2015 Programa de Actuación Octubre 2014
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INTRODUCCIÓN. El presente de la actividad institucional del CSCAE está marcado por la situación de incertidumbre legislativa derivada del retraso en la promulgación de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales, iniciativa del Gobierno que ha focalizado nuestra actividad durante los dos últimos años. Sin embargo, y a pesar de su indudable importancia, la LSCP sólo constituye una parte de nuestras preocupaciones. La arquitectura española no puede de ningún modo distraerse de los problemas de fondo que en el momento presente la afectan con una intensidad acuciante, como por ejemplo la caída de los honorarios profesionales (con las consiguientes repercusiones en la calidad de los servicios, el nivel empresarial y técnico de las oficinas y la reducción drástica de la renta de los arquitectos), o la carencia de horizontes claros sobre modelos profesionales y de trabajo viables en el futuro. Se suma también la persistencia de cambios normativos relacionados con el ejercicio de la arquitectura que obligan a un ejercicio permanente de reciclaje y de adaptación, y al empleo de aplicaciones informáticas a veces inasequibles al fragmentado tejido empresarial de los arquitectos (ya sea por excesivo coste, complejidad técnica). Paralizada la construcción de nueva planta donde las competencias profesionales están nítidamente asignadas bajo un principio de especialidad, algunas de las nuevas fuentes de trabajo (ITE, Certificación Energética) se caracterizan por la concurrencia con otras profesiones ‐ 3 ‐
sin que la demanda disponga de elementos de juicio suficientes para determinar su elección con criterios claros de la relación entre importe de honorarios y calidad del servicio.
A día de hoy, los arquitectos españoles emigramos más que exportamos. Aunque algunos estudios están ganando concursos y cuotas de mercado en el extranjero, prevalece el desplazamiento permanente en busca de trabajo con el consiguiente efecto de pérdida del potencial que pudieran aportar generaciones de arquitectos con una preparación muy completa. En este marco general, la situación de los Colegios no puede ser buena. Un número significativo padece dificultades económicas que, aunque tengan una componente coyuntural, son expresión de problemas estructurales directamente relacionados con dos factores: - La contención o reducción del número de arquitectos colegiados, tendencia animada principalmente por falta de reposición. Los recientes contingentes de titulados a veces no se colegian o permanecen a la expectativa. - La reducción de la capacidad contributiva de los arquitectos y la disminución de ingresos por toda clase de servicios y especialmente en el Visado. La supervivencia de los Colegios requiere perentoriamente alternativas que posibiliten estructuras sostenibles en su coste, garantizando la presencia institucional en el territorio y prestaciones de calidad.
A pesar de las dificultades, no todo es negativo. La falta de trabajo bajo el modelo convencional está causando mucha frustración pero a la vez ha servido para incentivar la búsqueda de alternativas. Véase, por ejemplo, el creciente reconocimiento público de la relevancia de la arquitectura que cada año se pone de manifiesto con motivo del Día Mundial de la Arquitectura, en múltiples iniciativas con notable participación ciudadana.
Como consecuencia de todo ello, para la defensa de la consideración y dignidad del ejercicio de nuestra profesión proponemos perseverar en la proyección de la calidad de la actividad de los arquitectos y en la visibilidad que, en términos de utilidad social, supone la contribución de la estructura colegial. Conviene pues un Programa de Actuación que se soporte sobre los principios de acción consolidados en los programas anteriores: perseverancia, defensa radical, promoción y anticipación, refundación. No se han incluido en el Programa de Actuación las actividades ordinarias que forman parte del quehacer diario de la institución y que quedan fuera de la propia naturaleza de un programa que destaca las iniciativas más importantes para cumplir con ciertos objetivos y metas. También conviene señalar la interrelación entre muchas de las acciones de este Programa de Actuación, lo que hace imposible una división estanca y una concepción independiente de los contenidos de las mismas. Cinco son las líneas estratégicas que conforman el Programa de Actuación 2015 del CSCAE: Defensa del modelo profesional • .ALCSP • .LOE • .Evaluación de profesiones reguladas. ‐ 4 ‐
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• .Enseñanza de la Arquitectura. • .Equivalencia de títulos y convalidación. • .Acceso parcial en Europa a actividades reservadas a otras profesiones • .Ley Propiedad Intelectual Mejora de las condiciones del ejercicio profesional • .Plan de Calidad y Convergencia de Visado. • .Rehabilitación Arquitectónica • .Honorarios y Concursos • .Apoyo a la Formación. Comunicación y eventos culturales • .Web, redes sociales, boletín, newsletter. • .Eventos culturales Refundación • .Estatutos. • .Código Deontológico. • .Protocolo Común de Acreditación. Acción internacional • .Oficina española de Exportación de Arquitectura
