TRINIDAD. PRECIO BS 4 PAÍS BS 5. VIERNES 22 DE MARZO DE 2019. AÑO VII NÚMERO 2323 - 20 PÁGINAS
46-33000 Desde el Ministerio de Justicia, se confirmó la presentación de una denuncia penal contra los aprehendidos.
Corrupción en Riberalta: detienen a concejal y a un funcionario edil Las dos personas fueron aprehendidas por supuestos cobros de hasta Bs200.000 para la adjudicación de obras, según informe del viceministro de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, Diego Jiménez. Solicitarán que se investigue también Pág. 07 al alcalde Omar Núñez. TRINIDAD
ABC incumplió cronograma de inspección a carretera, Añez En la ABC se asegura que su presidente y colaboradores se encuentran en Puerto Teresa (Yata), trabajando en la rehabilitación de la plataforma. Foto ABC Pág. 08
Impuestos alista norma para que tribute Netflix Además, el presidente del SIN, Mario Cazón, no descarta una alianza con WhatsApp para fiscalizar las actividades en esa red social. Pág. 06
Asofrac: ‘Jaranerazos’ son los coronadores del carnaval 2020 “La participación constante de esta comparsa durante 20 años, hizo que nosotros como Asofrac, tengamos la predisposición de aceptar la solicitud”, expresó Igor Melgar, presidente de Asofrac. Se espera tener un Pág. 08 evento diferente a otros años. Foto Contacto PAÍS
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Una oficina regional del organismo expresa su inquietud por los casos de la ciudadana brasileña y la denuncia contra un magistrado del TCP. Pág. 04
En su carta, la ahora exfuncionaria hace notar la permanente “descalificación” de las propuestas sugeridas a la Sala Plena. Pág. 05
ONU 'preocupada' por personeros involucrados en casos de violencia
TSE: Dimite la directora nacional de Procesos Electorales
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Viernes, 22 de marzo de 2019
Pérdida de perspectiva Fernando Rodríguez Mendoza*
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a sociedad boliviana es cíclica al presentarse situaciones de diferente índole, una vez puede ser por asuntos ecológicos, otra por escándalos de personas públicas, ahora estamos en una etapa en la que la violencia contra la mujer acapara la atención de propios y extraños. El enfoque que se da en la discusión se centra en dos aspectos puntuales, la víctima y el agresor. A las víctimas, la prensa amarilla les da la cobertura forzada que busca el lado morboso de los hechos y no respetan en absoluto la intimidad y el dolor de la víctima y de su entorno familiar. A los agresores se los victimiza, se les tapa las caras para que no se vea el rostro de los delincuentes y a troche y moche anuncian que respetan sus derechos y la prensa (la misma que acosa y aturde a las víctimas y sus familias) así lo hacen, salvo que se les dé el resquicio para crucificarlos y exponerlos en el escarnio y mejor si acaso se ha filtrado que son inocentes. Hay que considerar que la violencia contra la mujer tiene varias aristas, entre ellas tenemos las violaciones, la violencia doméstica, el acoso sexual y laboral, la infidelidad del cónyuge que no tendrá características de violencia, pero su efecto es devastador para la familia, el sometimiento lindante con el servilismo. No es que uno sea más grave que el otro, porque para las víctimas y sus familias, cualquiera de esos esquemas, afecta gravemente el entorno familiar. Analizando los casos de violencia contra la mujer los elementos más importantes son el resultado del delito (la víctima) y el causante del mismo (el agresor) y se exige que las leyes sean más duras y que castiguen a los culpables, lo que interesa es el inmediatismo y la venganza solapada. No he visto, en ninguna situación en la que se presenta la violencia contra la mujer, un elemento (tal vez el más
importante en esta ecuación) que es entender por qué el agresor asume esa conducta y realiza esos actos sin considerarlos delito. Sin entrar en un estereotipo, las personas que agreden y actúan con violencia contra la mujer, son personas que durante su infancia y niñez, han sido testigos, sino víctimas, de la violencia con la que el padre actuaba en contra de la madre, con el agravante, que no se trata de hechos aislados, sino que son recurrentes y forman parte de ese entorno familiar maligno, porque el niño que inicialmente es testigo de esta conducta violenta (dejando aclarado que no debe ser solo física para considerarse violencia, sino también verbal y moral), puede ser también víctima, y va criándose en un entorno familiar donde se convierte en costumbre que el padre actúe violentamente contra la madre. No es un justificativo, pero si es un elemento que debe empezar a atacarse mediante la educación familiar, educación escolar y a todo nivel para mostrar que esa violencia no es normal dentro de la familia y que se la debe atacar para que después los hijos de ese hogar violento contra la mujer sepan reaccionar y no repetir las conductas que vieron en el pasado. La educación es vital para disminuir la violencia contra la mujer, cambiando en aspectos tan simples como que la mujer es una persona que se debe respetar independientemente del rol que cumple en la sociedad. Deben existir programas sociales con el apoyo de los medios de comunicación, para revalorizar el lugar de la mujer como ser humano, no como política, profesional o madre de familia. La sociedad en su conjunto debe empezar a cambiar su forma de pensar y llegar a los hogares para que sus miembros se den cuenta que no es normal ejercer violencia contra la mujer. Así se verá que disminuyen estos delitos. (Tomado de Los Tiempos) *Abogado
No es un justificativo, pero si es un elemento que debe empezar a atacarse mediante la educación familiar
Palabras que iluminan... Porque yo te mando hoy que ames a Jehová tu Dios, que andes en sus caminos, y guardes sus mandamientos, sus estatutos y sus decretos, para que vivas y seas multiplicado, y Jehová tu Dios te bendiga en la tierra a la cual entras para tomar posesión de ella. Deuteronomio 30:16
1895 - los hermanos Lumière (Auguste y Louis) dan la primera exhibición de una película cinematográfica. 1904 - el periódico estadounidense Daily Illustrated Mirror publica por primera vez en la historia una fotografía en color. 1911 - en Kiel (Alemania) se procede a la botadura del Kaiser, primer crucero del mundo propulsado por turbinas. 1982 - el grupo inglés de Heavy Metal Iron Maiden publica el disco The Number of the Beast, que conseguiría el primer número uno del grupo en las listas del Reino Unido. 1994 - en el Vaticano, Juan Pablo II emite un nuevo documento papal que prohíbe a los sacerdotes la militancia política y sindical. 2002 - una jueza británica autoriza aplicar la eutanasia pasiva a una paciente. 2004 - se celebra el Día Mundial del Agua, según la resolución n.º 47 de la ONU. El tema elegido para este año es "Agua y Desastres".
Viernes, 22 de marzo de 2019 EMERGENCIA Hospital Trinidad 160 Hospital Cossmil 161 Materno Infantil 162 Hospital Obrero 163 Banco de Sangre 164 SEDES 168 Bomberos Pol. 119 Bomberos Vol. 154 Defensa Civil 4624288 Radio Patrulla 110
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Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Universidad Autónoma del Beni Daniel Bogado Egüez*
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espués de muchos años de trabajo con los infraestructura, equipamiento e inversión en proyectos, Centros e Institutos de investigación, se formación Posgradual de docentes, fortalecimiento logró concluir el Plan de Ciencia, Tecnología a las bibliotecas virtuales, las Revistas Científicas y e Innovación de la Universidad Autónoma la Fexpociencia que permite exponer los trabajos de COTIZACIÓN del Beni. Este plan se convierte en el instrumento investigación y concursar con otras universidades del Dólar técnico y científico para que docentes y estudiantes sistema universitario. 6.86 puedan enmarcar sus programas y proyectos de Asimismo, el Plan contempla la creación de un software Compra para dar seguimiento y 6.96 investigación en base a los Venta objetivos estratégicos y líneas evaluación a todos los UFV de investigación. proyectos de investigación Esperamos que este Bs 2,12392 por UFV El plan cuenta con 7 objetivos científica que realicen las estratégicos y 10 líneas de Carreras, Centros e Institutos plan reactive la investigación: Gestión del de Investigación de la UAB. investigación científica Conocimiento y formación JB, de esta manera se creará una base de datos al servicio Fuente www.bcb.gob.bo de talentos; Salud y Ciencias en la Universidad, que los de la vida; Agropecuaria de la comunidad universitaria PRONOSTICO DEL TIEMPO y Forestal; Biodiversidad, e investigadores del interior Mínima Máxima Viento docentes y estudiantes Recursos Naturales y Medio como del exterior del país. SUDESTE Ambiente; Gestión integral Las autoridades universitarias, 22ºC 32ºC 3.9 Km/h de recursos hídricos; dediquen más tiempo a la junto a la Dirección de Fuente SENAMHI Mitigación y adaptación al Investigación y Extensión Mañana Tarde Noche investigación cambio climático; Economía, de Pregrado encargados Desarrollo Social, Educación, de su elaboración, se derecho, Estado y Sociedad; comprometen a ejecutar, Transporte, vialidad y comunicación; Desarrollo monitorear y evaluar los proyectos de investigación Nuboso Chubascos Nuboso Industrial Tecnología e innovación, Saberes Locales y con la seguridad de generar nuevos conocimientos que Conocimientos ancestrales serán puestos al servicio de la comunidad universitaria A través de estas líneas de investigación, la UAB, y la sociedad en general. Esperamos que este plan guiará su accionar en la formación científica de los reactive la investigación científica en la Universidad, estudiantes, cualificación de conocimientos de docentes que los docentes y estudiantes dediquen más tiempo Un paloma mensajera y coadyuvará el desarrollo socioeconómico de la región. a la investigación para así servir mejor a la región que subastada en $1.5 Así mismo el objetivo del plan es fortalecer a las requiere el concurso de la universidad dando líneas y millones de dólares Direcciones, Centros e Institutos de Investigación con asesoramiento en su desarrollo integral.
Sobre el tema del Silala
Una paloma mensajera belga se ha vendido en la exhorbitante cantidad de casi $1.5 millones de dólares, más de tres veces el récord mundial, después de una guerra de ofertas entre dos aficionados chinos. ¿Qué tiene de especial? La paloma de carreras llamada Armando, tiene una gran cantidad de admiradores y fue bautizado como el “Lewis Hamilton de las palomas”, en Bélgica. En el sitio web de la subasta, Pigeon Paradise (PIPA), dijeron: “Nadie esperaba esto”. La casa de subastas también la reconoció como “la mejor paloma belga de larga distancia de todos los tiempos“. ¿Por tan cara? El precio tan alto que ha alcanzado la paloma se debe al entusiasmo chino por la carrera de larga distancia de las palomas mensajeras, y como se trata de un tradicional deporte en Bélgica, las palomas son muy apreciadas. Al tratarse de un campeón, Armando alcanzó la cifra de $1.42 millones de dólares por un comprador chino anónimo.
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as aguas del Silala siguen en controversia por la demanda que ha presentado Chile ante la Corte Internacional de La Haya, alegando que estas aguas provienen de un río de curso internacional y, por tanto, el vecino país alega que el uso de estas aguas le corresponde. Como en el caso del territorio que nos han usurpado, se inventan derechos que nos perjudican. Todo esto se encuentra ampliamente documentado en un libro del Ing. Antonio Bazoberry Quiroga, titulado “El mito del Silala”, editado por Plural, en dos ediciones, la primera del 2003 y la segunda del 2016. Como claramente lo demuestran numerosos estudios, desde el inicio de la controversia, son aguas provenientes de acuíferos subterráneos de larga data, que fueron inicialmente utilizadas por la empresa de ferrocarriles Antofagasta-Huanchaca, posteriormente denominada Antofagasta -Bolivia en el periodo de 1884-1907. Ese uso se dio cuando las locomotoras se movían con vapor de agua. Una parte de esas aguas posteriormente fue utilizada para dotar de agua a las poblaciones del norte de Chile. Como anota Bazoberry, “de acuerdo con la Resolución Administrativa No. 71/97 dictada por la Prefectura de Potosí el 14 de mayo de 1997, se revocó la concesión al FCAB que le otorgaba el permiso de construcción de canales y el aprovechamiento de aguas para el llenado de los calderos de las locomotoras a vapor y se dejó sin efecto la escritura pública No. 48 del 28 de octubre de 1908. En igual forma se canceló la inscripción de la concesión
Hernán Zeballos en las Oficinas de Derechos Reales del Departamento de Potosí”. Luego el texto presenta información clara sobre el hecho de que las aguas que fueron utilizadas por Chile son aguas subterráneas y no de un río. Con la demanda internacional presentada por Chile, el problema del Silala sigue en pie y, por tanto, las iniciativas que se formulen en el país para defender nuestros derechos deben ser cuidadosamente analizadas y utilizadas, si así lo merecen. Por ello quiero destacar una valiosa publicación de la Asociación de Periodistas de Cochabamba, bajo el título: “Las aguas del Silala - Luces y Sombras”, Editorial Kipus, 2009. En su parte propositiva, este documento presenta las bases de un acuerdo que habría sido preparado por las Cancillerías de ambos países y que en su versión final habría sido preparado el 28 de julio del 2009. Por las Cancillerías de ambos países como resultado de un Grupo de Trabajo conformado el 2004, que plasmó sus resultados en las actas suscritas el 6 de mayo de 2004, el 20 de enero de 2005, el 10 de junio de 2008 y el 14 de noviembre de 2008. El artículo 1 de este Acuerdo señala: “Establecer un acuerdo bilateral para la preservación, sostenibilidad, uso y aprovechamiento del sistema hídrico del Silala o Siloli para beneficio de ambas partes”. Frente a este aparente avance sobre el tema SILALA, uno se pregunta: ¿y por qué la demanda chilena ante La Haya? (Tomado de El Diario)
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4 MINISTRO DE GOBIERNO
Romero recibe voto de confianza de Legislativo
Una oficina regional del organismo expresa su inquietud por los casos de la ciudadana brasileña y la denuncia contra un magistrado del TCP.
ONU está 'preocupada' por casos de violencia que involucran a personeros
ABI La Paz El ministro de Gobierno, Carlos Romero, recibió el jueves el voto de confianza de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) después de exponer las acciones policiales para combatir las actividades vinculadas a la producción de drogas y al narcotráfico, en una interpelación que solicitó el oficialismo tras una emboscada a uniformados en el trópico de Cochabamba. "Queremos resaltar que las preguntas han sido en su totalidad absueltas por el ministro, lo que ha derivado en un voto de confianza de la Asamblea Legislativa", dijo la presidenta del Senado, Adriana Salvatierra, en conferencia de prensa. Romero respondió a 11 preguntas y "se ha desmentido, estructuralmente, que existirían ciertas flexibilidades respecto a determinadas zonas de cultivos de hoja de coca", agregó. A principios de este mes, un grupo de policías fue emboscado y atacado en la comunidad San Rafael, en el trópico de Cochabamba, por personas presuntamente vinculadas al narcotráfico; opositores criticaron una supuesta falta de control en esa zona cocalera, al contrario de lo que ocurre en los Yungas de La Paz.
Romero respondió a 11 preguntas. Foto ABI
Viernes, 22 de marzo de 2019
En los últimos días existieron casos que consternaron a la población. Foto referencial/Milenio La Razón/agencias La Paz La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) expresó su “profunda preocupación” por las recientes denuncias de violencia contra mujeres que involucran a servidores públicos de Bolivia. Así lo hizo saber en un comunicado que publicó el 20 mar-
zo la oficina del organismo internacional, donde apunta dos casos: el de la mujer brasileña que estuvo privada de libertad en Rurrenabaque y denunció que fue violada reiteradamente por policías y el del magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional Orlando Ceballos, implicado en un caso de violencia intrafamiliar. “En cumplimiento del marco normativo nacional, la Oficina Regional alentó al Estado a
continuar con las investigaciones de oficio sobre estas denuncias y a velar porque todos los casos de violencia contra las mujeres sean investigados y sancionados oportunamente”, señala el comunicado. No obstante, hace saber también que ACNUDH saludó las medidas anunciadas por el Estado para investigar estas denuncias, “en especial cuando involucran a servidores públicos responsables por hacer cumplir las leyes, quienes deben mantener un actuar intachable no solo en el ejercicio de sus funciones públicas, sino también en el ámbito privado”. Además, resaltó “la importancia de que los casos de violencia de género no sean abordados como delitos aislados, sino que las autoridades del Estado enfrenten las causas estructurales de la violencia y discriminación contra las mujeres, combatiendo así los estereotipos de género a través de acciones efectivas e integrales”. El 8 de marzo, tras una inves-
tigación, el senador Yerko Nuñez reveló que la brasileña E. C. de A, de 21 años, denunció que fue violada reiteradamente por policías en la carceleta de Rurrenabaque, donde estuvo recluida por un año. Ocho policías fueron aprehendidos por ello y actualmente son investigados, mientras que la mujer fue liberada tras que el proceso en su contra fuera anulado por un juez. En el caso de Ceballos, fue denunciado por su pareja, Carmela Wilma T, por una presunta agresión física y verbal ocurrida el domingo 10 de mayo, la que fue acompañada por un informe forense. No obstante, cinco días después pidió perdón a su esposa y, junto a ella, dijo que se trató de un problema familiar. Luego pidió licencia hasta que concluya una investigación que comenzó el Ministerio Público. En el comunicado, se recuerda que Bolivia recibió recomendaciones de mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas.
