Concurso Distrital de Fotografia Patrimonio Presente

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PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2011

II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA BOGOTÁ: PATRIMONIO PRESENTE!

Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Alcaldía Mayor de Bogotá Instituto Distrital de Patrimonio Cultural Sede: Calle 13 N° 2-58 • Conmutador: 355 08 00 Ext.: 128-136 www.patrimoniocultural.gov.co Instituto Distrital de Patrimonio Cultural


PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÌMULOS 2011 II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA, BOGOTÁ: PATRIMONIO PRESENTE! – 2011 Teniendo en cuenta la exitosa experiencia y la masiva participación de los ciudadanos en la versión 2010 del Concurso de Fotografía “Bogotá ¡Patrimonio Presente!”, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural considera relevante dar continuidad al mismo, consolidando así este concurso como un importante medio y escenario para la reflexión y divulgación del patrimonio. Lo invitamos a leer atentamente toda la cartilla, pues en esta encontrará los términos y condiciones para la presentación de propuestas para el presente concurso “II Concurso Distrital de Fotografía, Bogotá: Patrimonio Presente!”. Tenga presente que para presentar una propuesta se requieren básicamente tres cosas: Elaborar una propuesta que responda al objetivo de la convocatoria, con una estructura clara, sencilla, con objetivos bien planteados, medibles, con beneficiarios plenamente identificados, actividades concretas, entre otros asuntos que se describen en la presente cartilla. Cumplir con la totalidad de la documentación solicitada, en los términos requeridos. Preste atención a aspectos como las firmas (que firme quien debe firmar), los documentos exigidos, las condiciones que debe cumplir para participar, los plazos establecidos para aportar la documentación, los formatos solicitados, entre otros. En la presente cartilla se encuentra un listado que contiene la documentación requerida en la presente convocatoria. Cumplir los términos y tiempos previstos en el cronograma de la convocatoria. Se sugiere que aliste su propuesta y toda la documentación con la debida antelación, lo cual le permitirá entregar su propuesta a tiempo y completa. Así mismo, es indispensable que los concursantes revisen periódicamente el portal de la Entidad, en donde se realizan las eventuales actualizaciones o modificaciones tanto a las condiciones, como a los términos de la convocatoria. La entidad responsable de este concurso es: Instituto Distrital de Patrimonio Cultural Dirección: Calle 13 No. 2- 58 Teléfonos: 3 55 08 00 Ext. 128 - 136 Correo electrónico de contacto: convocatorias@idpc.gov.co Portal de la entidad: http://www.patrimoniocultural.gov.co/convocatorias


1. Presentación institucional y del Sector La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), es un organismo del sector central con autonomía administrativa y financiera creado por el Acuerdo 257 de 2006. La SCRD funciona como cabeza del Sector Cultura, Recreación y Deporte de la ciudad y tiene por objetivo orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital, en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las Entidades Adscritas y Vinculada y la sociedad civil. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como sus Entidades Adscritas y Vinculada, han orientado la institucionalidad y sus acciones para garantizar el ejercicio efectivo y progresivo de los derechos culturales de los habitantes de la ciudad. Como resultado de lo anterior y como producto de la concertación con el Sector, la ciudad de Bogotá cuenta en el 2011 con el Instituto de la Artes – IDARTES -, creado mediante el Acuerdo 440 del 24 de junio de 2010. La creación de este Instituto constituye un avance en la construcción de políticas, pues responde a las necesidades de modernización y mejoramiento de la Administración Pública Distrital, con el fin de incrementar los procesos participativos de los ciudadanos, la gobernabilidad democrática del Distrito Capital y la sostenibilidad del desarrollo y de la ciudad. La creación del Instituto de las Artes, se suma a importantes avances del sector en estos últimos años, como por ejemplo la “Seguridad Social para artistas en Bogotá – ASEGURARTE”; programa que permitirá garantizar el derecho a la salud de los creadores y gestores culturales más vulnerables de la ciudad, quienes recibirán los beneficios del régimen contributivo en salud, mediante un subsidio otorgado por la Administración Distrital. Con esta iniciativa, Bogotá será la primera ciudad del país en garantizar a sus artistas el derecho a la salud, lo que permitirá mejorar su calidad de vida y dignificar su valiosa labor. En este contexto, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y las entidades adscritas destinan un porcentaje considerable de su presupuesto de inversión, para fomentar los campos del arte, la cultura y el patrimonio, de manera articulada y coherente, con el propósito de dinamizar las prácticas en los distintos campos para aumentar la oferta y el impacto del quehacer cultural, así como promover el acceso a bienes y servicios culturales. Sobre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte La misión de la Secretaría es ser la entidad del gobierno distrital que lidera la garantía de las condiciones para el ejercicio efectivo y progresivo de los derechos culturales y recreativos de los habitantes de Bogotá, mediante la formulación concertada de políticas, y la ejecución, evaluación y seguimiento a programas sectoriales, poblacionales y locales en los campos del arte, la cultura, el patrimonio, la recreación y el deporte para su promoción como factor de desarrollo humano y de sostenibilidad del Distrito Capital. Sobre el sector: El Sector está estructurado por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y las siguientes Entidades Adscritas: Instituto Distrital de las Artes (IDARTES) Fundación Gilberto Alzate Avendaño (FGAA)


Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC) Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB) Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) Adicionalmente, se encuentra la Entidad Vinculada: Canal Capital

Sobre el Programa Distrital de Estímulos: El Programa Distrital de Estímulos busca fomentar y fortalecer los campos del Arte, la Cultura y el Patrimonio mediante el otorgamiento de estímulos para el desarrollo y visibilización de las prácticas culturales, artísticas y del patrimonio. Comprende el diseño, planeación y ejecución de un sistema de premios y becas a los agentes del Sector cuyas reglas se definen teniendo en cuenta las condiciones específicas de cada una de las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales.


