TP1 INT.URB. BRAGOS

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LA GESTIÓN DEL PROYECTO URBANO - PARQUE SCALABRINI ORTIZ INTERVENCIÓN URBANÍSTICA Cátedra: Arq. Bragos. Docente: Arq. Pontoni. Alumnos: Fernandez - Ramirez

COMPARACIÓN DE PLANES ENTRE 1968/2011 Plan Regulador Rosario 1968 La ciudad se piensa como una planificación “Ideal” siendo la “ciudad moderna” un estímulo para la transformación. Objetivo: reordenamiento de la ciudad y de la estructura urbana. Organización del territorio para promover el desarrollo económico y productivo a nivel metropolitano. Instrumentos: Se crea el "Código Urbano" como instrurnento fisico-fomal de regulación complementando así el Plan y el Reglamento de Edificación. No se definen mecanismos de gestión. Propuestas: -Traslado de las instalaciones portuarias de la zona norte de la ciudad a nuevas instalaciones ubicadas en zona sur. -Traslado de las playas de clasificación y carga del ferrocarril Mitre (Patio Parada y Rosario Norte). -Continuación de la Avda costanera pasando por Puerto Norte. -Creación del centro de renovación urbana (Bernardino Rivadavia, actual Scalabrini Ortiz), destinado a espacios verdes con vivienda colectiva, comercio minorista, actividades educacionales, culturales y de esparcimiento. -Creación de un paseo ribereño para recreación de dominio público, en la zona aledaña a la nueva arteria vial. -Sobre la zona ferroviaria “tres vías”, se prevé la construcción de un conducto emisario desviador pluviocloacal que resuelva los problemas de desagüe pluviocloacal de la zona norte.

Referencias: Instalaciones portuarias y ferroviarias a desmantelar. Instalaciones ferroviarias a construir. Instalaciones portuarias a construir. Centro de recreación público. Centro urbano Bernardino Rivadavia.

Plan Director Rosario 1991 El plan retoma las directrices del plan de 1968, pero teniendo en cuenta las transformaciones físicas y socioeconómicas de los últimos años y las innovaciones metodológicas producidas en el urbanismo contemporáneo. Es entendido como un contrato social y un compromiso de la administración municipal en materia de ordenamiento y desarrollo urbano. Adquiere un rol “propositivo” a la esfera de las instituciones y la acción directa del territorio. Objetivo: ordenación integral de la jurisdicción territorial de la ciudad. Instrumentos: Participación ciudadana. Propuestas: -Reestructuración urbanística de la costa, uso colectivo de la costa norte; concentración de las actividades portuarias masivas en Puerto Sur . -Transformación del uso de la costa en el sector de Puerto Norte, Puerto limpio (carga general con área de manipuleo y conteiner). Sustitución progresiva de los actuales usos industriales y portuarios.

Referencias: Área de Puerto Limpio Nuevos proyectos en áreas de valor programático. Nuevo proyecto vial

Plan Director Rosario 2001 Objetivos: Guiar una serie de proyectos de escala menor, es el soporte para la puesta en marcha de programas y acciones concretas relativas a viviendas, servicios y equipamientos. Instrumentos: surge aquí la reorganización administrativa dada a través de la descentralización de la ciudad, esto refuerza la participación ciudadana como un instrumento más para la planificación. Además la ley nacional 24.146/94 que sede los espacios en desuso pertenecientes al ferrocarril permite el paso de gran cantidad de espacios públicos al estado. Propuestas: -Ofrecer un programa alternativo y complementario a los existentes en el área central, que permita alojar al sector terciario dando una respuesta desde la división parcelaria acorde a los nuevos usos. -Ejecución del Parque Scalabrini Ortiz. -Proyecto del Parque Sunchales. -Reutilización de la estación Rosario Norte como centro cultural y estación de transferencia de TUP. -Utilización de los espacios públicos disponibles en el área de talleres. -Nuevos trazados viales: Avda de la Costa, Avda Francia, Avda Enlace; calles Junín, Humberto Primo y Avda Valle.

