VIERNES 7, AGOSTO DE 2020
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Académica de la Universidad de Talca
JURISTA EXPLICA EL PORQUÉ LA LEY DE TELETRABAJO DEBE SER REVISADA Irene Rojas señala que existen falencias en la normativa actual, por ejemplo, el hecho de que la modalidad debería estar pactada no de forma unilateral por el empleador, sino consensuada con el colectivo de trabajadores
L
a modalidad de teletrabajo llegó para quedarse en Chile y en el mundo, producto de la pandemia por Coronavirus, modalidad que algunas empresas ya habían comenzado a utilizar previamente y que ahora se ha transformado en un nuevo fenómeno laboral. En marzo pasado se promulgó una ley, para permitir la implementación del trabajo a distancia en Chile en el contexto de la emergencia sanitaria que, a juicio de la abogada laborista y académica de la Universidad de Talca, Irene Rojas, no puede regular de forma permanente la relación entre empleadores y trabajadores. “Se entiende que había una si-
El teletrabajo que se pacte por la autonomía individual, sin limitar la procedencia del mismo, es bastante riesgoso
tuación de emergencia que era necesario enfrentar, pero hay muchas observaciones y objeciones que se plantean a ese régimen jurídico y que tienen que ser modificados”, planteó. NEGOCIACIÓN Lo que se debe resolver -de acuerdo a la profesora de la UTalca- es “cómo regular el teletrabajo de manera que este pueda desarrollarse en relación a las necesidades generales, sin que ello signifique menoscabo de las condiciones laborales de los trabajadores”. Rojas precisó que es necesario resguardar en la ley de forma más explícita los derechos de los trabajadores. “El teletrabajo que se pacte por la autonomía individual, sin limitar la procedencia del mismo, es bastante riesgoso”, dijo. “Necesariamente tienen que haber otros organismos, el más relevante y que puede tener una mayor influencia, es la organización sindical. Pero, desgraciadamente, en el caso chileno, tenemos muy pocas organizaciones de este tipo”, agregó. PACTOS LABORALES Dada esta situación –dijo Rojasuna alternativa es que se formen colectivos de trabajadores al interior de las empresas y, de esta
La académica sostuvo además, que deberían ser revisados los límites de la jornada del trabajador y la garantía de desconexión manera, el empleador puede pactar el nuevo sistema. “No veo que sea posible mantener o garantizar las condiciones mínimas de trabajo y los derechos mismos de los trabajadores, sin que existan estos acuerdos al interior de las empresas”, indicó. “No estamos hablando de un reglamento interno, ya que este presenta solo la posición del empleador, sino más bien una regulación que es fruto del acuerdo entre la empresa y el colectivo de los trabajadores para definir la procedencia y la garantía de las condiciones mínimas”, agregó. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN La académica explicó que se
debe revisar en la ley –ademásla exclusión de los límites de la jornada y la garantía de desconexión, fijada hoy en 12 horas, lo que a su juicio es totalmente insuficiente. “La necesaria garantía de los límites del trabajo es una conquista de los trabajadores, las personas somos multidimensionales, somos trabajadores, parte de una familia, integrantes de una sociedad, el sistema nos tiene que permitir el desarrollo de todas estas dimensiones”, precisó. Añadió que existen muchos problemas que se producen al momento que un trabajador traslada sus labores al hogar, como son los psicosociales y los costos económicos adicionales.
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SEMINARIO INTERNACIONAL Irene Rojas participó en el seminario online “Los desafíos del teletrabajo y su regulación normativa a propósito de la Ley 21.220”, organizado por el Centro de Estudios de Derecho del Trabajo y Seguridad Social (Centrass) de la UTalca, donde también expusieron la académica de derecho del trabajo de la Universidad de Valencia, en España, Carmen Tatay; y la abogada especializada, Camila Ibáñez.