CONFLICTO POR ACTIVIDAD HIDROCARBURÍFERA
Reserva: Violencia y tensión en Tariquía con irrupción policial Erbol Tarija Comunarios, asambleístas y representantes denunciaron que la mañana de este jueves, efectivos policiales irrumpieron por la fuerza dentro del territorio de la Reserva Nacional de Flora y Fauna de Tariquía, en la zona de Chiquiacá Norte, reportó el periodista Mario Fernández de la red Erbol. Según la denuncia, las fuerzas policiales rompieron el cerco y bloqueo iniciado la tarde del miércoles por comunarios y activistas que se oponen a la actividad hidrocarburífera en la reserva nacional. Policías pertrechados con gases y armas arremetieron a un grupo donde se encontraban niños, mujeres y ancianos, según confirmaron medios locales y la propia asambleísta
departamental, María Lourdes Vaca, quien expresó su preocupación porque “mujeres, niños y personas de la tercera edad están siendo avasalladas”. En un anterior conflicto, se había acordado una reunión para el 25 del presente con los comunarios de Chiquiacá Norte, pero hoy sorpresivamente se adelantó la reunión sólo con los que están de acuerdo con las actividades extractivas dentro de la Reserva y se procedió con la violenta intervención policial, relataron medios locales. El senador Fernando Campero Paz, denunció que son más de 200 efectivos. Aseveró que entre los manifestantes de Tariquía están mujeres, niños y campesinos. “Es un movimiento popular, no había políticos”, aseguró. Del lado del oficialismo, el di-
Captura de pantalla de un video del choque con la Policía. Imagen tomada de Erbol rigente de los Interculturales, José Yucra acusó a la dirigencia cívica del Tarija de reclutar activistas urbanos para enfrentar a la población y dijo
que la reunión propiciada por el Ministerio de Hidrocarburos se trataba de una reunión técnica para explicar detalles del proyecto.
Viernes, 22 de marzo de 2019
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En su carta, la ahora exfuncionaria hace notar la permanente "descalificación" de las propuestas sugeridas a la Sala Plena.
Directora Nacional de Procesos Electorales presenta su renuncia
Agencias Redacción central La directora nacional de Procesos Electorales del Tribunal Supremo Electoral, Rafaela María Goretti del Consuelo Grigoriú presentó su renuncia al cargo. En su carta hace notar la permanente "descalificación" de las propuestas sugeridas a la Sala Plena, según informe de la ANF. Grigoriu tiene una extensa trayectoria vinculada al ámbito electoral. Fue presidente y vocal del Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba y por su experiencia pasó a ocupar el cargo de Directora de Procesos Electorales. La ahora exfuncionaria manifestó que con mucho esfuerzo se logró implementar el Servicio de Procesos Electorales, con el objetivo de la estandarización de los procesos con miras a la obtención de la certificación
del ISO electoral. "La situación ha llegado a un punto en el cual al no contar con la confianza de la Sala Plena considero pertinente presentar mi renuncia al cargo que desempeño, misma que será efectiva al completar el uso de las vacaciones que por ley me corresponde", dice su carta de dimisión a la que accedió ANF. Asimismo, señala que desde hace un tiempo "no ha contado con el apoyo y la confianza de la Sala Plena, percibiendo por el contrario un permanente rechazo y descalificación de todo lo que se proponía, con afirmaciones que ponen en duda las intenciones con las que se realiza cualquier propuesta y actividad". Roxana Ybarnegaray que fue destituida a principios del mes de marzo, también dijo que la Sala Plena le había quitado su apoyo, y que no respondía a los re-
Consuelo Grigoriú, renunció al cargo de directora de Procesos Electorales. Foto archivo/Los Tiempos querimientos para la implementación del Servicio de Registro Cívico (Sereci) de Santa Cruz, después de la quema de sus oficinas. Ybarnegaray fue vocal (2001-2005 y 2009-2010), luego ocupó el cargo de directora del Servicio de Registro Cívico (Sereci) de Santa Cruz; sin embargo, la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE),
María Eugenia Choque, prescindió de sus servicios sin mayor explicación. Fuentes vinculadas al TSE dijeron a ANF que desde la renuncia de Katia Uriona, José Luis Exeni y Dunia Sandoval y con la nueva presidencia del TSE no solo se dieron renuncias sino destituciones de personal clave en el Órgano Electoral.
Cúpula de choferes dice que no se renunciará a ‘aportes’ en el peaje
Erbol La Paz La cúpula dirigencial de los choferes aseguró este jueves que no se renunciará a los
“aportes” de 20 centavos, que pagan los transportistas sindicalizados como adicional a la tarifa del peaje de la Autopista. “Con referencia a los 0.20 centavos, el transporte no va a re-
OBLIGATORIO
Trabajan en norma para examen médico ABI La Paz
EN MEDIO DE AMPLIADO DIVIDIDO
Ejecutivo nacional Ismael Fernández, Departamental Rubén Sánchez y de El Alto Germán Tarqui. Foto Erbol
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nunciar a ese aporte voluntario que hacen la autopista”, afirmó el ejecutivo de la Confederación Nacional de Choferes Ismael Fernández, en una conferencia de prensa junto al ejecutivo de la Federación Departamental, Rubén Sánchez. Fernández cuando fue dirigente de la Federación Departamental recibió unos 2,5 millones de bolivianos por ese aporte, mientras que Sánchez hasta 2017 ya había recibido alrededor de 2,8 millones. Vías Bolivia, encargada del peaje, deposita ese dinero a diario a los choferes para un Fondo Pro Salud. Los dirigentes se pronunciaron en el ampliado que realizaron este jueves en La Paz, después de que un grupo de sindicatos abandonó la reunión denunciando que ya estaba todo “cocinado” para que la cúpula salga limpia. Fernández aseguró que en el ampliado hubo una conformi-
dad “contundente” con la actual dirigencia. Indicó que desde el 15 de abril se convocará a ampliados para que los exdirigentes vayan a rendir cuentas del dinero que administraron, pero no se tolerará intermisiones. “No se va a permitir ni tolerar la intromisión de ningún político y otra instancia que no sea al interior del transporte sindicalizado”, dijo. Sánchez, por su parte, informó que se sancionó a los secretarios generales de dos sindicatos, Abaroa y Murillo, quienes “injuriaron” a los dirigentes. Los sancionados son los que encabezan un movimiento que cuestiona a la cúpula de los choferes y su manejo económico. Agregó que se presentará ante la justicia para demostrar su inocencia. “No hay esas supuestas cifras millonarias que habían enlodado a la actual dirigencia”, dijo.
La ministra de Salud, Gabriela Montaño, informó el jueves que su despacho, en coordinación con otras carteras, trabaja en una propuesta "concreta" sobre el planteamiento que hizo el presidente Evo Morales del chequeo médico obligatorio, para prevenir enfermedades. "Vamos a trabajar técnicamente y seguramente con el Ministerio de Planificación, Economía y Finanzas y otros ministerios tendremos una propuesta concreta en algunas semanas", dijo en conferencia de prensa. Montaño no descartó que esa propuesta sea presentada como proyecto de ley ante la Asamblea Legislativa Plurinacional. A su juicio, la propuesta del mandatario es un "mecanismo de prevención importante", y un nuevo desafío para el Gobierno. La ministra señaló que esa propuesta sería similar a la declaración jurada que realizan los funcionarios ante la Contraloría General del Estado en el día de sus cumpleaños. Indicó que, si la población ejerciera de mejor manera los mecanismos de prevención en salud, Bolivia tendría los mejores estándares en salubridad. Recordó que en el país está vigente el Decreto Supremo 1496, que reglamenta la Ley 252 y que establece que las servidoras públicas pueden disponer de una jornada laboral para someterse a un examen de Papanicolau y Mamografía.
La ministra de Montaño en una conferencia de prensa. Foto Min. Salud
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6 REEMPLAZA A MARÍN
Exministro Guillén es el nuevo gerente del Unión
Además, el presidente del SIN, Mario Cazón, no descarta una alianza con WhatsApp para fiscalizar las actividades en esa red social.
Impuestos alista norma para que tribute Netflix
Agencias Redacción central El exministro de Economía y Finanzas Públicas, Mario Guillén Suárez, es el nuevo gerente general del Banco Unión S.A. La autoridad asumió el cargo en reemplazo de Rolando Marín quien fue destituido en las últimas horas. La nueva designación fue comunicada en la cuenta oficial del Ministerio de Comunicación. En tanto, mediante un tuit Guillen agradeció al presidente Evo Morales Ayma por la confianza depositada en su persona. “Gracias por la confianza hermano @ evoespueblo. Este tiempo al mando del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas reafirmó mi compromiso de lucha constante por nuestra querida Bolivia”, escribió. Mario Guillén Suárez ocupó el cargo de Ministro de Economía y Finanzas Públicas desde junio de 2017 hasta el 23 de enero de 2019, cuando entregó el puesto a Luis Arce Catacora.
El exministro Guillén, es el nuevo gerente general del Banco Unión S.A. Foto @mincombolivia
Viernes, 22 de marzo de 2019
El portal de Netflix, que oferta servicio de videos por internet. Foto As.com La Razón/agencias La Paz El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) no descarta crear una aplicación o aliarse con la transnacional WhatsApp para fiscalizar las actividades comerciales en esa red social, indicó el presidente de esa repartición fiscalizadora estatal, Mario Cazón. Pero no es todo, además reveló que su despacho alista un proyecto de norma para que Amazon, Trivago y Netflix paguen impuestos.
“Nosotros, como administración tributaria podríamos suscribirnos a esa empresa (WhatsApp) para que nos proporcionen esos movimientos donde haya comercio, por tanto nos van a pasar esa información o en su caso nosotros tenemos que hacer una aplicación para controlar”, indicó Cazón este jueves en una entrevista con la red de televisión Uno. Es común encontrar en redes sociales a personas que ofrecen servicios, productos o bienes que en muchos casos no tribu-
tan. Por ejemplo, en Facebook se habilitó un espacio denominado Marketplace en el que se hacen ofertas de compra y venta de artículos en una comunidad de forma muy práctica y pública. En Bolivia, además se crearon grupos como “Mercado Huyustus ofertas”, “Barrio chino” o “Guerra de subastas”, entre otros, que están destinados al comercio. Pero en WhatsApp esas actividades son limitadas a un pequeño número de usuarios que conforman grupos de venta, un aspecto que dificulta su fiscalización. De todas formas, el SIN busca mejorar los controles. “Estamos trabajando, estamos controlando y por su puesto es un control especial y difícil porque nosotros tenemos que prepararnos mucho más todavía en la administración de datos no estructurados porque no es una plataforma”. En ese marco, su despacho alista una normativa para inclusive fiscalizar plataformas multinacionales como Airbnb y Trivago, que ofertan servicios de hospedaje en hoteles y viviendas particulares, o a las prestadoras de servicios se televisión por pago Netflix y Amazon Prime Video.
“Estamos haciendo una investigación”, dijo Cazón y luego añadió que “la empresa internacional tiene que estar gravada con impuestos y también en eso está trabajando Impuestos Nacionales”. “Airbnb, Amazon, Trivago y Netflix tienen que pagar impuestos; en este momento se está trabajando en una normativa para ellos paguen por la parte que les corresponde” por la comisión, anunció. La fiscalización de ese tipo de actividades “no solo la hacen en Bolivia”, sino es una práctica habitual “en el mundo”, indicó el funcionario. “Este problema del control no solo lo hace el SIN, están trabajando una ley en Chile, en Argentina, en Brasil; la Unión Europea está trabajando en una norma para controlar que todas las personas que hacen actividad de comercio a través del internet tengan que tributar como cualquier otro ciudadano”, señaló Cazón. “Tributar debe convertirse en una costumbre, en una forma de vida de todos los bolivianos como en otras partes del mundo porque el Estado recauda recursos para hacer obras”, concluyó.
INFORMA VICEMINISTRO DE PENSIONES
Gestora administra Bs3.900 millones de Renta Dignidad ABI/Contacto La Paz El viceministro de Pensiones, Omar Yujra, informó este jueves que la Gestora Pública se encuentra en funcionamiento desde la gestión 2018 con la administración de 3.900 millones de bolivianos de la Renta Dignidad, beneficio que llega a 1,1 millones de beneficiarios. "La Gestora en este momento está administrando 3.900 millones de la Renta Dignidad para más de 1,1 millones de beneficiarios. Estamos hablando de que tanto la administración como los pagos de la Renta Dignidad ya están en pleno
funcionamiento a cargo de la gestora desde la gestión pasada", señaló en entrevista con la Red Uno. Yujra explicó que el plazo que se amplió, y que se dio a conocer el miércoles, es para el sistema de administración de pensiones, es decir, el sistema de seguridad social de largo plazo. Manifestó que la ampliación obedece a que la empresa contratada para desarrollar el software aún debe terminar el sistema informático. "La empresa tenía que entregar 83 productos del software de todo el sistema informático y solamente ha entregado 28 a la fecha", mencionó.
El viceministro de Pensiones, Omar Yujra. Foto ABI
El miércoles, el ministro de Economía, Luis Arce, indicó que se determinó postergar el funcionamiento de la Gestora Pública, en
lo que se refiere al sistema de administración de pensiones, hasta septiembre de 2021, debido a problemas técnicos.
Viernes, 22 de marzo de 2019
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Desde el Ministerio de Justicia, se confirmó la presentación de una denuncia penal contra los aprehendidos.
Corrupción en Riberalta: detienen a concejal y a un funcionario edil
Agencias Redacción central Un concejal y un funcionario del Gobierno Municipal de Riberalta fueron aprehendidos ayer por supuestos cobros de hasta Bs200.000 para la adjudicación de obras, según informe del viceministro de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, Diego Jiménez. Según un boletín de prensa del Ministerio de Justicia, la autoridad anunció además que solicitarán que por estos hechos se investigue al alcalde, Omar Núñez, del oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS). Uno de los aprehendidos es el concejal del MAS Wilmer E. P. y el otro el funcionario Óscar M. S, quienes formarían parte de este grupo organi-
zado para pedir coimas a los empresarios interesados en adjudicarse obras. “Se dirigían y se armaban varios procesos de contratación. Por razones de investigación no podemos brindar detalles, pero estamos hablando desde obras pequeñas y compras menores, hasta obras grandes en el municipio de Riberalta. Compras de luminarias, tubos, obras, la piscinalavandería de la Villa SAI, entre otros”, informó la autoridad nacional. “Nadie, absolutamente nadie, así sea del partido de gobierno, puede aprovecharse de los recursos públicos que están destinados en beneficio de la población. Estamos pidiendo que se investigue al alcalde y estamos exigiendo toda la rigurosidad de la ley”, agregó.
RECABAN DATOS SOBRE BROTES
Capacitan a médicos para prevenir las ETA ABI Trinidad La responsable departamental de Salud Ambiental, Lourdes Cuéllar, informó el jueves que el Ministerio del área capacita a médicos del municipio de Trinidad para evitar Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA). "Tenemos a la doctora Lilian Robles, del Ministerio de
Las ETA resultan de la ingestión de alimentos que contienen microorganismos patógenos vivos. Foto referencial
Salud, capacitando a todos los jefes médicos de salud de la red 01 de Trinidad, en el llenado del formulario de enfermedades transmitidas por alimentos", informó a la ABI. Explicó que después esos datos son enviados al Sistema Nacional de Información en Salud, para determinar en qué barrio, ciudad y municipio se presentan brotes de enfermedades por alimentos. Cuéllar dijo que con esa actividad se cierra el ciclo de trabajo para garantizar la inocuidad de los alimentos. Explicó que las ETA resultan de la ingestión de alimentos que contienen microorganismos patógenos vivos, como Salmonella, Shigella, el virus de la hepatitis A, entre otros.
El viceministro de Transparencia Institucional, Diego Jiménez, informa del caso de Riberalta. Foto Min. Justicia En tanto, el ministro de Justicia, Héctor Arce Zaconeta, a través de un pronunciamiento en Twitter, confirmó la presentación de la denuncia penal contra el edil y el funcionario del municipio de Riberalta, entidad que se encontraba intervenida desde el pasado mes de febrero. "Se presentó denuncia
penal por graves hechos de corrupción contra concejales y funcionarios del Municipio de Riberalta después de varias semanas de seguimiento e investigación en trabajo conjunto con el Ministerio Público, dentro de la política cero tolerancia a la corrupción", escribió Arce Zaconeta en Twitter.
7 ARROCEROS DE MARBÁN
Cosecharon la mitad de producción por lluvias ABI/Contacto Trinidad El ejecutivo de los productores de arroz de la provincia Marbán, Alberto Ribera, informó ayer que debido a las lluvias que azotan a esa región del país se logró cosechar la mitad de la producción, que anualmente es de 70.000 toneladas. "Este año nos ha ido la cosecha más o menos, pero no al cien por cien, necesitamos apoyo del Gobierno nacional, departamental o municipal; hemos cosechado la mitad de lo que producimos", dijo a la ABI. Ribera manifestó que los afiliados son 650 y dijo que algunos lograron sacar toda su producción, pero quienes sembraron en lugares bajos se encuentran perjudicados por las lluvias, ya que los bajíos se encuentran cubiertos de agua y no se puede mover maquinaria.
PARA TRINIDAD
Edificio para SLIM demandará una inversión de Bs 7,8 millones ABI/Contacto Trinidad El alcalde de Trinidad, Mario Suárez, informó este jueves que la construcción del edificio para el Servicio Legal Integral Municipal requiere una inversión de 7,8 millones de bolivianos y se prevé que su ejecución inicie el siguiente año, según el proyecto a diseño final. "El monto es arriba de los 7 millones de bolivianos, este año en el Plan Operativo Anual que vamos a elaborar para el 2020 vamos a
Aclaró que esa obra se ejecutará en dos gestiones, porque no se dispone de los recursos económicos para concluirlo en un año. Según la explicación técnica, esa obra constará de cuatro plantas, con ambientes para acoger a mujeres víctimas de violencia, además de brindar orientaEl alcalde de Trinidad, Mario ción legal, entre otras Suárez. Foto archivo/internet áreas. "Es un proyecto que insertar recursos", in- nos va a ayudar mucho, formó a los periodistas porque no tenemos en el marco de la pre- condiciones para atensentación de ese pro- der ahorita a mujeres yecto. maltratadas", agregó.
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TRINIDAD
8 NO SE RESTABLECE EL SERVICIO
Sin energía: Santa Ana permanece en tinieblas
La senadora denunció que el titular de la estatal caminera abandonó ‘unilateralmente’ a la comitiva que recorre la ruta Rurrenabaque-Riberalta.
La ABC incumplió cronograma de inspección a carretera, Añez
Contacto Redacción central La ciudad de Santa Ana del Yacuma se encontraba anoche en tinieblas, toda vez que desde el miércoles no se logró restablecer el suministro de energía eléctrica a toda la urbe, según reporte del portal Informándote. Según el despacho, la población está preocupada por esta situación que ha ocasionado daños a artefactos eléctricos y grandes pérdidas en productos perecederos. Hasta ayer no hubo una explicación de parte de ENDE, respecto al origen del problema que mantiene sin luz a la capital movima, pero la falla del suministro es casi frecuente últimamente, indica el reporte. De forma extraoficial se conoce de una aparente falla en la línea de interconexión San IgnacioSanta Ana. Ante a la intransitabilidad de la carretera, se ha desplazado personal en un tractor para inspeccionar el tendido en esa ruta y poder dar con el problema. Mientras tanto la gente ha tenido que recurrir a las tradicionales velas y mecheros para alumbrarse un poco. Debido a la falta de energía el agua también comienza a escasear, se indicó.
La luz de los motorizados alumbraba la noche de este jueves la capital movima. Foto gentileza Informándote
Viernes, 22 de marzo de 2019
El titular de la ABC y colaboradores en el sector de Puerto Teresa. La carretera fue cortada por el agua. Foto ABC Contacto Redacción central La comisión gubernamental a la cabeza del presidente de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), Luís Sánchez-Gómez, “unilateralmente” incumplió el cronograma de inspección a la carretera Rurrenabaque-Riberalta, propuesto por la misma entidad, denunció ayer la senadora Jeanine Añez. Dicha delegación partió el miércoles desde Rurrenabaque y debía recorrer toda la vía en construcción. “Hoy día (miércoles) en horas de la tarde teníamos planificado llegar hasta acá, a la población de Santa Rosa, tener una reunión con autoridades que
nos habían solicitado, sin embargo, incumpliendo lo establecido, el presidente de la ABC y su personal que lo acompañaba, siguieron la ruta, nosotros no supimos de ello, no nos dieron una explicación”, expresó Añez. Tanto la legisladora como su colega Yerko Núñez, junto a algunas autoridades del municipio de Santa Rosa además de vecinos, aguardaron la presencia del ejecutivo de la ABC, que viajaba con la comitiva, hasta las 17:00 del día miércoles. Según Núñez, el ejecutivo de la ABC, en comunicación telefónica con su persona, le señaló que decidió retornar a la ciudad de La Paz. Esta es una comisión que quiere demostrar que esta ca-
rretera solo tiene un 13.79% de avance físico y un avance financiero de más de 45%, es una pena que en esta carretera se haya desembolsado más de 256 millones de dólares, lo poco que se ha avanzado son alcantarillas que están por encima del nivel del agua, que ocasionan mayor inundación, aseguró Núñez. Corregidor Santa Rosa Por su parte, Rubén Darío Loras, corregidor de Santa Rosa, indicó que este miércoles se le comunicó que iba una comisión del Senado nacional y autoridades de la ABC, por lo que le pidieron se reúna con ellos en Santa Rosa, en horas de la tarde. Sin embargo, se vio sorprendido porque la persona que le había pedido dicha reunión, le comunicó que la ABC había decidido pasar adelante para la inspección por lo tanto no iba a ver tal reunión, a pesar de estar programada. Los parlamentarios y técnicos, continuaron con el cronograma de inspección, es más “divisaron un problema monumental en Puerto Teresa, hasta donde habían llegado los personeros de la ABC, dijo Núñez. Presidente de ABC Contrariamente a lo asegurado por los parlamentarios, el presidente nacional de la ABC, Luis Sánchez, según informe institucional, indicó que la comitiva estatal paró en las cercanías del río Yata para esperar a los parlamentarios y sus técnicos.
Puerto Teresa En Puerto Teresa, comunarios reclamaron a las autoridades de la ABC, por el mejoramiento de la carretera, ya que la mayor parte de la plataforma se encuentra inundada. La vía está intransitable y requieren que la mejoren para sacar sus productos. En el lugar donde se evidenció un corte, varios camiones se encuentran varados, según reporte de los senadores Añez y Núñez. “Hemos parado porque estábamos haciendo una inspección conjunta y han desaparecido (los parlamentarios), no sabemos dónde están, le hemos mandado mensaje y no responden, hemos llegado hasta Yata, donde vamos a hacer una inspección y regresarnos, la idea era hacerlos con ellos, pero nos han dejado abandonados”, expresó. Mientras, en un video colgado en la página de Facebook de la ABC, se asegura que dicha autoridad y sus colaboradores se encuentran en Puerto Teresa (Yata), trabajando en la rehabilitación de la plataforma de ese tramo.
DESTACAN ORGANIZACIÓN DE COMPARSA
Asofrac: ‘Jaranerazos’ son los coronadores del carnaval 2020 Contacto Trinidad La Asociación de Fraternidades y Comparsas Carnavaleras (Asofrac), ayer hizo la presentación de los ‘Jaranerazos’ como la comparsa coronadora del próximo carnaval 2020. “La participación constante de esta comparsa durante 20 años, hizo que nosotros como Asofrac, tengamos la predisposición de aceptar la solicitud”, expresó Igor Melgar, presidente de la citada asociación. Destacó que los ‘Jaranerazos’ es una comparsa organizada, por lo que se espera tener un hermoso carnaval 2020, con la organiza-
ción y el apoyo que brindará Asofrac en el Corso Carnavalero. Se espera tener un evento diferente a otros años, por lo que trabajarán de forma coordinada con la fraternidad ‘Jaranerazos’, para que el pueblo trinitario quede satisfecho, dijo. Reina carnaval Alondra Mercado, reina del Carnaval Trinitario 2019, recordó la experiencia que ha tenido en la reciente fiesta, donde compartió y conoció a mucha gente. Agradeció el apoyo y cariño que le brindaron en todas sus actividades. Espera que en este próximo carnaval sea más hermoso, que la comparsa coronadora realice una buena organización.
Comparsa coronadora 2020, la Fraternidad ‘Jaranerazos’. Foto Contacto
Viernes, 22 de marzo de 2019
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TRINIDAD
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Una máquina purificadora de agua estaba con desperfectos. Para este jueves, el servicio debía ser restablecido, según compromiso de la jefatura médica.
Hemodiálisis: Protestan por falta de atención en hospital ‘Trinidad’
Personas que se dializan en el hospital Germán Busch. Foto Contacto
Contacto Trinidad La mañana de este jueves, varios pacientes que de día por medio se someten a diálisis en el hospital Presidente Germán Busch, protestaron porque desde el pasado miércoles no se les atiende, debido a que una máquina purificadora de agua estaba
con desperfectos. El jefe médico de dichos nosocomio, confirmó el extremo pero indicó que técnicos revisaban el problema y que en horas de la tarde se iba a retomar la atención. Una de las pacientes Ingrid Aguirre, señaló que no pudo dializarse ya que la máquina purificadora de agua estaba contaminada, por lo que pi-
dió su arreglo a la brevedad posible, ya que ellos no pueden estar sin el tratamiento. Dependemos de las máquinas para seguir viviendo, sostuvo. “Nos dializamos día por medio, y nos dicen que podemos transferirnos a otros departamentos, pero con qué recursos, si nosotros no podemos trabajar, no trabajamos, no tenemos familiares para hacer la transferencia, no tenemos familiares que viven en los otros departamentos para que nos reciban, no sabemos si en esos hospitales nos van a atender, así como nos atienden aquí, eso es nuestra preocupación”, sostuvo. En el hospital Presidente Germán Busch aproximadamente unas 80 personas son las que se dializan día por medio, sin embargo varias de estas son derivadas a otros centros hospitalarios del país como Santa Cruz y Cochabamba.
Pablo Claure que tiene a su esposa enferma, dijo que hace dos años la tuvo que llevar a Cochabamba, pero por motivos familiares retornó; ahora tiene un espacio para hacerle la diálisis en el ‘Germán Busch’ donde la dializan dos días a la semana. “Hace cinco días que no dializa, y ahora la tengo en emergencia, por el motivo que le tocaba el día martes, pero como era Día del Padre, le dijeron que venga el miércoles, y este miércoles vine y dijeron que no había máquinas y que se vaya a otro departamento. Como pues le van a decir eso a una paciente que esta delicada, y no tenemos esos recursos para irnos”, sostuvo. Jefe médico Tito Fernando Salazar, jefe médico del hospital también conocido como ‘Trinidad’, informó que el servicio de hemodiálisis fue suspendido de forma temporal en la sala blanca, sin embargo en la
amarilla continua la atención. Explicó que en la supervisión del Sedes, se evidenció que una de las máquinas procesadoras de agua no estaba funcionando al 100%, por lo que se decidió suspender el servicio. Para brindar una mejor atención, llegaron técnicos de Santa Cruz, quienes trabajaron para la reactivación de la máquina purificadora de agua, que según el jefe médico, iba a estar habilitada la tarde de este jueves. “Nosotros cancelamos la atención, porque tenemos que preservar la vida ante todo, el tema que se fregué la maquina procesadora de agua, es algo que no sale de nuestras manos, pero solicitamos a los técnicos para su reparación, por lo que pedimos disculpa a los enfermos”, manifestó el jefe médico. Al cierre de edición no se conoció si se había restablecido el servicio de diálisis.
CON 7 ASOCIACIONES GANADERAS
Abigeato: Senasag participa de Encuentro en Riberalta Contacto Redacción central En la ciudad de Riberalta, se realizó ayer un encuentro de siete asociaciones ganaderas para abordar el tema de abigeato. Participó en el evento, el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag), además de Fegabeni y la Policía. Dirigentes de las asociaciones de ganaderos de Santa Rosa, Yata, San Ramón, San Joaquín,
Santa Ana, Guayaramerín y Riberalta, expusieron sus puntos de vista sobre la temática Según nota de prensa del Senasag, desde tempranas horas de la mañana se instaló el evento donde también se abordó la sanidad e inocuidad animal, con el fin de hacer un trabajo conjunto entre el sector privado, el sector público y la fuerza policial. Susana Parada, coordinadora departamental de Sanidad Animal del Senasag distrital Beni mencionó que es muy importan-
Asociaciones ganaderas y autoridades de diferentes entidades evaluaron el tema de abigeato. Foto Senasag
te poder generar debates con propuestas en conjunto entre los sectores involucrados para combatir el abigeato, socializar las normativas y hacer cumplirlas. Entre las conclusiones de este encuentro se resolvió exigir a los gobiernos municipales la contratación de médicos veterinarios exclusivamente para el control de mataderos. Se establecerá un convenio con el Comando Amazónico de la Policía para la creación de la Policía Montada en esta región. Fue planteado también que el Senasag capacite y acredite a personal de las asociaciones de ganaderos para la emisión de guías de movimiento animal. Estas propuestas serán elevadas a los niveles nacionales de representación gubernamental y privada, comisiones conformadas por Ministerio de Gobierno, Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, y Congabol (Confederación de Ganaderos de Bolivia) para ser evaluadas y tomadas en cuenta para su futura ejecución.
TRINITARIO. (I. B.). Este jueves, Aldo Burgos Justiniano, realizó la Defensa de su Proyecto de Grado para titularse como Ingeniero Ambiental de la Universidad Nacional Ecológica de Santa Cruz de la Sierra, bajo el título de “Propuesta de Diseño de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales para el Zoo Criadero Crocoland S.R.L. de Santa Cruz de la Sierra”. Burgos es nacido en Trinidad, hijo del ingeniero Aldo Burgos Aquím y de la artista y ahora concejal Carmencita Justiniano Vaca. El tribunal le dio una aprobación con Distinción.
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EDICTOS
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EDICTO PARA: EDMUNDO VACA MEDRANO Y SUS POSIBLES HEREDEROS Y/O PRESUNTOS PROPIETATRIOS del terreno urbano ubicado en la calle 8, zona 13 de abril , lote N°17, Manzano 17-C, Distrito N°2, con una superficie 312.50 metros cuadrados de esta ciudad de Trinidad OBJETO: CITACIÓN CON LA DEMANDA, Y AUTO DE ADMISION PROCESO: "EXTRAORDINARIO" (LEY 247) que sigue la Sr. NORMA VARGAS AÑEZ SEÑOR JUEZ DE CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.- Presenta Demanda de regulación de derecho de propietario de un bien inmueble por la LEY 247.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CAPITAL.- Demanda Regularización del Derecho Propietario.Otrosí.- NORMAS VARGAS AÑEZ, ciudadana boliviana, con C.I. No. 5590166 Beni, mayor de edad, hábil por Ley, con domicilio en Zona 13 de Abril, Calle 8 de esta ciudad de Trinidad, ante su autoridad Con el debido respeto me presento expongo y pido: ANTECEDENTES Señor Juez, por la documentación que me permito adjuntar al presente memorial, acredito ser única y legítima propietaria de un inmueble urbano ubicado en la Calle 8, Zona 13 de abril de esta ciudad de Trinidad, Lote No 17, Manzano 17-C, Distrito No 2, con una extensión superficial de 312.50 m2., cuyos límites y colindancias son: Al Norte con el Lote No 18, con 25,00 metros; Al Sur con el Lote No 16, con 25,00 metros; Al Este con el Lote No 1, con 12,50 metros y al Oeste con la Calle 8, con 12,50 metros; haciendo una superficie total de 312,50 m2. Señor Juez, desde noviembre del año 2005 (12 años), he estado en pública, pacífica y continuada posesión del citado inmueble, junto con mi familia, realizando mejoras consistentes en relleno de tierra, construcción de ambientes para vivir en condiciones adecuadas, instalaciones de los servicios básicos, como ser luz eléctrica y agua potable; si bien es cierto somos una familia humilde, pero hemos sabido poco a poco consolidar una vivienda acorde a las condiciones mínimas de habitabilidad y de esta manera contar con una vivienda que me permita vivir con dignidad, siendo el inmueble que pretendo regularizar el hogar que hemos constituido con mucho esfuerzo, y esto es de conocimiento de todos mis vecinos que al igual que mi persona vivimos desde hace muchos años en esta zona, dando cumplimiento a lo que establece el Art. 56 Parágrafo I de la Constitución Política del Estado, la cual expresa: "Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función socia!', aspecto que he cumplido y vengo cumpliendo, toda vez que con el pago de los servicios básicos y otras cargas, como ser alumbrado público y aseo sanitario, contribuyo al desarrollo de la ciudad de Trinidad, SIN PODER HASTA LA FECHA REGISTRAR MI DERECHO PROPIETARIO EN LAS OFICINAS DE DERECHOS REALES por diferentes motivos que no son atribuibles a mi persona. RELACION DE LOS HECHOS Señor juez, por la abundante documentación que adjunto a la presente demanda, acredito mi publica, pacífica y continuada posesión sobre el inmueble detallado líneas arriba, desde el año 2005, es decir, hace más de 12 años que me encuentro viviendo con mi familia en estos ambientes, el mismo que se encuentra urbano ubicado en la Calle 8, Zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad, Lote No 17, Manzano 17-C, Distrito No 2, con una extensión superficial de 312,50 m2., cuyos límites y colindancias son: Al Norte con el Lote N 18, con 25,00 metros; Al Sur con el Lote No 16, con 25,00 metros; Al Este con el Lote No 1, con 12,50 metros y al Oeste con la Calle 8, con 12,50 metros; haciendo una superficie total de 312,50 m2. En todos estos años he ejercido actos posesorios en el mencionado inmueble, fruto de ello es que su autoridad podrá evidenciar las mejoras que he introducido al mismo, las cuales tienen una data de más de DIEZ AÑOS, sin poder inscribir legalmente en derechos reales mi derecho propietario, por diferentes motivos. FUNDAMENTACION JURIDICA Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Art. 14 Parágrafo III), Art. 19 Parágrafo I), Art. 24, Art. 56 Parágrafos I) y II) y Art. 115 Parágrafos I y II Ley No 247 de fecha 5 de junio de 2012, Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda. Art. 1, Art 2, Art. 8, Art. 9, Art. 10 Parágrafo I, Art. 11 numerales 1 y 2 y Art. 13 Parágrafo I. Ley N° 803, 9 de mayo de 2016, Ley de Modificaciones a la Ley No 247 de 5 de junio de 2012, Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda. Art. 1.- PETITORIO Por lo expuesto, al amparo de los Arts. 14, 19, 24, 56 y 115 de la Constitución Política del Estado, en relación con los Arts. 1, 2, 3, 10, 11 y 13 de la Ley No. 247 de fecha 5 de junio de 2012, Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda, Y AL NO ESTAR MI PERSONA DENTRO DE LAS CAUSALES DE PROHIBICIÓN QUE ESTABLECE EL ART. 12 DE LA LEY No 247, enmarcada en lo establecido en los Arts. 369, 370, 371 y 372 de la Ley No. 439 de fecha 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil, en la vía EXTRAORDINARIA, demando REGULARIZACIÓN DEL DERECHO PROPIETARIO de mi bien inmueble urbano ubicado en la Calle 8, Zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad, Lote No 17, Manzano 17 - C, Distrito No. 2, con unja extensión superficial de 312,50 m2., cuyos límites y colindancias son: Al Norte con el Lote No. 18, con 25,00 metros; Al Sur con el Lote No 16, con 25,00 metros; Al Este con el Lote No 1, con 12,50 metros y al Oeste con la Calle 8, con 12,50 metros; haciendo una superficie total de 312,50 m2., demanda que interpongo en contra del Sr. Gral. Div. (r) EDMUNDO VACA MEDRANO Y SUS POSIBLES HEREDEROS, solicitando que en Sentencia definitiva la declare PROBADA en todas sus partes, ordenando que en ejecución de sentencia se libre la correspondiente Orden Ejecutoria! a Derechos Reales de este Distrito Judicial, para que procedan al registro definitivo de mi inmueble conforme prevé la Disposición Final Primera de la Ley No. 247, y sea con las características antes señaladas.Será Justicia &.-Otrosí 1.- En cumplimiento de los Art. 11 numeral 2 de la Ley No. 247, modificada por la Ley No 803, presento a su autoridad los siguientes medios probatorios obligatorios: Certificación de No propiedad en Derechos. Reales. Declaración Jurada de Posesión ante Notario de Fe Pública. Planimetría y Plano de Ubicación emitidos por el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad. Fotocopias de las Cédulas de Identidad de mis testigos colindantes de mi bien inmueble. Otrosí 2.- En cumplimiento de los Art. 11 numeral 1 de la Ley No. 247, modificada por la Ley No. 803, presento a su autoridad los siguientes medios probatorios: Fotocopia de mi Cédula de Identidad. Facturas de la Empresa Nacional de Electrificación (ENDE) del servicio de energía eléctrica. Registro Único de PROREVI No 450660 Fotocopias de las Cédulas de Identidad de mis Testigos Colindantes. Documento de privado sobre trasferencia de fecha 27 de Junio 2007 debidamente reconocido mediante reconocimiento de firma N° 5226748 de fecha 27 de junio del 2007 ante Notaria de Fe Pública No 2, Dra. Ysolde Heinrich B. Recibos de pagos del lote de terreno N° 17, Manzano 17 - C, de la Zona 13 de abril. Certificado de residencia de la junta Vecinal 13 de Abril emitida por el presidente Eduardo Vaca Mareca, más fotocopias Legalizada de la personaría jurídicas resolución Prefectoral N° 052/2004 y de la Resolución Municipal N° 20/2004, Los cuales merecen toda la fe probatoria que les confieren los Arts. 1287, 1289 y 1534 todos del Código Civil, en relación con los Arts. 111, 134, 135, 136, 147, 148 Parágrafo 1) numerales 1 y 2 del Nuevo Código Procesal Civil, solicitando sean admitidos, previo cumplimiento de las formalidades de ley. Otrosí 3.- Con el interés de demostrar mi pacífica y continuada posesión solicito con todo respeto se oficie a la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE DEL BENI) para que certifique que mi persona cuenta con energía eléctrica desde el año 2007. Otrosí 4.- Para efectos de citación con la presente demanda de Regularización del Derecho Propietario, el demandado es señor Sr. Gral. Div. (r) EDMUNDO VACA MEDRANO Y SUS POSIBLES HEREDEROS quienes son mayores de edad y hábiles por Ley, tiene su domicilio real en la Av. 6 de Agosto N° 120, Zona Central de esta ciudad de Trinidad, protestando de mi parte cubrir los gastos emergentes que demande el acto de citación (Adjunto Croquis).Otrosí 5.- Con todo respeto, solicito se cite con la presente demanda y actuados al Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad y al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) a objeto de que hagan valer algún derecho propietario del Estado si existiere, protestando de mi parte correr con dichos diligenciamientos. Otrosí 6.- Apoyado en lo que establecen los Arts. 187 y 188 del Código Procesal Civil, ofrezco en calidad de prueba de cargo, la Inspección Judicial de mi bien inmueble urbano ubicado en la Calle 8, Zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad, Lote No. 17, Manzano 17 - C, Distrito No 2, con una extensión superficial de 312,50 m2., cuyos límites y colindancias son: Al Norte con el Lote No 18, con 25,00 metros; Al Sur con el Lote No 16, con 25,00 metros; Al Este con el Lote No 1, con 12,50 metros y al Oeste con la Calle 8, con 12,50 metros; haciendo una superficie total de 312,50 m2., solicitando a su autoridad señale día y hora para la realización de la correspondiente audiencia de inspección judicial. Otrosí 7.- Asimismo dando cumplimiento a lo que establece el Art. 168 de la Ley No 439 de fecha 19 de noviembre de 2013, ofrezco como prueba testifical a las siguientes personas: l. CLAUDIA JIMENEZ GUZMAN, con C.I. No 4190134 Beni, mayor de edad, hábil por Ley, con domicilio en zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad.2. JESUS SUAREZ OJOPI, con C.I. Nro. 1721212 Beni, mayor de edad, hábil por Ley, con domicilio en zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad.3. DARLIN MENDOZA NOZA, con C.I. No 7619919 Beni, mayor de edad, hábil por Ley, con domicilio en zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad.4. FLORINDA JIMENEZ GUZMAN, con C.I. Nro. 5587613 Beni, mayor de edad, hábil por Ley, con domicilio en zona 13 de Abril de esta ciudad de Trinidad. Otrosí 8.- Una vez concluido el presente proceso, solicito a su probidad el desglose de la documental presentada en original y sea de acuerdo a Ley. Otrosí 9.- En lo referente a Honorarios del abogado patrocinante, conforme a lo que establece el arancel mínimo del Ilustre Colegio de Abogados del Beni. Otrosí 10.- Para conocer providencias señalo domicilio procesal Estudio Jurídico "PEGASO" ubicado en la Av. 18 de Noviembre No 214 de esta ciudad de Trinidad. Santísima Trinidad, 14 de Enero de 2018 NORMA VARGAS AÑEZ…A, 21 de Enero de 2019.- VISTOS: Con la DEMANDA de REGULARIZACION DE DERECHO PROPIETARIO, planteada por NORMA VARGAS AÑEZ, la que se tiene por INCOADA, para su tramitación por la vía Extraordinaria, en aplicación de lo dispuesto por el art. 362 parágrafo I del Código Procesal Civil, por lo que se corre en traslado al demandado para que conteste la demanda dentro del plazo de 30 días conforme lo determina el art. 363 parágrafo IV todo del Código Procesal Civil, se dispone la CITACION de presuntos propietarios. Del mismo modo se dispone la notificación de los vecinos colindantes. Publíquense los edictos toda vez que la demanda se dirige contra personas desconocidas, previo juramento en audiencia de desconocimiento de domicilio que se realizará cualquier día y hora hábiles. Providenciando la demanda en cuanto a Otrosí: Se dispone la citación de la H.A.M, y al SENAPE y la GOBERNACION DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, así como la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL BENI, para la determinación de que el bien no es propiedad de alguna entidad Estatal. Notifíquese al propietario aparente Luis Enrique Monasterio Chávez. Al Otrosí 1.-,2 y 3 Propuesta la prueba será producida en audiencia.- Al Otrosí 4 Cítese.- Al Otrosí 5. A lo principal.- Al Otrosí 6 y 7.- Ofrecida será producida en audiencia.- Al Otrosí 8,9 y 10 .- Presente y señalado…REGISTRESE. Es librado en la Ciudad de Trinidad, Capital del Departamento del Beni a los siete días del mes de marzo del año Dos Mil Diecinueve. Por Oren del Sr. Juez: NOTA: El presente Edicto se colocó en el tablero judicial de este despacho en su fecha.- conste.
Viernes, 22 de marzo de 2019
AVISO DE REMATE JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL QUINTO DE LA CAPITAL TRINIDAD — BENI — BOLIVIA LA DRA. RAQUEL ADELA HURTADO HERNÁNDEZ HACE CONOCER: Al público en general que dentro del proceso EJECUTIVO seguido por HAROLD GARY VARGAS BULHOSSEN en contra de MARIO OCAMPO MARTINEZ, mediante Auto de fecha 07 de marzo de 2019, cursante a fs. 187. De obrados, se ha señalado audiencia pública de Subasta y Remate al mejor postor del bien inmueble urbano, en la ciudad de Santa Cruz, lado Este Jurisdicción Cotoca, Comunidad La Enconada, en la U. V. 450, Manzana N° 18, Lote N° 11, con una superficie total de 1144.80 Mts. 2, registrado en Derecho Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 7012010037473 a nombre de MARIO OCAMPO MARTINEZ, embargo a fs. 47 y vlta. De obrados, sea para el día Lunes 08 de abril de 2019, a horas 10:00 am., sobre la base de su Avalúo pericial a Fs. 165 a 174 de obrados, sobre la base de a la suma de: Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Nueve
EDICTO
DR. JUAN WALTER RIMBA ALVIS. JUEZ PÚBLICO CIVIL COMERCIAL FAMILIAR N° 1 RIBERALTA-BENI-BOLIVIA POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA A OSCAR BERNAL DIAZ, CON LA DEMANDA DE FECHA 30 DE ENERO DEL 2019 Y AUTO DE ADMISION DE FECHA 01 DE AGOSTO DEL 2019, PARA QUE SE HAGA PRESENTE Y ASUMA DEFENSA EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA LA CAUSA,BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNARSELE DEFENSOR DE OFICIO CONFORME DISPONE EL Art. 266 DE LA LEY 603, DENTRO DEL PROCESO DE DIVORCIO SEGUIDO POR ROCIO DEL CARMEN SUAREZ ROCA CONTRA OSCAR BERNAL DIAZ, A CUYO FIN SE TRANSCRIBE LO SIGUIENTE.-DEMANDA.- ROCIO DEL CARMEN SUAREZ ROCA.- (Generales de ley).- ante su autoridad con respeto expongo y pido: Antecedentes.- Sr. Juez con los , documentos que me permito acompañar, se videncia que en fecha 9/06/2000, contraje matrimonio civil, con el Sr. Oscar Bernal Díaz ante la Oficialía N° 2RB con registro en el Libro N° 2-99-00, Partida N° 79, Folio N° 84 del Departamento del Beni, Provincia Vaca Diez de esta ciudad de Riberalta. Dentro de nuestra relación matrimonial no procreamos a ningún hijo.- Me uní en matrimonio, con la sana intención de formar un hogar estable, digno y ejemplar, Lamentablemente por razones de incompatibilidad de caracteres hace más de seis años que continuada e ininterrumpida venimos estando separados de la vida en común dentro del matrimonio, separación que fue libremente y voluntaria bajo el consentimiento de ambos, mismo que desde aquel momento y hasta la fecha desconozco su residencia y/o paradero, estando en consecuencia separada de mi esposo de manera voluntaria y continúa por más de 2 años.- PETITORIO.- Por lo expuesto cumpliendo con lo ordenado en los Arts. 207, 258 y 259 del Nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar interpongo la desvinculación matrimonial contra mi esposo Sr. OSCAR BERNAL DIAZ, quien es mayor de edad, hábil por derecho con domicilio desconocido, solicitando que previos los tramites de rigor se sirva dictar sentencia declarando probada mi demanda y por ende la desvinculación matrimonial y en ejecución de sentencia ordene al Director Departamental del Registro Civil de la Ciudad de Riberalta y/o SERECI para que proceda a la cancelación de la partida matrimonial .- Al Otrosí 1,2,3,4,etc.-Riberalta, 29 de Enero del 2019.- Fdo.- Roció del Carmen Suarez Roca.- Fdo.- Abog. Lorena Araujo Wadda.- AUTO DE ADMISION N° 36/2019.- Riberalta, 07 de Febrero del 2019.-VISTOS.- Se admite la presente Demanda de Divorcio en todo cuanto hubiere lugar en derecho conforme a las previsiones familiares prevista en el Nuevo Código de Familias y del Proceso Familiar, interpuesta por ROCIO DEL CARMEN SUAREZ ROCA, contra OSCAR BERNAL DIAZ, córrase en traslado al Demandado, quien previa su citación personal deberá contestar en el plazo de cinco días hábiles, bajo conminatoria de proseguirse con o sin su respuesta la acción demandada, advirtiéndosele que en caso de incomparecencia se le designara defensor de oficio conforme dispone la última parte del Art. 266 de la Ley 603.A mayor abundamiento, se dispone la separación de cuerpos, la inexistencia de bienes gananciales y la no procreación de hijos.- AL OTROSI 1°.-Como solicita, procédase a su citación mediante Edicto según la previsión del Art. 308 Parágrafo I de la Ley No 603, debiendo hacerse la publicación acorde a lo señalado en el Art., 309 y siguientes del Nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, así mismo, acorde al Art., 308 Parágrafo III del Nuevo Código Procesal Civil, ofíciese al SEGIP-RIBERALTA, objeto que, haga llegar a este Despacho Judicial INFORME ESCRITO respecto al último domicilio registrado del Demandado.- AL OTROSI 2°.- Se acepta.- AL OTROSI 3°.- A lo principal.- AL OTROSI 4° Y 5°.- Se tiene presente.- Notifique Funcionario.-Fdo.- Dr. Juan Walter Rimba Alvis, Juez Publico en Materia Civil Comercial y Familiar de Riberalta.- Dra. Carolina Gutiérrez Justiniano, Secretaria del Juzgado Público en lo Civil Comercial y Familiar N° 1 de Riberalta.ES LO QUE SE TRANSCRIBE PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Riberalta, 08 de Marzo del 2019.
93/100 Dólares Americanos ($us. 59.389.93). Se designa como martillera a la Sra. Notaría de Fe Pública N° 07 de la Capital Dra. Ericka Mertens Nuñez Vela, ubicada en la Calle Sucre, esq. Cochabamba. Los interesados en el remate deberán depositar ante el martillero o notario, antes o en el acto del remate, el 20% de la base señalada, mediante depósito judicial o en dinero efectivo. Líbrese el Aviso de Remate, para su única (1) publicación de Ley, en un medio de prensa escrito aprobado por el Tribunal Departamental de Justicia. Publíquese.
Viernes, 22 de marzo de 2019 EDICTO-JUDICIAL EL DR. GUILLERMO MANSILLA MENDOZA - JUEZ DE SENTENCIA PENAL No 2 DE LA CAPITAL.- POR EL PRESENTE EDICTO: Hace conocer que dentro del proceso de ACCIÓN DE PERDIDA DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO seguido por el MINISTERIO PÚBLICO, a denuncia de NONBERTO GUACHALLA PACO, en su calidad de responsable distrital de la Dirección General de Registro Control y Administración de Bienes Incautados DIRCABI-BENI contra SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON, SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, por el supuesto delito de los Arts. 67, 68, 70 y 72 de la Ley 913, se han realizado los siguientes actuados los cuales se transcriben para conocimiento del TERCEROS INTERESADOS SEÑORA JUEZ 2° SEGUNDO DE SENTENCIA DE LA CIUDAD DE TRINIDAD.- PRESENTA ACCIÓN DE PÉRDIDA DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO.- OTROSÍES. NUREJ 8020590….PD-BN 1800017. PEDRO Y. MONTENEGRO VELARDE, FISCAL DE MATERIA asignada a la Fiscalía Especializada en Delitos de Narcotráfico y Perdida de Dominio, en mi condición de representantes de la sociedad, dentro del PROCESO DE ACCIÓN DE PERDIDA DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO caso PDBN1800017, NUREJ: 8020590, a denuncia NORBERTO GUACHALLA PACO en su calidad de Responsable Distrital de la Dirección General de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados (DIRCABI - BENI) seguida en contra de SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, en cumplimiento a las normativas establecidas en los Art. 67, 68, 70 y 72 de la Ley 913, ante su Autoridad con todo respeto expongo y pido I.- REQUIERE ACCION DE PERDIDA DE DOMINIO. DATOS DE LOS SUJETOS AFECTADOS. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO (5). Nombre: SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO.Fecha de nacimiento: Se desconoce Estado civil: Se desconoce Ocupación: Se desconoce Nacionalidad: Se desconoce Documento de identidad: 4172794 BN Domicilio Real: calle Hermanos Rioja Aponte Esquina Rómulo Mendoza de la ciudad de Trinidad Situación Personal: Libre Abogado Defensor: Se desconoce Domicilio Procesal: Se desconoce Nombre: SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la Tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO Fecha de nacimiento: Se desconoce Estado civil: Se desconoce Ocupación: Se desconoce Nacionalidad: Se desconoce Documento de identidad: 10864274 BN Domicilio Real: Calle Hermanos Rioja Aponte Esquina Rómulo Mendoza de la ciudad de Trinidad Situación Personal: Libre Abogado Defensor: Se desconoce Domicilio Procesal: Se desconoce Nombre: MARIO JHONNY TORREZ MORENO Fecha de nacimiento: Se desconoce Estado civil: Se desconoce Ocupación: Se desconoce Nacionalidad: Se desconoce Documento de identidad: Se desconoce Domicilio Real: Calle Sucre N° 790 de la ciudad de Trinidad Situación Personal: Libre Abogado Defensor: Se desconoce Domicilio Procesal: Se desconoce Nombre: EDITH TORREZ MORENO Fecha de nacimiento: Se desconoce Estado civil: Se desconoce Ocupación: Se desconoce Nacionalidad: Se desconoce Documento de identidad: Se desconoce Domicilio Real: Calle Sucre N° 790 de la ciudad de Trinidad Situación Personal: Libre Abogado Defensor: Se desconoce Domicilio Procesal: Se desconoce Nombre: FANNY TORREZ MORENO Fecha de nacimiento: Se desconoce Estado civil: Se desconoce Ocupación: Se desconoce Nacionalidad: Se desconoce Documento de identidad: Se desconoce Domicilio Real: Calle Sucre N° 790 de la ciudad de Trinidad Situación Personal: Libre Abogado Defensor: Se desconoce Domicilio Procesal: Se desconoce II.- RELACION DE BIENES AFECTADOS.- Conforme las previsiones de los Art. 76 inc. d), f) y h), Art. 78 de la Ley 913 en relación al Art. 40 núm. 27) Ley No. 260 Orgánica del Ministerio, la suscrita fiscal en la etapa pre-procesal ha individualizado los siguientes bines sujetos a ser afectados por intermedio de la presente acción: VEHICULO 1.- Tipo: CAMIONETA, Marca: CHEVROLET, Placa: 1642-TRS, Color: NEGRO, Chasis: 913G1481-PODC461353….VEHICULO 2- Tipo: CAMIONETA-TOYOTA, Marca: HILUX, Chasis: 8AJFZ29G9C6150801, Color: PLATEADO, Placa: 3'028-XKH…….VEHICULO 3.- Tipo: VAGONETA- LAND CRUISER, Marca: TOYOTA, Placa: 1889 DAN, Color: GUINDO, Chasis: JTEBL29J905064978…..INMUEBLE.- Un Inmueble Ubicado en la Avenida Hermanos Rioja Aponte N° 40 Esquina Rómulo Mendoza, Zona Fátima de la ciudad de Trinidad con una superficie de 1.846.00 M2, inscrito en Derechos Reales con la Matricula N° 8.01.1.01.0014890.- III.- RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS.- Que conforme al Informe del investigador asignado al caso - Sgto. 2° Hernando Sánchez M. se pudo evidenciar que en fecha 12 de abril de 2017, al promediar las 18:00 habrían avanzado dos patrullas en vehículos oficiales a cargo del Capitán Wilmer Castillo Loayza JEFE REGIONAL DEL GIOE AMAZONICA dependiente de la FELCN con el objeto de verificar una información obtenida y procesada por la sección S-II, información de inteligencias de la FELCN, por el cual se habría se habría puesto en conocimiento de los elementos policiales que personas de nacionalidad boliviana y extranjeras realizarían una transacción de Sustancias controladas utilizando para este fin un vehículo tipo camioneta de color negro, por inmediaciones de la Av. Hermanos Rioja Aponte, Zona Fátima de la ciudad de Trinidad, razón por la cual al promediar las 18:30 aprox. Los oficiales de la FELCN, se habrían constituido por inmediaciones del dominio ubicado en la Av. Hermanos Rioja Aponte, Zona Fátima de la ciudad de Trinidad, identificando al inmueble sospechoso, en dicho domicilio se pudo observar movimientos de personas sospechosas con rasgos sospechosas con rasgos extranjeros y movimientos de vehículos sospechosos que al percatarse de la presencia de la policía de la FELCN un vehículo de color Azul Tipo Ipsum que estaba estacionado al ingreso del domicilio partió bruscamente dándose a la fuga, no logrando interceptarlo ni identificarlo a las personas ocupantes, de dicho inmueble la puerta del garaje quedo entre abierta, en el interior del inmueble se pudo observar una camioneta de color negra embarrada, con las mismas características que se utilizaría con fines ilícitos al narcotráfico, al cual ingresaron y
Contacto tomaron contacto con el Sr. Jhon Freddy Marín Castro de nacionalidad Colombiana, quien presentaba una actitud nerviosa sospechosas, que a la revisión realizada a la camioneta de color negra marca Chevrolet se encontró al interior una bolsa de yute de color celeste conteniendo diez (10) paquetes tipo ladrillos envueltos con cinta masquin conteniendo una sustancia blanquecina con olor y color característico a Cocaína, ante este hecho flagrante de inmediato se dio a conocer a su autoridad del operativo realizado para que se constate al lugar, posterior n presencia del Sr. Jhon Freddy Marín Castro y en presencia del fiscal de Sustancias Controladas y Policías intervinientes se realiza la prueba de campo narcotest dando como resultado positivo(+) para cocaína PESO.- 10.800 (DIEZ MIL, OCHOCIENTOS) GRAMOS DE COCAINA.- IV.- NORMAS JURIDICAS APLICABLES. Art. 225 numeral 1) de la Constitución Política del Estado, Art. 16, 70,72, 301 numeral 1) y 302 del Código de Procedimiento Penal, con relación al Art. 6 y 40 Inc. 11) y 12) 55, 56,' 57, y 58 de la ley Orgánica del Ministerio Publico y Art. 48 y 33 Inc. M) de la ley 1008 concordante con el 20 del Código Penal Por lo que el ministerio público se ve obligado a realizar actos investigativos cuando tenga la certeza o indicios que se ha cometido un delito, y en definitiva por lo que solicita se investigue conforme a ley Los extremos así anotados permiten afirmar la existencia de suficientes elementos de convicción para sostener que evidentemente que los afectados, han adecuado sus conductas a figuras punibles que protegen bienes jurídicos tutelados la norma penal. Para adecuar la conducta desplegada por los sujetos pasivos, es menester hacer mención a normas procedimentales de cumplimiento obligatorio, que su observancia acarrea sanción penal. Con relación a los afectados SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORRES LIJERON QUIEN SE ENCUENTRA EN LA TUTELA DE SU MADRE SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, la conducta desplegada por este ciudadano se subsume al tipo penal de Art. 48 ley 1008 (Trafico). "El que traficare con sustancias controladas será sancionado con presidio de diez a veinticinco años y diez mil a veinte mil días multa. Constituye r circunstancias agravantes el tráfico de sustancias controladas en volúmenes mayores. Se entiende por tráfico ilícito de sustancias controladas todo acto público dirigido o emergente de las acciones de producir, fabricar poseer dolosamente, tener en depósito o almacenamiento, transportar, entregar, suministrar, comprar, vender, donar, introducir al país, sacar del país y realizar transacciones a cualquier título, financiar actividades" De la relación jurídica subsumida al hecho descrito y las normas legales citadas puede constatarse que SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON, quien se encentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, en su condición de ciudadanos Bolivianos, son propietarios del inmueble Av. Hermanos Rioja Aponte, zona Fátima de la ciudad de Trinidad, razón por la cual al promediar las 18:30 aprox. Los oficiales de la FELCN, se habrían constituido por inmediaciones del dominio ubicado en la Av. Hermanos Rioja Aponte, Zona Fátima de la ciudad de Trinidad, identificando al inmueble sospechoso, en dicho domicilio se pudo observar movimientos de personas sospechosas con rasgos sospechosas con rasgos extranjeros y movimientos de vehículos sospechosos que al percatarse de la presencia de la policía de la FELCN un vehículo de color Azul Tipo Ipsum que estaba estacionado al ingreso del domicilio partió bruscamente dándose a la fuga, no logrando interceptarlo ni identificarlo a las personas ocupantes, de dicho inmueble la puerta del garaje quedo entre abierta, en el interior del inmueble se pudo observar una camioneta de color negra embarrada, con las mismas características que se utilizaría con fines ilícitos al narcotráfico, al cual ingresaron y tomaron contacto con el Sr. Jhon Freddy Marín Castro de nacionalidad Colombiana, quien presentaba una actitud nerviosa sospechosas, que a la revisión realizada a la camioneta de color negra marca Chevrolet se encontró al interior una bolsa de yute de color celeste conteniendo diez (10) paquetes tipo ladrillos envueltos con cinta masquin conteniendo una sustancia blanquecina con olor y color característico a Cocaína, ante este hecho flagrante de inmediato se dio a conocer a su autoridad del operativo realizado para que se constate al lugar, posterior n presencia del Sr. Jhon Freddy Marín Castro y en presencia del fiscal de Sustancias Controladas y Policías intervinientes se realiza la prueba de campo narcotest dando como resultado positivo(+) para cocaína.- IV.- FUNDAMENTACION JURIDICA.- El Ministerio Público amparado en el Art.225 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, como defensor de la sociedad, y en el ámbito de la Regulación del Régimen de bienes secuestrados, incautados y confiscados, vinculados a las actividades de Tráfico de sustancias Controladas; bienes que deben pasar a favor del Estado, como establecen las normativas previstas en los Art. 67, 68, 70, 95, de la Ley 913, "Ley de Lucha Contra el Tráfico de Sustancias Controladas; y en cumplimiento a nuestras funciones y atribuciones especificas señaladas en el Art.72 num.1) de la mencionada Ley, se tiene identificado los siguientes bienes, los cuales se encuentran directamente vinculados a delitos previstos en la Ley 1008 BIENES AFECTADOS.- Estos bienes secuestrados e incautado por la Fiscalía de Sustancias Controladas, fueron utilizados dolosamente para fines ilícitos vinculados al narcotráfico, tal como se evidencia del Informe del investigador asignado al caso, consiguientemente están sujetos a Perdida de Dominio a favor del Estado, como lo establecen los Art.67 y 68 núm. 6) de la Ley 913, "Ley de Lucha Contra el Transporte de Sustancias Controladas, que señalan Art.67 (PERDIDA DE DOMINIO) Es un instituto Jurídico de carácter Real y contenido Patrimonial, que consiste en la pérdida del derecho de propiedad y posesión de bienes de procedencia ilícita, por derivar o estar vinculados a actividades de tráfico Ilícito de sustancias controladas a favor del Estado; sin compensación alguna para su titular, poseedor o tenedor, salvándose los derechos adquiridos de buena fe Art.68 (BIENES SUJETOS A PÉRDIDA DE DOMINIO) La pérdida de dominio recae sobre……1.- Los bienes producto de actividades de tráfico ilícito de sustancias controladas.- 2.- Los bienes que hayan sido utilizados como instrumento en la preparación o ejecución de delitos vinculados al tráfico ilícito de sustancias controladas, salvando los derechos del titular en caso de desconocimiento de la utilización ilícita del bien.- 3.Los bienes sin titular identificado o aquellos no sujetos a registro relacionados a procesos penales de tráfico ilícito de sustancias controladas, que no hayan sido reclamados en el plazo de seis (6) meses, computables a partir de su incautación o secuestro.- 4.- Los bienes, acciones y derechos de sucesión hereditaria, adquiridos por el causante en actividades vinculadas al tráfico ilícito de sustancias controladas.- 5.- Los bienes, acciones y derechos derivados de actividades vinculadas al tráfico ilícito de sustancias controladas, que hayan sido fusionados, material o jurídicamente, a bienes de procedencia lícita, utilizados para ocultar aquellos, salvando la parte obtenida de forma lícita.- 6.Los bienes que se constituyan en instrumento, medio producto o sean de procedencia ilícita vinculados a actividades de tráfico ilícito de sustancias controladas, correspondientes a persona imputada por delitos de tráfico ilícito de sustancias controladas que hubiera fallecido en la tramitación del proceso penal. Esta acción constituye un Instrumento Jurídico de carácter real, independiente de la responsabilidad personal, para evitar la consolidación y disfrute sobre activos y bienes de origen ilícito, vinculados a las actividades de tráfico ilícito de sustancias Con-
