Martes 02 de marzo de 2021 Edición Nro. 10108

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 10998

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Saraguro y Calvas

son declarados

‘pueblos mágicos’ Documental del poeta

Alfredo Jaramillo se presentará esta semana (Pág. 10)

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l cantón Saraguro, por las tradiciones y cultura de su etnia; y, Calvas por su imponente cerro Ahuaca, la primera zona abierta de escalada más grande del Ecuador, fueron declarados pueblos mágicos. Cada cantón recibirá USD 100.000, recursos que deben ser invertidos en la adecuación de los sitios.

Agenda por el Día de la Mujer

Priscila Urgilés nueva directora ejecutiva en la Orquesta Sinfónica

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esde el 05 hasta el 30 de marzo las diferentes organizaciones de mujeres de la provincia de Loja realizarán eventos para conmemorar el Día Internacional de la Mujer.

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Lluvias provocó estragos en Cariamanga

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Rodolfo Farfán es el nuevo ministro de Salud

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Colectivos de mujeres presentaron agenda por el Día de la Mujer Desde el 05 hasta el 30 de marzo las diferentes organizaciones de mujeres de la provincia de Loja realizarán una serie de eventos para conmemorar el Día Internacional de la Mujer. La mayoría de actividades se transmitirán por las redes sociales. Circunstancias Patricia Gutiérrez Durán, activista por la no violencia de la mujer, mencionó que para esta ocasión decidieron unirse todas las organizaciones de mujeres y conformar un solo frente denominado Resistencia Feminista 8M2021, con el cual realizarán diversas acciones dirigidas a la ciudadanía por el Día de la Mujer que se conmemora el 08 de marzo. Las actividades empezarán el 05 de marzo con el conversatorio “Mujeres, fortalezas y desafíos”, luego hay varias temáticas a efectuarse durante el mes: Marcha Resistencia Feminista (8 de marzo), Diálogo con las concejalas del cantón Loja (9 de marzo), Taller autodefensa feminista (13 de marzo), Embarazo en adolescentes (15 de marzo). Además, Tarde de Poesía, Pintura y Música (19 de

•• Diferentes colectivos de mujeres se unen para conmemorar el Día de la Mujer a través de conversatorios.

marzo), Participación política de las mujeres en elecciones (24 marzo) y conversatorio del Enfoque de Género e decisiones judiciales. El 90% de los eventos serán transmitidos por las redes sociales. Cifras Por su parte, la Defensora Pública Provincial de Loja, Cristina Meneses Sotomayor, expresó que el trabajo

realizado durante el año pasado (enero-diciembre) solo en atención a víctimas fueron 1806 patrocinios, de estos 1.167 pertenecen a contravenciones de violencia intrafamiliar, 153 delitos contra la integridad física, 484 delitos sexuales y 2 femicidios. “En todos estos casos los defensores públicos han acompañado a las víctimas en estos procesos solicitan-

do las medidas de protección necesarias y reparación integral”, dijo. Añadió que, durante este tiempo empezarán a trasladarse in situ, es decir, visitarán a las mujeres en sus trabajos, ante ello, iniciarán en los mercados de algunos cantones como Loja, Saraguro, Macará, Calvas y Celica para asesorarlas y darles las guías necesarias ante cualquier problema

que posean. En cambio, para la representante de la Red Mujeres Loja, Jessica Guaya Guaya, puntualizó que durante un estudio realizado sobre la violencia política desde diciembre de 2019 a diciembre de 2020 en la red social Twitter contabilizaron 506 tuits con contenido discriminatorio, 271 frases y 204 expresiones con carácter violento.(I).(FJC).

Hospitales lojanos con leve incremento de pacientes COVID Las aglomeraciones provocadas por la desobediencia en el feriado de carnaval y el incumplimiento de las medidas de bioseguridad pasan facturas a los hospitales de referencia COVID, ya que a la fecha existe un incremento de ocupación en hospitalización y la unidad de cuidados intensivos (UCIS). Situación A decir, de Lorena Costa Jaramillo, presidenta del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Provincial, señaló que los casos

de COVID-19 es mayor de lo que se había mantenido durante los meses anteriores, pero tampoco se llega a los picos extremos que tuvo Loja durante junio y julio. “Se nota que hay un ascenso de casos en estos días producto de las festividades de febrero, pero específicamente de carnaval, donde se dieron aglomeraciones, pese a estar prohibido cualquier evento público”, dijo. Acotó que en cuanto a las camas de las UCI se encuentran al borde del 100%,

es decir, 11 ocupadas en el Isidro Ayora y 12 en el Manuel Ygnacio Monteros del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Sin embargo, en el primer hospital en tema de hospitalización tiene una leve disminución, ya que hay 15 pacientes. No obstante, en el hospital del seguro, la situación es diferente porque la UCI está ocupada desde hace varias semanas y en la hospitalización cada día se da una escala y ya suman 16 pacientes. Autoridades y médicos esperan que con el pasar de

•• Cada día, personas son hospitalizadas por contraer el virus.

los días los casos bajen y que la ciudadanía continúe respetando las medidas de bioseguridad como el uso de la mascarilla, lavado de manos y sobre todo el distanciamiento social.(I).(FJC).

Dato •

Casos activos en la provincia llegan a los 1040.


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Saraguro y Calvas son declarados ‘pueblos mágicos’

•• Saraguro y Calvas, cantones declarados ‘pueblos mágicos’.

El cantón Saraguro, por las tradiciones y cultura de su etnia; y, Calvas por su imponente cerro Ahuaca, la primera zona abierta de escalada más grande del Ecuador, fueron declarados pueblos mágicos. Cada can-

tón recibirá USD 100.000, recursos que deben ser invertidos en la adecuación de los sitios. Circunstancias En todo el país existen 22 cantones que están decla-

•• María Paulina Paladines, delegada del Ministerio de Turismo; Lorena Costa Jaramillo, gobernadora de Loja; Alex Padilla Torres, alcalde de Calvas; y, Andrés Muñoz Silva, alcalde de Saraguro.

rados como ‘pueblos mágicos’ y dentro de los mismo se encuentran Calvas y Saraguro. Ellos debieron pasar varios procesos y el cumplimiento de 15 requisitos, entre ellos, los sitios turísticos especiales y únicos de cada lugar. Alex Padilla Torres, alcalde de Calvas, indicó que esta distinción otorgada por el Ministerio de Turismo como ‘pueblo mágico’ constituye un reto y desafío tanto para las autoridades y ciudadanía de este cantón. “Lo que la Cartera de Estado nos ha otorgado es una herramienta, con la que se puede fomentar y dinamizar el turismo en el cantón Calvas, así como también posibilita de forma objetiva, real, práctica y tangible la dinamización de la econo-

mía local en estos momentos tan difíciles que atravesamos todos”, dijo. En cambio, el alcalde de Saraguro, Andrés Muñoz Silva, mencionó que para este cantón es un honor estar declarado como ‘pueblo mágico’. Un sueño que lo iniciaron aproximadamente hace un año en coordinación constante entre la Unidad Municipal de Turismo y la Cartera de Estado, lo cual le permitió llegar a este punto. “Esto sin duda exige mucha responsabilidad de todas las autoridades y generar alianzas estratégicas en el sector público y privado para repotenciar el turismo. Saraguro con sus 10 parroquias, atractivos naturales, gastronomía, etnia hace que sea distinguido en cualquier parte del Ecua-

dor”, añadió. Por su parte, María Paulina Paladines, delegada del Ministerio de Turismo, puntualizó que trabajarán e 4 ejes indispensables: desarrollo de productos, identidad gastronómica, revalorización del patrimonio y promoción. En ese sentido, está previsto como primera actividad de la declaratoria, el 23 de marzo realizar una rueda de negocios virtual, en el cual las localidades van a estar vendiendo su destino. Los lugares serán visitados por la ministra de Turismo, quien entregará la documentación a las autoridades locales sobre la declaratoria. Aun no se definen fecha para el recorrido en el cantón Calvas, mientras que en Saraguro lo hará el 04 de marzo.(I).(FJC).


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Lluvias provocó estragos en Cariamanga

•• Afectaciones en Calvas por las lluvias presentadas la tarde del último lunes.

El torrencial aguacero que cayó la tarde de este lunes 01 de marzo en Espíndola, Quilanga, Gonzanamá y Calvas provocó varios incidentes, siendo este último cantón el más afectado debido a inundaciones en la ciudad de Cariamanga. El Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inhami) pronostica que las lluvias durarán toda la semana, con un posible cambio repentino. Novedad Calles de la ciudadela Amazonas, barrio El Dorado, Coliseo, barrio 6 de Marzo, Chile, entre otros, todos pertenecientes a la ciudad de Cariamanga fueron afectados, ya que las vías se convirtieron en ríos y el agua arrastró material pétreo e ingresaron a las viviendas. Martha Moreno, moradora del barrio 6 de Marzo, mencionó que ese sitio siempre ha sido olvidado por las autoridades de turno, quienes solo los toman en cuenta para pagar los impuestos y las obras no llegan. En su caso, el agua de la lluvia ingresó al primer piso de su vivienda, afortunadamente no tenía cosas de valor ni electrodomésticos. Los casacas rojas con ayuda de

una bomba y herramientas despejaron los escombros al interior de su domicilio. Lluvias A decir, de Javier Macas Jiménez, analista de pronóstico meteorológico del Inamhi, actualmente están apreciando el ingreso de bastante humedad de la cuenca amazónica, lo cual denota en la presencia de precipitaciones, para la zona sur del Ecuador, en este caso, la provincia de Loja. “Las lluvias que por lo general llegan en horas de la tarde o noche son normales para la climatología, porque está pasando la época lluviosa. Sin embargo, la ciudadanía debe tener cuidado, ya que la mayoría de las mismas pueden estar acompañadas con tormentas eléctricas”, dijo. Acotó que si se observa sol durante la mañana y a veces fuerte, es claro que va a provocar que llueva en la tarde y noche. “El comportamiento lluvioso seguirá en los próximos días, aunque podría cambiar de manera repentina”. Es por ello, que recomienda a la ciudadanía llevar implementos para cubrirse de los rayos del sol y luego de las lluvias, ya que en Loja el clima es cambiante.(I).(FJC).

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO YANGANA S.A.

CONVOCATORIA

Se convoca a los Señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES MIXTO YANGANA S.A., a la Junta General Extraordinaria, que tendrá lugar en la Parroquia Yangana, en la oficina ubicada en la calles: Arsenio Castillo y Ángel Felicísimo Rojas, el día martes 09 de marzo del 2021, a las 14h00, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum 2. Apertura de la sesión 3. Nombramiento del Presidente, Gerente, Comisario General y sus respectivos suplentes de la compañía. 4. Análisis y Aprobación de Estados Financieros 2020 5. Asuntos Varios 6. Clausura Señores accionistas, se les agradece por su participación en beneficio de los fines de la Compañía de Transporte Mixto Yangana S.A. Loja, 01 de marzo del 2021 Sr. Wilson Mendoza Armijos PRESIDENTE DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE YANGANA S.A. P/F4894

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Emisión de medidas de protección a víctimas de violencia de género es más ágil Desde el mes de diciembre de 2020, en la provincia de Zamora Chinchipe se otorgan medidas de protección a víctimas de violencia, a través del Módulo Virtual de Medidas de Protección SATJE, implementado por el Consejo de la Judicatura (CJ). El despliegue de esta herramienta tecnológica, fortalece el sistema de protección y garantiza la atención judicial oportuna y efectiva a víctimas de violencia, a través de la coordinación interinstitucional con tenencias y jefaturas políticas; comisarías e Intendente de Policía; y, juntas cantonales de protección de derechos.

Desde su implementación, servidores judiciales de la Dirección Provincial del CJ de Zamora Chinchipe, realizan procesos de capacitación permanente y dan seguimiento para verificar la utilización de esta herramienta tecnológica. La titular del CJ en Zamora Chinchipe, Ivonne Romero, informó que este módulo virtual es parte de las acciones que el CJ ejecuta en el marco de su cuarto eje de gestión “Fortalecimiento de los mecanismos de investigación y sanción en casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, así como en los casos de violencia de género”. El uso de esta herramienta

virtual busca que la Función Judicial se fortalezca y brinde una respuesta efectiva para las víctimas, construyendo así un servicio de justicia para la paz social, agregó. Este sistema brinda mayor

Productores le apuestan a la producción de balsa Veinte productores de Zamora Chinchipe iniciaron el cultivo de balsa, una especie agreste y maderera autóctona de las regiones amazónicas, que tiene una innata distribución en las regiones tropicales de América. El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de la Agenda de Transformación Productiva Amazónica (ATPA), implementó cinco viveros de producción forestal en esta provincia, que desde el año 2018 trabajan en la producción de diferentes plantas frutales y forestales. Lidia Minga, presidente de la Asociación de Emprendimientos Agropecuarios El Vergel, agradeció al MAG por la asistencia técnica permanente que le brindan los técnicos de la entidad y las recomendaciones que les dan para la producción de balsa en su vivero. Indicó que esta forma de producción le ha permitido adquirir nuevos conocimientos en prácticas de realización de germinadores, enfundado, trasplante de plántulas, así como el manejo preventivo y sa-

nitario durante su crecimiento. “Como asociación hemos entregado 4.000 plantas, a un costo de 0.30 centavos, listas para ser trasplantadas en diferentes fincas del cantón Palanda, e iniciar su ciclo de producción”, dijo al indicar que han tenido una buena acogida en el sector, lo cual les ha motivado a seguir trabajando en equipo para producir 10.000 plantas, que en cuatro años

plazo les permitirá vender la madera. Esta especie de rápido crecimiento produce madera de alta calidad, con múltiples utilidades. Se la puede encontrar de manera natural en zonas aledañas a las laderas de los ríos, especialmente en la selva sub-tropical de Ecuador y también se la utiliza en la reforestación de zonas donde el suelo y clima son favorables para su óptimo desarrollo. María Ávila, técnica forestal de la ATPA en Zamora Chinchipe, mencionó que para implementar una hectárea de balsa se necesita 625 plantas, las que son sembradas a una distancia de cuatro metros entre planta y planta. “A partir del aprovechamiento de balsa nativa de la zona se generó gran expectativa en los productores del sector para implementar plantaciones puras, sistemas agroforestales y silvopastoriles, que a futuro mejorarán su calidad de vida con el aprovechamiento de su especie. Además, esta actividad evitará la tala indiscriminada de bosques nativos en este sector”, explicó Ávila.

celeridad a los procesos de solicitud, otorgamiento, revisión y notificación de medidas de protección; evitando la revictimización de las personas agredidas, conforme a lo estipulado en el Art. 51, de la Ley Orgánica para

Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. En esta provincia, este proceso involucra a 6 juntas cantonales de protección de derechos, 18 tenencias políticas, 9 comisarías y a la Intendencia General de Policía. En el periodo comprendido desde enero hasta febrero del 2021, han ingresado a las unidades judiciales de Zamora Chinchipe, 59 pedidos de medidas de protección de estas, 22 ingresaron por pedido de Fiscalía, 17 por pedido de juntas cantonales de protección de derechos o tenencias políticas; y 20 por denuncia directa de la víctima en las dependencias judiciales.

Central Delsitanisagua generó en isla satisfactoriamente para el sur del país La Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP), a través de su Unidad de Negocio CELEC EP GENSUR, cubrió satisfactoriamente la demanda energética del área de concesión de la Empresa Eléctrica Regional del Sur (EERSSA), durante cuatro horas, a través de la generación en isla de la central hidroeléctrica Delsitanisagua. Trabajos de mantenimiento efectuados en la línea de transmisión Yanacocha – Cuenca a 138kV, por parte de la Unidad de Negocio CELEC EP TRANSELECTRIC y coordinados previamente con el Operador Nacional de Electricidad (CENACE), motivaron la desconexión de la EERSSA del Sistema Nacional Interconectado (SNI), durante cuatro horas. En este tiempo la central Delsitanisagua generó en isla, y cubrió la demanda de la distribuidora que entrega energía a las provincias de Loja, Zamora Chinchipe y el cantón Gualaquiza, de Morona Santiago. La generación en isla consiste en la provisión de energía por parte de una central de generación de manera independiente o aislada,

•• La central hidroeléctrica Delsitanisagua está ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe.

sin depender del SNI. Estas labores iniciaron a partir de las 07:00, desde ese momento se estableció la isla eléctrica conformada por las unidades de generación 1 y 3 a una potencia de 20 MW cada una para cubrir con la demanda de la empresa distribuidora. Las maniobras concluyeron a las 11 horas de manera exitosa sin generar inconvenientes para los usuarios. La central hidroeléctrica Delsitanisagua, ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, inició su operación en diciembre de 2018, desde ese entonces ha generado de manera continua, permitiendo asegurar la entrega de energía de calidad al SNI.


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Educación reconoce labor de las cuadrillas de limpieza

Epidemia del año 1800. Cuando la tormenta pase Y se amansen los caminos y seamos sobrevivientes de un naufragio colectivo. Con el corazón lloroso y el destino bendecido nos sentiremos dichosos tan sólo por estar vivos.

ron las cuadrillas de limpieza. “Su aporte es importantísimo durante la pandemia de la COVID-19”, expresó Carmita Armijos, directora del Distrito Loja. El aporte del personal también se notó durante las elecciones del 7 de febrero. “Sigamos así, con la misma predisposición, valoramos mucho su labor y con ese compromiso podremos superar todas las dificultades”, añadió la Coordinadora.

Ángel Patiño, representante del personal de Código del Trabajo en Loja, destacó que no solamente trabajan en “nuestros planteles, sino también brindamos soporte en las instituciones educativas que no cuentan con personal permanente”. Agregó que la gestión realizada permitirá que cuando la comunidad educativa, estudiantes y docentes regresen a las aulas las encuentren mucho mejor que antes.(I)

Reparan daño en transmisión centrosur del sistema de agua Carigán Desde tempranas horas de la mañana del lunes 1 de marzo, personal de la Unidad Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Umapal) realiza la reparación de la tubería de acero en el sector El Plateado. Los técnicos aspiraban solucionar la avería en el transcurso del día. Rafael González, director de esta dependencia, señaló que la conducción de agua atraviesa un sitio inestable, pues la tubería está paralela a la vía Paso Lateral y en este tramo existen inconvenientes que afectan también a la conducción. Señaló que en el lugar hay un problema de suelos y por ello el Ministerio de Obras Públicas tiene contratado un estudio de consultoría que involucra este espacio. Dependiendo de los resultados de este estudio analizarán si es o no conveniente seguir allí o cambiar de ruta. Sin embargo, señala que, de cambiar la ruta se tendría que invertir recursos que

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Poema escrito hace 2 siglos...