Defensa del modelo profesional. ALCSP En 2015, podemos encontrarnos ante tres escenarios posibles respecto de la promulgación de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales: - Paralización. - Aprobación del Proyecto de Ley en los términos conocidos en el último borrador. - Aprobación del Proyecto de Ley en los términos del Anteproyecto de 2013. En consecuencia, la estrategia a seguir tendrá inevitablemente un carácter de espera, que no significa pasividad pues la situación reclama todo lo contrario: atención y actividad. Aunque se paralice la LSCP, habrán de continuarse los trabajos de convergencia de Visado y de Plan de Calidad (ver capítulo correspondiente) como instrumentos más adecuados para la defensa del principio de intervención de los Colegios en las labores de control de los servicios profesionales de arquitectura, acreditando la identidad y habilitación de los autores, la corrección e integridad formal y en algunas Comunidades Autónomas la normativa urbanística. No hay que olvidar que está pendiente de cumplimiento el compromiso establecido en el RD 1.000/2010 de revisión de la lista de trabajos profesionales sometidos obligatoriamente al trámite de Visado colegial y esta medida se enmarca en un contexto general tendente hacia la
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desregulación. En algún momento el Visado colegial volverá a la palestra y convendría que para entonces su utilidad social resultara incuestionable. Con este propósito, hay que avanzar en la articulación de procedimientos que faciliten la viabilidad del Visado en los términos requeridos por la Ley 25/2009, es decir, brindando al solicitante la posibilidad de elegir el Colegio donde presenta el trabajo profesional sin que esta decisión comporte complicaciones añadidas. De este modo se avanzaría también en el deseable objetivo de unidad de mercado de modo que la obtención del Visado estuviera liberada de condicionantes o particularidades territoriales de carácter específicamente colegial, más allá de las diferencias legales o normativas de las comunidades autónomas. También en la reputación del Visado como un trámite eficaz, garante de la calidad del servicio y proporcionado con sus objetivos. Si el Proyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales se aprobara en los términos del último borrador conocido, de junio 2014, podría decirse que los arquitectos hemos conseguido un trato similar a la mayoría de las profesiones, dejando de ser unos de los principales perjudicados. La eliminación de la disposición adicional que cuestionaba la asignación de competencias profesionales reconocida por la LOE y la inclusión de esta Ley en la lista de los textos legales que mantienen su vigencia, representaría la consecución del principal objetivo perseguido por los Colegios y el Consejo en la intensa actividad desarrollada a lo largo de 2013 y 2014. Sería entonces el momento de adoptar una estrategia conjunta con otras profesiones en la lucha por la mejora del Proyecto de Ley. Se trataría principalmente se revertir el tono general que rezuma su tenor literal, de recelo cuando no hostilidad hacia los colegios profesionales, para intentar convertirlo en una oportunidad de adaptar la regulación de los servicios profesionales y las instituciones que la soportan a las necesidades de una sociedad cambiante. Por último, por prudencia no cabe desechar la posibilidad de que el Proyecto de Ley reproduzca el Anteproyecto publicado el 2 de agosto de 2013 en el BOE. En ese caso, habría que volver a la movilización en defensa del modelo profesional y competencial de la arquitectura española. Con la experiencia acumulada durante los dos últimos años, esta operación debiera recurrir a las especificidades potenciales que nos distinguen, fortaleciendo nuestra presencia pública así como la capacidad de influencia sobre todos los centros de decisión posibles.
LOE En primer lugar, resulta substancial mantener siempre en primera línea de interés el apoyo total a la LOE en todos sus términos, por los resultados cosechados durante sus 15 años de vigencia, tanto en el establecimiento de un marco nítido para el sector de la construcción y todos sus agentes, como en la reducción de la conflictividad entre profesiones o la determinación precisa de los derechos de los consumidores. ‐ 6 ‐
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Responsabilidad civil trienal Conscientes de que no hay mejor defensa de una Ley que su desarrollo en aquellos aspectos comprometidos en el texto o cuya necesidad pone de manifiesto la aplicación cotidiana, continuaremos respaldando las iniciativas que promueven la implantación de la cobertura por parte del promotor de la responsabilidad derivada de daños constructivos de prescripción trienal. Esta medida debiera ahorrar costes a los arquitectos en comparación con la situación presente dado que en numerosas ocasiones hemos de afrontar en solitario las reclamaciones por la desaparición de otros agentes de la edificación. Por otra parte, contribuirá a fortalecer un tejido empresarial en la promoción inmobiliaria que resulte más sólido, solvente y profesionalizado. A su vez, la imposibilidad de elusión de responsabilidades, debiera incentivar el reconocimiento por parte del promotor de la necesidad de servicios profesionales de calidad, consecuentemente retribuidos, como garantía más eficaz contra la proliferación de reclamaciones por deficiencias constructivas.
