Mujer

Page 1

/ MOUNTAINEERS CLUB /

M U J E R

O SEAN BÁMBAROS!! Para liberarte, siéntete libre

WWW.MOUNTAINEERS.COM

Indira Gandhi

Ley 1257



Para liberarte, siéntete libre

Publicación creada para: Mg. Annie Gordillo. Docente - Axiología Universidad Mariana Facultas de Humanidades y Ciencias Sociales Programa Trabajo Social Séptimo Semestre Pasto 2019

Integrantes: Ceballos Arciniegas Paula Cabrera Martínez Angie Córdoba Adarme Lizeth Pastás Cuesta Leidy Ramires Salazar Tatiana

2


INTRODUCCIÓN La presente revista “Mujer” contiene los aspectos centrales abordado en la Ley 1257, los cuales están orientados a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpesrsonales. Además se da un aporte en cuanto a la relación de la temática con el quehacer profesional del Trabajador Social. De esta manera, se profundiza en los principios, derechos, sensibilización, protección, atención y sanciones establecidos en la Ley.

3


CONTENIDO Introducciรณn - 3 Gerenalidades - 5 Principios - 8 Derechos - 11 Medidas de sensibilizaciรณn y prevenciรณn - 14 Medidas de protecciรณn - 18 Medidas de atenciรณn 21 Sanciones - 24 Conclusiones - 27 4


S E D A D I L A R E N E G

5


GENERALIDADES

Objeto de la Ley.

Adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de sus derechos, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.

MUJERES

Donde se entiende la violencia como cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.

6


GENERALIDADES

Concepto de daño. Tipos de daño: a. Daño psicológico: acción u omiSión que degrada comportamientos, creencias y decisiones de otras personas. b. Daño físico: Riesgo O disminución de la integridad corporal de una persona.

MUJERES

c. Daño sexual: Consecuencias Que provienen de la acción de obligar a una persona a mantener contacto sexualizado,físico o verbal. d. Daño patrimonial: Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos o bienes.

7


S O I P I C N I PR

8


PRINCIPIOS

Principios de la Ley.

1. Igualdad real y efectiva. El estado debe diseñar, implementar y evaluar políticas públicas para lograr el cumplimiento de los derechos de las mujeres. 2. Derechos humanos. Los derechos de las mujeres son Derechos Humanos.

3. Principio de Corresponsabilidad. La sociedad y la Familia deben respetar los derechos de las mujeres. El estado, sancionará toda forma de violencia contra las mujeres. 4. Integralidad. La atención a las mujeres víctimas de violencia comprenderá información, prevención, orientación, protección, sanción, reparación y estabilización.

MUJERES

5.Autonomía El Estado, protege la independencia de las mujeres 6. Coordinación. Todas las entidades que brinden atención a las mujeres víctimas de violencia deben ejercer acciones coordinadas y articuladas con el fin de garantizar una atención integral. 7. No Discriminación: Todas las mujeres con independencia de sus circunstancias personales, sociales o económicas, tendrán garantizados los derechos establecidos en esta ley 8. Atención Diferenciada. El Estado garantizará la atención a las mujeres especialmente vulnerables o en riesgo.

9


PRINCIPIOS

Importancia desde Trabajo Social.

Los principios toman importancia pues su interpretación y aplicación trae consigo efectos positivos. En este sentido, se da valor a los mínimos éticos en el momento de atender a las mujeres, puesto que se vela por su dignidad humana,

MUJERES

para que toda mujer sea respetada y valorada como ser individual y social; por su autonomía, la cual le permite definir el proyecto de vida que cada una desea; y por su libertad, que es la esencia de la mujer para que goce de todas las decisiones que tome.

10


S O H C E R DE

11


DERECHOS

Derechos en la Ley. 1. Recibir asistencia médica, psicológica, psiquiátrica y forense especializada e integral en los términos y condiciones establecidos, para ellas y sus hijos e hijas. 2. Recibir orientación, asesoramiento jurídico y asistencia técnica legal con carácter gratuito 3. Recibir información acerca de sus derechos y de los mecanismos de protección contemplados en la ley para ellas, sus hijos e hijas; 4. Dar su consentimiento informado para los exámenes médicos en caso de violencia sexual.

