó el hecho, la trayectoria de los disparos de las armas de fuego.

A 5 AÑOS DE LA MEGA INUNDACIÓN DEL 2014

La ciudad de Trinidad se encuentra segura con anillos de protección Al recordarse los 5 años de la mega inundación que sufrió el departamento del Beni, sobre todo la ciudad de Trinidad en el 2014, la capital de departamento se encuentra protegida con anillos protectores que han resistido a esa inundación y a las que han venido siguiendo durante estos años, sin embargo, es necesario realizar un nuevo mantenimiento a los anillos protectores para poder reforzarlos, expresó el ingeniero Nelson Viviani. Al momento la ciudad de Trinidad se encuentra protegida por estos anillos, puede dormir tranquila, pero hay que mejorar y hacer el mantenimiento respectivo de la circunvalación, tener canales de drenaje, motobombas para expulsar el agua hacia afuera, cosa que con ello estará más protegida, señalo Viviani. El 20 de febrero del año 2014, una torrencial lluvia de 157,5 mililitros por segundo que cayó con inusual intensidad en Trinidad, puso en zo-

Ciudad de Trinidad durante la inundación del 2014.

zobra a la población cuando el agua sobrepasó los niveles de anteriores inundaciones y amenazó con romper el debilitado anillo de circunvalación que protege a la capital del Beni. Ante el serio problema que se cernía y cuando parecía que la fuerza del agua que rodeaba Trinidad ocasionaría un verdadero desastre al interior de la población, el pueblo junto a las autoridades ediles y de la gobernación de ese entonces, dueños de empresas constructoras, se volcaron con todo su personal y maquinaria al sector crítico que era Las Palquitas donde el agua pretendió romper y rebasar el anillo, y a pura fuerza y coraje, levantaron un terraplén, acordonando la circunvalación con bolsas de arena y tierra que eran cargados en vehículos, motocicletas y al hombro por decenas de hombres y mujeres que desafiaron la fuerza de la naturaleza y la vencieron. Después de ardua lucha contra el tiempo y en medio de la lluvia, el trabajo esforzado de hombres, mujeres y niños, junto a maquinaria pesada de entidades públicas y privadas, se pudo respirar con alivio, al lograr contener el agua que desbordó ríos, curichis, lagunas y avanzó por las pampas benianas con ímpetu, dejando destrucción a su paso. Esta misma situación se originó en el sector de Mangalito, Villa Marín, el barrio 13 de Abril, donde los vecinos y autoridades ediles y de la

gobernación del Beni, así como de empresarios privados, pudieron rellenar sus anillos de protección para impedir que el agua cruce al interior de la ciudad. Carreteras inundadas La inundación fue tan impetuosa, que como nunca antes, las principales carreteras que circundan a Trinidad como ser a Puerto Almacén y Varador, Loma Suárez y Ballivián, así como también a San Javier, estas fueron cubiertas por el agua que fluyó por encima de las vías como si se tratara de cauces de ríos. Por estas carreteras transitaban camiones, movilidades livianas, el ganado tubo que replegarse a la carretera porque los campos de pastoreos estaban llenos de agua, de la misma manera los que fabrican ladrillos a orillas de la carretera tuvieron que refugiarse en lugares más altos, otros fueron llevados a refugios como las escuelas. A pesar de este desastre natural, las carreteras especialmente a Puerto Almacén, fue parte del atractivo turístico, de la misma manera, las lavanderas aprovecharon para lavar sus ropas, otros sus motocicletas y movilidades. La gran inundación no solo dejó su rastro de muerte de animales silvestres que se ahogaron en el campo, sino que también dejó luto en las familias benianas, ya que algunas perecieron a causa de la corriente. Tras el repliegue de las aguas la recuperación fue lenta, mostrando de

por medio las marcadas diferencias políticas entre las autoridades locales y nacionales. Anillo protector Nelson Viviani, señaló que la ciudad de Trinidad ha sobrevivido a dos eventos extremos de inundaciones. En el año 2008, el nivel de caudal de las aguas externas al anillo de circunvalación que protege a esta ciudad, sobrepaso con 60 cm por encima de la rasante de este improvisado y transformado dique protector (anillo circunvalación), eso quiere decir que la cota de nivel que se encuentra a 155 m/snm en la plaza principal de Trinidad, haya sido rebasada o inundada con 60 cm por encima de la misma. En el año 2014, esta vez el evento fue mayor, la ciudad de trinidad nuevamente sobrevivió a otra extrema inundación, los niveles de caudal de aguas acumuladas por precipitaciones pluvial (lluvias) en la región y por golpes de caudales de aguas extremas escurridas desde las cuencas alta, media y baja, golpearon la ciudad de trinidad, cuyo nivel de caudal de agua sobre paso la rasante de la avenida circunvalación por encima con 1,60 mts, eso quiere decir que la plaza principal de trinidad pudo ser inundada por encima con 1,60 mts de agua. Al momento la ciudad de Trinidad cuenta con unas 4 estaciones de bombeo, proyectos que ha sido encarado por el municipio, previendo posibles inundaciones a futuro.

SENADOR YERKO NÚÑEZ NEGRETTE

Presenta minuta para limpieza de palizadas en río Maniqui El senador Yerko Núñez Negrette este pasado lunes 18 de febrero, presentó ante Arturo Carlos Murillo presidente de la comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías de la Cámara de Sanadores, una minuta de comunicación para la apertura, limpieza de palizadas y protección de riveras de la hidrovía ManiquiRapulo. “En mi calidad de senador del Estado boliviano y representante del departamento del Beni, me dirijo a su autoridad con una preocupación latente, toda vez que, debido a la falta de mantenimiento y restitución del cauce de la hidrovía Maniqui-Rapulo, ésta se encuentra tapada, fenómeno que por el rebalse del río, continuará inundando las propiedades cada año, si no se realiza el mantenimiento y reencause permanente”, señala parte de la Minuta de Comunicación. Indica, que este escenario de desastre provocado por las inundaciones, afecta al comercio, a la ganadería, agricultura, industria forestal y otros del sector productivo del departamento, generando pérdidas materiales a los pobladores, provocando desolación en las poblaciones más vulnerables, desacelerando el desarrollo departamental y dejando a campesinos, indígenas y pobladores en una situación desesperada. En este sentido, es que la apertura, limpieza de palizadas y protección de riberas de la hidrovía Maniqui-Rapulo, debe ser realizada de manera inmediata y permanente, señala el senador Nuñez. Indica, que de conformidad con lo estipulado en el Reglamento General de la Cámara de Senadores, adjunto y remite a esa autoridad la presente Minuta de Comunicación para consideración, tratamiento y remisión en comisión al gobierno departamental del Beni. Ley Departamental La Ley Departamental No. 049 de 2 de marzo de 2015, declara prioridad departamental el mantenimiento y restitución del cauce natural de la hidrovía ManiquiRapulo que vincula los municipios de San Borja con Santa Ana de Yacuma, mejorando sus condiciones de navegabilidad, garantizando el transporte fluvial interprovincial, el desarrollo de su potencial eco turístico e integral de la región, así como establecer las disposiciones correspondientes para su financiamiento, no obstante el actual Gobierno Departamental del Ben, no ha dado fiel y estricto cumplimiento a esta disposición final, expresa el senador Núñez. Pide que se realice las gestiones ante el nivel central del Estado, el Servicio de Mejoramiento a la Navegación Amazónica (Semena), el Servicio Nacional de Hidrografía Naval y la Cooperación Internacional para planificar y ejecutar la remoción de sedimentos a lo largo y ancho de la hidrovía. Coordinar las actividades de mantenimiento y restitución del cauce de la hidrovía Maniqui-Rapulo, con los municipios de San Borja y Santa Ana de Yacuma en el marco de sus competencias concurrentes, señala Nuñez.