Referencias: Corredores verdes. Nuevos parques polifuncionales. Parques existentes. Nuevo proyecto vial Reserva equipamiento público.

Plan Urbano Rosario 2007 Objetivos: la reorganización territorial, el completamiento de áreas vacantes, las facilidades de acceso y atravesamiento, descentralización, mejora de las condiciones ambientales. Equidad social, mayor conexión entre sectores físicos y sociales y mejor calidad de vida. Instrumentos: planes de distrito, planes especiales, planes de detalle y planes sectoriales. Además plantea otro tipo de instrumentos jurídicos, como son los convenios urbanísticos y edilicios; los instrumentos de protección y puesta en valor de sitios especiales del territorio municipal. Al final del plan se hace mención a los instrumentos que lo apoyan que son: las normas urbanísticas generales; las normas particulares; los planes sectoriales y el reglamento de edificación. Con la aplicación de este plan se solicita el reemplazo del Código Urbano vigente. Propuestas: -Completamiento de la operación de reconversión y nuevo desarrollo urbano del Centro de Reconversión Urbana Scalabrini Ortiz. -Rehabilitación del barrio refinería. -Ordenamiento del sector Rosario Norte y Parque Rodriguez. -Concentración del trasporte de pasajeros en la ex troncal ferroviaria y construcción de estación terminal próxima a Patio Parada.

Referencias: Rehabilitación barrio Refineria. Reconversión y nuevo desarrollo. Estación intermodal de pasajeros. APH y RE propuestas. APH y RE aprobadas.

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 1 Ordenanza Nº 6271/96 TRAZADOS: Incorporaciones: Ensanche de Junín, recova que asegure el paso peatonal, Sistema Arterial Ribereño Transitorio,prolongación de Echeverría e Ingeniero Theddy, prolongación de Celedonio Escalada. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN Sector 1: parque público municipal y equipamiento públicos vinculados. No se admite división parcelaria. Sector 2: servicios ocupacionales y culturales, y servicios administrativos y/o direccionales de la Empresa Ferrocarriles Argentinos y/o sus Empresas consecionarias. Ocupación admitida: la resultante de la edificación existente con vínculo de conservación patrimonial. No se admiten nuevas construcciones salvo los agregados imprescindibles para su reconversión funcional. No se admiten divisiones catastrales salvo las generadas por la necesaria identidad institucional de los prestatarios y usuarios. En todos los casos la parcela mínima resultante será mayor a 20000m2. Sector 3: vivienda colectiva.Ocupación admitida: la resultante de la edificación existente con vínculo de conservación patrimonial. Sólo se admitirá la división parcelaria necesaria para conformar dos consorcios de propietarios. Sector 4: según el destino del área neta disponible por urbanización: Vivienda colectiva, oficinas y otros usos urbanos (excluidos industrias y de depósitos): mínimo 25% máximo 50% del área neta disponible por urbanización; Comerciales, recreativos y turísticos: máximo 50% del área disponible por urbanización; Eventos, ferias, congresos y destinos culturales: mínimo 5% del área disponible por urbanización.Ocupación admitida: cumplimentar en todos los casos las disposiciones reglamentarias de edificación vigentes y/o específicas que correspondan según Índice edilicio (FOT) e Índice de ocupación de suelo (FOS). Superficie mínima parcela resultante de 2500m2 y lado mínimo parcela resultante 50m.

ÁREA DE INTERVECIÓN

REGIMEN DE PROTECCION Y CONSERVACION Sector 2: mantención de estructuras edilicias existentes, admite la sustitución de usos actuales. Sector 3: mantención de estructuras edilicias existentes y no podrán modificar su uso actual. Sector 4 : mantención las características generales originales de: los dos grandes edificios frentistas a la proyectada doble traza de calle Junín; los dos edificios frentistas a la proyectada prolongación de calle Humberto Primo; y el edificio de la Usina quedará afectado a la conservación similar fijada en el sector 2. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: La donación a la Municipalidad de Rosario la totalidad de las áreas necesarias para el trazado vial estructural básico y complementario de la Primera Fase de Desarrollo del Centro de Renovación Urbana Scalabrini Ortiz correspondiente al Sector 1 y 4 de acuerdo a la ordenanza 6271. La pavimentación. La ejecución de la totalidad de las obras y redes infraestructurales generadas y demandadas para la urbanización y la presente ordenanza (veredas, saneamientos integral pluvial y cloacal, provisión de energía eléctrica y gas, alumbrado público, telefonía, forestación de calles públicas, etc.) incluidas las ampliaciones de redes existentes y/o nuevas canalizaciones y equipamientos de provisión y saneamiento que el impacto de la nueva demanda sobre las redes y servicios existentes exijan. La MUNICIPALIDAD DE ROSARIO tendrá a su cargo la realización de las obras urbanas de carácter general: el Parque Público definido en el Sector 1, el sistema Arterial Ribereño Transitorio (prolongación de la Av. de Enlace), ensanche de Junín, prolongación de Av. Francia y Rotonda. Estas obras se realizarán según lo disponga la Municipalidad de acuerdo a sus propias programaciones y disponibilidades, no pudiendo el Urbanizador demandar plazos ni condiciones de ningún tipo al respecto. ALTO ROSARIO, CALLE JUNÍN.

Sector2 Sector3

TRAZADO ORIGINAL

AREA FASE 1

Sector4 Sector1

INTERVENCIONES EN EL TRAZADO

ESTRUCTURAS A PRESERVAR

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 1 Manzana 407 - Condominios del Alto Ordenanza 8080/06 TRAZADOS: Deberá preverse una dársena de acceso para vehículos desde calle Thedy que se constituirá en el único ingreso vehicular al edificio. El hotel queda excluido de la servidumbre de paso que se constituirá entre los demás gráficos. Deberá preverse una dársena de acceso al Hotel sobre calle Thedy. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Sector 1: Hotel, Sala de Convenciones, Salones de fiesta, Confitería bailable, Comercios menores incluidos en el hotel. Se exigirá una superficie mínima de estacionamiento privado en un porcentaje igual o mayor al 35% del total de la superficie construída para esos usos. No se admitirá la instalación de Centros Comerciales: supermercados, shoppings, complejos de cines, actividades productivas o depósitos. Sector 2 y 3: Vivienda colectiva. En planta baja y entrepisos se admiten usos recreativos (piletas, canchas deportivas) y locales comerciales de servicio a la residencia y oficinas. Se exigirán superficies mínimas de estacionamiento privado. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores.

IMAGEN DEL PROYECTO

OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: El desarrollador deberá constituir una servidumbre de paso mutua entre los lotes, una servidumbre administrativa de uso público sobre nivel vereda de carácter obligatorio,a constituirse sobre los lotes 2a, 2b, 2c, 2d, 2e y 2f, destinada a uso público. Todas las infraestructuras urbanas estrán a cargo del urbanizador.

