Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021
Edición Nº 10988
Alcalde de Loja señala
“Concejales opositores buscan protagonismo” Hoy presentan “Memoria de papel”
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orge Bailón Abad, alcalde de Loja, cuestionó a ciertos concejales de pretender buscar protagonismo político por el caso de las mascarillas. Además, pedirá información a los medios de comunicación en donde los ediles hayan intervenido en contra de su administración.
Inició marcha hacia Quito “en favor de la democracia”
Alex Muñoz, nuevo director regional de Trabajo
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esde el sur del Ecuador, este miércoles 17 de febrero inició la marcha “en favor de la democracia y rechazo al fraude electoral”, según manifestaron dirigentes gremiales y sociales.
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“Ni sueñen que vamos a apoyar a Guillermo Lasso”, dijo Yaku (Pág. 13)
Recordaron firma del Acta de Independencia de Loja
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Alcalde señala que concejales contrarios a su administración buscan protagonismo A través de una rueda de prensa, el alcalde de Loja, Jorge Bailón Abad, cuestionó a ciertos concejales de pretender buscar protagonismo político por el caso de las mascarillas. Además, pedirá información a los medios de comunicación en donde los ediles hayan intervenido en contra de su administración. Situación En días pasados la Contraloría General del Estado emitió el informe oficial sobre el examen especial del caso de las mascarillas que inició desde el 21 de febrero del 2020. Ante ello, a decir del burgomaestre, llegaron a su despacho tres oficios de algunos ediles en el que se le conminaba a que tome acciones contra diferentes funcionarios, porque supuestamente los responsabilizaba. “Parece que los concejales -anónimos ciudadanos que nadie los conocía e incluso uno de ellos llegó con mi apoyo- desconocen la administración pública, porque el informe pasa a la Dirección de Responsabilidad
realizando los trámites para importar un equipo para eliminación de desechos biopeligrosos con un costo de USD 700.000, en el cual ahorra cerca de USD 700.000, ya que su costo sobrepasaba USD 1’420.000.
•• Jorge Bailón Abad, alcalde de Loja.
de la Contraloría en Quito y ellos predeterminarán las responsabilidades. También en el documento no se señala nombres ni apellidos de nadie, pero en el caso de hallarlos culpables la entidad les comunica para que los ciudadanos acusados puedan tener el derecho a la defensa”, dijo. Añadió que en el caso de sancionarlos él no tiene ninguna responsabilidad en su contra, lo cual es gra-
ve, porque después los funcionarios despedidos pueden demandar al Municipio por daño moral. Conspiración Bailón Abad mencionó que, en otro ámbito, varios concejales han hecho reuniones conspirativas con el único objetivo de buscar la revocatoria de su mandato y siguiendo el ejemplo de la administración anterior luego asuma
una mujer la alcaldía. “Para ello utilizan información falsa e indican que no hay quien gobierne el Municipio y que son los mandos medios quienes administran. Además, que no se ha hecho obras, lo cual no es verdad: se ha construido la conducción de agua cruda en el Carmen, Palmas, Yangana, asfaltado de Ciudad Alegría, Las Pitas, entre otras”, puntualizó. A ello, se suma que están
Pedido de información Ante toda esta infamia “voy a iniciar a través de la Fiscalía de Loja un requerimiento de información de los distintos medios de comunicación en donde los ediles haya dado sus opiniones, porque no se debe permitir que con declaraciones sin fundamento se quiera generar conmoción”. El pedido lo hará este jueves 18 de febrero para que de inmediato la entidad (Fiscalía) empiece con el requerimiento de información.(I).(FJC).
Dato •
Anunció una marcha en respaldo a su administración, aunque no precisó fecha.
Médicos: “La gente no tiene remordimiento por los cientos de muertos y contagiados” Médicos lojanos señalan que en aproximadamente 14 días se verá las consecuencias de la irresponsabilidad de la gente en carnaval, ya que podría venirse un contagio masivo. Hechos Según Diego Toapanta Vega, neumólogo de la Clínica San Agustín, este feriado de carnaval fue una irresponsabilidad completa por parte de las personas y se demuestra por una ocasión más, porque somos un país tercermundista, no tenemos educación; y respeto de la vida ajena, a los médicos y las familias quienes han perdido muchos integrantes de su hogar por la enfermedad.
Muchas personas hacen lo que les da la gana, con tal de estar bien el momento y no son conscientes de las personas que se quedaron en casa protegiéndose de la enfermedad. “No se tiene un tiempo exacto para presentar síntomas, pero generalmente oscilan entre 3 a 14 días de la exposición, es decir, si se toma que este feriado que fue el foco de contagios en el transcurso de esta semana y la que viene van a comenzar a subir de manera exponencial los casos”, agregó. Sin embargo, se viene otro problema, los espacios de las casas de salud siempre han estado saturados
y más en estos últimos tiempos, solo el índice de mortalidad ha disminuido, pero al final de cuentas se desocupa una cama y enseguida es ocupada. El inconveniente es que no habrá lechos en la unidad de cuidados intensivos (UCI) y van a empezar a derivar a otras ciudades del país. Por su parte, el presidente de la Pre Asociación en Defensa de la Salud Loja, Cosme Zaruma Torres, añadió que es lamentable la falta de compromiso de la ciudadanía, porque no hacen caso a las recomendaciones de prevención que todos los días el personal de salud insiste para de alguna forma controlar la
•• Diego Toapanta Vega y Cosme Zaruma Torres, médicos lojanos.
pandemia. “Esta enfermedad se ha convertido en una responsabilidad personal, en virtud que hace rato las autoridades los han dejado en el abandono, porque no debieron permitirse ningún tipo de evento sea en espacios públicos o privados y las consecuencias nos tocará afrontar a todas las áreas de salud muy probable en unos 15 días, tiempo
en donde el virus se puede desarrollar”, destacó. Este feriado fue una festividad de contaminación y quienes “pagarán los platos” rotos son los hospitales, los cuales están al punto de quedarse sin camas en UCI y la gente sigue falleciendo por el virus, pero parece que la gente no le importa y sigue desobedeciendo en cumplir las normas de bioseguridad.(I).(FJC).
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Inició marcha hacia Quito “en rechazo al fraude electoral” Desde el sur del Ecuador, este miércoles 17 de febrero inició la marcha “en favor de la democracia y rechazo al fraude electoral”, según manifestaron dirigentes gremiales y sociales. Circunstancias La caminata que irá de Loja-San Lucas-SaraguroCuenca-Cañar-Chimborazo-Tungurahua-Cotopaxi- y finalmente Quito culminará el martes 23 de febrero y está integrada por la Coordinadora de Movimientos Sociales (CMS), Federación Interprovincial de Indígenas Saraguros (FIIS), Coordinadora de Organizaciones del Pueblo Kichwa Saraguro (Corpukis) y la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (Ecuarunari) Ese día habrá una gran movilización de los pueblos en donde haremos entender al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que se respete la voluntad del pueblo,
•• Organizaciones sociales iniciaron en Loja hacia Quito “una marcha por fraude electoral”.
se transparente el proceso electoral, así señaló Luis Rueda Rueda, presidente de la CMS Loja. Por su parte, Pedro Manuel Sigcho Poma, presidente de la FIIS, manifestó que están “100% activados y unidos en esta causa justa, la cual hace que
el país viva la vergüenza a nivel internacional con el fraude electoral comprobado que se ha dado en las elecciones del 7 de febrero”. “Como pueblos estamos siendo afectados, porque se nos robaron la voluntad puesta en las urnas, por
ello, invita a toda la ciudadanía a sumarse a la marcha por la Paz de la Democracia. No se va a permitir por ningún concepto este tipo de humillación y más cuando en la noche del martes negaron el reconteo de votos”, puntualizó. En cambio, el presidente de la Ecuarunari, Carlos Sucozhagñay Sacta, dijo que haciendo uso del legítimo derecho a la defensa se movilizarán, porque el CNE permitiendo el fraude les coarta a los jóvenes que vayan a la universidad, sigan minando los territorios, no se transparenten los contratos con las empresas petroleras, Movistar y Claro y más. Rechazan públicamente el actuar del CNE, ya que se presentó una propuesta para que se haga el recuento de los votos en 100% en Guayas y 50% en 16 provincias, la cual fue negada y con eso vulneraron los derechos contemplados en la constitución.(I).(FJC).
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Nuevo director regional del Ministerio de Trabajo
Alex Eduardo Muñoz Vinces, oriundo de Puyango, es el nuevo director regional del Ministerio de Trabajo, en reemplazo de Renato Aguirre. Muñoz se desempeñaba como abogado en libre ejercicio en el Consorcio Jaramillo Ochoa; y, anteriormente en el Municipio de Loja.(I)
La ceniza fue esparcida en la cabeza de los fieles Cumpliendo con los protocolos de bioseguridad que se implementó en cada uno de los templos por el tema de la pandemia, el rito de recibir la ceniza no fue impuesta en la frente con el símbolo de la cruz, sino que hicieron caer sobre la cabeza de los fieles. El padre William Arteaga Vera, párroco de la parroquia El Sagrario, mencionó que más allá de la forma de cómo fue puesta es hacer recordar a las personas que “somos polvo y en polvo nos convertiremos”. Además, este Miércoles de Ceniza fue un día especial, porque dio inicio el tiempo de cuaresma, que son 40 días de preparación para la Semana Mayor, es decir Semana Santa. “La iglesia invita a prepararse para vivir la fiesta más grande y principal de Jesucristo, que es la vida, muerte y resurrección de
•• Cientos de fieles llegaron a los templos a recibir la ceniza.
Nuestro Señor”. Para ello, también la casa de Dios ha preparado una serie de retos para las personas. Consiste en, cada día, a partir de este jueves 18 de febrero los fieles recibirán una pieza de rompecabezas y que al final formarán una imagen de Jesucristo. “Las personas pueden cumplir varios retos, por
ejemplo, ayunar, apagar el celular en las mañanas, televisor, compartir un plato de comida, visitar al santísimo, oír todos los días misa o confesarse”, añadió el párroco. Fieles La ciudadanía al ser consultada sobre el cambio de imposición de la ceniza, muchos coincidieron que
eso es lo de menos, porque la intención es ser parte de la eucaristía que da inicio a la cuaresma. Para Carmen Delgado, la imposición de la ceniza tiene mucho más significado para ella, porque el espíritu de Dios llega directamente al alma. Además, nos protegemos de posibles contagios que pudieran darse. En cambio, Guisela Beltrán
dijo que no tiene nada de malo recibir la ceniza en su cabeza, sino más bien es la intención y la fe con la que la acogen.(I).(FJC).
Dato •
La cuaresma en este año 2021 es desde el 17 de febrero al 1 de abril.
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Graduaciones se Hoy presentan realizarán de forma virtual “Memoria de papel” Los eventos de graduación de los estudiantes de tercero de Bachillerato en el régimen Costa-Galápagos se realizarán de forma virtual, así lo informó Magda Salazar González, coordinadora de Educación Zona 7, durante la transmisión del Diálogo Educativo a través de Facebook Live.
duaciones en el régimen Costa, con el objeto de precautelar la salud de estudiantes, padres de familia y cuerpo docente”. En otro tema, Magda Salazar hizo referencia al retorno planificado de los docentes que queda postergado para el 1 de marzo de 2021, previo a un nuevo análisis de COE Nacional. “El hecho de organizar cere- Igual situación ocurre para monias virtuales no significa las instituciones educatique sean menos importan- vas del sector urbano que tes, por eso les pido que tienen el Plan Instituciones orientemos a los estudiantes de Continuidad Educativa para evitar aglomeraciones (PICE) aprobado. que ponen en riesgo a la co- La disposición es diferente munidad”, manifestó Salazar. para las instituciones del El COE Nacional en sesión sector rural que recibieron del 12 de febrero resolvió: el visto bueno del PICE. “Ya “Exhortar al Ministerio de pueden implementar el uso Educación como ente rector progresivo de las aulas a del sistema educativo que, partir de este 17 de febreen el ámbito de sus com- ro. Hasta enero teníamos petencias, suspenda toda 102 PICEs aprobados en la actividad extracurricular Zona 7, de los cuales sopresencial como las gra- lamente dos son urbanos”,
enfatizó la Coordinadora. Además, el COE resolvió que la aprobación de nuevos PICE en la zona rural serán responsabilidad de las comisiones distritales integradas por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación, en los casos de los centros de educación inicial se incluye también al Ministerio de Inclusión Social. “Con el apoyo de los padres de familia hemos instalado ocho cámaras de seguridad y mantenemos en buenas condiciones las instalaciones de la escuela, no la hemos abandonado”, manifestó Juan Martínez. Los invitados Juan Alfredo Martínez y Gladys Mora Maldonado contaron sus experiencias de trabajo durante la pandemia. “Con disciplina venceremos esta pandemia. Los animo a seguir adelante a todos los maestros”, dijo Mora.
UTPL oferta becas a estudiantes de todo el país Con cuatro categorías de becas, de las que se desprenden más de 20 tipos de financiamiento, la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) apoya a los estudiantes de todo el país para que puedan acceder a educación superior de calidad. Además, ofertan descuentos en el pago de matrícula, para todos los estudiantes de grado y maestrías a través del programa Acción Esperanza. El programa de becas está disponible para grado y maestrías en Modalidad Presencial, Distancia y en Línea, con becas en el pago de matrícula y arancel que van del 10 al 60%. Mientras que el programa Acción Esperanza, oferta descuentos por pronto pago de matrícula, ya sea en efectivo o tarjeta de crédito; y el descuento COVID-19 para todos los estudiantes, de ambas modalidades, con un 20% de descuento en pago de matrícula y 5% de descuento aranceles.
Programa de becas Están dirigidas a los estudiantes que cursarán el ciclo académico abril – agosto 2021, ya sea alumnos de nuevo ingreso como alumnos actuales (de segundo ciclo en adelante). Carlos Valdivieso, analista de becas de la UTPL, explica que los estudiantes, de grado y maestrías, pueden acceder a becas de Apoyo Económico, para quienes
no cuenten con ingresos económicos suficientes para pagar sus estudios, con becas del 20 al 60% en el pago de matrícula y arancel en grado y hasta un 25% en programas de maestrías; y becas de Excelencia, para abanderados, deportistas, representantes estudiantiles y rendimiento académico. Además, becas de Inclusión, para estudiantes con
A las 19h00 de este jueves 18 de febrero, la Casa de La Cultura Núcleo de Loja presentará “Memoria de papel”, obra ganadora del VIII Concurso Nacional de Literatura “Miguel Riofrío” y de autoría de la guayaquileña Verónica Coello Moreira. La escritora comenta que es la primera vez que participa en un concurso. “Las historias estaban fragmentadas en la cabeza durante algún tiempo. Lo que hizo la pandemia es obligarme a sentarme y organizarla”. Participó con el seudónimo Vonka. De la institución recibió un premio de USD 3000; y en este 2021 se cumple con el segundo premio, la publicación de su texto y entrega de los ejemplares correspondientes. Novela La protagonista de la novela es una mujer que se va a morir y durante este proceso inicia encuentros con varias personas de su pasado con quien tiene asuntos pendientes. La única forma de desahogar aquellos recuerdos para ella es escribir; de esta manera en el papel queda la memo-
discapacidad, indígenas y personas privadas de la libertad, con becas de hasta el 70% en el pago de matrícula y arancel; y becas Estratégicas, que se realizan por medio de convenios con empresas
ria, como una manera de liberarse. Constantemente escribe para poder olvidar. Datos La Cena, cuento publicado en el 2017 bajo la edición de Cadáver Exquisito, es otra de sus obras. Tiene un máster en Comunicación e Identidad Corporativa. Es columnista del diario El Universo (Ecuador) y de diario El Peruano (Perú). Presentación La presentación virtual del libro se realizará a través de Facebook Live desde @cceloja, en el marco de los 74 años de vida institucional de la Casa de la Cultura núcleo provincial.(I).
pública y privadas de todo el país. Para conocer las fechas de postulación ingresa a becas.utpl.edu.ec Acción Esperanza Graciela Bravo, analista financiera de la UTPL, explica que el programa Acción Esperanza, busca financiar el pago de matrícula a los estudiantes, con descuentos por pronto pago en efectivo. Para conocer más sobre los beneficios que brinda este programa puedes ingresar a utpl.edu.ec/ accionesperanza A través de todas estas acciones, la UTPL apoya a todos los estudiantes para que puedan continuar sus estudios en cualquier punto del país, y que la situación económica no sea una limitante para cumplir su sueño profesional.(I)
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Senderos de Alegría vivió La medicina festival carioca virtual alternativa: un
aliado de la salud
El Centro de Apoyo Social Municipal de Loja a través del Centro de Atención a Personas con Discapacidad “Senderos de Alegría” el pasado viernes desarrolló el evento virtual alusivo al carnaval con la participación de 89 usuarios. “La finalidad es pasar un momento alegre y no perder estas costumbres tan bonitas; es un buen momento para los usuarios y sus familias ya que aunque la situación es un poco diferente se debe continuar realizando este tipo de actividades”, resaltó Gina Reyes, coordinadora del centro. En el evento virtual participó personal que labora en el centro con cantos, bailes y juegos; además, de la par-
Desde el 2019, la Clínica Hospital Municipal “Julia Esther González Delgado” inició con el servicio de medicina alternativa con médicos coreanos; debido a la pandemia originada en el año 2020 el servicio fue suspendido, pero en la actualidad se desarrolla con normalidad. ticipación de los padres de familia con la realización
de los trajes de carnaval que utilizaron los usuarios.