troladas. El Art. 70 de la Ley 913; establece que la acción de Perdida de dominio de bienes a favor del Estado es de naturaleza jurisdiccional, especial e independiente de cualquier otra acción judicial o administrativa, y puede ser ejercida en cualquier momento por ser bienes de procedencia ilícita vinculados a actividades de tráfico ilícito de sustancia controlada, que no pueden configurar un derecho de propiedad por carecer de título legítimo. Ahora bien, en el caso en concreto no se ha podido establecer que la adquisición de los VEHICULOS e INMUEBLE obtenido por SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ.MORENO, No fueron rentas licitas, afirmaciones que deben ser tomadas en cuenta considerando que el vehículo e inmueble con un valor económico han sido registrados a sus nombres, así mismo efectuadas las investigaciones correspondientes se ha podido establecer que SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO no ha podido justificar la licitud del origen del inmueble y Vehículos que se encontraban en su inmueble mediante documentación que acrediten sus ingresos económicos por lo tanto analizando los antecedentes, estos hechos se subsumen a lo establecido en el Art. 68 inc. 6) de la Ley 913, como causal para formalizar la presente acción, porque ha quedado objetivamente demostrado que en los procesos por delitos de Tráfico de Sustancias Controladas, SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, son, considerados como autores de tales hechos y que en los mismos se han utilizado los bienes que ahora se solicita pasen a favor del Estado y que de la misma forma estos han sido obtenidos con recursos emergentes de las actividades ilícitas enunciadas.- PRUEBAS OBTENIDAS.- En el desarrollo de la etapa pre procesal, se identificó a los presuntos afectados, SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, EN CALIDAD DE PROPIETARIOOS, como POSEEDORES de los bienes que están vinculados a delitos de narcotráfico; ya que ningún de estos no ha podido justificar como han adquirido los bienes considerando las Condiciones en las que se encontraban desde la adquisición de los bienes Conforme establece el 1er) párrafo del Art. 95 de la Ley 913, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de sustancias Controladas, las Pruebas que sustentan esta acción son.PRUEBAS DOCUMENTALES.- 1.- Denuncia del Señor Norberto Guachalla Paco en su condición de responsable Distrital de la Dirección General de Registro, control y administración de Bienes incautados Beni Dircabi, en contra de los afectados, SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, de fecha 22 de agosto de 2018.- 2.- Inicio de la Etapa Pre procesal al Juez de Sentencia de la Ciudad de Trinidad de fecha 24 de mayo del 2018.- 3.- Informe del Policía Asignado al caso, Sgto. 2 Hernando Sánchez Mortecinos, de fecha 12/04/2017.- 4.- Acta de requisa y registro del Inmueble, de fecha 12/04/2017.- 5.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 6.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 7.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 8.- Acta de secuestro de inmueble de fecha 12/04/2017.- 9.- Muestrario fotográfico de la sustancia secuestrada en la camioneta donde se observa el resultado positivo (+) para cocaína.- 10.- Acta de cuantificación, pesaje y toma de muestra de Sustancias controladas de fecha 12/04/2017.- 11.Acta de prueba de campo de fecha 12/04/2017.- 12.- Acta de secuestro de sustancias controladas de fecha 12/04/2017.- 13.Acta de registro y requisa de inmueble de fecha 12/04/2017.14.- Acta de requisa de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 15.Acta de aprehensión del. Sr. Jhon Freddy Marín de fecha 12/04/2017.- 16.- Acta de precintado de vehículos de fecha 12/04/2017.- 17.- Acta de prueba de campo de fecha 12/04/2017.- 18.- Acta de prueba de campo, Cuantificación, incineración destrucción de sustancias controladas de fecha 18/04/2017.- 19.- Acta de desprecintado y micro aspirado de vehículos de fecha 23/05/2017.- 20.- Dictamen pericial LAB. CLIN.TOX. N°209-17 Caso IDIF-1523-17-LP. De fecha 12 de junio de 2017, se detecta la existencia de macropartículas de "Cocaína" emitido por la Dra. Gloria Amparo Paco Salazar Laboratorio de Químico Forense y Sustancias Controladas del Instituto de investigaciones Forenses.- 21.- Informe del Investigador asignado al caso Sgto. 2 Milton Mita Guaigua de fecha 29 de Agosto del 2018.- 22.- Informe del Investigador asignado al caso Sgto. 2 Milton Mita Guaigua de fecha 25 de Septiembre del 2018.- 23.Informe técnico conclusivo de la etapa Pre Procesal del investigador asignado al caso Sgto 2 Milton Mita Guaigua de fecha 25 de Septiembre del 2018.- Requerimiento Fiscales y sus respectivas certificaciones emitidas por DERECHOS REALES TRINIDAD, TRANSITO, de los afectados PRUEBAS TESTIFICALES.- 1.- Sgto. 2 Hernando Sánchez Mortecinos, investigador FELCN.- 2.- Sgto. 2 Milton Mita Guaigua, investigador especial de Perdida de Dominio…..ALCANCES Y FINES DE LA PRUEBA.- Las pruebas documentales y testificales, están orientadas a demostrar la concurrencia de la causal 6) del art. 68 de la Ley 913, pues se va a acreditar objetivamente que existen bienes relacionados a SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, que ha sido obtenidos y utilizados producto de delitos de narcotráfico y Legitimación de Ganancias Ilícitas.- PETITORIO.- Por todos los fundamentos de hechos y de derechos expuestos; existiendo las pruebas suficientes con las cuales se demuestra que estos bienes secuestrados e incautados en una primera instancia por la Fiscalía de Sustancias Controladas, en el caso BN-M-0041/2017, fue utilizado en el tráfico de Sustancias Controladas, se tiene cumplidos los requisitos establecidos en los Art. 67 y 95 la Ley 913, Ley de Lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas; por lo que en función del principio de Legalidad previsto en el Art. 5 num.1) de la Ley 260, el Ministerio Publico presenta la ACCIÓN DE PERDIDA DE DOMINIO A FAVOR DEL ESTADO del bien señalado, solicitando a su Autoridad que en estricto cumplimiento del Art. 96, 99, Art. 110 y Art. 111 de la señalada Ley 913, admita esta acción, y cumplidas las formalidades procesales, dicte SENTENCIA declarando la PERDIDA DE DOMINIO, y consecuentemente VEHICULO 1.- Tipo: CAMIONETA, Marca: CHEVROLET, Placa: 1642-TRS, Color: NEGRO, Chasis: 913G1481PODC461353. VEHICULO 2- Tipo: CAMIONETA-TOYOTA, Marca: HILUX, Chasis:, 8AJFZ29G9C6150801, Color: PLATEADO, Placa: 3028-XKH. VEHICULO 3.- Tipo: VAGONETA- LAND CRUISER, Marca: TOYOTA, Placa: 1889-DAN, Color: GUINDO, Chasis: JTEBL29J905064978. INMUEBLE: Un Inmueble Ubicado en la Avenida Hermanos Rioja Aponte N° 40 Esquina Rómulo Mendoza, Zona Fátima de la ciudad de 9 Trinidad con una superficie de 1.846.00 M2, inscrito en Derechos Reales con la Matricula N° 8.01.1.01.0014890., sea CONFISCADO a favor d Estado, a nombre del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas CONALTID.- Otrosí 1°.- Acorde al Art. 73 y 302 del Código de Procedimiento Penal, el Ministerio Publico se reserva el derecho de ampliar, corregir, enmendar y rectificar la imputación
EDICTOS
11 formal en Audiencia a ser señalada.- Otrosí 2°.- A efectos de la notificación de los afectados pido que sean notificados conforme dispone el • Art. 163 del Código de Procedimiento Penal en su domicilio señalados.- Otrosi3°.- Domicilio procesal, conforme al Art. 162 del Código de Procedimiento Penal, para lo cual señalo domicilio procesal en la Av. Ganadera, cuartel UMOPAR de esta ciudad, fax 46-22410 y 46-20162.- Otrosi4°.- El Ministerio Publico con fin de hacer conocer la presente acción se solicita la notificación a DIRCABI BENI con domicilio en la Av. Santa Cruz Esquina Vaca Diez para que este actué como entidad coadyuvante y responsable de la administración de bienes objeto de perdida de dominio en favor del estado esto en conformidad a lo establecido en el Art. 74, 77 y 98 de le Ley N° 913. Se tenga presente….Santísima Trinidad, 27 de Septiembre de 2018….A,16 de octubre de 2018.- En atención al memorial de Acción de Pedida de Dominio a Favor del Estado seguido por el Ministerio Publico en contra de SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORRES MORENO Y FANNY TORREZ MORENO y de la revisión del Art. 95 de la ley N° 913 textual señala "El ministerio Publico al momento de presentar la acción de perdida de dominio de bienes a favor del Estado, ofrecerá y acompañara la prueba que sustente su pretensión...(sig)", en el caso presente de la revisión del memorial que antecede no se ha acompañado la prueba; consecuentemente en aplicación del Art. 97 de la ley señalada precedentemente, se CONMINA al Ministerio público a presentar las pruebas ofrecidas dentro del plazo de dos días computables desde su legal notificación, cumplido ello se proveerá lo que fuere de ley.- Fdo. y Sellado Dr. Guillermo Mansilla Mendoza, Juez de Sentencia Penal N° 2 de la Capital.- ACTA DE ENTREGA DE PRUEBAS DOCUMENTALES DEL MINISTERIO PUBLICO ENTREGADAS EN FECHA 23/10/2018….PRUEBAS DOCUMENTALES.- 1.- Denuncia del Señor Norberto Guachalla Paco en su condición de responsable Distrital de la Dirección General de Registro, control y administración de Bienes incautados Beni Dircabi, en contra de los afectados, SILVIA EUGENIA LIJERONHURTADO, SILVANA TORREZ LIJERON quien se encuentra en la tutela de su madre SILVIA EUGENIA LIJERON HURTADO, MARIO JHONNY TORREZ MORENO, EDITH TORREZ MORENO, FANNY TORREZ MORENO, de fecha 22 de agosto de 2018.- 2.- Inicio de la Etapa Pre procesal al Juez de Sentencia de la Ciudad de Trinidad de fecha 24 de mayo del 2018.- 3.- Informe del Policía Asignado al caso, Sgto. 2 Hernando Sánchez Mortecinos, de fecha 12/04/2017.- 4.- Acta de requisa y registro- del Inmueble, de fecha 12/04/2017.- 5.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 6.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 7.- Acta de secuestro de Vehículo de fecha 12/04/2017.- 8.- Acta de secuestro de inmueble de fecha 12/04/2017.- 9.- Muestrario fotográfico de la sustancia secuestrada en la camioneta donde se observa el resultado positivo (+) para cocaína.- 10.- Acta de cuantificación, pesaje y toma de muestra de Sustancias controladas de fecha 12/04/2017.- 11.Acta de prueba de campo de fecha 12/04/2017.- 12.- Acta de secuestro de sustancias controladas de fecha 12/04/2017.- 13.Acta de registro y requisa de inmueble de fecha 12/04/2017.14.- Acta de requisa de Vehículo de fecha 12/0.4/2017.- 15.Acta de aprehensión del Sr. Jhon Freddy Marín de fecha 12/04/2017.- 16.- Acta de precintado de vehículos de fecha 12/04/2017.- 17.- Acta de prueba de campo de fecha 12/04/2017.- 18.- Acta de prueba de campo, Cuantificación, incineración destrucción de sustancias controladas de fecha 18/04/2017.- 19.- Acta de desprecintado y micro aspirado de vehículos de fecha 23/05/2017.- 20.- Dictamen pericial LAB. CLIN.TOX. N° 209-17 Caso IDIF-1523-17-LP. De fecha 12 de junio de 2017, se detecta la existencia de macropartículas de "Cocaína" emitido por la Dra. Gloria Amparo Paco Salazar Laboratorio de Químico Forense y Sustancias Controladas del Instituto de investigaciones Forenses.- 21.- Informe del Investigador asignado al caso Sgto. 2 Milton Mita Guaigua de fecha 29 de Agosto del 2018.- 22.- Informe del Investigador asignado al caso Sgto. 2 Milton Mita Guaigua de fecha 25 de Septiembre del 2018.- 23.Informe técnico conclusivo de la etapa Pre Procesal del investigador asignado al caso Sgto 2 Milton Mita Guaigua de fecha 25 de Septiembre del 2018….NUREJ: N° 8020590…..Proceso: Acción de Perdida de Dominio de Bienes a favor del Estado…..Demandante: Ministerio Público……Afectado: Silvia Eugenia Lijeron Hurtado y otros……Auto Interlocutorio Nro. 72/2018.- GMM/ JSPNRO.2……A, 06 de Noviembre de 2018.- VISTOS: El acta de entrega de pruebas documentales que antecede, las pruebas adjuntas donde se tiene que el Ministerio Publico dentro de la presente causa ha cumplido con lo ordenado en el proveído de fecha 16 de Octubre de 2018; consecuentemente se procede a admitir la acción de Perdida de Dominio de Bienes a favor del Estado de fecha 27 de Septiembre de 2018 (fs. 45 a fs. 48 y vlta).- CONSIDERANDO: Que, de los datos de acción de Perdida de Dominio de Bienes a favor del Estado de fecha 27 de Septiembre de 2018 (fs. 45 a fs. 48 y vlta) Presentada por el Dr. PEDRO I. MONTENEGRO VELARDE — FISCAL DE MATERIA, y de la revisión de los antecedentes, se evidencia que ella cumple con los requisitos exigidos por los Arts. 95 y 96 de la Ley N° 913 por lo que en este juicio pasan a ser las partes principales el Ministerio Publico y los afectado Silvia Eugenia Lijeron Hurtado, Silvana Torrez Lijeron, Mario Jhonny Torrez Moreno, Edith Torrez Moreno y Fanny Torrez Moreno, de tal forma que la Acción de Perdida constituye la base del juicio que pone en movimiento el sistema judicial para el ingreso de forma directa al juicio oral, publico, contradictorio, y continuado.- POR TANTO: El suscrito Juez de Sentencia en lo Penal No 2 de la Capital, en atención a los antecedentes expuestos por el Dr. PEDRO I. MONTENEGRO VELARDE - FISCAL DE MATERIA, admite la Acción de Perdida de fecha 27 de Septiembre de 2018 (fs.45 a ' fs. 48 y vlta ), en contra de Silvia Eugenia Lijeron Hurtado, Silvana Torrez Lijeron, Mario Jhonny Torrez Moreno, Edith Torrez Moreno y Fanny Torrez Moreno, debiendo imprimirse a este procedimiento que corresponde conforme lo señalan los Arts. 96 y siguientes de la Ley No 913.- Providenciando los otrosíes de la Acción de Pérdida.- Otrosí 10.- Se tiene presente.- Otrosí 2°.Notifíquese como se pide, y señalado el domicilio de los afectados.- Otrosí 3°.- Señalado.- Otrosí 4°.- Se tiene presente y notifique funcionario.- En cumplimiento a lo previsto por el Art. 99 de la Ley N° 913, a efectos de su legal citación a terceros se ordena la publicación del memorial de Acción de Pérdida de Dominio de Bienes en favor del Estado y el presente Auto de Admisión, mediante publicación de edictos por dos (2) veces con intervalos de cinco (5) días, en un periódico de circulación nacional y otro a nivel local, para conocimiento de terceros de buena fe…..Regístrese, archívese copia y notifíquese a las partes.- Feto. y Sellado Dr. Guillermo Mansilla Mendoza, Juez de Sentencia Penal N° 2 de la Capital Es todo cuanto se hace saber al TERCEROS INTERESADOS para los fines consiguientes de ley…..Firmado y sellado Dr. Guillermo Mansilla Mendoza - Juez de Sentencia Penal N° 2 de la Capital Ante mí.- firmado y sellado Dr. Ariel Lambert Paniagua Pozo Secretario Abogado del Juzgado de Sentencia Penal N° 2 de la Capital.- El presente Edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad Capital del Departamento del Beni, Jueves Siete días del mes de Marzo de Dos Mil Diecinueve años..
