CRONICA 05 ABRIL 2021 11025

Page 1

Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 Edición Nº 11026

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Próximo domingo Ecuador

elegirá presidente

(Pág. 2)

L

a campaña electoral por los comicios de segunda vuelta que se desarrollarán el 11 de abril entra en su recta final en medio de restricciones por el aumento de casos COVID-19 en la ciudad y provincia de Loja.

Las nuevas cepas de coronavirus estarían ya en Loja A

unque no se puede precisar, sería una realidad las nuevas cepas de coronavirus en la ciudad y provincia de Loja, ya que la situación es realmente grave debido al incremento alarmante de casos, así lo indicó, el neumólogo del Hospital Clínica San Agustín, Diego Toapanta Vega.

Dieciocho candidatos aspiran la presidencia del Perú (Pág. 4)

Verónica Loaiza, nueva coordinadora Zonal 7 de Salud (Pág. 12)

Vacunas aún no llegan a Olmedo, mientras que en otros es limitada (Pág. 3)

(Pág. 2) (Pág. 21)

UTPL inicia ciclo académico con más de 37 mil estudiantes (Pág. 8)

Hoy circula Placa IMPAR


2

Loja

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

www.

.com.ec

I

Loja estaría entrando a la cuarta fase de la pandemia Aunque no se puede precisar, serían una realidad las nuevas cepas de coronavirus en la ciudad y provincia de Loja, ya que la situación es realmente grave debido al incremento alarmante de casos, así lo indicó, el neumólogo del Hospital Clínica San Agustín, Diego Toapanta Vega.

Circunstancias “Se vive un momento de conmoción social, ya que hay extremadamente un gran número de casos de COVID-19, aunque todavía no se ha demostrado médicamente, creo que estamos viviendo posiblemente una nueva variante que es mucho más agresiva y afecta a gente más joven, de los cuales un alto porcentaje desarrollan neumonías graves”, dijo. Lamentablemente, los sistemas de salud públicos y privados están o a punto de colapsar, lo cual complica mucho la atención de estas personas, porque no hay camas en las unidades de cuidados intensivos.

•• Casos COVID siguen en aumento, lo cual provoca que los hospitales estén a su máxima capacidad.

El especialista indicó que como ha explicado desde un principio, las epidemias vienen por etapas, pasamos la 1 y 2; en estos momentos estamos finalizando la 3 y se está en camino a la 4, que es cuando todo está colapsado. “En esta fase hay decisiones que los médicos debemos tomar en determinados casos, aunque eso nos parta el alma, tenemos que de-

cidir quién muere y quien vive, porque en el caso que se libere un ventilador se elige al paciente más joven y que tiene menos comorbilidades, mientras que los más complicados se los deja a un lado”, añadió. Acotó que eso está a punto de suceder en los hospitales de referencia COVID de la ciudad de Loja y todo se debe a la desobediencia de la ciudadanía y las medi-

das restrictivas muy flexibles como, por ejemplo, el toque de queda desde las 20h00 ni ayuda mucho, debido a que las personas en su mayoría ya se encuentran en casa. Solo en la consulta privada del especialista atiende entre 35 a 45 pacientes diarios confirmados de COVID-19, dichos datos que no irían a la tabla de estadísticas del Ministerio de Salud Pública.(I).(FJC).

•• Diego Toapanta Vega, neumólogo del Hospital Clínica San Agustín.

Dato •

Según estadísticas del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Provincial, la región tiene 12.415 casos positivos de COVID-19, de los cuales 1942 casos activos.

Recta final a la campaña del balotaje presidencial La campaña electoral por los comicios de segunda vuelta que se desarrollarán el 11 de abril entra en su recta final en medio de restricciones por el aumento de casos COVID-19 en la ciudad y provincia de Loja. La ciudadanía ya tiene seleccionado al candidato presidencial. Circunstancias Solo quedan tres días para que las dos organizaciones políticas, Alianza Unión por la Esperanza, lista 1-5, del binomio Arauz-Rasbascall; y del Movimiento Creo, del binomio Lasso-Borrero, a través de la campaña electoral consigan convencer a los electores, que ellos son la mejor opción para llegar a la presidencia de la República. El 9 de abril empieza el silencio electoral.

Dato •

•• Solo tres días les quedan a los candidatos para convencer a las votantes.

La campaña con eventos masivos o de concentración está restringida por las exigencias de distanciamiento social a causa de la pandemia de la COVID-19 y se ha concentrado a convencer a las personas que todavía están indecisos o

votaron nulo en febrero. Según el analista político, Patricio Valdivieso Espinosa, todavía no se podría adelantar cuál de los dos presidenciables llegará al poder, pese a las alianzas con otros movimientos o partidos, ya que un gran

número de votantes eligen al candidato recién en el momento del sufragio. Decisión A decir, de la ciudadana Gabriela Cuenca, ella junto a su familia ya han decidido por quién votarán en el día

El 11 de abril se desarrollará las elecciones de segunda vuelta. El 9 de abril empieza el silencio electoral.

de las elecciones, aunque no dio el nombre, dijo que sus propuestas son las más coherentes y reales para sacar al país de la crisis que actualmente se encuentra. En cambio, Samuel Cabrera, manifestó que todavía tiene varios días para analizar a los dos candidatos y elegir a quien apoyar, aunque ninguno le convence, debido a que los planes de trabajo son muy generales y no específicos para cada región, en este caso Loja.(I).(FJC).


I

www.

.com.ec

Vacunas aún no llegan a Olmedo, mientras que en otros es limitada

Varios

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

3

Daños en las canchas de la UNL

•• Lugar que afectó la crecida del río. •• Lento proceso de vacunación en cantones lojanos.

El Ministerio de Salud Pública (MSP) lleva adelante el programa de vacunación en sus distintas fases, sin embargo, a decir de algunos alcaldes todavía es limitado el número para la cantidad de habitantes de cada jurisdicción. Nada El alcalde de Olmedo, Kléver Sánchez Armijos, expresó y rechazó que la cartera de Estado no haya tomado en cuenta a su jurisdicción para la vacunación de los grupos prioritarios, así como lo ha hecho con el resto de cantones. “Hasta el momento no he recibido o se ha programado nada para la vacunación de nuestros abuelitos. Conozco por fuentes de terceros que personal administrativo de los distritos han recibido la segunda dosis, no así a los sectores vulnerables de atención prioritaria de Olmedo, lo cual vulnera lo establecido en el denominado Plan de Vacunas”, dijo. Mientras que, Romeo Francisco Moreno, alcalde de Sozoranga, indicó que en su cantón al momento solo han inmunizado con la primera dosis al personal que recolecta la basura y ciudadanos que poseen algún tipo de dis-

capacidad, mientras que la segunda dosis será colocada esta semana. “De la misma manera funcionarios del MSP han visitado todos los domicilios de Sozoranga para determinar cuántos adultos mayores existen. Recogieron los nombres y en estos días les colocarán la vacuna contra el virus”, añadió. Por su parte, el burgomaestre de Macará, Alfredo Suquilanda Valdivieso, puntualizó que en el cantón fronterizo solo han vacunado a 480 ciudadanos hasta el momento, y todos corresponden a personas que están en primera línea: médicos, enfermeras, bomberos y un grupo minúsculo de adultos mayores. “Me preocupa este mínimo porcentaje, ya que en toda la jurisdicción son aproximadamente 20.000 personas, de los cuales un 20% corresponde a los de la tercera edad, es decir, que sobrepasan los 65 años de edad”, destacó. En el resto de cantones se conoce que también un porcentaje de adultos mayores han recibido la vacuna, por ende, están a la espera que más dosis lleguen para inmunizar a toda la población, en especial la más vulnerable que existe en cada pueblo.(I).(FJC).

Las lluvias que se registran en la urbe lojana dejan efectos en varios sectores de la ciudad de Loja, es así que producto de las precipitaciones el caudal del

río Malacatos creció y en el sector de las canchas de la Universidad Nacional de Loja (UNL) se llevó parte del sendero y acceso de vehículos.

Sin embargo, autoridades temen que el afluente nuevamente crezca y siga minando el sitio lo que podría afectar a los espacios deportivos del Alma Máter. P

P/F4319


4

Varios

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

www.

.com.ec

I

Residentes en Loja y Zamora Chinchipe votarán en el Consulado el 11 de abril

Dieciocho candidatos aspiran la presidencia del Perú Dieciocho candidatos habilitados por el Jurado Nacional de Elecciones del Perú aspiran a convertirse el domingo 11 de abril en el próximo presidente peruano para el periodo 2021 – 2026. Serán más de 25 millones votantes quienes tendrán la responsabilidad de elegir a las autoridades del Ejecutivo y Legislativo. Según datos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el extranjero votarán 977.295 peruanos en 3.371 mesas de votación de 204 ciudades ubicadas en los cinco continentes. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en estrecha coordinación con la ONPE es la entidad encargada de garantizar el voto de los peruanos residentes en el exterior en este proceso electoral. Luis Armando Monteagudo Pacheco, Cónsul General del Perú en Loja, informó que se viene ejecutando, de acuerdo al cronograma

electoral, todas las directivas emanadas desde la Cancillería peruana para convocar a los electores peruanos, así como Miem-

bros de Mesa, garantizar sus votos y cumplir con el envío de los resultados en los plazos establecidos por la ONPE.

532 peruanos votarán en el consulado El diplomático peruano hizo un llamado a sus connacionales residentes en Loja y Zamora Chinchipe para que acudan este domingo 11 de abril desde las 08h00 hasta las 16h00 y cumplan con su deber ciudadano de elegir a sus autoridades políticas para el próximo quinquenio. En la sede consular sufragarán 532 ciudadanos peruanos residentes en las provincias de Loja y Zamora Chinchipe. “Invoco a la comunidad peruana a cumplir con este deber cívico que contribuirá al fortalecimiento del estado de derecho y el sistema democrático del Perú, deberán portar su DNI vigente o caducado e inclusive podrán votar con el DNI amarillo de menor de edad si cumplen 18 años hasta el mismo día de las elecciones”, precisó. Asimismo, recordó que los Miembros de Mesa titulares y suplentes deben estar el

día de las votaciones desde las 7 de la mañana para recibir el material electoral y garantizar el inicio del proceso a las 08h00 de la mañana evitándose así retrasos que van en contra de las medidas de bioseguridad que se cumplirán durante todo el proceso electoral peruano. Los ciudadanos peruanos pueden ingresar al portal www.onpeduca.edu.pe para conocer más de este proceso e informarse como votar. Los ciudadanos peruanos pueden verificar su lugar de votación en : https://www. consultamiembrodemesa. eleccionesgenerales2021.pe

Dato •

A menos de una semana de las elecciones peruanos existen hasta nueve candidatos con serias posibilidades de convertirse en presidente peruano. P

P/F4326


P

www.

.com.ec

Publicidad

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

5 P

P/F4279


6

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Publicidad

www.

.com.ec

P

P

P/F4279


P

www.

.com.ec

Publicidad

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

7 P

P/F4279


8

Loja

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

www.

.com.ec

I

UTPL inicia ciclo académico con más de 37 mil estudiantes

L

a Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) inicia oficialmente el 5 de abril el ciclo académico abril - agosto 2021. En este periodo, los 37 mil estudiantes de grado y maestrías, iniciarán y continuarán sus estudios de manera virtual, a través del uso de herramientas telemáticas, debido a la emergencia sanitaria.

El lunes 5 de abril inician las actividades académicas en las 33 carreras de modalidad presencial, 23 carreras de modalidad abierta y a distancia, y 14 programas de maestría que oferta la UTPL. Lo harán de forma virtual para garantizar la salud de los estudiantes, así lo indicó María del Rosario De Rivas Manzano, vicerrectora académica de la UTPL, quien comentó además que, la Universidad cuenta con una plataforma educativa que aloja todos los recursos y actividades académi-

cas para facilitar el aprendizaje colaborativo. Las actividades académicas se desarrollarán por medio de herramientas tecnológicas como el Entorno Virtual de Aprendizaje EVA, tutorías a través de la plataforma Zoom, Laboratorios Remotos y herramientas de Realidad Aumentada para reforzar los aprendizajes de los estudiantes. Además, los estudiantes cuentan con un plan de retroalimentación, que permite fortalecer el conocimiento y relaciones académicas

entre docentes y estudiantes. Los profesores han implementado a la par, proyectos que han permitido mejorar el acceso virtual de los estudiantes a la educación superior, mejorando su experiencia de aprendizaje. Presencialidad adaptada En las carreras que cuentan con materias práctico experimentales, que no puedan ser realizadas virtualmente, o aquellas que requieren la ayuda de herramientas tecnológicas o algunas asignaturas que corresponden a las prácticas preprofesionales más conocidas como Prácticum, contarán con Presencialidad Adaptada, que consiste en asistir durante un tiempo específico a los laboratorios de la UTPL para cursar materias prácticas. En este tiempo puntual se realizarán talleres, precautelando la salud de estudiantes y docentes. Los

estudiantes serán divididos en subgrupos que deberán aplicar los protocolos de bioseguridad institucionales, de acuerdo a cada área académica y según la disponibilidad de espacios y aforo de cada laboratorio. Acceso a bibliografía Todos los estudiantes de la UTPL pueden acceder a la Biblioteca Virtual, una plataforma digital donde se alojan más de 350 mil libros digitales a los que se puede acceder durante

las 24 horas del día, todos los días de la semana. Estos recursos bibliográficos pueden ser utilizados como material básico para el desarrollo de las actividades académicas. La UTPL acogiéndose a la normativa vigente en el sistema de educación superior, precautela la salud de sus estudiantes y garantiza educación de calidad a través del desarrollo de clases virtuales para que aprendan desde la seguridad de sus hogares.

SEMANA SANTA O BLACK FRIDAY EN ATAÚDES PARA COVID Karryon

Byron

Como maíz de engorde, vacunas para la muerte.

El agua de cebolla blanca, sábila como carne de ternera. Cuando no hueles tu propio bulto, jengibre, ajo, limón de golpe. Surcar, patios, tumbas, macetas, escuchar las historias de la abuela. Tomar un respiro en casa, tomar la vida en serio o a la muerte por los cuernos. Las hojas de hierbas buenas, envueltas en hojas de biblia como tamales en achira. Como el privilegio otorga, el silencio compra un six pack de rojas antes de toque de queda. La peste de ganado no es más que la de humanos que por uno terminan pagando los que rezan. Como a dedo se escoge, pinta la puerta antes que te toque y espera en la sala que espera que mueras. Consuelo con orzuelo, ojeras de nieblas, peces de tierra en cuarentena, oxígeno sobre las cabezas. Los baños de agua de porotos cambiaron por agua de eucalipto y dos que tres tazas de dióxido de cloro. La fanesca apremia.