Dato •
Los 89 usuarios continúan realizando sus actividades lúdicas vía virtual con cada tutora designada, y cada trabajo es evaluado dando cumplimiento a la planificación interna del centro.(I)
En la provincia impulsan proyecto “Leer en red” La Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Loja y las carreras de Lengua Castellana y Literatura, y Pedagogía de la Lengua y la Literatura de la Universidad Nacional de Loja (UNL) impulsarán la campaña provincial de lectura Loja lee, a través de la implementación del proyecto de vinculación de recursos digitales para la promoción lectora “Leer en red”. Stephanie Guaño Arias, coordinadora del proyecto por parte de la UNL, señaló que esta actividad educativa se realiza con el objetivo de fortalecer las habilidades lectoras de estudiantes de Educación Básica Superior y Bachillerato, mediante actividades que fomenten la lectura en los cantones de Loja, Catamayo Gonzanamá y Espíndola. Para la implementación de esta propuesta se ha diseñado un programa de promoción lectora denominado: recursos digitales para la promoción de la lectura “Leer en red”, en centros de enseñanza fiscal de la provincia de Loja, lo que per-
mitirá intervenir, a través de encuentros digitales de mediación lectora, a estudiantes de los colegios Beatriz Cueva de Ayora, Hernán Gallardo Moscoso, Marieta de Veintimilla, Manuel Ignacio Montero, Emiliano Ortega, AdolfoValarezo y Unidad Educativa Nambacola. Diego Naranjo, director provincial CCE Núcleo de Loja, informó que 31 estudiantes de las carreras mencionadas participarán como ejecutores del proyecto, lo que permitirá beneficiar a alrededor de 300 estudiantes de las instituciones educativas. Los ejes de trabajo son la ampliación del acceso a material de lectura gratuito a través de la adaptación a
formatos digitales de textos literarios y no literarios; la difusión de recursos digitales para la mediación lectora a través de redes sociales y la experiencia lectora lúdica que se desarrollará en los encuentros digitales. Los talleres iniciaron el 17 de febrero en la Unidad Educativa Manuel Ignacio Monteros. Los recursos creados estarán disponibles en la red social Facebook, a través de la página Promoción Lectora Loja (@ Leerenred) Entre los temas a abordar están: lectura como actividad cotidiana, el terror es divertido, mujeres escritoras, leemos comic y otras imágenes, textos no literarios y la poesía nos mueve. (I)
Atención “En cada sesión se tratan diferentes dolencias como: dolor de cabeza, artritis, trombosis, dolor de huesos y luego de recibir esta atención los pacientes han sentido una mejoría total y definitiva incluso en el tercer día” manifiesta Sam Song, coordinador de la delegación de médicos coreanos. Con los debidos protocolos de bioseguridad atienden en el área de acupuntura dos especialistas de lunes a viernes de 08h00 a 16h30 ininterrumpidamente y los días sábados de 08h00 a 12h00. El coordinador médico de
esta casa de salud, César Romero, indica que esta es una “terapia alternativa que ayuda al tratamiento de diabetes, hipertensión, problemas nerviosos, estrés, ansiedad, problemas emocionales, gastritis y muchas dolencias más; puede tratarse incluso a niños y adultos mayores con patologías crónicas que son quienes más se benefician”. Los pacientes que deseen pueden llevar su propia indumentaria (sábana o toalla) para recibir este servicio. Turnos Los pacientes toman su turno y según el número asignado acceden a la atención médica que dura alrededor de 30 minutos con un costo de USD 6.
Dato Teléfono para reservar citas: 072 585515
Consultas especializadas por el Día Internacional del Cáncer Infantil
Del 18 al 26 de febrero, consultas médicas especializadas en oncopediatría y pediatría general se atenderán en Solca Loja. La tarifa es social especial de USD 3, dentro de la campa-
ña Semana contra el Cáncer Infantil. Para la toma de turnos, los interesados deberán acercarse a la institución en las ventanillas (caja) o llamar a los teléfono disponibles: (07)2614314 – (07)2613752 extensión 0 y 2054.
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MAG presenta el programa “Buen líder rural, de dirigente a gerente” El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) presenta el programa “Buen líder rural, de dirigente a gerente”, con el objetivo de desarrollar capacidades y competencias de liderazgo agro empresarial de los líderes rurales. Con este programa, el MAG busca darle a las organizaciones las capacidades para que puedan tener una mejor gobernanza y lograr que sean administradas con más eficiencia. También pretende que las organizaciones cuenten con las herramientas para convertirse en grandes negocios agrícolas, que hacen mejor gestión de venta de sus productos y reinvierten sus utilidades en mejorar su producción y darle valor agregado. Esto se logrará a través de formar los líderes con una visión empresarial, que lleven adelante esta vi-
sión de hacer de la agricultura asociativa cada vez un mejor negocio. El programa iniciará el próximo 08 de marzo y finalizará el 24 de abril, incluyendo un taller práctico. Está dirigido a las 670 asociaciones, legalmente conformadas, regularizadas y en actividad productiva, de las que el MAG ha realizado el Diagnóstico Integral Organizativo (DIO), así como a las que cumplan con el perfil y potencial para adquirir las capacidades y poner en práctica las habilidades innatas de líder, los fundamentos, estímulos y conocimientos gerenciales y empresariales, sumado a la identificación cultural y la sensibilización de los recursos naturales disponibles y su valor. “Buen Líder Rural, de Dirigente a Gerente” contempla capacitaciones a través
de la plataforma SEAL del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en seis módulos, de una semana cada uno, relacionados con: el liderazgo y la empresa ante una nueva era social, económica, tecnológica y ambiental; liderazgo y dirección de empresa; gestión de personas, ética y diversidad en las organizaciones; liderazgo inclusi-
vo; desarrollo de destrezas administrativas; y diseño y desarrollo de un proyecto agroempresarial. En este último caso, el mejor proyecto será presentado a alguna organización no gubernamental o institución para que pueda ser considerado para algún financiamiento, teniendo el apoyo del MAG. Se trabajará en conjunto
con la cooperación de algunas organizaciones no gubernamentales, la academia y otras entidades, como el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca; BanEcuador; el Servicio de Rentas Internas; Asociación de Empresas Cooperativas NCBA CLUSA; Universidad Católica, MAG. El programa, que tiene el apoyo de la Fundación Idea Dignidad y de PROAmazonia, lo ejecuta la Dirección de Fortalecimiento Asociativo Agropecuario, de la Subsecretaría de Redes de Innovación Agropecuaria del MAG. Los interesados en participar pueden inscribirse en la Escuela Virtual de Líder Rural (De Dirigente a Gerente) LiderazgoEmpresa – Educación financiera – Comportamiento Organizacional, al link: https://forms.gle/ Y2hZaCpqtdsmSbUk8
Accidente de Doménica Solano sigue brillando en competencias tránsito en la norteamericanas vía Zamora-Loja
Han pasado alrededor de cinco meses que, la nadadora lojana Doménica Solano viajó a Estados Unidos para seguir con sus estudios de tercer nivel en la Sioux Falls University y donde además continúa con sus entrenamientos deportivos. Del 10 al 13 de febrero, Doménica junto a sus compañeras de equipo, participaron del NSIC Championship, evento regional oficial en el que hacía su debut en piscinas norteamericanas y en el cual obtuvo cinco preseas en distintas modalidades. Solano alcanzó tres preseas de Plata en 100 metros mariposa, así como en los 4x50 combinados y 4x200 libre; además de bronce en los 100 metros
espalda y 4x100 combinado. De esta forma, “Dome” espera en futuras competencias seguir alcanzando más triunfos para su ins-
titución a la que ahora representa, estando pendiente de posibles llamados a la selección nacional para eventos internacionales de la temporada 2021.(D)
En horas de la tarde de este miércoles 17 de febrero se produjo un accidente de tránsito en la via Loja - Zamora, entre un trailer y una
volqueta. Se desconocen las causas del siniestro, sin embargo hubo cuantiosos daños materiales.
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Notable participación de Con un conversatorio se firma del Acta de patinadoras lojanas en Colombia recordó Independencia de Loja El pasado domingo 14 de febrero finalizó el Campeonato Panamericano de Naciones, donde tres patinadoras lojanas fueron parte de la selección nacional que representó a Loja en Ibagué – Colombia.
Un 17 de febrero de 1822 se inscribió el Acta de Independencia de Loja, fecha que fue motivo de recordación por parte del Municipio, que a través del Archivo Histórico y los miembros del Capítulo Loja de la Academia Nacional de Historia se hizo reflexiones sobre los elementos que componen este documento que reposa en el Salón del Cabildo.
María Loreto Arias, Fernanda Moncada y Danelly Veintimilla fueron parte de este certamen que contó con la presencia de quince países de la región, siendo lo más destacado la obtención de las preseas de bronce de Arias. Loreto obtuvo la tercera ubicación en las pruebas de 500 metros más distancia (tiempo 45,29), 1000 metros Sprint (tiempo 1.37,83) y en la vuelta al circuito (tiempo 35,98), además del cuarto lugar en dos ocasiones en las modalidades de 200 metros meta contra meta y 100 metros carriles. Por su parte, Danelly Veintimilla, obtuvo su mejor posición en la final de la vuelta
al circuito, donde compartió dicha instancia con Arias, además fue onceava en los 500 metros más distancia, décimo tercera en los 1000 metros Sprint, décimo cuarta en los 200 metros meta contra meta y décimo sexta en los 100 metros carriles. Entretanto, Fernanda Moncada participó en las pruebas de 10000 metros eliminación ubicándose en el sexto lugar, así como en los 10000 metros puntos más eliminación donde se posicionó séptima y doceava en los 15000 metros eliminación.
Cabe señalar, que con los resultados logrados, Ma. Loreto Arias es la primera lojana en confirmar su participación en los I Juegos Panamericanos de la Juventud, a realizarse en septiembre en Cali – Colombia. La lojana que hoy por hoy es parte del club halcones de Quito continuará su preparación en Guayaquil, ciudad en la que actualmente radica desde 2019, mientras que Danelly Veintimilla y Fernanda Moncada, seguirán al mando del entrenador de FedeLoja, Marcelo Plasencia.(I)
El acta de independencia es el escrito más importante que tiene el Municipio de Loja porque “revela los sueños y desvelos de una ciudad que buscaba su propio espacio dentro de la identidad de una región denominada Gran Colombia”, expresó José Carlos Arias, jefe del Archivo Histórico. Los historiadores Galo Ramón, Félix Paladines, Franklin Sánchez, María Elena Cevallos, Gabriel Gómez, Numa Maldonado y Susana Álvarez investigaron particularidades del acta que las dieron a conocer a través de un ameno conversatorio al que asistieron autoridades de la ciudad y provincia.
Galo Ramón, historiador lojano, indicó que fueron varios los motivos para que tardaran 455 días en firmar el Acta de Independencia, teniendo en cuenta que el grito libertario se dio el 18 de noviembre de 1820 y el acta se firmó el 17 de febrero de 1822. Entre las causas que señala es que la iglesia cambió su posición y decidió apoyar la independencia porque si no se quedaba fuera del proceso. Para Félix Paladines la firma de este documento es la partida de nacimiento de Loja porque marca la conclusión de 300 años de colonia. La mayoría de los historiadores coincidieron en que investigar fuentes primarias fortalece la identidad y “posibilita la construcción de un nuevo marco de la lojanidad con el impulso al progreso”, destacó María Elena Cevallos. Todos los historiadores tomaron como base de sus investigaciones las fuentes primarias como un desafío de investigar, conservar y difundir el patrimonio.
COVID-19 Casos confirmados por cantón CASOS
9.619 880 8.454 285 Positivos
Activos
Recuperados
Fecha de corte: Miércoles 17 de febrero de 2021 Fuente: Ministerio de Salud Pública
SARAGURO
Fallecidos
293
MUESTRAS
26.913 16.728 566 Tomadas
Negativas
27
En espera
AISLAMIENTOS
1.877 2.945
Personas en CERCO Epidemiológico
Personas en A.P.O.
7.216
CHAGUARPAMBA
114
843
102
PINDAL
Edad
Contagiados
0-11 meses
22
1-4 años
56
5 - 9 años
91
10 -14 años
209
15 - 19 años
342
20 - 49 años
5.939
50 - 64 años
1.686
más de 65 años
1.274
OLMEDO
PUYANGO
Personas en aislamiento domiciliario
Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades
10
386
ZAPOTILLO
GONZANAMA
SOZORANGA
606 48 MACARA
274
33
107 CELICA
107
PALTAS
CATAMAYO
221 CALVAS
7
QUILANGA
68 PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO
4.955 Hombres
4.664 Mujeres
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Tres eventos suspendidos como resultados del feriado de carnaval Zamora Ch. Así lo informó Mayra Chalco, comisaria Nacional de Policía del cantón Zamora, mediante rueda de prensa junto a Alex Vargas, comandante (e) de la Subzona de Policía de la provincia como resultados de los operativos ejecutadas del 08 al 16 de febrero de 2021 y por el feriado de carnaval. La Comisaria de policía explicó que se suspendieron tres eventos (motocross, interjorgas y fiesta privada) en Cantzama, parroquia Guadalupe y Quebrada de Cumbaratza, de Zamora, y en las Playas de Zumbi, cantón Centinela del Cóndor, en donde se encontraban aglomeradas alrededor de 300, 150 y 30 personas respectivamente.