2. Descripción general del concurso 2.1 En qué consiste el concurso Teniendo en cuenta la exitosa experiencia y la masiva participación de los ciudadanos en la versión 2010 del Concurso de Fotografía “Bogotá ¡Patrimonio Presente!”, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural considera relevante dar continuidad al mismo, consolidando así este concurso como un importante medio y escenario para la reflexión y divulgación del patrimonio. Nota: Si usted está interesado en un concurso diferente al que hace referencia esta cartilla, le sugerimos remitirse al portal de la Entidad, en el cual encontrará las cartillas de todas las convocatorias:

www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias 2.2 Descripción del concurso en 2011: Las definiciones concernientes al tema de patrimonio cultural se expresan de manera sintética en el documento “Marco conceptual sobre patrimonio” que aparece al final de la presente cartilla. Dado que el patrimonio cultural en cualquiera de sus acepciones es el objeto temático y marco de referencia del presente concurso es importante que los participantes profundicen en la investigación del concepto, para lo cual la entidad pone a su disposición el material que sobre el tema tiene en el Centro de Documentación y Atención al ciudadano, ubicado en la Calle 13 No. 2- 96. En este concurso pueden participar fotógrafos profesionales y aficionados presentando una (1) fotografía de su propia autoría que evidencie la relevancia y presencia del patrimonio material e inmaterial, en el marco de la cotidianidad de la Bogotá contemporánea y del diario devenir de sus habitantes.

2.3. Quiénes pueden participar en este concurso: 1. Personas naturales, mayores de edad, ciudadanas de Colombia o ciudadanos extranjeros con residencia certificada de mínimo dos (2) años en el país que sean autores de la obra fotográfica concursante.

2.4. Quienes no pueden participar: a) Los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas y vinculada. b) Los contratistas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas no podrán presentarse a convocatorias de la misma entidad con la cual tienen relación contractual. c) Las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2011 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas. d) Las personas naturales que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, compañero o compañera permanente de los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas. e) Las personas naturales que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, compañero o compañera permanente de los contratistas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y de sus entidades adscritas, que hayan tenido injerencia en la elaboración de los términos de esta convocatoria.


f) Las personas naturales, jurídicas, agrupaciones o colectivos a quienes la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y sus entidades adscritas le hayan declarado por acto administrativo ejecutoriado el incumplimiento de sus obligaciones como contratistas de la entidad o beneficiarios del programa de Estímulos del sector, durante los dos años anteriores al cierre de la presente convocatoria. g) Las personas que formen parte del jurado de la presente convocatoria, así como sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil en forma independiente, para cada uno de los concursos, si aplica. h) Fotos de autores fallecidos con anterioridad al cierre de la presente convocatoria. i) Personas en representación de autores fallecidos. Las limitaciones de participación previstas anteriormente se tendrán en cuenta y se aplicarán en todas las etapas de la convocatoria, incluido el momento en el que se adelante el desembolso del estímulo económico correspondiente, determinado como premio de este concurso. Condiciones adicionales a tener en cuenta por parte de los concursantes: Los ganadores del presente concurso asistirán al evento de asignación de estímulos programado por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, del cual les será comunicada la fecha y lugar oportunamente. Los ganadores de la presente convocatoria cederán los derechos patrimoniales de la obra fotográfica al IDPC, y quiénes no resulten ganadores, pero deseen entregar el material participante en el concurso al IDPC, deberán suscribir una licencia de uso para la utilización del material, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo 1, por un periodo mínimo de cuatro años.

2.5. Sobre los premios a los ganadores: Se otorgarán estímulos a las propuestas que obtengan la mejor evaluación y por lo tanto resulten seleccionados como ganadores, de acuerdo con la metodología definida en la presente convocatoria.

3. Requisitos para participar: Para presentar la propuesta debe tener en cuenta todos los aspectos contenidos en la presente cartilla. A continuación se encuentran las indicaciones que los concursantes deben seguir para presentar su propuesta al II Concurso Distrital de Fotografía, Bogotá: Patrimonio Presente! 2011, así como la documentación que debe ser adjuntada a la misma:

3.1 Sobre la propuesta: A continuación se presentan las indicaciones para la elaboración de la propuesta que será presentada a esta convocatoria: II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA, BOGOTÁ: PATRIMONIO PRESENTE!: •

Cada participante concursará entregando una (1) sola fotografía.

El material entregado debe ser inédito.

El trabajo deberá tener una ficha de presentación que relacione:


- Título de la fotografía. - Autor. - Fecha y lugar en donde fue tomada la fotografía. - Tipo de cámara utilizada (digital o análoga) - Documento de descripción teórica que describa el contenido temático de la fotografía. (máximo una página tamaño carta)

3.2 Sobre la documentación: A continuación se relaciona la documentación que debe allegarse con la propuesta, las características que debe tener cada documento, así como la información sobre si el documento es subsanable o no. Nota: Tenga presente que el Anexo 1: Formulario de inscripción a la presente convocatoria del Programa Distrital de Estímulos 2011 – Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (que se encuentra sombreado en los siguientes cuadros), NO ES SUBSANABLE. Se le solicita a los concursante entregar los documentos en el orden que aparecen en el siguiente cuadro: Documentos para PERSONA NATURAL: Tipo de persona Persona natural

Documento

Descripción

Anexo 1: Formulario de inscripción al II Concurso Distrital de Fotografía, Bogotá: Patrimonio Presente! del Programa Distrital de Estímulos 2011 – Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Debe estar firmado con firma original, por la persona natural, en la parte de Firma y declaración de conocimiento de éste formulario. No se aceptan firmas en scanner, en fotocopia, facsímile o sello. El formulario debe ser diligenciado en todos los espacios que resulte pertinente, de acuerdo con la propuesta. Debe ser el formulario de esta convocatoria. No serán aceptados formularios de otras convocatorias ni de convocatorias de otros años. El formulario debe estar completo. NO RETIRE NINGUNA HOJA DEL FORMULARIO Diligencie el formato en computador o máquina, o con letra legible. Diligencie el campo correspondiente a correo electrónico. Este será un mecanismo de comunicación frecuente entre el IDPC y los concursantes. Recuerde que el formulario de inscripción NO es subsanable y deberá ser aportado completo sin eliminar ninguna hoja, diligenciado en su totalidad (en los espacios que aplique) y firmado en original por el concursante. En caso de no presentarlo o no reunir el mismo las condiciones aquí establecidas, implicará que el proyecto sea considerado como “no habilitado”.


