Manual de Convivencia

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MANUAL DE CONVIVENCIA VIVIENDA COLECTIVA

LA PLAZA

Cooperativa SAN JUAN #56 U20, Haiti, Quito 170103. DDJAYA@PUCE.EDU.EC

0998767806


ÍNDICE 01 02 03 04 05 06

DEBERES Y DERECHOS

SUBSUELOS

LA PLAZA

SALÓN COMUNAL

ÁREAS VERDES PROTOCOLO EN CASOS DE EMERGENCIA


VIVIENDA COLECTIVA

LA PLAZA

MANUAL DE CONVIVENCIA

Dentro de este documento constan las normas y derechos de los propietarios de los departamentos en el edificio. Es creada con el objetivo de mantener un ambiente pacífico, además de una relación recíproca entre los residentes.


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DEBERES Y DERECHOS Art. 01.1 : Los propietarios de departamentos deben pagar una alicuota a la administración en pos de matener el edificio en perfecto estado, pagar los sueldos del guardia de seguridad y el conserje al final beneficiando a los residentes.

Art. 01.2 : Los residentes tienen acceso a áreas comunales como salas, terraza, jardines y por supuesto la plaza. El permiso para hacer algún evento en las áreas comunales debe concederlo la administración.

Art. 01.3 : Las fiestas dentro de los departamentos estan prohibidas. Aunque las reuniones con un grupo pequeño de personas y sin bullicio son aceptadas.

Art. 01.4 : Los arrendatarios toman responsabilidad por los daños que sus residentes cometan. Sumado al permiso de crear sus propias normas dentro de los departamentos que consideren necesarias.


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DEBERES Y DERECHOS Art. 01.5 : Las visitas son registradas por el guardia de seguridad y es necesario el permiso de algún residente para ingresar.

Art. 01.6 : Cualquier daño a la edificación que realice un propietario provocará una sanción monetaria. Esto también incluye cualquier ruido exagerado o música a todo volumen.

Art. 01.7 : Se permiten las mascotas dentro del edificio a excepción de la sala comunal. Los dueños se consideran responsables de lo que el animal destruya o su compartamiento con los residentes.


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SUBSUELO Art. 02.1 : Cada propietario será asignado a un espacio de parqueo en el subsuelo según el número de departamento que esté a su nombre. Art. 02.2 : El guardia de seguridad no tiene permitido dejar estacionar a otra persona que no sea el propietario de ese parquedero. Art. 02.3 : Las visitas de los residentes o personas externas al edificio tienen parqueaderos exclusivos, tanto en los subsuelos como en las calles. Si el propietario decide prestar su espacio a la persona ajenas debe notificar inmediatamente al guardia de seguridad. Art. 02.4 : Los parqueaderos son de uso exclusivo para los autos. No es permitido realizar otra actividad diferente (jugar, hacer deporte, fiesta). De lo contrario, el propietario en cuestión será sancionado de forma monetaria.


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SUBSUELO Art. 02.5 : Las bodegas son asignadas según el departamento de cada propietario. Los propietarios o arrendatorios pueden rentar estas bodegas a otros residentes, pero no a personas ajenas a la vivienda. Art. 02.6 : Los residentes tienen prohibido utilizar las bodegas para almacenar material comercial, es decir, que estén destinados a ser vendidos en almacenes Art. 02.7 : Cada residente baja al subsuelo y deposita sus desechos en una bodega especialmente hecha para los residuos. El guardia de seguridad tomará todo el conjunto de residuos para luego sacarlos a la calle durante el horario de recolección de basura. Art. 02.7 : Los recolectores de basura pasan durante la noche los días martes y viernes.


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LA PLAZA Aunque La Plaza es un espacio semipúblico a servivio del sector y a los residentes del edificio existen reglas para tantos grupos. Art. 03.1 : No se permite ningún tipo de comercio informal dentro del lugar. Si es solicitado el espacio para un acontecimiento del sector, como una feria, es recomendado hablar con la administración actual del edificio. Art. 03.2 : El ingreso es totalmente abierto a cualquier hora del día. Art. 03.3 : Dentro de la plaza esta prohibido ingerir alcohol al ser una zona apta para menores de edad. Si algún individuo falta a la norma será retirado del lugar y si es propietario tendrá sanción monetaria menos de 10 dólares. Art. 03.3 : Si bien el ingreso de animales es permitido, el dueño de la mascota tiene el deber de recoger los residuos que estos generen. Art. 03.4 : Los equipos dentro de la plaza se mantienen en estado de calidad. No es permitido cualquier alteración a estos equipos.


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SALÓN COMUNAL Art. 04.1 : La solicitud de renta del salón comunal debe ser entregada a la administración del edificio con dos días mínimo de anticipación. Dentro de esta debe contar el número de personas presentes en el lugar, la fecha del evento, el tiempo de duración y la hora que inician. Art. 04.2 : El horario oficial de utilización del salón comunal es desde 7 a.m hasta las 8 p.m. Dentro de estas horas el evento puede iniciar en cualquier momento. Art. 04.3 : El permiso del salón comunal es exclusivo para residentes. El ingreso de personas ajenas a la vivienda es permitido siempre y cuando sea especificado en la solicitud. Art. 04.4 : Ingerir alcohol dentro del espacio está permitido. Cabe mencionar que no es aceptable cualquier comportamiento indebido provocado por el exceso de la bebida alcohólica. Art. 04.4 : La administración se encargará de entregar el espacio totalmente limpio. Luego del evento, el propietario a nombre de la solicitud tendrá que entregar el espacio de la misma forma en que lo hizo la administración.


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ÁREAS VERDES Art. 05.1 : Los jardines al estar anexados a la plaza tienen permitido el ingreso a cualquier persona. Art. 05.2 : La administración tiene permitido realizar eventos dentro de los jardines siguiendo el mismo protocolo de solicitud que en el salón comunal. La diferencia es el cambio de horario siendo de 9h00 a 17h00. Se recomienda considerar que el espacio esta sujeto a la plaza como un espacio semipúblico. Art. 05.3 : Los residentes tienen prohibido plantar en los jardines o en la plaza ya que ambas áreas verdes cuentan con especies escogidas según sus cualidades para estos espacios. Art. 05.4 : La administracion contrata a personal especializado en áreas verdes. Los residentes no tienen permiso de intervenir en este proceso es decir, el cuidado de las plantas. Art. 05.3 : Los residentes tienen prohibido plantar en los jardines o en la plaza ya que ambas áreas verdes cuentan con especies escogidas según sus cualidades para estos espacios.


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PROTOCOLO EN CASOS DE EMERGENCIA En casos de emergencia la administración de la vivienda colectiva La Plaza ha diseñado un plan de evacuación.

Sea un temblor, incendio o otra situación se activará una alarma dentro del edificio alertando a los residentes de la evacuación inmediata. El guardia de seguridad apagará el ascensor además de asegurarse que la puerta de emergencia del primer piso este abierta. Todos los residentes saldrán del edificio hacia la calle por las escaleras de emergencias. No pueden reunirse en la plaza por estar unos metros debajo del nivel de las calles. El acceso al subsuelo estará cerrado.

En caso específico de incendio se activaran los aspersores en los techos cuando estos hayan detectado el humo. De igual forma los residentes evacuaron el edificio.


VIVIENDA COLECTIVA

LA PLAZA

Cooperativa SAN JUAN #56 U20, Haiti, Quito 170103. DENIA JAYA

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