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El rafaelino Rodolfo Zehnder se doctoró en Ciencias Jurídicas

Su tesis versó sobre "La selección de los miembros del jurado", bajo la dirección del Dr. Marco Antonio Terragni. El juicio por jurados se implementó en 11 provincias argentinas, pero es una materia pendiente en Santa Fe. "Lo novedoso es que el sistema implementado en la Argentina está integrado por 12 miembros, de los cuales la mitad deben ser mujeres, siendo un caso único en el mundo", destacó.

El viernes 10 de febrero, el abogado rafaelino Rodolfo Zehnder (colaborador de CASTELLANOS) se doctoró en Ciencias Jurídicas en la Universidad Católica de Santa Fe, previa defensa oral, recibiendo la nota de distinguido. La tesis doctoral versó sobre "La selección de los miembros del jurado", bajo la dirección del Dr. Marco Antonio Terragni, también de nuestra ciudad. El tribunal examinador estuvo integrado por los doctores María SofíaSagüés,FernandoGentile (oriundodeestaciudad)yJuan Manuel Díaz.

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"El objeto de estudio es la selección de los integrantes del jurado, porque si se eligen mal influirá en el veredicto final y puede no responder al criterio deJusticia",aclaróelflamante doctorado ante la consulta de un cronista de este Diario.

Actualmente, hay 11 provincias argentinas que tienen este novedoso y ágil sistema acusatorio:Córdoba,Neuquén, Buenos Aires, Entre Ríos, Mendoza, San Juan, Chaco, RíoNegro,Chubut,Catamarca y CABA.

"Enelcasodelaprovinciade Santa Fe, el proyecto tuvo media sanción pero luego perdió estado parlamentario en la Legislatura. Al ser 2023 un año electoral, posiblemente se retome con este proyecto en 2024", se ilusionó el entrevistado, para agregar que "es un fenómeno in crescendo y en el futuro casi todas las provin- cias irán incorporando el juicio por jurados; cada una tiene autonomía para legislar este sistema".

Es importante destacar que a toda persona le puede tocar ser miembro del jurado a través de un sorteo inicial del padrónelectoraldepurado,pero es un impedimento para los abogados que no están habilitados y tienen que excusarse.

"A diferencia de lo que ocurre en otros países (su origen fue en Inglaterra, continuando en EE.UU.), lo novedoso es que el sistema implementado en la Argentina está integrado por 12 miembros, de los cuales la mitad deben ser mujeres, respetándose la paridad de género, un caso único en el mundo. La exigencia es tener título secundario. Es un juicio oral y público en el que los testigos y peritosdebenexponerfrenteal jurado", remarcó.

Y agregó: "El jurado deberá determinar si la persona acusada es culpable o inocente; en este último caso el Fiscal no podrá apelar, pero si es culpable la defensa puede apelar. Es un sistema transparente y el Juez interviniente fija la pena dentro de lo que establece el CódigoPenal.Lautilizaciónde este sistema es para delitos graves con penas de 15 años o más. Se trata de la soberanía del pueblo con el derecho a juzgar a mis pares y viceversa".

Sobre la investigación realizada en las provincias mencio- nadas, "hay una llamativa coincidencia del 80-85% de lo resuelto por los juzgados popularesyloquehubiesedeterminado un Juez. El veredicto tiene que salir por unanimidad del jurado, a excepción de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén. La experiencia de la gente es positiva, pero falta educación, que debe empezar a partir de la escuela primaria".

Las conclusiones

Con los límites que establecen las distintas legislaciones provinciales, el juicio por jurados para las causas penales es una realidad que va tomando cuerpo y se va extendiendo a diversas jurisdicciones. Este fenómeno es imparable y más provincias argentinas se sumarán a este tipo de enjuiciamiento.

Se ha constatado un encomiableesfuerzodelosoperadores judiciales (jueces, fiscales, defensores, abogados querellantes y funcionarios) en orden a llevar a la práctica con eficacia el nuevo sistema de enjuiciamiento.

Sobrelabasedelaexperiencia acumulada se torna necesario superar las dificultades prácticas que su implementación trae aparejadas, así como suplir algunas deficiencias detectadas para mejorar el sistema, y que se tengan en cuenta las debilidades y desafíos para corregir rumbos o para futuras legislaciones.

Demodoparticular,sedebería mejorar el sistema de selección de los miembros del jurado. Este aspecto es central, crucial, si se quiere lograr veredictos más acordes al valor justicia.

Correspondería: a) agilizar el procedimiento de selección, que luce a veces engorroso y dificulta la formación de los jurados; b) mantener actualizados los padrones electorales; c) perfeccionar los métodos de notificación y comunicación a los candidatos; d) profundizar los alcances y fortalezas de las audiencias "voir dire" (decir la verdad) para hacerlas más exhaustivas; e) contar con el suporte de la psicología social y sociólogos; f) propiciar las reformas técnicas referidas a una mayor idoneidad y capacitación de los jurados.

La necesidad de introducir reformas al sistema de selección es clara y concreta, a la vez que factible. Se deben mejorar las técnicas de selección, en especial las audiencias de "voir dire", de modo que la selección coadyuve más acabadamente al logro del objetivo central: que los miembros del jurado sean capaces de asumir su rol y cumplir cometido. Ello implicará extenderlas en el tiempo, permitir una investigaciónpreviadeloscandidatos a jurado y efectuar algúnaportecientíficomediante la colaboración de psicólogossocialesyexpertosenotras disciplinas sociales.

Se torna necesario profundizar el conocimiento de la sociedad civil respecto a los lineamientos, bondades, desafíos y características generales de los juicios por jurados, mediante un proceso de educación que debería comenzar enlasescuelasprimariascomo parte de la currícula.

Esprobablequeenelfuturo intervengan en la problemática los consultores de juicios por jurados, y sería prudente anticiparse estableciendo algún tipo de reglamentación para regular su actividad.

Debe haber un esmerado esfuerzo de las partes (fiscales y defensores) para allanar el camino de los jurados, en el sentido de llevar a juicio hipótesis o teorías del caso bien elaboradas y exhaustivas, lo que implica una acabada capacitación de los magistrados y operadores judiciales sobre el sistema adversarial y la litigación oral.

Como los jurados deben ser vecinos del lugar del hecho, se deberían instrumentar otros modos de convocatoria, limitando su alcance geográfico a distritos, en lugar de circunscripciones.

Se debe propender al estudio metódico y sistematizado de los jurados, considerados individualmentecomoporgrupo, en orden a aportar elementos científicos a la selección.

A la par que se va ganando en experiencia, con el aumento de los casos se originarán nuevas complicaciones y cuestionamientos, por lo que prepararse para estos momentos resultaría prudente. Abrevar en las fuentes de países con larga tradición en juicios por jurados resulta insoslayable.

Estamos atravesando en la materia un momento de transición, un cambio de pautas culturales, una transformación no carente de dificultades y nuevos desafíos, y es menester efectuar continuas y paulatinas reformas sobre la base de la experiencia que se va recogiendo.

El sistema de selección de los miembros del jurado imperanteenlaArgentinacontribuye sólo parcialmente a cumplir con los requisitos de la idoneidad y es una necesidad mejorarlo mediante la implementación de distintas reformas.

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