Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
PMVP Bs.S. 20.000,00
Repudio mundial por ataque a Guaidó www.diariodelosandes.com
Año 2 / Nº 14/ Depósito legal p. p 780011
¿Quién es el Rey Escorpión?
Hoy en Alta Política, Alexander González, le sigue la pista a un sujeto ponzoñoso que constantemente lanza su veneno en los corrillos políticos de la región. El escorpión no da la cara. Hay pistas sobre este animalucho. Interesante el tema. w 7
De penal llegó el primer gol y tres puntos para el Trujillanos w 21
Foto Hugo Delfín
Descontentos buhoneros
Ciudad Capital regresa hoy. La corresponsalía en Trujillo estará a cargo de Hugo Delfín, ECS. Más de 120 comerciantes informales no están de acuerdo con su nuevo hogar. w 11
Hace 7 años murió Hugo Chávez El próximo jueves 5-M se cumplirán 7 años del fallecimiento de Hugo Chávez Frías, presidente de la República, quien venía siendo tratado en Cuba de un cáncer que a la postre lo llevó a la muerte. El gobierno de Maduro realizará una serie de actos en homenaje a Chávez.
Día del Campesino w 5
La respuesta al ataque de colectivos armados contra Juan Guaidó en Barquisimeto que dejó un herido de bala, dos militantes de PJ golpeados y numerosas personas robadas no se hizo esperar. El Grupo de Lima fue el primero que rechazó el acontecimiento. Igualmente el gobierno de España repudió el hostigamiento a Guaidó, a su entorno y a los representantes de la oposición democrática
venezolana, reza una nota oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. También el gobierno de los Estados Unidos se pronunció tras el ataque a Guaidó. Desde el Palacio de Nariño, Colombia alzó su voz de protesta. En la gráfica observamos al colectivo armado apuntando hacia la manifestación donde destaca la figura de Guaidó.
¿Se apaga Corpoelec?
.w
2-3
2
Semanario los andes
Subestación Buena Vistat La subestación Buena Vista está ubicada en la carretera panamericana entre Sabana de Mendoza y el sector Buena Vista, en jurisdicción del municipio Bolívar del estado Trujillo. Por sus características, es la principal subestación de transmisión del estado. Recibe la energía en los niveles 230 KV y distribuye mediante líneas de transmisión en 115 KV hacia las subestaciones Caja Seca, Sabana de Mendoza, Valera I, Valera II y Trujillo. A través de un informe técnico de Corpoelec de diciembre de 2019, al que se pudo tener acceso, se supo que desde hace más de dos años la subestación no cuenta con un sistema de respaldo de suministro de energía local a causa de robo de piezas y baterías, que pudieran dar asistencia durante más de cuatro o cinco horas en caso de emergencia, como la suscitada el 7 de marzo de 2019. Una fuente institucional informó que dentro de las instalaciones de la subestación hay salas con equipos aún sin desempacar e instalar en medio de paredes que presentan evidente humedad, filtración y moho, “no entiendo qué pasa, si para allá cada rato va el ministro y el viceministro pero los pasan solo por donde pisa la reina”. Compartió que la subestación no tuvo por mucho tiempo vigilancia y en la actualidad presenta precario resguardo. En cuanto a la maleza que en otras oportunidades ha arropado la subestación lo que ha motivado la reseña de esta casa editorial, el declarante reveló que aunque le acaban de hacer mantenimiento, la misma sufre periodos muy extensos sin el respectivo pico y poda que en años anteriores se realizaban dos veces por año a mano de cuadrillas especializadas, además del diagnóstico de los circuitos, “ahora tienen esa labor los milicianos, pero literalmente hay que rogarles para que hagan el trabajo”. La misma fuente detalló que en Trujillo se ha ido del país más de la mitad del personal capacitado y han sido reemplazados por trabajadores no calificados, por lo que el panorama dentro de las subestaciones del estado se muestra entre equipos obsoletos y otros nuevos sin instalar por la falta de conocimiento de los trabajadores para ponerlos en funcionamiento.
ESPECIAL
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
A un año del Blackout nacional
¿Estamos a puertas de un nuevo apagón?
H
Los Andes apagado para que tenga luz la capital. La periodista de investigación Maibort Petit informó que una fuente interna reveló sobre la situación en los Andes, que los próximos tres meses serán muy duros sin luz, “la falta de capacidad de generación de energía empieza a pasar factura y la población debe estar preparada para un nuevo gran apagón nacional”.
¿Quiénes no cumplen con esta tarea?
asta hace algunos días los estados andinos eran una alternativa de residencia para los zulianos que huían de los racionamientos indiscriminados de electricidad en la tierra de “La Chinita”, pero el “ensañamiento” del Gobierno nacional ante la disminución de producción eléctrica se ha extendido a todo el occidente del país, apagones programados entre tres y doce horas según la zona, se suman al rosario de problemas de los ciudadanos. A través de la red social Twitter la periodista de investigación Maibort Petit informó que una fuente interna le reveló que la situación en los Andes, en los próximos tres meses, será muy dura sin luz, “la falta de capacidad de generación de energía empieza a pasar factura y la población debe estar preparada para un nuevo gran apagón nacional”. A pocos días de cumplirse un año del Blackout más grande registrado en Venezuela, la fecha del 7 de marzo no solo asusta a los ciudadanos y más de un gerente de Corpoelec y operadores a nivel nacional, quienes saben del nivel crítico en el que se encuentra el
Sistema Eléctrico Nacional (SEN), lo que ha hecho que la empresa estatal por ahora opte por apagar a Los Andes y el Zulia a fin de mantener iluminada la capital del país. Los nuevos y prolongados racionamientos para los estados Mérida, Trujillo y Táchira, el alto Apure y el Sur del Lago de Maracaibo en el Zulia comenzaron luego de sufrir un nuevo apagón regional el pasado 18 de febrero, en adelanto al primer aniversario del “gran apagón”, debido a una falla en la subestación Buena Vista (Trujillo), enlace principal de los Andes con el sistema eléctrico interconectado del país. Según un reporte de prensa de la periodista Nataly Angulo, la línea afectada de 230 kilovatios es uno de los dos nexos que tiene los Andes para poder recibir energía desde las centrales de Guayana. Reseñó que para el ingeniero José Aguilar, especialista en sistemas de generación eléctrica, la situación en los Andes se complicará por las severas limitaciones que tiene, “déficit de generación propia por la falta de combustible, agua y la alta indisponibilidad de unidades para mantenimiento”.
www.diariodelosandes.com
Angulo también refirió que el problema se agudiza con la parada –ordenada por Corpoelec- de la Central Hidroeléctrica Fabricio Ojeda debido al bajo nivel del embalse, “por el cese en La Vueltosa, los Andes deja de recibir 170 megavatios que estaba produciendo”.
¿Cuál es la verdad sobre el SEN 2020?
El ingeniero Juvencio Molina de la Asociación Venezolana de Ingeniería Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines (Aviem) del Colegio de Ingenieros de Venezuela, asegura que las consecuencias del apagón masivo nacional ocurrido en 7 de marzo de 2019, con reedición del 5 de abril del mismo año, no han sido superadas, sino que por el contrario se profundizaron, “las vulnerabilidades operacionales del sistema hoy son mayores porque a lo largo del año 2019, luego de mayo, el país presenció daños y eventos muy graves en diversos segmentos del sistema, los cuales no han sido oportunamente atendidos”.
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Semanario los andes
ESPECIAL l Coordinador: Yoerli Viloria yoerliviloriaduque@gmail.com @yoerli2017
l Gráficas: Alexander “Chaparro” Viloria y archivo
Elefante rojo
? Subestación Valera III, en abandono, fue prometida para finales de 2013
Especialistas aseguran que el racionamiento se incrementará.
Subestación Buena Vista desde hace dos años carece de sistema de emergencia
El especialista resaltó que en enero del presente año se registraron 12 fallas y en febrero más de 15, “ese comportamiento se presenta con un país apagado (la demanda máxima no llega a 12.000 MW y la promedio apenas supera los 10.000 MW) en meses de temperaturas relativamente bajas. De manera estacional, la situación operacional del SEN cambia drásticamente a partir de la última semana de febrero, debido al incremento de la temperatura, la demanda y los incendios forestales”. En la edición de junio de 2019 de la revista de la Aviem, en la que se muestra un informe de la comisión de generación eléctrica y la comisión de transmisión eléctrica para el Plan País, se estima que Venezuela pasó de ser un país totalmente electrificado y con un sistema robusto, otrora ejemplo en Latinoamérica, que poseía el más moderno parque de generación hidroeléctrica y térmica, a poseer una industria eléctrica y un sistema en colapso. Del documento se desprende que el estado del Sistema Eléctrico Nacional es de absoluta precariedad, caracterizado por el raciona-
miento continuo, así como por la alta frecuencia y duración de las interrupciones del servicio. Ante la imposibilidad de acceder y disfrutar de un servicio eléctrico continuo, confiable y seguro la sociedad venezolana ha visto mermada su calidad de vida y el país ve comprometido su desarrollo económico y social por la falta de energía. Entre las principales causas de la crisis que recoge el diagnóstico nacional, del que no escapa la situación del sistema eléctrico de los Andes y el estado Trujillo se muestra: abandono de las tareas de pica y poda en los corredores de las líneas de transmisión troncales, deficiente mantenimiento en todos los segmentos del sistema, casi total paralización del parque termoeléctrico, despidos y marginamiento de personal especializado, ausencia de capacitación del personal, diáspora de personal gerencial y técnico calificado, violación e incumplimiento de criterios técnicos, paralización de proyectos de generación, transmisión y distribución eléctrica, obsolescencia en equipos y corrupción en todos los segmentos del sector eléctrico.
Al igual que Petit el profesor Pedro Omar Mora, de la facultad de Ingeniería de la Universidad de Los Andes, advierte que estamos a horas de un colapso energético de gran magnitud, “ante una demanda tan escasa el racionamiento será mayor a las nueve horas producto de la ausencia de gasoil y agua para las térmicas, además del bajo nivel en los embalses”. Por su parte Molina indicó que ante la condición critica del SEN, “el asunto de ninguna manera deseado pero con muy alta probabilidad de ocurrencia de un apagón masivo está muy vigente”. Agregó que ya existen pronunciamientos y alertas desde diversos sectores nacionales, incluyendo la Asamblea Nacional que preside la alternativa democrática, así como la asociación de alcaldes y otras vocerías, “aunque no se aprecian verdaderas acciones de gestión para minimizar el impacto de los apagones regionales”.
