EL LABYRINTHO DE COMERCIO TERRESTRE Y NAVAL DE JUAN DE HEVIA BOLAÑOS, EN CONMEMORACIÓN DE LOS 400 AÑOS DE LA PUBLICACIÓN EN LIMA DE SU EDICIÓN PRÍNCIPE
Por José Antonio Pejovés Macedo Abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo Presentación El Labyrintho de Comercio Terrestre y Naval -en lo sucesivo el Laberinto- es una obra señera de Derecho mercantil y marítimo que se publicó en Lima, la capital del Virreinato del Perú, por el editor Francisco del Canto en 1617, dos años antes que en España1, donde luego tuvo sucesivas ediciones hasta bien entrado el siglo XIX.
1 La primera edición española de 1619 fue impresa en Madrid por Luis Sánchez.
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El autor de la celebrada obra fue Juan de Hevia Bolaños (c. 1570- c.1623), un jurista que nació en Oviedo, España, y que luego pasó gran parte de su vida hasta su fallecimiento en Lima, la antigua Ciudad de los Reyes. Sobre Hevia Bolaños, cuyos restos deben descansar en las catacumbas de la Iglesia de San Francisco, hace algunos años se encendió un debate académico iniciado por el recordado historiador limeño Guillermo Lohmann Villena2, quien puso en cuestión la autoría del Laberinto, asunto que por cierto con los años se ha ido aclarando. La conmemoración de los 400 años de la edición príncipe del Laberinto está transcurriendo este 2017 desapercibidamente, ya que ni la academia ni alguna corporación vinculada con el Derecho marítimo y el comercial, han publicado o manifestado algún acto conmemorativo en homenaje a la célebre obra. Es oportuno señalar, que en 2013 el Laberinto junto con otros treinta y ocho libros peruanos impresos entre 1584 y 1619, fue inscrito en el Registro de Memoria del Mundo de la UNESCO. Las publicaciones en Lima del Laberinto en 1617, del libro titulado Curia Philippica -también de Hevia Bolaños- en 1603, así como la fundación en 1613 del Consulado de Lima3, cuyo Tribunal resolvió las controversias marítimas y comerciales de la América del Sur española exclusivamente por más de 150 años y que estuvo en funcionamiento hasta 1887, demuestran la antiquísima vinculación de la ciudad con el Derecho marítimo al menos desde comienzos del Siglo XVII. A muchas millas de Inglaterra, son éstos los auténticos antecedentes de los que somos abogados, árbitros y profesores de Derecho marítimo en Lima. Esta breve nota, con la que conmemoro y rindo homenaje en 2017 a una obra fundamental del Derecho marítimo y mercantil de Hispanoamérica, es el preludio de un trabajo más extenso y detallado que presentaré para su publicación en el volumen XXXV del Anuario de Derecho Marítimo, que dirige el profesor Ignacio Arroyo Martínez, y que se publicará en 2018. Estructura del Laberinto El libro es un compendio de las leyes y costumbres que regulan el comercio y en el que se trata de las mercancías, la contratación en tierra y mar. El Laberinto está dividido en tres libros: Libro I Comercio terrestre -15 capítulos-, Libro II Comercio terrestre -15 capítulos, Libro III -Comercio naval -15 capítulos-. El profesor de Derecho mercantil José María Muñoz Planas, refiriéndose al contenido del Laberinto, sostiene: “Originalidad en la unidad de tratamiento y, a la vez, modernidad en la ordenación sistemática de la materia. Partiendo de reconocer la autonomía de la disciplina propia del comercio naval, tal como sería consagrada en 1681 por la Ordenanza de la marina 2 Lohmann, planteó en su tesis de 1939, titulada Un jurista del virreinato: Juan de Hevia Bolaño, con la que optó el grado de bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, que Hevia Bolaños no fue el verdadero autor del Laberinto y de la Curia Philippica. Luego trató el asunto en otros ensayos. 3 El Consulado de Lima, fue el núcleo de la tesis que redacté y defendí en 2016 para optar mi grado de maestría en Derecho civil y comercial por la Universidad de San Marcos. La monografía titulada El Tribunal del Consulado de Lima: valoración histórica e importancia de su participación en la solución de controversias mercantiles y marítimas entre los siglos XVII y XIX, espero publicarla en formato de libro.