P

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ Dentro de la resolución Nro. 015-A-GADMCG-2021, en la cual se realiza el anuncio del proyecto de “Restauración de la Casa del Pueblo del Cantón Gonzanamá” Y en vista de encontrarse fallecida la Sra. CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, se procede a publicar por la prensa a fin de que los herederos que puedan existir tengan conocimiento del presente anuncio del proyecto de “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”, inmueble ubicado, en la calle 10 de Agosto y la calle Quito, de la ciudad de Gonzanamá. a fin de que procedan a cercarse al Gobierno autónomo Descentralizado Municipal de Gonzanamá, a tratar respecto a la declaratoria de utilidad pública del referido inmueble. Conminándoles se dignen señalar casillero judicial, correo electrónico y números celulares, a fin de garantizar sus derechos como herederos de la Sra. Luz Victoria Carrión Ojeda Por su gentil comprensión, le antelo mi agradecimiento. Atentamente, Ing. Norman Espinoza Luna ALCALDE DEL CANTON GONZANAMÁ P/F4333


P

www.

.com.ec

Publicidad

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

9 P

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ RESOLUCIÓN Nro. 015-A-GADMCG-2021

Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE

CONSIDERANDO: Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantizará a las personas: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios;

Que, la Ley Orgánica de Cultura, en el Art. 57.- De la protección inmediata. Las declaratorias de los bienes del patrimonio cultural nacional permiten la protección inmediata de los mismos, por lo que el organismo competente deberá ocuparse de manera prioritaria de aquellos que se encuentren en riesgo o vulnerabilidad, emitiendo medidas de protección o salvaguarda.

Que, la Constitución de la República, en su artículo 76, numeral 7, literal l), establece que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados;

Que, la Ley Orgánica de Cultura, en el Art. 63.- De los bienes del patrimonio que se encuentran en riesgo. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de Régimen Especial, para precautelar los bienes patrimoniales en su jurisdicción territorial que se encuentren en riesgo, podrán declararlos de utilidad pública y expropiarlos, para lo cual de no mediar reconocimiento nacional, podrá realizar declaratoria de patrimonio cultural sobre aquellos inmuebles históricos o culturales. En caso de duda de que un bien pertenezca al patrimonio cultural nacional, se estará a lo resuelto por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador indica que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 227 establece: La administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación; Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana…”; Que, el Art. 253 del mismo cuerpo legal reconoce que: “… La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente. En el concejo estará representada proporcionalmente a la población cantonal urbana y rural, en los términos que establezca la ley.” Que, el Art. 380 de la Constitución de la República del Ecuador establece: en su Nral. 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador. Que, el artículo 5 del inciso primero del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala: La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados comprende el derecho y la capacidad efectiva de este nivel para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno en beneficio de sus habitantes…; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. 54 señala como una de las funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales: a).- Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; (…..) f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, presentar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad…; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. Art. 55 define que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines; Que, el artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, establece las atribuciones del alcalde, literales: h) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, los planes de urbanismo y las correspondientes obras públicas; i) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; Que, el Art. 144 del inciso último del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de Régimen Especial podrán a fin de precautelar los bienes inmuebles del patrimonio cultural que se encuentren en riesgo por destrucción o abandono en su jurisdicción territorial, declararlo de utilidad pública y expropiar dichos bienes, para lo cual se requerirá de modo adicional el informe técnico del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural. Que, La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, en su artículo 66 establece: “Anuncio del proyecto. El anuncio del proyecto es el instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, al valor de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras. El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se realizará la obra, en la página electrónica institucional, y será notificado al propietario del predio, la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano y al registrador de la propiedad, en el que se establecerá el área de influencia del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación. En el caso de no concretarse el proyecto anunciado, en el plazo establecido en el inciso anterior, el acto administrativo quedará de oficio sin efecto, debiendo notificarlo a la dependencia de avalúos y catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, a los propietarios de los predios afectados y al registrador de la propiedad”; Que, de acuerdo al Art. 47 del Código Orgánico Administrativo “La máxima autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”;

Que, el Reglamento General a la Ley Orgánica de Cultura en su Art. 48.- establece: De la declaratoria por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados o de Régimen Especial respecto a los bienes patrimoniales que se encuentren en riesgo.- En concordancia con lo establecido en la Ley, previo a la declaratoria de un bien inmueble histórico o cultural en riesgo, se deberá contar con el informe técnico del INPC. Que, mediante Memorando Nro. 005-DOP-GADMG- de fecha 06 de enero de 2021 el Ing. Álvaro Armando Pacheco Jiménez Director de Obras Públicas del GADMG, hace entrega de varios proyectos que requieren la Declaratoria de Utilidad Pública e Inicio del Procedimiento pertinente entre ellos para la expropiación de los terrenos necesarios para la “Restauración de la Casa del Pueblo del cantón Gonzanamá”. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 25 de Noviembre de 2005, celebrada ante el Dr. Galo Castro Muñoz Notario Público Quinto Cantonal de Loja, la señora CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, de estado civil soltera, vende a favor del señor CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE, de estado civil soltero, tres piezas de habitación de la casa situada en la esquina de las calles 10 de Agosto y Quito, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja.- Inscripción Nro. CUATROCIENTOS CUARENTA (440) del Registro de la Propiedad y Nro. 440 del Repertorio, de fecha 29 de Noviembre de 2005: 1.- La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: POR EL FRENTE: con la calle Quito; y, por los tres siguientes lados con el resto de la casa de la vendedora, paredes medianeras por división; aclarándose también que una de esas piezas, que estuvo destinada a cocina se destruyó y hoy existe el solar correspondiente. La propiedad en referencia a la fecha no se encuentra hipotecada, embargada, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública de Partición Judicial, debidamente protocolizada el 12 de Julio de 1983, ante el Notario Público Segundo del cantón Gonzanamá, señorita Rosario Espinoza Figueroa y ordenada por el Juez Quinto de lo Civil de Loja; en la sucesión de los bienes de CARRIÓN FEBRES VICTOR MANUEL, OJEDA LUNA MANUELA VICTORIA, se le adjunta a favor de la señora CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, la Hijuela números DOS, consistente en la parte de la casa esquinera de la ciudad de Gonzanamá entre otros, provincia de Loja.- Inscripción número OCHENTA Y DOS (82) del Registro de la Propiedad y Nro. 197 del Repertorio, de fecha 09 de Abril de 1984. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: POR EL FRENTE PRINCIPAL: por la calle 10 de Agosto; POR EL UN COSTADO: con la calle Quito, las tres piezas se adjudicarán al heredero de José Miguel Carrión Ojeda, luego la misma calle Quito; POR UN COSTADO: con la propiedad de Leovina Yaguana y herederos de Francisco Ludeña; y, POR EL FONDO: con propiedad de Tarcila Vásquez y un lote propiedad del Banco de Fomento. La propiedad en referencia a la fecha, ha sufrido disminución de cabida por ventas realizadas: Al señor Gonzalo Enrique Carrión Ojeda, tres piezas de habitación de la casa. Inscrita bajo el número (440) del Registro de la Propiedad y Nro. 440 del Repertorio de fecha 29 de Noviembre del 2005. Al señor Gonzalo Enrique Carrión Ojeda, una parte de la casa de habitación. Inscrita bajo el número (53) del Registro de la Propiedad y Nro. 53 del Repertorio de fecha 09 de Febrero del 2006. Al señor Norman Aquiles Saavedra Rodríguez, cinco cuartos de la casa de la habitación. Inscrita bajo el número (228) del Registro de la Propiedad y Nro. 288 del Repertorio de fecha 09 de Julio del 2007. Lo reservado a la fecha, no se encuentra hipotecado, embargado, ni en poder de tercer poseedor o tenedor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 04 de Julio de 2007, celebrada ante el Notario Público Primero del cantón Gonzanamá, señor Carlos Alberto Ojeda Torres, los señores SAAVEDRA RODRÍGUEZ NORMAN AQUILES, PIJUANA MARÍA DEL CISNE, venden a favor de la señorita FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH, de estado civil soltera; un lote de terreno urbano, ubicado en esta ciudad, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja. Inscripción Nro. DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO (288) del Registro de la Propiedad y Nro. 288 del Repertorio, de fecha 09 de Julio de 2007. Consta inscrita una Aclaratoria, debidamente protocolizada el 30 de julio del 2007 ante el Notario Público Primero del Cantón Gonzanamá, señor Carlos Alberto Ojeda Torres, los señores SAAVEDRA RODRIGUEZ NORMA AQUILES, PIJUANA MARÍA DEL CISNE Y CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA aclaran a favor de la señorita FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH, que en la planta baja existen cuatro cuartos, uno que queda frente a la calle “10 de Agosto”, con una extensión de siete metros con una subdivisión de dos ambientes y los tres restantes se encuentran en la parte posterior. En la parte alta existe un cuarto con subdivisión que sirve de recamara o de dos ambientes, este cuarto así dividido está levantado sobre los cuartos que se encuentran en la parte inferior, especialmente sobre el cuarto que da a la calle “10 de Agosto” en una extensión de siete metros. Inscrito con el Nro. 309 del Registro de la Propiedad y Nro. 309 del repertorio, de fecha 31 de julio del 2007. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes LINDEROS: POR EL FRENTE: en la extensión de siente metros (7m), la calle “10 de Agosto”; POR EL FONDO, con los mismo siete metros (7m) con propiedad de los actuales vendedores; POR EL UN COSTADO, con la propiedad de los mismos vendedores, en la extensión de diecisiete metros con treinta centímetros (17.30m), medida tomada desde el filo posterior de la vereda, pared divisoria al medio; y, POR EL OTRO COSTADO, con propiedad de Enrique Carrión Ojeda, en la extensión de diecisiete metros con treinta centímetros(17.30m) incluidos cinco cuartos de habitación cons-

truidos dentro del área descrita. La propiedad en referencia, a la fecha, soporta los siguientes gravámenes: Una hipoteca abierta a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, inscrita bajo el número TREINTA Y SEIS (36) del Registro de la Propiedad y Nro. 588 del Repertorio de fecha 03 de Septiembre de 2018; y, una prohibición de enajenar a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, inscrita bajo el número CINCUENTA Y SEIS (56) del Registro de la Propiedad y Nro. 589 del Repertorio de fecha 03 de Septiembre de 2018, a más de los gravámenes antes mencionados la propiedad no se encuentra embargada, ni en poder de terceros poseedores o tenor con título inscrito. Que, mediante Certificado de Registro de la Propiedad de fecha 25 de enero del año 2021, el Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Gonzanamá CERTIFICA que (…) mediante escritura pública del 03 de Diciembre de 2008, celebrada ante el Notario Quinto del cantón Loja, doctor Galo Castro Muñoz, el señor CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRRIQUE, de estado civil soltero, vende a favor de la señorita HERRERA LOLA PIEDAD, de estado civil soltera, una parte de la Casa de Habitación, Esquinera, ubicado en la calle Diez de Agosto y Quito, perteneciente a la parroquia y cantón Gonzanamá, provincia de Loja. Inscripción Nro. NOVENTA Y NUEVE (99) del Registro de la Propiedad y Nro. 230 del Repertorio, de fecha 12 de Diciembre de 2008. La propiedad se encuentra comprendida dentro de los siguientes LINDEROS: Por el Norte: Con la calle 10 de Agosto, en la que se incluye una habitación esquinera (calles Quito y 10 de Agosto) que es utilizada como tienda y una habitación adyacente, sobre la cual existe una segunda planta; Por el Sur: Con propiedades de Lola Piedad Herrera en una parte, y, con propiedades de los herederos de José Miguel Carrión Ojeda en otra parte; Por el Oriente: Con la propiedad de los esposos Norman Aquiles Saavedra y María de Cisne Pijuana; y, por el Occidente: Con la calle Quito, puerta principal de acceso o puerta de calle y una pieza que se utiliza como dormitorio que incluyen en la compraventa; incluidos tres cuartos y un patio interior. Con una cabida aproximada de ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. La propiedad en referencia a la fecha, no se encuentra embargada, ni en poder de terceros poseedores o tenor con título inscrito. Que, mediante Informe Técnico signado con el Nro. 030-JP-GADMG, de fecha 27 de enero de 2021; suscrito por el Ing. Galo Piedra García, Jefe de Planificación del GAD Gonzanamá, respecto a los informes de afectación sobre las propiedades de los señores Carrión Ojeda Gonzalo Enrique, Carrión Ojeda Luz Victoria, Herrera Lola Piedad y Felicito Bravo Tatiana Lizbeth, manifiesta. De acuerdo al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) vigente (2019-2023), en el predio se tiene previsto realizar afectación y/o intervención del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzanamá con dos proyectos previstos en el PDOT, como proyectos de Reactivación y promoción Turística; 1. Estudio de la intervención de la Casa del Pueblo y 2. Rehabilitación de la Casa del Pueblo. El bien inmueble se encuentra inventariado como Patrimonio Cultural por parte del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural del Ecuador con el Código N° IBI-11-07-50-000-000026 Es por ello, el suscrito en uso de las atribuciones constantes en el literal i) del artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; y, artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo.

RESUELVE: Art. 1.- Anunciar el proyecto para la “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”. Área de Influencia: Área Urbana del cantón Gonzanamá, Calle 10 de Agosto y Quito, esquina. El plazo de inicio correrá a partir de la fecha de notificación y no podrá ser superior a 3 años. Art. 2.- Se ha fijado el avalúo del inmueble dentro de la zona de influencia, conforme consta en la certificación de la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Gonzanamá, para la “RESTAURACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO DEL CANTÓN GONZANAMÁ”, conforme al siguiente detalle: PROPIETARIOS

CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE, CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, HERRERA LOLA PIEDAD, FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH

NOMBRE DEL PREDIO

LOTE Y CASA

CLAVE CATASTRAL 11075001020080170001 ÁREA TOTAL (MTS).

946.94 m2

AVALUO TOTAL

$ 70,251.18

Art. 3.- Se dispone a través de Secretaría General del GAD Municipal del Cantón Gonzanamá, proceda con la publicación de la presente resolución del anuncio del proyecto, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, y de circulación en el cantón Gonzanamá lugar donde se realizará la obra, así como en la página electrónica institucional del Municipio de Gonzanamá. Art. 4.- Así mismo a través de Secretaría General del GAD del cantón Gonzanamá se dispone se proceda a NOTIFÍCAR la presente resolución del ANUNCIO DEL PROYECTO a los siguientes: a) A los propietarios del predio señores: CARRIÓN OJEDA GONZALO ENRIQUE; CARRIÓN OJEDA LUZ VICTORIA, y por el fallecimiento de esta a los herederos presuntos o desconocidos que puedan existir, a la señora HERRERA LOLA PIEDAD, a la señora FELICITO BRAVO TATIANA LIZBETH; así como a la Gerente de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GONZANAMÁ, en razón de existir una hipoteca Abierta a favor de está; b) A la Jefatura de Avalúos y Catastros; c) Al Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Gonzanamá; y d) Al Ministerio de Cultura y Patrimonio. Dado y firmado en el despacho de Alcaldía Municipal el día de hoy lunes veintidós de marzo del año dos mil veintiuno.