Evaluación de profesiones reguladas. Tras la última modificación de la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento intracomunitario de las cualificaciones profesionales, la Comisión europea ha puesto en marcha un proceso de evaluación de la regulación de todas las profesiones en Europa. Este ejercicio, que la institución comunitaria conoce como ejercicio de transparencia, debe acometerse por imperativo legal (art. 59 de la Directiva precitada). La Presidencia, la Secretaria General y la Asesoría Jurídica colaboran estrechamente con la autoridad competente española, el Ministerio de Educación, y con el Ministerio de Fomento para responder a los requerimientos de la UE. Se ha elaborado el “test de proporcionalidad” en el que se resumen los objetivos de interés general que justifican la protección del título, el visado colegial, las atribuciones del arquitecto (LOE) y la colegiación obligatoria y se ha atendido a la primera cita presencial del proceso de evaluación. Tras la primera fase del proceso de evaluación, los Estados miembros deberán presentar un informe inicial en el mes de abril 2015 sobre todas las profesiones evaluadas, incluida la Arquitectura. El CSCAE considera que el modelo español de regulación de la Arquitectura no tiene que revisarse en sus aspectos fundamentales, con independencia de las mejoras que puedan aportarse. Los Ministerios de Educación y Fomento comparten esta posición de principio que ya se ha trasladado a la Comisión UE y también es compartido con nuestras organizaciones homólogas del CAE. La Comisión UE trabajará sobre la base del informe nacional con el objetivo de elaborar las correspondientes recomendaciones que se incorporarán al informe final. Es por este motivo por el que el CSCAE seguirá colaborando estrechamente con las autoridades españolas, aportando todo el apoyo institucional y de asesoría jurídica que sea necesario para que la
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Comisión UE y el resto de Estados miembros avalen el modelo español de arquitecto y nuestra regulación profesional, que, por otra parte, se fundamenta en la decisión de nuestro legislador nacional y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Teniendo en cuenta la idea de la presidencia del CSCAE desarrollada por la Asesoría Jurídica y asumida por el Consejo de Arquitectos de Europa, la Comisión aceptará la existencia de dos grandes grupos de regulación: regulación ex ante (es decir, antes del acceso al ejercicio), relativa a la protección del título y a las reservas de actividad, y regulación ex post, que supervisa el ejercicio mediante la limitación de los profesionales autorizados a presentar licencia (Alemania), mediante registros públicos de inspectores de obra (Reino Unido) o mediante la regulación de categorías registradas de proyectistas y controles de la administración local (Finlandia), por ejemplo.
No obstante esta aceptación, hay que advertir que la Comisión entiende por “país regulado” aquel país que tiene regulaciones en el ámbito de aplicación de la Directiva de cualificaciones, es decir, regulación de la formación como criterio de acceso (ex ante) y que las regulaciones que afectan al ejercicio están fuera del proceso de evaluación.
Enseñanza de la Arquitectura. Los planteamientos iniciales del Proceso de Bolonia establecían las bases de un deterioro de la calidad de la formación y del consecuente menoscabo del prestigio social de la profesión. El trabajo llevado a cabo estos últimos años ha permitido la aprobación de instrumentos legislativos que establecían el acceso a la profesión a través de los estudios durante seis años con nivel académico de Máster. La dispersión producida ha contribuido negativamente al reconocimiento del perfil del arquitecto español. Por ello, es necesario que en 2015 toda la estructura colegial coordine esfuerzos para que, en colaboración con las escuelas de arquitectura y las delegaciones de estudiantes, puedan establecerse los mecanismos que permitan frenar el deterioro y recuperar los niveles de formación que garanticen el acceso a la profesión y contribuyan al reconocimiento social.