Recuerde que los datos de contacto aportados en el Anexo 1 deben estar actualizados. Fotocopia ampliada y legible del documento de identidad del concursante.

Tener en cuenta que la fotocopia debe corresponder a la cédula amarilla con hologramas, de conformidad con lo establecido en el Decreto 4969 de 2009, expedido por el Ministerio del Interior y de Justicia. De no contar con la cédula amarilla y con hologramas, debe allegarse, además de la fotocopia de la cédula blanca laminada o café plastificada, la contraseña que acredite que el documento de identidad se encuentra en trámite ante la Registraduría General de la Nación

RUT

Del concursante.

Acreditación de residencia para concursantes extranjeros

Si el concursante es de origen extranjero deberá acreditar su residencia continua en el país de mínimo dos (2) años anteriores a la fecha de cierre del concurso, a través del documento expedido por la autoridad competente (Cédula de Extranjería, Visa de Permanencia o copia de las visas que den cuenta de la permanencia en Colombia).

Nota: Los ítems sombreados con color gris son de estricto cumplimiento y deben adjuntarse a la propuesta obligatoriamente. No adjuntarlos a la propuesta en el momento de su entrega implica la descalificación del concursante y por consiguiente se incorporará en el listado como “No habilitado”. El formulario de inscripción no es subsanable y deberá ser aportado completo sin eliminar ninguna hoja, diligenciado en su totalidad cuando haya lugar, y firmado en original por el concursante. En caso de no presentarlo o no reunir el mismo las condiciones mínimas aquí establecidas, implicará la no habilitación del respectivo concursante.

4. Cómo presentar y entregar la propuesta En el presente numeral se establecen las condiciones para presentar la propuesta. 4.1 Cómo se debe presentar la propuesta:

a) SOBRE No. 1: En el cual se deberán introducir los documentos del concursante descritos anteriormente, ordenados en la misma forma en que allí se señala y debidamente numerados de principio a fin. Este sobre deberá estar marcado como se indica abajo, en el recuadro correspondiente.

b) SOBRE No. 2: Deberá contener las tres (3) copias idénticas de la fotografía digitalizada (cada copia en un CD), en resolución mínima de 300 dpi y formato jpeg, y tres (3) copias idénticas presentadas en físico de la ficha de presentación y descrpición temática. El CD incluído en el sobre debe estar marcado ÚNICAMENTE con el seudónimo y el documento de


identidad del participante, y éste debe contener el archivo digital de la fotografía concursante. Este sobre deberá estar marcado como se indica abajo, en el recuadro correspondiente.

c) SOBRE No. 3: Deberá contener el SOBRE No.1 y el SOBRE No. 2. Éste sobre deberá estar marcado tanto con el destinatario, como con el remitente, tal como se indica abajo, en el recuadro correspondiente. NOTA: Para la radicación de las propuestas en el IDPC, el sobre No. 3 deberá estar acompañado por un formato de radicación (Anexo No. 2), el cual debe ser diligenciado con anterioridad a la entrega de la propuesta y presentarse por separado al sobre, en original y copia (el original se radicará junto con el sobre, y la copia permanecerá con el concursante como comprobante de inscripción). Sobre No. 1 Título de la foto Nombre del concursante Seudónimo II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA: BOGOTÁ, PATRIMONIO PRESENTE! 2011 Contenido: Documentos del concursante. Sobre No. 2 Título de la foto. Nombre del concursante Seudónimo II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA: BOGOTÁ, PATRIMONIO PRESENTE! 2011 Contenido: Tres (3) copias idénticas de la fotografía concursante. Sobre Nº 3 Destinatario Señores: INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA: BOGOTÁ, PATRIMONIO PRESENTE! 2011 Calle 13 N° 2 - 58 Bogotá Contenido: Sobre Nº 1 y sobre Nº 2

Remitente

Nombre del participante Seudónimo Dirección Número telefónico Celular Correo electrónico

4.2 Entrega o envío de la propuesta Entrega en Urna: El sobre No. 3 debe ser radicado en la sede principal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, oficina de radicación y correspondencia, ubicada en la Calle 13 No. 2-58, y depositado directamente en la urna que el


IDPC dispondrá en sus instalaciones. Solo se recibirán propuestas en el lugar indicado anteriormente. La recepción de las propuestas se llevará a cabo de acuerdo con las fechas y horarios establecidos en el cronograma de la presente convocatoria. NOTA: El proponente deberá prever el tiempo necesario para que su propuesta sea radicada antes de las 10:00 a.m. del día de cierre de inscripciones. Se recuerda que después de las 10:00 a.m. se cierra la radicación y las propuestas que no se radiquen a tiempo no quedarán inscritas. Se recomienda entonces llegar con tiempo suficiente para radicar y, posteriormente, hacer la inscripción formal. Al momento de hacer la radicación de la propuesta, el depositante deberá entregar el original del formato de radicación (Anexo No. 2). A continuación el depositante deberá inscribirse en la planilla que el IDPC elaborará, en la que se incluirá el código de inscripción, fecha y hora de presentación de la propuesta, número de radicación, nombre del concursante, nombre y firma del depositante. Se le entregará a cada concursante la copia del formato de radicación (Anexo No. 2), como comprobante de inscripción.