Ing. Norman Omar Espinoza Luna ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZANAMÁ P/F4334


10

Loja

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

www.

.com.ec

I

Arribó a Loja el material electoral y de bioseguridad para segunda vuelta Judicatura garantiza

atención judicial durante estado de excepción

En horas de la noche de este sábado 3 de abril de 2021, bajo custodia militar, arribaron al Centro de Procesamiento Electoral (CPE) de la Delegación Provincial Electoral de Loja, los 1.278 paquetes electorales e igual número de kits de bioseguridad, para la segunda vuelta de las Elecciones Generales de este 11 de abril. Los paquetes electorales contienen las papeletas para la designación del binomio presidencial, el biombo y urna, esferos, certificado de votación, padrón, almohadillas, sobres y actas; mientras que cada kit de bioseguridad está compuesto por 12 mascarillas, 3 para cada Miembro de la Junta Receptora del Voto (MJRV), las cuales deberán cambiarse cada cuatro horas; un alcohol en gel de 500 ml; toallas desinfectantes y un protector facial o visor para el vocal encargado de verificar la cédula de identidad de los electores. También se procederá a la

desinfección de la mesa de votación cada 20 personas y cuando sea necesario; ya que es primordial la sanitización del área debido al alto número de personas que acuden a sufragar. Luis Cisneros Jaramillo, director Provincial Electoral de Loja, manifestó que “es importante recordar a la ciudadanía que conforme al Código de la Democracia y la Constitución de la República, toda la custodia de los paquetes electorales y la seguridad del proceso electoral está a cargo de

las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. En este caso se han activado las Fuerzas Armadas durante todo el traslado, con seguimiento del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911. Es satisfactorio informar que llegaron sin ningún problema y fueron almacenados en el Centro de Procesamiento Electoral”. Los paquetes electorales se distribuirán a los recintos electorales entre el viernes 9 y sábado 10 de abril, iniciando por los cantones más alejados.

El Instituto Superior Tecnológico Loja entrega 63 nuevos tecnólogos El Instituto Superior Tecnológico Loja incorporó de forma virtual, mediante un acto solemne, a 63 nuevos tecnólogos de la carrera de Agroindustrias y Procesamiento de Alimentos. El programa se cumplió, ante la presencia de autoridades del instituto, los graduados y sus familiares. Los nuevos tecnólogos se formaron en las aulas del ‘Tecnológico Loja’ durante dos años y medio. Nathaly Criollo, mejor egresada de la primera promoción de Procesamiento de Alimentos, a nombre de los graduados dijo culminan su carrera con sacrificio y esfuerzo, no solo de ellos, sino también de sus padres quienes los apoyaron hasta alcanzar la meta propuesta. Alexa Rojas, coordinadora de la Tecnología Superior en Procesamiento de Alimentos, expresó que los profesionales titulados

Dato •

•• Nathaly Criollo, mejor egresada de la primera promoción de Procesamiento de Alimentos.

contribuirán mediante su conocimiento, habilidades, destrezas y aptitudes al aumento de la productividad industrial, asegurando el uso óptimo de los recursos alimentarios y su transformación, dándole un valor

Quienes se graduaron pertenecen a las carreras de Agroindustrias y Procesamiento de Alimentos.

agregado a la producción agropecuaria. Richard Ruiz, rector de la institución, felicitó a los flamantes graduados y les auguró el mejor de los éxitos, además manifestó que hoy más que nunca el país necesita unidad, que todos arrimemos el hombro, son tiempos difíciles y que está convencido que la educación técnica permitirá salir de esta crisis fortalecidos, porque puede contribuir de manera significativa en la reactivación económica de la localidad, apoyando la recuperación de los puestos de trabajo que han sido perdidos durante la pandemia.

La Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja informa a la ciudadanía que el servicio de justicia en la provincia se mantendrá en el horario de 08h00 a 17h00, en todas las dependencias judiciales, bajo estrictas medidas de bioseguridad, normas de distanciamiento social y aforo permitido. Estas medidas se adoptan en virtud del Decreto Ejecutivo N° 1282, del 1 de abril 2021, mediante el cual el Presidente de la Republica, Lenin Moreno, declaró el estado de excepción en ocho provincias, entre ellas, Loja. Dolores Yamuanqué, directora Provincial del CJ de Loja, indicó que los servidores judiciales de las áreas administrativas y jurisdiccionales cumplirán con jornadas laborales semipresenciales rotativas para conservar el aforo en las oficinas. Recalcó que los funcionarios que integran los grupos vulnerables prioritarios mantendrán la modalidad de teletrabajo. Las unidades judiciales con competencia en infracciones flagrantes se mantendrán laborando de manera presencial, garantizando la atención del servicio las 24 horas. Las

acciones de garantías jurisdiccionales continuarán siendo conocidas y tramitadas sin ningún tipo de restricción. Las audiencias telemáticas o presenciales programadas no tendrán cambios y se efectuarán de acuerdo a la convocatoria realizada por los jueces. Se priorizarán las video audiencias con el objetivo de evitar la propagación del virus. Los canales virtuales de atención como el sistema de turnos web y ventanilla virtual se encuentran habilitados en la página web del Consejo de la Judicatura www.funcionjudicial. gob.ec, de lunes a viernes de 08h00 a 16h00, en todas las dependencias judiciales de Loja. Para el ingreso de documentos dirigidos a la Dirección Provincial de Loja como solicitudes y peticiones se mantiene habilitado el correo loj.documentos@ funcionjudicial.gob.ec; y para la revisión de expedientes; solicitud de copias simples y certificadas se receptan mediante el correo loja. archivo@funcionjudicial. gob.ec. Las ventanillas físicas de consulta de causas y de ingreso de escritos se mantendrán operativas a la ciudadanía para trámites urgentes de 08h00 a 17h00.

OPORTUNIDAD

VENDO CASA GRANDE Excelente ubicación, a 3 cuadras del Mall El Jardín en Quito, apta para hospital del día, consultorios, empresa, restaurante o vivienda para familia grande. ÁREA DE CONSTRUCCIÓN: 445 m2 ÁREA DE TERRENO: 317 m2 INFORMES: 099 346 6932 P/F5099

P


I

www.

.com.ec

Publirreportaje

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

11

La Economía tiene una alta tasa de empleabilidad en el mercado laboral Los avances teconológicos han transformado el entorno laboral y con ello se han abierto vías a oportunidades y modelos de producción que han dado paso a nuevas fuentes de empleo. Estos cambios exigen una actualización contínua para adquirir habilidades relacionadas al uso de herramientas digitales y nuevas conceptualizaciones en distintas áreas, que permitan aprovechar las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías, para así mejorar la competitividad en el mercado laboral.

Una de las áreas del conocimiento que se ha transformado es la Economía, la ciencia social que estudia la forma de administrar los recursos disponibles para satisfacer las necesidades humanas, además del comportamiento de los individuos, su interacción ante determinados sucesos y el efecto que producen en su entorno. Si bien su campo de estudio se ha centrado durante mucho tiempo en una economía lineal, es decir la producción de bienes a partir de materias primas para su posterior compra por parte de consumidores, en los últimos años han aparecido nuevos modelos económicos que te presentamos a continuación: • Economía circular: aprovechamiento de recursos con reducción de elementos, se minimiza la producción al mínimo indispensable y cuando sea necesario hacer uso del producto se apuesta por la reutilización de los elementos, que por sus propiedades no pueden volver al medio ambiente. • Economía digital: impacto de la tecnología digital en los modelos de producción y consumo. Incluye la forma en que se comercializan, intercambian y compran los bienes y servicios. • Economía naranja: actividades que de manera encadenada permiten que las ideas se transformen en bienes y servicios culturales, cuyo valor está determinado por su contenido de propiedad intelectual. • Economía colaborativa: modelo fundamentado en las nuevas tecnologías y redes de cooperación. Se presta, se intercambia, se

• Daysi García, coordinadora de la carrera de Economía de la UTPL. vende, se alquila o se compran productos o servicios, basándose en necesidades y en la colaboración entre las personas. Especialización Daysi García, coordinadora de la carrera de Economía de la UTPL, señala que quienes

optan por la carrera de Economía en la actualidad se enfrentan a un alto campo de especialización y por ende ocupación laboral que incluye al sector público, privado, multilaterales, instituciones financieras, empresas bursátiles, mineras, empresas agropecuarias y más. Además, los profesionales pueden ofrecer consultoría privada, generar investigaciones y aportar en proyectos sociales y ambientales, a través del estudio de los nuevos modelos económicos que van acorde al desarrollo sostenible. Las destrezas con la que deben contar los economistas van más allá de la parte numérica, también abarca concepción social para encontrar soluciones a diversas problemáticas. Es por esto que la carrera de Economía de la UTPL, forma a los profesionales durante cuatro años en distintas competencias y en base a las últimas tendencias mundiales en conceptualización e innovación tecnológica, para que una vez finalizada su formación puedan encontrar empleo adecuado o generar sus propias fuentes de empleo a través de emprendimientos que aporten al desarrollo local y nacional. Conoce más de esta carrera que está disponible en Modalidad Presencial y a Distancia, a través de inscripciones.utpl.edu.ec


12

Sucesos

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Celebran segunda Pascua en pandemia Los cristianos de todo el mundo celebraban la fecha más alegre de su calendario litúrgico, sentados en bancos alejados unos de otros mientras entonaban cánticos de “Aleluya” a través de las mascarillas, en su segundo Domingo de Pascua condicionado por las precauciones contra la pandemia. Desde las iglesias protestantes en Corea del Sur a la Basílica de San Pedro en el Vaticano, los fieles siguieron las normas locales o nacionales para frenar los contagios del coronavirus. En la región italiana de Lombardía, donde estalló la pandemia en Occidente en febrero de 2020, un hospital repartió pasteles tradicionales con forma de paloma que simbolizan la paz a todos los que acudieron para recibir una vacuna del COVID-19. Muchos de los que llegaban eran octogenarios, acompañados por hijos adultos. En Jerusalén, las restricciones de viajes aéreos y cuarentenas impidieron que los peregrinos extranjeros llenaran los lugares de culto durante la Semana Santa, que culmina con las celebraciones de Pascua. Dentro de la Basílica de San Pedro, el papa Francisco esparció humo de incienso junto a un ícono de Jesús y deseó “que la alegría de Pascua se extienda al mundo entero”. Los aproximadamente 200 fieles que pudieron asistir parecían perdidos en la gran basílica. Normalmente, miles de personas asistirían al popular servicio, y una multitud se reuniría ante la Plaza de San Pedro. En algunas ocasiones se han congregado más de 100.000 personas para recibir la bendición especial de Pascua después de la eucaristía. Pero este año, como el pasado, las aglomeraciones estaban prohibidas en Italia y en el Vaticano. De modo que el discurso de mediodía de Francisco se planificó dentro de la Basílica. Decidido a combatir los contagios que llevan semanas al alza, el gobierno

www.

.com.ec

I

Verónica Loaiza, nueva coordinadora Zonal 7 de Salud El ministro de salud, Mauricio Falconí García, designó a Verónica Lucía Loaiza Aguirre como nueva coordinadora zonal 7 de Salud, para las jurisdicciones de Loja, Zamora Chinchipe y El Oro, cuya función la desempeña desde este sábado 03 de abril de 2021. Loaiza Aguirre venía ejerciendo el cargo de coordinadora Zonal 7 de Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) desde el 2013.

•• Cristianos con mascarillas en una misa de Pascua en la sede de la Iglesia del Evangelio Completo de Yoido en Corea del Sur. AP.

italiano ordenó a la gente que se quedara en casa durante el fin de semana de tres días salvo por recados esenciales como comprar comida o hacer ejercicio. El primer ministro, Mario Draghi, sí hizo una concesión al permitir una visita diaria a familiares o amigos en viviendas particulares durante el fin de semana, que incluye el feriado nacional del lunes. En Jerusalén, la misa de Pascua en la Iglesia del Santo Sepulcro fue oficiada por el patriarca latino Pierbattista, el clérigo católico romano de más categoría en Tierra Santa. Muchos cristianos creen que Jesús fue crucificado y sepultado antes de resucitar en la zona histórica de Jerusalén. Israel ha gestionado una de las campañas de vacunación más exitosas del mundo, que permitió al país reabrir restaurantes, hoteles y monumentos. Israel capturó el casco viejo de Jerusalén, donde hay lugares sagrados del islam, el cristianismo y el judaísmo, en una guerra en 1967 y después se lo anexionó en una decisión no reconocida por la comunidad internacional. En Corea del Sur, la Iglesia del Evangelio Completo de

Yoido, la iglesia protestante más grande del país, admitió sólo a 2.000 fieles en la misa de Pascua, o en torno al 17% de la capacidad de su templo principal. Los fieles, con mascarilla, cantaron himnos, dieron palmadas y rezaron en un servicio emitido a través de internet y en televisoras cristianas. La catedral católica de Myeongdong, en Seúl, el templo católico más grande del país, limitó la asistencia a la misa al 20% del aforo y emitió el servicio religioso a través de YouTube. En la región sureña de Puglia, el gobernador y muchos alcaldes instaron a los fieles a quedarse en casa y ver la eucaristía por televisión. Es una de las muchas regiones italianas bajo las restricciones más estrictas debido a la tasa de contagios de COVID-19. La escena era similar en Francia, aún conmocionada por una demoledora ola de contagios que ha abrumado hospitales ya al límite. Algunas iglesias celebraron su misa, normalmente de medianoche, justo antes del amanecer del domingo en lugar del sábado por la noche debido al toque de queda nacional de 19h00 a 06h00.(I)

Ecuador, más de 2.500 casos de COVID-19 en un día

•• Cuenca. Imagen del 22 de febrero de 2021. La provincia de Azuay registra 19.122 contagios. Foto: API.

Ecuador sumó 2.506 nuevos casos de COVID-19 en las últimas 24 horas y acumula este domingo 335.681 desde que se tienen registros de la pandemia, mientras que las muertes en el contexto de la enfermedad se contabilizan en 16.956, 27 más respecto a la víspera, informó el Ministerio de Salud. La cifra de decesos se reparte entre las 12.060 confirmadas y 4.896 probables por el virus, precisó el parte oficial diario que informa sobre los contagios confirmados a través de pruebas PCR. Hasta el momento se han tomado algo más de 1,1 millones de muestras PCR en Ecuador. Pichincha es la provincia de mayor incidencia con 116.519 casos acumulados,

578 más que el sábado, a la que le sigue Guayas con 43.707, tras incluir 461 positivos. Les suceden las provincias de Manabí (25.549 contagios), Azuay (19.122), El Oro (15.591), Loja (12.933), Tungurahua (11.177), Imbabura (9.800), Los Ríos (9.590), Santo Domingo de los Tsáchilas (9.386), Cotopaxi (9.161) y Esmeraldas (7.112), entre las más afectadas. Acerca de la situación en los municipios, Quito es la ciudad más golpeada por la pandemia con 107.663 casos, 496 nuevos; seguida de Guayaquil, con 29.076 contagios, 217 más que la víspera. De acuerdo con el reporte oficial, al momento hay 1.610 personas hospitalizadas, de las cuales 539 tienen pronóstico reservado.(I)


I

www.

.com.ec

Nacional

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

13

IESS pide agendar turnos Quishpe impide que Lasso cumpla para trámites en Loja

agenda en Guamote

Los afiliados y demás ciudadanos de Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Manabí, Pichincha, Loja y Santo Domingo de los Tsáchilas, que deban realizar un trámite administrativo entre el 5 y el 9 de abril en las oficinas del IESS, deberán agendar un turno a través de la página web de la institución. Así lo informó el organismo en un comunicado en el que enfatizó que “no se atenderán a los usuarios que asistan sin turno virtual” entre esos días. En estas ocho jurisdicciones rige actualmente un

El alcalde de Guamote, Delfín Quishpe, y un grupo de sus simpatizantes impidieron que el candidato presidencial por la alianza Creo-PSC, Guillermo Lasso, cumpliera agenda este viernes 2 de abril en comunidades cercanas a ese cantón de Chimborazo. • Los turnos podrán obtenerse en www.iess.gob.ec.

estado de excepción y toque de queda debido al incremento de casos de COVID-19. En el mismo comunicado se asegura que los turnos

podrán obtenerse en www. iess.gob.ec. No obstante, el IESS añade que hay varios trámites que se pueden llevar a cabo a través de sus canales virtuales.(I)

Solo 78.204 personas han recibido la segunda dosis de la vacuna Hasta el 1 de abril, el Gobierno ha vacunado a más de 284.000 personas contra la COVID-19 en Ecuador. De este total, 204.902 han recibido solo la primera dosis. Mientras que 78.204 cuentan con ambas dosis, según informó la Presidencia. El anuncio sobre el avance del Plan Vacunarse ocurrió durante la inspección que hizo el presidente Lenín Moreno al proceso en un centro de salud en Guayaquil. En este lugar, ubicado en Bastión Popular, se vacunaron a 570 trabajadores de salud. La vacunación continuó este domingo 4 de abril, y el lunes 5 se espera iniciar con los maestros de

escuelas fiscales. Según Moreno, estas son “buenas noticias con aliento y esperanza”. “Ecuador ya ha recibido más de 445.000 dosis de vacunas”, añadió el Mandatario. Y recordó además que el país recibirá un primer lote de las vacu-

nas chinas de Sinovac el 7 de abril. Ecuador inició el pasado 21 de enero su plan nacional de vacunación con una fase piloto al personal sanitario de primera línea, así como a personas mayores y sus asistentes en centros geriátricos. El 4 de marzo comenzó la “Fase 1” del plan masivo, con la que se prevé inmunizar a dos millones de personas hasta el 20 de mayo. Por su parte, el secretario general de la Presidencia Jorge Wated pidió a los ciudadanos que “respeten su turno de vacunación”. Incluso hizo público en Twitter la petición de una jueza en Manabí para que se vacunen a los servidores judiciales de esa provincia. (I) Primicias.

Accidente deja tres fallecidos y dos heridos Tres personas fallecieron y otras dos resultaron heridas tras el volcamiento de un bus de transporte escolar en el sector de San Bartolo, en el sur de Quito, según informó el Cuerpo de Bomberos de la capital. El siniestro ocurrió aproximadamente a las 05h20 de este domingo 4 de abril entre las calles Calceta y Pueblo Viejo, señala un co-

municado del ECU 911. Los bomberos tuvieron que cortar parte de la carrocería con una máquina para poder extraer a las personas que se encontraban atrapadas. Los heridos son una adolescente de 14 años y un hombre de 73, quienes fueron trasladados a los hospitales Baca Ortiz e IESS Quito Sur. Mientras que los fallecidos son un hombre de 42 años

y dos mujeres de 40 y 75 años, detalló el ECU 911. Además de los bomberos, agentes de la Policía Nacional, Agencia Metropolitana de Tránsito y Ministerio de Salud atendieron la emergencia, mientras el Servicio de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) realiza las indagaciones correspondientes para determinar las causas de este suceso.(I)

El incidente comenzó cuando Quishpe atravesó su vehículo en la vía para frenar el paso de la caravana, que estaba encabezada por Lasso. Inicialmente, el también cantante dijo que tenía un daño en su carro. Sin embargo, en vista de que quienes acompañaban al presidenciable lograron apartar su automotor del centro de la carretera, Quishpe encendió su vehículo y volvió a obstruir el paso metros más adelante. En ese momento la discusión alcanzó otro tono. Hubo insultos, e incluso empujones, pero nada hizo retroceder al alcalde, quien estaba respaldado por varios seguidores que tenían a su disposición una camioneta con amplificación de sonido, en la que se exhibían carteles en contra de Lasso. Quishpe justificó su comportamiento diciendo que fue agredido. No obstante, la noche de este viernes, en un video publicado en la cuenta de Facebook del GAD de Guamote, el regidor seña-

• Delfín Quishpe protagonizó un altercado este viernes 2 de abril. Foto: Twitter @pochoharbEC.

ló además que su postura se debió a un intento por hacer cumplir las resoluciones del COE Cantonal con respecto a los mítines políticos y la pandemia. “Nadie ha enviado la solicitud ni oficio. No tenía conocimiento” de la actividad proselitista que iba a efectuarse, asegura Quishpe, quien reitera haber sido víctima de “discriminación”, “maltrato”, “racismo” y “difamación”. Añade que al momento del altercado estaba en su comunidad “ingresando a mi propiedad”. La situación obligó al candidato a la Presidencia a suspender las actividades programadas y retirarse del lugar. Minutos después de que Lasso se fue, simpatizantes del candidato del correísmo, Andrés Arauz, llegaron al sitio a respaldar al alcalde.(I)

SE VENDE CÁMARA DE MADURACIÓN DE BANANO

Listo para trabajar INFORMES AL 098 928 0667

P/F5081

P


14

Nacional

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Arauz le hace un guiño a los indígenas, y Lasso ofrece un hospital en Esmeraldas Desde la tienda correísta se asegura que Arauz consiguió el apoyo del pueblo indígena, pero la Conaie no lo confirma. En tanto que Lasso promete al pueblo esmeraldeño reabrir el hospital Delfina Torres. El sábado 3 de abril fue un día movido para los presidenciables, Andrés Arauz, de Centro Democrático; y Guillermo Lasso, de la alianza Creo-PSC. Arauz arrancó su jornada proselitista en Sucumbíos, donde se reunió con los indígenas amazónicos. El candidato correísta aprovechó lo sucedido en Guamote, donde ocurrió un incidente en la campaña de su contrincante Lasso, para acercarse al pueblo indígena. Fue así que el líder Jaime Vargas otorgó su apoyo en la campaña, pero la Conaie no se ha pronunciado directamente al respecto.

Mientras que un dirigente de Pachakutik acusó a Vargas de “traidor”. En tanto que Lasso se movilizó hasta dos provincias. Esmeraldas y Manabí fueron los destinos de la campaña para el candidato de Creo, Guillermo Lasso, este 3 de abril. Así desde la Sierra, Lasso pasó a visitar dos provincias de la Costa en un día. El primer encuentro fue con autoridades, empresarios y miembros de la sociedad civil de Esmeraldas. “Queremos un Ecuador donde todos podamos respetarnos, mujeres, hombres, el agricultor, el negro, el cholo, el mestizo y el indígena también”, aseguró a su llegada a la provincia. Consultado sobre el cierre del hospital Delfina Torres de Concha en el cantón, el líder de Creo mencionó: “Lo vamos a reabrir hermano, ten la seguridad de eso”. También se refirió a

los contagios de COVID-19 y criticó a la administración actual por su manejo sobre la pandemia: “Es lamentable que el Gobierno no haya podido llevar a cabo un proceso de vacunación”. El acercamiento entre el correísta Andrés Arauz y el presidente de la Conaie, Jaime Vargas, no es nuevo. Ya habían coincidido antes durante una visita electoral de Arauz a Sucumbíos en la primera vuelta. Y luego estuvieron en un acto político en Bolivia. Pero este 3 de abril, Arauz y Vargas se pararon en la misma tarima. Vargas ante una multitud en Sucumbíos dijo: “Nuestros presidentes se han manifestado y lo han posesionado como Presidente del Estado Plurinacional en reconocimiento a los pueblos y nacionalidades”. Según Vargas, Arauz tiene el “respaldo absoluto del movimiento indígena”. (I)

Rescatan a 5 hombres del río Upano, Morona Santiago Cinco hombres que se quedaron aislados en el río Upano, en la provincia de Morona Santiago, fueron rescatados con vida la noche de este sábado 3 de abril por personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y del Cuerpo de Bomberos del cantón Morona, quienes tuvieron que utilizar un helicóptero para salvarlos. De acuerdo a información proporcionada por el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR), los cinco hombres se encontraban “retirando maquinaria en una mina junto al río”, sin embargo, debido al incremento del caudal del afluente, los individuos quedaron atrapados en un islote a la altura del “sector Santa Rosa, Minas Wuapu”, precisa el ECU 911 en un comunicado. “El fuerte caudal del río im-

www.

.com.ec

I

Reinventarse o cerrar, el dilema del sector turístico

Juan Muñoz tiene un bus con capacidad para 25 pasajeros. Antes de la pandemia hacía recorridos con personas de la tercera edad. Viajaba a las lagunas de Imbabura, la Mitad del Mundo, Cotacachi y Cevallos, en Tungurahua. “Era medio guía y asesor de compras“, dice entre risas al recordar los tiempos buenos. Con la pandemia, el trabajo se terminó. Ya no hay grupos de adultos mayores que buscan pasear o ir a comprar productos de cuero en Cotacachi ni Cevallos. Tampoco hay turistas extranjeros. Ahora, logró ofrecer el servicio de transporte para una cadena de supermercados. “Todavía hay letras del bus que pagar y es una forma de conseguir dinero. ¿Qué hago con el bus parado y cuentas por pagar?”, se pregunta este quiteño de 54 años. La situación de Muñoz se replica en dueños de hoteles, restaurantes, personas que alquilan autos, guías de turismo, animadores y en una serie de actividades que giraban en torno al turismo. En el sector de restaurantes, se ha implementado el servicio “a domicilio” sin costo para el cliente. También se han buscado alianzas con las cadenas que ofrecen delivery, para poder sostener las ven-

tas y sobrevivir. Pese a los intentos, las pérdidas son claras. La industria del turismo dejó de ingresar USD 2.000 millones a la economía nacional, indica la Federación Nacional de Cámaras Provinciales de Turismo, Fenacaptur. “El sector pasó de estar en el tercer lugar de ingreso de divisas para ubicarse después del décimo puesto”, precisa el organismo. El pedido de “alivio financiero” Ante la dramática caída de ingresos, el gremio del Turismo pide al gobierno el alivio financiero, que les permita sobrevivir en medio de la pandemia. “El Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales deben inmediatamente diferir los impuestos tasas y permisos al menos la misma proporción de la limitación del trabajo”, señala la Fenacaptur. Además solicitan “créditos de liquidez, promoción e incentivo“. Lo hacen con el objetivo de “salvar a una actividad económica sostenible que genera empleo y riqueza en los 221 cantones del país”. Pero mientras las ayudas llegan, el guía y conductor turístico Juan Muñoz tiene clara su agenda. “Si mañana tengo que salir a vender mascarillas a la calle, lo haré. Con mi esfuerzo honesto se come en mi casa”, expresa. (I)

Empresa de Seguridad, requiere contratar para su equipo de trabajo un

•• Los ciudadanos fueron llevados al aeropuerto Edmundo Carvajal, de Macas.

pidió el acceso vía fluvial”, añade el ECU 911, por lo que se tuvo que coordinar el traslado de una aeronave de las FF.AA. para que acompañe a los bomberos de Morona en las tareas de rescate.

Cerca de las 20h00 el helicóptero aterrizó en el aeropuerto Edmundo Carvajal, de Macas. Los cinco ciudadanos no presentaron descompensación alguna en su estado de salud.(I)

INGENIERO EN SISTEMAS Interesados adjuntar su hoja de vida a los siguientes correos electrónicos: secretaria@gemeseg.com o info@gemeseg.com o comunicarse al teléfono 2588614.

P/F5088

P


I

www.

.com.ec

Nacional

6 empresas reiteran su participación para realizar exit poll el 11 de abril Seis personas naturales y jurídicas que realizaron encuestas a boca de urna o exit poll en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2021, ratificaron su participación en el balotaje. De este modo, Climasocial Estudios y Asesoramiento; Centro de Estudios y Datos, CEDATOS Cía. Ltda.; Marco Giovany Sinchi Chuya; Visión Empresarial Viemp S.A; Centro de Investigaciones y Estudios Especializados– CENTROINVEST Cía. Ltda; y a Blasco Peñaherrera y Asociados Estudios de Mercadeo y Opinión Cía. Ltda, cumplirán con esta labor en las eleccio-

nes del 11 de abril. Asimismo, el pasado 18 de marzo, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) inscribió a Click Research FDMRCB S.A.S B.I.C y a Eureknow S.A. para realizar encuestas de voto a boca de urna, con estas inscripciones suman ocho empresas que realizarán esta

actividad. Cabe destacar que el exit poll es un proceso que deberá realizarse fuera de los recintos electorales y queda prohibida la difusión de los resultados de estas encuestas, que en ningún caso, podrán ser publicados o difundidos por cualquier medio en periodo de silencio electoral.

BSC e IDV empatan partido con sabor a final; LDUQ se desinfla Barcelona e Independiente del Valle empataron por 2-2 este sábado 3 de abril en el partido con sabor a final en el campeonato ecuatoriano, mientras Liga de Quito volvió a desinflarse de local al empatar, sin goles, ante Mushuc Runa por la sexta fecha de la primera fase. Si bien, el empate sostuvo a Barcelona de líder en la LigaPro, con 14 puntos, quedó a uno de Emelec y también de Independiente del Valle, que regresó a la localidad de Sangolquí saboreando el buen resultado, que puede allanar el camino en busca del primer billete de finalista por el título de la actual temporada. El paraguayo Brian Montenegro (m.25) y el argentino Christian Ortiz (m.42), convirtieron los goles de Independiente; el argentinoecuatoriano Damián Díaz (m.60) y su compatriota Emmanuel Martínez (m.73) anotaron para el empate definitivo. El equipo torero salió al encuentro hecho una tromba y hasta los cuatro minutos creó dos ocasiones para gol, de manera especial, en

• Barcelona recibió a Independiente del Valle. Foto: API.

un tiro de esquina de Leonel Quiñónez, que pudo terminar en gol olímpico, pero el portero Moisés Ramírez rechazó el balón en una gran acción. El cuadro del Valle salió del apremio, adelantó sus líneas, trató bien el balón, con un tridente ofensivo que desbarató el sistema defensivo contrario comandado por el centrocampista argentino Christian Ortiz, complementado por su compatriota Lorenzo Faravelli y el goleador paraguayo Brian Montenegro. Montenegro recibió un buen pase dentro del área de Barcelona de parte de Ortiz y con remate cruzado

al vertical izquierdo y rasante perforó el arco contrario. El fútbol simple, práctico, volvió a darle frutos al Independiente, que se abrazó con el gol del argentino Ortiz, burló la salida del portero y desde la izquierda, con remate rasante depositó el balón en el arco contrario. La insistencia de Barcelona le permitió descontar a través de un penalti, que cobró con precisión el centrocampista Damián Díaz. Independiente se encerró en su zona para defender la ventaja, de lo que sacó provecho Barcelona que, con un centro preciso del extremo derecho Byron Castillo, habilitó al centrocampista argentino Martínez, que se anticipó a los densas y el portero, y con golpe de cabeza marcó el gol del empate. Por otra parte, Liga de Quito dio una gran decepción a sus fanáticos, pues sacó un empate por 0-0 de local ante Mushuc Runa, que hasta se pudo llevar la victoria sobre el final del partido, pero el remate del atacante Miguel Murillo se estrelló en el vertical izquierdo.

