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MEDIDAS. Los concesionarios tendrán 180 días para reubicar sus operaciones del Benito Juárez, señala el documento.

A partir de este viernes, las operaciones de carga quedan restringidas en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), tras la publicación de un decreto presidencial en el Diario Oficial de la Federación

Los concesionarios tendrán 108 días para reubicar sus operaciones, de acuerdo con lo establecido en el documento, mismo que entra en vigor este viernes 3 de febrero de 2023 y que fue firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Se estipula que “queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional

DIRECTOR

EDITORIAL ALBERTO GONZÁLEZ MARTÍNEZ DIRECTOR GRÁFICO EDGAR ACOSTA MARTÍNEZ edgar.acosta@24-horas.mx EDITORA GENERAL ROSARIO PÉREZ LARA

e internacional regular y no regular exclusivo de carga”.

Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros, precisa el documento.

El decreto precisa que la Agencia Federal de Aviación Civil y la Comunicaciones y Transportes tendrán que actualizar la normatividad y modificar concesiones en su caso para regular el transporte aéreo nacional.

El mes pasado, se dio a conocer que el Presidente alistaba este decreto e incluso fue cuestionado si la medida era para redirigir el transporte de carga al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, pero el Ejecutivo no precisó si ese era el plan, pero aclaró que el objetivo era combatir la saturación del AICM.

Al respecto, empresas y organismos representantes del sector aéreo han solicitado más tiempo para realizar una transición eficiente, ya que el plazo era demasiado corto.

Cartones

Plan B no aplicará en comicios del Edomex y Coahuila, determina el TEPJF

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Plan B de la reforma electoral, en su primera parte que entró en vigencia, no puede aplicarse para las elecciones del próximo año en el Estado de México y Coahuila.

Al discutir un asunto sobre los comicios de Coahuila, se determinó que, como lo marca la Constitución, solo se pueden aplicar las normas vigentes 90 días antes del comienzo del proceso electoral.

En el caso de Coahuila y Estados de México, la renovación de las gubernaturas inició en la primera semana de enero y el Plan B, en lo que respecta a los cambios a las leyes General de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, entró en vigencia unos días antes.

“Será imposible aplicarla dado que incumple con este plazo que la Constitución establece, donde las leyes electorales deben publicarse con 90 días de antelación al inicio del proceso electoral”, dijo el magistrado Luis Espíndola.

Respecto a su aplicación para las elecciones de 2024, en la parte sobre la definición de propaganda durante comicios, el magistrado vislumbró su posible inaplicación para la elección de 2024, la cual será la más grande en la historia del país, con comicios presidenciales, legislativos y de gubernaturas. / ÁNGEL CABRERA

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