Es evidente que profesión y mundo académico van de la mano. Por ello, otro de los retos para 2015 es institucionalizar la relación del CSCAE con las Escuelas de Arquitectura y con la Conferencia de Directores de Escuelas para contribuir a la mejora de la enseñanza de la Arquitectura velando especialmente por su debida adecuación a los requerimientos de un ejercicio profesional experto y responsable, en virtud de lo establecido en el art. 51.1.f de nuestros Estatutos Generales.
Esta actuación y sus resultados serán fundamentales para promover la integración de los arquitectos, en mayor medida, en nuevos ámbitos de la actividad industrial y comercial a través de las oportunas acciones de comunicación. En los mismos términos, esto será fundamental para mantener los niveles de reconocimiento que nuestros profesionales tienen en ámbitos territoriales fuera de nuestras fronteras, en los que se aprecia su formación transversal en competencias de arquitectura y de ingeniería civil.
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Equivalencia de títulos y convalidación. En relación con la modificación de la normativa que se está produciendo en este ámbito y en consonancia con las alegaciones presentadas por este Consejo Superior al proyecto de Real Decreto de los procedimientos de homologación de títulos extranjeros y la correspondencia de las titulaciones pre‐Bolonia al marco español de cualificaciones para la educación superior (MECES), en 2015 el Consejo Superior perseverará en el automatismo de la consideración de la equivalencia académica a nivel de Máster de los títulos anteriores a la entrada en vigor del Plan Bolonia. Ello en función de la formación recibida para la obtención del título de arquitecto en España, sin necesidad de un procedimiento administrativo que lleve a esa misma conclusión con una intervención de la ANECA.
Acceso parcial en Europa de los arquitectos españoles a actividades reservadas a otras profesiones. Como parte de los trabajos que, en el ámbito de la internacionalización, el Consejo Superior desea impulsar en 2015 se sitúa el relativo al acceso parcial a la prestación transfronteriza de servicios profesionales de componente técnico por los arquitectos españoles en el ámbito de la Unión Europea. En la última modificación de la Directiva 2005/36/CE sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales, el legislador ha incluido un mecanismo de acceso parcial en los países de destino cuando el profesional que se desplaza tiene la adecuada formación (art. 4 septies de la citada Directiva). Este mecanismo tiene gran importancia para el arquitecto español que puede tener acceso parcial a actividades que en otros países son propios de la Ingeniería civil, de la edificación o estructural. Se trata, básicamente, de determinadas actividades y trabajos relativos al diseño y cálculo de estructuras, documentos técnicos, proyectos de instalaciones en la edificación y mecánica de suelo. No se trataría de la obtención de un reconocimiento del título español de arquitecto como ingeniero civil para ejercer en otro país el conjunto de las competencias de esa titulación, sino de un mecanismo de reconocimiento parcial para el ejercicio de actividades concretas de naturaleza técnica y relativas al campo profesional de la edificación. El CSCAE ha presentado esta posibilidad ante el Ministerio de Educación, en su calidad de autoridad competente y el Ministerio, a través de la Representación Permanente (REPER) española, se lo ha hecho llegar a los servicios de la Comisión, con el objetivo de conseguir una instrucción de la Comisión UE para que las autoridades competentes de los Estados miembros reconozcan el acceso parcial de los arquitectos españoles a esas actividades de componente técnico edificatorio. Se establecerán los contactos con los servicios de la Comisión UE y, desde que finalice el plazo de transposición de la modificación de la Directiva 2005/36/CE, se impulsará la aplicación de este nuevo mecanismo directamente ante las autoridades competentes de los Estados miembros.
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Ley Propiedad Intelectual Defensa ante las instancias gubernamentales de las obras de arquitectura como obras protegidas, al amparo de lo establecido en el artículo 2 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.
Mejora de las condiciones del ejercicio profesional Iniciativas en beneficio de los arquitectos y seguimiento de las ya iniciadas. Apoyo a las diversas formas de ejercicio profesional.