Trabajos de pintura, cerrajería, albañilería, jardinería, carpintería, electricidad y limpieza, son algunas de las actividades realizadas por el personal del Código de Trabajo que forma parte de la Coordinación Zona 7 del Ministerio de Educación que fue reconocido por su aporte durante la pandemia. El evento se realizó, este 01 de marzo de 2021, en las instalaciones del Distrito Loja. “Pese a que la emergencia no ha terminado es necesario hacer una pausa para decir gracias. De los pocos excesos que uno se permite en la vida es el de la gratitud. Sin su trabajo, las instituciones educativas estarían abandonadas”, dijo la coordinadora Magda Salazar González. Los acuerdos de reconocimiento son entregados en cada uno de los distritos de la Zona 7 donde se activa-

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Y le daremos un abrazo al primer desconocido y alabaremos la suerte de conservar un amigo. Y entonces recordaremos todo aquello que perdimos y de una vez aprenderemos todo lo que no aprendimos. Ya no tendremos envidia pues todos habrán sufrido. Ya no tendremos desidia Seremos más compasivos. Valdrá más lo que es de todos Que lo jamás conseguido Seremos más generosos Y mucho más comprometidos Entenderemos lo frágil que significa estar vivos Sudaremos empatía por quien está y quien se ha ido. Extrañaremos al viejo que pedía un peso en el mercado, que no supimos su nombre y siempre estuvo a tu lado.

por el momento no están disponibles, pues al menos 500 m de tubería de acero se tendrían que reubicar. Abastecimiento Los barrios afectados por el daño en el sistema de agua potable contaron con el líquido hasta que se agotaron las reservas. En tanto que tanqueros de Bomberos y Obras Públicas abastecieron a los cerca de veinte barrios que no tienen servicio. A través de Promoción Popular se coordinó con los presidentes barriales la dotación del suministro. Es-

tablecieron un cronograma con la finalidad de atender la necesidad de cada sector afectado, indicó el titular de esta dependencia, José Guarnizo. Durante la mañana del lunes 1 de marzo se atendió los barrios Ciudad Victoria, La Dolorosa, San Francisco de Obrapía, Obrapía, Chamanal de Obrapía y Santa Bárbara. Por la tarde llegaron con los tanqueros a los sectores Julio Ordóñez, San Vicente Alto, El Bosque, Lojana de Turismo, Belén, Clodoveo Jaramillo, Las Peñas, Balcón Lojano y Shushuhuayco.

Y quizás el viejo pobre era Dios disfrazado. Nunca preguntaste el nombre porque estabas apurado. Y todo será un milagro Y todo será un legado Y se respetará la vida, la vida que hemos ganado. Cuando la tormenta pase te pido Dios, apenado, que nos vuelvas mejores, como nos habías soñado. (K. O’Meara)

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Central Villonaco en periodo Macará: 300 de mantenimiento eléctrico trámites se han atendido en Unidad de Tránsito La Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP, a través de su Unidad de Negocio CELEC EP GENSUR, implementa las políticas del Gobierno Nacional para el aseguramiento del servicio eléctrico. Para cumplir ese objetivo, del 22 de febrero al 31 de marzo de 2021, realiza trabajos de mantenimiento eléctrico programados en la Central Eólica Villonaco, con 16,5 MW (megavatios) capacidad instalada. De acuerdo con la planificación anual de funcionamiento de esta planta de generación eólica, el Departamento de Mantenimiento se encuentra trabajando en los sistemas eléctricos de los 11 aerogeneradores que la conforman. Las labores efectuadas por los técnicos de CELEC EP Gensur, consisten en la revisión de los tableros de control en la base del aerogenerador, de los sistemas de giro de palas, góndola y tableros de control de motores de góndola; revisión termográfica de los gabine-

tes de los aerogeneradores, módulos del transistor bipolar de compuerta aislada (IGBT) y otros elementos de electrónica de potencia. Leonardo Moncada, jefe de la Central Eólica Villonaco, manifestó que el mantenimiento preventivo se cumple con el fin de conservar en buen estado los equipos e instalaciones de los sistemas eléctricos de las unidades generación para garantizar su buen funcionamiento y confiabilidad. Previo a las jornadas de mantenimiento, los técnicos fueron evaluados medica-

mente por el Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de CELEC EP GENSUR. Además, recibieron capacitaciones de refuerzo para el trabajo en alturas, con el fin de que las labores se den en cumplimiento de las normas de bioseguridad. Gracias a los mantenimientos preventivos se garantiza la disponibilidad y confiabilidad de la infraestructura de la Central Eólica Villonaco, lo que permite sostener los altos niveles de disponibilidad que ha manejado desde su puesta en operación en 2013.

En Puyango se intensifica campaña de reforestación El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal (GADM) de Puyango, a través del Departamento de Gestión Ambiental y Producción viene desarrollando la campaña de reforestación con el fin de proteger las fuentes de agua. Hernán Encalada, alcalde de Puyango, dio a conocer que se está trabajando en coordinación con los gobiernos parroquiales, la Prefectura de Loja, la Mancomunidad de Bosque Seco y el Cuerpo de Bomberos Alamor, el objetivo de la administración es precautelar las Áreas de Conservación Municipal y las fuentes de agua existente en el cantón, cuyo beneficio se refleja en el riego al sector productivo y el aumento del caudal para el agua de consumo humano. Yesenia Vega, directora del

Desde el 18 de enero hasta el mes de febrero del 2021, la Unidad de Tránsito del Municipio de Macará ha atendido alrededor de 300 trámites entre: traspasos, revisiones, matriculación y otros que forman parte de las

competencias de esta dependencia. En el mes de marzo, la revisión corresponde, a los vehículos cuyo último dígito termine en dos, y siguiendo todas las medidas de bioseguridad.(I)

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SOLICITAMOS OBREROS PARA EMPRESA MINERA Requisitos para selección de personal: Departamento de Gestión Ambiental y Producción, informa que el pasado fin de semana se realizó la reforestación en el sector de Cango Nuevo, cerca en la quebrada “El Carrizo”, a la que se suma la Reserva Cunguinime y la fuente de la junta de agua del barrio Libertad en la parroquia El Limo, la funcionaria destaca que las especies que se siembran son el nogal, cedro, higuerón, lame guápalas y arabisco entre otras.

El apoyo interinstitucional entre GADM Puyango, Prefectura de Loja, Mancomunidad Bosque Seco y Cuerpo de Bomberos Alamor, ha permitido que estas iniciativas se desarrollen de manera articulada y beneficiar a la población, así lo da a conocer Cristian Aguilar, responsable del proyecto de reforestación de la Mancomunidad de Bosque Seco. Hasta el momento se han sembrado más de 600 plantas.(I)

• Curriculum vitae, copia y original de cédula de identidad y certificado de último sufragio. • Exámenes médicos: heces, sangre (biometría hemática, glucosa, colesterol y triglicéridos) • Radiografía de columna y tórax. • Copia de libreta de Ahorro • 3 certificados de honorabilidad y honradez. CONTACTO: 098 842 2665

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Documental del poeta Alfredo Jaramillo se presenta esta semana El miércoles 03 de marzo se realizará la presentación de un documental que rinde homenaje a la vida y obra del poeta lojano, Alfredo Jaramillo Andrade. La familia Jaramillo Valdivieso y la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Loja unen esfuerzos para efectuar un homenaje, mediante la creación de un audiovisual, tipo recital poético, que recoge el testimonio del poeta Alfredo Jaramillo, y la participación de varios artistas que han puesto el componente musical haciendo uso de sus poemas. A inicios del año 2020 empezó la organización de este proyecto que busca fortalecer y difundir la obra poética de este insigne lojano. Para Diego Naranjo Hidalgo, director provincial CCE Núcleo de Loja, apoyar esta iniciativa permite difundir la producción literaria de uno de los poetas más sobresalientes de Loja

y el país, además, resulta necesario que las nuevas generaciones conozcan su obra y legado cultural. Su hija Paulina Jaramillo, quien mantiene una amplia trayectoria en el campo de las letras, señala que esta propuesta evidencia la extraordinaria creación poética de su padre y se complementa con la participación musical de varios cantautores e intérpretes que han insertado su poesía en diferentes interpretaciones musicales, entre ellos: Miguel Mora Witt, Carlos Santa María, Vicente Feliú, Leonel Valenzuela, Eduardo Aibar y Ovidio González. Producción En 62 minutos de duración, el documental cuya producción y rodaje estuvo a cargo de la productora Aurora Films, muestra diálogos con el autor quien cuenta detalles de su infancia, su familia y sus creaciones. Existen intervalos musicales que permiten disfrutar de los poemas: Madre, Las manos,

La vuelta del caracol, Preservación y Las guitarras. El acto de presentación se realizará cumpliendo con las medidas de bioseguridad, el miércoles 3 de marzo, desde las 18h00, en el auditorio Pablo Palacio. El evento se transmitirá a través de las páginas de Facebook de la CCE Núcleo de Loja.

Priscila Urgilés, asume la dirección ejecutiva en la Orquesta Sinfónica de Loja Con fecha 23 de febrero del 2021, el Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación IFCI, designó a Priscila Urgilés Encalada, como Directora Ejecutiva de la Orquesta Sinfónica de Loja. Priscila Urgilés es mezzosoprano y gestora cultural. Licenciada en Canto Lírico y Magister en Pedagogía e Investigación Musical de la Universidad de Cuenca. Fue Vicerrectora del Conservatorio Nacional “José María Rodríguez”. Se ha desempeñado como Pro-

fesora de la Facultad de Artes de la Universidad de Cuenca, Directora del Coro Polifónico de dicha entidad

y docente del Conservatorio de su ciudad natal. Es la fundadora y directora del Coro Pumapungo. Sus ejecutorias al frente de la entidad están destinadas a reactivar la labor musical en conjunto con la Dirección Técnica, impulsando la agenda de conciertos presenciales y de grupos de cámara, para que el público de la región vuelva a disfrutar de innovadores y magníficos espectáculos; así como, a realizar incesantes gestiones para solventar ineludibles demandas de la Institución.

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UTPL conforma la Red Ecuatoriana de Gobierno y Administración Pública El país atraviesa una época electoral, donde es preciso preguntarse ¿quiénes liderarán la administración pública?, entendida como la planificación, organización, dirección, coordinación, control y evaluación del funcionamiento de los servicios públicos que, se ocupa de gestionar el contacto entre la ciudadanía y las diferentes instituciones del sector público.

Si bien el liderazgo de estas entidades viene mayoritariamente determinado por grupos que ejercen el poder político, la administración pública se ha convertido en una profesión que cada vez gana más fuerza, pues son necesarios los expertos que administren los procesos que se ejecutan y la correcta relación con la ciudadanía. Como un aporte a este sector a nivel nacional varias universidades han creado la carrera de Administración Pública y la UTPL cuenta con esta carrera que forma a profesionales con capacidades y habilidades de planificación, gestión y evaluación del desempeño del sector público. Trabajo red nacional Diego García, coordinador de la carrera de Administración Pública de la UTPL, señala que en busca de generar un trabajo coordinado entre entidades de educación superior, desde 2017 trabajan junto a varias universidades en la conformación de

la Red Ecuatoriana de Gobierno y Administración Pública (REGAP), que a partir de enero de este año consta en el registro de redes de la Senescyt. La finalidad de la REGAP es articular a universidades, sector público, sociedad civil y ONG’s para trabajar de forma coordinada en docencia, investigación y vinculación con la sociedad en el ámbito de gobierno y la administración pública. Buscan el intercambio, cooperación y acción académica para tratar asuntos relacionados a esta área. Además, fortalecer la participación académica, articular la armonización de mallas curriculares, homologación de estudios y presentar proyectos conjuntos ante organismos nacionales e internacionales en materia de gobierno y administración pública. Hitos de la red La REGAP está formada por la Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí, la Universidad de los Hemisferios, la Universidad Internacional del Ecuador, Universidad Politécnica Estatal del Carchi, el Instituto de Altos Estudios Nacionales, la Universidad Andina Simón Bolívar, la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y a nivel local la UTPL y la Universidad Nacional de Loja que ofertan la carrera de Administración Pública. Las universidades que forman parte de esta red han publicado hasta el momen-

• Diego García, coordinador de la carrera de Administración Pública de la UTPL.

to tres libros y se encuentran trabajando en tres libros más que serán presentados en este 2021. La proyección es realizar actividades académicas conjuntas, incluso crear programas de maestría, ofertar talleres académicos, debates científicos entre otras actividades. Diego García, destaca que a través de esta red los estudiantes que cursen la carrera tienen el respaldo de participar de actividades a nivel nacional y actuar desde la acción, a través de actividades prácticas y de cooperación interinstitucional. Para mayor información sobre la carrera ingresa a inscripciones.utpl.edu.ec


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Ecuador reporta 286.367 contagiados de COVID-19 Ecuador sumó este lunes 212 nuevos casos de COVID-19 por lo que la cifra de acumulados ascendió a 286.367, mientras que las muertes se sitúan en 15.832, según el último parte diario del Ministerio de Salud Pública. Los fallecidos se reparten entre los 11.078 confirmados de la enfermedad y los 4.754 fallecidos probables, precisa la estadística oficial. La provincia de Pichincha es la que acumula la mayor cantidad de contagios con 100.572 casos positivos, lo que supone un incremento de 92 en las últimas 24 horas. Guayas, con 36.353 contagios, que suma dos más que el domingo, y supera a las jurisdicciones de

•• Los fallecidos se reparten entre los 11.078 confirmados de la enfermedad y los 4.754 fallecidos probables. EFE

Manabí (20.541), Azuay (17.422), El Oro (12.633), Loja (10.357), Tungurahua (10.218),Imbabura (8.622), Cotopaxi (8.128), Santo Domingo de los Tsáchilas (7.818), Los Ríos (7.577) y Esmeraldas (6.079). Quito es la ciudad más golpeada con 92.934 casos positivos de COVID-19, lo que supone

un incremento de 81 contagios respecto al domingo. Guayaquil aparece luego con 24.525 contagios, dos más que la víspera, seguida de Cuenca (13.796), Loja (7.678), Ambato (7.081), Portoviejo (7.071), Santo Domingo (6.775), Machala (6.709) e Ibarra (4.330), entre las más afectadas.(I)

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Rodolfo Farfán es el nuevo ministro de Salud Rodolfo Enrique Farfán Jaime es el nuevo ministro de Salud Pública, tras una oficialización por parte del presidente de la República, Lenín Moreno. Por medio de un comunicado, el gobierno acepta la renuncia del ahora exministro, Juan Carlos Zevallos, quien fue designado el pasado 21 de marzo del 2020, en plena ola de contagios que golpeó a Guayaquil. Tras casi un año, Zevallos recibió críticas, juicios políticos y uno penal que se está investigando desde Fiscalía, debido a un posible tráfico de influencias en el plan de vacunación de la COVID-19. Por su parte, Farfán se desempeñaba como viceministro de Atención Integral en Salud en el ministerio,

desde noviembre de 2020. El nuevo ministro tiene el reto de poner en marcha el plan de vacunación contra la COVID-19, que ya deja más de 286.000 contagios y 15.000 muertos entre confirmados y probables con la enfermedad. Hasta el momento, Ecuador ha recibido 42.070 dosis de la farmacéutica Pfizer.(I)

Yaku Pérez interpone 5 guías retenidos en nuevo amotinamiento en cárcel de Cotopaxi demanda en el TCE para apertura de urnas El movimiento Pachakutik presentó el lunes 1 de marzo del 2021, un recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), como parte de su reclamo para que se proceda al recuento de al menos 27.000 actas y rectificar la proclamación de resultados que determinó que Andrés Arauz (Unes) y Guillermo Lasso (Creo-PSC) pasan al balotaje. El pasado viernes 26 de febrero, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que, de esas actas, solo 31 cumplían los requisitos legales para una apertura de urnas y el sábado 27 procedió a hacerlo. Las Juntas Provinciales Electorales sesionaron para recontar un acta en Santo Domingo de los Tsáchilas, una en Cañar, 15 en Guayas, dos en Los Ríos, una en Cotopaxi, una en Azuay, ocho en Esmeraldas, una en Carchi, y una en Pichincha. Luego de aquello,

el candidato presidencial Yaku Pérez (Pachakutik) subió 612 votos; Arauz, 38; y Lasso 127. Por esa razón, a pesar de que Pachakutik, aún podía insistir en un nuevo recurso de impugnación en el CNE, prefirió interponer la demanda en el TCE. “Siempre enmarcados en la democracia vamos a seguir luchando para que se transparente. Nos queda una duda frente a la institucionalidad del CNE. Los cinco vocales no han tenido la voluntad política de hacer ver la voluntad del pueblo. Luego de haber llegado a un acuerdo para revisar las urnas, han retrocedido. Por eso vamos con el TCE, allí hemos puesto nuestra esperanza”, dijo Marlon Santi, coordinador de Pachakutik. Yaku Pérez estuvo redactando personalmente la demanda que se presentaría al TCE que dejó en las oficinas del TCE. Ese organismo tiene ahora dos días para pronunciarse.(I)

•• La mañana de este lunes 1 de marzo, se registró un nuevo amotinamiento en la cárcel de Cotopaxi. Archivo/Referencial.

La mañana de este lunes 1 de marzo, se registró un nuevo amotinamiento en la cárcel de Cotopaxi, como resultado hay cinco guías retenidos, según informó el comandante general de la Policía, Patricio Carrillo, en su cuenta de Twitter. “El problema carcelario tiene graves implicaciones y es diverso en sus manifestaciones, las crisis las resolvemos temporalmente con enormes esfuerzos y sacrificios”. Carrillo también aseguró que ya se coordinan acciones de intervención.

