Lineamientos grupo de trabajio implementacion

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OBJETIVOS
DEL
GRUPO
DE
TRABAJO
SOBRE
LA
IMPLEMENTACIÓN
 19
de
agosto
de
2010.
 
 Contexto.
 
 El
Convenio
que
da
lugar
al
Mecanismo
de
Seguimiento
y
Evaluación
(MSyE)1
le
establece
 la
 facultad
 de
“promover
 la
institucionalización
del
 enfoque
de
derechos
 humanos
en
el
 quehacer
 público
 y
 coadyuvar
 con
 los
 entes
 ejecutores2,
 en
 la
 implementación
 del
 Programa
de
Derechos
Humanos
del
Distrito
Federal
(PDHDF
o
Programa)”,
sin
especificar
 las
instancias
que
harán
esta
tarea.
 
 A
 su
 vez,
 las
 tareas
 de
 seguimiento
 y
 evaluación
 que
 son
 parte
 fundamental
 del
 Mecanismo
refieren,
en
términos
generales,
en
el
caso
del
seguimiento,
a
la
verificación
 en
 el
 avance
 de
 las
 líneas
 de
 acción
 del
 PDHDF
 y,
 la
 evaluación,
 a
 la
 valoración
 en
 el
 avance
 del
 ejercicio
 de
 derechos
 de
 los
 habitantes
 de
 la
 capital,
 la
 valoración
 de
 las
 condiciones
estructurales
que
impiden
este
ejercicio
y
la
valoración
sobre
la
consistencia
 en
el
diseño
mismo
del
PDHDF.
 
 La
naturaleza
de
estas
tareas
exige
cierta
independencia
respecto
de
los
entes
ejecutores
 para
garantizar
su
objetividad.
Por
tal
razón,
las
discusiones
operativas
sobre
cómo
poner
 en
funcionamiento
el
PDHDF
fueron
dejadas
de
lado
formalmente
en
el
Mecanismo.
Ello
 propició
que
cada
instancia
de
gobierno
creara
su
propio
método
para
la
implementación
 del
PDHDF,
sin
que
existiera
una
coordinación
entre
estas,
específicamente
en
el
ámbito
 de
 poderes
 y
 competencias
 diferentes
 como
 son
 la
 Asamblea
 Legislativa
 del
 Distrito
 Federal
 (ALDF),
 el
 Tribunal
 Superior
 de
 Justicia
 del
 Distrito
 Federal
 (TSJDF),
 las
 Delegaciones
Políticas
y
los
Organismos
Públicos
Autónomos.
 
 A
 raíz
 de
 la
 instalación
 de
 los
 Espacios
 de
 Participación,
 previstos
 por
 el
 Mecanismo,
 se
 crearon
cinco
Comités
de
Seguimiento
del
Programa,
cuya
lógica
es
la
de
verificación
del
 avance
 en
 las
 líneas
 de
 acción
 y
 que
 fueron
 cobijados
 por
 el
 Mecanismo
 a
 través
 de
 la
 




























































 1

Anexo
 1
 del
 Convenio
 de
 colaboración
 por
 el
 que
 se
 crea
 el
 Mecanismo
 de
 Seguimiento
 y
 Evaluación
 del
 PDHDF,
 denominado
 “Constitución,
 mandato,
 integración
 y
 atribuciones
 del
 mecanismo
 de
 seguimiento
 y
 evaluación
 del
 PDHDF”.

 2 
Instancias
ejecutoras
del
PDHDF:
ALDF,
CDHDF,
GDF,
TSJDF,
IEDF,
TEDF,
INFODF,
JCADF,
TCADF,
UACM
y
Delegaciones
 Políticas
del
Distrito
Federal.

1


creación
 de
 un
 Grupo
 de
 Metodología,
 que
 discutió
 y
 definió
 los
 lineamientos
 de
 su
 operación.