Plan de Calidad y Convergencia de Visado. En la sociedad actual, en avance hacia la lógica de la desregulación, se han confirmado, como etiquetas de referencia e indicadores de valor añadido, los procesos de normalización y el establecimiento de los estándares de calidad. Durante ejercicios pasados, el Consejo elaboró el Manual de Calidad para la Redacción de Proyectos y ha puesto a punto las herramientas informáticas para la difusión y uso del mismo, como instrumento para hacer patente el atributo de calidad, en términos objetivables, de los proyectos de nueva planta redactados por los arquitectos. Con la misma motivación descrita anteriormente, y para la consolidación de los atributos de calidad de la labor que hacemos los arquitectos como máximos responsables facultativos en los procesos de desarrollo de las obras, el Consejo inició los trabajos para la redacción de los adecuados instrumentos de planificación y control. En este momento el Consejo propone poner a disposición de los arquitectos un Manual de Calidad para la Dirección Facultativa de las Obras, con las correspondientes herramientas informáticas, y apoyando con acciones de difusión y formación su uso. El objetivo de este trabajo consiste en: - Planificar la calidad de la dirección facultativa de la obra. - Definir los sistemas de control de la misma. - Establecer protocolos que acrediten a las entidades de control de calidad (ECCE) en su asistencia técnica durante la ejecución de los edificios. Actualmente se dispone del Manual de Calidad del Proyecto Arquitectónico, prácticamente acabado a fecha de septiembre de 2014. La última actualización de este Manual se está realizando en estos momentos y se ha revisado la Normativa estatal hasta la fecha, quedando por revisar la aplicación de alguna normativa autonómica. Con ello obtenemos una interpretación de toda la Normativa de aplicación Estatal y autonómica relativa a los proyectos de edificación. Se dispone asimismo de una herramienta en su versión beta, de carácter básico, que facilitara la aplicación y conocimiento normativo según dicho Manual de Calidad. ‐ 10 ‐
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Posteriormente, la conexión con otras aplicaciones del mercado de software, permitirá garantizar que las mismas disponen del mismo criterio de aplicación normativa que el analizado y revisado por el Manual de Calidad. A su vez, se dispone del formato estándar de visado que mediante un archivo xml permitirá la verificación automatizada y contrastada del cumplimiento del visado o de cualquier otro paso necesario que garantice la adecuación técnica y normativa de los proyectos realizados y sus supervisiones, garantizando así un visado de garantía y contenido únicos para todo el territorio. Por otro lado, el Manual de la Dirección se encuentra desarrollado en más de un 50% y se ha llegado a un acuerdo con el CGATE para la continuidad del trabajo conjunto, ya que el mismo entra a definir y delimitar los trabajos de dirección y control de ambos técnicos intervinientes. Por dicho motivo se está en relación con entidades del seguro especializadas en el Sector y con el Sector de las Entidades de Control, que han verificado la valía y bondad del sistema, como medio para garantizar la calidad de un sector estratégico y fundamental en la economía del país y que tanto valor ha dado a la marca España. A su vez se están acometiendo métodos y procedimientos para que no existan duplicidades de funciones que difícilmente serian asumibles por la sociedad, más aun si pensamos en el próximo desarrollo de la LOE con el seguro trienal. La conveniencia de puesta en marcha de un Manual de Calidad ha de venir apoyada por los instrumentos políticos, legales y jurídicos que permitan su desarrollo. Por un lado a nivel estatal, de forma que el sistema de Calidad propuesto quede sin género de dudas como una medida necesaria y fundamental que el CSCAE, pone en manos del Gobierno para que este Manual sea reconocido como aplicación o Documento de la legislación, de manera similar a como lo son los DBs con el CTE. Por otro a nivel autonómico, de forma que las legislaciones autonómicas, promuevan la unidad en lo posible de legislaciones que afectan al Sector, que por matizaciones o criterios distintos obligan a un desarrollo y aplicación casuística en cada comunidad. Finalmente a nivel local, en la que también se desarrollan igualmente ordenanzas, que matizan o desarrollan legislaciones hasta diferenciarse significativamente entre los pueblos de una misma comunidad autónoma. Para el año 2015 se propone la creación de un Observatorio de incidencias para atender las quejas sobre problemas en la aplicación efectiva de la interterritorialidad. Este Observatorio tendrá como objetivo evitar la existencia de barreras en relación con el ejercicio de arquitectos pertenecientes a diferentes Colegios territoriales por razones económicas, de procedimientos burocráticos o de lengua. Velando en especial en el primer caso por la eliminación de cualquier forma de sobretasa aplicable por razones territoriales; y en el último facilitando el bilingüismo en todos los trámites, procedimientos y comunicaciones entre colegiados y Colegios en los ámbitos que disponen de lenguas cooficiales. Todo lo anterior en el marco de la legislación vigente.