Por otro lado, los reos del centro de rehabilitación social (CRS) del Turi (provincia de Azuay) entregaron, la tarde de este domingo, sus armas de manera voluntaria. A través de un vocero, quien sale hablando en un video que llegó a ecuavisa. com, los privados de la libertad hicieron un llamado a la paz. Aclararon que los responsables de los hechos ocurridos durante la semana ahí son “personas sin escrúpulos que quieren manipular a todos y extorsionarnos”. Además, el vocero les dijo

a todos los presos que el enemigo no son ellos sino el régimen que quieren imponerles. Frente a esta situación y luego del asesinato de 80 personas privadas de libertad en cuatro cárceles del país, varias organizaciones acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para pedir que emita medidas cautelares. El organismo internacional aceptó a trámite las peticiones y en una comunicación enviada al canciller Luis Gallegos le otorgó cinco días al estado ecuatoriano para que informe .(I)


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OMS: es “prematuro” creer que la pandemia será contenida este año Un prominente funcionario de la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró este lunes 1 de marzo que es “prematuro” e “irrealista” creer que la pandemia del COVID-19 podría ser contenida para finales de este año, pero reconoció que la reciente llegada de vacunas efectivas podría al menos ayudar a reducir drásticamente las hospitalizaciones y los decesos. El principal objetivo en todo el mundo en este momento debería ser mantener los contagios de COVID-19 lo más bajo posible, indicó el médico Michael Ryan, director del programa de emergencias de la OMS. “Si somos sensatos, podremos poner fin a las hospitalizaciones, las muertes y la tragedia relacionadas con esta pandemia” para fines de año, expresó Ryan en una sesión informativa con reporteros. Ryan añadió que la OMS se siente alentada por resultados preliminares que indican que las vacunas parecen estar ayudando a frenar la ex-

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El drama en Guayaquil, tras un año en pandemia

•• Guayaquil fue hace un año el epicentro de la pandemia en América Latina. API/Archivo

plosiva propagación del virus. “Si las vacunas empiezan a surtir efecto no sólo en cuanto a decesos y no sólo en cuanto a hospitalizaciones, sino también en cuanto a la dinámica de contagio y a los riesgos del mismo, creo que entonces estaremos encaminados a controlar esta pandemia”, aseveró el experto. Sin embargo, advirtió que se debe evitar la complacencia, pues nada está garantizado ante una epidemia en evolución. “Justo ahora el virus es el que controla la situación”, afirmó. Entretanto, el director general de la OMS declaró que es “lamentable” que adultos jóvenes y saludables en los países ricos están siendo vacunados antes que el

personal de salud en los países en desarrollo. Tedros Adhanom Ghebreyesus afirmó que esta semana comenzaron las campañas de vacunación con la iniciativa COVAX en Ghana y Costa de Marfil, pero lamentó que ello esté ocurriendo sólo tres meses después que países como Estados Unidos, Gran Bretaña y Canadá comenzaron las inoculaciones de su propia población. “No se trata de una carrera entre países”, señaló. “La carrera es de todos contra el virus. No le vamos a pedir a los países que pongan en riesgo a su población, lo que le pedimos a todos los países es que sean parte de un esfuerzo global para combatir el virus en todas partes”.(I)

Ambato: Detienen a banda que se hacía pasar como club de fútbol Integrantes de una banda delictiva camuflaban sus actividades ilegales con uniformes deportivos con el nombre del Club ‘El Cartel’, que se dedicaba al robo de domicilios, que portaban armas de fuego. En el barrio Ficoa, en Ambato, la Policía ejecutó un operativo en el que desarticuló dicha organización. La banda se había reunido en un lugar con el fin de disfrazarse con los uniformes de fútbol de color amarillo y negro, para tener la fachada que permita despistar a las autoridades. William Posso, coronel de la Policía explicó que para el operativo, la madrugada

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•• Imágenes compartidas por la Policía Nacional.

del domingo, se conoció que la organización delictiva había llegado a Ambato y que con otras personas de la localidad que actúan al margen de la ley habían planificado ingresar a algunos domicilios especial-

mente en Ficoa. Contó que a las 03h30, 15 individuos fueron sorprendidos en delito flagrante mientras se encontraban dentro de dos domicilios, amedrentaban a los integrantes de las familias.(I)

Guayaquil fue hace un año el epicentro de la pandemia en América Latina. Durante marzo y abril, los meses más críticos, se vivieron episodios de dolor y angustia. Familiares clamaban por ayuda con sus seres queridos que habían muerto en casa, mientras otros recorrían las morgues para encontrar cadáveres perdidos. Un año después, para muchos afectados la tragedia continúa. Nadie imaginó que un día Guayaquil iba a silenciarse por una tragedia. 2020 expuso a esta ciudad a la peor prueba quedando a merced de un virus, desconocido e implacable. Las personas morían en las calles, mientras los hospitales colapsaron de pacientes con COVID-19. Todo fue dolor y luto en la ciudad durante los meses más críticos del 2020. Por ejemplo, Cilia junto su madre aún ven las fotos de Henry Eugenio Barclay Ortega. El 17 de marzo de 2020, el hombre de 45 años se contagió de COVID-19, su hermana, Cilia, cuenta que intentó buscar atención en un hospital público- pero fue en vano. Tras su fallecimiento, el cuerpo de Henry estuvo dos días en la sala de su vivienda; Cilia relata lo difícil que fue trasladarlo a un camposanto. En Guayaquil, decenas de familias se vieron obligados a convivir con los cuerpos de sus muertos por COVID-19. Las escenas angustiantes se viralizaron en redes sociales, donde muchos se volcaron a clamar ayuda para que las autoridades acudan a recoger los cadáveres. En abril de 2020, se llegaron a registrar hasta 150 defunciones diarias y era poco el personal encargado de la tarea de recolectar los cuerpos. Algunos estaban en un alto grado de descomposi-

ción, como recuerda Freddy Herrera, quien hasta diciembre del año pasado fue el coordinador técnico del Servicio Medicina Legal. En los exteriores del cementerio, ubicado en el sector de La Aurora, del cantón Daule se formaban largas filas de carros con féretros, como lo recuerda Enrique Saldaña, quien trabaja como supervisor en ese sitio. La tarea de cremar los cuerpos se sentía interminable, debido a la cantidad de cadáveres llegaban a diario, como lo recuerda Alfredo Bravo, administrador del camposanto. Cuando se pensaba que Guayaquil habría afrontado lo peor del coronavirus, una tragedia se sumó para los familiares de los fallecidos. Durante meses, Roció ha recorrido varios camposantos buscando los restos de su padre, Pablo Tenorio, de 80 años, cuyos restos se perdieron en el Hospital Teodoro Maldonado Carbo del IESS. Como Rocío, unas 40 personas en Guayaquil siguen buscando a sus seres queridos. La Fiscalía incluso, ordenó exhumaciones que aún no logran calmar la angustia de estas familias. Para ellos, la pandemia ha dejado una herida abierta, un luto eterno, por una tragedia que tras cumplirse un año, continúa. Por otro lado, Ecuador sumó este domingo 1.808 nuevos casos de COVID-19 y su nivel de contagio durante el año que ya dura la pandemia en el país, ascendió a 286.155 positivos, según el último informe del Ministerio de Salud Pública. El rubro de muertos alcanzó los 11.085 decesos confirmados con la enfermedad, a los que se suman 4.753 “fallecidos probables”, para un total de 15.811 defunciones, precisa la estadística de la cartera de Salud.(I)Ecuavisa.


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5 asesinatos durante el fin de semana en Guayaquil En el interior de su auto y a pocos metros de su casa, quedó el cuerpo de un hombre que fue asesinado por dos sujetos armados en la ciudadela Martha de Roldós, norte de Guayaquil. La víctima registra antecedentes penales. En otro caso, en las calles 24 y Rosendo Avilés suburbio de la ciudad, se realizaba el velorio de un reo cuando un sujeto que cubría su rostro sorprendió a los asistentes disparando sin control, ocasionando la muerte de Luis Navarrete de 32 años, otras 3 personas resultaron heridas. Según autoridades, este hecho no tiene relación directa con lo ocurrido en las cárceles de Guayaquil el pasado martes. Por otro lado, criminales asesinaron a un hombre frente a sus hijos en el Guasmo, mientras se movi-

El mismo día que la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó a la COVID-19 como una pandemia, Ecuador declaró al país en emergencia sanitaria. Con esa declaratoria llegaron las primeras de muchas restricciones, que luego se endurecieron con estado de excepción que el 16 de marzo declaró obligatoria la educación virtual y suspendió el trabajo presencial, con algunas excepciones. Hace un año Ecuador entró en una cuarentena que

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CIDH da 5 días a Ecuador para entregar datos sobre cárceles Luego del asesinato de 80 personas privadas de libertad en cuatro cárceles del país, varias organizaciones acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para pedir que emita medidas cautelares.

•• Las muertes sucedieron en distintas partes de la ciudad.

lizaba en su vehículo, dos sujetos lo interceptaron y le dispararon por al menos 12 ocasiones Steven Macías Loor de 25 años también murió acribillado a tan solo 20 metros de su casa, cuando un sujeto que cubría su rostro le disparó por 9 ocasiones. El crimen se reportó en el bloque 9 de Bastión Popular, noroeste de Guayaquil. El último hecho ocurrió en la

Cooperativa de San Francisco, donde varios sujetos irrumpieron en el domicilio de Cristian Ronquillo Ramírez de 32 años, a quien le propinaron 7 balazos acabando con su vida, frente a su familia Con estas últimas 5 muertes violentas en Guayaquil durante este fin de semana, se suman a los 65 asesinatos registrados en la ciudad, Durán y Samborondón en apenas 2 meses del año.(I)

Estudiantes y trabajadores pagan la peor factura de la pandemia Hace un año, Ecuador confirmó el primer caso de un paciente infectado con COVID-19 y el Ministerio de Salud montó cercos epidemiológicos con el objetivo de contener una enfermedad que el 11 de marzo de 2020 sería declarada como una pandemia global.

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acabó por modificar la vida social y económica del país. Los más golpeados resultaron los estudiantes de todos los niveles, y los trabajadores. De un día al otro las escuelas cerraron, el Gobierno prohibió las clases presenciales por el alto riesgo de los salones llenos de niños. El país empezó a improvisar un esquema de educación virtual, que se mantiene e incluye cartillas, clases en línea, y lecciones por radio y televisión. Según cifras del Ministerio de Educación, hasta el 23 de febrero de 2021 el sistema educativo del país, en todos sus niveles y modalidades, tiene 4,28 millones de estudiantes, sin contar a los universitarios. Y de todos ellos apenas 11.473 alumnos del área rural pudieron regresar a las aulas en planes piloto. El resto hace malabares para co-

nectarse a Internet y estudiar. Eso tiene secuelas. Unicef calcula que unos 90.000 niños han dejado de estudiar como consecuencia de la pandemia, por lo que exhorta a las autoridades a reabrir las escuelas. Y no solo eso, sino que un 60% de quienes continuaron sus estudios consideran que en esta modalidad han aprendido menos y un 15% afirma no tener contacto con sus maestros. Además de la falta de interacción social con sus compañeros. Esas dificultades tienen motivos palpables. Solo el 13,25% de los ciudadanos tiene acceso a Internet fijo y el 55,96% a Internet móvil, según el reporte de diciembre de 2020 de Arcotel. Eso sin considerar que hay sectores remotos en el campo que no tienen ninguna cobertura.(I)

El organismo internacional aceptó a trámite las peticiones y en una comunicación enviada al canciller Luis Gallegos le otorgó cinco días al estado ecuatoriano para que informe sobre: • Situación actual en cárceles de Guayaquil, Cotopaxi y Azuay. • Acciones del Estado para proteger y prevenir repetición. • Observaciones sobre petición de medidas cautelaresEl jurista David Cordero, del Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, explica lo que solicitaron a la CIDH. “Recalcamos las medidas cautelares que disponga la Comisión, ya que son obli-

•Las •  cárceles de Ecuador viven una crisis de violencia.

gatorio cumplimiento para el Estado y se espera que no demore su emisión”, apuntó Cordero. Hasta el momento el gobierno ha informado sobre traslados temporales de internos y conformación de equipos de trabajadores sociales y sicólogos pero las organizaciones de Derechos Humanos demandan acciones integrales y a largo plazo, pues aunque el último hecho ha sido el más grave desde el 2010, el país registra 247 muertes violentas en los centros carcelarios.(I)

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Opinión

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La palabra hablada y la palabra escrita Galo

Guerrero-Jiménez grguerrero0812@gmail.com

Usted puede oír a una persona y no saber lo que dice: el rostro, sus ademanes, el sonido de las palabras están ahí pero el que escucha no logra procesar esa información por múltiples razones: porque no le interesa lo que dice, por falta de concentración, por falta de formación sobre esa plática, porque no le simpatiza la persona motivo del diálogo o simplemente porque lo que ella manifiesta es un mero hablar, sin sentido alguno; en fin, las palabras no siempre funcionan para un diálogo sostenido, ameno y altamente significativo. Lo mismo sucede con la palabra escrita. El mundo humano fluye a través de la palabra; el contacto entre semejantes tiene sentido por la palabra; pero, así como hay problemas con la palabra oral, lo hay con la palabra escrita.

Se dice que no hay lectores porque no entienden lo que leen, y sobre todo porque hay prejuicios y pretextos para no dedicarle la atención que se merece la palabra escrita, al igual que la palabra hablada. Si la palabra sirve para relacionarnos, hay que cultivarla con la más alta idoneidad que el ser humano se merece. Cuando alguien habla, lo hace con fluidez, independientemente de su condición personal, y se hace entender a como dé lugar. De igual manera, debe suceder con la palabra escrita. Ella exige mucho más cuidado a la hora de transportarla a la hoja de papel o a la pantalla electrónica y, por ende, el lector debe prepararse para saber dialogar con esa palabra escrita, porque esa palabra escrita es el otro que le habla a través de un código alfabético que el que escribe sabe hacerlo y el que lee sabe también cómo hacerlo. No basta con reconocer el código alfabético para decir

que se sabe leer. Al igual que cuando se habla, el oyente analiza a su interlocutor no solo por lo que dice sino cómo lo dice y bajo qué consideraciones gestuales y de tono lo hace; asimismo sucede con la escritura; es decir, el lector debe aprender a descubrir la lógica interna del texto para que pueda interpretar el significado de ese texto. En consecuencia, así como se aprende a hablar bien, porque se aprende a coordinar las ideas y a saber expresarlas, “saber leer bien implica haber desarrollado estrategias y habilidades lectoras. Si no se enseñan bien esas habilidades y estrategias, los estudiantes tendrán problemas de comprensión, les parecerá aburrido leer o no le encontrarán sentido ni valor social o comunicativo” (Alfonso y Sánchez, 2009). En este sentido, por falta de comprensión, se habrá perdido un lector, y a veces para siempre, así sepa descifrar el

código alfabético. Por consiguiente, así como para hablar hay un estado especial, muy personal del que habla, cuanto del que escucha; con la escritura sucede lo mismo. El hablante sabe con qué tipo de persona se encuentra para entablar el diálogo; el lector debe saber también con qué tipo de texto se encuentra, es decir, el género en el que está escrito ese texto. Solo así, es decir, debidamente ubicado, sabrá que “mediante un trabajo de inferencia el lector construye el sentido de la obra literaria como resultado de un proceso de producción y un proceso de reconocimiento o comprensión” (Pazo, 2011). Por lo tanto, cuando estamos frente a una obra literaria, debemos saber que “lo característico de la literatura es, precisamente, su insondable riqueza y variedad, su fantástica capacidad de crear mundos y su resistencia a dejarse encarcelar por reglas fijas (Pazo, 2011).

virus está relacionada con el empobrecimiento de la biodiversidad que rompe el equilibrio natural de las especies y hace posible la aparición de nuevos virus”. Por tanto, hay que cuestionar el sistema de producción y consumo que empobrece la tierra y la sociedad afectando a los más vulnerables. Resistir la pandemia en la “nueva normalidad”, no solo se trata de observar individual y colectivamente las normas de bioseguridad, sino, en resistir la anormalidad ambiental y social inequitativa, dinamizando sobre las nuevas formas de ser, estar y habitar el mundo, como lo señala Yuval Noah Harari “lo que definamos hoy decidirá nuestra vida en décadas y reconfigurará el planeta”.

La “nueva normalidad” que es una oportunidad en esta crisis sanitaria debe remontar la anormalidad estructural agravada por las condiciones de desigualdad, precariedad de los sistemas de salud, predominio del capital por sobre el ser humano, desempleo e infoxicación que corroen la vida y dignidad humana. Es el momento histórico necesitamos (re)organizarnos con corresponsabilidad, necesitamos tejer formas de acercamiento, de participación y de unidad para que nuestra nueva marca sea la adaptación a las normas para resistir la pandemia y, por otra, buscar la transformación, lo que el Papa Francisco llama una “nueva realidad”, que asegure el respeto a la dignidad humana.