¿Nuevo apagón?
www.diariodelosandes.com
3
t
El presidente de Corpoelec para agosto de 2012, Argenis Chávez, durante una inspección realizada en la subestación Valera III, ubicada en el sector La Arboleda del municipio San Rafael de Carvajal, dijo que la obra llevaba un avance del 95%, por lo que estimó que para finales de septiembre de ese mismo 2012 sería puesta en funcionamiento para aliviar las cargas de otras subestaciones de la entidad. Con una inversión de 60 millones para la fecha, el Gobierno nacional pondría en funcionamiento la subestación, la cual tendría una capacidad instalada de 108 megavatios. En junio de 2013, en el marco de una visita del viceministro de Control del Servicio Electro, una vez más se prometió la culminación de los tendidos de líneas de 34.5 KV y 13.8 KV necesarios para la llegada y salida de los circuitos que estarían asociados a dicha instalación. A casi ocho años de esas promesas, la subestación sigue sin funcionar y sus instalaciones en evidente abandono y cubiertas de maleza son conocidas como uno de los “elefante rojo” del Gobierno revolucionario. Otra fuente institucional aportó que la subestación que comenzó a ser erigida aproximadamente en 2006 con el convenio Cuba-Venezuela, en años recientes fue equipada, pero su inoperatividad se debe a que no le hicieron alimentadores de entrada y salida, “eso que quedó ahí parado, está abandonada, hace tiempo estaban quedándose ahí unos cubanos, ahora no hay vigilancia, algunas cosas se las han robado”. Personal especializado jubilado asegura que poner esa subestación a funcionar ha sido un problema más que de orden técnico, que de orden político, “ahí faltó adquirir ciertos equipos de protección y mediciones necesarios para la subestación, que de tenerlos, hace rato estaría funcionando. Había una deuda con el proveedor y él no los quiso entregar, una deuda de 400 mil dólares”.
Especialistas alertan sobre riesgo de otro apagón nacional
4
Semanario los andes
POLÍTICA
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
¡VALERA VALERÁ! El embajador Jorge Valero, en su discurso con motivo del Bicentenario, propuso el nombramiento de una comisión que se encargue del plan de ordenamiento y desarrollo de Valera. También “Voces de Valera” lo plantea en sus “20 Propuestas”. Es necesario y urgente ante el desordenado crecimiento de nuestra ciudad. En “Voces de Valera” he planteado que para efectos de ordenación y uso del territorio, pensemos en
Joaquín Aguilar, dirigente de UNT
una “CIUDAD DE CIUDADES”, que se extienda desde el monumento de la Virgen de la Paz hasta La Lagunita en La Puerta. El eje vial, la avenida Bolívar de Valera o las avenidas perimetrales, y un eje vial Valera-La Lagunita como columna vertebral de esta ciudad de ciudades. Es una idea para analizarla y someterla a los análisis de los especialistas y determinar su conveniencia y factibilidad. ¡Valera valerá!
Para el economista y dirigente político Rodrigo Cabezas
Marcha de Conrado Maduro no tiene opción: elecciones pone precio a presidenciales libres y creíbles petro no es ni será desnutrición infantil Elsolución a ninguno de los problemas centrales de la El diputado reveló que posee información y testimonios de que están ofreciendo 50 dólares a quienes busquen 10 personas para que asistan a la "marcha de la traición" y entre 20 y 30 dólares a quienes decidan marchar
DLA.- "Alertamos a los trujillanos, que tenemos información que para mediados de marzo, los diputados Clap, los que traicionaron a Juan Guaidó y a miles de venezolanos que votaron por ellos para que llegaran al Parlamento y terminaron pactando con la narco dictadura, tienen previsto una marcha de la traición en Valera. Conrado Pérez Linares con la presencia de Luis Parra y seguramente Luis Brito", expresó el diputado Joaquín Aguilar en el marco de una rueda de prensa de la dirección regional de Un Nuevo Tiempo en el estado Trujillo. El parlamentario detalló que posee testimonios de que están ofreciendo 50 dólares en los sectores populares para aquel que busque 10 personas para que asistan a esa marcha y entre 20 y 30 dólares para el que acepte marchar junto a "los traidores" ese día, "después de que se lucraron con el hambre y hasta la muerte de miles de millones de venezolanos, ahora nuevamente apelan al estómago de los que sufren para arrastrarlos a esa marcha de la traición". Para el dirigente, quien asista a esa marcha le pone precio a la desnutrición infantil, "sabemos de las necesidades de nuestro pueblo y por eso este año vamos a lograr la libertad de Venezuela. Para eso seguimos nucleados y trabajando los diputados junto a Guaidó desde la legítima Asamblea Nacional. Además de exhortar a los trujillanos a estar alerta y crear juntos una coalición para exponer, denunciar y condenar a los responsables del hambre en Venezuela, Aguilar indicó que las fuerzas democráticas del país están más unidas que nunca y el 10 de marzo significa la consolidación en la instrumentación del cambio.
El parlamentario detalló que posee testimonios de que están ofreciendo 50 dólares en los sectores populares.
E
crisis económica y humanitaria de Venezuela. No lo es porque está construido sobre bases fraudulentas. El Plan País apunta correctamente al tratar el tema de la estabilidad y los equilibrios macroeconómicos. Fue hecho por profesionales de la ciencia económica de pensamiento diverso
z Douglas Abreu / CNP 21627 @douglasabreub
ste 2020 pese a que persiste la crisis económico-política y como consecuencia de esta la humanitaria que se expresa en hambre, miseria y pobreza extrema, para algunos analistas políticos y economistas el presente año en virtud de los últimos acontecimientos tanto en el plano nacional como internacional vislumbra ciertas expectativas alrededor de una posible y necesaria solución a esta tragedia que viven los venezolanos. El economista y dirigente político de izquierda Rodrigo Cabezas, es uno de ellos, quien en una entrevista -concedida a la Voz de América- abordó temas de interés colectivo tanto en lo
➤
Dolarización y petro
–En estricto sentido económico, en Venezuela no hay dolarización si lo entendemos como la sustitución legal e irreversible de la moneda nacional por el dólar norteamericano. Así como ocurrió en el Ecuador en el 2000. Estoy entre los que no comparten esta proposición extrema. (…)
entre lo que representa Maduro y las fuerzas democráticas opositoras que lidera Juan Guaidó. Así será, porque por razones humanitarias, económicas y de gobernabilidad política se agotó el tiempo. Venezuela no se merece esta postración a la que nos llevaron. Bajo el actual liderazgo gubernamental, no existe ninguna posibilidad de recuperar la economía. Su desprecio a la conducción profesional de las políticas de estado no les permite saber qué hacer y, lo que es peor, como diría el profesor Matus, “no saben que no saben”. El cambio democrático es una necesidad con fuerza histórica. (…) -¿Qué opina del Plan País elaborado por la Asamblea Nacional y el Frente Amplio? ¿Es idóneo para recuperar la economía? -He leído el Plan País. Me parece que apunta correctamente al tratar el tema de la estabilidad y los equilibrios Cabezas: Venezuela no se merece esta pos- macroeconómicos. Fue hecho por profesionales de la ciencia económica de tración a la que nos llevaron. Bajo el actual liderazgo gubernamental. pensamiento diverso. Es el punto de político como económico, no solo partida en el desafío que viene. advirtiendo al régimen sobre su fracaso sino también dando luces tanto a En lo económico: Caerá el PIB –Algunos economistas están optilos sectores económicos y productivos mistas por un posible crecimiento de como a la población en general. la economía. El mismo presidente en disputa, Nicolás Maduro, lo augura. En lo político: elecciones presi¿Cuál es su apreciación? denciales No existe ninguna posibilidad de En la entrevista, el catedrático de la Universidad del Zulia (LUZ) -exmi- crecimiento del PIB en las actuales nistro de finanzas de Chávez- ante la condiciones macroeconómicas y polípregunta ¿Qué propone como salida a ticas. Un nuevo descenso de la prola crisis?, respondió “Hoy prela (es ducción este 2020, por sexto año connecesaria) la política por sobre la eco- secutivo, es posible presagiarlo desde nomía. El presidente Maduro y su la continuidad de las cada vez mayoentorno político, apoyándose en el alto res restricciones externas financieras y mando militar, cerraron las autopistas comerciales, la prolongación del detedemocráticas de Venezuela. Ya es hora rioro operacional y financiero de la que las abran. Hay una sola salida y es industria petrolera, (…) –Entonces, a su juicio, ¿El PIB democrática. No tienen opción. La nación entera y la comunidad interna- seguirá en caída? –Ninguno de los disparadores del cional exigen unas elecciones presidenciales libres y creíbles con un árbi- PIB está en capacidad de hacerlo cretro electoral radicalmente imparcial. cer. Recuerde que en economía no hay Esa será la salida y será este año 2020. milagros, hay hechos económicos. El -¿Cómo se producirá esa salida, producto (PIB) caerá en 2020 entre menos nueve y menos once por ciento. a su entender? Es mi estimación optimista. -Ello supone diálogo y acuerdo
www.diariodelosandes.com
#
Semanario los andes
ESPECIAL
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
5
Los altos costos de fertilizantes desmotivan al campesino
La agricultura: Una herencia en decadencia Tal es la situación en los campos venezolanos los que cultivaban granos, ahuyama o yuca, prefirieron cambiarse de rubro o convertirse en ganaderos. Otros, pasaron de productores a comerciantes y, en el caso extremo, de agricultores a netamente consumidores
Q
z Karley Durán.- CNP: 23.921. karleyduran@gmail.com @karley_ale
ue en Venezuela se importe casi todo lo que consumen las familias no sólo es culpa de la necesidad de buscar una mejor calidad de vida en la ciudad u otro país, también es culpa de los pocos incentivos que tienen los campesinos, tanto para su cultivo como para la obtención de sus ganancias tras cada cosecha; esto hace que la agricultura, herencia familiar esté en decadencia. El 5 de marzo de cada año los campesinos deberían sumar alegrías a la Ley de Reforma Agraria que les dio esperanza en medio del terrible sistema latifundista que los mantenían aislados de la posibilidad de ser partícipes de las tierras que sus manos laboriosas trabajaban; no obstante, los altos costos de fertilizantes y abono, la baja calidad de las semillas y la hiperinflación del país, desmotivan a los agricultores, que ya no viven sólo de las siembras, como sus ancestros.