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El Consejo se fija como un objetivo la coordinación de los colegios territoriales para favorecer que los servicios prestados por estos en sus ámbitos de asesorías técnicas, fiscales, laborales y otras, así como en sus labores de formación de los arquitectos y difusión de la arquitectura: revistas, exposiciones, etc., se presten de manera común entre ellos, consiguiendo así servicios de mayor calidad y con un coste menor para los colegiados. Respecto al visado, el objetivo a conseguir será la convergencia real y efectiva de los procedimientos de visado para lo cual continuará el esfuerzo para avanzar en los procedimientos informáticos, del tipo ficheros de intercambio, que faciliten el visado con independencia de la procedencia o el destino de la documentación. El Consejo planteará en su trabajo de interlocución con los diferentes poderes públicos e instituciones la necesidad de la simplificación normativa dentro de nuestro sector profesional, en especial evitando la duplicidad de normativa autonómica y local cuando no aporte modificaciones sustanciales sobre la de orden superior y buscando la mayor homogeneidad posible, al efecto de que sea fácilmente comparable, entre normativas del mismo nivel.
Rehabilitación Arquitectónica En la necesaria función de anticipación que debe desarrollar el Consejo, es esencial la promoción de la rehabilitación arquitectónica de edificios, de modo transversal integrado y con lógica arquitectónica. Hay, pues, que instrumentar un mecanismo mediante el que se fomente la conservación, el mantenimiento y la mejora de los edificios en términos positivos y de puesta en valor de la llamada rehabilitación arquitectónica. Esta propuesta inicial se ha concretado, en los años anteriores, en diversos informes técnicos y jurídicos que han permitido su presentación en las mesas de trabajo de carácter consultivo que el Gobierno ha mantenido abiertas así como en los organismos europeos correspondientes y ha tenido, entre otros, el resultado de la creación de los IEE, Informe de Evaluación de los Edificios. La implantación de esta figura legal pone de manifiesto el viraje que está experimentando el sector de la construcción desde la nueva planta a la intervención en el patrimonio inmueble. Para facilitar la incorporación de los arquitectos a este nuevo marco, se articulará una red de acción formativa desde el CSCAE a los CAT de los Colegios y, desde éstos a los colegiados, a través de los convenios de colaboración establecidos con el Instituto de la Construcción de Castilla y León, en su condición de entidad que ha desarrollado la aplicación IEE por vía telemática. Este Consejo continuará la labor de estudio para la creación del Sello Básico del Edificio juntamente con otros organismos interesados, por su valor como instrumento arquitectónico dinamizador del esfuerzo inversor en el sector de la edificación y por la visibilidad social que confiere a aquel propietario que acomete las actuaciones de mejora o rehabilitación de sus edificios en lógica arquitectónica. ‐ 12 ‐
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Honorarios y Concursos La adjudicación de proyectos de iniciativa pública mediante procedimientos que respeten La dignidad de la profesión y la calidad de los trabajos, resulta una apuesta permanente que debemos mantener. El Consejo plantea, a este respecto, dos temas prioritarios: procedimientos de adjudicación intachables y honorarios proporcionados. Nueva Directiva europea de Contratación Pública El legislador comunitario aprobó una nueva Directiva 2014/24/UE de contratación pública que implica en su transposición una profunda modificación de nuestra Ley de Contratos del Sector Público. El plazo de transposición es de dos años y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas está coordinando los trabajos para su incorporación al ordenamiento nacional. El CSCAE está haciendo el correspondiente seguimiento ante el Ministerio de Hacienda y ante el Ministerio de Fomento. Los fundamentos de la propia Directiva europea incluyen una reconsideración del marco de las condiciones en las que las PYMES participan en los procedimientos de adjudicación. Aunque solo sea por esto, el interés del seguimiento de los trabajos de la Administración es de máxima prioridad. Seguiremos manteniendo ante la administración española que el marco legislativo actual no asegura la plena concurrencia y el acceso equitativo de los arquitectos a las adjudicaciones públicas, en el sector de servicios de arquitectura e ingeniería. Presentaremos nuestras propuestas, ya conocidas por ambos Ministerios, y si fuera preciso se reelaborará un borrador de texto normativo, que sintetiza nuestra posición concreta sobre procedimientos, criterios de selección y de adjudicación, concursos de arquitectura y criterios de solvencia económica y financiera. Igualmente, se abordarán otras novedades, como las relativas al cálculo de los tipos de licitación, procedimientos singulares (asociación para la innovación, diálogo competitivo…), cambios tendentes a la simplificación (documento europeo único de contratación) y los criterios de adjudicación (cálculo del coste del ciclo de vida). Ley de Contratos del Sector Público Concluir los trabajos, ya iniciados, para conseguir la aprobación de un reglamento que desarrolle la Ley de Contratos del Sector Público respetando los principios esenciales de la contratación pública: concurrencia, transparencia e igualdad de trato entre los concursantes. Para la consecución de esos objetivos, consideramos imprescindible que la Ley de Contratos otorgue un tratamiento específico a los procedimientos de licitación de servicios profesionales, adaptado a sus características particulares, que poco tienen que ver con la adjudicación de contratos de obra. ‐ 13 ‐
Honorarios Reivindicación del establecimiento por parte del Ministerio de Fomento y de las Consejerías homólogas de las comunidades autónomas de baremos de honorarios para la determinación de las bases de licitación en los procedimientos públicos de adjudicación. Aparte de la defensa de niveles de retribución proporcionados al grado de complejidad propio de los servicios profesionales de arquitectura y de la responsabilidad inherente, esta medida supondría también una garantía de la correcta gestión administrativa y política de los concursos, impidiendo la práctica nada inhabitual de manipular el importe de las bases de licitación para recurrir a procedimientos de adjudicación impropios, contrarios a los principios de competencia, equidad y transparencia.