La nueva normalidad Juan

Luna R.

juan33ec@yahoo.es

Con el inicio de la pandemia, hace ya un año, en el discurso se empezó hablar de la “Nueva normalidad”, concepto para referir hechos y formas de organización y de socialización en situaciones de crisis, y que trastocan los comportamientos habituales y abren paso a nuevas propuestas de organización y participación que socioculturalmente se vuelven comunes. La “nueva normalidad” iniciada en nuestro país el 13 de marzo del 2020, con el confinamiento extremo por la propagación de la pandemia, debe ser analizada y comprendida en un triple

contexto: La pandemia del Covid-19 desconocida aún en su real magnitud, una crisis multidimensional: sanitaria, económica, social, cultural, ambiental, organizativa y de geopolítica; y, el impacto de las actividades humanas sobre el ecosistema que provoca pérdida de la biodiversidad, extinción de especies y calentamiento global. Pregunto entonces ¿lo que vivimos es una nueva normalidad o la profundización de una anormalidad sistémica? La pandemia, hasta el momento ha alterado la tradicional (a)normalidad social del bullicio, de aglomeraciones y estrujamientos sociales, de un modelo de vida depredador de la naturaleza y generador de desigualdades, Lipovetsky sostiene “que la génesis del


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Opinión

¡Decadencia! Ruy Fernando

Hidalgo M.

ruyfer08@hotmail.com

Se dice que las cárceles de un país, reflejan el grado de descomposición de la sociedad de ese país. Si es cierta esa teoría, con lo ocurrido el pasado 23 de febrero en el sistema penitenciario del Ecuador, nuestra sociedad está tocando fondo. Y esto no debe sorprendernos por los vergonzosos antecedentes de los que hemos sido testigos los ecuatorianos en temporadas recientes, cuándo hemos sentido aparte de una gran indignación, también una infinita impotencia, hemos visto como la impunidad campea, como desde las más altas elites de poder, descienden olas inmensas de podredumbre pestilentes y asquerosas. Entonces no podemos asombrarnos de que el sistema carcelario se encuentre colapsado, no podemos admirarnos de que, en los penales, las únicas reglas que se respeten, sean las que ordenan y dictaminan el hampa organizada, los cárteles de la mafia del narcotráfico, por medio de sus más sanguinarios “Lideres” que someten a su voluntad incluso al Estado que no toma las medidas necesarias para cortar esos lazos inmundos que culminaron con la muerte de 80 víctimas en un solo día en cuatro centros penitenciarios de esta agobiada patria. ¿Qué podemos esperar de los jóvenes, que toman como héroes al extinto rasquiña y sus aliados? Que presumen de haber mantenido la paz en las cárceles y se dan el lujo de hacer una rueda de prensa desde el interior del penal, en un caso inaudito que en el pasado nuestros ancestros no lo permitirían nunca. La degradación de la sociedad actual es evidente con los casos de corrupción que han predominado y predominan en los gobiernos de turno que se han ido sucediendo desde el retorno a la democracia en 1978 cuando abrigábamos la esperanza de que todo cambiaría y al final lamentablemente no ocurrió así. Ahora se dan el lujo de comprar fundas de cadáveres en precios exorbitantes, de falsificar desde la asamblea carnés de discapacidad

para beneficio propio, de ordenar la muerte de quién se les antoja simplemente porque no comulgan con sus malévolos ideales, de reírse de las órdenes de captura que emanan desde la fiscalía, e incluso de querer lanzarse de candidatos teniendo una orden de aprensión ejecutoriada, de amasar fortunas en paraísos fiscales; en fin, me pasaría enumerando los hechos reñidos con la ley durante todo este personal comentario. Es evidente que todo parte de la educación, con un sistema educativo, valga la redundancia, que bordea los límites del abismo en el que ni de lejos se estimula el análisis crítico de los alumnos porque no les conviene que sean deliberantes y pensantes, sino que sigan los senderos trazados por el conformismo de un sistema que se cae a pedazos por sí solo. En donde la célula principal de la sociedad se va debilitando por la dañina influencia, en ciertos casos, que ejerce la tecnología que es mal utilizada, quitando comunicación y compartir cosas importantes dentro de la familia; en donde los llamados influencers modernos son más escuchados que cualquier padre de familia y trazan caminos que siguen una gran cantidad de jóvenes y adultos como borregos de un rebaño sumiso, en una sociedad donde el temor a Dios se ha perdido casi por completo, en la que todo está permitido como el matrimonio igualitario, el aborto y en la que las cárceles dan la pauta de esta crisis social cuando se asesina a mansalva, en donde se filma degüellos y se muestra órganos humanos como atemorizando a los demás o como marcando terreno de forma amenazante dando un mensaje claro para ellos de que si te metes con sus clanes o bandas eso te puede pasar. Lo último que se pierde es la esperanza de que todo cambie, de no ser así estaremos realmente perdidos. Quiero apelar a la sensibilidad de los ganadores de los recientes comicios para que intenten cambiar esta cruda realidad, sino defraudarían a sus electores nuevamente y seguiríamos cayendo en una auténtica decadencia.

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¿Cuál es el futuro de la humanidad? Augusto

Costa

augustocosta103@yahoo.es

Michio Kaku es uno de los renombrados físicos; ha profundizado y divulgado interesantes y misteriosas interrogantes tale como: ¿Hay otras dimensiones además de las 3 o 4 que percibimos?; ¿Hay puertas de acceso a universos paralelos?, ¿Qué sucedió antes del primer segundo de la creación del universo?, y los temas de auténtica y primordial interés para la humanidad, como: La colonización de Marte; Los viajes interestelares; La inmortalidad y nuestro destino más allá de la tierra. Un día hace unos 75000 años, la humanidad estuvo a punto de extinguirse, una titánica explosión en Indonesia extendió una colosal capa de ceniza, humo y escombros, que cubrió miles y miles de kilómetros; la erupción del volcán Toba, que se la considera el episodio volcánico más potente de los últimos veinte y cinco millones de años, disparo a la atmósfera la increíble cantidad de 2700 kilómetros cúbicos de tierra, lo que sofocó grandes extensiones de Malacia e India bajo una capa de ceniza volcánica de hasta nueve metros de grosor; el humo tóxico y el polvo llegaron hasta África, dejando a su paso un rastro de muerte y destrucción; el calor abrazador y las nubes de ceniza gris que oscurecieron el sol aterrorizando a nuestros antepasados; muchos murieron asfixiados y envenenados por el denso

hollín y el polvo. Después, las temperaturas bajaron de golpe, provocando un “infierno volcánico”; la vegetación y la fauna murieron dejando solo un paisaje frío y desolado, parecía que la tierra entera estaba muriendo, y los pocos que sobrevivieron huían tan lejos como podían de este telón de muerte; tal vez en nuestra sangre quedan claras evidencias de este cataclismo. Si pasamos revista a todas las formas de vida que han existido en la tierra, desde las bacterias microscópicas a los bosques de árboles gigantes, de los torpes dinosaurios a los emprendedores humanos, vemos que el 99.9 por ciento de todos ellos se han extinguido, lo que significa que la extinción es la norma, que las posibilidades de ellas están en contra nuestra; la gran historia de la vida en la Tierra demuestra que, enfrentamos a un ambiente hostil, los organismos tienen tres caminos a seguir: Escapar de este ambiente, adaptarse a él o morir; pero si miramos hacia el futuro lejano, tarde o temprano nos enfrentamos a un desastre tan grande que la adaptación será casi imposible, tendremos que abandonar la tierra o perecer no hay otra opción. Estos desastres han ocurrido, muchas veces en el pasado, e inevitablemente ocurrirán en el futuro; la Tierra ya ha sufrido cinco grandes ciclos de extinción; en cada uno de los cuales desapareció el 90 por ciento de las formas de vida.

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

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Enero 20 a febrero 19 No puedes creerte todo lo que te digan, lo mejor es que te guíes por tu propio criterio, sin pensar más en lo exterior. Céntrate en averiguar lo que deseas de verdad y traza tu camino hacia la meta. No atiendas el ruido exterior.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Hay ciertos obstáculos a tu alrededor, quizá de alguien de la familia o de un amigo, pero ninguno de ellos te va a afectar de manera negativa. No te dejes llevar por el pesimismo que tengas cerca. Intenta sonreír, puede ser muy curativo para todos.

Aries

casa de la familia Chaplin. Al parecer, Wardas y Ganev habían robado el cuerpo en un intento de resolver sus problemas económicos. Fueron acusados de robo de tumbas e intento de extorsión, y condenados a cuatro años y medio de trabajos forzados. Posteriormente, la familia de Chaplin enterró el cuerpo en una fosa de concreto, para evitar posibles hurtos futuros.

Además...

Talibanes destruyen estatuas de Buda

Fue lanzada sonda espacial Pioneer 10

Un día como hoy, en el año 2001, el gobierno islámico talibán ordenaba la destrucción de dos monumentales estatuas de Buda, situadas en el valle de Bāmiyān, Afganistán. Las antiguas estatuas, de un inmenso valor cultural, habían sido objeto de varios ataques a lo largo de la historia, sin embargo habían logrado mantenerse en pie. En esta ocasión, fueron demolidas por medio de explosivos y municiones arrojadas desde tanques, según órdenes directas del líder talibán Mohammed Omar, haciendo caso omiso a los pedidos de la ONU de no llevar adelante el proyecto. La destrucción llevó varias semanas, y fue realizada en etapas. Los Budas de Bāmiyān se erigieron alrededor del siglo V. Las estatuas fueron talladas directamente sobre la roca, a los lados de un acantilado del valle, con algunos detalles, como las manos, los rasgos faciales y los pliegues de la vestimenta, realizados en barro y paja. Hoy en día, los restos de las estatuas forman parte de la Lista del Patrimonio de la Humanidad en peligro, elaborada por la UNESCO.

Un día como hoy, Estados Unidos lanzaba al espacio la sonda espacial Pioneer 10, primera tecnología humana en cruzar los confines del Sistema Solar, lo que estableció un hito en la carrera espacial. El 2 de marzo de 1972, la sonda espacial estadounidense Pioneer 10 fue lanzada al espacio y saltó a la historia poco tiempo después, cuando se consagró como la primera sonda en atravesar el cinturón de asteroides, antes de llegar al planeta Júpiter, principal objetivo de su misión. Más adelante, en junio de 1983, estableció un nuevo hito: es el primer objeto fabricado por el ser humano que supera los límites del Sistema Solar y logra atravesar la órbita de Neptuno, por entonces el planeta más distante del Sol, dada la excentricidad de la órbita de Plutón. Su paso por Júpiter, en 1973, proporcionó las mejores imágenes que se tengan hasta la fecha de la atmósfera del planeta, lo que también permitió obtener información relativa a la temperatura atmosférica y la altura en la que se encuentran las nubes superiores de Júpiter. También permitió el estudio de los cinturones de radiación de Júpiter, y su fuerte campo magnético, al que se estimaba mucho más débil de lo que es.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Martes 2 de Marzo de 2021 N.ª S.ª de la Candelaria FARMACIAS DE TURNO DEL 27 DE FEBRERO AL 6 DE MARZO DE 2021

EL ROSARIO SANASANA ALONSO DE MERCADILLO FARMACIA SAN GREGORIO 2 FARMACIAS MIA ML007 FARMACIA

Marzo 21 a abril 20 Adelantar un trabajo es una magnífica idea porque así te sentirás libre para dedicarte a cosas que te apetecen más, como leer o interesarte por algo que realmente te gusta mucho y que te aporta felicidad. Cuanto termines la labor tediosa, mejor te sentirás.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Por fin ves la solución a un problema, quizá relacionado con la salud y eso te hace sentir muy bien, con energía renovada. Tendrás fuerzas y mucho ánimo y verás todo con una mirada positiva y esperanzada. Comparte tu alegría con la gente que quieres.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Tienes una sensación de que algo negativo está a punto de suceder, pero en realidad solo se trata de tus miedos, que los estás proyectando ahora. No dejes que te llene de temores, apártalos y respira hondo. Busca la paz en tu interior.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Puedes llegar a pensar que tu pareja no es lo que buscabas, pero debes darte un poco de tiempo para saber si en realidad es así. No debes precipitarte y más si crees que te has enamorado de otra persona. Es fundamental que aclares todo antes de dar un paso.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Quizá has descuidado tu imagen un poco en estos últimos tiempos y eso es algo que no te debes permitir. Debes volver a los buenos hábitos con el deporte y también llevar una alimentación más equilibrada. Todo eso mejorará tu ánimo y tus relaciones.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 No hagas trampas en un tema de estudios en el que realmente te juegas mucho y que ahora se te hace un poco cuesta arriba porque el método ha cambiado. Debes centrarte y no desviar tu objetivo. Intenta disponerte para asumir todos esos cambios.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 No debes dejar pasar así como así un asunto desagradable y harías bien en tomar las riendas de la situación. Una conversación en profundidad con tu pareja puede arreglar muchas cosas que tu creías ya perdidas. Pero ahora verás que no es así.

Calendario Santoral

REINA DE LA NUBE

E

Acuario

Es robado el cuerpo de Charlie Chaplin

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia... Un día como hoy, en el año 1978, en el pueblo Corsier-sur-Vevey, Suiza, dos hombres robaban de un cementerio el cadáver del célebre actor Charles Chaplin, dos meses después de su muerte. Luego de que Oona, la viuda de Chaplin, rechazara la petición de rescate de 600.000 dólares y comenzara a recibir amenazas telefónicas contra sus dos hijos menores, se llevó a cabo una exhaustiva búsqueda policial. Charlie y Oona, su cuarta esposa, se casaron en el año 1943, cuando él tenía 54 años de edad y ella 18. Tuvieron 8 hijos con quienes se instalaron en Suiza en 1952. La intensa investigación llevada adelante para encontrar a los dos culpables del robo del cuerpo del actor consistió, entre otras cosas, en el monitoreo del teléfono de Oona y de 200 cabinas telefónicas de la zona. Luego de 5 semanas de búsqueda, la policía arrestó al polaco Roman Wardas y al búlgaro Gantscho Ganev, dos mecánicos de automóviles. El cuerpo fue encontrado en un campo de maíz, cerca de la

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DIRECCIÓN CIUDADELA: SAUCES NORTE CALLE: PABLO PICASSO SN GRECO BARRIO: LAS PITAS CALLE: VICENTE DELGADO TAPIA SN AV. PABLO PALACIOS AV. GRAN COLOMBIA 02-97 ANCÓN Y GUARANDA AV. 8 DE DICIEMBRE NÚMERO: 20-71 INTERSECCIÓN: JOSÉ LUIS TAMAYO CALLE: ANTONIO JOSÉ DE SUCRE NÚMERO: 14 - 105 INTERSECCIÓN: 10 DE AGOSTO CALLE OLMEDO NUMERO: S/N INTERSECCION: MIGUEL RIOFRIO

TELÉFONO 072542168 / 0980960919 2547586 / 0984936821 042440095 / 0999889448 2614582 3702200 0999337354

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Hoy verás cómo alguien se pone en contacto contigo de alguna forma para pedirte un favor. Debes de tener cuidado con lo que te pide, ya que será algo delicado que quizá no sea lo ideal para ti y que te puede llevar después a algún tipo de descalabro.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Sabrás muy pronto qué resultado te dan ciertas pesquisas que has hecho para averiguar algo sobre una persona. Esa información vendrá de una fuente bastante fiable y te servirá para aclararte. Probablemente te llevarás una gran sorpresa.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Deja que los acontecimientos sigan su curso. No debes forzar la situación porque es más conveniente que no malgastes tus energías. Aún así, puedes establecer ciertas pautas con la pareja para cambiar algunas dinámicas.


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Judiciales

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE CITACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a la demandada: VISION GLOBAL VGCONSULT CIA. LTDA,, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: Dra. María Verónica Medina Sotomayor, en su calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A. Demandados: VISION GLOBAL VGCONSULT CIA. LTDA. Objeto de la demanda: Cobro de Dinero con fundamento de Estado de Cuenta Ocasional Trámite de la demanda: Procedimiento Ordinario. Cuantía: $ 10.786.02 Juicio Nro. 11333-2018-00177. Juez: Dr. Vinicio José Bravo Merchán AUTO: Loja, miércoles 24 de enero del 2018, las 10h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por la Dra. María Verónica Medina Sotomayor, en su calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A., en contra de VISION GLOBAL VGCONSULT CIA. LTDA, representada en forma legal por la señora Diana Elizabeth Armijos Robles, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la compañía demandada VISION GLOBAL VGCONSULT CIA. LTDA, en la persona de su representante legal la señora Diana Elizabeth Armijos Robles, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, y este auto inicial. Por cuanto, la actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la entidad demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 8 de julio del 2020, las 09h38, Toda vez que la accionante Dra. Doris Alexandra Ruiz Roa, en calidad de PROCURADORA JUDICIAL DE PROCESOS DEL BANCO DE LOJA S.A., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada: Compañía Visión Global VSCONSULT CIA. LTDA., se dispone citarla por la prensa por uno de los diarios

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.com.ec de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase saber. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA Loja, jueves 28 de enero del 2021, las 13h29, En atención al escrito que antecede, presentado por la parte actora, se dispone: debido a la pandemia que atravesamos actualmente a nivel local, nacional y mundial, y de conformidad al Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que la citación al demandado Compañía Visión Global VSCONSULT CIA. LTDA., se realice mediante mensajes que se retrasmitirán en tres fechas distintas y por lo menos tres veces al día en una radiodifusora existentes en nuestra localidad y en la localidad señalada por la accionante para la citación.- Notifíquese. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 12 febrero 2021 Abg. Oliva Marianela Espinosa Montaño SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/P4316 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUICIO VOLUNTARIO DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS NRO. 11336-2020-00205 Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos presuntos, ausentes desconocidos, y más personas que tengan o puedan tener derecho dentro del presente juicio Voluntario de Inventario de bienes sucesorios Nro. 11336-2020-00205, seguido por el señor ANGEL SALVADOR JUMBO JUMBO Y OTROS, en contra de BIENES DEL CAUSANTE ANGEL AMABLE JUMBO JUMBO, de conformidad a lo que dispone el art. 56. 1 Y 58 DEL Código Orgánico General de Procesos cuyo texto es como sigue. JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL MUTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUEZ: Dra. Lourdes Palacios Juárez ACTOR: Ángel Salvador Jumbo Jumbo y Otros DEMANDADOS: Bienes del causante Ángel Amable Jumbo Jumbo CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Voluntario JUICIO NRO. 11336-2020-00205 OBJETO DE LA DEMANDA: Juicio Voluntario de Inventario de Bienes Sucesorios del causante ANGEL AMABLE JUMBO JUMBO ACEPTACION A TRAMITE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CELICA.VISTOS.- DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Celica, AVOCO conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 167 de la Constitución de la República, los Arts. 156, 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda que antecede, la misma que al reunir los requisitos legales

previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al TRÁMITE VOLUNTARIO que le corresponde a los Inventarios determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor ÁNGEL AMABLE JUMBO JUMBO, conforme se justifica con la inscripción de su defunción, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que será designado oportunamente por mi Autoridad.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la compareciente señora DELMIRA REGINA JUMBO JUMBO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, conforme se justifica con la partida de matrimonio que se adjunta; B) Con los señores: KLEVER ANTONIO JUMBO JUMBO, MANUEL ANTOLIN JUMBO JUMBO, MIRIAN YOLANDA JUMBO JUMBO, CARMEN DEL ROCIO JUMBO JUMBO, ÁNGEL SALVADOR JUMBO JUMBO, JESÚS GABRIEL JUMBO JUMBO, GUILLERMO BELARMINO JUMBO JUMBO Y JAVIER ALEJANDRO JUMBO JUMBO, en sus calidades de herederos, conforme se justifica con las partidas de nacimiento adjunta a la demanda; C) Con el Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, quien será citado legalmente en su despacho; para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, remítase despacho en forma ofreciendo reciprocidad de servicios de conformidad al Art. 72 del COGEP; D) Cuéntese igualmente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Municipio de Celica, para lo cual se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, para que en forma inmediata se cumpla con lo dispuesto. A los funcionarios se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; E) Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante ÁNGEL AMABLE JUMBO JUMBO que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención; F) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, previamente a cumplirse con la citación, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, a cargo de la parte actora, quien deberá presentar el documento respectivo sobre la cabal ejecución de esta orden, entréguese por Secretaría el correspondiente oficio y despacho suficiente para el efecto; G) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio.H) Los accionantes en el término de tres días y de conformidad a lo dispuesto en