Según un sondeo realizado por el equipo DLA se constató que la mayoría de los agricultores surgieron por motivación de padres o
familiares muy cercanos, también que en el caso del llano los que cultivaban granos, auyama o yuca, prefirieron cambiarse de rubro o convertirse en ganaderos. Otros, pasaron de productores a comerciantes o simplemente a consumidores. Casos particulares, como el observado en el Mercado Campesino Tiscachic del municipio Boconó del estado Trujillo, demuestran que la producción agrícola va en declive. Boconó es un municipio con tierras fértiles y hombres trabajadores, pero recibe entre miércoles y sábado de cada semana mayoristas de distintos municipios y estados del país,
cuando hace un par de años para atender la demanda local sólo bastaba que bajaran cultivos de Las Mesitas, San Rafael, San Miguel y Burbusay, por sólo nombrar algunas parroquias.
Para la siembra de 45 sacos de papa se requiere $ 3.000.
Los esfuerzos gubernamentales no han sido suficientes. Los créditos bancarios “brillan por su ausencia”, los productos de Agropatria son exclusivos y en el mercado privado de difícil acceso; por lo cual la mayoría de los productores trujillanos ahora traen fertilizantes de Colombia. En las agrotiendas cualquier producto necesario para el cultivo
Caro y escaso
Los cambios
Los campesinos hablan
oscila entre $10 y $150, el saco de úrea en $10, mientras 50 kilos de abono cuestan $50. A esto se le adiciona que a los pocos productores de la región se les dificulta pagar más del sueldo mínimo a los obreros, de modo que la mano de obra está escasa.
entre $ 5 y $ 15 para el mercado básico. La mayoría compra por unidades o máximo de medio kilo. Bajo este panorama y contextualizando los testimonios recabados, Venezuela cada día produce menos e importa más. En Venezuela, cada día es más difícil mantener la tradición de la agriTodo en dólares cultura familiar y en los campos La comercialización de los de Venezuela aún hay mucha, pero productos agrícolas también está mucha pobreza. dolarizada y es que para la siembra de 45 sacos de papa se requieBovino, porcino, re $ 3.000 cuando un obrero aspira ganar entre $100 y $120. En avícola… cuanto a los precios de verduras, frutas y hortalizas por kilo, se preEl sector más fortalecido, cisó que una persona necesita de acuerdo al ministro de Agricultura Productiva y Tierras, Wilmar Castro Soteldo, es la ganadería con 16.972.531 cabezas de ganado bovino, además prevé aumentar la producción de pernil a 24.700. Mientras que en la avícola se ha registrado un crecimiento importante en gallinas ponedoras. Además impulsan la producción de bioinsumos en todo el país y se trabaja en la reforma de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, acción que persigue garantizar la producción ante el abigeato.
Los productores trujillanos ahora traen fertilizantes de Colombia.
➤
Ya los campesinos no pueden sembrar grandes cantidades de semillas por lo costoso de los fertilizantes.
Argenis Rosales: “Soy de Portuguesa y produzco yuca, maíz, auyama desde hace ocho años por herencia familiar. Antes era mejor ser productor porque con lo que se sembraba comíamos y podíamos adquirir bienes, ahorita es más difícil, sobre todo por los fertilizantes que están costosos”.
Anderson Montilla: “Vivo en Burbusay, soy productor de caraota, papa, pimentón y cebolla desde hace tres años por herencia de mi familia. Los fertilizantes y abonos salen en dólares y por eso para mí es más difícil mantener esta tradición. Con la situación del país actualmente gano $10 de los gastos de cosecha”.
Oscar Quintero: “Vengo de Flor de Patria y soy productor de piña y maíz. Años atrás sembraba 50 o 100 mil matas de piña y ahora si mucho 10 mil porque los insumos están caros y no se consigue mano de obra. Sólo trabajan con trueques y sólo hasta las 10:00 a.m.”.
www.diariodelosandes.com
Javier Torres: “Siembro papa en Las Mesitas, Las Travesías desde hace ocho años. Mi familia trabaja en la agricultura y lo heredé pero con miras a lo empresarial. Por eso tengo una comercializadora. La situación está difícil pero sin miedo debemos apostar por Venezuela y nuestras potencialidades, así contribuimos a que todo mejore”.
Semanario los andes
Aula de papel 6
Tópicos
OPINIÓN
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
¡Es hora de acabar Ideología en postmodernidad con tanto sufrimiento! z Camilo Perdomo
T
z Antonio Pérez Esclarín
(pesclarin@gmail.com) @pesclarin www.antonioperezesclarin.com
odos los que amamos a Venezuela tenemos la obligación de impedir tanto sufrimiento. No es posible seguir hundidos en la miseria y la desesperanza, sin servicios públicos y con unos sueldos que no alcanzan para comprar la comida necesaria para vivir. La anarquía impera soberana ante la ausencia de gobierno y cualquier técnico aspira cobrar en dólares por arreglar en un rato la lavadora o un aire, más que lo que ganamos en un mes los profesionales universitarios. La proclamada inclusión sólo ha logrado incluir las aspiraciones y los abusos de los vivos. El autodenominado Presidente obrero ha conseguido arruinar a los trabajadores asalariados y acabar con las aspiraciones de todos los que consideramos el esfuerzo, el estudio y el trabajo medios para vivir dignamente. Quienes gobiernan llevan más de 20 años de fracasos y siguen empeñados en mantener el rumbo de una revolución que ha traído destrucción, corrupción, sufrimientos, emigración masiva y el enriquecimiento vergonzoso de unos pocos. Lo grave es que son incapaces de la menor autocrítica y siguen culpando de todos los males al imperio y a sus aliados de la oposición que son unos “apátridas y traidores”. Supuestamente, sólo ellos aman a Venezuela, sin reconocer que su supuesto amor la está destruyendo. ¿No será que lo que aman es el poder y el disfrute de una vida sin penurias, sin importarles la suerte de los demás? Culpan de la situación a las sanciones del Imperio, que sin duda están contribuyendo a empeorar los problemas de las mayorías, pero es indudable que antes de esas sanciones, ya había comenzado el caos y el derrumbe, y había carestía, colas, corrupción, inflación, destrucción del aparato productivo, improductividad de las empresas y fincas expropiadas, colapso de los servicios públicos, declive en la producción de Pdvsa y las empresas de Guayana, crisis en la salud y en la educación, desesperanza y migración. A veces he llegado a pensar que las sanciones, en vez de debilitarlo, están ayudando al gobierno que así tiene una excusa para engañar a su gente y no reconocer su fracaso. ¿Cuáles son los logros de esa revolución que se empeñan en mantener, si Venezuela es el país con la mayor inflación en el mundo que ha destruido al bolívar, ha devorado los ahorros y prestaciones, y vuelve sal y agua los aumentos de sueldos y bonos? ¿Sabrán el Presidente y sus ministros lo que cuesta un kilo de carne, de pollo o de queso, el cambio de aceite de un carro, o reparar cualquier aparato? ¿Sabrán lo intolerable e inhumano que resulta vivir semanas y meses sin una sola gota de agua, o aguantar apagones de muchas horas e incluso varios días? ¿Acaso no les duelen los niños sin escuelas ni maestros y los millones que se han marchado o piensan irse del país para poder sobrevivir? Sería bueno que los que nos gobiernan, sus aliados y amigos extranjeros, que fascinados por la retórica antiimperialista, siguen apoyando este desgobierno, tuvieran que vivir aquí un mes con salario mínimo o la pensión, sin divisas u otras fuentes de ingresos. La salida tiene que ser democrática y electoral. Es la hora de la unión, la organización y la acción. Somos los venezolanos los que debemos decidir libremente qué tipo de gobierno queremos. ¿Por qué no organizar para el 19 de abril una Consulta Popular Plebiscitaria, en la que puedan expresarse también los venezolanos del éxodo, con el compromiso masivo de defender luego en la calle los resultados?
E
camiloperdomot@gmail.com @CamyZatopec
<La postmodernidad es el fin de los grandes relatos> J. F. Lyotard
n su etimología, ideología es “ciencia de las ideas” Nació esa noción a finales del Siglo XVIII en los trabajos del francés Destutt de Tracy, uno de los fundadores del Instituto Nacional Francés. Su objetivo era asesorar a los gobernantes en asuntos sociales dentro del auge de la Modernidad y sus relatos mayores de progreso, historia, política y ciencia. Se pensó en ese momento en cómo usar el conocimiento de manera precisa dentro de las ideas de la mente a fin de darle cuerpo a lo correcto y lo racional. En tal sentido, se partió del supuesto que la conducta humana está determinada por las ideas de la gente y que en ello hay leyes que se derivan de observaciones sistemáticas y que se pueden aplicar para mejorar la realidad. En resumen, los humanos somos sensaciones y las ideas es todo lo que existe. De esa manera la noción de ideología se percibió como un método para observar con espíritu científico y de la razón que pudiera vigilar y supervisar cualquier rama del conocimiento humano. Vigilar, disciplinar, ordenar, supervisar y clasificar eran sus funciones claves. ¿Quiénes lo harían? Los ideólogos, sujetos en quienes se suponía estaba la verdad y el prestigio para que un currículo oculto se desplegara en nombre de esa <Ciencia de las ideas>. Cualquier actividad o creencia entraba al dominio de esa noción de ideología. Dentro de esa ciencia, aquello que no entraba en sus parámetros de sensación y conducta como algo racional era considerado un error. En consecuencia, había <las falsas creencias> o sensaciones equivocadas donde una de las razones era la ausencia de una educación programada y con maestros no equivocados. Más tarde Marx y Engels escribieron un voluminoso texto con un título interesante: La ideología alemana, donde esos autores
E
critican la noción inicial y le daban una orientación casi religiosa al término ideología para situarlo como dispositivo de transformación de la sociedad. Hoy sabemos que el marxismo que llegó al poder con esa ideología fracasó estrepitosamente en eso de mejorar la sociedad y la situación de la gente. Curiosamente esos autores leyeron a los creadores iniciales del término como <idealistas>, y sin embargo terminaron idealizando el suyo desde el contexto alemán. Hubo otros autores como K. Mannhein quien utilizó el término <falsa conciencia>, de un seguidor de José Stalin, como fue G. Lukács. Este escritor con ese término ubicó la causa de por qué los trabajadores alineados del capitalismo no apoyaban a los socialistas. Tres siglos después, esa <ciencia de las ideas> con la fatiga y muerte de los grandes relatos de la Modernidad (ver los trabajos de J. F. Lyotard, entre otros 2000 autores) y su esperanza en una razón universal para solucionar nuestros conflictos tiene pocos defensores. En estos tiempos de derrumbe, educar en el error, en la pluralidad de creencias, en estéticas diversas y sin culto a fundamentalismos; son las señales de un tiempo conocido como tiempo postmoderno. Las sensaciones humanas y sus conductas hoy cuentan con una investigación desde los mapas del cerebro y del código genético para hablar de realidades en las ideas, en las imágenes, en el espíritu. En el campo de la investigación se sigue utilizando el término ideología, igual que el de conciencia en trabajos vinculados con la producción de conocimiento, y sobre todo en la geopolítica o la religión. Pero no por ello los nuevos valores inaugurados por la cultura postmoderna pierden su consistencia teórica. De lo que sí estoy convencido es que ideología y hardware son términos de distintos momentos culturales e históricos que tienen signos y explicaciones diferentes como verdad que se construye para la producción del conocimiento. Saque sus conclusiones.
José Gregorio Hernández: ciencia y bondad
z Francisco José González Cruz
l Dr. José Gregorio Hernández es el venezolano más conocido y querido de todos los tiempos. Lo es porque se formó al más alto nivel en las ciencias de la salud para ponerse al servicio de la vida humana, en particular de los pobres, con una elevadísima dosis de espiritualidad. Ya en vida era popular y la noticia de su temprana muerte a los 55 años, el 29 de junio de 1919, causó la más espontánea y numerosa manifestación de duelo que haya conocido Caracas y Venezuela entera. Su fama de hombre sabio y bueno se extendió y sus imágenes en estampas, cuadros, figuras, estatuillas, esculturas, tallas, avisos y toda clase de representaciones llenaron espacios en las casas de familia, negocios, vehículos de transporte, calles y avenidas, parques y otros espacios públicos. Mujeres y hombres, niños y adultos, pobres y ricos se acostumbraron a llevar su estampa en medallas, escapularios, llaveros y otras figuras. A ponerlo en los altares o hacerle capillas y oratorios. La gente empezó a rezarle, a pedirle favores relacionados con la salud y a darle gracias por las mejoras sentidas. Y su imagen se hizo frecuente en hospitales y clínicas, consultorios médicos, salas de operación y otros lugares relacionados. También en las escuelas de medicina, universidades, centros de investigación y de altos estudios, en preescolares, escuelas y liceos. También la imaginería popular lo llevó a los altares junto a supersticiones, mitos y leyendas, y se inventaron pócimas, jara-
www.diariodelosandes.com
bes, ungüentos y aguas “milagrosas”, de este científico tan alejado de estas prácticas. José Gregorio Hernández es la persona más popular de Venezuela, sin ser de la farándula, ni deportista, prócer militar, ni porque sea estudiado en los libros de historia. Tampoco porque haya sido fruto de una campaña mediática o publicitaria, que vino como consecuencia del reconocimiento de su popularidad y aprecio. Incluso su proceso de beatificación en más el resultado de la extendida fe de sus virtudes, que de un propósito de la iglesia católica o de alguna de sus congregaciones o comunidades eclesiales. El fenómeno que se ha producido alrededor del Dr. José Gregorio Hernández no es otra cosa que el reflejo de su propia personalidad. Un hombre sabio y sencillo, bien vestido y humilde. Un hombre que hacía favores de manera anónima, si andar dándole publicidad a su generosidad. Ni a su sabiduría. Ni a su santidad. Un hombre de provincia, de un pueblito andino nacido de madre llanera y padre boconés de origen coriano, formado en Caracas y en París, con dominio de diversos idiomas. Una persona culta y moderna, que, así como brillaba en la academia o en la cátedra, entraba al hogar humilde a atender a un enfermo. Todo eso lo llevará muy pronto a los altares. Y no será un santo de nicho, colocado allá en las alturas umbrosas de un altar, si no el santo humano y cercano, el sabio amigo, el que escucha atento al ruego de la gente, y luego actúa silenciosamente. El médico de los pobres, milagrosa sinergia de ciencia y bondad.
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Semanario los andes
POLÍTICA
7
l Por: Alexander González
¿Quién es el "Rey Escorpión"? alexanderjosg@gmail.com IG: @AlexGonzalezDigital
M
ucho se ha cuestionado a quienes entienden como política, ese "arte" de establecer estrategias desde los despachos, bares o encuentros de comida en lujosos restaurantes, de cara a conseguir objetivos particulares, utilizando todo aquello que pueda condicionar el voto, donde la manipulación y el engaño van agarrados de la mano. Hay algo que es fundamental para esta clase de dirigente, y es que la ciudadanía no piense, no reflexione, y que se deje llevar por frases publicitarias que le "van a solucionar" sus problemas. Todo esto estaba enmarcado en el desprecio, insulto, risas… pero, siempre en privado, hasta hace unos años atrás. Los periodistas hemos sido testigos en primera fila de las malas pasadas de los políticos ante los "micrófonos abiertos", donde se filtran muchas
➤ AMBICIÓN
A veces la ambición y la justicia coinciden en un mismo período histórico. Casa de León y su Tiempo y el Regente Heredia o la Piedad Heroica (libros del ilustre Mario Briceño Iragorry) representan dos paradigmas que sirven para estudiar al político venezolano actual. Beatriz Briceño Picón, hija de Mario Briceño Iragorry sostiene que hay suficientes razones para pensar que los estereotipos que caracterizaron a Francisco Heredia y a Antonio León se repiten en la Venezuela contemporánea. Argumenta que dentro de la concepción histórica, Francisco Heredia representó la corona con una piedad heroica y con una integridad total de hombre probo a carta cabal, que tenía piedad de justicia a toda prueba. Mientras que Antonio León se movía como un gran marqués en toda la República, ejerciendo sus cargos de relevancia en la vida pública y defendiendo sus intereses y ambiciones, por ello no es considerado como un hombre íntegro, a diferencia de Heredia. Enjuicia Beatriz que el "político" venezolano (hoy personificado en el "Rey Escorpión") aprendió menos del Regente Heredia y más de Casa León.
padre del diputado Conrado Pérez Linares, quienes luego de haber sido La descalificación e insulto cuestionados de estar inmersos en preintentan apoderarse del suntos hechos de corrupción desde la debate político trujillano. Comisión de Contraloría de la AN, Desde hace un tiempo la Pérez Briceño vació a través de sus dirigencia opositora trujillana redes sociales toda su artillería de des-en su gran mayoría- dejó de calificativos contra quienes contribuyeron a denunciar estas presuntas cuestionar la precaria gestión acciones ilícitas, entre las prinde Rangel Silva (por ejemplo), cipales afectadas, la colega Yoerli Viloria. y ha prestado mucha más Aunque el texto referido atención en las peleas tiene un estilo parecido al intestinas que disputan que usa Pérez Briceño desde hace ya un prolongado cuando se refiere a algún adversario incómodo, tiempo aunque ha sido este ciudaveces sus oscuros intereses. Pero hoy dano el que más ha difunen día el escenario ha cambiado: esos dido ese escrito, éste desprecios, insultos y amenazas ahora niega ser el autor del tienen un carácter público. Lo hacen mismo, a abiertamente a través de los medios de pesar que comunicación y de las s u s redes sociales antesin ningún pudor. cedentes lo Como se dice hacen el prinpopularmente, cipal sospe“por todo el cañón”. choso. ¿Será lo Desde que el chavismo suficientemente ¿Será lo suficienllegó al poder, se le ha criti- valiente y temente valiente y cado la manera de referirse responsable el responsable el "Rey a sus adversarios políticos, "Rey Escorpión" Escorpión" para darse a conodonde siempre ha privado para darse a cer? Creo que no, porque el insulto y la descalifica- conocer? ¿Quién es el "Rey Escorpión"? ción. Y hoy son -precisamente- parte ¿Desde qué mentalidad se hace este de esos agraviados quienes habiendo tipo de "política"? aprendido bastante bien de los "rojos" Creo que se hace desde la persona lanzan su veneno pero no contra el que piensa, siente y actúa consideránchavismo, sino contra aquellos que dose superior, por encima del bien y en su momento -incluso- les respalda- del mal, que todo vale con tal de conron. seguir su objetivo, ese es el "Rey Estimado lector o usuario, permí- Escorpión", ese "político" (hablo de tame ponerlo en contexto. Así como manera general) que quiere pertenecer muchos de ustedes, los políticos tam- a la clase social de los que ostentan el bién usan redes sociales, y en espe- poder y poner un muro infranqueable cial, grupos de WhatsApp. En los para los reprimidos y empobrecidos. últimos días un "cobarde" (y es el Son personas sin conciencia ni sensicalificativo más decente que puedo bilidad, que incluso pueden cambiar usar) ocultándose con el seudónimo leyes y las hacen injustas. Que pretende "Rey Escorpión", se ha dado a la den controlar la judicatura, y que tarea de difundir escritos muy críticos hacen de la corrupción y de la avaricia pero sobre todo insultantes contra sus señas de identidad. dirigentes opositores, a quienes ninTodo indica que el "Rey Escorguno defiendo por cierto. En ese pión" representa a ese "político" que texto también incluye a colegas solo acepta el aplauso, la sumisión y periodistas, en especial a Yoerli que les voten. Los que protestan y Viloria de quien se refiere de una denuncian sus motivaciones, recursos y estrategias se convierten en sus enemanera muy denigrante. Se ha especulado bastante sobre migos, porque temen a la verdad. Y quién es el "Rey Escorpión". Los mis- hay que tener presente que aquel que mos agraviados han señalado como hoy critica al "Rey Escorpión", maña"culpable" a Conrado Pérez Briceño, na puede convertirse en uno de ellos. www.diariodelosandes.com
10-M: VENEZOLANOS A LA CALLE…es el llamado que hace Juan Guaidó en el marco del plan “Pliego Nacional de Conflicto”, que tiene como objetivo presionar la salida del régimen desde las calles de todo el país. EE.UU. y sus aliados solo le han pedido a la Unidad y Alternativa Democrática “el pueblo en la calle” de manera pacífica y determinación, que es a lo que le teme Nicolás Maduro. ATENTADO…lo sucedido el pasado sábado en Barquisimeto contra el líder de la Alternativa Democrática Juan Guaidó, son acciones intimidatorias ante el llamado de unión y movilización que ha hecho el presidente interino. No lo han metido preso mucho menos van a atentar contra su vida. Saben que la reacción popular puede ser un detonante de una implosión social que abre el camino del cambio de gobierno. GUAIDÓ AGRESIVO…“Por la vía que sea el país será libre de la opresión del régimen; quiero que sepan: ¡No nos vamos a rendir y es nuestro momento, veremos a Venezuela resurgir!". LA VERDAD SOBRE EL COMITÉ DE POSTULACIONES…una derrota para el régimen que inteligentemente ha pretendido hacer ver como un logro de la Mesa de Diálogo. Nada que ver. El hecho que el oficialismo y la fracción Clap lo integren es un reconocimiento tácito a la directiva de la AN que preside Guaidó. Cambio que se debe a la exigencia y presión de Rusia. Se comenta que la estrategia de Maduro dentro del comité es generar la omisión legislativa, claro si se lo permiten, que en lo particular será difícil. Son consecuencias de la torpeza del pasado 5 de enero. Fracaso es fracaso. LOS VENEZOLANOS…somos quienes tenemos que resolver la crisis. Lo que pasa que Maduro en el poder no solo es un problema para nosotros que nos está “matando de hambre”, de allí, que tenemos que hacer lo que nos corresponde. Pero es que también es un problema para los Estados Unidos, Europa y aliados latinoamericanos, a quienes acusan de estar financiando al terrorismo, de narcotráfico, lavado de dinero, legitimación de capitales y violación de derechos humanos.