 
 Al
mismo
tiempo,
se
crearon
Mesas
Interinstitucionales,
para
discutir
la
manera
en
que
se
 implementaría
el
PDHDF.
Se
considera
necesario
que
estas
mesas
tengan
una
articulación
 adecuada
con
el
MSyE,
hecho
que
contribuiría
a
no
duplicar
trabajos
entre
los
diferentes
 espacios
 que
 se
 han
 abierto
 o
 puedan
 abrirse
 en
 el
 marco
 del
 PDHDF
 y
 aprovechar
 la
 experiencia
organizativa
que
se
trabaja
para
los
Comités
de
Seguimiento,
en
lo
que
sea
de
 utilidad
para
las
Mesas
interinstitucionales.
 
 A
continuación
se
presentan
algunos
ejemplos
referidos
por
los
entes
ejecutores:
 
 Un
 grupo
 de
 problemas
 apunta
 a
 la
 falta
 de
 capacitación
 y
 acompañamiento
 en
 la
 implementación:
existe
un
desconocimiento
de
algunos
entes
ejecutores
del
enfoque
de
 derechos
humanos
y
también
un
desconocimiento
del
PDHDF
y
sus
líneas
de
acción.
No
 existen
 mecanismos
 formales
 para
 resolver
 dudas
 sobre
 el
 significado
 o
 naturaleza
 de
 algunas
 líneas
 o
 en
 la
 asignación
 de
 responsabilidades.
 No
 siempre
 hay
 claridad
 sobre
 cómo
 priorizar
 particularmente
 cuando
 existen
 tareas
 emergentes
 que
 están
 fuera
 del
 PDHDF
y
que
requieren
de
la
atención
de
los
entes
ejecutores.
 
 Un
 segundo
 grupo
 se
 refiere
 a
 la
 falta
 de
 involucramiento
 de
 algunas
 instancias
 en
 la
 elaboración
 y
 apropiación
 del
 PDHDF:
 existe
 lejanía
 en
 el
 proceso
 por
 parte
 de
 algunos
 entes
 ejecutores,
 además
 se
 identificaron
 instancias
 que
 no
 fueron
 consideradas
 para
 implementar
líneas
de
acción
o
en
la
conformación
de
los
Comités
de
Seguimiento
como
 es
 el
 caso
 del
 Tribunal
 Electoral.
 Asimismo,
 se
 plantea
 la
 necesidad
 de
 procesos
 de
 sensibilización
 de
 líderes
 y
 tomadores
 de
 decisión
 de
 alto
 nivel,
 para
 facilitar
 la
 implementación
 al
 interior
 de
 los
 entes
 ejecutores.
 Al
 mismo
 tiempo,
 se
 plantean
 carencias
presupuestarias
como
limitante
para
el
cumplimiento
de
las
líneas
de
acción.
 
 Un
 tercer
 grupo
 refiere
 a
 las
 condiciones
 específicas
 de
 las
 instancias
 que
 complican
 la
 implementación:
por
ejemplo
en
la
ALDF
no
existe
una
organización
vertical
que
facilite
la
 implementación,
en
el
TSJDF
no
utilizan
un
presupuesto
basado
en
resultados,
que
es
el
 mecanismo
que
utiliza
el
GDF
para
incorporar
la
perspectiva
de
derechos
humanos
en
el
 presupuesto
 y
 en
 los
 marcos
 de
 política
 pública.
 En
 esa
 misma
 línea,
 la
 mayoría
 de
 las
 unidades
 responsables
 no
 tienen
 un
 área
 de
 planeación
 que
 encabece,
 como
 instancia
 globalizadora,
la
incorporación
de
la
perspectiva
de
derechos
humanos
en
su
trabajo.