Entrega por Correo: El concursante deberá prever el tiempo necesario para enviar su propuesta por correo certificado, con el fin de que ésta sea recibida en la sede del IDPC a más tardar en la fecha y hora límite de cierre de la convocatoria. Las propuestas que sean enviadas por correo y que se reciban con posterioridad a la fecha y hora límite de cierre de la convocatoria, no serán consideradas en la verificación de requisitos por ser extemporáneas, aún cuando el envío haya sido anterior a la fecha de cierre. Estas propuestas permanecerán sin abrir a disposición del interesado para su correspondiente retiro en las fechas establecidas por el IDPC. Por lo tanto se reitera que las propuestas deberán ser entregadas por la empresa transportadora a más tardar en la fecha y hora límite de cierre de la convocatoria. En la planilla de inscripción se especificará que la propuesta fue enviada por correo certificado. Nota: No habrá revisión de requisitos formales al momento de depositar las propuestas en la urna. Una vez cerrada la convocatoria y para garantizar la transparencia del proceso, los paquetes recibidos serán abiertos en SESIÓN ABIERTA y en presencia del comité de verificación, el cual estará conformado por un funcionario de la Subdirección de Divulgación de los Valores del Patrimonio Cultural, un funcionario de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado, y un funcionario de la Oficina Asesora de Control Interno o su delegado, los cuales levantarán un acta en la cual se registrarán todas las propuestas presentadas, e incluirá número de inscripción, fecha y hora de presentación de la propuesta, nombre del concursante, nombre y cédula del representante legal, contenido de los sobres, número de folios y observaciones.

5. Verificación, subsanación y causales de descalificación 5.1. Verificación de cumplimiento de la documentación requerida Una vez terminada la apertura de sobres en sesión abierta, los documentos del concursante son remitidos a la oficina asesora jurídica para su verificación. Esta oficina verificará que la documentación allegada por los concursantes se encuentre de acuerdo con las condiciones previstas en la presente cartilla.


Finalizado el proceso de verificación se fijará en el portal de la Entidad www.patrimoniocultural.gov.co/convocatorias, el listado total de los concursantes inscritos, indicando cuáles se encuentran habilitados, no habilitados y cuáles deben subsanar documentación. Una vez realizada la verificación, los concursantes pasarán a alguno de los siguientes estados: a) Concursantes habilitados para evaluación: Aquellos concursantes que entregaron la documentación formal y propuesta completa (numeral 3 de la presente cartilla). Se entenderá que pasarán a la siguiente etapa del concurso, es decir, a la etapa de evaluación. b) Concursantes no habilitados para evaluación: Aquellos concursantes que no presentaron la propuesta o el formulario de inscripción o que habiéndolo presentado lo hicieron sin el lleno de requisitos establecidos en el numeral 3 de esta cartilla. Los concursantes no habilitados no continúan en el proceso de la convocatoria. c) Concursantes que deben subsanar documentación: Aquellos concursantes que presentaron en forma incompleta o no presentaron la documentación formal prevista en el numeral 3 de esta cartilla, con excepción del formulario de inscripción, de conformidad con lo previsto en el literal b del presente numeral. d) Concursantes rechazados: Aquellos concursantes que incurran en alguna de las causales previstas en el numeral 5.3 de esta cartilla.

5.2. Proceso de subsanación El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural publicará en su portal web (www.patrimoniocultural.gov.co) el listado con los resultados de la verificación de documentos. Este listado tendrá la información sobre los concursantes que se encuentran habilitados para evaluación, los que se encuentran no habilitados y aquellos que deben subsanar documentación, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en la presente cartilla. Es responsabilidad de los participantes verificar el estado de la propuesta en el listado publicado en el portal web, así como allegar los documentos de acuerdo con lo solicitado en la presente cartilla. La documentación a subsanar deberá ser allegada por los concursantes dentro del plazo máximo establecido en el cronograma de la presente cartilla. De no recibir los documentos solicitados dentro de este plazo, la propuesta será declarada como “NO habilitada”. No podrán ser evaluadas las propuestas de los concursantes “NO habilitados”. NOTA: El formulario de inscripción (Anexo 1) y la propuesta son documentos NO subsanables. Únicamente son subsanables los documentos del concursante y NO los de la propuesta en sí misma. El formulario de inscripción no es subsanable y deberá ser aportado completo, sin eliminar ninguna hoja, diligenciado en su totalidad (en los espacios que aplique) y firmado en original por el concursante. En caso de no presentarlo o de no reunir las condiciones aquí establecidas, implicará la descalificación y rechazo del respectivo concursante.