Apoyo a la Formación. Se propone mantener el listado de cursos de 2014 que, mediante las actualizaciones correspondientes, que faciliten la adaptación al cambiante marco normativo, orientados principalmente hacia el modelo profesional dominante, de pequeña oficina técnica dotada de una base de conocimiento generalista y un soporte técnico, suficiente para gestionar de modo autónomo trabajos de tamaño y complejidad manejable, y que recurre al auxilio de especialistas en trabajos singulares o áreas específicas. En este sentido, para 2015 resulta prioritaria la formación de los arquitectos en la redacción y cumplimentación del Informe de Evaluación de los Edificios, recogido en el Artículo 4 y siguientes de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, como documento que acredita el estado de conservación de los edificios de vivienda colectiva así como su grado de eficiencia energética y las condiciones de accesibilidad. Con objeto de economizar en gastos, el Consejo promoverá modalidades formativas que ahorren costes, principalmente mediante el recurso a sistemas remotos.
Comunicación y eventos culturales Web, redes sociales, boletín, newsletter. Mejorar el diseño de la web con objeto de hacerla más accesible y favorecer el número de usuarios. Por otro lado, se intensificará la presencia del CSCAE en las redes sociales (Twiter, Facebook).
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Eventos culturales A través de la coordinación de los Colegios y de los recursos propios, el Consejo propone para el 2015 perseverar en la labor de reforzar la presencia social y cultural de la arquitectura española en escenarios relevantes. Por ello, además de las actividades consolidadas durante años, como la Medalla de Oro de la Arquitectura y el Premio de Arquitectura Española, la celebración de las Bienales Iberoamericana de Arquitectura y Urbanismo y Española de Arquitectura y Urbanismo, y de la activa participación en EUROPAN, propone para el 2015 la Quinta Edición de las Medallas CSCAE y la Segunda Edición de los Premios de Arquitectura Española Internacional.
Refundación Estatutos. Continuación del trámite para la aprobación de las modificaciones estatutarias pendientes y que han quedado en suspenso en el ámbito gubernamental por la el proceso de elaboración de la LSCP, cuya aprobación supondría una modificación estatutaria radical. A su vez, iniciación de los trabajos para la modificación del capítulo referido al control deontológico que dimanaría de la aprobación de un nuevo Código de conducta profesional, adaptando, entre otras cuestiones, la tipificación de faltas y la naturaleza y alcance de las sanciones así como los procedimientos de tramitación de los expedientes. Finalmente, reflexión para la mejora permanente de los estatutos adaptándolos a las necesidades de la profesión en el siglo XXI, con una mención especial a la mejora global de su redacción.