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Viernes, 22 de marzo de 2019
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AVISO DE REMATE
LA DRA. KATYA MONTERO MONTERO JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 2° (EN SUPLENCIA LEGAL) Y PROVINCIAS DE SU JURISDICCION.Hace Saben.- Que, dentro del proceso Ejecutivo seguido por Banco Pyme Ecofuturo S.A. contra: CRISTIAN FERNANDO FERNANDEZ mediante Auto Interlocutorio No 82/2019 NCPC de fecha de 08 de marzo de 2019. Se ha señalado fecha y hora de segundo remate, sobre el inmueble de propiedad de SAMUEL FREITAS ARAMAYO ubicado en Guayaramerin provincia vaca diez, O.T.B. Distrito 1 urbanización 9 de abril, Calle Max Paredes, Manzano 18, Lote No 7 con una superficie de 311.66 Mts.2 Inscrito en Derechos Reales bajo la partida computarizada No 8.02.2.01.0005386 se señala segunda audiencia de subasta para el día jueves 29 de Marzo del 2019 a Hrs. 10:00 a.m. El Remate.- Sobre la base del Avalúo de Fs. 104-116, con la rebaja del 20 %, es decir, por la suma de DOLARES DIEZ MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 56/100 ($us. 10.554.56) Los interesados en presentar posturas deberán hacer sus depósitos del 20% de Ley sobre la base de la subasta para poder hacer ofertas, la cancelación que deberá hacerse en efectivo o en cheque bancario ante el Sr. Notario, a la orden del Señor Juez Publico Civil y Comercial 1°, antes o a la hora del remate, y se apersonarán a la Notaría de Fe Pública Nro. 4 a cargo de la Dra. Alejandra Zambrano Aguirre, ubicado en la calle German Busch No 91 o a la orden del Señor Juez Público Civil y Comercial 1°, donde se llevará a cabo dicho remate, el día y hora señalado. Trinidad, 21 de Marzo de 2019
AVISO DE REMATE
JUZGADO: PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL SEGUNDO PROCESO: "EJECUTIVO" EJECUTANTE: BANCO ECOFUTURO S.A. EJECUTADO: ELOY MATARECO MASAPAIJA MARTILLERO: Notaria de Fe Publica No. 09 Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, ubicada en la calle Cochabamba N° 630. 2do. SEÑALAMIENTO: Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados. Con la Rebaja del 20% A, 25 de Febrero de 2019 VISTOS: Se señala audiencia pública de remate y subasta al mejor postor del bien embargado, para el día Viernes, 29 de Marzo del 2019 a horas 10:30 a.m., consistente en el siguiente bien: 1.- Lote de Terreno urbano ubicado en la Ciudad de San Ignacio de Moxos, Zona 10 de Octubre, Calle Sin Nombre N° 8 con una superficie de 625,00 Mts2, inscrito bajo la matricula computarizada N° 8.05.1.01.0003172, con las características mencionadas en el expediente, sobre la base de su avalúo, del valor de la base fijada en la suma de $us. 12.500,00.- (DOCE MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARE AMERICANOS). Con la Rebaja del 20 %. Remate que se realizará sobre la base de los avalúos señalados que fijan el valor de la base en la suma citada. Los interesados en postular deberán depositar el 20% de la base señalada en efectivo o cheque Bancario, girado a la orden de DEPOSITOS JUDICIALES, del Órgano Judicial y con conocimiento de la juez Público Civil y Comercial Segundo o mediante depósito judicial en el mismo juzgado. A sus efectos se designa como martillero a la Notaria de Fe Publica No. 09 Dra. Karell Paola Ávila Rodríguez, ubicada en la calle Cochabamba N° 630. Ciudad de la Santísima Trinidad 07 de Marzo de 2019.
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Viernes, 22 de marzo de 2019 EDICTO
El Dr. Ricardo Illanes Saavedra – JUEZ PUBLICO CIVIL, COMERCIAL Y DE FAMILIA 2do-. DE RIBERALTA, CAPITAL DE LA PROVINCIA VACA DIEZ DEPARTAMENTO BENI DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. HACE S A B E R: Que, conste por el presente EDICTO en el que se cita y emplaza a: PABLO HUARI dentro del proceso USUCAPION DECENAL seguido por ROXANA TOMASITA BOWLES BENAVIDES y ROXANA BENAVIDEZ VIVEROS contra PABLO HUARI a cuyo fin se transcriben los actuados pertinentes == SEÑOR JUEZ PUBLICO DE TURNO CIVIL Y COMERCIAL DE RIBERALTA.- Demanda Usucapión Decenal cursante de Fa. 23 a Es. 24 de obrados.- Otrosíes.- ROXANA TOMASITA BOWLES BENAVIDES y ROXANA BENAVIDEZ VIVEROS, mayores de edad, vecinas de esta ciudad, con domicilio sobre la Av. Sucre y hábiles por derecho, ante su Autoridad con todo respeto exponemos y pedimos: I.- Antecedentes e Invocación.-Ocurre Sr. Juez que llevamos más de 15 (quince) .años poseyendo y viviendo de manera pacífica, publica y continuada en el inmueble ubicado sobre la Av. Sucre, Manzana 84, Lote Nro. 295-3, antes Distrito 1, hoy Distrito, 2, antes Barrio Central, hoy Barrio o Junta Vecinal "San Antonio" con una extensión superficial total de 500.-(Quinientos) Metros Cuadrados, es decir que mide 10.- m de frente por la Av. Sucre por 50.- M dé fondo. Al interior de dicho inmueble hemos realizados mejoras, construcciones y edificaciones para de esta manera poder en condiciones de habitabilidad, en resumen poder vivir bien. Por otro lado, antes de que realicemos las mejoras y construcciones en ese terreno, el mismo, según registro en DDRR figura a nombre de PABLO HUARI conforme al Registro que adjuntamos a la presente Demanda y que se encuentra inscrito bajo la Partida Nro. 608 de fecha 16 de julio de 1998 del Registro de Propiedades de la Provincia Vaca Diez. 11,-. Pretensión.- Ahora bien, la Posesión ejercida por nuestras personas sobre el bien inmueble descrito con anterioridad, aparte de tenerlo físicamente, (corpus), demostramos y efectuamos actos de tenerlo como propietarias (anímus), por lo que cumplimos con los requisitos exigidos por la Doctrina y Jurisprudencia sobre los requisitos que conllevan la Posesión, no otra cosa significa el hecho que dicho inmueble se encuentre registrado a nombre de nuestras personas en la Alcaldía Municipal de Riberalta tal como se evidencia del Plano de ubicación que cuenta con la extensión superficial y que ha sido emitido por las Oficinas de Catastro del Municipio de Riberalta que data del 22 de diciembre del 2003, así como el pago de los Impuestos Catastrales que año a año venimos realizando en dicho Municipio, además del pago de Servicio de Energía Eléctrica y Telefonía, los mismos que están al interior de nuestro citado inmueble. En ese sentido la Posesión ejercida por nuestra personas sobre el citado inmueble conllevan a que podamos acceder al derecho de propiedad previsto en nuestro ordenamiento civil sustantivo; para tal efecto, es necesario indicar que la usucapión llamada también prescripción adquisitiva es un modo originario de adquirir el derecho de propiedad sobre un bien por la posesión continua e ininterrumpida, pública y pacífica por el plazo que dispone la ley, en el caso de la usucapión extraordinaria, el plazo de 10 años, que cumplido de manera efectiva y sumado a la posesión dan lugar a la prescripción adquisitiva. Señalado lo anterior, corresponde recurrir a lo previsto por el Art. 87 del CC que erg relación a la Posesión señala: "I. La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real". Así mismo, el Art. 110 del CC establece lo siguiente: "La propiedad se adquiere por ocupación, por accesión, por usucapión..."(sic). Por último, el Art. 138 del CC expresa: "La propiedad de un bien inmueble se adquiere también por sólo la posesión continuada durante diez años". III.- Petición.- De lo anteriormente manifestado Sr. juez se tiene que la Posesión ejercida por nuestras personas sobre, el bien inmueble descrito con anterioridad reúne todos los requisitos exigidos para la Usucapión Extraordinaria, consiguientemente de conformidad a lo previsto por los Arts. 87, 110 y 138 del CC y Art. 362 de la Ley 439, DEMANDAMOS: USUCAPION DECENAL con relación al bien inmueble ubicado sobre la Av. Sucre, Manzana 84, Lote Nro. 295¬3, antes Distrito 1, hoy Distrito, 2, antes Barrio Central, hoy Barrio o Junta Vecinal San Antonio con una extensión superficial total de 500.- (Quinientos) Metros Cuadrados, es decir que mide 10.¬m de frente por la Av. Sucre por 50.- M de fondo que figura a nombre de PABLO HUARI, pidiendo a vuestra Autoridad se sirva Admitir la presente Demanda, tramitarla conforme a derecho y en Sentencia se la Declare Probada disponiendo: Se Reconozca en nuestro favor el bien inmueble descrito con anterioridad y se cancele totalmente en DDRR el registro a nombre de PABLO HUARI y que se encuentra inscrito bajo la Partida Nro. 608 de fecha 16 de julio de 1998 del Registro de Propiedades de la Provincia Vaca Diez. Se ordene el nuevo Registro en DDRR de nuestra ciudad a favor de nuestras personas el bien inmueble con los siguientes datos: ubicado sobre la Av. Sucre, Manzana 84, Lote Nro. 295-3, antes Distrito 1, hoy Distrito, 2, antes Barrio Central, hoy Barrio o Junta Vecinal San Antonio con una extensión superficial total de 500.- (Quinientos) Metros Cuadrados, es decir que mide 10.- m de frente por la Av. Sucre por 50.- M de fondo. Teniendo en cuenta que desconocemos por completo el paradero y domicilio de PABLO HUARI por lo que de conformidad a lo previsto por el Art. 293-6 de la Ley 439 la presente Demanda queda Excluida de la Conciliación Previa. Otrosí 1.- Como ya se ha expresado desconocemos el domicilio y el paradero del Sr. Pablo Huari, por lo que solicitamos se sirva disponer su CITACION mediante EDICTO tal como lo establece el Art. 78-II-de la Ley 439. Otrosí 2.- En calidad de Prueba Literal nos permitimos ofrecer las siguientes: Plano de Ubicación del inmueble objeto de la presente Demanda extendido por las oficinas de Catastro del H. Alcaldía Municipal de Riberalta; Pagos de Impuestos Catastrales desde la Gestión 2008 al 2016 con relación al inmueble objeto de Demanda; Aviso de cobranza de Energía Eléctrica cuyo servicio básico se encuentra al interior del inmueble objeto de Demanda; Factura de Servicio de Telefonía cuyo servicio básico se encuentra al interior del inmueble objeto de Demanda; Certificación emitida por la Junta Vecinal "San Antonio" donde se evidencia que el inmueble objeto de la presente Demanda lo tenemos por más de 15 años y Certificado emitido por DDRR donde se evidencia, que el inmueble objeto de la presente Demanda se encuentra registrado a nombre de PABLO HUARI y que se encuentra inscrito bajo la Partida Nro. 608 de fecha 16 de julio de 1998 del Registro de Propiedades de la Provincia Vaca Diez. Así mismo, en calidad de Prueba Pericial tal como lo establece el Art. 193 de la Ley 439 ofrecemos al Arquitecto Vrissley Mauricio Cambero Herrera, mayor de edad, vecino de esta ciudad y hábil por derecho, que la etapa correspondiente se propondrán los puntos de pericias para ser absuelto por el nombrado Perito. Por último, acorde a lo establecido por el Art. 187 de la Ley 439 nos permitimos ofrecer Prueba de Inspección Judicial al interior del inmueble objeto de la presente Demanda, donde se evidenciara la Posesión que ejercemos sobre el inmueble y todas las mejoras que hemos realizado en su interior y que datan más de 10, años. Otrosí 3.- Señalamos domicilio procesal el Bufete del Abogado de suscribe ubicado en la Av. Gabriel Rene Moreno (final) de esta ciudad. Riberalta, 20 de diciembre del 2018.- ROXANA TOMASITA BOWLES VENAVIDES y ROXANA BENAVIDEZ VIVEROS.- Firmado y Sellado Dr. Niki Salvatierra Zapata, Abogado RPA Nro. 1903188SNSZ-A….. A vta. de Fs. 25.- de Obrados cursa el Auto Interlocutorio Nro. 310/2018 de fecha 26 de diciembre del 2018 referido a la Admisión de la Demanda…A vta. de Fs. 41.- de Obrados cursa Decreto donde se dispone tomar el juramento de desconocimiento de domicilio y posterior a ello líbrese los Edictos para la citación del Demandado, por lo que se CITA a Pablo Huari acorde a lo previsto por el art. 78-II de la Ley 439 para que proceda a contestar la presente Demanda en el Plazo previsto por el art. 363-111 de la Ley 439, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde en caso de no contestarla en el plazo de ley.- Firmado y sellado Dr. Ricardo Illanes Saavedra - JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL HABILITADA JUZGADO PUBLICO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIAR No 2 DE RIBERALTA.- ACTA DE AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.-1 Realizado a horas 11: 00 a.m., del día de hoy Jueves 07 de Marzo, 2019, constituido en audiencia pública de DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, el JUZGADO PÚBLICO CIVIL, COMERCIAL Y DE FAMILIA N° 2 DÉ LA CIUDAD DE RIBERALTA, integrado por él DR. RICARDO ILLANES SAAVEDRA - JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL, COMERCIAL Y DE FAMILIA No 2 DE RIBERALTA y la suscrita Secretaria habilitada Gladys Cayllagua Yapuchura.- Acto seguido y previo Juramento de Ley y ante El Señor Juez dijeron: Nos llamamos ROXANA TOMASITA BOWLES BENAVIDES y ROXANA BENAVIDEZ VIVEROS, por el Juramento que tenemos prestado ante su Autoridad debemos decir Señor Juez que DESCONOCEMOS EL DOMICILIO O ACTUAL PARADERO del Sr. PABLO HUARI.Con lo que .se terminó la presente Audiencia a horas 11: 15 a.m., firmando en constancia junto al Señor Juez y la suscrita Secretaria habilitada que Certifica == Firmado ROXANA TOMASITA BOWLES BENAVIDES y ROXANA BENAVIDEZ VIVEROS == DEMANDANTE == Firmado y sellado Dr. Ricardo Illanes Saavedra == JUEZ PÚBLICO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIAR N° 2 DE LA CIUDAD DE RIBERALTA == Firmado y Sellado— Gladys Cayllagua Yapuchura ¬SECRETARIA HABILITADA JUZGADO PÚBLICO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIAR N° 2 DE LA CIUDAD DE RIBERALTA - BENI - BOLIVIA. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE RIBERALTA, CAPITAL DE LA PROVINCIA VACA DÍEZ DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2019,
C-21-31/03/2019 EDICTO JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL.CUARTO DE LA CAPITAL TRINIDAD - BEN I - BOLIVIA. Por el presente EDICTO, se cita, llama y emplaza, a PRESUNTOS PROPIETARIOS y/o QUIENES TENGAN IGUAL O MEJOR DERECHO PROPIETARIO a objeto para que comparezcan ante este Despacho Judicial y asuman conocimiento y defensa dentro del proceso de EXTRAORIDNARIO DE REGULARIZACION DERECHO PROPIETARIO LEY N° 247 seguido por JOSE LUIS GUZMAN VARGAS, en contra de MIGUEL ROCA RIBERA Y PRESUNTOS PROPIETARIOS, bajo apercibimiento de ser notificados en Secretaria del Juzgado con posteriores actuaciones y proseguirse con la normal tramitación en el caso de inconcurrencia. Para su conocimiento se transcriben las siguientes piezas procesales: memorial de DEMANDA, cuyo tenor es el siguiente: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CAPITAL Demanda de Regularización de Derecho Propietario ley 247.- Otrosíes.- JOSE LUIS GUZMAN VARGAS, mayor de edad. portador de la cédula de identidad No 1920952 Beni de ocupación comerciante, con domicilio en la calle Mentón Villavicencio N° 30, zona San Antonio, vecino de esta ciudad de Trinidad, estado civil soltero, hábil por Ley, Presentándome ante su digna autoridad con el debido respeto expongo y pido: Señor Juez, en fecha 26 de junio del año 1987 Mediante minuta de transferencia con reconocimiento de firmas ante el Juzgado de Mínima Cuantía N° 2 de la Ciudad de adquiero el lote de terreno consistentes en 300 M2., del señor Miguel Roca Ribera, sin embargo por desconocer el procedimiento de registros en Derechos Reales y mi negligencia no he realizado el trámite correspondiente para el registro en Derechos Reales, y como se puede constatar desde la fecha que adquirí el bien inmueble construí de acuerdo a mis posibilidades mi casa, donde vivo con toda mi familia desde hace 28 años desde que me encuentro en posesión, pacífica y continuada pública de un Lote de terreno urbano que cuenta con las siguientes características y colindancia: al Norte colinda con la calle Costanera Cañada Arroyo San Juan con un frente 10.00 Mts., al Sur con el Propietario Hernán Hurtado C., con un frente de 10.00 Mts., al Este con el Propietario Miguel Roca R., con una superficie de 28.50 Mts., al Oeste con la Propietaria María Aponte con una superficie de 28.50 Mts., haciendo una superficie total de 285.00 Metros cuadrados, donde he construido mi vivienda de acuerdo a mis posibilidades económicas y donde vivo con mi familia compuesto por mis 7 hijos y mi esposa, terreno que se encuentra ubicado en la zona Santa Cruz Sur Distrito N° 4, Manzano N ° 9. terreno que cuento con todo los servicios básicos de agua y luz, tal como lo demuestro con la factura de Luz, que adjunto a la presente demanda, quiero hacer notar a su autoridad señor Juez, que durante los 28 años que vivo en el inmueble nunca he sido perturbado o molestado por personas que se creyeran dueños. Por lo manifestado yen apego a los Arts. 110, 111. y 369 del Código Procesal Civil y el art. 8 de la Ley 247 de Regularización de Derecho Propietario y cumplido con todos los requisitos exigidos por los artículos 10, 11, de la citada ley y art. 327 del C.P.C. y al no estar comprometido en las prohibiciones establecidas en el art. 12 de la Ley 247, en la vía judicial extraordinaria Interpongo Demanda de Regularización de Derecho Propietario contra el señor MIGUEL ROCA RIBERA presunto propietario del Lote de terreno que se encuentra ubicado en la zona Santa Cruz Sur, sobre la Costanera Cañada Arroyo San Juan, terreno que se encuentra para mi vivienda, en consecuencia solicitando a su autoridad imprima el trámite de ley, DICTE SENTENCIA DECLARANDO PROBADA MI DEMANDA en todas sus partes.- Otrosí 1.- El demandado es mayor de edad hábil por Ley, con domicilio en la calle Abadesa, a la vuelta de la Posta Pedro Marban, quinta casa Color Amarillo de esta ciudad de Trinidad: comprometiéndome acompañar al oficial de diligencias para su notificación al demandado.- Otrosí 2.- Adjunto en calidad de prueba las siguientes documentales:1) Minuta de transferencia con Reconocimiento de firmas del Lote de terreno 2) Resolución Técnica Administrativa Municipal N° 08/2018, Certificación N° 08/2018 extendida por la Asesora Legal del G.A.M. ley N° 247 y 803, de la Secretaria de Ordenamiento Territorial, Informe Legal sobre Empadronamiento y Regularización de Derecho Propietario N° 08/2018 extendida por la Aseso-ría Legal del G.A.M. ley N° 247 y 803, Informe de Verificación de Lote Urbano de fecha 14 de febrero de 2018 elaborado por el técnico topógrafo del servicio de apoyo para la regularización de derecho propietario, Plano de terreno urbano aprobado por planimetría y levantamiento de acuerdo a la ley N° 803. Formulario de ubicación del inmueble elaborado por la Arq. Claudia Julcahuanca Cordova 3) Solicitud de regularización y verificación del plano. 4) Declaración jurada voluntaria. 5) Copia de cedula de identidad. 6) Formulario de PROREVI. 7) Certificado nacional de no propiedad extendido por DDRR.- OTROSI 3.- Ofrezco en calidad de prueba testifical a los siguientes señores: E María Estela Chormini Malue con C.I. 5591368Bn- Ana Guasase Chuve con Cl. 1729099 Bn.- OTROSI 4.- Los honorarios del profesional abogado que suscribe se atiene a lo dispuesto en el arancel mínimo del colegio de Abogados.- OTROSI 5.- Para fines de notificación señalo domicilio procesal la oficina de mi abogado patrocinante ubicada en plaza principal acera oeste "centro comercial plaza" oficina N° 21….Trinidad 03 de julio 2018.- FDO.-JOSE LUIS GUZMAN VARGAS FDO.- SELLADO DR.- ROMAN MARTINEZ PEREZ….ABOGADO. A Fs. 19 cursa, PROVIDENCIA Santísima Trinidad, A 30 de Julio de 2018.- VISTOS: La demanda de Regularización de Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a vivienda de fs. 21 y vlta. De obrados, Interpuesta por JOSÉ LUIS GUZMAN VARGAS, en aplicación a lo que determina el art. 8 y siguientes de la Ley No 247, se le ADMITE para ser tramitada como proceso extraordinario conforme establece al art. 3 y siguientes de la Ley N° 803 de Modificación de la Ley 247. A los efectos que en derecho corresponda, CÓRRASE EN TRASLADO Y CITESE A MIGUEL ROCA RIBERA, para que contesten dentro del plazo de Treinta (30) días desde su legal citación, conforme dispone el art. 363 parág.III del mismo cuerpo legal. CITESE TAMBIEN A LOS POSIBLES Y/0 PRESUNTOS PROPIETARIOS del inmueble urbano ubicado en la Zona Santa Cruz Sur, Distrito N°4, Manzana N° 9, Calle Costanera Cañada Arroyo San Juan, Lote S/n. con una superficie de 285.00 Metros Cuadrados, para que contesten dentro del plazo de Treinta (30) días desde su legal citación, conforme dispone el art. 363 parág.III del mismo cuerpo legal, sea mediante EDICTO, previo juramento de desconocimiento de domicilio, señalándose audiencia pública para el día miércoles 01 de agosto de 2018, a horas 10:00 am.Notifíquese al SENAPE-BENI, a los fines que se pronuncien si el bien inmueble objeto de Litis corresponde a los custodios del Estado: De igual manera a la Honorable Alcaldía Municipal de Trinidad, a los fines que se pronuncien si el bien inmueble objeto de Litis corresponde a área municipal, riesgo, verde, de Equipamiento o privado, en caso de corresponder a este último, se informe a nombre de quien cursa registro o paga de tributos a los efectos no vulnerar derechos de tercero.- AL Otrosí 1.- Por señalado.- Al otrosí 2 y 3.- Por adjuntados y ofrecidas las documentales y testificales, con noticia de partes. Se tiene ordenado.- Al otrosí 4.-Presente.- Al Otrosí 5, Por señalado el domicilio procesal. Regístrese.- Fdo, Y Sellado.- Dra. R. ADELA HURTADO HERNANDEZ.- Juez Público Civil y Comercial Quinto de la Capital En Suplencia. Fdo. Y Sellado.- Dr. Edwin Rubén Choque Flores - Secretario - Abogado Juzgado Público Civil y Comercial Segundo de la Capital. A fs. 70 cursa ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO O PARADERO.- Es cuanto se transcribe en el presente edicto, el mismo que es Librado en la ciudad de Trinidad, capital del Beni, a los 20 días del mes de Marzo de 2019 años.
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Viernes, 22 de marzo de 2019
DEPORTES
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Selección
Conoce el equipo que Villegas ensayó para su primer amistoso
El Deber Agencias
En una sesión de entrenamiento que duró más de dos horas,
el DT de la selección boliviana, Eduardo Villegas, ensayó el posible onceno titular que presentará en el partido amistoso ante Corea del Sur que se disputa-
Los jugadores en plena práctica en el estadio Munsu de Ulsan. Foto El Deber
rá este viernes (7:00). La base del equipo es el arquero Carlos Lampe, el lateral izquierdo Marvin Bejarano y volante Alejandro Chumacero. Todo apunta a que Villegas pondrá desde el inicio a Lampe en el arco. El técnico cochabambino pretende darle un espaldarazo al portero de San José de Oruro que tiene una trayectoria importante en clubes y también defendiendo los colores del combinado nacional. El cruceño sabe de taparles todo a jugadores de talla internacional como Neymar y James Rodríguez. La línea de fondo estaría compuesta por Erwin Saavedra, Jordi Candia, Luis Haquin y Bejarano. El chapaco es uno de los jugadores más antiguos
Fútbol
Nacional, con equipo definido para defender su invicto
El Deber Potosí Nacional Potosí no quiere saber nada de males de copas y ya tiene listo el equipo titular que enfrentará a Wilstermann, el sábado (17:15) en el estadio Félix Capriles de Cochabamba. El partido es reprogramado de la fecha 12. El técnico Alberto Illanes apelará a la experiencia de su equipo con la inclusión de Miguel Quiroga, Bruno Pascua y Edson Pérez, en relación al equipo que jugó el último partido del Apertura, ante Destroyers con goleada de 7-2. Los jugadores mencionados reemplazarán a Miguel Padilla, Nelvin Soliz y el goleador colombiano Harold Reina,
respectivamente. Son las propuestas de Illanes que espera haber recuperado psicológicamente a sus jugadores de la derrota ante Zulia de Venezuela (0-1), el pasado martes por Copa Sudamericana. La banda roja tuvo nuevamente este jueves otra sesión de charla con el técnico potosino. Posible equipo La banda roja encarará el cotejo en Cochabamba con Javier Rojas, en el arco; Daniel Mancilla, Luis Torrico, Víctor Galain, Wálter Rioja, en la defensa; Wilde Salazar, Luis Pavia, Miguel Quiroga, Bruno Pascua, en la defensa; mientras que arriba estarán Edson Pérez junto a Vladimir Castellón.
Nacional Potosí busca seguir de invicto en el torneo Apertura. Foto Archivo
en la Verde por lo que tiene mayor responsabilidad, ya que además de desenvolverse en su puesto hay bastantes posibilidades de que luzca el cintillo, tal cual lo hizo en el amistoso frente a Nicaragua en Villa Tunari. En el medio campo Villegas alineó a Leonel Justiniano, Paúl Arano, Raúl Castro y Samuel Galindo, más adelante estuvo Alejandro Chumacero. El volante paceño llega con un ‘cartel’ especial, ya que es uno de los dos futbolistas que militan en el exterior que fue llamado por Villegas – el otro es Luis Haquin-. Para completar el onceno, el DT puso a Gílbert Álvarez en la delantera. Segunda jornada en territorio
asiático El primer contacto del cuerpo técnico con los jugadores fue en el desayuno que se llevó a cabo en el hotel (9:30). Mientras los futbolistas ingresaban al salón, el ayudante de campo de Villegas, Jaime Jemio, y el analista de video, Paulo Apaza, le realizaron una sesión de fotografía y video para el trabajo que ellos realizan en las charlas técnicas. Una vez cumplidas las dos primeras actividades, la delegación se dirigió a la cancha auxiliar del estadio de Munsu para trabajar por segundo día consecutivo. Se percibe un buen ambiente entre el equipo que comanda Villegas y los futbolistas que se muestran animados.
Europa
La UEFA sancionó a Ronaldo con 22.737 dólares por celebración obscena
Ronaldo en su celebración de goles en el triunfo de la Juventus al Atlético. Foto Archivo
El Deber Agencias Se inclinaron por lo económico. La UEFA decidió aplicar una multa de 20.000 euros (22.737 dólares) al delantero de la Juventus, Cristiano Ronaldo, por su festejo considerado obsceno en el triunfo de su equipo ante el Atlético de Madrid, en el partido de vuelta por octavos de final de la Champions League. En ese cotejo, el crack luso se mandó un triplete de goles y lo celebró haciendo referencia a sus testículos, tal como lo hizo el
técnico del Atlético, el argentino Diego Simeone, en el lance de ida que su equipo ganó a los italianos por 2-0. El entrenador fue sancionado de la misma forma. La UEFA consideró que Cristiano tuvo una infracción al artículo 11 (2) del reglamento en lo que respecta a “Conducta inapropiada” con su gesto hacia las gradas del estadio de la Juventus. Con la pena económica se descartan las posibilidades para que el luso sea suspendido en el partido de cuartos de final ante el Ajax de Holanda, el miércoles 10 de abril en Amsterdam.
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Viernes, 22 de marzo de 2019
Depo
Mutual de ex Jugadores de Fútbol Trinidad
Yoyo quiere seguir sumando a costa de Ávila Contacto Trinidad En la sexta fecha del campeonato “Monters Sport Edwin ‘Caracha’ Oliva”, el club Yoyo Zambrano llega en condición de invicto y busca seguir sumando a costa de M Ávila que llega urgido de un triunfo para lavar la imagen que dejó el pasado fin de semana. En el pasado fin de semana, Yoyo se dio un festín a costa de Aurelio Videz a quien derrotó por el abultado marcador de 10 goles a 1, en cambio Mario Ávila viene de caer por 1 a 2 frente a Juan Cortez, por ello necesita el triunfo. Los jugadores de Yoyo llegan tranquilos a este compromiso, sabiendo que son punteros e invictos en lo que va del cam-
peonato, entrarán al campo de juego a realizar su juego y buscar el triunfo. Por su lado, Mario Ávila llega a este compromiso con la necesidad de recuperar terreno después de su derrota que lo coloca en la tercera posición, además buscará quitarle el invicto al campeón del torneo pasado. Cortez-Pereque Juan Cortez va por su segundo triunfo este domingo frente a César ‘Pereque’ Yomeue, además que de ganar, le quitaría el invicto a otro más del campeonato, el pasado fin de semana lo hizo con Mario Ávila. Será un bonito partido para mirar al final de la tarde dominical en la cancha de la Mutual de Fútbol Trinidad. Sábado 23 de marzo 2019 13:00 Eleuterio Tarqui Vs. Aure-
lio Videz (Sénior) 14:20 Jacinto Pinto Vs. Herlando Rioja (Sénior) 15:40 Mario Ávila Vs. Ronny Suárez (Sénior) 17:00 Eduardo Mansilla Vs. Abdón Cayaduro (Especial) Domingo 24 de marzo 23019 08:00 Aurelio Videz Vs. Guillermo Vargas (Especial) 09:20 Edmundo de la Riva Vs. Guillermo Vargas (Sénior) 10:40 Enrique Gutiérrez Vs. Juan Cortez (Sénior) 12:00 Raúl Pradel Vs. Onofre López (Sénior) 13:20 Yoyo Zambrano Vs. Mario Ávila (Especial) 14:40 Fernando Rivero Vs. Solares-Mansilla (Sénior) 16:00 Germán Pomar Vs. Rubén Suárez (Sénior) 17:20 Juan Cortez Vs. César ‘Pereque’ Yomeye (Especial)
Así están las posiciones actualmente en el campeonato. Foto Mutual
Liga femenina de Minifútbol Villa Jimena
Sudamericana
Contacto Trinidad
El Deber Agencias
San José va a la caza de Deportivo Amistad
En una nueva fecha del campeonato femenino de Minifútbol Villa Jimena, el club San José llega motivado a su compromiso con deportivo Amistad después de haber obtenido una valiosa victoria el pasado sábado, buscarán quitarle el invicto a sus rivales de turno. San José derrotó a P.S.G. por el marcador de 2 goles a 1, en un partido en el que tuvo posibilidades de anotar más goles, pero sus delanteras fallaron en la puntada final. A este encuentro llegan dos equipos que vienen de conseguir valiosos triunfos en sus pasados compromisos, las del combinado Deportivo Amistad, derrotaron a las actuales campeonas por 2 a 1 y ahora, se
encaminan a terminar primeras en la tabla al cabo de la primera rueda y ganarse el premio que otorga la liga. Deportivo Amistad es un equipo muy bien conformado, con jugadoras de la selección beniana sub 18, así como jugadoras que han brillado en otros clubes, será un atractivo encuentro el que jugarán el sábado a partir de las 3 de la tarde. Esta la programación del campeonato de Minifútbol de Villa Jimena: Sábado 23 de marzo 2019 13:00 Las Nuevecitas Vs. Las Incógnitas 14:00 Ingeniería Civil Vs. Libertad 15:00 Deportivo Amistad Vs. San José 16:00 Real Trinidad Vs. 20 de Agosto 17:00 P.S.G. Vs. Sache Mojeño 18:00 F.C.F. Madrid vs. Villa Jimena 19:00 Villa Moisés Vs. San Ramoncito
Club Deportivo Amistad, punteras e Club Incógnitas, buscará seguir sumando en el campeonato. Foto Tigre invictas del campeonato. Foto Tigre
Oriente empata en Colombia y se ilusiona en la Copa
En una gran noche para Lucas Mugni, Oriente se quedó con un buen sabor tras empatar 1-1 en el partido de ida de la Copa Sudamericana. El 10 albiverde anotó un golazo para poner en ventaja a su equipo, pero la mala fortuna hizo que también marque en contra, cuando faltaban 9 minutos para el final. Igual el punto ilusiona para la vuelta, el 17 de abril en el Tahuichi. Un empate sin goles clasifica a Oriente en la revancha, es decir, que cuando arranque el duelo en condición de local los refineros estarán dentro de la segunda fase que entrega un premio de $us 375.000, sumados a los que ya ganó por estar en esta primera fase (ya aseguró $us 300.000). No fue nada fácil para el equipo de Mauricio Soria, más allá de que el rival es el colero de la liga colombiana (entre 20 equipos), es más, el DT ya sabía a qué equipo se enfrentaba, por eso paró un onceno con mucha gente en el medio campo y un solo punta (José Alfredo Castillo). La idea era esperar al rival y hacerle daño en el contragolpe. La fórmula funcionó en los primeros 45 minutos, en los que los refineros se fueron
en ventaja. La mala suerte del 10 El empate para Águilas fue en una acción con mala fortuna para Mugni, pues llegó por medio de un tiro libre de Andrés Ramírez cerca del área. El 10 de Oriente, el mejor de la cancha, en su afán de despejar rozó el balón con la cabeza y desvió la trayectoria engañando al portero Peñarrieta, que nada puso hacer. El resto del tiempo, los albiverdes aguantaron con todo para defender ese punto que puede ser de oro, siempre y cuando lo pueda hacer valer en el partido de vuelta. El 1-1 lo festejaron los jugadores y los pocos hinchas que viajaron hasta Rionegro.
El partido se juega en el estadio Alberto Grisales, de Ríonegro. Foto AFP