Asimismo, se clausuró una tienda de abarrotes en San Carlos de las Minas por permitir el consumo de bebidas alcohólicas en la parte adyacente del local y hacer mal uso del Permiso Anual de Funcionamiento
PAF. En Yantzaza se colocó el sello de clausura a un bar por incumplir el horario de funcionamiento y por no contar con el PAF, se emitieron cinco citaciones a establecimientos para inicio de Acto Administrativo
Sancionador y un local suspendido por incumplir las medidas de bioseguridad. Por su parte, Alex Vargas, jefe (e) de la Subzona de Policía de Zamora Chinchipe, detalló que se registraron 16 personas detenidas: seis
por delitos, tres por violencia intrafamiliar, tres por boletas de auxilio y cuatro por conducir en estado de embriaguez; nueve automotores retenidos, un vehículo recuperado que se encontraba con denuncia de robo; dos armas de fuego incautadas; 20 citaciones entregadas y 930 galones de combustible decomisado. “Los 3500 operativos se efectuaron con el fin de brindar seguridad durante el feriado en cada uno de los cantones de la provincia, de igual forma en el transcurso de la semana se han atendido 226 llamadas de auxilio al ECU-911. Se desplegó personal policial para controlar los balnearios y vías para evitar cualquier novedad”, finalizó Vargas.(I)
Deportistas zamoranos reciben Eerssa entrega obras eléctricas en Yantzaza implementación deportiva
Zamora Ch. La Empresa Eléctrica Regional del Sur (Eerssa) entregó este 12 de febrero de 2021, el proyecto de ampliación de la red de electrificación en el barrio La Florida Alto, cantón Yantzaza, provincia de Zamora Chinchipe, con una inversión de USD 50 mil. En el acto de entrega participaron el Presidente Ejecutivo de la Eerssa Freddy Bastidas, la presidenta del Gobierno Parroquial Ana Saca, autoridades locales y beneficiarios del sector. La obra consistió en la instalación de más de ocho kilómetros de red de medio voltaje y seis kilómetros de red de bajo voltaje, nueve transformadores, 19 postes de hormigón armado y 17
nuevos servicios, los mismos que se colocaron en este sector para garantizar un servicio eléctrico de calidad. Freddy Bastidas, Presidente Ejecutivo de la EERSSA, señaló que la obra se ejecutó para brindar el servicio de energía en el sector rural y contribuir a mejorar el estilo de vida de los moradores de la zona. De esta forma la entidad asegura continuidad y calidad del servicio de energía en el sector. La autoridad destacó además, que hasta el momento se han intervenido USD 200 mil en proyectos de construcción de redes de distribución eléctrica en sectores de la provincia de Zamora Chinchipe como: El Triunfo, Miassi, Miraflores, Nuevo Macará, Los Geranios, entre otros. (I)
Zamora Ch. Este miércoles en las instalaciones del Coliseo de Deportes Ciudad de Zamora, Federación Deportiva Provincial de Zamora Chinchipe luego de las gestiones realizadas ante la Secretaría del Deporte, entregó implementación deportiva a entrenadores y deportistas para este período 2021. FedeZamora para la adquisición de la implementación deportiva realizó modificaciones al Plan Operativo Anual (POA), el cual fue aprobado por la Secretaría del Deporte, siendo una inversión de 13.363 dólares que beneficiará a las 12 disciplinas que mantiene el organismo deportivo (ajedrez, atletismo, baloncesto, boxeo, ciclismo, fútbol, gimnasia, pesas, lucha, natación, taekwondo y tenis de mesa). “Hemos entregado la implementación a todas las disciplinas deportivas, con el objetivo de motivar sus entrenamientos. El año pasado por la pandemia no se utilizaron recursos y en
este caso los hemos ocupado para adquirir estos implementos que les viene muy bien a cada deporte”, manifestó Samuel Marines, presidente de FedeZamora. Además, Marines acotó que la implementación consta de tableros, relojes, mancuernas, balones, pelotas medicinales, repuestos para ciclismo, pesas, entre otros. “Sabemos que nuestros de-
portistas le darán un buen uso a esta implementación deportiva, felicitamos la gestión realizada por FedeZamora y desde luego manifestar que siempre las puertas de nuestra institución están abiertas para coordinar acciones que beneficien al deporte”, destacó Katty Ruilova, coordinadora Zonal 7 de la Secretaría del Deporte. (D)
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“Ni sueñen que vamos a apoyar a Guillermo Lasso”, dijo Yaku “Ni sueñen que vamos a apoyar a la delincuencia organizada de Lasso, ni sueñen que para evitar que venga (Rafael) Correa al Ecuador tengamos que apoyar al feriado bancario y a la corrupción del señor Guillermo Lasso... somos los únicos que podemos ganar”, dijo el candidato presidencial del movimiento Pachakutik, Yaku Pérez. En una rueda de prensa con los dirigentes indígenas, en la que el candidato presidencial fue antecedido en la palabra por Marlon Santi, coordinador de Pachakutik, dijo que no van a aceptar cada año un fraude y si el pedido de reconteo de votos no es aceptado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) sus bases se van a movilizar. No nos vengan a buscar ‘le-
guleyadas’. Más que por la fuerza nos dominan con el engaño, como decía Simón Bolívar. No nos van a hacer fraude, reiteró. El candidato Yaku Pérez Guartambel mencionó que sin la movilización social es difícil que se acepte la razón y la voluntad del
pueblo, por eso están en movilización la Conaie, Pachakutik y la Ecuarunari. “No vamos a renunciar a la resistencia legal y social jamás”, dijo Pérez, quien agregó que tienen la legitimidad de “tener la verdad”. Acusó al CNE de estar en complicidad con la corrup-
Vacuna de Pfizer contra el coronavirus llegaron este miércoles El Gobierno anunció la tarde de este miércoles 17 de febrero de la llegada de 16.380 dosis de vacunas para combatir el coronavirus. El arribo se dio a Quito a las 13h26, en un avión de la compañía Latam, que fueron embarcadas desde Bélgica. Según la secretaría de Comunicación, el arribo fue de conformidad con el cronograma presentado al Ecuador por parte del laboratorio de Pfizer. Con la segunda remesa de vacunas, señaló el Gobierno, se completará el 100% de la vacunación (primera y segunda dosis) dentro del denominado plan piloto a 6.228 personas de 99 hospitales que combaten la pandemia tanto públicos y privados y adultos mayores
•• A Quito llegó un nuevo embarque de vacunas contra el coronavirus. Foto: Cortesía
de 18 centros gerontológicos públicos y privados y a quienes los cuidan. El pasado 20 de enero habían llegado al país 8.190 dosis de esa casa fabricante y su socio Biontech. Con ello se inició el plan de vacunación que ha sido criticado por personas e instituciones locales. Para esa llegada hubo un
amplio despliegue gubernamental que incluyó la presencia de los medios de comunicación e intervenciones de autoridades pero en esta ocasión hubo silencio oficial que solo hizo pública la llegada de las nuevas dosis dos horas después. La nueva remesa se distribuirá en 15 provincias del país.(I)
ción e intentan sabotear para que el pueblo conozca la verdad de “engaño y fraude”. Yaku anunciará nuevas acciones tras negativa al recuento de votos El candidato a la presidencia por el movimiento Pachakutik, Yaku Pérez, se pronunció
la noche del martes tras la negativa del Consejo Nacional Electoral al recuento de votos y aseguró que tiene “otras herramientas”. “No nos van a derrotar, la resistencia continúa. Hoy tomaron (martes de noche) una decisión que queda en el limbo”, afirmó Pérez ante varios de sus simpatizantes antes de dar un anuncio. “Daremos a conocer (este miércoles) nuestras siguientes acciones jurídicas, nuestras herramientas legales. Tenemos muchas estrategias”, agregó. También aprovechó para agradecer todo el apoyo recibido por sus seguidores. “Gracias por todo ese cariño, todo este esfuerzo siempre tendrá una recompensa. La pachamamita sabrá darnos más fuerza, más energía para seguir en esta travesía”, finalizó.(I)
Guayaquil: 15 pacientes mueren al día por COVID-19 Médicos de la mesa técnica de Salud del Municipio de Guayaquil se concentraron en los exteriores del Hospital Bicentenario para exponer la situación sanitaria que a traviesa la ciudad por el COVID-19, pues en promedio, unos 15 pacientes mueren al día en Guayaquil, por esta enfermedad.
•• Guayaquil es una de las ciudades más golpeadas por COVID-19 en el país.
Para los médicos, la indisciplina ciudadana de estos días saturará los hospitales. Las estadísticas de los hospitales del Seguro Social reflejan la poca disponibilidad de camas para pacientes con COVID-19 en las unidades de Cuidados Intensivos. Ni en el Teodoro Maldonado Carbo, ni en el Hospital de Milagro hay espacios disponibles, solo hay dos camas en el hospital IESS de Los Ceibos.
Como también lo confirma su gerente general María José Agusto quien detalle el número de fallecidos a diario por COVID-19 en esa casa de Salud. En las clínicas privadas de Guayaquil, de las 74 camas destinadas para pacientes con COVID-19, solo hay dos disponibles. Incluso hay hospitales como el Luis Vernaza, de la Junta de Beneficiencia de Guayaquil, donde la ocupación es del 100 por ciento.(I)
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Dice Diana Atamaint
En 4 días se proclamarán resultados oficiales La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, aseguró que en 4 días proclamarían resultados oficiales de las elecciones presidenciales realizadas el pasado 7 de febrero en el país. Atamaint afirmó que solo están a la espera por dos circunscripciones del exterior que pidieron ampliación del plazo por 3 o 4 días más. “Debemos esperar la llegada de los paquetes electorales del exterior, estos deben ser recontados de aquellas actas que vienen con novedades. Una vez que esto se conozca en el pleno, cerraremos el conteo de votos total para poder proclamar resultados y esperemos que esto se dé en máximo 4 días más”. afirmó en entrevista con Fernando Rincón para CNN. Además, ella enfatizó en que aunque no haya recuento, va a haber un ganador del segundo lugar. “El segundo lugar está siendo definido por el conteo oficial del CNE, el diálogo que se mantuvo entre los
•• Atamaint habló en entrevista con Fernando Rincón para la cadena CNN. Foto: API
dos candidatos fue en función de dar paso al pedido de reconteo voto a voto por garantizar la transparencia. Pero los resultados oficiales que el CNE está procesando esos son los que cuentan y los que deberán ser proclamados”, explicó. “A no ser que se dé paso a este conteo voto a voto y si se da el caso podría darse una reversión de resultados. Pero estamos convencidos de que lo que ha hecho el CNE ha sido respetar el voto de los ecuatorianos
en las urnas. Por dar muestras de transparencia se propició que los dos candidatos dialoguen, lleguen a un acuerdo para nosotros dar paso al voto a voto”, agregó. La presidenta del CNE cree que el resultado, con Guillermo Lasso en segunda vuelta, no va a variar, pero aclaró que dieron paso a la posibilidad del recuento de votos justamente para que no hayan dudas de los resultados electorales. “Nosotros consideramos que no se puede revertir el resultado, pero por eso nosotros queremos transparentar y mi posición es abrir las urnas, demostrar al país que su voto ha sido respetado”, aseguró. También recordó que aunque se proclamen resultados, aún hay otras vías para poner sus reclamos. “Una vez que se proclamen los resultados los candidatos y organizaciones políticas tienen la posibilidad de impugnar los resultados ante el CNE e incluso las apelaciones ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE)”, finalizó.(I)
Más de 5 mil aglomeraciones durante el carnaval La indisciplina ciudadana marcó el feriado de Carnaval, en algunas ciudades la población incumplió las normas de bioseguridad, como el uso de la mascarilla y la falta de distanciamiento social. La situación más crítica se generó en los balnearios de Salinas y Montañita, en la provincia de Santa Elena, imágenes que se viralizaron en redes sociales evidenciaron aglomeraciones y el consumo de licor en la vía pública. Lo mismo ocurrió en Guayaquil, donde las autoridades recibieron denuncias de fiestas clandestinas y también aglomeraciones en sectores del sur de la ciudad. Según cifras del ECU-911
•• El cantón de Salinas fue una de las ciudades de mayor índice de aglomeraciones.
durante estos días de feriado a escala nacional se registraron: • 5082 aglomeraciones • 9122 alertas de consumo
de licor en la vía pública • 1398 fiestas clandestinas • 7696 escándalos A las autoridades les sorprende que pese a la pandemia, durante este feriado se registró un incremento de alerta de emergencias -en comparación al año anterior-. Las autoridades advierten que el incumplimiento de las medidas de bioseguridad causará graves consecuencias en el sistema sanitario. El director del ECU911 resalta el trabajo de algunos municipios como Ambato y Guaranda, asimismo el cumplimiento de los controles de aforo en las playas de Manabí. Todo esto, adelantan varios expertos se podrá conocer el impacto del COVID-19 en alrededor 14-15 días.(I)
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Yaku presentará recurso para impedir el final del escrutinio El candidato Yaku Pérez reaccionó ayer ante la decisión del Consejo Nacional Electoral de no aprobar su pedido de recuento de votos y reveló su siguiente estrategia. El presidenciable por Pachakutik anunció, mediante una rueda de prensa, que presentará en el CNE un recurso para impedir que concluyan los escrutinios de las elecciones realizadas el pasado 7 de febrero. De esta manera, busca dar más tiempo al organismo para que resuelvan y viabilicen el acuerdo alcanzado el viernes pasado sobre el recuento voto a voto al 10% en Guayas y 50% en otras 16 provincias. Además, aclaró que no apoyará la candidatura de Guillermo Lasso en una posible segunda vuelta contra Andrés Arauz.
•• El presidenciable dio una rueda de prensa este miércoles.
“Ni sueñen que les vamos a apoyar a la delincuencia organizada de Lasso, ni sueñen que para que no regrese Correa al Ecuador tengamos que apoyar al feriado bancario y a la corrupción del señor Lasso”, afirmó.(I)
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Luis Chocho, entrenador de Quito: 4 fallecidos marcha, fallece de COVID-19 y 14 heridos durante carnaval El entrenador de marcha Luis Chocho falleció a los 64 años por COVID-19. Así lo confirmó su hijo, el marchista Andrés Chocho. “Buenas noches amigos. Lamento comunicar el fallecimiento de mi querido padre. Gracias a todos por sus oraciones”, escribió Andrés en su cuenta de Facebook. Chocho es conocido por trabajar con Jefferson Pérez, Claudio Villanueva, Paola Pérez, con su hijo Andrés, entre otros marchistas. Se dedicó 46 años al entrenamiento de marchistas y por eso fue reconocido internacionalmente. En 2019 recibió la Orden al
Mérito del Atletismo Sudamericano, Maestro del Deporte por parte de la Confederación Sudamericana de Atletismo. Andrea Sotomayor, secretaria del Deporte, lamentó el deceso de Luis Chocho y aseguró que deja un gran vació en este deporte. Lamento profundamente la muerte del gran formador de la marcha ecuatoriana, Luis Chocho. Su contribución al atletismo ecuatoriano estuvo siempre acompañada de la estima y cariño de sus atletas. Uno de los entrenadores más destacados del país. Deja un gran vacío en este deporte. (I)
•• Él era también el padre del marchista Andrés Chocho.
CNE no aprueba informe para recuento de votos El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador “ni aprobó ni rechazó” este martes un nuevo recuento de votos de las elecciones del 7 de febrero en el país, propuesta que se desprendía de un pacto entre los dos candidatos que rivalizan por el segundo puesto y, con ello, el pase al balotaje de abril. El resultado de la votación llevada a cabo terminó con dos votos a favor, uno en contra, una abstención y la ausencia de uno de los consejeros, insuficiente
•• El consejero Luis Verdesoto abandonó la sesión del pleno.