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francesa, Hevia Bolaños dedica los dos primeros Libros del Laberinto al Derecho del comercio terrestre con un orden sistemático en el que pueden verse ciertos atisbos del que siglos después sería llamado plan pandectista: primero los comerciantes individuales y asociados (‘mercaderes’ y ‘compañeros’) con sus instituciones auxiliares (‘cambios’ y ‘bancos’, ‘factores’ y ‘corredores’); segundo, las cosas y la organización de la actividad comercial (‘mercaderías’, ‘marcas’, ‘moneda’, ‘pesos y medidas’, ‘ferias y mercados’ y ‘tiendas’); y, en tercer lugar, la contratación comercial en sus tipos más habituales entonces y problemas inherentes, incluidos los fiscales (‘ventas’, ‘redhibitoria’, ‘alcabala’, ‘arrendamiento real’, ‘usura’, ‘intereses’ e ‘hipoteca’) o sus vicisitudes (‘prorrogación’, ‘novación’, ‘cesión’ y ‘paga’), a lo que se unen los aspectos contables (‘libros’, ‘cuentas’ y ‘finiquito’). Capítulos propios tienen los aspectos concursales (‘fallidos’, ‘prelación’ y ‘revocatoria’), sin que falte -llama la atención- otro dedicado ex professo a la solución arbitral de las controversias (´compromiso’) para terminar con los problemas relativos a la jurisdicción consular. Al Derecho marítimo consagra HEVIA BOLAÑOS, el Libro tercero, que comienza por el régimen jurídico del ‘mar’, de los ‘ríos’ y de los ‘puertos’. Sigue con el estatuto de las ‘naves’, la organización de la ‘flota’, fundamental en el tráfico con las Indias; la disciplina del personal navegante (‘maestre’, ‘marineros’, ‘escribano’, y ‘pasajeros’); el capítulo central del ‘fletamento’; el control del tráfico de mercancías y sanciones relativas (‘cosas vedadas’, ‘aduana’, ‘registro’, ‘visita’, ‘pena de comiso’); y la realización del ‘viaje’ y sus incidencias; los riesgos y accidentes (‘daños’ y ‘naufragio’) y, finalmente el seguro. A la vista de su contenido el Laberinto, constituye el primer tratado español de Derecho mercantil, con el que se afirma su autonomía científica, lo que permite atribuir a HEVIA BOLAÑOS la consideración de creador histórico de la ciencia mercantilista nacional”4. Cabe anotar además que el Hevia Bolaños, cita en el Laberinto a connotados autores de Derecho mercantil de la época5. Comentarios sobre el Laberinto Guillermo Lohmann Villena con relación al Laberinto y a la citada obra Curia Philippica señala: “Desde el mismo instante de su aparición, en 1603 la Curia Philippica y en 1617 el Labyrintho de comercio terrestre y naval, ambas obras se granjearon envidiable crédito, al punto de reimprimirse sin cesar hasta mediados del siglo pasado, sumando en conjunto 38 ediciones conocidas (v. APÉNDICE). Según se echa a ver por los inventarios de las bibliotecas de antaño, dichos títulos no faltaron en ninguna librería del mundo cultural hispánico, aun en aquellas que no estaban especializadas en disciplinas jurídicas. Es fama que los dos prontuarios eran tan útiles y proficuos para 4 Muñoz Planas, José María. “Defensa y elogio de Juan de Hevia Bolaños: primer mercantilista español” en la Revista de Derecho Mercantil, N° 241, Madrid, 2001, pp. 1186-1187. 5 Arthur Desjardins, citado por Muñoz Planas, señala que “El autor combina los principios del derecho romano y los del derecho canónico con el derecho civil y Real y las reglas de la práctica española. Cita y discute las respuestas de los doctores y, entre ellos, Gregorio López, Rodrigo Suárez, Bartolo, Baldo, Straccha. La obra es tanto más preciosa por cuanto precede a los grandes trabajos de codificación ejecutados en Francia y en muchos otros países marítimos. Véase: Muñoz Planas, ob. cit., pp. 1114-1115.
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los abogados y jurisperitos, como el Arte de Nebrija para los gramáticos, y de la divulgación que alcanzaron es buen testimonio el del satírico limeño Juan del Valle Caviedes, que a fines del siglo XVII apostrofa a un leguleyo así: ‘pues son tantos sus nudos y sus lazos, Que se parece a un tomo de Juan de Hevia, Nombrado dilaciones y embarazos’. Tan amplia nombradía y tan frecuentes reediciones son prendas de un mérito ciertamente excepcional y de una actualidad inmutable, como no podía ser de otro modo, ya que la Curia Philippica se acepta como la primera monografía de Derecho procesal, y el Labyrintho como el único tratado de Derecho mercantil españoles hasta comienzos del siglo XIX. Esta validez permanente en calidad de textos de enseñanza universitaria y de obras de consulta en los bufetes de los abogados y salas de tribunales, constituye un hecho verdaderamente insólito”6. Muñoz Planas en alusión a la importancia del Laberinto menciona que “… superando fronteras, penetrara en el mundo de aquellos grandes abogados, italianos especialmente, cuyas obras son piedras miliares en el proceso de formación de la ciencia del Derecho mercantil. Así lo podemos comprobar viendo como aparece citado con reiteración por Casaregis, Francisco Rocco, Ansaldo de Ansaldis, Ascanio Baldasseroni y, sobre todos, por Carlos Targa, el gran maritimista genovés del XVII cuyas Ponderazioni sopra la contrattazione marittima, Hevia Bolaños no es sólo, con diferencia, por delante de Straccha, el autor más citado sino el que inspiró, en parte, el orden argumental adoptado en la exposición”7. El mismo Muñoz Planas señala que Pedro Rodríguez Campomanes -abogado de los Reales Consejeros en el siglo XVII-, aseveró respecto de las obras de Derecho mercantil del siglo XVII, que “La más metódica es el Tratado de Comercio Terrestre y Naval de Juan Hevia Bolaños, conocido por autor de la Curia Philipica, y que más utilizó la Nación, instruyendo en las reglas del comercio terrestre y naval así a los comerciantes mismos como a los forenses”8.
6 Lohmann Villena, Guillermo. “En torno de Juan de Hevia Bolaño. La incógnita de su personalidad y los enigmas de sus libros”. En el Anuario de Historia del Derecho Español, XXXI, Madrid, 1961, pp. 121-122. Artículo reproducido en Guillermo Lohmann Villena. Personajes e Ideas en el Virreinato del Perú, Instituto Riva Agüero de la PUCP, Lima, 2015. 7 Muñoz Planas, José María, ob. cit., pp. 1113-1114. 8 Ibid., p. 1115
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