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El arte y la ficción como prueba
una autoridad ancestral, por eso, debemos sentarnos de autoridad a autoridad, y también esa autodeterminación mediante las identidades de los pueblos indígenas, y yo creo que un mensaje a esta Comisión es que también se rijan de esa medicina propia de los pueblos indígenas, de esos principios mayores.
Sé que hay hermanas de los pueblos indígenas en esta Comisión, no olvidar esa espiritualidad que yo creo que sería ese mediador para llegar a esa verdad que tiene muchas miradas y muchas secuelas en los territorios indígenas.
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Realicé este video para ubicar al pueblo Misak y cuál es la realidad en que estamos y compartimos, a nosotros nos conocen como hijos de la palabra, de la vida y los sueños. Entonces, es como contarles un poquito pero también aprovechar estos medios para mostrarles ese símbolo de serenidad y relacionamiento con la madre Tierra que tenemos desde antes, y desde ahora y yo creo que hasta siempre.
Contarles que el misak siempre ha creído en el equilibrio y el contacto directo con la naturaleza, así como el resto de los pueblos indígenas, el mensaje sería saber entrar en esos escenarios, en los territorios indígenas y agradecer a la Comisión y a la Universidad Externado por este espacio y saber escuchar no solo al pueblo Misak, sino a los demás pueblos indígenas que existen aquí en el territorio colombiano.
Yolanda Sierra León 3
Expondré La teoría del Constitucionalismo transicional estético, es decir, el litigio basado en el arte, la cultura y en el patrimonio cultural.
Se compone de ocho elementos:
1. El litigio estético consiste en litigar derechos a través de la estética, la estética consiste en ser capaces nosotros de ir a un lugar y oler, oír, tocar, palpar para que podamos construir una jurisprudencia no basada en otras jurisprudencias o precedente jurisprudencial sino en el precedente cultural.
El precedente cultural se hace con el cuerpo, tocando, oyendo, usando los sentidos y el litigio estético, es litigar usando los sentidos y por eso se llama litigio estético. 2. El litigio artístico, y es como el de Juan Manuel, litigar derechos, transformar la realidad de Jefferson, Henry y Robinson, transformar la de Juan Manuel, Noel y Fernando a través de una obra de arte, de un proceso.
3 Abogada, restauradora del Patrimonio Cultural Mueble y doctora en Sociología. Docente Investigadora del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia y Coordinadora del Grupo de Derechos Culturales: Derecho, Arte y Cultura.
En este litigio no hay ganadores ni perdedores, hay un desequilibrio que se equilibra con el arte, y por eso, lo llamo litigio artístico.
El llamado a la Comisión es incorporar el litigio artístico como método, como tiempo y como mecanismo. 3. El arte como prueba, el arte como una fuente, en el ejemplo Luis Cardona, le abrieron el corazón, quedó en el centro de una pintura, pero también quedó en el centro de La Novia, en el centro de un río y de un territorio. Existe y la pintura nos da cuenta de eso, nos da cuenta de un conflicto entre excombatientes.
El arrullo del canto, la pintura, la película, el tejido son pruebas de un fenómeno o de un hecho y la Comisión debe tener en cuenta el arte como fuente de derecho. 4. El arte como una fuente de derecho, a veces, la sociedad no ha otorgado el derecho político a las mujeres, pero, la literatura ya lo hizo, no le da la importancia ni el derecho que tiene la población lgbti y la literatura también ya lo hizo, antes de la emancipación jurídica de los afrodescendientes o de los negros, ya en la literatura estaba más clara.
El arte es capaz de anticipar un derecho, por eso, la Corte Constitucional toma el diálogo de los perros de Cervantes o de un perro epistemólogo en su cuento lindo de Kafka sobre el perro filósofo.
La Corte Constitucional cuando quiere ver derechos que todavía no existen en la ley, busca en la literatura, en la ficción, en la fantasía, porque a veces un derecho como ser libre y acabar con la esclavitud aparece primero en la ficción, el derecho a la paz aparece de la ficción, el derecho a no tener guerra parece de la ficción.
En el arte se anticipan los derechos, más rápido que en el Congreso o que en las Cortes porque el arte y la creatividad a veces pueden ir más allá que la mente cognitiva. 5. Arte como un mecanismo de convivencia, hay muchos ejemplos, pero podía usar el ejemplo de Jefferson y Henry, se conocieron en un museo, no se conocieron en una cárcel, en una celda, se conocieron en un museo.
Y un cuadro les hizo darse un abrazo, y por eso, el arte puede ser un mecanismo de convivencia. 6. El arte es un mecanismo de reparación simbólica a las víctimas porque es capaz de incorporar la verdad, es capaz de incorporar la memoria, pero sobretodo es capaz de incorporar la dignidad porque las víctimas son mucho más que víctimas, son tejedores, son cantantes, son artistas y dramaturgos.
La obra que se expuso es protagonizada por mujeres de 70 años que descubrieron un día que, para hablar sobre sus desaparecidos pueden hacer teatro y crear una obra de teatro que se llama “El tente” y contaron qué es tener una hija desaparecida, y por eso el arte sirve como mecanismo de reparación
simbólica porque el símbolo es capaz de unir a personas en el tiempo y en el espacio. 7. El arte como Garantía de Satisfacción, el arte ayuda a tramitar el dolor, tejer, cantar, pintar, actuar, escribir, hacer poesía, sí que sirve para tramitar el dolor individual de las víctimas, y al mismo tiempo, sirve para la Garantía de No Repetición porque se cede el espacio individual para decirle a toda la sociedad que no se debe cometer, por eso, el arte tiene un arte de expansión, fuera del individuo, la poesía no existe si no se expresa, y si no se difunde, si no se conoce. 8. La emancipación estética del Estado, es muy importante para la Comisión de la Verdad, para los tribunales y el derecho en general, no podemos seguir teniendo sentencias de 7000 hojas y 300 horas de grabación.
Hace poco Rodrigo Uprimmy propuso 10.700 palabras para una sentencia, podemos hacer textos jurídicos emancipados, ese es uno de los retos que tiene la Comisión de la Verdad y la jep, traducir la verdad, los procesos a términos estéticos y artísticos y eso se denomina la “Emancipación estética del Estado”.
Esos ocho elementos del Constitucionalismo Transicional Estético los recojo de todo lo que hemos vivido hoy, de la naturaleza, de la madre que nos dice que no lo volvamos a hacer, del taller de “La guerra que no hemos visto”, de que ustedes estén aquí todavía sentados oyendo, tocándose, mirándonos, y con la obra de teatro El Tente con víctimas de la desaparición forzada en el Meta.