TRUJILLO: QUÉ PASA EN LA TIERRA DE SANTOS Y SABIOS
PORQUE HENRY FALCÓN Y CLAUDIO FERMÍN…aspirantes a la silla de Miraflores no quieren elecciones presidenciales este año, porque no tienen vida con Juan Guaidó. Cómo se explica, que cuando todo un pueblo y comunidad internacional están convencidos que la solución es la salida de Maduro, para lo cual se requieren elecciones presidenciales, Falcón y Fermín persisten solo en parlamentarias, y dedicados a atacar a Guaidó. No disimulan. ¿RECTIFICA EL PAPA FRANCISCO?...será por las críticas que ha venido recibiendo el Santo Padre por su complaciente y blandengue posición con el régimen de Nicolás Maduro. Al parecer el sumo pontífice hizo llegar su molestia por el incumplimiento de Maduro con lo que se había comprometido. Padre Santo, se burla de Usted qué podemos esperar los venezolanos. LA MARCHA ESTUDIANTIL…en defensa de la autonomía universitaria le quebró el pescuezo al TSJ, organismo que se vio obligado a suspender la medida cautelar en sentencia 0047 que obliga a las universidades a celebrar elecciones. LOS DIPUTADOS CLAP…luego de ser utilizados y quedar en ridículo con el fracasado episodio que protagonizaron el 5 de enero de entregar la AN a Nicolás Maduro, están dedicados obstinadamente a dividir en alianza con la de noche a la Alternativa Democrática utilizando la operación “Alacrán” COMO “El NICOLÁS MADURO TRUJILLANO” fue bautizado CONRADO PÉREZ BRICEÑO...una vez que el pueblo en uso de sus soberanas atribuciones y con apoyo del periodismo investigativo luego de revisar someramente su contenido que a flor de piel expresa prepotencia, soberbia y odio, determinó ser el autor de unos ignorados comunicados publicados en redes sociales bajo el seudónimo de “El Rey Escorpión”. Hasta la próxima.
8
MUJER TRUJILLANA
Semanario los andes
E
D ESPECIALES DLA 2020 ESPECIAL
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Fuente altiva y cautivadora de prosas
La mujer trujillana ha jugado papel significativo, trascendental en los diversos órdenes de la historia, la cultura, el profesionalismo, la política, deportes a través de las diferentes épocas, lo que ha generado la más profunda admiración
DElvins Humberto González Elvins2020@hotmail.com
n el estado Trujillo no se ha realizado ningún hecho de importancia en donde no haya influido, directa o indirectamente la mujer. No cabe ni la menor duda que el sentido de la responsabilidad que tiene la mujer trujillana ha sido y es muy grande: sabe respetar, cumplir y actuar como lo requiere el momento y las circunstancias, siempre insistirá en proteger y cobijar a su hijo y se esmerará por abrirle un camino de progreso y decencia con la inmensidad de su amor. El trabajo abnegado de la mujer de esta tierra se ha visto reflejado en el trascurrir de la historia. Gracias a la dedicación, a su don de servicio, atención y solidaridad de un grupo de femeninas que se dedicó por completo se han logrado echar adelante grandes proyectos fundamentales en el crecimiento y desarrollo regional, en materia cultural, educativa, deportiva, profesional y social. Ha sido gracias al don de la mujer que se gestó la consolidación de un exitoso movimiento cultural-ateneísta en la entidad, al cual se dedicaron y esmeraron por años, elevando a un gran nivel dichos centros de cultura. Igualmente a la mujer se le debe muchas luchas por reunificaciones en favor de la comunidad.
La mujer trujillana, es verso, es poesía, es retrato vivo de una guerrera que ha luchado por sus ideales.
encanto y belleza, diría en Boconó: “Este es el Jardín de Venezuela, y en una aldea escuqueña, esta es La Mata de las Flores”. Cumplida su cuota en la gesta independentista, la mujer se adhirió a las tareas hogareñas, participando al mismo tiempo en labores educativas, culturales, duras faenas del campo, y cuando revienta el polvorín del caudillismo, En los anales de la historia _ volvió a transformarse en aquellos símbolos La tradición heroica de nuestras mujeres amazónicos, con temple varonil, montada a puede haber arrancado desde aquellas épocas caballo y compartiendo el destino de sus de princesas de skukes que para no ser violaparejas. das por los conquistadores, preferían optar por el suicidio, antes que cargar con el desho- En la entidad también hubo mujeres que connor en la raza pura, propiciados por los bárba- tribuyeron con establecimientos de poblados. Es así como en la historia aparecen nombres ros invasores. Y esta línea de coraje y valentía tiene su valo- como, Doña Mercedes Díaz dueña de los terrenos donde se construyera una capilla a ración primordial en la heroica amazona beneficio de una comuna, dando a luz posteBarbarita de la Torre, quien se colgó su flecha, riormente a Valera en 1820 como Parroquia como lo hacían las fabulosas mujeres de Capadocia, cargaba su pesada arma de fuego Eclesiástica. Pero también en 1.844 la señora Isabel de Peña donó el terreno para la refuny su espada para combatir a las huestes dación de Pampán, devastado por las fiebres. españolas junto a su padre. En la independencia las madres trujillanas se convirtieron en auténticas espartanas, al obli- _ Educación como valor primario Si bien en la época de guerra, la mujer trujillagar a sus hijos a abrazarse a la causa de la na esgrimió la bandera de la más digna solidalibertad. Flores, vítores y fiestas, fueron los ridad, en el tiempo de la paz, tomó el estanmás generosos y exquisitos regalos para darte, más sublime, el de fundar escuelas, insnuestras damas en las visitas que hiciera titutos, para regar la luz, sacando del infierno Bolívar a los diferentes pueblos de la región. de la oscuridad a miles de analfabetas, en esa Por eso El Libertador, salpicado de tanto siembra de la conciencia y la cultura.
des valores que haya dado Venezuela, Ana Enriqueta Terán. En la narrativa los trujillanos se enorgullecen de, Antonieta Madrid, figura de primera línea en el manejo de una agradable y cautivadora prosa. Lourdes Dubuc de Isea, ha sido otra de las magníficas escritoras que haya dado esta tierra. Sus libros de investigación en el orden folklórico, sus ensayos, sus crónicas, constituyen la formidable fuente creativa. En el campo de la cerámica el estado Trujillo ha producido uno de los valores en esta actividad artística, Eloísa Torres, su arte la catapultó y sobrepasó límites nacionales e internacionales. En el universo de la plástica ningún manantial ha sido tan rico para que las cascadas femeninas estamparan en tela sus quehaceres creativos. Ahí hemos tenido a Josefa Sulbarán, con su _ Las artes En el mundo de la creación artística nuestras candor y pureza, que se asentó en el firmamujeres han destacado, principalmente en los mento venezolano, tal como lo expresara el últimos 60 años como estrellas rutilantes en crítico y poeta Juan Calzadilla, quien la calificó los campos de la poesía, la narrativa, la pintu- como una de las ingenuas más auténticas en ra, y el arte en general. el arte pictórico. La lista es larga y todas Para satisfacción y orgullo, hemos llegado a merecen el reconocimiento debido, entre ella, contar con la más extraordinaria poetisa, con- Rafaela Baroni, una artista integral, talladora, siderada por los críticos más agudos y profun- pintora, músico, bailarina y cantante, mujer de dos conocedores como uno de los más gran- dotes extraordinarios.