5.3 Causales de rechazo del concursante


El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural aplicará el principio constitucional de la buena fe, respecto de las manifestaciones efectuadas por los concursantes en las convocatorias, en relación con el cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural procederá a excluir del proceso de selección al concursante, en el evento de que exista alguna inconsistencia o incumplimiento de los requisitos de participación y/o deberes descritos en esta cartilla, así como de comprobarse de su parte falsedad o fraude en cualquiera de las etapas de inscripción, verificación, evaluación, selección y desarrollo de la respectiva propuesta. En el evento que la inconsistencia, incumplimiento, falsedad o fraude sea advertida con posterioridad a la comunicación del acto administrativo que acoge la recomendación de selección del jurado, o al desembolso del estímulo económico determinado como premio, la Entidad deberá adelantar las actuaciones a que hubiere lugar a efectos de obtener la restitución del estímulo económico entregado, y adelantará las acciones penales correspondientes. Como consecuencia de lo anterior, en cualquiera de los casos expuestos, el concursante no podrá participar en ninguna de las convocatorias que adelante el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte o sus demás Entidades Adscritas, por el término dos (2) años contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que así lo disponga. La presente prohibición se hace extensiva a aquellos ganadores a quienes les haya sido formalmente declarado el incumplimiento de las obligaciones derivadas del estímulo económico que les fue otorgado en una determinada convocatoria. Adicionalmente, las propuestas serán rechazadas y por consiguiente descalificadas cuando: a) La propuesta sea presentada en forma extemporánea o entregada en oficina o dependencia diferente a la indicada en la presente cartilla, o enviado por correo electrónico o fax. b) El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural solicite alguna información como aclaración y la misma no sea suministrada por el concursante dentro del plazo establecido en la solicitud o ésta llegue incompleta o en forma extemporánea. c) El concursante se encuentre incurso en algunas de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de intereses, para participar o proponer, establecidos sobre la materia en la legislación vigente. d) El concursante presente más de una propuesta a la presente convocatoria o presente más de una (1) fotografía en la misma propuesta.

6. Proceso de Evaluación 6.1. Criterios de evaluación Las propuestas serán evaluadas por el jurado de acuerdo con los siguientes criterios: II CONCURSO DISTRITAL DE FOTOGRAFÍA, BOGOTÁ: PATRIMONIO PRESENTE!: Ítem

Puntaje

Coherencia: En relación con el concepto de patrimonio y su expresión frente a la temática del concurso.

40 puntos

Calidad técnica.

40 puntos.


Originalidad: Aproximación particular del autor frente a la temática escogida.

20 puntos

TOTAL

100 puntos

Nota: El puntaje de las propuestas ganadoras no podrá ser inferior a sesenta (60) puntos.

6.2. Deliberación del Jurado El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural designará jurados expertos quienes revisarán y evaluarán las propuestas que cumplieron con los requisitos de documentación exigidos en la presente cartilla, y emitirán individualmente un concepto escrito de cada una de ellas. Posteriormente, se reunirán en jornada de deliberación con el fin de determinar las propuestas seleccionadas, finalistas, suplentes y menciones de honor, si las hubiere, del concurso, previa suscripción de un acta en donde se dejará constancia de los criterios aplicados para efectuar la recomendación de la selección. El Jurado tendrá las siguientes facultades: • Previa a la decisión, el jurado podrá citar a sustentación a los representantes de las propuestas cuando así lo considere pertinente. En caso que el representante no pueda asistir a la sustentación deberá delegar por escrito a un integrante de la propuesta. • Las deliberaciones del jurado son secretas. No obstante la decisión que allí se tome deberá consignarse en el acta de recomendación. En todos los casos el jurado sustentará su decisión con argumentos técnicos claros, necesarios y suficientes para el concurso en concreto, los cuales deberán quedar consignados en el acta respectiva. • El jurado efectuará la selección por unanimidad o mayoría calificada. • La recomendación de selección efectuada por el jurado será inapelable. • Si el jurado por unanimidad encuentra en la deliberación, que la calidad de las propuestas evaluadas, no ameritan el otorgamiento del estímulo, podrá recomendar declarar desierto el concurso y su decisión quedará consignada en el acta de correspondiente. • El jurado podrá recomendar la asignación del estímulo al concursante calificado en el siguiente puesto en orden descendente de calificación y así sucesivamente, en el evento de sobrevenir inhabilidad, impedimento o renuncia por parte del ganador. • El Jurado podrá hacer recomendaciones relacionadas con las propuestas no seleccionadas. En dicho caso, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural tendrá la potestad de incluir estas propuestas en una base de datos e invitar a los concursantes para participar en los diversos programas o actividades que realice por fuera de las convocatorias, sin que ello implique desembolso alguno de presupuesto adicional.

6.3. Fallo del Jurado El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural acogerá la recomendación de selección de los ganadores efectuada por el jurado, mediante acto administrativo debidamente motivado contra el cual no procede ningún recurso por la vía gubernativa, siempre y cuando se ajuste a las condiciones previstas en la presente convocatoria. Una vez comunicado dicho acto administrativo surgen las obligaciones recíprocas a cargo de el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural y el ganador.

6.4. Publicación de los resultados de la evaluación


Los resultados de la evaluación se publicarán en el portal web de la Entidad (www.patrimoniocultural.gov.co/convocatorias) de acuerdo con el cronograma previsto en la presente cartilla. Además de la publicación de la Resolución en el portal de la Entidad, se comunicará telefónicamente a los ganadores dicho acto administrativo.

7. Desembolso del Estímulo 7.1. Comunicación al ganador El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural comunicará telefónicamente a los ganadores la resolución que acoge la recomendación efectuada por el jurado. En cualquier caso, es responsabilidad de los concursantes revisar el portal de la Entidad (www.patrimoniocultural.gov.co/convocatorias), en la sección de la presente convocatoria, en donde se publicarán los resultados de la evaluación.

7.2. Documentación requerida para realizar el desembolso Los ganadores deberán allegar los documentos que se indican a continuación, que son requisitos indispensables para el desembolso del estímulo económico y la ejecución del premio:

• Formato de información para pagos diligenciado, el cual se encontrará colgado en el portal web del IDPC (www.patrimoniocultural.gov.co, enlace Convocatorias 2011).

