Hermanos de las Escuelas Cristianas MisióndeEducativa Lasallista Distrito Centroamérica-Panamá Distrito de Centroamérica-Panamá
CONSEJO DE LA MISIÓN
CONSEJO DISTRITAL PARA LA MISIÓN EDUCATIVA LASALLISTA -MEL-
7.- Cese como Consejero Un Consejero cesa en su cargo:
1.- Definición: El Consejo de la MEL es un órgano consultivo del Hno. Visitador para llevar a término las decisiones de la Asamblea para la MEL y los asuntos relacionados con la Misión del Distrito.
2.- Constitución y forma de elección de representes (acta No. 9, Asamblea de la MEL, 2008) 2.a.- De derecho: El Hno. Visitador y los coordinadores Distritales de Educación y Pastoral. 2.b.- Elegidos: La Asamblea MEL Ordinaria elige, mediante voto secreto a 6 personas (3 Hermanos y 3 Seglares). Son elegibles todos los Hermanos y Seglares del Distrito. En la Asamblea MEL ordinaria se tendrá una primera votación de sondeo y una segunda definitiva con los 6 más votados de los Hermanos y de los Seglares en la primera. Si se diera empate que exceda en número de 3, en los resultados de la votación de Hermanos y en los resultados de la
7.a. Cuando, por petición propia, renuncia a su cargo. Deberá hacerlo por escrito al Hno. Visitador exponiendo los motivos. Le sustituye el primer suplente. 7.b. Por incumplimiento de sus funciones. 7.c. Por actuaciones contrarias al espíritu de la Institución. 7.d. Por concluir sus funciones al haber tomado posesión el nuevo consejo.
implicadas o expertos en el tema que se trate. Para la discusión y votación definitiva, intervendrá solamente el Consejo de Misión. 5.h.- El Consejo de Misión podrá ser ampliado en determinadas circunstancias, recogiendo la aceptación de los Consejeros, con la participación de los Directores de Centro u otros grupos o comunidades lasalianas. 5.i.- Cualquier Hermano o Seglar, ya sea individualmente o como grupo, pueden proponer al Consejo cuantas sugerencias o temas de trabajo estimen oportuno sean tratados por el Consejo. El Hno. Visitador, en la preparación del Consejo, y previa consulta a los interesados, determinarán la conveniencia o no de incluirlos en el orden de la agenda. 5.j.- Dado el carácter de confidencialidad de ciertos temas objeto de estudio del Consejo, cada Consejero se compromete a respetar el secreto de las decisiones tomadas.
6.- Duración en el cargo Cada Consejero desarrolla su función hasta la siguiente Asamblea para la Misión.
votación de Seglares, se realizarán tantas votaciones como fueren necesarias hasta lograr el desempate, exigiéndose mayoría simple. Serán considerados suplentes las dos (2) personas más votadas, tanto de Hermanos como de Seglares, después de los tres (3) elegidos. El Hermano Visitador designará a otros dos lasallistas (Hermanos y/o Seglares) para integrar el Consejo, cuidando asegurar que la representación en el Consejo sea balanceada entre Seglares y Hermanos. 2.c.- La duración del Consejo de la MEL coincide con el período del Hno. Visitador. Los Consejeros elegidos por votación, sólo pueden estar en el Consejo por dos períodos seguidos. 2.d.- Este Consejo se reúne al menos tres veces al año y es convocado por el Hermano Visitador.
3.- Organismos del Consejo: 3.a.- Presidente: 3.a.1.- El H. Visitador convoca y preside el Consejo. 3.b.- Secretario: 3.b.1.- Habrá un secretario que levante actas de cada reunión. Se enviará un informe a las obras educativas y comunidades de Hermanos sobre los aspectos que considere el Hermano Visitador.
4.- Competencias del Consejo: 4.a.- Asesorar al Hno Visitador en temas propios de Misión Educativa Lasallista.
4.k.- Elaborar un informe y evaluación del período entre Asambleas y hacerlo llegar a los asambleístas elegidos.
5.- Dinámica del Consejo de Misión 4 . b . - O f re c e r c r i te r i o s p a ra e l b u e n funcionamiento de los obras del Distrito.
5.a. Las decisiones del Consejo MEL son consultivas, excepto en los casos en que el Hno. Visitador, pida que sean deliberativas.
4.c.- Acompañar al Hno. Visitador en el discernimiento de nuevos campos de misión en los que se requiera la colaboración de Hermanos y Seglares.
5.b.- Será convocado y presidido por el Hno. Visitador del Distrito.
4.d.- Sugerir pistas de trabajo en temas de Misión y aportar nombres de personas que puedan responsabilizarse de ellas.
5.c.- Se reunirá, al menos, tres veces al año, de manera ordinaria. Una de las reuniones será conjunta con el Consejo de Distrito.
4.f.- Sugerir a los responsables de la Misión en el Distrito las políticas y estrategias para dinamizar las propuestas estudiadas en el Consejo.
5.d.- El plan de trabajo de las reuniones del Consejo se preparará bajo la responsabilidad del Presidente.
4.g.- Encauzar y dinamizar las propuestas emanadas de la Asamblea para la Misión.
5.e.- Las actas del Consejo de Misión recogerán el resultado obtenido en las votaciones de los acuerdos y propuestas que se hayan tratado.
4.h.- Concretar las fechas de la celebración de la siguiente Asamblea. 4.i.- Garantizar el calendario y el proceso para elegir los Asambleístas. 4.j.- Nombrar la Comisión Preparatoria de la Asamblea.
5.f.- Las decisiones a tomar por votación, requerirán para su aprobación, la mayoría absoluta de votos “sí”. 5.g.- El Visitador, cuando el tema lo requiera, podrá invitar a participar en alguna de las sesiones del Consejo a las personas directamente