para pasar el informe técnico jurídico que avalaba el recuento parcial en 16 provincias del país y del 100% en la de Guayas. La votación tuvo lugar después de casi dos horas de sesión en las que se leyó un informe del director nacional de Asesoría Jurídica del CNE, Enrique Vaca, que avalaba el
pacto al que llegaron el viernes los candidatos Guillermo Lasso y Yaku Pérez. Los consejeros votaron de la siguiente manera: Esthela Acero y la presidenta Diana Atamaint a favor, José Cabrera en contra, Enrique Pita se abstuvo y Luis Verdesoto abandonó la sala antes de la votación.(I)
Detienen a presunto formolizador de Lisbeth Baquerizo La Fiscalía del Guayas informó este miércoles 17 de febrero sobre la detención de Richard A., por ser el presunto formolizador que habría intervenido luego del femicidio de Lisbeth Baquerizo, asesinada el pasado 21 de diciembre del 2020. “Fiscalía y la Policía del Ecuador detuvieron hoy a Richard A. G. (formolizador), quien presuntamente
habría intervenido tras el femicidio de Lisbeth Baquerizo”, informó por medio de su cuenta Twitter la Fiscalía. El crimen de la joven de 30 años se registró en una casa en la urbanización Puerto Azul, en vía a la Costa. Richard A., Luis H., esposo de Lisbeth, y Ronald P., conductor, fueron vinculados por la Fiscalía en el asesinato. Cabe recordar que los dos últimos citados, se les dictó
prisión preventiva y se solicitó la localización de los sospechosos. Según los familiares de la asesinada, Luis H. fue el responsable del femicidio y luego de la manipulación de la escena. Tras las primeras investigaciones, Lisbeth fue asesinada a golpes con un objeto contuso cortante en su cráneo, y que luego fueron selladas con pegamento.(I)
Se reportaron 54 incidentes en Quito durante este feriado, así lo informó el COE Metropolitano que además señaló que 4 personas fallecieron y 14 resultaron heridos por diferentes causas. Los operativos de control se desplegaron en las 9 administraciones zonales que incluyeron parques y lugares donde se registra
mayor concentración de personas. Por su parte, la agencia metropolitana de control dio a conocer que 64 personas fueron sancionadas por no utilizar mascarilla y se intervinieron varias fiestas clandestinas. Las autoridades hicieron un llamado a la ciudadanía, a respetar las medidas de bioseguridad y piden una mayor corresponsabilidad.(I)
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Más de 15 mil muertos por COVID-19 en Ecuador Ecuador sumó este miércoles 146 nuevos casos de COVID-19, con lo que acumuló 268.219 contagios positivos de la enfermedad durante la pandemia, mientras que los decesos ascienden a 15.394, según informó el Ministerio de Salud Pública. El último boletín oficial precisa que en las últimas 24 horas se produjeron dos muertes, con lo que la cifra acumulada se elevó a
10.671 decesos confirmados, lo que sumado a los 4.723 fallecidos probables con la enfermedad, totaliza las 15.394 defunciones. En las 24 provincias del país, el ministerio indicó que Pichincha, es la provincia más afectada con 94.043 positivos, seguida de Guayas con 33.860 casos. Les suceden por número de casos las provincias de Manabí con 18.990, Azuay con 16.785, Tungurahua con 9.740, Loja con 9.684, Imbabura con 8.191, Coto-
paxi con 7.657, Santo Domingo de los Tsáchilas se mantiene con 7.162 y Los Ríos con 6.683, entre las más afectadas. En cuanto a la situación en los cantones Quito es la ciudad con mayor incidencia de contagios, con 86.837 casos, seguida de Guayaquil con 23.256, Cuenca (13.338), Loja (7.172), Ambato (6.685), Portoviejo (6.528), Machala (6.268), Santo Domingo (6.165) e Ibarra (4.151).(I)
•• Personal sanitario y familiares de pacientes esperan afuera del hospital Iess del Sur, en Quito. EFE
¿Qué hacer si tienes una persona con COVID-19 en la casa? BBC Mundo Todos los enfermos de COVID-19 deben mantenerse aislados para evitar propagar el coronavirus. Esta es la recomendación generalizada para todos los infectados con SARS-CoV-2 que no han desarrollado un cuadro grave de la enfermedad. Idealmente, el enfermo dispondría de un espacio suficientemente grande como para pasar allí entre 10 y 14 días, o el tiempo que se requiera dependiendo de la evolución de los síntomas (si tienes fiebre alta, te sientes acalorado o con escalofríos, estás resfriado o tienes náuseas o diarrea, el período de aislamiento puede ser más largo, según el Servicio Nacional de Salud Británico). Pero la realidad es que la gran mayoría vive en espacios compartidos sin acceso, por ejemplo, a un baño propio. Te explicamos de forma sucinta en cuatro gráficos cómo hacer si hay una persona aislada con COVID-19 dentro de tu casa. La habitación del enfermo La puerta del cuarto donde duerme el enfermo debe mantenerse cerrada. Es importante abrir la ventana para dejar que circule el aire. Sus comidas debe hacerlas allí dentro, y toda la basura que genere (pañuelos descartables, mascarillas, etc.) debe tirarla a un bote con una bolsa plástica y cerrarla. Si no es posible mante-
•• Lo ideal es quedarse aislado en un espacio que no se comparta con nadie.
ner al enfermo dentro de una habitación separada y debe compartir el cuarto con otra persona, coloca las camas al menos a dos metros de distancia, y si puedes, una barrera física alrededor de la cama del enfermo como una cortina de baño, un cartón grande, etc. Si solo tienes una cama, se debe dormir de modo que la posición de la cabeza de uno esté al altura de los pies del otro. Distancia de los demás Idealmente no debemos entrar a la habitación del enfermo y si lo hacemos en caso de ser absolutamente necesario, ambos deben usar mascarilla, y la persona que ingresa debe utilizar guantes desechables para manipular las cosas del enfermo. Las comidas y todos los otros implementos que necesite hay que dejárselos en la puerta para que los recoja una vez que nos hayamos alejado.
El baño Lo ideal es no compartir el baño con el enfermo. En caso de no ser posible, lo mejor es que la persona infectada utilice el baño compartido una vez que lo han hecho los demás y que luego limpie con guantes todas las superficies que ha tocado. Si necesitamos usar el baño después de que lo ha utilizado la persona infectada, lo mejor es dejar pasar el máximo de tiempo posible. El enfermo debe utilizar su propia toalla. Si la persona con COVID-19 tiene su propio baño pero no está en condiciones de limpiarlo, podemos hacerlo usando una mascarilla y guantes descartables, pero solo en caso de ser absolutamente necesario. Los objetos que toca la persona infectada Es importante no compartir objetos con el enfermo. Por eso, debemos separar platos, cubiertos, vasos etc. para su uso exclusivo.
Una vez que los usa debemos lavarlos con detergente y agua caliente usando guantes descartables. Después de hacerlo debemos lavarnos meticulosamente las manos con jabón por al menos 20 segundos. En cuanto a su ropa o sábanas sucias, debemos
manipularlas con guantes y nunca sacudirlas. Se pueden lavar en agua caliente junto a la ropa del resto de los integrantes de la casa, y debe secarse con secarropas a temperatura caliente, si se puede. Al terminar, lávate siempre las manos.(I)
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Fijan en USD 14,60 el precio del quintal de maíz para el 2021 El precio oficial del quintal de maíz para el 2021 será de USD 14,60. El valor es el mismo que estuvo vigente durante el 2020. El ministro de Agricultura y Ganadería (MAG), Xavier Lazo, firmó el Acuerdo Ministerial 017, el pasado 5 de febrero del 2021. En el documento, de dos artículos, se fija el precio mínimo de sustentación (PMS) que se debe cancelar al productor en bodega. Los USD 14,60 se
Judiciales REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO.- Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto Amilcar Pardo Lima, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: OLIVIA MARIELA ROMERO CALVA y PORFIRIO SOLANO SARANGO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. JUICIO NRO. 11335-2020-00126 TRAMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZA: Dra. Lethy Krupskaya Paccha Soto. Calvas, martes 9 de junio del 2020, las 09h20, VISTOS.- Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Jueza la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Calvas, Provincia de Loja, de conformidad a lo que dispone el Art. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial en relación al Registro Oficial Nro. 748. Suplemento de fecha 5 de mayo del 2016. Por el cual se creó la Unidad Multicompetente en este cantón. Llámese a intervenir a la Abogada Nadegda Muñoz, en calidad de secretaria encargada del despacho. En lo principal por cuanto la solicitud de inventario de los bienes del causante Amilcar Pardo Lima, cumple con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la acepta al procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem. En consecuencia se dispone la citación a los herederos desconocidos y más personas que puedan tener interés en el asunto, debiéndoselos citar por medio de tres publicaciones en fechas distintas conforme al Art. 58 y 56.1 de la antes mencionada norma legal.- Cítese a los señores ANGEL URBANO PARDO PARDO; COSME ALEJANDRO PARDO PARDO; MILTON EFREN PARDO PARDO; FRANCISCO PORFIRIO PARDO PARDO; MERCY BEATRIZ PARDO PARDO; CARLOS RAUL PARDO y ORFA MARIA PARDO LIMA, en la dirección proporcionada por la parte actora, para el efecto se depreca al uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Catamayo, a quien se enviará despacho suficiente mediante la herramienta digital de deprecatorio electrónico, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.Cítese a los señores LUZ ELVIA PARDO y FRANKLIN PATRICIO PARDO PARDO, en la dirección proporcionada por la parte actora, de igual forma notifíquese al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, para el efecto se depreca al uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón y provincia de Loja, a quien se enviará despacho suficiente mediante la herramienta digital de deprecatorio electrónico, ofreciendo reciprocidad en asuntos similares.Cítese al señor AMABLE VICENTE PARDO, en la dirección indicada en el libelo de la demanda, y además notifíquese a los
aplican para el quintal de 45,36 kilogramos de grano amarillo duro con 13% de humedad y 1% de impurezas. El titular de la Cartera de Agricultura fijó el nuevo precio luego de que no se lograra un acuerdo en la reunión del Consejo Consultivo de la Cadena Agroalimentaria del Maíz Amarillo, Balanceados y Producción de Proteína Animal, la cual fue realizada el 28 de diciembre del 2020. En el Acuerdo 017 se señala que el valor se fijó después señores Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, al efecto con base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación”; en tal virtud, se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a propósito de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad. Una vez realizadas las citaciones ordenadas y cumplidos los plazos legales, se procederá a realizar el inventario y avalúo con la intervención de perito designado por sorteo; inventario que se pondrá en conocimiento de las partes y se convocará a la audiencia respectiva para resolver lo que corresponda conforme a lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- Confiérase al interesado el extracto a publicarse por la prensa.- PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda para que sea presentada legalmente en el día de la audiencia, así como la prueba igualmente anunciada.- CÍTESE, NOTIFIQUESE Cariamanga, 19 de junio del 2020. Ab. Nadegda Muñoz Montero. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS P/F4837 R del E CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN CHAGUARPAMBA CITACIÓN JUDICIAL AB. DEF. DR. GONZALO GERMAN LAVANDA GONZÁLEZ Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales, cito: A los herederos, desconocidos y presuntos herederos del fallecido MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, en la forma que determina el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y/o desconocidos del causante; MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: $ 19.77, 31. JUICIO: 11337-2021-00007 JUEZ: DR. HUMBERTO OSWALDO SARITAMA NAULA. VISTOS: Continuando con la sustanciación de la presente causa, previa notificación de las partes; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 130, Núm. 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio, se deja sin efecto, el auto de fecha
de un análisis realizado sobre el costo de producción del quintal de maíz amari-
llo duro y apunta que se recogieron las observaciones realizadas en el Consejo
jueves 28 de enero del 2021, a las 17h49, ya que por un lapsus cálami se ha descrito de forma errónea el nombre de uno de los actores; por cuanto en su lugar se dicta el siguiente: Avoco conocimiento del presente asunto en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba y con competencia en la ciudad de Olmedo, provincia de Loja.- En lo principal, una vez revisada la demanda de INVENTARIO, presentada por los señores JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS, en los bienes dejados por el extinto MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, se estima que la misma es clara, completa y precisa, la que por reunir los requisitos de ley determinados en los Arts. 142 y siguientes del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud, se dispone la actuación de las siguientes diligencias: 1).- Por el fallecimiento del señor MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción (fs. 1), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado de conformidad con lo prescribe el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. 1.1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados y funcionarios: a).- Con los actores JULIO ADRIANO REYES CARRERA y SANDRA DEL ROSARIO LIMA MACAS; b).- Con la señora Livia Natalia Loyola Aldean, en calidad de conyugue sobreviviente y los señores Alicia Virginia Ochoa Loyola, Livia Patricia Ochoa Loyola, Freddy Virgilio Ochoa Loyola, Jhon Salvador Ochoa Loyola, Soraya Jackeline Ochoa Loyola y Manuel Estuardo Ochoa Loyola, en su calidad de hijos del extinto, quienes serán notificados con el presente auto y más constancias procesales en el domicilio señalado el libelo de la demanda, para el efecto pase el proceso a la oficina de citaciones/notificaciones a fin de que se cumpla con esta disposición; c).- Con los herederos del causante MANUEL TARQUINO OCHOA ONTANEDA, cuya residencia sea imposible determinar, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se dispone conferir el respectivo extracto; d).Con el Ing. Darwin Esmith Díaz Campoverde y Abg. Galo Ramiro Sarango Jumbo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Chaguarpamba, quienes serán notificados en sus respectivos despachos, para lo cual remítase el proceso a la Oficina de Citaciones; e).- Con el Sr. Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien será notificado en su despacho, mediante deprecatorio virtual dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; 2).- Téngase en cuenta la cuantía; y, las pruebas
documentales y testimoniales que han sido debidamente anunciadas por la parte demandante, las cuales serán discutidas y aprobadas, en cuanto a utilidad, pertinencia y conducencia se refiere, en la respectiva Audiencia; 3).- En cuanto a la prueba pericial ésta será atendida en el momento procesal oportuno; 4).- Acorde a lo prescrito en el Inc. 1 del Art. 37 del COGEP, de oficio se nombra al Sr. JULIO ADRIANO REYES CARRERA, para que actué en calidad de procurador común en el presente proceso; 5).- Agréguese a los autos, los documentos anexados al escrito de demanda; 6).- Téngase en cuenta el correo electrónico señalado y la autorización que le conceden al Dr. Gonzalo German Lavanda Gonzalez, para que los represente en el desarrollo del presente asunto.- Llámese a intervenir en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Chaguarpamba a la Abg. Teresa de Jesús Hidalgo Chamba, conforme al Contrato de Servicios Ocasionales Nro. DP11UPTH-094-2020, de fecha 10 de julio de 2020.- Hágase saber.- F).- Ilegible. Dr. Humberto Oswaldo Saritama Naula Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Loja con sede en Chaguarpamba.- Particular que pongo en conocimiento de las partes para los fines de Ley.Chaguarpamba, al 02 días del mes de febrero del 2021. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA SEDE CHAGUARPAMBA P/F4838 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: José Guillermo Medina Benitez DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-03039 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 23 de diciembre del 2020, las 10h39, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la solicitud que antecede y como la misma cumple con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el
Consultivo con todos los actores de la cadena. La Unión de Productores de Huevos (Uniproh) solicitó, a través de su cuenta de Twitter, que el Ministerio realice los controles respectivos para que se respete el precio en la venta de esta materia prima necesaria para la producción del sector. El gremio ya había denunciado que, por falta de una definición del PMS, hubo especulación en enero, lo cual provocó que el quintal de maíz se comercialice hasta en USD 23. (I) fallecimiento de la señora ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 5 ) se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con el solicitante JOSÉ GUILLERMO MEDINA BENITEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente. 1.2.- Con los señores WILLIAM ALCIVAR MEDINA RODRIGUEZ, TANYA MARITZA MEDINA RODRIGUEZ, HENRY PATRICIO MEDINA RODRIGUEZ Y SANDRA MARIA MEDINA RODRIGUEZ, en calidad de hijos de la causante. 1.3.Con la señora ROSA AMABLE MEDINA BENITEZ, en calidad de cesionaria de gananciales y derechos y acciones de la sucesión. 1.4.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja.- A las personas referidas en los numerales anteriores se los citará con el contenido de la demanda, documentos que se acompañan y el presente auto en el lugar indicado en la demanda. Respecto al funcionario se lo citará en su respectivo despacho; actos que los practicará la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de la causante ISABEL MARÍA RODRÍGUEZ SILVA, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian el solicitante su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada y en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensor técnico. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Abogado Alberto Xavier Yaguana Soto. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 31 de diciembre del 2020 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F
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Opinión
JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021
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Un acuerdo de lojanidad José Bolívar
Castillo V.
chatojobol@hotmail.com
En el marco de lo que son las competencias propias de la Función Legislativa, sí es posible, o mejor digamos indispensable, un “acuerdo de lojanidad” que por arriba de la plancha de los partidos o movimientos nacionales a los que se hallan vinculados los parlamentarios electos. En mi criterio deberían articularse desde el punto de vista legislativo y de control político no solo los cuatro asambleístas lojanos sino los once legisladores de la Región Sur integrada por las provincias de El Oro, Zamora y Loja. Hay temas que son comunes en nuestro contexto local, provincial y regional, mas allá de las diferencias de las distintas “planchas” o plataformas electorales nacionales: 1. Continuar una lucha fron-
tal y consecuente por la equidad territorial que es la insustituible base de cualquier programa de equidad económico social y es necesario hacerlo por la línea de la descentralización y la desconcentración regionalizada. Esto significa que en todo proyecto que toque aspectos tributarios, de tasas, subsidios o planes de inversiones públicas o privadas, tiene que imponerse los criterios de Equidad Territorial. Este viene a ser un eje transversal insoslayable, sobre el que tienen que acordar una estrategia y propuesta común nuestros legisladores. 2. Asegurar la especificidad y no superposición de las funciones del Estado, aunque la barbaridad del voto en plancha lleva directo a esta superposición, es necesario gestar urgente las reformas al Código de la Democracia y sus concordancias constitucionales, para evitar que los
parlamentarios puedan estar a órdenes del Ejecutivo o de las plataformas políticas que al no ganar las elecciones locales o nacionales pretenden unir minorías para estructurar una mayoría que bloquee a quien recibe el mandato de administrar. 3. Equidad territorial en el sistema de intermediación financiera que es clave para la reactivación de la economía. La banca privada o pública, no extrae sino canaliza recursos para inversión productiva, hacia las provincias con menor PIB Per Cápita. Y las tasas activas, lo que cobran de interés los bancos cuando prestan no puede ser superior al doble de lo que pagan cuando les depositan su dinero. 4. Calidad y equidad territorial y social del sistema educativo de salud y de seguridad social. Los recursos deben ir a la demanda y no a la oferta de estos servicios públicos.
5. Retomar, descentralizar y desconcentrar la ejecución del Plan Binacional de Desarrollo Fronterizo y Fondo de la Paz que debió significar una compensación frente al alto precio de aislamiento que pago Loja El Oro y Zamora por el conflicto binacional. 6. Emergencia y prioridad nacional a la Vialidad del Sur. A mas de la construcción y ampliación de los 5 ejes binacionales, que incluye la Vía Interoceánica del Yaguarzongo: Pto. Bolívar- Loja-ZamoraCenepa-Sarameriza es indispensable dar mantenimiento. 7. Vialidad del Sur. Sin mantenimiento y sin red secundaria y terciaria. La Vía Interoceánica. El tramo de 4 carriles y el túnel de la vía de Loja a Catamayo que es un cuello de botella muy peligroso. 8. La minería. 9. El Festival Mundial de Artes Vivas y la infraestructura turística.
Acta de Independencia de Loja: Estructura Numa P.
Maldonado maldonadonuma3919@gmail.com
El domingo 17 de febrero de 1822, en la Plaza Mayor de la ciudad, a 199 años, se firmó el Acta de Independencia de Loja. Cabe recordar que la noche del 18 de noviembre de 1820, un organizado y decidido grupo de patriotas lojanos, con repique de campanas y un desfile popular festivo se movilizó desde el parque de Sebastián hasta el parque Central para proclamar la Independencia de Loja. El Acta de esa histórica proclamación, firmada 456 días después, tiene la siguiente estructura: 1. Manuscrita y con caligrafía y ortografía de la época, la firmaron 98 personas, 31 más que el Acta de Adhesión a la Monarquía de 21 de noviembre de 1820, por la cual el Cabildo rechaza la invitación de José María Vásquez de Noboa, Jefe Político y Militar de la Provincia Libre de Cuenca,
quien solicitaba al Municipio y pueblo de Loja su adherencia al movimiento independentista de Cuenca. 2. Composición del grupo de firmantes: 16 (la cuarta parte) pertenece al grupo que firmó la citada comunicación de adhesión a la Monarquía Española y la mayoría (se deduce por sus apellidos) de la nobleza o clase adinerada, dueña de haciendas y estancias; tres del clero, los frailes Peñaherrera, Roa y Arciniegas, que representa a las comunidades religiosas de la ciudad: San Francisco, Santo Domingo y San Agustín; entre los personajes que firman el Acta destacan: Pío de Valdivieso (Alcalde y primera autoridad provincial, inocultable monarquista y perseguidor de los líderes del movimiento independentista), José María Torres: amigo y correligionario de Pío de Valdivieso, quien, el 19 de noviembre de 1820, ante la negativa de Agustín Borrero de asumir el
liderazgo independentista de Loja, es nombrado Alcalde por la Asamblea ciudadana en sustitución del depuesto Pío de Valdivieso; Juan Agustín Borrero y Vaca: considerado “autor intelectual” pro Independencia de Loja, con comportamiento difícil de interpretar: funge de Prosecretario del Municipio en 1820 y 1821 y, al arribo de Bolívar a la ciudad, en octubre de 1822, lo recibe en su casa; José María Lequerica: distinguido abogado lojano de las cortes de Quito y Lima, ocupó varios cargos en el cabildo lojano en la década de 1820, se adhiere al respaldo monárquico y después a la constitución de Cúcuta, que creaba la Gran Colombia; Vicente de Olmedo y Rodríguez: español, botánico químico de su majestad, enviado para dirigir los envíos de la cascarilla lojana a la real botica de Madrid; Nicolás García: considerado, junto a Ramón Pinto, los Peña, Picoita y Zambrano,
uno de los principales líderes de la independencia de Loja; Ramón Pinto y Valdemoros (antepenúltimo firmante del Acta): señalado como el líder mayor de la gesta independentista y, por lo mismo, el más odiado y perseguido por la élite monarquista local de 1820, formó su hogar en Loja con María Villalta. 3. ¿Quiénes no firmaron el Acta de Independencia de Loja? La mayoría de los próceres y una más significativa representación de la clase media y baja, especialmente la pobre de la ciudad, y la clase proscrita de entonces (esclavos negros y parte de los indígenas), gran grupo humano que podría asimilarse al auténtico pueblo. Los grandes “ausentes” en la firma del Acta de Independencia de Loja son: José del Espíritu Santo Correa, José Picoita, José María Peña, José Gabriel Peña, Manuel Zambrano, Segundo Cueva, Fray Carlos Samaniego y “Toribio de Tal”.
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Opinión
La Empresa Eléctrica Regional del Sur S. A. Vicente Paúl
Maldonado maldonadopaul1967@gmail.com
Si estas comprometido con la salud de nuestra casa común, entonces es el momento para empezar a ahorrar la energía eléctrica, Bastidas Freddy, (2020). El Doctor Freddy Aníbal Bastidas Serrano, en su calidad de Presidente Ejecutivo de la Empresa Eléctrica Regional del Sur S. A., hace una reseña histórica de la creación de la Empresa y, manifiesta que el 23 de abril de 1897 se da la implementación de la primera Sociedad de Luz Eléctrica en el país, con asentamiento en la ciudad de Loja. El objetivo de la Sociedad fue la de generar electricidad para uso residencial y de fuerza motriz. Una vez instalada la central hidroeléctrica, su inauguración oficial fue el 1 de abril de 1899. La Empresa Eléctrica Regional del Sur S.A. tuvo como antecedente la conformación de algunas compañías o sociedades anónimas que con el transcurrir del tiempo fueron cambiando su denominación. Se inició en calidad de compañía el 10 de mayo de 1950, en una Notaría de la ciudad de Quito, elevándose a escritura pública la minuta de constitución de la “Empresa Eléctrica Zamora S.A.”, siendo Accionistas: la Ilustre Municipalidad de Loja, con un 60% del Capital Social, y la Corporación de Fomento, con el 40%. Posteriormente, por decisión de los señores accionistas, mediante escritura pública del 29 de noviembre de 1964 se aumenta el capital y se resuelve cambiar la denominación social de “Empresa Eléctrica Zamora S.A.”, por “Empresa Eléctrica Loja S.A.” Finalmente, el 19 de marzo de 1973, se dio cambio de denominación social a través de la escritura pública de esta fecha, en la que pasa de “Empresa Eléctrica Loja S.A.”, a EMPRESA ELÉCTRICA REGIONAL DEL SUR S.A. con la participación de nuevos accionistas, en su mayoría de la Provincia de Loja, el Ilustre Municipio de Zamora, y otros accionistas minoritarios. El doctor Bastidas, menciona que en la actualidad el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, es el ente rector del sector eléctrico ecuatoriano y de la Energía Renovable. Esta entidad es la responsable de satisfacer las necesidades de Energía Eléctrica del país, mediante la formulación de normativa pertinente, planes de desarrollo y políticas sectoriales para el aprovechamiento eficiente de
sus recursos. De esta manera se garantiza que la provisión de electricidad responda a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad, establecidos en las políticas que lleva adelante el presente Gobierno. El Señor Presidente Ejecutivo menciona que en la actualidad sustenta su gestión integral, bajo principios básicos, con los que se identifica y se caracteriza institucionalmente. El equipo humano de la Empresa Eléctrica, asume en su gestión diaria la búsqueda de la eficiencia y la calidad, en la realización de sus procesos, productos y servicios; a fin de cumplir con las expectativas técnicas, económicas, sociales y ambientales de la sociedad de la Región Sur. Manifiesta que los funcionarios actúan comprometidamente y con lealtad, en el cumplimiento de la misión, y la consecución de los objetivos de la Empresa, en beneficio de los intereses de sus habitantes. Constituye el compromiso institucional de brindar el mejor trato al ciudadano y garantizar la prestación de las facilidades, medios y recursos para que puedan acceder libremente a sus servicios con oportunidad. Su responsabilidad social y ambiental, es el compromiso prioritario por cautelar y armonizar las relaciones sociales y acciones de protección del medio ambiente en el desarrollo de sus productos y servicios. Sostiene que la responsabilidad de la institución está en cumplir con oportunidad las actividades propias y responder por las del capital humano que está a su cargo, a fin de conseguir, eficiencia y efectividad. Finalmente menciona que la transparencia está en brindar acceso a la información, facilitando la realización de auditorías y propiciando la participación proactiva de los servidores de la EERSSA, de tal manera que se garantice un trato justo y equitativo a los clientes del área de concesión. Por todo lo actuado y mencionado el flamante Presidente Ejecutivo fue homenajeado por el personal de la Empresa entregándole una placa conmemorativa, en reconocimiento a su excelente labor, que ha ejecutado durante su administración en la entidad. Ya que, su compromiso y trabajo se han centrado en brindar estabilidad laboral a sus empleados y trabajadores y en particular ofrecer un excelente servicio a toda la sociedad de la Región Sur del País
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ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén
Sarango
efrensarangopalacios@gmail.com
A todos nos compete el cuidado medioambiental El trabajo nos compete a toditos, ciudadanos desde el peque hasta el anciano, desde el pobre al de billete. Por lo tanto señoritos a cuidar el medioambiente protegiendo diariamente nuestra tierra formalitos Es asunto de cultura yo lo digo muy sincero sin botar a los esteros y a los ríos la basura. No podemos ser tan lentos y ensuciar las avenidas y otras calles concurridas, plazoletas y conventos Si queremos un planeta reluciente sin basura no lancemos con soltura los insumos de bragueta. Nuestros hijos, nuestros nietos se merecen con nobleza grandes dosis de limpieza a manera de respeto Protejamos nuestras playas de la acción contaminante, de las formas degradantes que se pasan de la raya. No escupamos en el piso ni tiremos envolturas que nos pasan la factura los microbios enfermizos Protejamos los océanos, las montañas y los mares, los lugares naturales en alianza como hermanos. Al final de las jornadas de limpieza gana el mundo que se trenza furibundo contra poses desaseadas El trabajo nos compete a toditos, ciudadanos desde el peque hasta el anciano, desde el pobre al de billete. Por lo tanto señoritos a cuidar el medioambiente protegiendo diariamente nuestra tierra formalitos Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701
Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec
El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.
Fundado el 1 de Noviembre de 1979
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Entretenimiento
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Enero 20 a febrero 19 Acude a la petición de ayuda de un familiar incluso si es alguien con quien no te entiendes a la perfección. Está en un momento bastante delicado y va a necesitar todo tu apoyo para salir del bache. Esa generosidad se verá compensada más adelante.
Piscis
Febrero 20 a marzo 20 El sol por fin llega a tu signo y acaba un ciclo pero comienza otro y hay un renacimiento interior en ti, lo que te trae energía para encarar todo desde una perspectiva renovada. Tendrás nuevas fuerzas y una sonrisa positiva para todo y todos.
Aries
Marzo 21 a abril 20 Vas a empezar a respirar con más calma, tras una serie de días en los que has sentido la presión del entorno. Han sido muchas ocupaciones y asuntos a la vez que has resuelto sin ayuda de nadie. Ahora sonreirás y verás que alguien te da las gracias.
Ángel comenzó sus trabajos en la bóveda de la Capilla Sixtina, a pedido del Papa Julio II. Otras de sus grandes obras son El Juicio Final, también realizado en la Capilla Sixtina, y los frescos de la Capilla Paulina: La Conversión de San Pablo y El Martirio de San Pedro.
Además...
Muere Martín Lutero, padre de la reforma protestante
Se descubrió planeta Plutón
En la ciudad de Eisleben, perteneciente al Sacro Imperio Romano Germánico, fallecía un día como hoy en 1546 Martín Lutero, el padre de la reforma protestante e inspirador de la doctrina religiosa conocida como luteranismo. Iniciador de la reforma religiosa en Alemania, Lutero también es conocido por sus traducciones de la Biblia, las cuales significaron un gran aporte al desarrollo del idioma alemán. Nació en Eisleben el 10 de noviembre de 1483. Luego de un breve paso por la Facultad de Derecho de la Universidad de Erfurt, y contrariando el deseo de su padre, Lutero ingresó en el monasterio agustino de esa misma ciudad. En 1507, dos años después de haber ingresado al monasterio, fue ordenado sacerdote, y un año más tarde comenzó a enseñar teología en la Universidad de Wittenberg. Por esa época, se hicieron oír sus críticas a la Iglesia católica. Estas se basaban principalmente en la frivolidad que caracterizaba a gran parte del clero y en la venta de indulgencias. A pesar de las presiones de la Iglesia, Lutero se negaba a retractarse de sus ideas, e incluso rechazó la autoridad del Papa. En 1920 fue excomulgado y declarado hereje por el Papa León X, pero Lutero ya contaba con apoyo de gran parte del pueblo alemán. A la cabeza de la Reforma, conformó la primera Iglesia Protestante, basada en su doctrina.
En astronomía Plutón es un planeta enano, el prototipo de una categoría de objetos transneptunianos denominada plutinos. Posee una órbita excéntrica y altamente inclinada con respecto a la eclíptica, que recorre acercándose en su perihelio hasta el interior de la órbita de Neptuno. Fue descubierto el 18 de febrero de 1930 por el astrónomo estadounidense desde el Observatorio Lowell en Flagstaff, Arizona. Su gran distancia al Sol y a la Tierra, unida a su reducido tamaño, impide que brille por debajo de la magnitud 13,8 en sus mejores momentos (perihelio orbital y oposición), por lo cual sólo puede ser apreciado con telescopios a partir de los 200 mm de abertura, fotográficamente o con cámara CCD. Hasta el momento no ha sido visitado por ninguna sonda espacial, aunque se espera que la misión New Horizons de la NASA lo sobrevuele en 2015.
Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia
Jueves 18 de Febrero de 2021 San Eladio FARMACIAS DE TURNO DEL 13 DE FEBRERO AL 20 DE FEBRERO DE 2021
FARMACIAS FARMAMEDICA FARMACIA SAN VICENTE SAN GREGORIO FARMACIA LA PRADERA FARMACIA MIPHARMA FARMACIAS CRUZ AZUL MEDI HOSPITAL
Tauro
Abril 21 a mayo 20 En la salud, es importante que prevengas de cara al futuro, y eso pasa porque mantener una actividad más intensa de la que haces ahora. Consulta con alguien que te oriente en el plano deportivo para mejorar todo lo que puedas. Lo agradecerás.
Géminis
Mayo 21 a junio 21 Mostrarte distante de alguien que no te gusta, quizá en las redes sociales, no es nada negativo. Si insisten en ello, no hagas ningún caso, porque de lo contrario vas a desperdiciar tu valioso tiempo en ello. Hay gente a la que no merece la pena escuchar.
Cáncer
Junio 22 a julio 23 Es importante que negocies, si estás trabajando, unos días de descanso, porque debes darte un respiro en este momento. No se trata de desatender tus obligaciones, sino de alejarte del estrés que te puede pasar una factura muy cara.
Leo
Julio 24 a agosto 23 Te gustará lo que hoy te van a decir sobre algo relacionado con tus esfuerzos en un tema importante y es porque ves que has conseguido ayudar a alguien y eso te hará sentir francamente bien y con más ánimos. Compártelo con tu familia, se sentirán orgullosa.
Virgo
Agosto 24 a Septiembre 23 No debes de preocuparte hoy por ningún resultado que tenga que ver con la salud, porque va a ser favorable en todos los sentidos. Esto te dará una gran esperanza de cara a lo que tienes por delante, que será una tarea para la que necesitarás todas tus fuerzas.