EDICTOS

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AVISO DE REMATE LA DRA. MERY LUZ DENIZ SUAREZ --JUEZA PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1° DE BORJA, PROVINCIA GRAL. J. BALLWIÁN DEL DEPARTAMENTO DEL BENI: HACE SABER: Que, dentro del proceso EJECUTIVO seguido por BANCO PRODEM S.A contra MARCO ANTONIO ROCA VACA y ELSA MONICA GUITERAS TELLEZ, mediante Auto cursante a Fs. 196 a 197 y vuelta de obrados, se ha señalado audiencia pública de Subasta y Remate de bien (s) inmueble (s), mismo que se transcribe en su tenor y contenido literal siguiente: - San 13orja, 08 de febrero de 2019.- Vistos: En lo principal se tiene por subsanado y por adjuntado el informe del municipio del departamento de recaudaciones del gobierno municipal de esta ciudad para que se acumulen a sus antecedentes con noticia de partes.- Que habiéndose cumplido con los tramites de remate dentro del proceso ejecutivo seguido por Máximo Palma Rea en representación legal de Banco Prodem S.A. seguido contra Marco Antonio Roca Vaca y Elsa Mónica Gaiteras Téllez y habiéndose cumplido con los trámites previos al remate y puesto en conocimiento de partes el avalúo pericia] cursante a fs. 94 a 125, 148 y 149 de obrados de los bienes inmuebles gravados, mismos que al no haberse presentado ninguna observación dentro del plazo de ley quedaron aprobados conforme a lo dispuesto en el art. 417 del N.C.P.C. Que al haberse realizado el tramite señalado ha quedado como base del remate para 1.- Un bien inmueble urbano embargado de una superficie de 2.000.00 m2., en el valor comercial en la suma de 40.000.00.- $us.- o su equivalente en el valor comercial en bolivianos 278.400.00.¬ Bs.-, del inmueble ubicado en zona Santa Rosa de Lima calle Cobija esquina calle Iturralde manzano No. 106 registrado en oficina de DD.RR bajo matricida computarizada No.-8.03.2.01.0005970 a nombre de Marco Antonio Roca Vaca con los siguientes límites y colindancias al norte con Calle Cobija con 50.00 mts. al sur con Víctor Hugo Barriga con 50.00 mts. al este con calle Iturralde con 40.00 mts., y al oeste con Maria Cortez con 40.00 mis. de la ciudad de San Borja, y demás características mencionadas en el expediente. - 2.-Que ha quedado como base para el remate de Un bien inmueble urbano embargado de una superficie de 2.700.00 m2., en el valor comercial en la suma de 17.550,00.- $us.- o su equivalente en el valor comercial en bolivianos 122.148.00.- Bs.-, del inmueble ubicado en zona Santa Rosa de Lima calle sin nombre manzano No. 6 lotes números 2.3,4,9,10 y 11. Urbanización los tajibos registrado en oficina de DD.RR. bajo matricula computarizada No.- 8.03.2.01.0005258 a nombre de Marco Antonio Roca Vaca con los siguientes límites y colindancias al norte con Calle sin nombre* con 45.00 mis. al sur con calle sin nombre con 45.00 mis. al este con lotes 12, 13, 14, y 1 con 60.00 mis., y al oeste con lotes No.-5, 6, 7, y 8 con 60.00 mis. de la ciudad de San Borja, y derhás características mencionadas en el expediente.- 3,. Que ha quedado como base para el remate de Un bien inmueble urbano embargado de tina superficie de 6.300,00 m2., en el valor comercial en la suma de 28.350,00.- $us.- o su equivalente en el valor comercial en bolivianos 197.316.00.- Bs.-, del inmueble ubicado en zona norte urbanización Los tajibos calle sin nombre manzano No. 11 lotes números 1 a 14. Urbanización los tajibos registrado en oficina de DD.RR. bajo matricula computarizada No.- 103.2.01.0005269 a nombre de Marco Antonio Roca Vaca con los siguientes límites y colindancias al norte con Calle sin nombre con 105.00 mis. al sur con calle sin nombre con 105.00 mis. al este con calle sin nombre prolongación calle Iturralde con 60.00 mis., y al oeste con calle sin nombre prolongación calle German Busch con 60.00 mis. De la ciudad de San Borja, y demás características mencionadas en el expediente.- 4.- Que ha quedado como base para el remate de Un bien inmueble urbano embargado de una superficie de 6.300,00 m2., en el valor comercial en la suma de 28.350,00.$us.- o su equivalente en el valor comercial en bolivianos 197.316.00.-Bs.-, del inmueble ubicado en zona norte urbanización Los tajibos calle sin nombre manzano No.12 lotes números 1 a 14. Urbanización los tajibos registrado en oficina de DD.RR. bajo matricula computarizada No 8.03.2.01.0005270 a nombre de Marco Antonio Roca Vaca con los siguientes límites y colindancias al norte con Calle sin nombre con 105.00 mis. al sur con calle sin nombre con 105.00 mis. al este con calle sin nombre prolongación calle Iturralde con 60.00 mis., y al oeste con calle sin nombre prolongación calle German Busch con 60.00 mis. de la ciudad de San Boda, y demás características mencionadas en el expediente.- Que en aplicación del art. 418 y 419 del N.C.P.C. se señala audiencia pública de subasta y remate al mejor postor de los 4 lotes de terrenos bienes inmuebles embargados indicados de propiedad del ejecutado Marco Antonio Roca Vaca para el día jueves 28 de febrero del presente año a horas 15:30 pm. Para el primer bien inmueble o lotes de terrenos signado con el número 1 a horas 16.00 pm. Para el segundo bien inmueble o lote de terreno, signado en el numeral 2 a horas 16:30 pm. y para el tercer lote de terreno numeral 3 por el valor de la base fijada conforme a lo especificado y para el mismo día a horas 17:00 pm. En la misma notaria por el valor pericial aprobado en los numerales 1 al 4 inclusive para cada lote y demás características técnicas señaladas sea en efectivo o en cheque bancario sea en dólares o su equivalente al cambio oficial en bolivianos. La Audiencia se llevara a cabo en la Notaria para lo cual se designa en calidad de martillero al señor Erick Francisco Zabala Rossendy Notario de Fe Publica a cargo de Notaria No. 2 de Tercera Clase de esta ciudad a quien deberá notificarse. Los interesados deberán apersonarse el día y la hora señalada en la Notaria de Fe Publica indicada acreditando el deposito del 20% sobre la base del remate sea en efectivo o en cheque bancario girado a la Orden del Juzgado Publico civil y comercial 1 ro. San Borja -Beni o mediante depósito judicial o en la misma notaria citada conforme lo establece el art. 420 del N.C.P.C.- Cl aviso de remate se publicara por una vez en un órgano de prensa de difusión nacional conforme lo preveo el art. 419-111 del N.C.P.C. debiendo tener en cuenta que los diarios circulan de manera cotidiana en todo el departamento del Beni las publicaciones se deberán realizar por una sola vez invitando a los interesados en participar y recibir información sobre el bien a subastarse. De la misma forma publiquese el aviso de remate en tablero judicial de la casa de Justicia de esta ciudad. Que conforme a certificados de gravamen de of. De DD.RR. cursante en obrados sobre el bien embargado de una superficie de 2,000 m2 motivo de la litis registrado bajo matricula computarizada No,-8.03.2.01.0005970 consta otros gravámenes sobre el bien a subastarse a favor de terceros acreedores en acreencia posterior a la de la parte demandante señores de segundo Banco de desarrollo Productivo (BDPS.A.M.) a efecto de que asuman conocimiento del mismo deberá citarse por edictos conforme a ley. Que conforme a certificado de gravamen de of. De DD.RR. cursante en obrados sobre el bien embargado de una superficie de 2.700 m2 motivo de la litis registrado bajo matricula computarizada No,8.03.2.01.0005258 consta otros gravámenes sobre el bien a subastarse a favor de terceros acreedores en acreencia posterior a la de la parte demandante de segundo Gravamen ampliación de monto Banco Prodem S.A. deberá citarse en dicha oficina en esta ciudad y tercero anotación preventiva. de Banco de desarrollo Productivo (BDP-S.A.M.) a efecto de que asuman conocimiento del mismo deberá citarse por edictos conforme a ley. Que conforme a certificado de gravamen de of. De DD.RR. cursante en obrados sobre el bien embargado de una superficie de 6,300 m2 motivo de la litis registrado bajo matricula computarizada No.-8.03.2.01.0005270 consta otros gravámenes sobre el bien a subastarse a favor de terceros acreedores en acreencia posterior a la de la parte demandante de segundo Gravamen línea de crédito Banco Prodem y de tercero gravamen ampliación de monto Banco Prodem S.A, , a efecto de que asuman conocimiento del mismo deberá citarse en oficinas de dicha institución en esta ciudad y por edictos conforme a ley al Banco de Desarrollo Productivo . Que conforme a certificado de gravamen de of De DD.RR. cursante en obrados sobre el bien embargado de una superficie de 6.300 m2 motivo de la litis registrado bajo matricula computarizada No.8.03.2.01.0005269 consta otros gravámenes sobre el bien a subastarse a favor de terceros acreedores en acreencia posterior a la de la parte demandante de segundo Gravamen línea de crédito Banco Prodem y de tercero gravamen ampliación de monto Banco Prodem S.A. ,y de cuarto anotación preventiva Banco de Desarrollo Productivo BDP S.A.M. a efecto de que asuman conocimiento del mismo deberá citarse en oficinas de dicha institución. en esta ciudad a Banco Prodem S.A. y al BDPS.A.M. por edictos conforme a ley. Cualquier información sobre los inmuebles a ser subastados se deberá recabar en secretaria del Juzgado o en la notaría citada...Otrosí.- Como se pide. Regístrese.Firma y sella Dra. MERY LUZ DENIZ SUÁREZ— Jueza Publico Civil y Comercial. 1o de San Borja, ante mi CIRO ROBERTO PAZ PERDRIEL — Secretario del Juzgado Publico Civil y Comercial 1° de San Borja y un sello del Juzgado.- EL PRESENTE AVISO DE REMATE, ES LIBRADO EN SAN BORJA, PROVINCIA GRAL. J. BALLIVIÁN DEL DEPARTAMENTO DEL BENL A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE AÑOS.