MARTES 2 DE MARZO DE 2021 el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, constituyan un PROCURADOR COMÚN.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la accionante. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, la dirección de correo electrónico señalado por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor para que asuma la defensa en el presente asunto. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Celica 25 de Febrero del 2021 TORRES RAMON VICTORIA DEL SOCORRO SECRETARIA P/F4878 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presunto y desconocidos del causante BENJAMIN RODRIGUEZ RUIZ; y de los herederos fallecidos CESAR CORNELIO RODRIGUEZ BENITES y la Sra. INES MARIA RODRIGUEZ BENITES, que en extracto es como sigue: ACTOR: RODRIGUEZ BENITEZ ALICIA DE JESUS; RODRIGUEZ BENITEZ ANA MARIA DEL CARMEN; RODRIGUEZ BENITEZ FANNY ROSARIO; Y OTROS. DEMANDADO: LOS HEREDEROS PRESUNTO Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE BENJAMIN RODRIGUEZ RUIZ; Y DE LOS HEREDEROS FALLECIDOS CESAR CORNELIO RODRIGUEZ BENITES Y LA SRA. INES MARIA RODRIGUEZ BENITES. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO JUICIO: NRO. 11203-2020-03026 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, jueves 7 de enero del 2021, las 14h38, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular y en virtud del sorteo reglamentario realizado.- Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal, en razón de que se la estima de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por el Sr. Abogado Juan Pablo Armijos Rodríguez, en su calidad de Procurador Judicial de los señores: ANA MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ BENITEZ; FANNY ROSARIO RODRIGUEZ BENITEZ; MARIA ELENA RODRIGUEZ BENITEZ; JULIO ENRIQUE RODRIGUEZ BENITEZ; ANGEL BENJAMIN RODRIGUEZ BENITES; LUCIA RODRIGUEZ BENITEZ; PETRONILA DE LOURDES RODRIGUEZ BENITEZ; MARIA DEL CISNE RODRIGUEZ BENITEZ y ALICIA DE JESUS RODRIGUEZ BENITEZ, en sus calidades de herederos, así como también de los herederos por estirpe FABIAN GONZALO RIVERA RODRIGUEZ y MARTHA LUCIA RIVERA RODRIGUEZ herederos por estirpe e hijos de la heredera fallecida INES MARIA RODRIGUEZ BENITES, asi como de los

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herederos por estirpe PABLO AUGUSTO RODRIGUEZ TOLEDO y FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ TOLEDO hijos del heredero fallecido CESAR CORNELIO RODRIGUEZ BENITES, y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes de la causante BENJAMIN RODRIGUEZ RUIZ desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará a la perito sugerida para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con el Sr. Abogado Juan Pablo Armijos Rodríguez, en su calidad de Procurador Judicial de los señores: ANA MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ BENITEZ; FANNY ROSARIO RODRIGUEZ BENITEZ; MARIA ELENA RODRIGUEZ BENITEZ; JULIO ENRIQUE RODRIGUEZ BENITEZ; ANGEL BENJAMIN RODRIGUEZ BENITES; LUCIA RODRIGUEZ BENITEZ; PETRONILA DE LOURDES RODRIGUEZ BENITEZ; MARIA DEL CISNE RODRIGUEZ BENITEZ y ALICIA DE JESUS RODRIGUEZ BENITEZ, en sus calidades de herederos del causante, así como también es Procurador Judicial de los herederos por estirpe, señores FABIAN GONZALO RIVERA RODRIGUEZ y MARTHA LUCIA RIVERA RODRIGUEZ y de los herederos por estirpe PABLO AUGUSTO RODRIGUEZ TOLEDO y FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ TOLEDO.- 2) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 3).- A los herederos presuntos y desconocidos del causante BENJAMIN RODRIGUEZ RUIZ y de los herederos fallecidos CESAR CORNELIO RODRIGUEZ BENITES y la Sra. INES MARIA RODRIGUEZ BENITES cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier interesado tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes.- Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 18 de enero del 2021. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4880

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MARTES 2 DE MARZO DE 2021

Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901364364 perteneciente a FAREZ BENAVIDEZ JOSE MIGUEL con C.I. 102241668 en razón de haberse extraviado. P/4857/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901243576 perteneciente a JARRO GUANO MARIA NIEVES con C.I. 102991353 en razón de haberse extraviado. P/4857/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900712152 perteneciente a ARIAS CHICA CARMEN MIREYA con C.I. 105033641 en razón de haberse extraviado. P/4857/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101004634 perteneciente a ORTEGA CARRION TARCILA con C.I. 700299506 en razón de haberse extraviado. P/4857/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901423282 perteneciente a MARTINEZ CALDERON LUIS EDUARDO con C.I. 701958266 en razón de haberse extraviado. P/4857/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902136214 perteneciente a GUARNIZO LIMA ELVIA MARLENE con C.I. 702057191 en razón de haberse extraviado. P/4857/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901550447 perteneciente a ELIZALDE ENCARNACION MARIATIODOSA con C.I. 702732009 en razón de haberse extraviado. P/4857/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902600764 perteneciente a ELIZALDE ENCARNACION MARIATIODOSA con C.I. 702732009 en razón de haberse extraviado. P/4857/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902229451 perteneciente a QUIMI GARCIA JORGE ELVIS con C.I. 703014175 en razón de haberse extraviado. P/4857/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900730645 perteneciente a SOLANO DE LA SALA LOZANO MARIA VERONICA con C.I. 703172817 en razón de haberse extraviado. P/4857/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902356648 perteneciente a MULLO CUJILEMA ANTONIO con C.I. 703948281 en razón de haberse extraviado. P/4857/11 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900727131 perteneciente a APOLO ASANZA RODER EFRAIN con C.I. 703958744 en razón de haberse extraviado.

P/4857/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900794594 perteneciente a SARANGO POMA CARMEN MARIA ANGELITA con C.I. 1100034535 en razón de haberse extraviado. P/4857/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101038589 perteneciente a MENDOZA GONZALEZ ULBIO GILBERTO con C.I. 1100183068 en razón de haberse extraviado. P/4857/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103009871 perteneciente a QUEZADA LUIS AMABLE con C.I. 1100262565 en razón de haberse extraviado. P/4857/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900083751 perteneciente a CASTILLO GONZALO MARINO con C.I. 1100309333 en razón de haberse extraviado. P/4857/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900771859 perteneciente a BURNEO ESCUDERO NORMA ESMERALDA con C.I. 1100463551 en razón de haberse extraviado. P/4857/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900287235 perteneciente a VICENTE ALVARADO FRANCELINBENITO con C.I. 1100492998 en razón de haberse extraviado. P/4857/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2107000630 perteneciente a SAMANIEGO GRANDA NORBERTO AMADEO con C.I. 1100673118 en razón de haberse extraviado. P/4857/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901005849 perteneciente a CAMPOVERDE LALANGUI CARMEN DELIA con C.I. 1100828548 en razón de haberse extraviado. P/4857/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900251141 perteneciente a CHALAN GUAMAN LUIS AURELIO con C.I. 1100867306 en razón de haberse extraviado. P/4857/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105009203 perteneciente a MALDONADO TERNEUS JUAN DEDIOS con C.I. 1101055760 en razón de haberse extraviado. P/4857/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900706021 perteneciente a CELI TORRES NANCY OLINDA con C.I. 1101061008 en razón de haberse extraviado. P/4857/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104003535 perteneciente a CAMPOVERDE VIDAL GUIDO NEPTALI con C.I. 1101348488 en razón de haberse extraviado. P/4857/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Publicidad Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101044226 perteneciente a CHIRIBOGA SALINAS SEGUNDORODOLFO con C.I. 1101382842 en razón de haberse extraviado. P/4857/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101055960 perteneciente a SANCHEZ IZQUIERDO FRANCISCO PATRICIO con C.I. 1101743159 en razón de haberse extraviado. P/4857/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103003295 perteneciente a CAMISAN CALLE JOSE LORENZO con C.I. 1101783247 en razón de haberse extraviado. P/4857/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101045903 perteneciente a FERNANDEZ MENDIETA MARIANA DE JESUS con C.I. 1101846184 en razón de haberse extraviado. P/4857/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900598033 perteneciente a CUEVA CUEVA ORLANDO con C.I. 1101971362 en razón de haberse extraviado. P/4857/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900344736 perteneciente a LOAIZA BETANCOURT PATRICIAMARIA con C.I. 1101997680 en razón de haberse extraviado. P/4857/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900375817 perteneciente a LEON GUAMAN FLAVIO ERNES con C.I. 1102000526 en razón de haberse extraviado. P/4857/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902088522 perteneciente a SANTORUM ESCUDERO MARTHALUCIA con C.I. 1102016746 en razón de haberse extraviado. P/4857/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900651913 perteneciente a CANGO CARAGUAY CARMEN ENID con C.I. 1102064449 en razón de haberse extraviado. P/4857/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900814552 perteneciente a TAMAY MOROCHO ISABEL MARIA con C.I. 1102076484 en razón de haberse extraviado. P/4857/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901517372 perteneciente a JUMBO TINITANA ANGEL SERVILIO con C.I. 1102263801 en razón de haberse extraviado. P/4857/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101046043 perteneciente a LOAIZA ROMERO GLADIS VICTORIA con C.I. 1102286653 en razón de haberse extraviado. P/4857/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900388241

www. perteneciente a YANES ORTIZ MARIA ELIZABETH con C.I. 1102516562 en razón de haberse extraviado. P/4857/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2107000259 perteneciente a CORDOVA GRANDA OSCAR VICENTE con C.I. 1102672498 en razón de haberse extraviado. P/4857/38 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103005649 perteneciente a PAUTE LOPEZ MANUEL DE JESUS con C.I. 1102824743 en razón de haberse extraviado. P/4857/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900076208 perteneciente a GUAMAN DIAZ FULVIO ROMEO con C.I. 1102876263 en razón de haberse extraviado. P/4857/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900054417 perteneciente a QUEVEDO TORRES JEN VOLTER con C.I. 1102905799 en razón de haberse extraviado. P/4857/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901412882 perteneciente a AGUILERA SUQUILANDA MONICA DEL CARMEN con C.I. 1102910393 en razón de haberse extraviado. P/4857/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900389464 perteneciente a CONZA RIVERA JUAN ADALBERTO con C.I. 1102913363 en razón de haberse extraviado. P/4857/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105005766 perteneciente a CALVA PARDO MERCY con C.I. 1102916648 en razón de haberse extraviado. P/4857/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901489204 perteneciente a IÑIGUEZ ZARUMA WILFRIDO GIOVANNY con C.I. 1102993852 en razón de haberse extraviado. P/4857/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902506126 perteneciente a LUNA OCAMPO INES GUADALUPE con C.I. 1103007215 en razón de haberse extraviado. P/4857/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900632432 perteneciente a GUANIN VASQUEZ MONICA SOFIA con C.I. 1103017396 en razón de haberse extraviado. P/4857/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902737193 perteneciente a MAURAD MOROCHO JANETH PAULINA con C.I. 1103054738 en razón de haberse extraviado. P/4857/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902654107 perteneciente a TITUANA ESPINOSA LIDIA EVANGELINA con C.I. 1103063580 en razón de haberse extraviado. P/4857/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900493769 perteneciente a AGUIRRE CUENCA GRACIELA NOEMI con C.I. 1103140263 en razón de haberse extraviado. P/4857/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anu-

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lar la libreta de ahorros Nº 2900409269 perteneciente a SINCHE PAUTA JUAN FRANCISCO con C.I. 1103179451 en razón de haberse extraviado. P/4857/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901585261 perteneciente a ORTEGA RODRIGUEZ MERCY LORENA con C.I. 1103190060 en razón de haberse extraviado. P/4857/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900102136 perteneciente a AGUIRRE SALINAS CARMEN XIMENA con C.I. 1103194294 en razón de haberse extraviado. P/4857/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901956832 perteneciente a BRAVO CORDOVA PILAR DEL ROCIO con C.I. 1103204663 en razón de haberse extraviado. P/4857/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900578011 perteneciente a LAPO GARRIDO PAULINA YULIZA con C.I. 1103204887 en razón de haberse extraviado. P/4857/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900236785 perteneciente a LUZON MARTINEZ MARIA GUTT con C.I. 1103265979 en razón de haberse extraviado. P/4857/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2107001824 perteneciente a PARDO PARDO YANETH INES con C.I. 1103429724 en razón de haberse extraviado. P/4857/57 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901446516 perteneciente a JIMENEZ JIMENEZ HOLGUER EFREN con C.I. 1103435937 en razón de haberse extraviado. P/4857/58 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901305437 perteneciente a RUALES AGUIRRE LETTY YASMINE con C.I. 1103500417 en razón de haberse extraviado. P/4857/59 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900483764 perteneciente a AREVALO CARRILLO MANUEL DEJESUS con C.I. 1103530927 en razón de haberse extraviado. P/4857/60 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901039043 perteneciente a BALAREZO OCAMPO JUAN DIEGO con C.I. 1103535561 en razón de haberse extraviado. P/4857/61 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901704144 perteneciente a CUEVA CUEVA DIEGO MIGUEL con C.I. 1103555254 en razón de haberse extraviado. P/4857/62 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901511483 perteneciente a CARRION BRAVO DIEGO VINICIO con C.I. 1103597611 en razón de haberse extraviado. P/4857/63


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Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902002756 perteneciente a CARRION CAMACHO ANGEL FABRICIO con C.I. 1103792600 en razón de haberse extraviado. P/4857/64 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900698432 perteneciente a HERRERA HERRERA ROCIO DEL CARMEN con C.I. 1103813265 en razón de haberse extraviado. P/4857/65 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900951939 perteneciente a GODOS GODOS MARITZA ALEXANDRA con C.I. 1103928469 en razón de haberse extraviado. P/4857/66 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901353745 perteneciente a ENRIQUEZ ROGEL CRISTHIAN LEONARDO con C.I. 1103936363 en razón de haberse extraviado. P/4857/67 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902043016 perteneciente a VIÑAN MINGA MONICA SORAYA con C.I. 1103991632 en razón de haberse extraviado. P/4857/68 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901056402 perteneciente a ALBAN ORDOÑEZ WILMER REINERIO con C.I. 1103993901 en razón de haberse extraviado. P/4857/69 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900916436 perteneciente a LUZURIAGA ESCOBAR JORGE LUIS con C.I. 1104001597 en razón de haberse extraviado. P/4857/70 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900569996 perteneciente a BARRAZUETA MENDIETA CARLOS LUIS con C.I. 1104018336 en razón de haberse extraviado. P/4857/71 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900462019 perteneciente a CORONEL ESCALERAS LADY DELCARMEN con C.I. 1104174733 en razón de haberse extraviado. P/4857/72 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902157653 perteneciente a ROBLES QUEZADA CRISTHIAN ARMANDO con C.I. 1104187115 en razón de haberse extraviado. P/4857/73 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901781607 perteneciente a COBOS SISALIMA LUISA CRISTINA con C.I. 1104336787 en razón de haberse extraviado. P/4857/74 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901199763 perteneciente a PUERTAS CASTILLO DANIEL RAMIRO con C.I. 1104434087 en razón de haberse extraviado. P/4857/75 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº

.com.ec 2901928361 perteneciente a GRANDA LOAIZA GABRIELA SOLEDAD con C.I. 1104461783 en razón de haberse extraviado. P/4857/76 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902450325 perteneciente a JIMENEZ MALDONADO ANGIE MABEL con C.I. 1104648892 en razón de haberse extraviado. P/4857/77 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901601557 perteneciente a LOAIZA SARITAMA JIMMY WLADIMIR con C.I. 1104684939 en razón de haberse extraviado. P/4857/78 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901686842 perteneciente a CRUZ GAONA LUIS ANGEL con C.I. 1104712185 en razón de haberse extraviado. P/4857/79 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901505217 perteneciente a MOROCHO MOROCHO MARTHA BEATRIZ con C.I. 1104728843 en razón de haberse extraviado. P/4857/80 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900544085 perteneciente a CARRION GONZALEZ KAREN BEATRIZ con C.I. 1104792583 en razón de haberse extraviado. P/4857/81 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901380961 perteneciente a ORTEGA ORTEGA DANY PAUL con C.I. 1104905565 en razón de haberse extraviado. P/4857/82 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902323609 perteneciente a MOLINA GUALAN ANGEL PATRICIO con C.I. 1104912983 en razón de haberse extraviado. P/4857/83 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901657876 perteneciente a BRAVO PATIÑO JAVIER SAMUEL con C.I. 1105207607 en razón de haberse extraviado. P/4857/84 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902439834 perteneciente a PAUCAR LOPEZ CARLOS ESTARMAN con C.I. 1105338725 en razón de haberse extraviado. P/4857/85 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902399982 perteneciente a CEVALLOS GONZALEZ VIVIANA MABEL con C.I. 1105353237 en razón de haberse extraviado. P/4857/86 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901704614 perteneciente a CASTILLO AGUILERA JOSE DANIEL con C.I. 1105594780 en razón de haberse extraviado. P/4857/87 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902065678 perteneciente a TADAY JARRO ADRIANA JIMENA con C.I. 1105709479 en razón de haberse extraviado. P/4857/88 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901206097 perteneciente a ALDAZ RODRIGUEZ MICHELLE STEPHANIA con C.I. 1105713430 en razón de haber-

Publicidad se extraviado.