MUJERES

5. Recibir información clara, completa, veraz y oportuna en relación con la salud sexual y reproductiva. 6. Ser tratada con reserva de identidad al recibir la asistencia médica, legal, o asistencia social respecto de sus datos personales. 7. La verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición frente a los hechos constitutivos de violencia. 8. La estabilización de su situación conforme a los términos previstos en esta ley. 9. A decidir voluntariamente si puede ser confrontada con el agresor.

12


DERECHOS

Desde Trabajo Social.

Para la práctica profesional, los derechos se encuentran fundamentados, en el respeto por la dignidad humana, los derechos, donde se debe tomar en cuenta el bienestar físico, psicológico, emocional y espiritual de las mujeres, de aquí también propender por la justicia social,

MUJERES

la cual permitirá que quienes hayan sido víctimas de algún hecho que les cause daño puedan acceder a una atención integral y equitativa, además del reconocimiento y respeto de la diversidad con el fin de mitigar la discriminación por sexo, etnia, edad, y religión.

12


MED IDAS DE SENS Y PR

IB ILI

ZACI

EVEN

ÓN

C IÓ N

14


MEDIDAS DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN.

Desde la Ley. El Gobierno Nacional: Se encargará de formular, aplicar y actualizar estrategias, planes y programas integrales para la prevención y la erradicación de la violencia contra la mujer, además implementará medidas para fomentar la sanción social y la denuncia de las prácticas discriminatorias contra las mujeres. Departamentos y Municipios: El tema de violencia contra las mujeres será incluido en la agenda de los Consejos para la Política Social y los planes de desarrollo municipal

MUJERES

y departamental incluirán un capítulo de prevención y atención para las mujeres víctimas de la violencia. Medidas Educativas: El Ministerio de Educación, debe velar para que las instituciones educativas incorporen la formación en el respeto de los derechos, libertades, autonomía e igualdad entre hombres y mujeres, y promover la participación de las mujeres en los programas de habilitación ocupacional y formación profesional.

15


MEDIDAS DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN.

Desde la Ley.

Medidas en el ámbito laboral: Se promoverá el reconocimiento social y económico del trabajo de las mujeres e implementará mecanismos para el derecho a la igualdad salarial. y desarrollará campañas para erradicar todo acto de discriminación y violencia contra las mujeres en el ámbito laboral. Medidas en el ámbito de la salud. El Ministerio de Protección Social, elaborará o actualizará los protocolos y guías de actuación de las instituciones de salud, reglamentará el Plan Obligatorio de Salud para que incluya las actividades de atención a las víctimas que corresponda en aplicación de la presente ley.

MUJERES

Deberes de la familia. Tendrán el deber de promover los derechos de las mujeres en todas sus etapas, consagrados en esta ley y así mismo la eliminación de todas las formas de violencia y desigualdad contra la mujer. Obligaciones de la Sociedad. En cumplimiento del principio de corresponsabilidad las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comercio, los gremios económicos y demás personas jurídicas y naturales, tienen la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la eliminación de la violencia y la discriminación contra las mujeres.

16


MEDIDAS DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN

Importancia desde Trabajo Social.

En Las Medidas de sensibilización y prevención, los profesionales de trabajo social participara en formulación e implementación de políticas públicas, en las cuales deberán reconocer las diferencias y desigualdades sociales, en las relaciones entre las personas, trabajar bajo el principio de la integridad

MUJERES

y confidencialidad, para no abusar de la confianza que se confiere, es fundamental propender por la protección de las mujeres que han sido víctimas de algún acto donde se hayan violado sus derechos y no ser partícipe de estas acciones, en este sentido demostrar la responsabilidad que se asume con la práctica de la profesión.

17


E N D E S N A D Ó I I E D C D E A C S E M T SO IA O C A PR C LEN S ES A R O L I V E J U M

18


MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA A LAS MUJERES

Medidas de protección 1. Remitir a la víctima y a sus hijas e hijos a un sitio donde encuentren la guarda de su vida, dignidad, e integridad y la de su grupo familiar. 2. Ordenar al agresor el desalojo de la casa de habitación que comparte con la víctima. 3. Ordenar el traslado de la institución carcelaria o penitenciaria para las mujeres privadas de la libertad;

MUJERES

4. Si fuere necesario, se ordenará al agresor el pago de los gastos de orientación y asesoría jurídica, médica, psicológica y psíquica que requiera la víctima. 5. Ordenar al agresor que no se vincule en cualquier lugar donde se encuentre la víctima.