En Valera, Escuque, Trujillo, Betijoque, Carache, Urdaneta y Boconó, surgieron muchos colegios amasados con las manos y las voces femeninas. Y a lo largo de los años, lustros, década y siglos aquellos nombres se han hecho permanentes, vigorosos, recios en el tributo inolvidable. Así hoy se sigue hablando de Ana Tejera de Hernández, Carmen Sánchez de Jelambi, Eloísa Fonseca y tantas otras que contribuyeron con la primera enseñanza como: Amparo Briceño Perozo, primera maestra graduada en Trujillo en 1939. También están los nombres de: María Chiquinquirá Dupuy de Enríquez, María de Dolores de Araujo, María de Lourdes Paredes, Pepita Espinoza del Gallego, María Angélica Álvarez de Lugo, Corina de Pieters, Margoth Briceño de Vetencuort, Aura Salas Pisani. Hay muchas otras de grandes méritos por sus enseñanzas.
www.diariodelosandes.com
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
D ESPECIALES DLA 2020 ESPECIAL
Semanario los andes
9
PROTAGONISTAS DE EXCEPCIÓN. Ha sido gracias al don de la mujer que se han gestado grandes movimientos. En esta composición gráfica de 30 imágenes seguramente faltan muchas, pero con: Barbarita de la Torre, Mercedes Díaz, Ana Tejera Hernández, Carmen Sánchez de Jelambi, Eloísa Fonseca, Ángela Álvarez de Lugo, Aura Salas Pisani, Miryam Sambrano, Mireya Mendoza, Lourdes Dobuc de Isea, Ana Enriqueta Terán, Panchita Duarte, Josefa Sulbarán, Eloísa Torres, Rafaela Baroni, Aura Briceño Monreal, Elsa Cabrita, María Rosario Abreu, Marlene Briceño, Pilar Romero, María de Arroyo, Gladys Mota, Ana Marchandi, Amparo Briceño Perozo, Albertina Quevedo de Coll, Ivetta Hidalgo, Eyilda de Brandi, la “Nena” Médicci, Dora Maldonado y Mery Hernández, queda representada dignamente la grandeza de todas las mujeres trujillanas.
_
su talento, capacidad y destreza. Hubo un lapso que se puede catalogar de inolvidable, hablamos de la década de los años 80 Hubo un lapso en que Trujillo floreció como Estado Ateneo, y jamás la cultura estuvo en mejo- cuando la Dra. Dora Maldonado se convierte en Gobernadora de Trujillo, comenzaba a relucir el res manos como en ese periodo de dulzura, de dominio de la mujer en la forma de hacer polítitrabajo, dedicación y de incesante movimiento. Aura Salas Pisani encabezó todo con su dedica- ca, y eso tuvo un gran efecto. La mujer se convirtió en líder del gobierno regional. ción y planificación excepcional manejaba el timón del Ateneo de Valera, Mireya Mendoza lo hacía en la ciudad de los cedros y el Castán y _ Momento único Miriam Sambrano, conducía con gran atino y un En ningún momento histórico como en el de aquella época ha mandado en las diversas esfeamor especial el Ateneo de Boconó. Marlene ras la mujer como fue en Trujillo. Briceño heredó de Salas Pisani el legado y lo Detrás de la Dra. Maldonado estaban, como supo mantener en alto nivel. Secretaria General de Gobierno Hilda de Godoy; en Educación figuró Enma de Ruiz, la Directora de _ Guerreras en la política La mujer siempre ha estado atada al carro de la Bienestar Social, Minerva de Villegas, la Coordinadora de Cultura, Marlene Briceño. En el política, en abierta solidaridad con los moviPoder Judicial, figuraban en los cargos de jueces, mientos por la lucha hacia un mundo mejor. Clara Inés de Valecillos, Dora Elena de Abreu, Es digno resaltar la actividad que durante el Carmen de Mazzei. Como defensora del Poder decenio de terror pérez-jimenista tuvieron las Público, Violeta Altuve. Al frente de Emdutruca esposas y familiares de los máximos dirigentes (Empresa de Desarrollo Urbano), Isabel Febres de adecos y comunistas en el estado Trujillo. Laura Pérez de Prada y Blanca Dalia Barreto, se Bolla. En Planificación Municipal encontrábamos a Dianora de Alvarado. Quienes autorizaban la constituyeron en símbolos de esa ardua lucha. La pionera de la rama en el periodismo valerano, entrega de los recursos para las actividades culturales de la municipalidad valerana les corresMery Hernández y Albertina Quevedo de Coll pondió a, Aura Salas Pisani y Dilia Rojas. Y en fueron otras que se involucraron en aquella ese mismo Ayuntamiento había otras de mucho lucha en favor de la democracia y libertad. En los últimos 40 años la política trujillana se ha aplomo como, Ivetta de Hidalgo, Laura de Prada, o María Paz Linares. visto impregnada de la belleza de la mujer, de
La cultura
Como se ve el poder matriarcal del ejecutivo trujillano tuvo su época esplendorosa, ellas formaron una legión compacta y aguerrida. En ese mundo político, Trujillo ha contado con mujeres al frente de alcaldías, caso como Olida Ocha en Candelaria, Luz del Valle Castillo en Trujillo y hoy día, Iroschima Vásquez en Valera. También en el ámbito político no podemos olvidar nombres como, Francisca de Contreras, Silvia Ochoa, Ángela Cruz, Olivia Pérez, Trina de Añez.
_
Muchas más…
La lista de nuestras heroínas en los distintos campos se pierde de vista. Así tenemos a una Panchita Duarte la eterna “Alondra”, el trabajo cultural y teatral de Pilar Romero, con ella Ana Pinto. En el deporte. Ana de Marchandi, Ángela Delgado, María de Arroyo, Isbelia La Cruz, Taylandes Arroyo, Elena Carrillo, Ninoska Luque, Neira García, Trina Regalado, Nelly de González, Yohen de Rojas, Aleidy Martínez, Liliana Gracia, Daniely García, la lista se extiende… En la danza y ballet hemos contado con una pionera como: Gladys Mota, Eddy Colmenares, Eglee Toro, Mary Bastidas, Blanca Richars, Ida Canyemit, Marisol Urbina, Yelitza Barrera, Omaira Pacheco, Maribel Carreño, Lina Briceño, Lila Morillo, Liliana Antequera, Rosario Moreno y Auris Berríos. Es grato recordar la dulzura y amor materno de Eyilda Brandis, un ser inolvidable de una
www.diariodelosandes.com
inmensa calidad humana, mujeres excepcionales e intelectuales como; Aura Briceño Monreal, Elsa Cabrita maestra fluida y de mucha riqueza espiritual que se plantó con la creación de los Niños Cantores de Momboy. En esta aparte hay que edificar lo hecho por Doña Adela de Burelli en La Puerta. A principio de 1900 un grupo de damas se involucran en el mundo periodístico desde Pampán, por allá aparecieron nombres como los de: Amalia Peña, María Cristina Segnini, María Carrillo y Josefa María Peña, y Rosa Arminda Segnini. La lista de las trujillanas célebres la ampliamos al mencionar a, Inés Delia Segovia quien fue la primera trujillana en recibirse de médico en 1945, por esos años estaba la figura de Ana Graciela Lomelli la primogénita en graduarse en Ciencias Políticas en la UCV, la gran Doña Albertina Quevedo de Coll bandera de las manifestaciones femeninas en contra de la dictadura. Engalanamos con figuras de la talle de, María Rosario Abreu, Lesbia La Porte, Elena de Bastidas, Alide Anselmi de Casanova, la “Nena” Médicci, Filomena Torres. Ha sido excepcional, único, maravilloso el rol desarrollado en toda su historia por parte de la mujer trujillana, un hermoso ser que ha sabido representar de la mejor manera el gentilicio del buen trujillano. A todas las mujeres trujillanas felicitaciones y mil ¡GRACIAS!
10
Semanario los andes
Ramón Palomares: HISTORIAS DE VIDA ESPECIAL
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Le dijo adiós a Escuque y se marchó en el Tren de Motatán SE FUE PARA NO IRSE JAMÁS
elvins2020@hotmail
S
i hay una verdad, honda y pura, sostenida con el corazón y las venas abiertas, es la verdad de un poeta. Nadie como él, cabal y entero, sabe ahondar en las personas y en las cosas, encontrarse su encendida y más clara sangre, extraerla delicadamente, para que corra como río, echarla andar para que viva en el país que todos soñamos. Así era la verdad, honda y pura del poeta, Ramón Palomares a quien recordamos a cuatro años de haber cambiado de paisaje. Junto a su amorosa, Polimnia, el alma cansada de pájaro de Ramón Palomares Mora desde el 4 de marzo de 2016, en los jardines de aquel Reino de Escuque que el mismo trazó con la candidez de su palabra. Su sentimiento traducido en poesía dio luz a un nuevo lenguaje poético: uno sencillo, sin muchas vueltas, directo como él, sin perder la hermosura ni la capacidad de generar asombro. Él fue, como pocos, reflejo exacto de lo que escribía. De hecho, cuando hablaba, parecía estar recitando un poema. Según han apuntado sus distintos biógrafos y amigos cercanos, el hecho de nacer en una tierra tan especial como Escuque, le habría dado a Palomares la humildad a un ser que la enarboló como su gran virtud y que como hombre de principios lo hicieron un poeta excepcional, de gran humanidad. Todo eso quedó como herencia en sus obras donde, supo convertir en versos todos y cada uno de los elementos que caracterizaban su pueblo, su religión, costumbres y creencia. Parte de la vida en familia, Su sentimiento traducido del ámbito regioen poesía dio luz a un nal, y que a tranuevo lenguaje poético: vés de su lenuno sencillo, sin muchas guaje le fue dando mativueltas, directo como él, sin ces de uniperder la hermosura ni la versalidad, capacidad de generar muy directo y sin hacer uso asombro. Él fue, como de excesiva pocos, reflejo exacto ornamentación. de lo que escribía. De Sus escritos se hecho, cuando hablaba, fueron convirtiendo en los elementos parecía estar recitando recurrentes de temas un poema con los que cualquiera se puede relacionar.