Torres 45mts Torres 66mts Torres 23mts

Nuevas Calles

IMAGEN DEL PROYECTO

TRAZADO ORIGINAL

INTERVENCIÓN EN EL TRAZADO

MORFOLOGÍA

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Ordenanza Nº 7892/05 TRAZADOS: Anulaciones: prolongación del Pasaje Celedonio Escalada, en el tramo comprendido entre Avda. Francia al Sur y calle Junín al Norte. Supresión de la calle pública de vinculación Este-Oeste. Modificaciones: ensanche de Av. Alberdi. Incorporaciones: prolongación de calle Rafaela, prolongación Av. Bordabehere de geometría curva, prolongación de calle Güemes. Creación de un Pasaje Público de orientación Este-Oeste, entre Av. Francia y Vera Mújica. Prolongación de calle Vera Mújica. Ratificación del trazado oficial de la Avda. de la Costa Central y el Paseo Ribereño. ZONIFICACIÓN Se identifican las zonas que integran la urbanización como: - Suelo edificable destinado a usos privados. - Suelo público destinado a parques, equipamientos públicos y trazados básicos y complementarios. La urbanización comprende tierras del Estado Nacional administradas por el O.N.A.B.E. y predios privados sujetos a reconversión, correspondientes a las empresas cerealeras FACA S.A. Y A.F. A,, SAFAC S .A,, Agroexport, Servicios Portuarios (Unidad 111), Inversiones y Mandatos S.A. y silos Minetti S.A. UNIDADES DE GESTIÓN: Se definen siete polígonos como unidades de gestión, en función de la propiedad de la tierra o de las diferentes modalidades de organización entre propietarios. Estas Unidades de Gestión se identifican de la siguiente manera: Unidad de Gestión 1: predios pertenecientes a Federación de Agricultores Cooperativas Argentinas S.A. y a Agricultores Federados Argentinos. Sección Catastral 7", Manzana 156. Superficie aproximada: 80.040m2 Unidad de Gestión 2: Comprende dos sectores que cuentan con espacios y edificios que, previo estudio de la Secretaría de Planeamiento y aprobación del Concejo Municipal, serán sometidos a preservación histórica. Sector 1 : predio perteneciente a Maltería Safac S.A. Sección Catastral 7", Manzana 156. Superficie aproximada: 2 1.030m2. Sector 2: predio perteneciente a Agroexport S.A. Sección Catastral7", Manzana 156, Gráficos 3 y 4. Superficie aproximada: 2 1.592m2 Unidad de Gestión 3: Predios pertenecientes al O.N. A.B.E. Sección Catastral 7", Manzana 23 1. Sección Catastral 7", Manzana 252. Sección Catastral 7", Manzana 156. Unidad de Gestión 4: Predios pertenecientes a propietarios individuales en las manzanas 21 1, 23 1, 279, y 376 de la Sección Catastral 7". Unidad de Gestión 5: Comprende dos sectores: Sector 1 : Predio perteneciente a "Inversiones y Mandatos S.A." Ubicado en la Sección Catastral 7", Manzana 156 Lote 1 y 11. Superficie aproximada: 8.43 7.05m2. Lote IV en actual servidumbre de paso, que será destinado exclusivamente a nueva servidumbre de paso de uso público, no autorizándose otros usos ni construcciones. Superficie: 42 1,75 m2. Sector 2: Predio perteneciente a "Inversiones y Mandatos S.A." Ubicado en la Sección Catastral7", Manzana 156. Superficie aproximada: 7.974.89m2. Unidad de Gestión 6: Predio perteneciente a Servicios Portuarios S.A., Terminal 3 (ex Unidad 111), ubicado en la Sección Catastral 7", Manzana 156. Superficie aproximada: 25.000m2 Unidad de Gestión 7: Predios pertenecientes al O. N. A. B. E. -Patio Cadenas - Identificado catastralmente en la Sección 8", definido por la prolongación de calle Rafaela a crear, Avda. Mongsfeld y prolongación de Avda. Bordabehere al Sur y Avda Alberdi al Oeste (Patio Cadenas). Superficie aproximada: 165.000 m2

UNIDADES DE GESTION Trazados suprimidos Nuevos Trazados Trazados ratificados

REFORMAS SISTEMA VIAL

VISTA AEREA

IMAGEN DEL PROYECTO

MORFOLOGÍA

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Unidad de Gestión 1 - ex FACA Ordenanza 8320/08 TRAZADOS: Anulaciones: Se anula calle pública entre Avda Carballo y French; prolongación del paseo ribereño y ensanche de calle Eheverria. Modificaciones: se desplazan las líneas municipales de las calles French, Echevería y Avda Carballo. Incorporaciones: pasaje 720 y 718, ambos como “manda peaton”; se prolonga calle Rawson. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Sector general: vivienda colectiva, permanente y transitoria, hotelería, apart hotel, comercios minoristas complementarios a la residencia, comercios destinados a la venta y exposición de automóviles, embarcaciones y/o motos; oficinas, sedes gubernamentales y consulares, educacionales, sanitarias (sanatorios y clinicas), recreativos, gastronómicos y culturales. Se permiten guarderías bajo barranca, la inclusión de una confitería bailable en el complejo y la incorporación transitoria de canchas al aire libre. Silos: esparcimiento, actividades culturales, recreativas y/o gastronómicas.