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

15

Aucas se impuso 3-1 en su visita sobre el 9 de Octubre

Aucas reaccionó en el segundo tiempo del partido ante el 9 de Octubre y se impuso 3-1, en su visita al estadio Alberto Spencer Herrera, de Guayaquil. El encuentro se disputó el 4 de abril del 2021 por la sexta fecha de la Serie A del campeonato ecuatoriano de fútbol. El cuadro guayaquileño se adelantó en el marcador a los 7 minutos con un gol de Danny Luna, a los 7 minutos. Sin embargo, los orientales reaccionaron en la segunda etapa con tantos de Francisco Fydriszewski (53’), Roberto Ordóñez (83’) y Jhonny Quiñónez (88’). El equipo local, dirigido por Juan Carlos León, salió a la cancha a imponer sus condiciones. En una de las acciones ofensivas, tras un centro Franklin Carabalí tocó la pelota con la mano

y el juez decretó el penal, bien ejecutado por Luna. Tras el gol, el ‘Super 9’ planteó un partido trabado con amplia defensa del balón. Parecía que Aucas tendría problemas para igualar el marcador, pero el empuje de sus ofensivos dio resultados. El goleador Fydriszewski recibió un pase y con un ‘latigazo’ vulneró al arquero local. Luego, la ‘Tuka’ tras un rebote y, Quiñónez, con un ‘taquito’ dio la alegría a los orientales. Aucas pudo ampliar más la ventaja, pero sus ofensivos no fueron efectivos a la hora de marcar las conquistas. En el plantel local, quedó la desazón de los errores ofensivos. El DT León lamentó las acciones en la zaga de sus dirigidos. Aucas sumó 9 puntos, mientras que 9 de Octubre se quedó con siete unidades.(D)

P

AYÚDANOS A ENCONTRARLO

CASTRO ROJAS VICTOR HUGO

DESAPARECIO EL 01 DE JULIO DE 1999

LOJA,LOJA, CALLE JAMAICA

P/F


16

Opinión

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

www.

.com.ec

O

La dimensión política de la fe hoy Luis

Pineda

luis_pineda47@yahoo.es

El domingo 11 de abril, los ecuatorianos elegiremos al presidente que gobernará los próximos cuatro años. Es una responsabilidad todo proceso electoral porque elegimos personas que representan una corriente socioeconómica y política que va influir en la vida de la mayoría de las personas que vivimos en el Ecuador El título del presente artículo es el título de un artículo de Leonardo Boff que nos puede ayudar a reflexionar sobre la responsabilidad de la participación política de los ciudadanos en general y de los cristianos en particular. “La fe no es un acto al lado de otros actos. Es una actitud que engloba todos los actos, a toda la persona, el sentimiento, la inteligencia, la vo-

luntad y las opciones de vida. En este sentido, la fe engloba también la política con P mayúscula (política social) y con p minúscula (política partidaria). La fe no es sólo una experiencia personal de encuentro con Dios y con Cristo en el Espíritu. Se traduce concretamente en la vida. Es como una bicicleta, tiene dos ruedas a través de las cuales se vuelve concreta: la rueda de la religión y la rueda de la política. La rueda de la religión se realiza mediante la meditación, la oración, las celebraciones, la lectura de la Biblia, incluso la popular, las peregrinaciones, los sacramentos... en una palabra, por el culto. La fe tiene una segunda rueda, la rueda de la política, es su lado práctico. La fe se expresa mediante la práctica de la justicia, la solidaridad, la denuncia de la opresión, la protesta y la práctica de la

solidaridad sin fronteras, el amor social y la fraternidad universal, como subraya el Papa en Fratelli tutti (nº 6). Política social (P): es todo lo que concierne al bien común de la sociedad, es la participación de las personas en la vida social. Por ejemplo, la organización de la salud, la red escolar, el transporte, la apertura y el mantenimiento de las calles, el agua y el alcantarillado, etc. Política partidaria (p): es la lucha por el poder del estado, para conquistar el gobierno. Los partidos políticos existen para alcanzar el poder del Estado. En cuanto a la política de partidos, es importante que la persona de fe considere los siguientes puntos: ¿Cuál es el programa del partido?, ¿Cómo entra el pueblo en este programa?, ¿Quiénes son los candidatos que representan el programa? Estos sencillos criterios bas-

tan para comprender el perfil del partido y de los candidatos, de derecha (si quieren mantener inalterada la relación de fuerzas que favorece a los que están en el poder); de izquierda (si pretenden cambios sustanciales para superar las estructuras perversas que marginan a las grandes mayorías), o de centro (los partidos que equilibran la izquierda y la derecha, buscando siempre ventajas para ellos mismos y para los grupos que representan). Los cristianos pueden y deben participar en la política a todos los niveles, con P mayúscula y con p minúscula. Su acción se inspira en el sueño de Jesús, que implica un impulso de transformación de las relaciones sociales y ecológicas, presentado con valentía en la encíclica Fratelli tutti. Sin embargo, no debemos olvidar nunca que somos herederos de la memoria peligrosa y libertaria de Jesús.”

conspiratoria para ver si así logra llevar agua a su molino. Vivir ahogándonos en un mar de suposiciones no es el camino, cómo podemos oponernos a las estadísticas, a los estudios científicos, a la evidencia, a la prueba juzgada. Hoy se llenan de argumentos para invalidar la vacuna contra el Corona virus, diciendo que nos inocularán el chip de Bill Gates, para vigilarnos y controlarnos, sin saber que sin vacunarnos, ya estamos bajo control a través de la tecnología. También, se oye decir que la vacuna provocará enfermedades graves, y que nos dará plazo de vida, y así un largo etcétera. Pero todas estas ideas, sólo son suposiciones y como digo en el titular, la suposición aguanta todo. Ninguno de los argumentos que se repiten

tienen un soporte verdadero, solo son invenciones irresponsables de quien las emite, que ni siquiera son inéditas, ya que históricamente se divulgaron ese mismo tipo de argumentos contra vacunas como la de la viruela y otras. Como diría Eduardo Galeano, vivimos la cultura del envase, por eso, los jóvenes creen más en lo que afirman Anonymus que lo que dicen periódicos como el País, el New York Times, y en nuestro caso “El Comercio” o “El Universo”, ni se diga contrastar lo que dicen los influencer: pastores, curas, modelos de televisión y otros, contra lo que pueda afirmar una voz oficial y con autoridad. La suposición y medias verdades son peligrosas, cuidémonos, porque los que lanzan esas bombas se ríen en nuestras narices.

La suposición aguanta todo Sandra Beatriz

Ludeña

sandraludena@yahoo.com

En tiempos de gran incertidumbre, donde la confusión, la duda, y las suposiciones crecen como hervor de leche y su espuma, se escucha barbaries y nacen teorías conspiratorias de todo gusto, pues, cada cual dice y repite lo que le conviene. Al parecer, el sistema está fallando y la población no tiene confianza en las instituciones ni en sus funcionarios. Recientemente me he enterado, que se desconfía más de los justos que de los injustos, que no se cree a quién tiene pruebas verdaderas y se da crédito a los embusteros. Se considera más a los corruptos que a los honestos, y así se

persigue equivocadamente al más vulnerable mientras se deja rascándose la panza a los malhechores. Lo mismo sucede con la vacuna para el Corona virus. Se ha empezado a sembrar la duda sobre el tema de cuan confiable es la vacuna, porque se argumenta que no se puede creer en la Organización Mundial de la Salud ni en la FDA, ni en ninguna institución sanitaria mundial, porque responden de grandes intereses de corporaciones y transnacionales. Si no se puede creer ni en la medicina, ni en la ciencia, ni en los gobiernos que deben velar por el bienestar de la ciudadanía, entonces qué nos queda. Será que debemos empezar a creer en las suposiciones de algún loco, que se le ocurre lanzar una idea


O

www.

.com.ec

Opinión

Aquella campaña presidencial Efraín

Borrero E.

eborreroe@hotmail.com

El país se aprestaba para elegir presidente de la república en el proceso eleccionario del 5 de junio de 1956. Un poco más de ochocientos mil ciudadanos debían acudir a las urnas. Cuatro fueron los candidatos: Raúl Clemente Huerta Rendón, Camilo Ponce Enríquez, Carlos Guevara Moreno y José Ricardo Chiriboga Villagómez. Pocos y de primer nivel. Actualmente la oferta fue de dieciséis, como en botica. Uno de los cuarteles operativos más importantes de la campaña del doctor Raúl Clemente Huerta en la ciudad de Loja fue el domicilio de la ilustre dama, doña Zoila Rosa Vélez Ledesma, casada con el doctor Serafín Alberto Larriva Bustamante. Mujer extraordinaria que dejó honda huella en nuestra sociedad. Emprendedora y de armas tomar. Con profundo sentimiento de lojanidad y espíritu solidario entregó girones de su vida a una labor social encomiable desde la presidencia del Comité de Damas de la Cruz Roja Provincial y en la fundación del Banco de Sangre de Loja. Con energía y vigor hacía ostensible sus convicciones liberales y su admiración y respaldo a un hombre impoluto e incorrupto como fue el doctor Raúl Clemente Huerta, aquel ‘Viejo Gallo de Pelea’ que se distinguió por sus intachables valores morales, y que con su oratoria trepidante y discurso elocuente emocionaba a la gente. Zoilita Rosa trabajó incansablemente por esa causa, diría de sol a sol. Sus huestes conformaron un batallón de entusiastas seguidores que diariamente colmaban esa sede de campaña. Mi padre, ancestralmente de tendencia liberal y cuya relación de amistad con la familia Larriva Vélez era entrañable, también se adhirió emocionadamente. Por él pude vivir algunos momentos de esa intensa actividad, a pesar de mi corta edad. Fue una campaña marcada por el respeto y la forma creativa y alegre de conducirla. Recuerdo los dos jingles que se elaboraron para difundirlos a nivel nacional, cuyas canciones lograron una marca de identidad; la una: “Raúl Clemente Huerta el hombre popular, irá a la presidencia por nuestra voluntad”; y, la otra, una adaptación de “La niña preguntona”: “Decime papaíto que nos hará Camilo”. Camilo Ponce Enríquez, auspiciado por la alianza Movimiento Social Cristiano, que constituyó pocos años atrás; Partido Conservador Ecuatoriano y Acción Revolucionaria Nacionalista Ecuatoriana, fue el potencial contendor de Raúl Clemente Huerta, cuya candidatura surgió del denominado Frente Democrático, una coalición del Partido Liberal Radical y Partido Socialista. Velasco Ibarra, en ejercicio de su tercer mandato presidencial lo apoyó frontalmente. Fue entonces cuando pronunció

su lapidaria frase ‘O el frente me tritura o yo trituro al Frente’. Llegado el momento de la elección, Camilo Ponce Enríquez triunfó con una diferencia mínima de tres mil votos, que según se afirmaba insistentemente aparecieron milagrosamente en la provincia de Loja y que ágilmente fueron transmitidos a través del sistema Morse (telegramas) al Órgano rector. La reacción nacional por el “fraude perpetrado” no se hizo esperar, pero en medio de la indignación en ningún momento se produjeron actos de violencia. Raúl Clemente Huerta era incapaz de mentalizarlos. Años más tarde los dos intentaron captar la presidencia de la república. Camilo Ponce Enríquez aspiró un segundo período el 2 de junio de 1968, enfrentando a José María Velasco Ibarra y a Andrés F. Córdova, entre otros. Para este proceso electoral la Constitución estableció que la presentación de las candidaturas no era con binomio presidencial, por lo que la correspondiente para vicepresidente se lo hacía en papeleta separada. Entonces ocurrió lo inesperado: Velasco Ibarra triunfó para la presidencia, que fue su quinto mandato, y su “acompañante” a la vicepresidencia, Víctor Hugo Sicouret Pazmiño, perdió ante su acérrimo adversario, Jorge Zabala Baquerizo, el más prestigioso penalista ecuatoriano de los últimos tiempos y eminente catedrático universitario. Es decir, dos rivales políticos tuvieron que compartir el poder. Como consecuencia de este insólito hecho político, Velasco Ibarra no le paró bola a Zabala Baquerizo y lo marginó de las reuniones de Gabinete y de la toma de decisiones. Ni siquiera le dio oficina, no obstante la amenaza de colocar un escritorio en la Plaza de la Independencia, con un cartel de “Vicepresidente del Ecuador”. En esas circunstancias Velasco Ibarra pronunció su célebre frase: “Los vicepresidentes son conspiradores a sueldo”. La norma constitucional, que determinaba como única función para el Vicepresidente reemplazar al Presidente “en caso necesario”, contribuyó a ese estado caótico. De su parte, Raúl Clemente Huerta intentó una nueva oportunidad en el proceso electoral del 16 de julio de 1978, en fórmula con nuestro distinguido y recordado paisano, doctor Arcenio Vivanco Neira. Allí midió fuerzas con Jaime Roldós Aguilera, que finalmente dio batatazo; Sixto Durán Ballén, Rodrigo Borja Cevallos, Abdón Calderón y René Mauge. Cuando en el periplo de esa campaña presidencial, el doctor Raúl Clemente Huerta y su binomio visitaron un pueblo de la costa, me uní a Enrique Vivanco y al “Loco” Bolívar, que estaban en la comitiva. Una multitud escuchaba el brillante discurso del candidato. A corta distancia un pequeño grupo contrario gritaba: Roldó, Roldó, el pueblo está con tú. ¡Tiempos aquellos!