“
“
z Elvins Humberto González
En una sociedad saciada espiritualmente en la violencia y perversión poco espacio puede acordarse para la aspiración o lo sublime Ramón Palomares
Discurso II Simposio Ana Enriqueta Terán, Junio 1992. Evocarlo desde su infancia Decía su paisano y colega, Antonio Pérez Carmona que cuando se evoca la infancia, la adolescencia y la juventud de Ramón Palomares, no se podía sustraer la imagen de aquel niño rebelde que huyera de su casa desafiando las tropas, que venciera alcabalas y fronteras para llevar su poesía a los marginados y a las élites de París. Esta comparación pareciera pecar de extralimitación, pero Ramón Palomares sale de su Escuque aún siendo un muchacho rural para deslumbrar a los círculos intelectuales metropolitanos con una poesía extraña, olorosa a trinitarias, viva y silvestre. Se dice que fue un ser predestinado desde el mismo día que llegó a la vida, el 7 de mayo de 1935, día en que la poesía, los dioses y el reino se conjugaron para proclamar la vida: la del poeta, Ramón David Sánchez Palomares. En aquel Escuque donde la neblina y las montañas se acarean mutuamente, donde el habiente pueblerino y afable de su gente exalta la figura de la diosa indígena Icaque, allí fue germinado en el singular poeta, el sentimiento por su tierra y la magia de la palabra. La influencia poética de Palomares estuvo fijada en escritores de la talla de un Vicente Gerbasi, Juan Sánchez Peláez y Adriano González León, son los responsables e influyentes en el hallazgo hermoso de un auténtico poeta, el manifiesto interés por la creatividad de un silencioso joven que desde su fabuloso mundo interior expresaba su intelecto provinciano, reflejaba en sus ojos tristes la nostalgia por su raíces. Ya era poeta cuando se fue Se dice que Palomares ya era poeta cuando sale de Escuque. Al momento que parte a San Cristóbal a cursar estudios de Normal, tejió su primer poema de luz sobre las tinieblas que le abrasaban: “He visto a Dios por los mil ojos de la Claraboya”. La muerte de su padre le golpea terriblemente, le hace insomne, abstraído. Pero ese dolor le combina a producir una de las elegías más www.diariodelosandes.com
puras de la lírica: “Esto dijeron: tu padre ha muerto, más nunca habrás de verlo. Ábrele los ojos por última vez y huélele y tócalo por última vez. Con la terrible mano tuya recórrelo y huélelo como siguiendo el rastro de su muerte y entreábrele los ojos por si pudieras mirar adonde ahora se encuentra”. Y el dolor se abalanza nuevamente sobre su corazón al morir su querido tío, el poeta Julio Sánchez Vivas, aquel maestro de ojos mar que había regado su sangre de sensibilidad y pureza. Esencia y dialecto La obra más profunda de Ramón Palomares fue, “Adiós a Escuque”, con la cual logró el Premio Nacional de Literatura, 1974, siendo, según el consenso de la crítica, uno de los libros de mayor trascendencia en el país en una tónica impersonal, pero no por ello floreciente en imágenes, en testimonios y bellezas. Adiós Escuque, es volumen donde se sumerge en el lenguaje comunitario para hacer de sus fábulas, y expresiones, un adelanto de las grandezas y miserias que nos esperaban y que fueron llegando. Aquí Palomares fundó un lenguaje, a medida que su alma fabulante se hizo uno con el cosmos, mediante esa «ciencia de lo concreto» que es el verbo de la poesía. La doctora Patricia Guzmán, rigurosa estudiosa de la lírica palomaresa, afirma: “La obra de Ramón Palomares, quien, como ha dejado sentado la crítica, se nutre del habla de su pueblo, se hace eco del voceo que le es propio”. En el salón de los soñadores Su libro antológico “Vuelta a casa” compila poemas escritos entre 1992 y 2006 con el sello y el aval de la Fundación Biblioteca Ayacucho. Según cita el cronista León Magno M., sus textos son estigmas del reencuentro con el lecho natal, con los primeros recuerdos que lo hicieron poeta, hombre sensible, poderoso creador. Allí aparecen El Tren de Motatán, las enfermedades que golpearon la puerta familiar, los viejos patios y solares vecinos, su conformación como hombre de páramo. Es así como llega la marga noche del viernes 4 de marzo del 2016, la noche que se apagaría la vida de un grande de las letras venezolanos, se marchaba de este mundo Ramón David Palomares Sánchez rodeado de sus hijos y esposa en la ciudad de Mérida, urbe que lo cobijó por más de 45 años. El escuqueño se marchaba en medio de millones de aplausos que recibió en vida, con todos los reconocimientos y premios alcanzados por su labor litería y poética reflejada en un total de 13 libros, dejado su legado poético escritos durante su vida de 80 años para ubicarse en el gran salón de los soñadores, donde solo entran los elegidos, los inolvidables. Esta vez el Tren de Motatán llegó muy temprano y se llevó al escritor, con su Sardio y el Techo la Ballena. Se fue con su corazón maltrecho y cansado, sostiene León Magno.
Ciudad Capital
Semanario los andes
MUNICIPIO
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
11
La mayoría de los ciudadanos están satisfechos con el traslado Contactos: 0412-6558522
Buhoneros están descontentos con su nuevo hogar
L
En estas instalaciones están ubicados más de 120 puestos de comerciantes informales que están preocupados porque la economía no es la misma, las ventas han bajado y la afluencia de gente es poca, la mayoría aceptó porque no tenía otra opción, muchos anhelan volver a las calles o esperan que mejoren la construcción
z Hugo Delfín ECS
a ciudad de Trujillo sufrió un duro cambio en su imagen, los comerciantes informales que ocupaban la calle Comercio fueron trasladados a la vieja construcción del mercado en la plaza Bolívar, sin embargo, tras más de mes y medio la mayoría continúa molesta y expresan su descontento de su nuevo hogar. El 22 de enero se llevó a cabo el total desalojamiento de las calles por parte de todos los comerciantes informales y vendedores ambulantes, fruterías, ropas, arreglo de equipos telefónicos, productos de primera necesidad, tuvieron que acomodarse en el nuevo hogar que propuso la Alcaldía de Trujillo, sin embargo, el traslado no fue sencillo y el acomodo tampoco. La Alcaldía estuvo palpitando la posibilidad de desplazar a los buhoneros ya desde hace un tiempo, el plan de construcción del Centro Agro turístico artesanal bicentenario era un proyecto para agrupar a todos los comerciantes, equipado con baños, estacionamiento, servicios básicos, era una obra que iba a mejorar las condiciones de muchos vendedores, sin embargo, el proyecto nunca se pudo finalizar y ahora sus cimientos sirven como hogar para los buhoneros.
➤
TERMINAR LA CONSTRUCCIÓN
Según declaraciones de Carlos Terán, por ahora no se puede terminar de construir el espacio porque no se cuenta con el presupuesto aprobado para llevarlo a cabo, sin embargo una vez que esté listo se iniciarán los pasos para la construcción y culminación del nuevo Mercado. Actualmente se están realizando unas obras en las paredes del mercado para el plan Venezuela Bella, que se trata de acondicionar mejor la fachada del lugar, para después retirar las latas que rodean las instalaciones. Los comerciantes saben que no tienen muchas opciones para cambiar de sitio, por lo tanto esperan y anhelan que puedan terminar de construir y que sus condiciones mejoren.
Mejoró el desplazamiento tanto peatonal como de vehículos e inclusive la seguridad.
Tras el plan Venezuela Bella, la Alcaldía de Trujillo efectuó una serie de pasos para desalojar a los vendedores, el primer llamado se efectuó en octubre, se les informó a todos que para diciembre tenían que desocupar las calles, a pesar de ello, debido a que muchos vendedores tenían nueva mercancía para esas fechas se decidió efectuar una prórroga para enero. Afirmó Carlos Terán de la dirección de rentas, fiscalización y cobranza en donde ninguno debía ocupar las calles. Durante las reuniones con la Alcaldía, se efectuaron varias propuestas para la nueva ocupación, la opción más tentativa era la zona del Estadio, pero la mayoría se opuso por la falta de acceso de servicios, como los baños, el internet y la luz, que son fundamentales para el uso de los puntos de venta. Declaró *Gladis, minorista informal con más de 16 años de experiencia en el comercio informal. “Muchos estaban desesperados y preocupados en dónde iban a trabajar, la mayoría de los vendedores aquí son padres y madres de familia, con hijos y responsabilidades”, al no tener otra opción decidieron aceptar la propuesta del antiguo mercado de buhoneros ubicado en paralelo a la plaza Bolívar a lado del centro comercial Géminis Center, afirma *Gladis.
Primer llamado
Los comerciantes saben que no tienen muchas opciones para cambiar de sitio.
“El traslado fue rápido y autoritario” afirma *Gladis, no se organizaron adecuadamente. “Un día se realizó el conteo de los negociantes que había, otro día se hizo el rayado para la distribución de los espacios en las nuevas instalaciones “muchas personas estaban en desacuerdo porque los espacios eran muy pequeños” recuerda *Amaranta minorista informal con 14 años de experiencia. Cada minorista sin ayuda de ningún organismo trasladó tarantines, paraguas, mesas y todos sus instrumentos de trabajo. Al principio se utilizaban solamente puntos de venta inalámbricos y pago móvil para vender, después la alcaldía logró colocar la luz y la línea de Cantv para los puntos de venta. Durante el traslado muchos vendedores de frutas y verduras perdieron mucha mercancía por la demora, “La gente se sentaba y lloraba por las pérdidas y por el espacio en donde estaban” se acuerda *Amaranta. Cabe destacar que el calor y el sol es muy fuerte en horas de la tarde, lo que ahuyenta y fastidia a las personas.
El traslado a su nuevo hogar
En estas instalaciones están ubicados más de 120 puestos de comerciantes. www.diariodelosandes.com
En estas instalaciones están ubicados más de 120 puestos de comerciantes que están preocupados porque la economía no es la misma, las ventas han bajado y el comercio no es igual. “Sobre todo los que venden frutas y verduras que han tenido muchas pérdidas económicas. Yo todavía en lo que va de año no he vendido mi primera pieza”, afirma *Amaranta que tiene un puesto en donde vende ropa. “No nos queda de otra, que seguir trabajando acá”.