Jueves, 21 de febrero de 2019

EDICTO JUDICIAL DR. OMAR PEREIRA ENCINAS - PRESIDENTE - DR. ANGEL DURAN ALI - DR. WILLY ALEJANDRO VARGAS SUÁREZ JUECES TECNICOS DEL TRIBUNAL II DE SENTENCIA DE LA CAPITAL. MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO CITA, LLAMA Y EMPLAZA.- A las víctimas VÍCTOR HERRERA YONIMA, FELICIDAD YONIMA BEJARANO Y ROSMERY HERRERA YONIMA para que dentro del plazo de diez días (10) presenten Acusación Particular, ofreciendo y presentando sus pruebas de cargo, o en su caso adhiriéndose a la Acusación presentada por el Ministerio Público. A continuación se transcriben los siguientes actuados para su conocimiento. Lleva sello del Tribunal Segundo de Sentencia - Trinidad - Beni – Bolivia.- SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN ANTICORRUPCION Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 1° DE LA CAPITAL I.- Formula: Acusación Formal…11.-Acompaña Declaración Informativa Remisión al Tribunal de Sentencia Caso Fis - Beni N°1601072…IANUS: 201601495.- Otrosíes. Abog, JHASMANI CORTEZ ALIAGA, SANDRA MAMANI VILLCA y JAVIER COLQUE GUTIERREZ, Fiscales de Materia, asignados a la Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción Pública, dentro las investigaciones seguidas por el Ministerio Publico a denuncia de MAURO HURTADO ALCAZAR en contra de REMBERTO RIVEROS CADENA por la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES y otros previsto y sancionado por el Art, 154 y otros del Código Penal de conformidad a los Arts. 21, 323 núm. 1) y 341 del Código de Procedimiento Penal REQUIERE EN CONCLUSIONES ACUSACIÓN FORMAL, conforme a los siguientes antecedentes y fundamentos: 1,- DATOS GENERALES del ACUSADO.- (Obtenidos a partir de su Declaración Informativa) NOMBRE Y APELLIDOS: REMBERTO RIVEROS CADENA CEDULA DE INDENTIDAD: N° 4262161 LA PAZ FECHA DE NACIMIENTO: 01/02/1969 ESTADO CIVIL: CASADO NACIONALIDAD: BOLIVIANA OCUPACIÓN: MEDICO NEUROCIRUJANO DOMICILIO REAL: CALLE N° 8 ZONA VILLA MARIN ABOGADO DEFENSOR: Nombre y Apellidos: Dr. Roberto Carlos Rivero Moro Domicilio Procesal: 18 de noviembre N° 242 2.- DATOS GENERALES DEL DENUNCIANTE. Nombre y Apellido: Mauro Hurtado Alcazar Cedula de Identidad: N° 5590589 Beni Fecha de nacimiento: 23/01/1986 Estado Civil: Soltero Nacionalidad: Boliviana Ocupación: Abogado 3.- DATOS DEL QUERELLANTE: Nombre y apellidos: RODOLFO RUIZ SUÁREZ en representación del Dr. Cesar Lijeron Suárez en su condición de Director del Hospital German Bush. Domicilio Procesal: Hospital German Bush ubicado en la Av. Bolívar entre calle Carmelo López y Calle Fabián Monasterio, oficina Jefe Médico. 4.- DATOS GENERALES DE LA VÍCTIMA: Nombres y Apellidos: Felicidad Yonima Vejarano, Rosmery Herrera Yonima 5.- RELACIÓN FÁCTICA (HECHO SUSCITADO MOTIVO DE LA INVESTIGACIÓN.- El denunciante MAURO HURTADO ALCAZAR refiere que el día 18 de abril del presente año a horas 15:00 aproximadamente el Jefe Médico del Hospital Trinidad Dr. Rodolfo Ruiz le entregó una denuncia que presentaron ante el Director del Hospital German Bush por cobros en demasía realizados por el médico Remberto Rivero Cadena, quien al margen de los cobros efectuados, por concepto de insumos, recetas, laboratorios pagados en caja del hospital les pidió a las Sras. Rosmery Herrera Yonima y Felicidad Yonima Vejarano por servicios privados la suma de Bs. 12.000 y 1700 para el anestesiólogo; refiriendo también que posterior a ello llegaron a la oficina de la Secretaría de Transparencia de la Gobernación del Beni familiares del paciente VICTOR HERRERA YONIMA quien se encontraba internado en el Hospital German Bush por un accidente de tránsito, familiares que le confirmaron la exigencia del pago realizado por el médico quien antes de entrar al quirófano les había pedido la suma extra de los ya pagados en ventanilla de caja y los familiares solo tenían la suma de Bs. 2000 que habían entregado al médico refiriéndole que no tenían las posibilidades de cubrir el monto exigido. El denunciante refiere también que en las oficinas de la Gobernación del Beni la Sra. ROSMERY HERRERA YONIMA se comunicó vía telefónica con el Dr. REMBERTO RIVERO CADENA manifestándole que había conseguido la suma de Bs. 3000.- quedando en entregarle el dinero en la Av. Japón por inmediaciones de la Guardería Universitaria, dándole el denunciante la suma de Bs. 3000.- a la Sra. ROSMERY HERRERA, previamente refiere haber sacado fotocopias del dinero gafe iba a ser entregado; es así que la Sra. ROSMERY HERRERA junto al Sr. DAMIAN VACA FRANCO llevan el dinero para entregar al Dr. Remberto Riveros quien ya aguardaba en el lugar y a quien la Sra. Herrera le hizo entrega de la suma de Bs. 3000.- siendo sorprendido en ese momento por el denunciante quien le reclamó del por qué realizaba cobros fuera del Hospital. La víctima FELICIDAD YONIMA BEJARANO en su entrevista informativa policial señala que el Dr. Remberto Riveros Cadena le exigió la suma de Bs. 12.000.- por la cirugía realizada a su hijo manifestándole inicialmente que por este tipo de cirugía cobraba la suma de Bs. 30.000.- empero por ser personas de escasos recursos económicos solo les pidió esa suma, suma exigida al margen de las cancelaciones efectuadas en caja por concepto de laboratorio, tomografía y otros, habiéndole entregado la suma de Bs. 2000.- y Bs. 1700 para el anestesiólogo.- y en fecha 18 de abril la suma de Bs. 3000 por inmediaciones de la Guardería de la Universidad. 6.- ANTECEDENTES DE LA ETAPA PREPARATORIA. 6.1.- IMPUTACIÓN FORMAL - En fecha 19 de abril de 2016 se presentó Imputación Formal en contra de REMBERTO RIVEROS CADENA por el Delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y CONCUSION previsto y sancionado por los Arts. 154 y 151 del CP modificado la ley 004. Establecido el hecho considerado delictual, una vez desplegados actuados de investigación formal necesaria de la etapa preparatoria, conforme al núm. 1 del Art. 323 del CPP se resuelve acusar al Sr. REMBERTO RIVEROS CADENA bajo los siguientes fundamentos: 7.- FUNADAMENTACIÓN SOBRE LOS ELEMENTOS RECABADOS EN EL PROCESO DE INVESTIGACIÓN Y DELITO ATRIBUIDO. La Convención Interamericana contra la corrupción, ratificada por el Estado Boliviano en fecha 02 de abril de 1997 en su Art. IV núm. 1) inc. C) considera como acto de corrupción "la realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero" en esa línea la Ley 004 "Marcelo Quiroga Santa Cruz" de fecha 31 de marzo de 2010 define corrupción como el: "requerimiento o la aceptación, el ofrecimiento u otorgamiento directo o indirecto de un servidor público, de una persona natural jurídica, nacional o extranjera, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios o dadivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la acción u omisión de cualquier acto que afecte a los intereses del Estado". Art. 151 (concusión) El autor Boliviano Jorge José Valda Daza en su libro Código Penal Boliviano comentado señala que concusión es " el delito que el funcionario o servidor público cobra una suma mayor a la permitida legalmente abusando de su condición o funciones en provecho de si o de terceros". El bien jurídico protegido en este tipo de delito es el fin prestacional que cumple la administración pública de acuerdo a la CPE, el objeto del bien jurídico es la legalidad del ejercicio de la función pública, de esta manera, el funcionario público que comete el delito de concusión afecta la legalidad de los servicios públicos, ya que abusa de su cargo para satisfacer fines privados mediante la incidencia en la voluntad del particular, en otras palabras las potestades públicas no le son conferidas al funcionario para que este se aproveche de ellas y obtenga ventajas privadas a través del constreñimiento de la voluntad del particular, el núcleo de la prohibición penal radica en el ejercicio ilegítimo de las funciones y facultades que el servidor público detenta y ello en cuanto el uso de la actividad pública es el instrumento mediante el que se lesiona o pone en peligro el fin prestacional de la administración pública en los delitos de corrupción. Consecuentemente se asume la conclusión que el acusado REMBERTO RIVEROS CADENA ha adecuado su conducta al tipo penal de CONCUSIÓN previsto y sancionado por el Art. 151 del CP modificado por la Ley 004, conducta subsumida en grado de autoría. 8.- ACUSACIÓN FORMAL. En razón a los fundamentos expuestos, en ejercicio de la facultad Constitucional conferida en el Art. 225 de la CPE, con relación al Art. 40 núm. 3), 11) y 21) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 260) y Arts. 323 núm. 1) y 341 del CPP (Ley 1970), los suscritos Fiscales de materia formulan ACUSACIÓN en contra del ciudadano REMBERTO RIVEROS CADENA por el delito de CONCUSIÓN, en grado de AUTORÍA. Por lo que se solicita a vuestra autoridad imprimir el trámite establecido por el Art. 325.1 del CPP modificado por la Ley 586, conforme al Art. 340 del CPP solicito se remita la presente ACUSACIÓN FORMAL ante el TRIBUNAL DE SENTENCIA DE TURNO DE LA CAPITAL y sea esta autoridad quien dicte Auto de Apertura de Juicio (Art. 342 y siguientes del CPP) para la celebración del mismo y se emita SENTENCIA CONDENATORIA en contra del ahora acusado de conformidad al Art. 365 del CPP condenándosele a la máxima sanción para este tipo de delito. 9.- DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO: Arts. 22, 23, 109, 110, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 225, 226.- CODIGO PENAL.- Arts. 5, 14, 23, 27, 37, 38, 39, 45, 151.- CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL.- Arts. 5, 8, 9, 11, 12, 13, 21, 23, 24, 52, 54 núm. 6), 70, 74, 75, 76, 77, 78, 84, 92, 93, 94, 171, 174, 175, 176, 186, 193, 216, 217, 218, 219, 230, 323 núm. 1. 325. 1. 329 y sgtes. 340.1, 341, 365.- LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO.- Arts. 3,5, 7, 8 10, 17, 38, 40, 55, 56, 57, 67, 68, 78. 10.- OFRECIMIENTO DE PRUEBA. PRUEBA DOCUMENTAL: MP-P1.- Informe de inicio del caso MP-P2.- Acta de denuncia verbal.- MP-P3.- Acta de recepción y secuestro de indicios materiales de un billete de corte de Bs. 200, seis billetes de corte de Bs. 100, cinco billetes de corte de Bs. 50 y dos billetes de corte de Bs, 20.- MP-P4.- Acta de recepción y secuestro de indicios materiales de un recibo manuscrito y una fotocopia de denuncia.- MP-P5.- Acta de entrevista informativa policial de la Sra. Felicidad Yonima Bejarano.- MP-P6.- Acta de entrevista informativa policial de la Sra. Rosmery Herrera Bejarano.- MP-P7.- Acta de entrevista informativa policial del Sr. Damián Vaca Franco.- MP-P8.- Acta de entrevista informativa policial del Sr. Alejandro Saavedra Vizcarra.- MP- P9.- Acta de entrevista informativa policial del Sr. Juan Carlos Camacho Condori.- MP-P10.- Informe complementario.- MP-P11.- Informe.- MP-P12.- Requerimiento Fiscal.- MP-P13.- Historia clínica del paciente Víctor Herrera Yonima.- MP-P14.- Informe.- MP-P15.- Querella.- PRUEBA TESTIFICAL: MP-T1.SGTO. EGBERTO TORREZ CALLE MP-T42.- SGTO. HEBER ACUÑA HUANCA MP-T3.- MAURO HURTADO ALCAZAR.- MP-T4.- FELICIDAD YONIMA BEJARANO.- MP-T5.- ROSMERY HERRERA YONIMA.- MP-T6.- DAMIÁN FRANCO VACA.- MP-T7.- ALEJANDRO SAAVEDRA VISCARRA.- MP-T8.CESAR ALFONSO LIJERON SUÁREZ 11.- PERTINENCIA DE LA PRUEBA. La prueba ofrecida tiene por objetivo establecer con certidumbre la existencia del hecho, la responsabilidad penal de los acusados (en el grado de autoría). 12.- ADJUNTA ACTA DE DECLARACIÓN FORMAL INFORMATIVA. En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 98 - última parte del CPP se adjunta el acta de declaración informativa del acusado REMBERTO RIVEROS CADENA prestada en la etapa preliminar.- Otrosí 1.- Domicilio procesal conforme al Art. 162 del CPP, oficinas ubicadas en la Av. La Paz N° 131 de esta Ciudad….Santísima Trinidad, diciembre 28 de 2016….Trinidad, 12 de enero de 2017.- En mérito al pliego acusatorio fiscal que antecede, en aplicación del Art. 340.1 del CPP, se tiene por presentado y radicado en este despacho el proceso penal que sigue el Ministerio Público y la Dirección General del Hospital Germán Busch - Trinidad en contra de REMBERTO RIVEROS CADENA por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN previsto y sancionado en el Art. 151del CP modificado por la Ley N° 004. En aplicación del Art. 340. I del CPP, notifíquese a la o al señor Fiscal de materia asignado a la presente causa de la Unidad Corporativa de Delitos de Anticorrupción de la Fiscalía Departamental del Beni, para que dentro del plazo de 24 horas materialice las pruebas literales ofrecidas en la acusación fiscal.- Otrosí 1.- Señalado.- MINISTERIO PÚBLICO C/ REMBERTO RIVERO CARDENAS…Fis-Beni: 1601072.- NUREJ: 201601495….Trinidad, 24 de octubre de 2017.- A mérito de lo señalado por el apoderado del acusador particular, se dispone la notificación de las victimas Víctor Herrera Yonima, Felicidad Yonima Bejarano y Rosmerv Herrera Yonima, con el pliego acusatorio fiscal de 28/12/2016, decreto de Radicatoria y el presente proveído, mediante edictos, de conformidad a lo señalado por el art. 165 del CPP, a objeto que dentro el plazo de diez (10) días, dichos ciudadanos presenten acusación particular, ofreciendo y presentando sus pruebas de cargo, o en su caso adhiriéndose a la acusación presentada por el Ministerio Publico, tal como prevé el art. 340-11 del Código Adjetivo. En dicho entendido, se encomienda la realización de las publicaciones edictales al Misterio Publico o en su caso, al acusador particular.- Al otrosí. Notifique funcionario.- MINISTERIO PÚBLICO C/ REMBERTO RIVERO CARDENAS…FisBeni: 1601072 - NUREJ: 201601495.- Pasado u despacho en la fecha….Trinidad, 24 de abril de 2018.- De la revisión de antecedentes, se puede observar que hasta el momento, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por este Tribunal mediante proveído de 10/10/2017; consecuentemente, con la finalidad de otorgar continuidad al proceso, nuevamente se conmina a la autoridad Fiscal o en su caso, al acusador particular, ha efectivizar las publicaciones edictales ordenadas en el proveído antes mencionado Notifique funcionario.- Es todo cuanto se hace conocer a las víctimas VÍCTOR HERRERA YONIMA, FELICIDAD YONIMA BEJARANO Y ROSMERY HERRERA YONIMA para los fines de Ley. El presente Edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad, capital del Departamento del Beni, a los veintidós días del mes de noviembre de Dos Mil Dieciocho años.- Firmado y sellado - Dres. Omar Pereira Encinas, Willy Alejandro Vargas Suárez y Ángel Duran Alí, Jueces del Tribunal II de Sentencia de la Capital.- Ante mí.- Lic. Cielito Suárez Muñoz, Secretaria - Abogado del Tribunal de Sentencia II de la Capital.- POR ORDEN DE LOS SEÑORES JUECES:


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EL DR. EDWIN ÁNGEL DIEDERICH CLAROS, JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEXTO DE LA CAPITAL.SE HACE SABER: Al público en general que dentro del proceso EJECUTIVO seguido por BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en contra de SELIN ANTONIO CALLE MAJLUF, SANDRA VIVIAN SUBIRANA, mediante auto de fecha 04 de febrero de 2019, se ha señalado audiencia pública de Subasta y Remate al mejor postor del bien inmueble urbano ubicado en la localidad de San Borja, Provincia Ballivián del Departamento del Beni, Zona Guerrilleros Lanza Sector 005, Avenida Circunvalación Oeste y Calle 10 de Octubre, mismo que cuenta con una superficie total de 900,00 Mts.2, registrado en Derechos Reales bajo la Matricula Computarizada No. 8.03.2.01.0006375, a nombre del demandado Selim Antonio Calle Majluf, sea para el día Viernes 01 de Marzo del año 2019 a horas 17:00 p.m., sobre la base de su Avalúo Pericial de fs. 185 a 192 de obrados, mismo que queda en la suma de: Veinticinco Mil Doscientos 00/100 Dólares Americanos ($us.- 25.200,00.-). Al efecto se designa Martillero a la Notaria de Fe Pública No. 7, Dra. Ericka Mertens Nuñez Vela, los interesados en postular deberán depositar ante la martillera designada el 20 % de la base señalada, sea mediante depósito judicial bancario, o en dinero en efectivo. Librándose el correspondiente Aviso de Remate para su publicación de ley, conforme al Art. 419 parágrafo III de la Ley No. 439, sea en un medio de prensa escrito, aprobado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Comuníquese. El presente aviso es librado en la ciudad de Trinidad, a los 19 de febrero de 2019, 9publíquese.

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EL DR. EDWIN ÁNGEL DIEDERICH CLAROS, JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEXTO DE LA CAPITAL SE HACE SABER: Al público en general que dentro del proceso EJECUTIVO seguido por BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en contra de TUFIC DAGUER ASBUN, ZORAYA RIVASPLATA CORTEZ, mediante auto de fecha 04 de febrero de 2019, se ha señalado audiencia pública de Subasta y Remate al mejor postor del bien inmueble urbano ubicado en la localidad de San Borja, Provincia Ballivián del Departamento del Beni, Zona 1ro. de Mayo, Manzano 142, Calle Bolívar esquina Franz Tamayo, Lote No. 3, mismo que cuenta con una superficie total de 564,00 Mts.2, registrado en Derechos Reales bajo la Matricula Computarizada No. 8.03.2.01.0000182, a nombre del demandado Tufic Daguer Asbun, sea para el día Viernes 01 de Marzo del año 2019 a horas 17:00 p.m., sobre la base de su Avalúo Pericial de fs. 200 a 218 de obrados, mismo que queda en la suma de: Ciento Cincuenta y Un Mil Seiscientos Trece 51/100 Dólares Americanos ($us.- 151.613,51.-). Al efecto se designa Martillero a la Notaria de Fe Pública No. 9, Dra. K. Paola Ávila Rodríguez, los interesados en postular deberán depositar ante la martillera designada el 20 % de la base señalada, sea mediante depósito judicial bancario, o en dinero en efectivo. Librándose el correspondiente Aviso de Remate para su publicación de ley, conforme al Art. 419 parágrafo III de la Ley No. 439, sea en un medio de prensa escrito aprobado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Comuníquese. El presente aviso es librado en la ciudad de Trinidad. a los 19 de febrero de 2019, publiquese. ..


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LA DRA. RAQUEL ADELA HURTADO HERNANDEZ.- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° DE LA CAPITAL. SE HACE SABER: Al público en general que dentro del proceso EJECUTIVO seguido por BANCO PYME ECOFUTURO S.A. seguido contra ARTURO VELASCO LOAIZA y MARIA ROSA ABULARACH BALCAZAR, mediante auto de fecha 24 de octubre de 2018, se ha señalado audiencia pública de remante, a solicitud y de conformidad al Art. 419 del Código Procesal Civil, donde Se aprobó el avalúo pericial de fs. 110 a 116 de obrados, Y SE SEÑALA AUDIENCIA PÚBLICA DE SUBASTA Y REMATE al mejor postor del bien inmueble urbano, ubicado en la localidad de San Ignacio de Moxos del Departamento del Beni, al Sur de la Población Km31/2 Camino a Chanequere, con una superficie de 108.479,00 mts2., registrado en Derechos Reales bajo la Matricula Computarizada Nº 8.05.1.01.0001731, a nombre del demandado ARTURO VELASCO LOAIZA, PARA EL DÍA JUEVES 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 A HORAS 10:30 A.M., sobre la base de su Avalúo Pericial, cursante de fs. 110 a 116 de obrados; con la Rebaja del 20% quedando en la suma de: NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRECE 70/100 BOLIVIANOS (Bs.- 92.413,70.-) Al efecto se designa Martillera a la Notaria de Fe Pública No 9, Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, los interesados en postular deberán depositar el 20 % de la base señalada, en efectivo o en depósito judicial en el mismo juzgado o ante la martillera designada. Líbrese el correspondiente Aviso de Remate para su publicación de ley, conforme al Art. 419 parágrafo III de la Ley No 439, sea en un medio de prensa escrito aprobado por el Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Audiencia pública de remate que se llevara, en la Notaria de Fe Pública No 9, Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, ubicado en la Av. Cochabamba Nº 630, de la cuidad dé Trinidad. Librándose el presente aviso de remate en la cuidad Trinidad, a los 05 días del mes de febrero de 2019. Publíquese.

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PARA: PRESUNTOS PROPIETARIOS OBJETO: CITACION CON LA DEMANDA Y AUTO DE ADMISION. PROCESO: ORDINARIO (Regularización de Derecho Propietario). JUZGADO: Público Civil y Comercial Segundo, a cargo de la Dra. Katya Cecilia Montero Montero -SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL- Demanda Regularización de derecho propietario de Bien Inmueble Urbano en aplicación a la Ley 247.-MODIFICADA POR LA LEY No. 803.- DANIELA LEIGUE NOE C.I. 10788485 BENI, soltera, mayor de edad, con domicilio en la ZONA URBANIZACION NUEVA TRINIDAD calle 17, ante usted, con todo respeto expongo y pido: ANTECEDENTES.- Desde hacen mas de diez años, sustento quieta y pacifica posesión de un bien inmueble ubicado en la ZONA URBANIZACION NUEVA TRINIDAD DISTRITO 7 MANZANO IV-Uy 1 LOTE No. 7, CALLE No. 17, que tiene las siguientes características: SUPERFICIE 375.00 METROS CUADRADOS COLINDANCIAS. NORTE, Lote No. 16 y mide 12.50 metros, SUR, Calle Diecisiete y mide 12.50 metros, ESTE, Lote No. 8 y mide 30.00 metros, y OESTE, Lote No. 6 y mide 30.00 metros. Mi 'posesión se inicio hacen mas de 24 años, cuando los terrenos de la zona eran matorrales y nido de mal vivientes, sin que se conozca propietarios de ninguna índole, allí me asenté junto a mis padres, contra todo riesgo, hicimos nuestra casita, primero de tablas, porque no teníamos recursos, desmontamos, carpimos esos matorrales, rellenamos con muchas volqueadas de tierra para darle forma al terreno, tuvimos la bendición de dios porque jamás. Fuimos interrumpidos en nuestra posesión hasta hoy que tenemos consolidada nuestra vivienda. - Los informes OF. RDP-DPU 012 No. 05/2017, establecen que este terreno cumple con todos los requisitos establecidos por la Resolución Ejecutiva Municipal No. 25/2017 de 8 de noviembre del 2012, para que se proceda a su RGULARIZACION. El Oficio No. 05/2018 RESOLUCION TECNICA ADMINISTRATIVA DE FECHA 06 DE FEBRERO 2018, DETERMINANDO CARACTERISTICAS DEL TERRENO, establece "CONCLUSION.-Por todo lo precedentemente expuesto, en base a la solicitud y documentos adjuntos y requerido los informes técnico, topográfico, legales, adjuntos, para la Regularización de su derecho Propietario sobre un bien inmueble objeto del litigio SE APRUEBA el tramite de regularización del derecho Propietario. La Certificación establece que el inmueble de referencia, NO CUENTA CON NINGUN REGISTRO DENTRO DE LA DIRECCION DE PLANIFICACION URBANA, que no se encuentra dentro de área verde y se encuentra dentro de la Planimetría aprobada por el Municipio.-- La Certificación No. 05/2018 emitida por la Dra. KENIA YOMAR ROCA SUAREZ de la Dirección de Planificación Urbana y la Dirección de registro Urbano.. LA RESOLUCION TECNICA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL No. 015912017 APRUEBA EL TRAMITE PARA LA REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO SOBRE BIEN INMUEBLE de referencia.-------FUNDAMENTOS DE DERECHO:--La Constitución Política del estado Plurinacional de Bolivia, reconoce como un derecho fundamental el acceso a la vivienda adecuada , derecho reconocido y consagrado en los Tratados Internacionales como un derecho Humano. El derecho a la vivienda adecuada constituye un DERECHO SOCIAL FUNDAMENTEL dentro del ordenamiento jurídico internacional , reconocidos por Convenciones y tratados .Nuestra Constitución Política, en su Art. 19-1 dice "TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN HABITAT Y VIVIENDA ADECUADA QUE DIGNIFIQUE LA VIDA FAMILIAR Y COMUNITARIA, POR LO QUE ES DEBER DEL GOBIERNO EN TODOS SUS NIVELES OTORGAR LAS CONDICIONES" adecuadas para la tenencia segura de una vivienda.-"Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que este cumpla una función social". "La propiedad se adquiere por ocupación, por accesión, por usucapión, por efectos de los contratos, por sucesión, por la posesión de buena fe y las formas establecidas por 803 de 9 de mayo del 2016 que modifica la Ley 247.-Art. 2 Finalidad, Adquirir el derecho propietario en la vía ordinaria a través de la regularización por parte de las personas naturales poseedoras y poseedores de buena fe de una vivienda ubicada dentro del área urbana y que no cuenten con otra propiedad inmueble. REQUISITOS EXIGIBLES. Dando cumplimiento a la Ley que regula esta clase de procedimientos, he cumplido con los siguientes requisitos: 1°.-Declaración voluntaria ante Notario de fe pública del tiempo y lugar de posesión Continua, publica, pacífica y de buena fe .----2°.-Plano predial de uso de suelo aprobado por la Dirección de Planificación Urbana del G.A.M. -3°.-Certificado de no Propiedad a nivel nacional emitido por la Oficina de Derechos reales.----4°.-Declaración Voluntaria Notarial de nuestros vecinos.------5°.-Certificado de Prorevi.----6°.-Factura de luz, de la EMPREZA NACIONAL DE ELECTRIFICACION --PETICION.- ------Por lo expuesto señor Juez, y habiendo transcurrido mas de 24 años de mi posesión , publica; pacifica y de buena fe, precautelando mi derecho mis legítimos intereses, es que demando mediante EL PROCESO EXTRAORDINARIO previsto en el Art. 369 y siguientes del Código Procesal Civil, la regularización del derecho propietario de mi bien inmueble urbano ubicado EN LA ZONA URBANIZACION NUEVA TRINIDAD, DISTRITO 7 MANZANO IV-UVI CALLE DIECISIETE LOTE NO. 7 CON UNA SUPERFICIE DE 375.00 METROS CUADRADOS, en aplicación a la Ley No. 247, modificado por ley No. 803, para que su autoridad constituya EL DERECHO PROPIETARIO de mi inmueble, ordenando a Derechos Reales su REGISTRO A MI NOMBRE, amparando mi petitorio en los Art. 87y 93 de Código Civil, Art. 110, 111, 369 y siguientes del Código Procesal Civil y los Arts. 10 y 11 de la Ley No. 247 y normas afines, acción que la dirijo contra LOS PRESUNTOS PROPIETARIOS , TANTO PRIVADO COMO PUBLICO, conformé a toda la documentación técnico administrativa acompañada a la presente demanda y previo los tramites de ley, se sirva admitir la demanda, correrla en traslado y en definitiva dicte sentencia, declarándola PROBADA en todas sus partes, reconociéndome como única y legitima propietaria del citado inmueble.- OTROSI La notificación a los presuntos propietarios, se la haga mediante edicto de prensa, previo juramento de desconocimiento del domicilio de los demandados.--------Otrosi 2°. Ofrezco com9 medio probatorio, toda la prueba literal adjunta a la presente demanda como el informe de la inspección ocular del mencionado inmueble, para lo cual pido a su probidad señalar dia y hora para la audiencia. Otrosi 3°.-En cuanto a honorarios, me someto al ARANCEL MINIMO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DEL BENI. Otrosi.4.-Señalo como domicilio procesal el Bufete del profesional que suscribe Calle Cochabamba No. 35. —Trinidad 25 DE ENERO DEL 2019- DANIELA LEIGUE NOE- Santísima Trinidad, 07 de Febrero de 2019- ¬VISTOS: La Demanda de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a vivienda de fs. 20 a 21 de obrados, interpuesta por Daniela Leigue Noe, en aplicación a lo que determina el Art. 8 y siguientes de la Ley N° 247, se la admite para ser tramitada conforme al art. 362 y siguientes del Código Procesal Civil. A los efectos que en derecho corresponda, CÍTESE A LOS POSIBLES Y/0 PRESUNTOS PROPIETARIOS del inmueble urbano ubicado en la Zona Urbanización Nueva Trinidad, Distrito N° 7, Manzano IV-UV 1, Lote N° 7, Calle NO 17 con una extensión superficial total de 375.00 Metros Cuadrados, para que contesten dentro del plazo de Treinta días desde su legal citación, conforme dispone el art. 363 Par. III del mismo cuerpo legal, sea mediante EDICTO, tal como lo establece el art. 78 núm. II del Código Procesal Civil, previo juramento de desconocimiento de domicilio, debiendo además notificarse al SENAPE-BENI y a la Honorable Alcaldía Municipal de Trinidad, a los fines de que se pronuncien de acuerdo a Ley.- Al Otrosí 1.- Se tiene dispuesto en lo principal.--Al Otrosí 2.- Se tiene presente la prueba documental que indica, sea con noticia de la parte contraria; Con relación a la testifical e inspección Judicial en su momento procesal.-Al otrosí 3.- Se estará al Arancel. Al Otrosí 4.- Señalado. REGÍSTRESE. ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE FECHA DOCE DE FEBRERO DEL 2019 LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, A LOS DOCE DIA DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECINUEVE AÑOS. NOTA.- SE COLOCÓ EL PRESENTE EDICTO EN EL TABLERO JUDICIAL.