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

17

Un terremoto político César

Correa

elcesarbelt@yahoo.com

Desde el sábado anterior UNES y la CONAIE, que tienen más de un 80 % de puntos ideológicos de coincidencia, están trabajando juntos, por lo que la mayoría de sus postulados que han permanecido en el campo de las propuestas, pasarán a ser realidades desde el presente año, porque ahora tienen la mayoría absoluta en la Asamblea Nacional. La alianza entre UNES y la CONAIE tarde o temprano tenía que producirse y estimo que si bien se ha demorado más de lo que yo esperaba, se ha dado en una trascendental coyuntura, aunque por lo sorpresiva muchos aún no perciben que ha ocurrido un terremoto político, que cambia radicalmente la correlación de fuerzas en el país. La izquierda ostenta una fuerza mayoritaria mientras la derecha queda reducida a una débil minoría. A partir del sábado anterior el movimiento indígena ha alcanzado un poder político que jamás lo ha tenido desde su aparición en 1990. En adelante nada harán las funciones ejecutiva y legislativa en su contra y nada importante sin su conocimiento. Han luchado por obtener el poder político y lo han conseguido. El movimiento indíge-

na ha consolidado su control de los territorios en los que se hallan las etnias que lo integran; su influencia en el centro de la Sierra y en el Oriente se ha multiplicado al punto que la mayor parte de la administración pública de esos sectores pasa a ser su responsabilidad. Cualquier resistencia dentro de las filas de UNES o de la CONAIE se desvanecerá pronto por la contundencia de los hechos, que demostrarán que se tomó la mejor decisión. Existe la suficiente madurez para que la alianza perdure indefinidamente hasta terminar en una fusión, porque las circunstancias así se lo exigirán dentro de un número prudencial de años, porque solo con su fusión podrán hacer frente a los futuros desafíos, que se presentarán más complejos; si no se llega a la fusión se estancarán y entonces cederán sus espacios a otras fuerzas. A corto plazo veo que en las elecciones de personeros de los gobiernos seccionales se marchará juntos, UNES presentará sus candidatos en las provincias de la Costa y los indígenas en la Sierra y el Oriente, con las salvedades que indiquen los sondeos de opinión, porque indudablemente en varias circunscripciones se contará con algunos lideratos tan fuertes que garantizarán el éxito en las urnas.

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


18

Entretenimiento

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Compositor y cantante de rock, creador y líder del grupo de grunge/rock Nirvana. El 20 de febrero de 1967 nace Kurt Donald Cobain en la localidad de Aberdeen, en Washington. Ese niño, que con los años sería conocido simplemente como Kurt Cobain, arrastró a lo largo de toda su vida los problemas de su familia que culminaron con la separación de sus padres cuando había cumplido los siete años. Los problemas personales de Kurt Cobain fueron cada vez más importantes, lo que llevaron al cantante a intentar suicidarse en dos ocasiones, además de ser internado por una sobredosis en el año 1993. El 5 de abril de 1994 muere de un disparo en la cabeza aunque su cadáver no se encuentra hasta tres días después. Tenía 27 años.

Enero 20 a febrero 19 No derroches la salud ni las fuerzas físicas en nada que no sea importante. Esto quiere decir que no es el día más apropiado para excesos de ningún tipo, ya que de lo contario vas a pasar una semana dura. Te conviene no excederte en ningún aspecto.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Preparas algo que te hace ilusión y a la vez buscas un rendimiento económico. Todo irá sobre ruedas si no te excedes en dejar que se imponga tu ego por encima de todo. Ten cuidado con este aspecto porque es el punto débil a controlar.

Aries sabe con exactitud cuándo fue que la encontraron, ni mucho menos cómo este grupo étnico logró navegar miles y miles de kilómetros, hasta llegar a ella. La Isla de Pascua es considerada una de las islas más remotas del mundo, por estar a 3.500 kilómetros de la costa continental chilena. Allí, Roggeveen se sorprendió con el hallazgo de las famosas estatuas moáis. Miles de estas esculturas, que fueron esculpidas en toba volcánica, se extienden a lo largo de la costa. Se estima que representaban las casas de los espíritus para los pobladores originarios.

Además...

Nace el creador de “Dragon Ball”, Akira Toriyama

El mangaka Akira Toriyama, creador del exitoso manga “Dragon Ball”, nacía un día como hoy, en el año 1955, en Nagoya, Japón. Luego de trabajar durante algunos años en una empresa de publicidad, comenzó a colaborar para la revista de manga Shonen Jump. Su primer trabajo publicado fue “Wonder Island”. Toriyama ganó reconocimiento con “Dr. Slump”, publicado en esa misma revista desde 1980 y 1984. El éxito del manga fue tal que a comienzos de 1981 ya se había estrenado el primer episodio de la serie animada. En 1984 comenzó a publicarse su gran éxito: Dragon Ball. El manga, publicado hasta 1995, tuvo 519 capítulos, recopilados en 42 volúmenes. El animé fue estrenado dos años después, con la producción de Toei Animation. Luego de Dragon Ball, Toriyama colaboró en las dos secuelas de la popular serie de animación: Dragon Ball Z y Dragon Ball GT. También realizó series cortas de manga (“Nekomajin”, “Kajika” y “Sand Land” entre otras) y participó del diseño de diversos personajes de videojuegos como “Dragon Quest”, “Chrono Trigger” y “Blue Dragon”. Basado en este último se realizó una serie animada, que también contó con los diseños de Toriyama.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Has arrastrado algo desde hace unos meses, un sentimiento o unos hechos que no te han dejado descansar mucho emocionalmente. Es hora de que pongas fin a eso. No es nada negativo buscar ayuda para ello. Cuanto antes lo hagas, mucho mejor.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Te atreverás a realizar un movimiento en el trabajo que te supone un cierto riesgo, porque no controlas todos los elementos que están en juego, pero en esta ocasión te conviene ser valiente, no tener miedo. Los resultados serán mejores de lo que crees.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Retomas una antigua actividad o un estudio que te ha dado muchas satisfacciones en otros momentos de tu vida y ahora tienes la oportunidad de acercarte otra vez. Vas a encontrar muchas diferencias con el pasado, pero al final te gustará.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Saltas de un lado a otro porque hoy tienes demasiadas cosas en tu agenda y eso puede que sea una idea no muy buena al comienzo de la semana. Procura encontrar el orden y establecer prioridades. Es importante que dejes tiempo para dormir más.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Hay un cierto talante emprendedor en ti y eso es algo a lo que debes de sacarle más partido, porque en este momento te puede traer un soplo de ilusión y de confianza en lo que venga. Ponte a trabajar en ello aunque no veas la ganancia de forma inmediata.

Septiembre 24 a octubre 23 Avanzas muy lentamente, pero de manera segura en algún problema que te has propuesto vencer. Esos pequeños pasos que das serán algo muy valioso y tu satisfacción por ver que puedes con ello será muy intensa. Día a día mejorarás sustancialmente.

Lunes 5 de Abril de 2021

San Vicente Ferrer

FARMACIAS DE TURNO DEL 3 DE ABRIL AL 10 DE ABRIL DE 2021

AMAZONAS NORTE

Marzo 21 a abril 20 Estás esperando algo con mucha intensidad porque sabes que eso te va a proporcionar una mayor tranquilidad y que te va a devolver algo que habías perdido emocionalmente hace tiempo. Llegará pronto y te colmará de tranquilidad.

Libra

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

E

Acuario

Se descubrió la isla de Pascua

Muere Kurt Cobain

.com.ec

Horóscopo

Hoy en la historia... Un día como hoy, era descubierta la Isla de Pascua, así bautizada en honor al Día de Pascuas en que se realizó el desembarco del marino holandés Jacob Roggeveen, al frente de la expedición. El 5 de abril de 1722, mientras buscaba la mítica Tierra de Davis, el almirante holandés Jacob Roggeveen desembarcó en una pequeña isla del océano Pacífico a la que bautizó como Isla de Pascua, en honor a la Pascua de Resurrección, que se celebraba ese mismo día. El descubrimiento de la isla Rapa Nui, tal como la llamaban sus habitantes originarios, se dio por casualidad, mientras la expedición de Roggeveen buscaba dar con la Tierra de Davis, una isla fabulosa, repleta de oro, descrita por el corsario inglés Edward Davis a finales del siglo XVII. Se cree que la isla fue descubierta por los polinesios, pero nadie

www.

DIRECCIÓN

AV. 8 DE DICIEMBRE SN JAIME ROLDÓS CIUDADELA: RÍO BLANCO MANZANA: FARMACIA FARMALIANZA C 10 32 CALLE: CALLE ORDALOS NÚMERO: B19 INTERSECCIÓN: C 10 32 CALLE: BOLÍVAR NÚMERO: SN SAN FRANCISCO INTERSECCIÓN: IMBABURA CALLE: JUAN DE SALINAS NÚMERO: 154FARMACIAS CRUZ AZUL 60 INTERSECCIÓN: 18 DE NOVIEMBRE AV. UNIVERSITARIA NUMERO: 12-00 SU FARMACIA ANGÉLICA INTERSECCIÓN: MERCADILLO SU FARMACIA ANGELICA SUCURSAL BERNARDO VALDIVIESO Y GONZÁLEZ SUÁREZ AV MANUEL AGUSTÍN AGUIRRE S/N Y FARMACIAS MIA ML003 COLÓN FARMACIA NATALY CALLE: 8 DE DICIEMBRE SN SANTIAGO

TELÉFONO 2613161 / 0984942856 2589420 72574537 0726153977 72578933 72726447 2560359 / 2996243 / 0958850038 -

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 No escucharás los argumentos que alguien te da hoy en un asunto relacionado con el dinero, pero eso es un error que quizá tenga consecuencias. Pon atención y si no comprendes algo, pregúntalo. Hay mucho en juego.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Hay muchas cosas que hoy van a salir a tu gusto o que te van a favorecer plenamente. Aprovecharás muy bien la jornada y lo cierto es que tu fuerza interior está muy inspirada y con ganas. Por la noche debes buscar calma y no demasiado jaleo.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 La luna menguante en tu signo hoy te trae cierta pesadumbre, y los acontecimientos que han sucedido en el trabajo te tienen en ascuas porque no sabes cuál es la auténtica intención de esas decisiones. Pero de momento no puedes hacer nada.


P

www.

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA AVISO JUDICIAL. Se pone en conocimiento del público en general, lo dispuesto en Auto de fecha 05 de marzo del 2021, las 16h47, dentro del juicio de Interdicción: JUICIO Nro. 11203-2021-00028 ACTOR: LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA DEMANDADOS: MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA ASUNTO: Interdicción Provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 5 de marzo del 2021, las 16h47, VISTOS: Evacuada la audiencia previa para resolver sobre la declaratoria o no de la interdicción provisional señalada para el día VIERNES CINCO (5) DE MARZO DEL 2021 A LAS 14H20, a la que comparecieron el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA; además el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, acompañados de sus defensores técnicos. Una vez que se escuchó las intervenciones, el suscrito Juez resolvió declarar la INTERDICCION PROVISIONAL, de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA y nombró su curador provisional. Pronunciamiento que las partes expresaron su conformidad. Para constancia escrita se considera: PRIMERO: Se viene garantizando el debido proceso en el que se incluye el legítimo derecho a la defensa. En la audiencia convocada en los términos del inciso final del Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos, las partes han tenido la oportunidad de presentar de forma libre sus propuestas, intervenciones y sustentos. SEGUNDO: La demanda se contrae en obtener la declaratoria de interdicción de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA. Frente a tal pretensión y para poder continuar se diría que, el proceso de interdicción no busca resolver un litigio, ni controvertir un derecho sino que se declare que una persona no está en capacidades mentales para ejercer su capacidad de ejercicio. Al respecto se debe considerar: 2.1.- El Art. 467 del Código Civil, dispone “ Mientras se decida la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional…”. 2.2.- En audiencia el actor LUIS HERNÁN SÁNCHEZ VILLA fue escuchado inclusive el señor Justo Sánchez Villa, señalando que su hermana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, de 60 años de edad, es una persona con capacidades especiales que no puede gobernarse por si misma ni administrar sus bienes ya que presenta un trastorno cognitivo mayor; encontrándose en un estado mental que no puede entender

Publicidad

.com.ec o querer. TERCERO: Por las consideraciones expuestas visto el informe verbal expresado en la audiencia al acreditarse que la ciudadana MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, le impide valerse por sus propios medios, es decir su voluntad y conciencia no le permite tomar decisiones acertadas en el ámbito personal, familiar, laboral etc, el suscrito Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, RESUELVO: 1.- Declarar la interdicción provisional de la señorita MARÍA TARGELIA SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 110199043-8.- 2.- Se nombra como su curador provisional a su hermano el señor JUSTO SÁNCHEZ VILLA, con cédula Nro. 1101840062, quién presente en la audiencia puesto en antecedentes del cargo a desempeñar manifestó que acepta dicho cargo y juró desempeñarlo fiel y legalmente. La presente resolución le servirá de suficiente título, a fin de que lo represente en todos los actos públicos y privados. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad del cantón Loja, con notificación a su titular; además notifíquese al público por un periódico de circulación en este cantón y colóquense los carteles respectivos, conforme lo establece el artículo 468 del Código Civil. 3.- Cumplido todo lo cual, se convocará a la audiencia única, donde se practicarán las pruebas aportadas, incluso sobre la oposición en caso de haberla, el reconocimiento del administrador de justicia a quién se pretende declararlo interdicto y la sustentación del informe médico por parte de los peritos, para con ello resolver en Sentencia la declaratoria o no de la interdicción definitiva. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAÚL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 12 de marzo del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5087 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, que en extracto es como sigue: ACTORES: TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, LEONCIO EDUARDO QUIZHPE MOROCHO, ROSA AMALIA QUIZHPE MOROCHO, SEGUNDO CARLOS MANUEL QUISHPE MOROCHO, Y MILTON GUSTAVO QUIZHPE MOROCHO. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA OBJETO DE LA DEMANDA: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS CON OPOSICION TRÁMITE: Sumario