 
 Un
 cuarto
 grupo
 de
 problemas
 refieren
 a
 una
 ausencia
 en
 la
 coordinación
 de
 la
 implementación:
 no
 existen
 mecanismos
 estandarizados
 o
 criterios
 para
 la
 implementación.
 En
 líneas
 donde
 hay
 corresponsabilidad,
 no
 se
 especifica
 a
 un
 coordinador
 que
 encabece
 la
 implementación
 de
 la
 línea
 y,
 por
 tanto,
 no
 hay
 coordinación.
 Finalmente,
 no
 existen
 mecanismos
 formales
 para
 compartir
 experiencias,
 aciertos
y
obstáculos
de
la
implementación
del
PDHDF.

2


En
cualquier
caso,
vale
precisar
que
los
entes
ejecutores
del
PDHDF
son
concientes
de
que
 es
SU
responsabilidad
la
implementación
del
PDHDF
y
que
en
su
interior
mantendrán,
y
en
 su
 caso
 fortalecerán
 o
 crearán,
 las
 unidades
 o
 grupos
 asesores
 necesarios
 para
 la
 implementación
del
PDHDF
en
el
ámbito
de
sus
competencias.
 
 Por
 todo
 lo
 anterior,
 se
 plantea
 la
 creación
 de
 un
 Grupo
 de
 Trabajo
 sobre
 la
 Implementación
 del
 Comité
 de
 Seguimiento
 y
 Evaluación
 del
 PDHDF
 (Grupo),
 para
 orientar
 el
 proceso
 de
 implementación
 del
 PDHDF,
 sin
 asumir
 las
 responsabilidades
 propias
 de
 los
 entes
 ejecutores
 ya
 señaladas
 en
 el
 párrafo
 anterior.
 De
 este
 Grupo
 se
 proponen
los
siguientes
objetivos
y
mecanismos
que
lo
regirán.
 
 Objetivo
general.
 
 Ser
 un
 espacio
 para
 el
 intercambio
 de
 experiencias,
 orientación
 y
 articulación
 que
 responda
 a
 las
 necesidades
 de
 los
 entes
 ejecutores,
 que
 surjan
 de
 las
 Mesas
 Interinstitucionales
 para
 la
 Implementación
 del
 PDHDF
 (MIIM)
 y
 las
 sesiones
 del
 propio
 Grupo.
 
 Como
objetivos
particulares
del
Grupo
se
tienen:
 
 Sobre
la
articulación:
 
 1. Definir
la
metodología
de
trabajo
de
las
MIIM.
 
 2. Articular
los
trabajos
de
las
diferentes
MIIM.
 
 3. Coordinar
la
sistematización
de
la
información
que
surja
de
los
trabajos
de
las
 MIIM.
 
 4. Sugerir
 la
 creación
 de
 nuevas
 MIIM
 que
 se
 consideren
 estratégicas
 para
 el
 cumplimiento
 del
 PDHDF
 o
 proponer
 la
 clausura
 de
 los
 trabajos
 de
 las
 MIIM
 que
hayan
cumplido
su
propósito
o
que
requieran
de
reestructuración.
 
 5. Proponer
 mecanismos
 de
 articulación
 entre
 los
 entes
 ejecutores
 para
 el
 cumplimiento
de
las
líneas
de
acción.
 
 Sobre
la
orientación:
 
 1. Recibir
 y
 compartir
 experiencias
 de
 implementación
 de
 los
 diferentes
 entes
 ejecutores
del
PDHDF
derivados
de
las
MIIM
y
las
sesiones
del
Grupo.
 
 2. Conocer
 y
 compartir
 las
 experiencias
 de
 implementación
 ya
 existentes
 en
 el
 GDF,
 sobre
 la
 transversalización
 e
 institucionalización
 de
 la
 perspectiva
 de
 género,
como
aprendizaje
para
la
implementación
del
PDHDF.

3


3. Identificar
 factores
 críticos
 y
 las
 buenas
 prácticas
 de
 la
 implementación
 del
 PDHDF
a
partir
del
trabajo
de
las
MIIM
y
las
sesiones
del
Grupo.
 