P/4857/89 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902063378 perteneciente a RIOS HIDALGO STALIN ISRAEL con C.I. 1105805079 en razón de haberse extraviado. P/4857/90 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902112875 perteneciente a CONDO ALVARADO MARIELA DEL CISNE con C.I. 1105820474 en razón de haberse extraviado. P/4857/91 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902193158 perteneciente a MERCHAN MORA ANA MARGARITA con C.I. 1105843815 en razón de haberse extraviado. P/4857/92 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902201103 perteneciente a ARMIJOS ROMERO MYRIAN DEL CARMEN con C.I. 1105912743 en razón de haberse extraviado. P/4857/93 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901794711 perteneciente a CARRION PARDO MARIANELA DEL ROCIO con C.I. 1105938789 en razón de haberse extraviado. P/4857/94 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902250125 perteneciente a VILLAVICENCIO CASTILLO EDINSON RODRIGO con C.I. 1150289237 en razón de haberse extraviado. P/4857/95 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902734813 perteneciente a ORTEGA JIMENEZ CHARLY JAVIER con C.I. 1150333993 en razón de haberse extraviado. P/4857/96 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902734813 perteneciente a ORTEGA JIMENEZ CHARLY JAVIER con C.I. 1150333993 en razón de haberse extraviado. P/4857/97 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902724477 perteneciente a CASTRO VALLE DAVID ALEJANDRO con C.I. 1150479168 en razón de haberse extraviado. P/4857/98 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902744362 perteneciente a MONTALVAN SARANGO MILTON GEOVANNY con C.I. 1150782710 en razón de haberse extraviado. P/4857/99 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902379351 perteneciente a GUAMAN POLO ERICK ISAAC con C.I. 1150971156 en razón de haberse extraviado. P/4857/100 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900179023 perteneciente a COOP. AHO. Y CRED. PADRE JULIAN LORENTE con C.I. 1190015110001 en razón de haberse extraviado. P/4857/101 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anu-

MARTES 2 DE MARZO DE 2021 lar la libreta de ahorros Nº 2902280289 perteneciente a CHICHANDE CAGUA JOSE EUGENIO con C.I. 1310894272 en razón de haberse extraviado. P/4857/102 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902270521 perteneciente a JIMENEZ CHUQUI MARIA AUDALIA con C.I. 1400081418 en razón de haberse extraviado. P/4857/103 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900870519 perteneciente a TELLO QUEZADA BELGICA TAMARA con C.I. 1400632426 en razón de haberse extraviado. P/4857/104 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902685241 perteneciente a SAMANIEGO CHUVA ANGEL VINICIO con C.I. 1400854129 en razón de haberse extraviado. P/4857/105 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902495263 perteneciente a PILLACELA MOROCHO JUAN CARLOS con C.I. 1401044894 en razón de haberse extraviado. P/4857/106 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902355279 perteneciente a ZHAÑAY MOROCHO FRANCISCO XAVIER con C.I. 1401353683 en razón de haberse extraviado. P/4857/107 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902157452 perteneciente a PORRAS ARTURO BLANCA DEL PILAR con C.I. 1703892891 en razón de haberse extraviado. P/4857/108 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902246529 perteneciente a ASTUDILLO MEDINA JAIME EDUARDO con C.I. 1708462054 en razón de haberse extraviado. P/4857/109 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901390852 perteneciente a ROSALES VALLADARES MARCO TULIO con C.I. 1710162411 en razón de haberse extraviado. P/4857/110 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900971315 perteneciente a ABAD JIMENEZ ALVA CECILIA con C.I. 1715752661 en razón de haberse extraviado. P/4857/111 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901778132 perteneciente a SANMARTIN MONTEROS SERVIOARTURO con C.I. 1715888820 en razón de haberse extraviado. P/4857/112 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902124121 perteneciente a BOHORQUEZ NAVARRETE ELIASJOSE con C.I. 1752380921 en razón de haberse extraviado. P/4857/113

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LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902124137 perteneciente a BOHORQUEZ NAVARRETE VICTORIA con C.I. 1752381093 en razón de haberse extraviado. P/4857/114 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101008995 perteneciente a MATUTE ESPINOSA MARTHA JUDITH con C.I. 1900085000 en razón de haberse extraviado. P/4857/115 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900738108 perteneciente a VACACELA MACAS LUIS FRANCISCO con C.I. 1900132216 en razón de haberse extraviado. P/4857/116 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900587407 perteneciente a GUALAN MEDINA SEGUNDO MANUEL con C.I. 1900137223 en razón de haberse extraviado. P/4857/117 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901256641 perteneciente a FAICAN LOPEZ EDGAR ROLANDO con C.I. 1900278233 en razón de haberse extraviado. P/4857/118 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902292284 perteneciente a RUILOVA ORTEGA DELSI JACQUELINE con C.I. 1900572254 en razón de haberse extraviado. P/4857/119 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900785622 perteneciente a ORELLANA VIÑAN DIEGO OSWALDO con C.I. 1900587641 en razón de haberse extraviado. P/4857/120 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901141315 perteneciente a MEDINA CAJILIMA ROMEL STALIN con C.I. 1900698190 en razón de haberse extraviado. P/4857/121 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902439811 perteneciente a JUMBO CAÑAR YONNY JUDITH con C.I. 1900712231 en razón de haberse extraviado. P/4857/122 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902663161 perteneciente a CANGO MOROCHO NORMA ROCIO con C.I. 1900771674 en razón de haberse extraviado. P/4857/123 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901915419 perteneciente a MACAS CONTENTO JORGE PATRICIO con C.I. 1950054237 en razón de haberse extraviado. P/4857/124 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902493741 perteneciente a ORDOÑEZ PUGLLA MARCELA MELANIA con C.I. 1950110617 en razón de haberse extraviado. P/4857/125


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MARTES 2 DE MARZO DE 2021

Judiciales UNIDAD MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN PUYANGO CITACION JUDICIAL Cito: con la demanda y auto de aceptación a trámite a la señora: Amparo Marisol Sisalima Malla. Actor: Santos Perfecto Encalada Escaleras Objeto de la demanda: Demanda de alimentos subsidiaria Juicio No. 11317-2017-00304. Procedimiento: Sumario Juez: Dr. Marlon Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUYANGO, PROVINCIA DE LOJA. 1.- LA DESIGNACIÓN DEL JUEZ. Es la que se ha propuesto, debiéndose radicar la competencia por el sorteo de Ley, ante uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Puyango, Provincia de Loja. 2.- SANTOS PERFECTO ENCALADA ESCALERAS ecuatoriano, portador de la cedula de ciudadanía 110248785-5, de 56 años de edad, de estado civil casado, de ocupación Agricultor, con domicilio en la calle Eloy Alfaro y Sucre perteneciente al cantón Puyango Provincia de Loja, con dirección electrónica chejp_72@hotmail.com, y casilla judicial electrónica 1104366297, del Distrito Judicial de Loja, de mi Abogado defensor, ante su Autoridad respetuosamente propongo lo siguiente. 3.- EL NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES. No lo asigna por cuanto no lo posee. 4.- EL DEMANDADO/A. como OBLIGADO PRINCIPAL a la señora: AMPARO MARISOL SISALIMA ecuatoriana, portadora de la cédula de ciudadanía Nro. 1105013542, de estado civil soltera, de ocupación estudiante y como OBLIGADOS SUBSIDIARIOS, a los señores JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO, y la señora OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN, ecuatorianos con cédula de ciudadanía Nro. 0701853079 y 110221015-8 de estado civil Casados entre sí, de ocupación agricultor y ama de casa respectivamente, a quiénes se la citara conforme lo determina el Art. 53 y siguientes, y 72 del Código Orgánico General de Procesos, mediante comisión dirigida al teniente político de la parroquia el limo en el domicilio de los demandados que se encuentra en la calle 24 de mayo perteneciente a la Parroquia el Limo, Cantón Puyango, de la Provincia de Loja en una casa de dos pisos, como referencia al costado de la iglesia del limo, agrego foto de google map del domicilio. 5.- NARRACIÓN DE LOS HECHOS. En el juicio de alimentos que se tramita en su despacho en contra de la señora: SISALIMA MALLA AMPARO MARISOL, tengo que señalarle que mediante la copia que presento del sistema Supa consta que la señora antes mencionada como deudor principal en el juicio de alimentos está incumpliendo con el depósito de la pensión alimenticia de su hijos que responden a los nombres de ALVARO ALEXIS; ANDY ALEXANDER; Y, DANNA NICOL ENCALADA SISALIMA, por tal motivo me veo obligada a demandar alimentos subsidiarios al abuelo y abuela maternos, que corresponden a los nombres: JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO, y la señora OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN, ya que soy una persona de escasos recurso y no puedo sustentar por mí solo los gastos de la manutención de mis nietos. 6.- FUNDAMENTOS DE DERECHO. Con estos antecedentes fundamento mi demanda conforme lo dispone el Numeral 4 del Art. 349 del Código Civil Ecuatoriano en concordancia con el Enumerado 5. Inciso primero del Código de la Niñez y Adolescencia, a fin de que su Autoridad en sentencia disponga que los abuelos maternos de nombres: JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO, y la señora OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN, provea una pensión alimenticia no menor a lo que establece la Ley, por cuanto goza de una excelente posición económica. 7.- ANUNCIO DE PRUEBAS. Los documentos que adjunto a la demanda inicial, son los que me servirán como medios de prueba a fin de justificar los fundamentos de hecho y de derecho, en la demanda de alimentos de conformidad al Art 158, en concordancia con el Art. 142 Numeral 7, hago el anuncio de los medios de prueba, la misma que la sustentare forma documental. Que se produzca como prueba de mi parte la copia de los detalles de la deuda en concepto de pensión alimenticia emitido por la página web de la Judicatura, en una foja. Que se produzca como prueba de mi parte el oficio emitido por el registro de la propiedad del Cantón Puyango con el número 00022355 con el cual se justifica la propiedad de un lote de terreno con casa de habitación ubicada en la cabecera parroquial el LIMO, cantón Puyango provincia de Loja, a nombre de los señores cónyuges JORGE AMILCAR

SISALIMA MALDONADO y OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN. Que se produzca como prueba de mi parte el oficio emitido por el registro de la propiedad del Cantón Puyango con el número 00022397 con el cual se justifica la propiedad de un predio denominado “DOS QUEBRADAS” perteneciente a la parroquia el LIMO, cantón Puyango provincia de Loja a nombre del señor JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO, Que se produzca como prueba de mi parte el oficio emitido por el registro de la propiedad del Cantón Puyango con el número 00022357 con el cual se justifica la propiedad consistente en un predio rustico denominado “BANDERONES” perteneciente a la parroquia el LIMO, cantón Puyango provincia de Loja a nombre de los señores cónyuges JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO y OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN. Que se produzca como prueba de mi parte el oficio emitido por el registro de la propiedad del Cantón Puyango con el número 00022356 con el cual se justifica la propiedad consistente en derechos y acciones en general del predio denominado “BANDERONES” perteneciente a la parroquia el LIMO, cantón Puyango provincia de Loja a nombre de los señores cónyuges JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO y OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN 8.- LA SOLICITUD DE ACCESO JUDICIAL. No la solicito por cuanto adjunto la prueba debidamente actuada. 9.- PRETENCION QUE SE EXIGE. Solicito Señor Juez, que su Señoría en Auto Resolución acepte mi demanda de alimentos subsidiaria y se le imponga una pensión alimenticia no menor a lo establecido por la Ley. 10.- LA CUANTÍA. En la presente demanda, es indeterminada conforme lo dispone el Art. 144. Núm. 6 del COGEP. Código Orgánico General de Procesos. 11.- EL TRÁMITE. Que se debe dar a la presente demanda es el Procedimiento Sumario conforme lo determina el Art. 332 del COGEP, Código Orgánico de General de Procesos. 12.- La firma del actor en la presente demanda se encuentra legalmente estampada al pie del escrito, misma que legaliza todo acto público como privado. 13.- Los demás requisitos que la Ley de la materia determinen para cada materia se encuentran adjuntos a la demanda inicial. Atentamente. Dígnese atenderme.-AUTO DE ACEPTACION A TRAMITE: Puyango, miércoles 19 de febrero del 2020, las 19h30, VISTOS: Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa la demanda de presentada por el señor SANTOS PERFECTO ENCALADA ESCALERAS, en contra de AMPARO MARISOL SISALIMA MALLA, como obligada principal; JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO Y OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN, como obligados subsidiarios, misma que cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso por lo que se admite a trámite del procedimiento sumario, al amparo de lo consagrado en los artículos 44, 69 numeral 1, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, innumerados 2 y 15 de la Ley Reformatoria al CONA, innumerados 5 y 9 de la Ley Reformatoria al título V Libro II del CONA, y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP; se ordena citar a la parte demandada señores: AMPARO MARISOL SISALIMA MALLA, como obligada principal; JORGE AMILCAR SISALIMA MALDONADO Y OLIVIA LUCILA MALLA LOJAN, como obligados subsidiarios, con la copia de la demanda y esta providencia en el lugar designado en la demanda, mediante COMISIÓN, librada al señor Teniente Político de la parroquia El Limo, enviándole suficiente despacho en forma, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones.- Se concede a la parte demandada el término de diez (10) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151 y 333 numeral 3 del COGEP.- La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP.- Tómese en cuenta el correo electrónico para efecto de notificaciones.- Los valores por concepto de pensión alimenticia, se seguirán cancelando conforme a lo establecido en la resolución que fija dicha pensión alimenticia hasta la conclusión del presente incidente.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA SOLICITUD.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUYANGO, PROVINCIA DE LOJA. SANTOS PERFECTO ENCALADA ESCALERAS ecuatoriano, portador de la cedula de ciudadanía

Publicidad 110248785-5, de 56 años de edad, en el juicio de alimentos subsidiarios que se tramita en su despacho de la forma más comedida expongo lo siguiente: PRIMERO. Señor Juez, con providencia, Puyando, lunes 30 de noviembre del 2020, se nos notifica que se incorpora al expediente los autos el Deprecatorio remitido virtualmente a esta Unidad Judicial, por parte de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, y Adolescencia con sede en el cantón Loja, él mismo que hace referencia a la imposibilidad de citar a la demandada: AMPARO MARISOL SISALIMA MALLA, por cambio de dirección, para que en el término de 3 días consigne a esta Unidad Judicial, la dirección exacta del domicilio de la demandada a fin de dar cumplimiento con la citación, con esto antecedentes y dentro del término señalado por su autoridad me permito solicitar lo siguiente: a) Señor Juez, tengo que señalarle como hemos informado a esta Unidad Judicial, que los domicilios en donde se sabía que vive la señora: AMPARO MARISOL SISALIMA MALLA, es el domicilio de sus padres en la parroquia el limo y el domicilio en la ciudad de Loja, pese a esto ha sido imposible que se realice la citación, después de varios, intentos por ubicar el domicilio de la demandada me permito señalarle que ha sido imposible obtener la dirección del domicilio actual, afirmación que solicito a su autoridad se la tome bajo juramento como señala el inciso primero del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico general de Proceso. b) Señor Juez, tomando en consideración que se desconoce el domicilio del AMPARO MARISOL SISALIMA MALLA y que se ha realizado todas las diligencias previas para tratar de localizarlo como lo demuestro con la documentación que adjunto a este escrito tales como: Certificado de Empadronamiento, Certificado de Movimientos Migratorio, y certificado del Ministerio de relaciones Exteriores, de los cuales se desprende que en el certificado de empadronamiento, la señora antes mencionada se encuentra empadronada en el recinto electoral: ESCUELA DE EDUCACIÓN BÁSICA FISCOMICIONAL GRAN COLOMBIA, de la parroquia ALAMOR cantón PUYANDO provincia de LOJA, y es por ello que amparado en lo que determina el Art. 56 del Código Orgánico general de Proceso, solicito a su autoridad, se digne autorizar, se la cite por uno de los medios de comunicación del sector. Notificaciones las recibiré en mi correo electrónico: chejp_72@hotmail. com, o en su defecto en mi casillero judicial Nro. 1104366297. OTRA PROVIDENCIA.- Puyango, lunes 4 de enero del 2021, las 18h10, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto anterior, se dispone lo siguiente: Cítese a la demandada: Amparo Marisol Sisalima Malla en un Diario de mayor circulación en la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE. f) Dr. Marlon Ray Santorum Montero, JUEZ DE LA UNIDAD MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.Alamor miércoles 13 de enero de 2021. Carlos Bayardo Cañarte Sisalima SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO Atentamente, P/F4882 R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. JUAN CARLOS ESPINOZA REYES Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: ROSA ENID MACAS MACAS, MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXANDRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 8.513,08. JUICIO: 11337-2021-00018 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: En lo principal, una vez que se ha

www. dado cumplimiento al auto de fecha, jueves 11 de febrero del 2021, a las 18h37, se estima que la DEMANDA DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS presentada por los señores: ROSA ENID MACAS MACAS, MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXANDRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS, en los bienes dejados por el extinto ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento del extinto ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores, señores: ROSA ENID MACAS MACAS, en calidad de conyugue sobreviviente y MARCIA AURELIA MEDINA LALANGUI, JENNY ELIZABETH MEDINA MARTINEZ, UFREDO MANUEL MEDINA MACAS, MIRYAM ALEXANDRA MEDINA MACAS Y OMAR DAVID MEDINA MACAS, en calidad de hijos; b).- Con los herederos del causante ROQUE AMABLE MEDINA HERERA, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; c).- Con el Ing. Darwin Esmith Díaz Campoverde y Abg. Galo Ramiro Sarango Jumbo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Chaguarpamba, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para lo cual remítase el proceso a la Oficina de Citaciones; d).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia;3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Téngase en cuenta la designación que hacen los comparecientes a ROSA ENID MACAS MACAS, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda.Hágase saber.- F).- Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba. Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, a los 23 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4883 NRO. 11203-2021-00223 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la causante señora SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA, que en extracto es como sigue: ACTOR: PABLO ESTEBAN POZO CASTRO Y OTROS DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA CAUSANTE SEÑORA SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA OBJETO: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2021-00223 JUEZ: DRA. SANDRA JENNY VIDAL RODRIGUEZ. EXTRACTO DEMANDA.- Loja, miércoles 27 de enero del 2021, las 16h46, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso

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en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, designada mediante resolución Nro. 26 del 25 de abril del 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud del respectivo sorteo constante en la misma.- Se llama a intervenir a la Dra. Gabriela Altamirano Salcedo, en calidad de Secretaria Encargada de la Unidad Judicial de la Familia.-En lo principal como la demanda de inventarios presentada no reúne los requisitos del Artículo 142 numerales, 2, y 5, del Código del Código Orgánico General de Procesos, (Esto es: En que calidad comparece la Abogada por cuanto se advierte Procuración Judicial, Narración de los hechos expuestos con claridad, en cuanto a cuantos son los bienes objeto de inventario, si existen construcciones en los referidos lotes de terreno.-Por lo que de conformidad a lo establecido en el Art. 19 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Registro Oficial Nro. 517 de fecha 26 de junio de 2019, en la que se sustituye el Art. 146, del Código Orgánico General de Procesos, previo a admitir la solicitud a trámite se dispone que dentro del término de cinco, los peticionarios la completen, de manera que se dé cumpliendo a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFIQUESE.- OTRO.- Loja, jueves 18 de febrero del 2021, las 09h16, VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado de clara y completa se califica la demanda de inventarios presentada por los señores BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ, PABLO ESTEBAN POZO CASTRO, ALICIA TERESITA PORZO CASTRO, BERTHA GENOVEVA POZO CASTRO, DORA CECILIA POZO CASTRO, SARA GRACIELA POZO CASTRO, MARIA DEL CARMEN POZO CASTRO, MARIA DEL PILAR POZO CASTRO en virtud del fallecimiento de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios en forma legal con la intervención de los interesados y de un perito que será designado oportunamente por la Unidad Judicial. Cuéntese en éste proceso con los comparecientes BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ como cónyuge sobreviviente; y los señores PABLO ESTEBAN POZO CASTRO, ALICIA TERESITA PORZO CASTRO, BERTHA GENOVEVA POZO CASTRO, DORA CECILIA POZO CASTRO, SARA GRACIELA POZO CASTRO, MARIA DEL CARMEN POZO CASTRO, MARIA DEL PILAR POZO CASTRO en calidad de herederos de la causante. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA por la prensa local conforme lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, o de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos se dispone que la citación a los herederos presuntos y desconocidos del causante por medio de: “Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”.- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo en uno de los diarios de ésta ciudad de Loja que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio.- Téngase en cuenta como prueba anunciada por los actores sobre la cual se proveerá en audiencia: PRUEBA DOCUMENTAL:1) Certificados de nacimiento de los herederos, 2) Partida de matrimonio de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA y BENJAMIN HOMERO POZO VELEZ, 3)Certificado de defunción de SARITA ALICIA CASTRO LEDESMA, 4)Copias de Escrituras Públicas, 5)Certificados del Registrador de la Propiedad del Cantón Loja y Catamayo de los inmuebles a inventariarse, y 6) Cartas de pago de impuesto predial. A petición de los actores se designa como Procurador Común al señor PABLO ESTEBAN POZO CASTRO.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados, y la autorización conferida a su Abogado defensor. Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- NOTIFIQUESE.Loja, 23 de febrero del 2021. Dra. Gabriela Altamirano Salcedo SECRETARIA P/F4885


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UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTÓN PUYANGO CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que anteceden a los herederos desconocidos y presuntos del extinto SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA, cuyo texto es como sigue: ACTORES: Mariana Yolanda Chalán Jaramillo, Hernán Francisco Ramírez Chalán, Carmen Liliana Ramírez Chalán, Herwin Vicente Ramírez Chalán, Mauricio lván Ramírez Chalán, Blanca Consuelo Ramírez Chalán, Marianela De Jesús Ramírez Chalán, Christian Gustavo Ramírez Chalán, Paola Del Cisne Ramírez Chalán, Rosa Del Cisne Ramírez Chalán, Graciela Janeth Ramírez Chalán, Carmita Del Rocío Ramírez Vera. JUICIO Nro.: 11317-2021-00018 PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO OBJETO: INVENTARIO. JUEZ: DR. DIEGO QUEZADA QUEZADA. SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE PUYANGO. MARIANA YOLANDA CHALÁN JARAMILLO, con cédula número 1101545851, de estado civil viuda, de 63 años de edad, de ocupación quehaceres domésticos; HERNÁN FRANCISCO RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1103771661, de estado civil soltero, de 37 años de edad, de ocupación comerciante; CARMEN LILIANA RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1105127714, de estado civil soltera, de 28 años de edad, de ocupación estudiante; HERWIN VICENTE RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1104941065, de estado civil soltero, de 32 años de edad, de ocupación chofer profesional; MAURICIO IVÁN RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1104559628, de estado civil soltero, de 34 años de edad, de ocupación agricultor; BLANCA CONSUELO RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1103771653, de estado civil casada, de 36 años de edad, de ocupación estudiante; MARIANELA DE JESUS RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1105921660, de estado civil soltera, de 26 años de edad, de profesión ingeniera; CHRISTIAN GUSTAVO RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1105487936, de estado civil soltero, de 24 años de edad, de ocupación estudiante; PAOLA DEL CISNE RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1105487951, de estado civil soltera, de 21 años de edad, de ocupación estudiante; ROSA DEL CISNE RAMÍREZ CHALÁN, con cédula No. 1105487977, de estado civil soltera, de 21 años de edad, de ocupación estudiante; en calidad de cónyuge sobreviviente y herederos respectivamente, domiciliados en la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja; con correo electrónico euro69macas@gmail.com de nuestro defensor privado; ante su autoridad respetuosamente comparecemos y realizamos la presente solicitud: DE LOS DEMANDADOS. Las demandadas son las señoras GRACIELA JANETH RAMÍREZ CHALÁN, y CARMITA DEL ROCÍO RAMÍREZ VERA, y herederos presuntos y desconocidos del extinto SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA. A las señoras Graciela Janeth Ramírez Chalán, y Carmita del Rocío Ramírez Vera, se las citará en sus domicilios ubicados en la calle Juan Montalvo y Velasco lbarra, de la ciudad de Alamor, cantón Puyango, Provincia de Loja, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, indicando que se notifique también a la señora Carmita del Rocío Ramírez Vera al correo electrónico eejuradoe@outlook.com Fundamentos de Hecho. a) Como consta de la partida de defunción de nuestro padre y esposo, que nos permitimos adjuntar a la presente, demostramos que el extinto: SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA, falleció el veintitrés de noviembre del año dos mil veinte en la parroquia 9 de Mayo, cantón Machala, provincia de El Oro; teniendo como último domicilio la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja; dejando como bienes inmuebles los siguientes: UNO.- Un predio rural denominado “CERRO VERDE”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 254, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 15 de junio de 2009; DOS.- Un predio denominado “EL ZAPOTE”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 512, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 20 de diciembre de 1996; TRES.- Un terreno denominado “ZAPOTE”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 129, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 29 de abril de 1992; CUATRO.- Un predio rústico denominado ‘’PINDO”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Laja, inscrito bajo el No. 502, del Re-

.com.ec gistro de la Propiedad de Puyango, de fecha 18 de diciembre de 2020; CINCO.- Un predio denominado “CEDRO LAS PALMAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 318, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 23 de diciembre de 1985; SEIS.- Un predio denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamar, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 373, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 07 de noviembre de 1994; SIETE.- Un predio denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 60, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 24 de marzo de 1998; OCHO.- Un predio denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja,· inscrito bajo el No. 29, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 03 de febrero de 1994; NUEVE.- Un predio denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 382, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 25 de noviembre de 1993; DIEZ.- Un terreno denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 146, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 30 de septiembre de 1982; ONCE.- Un lote de terreno denominado “CHORRERAS”, perteneciente a la parroquia Alamor, cantón Puyango, provincia de Loja, inscrito bajo el No. 3, del Registro de la Propiedad de Puyango, de fecha 03 de enero de 1986.b) Como consta de la partida de matrimonio que nos permitimos adjuntar se desprende que el extinto, fue casado con la cónyuge sobreviviente señora MARIANA YOLANDA CHALAN JARAMILLO. c) Con los antecedentes expuestos comparecemos ante su Autoridad, para demandar como en efecto demandamos que se proceda a declarar abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el extinto después de su muerte, luego solicitamos a su autoridad se digne ordenar se proceda al inventario, avalúo y alistamiento de los bienes de la sucesión, con intervención de los herederos y un perito judicial. Fundamentos de derecho.- La presente petición la fundamentamos en lo que disponen los Arts. 334 numeral 4, Art. 335, en concordancia con el Art. 341, 342 y 345 del COGEP, en relación con el Art. 406 y 407 del Código Civil. Anuncio de los medios de prueba.- De conformidad con el Art. 142 numeral 7, del Código Orgánico General de Procesos anunciamos los medios de prueba siguientes: 1.- Anunciamos la partida de defunción del extinto: SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA, que se encuentra agregada a la presente solicitud; con lo que justificaremos la procedencia de la solicitud de formar inventario.2.- Anunciamos las partidas de nacimiento de los hijos conocidos del extinto: Hernán Francisco Ramírez Chalán, Carmen Liliana Ramírez Chalán, Herwin Vicente Ramírez Chalán, Mauricio lván Ramírez Chalán, Blanca Consuelo Ramírez Chalán, Graciela Janeth Ramírez Chalán, Marianela de Jesús Ramírez Chalán, Christian Gustavo Ramírez Chalán, Paola Del Cisne Ramírez Chalán, Rosa Del Cisne Ramírez Chalán, Carmita Del Rocío Ramírez Vera, que agregamos al proceso; con lo que justificaremos nuestro derecho como herederos.3.- Anunciamos la partida de matrimonio de la cónyuge sobreviviente Mariana Yolanda Chalán Jaramillo, con el extinto Segundo Rufino Ramírez Silva.4.- Anunciamos los 11 certificados de propiedad otorgados por el Registro de la Propiedad del Cantón Puyango, de los bienes inmuebles a inventariarse en el presente proceso; con lo que justificaremos los bienes inmuebles que solicitamos inventariar.5.- Anunciamos los 11 certificados de avalúo catastral otorgados por el Jefe de Avalúos y Catastros del GAD de Puyango; con lo que justificaremos la cuantía de los bienes que solicitamos inventariar.6.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos solicitamos a su autoridad se digne designar un perito acreditado por el Consejo de la Judicatura para que proceda a la formación y avalúo de los bienes a inventariarse en presencia de los interesados.?.- Anunciamos que en la audiencia señalada por su autoridad comparecerá el señor perito que realice la formación y avalúo de los bienes de la sucesión a sustentar su informe. Pretensión que se exige.- 1.-Que se proceda a declarar abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el extinto SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA, después de su muerte. II.-Luego solicitamos a su autoridad se digne ordenar se proceda al inventario, avalúo y alistamiento de los bienes de la sucesión, con intervención de los herederos y un perito judicial. Cuantía. - La cuantía es de: cuatrocientos setenta y siete mil quinientos quince dólares americanos con noventa y seis centavos. Procedimiento.- El procedimiento en que debe sustanciarse la presen-

Publicidad te causa es el procedimiento voluntario conforme a lo estipulado en el Art. 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad con el segundo inciso del Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los siguientes funcionarios: a) Al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, para lo cual se deprecará a uno de los señores Jueces de la Niñez y la Familia de Loja con el despacho correspondiente. b) Al GAD de Puyango, en las personas de su Alcalde y Procurador Síndico, en sus oficinas ubicadas en las calles Guayaquil y Juan Montalvo de la ciudad de Alamor. Cítese por la prensa a los herederos desconocidos y presuntos, y más personas que tengan o que puedan tener derecho en la sucesión de bienes dejados por el causante: SEGUNDO RUFINO RAMÍREZ SILVA, de conformidad con lo que dispone el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Se mandará a inscribir esta demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Puyango, de conformidad con lo que dispone el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos. No siendo nuestros derechos diversos ni contrapuestos, de conformidad con el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, nombramos procurador común al señor HERNÁN FRANCISCO RAMÍREZ CHALÁN, con quien se contará dentro de este proceso. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: Puyango, lunes 1 de febrero del 2021, las 11h07, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Pindal, encargado de la Unidad Judicial de Puyango, mediante Acción de personal Nro. 123-DP11-2021-FA, de fecha 25 de Enero de 2021, suscrito por la Directora Provincial de la Judicatura en Loja, por encontrarse haciendo uso de sus vacaciones el Juez titular.- En lo principal, revisada la demanda que antecede por cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del extinto SEGUNDO RUFINO RAMIREZ SILVA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad. Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la señora MARIANA YOLANDA CHALAN JARAMILLO en calidad de conyuge sobreviviente; B) Con los comparecientes HERNAN FRANCISCO RAMIREZ CHALAN; CARMEN LILIANA RAMIREZ CHALAN; HERWIN VICENTE RAMIREZ CHALAN; MAURICIO IVAN RAMIREZ CHALAN; BLANCA CONSUELO RAMIREZ CHALAN; MARIANELA DE JESUS RAMIREZ CHALAN; CHRISTIAN GUSTAVO RAMIREZ CHALAN; PAOLA DEL CISNE RAMIREZ CHALAN; ROSA DEL CISNE RAMIREZ CHALAN; en sus calidades de herederos; C) También con los herederos GRACIELA JANETH RAMIREZ CHALAN y CARMITA DEL ROCIO RAMIREZ VERA, conforme se justifica con las partidas de nacimiento que se agrega; D) Con el señor Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, a quien se lo citará, así mismo, en su despacho; mediante DEPRECATORIO dirigido a uno de los señores Jueces de la Familia del cantón Loja, a quien se le remitirá despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; E) Cítese, a los herederos desconocidos y presuntos del causante SEGUNDO RUFINO RAMIREZ SILVA que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención. F) Para la citación de los señores GRACIELA JANETH RAMIREZ CHALAN y CARMITA DEL ROCIO RAMIREZ VERA, se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de ésta Unidad; G) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio. - Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le confieren a sus Abogados defensores. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. De conformidad a lo dispuesto

MARTES 2 DE MARZO DE 2021 en el Art. 37 del COGEP, téngase en cuenta la procuración Común asignada al señor Hernán Francisco Ramírez Chalán. - Interviene el Dr. Carlos Cañarte, Secretario designado a éste despacho.- OTRA PROVIDENCIA.- Puyango, lunes 22 de febrero del 2021, las 16h40, VISTOS: Atendiendo el escrito que antecede, se dispone: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se CONVALIDA, el auto de aceptación a trámite de la demanda, en el sentido de que: PRIMERO.- Se cuente en el presente proceso con el señor ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM- PUYANGO, a quienes se los citara, en sus despachos.- SEGUNDO.- Se inscriba la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.Interviene el Abg. Carlos Cañarte, en calidad de Secretario titular de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. Alamor, 23 de febrero de 2021 Abg. Carlos Cañarte Sisalima SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE PUYANGO P/F4879 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos del causante Manuel Sebastián Romero Ortiz, que en extracto es como sigue: ACTORES: María Jovita Fernández y Víctor Manuel Romero Fernández DEMANDADOS: a los herederos desconocidos del causante Manuel Sebastián Romero Ortiz, OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-003056 JUEZ: Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzmán EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 26 de enero del 2021, las 09h38, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente solicitud en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, creada mediante Resolución No. 157-2012 de fecha 8 de noviembre del 2012 y en virtud del sorteo que consta en la misma. Llámese a intervenir en la presente causa al Ab. Pedro Gustavo Ruíz Reinoso, en

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su calidad de Secretario de esta Unidad, conforme al correo electrónico remitido por parte de la Unidad Provincial de Talento Humano del Consejo de la Judicatura de Loja, de fecha 21 de enero del año 2021. En lo principal, por reunir los requisitos de ley la demanda de inventarios presentada por los señores María Jovita Fernández y Víctor Manuel Romero Fernández, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante señor Manuel Sebastián Romero Ortiz, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente. Cítese a los herederos desconocidos del causante Manuel Sebastián Romero Ortiz, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, a través de uno de los periódicos de circulación local, y en caso de no existir, por vía digital, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del citado Código.- Para el efecto, confiérase el extracto respectivo. La o el representante legal del medio de comunicación emitirá el certificado que acredite las fechas en que se realizaron las publicaciones del extracto a efectos de citación. Cuéntese en este proceso, con los comparecientes señores María Jovita Fernández, en calidad de cónyuge sobreviviente y Víctor Manuel Romero Fernández, en calidad de hijo del causante; y, con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, Funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para el efecto, remítase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad. Téngase en cuenta la cuantía de la acción y la dirección de los correos electrónicos señalados por los demandantes, así como la autorización que les confieren a sus defensores para que firmen escritos a su nombre. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. Hágase saber”.- F) Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzmán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja.Lo Certifico.Loja, 10 de febrero del 2021. Dr. Pedro Ruiz Reinoso, SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4881

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MARTES 2 DE MARZO DE 2021

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CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MARCO BOLIVAR ZHINGRE GONZALEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: DR. CARLOS ALFONSO CANGO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LOS SEÑORES EDI GEOVANNY ZHINGRE SÁNCHEZ, WALTER VINICIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MARCO ANTONIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MANUEL SERVILIO ZHINGRE SÁNCHEZ Y CARLOS EDUARDO ZHINGRE SÁNCHEZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: MARCO BOLIVAR ZHINGRE GONZALEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00501 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, martes 23 de febrero del 2021, las 12h17, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir al Dr. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez en calidad de Secretario encargado, según Acción de personal No. 306-DP11-2021-RR, de fecha 18 de febrero del 2021.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor MARCO BOLÍVAR ZHINGRE GONZÁLEZ conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante Dr. CARLOS ALFONSO CANGO en calidad de Procurador Judicial de los señores EDI GEOVANNY ZHINGRE SÁNCHEZ, WALTER VINICIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MARCO ANTONIO ZHINGRE SÁNCHEZ, MANUEL SERVILIO ZHINGRE SÁNCHEZ Y CARLOS EDUARDO ZHINGRE SÁNCHEZ por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante. 1.2. Con la demandada señora ROSA MARÍA SÁNCHEZ BERMEO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge del causante, a quién se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Loja, y con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja por así haberlo solicitado, funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al demandado y funcionarios indicados, con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la deman-

da, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante MARCO BOLÍVAR ZHINGRE GONZÁLEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 25 de febrero del 2021 Abg. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4892 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo a la señora ANA LUISA CHACHA GORDILLO cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO MANUEL ESTEBAN GODOY. DEMANDADOS: VIVIANA KRUSKAYA ALDEAN JARAMILLO, Y OTROS JUICIO: N°11333-2020-01194. CUANTÍA: DETERMINADA. JUEZA: DRA. SARITA AZUCENA OCHOA TAMAY. ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. TRÁMITE: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 14 de agosto del 2020, las 11h59, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil de Loja, en virtud de la Acción de personal Nro. 0995-DP11-2020-FA, de fecha 13 de Agosto de 2020, en remplazo de la Dra. Sarita Ochoa Tamay. En lo principal la demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina Manuel Esteban Godoy Ortega Ltda., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden que adjunta a fs. 1, documento que constituye título ejecutivo, al