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EDICTO FISCAL Para: Richad Salcedo Andrade, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. 2642713 Beni.- Abog. Xiomar Ulloa Bersatti, Fiscal de Materia de la División Fuerza Especial y Persecución de Delitos de Corrupción Riberalta-Beni, en ejercicio de la dirección funcional de la investigación y por cuanto la Ley le Faculta: en aplicación de las previsiones contenidas por el art. 165 de la Ley 1970, mediante el presente edicto se cita al ciudadano: Richad Salcedo Andrade, mayor de edad, hábil por de derecho, con C.I.2642713 Beni, a objeto que se presente en la OFICINA FISCAL — DIVICION FEPDC RIBERALTA-BENI, la cual se encuentra ubicada en el Centro Integrado de Justicia de Riberalta, barrio 25 de Marzo, para prestar su declaración informativa conforme al Art. 97 de la Ley 1970, portando su documento de identidad y asistido de su abogado defensor para asumir su defensa material y técnica dentro del plazo de 10 dias, a computarse a partir desde la última publicación del presente edicto; la declaración se Decepcionará dentro de las investigaciones que sigue el Ministerio Publico a Querella de Marcelo Mauricio Gutiérrez Quisbert, en contra de Richard Salcedo Andrade por la presunta comisión de los delitos previstos y sancionados en los Arts. 224 (Conducta Antieconómica) y Art. 154 (Incumplimiento de Deberes) de la Ley N°004 Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cruz", caso signado con el N° BE-RBR1801714 y registro NUREJ: 8R05205, advirtiéndose en caso de no hacerse presente será tramitada la declaratoria en rebeldía conforme lo establecen los Arts. 87 y 89 del Código de Procedimiento Penal, el presente edicto es librado en fecha cuatro de enero de 2018 Beni, 04 de enero de 2018. FIRMADO: Xiomar Ulloa Bersatti FIS CAL DE MATERIA

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EDICTO FISCAL Jhasmani Cortez Aliaga - FISCALÍA ESPECIALIZADA EN PROTECCIÓN PARA VÍCTIMAS DE ATENCIÓN PRIORITARIA (FEVAP) DE LA CIUDAD DE RIBERALTA: Hacer saber al y/o los Denunciados: JORGE RIVERO TIVI que dentro del caso BE-RBR1801424, FELC-V 305/2018 en Etapa Preliminar, que sigue el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de WILMA YAINE TEMO ROCA, en contra de JORGE RIVERO TIVI por la presunta comisión del delito de VIOLACION DE INFANTE, NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE previsto y sancionados por el Art. 308 BIS del Código Penal en razón de que se desconoce su domicilio, su paradero y en atención al Informe Policial de fecha 07/10/2018 presentada por el asignado al caso Pol. RAUL CARI QUISPE y decreto que le corresponde, en estricto cumplimiento del Art. 58 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, con relación al Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto la notificación del o los denunciado (s) JORGE RIVERO TIVI, mediante edicto, para que se apersonen a las oficinas del Ministerio Publico de esta ciudad de Riberalta sito en la Zona 25 de Marzo, Calle Cobija S/N, Edificio Centro Integral de Justicia, a objeto de prestar su DECLARACIÓN INFORMATIVA y asumir defensa material y técnica, dentro el caso de referencia, para dicho fin se les concede el PLAZO DE CINCO DÍAS computo de plazo que correrá a partir del día siguiente hábil a la última publicación del presente edicto. Se advierte que en el caso de no hacerse presente se librará mandamiento e aprehensión conforme determina el Art. 224 del Código de Procedimiento Penal y se tramitada la declaratoria de rebeldía y se proseguirá la causa ante el JUZGADO QUE LLEVA Y/0 ESTÁ A CARGO DEL CONTROL JURISDICCIONAL DEL PRESENTE PROCESO. El presente Edicto es librado EN FECHA TRES DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE debiendo ser publicado en la forma señalada en el párrafo segundo del Art. 165 del Código de Procedimiento Penal

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Jueves, 21 de febrero de 2019 EDICTO FISCAL Jhasmani Cortez Aliaga - FISCALÍA ESPECIALIZADA EN PROTECCIÓN PARA VÍCTIMAS DE ATENCIÓN PRIORITARIA (FEVAP) DE LA CIUDAD DE RIBERALTA: Hacer saber al y/o los Denunciados: RICARDO MOYA SERATO que dentro del caso BE-RBR1801743, FELC-V 367/2018 en Etapa Preliminar, que sigue el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de MARITA ROCA ENDARA, en contra de RICARDO MOYA SERATO por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA previsto y sancionados por el Art. 272 BIS del Código Penal en razón de que se desconoce su domicilio, su paradero y en atención al Informe Policial de fecha 26/11/2018 presentada por el asignado al caso Poi. REYNA EVELYN MAMANI FLORES y decreto que le corresponde, en .estricto cumplimiento del Art. 58 de la. Ley Orgánica del Ministerio Público, con relación al Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto la notificación del o los denunciado (s) RICARDO MOYA SERATO, mediante edicto, para que se apersonen a las oficinas del Ministerio Publico de esta ciudad de Riberalta sito en la Zona 25 de Marzo, Calle Cobija S/N, Edificio Centro Integral de Justicia, a objeto de prestar su DECLARACIÓN INFORMATIVA y asumir defensa material y técnica, dentro el caso de referencia, para dicho fin se les concede el PLAZO DE CINCO DÍAS computo de plazo que correrá a partir del día siguiente hábil a la última publicación del presente edicto. Se advierte que en el caso de no hacerse presente se librará mandamiento e aprehensión conforme determina el Art. 224 del Código de Procedimiento Penal y se tramitada la declaratoria de rebeldía y se proseguirá la causa ante el JUZGADO QUE LLEVA Y/O ESTÁ A CARGO DEL CONTROL JURISDICCIONAL DEL PRESENTE PROCESO. El presente Edicto es librado EN FECHA TERCER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, debiendo ser publicado en la forma señalada en el párrafo segundo del Art. 165 del Código de Procedimiento penal.

EDICTO EL Dr. ANGEL CORDERO AYOROA COMO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1° DE GUAYARAMERÍN. MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE CONOCER: Que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de LUCIANA ARMINDA CLAROS MENDEZ en contra de WILSON ANTONIO SALVATIERRA MORY, por la supuesta comisión del delito de LESIONES GRAVES Y LEVES, previsto y sancionado por el Art. 271 del C.P„ se dispuso la citación mediante edictos de prensa conforme el Art 165 del C.P.P, a efectos de notificar al acusado WILSON SALVATIERRA MORY, con el Auto de Apertura N° 02/2019 de fecha 16 de enero de 2019; a objeto que tenga conocimiento de la fecha de audiencia de juicio fijado para el Día Lunes 13 de Mayo de 2019 a Horas 09:30….A efectos legales se Adjunta el Auto de Apertura N° 02/2019 de fecha 16 de enero de 2019….Firmado y Sellado.- Dr. Ángel Franz Cordero Ayoroa, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1° DE GUAYARAMERÍN.- Ante Mí; Firmado y Sellado.- Dra. Sarah Alcocer Moreno - SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1° DE GUAYARAMERÍN.- Es todo cuanto se le hace saber al Acusado anteriormente mencionado para los fines de ley. El presente edicto es librado en la ciudad de Guayaramerín, Segunda Sección de la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, a los Veintitrés días del mes de Enero de dos mil diecinueve arios.- POR ORDEN DEL SEÑOR JUEZ.- EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No 1 DE GUAYARAMERIN, DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE WILSON SALVATIERRA MORY, POR LA PROBABLE COMISION DEL DELITO DE LESIONES GRAVES Y LEVES (art. 326.6 del C.P.).- AUTO DE APERTURA N° 02/19 RESOLUCION No 10/19.- Guayaramerin, 16 de enero de 2019.- VISTOS.- La acusación fiscal, los antecedentes del proceso, y CONSIDERANDO: Que según lo establecido nuestra norma penal adjetivo, modificada por la LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO EFECTIVIZACION en su en su Art. 340 del CPP: III Vencido el plazo otorgado a la víctima o querellante con o sin su pronunciamiento, se pondrá en conocimiento de la o el imputado la acusación fiscal, en su caso la del querellante y las pruebas de cargo ofrecidas, para que dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación ofrezca y presente físicamente sus pruebas de descargo.- IV.Vencido el plazo otorgado al imputado con o sin su pronunciamiento, la o el Juez o Tribunal de Sentencia dictara auto de apertura del juicio. Que de la revisión de antecedentes se evidencia que habiendo sido radicada la causa en este tribunal en fecha 24/09/2018ordenandose la presentación de pruebas de cargo al Ministerio Publico mismas que fueron presentadas en fecha 28 09 29! 8; posteriormente es notificada la .víctima león claros Méndez EN FECHA 22/10/2018, CON LA PROVIDENCIA DE Fs. 14 vta. no habiéndose expresado nada al respecto; al desconocerse el paradero de WILSON SALVATIERRA MORY se lo notifica mediante edictos de fechas 12/11/2018 y 20/11/2018 con el Auto Interlocutorio 140.2018, acusación fiscal, acta de entrega de pruebas de cargo y providencia de fecha 19/10/2018 cursante a Fs. 14 vlta. No bebiendo presentado ninguna prueba de descargo correspondiente en consecuencia dictar el AUTO DE APERTURA sobre los hechos descritos en la acusación fiscal, POR TANTO: El tribunal de Sentencia de Guayaramerin, en aplicación del Art., 340 in fine del CPP dicta ATUO DE APERTURA, sobre la base de la acusación fiscal.- POR TANTO.- El tribunal de sentencia de Guayaramerin, en aplicación del art. 340 in fine del CPP dicta AUTO DE APERTURA, sobre la base de la acusación fiscal disponiendo subtantaciación de la presente causa seguida por el Ministerio Publico contra de WILSON SALVATIERRA MORY por lo probable comisión del delito LESIONES GRAVES y LEVES tipificado y sancionado por el art. 271 C.P, por lo que, de acuerdo al cronograma preestablecido se señala audiencia de juicio Oral Público y Contradictorio para el día 13 de mayo del 2019 a Hrs. 9:30 Regístrese.

Contacto EDICTO EL Dr. ANGEL FRANZ CORDERO AYOROA, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1° DE GUAYARAMERÍN. MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE CONOCER: Que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Martha Canamari en contra de Misrrain Álvarez Salas por la supuesta comisión del delito de Violación de Infante Niña, Niño o Adolescente y Amenazas previsto y sancionado por el art. 308 Bis y 293 del C.P., se dispuso mediante proveído de fecha 30 de Septiembre de 2016 la notificación mediante edictos de prensa conforme el Art 165 del CPP, para que tenga conocimiento del Pliego Acusatorio fiscal, Auto Interlocutorio de Radicatoria N° 82/2016, memorial y providencia de fecha 30 de Septiembre de 2016, a objeto de que la denunciante presente su acusación particular o se adhiera a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, debiendo en el mismo plazo de diez días la denunciante señalar domicilio procesal en este asiento judicial, bajo alternativa de tenerse como tal la secretaria del Tribunal de Sentencia Penal 1° de la ciudad de Guayaramerín. A los efectos legales se adjunta el Pliego Acusatorio Fiscal, Auto Interlocutorio de Radicatoria N° 82/2016, memorial y providencia de fecha 30 de septiembre de 2016. Firmado y Sellado.- Dr. Ángel Franz Cordero, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL N° 1 DE GUAYARAMERÍN- Ante Mí; Firmado y Sellado.- Dra. Sarah Alcocer Moreno - SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE GUAYARAMERÍN - Es todo cuanto se le hace saber a la denunciante para los fines de ley.- El presente edicto es librado en la ciudad de Guayaramerín, Segunda Sección de la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.POR ORDEN DEL SEÑOR JUEZ—SEÑOR JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR MIXTO DE LA CIUDAD DE GUAYARAMERIN Presenta Pliego Acusatoria.- Otrosíes. JAVIER RIBERT ANTELO fiscal de Materia de la ciudad de Guayaramerin defensor de la legalidad en representación de la Saciedad can la potestad emanada de las Art. 225 de la Constitución Política del Estado, en estricta relación con las Art 3 6 y14 mumeral 1) y 2), Art. 40 numeral II) 2) y 3) de la ley 260 y en cumplimiento a la señalado por el Art 323 numeral I) y Art 341 del Código de Procedimiento Penal me permita formular el presente requerimiento ACUSATORIO en contra de MISRRAIN ALVAREZ SALAS par la comisión de las delitos de VIOLACION DE INFANTE NIÑA NIÑO O ADOLECENTE AMENAZAS PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ART 308 BIS Y 293 DEL CODIGO PENAL, ante su autoridad con el debida respeto expongo y pido: I.- DATOS GENERALES DEL ACUSADO: NOMBRE Y APELLIDOS: MISRRAIN ALVAREZ SALAS NACIONALIDAD: BOLIVIANO CEDULA IDENTIDAD: 12623827 BN ESTADO CIVIL: CONCUBINO DOMICILIO ACTUAL: B/ 8 DE DICIEMBRE C/GERMAN BUSCH No 351 PROFESION U OCUPACION: ALBAÑIL FECHA DE NACIMIENTO: 28 DE DICIEMBRE 1998. DATOS DEL ABOGADO DEFENSOR: Nombre y apellidos; MANOLO RODRIGUEZ ANDRADE Domicilio Procesal: C/ SAN JOSE II.- DATOS GENERALES DEL DENUNCIANTE: Nombre y Apellidos: MARTHA CANAMARI Nacionalidad: BOLIVIANA Domicilio: B/ LOS ALMENDROS III.- DATOS GENERALES DE LA VÍCTIMA: NOMBRE YAPELIIOOS: YANETH VASQUEZ CANAMARI EDAD: 15 AÑOS FECHA DE NACIMIENTO: 22/06/1999 IV.- DESCRIPCION DEL HECHO: En el mes de diciembre del año 2013 en ocasión que la hija de la denunciante de nombre JANEHT VASQUEZ CANAMARI quien en ese tiempo tenía 14 años de edad la cual salía nuestro domicilio ubicada en el barrio las almendros, sobre la calle los enchoques con rumbo a sus trabajo lo cual era en una tienda de ropa, ella fue interceptada por cuatros sujetos, que estaban sobre 1 dos motos, tres de ellos encapuchados y un cuarto sujeto que no estaba encapuchado, según la que la propia víctima le canto a su madre que ella abría conocido a uno de ellos el cual era el ex

EDICTOS

15 novio de su hermana los cuales la subieran a la moto a la fuerza, donde fue en vano que ella quisiera gritar para pedir auxilio, porque ellos le taparan la boca y la llevaron a una casa que no conoce, y la amarraron los pies y manos a la subieron a la moto y el que estaba sin capucha la viola, el cual después de violarla la comentó de quitarle la vida a ella y a sus familiares, si comentaba a alguien lo sucedido, luego los otros sujetos que estaban con capucha la llevaron y dejaron a una cuadra de su casa sin decirle nada.- V.- FUNDAMENTACION JURIDICA DE LA ACUSADO: Del análisis de los elementos de convicción recogidos por unidad operativa de FELC-C bajo la dirección funcional estratégica del Ministerio Público, se colige que el imputado ha adecuado su conducta al tipo penal descrito y previsto por el Art 308 bis y 293 del código penal.- 1.- VIOLACIÓN DE INFANTE NIÑA NIÑO ADOLESCENTE ART. 308 BIS C.P.Quien tuviera acceso carnal con persona de una u otro sexo menor de catorce (14) años. Penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinoso, será sancionado con privación de libertad de Quince (15) a veinte (20) años, sin derecho a indulto, así no haya uso de la fuerza o intimidación y se alegue consentimiento.- 2- AMENAZAS ART. 293 C.P. El que mediante amenazas graves alarmare o amedrentare a una persona, será sancionado con prestación de trabajo de un (1) mes a un (1) año y multa de sesenta (60) días. La pena será de reclusión de tres (3) a dieciocho (18) meses, si la amenazas hubiere sido hecha con arma, o por tres (3) o más personas reunidas. Como se ha expresada, el acusada a fin de cometer el hecho a buscado la forma de conseguir su objetiva, esperándola a su víctima afuera de su casa para poder interceptarla amarrándole las manos y pies, subiéndola a la motocicleta a la fuerza y llevándola a un lugar desconocido donde procedió a violarla de esta manera la amenazo con quitarle la vida si hablaba del hecho utilizando diferentes engaños para poder conseguir su objetivo. Es por tal razón que con su conducta ha concurrido en el delito de VIOLACION DE INFANTE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE Y AMENAZAS siendo delito de orden público es obligación especial del Ministerio Publico perseguir y defender las intereses del Estado y la Sociedad conforme manda el Art 3 de la ley 1970 concordante con las Art 70 y 29 del mismo cuerpo legal antes mencionada. Par lo que con este propósito se han realizado las investigaciones del presente Caso en estricta sujeción al Procedimiento Penal y en pleno respeto de los Derechos y Garantías Constitucionales del imputado. VI - PRECEPTOS JURIDICOS APLICABLES.- El hecho antijurídico que se le ha endilgado al acusado MISRRAIN ALVAREZ SALAS, se encuentra tipificada y sancionado par el Art 308 BIS Y 293 del código Penal y presente en los Art 323 numeral I) Art 13. 171.216, 340 y 341 del Código de Procedimiento Penal Art. 225 de la Constitución Política del Estado y Art 40 numeral II de la ley 260. VII.- DE LA PERSONALIDAD DEL ACUSADO: MISRRAIN ALVAREZ SALAS, es mayor de edad sabe leer y escribir natural de Beni, además tenía conocimiento que su actuar era antijurídico y sancionado por la ley par tanto tenía conocimiento que VIOLAR A UNA MENOR DE EDAD Y AMENAZARLA es un delito y que el delito que cometía es VIOLACION DE INFANTE NIÑA NIÑO Y ADOLESCENTE Y AMENAZAS, sancionada par el código penal. Al momento de cometer el delito la denunciada se encontraba en sus cabales no existiendo ningún elemento para sostener que se encontraba asistido por una causal de inimputabilidad así como de exculpación. VIII.- OFRECIMIENTO DE LA PRUEBA: El ministerio Público a los efectos del respaldo de la presente solicitud acompaña las siguientes pruebas consistentes en: A PRUEBA DOCUMENTAL: MP-D1.- Denuncia de fecha 29 de diciembre de 2016 a Fs. (2) originales.- MP-D2.- Requerimiento de examen médico legal de fecha 29 de diciembre de 2014 A fs. (l) original. MP-D3.- certificado médico forense de fecha 29 de diciembre de 2014 A fs. (l) original.- MP-D4- Certificado médico de fecha 02 de marzo de 2015 A fs. (1) original.- MPD5.- Informe psicológico de fecha 31 de diciembre de 2014. A fs. (3) original.- MP-D6- Informe policial de fecha II de marzo de 2015 A fs. (I) original.- MP-D7.- Formulario de entrevista de la Sra. Ángela Chávez Suarez, de fecha II de marzo de 2015 A Fs. (1) original.- MP-D8.- Imputación formal de fecha 27 de marzo de 2015 A fs. (2) originales.- MP-T1.- Sra. Martha Canamari, mayar de edad hábil por derecho vecina de esta ciudad