7.3. Otorgamiento del Estímulo El estímulo otorgado en calidad de premio por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural es indivisible, por consiguiente, lo constituye tanto el estímulo económico como las presentaciones artísticas o la ejecución de la propuesta seleccionada, si a ello hubiere lugar, de acuerdo con lo contemplado en el presente concurso. Una vez comunicado el acto administrativo que acoge la recomendación de selección, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural procederá al desembolso de los estímulos económicos de acuerdo con las condiciones establecidas en esta cartilla. En todo caso dichos desembolsos, estarán sujetos a la disponibilidad de recursos de acuerdo con el Programa Anual de Caja (PAC) asignado a el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley 863 del 29 de diciembre de 2003, se elimina la exención de impuestos a los premios y distinciones obtenidos en concursos y certámenes nacionales e internacionales de carácter científico, artístico, literario, periodístico y deportivo. Por lo tanto, el 100% del valor de todos los premios será objeto de tributación y se les aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.

7.4. Forma de desembolso del estímulo Los estímulos serán consignados en pesos colombianos, en la cuenta indicada por el ganador, previa disponibilidad presupuestal y adjudicación por parte del IDPC, y posteriormente a la fecha del evento de premiación.


Nota. Para el desembolso de los respectivos estímulos, es indispensable que todas las propuestas ganadoras entreguen toda la documentación necesaria en las fechas establecidas para tal fin. En todo caso, el desembolso del estímulo otorgado por el IDPC queda subordinado a la apropiación presupuestal que para el efecto se lleve a cabo y al flujo de caja y situación de fondos por parte de la Tesorería Distrital.

8. Deberes y derechos de los ganadores 8.1. Derechos de los ganadores d) Recibir los estímulos económicos determinados como premios en los montos señalados en la presente convocatoria. e) Gozar de las acciones de divulgación que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural pueda realizar dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto. f) Ser los titulares de los derechos patrimoniales (con las restricciones previstas en el numeral 8.3) de sus obras o propuestas objeto del estímulo recibido cuando a ello hubiere lugar.

8.2. Deberes de los ganadores Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución que acoge la recomendación de selección del jurado, el ganador deberá entregar la documentación requerida, a efectos de que la Entidad pueda tramitar el desembolso del estímulo económico. a)

b) Cumplir con las condiciones previstas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural para la entrega de los estímulos y la ejecución de la propuesta, así como con el cronograma de actividades que establezca el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural a los ganadores. c) Asistir puntualmente a las reuniones, actividades de divulgación, prensa y/o presentaciones públicas y/o privadas que les sean programadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. d) Entregar en las fechas señaladas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural los informes y en general toda la documentación que se le solicite para efectos de trámites de desembolso, divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), seguimiento y evaluación, entre otros. e)

Las demás que señale el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Deberes específicos del concurso: a) Colaborar con la difusión y exposición del material fotográfico. b)

Ceder los derechos de uso de las fotos al IDPC, según modelo Anexo 1.

8.3. Deberes en relación con los derechos de autor


a) Autorizar al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural o a quien esta designe, por el tiempo que la entidad defina, la reproducción por el medio que requiera el tipo de obra, con fines promocionales, de divulgación, de elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva. El IDPC, a su vez, deberá hacer mención siempre y dar el crédito correspondiente a los respectivos autores. b) El ganador garantiza a el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural que con la elaboración, entrega, ejecución y uso de la propuesta presentada no se violan derechos de autor o conexos de terceras personas y saldrá al saneamiento frente a cualquier reclamación de terceros, en caso de que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural sea objeto de requerimiento en materia de propiedad intelectual. c) Registrar, si aplica, la fotografía concursante ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor, con el fin de proteger sus derechos. Para ello pueden obtener información en las oficinas de dicha entidad ubicadas en la Calle 28 No. 13A-15 piso 17, Bogotá D.C.; teléfono: 3418177; fax: 2849440.

d) Suscribir con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural los documentos relacionados con las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiere lugar, en virtud del estímulo que le sea otorgado. e) Autorizar al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural o a quien esta designe, por el tiempo que la entidad defina, la reproducción por el medio que requiera el tipo de obra, con fines promocionales, de divulgación, de elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva. El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, a su vez, deberá hacer mención siempre y dar el crédito correspondiente a los respectivos autores. Se entiende que la licencia en materia de derecho de autor y conexos a que hace mención el presente numeral (deberes en relación con los derechos de autor) queda enteramente remunerada por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural a instancias del estímulo económico que le fue otorgado como premio. De acuerdo con las autorizaciones que sobre derechos de autor efectúen los concursantes, éstos aceptan que el premio incluye en su totalidad los derechos patrimoniales de la obra y sus productos surgidos por la edición, reproducción, divulgación o comunicación al público, que haga el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural no se hace responsable por los significados ni por las interpretaciones que puedan sugerir las fotografías concursantes.

9. Deberes del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural a) En virtud de la facultad de autotutela, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural podrá solicitar las explicaciones al jurado, durante y con posterioridad al proceso de selección, cuando a su juicio existan inconsistencias que afecte la recomendación de selección efectuada. b) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del ganador. c) Efectuar los desembolsos al ganador en las oportunidades y términos previstos en el concurso, y de acuerdo con el PAC de la entidad.

10. Cómo y cuándo se retiran las propuestas no ganadoras Las propuestas no ganadoras se podrán retirar en las fechas estipuladas en el cronograma previsto en la


presente cartilla, en la calle 13 No. 2 - 58. Para tal efecto es indispensable presentar los siguientes documentos: a)

Documento de identidad del concursante.

b)

Comprobante o número de inscripción entregado al momento de radicar la propuesta en urna (Anexo

2). Las personas que no puedan acercarse al IDPC para retirar su propuesta, podrán autorizar a un tercero por medio de una carta que deberá ir acompañada por una fotocopia del documento del concursante. NOTA: Las propuestas que no sean retiradas en el periodo estipulado en esta cartilla serán destruidas conforme con la autorización otorgada por el concursante en el formulario de inscripción de la propuesta.