TRAZADO ORIGINAL Nuevas Calles

REGIMEN DE PROTECCION Y CONSERVACION: Se establecen dos grados de protección: directa y recomendada. Como protección directa se encuentran los silos denominados “terminal 1” que no podrán ser reemplazados por otra construcción, se permiten hacer agregados en cubierta y reestructuraciones internas en la torre elevador, respetando materialidad y procesos constructivos. Como protección recomendada se encuentran los elementos sobre el río pertenecientes a los procesos productivos portuarios. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores.

INTERVENCIÓN EN EL TRAZADO Espacios Públicos

OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: ensanche calle French, Echeverria y Avda Carballo. Creación de pasajes 720 y 718. Prolongación calle Rawson. Donación de tierras para espacios verdes y equipamiento comunitario: se donará un 15% de la parcela. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada. Ejecución de obras: totalidad de los trazados públicos y ramblas peatonales. DIVISIÓN DE LA PARCELA La MUNICIPALIDAD fijará los lineamientos de diseño y ejecución de poryectos a los que el urbanizador deberá adecuarse. Torres de 66mts Placas de 25mts Placas de 15mts Jardin privado

MORFOLOGÍA

IMAGEN DEL PROYECTO

IMAGEN DEL PROYECTO

VISTA SUR

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Unidad de Gestión 2 - Sector 1 TGLT Real Estate .

Unidad de Gestión 2 - Sector 2 INGECONSER sa.

Ordenanza 8065/06

Ordenanza 8237/08

TRAZADOS: Anulaciones: Se anula el trazado del pasaje Puchini y de la zona de 60mts creada por ordenanza 4.769189, para consolidación del paseo Ribereño. Modificaciones: ancho calle Gorriti, asignándose a dicha arteria carácter de Pasaje Peatonal de vinculación entre la Av. Luis Cándido Carballo y la Rambla Peatonal sobre barranca. Incorporaciones: Se incorporan a la traza de la Av. Luis Cándido Carballo los Lotes A2-2, Al-2 y parcialmente el A4-2.

TRAZADOS: Modificaciones: Se modifica el trazado oficial de la Av. Luis Cándido Carballo, a fin de generar una calzada de servicio que posibilite el estacionamiento público y el acceso a los predios frentistas a la misma, desplazando su línea municipal noreste 8 m hacia el norte

FORUM

USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Sector general: Residenciales en todas sus formas: unifamiliares, colectivas, permanentes o transitorias. Comercios minoristas complementarios a la residencia. De esparcimiento al aire libre o bajo cubierta: Salones de Fiesta, 1 Confitería Bailable, Salas de Teatro, Salas de Exposiciones, Museos. Sedes Consulares e Institucionales, Gubernamentales y Educativas. Oficinas. Instituciones Sanitarias sin FORUM internación, Consultorios Médicos. No está admitida la instalación de grandes Centros Comerciales, Complejos de Cines, Actividades Productivas, Depósitos o Almacenamiento de ningún tipo. Silos: esparcimiento, actividades culturales, recreativas y/o gastronómicas. REGIMEN DE PROTECCION Y CONSERVACION: Se establecen dos grados de protección: máxima, directa y recomendada. Como protección máxima están los silos, no se los podrá demoler ni reemplazar por nuevas construcciones, permitiéndose reestructuraciones del interior, respetando la materialidad y los procedimientos constructivos originales. Por su colocación y FORUM posición en el conjunto, existen vínculos espaciales significativos y vacíos que deberán preservarse para mantener su integridad. Como protección recomendada se encuentran los elementos sobre el río pertenecientes a los procesos productivos portuarios. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de FORUM suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: Avda Carballo. Ramblas peatonales, ramblas sobre barranca. Donación de tierras para espacios verdes y equipamiento comunitario: se donará un 15% de la parcela. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada. Ejecución de obras: totalidad de los trazados públicos y ramblas peatonales.

USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Residencial en todas sus formas, vivienda unifamiliar, colectiva, permanente o transitoria (hotelería), comercios minoristas complementarios a la residencia, oficinas, bares, restaurantes, de esparcimiento al aire libre o bajo cubierta: salones de fiesta, una confitería bailable, salas de teatro, salas de exposiciones, guardería náutica, sedes consulares, gubemamentales, institucionales y educativas; oficinas e instituciones sanitarias (consultorios médicos).. REGIMEN DE PROTECCION Y CONSERVACION: Se establecen dos grados de protección: máxima, directa y recomendada. Como protección máxima están los silos, no se los podrá demoler ni reemplazar por nuevas construcciones, permitiéndose reestructuraciones del interior, respetando la materialidad y los procedimientos constructivos originales. Por su colocación y posición en el conjunto, existen vínculos espaciales significativos y vacíos que deberán preservarse para mantener su integridad. Como protección recomendada se encuentran los elementos sobre el río pertenecientes a los procesos productivos portuarios. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores.

CIUDAD RIBERA

CIUDAD RIBERA

CIUDAD RIBERA

CIUDAD RIBERA

OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: Avda Carballo. Ramblas peatonales, ramblas sobre barranca. Donación de tierras para espacios verdes y equipamiento comunitario: se donará un 15% de la parcela. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada. Ejecución de obras: totalidad de los trazados públicos y ramblas peatonales.

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Unidad de Gestión 4 - Familia Garcia Ordenanza 8297/08 TRAZADOS: Modificaciones: ancho pasaje Arenales (peatonal) Incorporaciones: rambla peatonal en acera sobre Avda Francia. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Comerciales, recreativos, gastronómicos, servicios y culturales. No se admite uso residencial. No se admite división del suelo. Indice edilicio máximo 1, mínimo 0.33. Altura máxima 7mts. CONVENIO URBANÍSTICO: El/los propietarios, bajo la figura conveniente, podrán presentar un emprendimiento de caráter unitario al municipio a fin de formalizar un “convenio urbanístico” y acordar requisitos de infraestructura y obras complementarias que, como contraprestación, realizarán para obtener mayor aprovechamiento edilicio, que no superará el índice 2. Ordenanza 8359/08 TRAZADOS: Creaciones: pasaje 701 y 722 (peatonal); rambla peatonal en acera sobre Avda Francia. IMAGEN DEL PROYECTO USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Vivienda colectiva, permanente y transitoria, hotelería, apart hotel, comercios minoristas, recreativos, gastronómicos y culturales complementarios a la residencia. Plantas Bajas de E1 y E2: ingresos a edificios, comercios, cultura y gastronomía E4 sólo residencial. E3 comercios sólo frentistas a calle Thedy y Vera Mujica, ocupando menos del 70% de la seuperficie de planta. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: Creación de pasajes 701. Donación de tierras para espacios verdes un 10% de la parcela. Donación del 5% para equipamiento comunitario. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada para ser destinada a restauración y puesta en valor del complejo “Morrison Building” (fase 1). Ejecución de obras: pasaje 701, rambla peatonal, plaza del mutualismo. Nuevas Calles

