Trascendencia Histórica del Derecho Marítimo: la Voz del Emperador Antonino
Consta en el Digesto Justinianeo (Libro XV, Título II) una petición hecha al emperador Antonino por un caso de naufragio en Icaria, en el que los reclamantes fueron despojados por los recaudadores de impuestos, y en el que el emperador pronunció “Yo soy en efecto Señor del Mundo, pero la Ley es Señora de los Mares y, por tanto, esta cuestión debe ser resuelta por el Derecho Marítimo de los Rodhios (Lex Rodhia de iactu o Ley de Rodas, aprobada cerca del 475 a.C.) que fue adoptada para regular las cuestiones marítimas”. Antonino gobernó el Imperio Romano de 138 a 161 d.C. La anécdota demuestra que desde mucho tiempo atrás el Derecho Marítimo como rama autónoma, tuvo especial relevancia en los asuntos vinculados con el mar y lo marítimo. Ese pasaje del Digesto, al menos ha sido recordado por J.S. Reeves: “Two Conceptions of the Freedom of the Seas” en “The American Historical Review, vol. 22” (1917); J. Basadre: “Los Fundamentos de la Historia del Derecho” (1956); J. A. Pejovés: “Derecho Marítimo, 25 Ensayos” (2007); y J.P. Rodríguez: “El Derecho Marítimo se Hace Mayor: la Avanzada Autonomía del Derecho Marítimo” en “Anuario de Derecho Marítimo, vol. XXXII” (2016).