19


MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA A LAS MUJERES

Importancia desde Trabajo Social.

Es importante conocer y entender cómo se siente la persona al ser violentada, para poder orientar y acompañar en los factores que atentan contra su dignidad humana.

MUJERES

De esta manera, como profesional toma las medidas necesarias para trabajar con las hacer valer los derechos que les corresponde.

20


E D S A N D E I D N E Ó M NCI DE E T A CASO CIA N E L AS O I V A L ES R E J U M

21


MEDIDAS DE ATENCIÓN EN CASO DE VIOLENCIA A LAS MUJERES

Compromiso de autoridaes 1. Solicitar el acceso preferencial de la víctima a cursos de educación técnica o superior, incluyendo los programas de subsidios de alimentación, matrícula, hospedaje, transporte, entre otros. 2. Ordenar a los padres de la víctima el reingreso al sistema educativo, si esta es menor de edad.

MUJERES

3. Ordenar el acceso de la víctima a actividades extracurriculares, o de uso del tiempo libre, si esta es menor de edad. 4. Ordenar el acceso de la víctima a seminternados, internados, o intervenciones de apoyo, si esta es menor de edad.

22


MEDIDAS DE ATENCIÓN EN CASO DE VIOLENCIA A LAS MUJERES

Importancia desde Trabajo Social.

Las medidas se relacionan con los principios que orientan en la práctica profesional entre estos están; el respeto por los derechos y la dignidad humana, teniendo en cuenta el bienestar físico, psicológico, espiritual y emocional, pues se establece que las Empresas Promotoras de Salud y las Administradoras de Régimen Subsidiado son las encargadas de la prestación de servicios de asistencia médica, psicológica y psiquiátrica a las mujeres

MUJERES

también en el artículo se encuentran retos promovidos por los mínimos éticos como la posibilidad real que tienen las personas para formar parte de los procesos, esto implica trabajar con la gente y para la gente de tal manera que es obligación de los municipios y distritos suministrar información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia.

23


S E N O I C N SA

24


SANCIONES

Acoso sexual. El que en beneficio suyo o de un tercero acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno a tres años. 1. Si se cometiere sobre personas en situación de vulnerabilidad en razón de su edad, etnia, discapacidad física, psíquica o sensorial, ocupación u oficio.

MUJERES

2. Si el hecho se cometiere con la intención de generar control social, temor u obediencia en la comunidad. 3. La prohibición de acercarse a la víctima o a integrantes de su grupo familiar y la de comunicarse con ellos, en el caso de delitos relacionados con violencia.

25


SANCIONES

Importancia desde Trabajo Social.

La violencia contra las mujeres es un acto que produce todo tipo de daño físico, psicológico o emocional. Cuando existe abuso sexual se generan daños al cuerpo,

MUJERES

puesto que no solo son heridas, ésto se traduce en maltrato a la dignidad humana. Por esta razón, existen derechos y leyes que se deben reconocer para que este tipo de circunstancias no quede en la impunidad .

26


S E N O I S U L C N O C

27


CONCLUSIONES

La profesión de trabajo Social está comprometida con los principios, la justicia social y los derechos humanos. Por ello trabaja constantemente para garantizar los derechos universales que son indispensables en la vida de todo ser humano como la dignidad, autonomía, libertad y la igualdad; especialmente para las personas a quienes más se les vulnera, como a las mujeres.

MUJERES

Los Gobiernos Nacional, departamentales, distritales y municipales, tendrán la obligación de divulgar ampliamente y en forma didáctica en todos los niveles de la población colombiana, y en detalle, las disposiciones contenidas en la presente ley.

28


/ MOUNTAINEERS CLUB /

MUJER Recuperado de: https://www.google.

O SEAN Para liberarte, siéntete libre.

BÁMBAROS!!

WWW.MOUNTAINEERS.COM


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.