 4. Proponer
 alternativas
 a
 problemas
 generales
 y
 dudas
 que
 surjan
 en
 la
 implementación
 del
 PDHDF
 por
 parte
 de
 los
 diferentes
 entes
 ejecutores,
 a
 partir
del
trabajo
de
las
MIIM
y
las
sesiones
del
Grupo.
 
 5. A
 solicitud
 de
 los
 entes
 ejecutores
 del
 PDHDF,
 derivados
 de
 las
 MIIM
 y
 las
 sesiones
del
Grupo,
canalizarlos
para
atender
sus
necesidades
de:
 
 5.1. Sensibilización
 y
 capacitación
 de
 su
 personal
 para
 el
 cumplimiento
 del
 PDHDF.
Deberá
tomarse
en
consideración
lo
establecido
en
las
líneas
de
 acción
 del
 PDHDF,
 sobre
 sensibilización
 y
 capacitación
 a
 fin
 de
 no
 duplicar
esfuerzos.
 
 5.2. Incorporación
del
enfoque
de
derechos
específicos
en
su
trabajo.
 
 5.3. Programación
 y
 presupuestación
 con
 perspectiva
 de
 derechos
 humanos.
 
 5.4. Implementación
 del
 PDHDF
 en
 estructuras
 organizativas
 y
 funcionales
 diferentes.
 
 6. A
 solicitud
 de
 los
 entes
 ejecutores
 del
 PDHDF,
 derivados
 de
 las
 MIIM
 y
 las
 sesiones
del
Grupo,
orientar
de
forma
general
sobre
los
siguientes
temas:
 
 6.1. Coordinación
 necesaria
 en
 las
 líneas
 de
 acción
 donde
 hay
 corresponsabilidad
a
través
de
las
MIIM.
 
 6.2. Experiencias
 internacionales
 sobre
 criterios
 generales
 para
 la
 priorización
de
las
líneas
de
acción.
 
 6.3. Dudas
sobre
la
asignación
y
reasignación
de
responsabilidades
y
plazos
 en
las
líneas
de
acción
dentro
de
los
entes
ejecutores.
 6.4. Dudas
sobre
el
contenido
y
alcance
de
las
líneas
de
acción.

Se
 considera
 oportuna
 para
 el
 apoyo
 en
 la
 realización
 de
 los
 objetivos
 del
 Grupo,
 la
 creación
de
un
Equipo
Asesor
sobre
la
Implementación
(EASI),
que
será
parte
integrante
 del
 Grupo
 e
 independiente
 del
 Equipo
 Técnico
 Operativo
 del
 CSyE.
 Las
 tareas
 de
 este
 Equipo
se
detallarán
en
una
sección
posterior
de
este
documento.

4


Conformación
del
Grupo
de
Trabajo
sobre
la
Implementación.
 
 El
Grupo
de
Trabajo
sobre
la
Implementación
se
sujetará
a
los
lineamientos
y
mecanismos
 establecidos
 por
 el
 Comité
 de
 Seguimiento
 y
 Evaluación
 del
 PDHDF,
 para
 el
 funcionamiento
de
los
Grupos
de
Trabajo.
 
 De
 manera
 particular,
 el
 Grupo
 de
 Trabajo
 sobre
 la
 Implementación
 estará
 conformado
 por:
 
 1. Representantes
del
Comité
de
Seguimiento
y
Evaluación
del
PDHDF,
 2. Invitados
permanentes
que
deseen
participar
en
este
Grupo,
y
del
 3. Coordinador/a
del
Equipo
Asesor
sobre
la
Implementación.

 
 y
se
apoyará
para
el
logro
de
sus
objetivos
en:
 
 1. Las
Mesas
Interinstitucionales
para
la
Implementación
(MIIM).
 2. El
Equipo
Asesor
sobre
la
Implementación
(EASI).

5


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