ANEXO 1 – PARA PERSONA NATURAL FORMULARIO ÚNICO DE INSCRIPCIÓN PARA EL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2011 Nota: Lea con detenimiento, diligencie en su totalidad este formulario y fírmelo. En caso contrario implicará su descalificación para participar en esta Convocatoria. Antes de diligenciar el presente formulario de inscripción se recomienda leer con detenimiento el numeral 3.2 Sobre la Documentación de la cartilla de convocatoria del Programa Distrital de Estímulos.

Información general Fecha de inscripción: Día: _____ Mes: ____________ Año: _____ Nombre de la convocatoria en la que participa: __________________________________________ Nombre del concurso en el que participa: _______________________________________________ Nombre de la propuesta que presenta: _________________________________________________

Información del concursante Nombres y apellidos de la persona natural (concursante): _________________________________________________________________________________ Seudónimo (si aplica): _____________________________________________________________ Tipo de Identificación: CC: ___ CE: ___ Número: _____________ de: ________ Fecha de Nacimiento: día: ___ Mes: ____________ Año: _____

Sexo: F: ___ M:_ ___


Ciudad de nacimiento: ____________________________________________________________ Ciudad de Residencia: _________________ Localidad: __________________________________ Dirección de residencia: ___________________________________________________________ Estrato del lugar de residencia: _____________________________________________________ Teléfono fijo: ______________________ Teléfono celular: _______________________________ Correo electrónico: _______________________________________________________________ Página Web, vínculo o blog: _______________________________________________________ Grupo poblacional al que pertenece:

ROM Mujeres Afros Raizal Comunidad Indígena LGTB Población en situación de discapacidad Población en situación de desplazamiento Población campesina Reinsertado Ninguno

• Declaraciones expresas del Concursante Por medio del presente documento hago las siguientes manifestaciones, declaraciones y autorizaciones expresas: Manifiesto que conozco y acepto todos los requerimientos, especificaciones y obligaciones que se derivan del presente concurso al que me inscribo y declaro que no estoy inhabilitado para participar.


Sobre los Derechos de autor Manifiesto que soy el autor(a) de la obra fotográfica concursante. Manifiesto que, bajo mi responsabilidad, me obligo a dar cumplimiento a las normas de protección a los derechos de autor y derechos conexos en relación con la obra que presento. Autorizo a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas, o a quien éstas designen, para la reproducción, comunicación y ejecución pública, por el medio que requiera el tipo de obra, con fines únicamente promocionales de divulgación, elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva, con la suscripción de este documento, por un tiempo no superior a cuatro (4) años. Me comprometo a celebrar con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiere lugar, en virtud del premio que me sea otorgado en el evento que resulte seleccionado como ganador del concurso en el que participo. Manifiesto que conozco la normatividad relacionada con el régimen de Derechos de Autor y en tal sentido, eximo y libero de toda responsabilidad a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas por el incumplimiento de mis obligaciones ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor o de las Sociedades que protejan los mismos. Me comprometo en caso de resultar ganador, garantizar que con la elaboración, entrega, ejecución y uso de mi propuesta no se violan derechos de autor o conexos de terceras personas y saldré al saneamiento frente a cualquier reclamación de terceros de que pueda ser objeto la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas, en materia de propiedad intelectual. La presente autorización no constituye en ningún momento transferencia de algún derecho patrimonial de autor y, por lo tanto, cualquiera otra modalidad de explotación, transformación o distribución no relacionada con la autorización aquí concedida, se entenderá como no otorgada.

Sobre el premio Manifiesto que me obligo irrevocablemente a devolver a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas, cualquier suma de dinero que me sea otorgada como estímulo económico, junto con sus intereses y actualizaciones, por renuncia, inexactitud en la información suministrada bajo mi responsabilidad en este concurso, o por práctica desleal, o por cualquier actitud fraudulenta que derive el otorgamiento del premio o el incumplimiento de mis obligaciones con posterioridad al mismo, en relación con los términos de este concurso. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales y judiciales que puedan iniciar la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas.

Otras autorizaciones Autorizo a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas para que destruya las copias de mi propuesta y los documentos aportados con mi inscripción, una vez vencido el término establecido para su retiro.


Autorizó a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y/o a sus entidades adscritas a ingresar la información contenida en este documento al Sistema de Información Sectorial, Cultura, Recreación, Deporte. Con mi firma acepto y me obligo plenamente respecto de las condiciones de este concurso.

Se firma a los ________ días del mes de _______________ del año 2011

______________________________ Firma del concursante

_____________________________ Nombre del concursante

No. de identificación: ________________


ANEXO 2 FORMATO DE RADICACIÓN

Bogotá D.C. [FECHA DE FIRMA DIA-MES-AÑO]

Señores INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL Ciudad

Respetados señores: Por medio de la presente yo ______________________________ [la persona que firma y radica] me permito hacer entrega de los documentos necesarios para participar en el II Concurso Distrital de Fotografía, Bogotá: Patrimonio presente!, en representación de _____________________ [nombre de la persona natural concursante] y que conozco las inhabilidades y demás requisitos necesarios para presentación de la propuesta que adjunto.