Publicidad tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En aplicación del artículo 351 numeral quinto del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que los demandados Sres. MÁXIMO ERNESTO JARAMILLO TORRES, VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO, ANA LUISA CHACHA GORDILLO Y JESSICA KATHERINE JARAMILLO NARVÁEZ en su calidad de deudores, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia misma que no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del cuerpo legal indicado. Para la citación a los demandados se depreca virtualmente a uno de los señores Jueces de la unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, autoridad a la que se remite suficiente despacho y se ofrece reciprocidad en casos similares. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 14 de enero del 2021, las 11h55, VISTOS: Toda vez que el Dr. Jamil Hurtado Reyes, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Manuel Esteban Godoy” Ltda., ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO y ANA LUISA CHACHA GORDILLO: Se dispone citar por la prensa a la señora: ANA LUISA CHACHA GORDILLO, conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo; y, b) En base al Art. 56 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos y por cuanto mediante certificación emitida por la Coordinación Zonal 7 Machala se ha justificado que el señor VIVIANA KRUSCAYA ALDEAN JARAMILLO con cédula Nro. 1900457910 se encuentra con registro consular del Ecuador en Nueva York (fs. 31), se dispone que el mismo sea citada mediante la fijación de carteles, los mismos que serán fijados en el Consulado Ecuatoriano en Nueva York Estados Unidos. Para efectuar la presente citación, se dispone enviar el EXHORTO correspondiente. De conformidad con lo previsto en el Art. 13, literal c del Art. 65 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, en concordancia con el Art. 2 de la Convención Interamericana Sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, de la que forma parte la República del Ecuador; remítase atento oficio a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, para que se envíe el presente exhorto al señor Cónsul del Ecuador en España (Madrid), a fin de que se cumpla con la diligencia encomendada, envíese despacho suficiente.- La parte interesada prestará las facilidades para la obtención de las copias respectivas.Hágase saber.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 22 de febrero del 2021. Atentamente, Dra. Nuvia Piedad Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4895 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Flora Lila Jara DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ

www. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-02976 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 18 de diciembre del 2020, las 10h12, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de ISABEL JARA MARTINEZ, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 2 ) se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con la solicitante FLORA LILA JARA en calidad de hija de la causante. 1.2.- Con los señores MARIA ADOLFINA JARA, AMABLE GILBERTO JARA Y LAURA MARIA JARA, igualmente en calidad de hijos de la causante. 1.3.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja.- A las personas referidas en el numeral (1.2.-) se los citará con el contenido de la demanda, documentos presentados y el presente auto en el lugar indicado en la demanda para lo cual con fundamento en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y resolución No. 16-2017, expedida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, de fecha 27 de octubre del 2017, se comisiona al Señor Teniente Político de la parroquia Malacatos, del Cantón y Provincia de Loja. Envíese despacho en forma, debiéndose entregar el mismo a la accionante para que gestione su resultado. Respecto el funcionario se lo citará en su respectivo despacho; acto que lo cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 0612020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.Con los herederos desconocidos de la causante ISABEL JARA MARTINEZ, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada y en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensor técnico. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Abogado Alberto Xavier Yaguana Soto. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 31 de diciembre del 2020 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4899

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UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales del juicio de Inventario de Bienes Sucesorios 112032021-00385, a los herederos desconocidos y presuntos del causante señor Cristóbal de Jesús Granda Córdova que en extracto es como sigue: ACTORES: Teresa Livia Granda Córdova, Elida De Jesus Granda Córdova, Carmita Granda Córdova, y Florina de Jesús Granda Córdova DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante señor Cristóbal de Jesús Granda Córdova OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00385 JUEZ: Dr. Víctor Alberto Burneo Herrera UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.Loja, miércoles 17 de febrero del 2021, las 08h12, VISTOS: Por cumplido en tiempo oportuno con lo dispuesto en providencia del 05 de febrero de 2021; una vez examinada, y por considerar que si reúne con los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, como tal se la califica la demanda de inventario propuesta por: TERESA LIVIA GRANDA CORDOVA, ELIDA DE JESUS GRANDA CORDOVA, CARMITA GRANDA CORDOVA Y FLORINA DE JESUS GRANDA CORDOVA, por lo que se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme a lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de quien en vida fuera Cristóbal de Jesús Granda Córdova, fallecido en la parroquia Sucre, cantón y provincia de Loja, el 16 de diciembre de 2020. Por tanto, procédase al inventario y avalúo de sus bienes, conforme a ley.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con los comparecientes, en calidad de hermanos del causante; los mismos que constituyen procurador común en la persona de Teresa Livia Granda Córdova; y, B) Con los herederos desconocidos y presuntos del extinto Cristóbal de Jesús Granda Córdova, que se manda citarlos por la prensa local, en la forma prevista en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; caso de no estarse editando ejemplares en físico de este medio de comunicación, en su lugar, se lo hará por mensajes radiales que se trasmitirán en la forma reglada en el Art. 56, ordinal 2 del mismo cuerpo normativo; debiendo el señor Secretario conferir el extracto pertinente; y, C). Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en su Despacho. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial en esta ciudad, y correo electrónico, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio; los mismos que deberán contestar en la forma reglada en el Art. 151 del COGEP.- Téngase en cuenta la prueba anunciada en la demanda, sobre cuya admisibilidad relacionada con pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Para la citación a realizarse en esta localidad cantonal, se dispone que la parte actora, dentro del término de tres días, proporcione al Gestor de Archivo, las copias pertinentes, en la forma reglada en el Art. 4 de la Resolución 62-2020 del Consejo de la Judicatura. De su parte, el señor Secretario y Ayudante Judicial, cumplirán con las obligaciones que consta de la misma disposición; y, luego, pase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- Agréguese al expediente los documentos aparejados a la demanda; y, escrito complementario. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados por los demandantes, más la autorización que le conceden a su patrocinadora.- NOTIFÍQUESE. Loja, 18 de febrero de 2021 Ab. Jaime Riofrio Tacuri SECRETARIO P/F4900


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Judiciales R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. RITA MAIRA ROMERO CORDOVA Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos de los fallecidos: ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos de los causantes; ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 1.640. JUICIO: 11337-2021-00012 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: Atendiendo el escrito que inmediatamente antecede, previa notificación de las partes, por así solicitarlo y justificarlo, al ser un auto de aceptación a trámite y que éste tendrá injerencia en las disposiciones emitidas por esta autoridad; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 130, Núm. 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, a petición de parte, se deja sin efecto, el auto de fecha viernes 22 de enero del 2021, a las 17h47, y en su lugar se dicta el siguiente: En lo principal, una vez revisada la demanda de INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS, presentada por VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES, en los bienes dejados por los extintos ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, se estima que la misma es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento de los señores ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1 y 2), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores VÍCTOR ANTONIO ARMIJOS ROBLES, LORENZO ADALID ARMIJOS ROBLES y JOSÉ ÁNGEL AREMIJOS ROBLES; b).- Con los herederos de los causantes: ÁNGEL MARÍA ARMIJOS ARMIJOS y ROSA MARÍA ROBLES RÍOS, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; c).Con el Director de la Subsecretaría de Tierras de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; d).- Con el Dr. KLEVER ANTONIO SÁNCHEZ ARMIJOS en su calidad de Alcalde del GAD Municipal del cantón Olmedo, y, Dra. TANIA VERONICA OJEDA en su calidad de Procuradora Sindica del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Olmedo, pro-

.com.ec vincia de Loja, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para el efecto se comisiona a la Sra. Comisaria Nacional de Policía del cantón Olmedo, provincia de Loja, a quien se le concede el plazo de 8 días para que efectivice dicha diligencia, en razón del tiempo y la distancia, previniendo a la parte interesada de su obligación de brindar las facilidades del caso para el efectivo cumplimiento de lo ordenado; e).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia; 3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Téngase en cuenta la designación que hacen los comparecientes al Señor JOSÉ ÁNGEL ARMIJOS ROBLES, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; .- Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda; 5).- Téngase en cuenta la casilla electrónica señalada y la autorización que le concede a la Ab. Rita Maira Romero Córdova para que la represente en el desarrollo del presente asunto.- Hágase saber.- F).- Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba.- Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, a los 23 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4888 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a: los herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA que en extracto es como sigue: ACTOR: Abg. DIEGO VINICIO PALADINES COSTA en calidad de Procurador Judicial de los señores BYRON GEOVANNY CRUZ JAPÓN, SILVIA PATRICIA CRUZ JAPÓN, EDWIN ANTONIO CRUZ JAPÓN DEMANDADO: herederos presuntos y desconocidos de la que en vida se llamó MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA OBJETO DE LA DEMANDA: ALISTAMIENTO Y AVALUOS DE BIENES (inventario) TRÁMITE: voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00272 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 9 de febrero del 2021, las 14h36, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante Abg. DIEGO VINICIO PALADINES COSTA en calidad de Procurador Judicial de los señores BYRON GEOVANNY CRUZ JAPÓN, SILVIA PATRICIA CRUZ JAPÓN, EDWIN ANTONIO CRUZ JAPÓN por lo que

Publicidad comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante. 1.2. Con el demandado señor MARCO ANTONIO CRUZ PATIÑO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge de la causante, a quién se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al demandado y funcionario indicado, con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante MARÍA ASUNCIÓN JAPÓN SACA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado.- NOTIFIQUESE.- f) DR. Pablo Vinicio Muñoz Abarca DRA. NUVIA CORALIA FLORES RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4889 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, que en extracto es como sigue: ACTOR: DANIEL ENRIQUE MAHAUAD ORTEGA, WADIE RAÚL MAHAUAD ORTEGA, ALICIA YALILE MAHAUAD ORTEGA, SILVIA RAQUEL MAHAUAD ORTEGA, ANUAR DE JESÚS MAHAUAD CHALELA, AMALIA IVONNE MAHUAD CHALELA, JORGE TOUFIK MAHAUAD CHALELA, LILIAN VERÓNICA MAHAUAD CHALELA, AMALIA LORENA MAHAUAD CHALELA, JUDITH CATALINA MAHAUAD ROMERO, CARLOS ALBERTO MAHAUAD ROMERO, JORGE JAMIL MAHUAD WITT, SILVIA ROCÍO CATALINA MAHAUAD WITT, JORGE EDUARDO MAHAUAD WITT representados a través de su Procurador

MARTES 2 DE MARZO DE 2021 Judicial el Dr. FRANKLIN VINICIO MATEUS JUMBO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, además de los extintos señores JOSÉ TEÓFILO MAHUAD CHALELA, DANIEL MAHAUAD CHALELA, CARLOS NACIM MAHUAD CHALELA, JORGE ANTONIO MAHAUAD CHALELA Y JOSÉ EDUARDO MAHAUAD CHALELA OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-03127 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA.- Loja, miércoles 24 de febrero del 2021, las 16h18, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes DANIEL ENRIQUE MAHAUAD ORTEGA, WADIE RAÚL MAHAUAD ORTEGA, ALICIA YALILE MAHAUAD ORTEGA, SILVIA RAQUEL MAHAUAD ORTEGA, ANUAR DE JESÚS MAHAUAD CHALELA, AMALIA IVONNE MAHUAD CHALELA, JORGE TOUFIK MAHAUAD CHALELA, LILIAN VERÓNICA MAHAUAD CHALELA, AMALIA LORENA MAHAUAD CHALELA, JUDITH CATALINA MAHAUAD ROMERO, CARLOS ALBERTO MAHAUAD ROMERO, JORGE JAMIL MAHUAD WITT, SILVIA ROCÍO CATALINA MAHAUAD WITT, JORGE EDUARDO MAHAUAD WITT representados a través de su Procurador Judicial el Dr. FRANKLIN VINICIO MATEUS JUMBO conforme lo justifica con las copias de las escrituras públicas que adjunta, por lo que comparecen en calidad de sobrinos y por lo tanto herederos de la causante. 1.2. Con el demandado el Estado Ecuatoriano, a través del Procurador General del Estado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1032 del Código Civil, a quien se lo citará en la persona de la Abogada Ana Cristina Vivanco Eguiguren Directora Regional de Loja Procuraduría General del Estado en su representación en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a la parte demandada con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.4. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante LIVIA ROSA BLANCA MAHUAD CHALELA, además de los extintos señores JOSÉ TEÓFILO MAHUAD CHALELA, DANIEL MAHAUAD CHALELA, CARLOS NACIM MAHUAD CHALELA, JORGE ANTONIO MAHAUAD CHALELA

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Y JOSÉ EDUARDO MAHAUAD CHALELA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado.- Se llama a intervenir al Dr. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez en calidad de Secretario encargado, según Acción de personal No. 306-DP11-2021-RR, de fecha 18 de febrero del 2021.- NOTIFIQUESE.Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. - Loja, 25 de febrero del 2021 Abg. Carlos Patricio Sotomayor Gálvez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4887 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales, a la señora JUDITH ALEXANDRA GONZALEZ GUAMAN, cuyo extracto es como sigue: Juicio: Ejecutivo Nro. 11333-2015-06135 Actor: DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, Procuradora judicial del Ing. Leonardo Guillermo Burneo Müller, Gerente General y Representante Legal del Banco de Loja Demandados: Srs. VIVIANA ELIZABETH RUIS PAUCAR Y JUDITH ALEXANDRA GONZÁLEZ GUAMÁN Asunto: Cobro de pagaré a la orden Cuantía: $7.000,00 Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO INICIAL: VISTOS: Estimase clara y completa la demanda que antecede, presentada por la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de Procuradora judicial del Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, Gerente General y Representante Legal del Banco de Loja, en contra de los señores VIVIANA ELIZABETH RUIS PAUCAR Y JUDITH ALEXANDRA GONZÁLEZ GUAMÁN, la misma que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley, se la acepta al trámite ejecutivo que se solicita y corresponde.- Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a las demandadas, para que dentro del término de tres días cumplan con la obligación reclamada o deduzcan las excepciones de que se crean asistidas, bajo apercibimiento de sentencia.- Cítese a las demandadas en el domicilio señalado en la demanda, para lo cual se dispone remitir el proceso a la oficina de citaciones.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalados.- Notifíquese.- OTRO AUTO: Loja, viernes 19 de febrero del 2021, las 11h35, Una vez que la accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha miércoles 10 de febrero del 2021, las 11h13, se dispone citar a la demandada señora JUDITH ALEXANDRA GONZALEZ GUAMAN conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines legales pertinentes. Loja, 23 de febrero del 2021 Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4901


Justicia Bomberos colaboraron en traslado de extranjero que sufrió hemorragia interna

Loja. Un ciudadano de nacionalidad estadounidense mientras se encontraba en su casa, ubicada en la parroquia de Vilcabamba, de repente presentó un cuadro de hemorragia interna.

de la parroquia. Los bomberos llegaron a la casa del hombre de 65 años de edad y le dieron los primeros auxilios hasta esperar la llegada de la ambulancia del Ministerio de Salud. Luego colaboraron hasta subirlo al vehículo y lo custodiaron hasta la casa de salud para evitar algún incidente en el trascurso del camino.(I).(FJC).

Ante ello, los familiares pidieron ayuda a los efectivos del Cuerpo de Bomberos de la estación Vilcabamba para trasladarlo al hospital

MARTES 2 DE MARZO DE 2021

Prisión preventiva para 2 procesados por posesión de drogas a gran escala Guayas. Dos personas fueron procesadas y guardan prisión preventiva por su presunta participación en el delito de tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Fueron detenidas en un operativo ejecutado el sábado 27 de febrero al interior de una urbanización privada, ubicada en la vía Daule-Samborondón: acopiaban y almacenaban cerca de una tonelada de cocaína que pretendía ser enviada al exterior utilizando el Puerto Marítimo de Guayaquil. En la audiencia de flagrancia, desarrollada en la Unidad Judicial Multicompetente de Daule, el fiscal Hugo García Vargas presentó, como elementos de convicción: el parte de aprehensión, la prueba de identificación preliminar homologada y el acta de verificación y pesaje de la droga incautada. A esto se sumaron pasaportes, cédulas de identidad, un arma de fuego, teléfonos celulares y el vehículo en que transportaban el alijo, que fueron ingresados en cadena de custodia. El juez de Garantías Penales, Wilmer Valencia Rodríguez, acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra Bryan Aldair V. M. y Kevin Salomón T. S., disponiendo además de treinta días para el cierre de la instrucción fiscal. Los aprehendidos fueron trasladados al Centro de Rehabilitación Social de Guayaquil. Contexto Personal de Fiscalía y de Inteligencia Antinarcóticos con Coordinación Europea de la Policía Nacional ingresaron a una urbanización en la vía a Daule y detuvieron a dos personas que se encontraban al interior de un domicilio, acopiando y almacenando 968 paquetes rectangulares embalados que contenían cocaína. La droga se encontraba al interior de treinta maletas de nylon color negro. Según las investigaciones, el alcaloide, presuntamente, iba a ser trasladada al Puerto Marítimo donde iba a ser ingresada en contenedores, previo a su embarque en buques navieros que tenían como destino Centro y Norteamérica. Dato jurídico Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 220, numeral 1, literal d (gran escala) del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la posesión, distribución, tenencia, transporte y venta de alcaloides con pena privativa de libertad de diez a trece años.

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

10.205 1.051 8.858 296 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Lunes 1 de marzo de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

299

MUESTRAS

28.391 17.542 644 Tomadas

Negativas

27

En espera

102

PINDAL

Edad

Contagiados

0-11 meses

22

1-4 años

57

5 - 9 años

96

10 -14 años

221

15 - 19 años

369

20 - 49 años

6.297

50 - 64 años

1.798

más de 65 años

1.345

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

122

1.768 2.945 1.005 Personas en A.P.O.

7.679

CHAGUARPAMBA

AISLAMIENTOS

Personas en CERCO Epidemiológico

I

403

ZAPOTILLO

34

108 CELICA

127

PALTAS

MACARA

291

GONZANAMA

SOZORANGA

642 48

CATAMAYO

227 CALVAS

17

QUILANGA

69 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

5.242 Hombres

4.963 Mujeres

ESPINDOLA

LOJA


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