TRAZADO ORIGINAL

INTERVENCIÓN EN EL TRAZADO

Espacios Públicos

DIVISIÓN DE LA PARCELA

IMAGEN DEL PROYECTO

E1Torres de 56mts E4 13m E3 19m E2 13m

MORFOLOGÍA

SECCIÓN TRANSVERSAL

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Unidad de Gestión 5 - Nordlink – Embarcadero – Dolfines Guaraní. Ordenanza 7893/05 TRAZADOS: Incorporaciones: Calle Pública XIV, nuevo ancho de Av. Francia, Doble traza de la actual Av. de la Costa y su conexión con calle XIV,. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: Vivienda colectiva, permanente y transitoria. Oficinas. ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: Calle Pública XIV, nuevo ancho de Av. Francia, Doble traza de la actual Av. de la Costa y su conexión con calle XIV,. Donación de tierras para espacios verdes y equipamiento comunitario: se donará un 15% de la parcela. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada. Parque Público ubicado frente a la parcela a Urbanizar, de acuerdo al proyecto elaborado por la Secretaría de Planeamiento Ejecución de obras: totalidad de los trazados públicos y ramblas peatonales.

TRAZADO ORIGINAL Nuevas Calles

INTERVENCIÓN DEL TRAZADO Torre 30/100m Torre 100/130m Espacios verdes privados

IMAGEN DEL PROYECTO

IMAGEN DEL PROYECTO

MORFOLOGÍA

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PLAN ESPECIAL CENTRO DE RENOVACIÓN URBANA SCALABRINI ORTIZ PUERTO NORTE - FASE 2 Unidad de Gestión 6 - Servicios portuarios Terminal III Ordenanza 8320/08 TRAZADOS: Ratificación: Avda “Estanislao López”; calle “Madres Plaza de Mayo”. Incorporaciones: Prolongación calle XVII. USOS Y MODALIDADES DE OCUPACIÓN: vivienda colectiva, permanente y transitoria, hotelería, apart hotel, comercios minoristas complementarios a la residencia, oficinas, sedes gubernamentales y consulares, educacionales, sanitarias (sanatorios y clinicas), recreativos, gastronómicos y culturales. Se permiten bajo barranca guarderías nauticas, confiterías bailables, bares, restaurantes y comercio. Sector de tránsito público con superficie cubierta máxima 500m2. REGIMEN DE PROTECCION Y CONSERVACION Como protección directa se encuentran los silos denominados “terminal 3” que no podrán ser reemplazados por otra construcción, se permiten demoliciones parciales para agregar construcciones. Reestructuraciones internas en las torres elevador C1 y C2,edificio E2 recompone galería superior, pensado en un nivel y a lo largo de todo el edificio.

TRAZADO ORIGINAL Nuevas Calles

ESPACIOS PÚBLICOS Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO: -Equipamiento y mobiliario: según normativa de Parque Scalabrini Ortiz procurando la uniformidad de la intervención. -Antenas y cableado: las antenas quedan prohibidas y los cables deben ser subterraneos. -Cercos perimetrales: deben ser transparentes en un 50% y no superar los 2mts de altura, se recomienda el sectorizado de espacios mediante el uso de desniveles de suelo parquizado. -Publicidad: se permiten carteles en fachadas tipo “backlight” siempre que no interrumpan ornamentos de fachada, no se permiten carteles perpendiculares a la fachada, ni en espacios exteriores. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR: Donación de trazados públicos: calle Madres Plaza de Mayo, Estanislao López, calle XVII. Donación de tierras para espacios verdes y equipamiento comunitario: se donará un 15% de la parcela. El municipio podrá aceptar el equivalente en m2 o construcciones que representen un valor igual al de la tierra involucrada para desarrollar espacios públicos o vivienda social con el aporte de la infraestructura correspondiente. Ejecución de obras: la totalidad del trazado, obras bajo la barranca y el parque público “Jardín de la Arenera”. En la Plaza del Mercosur, se excluyen los trabajos de mitigación por contaminación del suelo que las llevará a cabo LA MUNICIPALIDAD.

INTERVENCIÓN EN EL TRAZADO Rambla peatonal Espacios verdes

DIVISIÓN DE LA PARCELA

Torres 100/130mts E2 C2, C3 y C4: existentes.

IMAGEN DEL PROYECTO

IMAGEN DEL PROYECTO

MORFOLOGÍA

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