JUICIO: Nro. 11203-2019-02608 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca. EXTRACTO DEMANDA.- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, encargado del despacho del Dr. Pablo Muñoz, Juez de la Unidad, mediante acción de personal Nro. Nro. 2301-DP11-2019RR, de fecha 18 de septiembre de 2019. En lo principal, como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la DEMANDA DE PARTICION JUDICIAL de los bienes dejados por el causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, formulada por los Señores: TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, LEONCIO EDUARDO QUIZHPE MOROCHO, ROSA AMALIA QUIZHPE MOROCHO, SEGUNDO CARLOS MANUEL QUISHPE MOROCHO, Y MILTON GUSTAVO QUIZHPE MOROCHO, por cumplir con los requisitos de Ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.10 (Agregado por el Art. 54 de la Ley s/n R.O. 517-S, 26-VI-2019) y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Cítese a los demandados BERTHA CARLOTA QUISHPE MOROCHO, ROSA ELENA QUIZHPE MOROCHO, MARGARITA DEL CISNE QUIZHPE MOROCHO, EDITA MARIA QUIZHPE MOROCHO, SUSANA DEL ROCIO QUIZHPE MOROCHO Y CARMEN ESPERANZA QUIZHPE MOROCHO; quienes deberán ser citados en la dirección indicada en la demanda; diligencia que la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones. Además cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO CARLOS VICENTE QUIZHPE CUENCA, a través de uno de los medios de comunicación esto es mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. También cítese a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de este Cantón Loja, en las personas de los señores Alcalde y Procurador Síndico Municipal, respectivamente; y, Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionarios a quienes dispongo citar en legal y debida forma en sus despachos. La diligencia igualmente la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. En lo demás, se advierte a los accionados la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 (Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI2019) del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretendan producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

cuenta todos los medios de prueba que anuncian los actores. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP; debiéndose cumplir con lo dispuesto en el Art. 191 ibídem. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a la vista de los accionados. TRES: Con fundamento en el Art. 146 inciso séptimo del Código Orgánico General de Procesos ( Sustituido por el Art. 19 de la Ley s/n R.O. 517-S, 26-VI-2019), se ordena la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, sobre los inmuebles materia de la partición y conforme a las inscripciones constantes en los títulos de dominio, así: 3.1.- Propiedad signada con el número OCHO que es parte del edificio denominado “CASTIBLANCO”, declarado en propiedad horizontal, ubicado en la calle Benjamín Pereira, perteneciente a la parroquia Sucre del Cantón y Provincia de Loja. Inscripción Nro. 002344, del Registro de la Propiedad del Cantón Loja, de fecha 03/04/2007. 3.2.- Lote número CINCO, ubicado en la jurisdicción de la parroquia El Valle del Cantón y Provincia de Loja. Inscripciones números 713, del 8 de mayo de 1972; 328, del 8 de marzo de 1973; 1110, del 23 de julio de 1973; 0509, del 6 de abril de 1983; 3874, del 5 de agosto de 2005; 3875, del 5 agosto del 2005; 002345, del 3 de abril del 2007 ,y, 6045, del 1 de octubre de 2008. Notifíquese a la Señora Registradora de la Propiedad del Cantón Loja; adjúntese copias de los certificados de fs. 21,21vlta; 22,22vlta. El despacho entréguese a la demandante para que gestione su resultado. Finalmente como de los certificados en referencia constan que se ha dictado medidas cautelares sobre los inmuebles materia de la partición se dispone notificar a los Señores Jueces de la Unidad Civil y Mercantil de Loja, a cuya competencia se encuentren los procesos identificados con los números 02011-2016 ;y, 03686-2016, para que notifiquen a las partes procesales a fin de que si así lo consideren hagan valer sus derechos en la presente causa. CUATRO: Agréguese al expediente la documentación presentada y téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por los accionantes y la autorización que le conceden a su defensor técnico. Además acogiendo su pedido de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procuradora Común a la Señora TERESA MARIA QUIZHPE MOROCHO, con quién se contará en el proceso. Por último actúe en calidad de Secretaria del despacho la Dra. Nuvia Flores. OTRA PROVIDENCIA: Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 16h17, Como la actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada SUSANA DEL ROCIO QUIZHPE MOROCHO y se ha justificado las diligencias respectivas, al tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone su citación a través de uno de los medios de comunicación esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación

19

existente en la ciudad. Confiérase el extracto respectivo. F).- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 18 de marzo del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5089 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL NOTIFICO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los demandados: JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO. OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de dinero TRAMITE: Ejecutivo CUANTIA: $ 29.907,96 JUICIO: Nro.11333-2019-02895 JUEZ: Dr. Franco Carrión Paz UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 21 de enero del 2021, las 14h41, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez encargada del despacho del Dr. Franco Carrión Paz, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja, mediante Acción de Personal Nro. 34-DP11-2021-FA, de fecha 11 de enero de 2021. De conformidad al Art. 110 del COGEP , de oficio se declara la nulidad del auto interlocutorio de fecha 15 de diciembre del 2020, y en su lugar dado el estado del proceso, Incorpórese a los autos la liquidación que ha realizado la Mg Daisy Dorinda Tapia Godoy de fecha 30 de noviembre del 2020, de la que se constata que los demandados JAIME AUSBERTO HIDALGO MACAS, GABRIELA KATERINE ALVAREZ MICHAY Y JAIME ROBERTO HIDALGO MONTAÑO adeudan el valor de VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS DÓLARES CON OCHENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR, de los Estados Unidos de Norte América $ 21.466,81, por lo que conforme al Art. 372 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que la demandada cumpla con la obligación, en el término de cinco días, bajo prevención de ejecución forzosa, como lo prevé la norma antes indicada.- Hágase saber.-f ) ILEGIBLE Dr. Franco Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA .- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 3 de Marzo del 2021 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/P4332

P

COMUNICA:

PARA LAS PUBLICACIONES DE CITACIONES, REMATES Y PROCESOS JUDICIALES EN CRÓNICA DIGITAL La recepción se la realiza en: publicidad@cronica.com.ec

Mas información 099 726 2566 27 32 003

ATENCIÓN PERMANENTE Siganos en nuestras redes sociales

www.cronica.com.ec

diariocronica

@cronicaloja P/F


20

Publicidad

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Judiciales

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ, que en extracto es como sigue: ACTOR: IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO. DEMANDADO: Sres. LUIS ROMERO en su calidad de cónyuge sobreviviente y con los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2021-00708 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, lunes 8 de marzo del 2021, las 11h44, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular y en virtud del sorteo reglamentario realizado.- Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal, al estimarse de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por el Sr. IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO en su calidad de CESIONARIO de los GANANCIALES y los DERECHOS Y ACCIONES que fueron comprados al cónyuge sobreviviente LUIS ROMERO y a los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO y por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que la admite al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de los bienes hereditarios de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ entre estos del inmueble sobre el cual recae los gananciales y los derechos y acciones, y en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuese citados todos los interesados, entre estos al cónyuge sobreviviente y a los herederos, este juzgador designará al perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con el accionante Sr. IVAN MAURICIO CAPA OCAMPO en su calidad de CESIONARIO .- 2) Con los accionados Sres. LUIS ROMERO en su calidad de cónyuge sobreviviente y con los herederos CARLOS ROLANDO ROMERO CHUNCHO, PATRICIA DEL ROCIO ROMERO CHUNCHO y CLAUDIA VERONICA ROMERO CHUNCHO a quienes se les citará con esta demanda y demás providencias en el lugar designado en la demanda, para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, funcionarios quienes explicarán a los accionados que tiene la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- ) 3) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 4).- A los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA MACRINA CHUNCHO IÑIGUEZ , cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier persona que se crea interesado en este asunto tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en los términos señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuan-

tía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes, así como la autorización que concede a su abogado defensor para ejercer la defensa.- Agréguese los documentos que se adjuntan.HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 23 de marzo del 2021. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F5090 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora ROSA QUINCHE CHIMBO, que en extracto es como sigue: ACTORA: CLARA AURORA ABAD ROSILLO, ÁNGEL AGUSTÍN ABAD ROSILLO, NERCY CHUQUIMARCA JUMBO, CARMEN MARÍA ABAD ROSILLO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora ROSA QUINCHE CHIMBO, además de los extintos señores JULIA GÓMEZ QUINCHE, SEGUNDO MANUEL GÓMEZ QUINCHE, CARMEN LUCÍA SÁNCHEZ IÑIGUEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00353 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA: Loja, miércoles 17 de marzo del 2021, las 10h11, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora ROSA QUINCHE CHIMBO conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- Con los solicitantes: 1.1. CLARA AURORA ABAD ROSILLO, ÁNGEL AGUSTÍN ABAD ROSILLO, NERCY CHUQUIMARCA JUMBO, CARMEN MARÍA ABAD ROSILLO en calidad de adquirentes y cesionarios de gananciales de derechos y acciones en la sucesión de la causante. 1.2. GUSTAVO RAFAEL SÁNCHEZ IÑIGUEZ en calidad de hijo de la extinta y adquirente y cesionario de gananciales de derechos y acciones Sra. Carmen Lucía Sánchez Iñiguez en la sucesión de la causante. SEGUNDO.- 2.1. Con los demandados VÍCTOR ANTONIO GÓMEZ QUINCHE, HUGO GÓMEZ QUINCHE, ROSA JUANA GÓMEZ QUINCHE en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante. 2.2. Con los demandados GALO FERNANDO LIMA GÓMEZ, SEGUNDO FRANCISCO LIMA GÓMEZ, LOURDES JAKELINE LIMA GÓMEZ, WALTER ENRIQUE LIMA GÓMEZ, DORIS JANNETH LIMA GÓMEZ, ROSA DELMIRA LIMA GÓMEZ en calidad de hijos de la extinta y heredera Sra. Julia Gómez Quinche y por lo tanto nietos de la causante. A quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en el escrito aclaratorio que antecede. 2.3. Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja por así haberlo solicitado, funcionario que deberá ser notificado en su respectivo despacho en la dirección indicada. Para su cumplimiento, cítese con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto, y se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones, a los demandados indicados en los numerales 2.1, 2.2 a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial. Mientras al funcionario in-

dicado en el numeral 2.3 de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 2.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante ROSA QUINCHE CHIMBO, además de los extintos señores JULIA GÓMEZ QUINCHE, SEGUNDO MANUEL GÓMEZ QUINCHE, CARMEN LUCÍA SÁNCHEZ IÑIGUEZ, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- Se dispone a los comparecientes hasta antes de ordenarse el enlistamiento y avalúo de bienes, presenten la documentación del certificado historiado y linderado del Registro de la Propiedad del cantón Loja del bien inmueble a inventariarse cuya propietario la causante Rosa Quinche Chimbo según escritura pública inscrita con el Nro. 749 del año 1955 (fs. 9). QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la Señora Clara Aurora Abad Rosillo, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.-.Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja – Loja, 19 de marzo del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5091

MACARÁ REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN MACARÁ PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL

www. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO de conformidad al Art. 56.1 y 56.2 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: JIMENEZ SEDAMANOS EDITH FERNANDA y PALACIOS SEDAMANOS CRISTINA ALEXANDRA. DEMANDADO: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA. INDERMINADA JUICIO: 11332-2021-00074 JUEZ: Dr. Galo Arturo Jaramillo González UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja, mediante Acción de Personal Nro. 2314-DP112017-FA, de fecha 11 de septiembre de 2017; y, por el sorteo de ley realizado en esta Unidad Judicial.- En lo principal: La demanda presentada por las señoras CRISTINA ALEXANDRA PALACIOS SEDAMANOS y EDITH FERNANDA JIMÉNEZ SEDAMANOS, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del causante señora DORIS EDITH SEDAMANOS ROSARIO, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con la comparecientes señoras CRISTINA ALEXANDRA PALACIOS SEDAMANOS y EDITH FERNANDA JIMÉNEZ SEDAMANOS, en calidad de únicas y universales herederas de la causante; con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Macará a quienes se citará en sus respectivos despachos; además con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole despacho virtual y ofreciéndole reciprocidad en casos similares. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1, 56.2 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará y por tres mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la parte accionante.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud para lo cual pase el proceso a la oficina de citaciones para que proceda citar y realizará los deprecatorios virtuales.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones.- El interesado comparezca a entregar las copias para la citación.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. DR. LUIS ANTONIO QUEZADA VITERI SECRETARIO DE LA UJM-MACARÁ. P/F5094 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ

.com.ec

P

GONZALEZ y ANA MARÍA LARGO MACHUCA que en extracto es como sigue: ACTOR: FERNANDEZ LARGO CELIA MARIA y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZALEZ y ANA MARÍA LARGO MACHUCA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00256 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 10h22, VISTOS: Una vez cumplida la providencia anterior, la solicitud de inventario presentada por los señores CELIA MARÍA FERNÁNDEZ LARGO;LUZ AMÉRICA FERNÁNDEZ LARGO; TERESA JUDITH FERNÁNDEZ LARGO; CARLOS LUIS FERNÁNDEZ LARGO;IVÁN ROBERT FERNÁNDEZ LARGO;JOHN FERNÁNDEZ LARGO; ANA BEATRIZ FERNÁNDEZ LARGO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de los señores CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ANA MARÍA LARGO ABRIGO conforme consta de las partidas de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.Cuéntese en éste proceso: 2.1. Con los comparecientes CELIA MARÍA FERNÁNDEZ LARGO;LUZ AMÉRICA FERNÁNDEZ LARGO; TERESA JUDITH FERNÁNDEZ LARGO; CARLOS LUIS FERNÁNDEZ LARGO;IVÁN ROBERT FERNÁNDEZ LARGO; JOHN FERNÁNDEZ LARGO; ANA BEATRIZ FERNÁNDEZ LARGO en calidad de hijas e hijos de los causantes y por lo tanto herederos de los mismos. 2.2. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes CARLOS MANUEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ANA MARÍA LARGO ABRIGO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que las comparecientes le conceden a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación adjunta.NOTIFIQUESE.-…” “…Loja, lunes 22 de marzo del 2021, las 10h20, Téngase en consideración la convalidación del nombre de la causante Sra. Ana María Largo Machuca realizado por la parte actora y no como por un lapsus calami lo ha hecho constar en el presente proceso, por lo antes mencionado se dispone citar a los herederos presuntos y desconocidos de la causante Sra. Ana María Largo Machuca.- NOTIFIQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 25 de marzo del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F5096


P

www.

Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA, que en extracto es como sigue: ACTORA: RITA ELIZABETH YAGUANA RUIZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-02843 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA Loja, jueves 7 de enero del 2021, las 13h48, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con el solicitante RITA ELIZABETH YAGUANA RUIZ por lo que comparece en calidad de hija y por lo tanto heredera de la causante. 1.2. Con el señor JUAN JOSÉ YAGUANA CAMACHO por así haberlo solicitado en calidad de cónyuge de la causante. 1.3. Con la señora LORENA ELIZABETH YANZA NIVELO por así haberlo solicitado . A quienes se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a las personas referidas con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. 1.4. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta escrito aclaratorio y el presente auto de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); o en su defecto en caso de no estar funcionando aún dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para la práctica de la citación, la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020.- El Juzgador considera que no es necesario contar con los personeros del GAD Municipio del cantón Loja. 1.5. Cítese a los herederos desconocidos de la causante MARGARITA ANGELITA RUIZ YAGUANA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos.- No se atiende lo requerido por la comparecientes en el tercer inciso ordinal séptimo de la solicitud y numeral 3 del escrito aclaratorio por improcedente. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico seña-

.com.ec lado y la autorización que le concede a su defensor técnico.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 12 de enero del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5098 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: VICENTE TOBIAS GONZALEZ Y ZOILA DELIA ULLAURI ROJAS, que en extracto es como sigue: ACTORA: NIDIAN LUCÍA GONZÁLEZ ABENDAÑO, ROSA YESSENIA GONZÁLEZ ABENDAÑO, ZOILA MERCEDES GONZÁLEZ ABENDAÑO, MARCO VINICIO GONZÁLEZ ABENDAÑO, MILANDA BERSABE GONZÁLEZ ABENDAÑO, VÍCTOR HUGO COFRE GONZÁLEZ, DANNY PATRICIO COFRE GONZÁLEZ, DAVID FERNANDO GONZÁLEZ TORRES, GABRIELA LOURDES GONZÁLEZ TORRES, STEVEN ALEXANDER GONZÁLEZ TORRES, ROSARIO BEATRIZ GONZÁLEZ ULLAURI, CARLOS ALFONSO GONZÁLEZ ULLAURI, JORGE ALCÍVAR GONZÁLEZ ULLAURI, ROSA VICENTA GONZÁLEZ ULLAURI, EUFEMIA LEONOR GONZÁLEZ ULLAURI, CARMEN ISABEL GONZÁLEZ ULLAURI DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes: VICENTE TOBIAS GONZALEZ Y ZOILA DELIA ULLAURI ROJAS, además de los extintos ÁNGEL BENIGNO GONZÁLEZ ULLAURI, CLARA MATILDE GONZÁLEZ ULLAURI, IRMO NORBERTO GONZÁLEZ ULLAURI OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2019-02808 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA: Loja, jueves 19 de septiembre del 2019, las 09h47, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir a la Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz, en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de los señores VICENTE TOBIAS GONZALEZ Y ZOILA DELIA ULLAURI ROJAS conforme se justifica con las partidas de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1.- Con los solicitantes JOSÉ QUERUBÍN BAZARÁN AVENDAÑO, LUZ ANGELICA GONZÁLEZ ULLAURI, en calidad de adquirientes y cesionarios de derechos y acciones en la sucesión de los causantes. 1.2.- Con los solicitantes NIDIAN LUCÍA GONZÁLEZ ABENDAÑO, ROSA YESSENIA GONZÁLEZ ABENDAÑO, ZOILA MERCEDES GONZÁLEZ ABENDAÑO, MARCO VINICIO GONZÁLEZ ABENDAÑO, MILANDA BERSABE GONZÁLEZ ABENDAÑO, VÍCTOR HUGO COFRE GONZÁLEZ, DANNY PATRICIO COFRE GONZÁLEZ, DAVID FERNANDO GONZÁLEZ TORRES, GABRIELA LOURDES GONZÁLEZ TORRES, STEVEN ALEXANDER GONZÁLEZ TORRES, ROSARIO BEATRIZ GONZÁLEZ ULLAURI, CARLOS ALFONSO GONZÁLEZ ULLAURI, JORGE ALCÍVAR GONZÁLEZ ULLAURI, ROSA VICENTA GONZÁLEZ ULLAURI, EUFEMIA LEONOR GONZÁLEZ ULLAURI, CARMEN ISABEL GONZÁLEZ ULLAURI, en calidad de hijos y nietos y por lo tanto herederos de los causantes. 1.3.- Con los herederos conocidos: a) Señor JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ ABENDAÑO en calidad de hijo del extinto y heredero Sr. Ángel Benigno González Ullauri y por lo tanto

Publicidad nieto de los causantes, mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Malacatos del cantón y provincia de Loja, a quien se le ofrece reciprocidad en casos similares. Envíese despacho en forma; b) Señora PAOLA ELIZABETH MORALES GONZÁLEZ en calidad de hijo de la extinta y heredera Sra. Clara Matilde González Ullauri y por lo tanto nieta de los causantes, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Quito, provincia de Pichincha, a quien se le ofrece reciprocidad en casos similares. Envíese despacho en forma; c) Señores HUGO GILBERTO GONZÁLEZ ULLAURI Y MAURO ALBERTO GONZÁLEZ ULLAURI en calidad de hijos y por lo tanto herederos de los causantes, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Machala, provincia de El Oro, a quien se le ofrece reciprocidad en casos similares. Envíese despacho en forma. A todos se lo citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.4.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al funcionario indicado; mientras a los herederos conocidos indicados señalados en los literales: a), b), c) del numeral 1.3 mediante comisión y deprecatorio respectivamente, a todos se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para la práctica de la diligencia de citación, la parte accionante deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación. 1.5. Cítese a los herederos desconocidos de los causantes VICENTE TOBIAS GONZALEZ Y ZOILA DELIA ULLAURI ROJAS, además de los extintos Ángel Benigno González Ullauri, Clara Matilde González Ullauri, Irmo Norberto González Ullauri, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de se-

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021 ñalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud y escrito aclaratorio, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a sus defensores técnicos.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común al señor José Querubín Bazarán Avendaño, con quien se contará en el proceso. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- OTRA PROVINDENCIA.- Loja jueves 11 de marzo del 2021, las 15h37, una vez que se ha dado cumplimiento a los dispuesto en decreto de fecha jueves 4 de marzo de 2021, las 11h38, se dispone la citación de los señores: HUGO GILBERTO GONZALEZ ULLAURI, MAURO ALBERTO GONZALEZ ULLAURI, Y PAOLA ELIZABETH MORALES GONZALEZ, como lo determina el Art. 56 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual realice el extracto correspondiente. Hágase saber. NOTIFIQUESE.-Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja – Loja, 24 de marzo del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5097

SARAGURO REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos pre-

21

suntos y desconocidos de la causante Idelia Cabrera Capa, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Segundo Manuel Torres Ochoa y Otros. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de la causante Idelia Cabrera Capa. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2021-00118. JUEZ: Dr. Alex Damián Torres Robalino. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, jueves 4 de marzo del 2021, las 11h55, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Multicompetente del cantón Saraguro en virtud del sorteo realizado y la competencia radicada en conformidad con la ley. En lo principal se califica como clara y completa la demanda presentada por parte de SEGUNDO MANUEL TORRES OCHOA y otros, por lo que se le admite a trámite en procedimiento voluntario. Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal intercultural del cantón Saraguro por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Cítese al señor Delegado del Servicio de Rentas Internas, así como a la subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria MAGAP, por intermedio de uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja de la provincia de Loja a quien se le depreca la práctica de ésta diligencia. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante IDELIA CABRERA CAPA, previo al juramento ante este juzgador de desconocer más herederos a que deba citarse, por tres publicaciones en uno de los diarios de mayor publicación de la ciudad de Loja. Se declara abierta la sucesión de la causante IDELIA CABRERA CAPA, las personas que puedan tener interés en el inventario a practicarse podrán presentar oposición hasta antes de la convocatoria a audiencia. Una vez cumplido el auto inicial, se procederá a designar perito que procederá a realizar el inventario solicitado. En cuanta los anuncios de prueba así como la cuantía y los domicilios judiciales señalados. Cítese y notifíquese. Dr. Ángel Marcelo Sarango Andrade. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SARAGURO. P/F5100

P


22

Publicidad

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

Judiciales PALTAS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes FIEL ABRAHAN QUEVEDO VIVANCO y ENMA GRIMANEZA CORREA. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: GERARDO RENE QUEVEDO CORREA (PROCURADOR COMUN) DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES FIEL ABRAHAN QUEVEDO VIVANCO y ENMA GRIMANEZA CORREA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00419. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS: Una vez que me reintegro a mis funciones. Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes FIEL ABRAHAN QUEVEDO VIVANCO y ENMA GRIMANEZA CORREA desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes FIEL ABRAHAN QUEVEDO VIVANCO y ENMA GRIMANEZA CORREA conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: ELICELINA MIRELLA QUEVEDO CORREA, JOSE VICENTE CORREA QUEVEDO, RICHAR EDUARDO QUEVEDO CORREA, GERARDO RENE QUEVEDO CORREA, EDGAR ALBERTO QUEVEDO CORREA, NAILA ENID QUEVEDO CORREA, MELINA DEL CARMEN QUEVEDO CORREA y WALTER WASHINTON CORREA, en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Director del MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor GERARDO RENE QUEVE-

DO CORREA, La prueba anunciada contenido en su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. OTRA PROVIDENCIA.- Paltas, lunes 15 de marzo del 2021, las 12h17, En atención a lo solicitado por la defensa de la parte actora; y, de conformidad al Art. 130.8 de COFJ. Se convalida el auto de aceptación a trámite de fecha 08 de enero del 2021, contenido en fjs 43, en el sentido que en el presente proceso se cuente con el señor DIOGENES MAURICIO QUEVEDO CORREA, en calidad de heredero y en atención al Poder Especial de fjs.21 a 23 de los autos. NOTIFIQUESE.- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, viernes 26 de marzo de 2021.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F5103 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora EUFEMIA CASTILLO ROSALES, que en extracto es como sigue: ACTORA: AMADA JIMÉNEZ CASTILLO, LUZ MACRINA JIMÉNEZ CASTILLO, FELICÍSIMO JIMÉNEZ CASTILLO, FLORENCIO JIMÉNEZ CASTILLO, MELECIO JIMÉNEZ CASTILLO, TERESA DE JESÚS JIMÉNEZ CASTILLO, ÁNGEL MIGUEL JIMÉNEZ CASTILLO, ROSA IVELIA JIMÉNEZ CASTILLO, EFRAÍN RODRIGO JIMÉNEZ CASTILLO, CARMEN CELINDA JIMÉNEZ CASTILLO, MARIANITA DE JESÚS JIMÉNEZ CASTILLO, EDILMA VICENTA JIMÉNEZ CASTILLO, IRMA PIEDAD JIMÉNEZ CASTILLO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora EUFEMIA CASTILLO ROSALES, además de la extinta señora MARÍA ESTHER JIMÉNEZ CASTILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2021-00232 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA: Loja, jueves 11 de marzo del 2021, las 15h19, VISTOS: Agréguese a los autos los escritos que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora EUFEMIA CASTILLO ROSALES conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto

cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes AMADA JIMÉNEZ CASTILLO, LUZ MACRINA JIMÉNEZ CASTILLO, FELICÍSIMO JIMÉNEZ CASTILLO, FLORENCIO JIMÉNEZ CASTILLO, MELECIO JIMÉNEZ CASTILLO, TERESA DE JESÚS JIMÉNEZ CASTILLO, ÁNGEL MIGUEL JIMÉNEZ CASTILLO, ROSA IVELIA JIMÉNEZ CASTILLO, EFRAÍN RODRIGO JIMÉNEZ CASTILLO, CARMEN CELINDA JIMÉNEZ CASTILLO, MARIANITA DE JESÚS JIMÉNEZ CASTILLO, EDILMA VICENTA JIMÉNEZ CASTILLO, IRMA PIEDAD JIMÉNEZ CASTILLO por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante. 1.2. Con los demandados MILCAR GERMÁN CRUZ JIMÉNEZ, MANUEL EFRÉN CRUZ JIMÉNEZ, LIDA MARÍA CRUZ JIMÉNEZ, NELSON LEODAN CRUZ JIMÉNEZ, DIXON ROBER CRUZ JIMÉNEZ en calidad de hijos de la extinta y heredera Sra. María Esther Jiménez Castillo y por lo tanto nietos de la causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en el escrito aclaratorio que antecede. Según el inciso tercero del Art. 53 del COGEP y por cuanto, la parte actora ha proporcionado la dirección de correo electrónico de los demandados, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, cítese con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, y se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones, a los demandados indicados en el numeral 1.2 a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial. Mientras al funcionario indicado en el numeral 1.3 de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos esto de conformidad a lo establecido en el Art. 53.1 del COGEP (Artículo agregado por Disposición Reformatoria Quinta, numeral 2 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 345 de 8 de Diciembre del 2020); no obstante como se conoce que no se encuentra aún funcionando dicho sistema, la diligencia de citación hágaselo en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la

www. razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”.- El Juzgador considera que no es necesario contar con los personeros del GAD Municipio del cantón Loja. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante EUFEMIA CASTILLO ROSALES, además de la extinta señora MARÍA ESTHER JIMÉNEZ CASTILLO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la Señora Rosa Ivelia Jiménez Castillo, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.-Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja –

.com.ec

P

Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.051POL00080256, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Alamor 4 de abril de 2021 FIRMA AUTORIZADA

P/F

Loja, 15 de marzo del 2021 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F5095

P

CONTACTOS: 0997262566 / 0992416701 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

w w w. c r o n i c a . c o m . e c


Justicia

LUNES 5 DE ABRIL DE 2021

I

Choques de vehículos Detienen al autor de asalto dejaron heridos

• Percance suscitado en la calle Emiliano Ortega y Azuay.

Loja. En horas de la tarde del último sábado se registraron varios siniestros que dejaron personas heridas y cuantiosos daños materiales. Agentes de tránsito tomaron procedimiento de los hechos.

• Siniestro ocurrido en la Juan José Pena y José Antonio Eguiguren.

ron involucrados una motocicleta color negra y un vehículo, el cual tras el percance abandonó el lugar de los hechos. Producto del impacto, el conductor de la moto resultó herido, quien fue atendido por los paramédicos del Ministerio de Salud Pública (MSP). Minutos después, en la intersección de las calles Juan José Pena y José Anto-

Novedad El primer suceso ocurrió en la intersección de la avenida Emiliano Ortega y Azuay, en la que estuvie-

Este fin de semana, ante el asalto a mano armada a un ciudadano en una de las calles céntricas de la ciudad de Loja, en la avenida Universitaria y José Antonio Eguiguren, Policía Nacional informó que intervino y lo aprehendió.

nio Eguiguren, una motocicleta y un vehículo particular tipo Vitara impactaron, llevando la peor parte el automotor pequeño. De la misma manera, personal del MSP atendió a la persona afectada a causa del accidente. En los dos percances los automotores fueron detenidos para las investigaciones del caso y determinar responsabilidades.(I).(FJC).

Marlon V.C. sería el causante de este hecho que generó malestar en la ciudadanía, él fue puesto a órdenes de la autoridad competente. Caso

Un hombre con cuchillo en mano transitaba por la avenida; al percatarse de que un joven caminaba e iba a pasar cerca de él lo amenazó, por más que la víctima bajó la vereda e intentó seguir su trayecto. Afortunadamante, el suceso no pasó a una mayor desgracia. Tras el incidente, varios taxistas con sus vehículos rodearon al maleante para mantenerlo en el sitio hasta que llegue la policía.

COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS

12.415 1.942 10.096 378 Positivos

Activos

Recuperados

Fecha de corte: Domingo 4 de abril de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública

SARAGURO

Fallecidos

343

MUESTRAS

33.681 20.790 475 Tomadas

Negativas

En espera

Cantones con semáforo epidemiológico en ROJO

Edad

Contagiados

0-11 meses

24

1-4 años

66

5 - 9 años

116

10 -14 años

274

15 - 19 años

469

20 - 49 años

7.583

50 - 64 años

2.221

más de 65 años

1.662

OLMEDO

PUYANGO

Personas en aislamiento domiciliario

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

10

133

1.695 2.945 1.869 Personas en A.P.O.

9.115

CHAGUARPAMBA

AISLAMIENTOS

Personas en CERCO Epidemiológico

27

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

113 PINDAL

523

ZAPOTILLO

169

Hombres

55

SOZORANGA

828

53

MACARÁ

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

6.344

377

PALTAS

CELICA

159

CATAMAYO

6.072 Mujeres

GONZANAMÁ

364 CALVAS

39

QUILANGA

108 ESPÍNDOLA

LOJA


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.