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Lo que debes saber del Sistema de Ahorro para el Retiro

LO QUE DEBES SABER

del Sistema de Ahorro para el Retiro

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(Primera de dos partes)

¿Qué es el Sistema de Ahorro para el Retiro en México? Es el Sistema regulado por la Ley del Seguro Social, que prevé que las aportaciones de los trabajadores, patrones y del Gobierno Federal sean manejadas a través de cuentas individuales propiedad de los trabajadores, con el fin de acumular saldos, mismos que se aplicarán para fines de previsión social o para la obtención de pensiones o como complemento de éstas.

OK, Tengo un empleo formal ¿Qué implica tenerlo o no tenerlo para mi retiro de la vida laboral activa el día que suceda? Una vez concluida la vida laboral, y al tener un empleo formal, llega el momento de disfrutar los beneficios que por ley corresponden a los trabajadores. Con el fin de que los trabajadores puedan retirar los recursos acumulados en su cuenta individual de ahorro para el retiro, deberán cumplir con los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, toda vez que es ésta la que regula la disposición de dichos montos.

Los requisitos a cumplir son los siguientes: Estar registrado en una AFORE. Contar con una Concesión de Pensión o de Negativa de Pensión emitida por el IMSS. Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la AFORE con información del trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio. Ahora bien, es importante que los trabajadores tengan un empleo formal ya que les da acceso a muchos beneficios, entre ellos, acumular semanas de cotización ante el IMSS para la obtención de una pensión, tener derecho al servicio médico, seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, acumular recursos económicos para obtener una vivienda y en caso de fallecimiento sus beneficiarios podrán obtener una pensión y el retiro de recursos que en su caso correspondan. Adicionalmente, prestaciones sociales (actividades recreativas y centros vacacionales) así como, capacitaciones laborales.

Es importante precisar que existen dos tipos de Regímenes por los que el IMSS pensiona a los trabajadores. Estos aplican según los años en los que el trabajador haya cotizado a este Instituto conforme a lo siguiente:

Régimen de 1973: Aplica a los trabajadores que cotizaron hasta antes del 1º de julio de 1997. Régimen de 1997: Aplica a los trabajadores que comenzaron a cotizar después del 1º de julio de 1997. Si el trabajador cotizó en ambos regímenes, es un trabajador en transición, por lo que al momento de su retiro podrá escoger el régimen que más le convenga.

¿Qué es la Cuenta Afore? Es una cuenta personal y única donde se acumulan los recursos que se utilizarán para el momento del retiro de cada trabajador, ya sea que cotice al IMSS o al ISSSTE, o bien, trabaje por su cuenta como independiente. La cuenta AFORE es ideal para ahorrar de manera voluntaria, ya que las AFORE son una excelente opción para obtener atractivos rendimientos en el largo plazo.

¿Cuántas Subcuentas existen? La cuenta individual está conformada por 3 subcuentas: Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) Vivienda Aportaciones Voluntarias. https://www.gob.mx/consar/articulos/ subcuentas-y-aportaciones-imss

¿Cómo funcionan? Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez: En ella se depositan las cuotas y aportaciones que realizan el patrón, el gobierno federal y el trabajador para la pensión.

Vivienda: En ella el patrón realiza aportaciones que equivalen al 5% calculado sobre el salario base de cotización. El INFONAVIT, es el que recauda y administra las aportaciones realizadas por este concepto. Las AFORES sólo cumplen con informar el saldo reportado por dicho Instituto a través del Estado de Cuenta.

Aportaciones Voluntarias: Son abonadas ya sea por el mismo trabajador o por el patrón. https://www.gob.mx/consar/articulos/ subcuentas-y-aportaciones-imss

¿Cómo las controlo y les doy seguimiento? Por tu seguridad, ni la CONSAR ni alguna otra instancia tienen acceso a tu información y sólo la AFORE en la que esté tu cuenta podrá decirte cuánto ahorro tienes, ya que es quien administra tus recursos. En el SAR, las AFORE son las únicas instancias autorizadas para emitir estados de cuenta, constancias de saldo o detalles de movimientos de las cuentas de ahorro para el retiro de los trabajadores, por ley el estado de cuenta te debe llegar 3 veces al año durante los meses de enero, mayo y septiembre, así mismo, lo puedes solicitar directamente en tu AFORE o a través de la aplicación AforeMóvil, es de suma importancia que al tenerlo en tus manos revises todos tus datos personales, como nombre, RFC, y CURP, para que en caso de detectar algún error lleves a cabo la corrección ante la instancia correspondiente.

¿Qué pasa si pierdo mi empleo? El trabajador puede hacer un retiro parcial de su cuenta AFORE por situación de desempleo que, según la modalidad que aplique, puede ser equivalente a: Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización (UMA). Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV). Para esto el trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos: Tener al menos 46 días en situación de desempleo. Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE. No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite. Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y la captura de sus huellas digitales. Para ejercer la Modalidad A, el trabajador deberá tener una cuenta individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta. Para ejercer la Modalidad B, el trabajador deberá tener una cuenta individual con 5 años o más de haber sido aperturada.

*Al hacer uso de este retiro, el IMSS descontará semanas de cotización mismas que el trabajador podrá recuperar posteriormente reintegrando los recursos a su cuenta individual.

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