2 minute read

Mi Hija Por Un Cariño

Autor: Prof. Desther Agreda Pedraza

Explotación sexual comercial

Advertisement

El inconsciente padre ofrecía A su tierna hija inocente, La ofrecía, ofrecía y ofrecía, Proponiendo actividades y propuestas indecentes.

La ofrecía a un tal fulano, A cambio de su sucio dinero, Nuevamente al fulano y mengano, La ambición y desvergüenza estaban primero.

La pobre joven caía y caía, Caía sin derecho a réplicas ni mañas, Sabía que si no obedecía El tirano la fustigaba con saña.

Así el tiempo transcurría En ese submundo de oscuros faroles. Triste destino, que la inocente no merecía, Carente de principios y valores.

Pero un día cualquiera, ordinario, Cuando la niña, en aquel tren de vida continuaba, Llegó a un destino desconocido temerario Que su tierna vida la marchitaba.

El insulso asqueroso y mortal virus portaba, Que tras el contacto con la flor lo transmitía, Un horizonte, un porvenir que se segaba, Una tierna vida, que, en el alba, partía

Es poco para aquellos la muerte, Mucho menos el infernal infierno. Pobre de aquellos inconscientes Que hacen de la primavera un frío invierno.

ACTIVIDADES

1) Respondamos a las siguientes preguntas de acuerdo con la lectura. 1 ¿Quién ofrecía a la tierna niña para actividades indecentes? 2 ¿Qué obtenía a cambio de ofrecer a la niña? 3 ¿Qué pasaba si la niña se quejaba del trato que recibía? 4 ¿El padre sentía vergüenza por lo que estaba haciendo? 5 ¿Qué crees que sucedió con la niña al final del poema? 6 ¿A qué virus crees que se refiere la historia? 7 ¿Qué le dirías al padre de la niña? 8 ¿Crees que existen más casos como el de la niña de la historia? 2) Analicemos el siguiente artículo de la ley 263 “Ley integral contra la trata y tráfico de

personas”.

3) Organicemos una campaña para dar a conocer este artículo en nuestra escuela.

ARTÍCULO 321. (PROXENETISMO).

I. Quien, mediante engaño, abuso de una situación de necesidad o vulnerabilidad, de una relación de dependencia o de poder, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, para satisfacer deseos ajenos o con ánimo de lucro o beneficio promoviere, facilitare o contribuyere a la prostitución de persona de uno u otro sexo, o la que obligare a permanecer en ella, será sancionado con privación de libertad de diez (10) a quince (15) años. II. La pena privativa de libertad será de doce (12) a dieciocho (18) años cuando la víctima fuere menor de dieciocho (18) años de edad, persona que sufra de cualquier tipo de discapacidad. III. La pena privativa de libertad será de quince (15) a veinte (20) años, si la víctima fuere menor de catorce (14) años de edad, aunque fuere con su consentimiento y no mediaren las circunstancias previstas en el parágrafo I, o el autor o participe fuere el ascendiente, cónyuge, conviviente, hermano, tutor, curador o encargado de la custodia de la víctima. Igual sanción se le impondrá a la autora, autor o participe que utilizare drogas, medicamentos y otros para forzar, obligar o someter a la víctima.

This article is from: