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EL HERALDO

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MOP

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Desarrolla

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DEL CARMEN EN CAPILLA DE POBLACIÓN 18 DE SEPTIEMBRE

Capsula Viii

Habiéndose despejado la concurrencia de inhabilidades, el juez está en condiciones de proceder personalmente a examinar los testigos, a los cuales ya les ha tomado juramento; el interrogatorio se desarrolla en un solo acto, los testigos son interrogados separada y sucesivamente, principiando por los del demandante, sin que puedan unos presenciar las declaraciones de los otros, para que no se comuniquen entre ellos.

Se interrogará al tenor de los puntos de prueba fijados por el tribunal y a los que pudieran contenerse en las minutas acompañadas por las partes; el tribunal puede exigir que los testigos rectifiquen, esclarezcan o precisen las aseveraciones que han efectuado, debiendo dar razón de sus dichos, de manera clara y precisa, expresando porque afirma tal cosa; la transcripción de su declaración debe ser fiel a lo señalado por el testigo, conservando sus expresiones, debe interrogársele de tal modo que relate, espontáneamente, lo que sabe, siendo ineficaz la pregunta que contiene en sí la respuesta que se debe dar.

Se suele escuchar con suspicacia, cuando se dice que los testigos deben prepararse, sin embargo, la preparación se refiere a que el abogado que presenta a los testigos, cuyos nombres se los entrega su parte, debe conocerlos, saber qué es lo que saben, cómo lo saben, por qué lo saben, y las respuestas a esas interrogantes, le convencerán de la conveniencia o no de presentarlos como testigos. También le permite saber cómo reacciona el testigo a las presiones de un contrainterrogatorio.

De la respuesta a las interrogantes que se efectúan, observamos que hay testigos presenciales, de oídas e instrumentales, en cuanto han estado presente al momento de otorgarse un instrumento; como también que hay testigos singulares, que son los que están de acuerdo con los hechos fundamentales, pero en desacuerdo con sus circunstancias, otros testigos en cambio estarán de acuerdo con los hechos y sus circunstancias.

Un tercer medio de prueba es la confesional, medio probatorio que se produce durante el curso del juicio para probar un hecho. En síntesis, es el reconocimiento que una parte hace de un hecho que producirá consecuencias jurídicas en su contra. Por regla general la confesión beneficia a la parte que la solicitó.

Hay que tener presente que la confesión siempre procede, con alguna excepción, como en aquellos casos en que la ley exige, por vía de solemnidad, un instrumento público.

Toda persona que tiene capacidad para estar en juicio está obligada a prestar confesión, en el caso que el confesante es mandatario o representante legal de otra persona, no obliga a su mandante o representado si con la confesión se excede de los límites de su mandato o representación.

Cuando la confesión se presta dentro de un juicio y ante el tribunal que conoce del pleito en que se invoca la confesión, hablamos de una confesión judicial; también hay un tipo de confesión llamada extrajudicial que se presta fuera del proceso. La confesión será provocada cuando se produzca a iniciativa de una de las partes contendientes mediante el mecanismo de la absolución de posiciones. Entonces, la

Rodrigo Biel, abogado y docente confesión será espontanea o voluntaria, cuando las partes la hacen en sus escritos durante el juicio.

También notaremos que la confesión provocada puede ser expresa o tácita; pura y simple, cuando se reconoce el hecho litigioso, tal como ha sido alegado por la parte contraria; calificada, cuando siendo reconocido el hecho se le agregan ciertas modalidades o circunstancias que alteran su esencia o naturaleza jurídica, transformándolo en un hecho diverso, y será una confesión compleja, cuando reconocido el hecho material, se le agrega un hecho nuevo distinto de aquel, que destruye en todo o en parte, las consecuencias jurídicas del hecho primitivo confesado.

La parte que provoque la confesión debe acompañar a su petición, el pliego de preguntas que se harán al confesante, colocándolo dentro de un sobre cerrado, de consiguiente el contenido no se conoce por la otra parte, como tampoco por el tribunal.

Las preguntas pueden redactarse en forma asertiva (afirmando), “diga cómo es efectivo que ..”; o en forma interrogativa: ¿No es efectivo que Ud.....?; en el primer caso si el absolvente no concurre a la audiencia, las preguntas asertivas se dan por confesas tácitamente, lo que no ocurre respecto a las preguntas interrogativas.

El absolvente será citado para un día y hora determinada, para realizar la audiencia, como lo veremos próxima semana.

Cerrado Por Inventario

Aló, quien vive aquí?

Entre esas paredes de osamentas y carnes

El tiempo no existe, dicen, es sólo un invento de los relojeros para permanecer esclavizados

Cabeza gacha con el monóculo

Reparando las horas y segundos

Mientras por la calle

El tiempo pasa en puntillas

Hurtando las energías

Y repartiendo canas y arrugas

Recordándole a los superhombres

Que les espera la última y desesperada oración

Ante el aviso de su vida que reza: “Cerrado por inventario”

Editorial

Televisión y regiones

Con un llamado a continuar fortaleciendo su posición en la televisión abierta y enfocar su misión y generación de contenidos en las regiones del país, la Sala del Senado recibió la cuenta pública de parte del Directorio de Televisión Nacional de Chile (TVN) sobre el estado financiero de la empresa, su gestión y el cumplimiento del compromiso para el cumplimiento de la misión pública de la empresa.

La mayoría de los parlamentarios valoraron el mejoramiento patrimonial de TVN como empresa pública dado a conocer por Fresard. Lo que se capitalizó y reestructuró en términos de deudas, se prepagó en octubre del año 2022. Ya hay más de 9.000 millones cancelados, y la deuda que queda es de alrededor de 1.431.000 UF.

Asimismo, la mayoría de las intervenciones se centraron en desafíos pendientes, tales como, la presencia en regiones y la generación de contenidos locales que permitan visibilizar la realidad de millones de ciudadanos y ciudadanas que no habitan en la capital y que no se identifican con programas dedicados a mostrar solo lo que ocurre en Santiago.

Expresaron su preocupación por la estrategia que adoptará TVN para disputar los primeros lugares en sintonía a nivel nacional, pues actualmente ocupa el cuarto lugar. La importancia de la pluralidad en la información que se entrega, la diversidad de enfoques y de la pluralidad de enfoques que puede haber a la hora, por ejemplo, de los noticieros, pero también cuál es el aporte del canal público para la formación ciudadana, entre otras materias.

Otra de las consultas tuvo que ver con la creación de una Comisión Asesora contra la Desinformación y la opinión del directorio de TVN pues la televisión pública también tiene un rol.

Teléfonos de Urgencia

Ambulancia 131

Bomberos 132

Carabineros 133

Investigaciones134

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