Atentamente,

________________________________________ C.C.


GLOSARIO (Acerca de los derechos de autor) Autor: es la persona humana física que crea y expresa una obra. Coautor: cuando en la obra de creación humana, han participado dos o más personas, se habla de: Obras en colaboración: son el resultado del trabajo de dos o más personas cuyos aportes personales son inseparables a pesar de poder ser identificables en la obra finalizada. Obra colectiva: surge cuando la obra resultado de la participación de dos o más personas, ha sido dirigida bajo los lineamientos o la coordinación de otra persona. Comunicación pública: es todo acto por el cual una pluralidad de personas, reunidas en un mismo lugar, pueden tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Derecho de autor: el Derecho de autor asume la protección de todas las manifestaciones originales fruto del ingenio humano, de forma que puedan ser accesibles a la percepción sensorial y objeto de reproducción por cualquier medio conocido o por conocer. La protección del Derecho de autor se ejerce sobre la forma en que las ideas se hacen perceptibles. Derechos morales de autor: son las prerrogativas que tiene un autor sobre su obra y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Las prerrogativas son: Derecho sobre la paternidad de la obra; Derecho sobre la integridad de la obra; Derecho al anonimato y a la no-edición; Derecho a la modificación de la obra; y Derecho al arrepentimiento. Derechos patrimoniales de autor: son el derecho a beneficiarse económicamente de la obra. Las prerrogativas son: Derecho a lucro; Derecho a permitir o prohibir la reproducción de la obra; Derecho para traducir, adaptar, arreglar o transformar la obra; Derecho a comunicar o no la obra; Derecho a la distribución o importación de la obra; Derecho a la disposición de la obra. Dominio público: carácter que adquiere una obra cuando se termina el plazo de protección sobre los derechos patrimoniales de la misma. En Colombia, por lo general, ese plazo termina 80 años después de la muerte del autor. Editor: es la persona natural o jurídica que publica, distribuye o difunde una obra por su propia cuenta y riesgo. Licencia de uso: documento mediante el cual se establece las condiciones de uso de una obra artística o literaria a un tercero. Obra anónima: es aquella en la cual se desconoce su paternidad. Obra inédita: es aquella que no ha sido dada a conocer al público. Obra póstuma: es aquella que es publicada por primera vez con posterioridad a la muerte del autor. Obra seudónima: es aquella en la que el autor opta por usar un nombre diferente (seudónimo) a su propio nombre (nominal). Productor fonográfico: es la persona natural o jurídica que fija una obra musical en un soporte sonoro, con fines de reproducción, difusión o venta. Publicación: es la producción de ejemplares puestos al alcance del público con el consentimiento del titular del derecho de autor, siempre que satisfaga razonablemente las necesidades del público, teniendo en cuenta la naturaleza de la obra. Reproducción: es la fijación de la obra en un medio que permita su comunicación o la obtención de copias de toda o parte de ella, por cualquier medio o procedimiento. Sociedad de gestión colectiva de derechos de autor: son sociedades formadas para el recaudo de los derechos patrimoniales de los autores socios. Están vigiladas por la Dirección Nacional de Derechos de autor. Desarrollan su actividad en el ámbito nacional e internacional mediante convenios de reciprocidad con otras sociedades similares. Titulares secundarios o derivados: son aquellas personas que han creado una obra de naturaleza autónoma, pero que está basada en una preexistente sobre la cual no ha existido colaboración con el autor. Ambas obras, la preexistente y la secundaria o derivada tienen plena autonomía. Estas obras requieren previa autorización del autor primigenio.


MARCO CONCEPTUAL SOBRE PATRIMONIO A fin de establecer el alcance y definición del concepto de patrimonio cultural tangible (material) e intangible (inmaterial), a continuación se describe el conjunto de definiciones concernientes al tema, el cual es el objeto temático y marco de referencia de la presente convocatoria: Definición del Concepto de patrimonio cultural: El primer referente es la definición de UNESCO, organismo internacional que establece las directrices respecto al patrimonio cultural y cuyas convenciones son adoptadas por el país, en desarrollo de tratados internacionales a los que Colombia ha adherido, dando cumplimiento así al articulo 93 de la Constitución Nacional. Definición de patrimonio cultural de la UNESCO UNESCO: “El patrimonio es el legado que recibimos del pasado, lo que vivimos en el presente y lo que transmitimos a las generaciones futuras”1 De acuerdo a este organismo internacional el patrimonio cultural en su conjunto abarca varias grandes categorías: e)El patrimonio cultural material o tangible: El patrimonio cultural mueble (pinturas, esculturas, monedas, manuscritos, etc.); El patrimonio cultural inmueble (monumentos, sitios arqueológicos, etc.); El patrimonio cultural subacuático (restos de naufragios, ruinas y ciudades sumergidas, etc.); f) El patrimonio cultural inmaterial o intangible: Tradiciones orales, artes del espectáculo, rituales, etc.; g) El patrimonio natural: Sitios naturales que revisten aspectos culturales como los paisajes culturales, las formaciones físicas, biológicas o geológicas, etc. Según la Convención UNESCO de 2003, el Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) es entendido como el 1

Publicado on line en: www.ub.edu/histodidactica JOAQUIM PRATS Y ANTONIA HERNÁNDEZ. En: VVAA. Por Una Ciudad Comprometida con la Educación. Barcelona: Institut d’Educació de l’Ajuntament de Barcelona, 1999 (Cap. V) htp://www.ub.es/histodidactica/CCSS/Patrimoni%20en%20imeb.pdf, Consulta realizada el 18.01.2009.


patrimonio vivo que es el crisol de nuestra diversidad cultural y su conservación, una garantía de creatividad permanente. La Convención afirma que el Patrimonio Cultural Intangible se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes: • • • • •

Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial; Artes del espectáculo (como la música tradicional, la danza y el teatro); Usos sociales, rituales y actos festivos; Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo; Técnicas artesanales tradicionales.

La Convención UNESCO de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial define el patrimonio cultural inmaterial más concretamente como: “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural”. El Estado Colombiano aprueba la convención a través de la Ley 1037 de 2006 “Por la cual se aprueba la CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL”. En Colombia la Ley 1185 de 2008 por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 -Ley General de Cultura- y se dictan otras disposiciones, establece en su artículo primero la definición de Patrimonio Cultura, así: “Integración del patrimonio cultural de la Nación. El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico.”


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