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Opinión

Flavio Jesús Lobosco

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Despachante de Aduana, AREXCOM S.R.L.

La AFIP y la SIECyGCE ampliaron el plazo para la autorización de las importaciones.

En el Boletín Oficial se publicó la Resolución General Conjunta AFIP y SIECyGCE N° 5070/2021, por medio de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa (SIECyGCE) dispusieron ampliar de DIEZ (10) a SESENTA (60) días el plazo en el cual los organismos competentes podrán pronunciarse respecto a la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI). Dicha medida comenzó a regir a partir del viernes 17 de septiembre de 2021. Es decir, la información registrada en las declaraciones SIMI que es puesta a disposición de los siguientes organismos para que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen la intervención correspondiente, deberán pronunciarse (aprobar u observar) en un lapso no mayor a SESENTA (60) días, contados desde el registro en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones. En Argentina estamos viviendo el año 2013 en materia de comercio exterior. Esta película es volver al pasado, en vez de volver al futuro. Mismos requisitos e intervenciones a la importación pero con distinto nombre. Antes eran las DJAI, ahora son las SIMI. Se cambia el nombre de la receta, pero no los ingredientes. Nuevamente la industria nacional se ve perjudicada por las trabas a la importación de insumos, necesarios para la fabricación nacional. Y miles de importadores soportando sobrecostos. Albert Einstein, dijo… Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”.

Ampliaron el plazo para la autorización de las importaciones

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