Código Deontológico. Conclusión de los trabajos de elaboración de un nuevo Código, habida cuenta de que el vigente es en muchos aspectos anacrónico pues se refiere casi exclusivamente a un panorama profesional de arquitectos en el ejercicio liberal con estudio propio y todavía con numerosos rasgos derivados del marco establecido por el RD 2512/1977 de tarifas de honorarios, que en sus aspectos más sustanciales fue abolido en 1997. Este Código ha de basarse en el reconocimiento de la diversidad de los diferentes modos de ejercicio profesional, reconociendo el hecho incontestable de que la arquitectura es, hoy día, una profesión plural y heterogénea. También tendrá que adaptarse a las exigencias que la sociedad moderna requiere de los prestadores de servicios profesionales, particularmente el establecimiento de un mercado transparente con garantías para el consumidor. ‐ 15 ‐
La mencionada derogación de la obligatoriedad de cobro a través del Colegio y de los baremos de honorarios, junto con la adquisición de personalidad jurídica de los colegiados en su acción empresarial, supuso un cambio radical en el ejercicio profesional cuyas consecuencias no fueron calibradas suficientemente por los propios arquitectos y sus organizaciones corporativas. En un plazo de tiempo muy breve, se pasó de un panorama hiperregulado al vacío absoluto. Desde entonces, la mayoría de los arquitectos no formaliza contratos escritos, renuncia al cobro de muchas actividades que otras profesiones no perdonan (consultas, desplazamientos, visitas, etc.) y ha emprendido una carrera en la reducción del importe de los honorarios que no parece tener límite. Este marco tan desfavorable para los arquitectos se mantuvo latente durante la década de apoteosis inmobiliaria, manifestándose en toda su crudeza sólo a partir de 2007, agravado también por la nueva ola desreguladora emprendida por el gobierno central con la pretensión de debilitar más todavía la posición en el mercado de los profesionales colegiados mediante la erosión constante de sus instituciones corporativas. Ante este panorama, un nuevo Código representa la refundación radical de las bases en las que se sustenta el ejercicio profesional con el objetivo de recomponer la autoestima de los arquitectos y su inserción en el mercado de los servicios profesionales bajo una perspectiva de transparencia y eficacia que también resultará beneficiosa para los consumidores.
Protocolo Común de Acreditación. Impulsar la implantación de un registro unificado de experiencia profesional, con criterios comunes en todos los Colegios y para todos los interesados, que permitan que los méritos profesionales sean registrados de un modo homogéneo y conforme a unos criterios claros e incorporados a un Certificado de Acreditación Único (CAU) propio de cada arquitecto. El propósito es que los Colegios de Arquitectos puedan convertirse en centros de acreditación y que el CSCAE tenga una función de coordinación. El ALSCP prevé que los COAs se puedan convertir en centros de acreditación. También se planteará la posibilidad de que en el Consejo exista una unidad de acreditación independiente. El protocolo se plantea con varios objetivos: contribuir a que se produzcan evaluaciones correctas en concursos y contrataciones que tengan como componente la valoración del CV y la formación; justificar y acreditar actuaciones de colaboración con terceros, con un catálogo tan amplio como sea oportuno y conseguir que los Colegios tengan procedimientos equivalentes a la hora de acreditar, es decir, unas fórmulas de mecanismos de prueba para la acreditación, una normalización y transparencia de procedimientos. Un catálogo de haberes curriculares facilitaría el establecimiento de parámetros que posibilitarían la comparación y supondría un ahorro sistemático en procesos de selección pública y privada.
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Acción internacional Con objeto de defender los intereses de nuestros arquitectos en Europa, el CSCAE reforzará su presencia en Europa, a través del CAE y de la Región I de la UIA. Asimismo, intensificará sus relaciones con Alemania y con Francia, en particular en lo relativo a licitaciones públicas de servicios de arquitectura.
Oficina española de Exportación de Arquitectura Uno de los pilares básicos de actuación del Consejo Superior es la promoción del trabajo para los arquitectos y, en particular, el apoyo para que salgan al exterior y sean más competitivos en su actividad exportadora. Por este motivo, consolidado ya el trabajo de difusión en sus soportes telemáticos de las noticias de arquitectos españoles en el exterior, del calendario de actividades internacionales y licitaciones y de la creación de los Premios de Arquitectura Española Internacional, durante 2015 el CSCAE trabajará a favor de la creación de una Oficina española de Exportación de Arquitectura que potencie la presencia de los profesionales y las empresas españolas del sector en el mercado internacional y que ayude a consolidar la Marca España en los campos de la edificación y el urbanismo. De manera inicial esta Oficina habría de desempeñar tareas instrumentales básicas, como la elaboración de un banco de datos único de actividad en el exterior y la difusión de noticias mediante un boletín periódico. A su vez, en el terreno institucional tendría el objetivo de lograr una mayor coordinación de acciones con los distintos organismos públicos (Ministerio de Fomento, el ICEX, AECID y ACE) que actúan en este campo. También daría cobertura a las iniciativas emprendidas por algunos Colegios, contando con el correspondiente apoyo político y técnico del Gobierno y de nuestras representaciones diplomáticas y comerciales.
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