quien declarara sobre los hechos con domicilio en el barrio los almendros calle los enchoques s/n.- MP-T2- Sgto Margarita Salas Aruquipa, policía asignada Al caso con domicilio en la FELC-V de esta ciudad quien declarara sabe el caso en cuestión. IX.- PETITORIO.- Por lo extensamente expuesto yo JAVIER RIBERT ANTELO fiscal de Materia de Guayaramerin en representación de la Sociedad, como Director de la presente investigación, en méritos a los argumentos de hechos y derecho expuestos, dentro de la Investigación seguida par el Ministerio Publico a denuncia de MARTHA CANAMARI en contra de MISRRAIN ALVAREZ SALAS, par la comisión del delito de VIOLACIÓN DE INFANTE NIÑA NIÑO 0 ADOLESCENTE Y AMENAZAS ilícito previsto y sancionado por el Art. 308 BIS Y 293 del Código Penal pidiendo previas las formalidades de rigor se dicte Auto de Apertura de Juicio y se señale día y hora de audiencia para la celebración del Juicio Oral Publico y Contradictorio tal como establece el Art 343 y siguientes de la Ley 1970, para que concluida se Dicte Sentencia Condenatoria en la cual se la declare Culpable a MISRRAIN ALVAREZ SALAS de la comisión del delito mencionada, y se la condene a una pena de reclusión de libertad de veinte (20) años, a cumplir en la Carceletas Publica Las Palmas de Guayaramerin dado la gravedad y conducta del acusado, y sea con todas las formalidades y condenaciones de ley.- Otrosí 1.- En cumplimiento del Art 98 del Código del adjetiva de la Materia, adjunta a la presente acusación, la declaración informativa del hoy acusado MISRRAIN ALVAREZ SALAS de fecha 11 de marzo del 2015.Otrosí 2.- adjunto a la presente acusación toda las pruebas. Tanto testificales como documentales, y pericial.- Otrosí 3.Toda vez que en el caso de autos, existe denuncia y al haberse indicado su domicilio de la víctima, es que se deja constancia que será la actora la que deberá correr con la carga de coadyuvar con las notificaciones respectivas, así como con la de los testigos propuestos, a fin que tenga en cuenta al resolver. Otrosí 4.- A efectos de notificaciones señalo como domicilio la secretaria de la fiscalía de Guayaramerin, sito calle Tarija frente de la defensoría de la niñez y adolescencia Guayaramerin, 24 de febrero del 2016…EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No 1 DE GUAYARAMERIN DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE MISRRAIN ALVAREZ SALAS POR LA PROBABLE COMISION DEL DELITO DE TENTATIVA DE VIOLACION DE I.N.N. y A. y AMENAZAS, PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTS. 308 BIS y 293 DEL CP.- Resolución N° 122/16…AUTO INTERLOCUTORl0 N° 82/16…Guayaramerín, 20 de julio del 2016.- VISTOS: La acusación fiscal, los antecedentes del proceso y; CONSIDERANDO: Que, habiendo sido remitida la causa dentro del caso de autos, el art. 340 del CPP, modificado por la Ley N° 586 Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, que establece: I.- "Recibida la acusación ante el Juzgado o Tribunal competente y radicada la causa en el día, la autoridad judicial notificará al Ministerio Público para la presentación física de las pruebas ofrecidas, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, bajo responsabilidad.- II.- La o el Juez, o la o el Presidente del Tribunal de Sentencia, dentro de las veinticuatro (24) horas de recibidas las pruebas de la acusación fiscal, notificará a la víctima o querellante para que presente la acusación particular o se adhiera a la acusación fiscal, y ofrezca las pruebas de cargo dentro del término de diez (10) días, en caso de que se ofrezcan otras pruebas distintas a las referidas en el pliego acusatorio del Ministerio Público, obtenidas legalmente, éstas deberán ser presentadas con la acusación particular o con la adhesión a la acusación fiscal. El no ejercicio de este derecho por la víctima, no impedirá su participación en el juicio y de las etapas posteriores conforme al Artículo 11 del presente Código.- POR TANTO: El Tribunal de Sentencia Penal No 1 de la ciudad de Guayaramerín, en aplicación a lo establecido por el art. 340 del CPP, se RADICA la causa en este despacho judicial, se dispone en consecuencia la notificación al Ministerio Publico a objeto de que en el plazo de 24 Hrs contados a partir de Su legal notificación, presente físicamente las pruebas de cargo, ofrecidas en la acusación fiscal.


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Jueves, 21 de febrero de 2019

Depo

Histórico

Dellien se mete en los cuartos del ATP de Rio

Late Agencias Imparable, así parece el andar de Hugo Dellien en Rio de Janeiro, vive una semana soñada, ganó su duelo ante el español Roberto Carballés Baena y ahora se mete entre los ocho mejores del torneo, ahora enfrentará el viernes al esloveno Aljaz Bedene. Hugo Dellien parece experto en estas lides, y es apenas su segundo partido ganado en este nivel, un ATP 500 que apunta a ser el salto en su carrera tras varios años de lucha constante para estar a este nivel. En el juego que duró Dos horas y dos minutos, Hugo comenzó seguro, sin atacar demasiado, hasta que el español le quebró el servicio, ahí en el momento decisivo del primer set Hugo se puso 4-5 abajo y decidió salir a buscar su sueño, lo dio vuelta

7-5 y un inicio de segundo set de película, un 4-0 que parecía encaminarlo a cuartos. Sin embargo Carballés Baena volvió al ruedo logrando un 4-4 de infarto, ahí salió de nuevo el Tigre de Mojos, se lo comió al Ibérico para sellar el 7-5 y 6-4 final en Rio de Janeiro. En su natal Trinidad, vienen siguiendo con mucha atención cada uno de sus partidos y sobre todo, desde el momento que entró al cuadro principal, hay confianza en lo que pueda hacer en este torneo. Es un momento histórico en la carrera de Dellien Velasco, porque es el primer boliviano que llega a cuartos de final en este tipo de torneos. El viernes enfrentará al esloveno que representa a Gran Bretaña, Aljaz Bedene que se encuentra en el puesto 89 del ranking de la ATP y tiene 29 años.

Hugo Dellien imparable en el Open ATP de Río. Foto Hugo Dellien

Fútbol de salón infantil

Fútbol

Escuela de Crack’s quiere sumar a costa de Neil Roca Contacto Trinidad En una nueva fecha del campeonato de varano infantil de fútbol de salón que lleva adelante la Asociación Departamental de fútbol de salón, el equipo sub 10 de la escuela de Crack’s, quiere sumar los tres puntos este jueves a costa del quinteto de Neil Roca. Los de la Escuela de Crack’s quieren demostrar que los conocimientos y el trabajo que vienen realizando día a día con sus profesores, está dando sus frutos, con el buen manejo de balón y juego de conjunto. Carlos Montero, entrenador y director

Equipo de la Escuela de Crack’s, categoría sub 12, junto a su entrenador Carlos Montero. Foto EC

de la Escuela, manifestó que se sienten satisfechos con el rendimiento que van obteniendo sus equipos en este campeonato, porque más que los resultados, interesa el desenvolvimiento de cada uno de los niños en la cancha. Montero mencionó que están participando con las categorías sub 8, 10, 12 y 14, las cuales están mostrando un buen nivel, donde sale a relucir la destreza y el buen manejo de balón que tienen en el campo de juego. Será un excelente partido, porque a pesar de la corta edad que tienen, ambos equipos tienen jugadores que desequilibran en cualquier momento. Esta la programación de partidos: 16:40 Pompeya Vs. Universitario, sub 14 17:15 Escuela Municipal Vs. Galácticos, sub 12 17:50 Deportivo Fátima Vs. AF Gran Moxos, sub 14 18:25 Proyecto Yucas Vs. AF Gran Moxos, sub 12 19:00 Tigritos Vs. AF Gran Moxos, sub 6 19:35 Neil Roca Vs. Escuela de Crack’s, sub 10 20:10 Tigritos Vs. AF Gran Moxos, sub 10 20:45 Pompeya Vs. Neil Roca, sub 12 21:00 Deportivo Fátima Vs. Barcelona LMS, sub 20

Bolívar salvó un punto ante Aurora

El Deber Cochabamba Bolívar salvó un empate ante una Aurora (3-3), en los últimos minutos pero perdió la punta del torneo Apertura en un partido donde se cobraron tres penales. El cotejo se cumplió en el estadio Félix Capriles donde el capitán académico Juan Carlos Arce falló desde los doce pasos. Bolívar buscó aplicar su guión de dominador ante una Aurora que decidió controlar sus arremetidas. La academia consiguió el penal tras falta del paraguayo José Fleitas contra Arce. El ‘conejo’ pudo anotar el primero pero el arquero Agustín Cousillas intuyó el remate y la desvió al corner (10’) La academia no podía definir pero Juan Miguel Callejon sepultó las preocupaciones con definición imposible para el guardameta argentino sobre el minuto 28. Los académicos siguieron insistiendo ante un equipo de pueblo que buscaba salir de contra. El empate llegó siete minutos después, tras acción de Álvarez que aprovechó la licencia en la zaga celeste (35’), para el 1-1. El empate se impuso en el primer tiempo. Para el complemento surgió la habilidad de Diogo Kachuba. El brasileño fue todo un dolor de cabeza para la zaga celeste, y por momentos, intratable para Luis Gutiérrez, además de José Jusino. El brasileño sufrió la falta que posibilitó el gol de penal de Iván

Huahuata (52’). Posteriormente, el brasileño aprovechó un pase profundo para asaltar la disminuida defensa académica y batir al arquero Saidt Mustafa (72’). 3-1. El técnico aurorista, Marcos Ferrufino empezó a cerrar el partido con el ingreso de José Reyes por Kachuba en defensa, con la mala fortuna que cedió el rebote para el disparo de Jorge Pereyra que achicó diferencias (83’). El mismo jugador tocó con la mano en otra acción y permitió el penal del empate de los celestes mediante Callejon (90+1’). Bolívar suma un punto que lo deja en la segunda casilla con 15 puntos, uno menos, del nuevo líder: Nacional Potosí (16’). Otros resultados Real Potosí 1 Vs. Nacional Potosí 3 Blooming 3 Vs. Royal Pari 1 Guabirá 1 Vs. Always Ready 1

Jugadores de Aurora y Bolívar disputan el balón. Foto Los Tiempos


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