Libra
Septiembre 24 a octubre 23 Algo que lees o que escuchas hoy te pone sobre aviso y te ayuda a entender ciertas cosas que antes no habías tenido en cuenta y que son muy interesantes para ti de cara al futuro. Te volcarás en ello, en buscar más información o en estudiar intensamente.
Calendario Santoral
SU BIENESTAR
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Acuario
Fallece el pintor y escultor italiano Miguel Ángel, autor de El David
NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO
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Horóscopo
Hoy en la historia... Un día como hoy, en el año 1564, fallecía en Roma el célebre artista italiano Miguel Ángel. Autor de la famosa escultura de El David y de las pinturas de la bóveda de la Capilla Sixtina, es considerado uno de los más grandes artistas de la historia. Su vasta producción abarca distintas disciplinas: la escultura, la pintura y la arquitectura. Nació el 6 de marzo de 1475 en Caprese bajo el nombre de Michelangelo Buonarroti. Desde muy joven mostró un profundo interés por el arte y un gran talento, sobre todo para la escultura. Comenzó sus estudios artísticos en Florencia, luego residió en Venecia, Bolonia y posteriormente en Roma, donde realizó sus obras más importantes. Esculpió El David entre los años 1501 y 1504. La escultura de mármol blanco de 5,17 metros de altura representa al Rey David en el momento previo a enfrentarse con el gigante Goliat. Es considerada una obra maestra de la época renacentista, y una de las esculturas más famosas del mundo. Cuatro años después de finalizada la obra, Miguel
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DIRECCIÓN AV. PIO JARAMILLO ALVARADO Y JOSE MARIA PEÑA AV 08 DE DICIEMBRE SN Y VICENTE RAMON ROCA AV. UNIVERSITARIA NUMERO: SN INTERSECCION: IMBABURA Y QUITO CALLE: ARTURO ARMIJOS AYALA NUMERO: SN INTERSECCION: CANOA CALLE: ROMERILLOS NUMERO: 2380 INTERSECCION: CIPRES LEOPOLDO PALACIOS NUMERO: 1370 INTERSECCION: BERNARDO VALDIVIESO CALLE: JUAN JOSE PEÑA NUMERO: S/N INTERSECCION: LOURDES ESQUINA AV. EUGENIO ESPEJO SN SHUARAS
TELÉFONO 981058561 984076051 967005488 2547586 2564092 72565949 4103162 2580515
Escorpio
Octubre 24 a nov. 22 Llamará tu atención una persona en la que no habías puesto mucho interés y que te había pasado muy desapercibida en todos los aspectos. Sin embargo ahora te llevarás una sorpresa muya agradable. Tiene mucho que aportarte, abre tu mente.
Sagitario
Noviembre 23 a dic. 21 Estás deseando que algo vuelva a ser como era antes, ya que te disgusta bastante lo que ahora no puedes hacer, pero has de tener cierta paciencia, todo lleva su tiempo y acelerarse es un error. Es necesario adecuar tu tiempo y la realidad.
Capricornio
Diciembre 22 a Enero 19 Vigilar tu salud es algo prioritario y no debes dejarlo para otro momento incluso si te da mucha pereza o incluso alguna clase de temor. No es lógico, así que no caigas en ese error, no temas nada porque todo está en su sitio.
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Judiciales EXTRACTO DE ACEPTACIÓN DE SOLICITUD PARA LEGALIZACIÓN DE BIEN MOSTRENCO EN POSESIÓN DEL GAD DEL CANTÓN SOZORANGA - PROVINCIA DE LOJA PROCESO ADMINISTRATIVO: INCORPORACIÓN DE BIEN MOSTRENCO AL PATRIMONIO MUNICIPAL PETICIONARIO: DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN DEL GAD DEL CANTÓN SOZORANGA En el proceso de legalización de bienes mostrencos, en posesión del Gad Municipal del Cantón Sozoranga, a través de Memorando Nº 041-DP-GADC-SOZORANGA-20, de fecha 21 de septiembre del 2020, suscrito por el Arq. Jimmy Torres Guerrero, Director de Planificación, dirigido al señor Romeo Francisco Moreno, Alcalde del Cantón Sozoranga, mediante el cual solicita, se autorice a Asesoría Jurídica, se inicie el proceso de regularización y legalización del terreno y edificación, ubicado en el barrio España, calle 10 de Agosto y Parque a la Madre de la ciudad de Sozoranga, a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Sozoranga, mediante la identificación como bien mostrenco o vacante y la incorporación como bien municipal, solicitud que la realiza con base al art. 7 de la ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE INCORPORACION DE BIENES MOSTRENCOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL Y LEGALIZACIÓN DE BIENES MOSTRENCOS EN POSESIÓN DE PARTICULARES DEL CANTÓN SOZORANGA. Con estos antecedentes y luego de haber el peticionario presentado los requisitos establecidos en el art. 7 y 8 de la Ordenanza referida, por lo cual, se ha logrado establecer que el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Sozoranga, ha estado en posesión pacifica, ininterrumpida, con ánimo de señor y dueño por más de 15 años, de un lote de terreno y edificación, ubicado en el barrio España, calle 10 de Agosto y Parque a la Madre de la ciudad de Sozoranga, que de acuerdo al Certificado del Jefe de Avalúos y Catastros, se determina, que el bien inmueble esta catastrado a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Sozoranga, con CLAVE N° 1112500101013017000, según el Informe de linderacion y planimetría, elaborado por el titular de la Dirección de Planificación, determina en resumen, los linderos que a continuación se detallan: AL NORTE.CON PARQUE A LA MADRE, EN UNA EXTENSIÓN DE 4,71M - AL SUR.- CON CALLE 10 DE AGOSTO, EN UNA EXTENSIÓN DE 8. 62M - AL ESTE.- CON TERRENOS DEL SEÑOR GUAMÁN PABLO, EN UNA EXTENSIÓN DE 10,55M - AL OESTE.- CON TERRENO DE GUARNIZO HONORATO, EN UNA EXTENSIÓN DE 8.94M - CABIDA DE TERRENO: 61,99M2 - CAVIDAD DE CONSTRUCCIÓN: 123.12 M2. Con estas consideraciones, en la fase previa a su adjudicación, por parte del Concejo Municipal del Cantón Sozoranga, la solicitud presentada por el Arq. Jimmy Torres Guerrero, Director de Planificación, cumple con los requisitos establecidos en la ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE INCORPORACION DE BIENES MOSTRENCOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL Y LEGALIZACIÓN DE BIENES MOSTRENCOS EN POSESIÓN DE PARTICULARES DEL CANTÓN SOZORAN-
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.com.ec GA, por lo cual, se procede a su ACEPTACIÓN RESPECTIVA, disponiendo al Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Sozoranga, publicar por la prensa, un extracto de la aceptación de la solicitud, durante tres (3) días consecutivos, solicitando que dentro del término de cinco días se presente oposición o reclamo sobre el inmueble a adjudicarse al posesionario, caso contrario, se continuara con el proceso de adjudicación correspondiente.Sozoranga, 30 de noviembre del 2020. Señor. Romeo Francisco Moreno ALCALDE DEL GADC-SOZORANGA PF/4811 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los demandados: MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA Y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, que en extracto es como sigue: ACTOR: Cooperativa de Ahorro y Crédito Juventud Ecuatoriana Progresista Ltda. JEP DEMANDADOS: MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de dinero TRAMITE: Ejecutivo CUANTIA: $ 22.000,00 JUICIO: Nro. 11333.2020.00873 JUEZ: Dr. Franco Carrión Paz UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, martes 23 de junio del 2020, las 11h19, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda presentada por la Dra. Dolores Andrea Pachar Montaño, en calidad de procuradora judicial del economista Floresmilo Alvear Espejo, gerente general y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Juventud Ecuatoriana Progresista Ltda., en contra de MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden con tabla de pagos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación a los demandados MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, en el lugar señalado, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En mérito de la documentación aparejada (Certificado de Registro de la Propiedad) y con fundamento en el artículo
351 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone como providencia preventiva la prohibición de enajenar del bien inmueble de propiedad de la demandada VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, consistente en lote de terreno signado con el número 32, ubicado en el predio Punzara, perteneciente a la parroquia San Sebastián, inscrito en el Registro de la Propiedad del cantón Loja con el número 1830, número de repertorio 0, de fecha 21/06/1991, para lo cual se notificará a la señora Registradora de la Propiedad del cantón Loja, para que tome nota del particular. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Otra Providencia.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 29 de enero del 2021, las 11h51, Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en autos y ha rendido juramento de desconocer el domicilio de la parte demandada: MARCO SILVIO MONTOYA OCHOA Y VICTORIA ESPERANZA JUMBO MALLA, se dispone su citación por la prensa escrita, conforme a lo estipulado por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Hágase saber.f ) ILEGIBLE Dr. Franco Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA .- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 2 de febrero 2021 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4812 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO: con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales al demandado: VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, Que en extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. DEMANDADOS: RAQUEL ISABELINA CHIMBO SARANGO, PABLO CESAR PACHECO RODAS, VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, MARIA FREDYA PARDO CASTILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de dinero TRAMITE: Ejecutivo CUANTIA: $ 18.000,00 JUICIO: Nro.11333-2020-00347 JUEZ: Dr. Franco Carrión Paz UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 27 de febrero del 2020, las 09h35, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto. La demanda presentada por la Dra. Dolores Andrea Pachar Montaño, en calidad de procuradora judicial del economista Floresmilo Alvear Espejo, gerente general y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Juventud Ecuatoriana Progresista Ltda., en contra de RAQUEL ISABELINA CHIMBO SARANGO, PABLO CESAR PACHECO RODAS, VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, MARIA FREDYA PARDO CASTILLO, es clara,
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precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden con tabla de pagos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación los demandados RAQUEL ISABELINA CHIMBO SARANGO, PABLO CESAR PACHECO RODAS, VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, MARIA FREDYA PARDO CASTILLO, en el lugar señalado, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados RAQUEL ISABELINA CHIMBO SARANGO, PABLO CESAR PACHECO RODAS, VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, MARIA FREDYA PARDO CASTILLO, propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-Dr. Franco Carrión Paz.JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Otra Providencia.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 1 de febrero del 2021, las 12h06, Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en autos y ha rendido juramento de desconocer el domicilio de la parte demandada: VICENTE AGUSTIN CASTILLO CUEVA, se dispone su citación por la prensa escrita, conforme a lo estipulado por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Hágase saber.- f ) ILEGIBLE Dr. Franco Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 3 de febrero 2021 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4813 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante EDUARDO PACHECO BRITO que en extracto es como sigue: ACTOR: CASTILLO CARMEN y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes EDUARDO PACHECO BRITO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00198 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes
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“…Loja, jueves 21 de enero del 2021, las 10h13, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: CARMEN CASTILLO (Cónyuge sobreviviente) RUTH ENITH PACHECO CASTILLO; JACKELINE PACHECO CASTILLO; HENRY EDUARDO PACHECO CASTILLO es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento del señor EDUARDO PACHECO BRITO, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: 2.1. CARMEN CASTILLO (Cónyuge sobreviviente) y sus hijos RUTH ENITH PACHECO CASTILLO; JACKELINE PACHECO CASTILLO; HENRY EDUARDO PACHECO CASTILLO. 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante señor EDUARDO PACHECO BRITO; a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. 2.3.- Por haberlo solicitado cuéntese en el proceso con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal; y, con el Director del Servicio de Rentas Internas a quienes se los notificará en las oficinas institucionales señaladas en la solicitud. TERCERO.3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensora técnica.- QUINTO.- Téngase en cuenta la designación en calidad de procuradora común de la señora RUTH ENITH PACHECO CASTILLO, conforme el Art 37 del COGEP.Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 22 de enero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4815
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Judiciales REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN MACARÁ PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES de conformidad al Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA. DEMANDADO: Herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA. INDERMINADA JUICIO: 11332-2021-00026 JUEZ: Dr. GUIDO RAÚL CASTILLO ABAD UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.- Macara, miércoles 20 de enero del 2021, las 10h27, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: El Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos a la letra dice: “Presentada la demanda, la o el juzgador, en el término máximo de cinco días, examinará si cumple los requisitos legales generales y especiales que sean aplicables al caso. Si los cumple, calificará, tramitará y dispondrá la práctica de las diligencias solicitadas.- Si la demanda no cumple con los requisitos previstos en este Código, la o el juzgador dispondrá que la o el actor la complete o aclare en el término de cinco días...”.- Revisada la solicitud, se observa que no cumple los requisitos señalados en los artículos 142 numeral 2, 7 y 13 y Art. 143 numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, previo a admitir la solicitud a trámite se dispone que dentro del término de cinco días, el peticionario la complete y/o aclare específicamente en los siguientes requisitos: 1. Debe hacer constar todos los datos que estipula el numeral 2 del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos de los accionantes, en especial de la señora Yolanda Artemiza Vaca Chamba; 2. Debe adjuntar a la demanda las escrituras públicas del o los bienes inmuebles a inventariarse y avaluarse de manera que se acredite el dominio; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley.- Se llama a intervenir como Secretario al Ab. Manuel Eduardo Sauca Moncayo, conforme así ha sido dispuesto por Recursos Humanos de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Otro auto.- Macara, martes 2 de febrero del 2021, las 12h06, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: Una vez que la parte actora ha aclarado y completado la demanda dentro del término legal concedido; La demanda presentada por los señores: ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA; sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario.- Cuéntese en este proceso con los comparecientes ILDA MARIA VILLALTA CHAMBA, ROSA ELVIRA ORTIZ CHAMBA, MARIA MAGDALENA VACA CHAMBA y YOLANDA ARTEMIZA VACA CHAMBA; sobre juicio de INVENTARIO; en su calidad de hijos, y herederos de los causantes, respectivamente. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, a quienes se los citará en sus respectivos despachos, para lo cual se dispone que el expediente pase a manos del funcionario citador para su cumplimiento; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas
Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole despacho en forma y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes TEODORO VACA VEINTIMILLA y GUILLERMINA CHAMBA TORRES, por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará; y, considerando que en la actualidad la gran mayoría de diarios son digitales, y con la finalidad de garantizar aún más los derechos de los herederos presuntos o desconocidos que pudieran existir, publíquese también un extracto mediante transmisión de mensajes en una radiodifusora de la localidad conforme lo prescribe el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 58 ibídem.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones; así como la designación de la Procuradora Común que hacen los accionantes en la persona de la señora Yolanda Artemiza Vaca Chamba, de conformidad con el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. AB. MILTON IGNACIO JARAMILLO GRANDA SECRETARIO DE LA UJM-MACARÁ. P/F4821 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE CITACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a la demandada MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA. Demandados: MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA y FLEYDI VERONICA CUEVA ANDRADE. Objeto de la demanda: Cobro de Dinero con fundamento en Pagare a la Orden Trámite de la demanda: Procedimiento Ordinario. Cuantía: $ 12.374.27 Juicio Nro. 11333-2020-01573. Juez: Dr. Vinicio José Bravo Merchán AUTO: Loja, lunes 7 de septiembre del 2020, las 16h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presenta causa en legal y debida forma.- En lo principal, revisada la demanda presentada se observa que no cumple con los requisitos señalados en el artículo 142 numeral 9 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, previo a admitir la demanda a trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 146 del COGEP, inciso segundo, se dispone que dentro del término de cinco días, el accionante la complete y aclare, específicamente en: Art. 142: Numeral 9, determinar la pretensión en forma clara y precisa; debiendo solicitarla en base a la narración de los hechos y a los documentos base de la acción; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 17 de septiembre del 2020, las 10h36, VISTOS: Habiéndose dado cumplimiento al auto de sustanciación, se determina que la demanda que antecede presentada por el Dr. Alberto Geovanny Bustos Parra, en su calidad de Gerente de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., en contra de los señores, MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA y FLEYDI VERONICA CUEVA ANDRADE; cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Se ordena la citación de los demandados Manuel Servilio Armijos Herrera y Fleydi Verónica Cueva Andrade, en el domicilio señalado, para lo cual se comisiona al Teniente Político de la Parroquia Timbara, cantón Zamora, Provincia de Zamora Chinchipe, a quién se remitirá despacho en forma.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados, el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR.
Publicidad VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 11 de diciembre del 2020, las 16h02, Vista la petición que antecede se dispone: 1.- Por cuanto de manera inadvertida en el auto de fecha miércoles 2 de diciembre del 2020, las 13h54, se ha hecho constar el primer nombre del demandante como Jaime Ernesto Hurtado Reyes, amparado en lo que determina el numeral 8 del Art. 130 de Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el referido auto, en el sentido de que el nombre correcto del accionante es JAMIL ERNESTO HURTADO REYES, Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina Manuel Esteban Godoy Ortega Ltda.- En lo demás, se estará a lo dispuesto; 2.- Toda vez que el demandante Dr. Jamil Ernesto Hurtado Reyes en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina “Manuel Esteban Godoy Ortega” LTDA., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado: MANUEL SERVILIO ARMIJOS HERRERA, se dispone citarlo por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Extiéndase el extracto respectivo para la publicación en el periódico.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 21 diciembre 2020 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/F4822 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, que en extracto es como sigue: ACTORES: SEGUNDO MANUEL CHUNCHO PUGLLA, JOSÉ GONZALO CHUNCHO PUGLLA, LUIS MARCELO CHUNCHO PUGLLA, CESAR AUGUSTO CHUNCHO PUGLLA DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2021-00299 JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 12h24, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal, la demanda de inventario presentada por los señores SEGUNDO MANUEL CHUNCHO PUGLLA, JOSÉ GONZALO CHUNCHO PUGLLA, LUIS MARCELO CHUNCHO PUGLLA, CESAR AUGUSTO CHUNCHO PUGLLA, por cumplir con los requisitos de ley, se la califica y admite a trámite mediante el procedimiento voluntario, determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos.- En tal virtud por el fallecimiento de los señores MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, conforme se justifica con la inscripción de su defunción de (fs. 7, 8), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad, al efecto se dispone lo siguiente: 1).- Cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados: 1.1).- Con las compareciente en calidad de herederos e interesados; 1.2).- Con los demandados HÉCTOR BOLÍVAR CHUNCHO PUGLLA, ROSA ALBA CHUNCHO PUGLLA, en el lugar indicado en la demanda por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, (En base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se
www. obtengan las copias necesarias, a fin de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad); 1.3) Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ENCARNACIÓN CHUNCHO e ISABEL PUGLLA MACAS, cíteselos por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1), del Código Orgánico General de Procesos.- Confiérase el extracto respectivo; 2).- Téngase en cuenta la prueba que anuncian y presentan con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia a convocarse.- Téngase en cuenta la designación de Procurador Común hace los actores con fundamento en el Art. 37 del COGEP, a favor del actor José Gonzalo Chuncho Puglla.- En relación a la perito sugerida se proveerá oportunamente.Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le confieren a su Abogado defensor.Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- Vista la naturaleza del proceso no es necesario contar con el Procurador Tributario de Loja.- HÁGASE SABER.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 09 de Febrero del 2021.Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4825 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y del causante MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA Y LEONILA JOVELINA QUEZADA que en extracto es como sigue: ACTOR: RUIZ QUEZADA MARIA AUGUSTA DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA Y LEONILA JOVELINA QUEZADA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-03105 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, jueves 31 de diciembre del 2020, las 09h38, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- La solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por la señora MARÍA AUGUSTA RUIZ QUEZADA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por la solicitud voluntaria que antecede, se ordena se proceda a la formación del inventario y avalúo de los bienes de los causantes señores: MIGUEL FRANCISCO VICENTE RUIZ ONTANEDA y LEONILA JOVELINA QUEZADA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso: 2.1. Con la compareciente: señora MARÍA AUGUSTA RUIZ QUEZADA. 2.2. Con los demandados señores: FREDY ALBERTO RUIZ QUEZADA; SANDRA ALICIA RUIZ QUEZADA; GUILLERMO VICENTE RUIZ QUEZADA; FANNY BEATRÍZ RUIZ QUEZADA; CARMEN ENITH RUIZ QUEZADA; MIGUEL ÁNGEL RUIZ QUEZADA; JORGE LUIS RUIZ ARMIJOS; y, CARLOS HUMBERTO OCHOA QUEZADA, a quienes se ordena citar en la dirección de su domicilio señalado en la ciudad de Vilcabamba, parroquia Vilcabamba, cantón Loja, provincia de Loja, para el efecto se comisiona la realización de la diligencia al señor Teniente Político e la parroquia Vilcabamba, para ello remítase la correspondiente comisión, a fin de que se sirva cumplir la citación a los accionados de conformidad a la ley, quienes podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya admisibilidad, pertinencia, conducencia y utilidad se resolverá en audiencia respectiva. CUARTO.- Procédase a citar por la prensa de esta ciudad de Loja a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes, en la forma prevista en el Art 56.1 y 58 del COGEP, remítase para el efecto el extracto corres-
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pondiente. Por solicitar se cuente con el SRI, se ordena la notificación al señor Procurador Tributario del SRI en esta ciudad, en la dirección de las oficinas señaladas en esta ciudad de Loja. QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que la compareciente le concede a sus defensores técnicos.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.-…”.-Firma Ilegible.DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 07 de enero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4830 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos y de la causante Jose maría Méndez Maita que en extracto es como sigue: ACTOR: SUAREZ ARMIJOS MONICA ELIZABETH y otros. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante Jose maría Méndez Maita. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00408 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, lunes 8 de febrero del 2021, las 13h07, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la Acción de Personal Nro.2894-DP11-2019-FA, de fecha 02 diciembre 2019, que me traslada a esta Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario de bienes sucesorios presentada por: MÓNICA ELIZABETH SUÁREZ ARMIJOS; JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ; SAYDA DEL CISNE MENDEZ SUÁREZ; LENIN IVÁN MENDEZ SUÁREZ y MARÍA JOSÉ MENDEZ SUÁREZ, la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.Por el fallecimiento del señor JOSÉ MARÍA MENDEZ MAITA, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- 2.1.- Cuéntese en éste proceso con los comparecientes: MÓNICA ELIZABETH SUÁREZ ARMIJOS; JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ; SAYDA DEL CISNE MENDEZ SUÁREZ; LENIN IVÁN MENDEZ SUÁREZ y MARÍA JOSÉ MENDEZ SUÁREZ 2.2.- Con los herederos presuntos y desconocidos del causante señor JOSÉ MARÍA MENDEZ MAITA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58, en concordancia a lo señalado en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Los accionados de conformidad a la ley, podrán oponerse al procedimiento hasta antes de convocarse a la audiencia correspondiente. TERCERO.- 3.1.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya producción y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.- En cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que conceden los peticionarios a su defensor técnico.- QUINTO.- Por así solicitarse se ordena la notificación al señor Procurador Tributario del SRI Loja, en su respectivo despacho. - Téngase en cuenta la designación en calidad de procurador común del señor JOSÉ LUIS MENDEZ SUÁREZ, conforme el Art 37 del COGEP.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 09 de febrero del 2021. Dr. Manuel Eduardo Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4831
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Judiciales REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante, MARÍA CARMELINA PAGUAY YANSAGUANA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Jorge Eduardo Guamán Paguay y otros. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de la causante María Carmelina Paguay Yansaguana. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2020-00544. JUEZ: Dr. Shubert Omar Castro Tamay. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, lunes 11 de enero del 2021, las 09h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, y en virtud del sorteo de ley.- En lo principal, por cumplir con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código General de Procesos, se considera que la demanda de inventarios que antecede propuesta por los señores: JORGE EDUARDO GUAMÁN PAGUAY, ÁNGEL AUGUSTO GUAMÁN PAGUAY, CARMEN MATILDE GUAMÁN PAGUAY, TERESITA DE JESÚS GUAMÁN PAGUAY, Y MELINA MAGDALENA PAGUAY ORDOÑEZ, es clara y completa, por lo que se la califica y se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO establecido en el Art. 335 del indicado Cuerpo de Leyes; por lo tanto se declara abierta la sucesión intestada de los bienes hereditarios de quien en vida se llamó ron MARIA CARMELINA PAGUAY YANSAGUANA, bienes de los cuales se formará el correspondiente inventario y avalúo de los mismos, a través del perito o peritos que resulten nombrados para el efecto, conforme lo dispone el art 341 del COGEP. Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes, en sus calidades de hijos de la extinta, a excepción de la compareciente Melina Magdalena Paguay Ordóñez, quien es hija del extinto Jaime Rolando Paguay, hijo a su vez de la misma causante.- Cuéntese así mismo con los herederos presuntos y desconocidos de la causante María Carmelina Paguay Yansaguana y del Sr. Jaime Rolando Paguay. Se contará además con el señor Director Provincial del Servicio de Rentas Internas con sede en la ciudad de Loja, funcionario que será citado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la misma ciudad, ofreciéndole reciprocidad en casos similares. Del mismo modo se contará con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Saraguro, quienes serán citados a través del funcionario de citaciones de esta unidad judicial.- Cítese a los herederos y funcionarios llamados a intervenir en los lugares y forma indicados en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial para sus notificaciones. A los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos, se dispone citarlos a través de publicaciones que se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Loja, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP.- Se tendrá en cuenta para contestar la demanda el plazo previsto en la misma norma legal indicada.- Téngase en cuenta la prueba que anuncian las accionantes para la audiencia respectiva. En cuenta también el domicilio judicial que señalan para recibir notificaciones, y la autorización que confieren a su defensora. En cuenta también la designación de procurador común que hacen en persona de la co accionante Carmen Matilde Guamán Paguay, con quien se contará en su representación.- Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados.HAGASE SABER.- Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro, 05 de febrero del 2021. Dr. Darwin René Morocho Celi. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DEL CANTON SARAGURO P/F4817 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- A los herederos, presuntos; y, desconocidos de la causante BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA con el contenido de la demanda, autos aceptación a trámite y demás constancias procesales de conformi-
.com.ec dad al Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos reformado por el Art. 12 de la Ley Orgánica Reformatoria del COGEP, cuyo contenido en extracto es como sigue: JUICIO NRO. 11335-2020-00499 MATERIA: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCESO: VOLUNTARIO ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. ACTOR: SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila. Calvas, jueves 28 de enero del 2021, las 14h49, VISTOS: Dr. Marco Vinicio Romero Ávila, Mg. Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Calvas, provincia de Loja, en mérito del sorteo de ley, por radicada la competencia, y habiéndose cumplido con el requerimiento ordenado en el auto de sustanciación que inmediatamente antecede AVOCO conocimiento de la demanda de inventario de bienes sucesorios presentada por la señora Ab. SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL, quien comparece por sus propios derechos, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite VOLUNTARIO solicitado y determinado en los artículos 334 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por cuanto con la inscripción de defunción adjunta al libelo inicial se ha justificado el fallecimiento de quien en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA; se dispone: I. Se declara abierta la sucesión hereditaria intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento; II. Procédase a la Facción de Inventarios y Avalúo de los Bienes de la Sucesión de BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA con la concurrencia de los herederos e interesados en la sucesión y del perito que oportunamente será nombrado por sorteo por el suscrito Juez. III.Con el contenido de la demanda y auto de calificación de la misma, cítese a los demandados: a) LEONIDAS SEGUNDO SALAZAR NEIRA; MARIA OLIVIA SALAZAR AGUILAR; CESAR ALBERTO SALAZAR AGUILAR; PATRICIA SALAZAR AGUILAR; BLANCA OLIVIA SALAZAR AGUILAR; Y, CARMEN IRALDA SALAZAR AGUILAR, en la dirección indicada en la demanda mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Quito D.M., provincia de Pichincha, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase el despacho suficiente; b) SEGUNDO RODRIGO SALAZAR AGUILAR, en la dirección indicada en la demanda, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de ésta Unidad Judicial; y, c) ROMMEL FLORENCIO PARDO VALLADARES, en la dirección indicada en la demanda, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de ésta Unidad Judicial. IV. Por cuanto la accionante Ab. SALAZAR ROMERO KATY MARIBEL, ha declarado bajo juramento que pese a las averiguaciones realizadas le ha sido imposible determinar la individualidad y residencia o domicilio de los presuntos y desconocidos herederos de quien en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA, es inoficioso acudir a los registros públicos para intentar recabar información de personas cuya identidad o individualidad se desconoce, por lo que resulta contradictorio al principio de celeridad, el requerir certificación alguna al Ministerio de Relaciones Exteriores; en tal virtud, a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fue BLANCA OLIVIA AGUILAR LOAIZA, en el marco de los Artículos 56 y 58 del Código General de Procesos, cíteselos con un extracto de la demanda inicial y este auto, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja, con la prevención de que transcurridos veinte días contados desde la última publicación comenzará a transcurrir el término para contestar la demanda.- Confiérase el extracto respectivo; V.- Cuéntese: a) Con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Calvas, para lo cual se dispone que el citador asignado a esta Unidad Judicial realice la notificación correspondiente en sus despachos; b) Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien se le notificará con el contenido de la demanda y este auto mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase el despacho suficiente; VI.- Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en cantón Calvas, y de conformidad al artículo 66 ibídem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señalen domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un/a abogado/a, para futuras notificaciones; VII.- Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda y téngase en cuenta los medios de prueba que anuncia, sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a
Publicidad convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Actúe el Dr. César Enríquez Loaiza, en calidad de Secretario (e) del despacho. CITESE Y NOTIFIQUESE. Cariamanga, 29 de Enero del 2021. Dr. César Enríquez Loaiza SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA P/F4818 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales al demandado LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADO: LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON OBJETO DE LA DEMANDA: Concurso de Acreedores (INSOLVENCIA) TRAMITE: Concursal CUANTIA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11333-2020-00061 JUEZ: Dr. Vinicio José Bravo Merchán Loja, miércoles 8 de enero del 2020, las 10h17, VISTOS: En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Abogado Miguel Enrique Luna Bravo, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A., como justifica con la documentación que acompaña; en contra del señor LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON, es clara, completa y precisa, por cuanto reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; y, sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; razón por la cual se la admite al trámite correspondiente.- De la documentación que se anexa en autos, se establece que en la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Loja, se sustanció el juicio ejecutivo signado con el No. 11333-201801856, seguido por la entidad accionante BANCO DE LOJA S.A. en contra del señor Leodan Alcides Rodríguez León, llegando al estado de haberse dictado mandamiento de ejecución, en donde el prenombrado accionado, dentro del término ordenado por la Juez de dicha causa, no ha pagado la obligación reclamada en primera, así como tampoco ha dimitido bienes para el cobro. La obligación que se reclama asciende a la cantidad de USD.8191,17 dólares; por tanto, se establece su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al concurso necesario, y para ello se ordena: a) Citar al accionado Leodan Alcides Rodríguez León, con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar señalado en el libelo de la demanda, citación que se realizará a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones; debiéndose indicar que la convocatoria a junta de acreedores tendrá lugar en la audiencia que se fijará en el momento procesal oportuno.- b) El demandado Leodan Alcides Rodríguez León, deberá presentar todos los documentos previstos en el artículo 421 de este Código Orgánico General de Procesos; esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre las causas de su presentación.- En virtud de lo actuado, por ser legal y procedente, se dispone: c) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- d) En virtud del sorteo realizado a través del sistema SATJE, se designa como sindico al Ing. Boris Rafael Jiménez Punín, quien de conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico General de Procesos y una vez notificado con este auto tiene el termino de 24 horas para que acepte o se excuse del nombramiento, la notificación al síndico deberá efectuarse una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 del COGEP. Se fija en doscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América el honorario del síndico de quiebra. e) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad del fallido Leodan Alcides Rodríguez León, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia del señor Leodan Alcides Rodríguez León, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar a la formación del concurso del fallido Leodan Alcides Rodríguez León en la página web del Consejo de la Judicatura.- h) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido Leodan Alcides Rodríguez León.- i) Se ordena la inscripción en el Registro de
JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021 la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso del fallido Leodan Alcides Rodríguez León.- j) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado en esta ciudad de Loja, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- k) Se prohíbe que el deudor Leodan Alcides Rodríguez León, se ausente del territorio nacional, para lo cual hágase saber a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor Leodan Alcides Rodríguez León, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante, la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído en ella, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el artículo 426 ibídem. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos que señala la parte actora para sus notificaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f ) ILEGIBLE Dr. Vinicio Bravo Merchán.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, miércoles 3 de febrero del 2021, las 13h17, Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- En lo principal, y, Toda vez que la accionante Abogado Miguel Enrique Luna Bravo, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado: LEODAN ALCIDES RODRIGUEZ LEON., se dispone citarla por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 09 febrero 2021 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4819 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO, que en extracto es como sigue: ACTOR: LEON OCHOA LUCELIA ZENILDA DEMANDADO: ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO OBJETO: AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA JUICIO: Nro. 11203-2014-2235 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, miércoles 23 de diciembre del 2020, las 11h54, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs, Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja.- En lo principal, la demanda incidental Aumento de pensión alimenticia propuesta por la Sra. LUCELIA ZENILDA LEON OCHOA, en contra el Sr. DUVAL MAURICIO ARROBO ARMIJOS, que por reunir con los requisitos de ley, se la acepta al trámite SUMARIO establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia, para cumplir con la solemnidad de la citación al demandado en la dirección señalada en el libelo del incidente, para el efecto conforme el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos se DEPRECA a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsachilas, remítase un Deprecatorio Virtual, con suficiente despacho y en forma; ofreciéndole reciprocidad a la autoridad deprecada.- Se advierte al demandado la obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior, dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera la intervención de esta judicatura. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. Tómese en
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Libretas
BANCO SOLIDARIO CDP EXTRAVIADO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito a Plazo Fijo 5925502761724, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la entidad bancaria su reclamo, caso contrario quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, enero 20-2021 FIRMA AUTORIZADA P/F4660
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.0011POL01680829, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 17 DE FEBRERO DE 2021 V.MENDOZA FIRMA AUTORIZADA P/F4840 consideración los anuncios de prueba que formula la actora en su libelo de demanda, cuya pertinencia utilidad y conducencia era debatida en la audiencia correspondiente.Ofíciese al IESS en la forma que solicita, requiriendo a dicha institución que el termino de tres días entregue la documentación requerida.- Conforme lo previsto en el Art. 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos, el alimentante, deberán justificar sus ingresos económicos.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción fijada por la compareciente, así como el correo electrónico señalados para sus notificaciones y la autorización concedida a su abogado defensor.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 5 de febrero del 2021, las 09h29, Una vez que la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor ARROBO ARMIJOS DUVAL MAURICIO, se dispone citarlo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.-NOTIFÍQUESE.Loja, 05 de Febrero del 2021. Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4820
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JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021
Judiciales
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Fausto Ramiro Martínez DEMANDADOS: Herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00263 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 4 de febrero del 2021, las 11h21, VISTOS: Agréguese a los autos el memorial que antecede. En lo principal se califica y admite a trámite la demanda de formulada por el señor FAUSTO RAMIRO MARTINEZ, mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento de los señores JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, conforme se justifica con los certificados de su defunción ( fs. 3 a 6 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con el solicitante FAUSTO RAMIRO MARTINEZ, en calidad de adquiriente y cesionario de gananciales y derechos y acciones de la sucesión. 1.2.Con los señores NIDIA DEL CISNE FIERRO ALVEAR; LUZ AMERICA FIERRO ALVEAR; MANUEL FRANCISCO ORELLANA MENDOZA ,Y, DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, quienes deberán ser citados con el contenido de la demanda, documentos presentados, memorial que antecede y el presente auto en el lugar indicado en la demanda y en su respectivo despacho; actos que los cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto en aplicación al principio dispositivo el solicitante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.- Con los herederos desconocidos de los causantes JOSE LINO FIERRO QUEZADA; MARIA ROSARIO BELTRAN VILLAVICENCIO; SAUL CORCILIO FIERRO BELTRAN Y NIDIA TERESA ALVEAR CELI, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: Hasta antes de nombrarse el perito el solicitante deberá presentar el comprobante del pago del impuesto predial correspondiente al presente año (2021) del inmueble que se pretende enlistar. Lo anterior tiene su justificativo en el entendido que el inventario consiste en “realizar el alistamiento, avalúo y custodia de los bienes sucesorios”. En lo demás, en cuenta los medios de prueba que se anuncia su práctica y pertinencia se resolverán en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. En cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le concede a su defensora técnica. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.-
Loja, 10 de febrero del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4832 EXTRACTO PARA CITACION POR LA PRENSA REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido del auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio ORDINARIO, a los herederos desconocidos de la señora Magda Delia Ruiz Sánchez, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: RUIZ SANCHEZ JAIME HIPOLITO Y SERVIO HIPÓLITO RUIZ SÁNCHEZ DEMANDADO: ESTERFILIA OBDULIA RUIZ SÁNCHEZ, MAURO HERIBERTO RUIZ SÁNCHEZ, LUCÍA MATILDE RUIZ SÁNCHEZ, FRANCISCO TIMOLEÓN RUIZ SÁNCHEZ, NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA, REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LOJA, GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA. OBJETO DE LA DEMANDA: NULIDAD DE CONTRATO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO: NRO. 11333-2020-00542 JUEZ: DRA. GLENDA DEL CARMEN CASTILLO ORDOÑEZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.- Loja, jueves 29 de octubre del 2020, las 13h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en mérito al AUTO EMITIDO POR LOS SEÑORES JUECES DE LA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTIFICA DE LOJA, de fecha 18 de junio del 2020.- En lo principal, la demanda incoada por la señora Ab. Karina Cecibel Ochoa Romero, en sus calidad de Procuradora Judicial de los señores JAIME HIPÓLITO RUIZ SANCHEZ y SERVIO HIPÓLITO RUIZ SÁNCHEZ, conforme lo acredita con el documento que se anexa a la demanda, en contra de los señores ESTERFILIA OBDULIA RUIZ SÁNCHEZ, MAURO HERIBERTO RUIZ SÁNCHEZ, LUCÍA MATILDE RUIZ SÁNCHEZ, FRANCISCO TIMOLEÓN RUIZ SÁNCHEZ, NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA, REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LOJA, GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA, través de sus personeros Alcalde y Procurador Síndico, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por lo que se la admite al procedimiento ORDINARIO que le corresponde.- Por tanto se corre traslado con el contenido del escrito de la demanda a los demandados, para que lo contesten en el término de TREINTA DIAS, en que podrán oponer las excepciones de que se creyeren asistidos, cumpliendo con lo previsto en el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos.- Cítese a la parte demandada en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta ciudad de Loja, para lo cual la parte actora deberá acercarse a la Ventanilla de Archivo, a fin de brindar las facilidades necesarias.- Cuéntese en este proceso con los herederos desconocidos de la señora Magda Delia Ruiz Sánchez, a quienes se los citará por la prensa, conforme lo determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Por así solicitarlo la parte actora, se dispone contar en el presente proceso con la señora Delegada del señor Procurador General del Estado en Loja, funcionaria que deberá ser citada mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta ciudad de Loja, debiendo la parte actora, dar las facilidades necesarias, para sacar las copias respectivas.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, el correo electrónico y el casillero judicial señalado por la parte actora.- Llámese a intervenir en este proceso al señor Ab. Carlos Gallo Carrión, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.- Hágase saber. F) DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. LO CERTIFICO.Loja, 07 de enero de 2021 Ab. Carlos Gallo Carrión SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F4834 CONSEJO DE LA JUDICATURA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más
Publicidad constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes, SEGUNDO ÁNGEL ROMERO ROMERO y MARÍA HERMENCIA ORDÓÑEZ, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Agustin Alfredo Romero Ordóñez. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de los causantes Segundo Ángel Romero Romero Y María Hermencia Ordóñez. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRAMITE: Voluntario. JUICIO Nro.: 11313-2021-00060. JUEZ: Dr. Alex Damián Torres Robalino. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, miércoles 3 de febrero del 2021, las 17h01, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Multicompetente del cantón Saraguro en virtud del sorteo realizado y la competencia radicada en conformidad con la ley. En lo principal, se califica como clara y completa la demanda presentada por parte de AGUSTIN ALFREDO ROMERO ORDOÑEZ, por lo que se la admite a trámite voluntario. Citese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes SEGUNDO ANGEL ROMERO ROMERO y MARIA HERMENCIA ORDOÑEZ mediante tres publicaciones de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, previo al juramento ante este juzgador de desconocer otros herederos que deba ser citados. Citese señor Alcalde y Procurador Sindico del GAD Municipal de Saraguro, por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Citese al señor Director Regional del Servicio de Rentas Internas en la ciudad de Loja por intermedio de uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja a quien se la depreca la práctica de la diligencia ofreciéndose reciprocidad en casos análogos. Se declara abierta la sucesión de SEGUNDO ANGEL ROMERO ROMÉRO y MARIA HERMENCIA ORDOÑEZ. En cuenta los anuncios de prueba, como la cuantía y los domicilios judiciales señalados para posteriores notificaciones. Citese y Notifiquese. Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro, 11 de febrero del 2021. Dr. Ángel Marcelo Sarango Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SARAGURO P/F4835
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CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, por sus propios y personales derechos y como madre y representante legal de su hijo el adolescente JORGE ENRIQUE GALVEZ BANDA ,Y, ADRIANA KARYNA GALVEZ BANDA, por sus propios derechos y en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hijos del causante respectivamente DEMANDADOS: Herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de bienes sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2021-00234 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 1 de febrero del 2021, las 12h51, VISTOS: Agréguese a los autos los memoriales que anteceden. En lo principal como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, razón por la cual se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 4 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con las
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solicitantes GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, por sus propios y personales derechos y como madre y representante legal de su hijo el adolescente JORGE ENRIQUE GALVEZ BANDA ,Y, ADRIANA KARYNA GALVEZ BANDA, por sus propios derechos y en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hijos del causante respectivamente. 1.2.- Con el Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, quien deberá ser citado en su respectivo despacho; acto que lo cumplirá la oficina de citaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020. 1.3.Con los herederos desconocidos del causante FABIAN ENRIQUE GALVEZ MORENO, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicación esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Por último se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada. Además, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados y la autorización que le conceden a su defensor técnico. No obstante, con fundamento en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, atendiendo su pedimento se nombra a la accionante GLORIA KARYNA BANDA ALVAREZ, en calidad de procuradora común; debiendo contarse con ella en el proceso. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Servio Paúl Velepucha Espinosa. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 09 de febrero del 2021 Dr. Servio Velepucha Espinosa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4836
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JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021
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P/F4275
Justicia
Joven encontrada muerta en la puerta de una casa Saraguro. Transeúntes que caminaban por la calle Hermano Miguel y 10 de Agosto de la ciudad de Saraguro la mañana de este miércoles 17 de febrero se llevaron un gran susto al ver a una persona en el piso, justo al ingreso de un bien inmueble, porque al acercase se percataron que estaba sin vida. De inmediato alertaron a las autoridades. Los agentes de la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dina-
sed) de Loja llegaron al sitio del suceso y tras acordonar la escena empezaron las indagaciones para esclarecer el hecho y las verdaderas causas de la muerte. La persona fue identificada como Grace Paulina. M.C., de 20 años de edad y sería oriunda de la comunidad Las Lagunas del cantón de Saraguro. Los uniformados con autorización del fiscal de turno realizaron el levantamiento del cadáver y posterior traslado al Centro Forense para la autopsia de ley.(I).(FJC).
•• Ciudadana encontrada sin vida.
Una denuncia ciudadana motivó la inspección simultánea de las entidades de control a estos servicios de salud ubicados en las ciudades de Loja y Vilcabamba, los cuales tenían el mismo nombre comercial, en donde se identificó por parte de Arcsa el incumplimiento a
los artículos 137 y 140 de la Ley Orgánica de Salud. En ambos sitios se detectó el almacenamiento de productos sin Registro Sanitario o Notificación Sanitaria, y algunos que se encontraban caducados; en total se aislaron 3737 unidades en Vilcabamba y 3322 en Loja. Las entidades de control iniciarán los procesos administrativos correspondientes, que en el caso de
Arcsa puede implicar una clausura temporal o definitiva del establecimiento y una multa de 10 salarios básicos unificados. Se recuerda a la ciudadanía que puede reportar irregularidades sanitarias en productos de uso y consumo humano, así como en establecimientos que los comercializan, a través de la aplicación de descarga gratuita Arcsa Móvil.(I)
Evento cívico en San Pedro de Bellavista La Policía Nacional del Ecuador al mando del jefe del Distrito Loja, Francisco Mesías Hidalgo, y con el fin de mejorar la seguridad ciudadana y el orden público, conjuntamente con las autoridades y moradores del barrio San Pedro de Bellavista realizó un acercamiento comunitario a través de un minuto cívico.
Johnson Fuertes, presidente del barrio, agradeció la labor que viene desplegando la institución policial e hizo un llamado a las autoridades locales para que contribuyan con su aporte en el marco de sus competencias y así mejorar el aspecto representativo y simbólico que tiene el sector, catalo-
gado como la ciudad cultural y musical del sur del país. El Jefe de la Subzona 11 Loja, Jorge Renato Cevallos, comprometió todo su apoyo en el ámbito de la seguridad e hizo un llamado a los moradores al trabajo en equipo para hacer frente a los problemas sociales.(I)
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Evento en Tambopamba reunió aproximadamente a 600 personas Jhonatan Valdivieso, intendente general de Policía, informó que 367 operativos fueron ejecutados, 1.062 establecimientos controlados y 4 clausuras a distintos locales como: una tienda en Gonzanamá, una tienda en Catamayo; un restaurante en Quilanga y un hostal en Loja.
Más de 7.000 productos irregulares detectados en Loja y Vilcabamba Este 17 de febrero, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) y la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess) ejecutaron operativos de control en dos establecimientos que ofrecían servicios de especialidad en ginecología y obstetricia sin el respectivo permiso de funcionamiento.
JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2021
En las parroquias Quinara, Malacatos y Vilcabamba se intensificaron los controles frente al consumo de alcohol. Las personas que se apostaron en los parques y plazas con la intención de beber licor, fueron retiraros. En Calvas, Quilanga y Espíndola no se registraron novedades. Policía Nacional ingresó a una hostería de Catamayo tras recibir la notificación del botón de pánico; esto debido a que el propietario fue amenazado con un arma de fuego por un usuario quien exigía la venta de licor. Los efectivos procedieron con el retiro del arma y la detención de los involucrados. Así mismo, en este cantón gracias al trabajo articulado de organismos de seguridad y GAD Cantonal se impidió el desarrollo de una fiesta al retener el equipo de sonido y solicitar el retiro de más de 80 personas. Saraguro Acerca de las acciones desarrolladas en el cantón Saraguro, previo a la ejecución del evento de Carnaval que circula en redes sociales; Comisaría dialogó con el propietario de la cancha de vóley para informar sobre la prohibición del evento público y artístico previsto para el 14 de febrero de 2021. Sin embargo, el propietario manifestó que el acto estaba autorizado por el cabildo de la comunidad
Tambopamba y que no es necesaria la autorización del COE Cantonal. La Comisaría verificó que no existía la implementación de logística en el sector, por lo que procedió a retirarse. A las 20h00 se recibe la alerta de la actividad, Comisaría con el apoyo de Policía Nacional se traslada al sitio dialoga con el presidente de la comunidad, quien le manifiesta que el cabildo comunal resolvió la realización del evento. Se intenta el diálogo, pero no hubo cabida y fue imposible suspender. El evento reunió aproximadamente a 600 personas, destaca Valdivieso. Al día siguiente la autoridad se trasladó al sitio y se verificó que es una cancha de vóley con cubierta. Mantuvo un diálogo con el propietario quien ratifica que el acto contó con el permiso del cabildo de la comunidad y que no es necesaria la autorización del COE Cantonal dentro de su territorio indígena. Se presentó otra alerta en San Lucas y se verificó una cancha con cubierta pequeña en la comunidad de Pichira. “Nuestra intención fue dialogar, pero exigieron el retiro, procedimos a retirarnos y al salir aproximadamente a 300 metros, 30 personas nos rodearon y quitaron los celulares para eliminar evidencia. Se nos dijo que no tenemos autorización para estar en esos terrenos y que hemos violado las normas indígenas”. Procederemos con el diálogo y a solicitar la colaboración debido a que nos encontramos en pandemia. La finalidad es que no se organicen este tipo de eventos para evitar colapso en el Sistema de Salud Pública, resalta el Intendente.(I).