Entra despies 120 puestos
En una encuesta que se realizó a 10 personas en Trujillo entre 18 y 35 años, el 80% afirmó que se siente satisfecha con el traslado de los buhoneros de las calles, las principales razones son el mejor desplazamiento tanto peatonal como de vehículos e inclusive la seguridad. A pesar que los buhoneros continúan en el centro de la ciudad, la afluencia de personas es precaria, los primeros días se acercaban por curiosidad pero hoy en día no existe mayor movimiento, lo que preocupa constantemente a los vendedores. “Ahora el gran problema es que los carros se están estacionando por donde quieren”. La ciudad ya no es la misma y se siente un poco vacía y sin alma” declara Maicol Moreno, ciudadano de a pie en Trujillo. “Se ven más limpias las calles, además que la circulación es mucho mejor. Antes ni se podía pasar por aquí”, resalta Jesús Quintero.
Alegría ciudadana
12
Semanario los andes
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO, Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 4-A RMPET. Número: 10 del año 2020, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, C.A Número de expediente: 454-39481 CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. SU DESPACHO. Quien suscribe; LUIS GERARDO MUJICA TERÁN, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la ciudad de Valera del estado Trujillo, y titular de Cédula de Identidad Nro. V-15.752.827, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 117.475, y en el colegio de abogados del estado Trujillo bajo el N° 1.407, debidamente autorizado para este acto en el Acta Constitutiva de la empresa RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, C.A. Ante usted muy respetuosamente ocurro y expongo: Presento Acta Constitutiva de la empresa RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, C.A., a los fines de que sea inscrita, agregada y publicada en el Registro Mercantil. EL SOLICITANTE Abogado Luis Gerardo Mujica Terán. Firma Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 10 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LUIS GERARDO MUJICA TERAN IPSA N.: 117475, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 10, TOMO -4-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.176.000,00 Según Planilla RM No. 45400191804, Banco No. 918651 Por BS: 1.000.000,04. La identificación se efectuó así: LUIS GERARDO MUJICA TERAN, C.I: V-15.752.827. Abogado Revisor: EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, C.A Número de expediente: 454-39481 ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, CA Nosotros; LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.313.178, numero de Rif V103131789, soltero, domiciliado en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo; CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V.- 13.262.933, numero de Rif: V132629338, soltera, comerciante, domiciliada en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, por medio de la presente declaramos: Que hemos decidido constituir una Compañía Anónima que se regirá por las cláusulas contenidas en la presente Acta Constitutiva, la cual será elaborada en la forma amplia a fin de que sirva también de estatutos sociales, las cláusulas que regirán la compañía son las siguientes: CAPÍTULO I DENOMINACIÓN. OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA COMPAÑÍA PRIMERA: La compañía se denominará RODAMIENTOS ESTRADA RODESCA, C.A., SEGUNDA: El Objeto social de la Compañía, es la compra venta al mayor y detal, distribución, comercialización, importación, exportación y Transporte de todo tipo de Rodamientos de fabricación nacional o internacional para todo tipo de uso, bien sea automotriz, doméstico, agrícola e industrial, de igual manera la compra venta al mayor y detal distribución, comercialización, importación, exportación y Transporte de todo tipo de repuestos automotrices, de uso común, industrial, agrícola y transporte pesado, incluso partes eléctricas, de carrocería y filtros; en fin, podrá desarrollar cualquier otra actividad de lícito comercio, relacionada con el objeto aquí indicado. TERCERA: La compañía tendrá como domicilio el edificio Toresca, ubicado en el sector Colon, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo donde funcionará su sede principal, y su depósito ubicado el Local Galpón Toresca, Nro. S/N Sector Mesetas de San Genaro, Avenida Principal, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, sin perjuicio de establecer en lo sucesivo domicilios especiales, agencias, sucursales, oficinas, representaciones y cualquier otra dependencia relacionada con el objeto social de la compañía, bien sea en el país o en el exterior, cuando sea autorizado por la Junta Directiva.- CUARTA: La duración de la compañía será de Cincuenta (50) años contados a partir de la inscripción de la presente acta en el Registro Mercantil correspondiente sin embargo podrá ser disuelta o liquidada antes del vencimiento del lapso establecido o prorrogarse por periodos iguales, mayores o menores, cuando así lo decida la Asamblea General de Accionistas. CAPITULO II DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES QUINTA: El capital social suscrito y totalmente pagado de la compañía es de CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 400.000.000,00), discriminados en un total de cuarenta (40) acciones, con un valor nominal de Diez millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00), cada una; que dan a sus propietarios derechos y obligaciones que corresponden en la compañía, de conformidad con lo establecido en este documento. SEXTA: De la Suscripción del Capital: El Capital Social ha sido totalmente suscrito y pagado de la siguiente manera: El accionista LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, ya identificado, ha suscrito y pagado veintiún (21) acciones, por un valor de Diez millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) cada una, para un monto de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 210.000.000,00); La accionista CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, ya identificada, ha suscrito y pagado diecinueve (19) acciones, por un valor de Diez millones de Bolívares (Bs 10.000.000,00), cada una para un monto de Ciento noventa Millones de Bolívares (Bs. 190.000.000,00); esta suscripción ha sido pagada totalmente mediante el aporte de Inventario, como consta en balances constitutivo anexo. Nosotros, LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA y CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, previamente identificadas, por medio del presente DECLARAMOS BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del presente acto, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito. SÉPTIMA: El capital de la compañía podrá ser aumentado o disminuido conforme a la Ley y por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en caso de aumento de capital, los socios tendrán derecho preferente en forma proporcional al capital que poseen y en caso de disminución también será efectuado de la misma forma anteriormente señalada. OCTAVA: De las acciones y las facultades que las mismas otorgan: Las acciones de la compañía son indivisibles y cada una de ellas representan un (1) voto en la Asamblea General de Accionistas. Las acciones dan a sus titulares propiedad en los bienes de la compañía en proporción al porcentaje de acciones que suscriban y participación en los dividendos que genere la compañía. Los accionistas no podrán vender las acciones a terceros, sin antes ofrecerlas obligatoriamente por escrito, en primer lugar al resto de los accionistas, quienes tendrán un plazo de (10) días continuos para resolver en cuanto a este particular, transcurrido este lapso sin que los accionistas hayan hecho uso de este derecho de preferencia o si estos manifestaren por escrito, que no desean adquirir las acciones ofrecidas, el accionista vendedor queda en libertad de venderlas a terceras. Y si por el contrario, alguno de los accionistas manifestare por escrito, su interés de adquirir dichas acciones dentro del lapso correspondiente, gozará a partir de su manifestación de un plazo de (10) días continuos, para hacer efectiva la compra. El precio de venta de las acciones entre los accionistas no podrá exceder del últi-
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020 mo valor accionario declarado por la asamblea general, o tácitamente a través de la aceptación del respectivo inventario, establecido por los balances anuales de ganancias y pérdidas debidamente aceptadas por la asamblea; y no podrá ser inferior a este mismo precio en la venta a terceros. En el caso de que más de un accionista se encuentre interesado en adquirir dichas acciones, el vendedor tendrá que someterse a las normas de proporcionalidad establecidas en el presente estatuto. En caso de que una acción llegare a ser propiedad de varias personas se reconocerá a una sola persona la cual será designada por los eventuales propietarios. NOVENA: Los títulos representativos de las acciones serán emitidos con sujeción a los requisitos del artículo 293 del Código de Comercio y deberán ser sellados con el sello de la compañía y firmados por el Presidente de la empresa. En caso de deterioro o extravío de uno o más títulos, el accionista interesado solicitará por escrito a la Junta Directiva la emisión de nuevos títulos, previa anulación en el libro de accionistas de los títulos deteriorados o extraviados, y sufragará cualquier gasto que ello ocasionare. DECIMA: Derecho de preferencia en caso de aumentos de capital: En casos de aumentos de capital decretados por la Asamblea de Accionistas válidamente constituida, corresponderá a la misma determinar la cuantía, términos y condiciones de la emisión de nuevas acciones, el derecho de preferencia para la suscripción de nuevas acciones por parte de los socios será en proporción al número total de acciones que estén registradas a su nombre en el libro de accionistas de la compañía, en el caso que un accionista decidiere no aumentar su capital, la asamblea deberá ofrecer las acciones no suscritas a los accionistas que hayan hecho uso de su derecho de preferencia y estos podrán suscribir dichas acciones atendiendo la proporcionalidad antes señalada. DECIMA PRIMERA: Adhesión al acta constitutiva estatutaria: La adquisición de las acciones emitidas por la compañía implica la plena adhesión al Acta Constitutiva, Estatutos Sociales, decisiones de la asamblea y de la Junta Directiva y reglamentos adoptados por sus órganos deliberantes dentro del ámbito de sus atribuciones. CAPÍTULO III DE LAS ASAMBLEAS DECIMA SEGUNDA: Asambleas de accionistas. Facultades generales: La máxima representación de la compañía y la suma de todos los poderes corresponde a la asamblea general de accionistas y sus decisiones dentro de los límites de las facultades que le atribuye la ley o el presente documento serán de cumplimiento obligatorio para todos los accionistas, incluso para los que no hubieran asistido a las mismas. DECIMA TERCERA: Asambleas ordinarias y extraordinarias. Las asambleas ordinarias de accionistas se celebrarán anualmente dentro de los noventa (90) días siguientes al cierre del ejercicio económico de la compañía, y las Asambleas Extraordinarias se celebrarán cuando sean convocadas por la Junta Directiva, el comisario, o a solicitud de la mayoría simple de los accionistas. La Asamblea de Accionistas debidamente constituida representa la universalidad de los accionistas. Sus decisiones adoptadas dentro de los límites de sus facultades, son obligatorias para la sociedad. Corresponde a las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias las siguientes facultades: a) Discutir, aprobar o modificar el balance general del estado de ganancias y pérdidas de la compañía con vista y aprobación del informe del comisario, b) Considerar y resolver sobre la aprobación del informe de la Junta Directiva en relación a las actividades desarrolladas en el ejercicio fiscal finalizado; c) Designar de acuerdo a lo estipulado en el presente documento, a los miembros de la Junta Directiva; d) Designar al Comisario principal, suplente, o ad hoc, fijando su remuneración; e) Capitalizar dividendos en base a las recomendaciones formuladas por la Directiva; f) Conocer de cualquier otro asunto que le sea especialmente sometido. DECIMA CUARTA: Convocatoria. Las convocatorias a las Asambleas sean estas Ordinarias o Extraordinarias serán realizadas por la Junta Directiva de la compañía, el comisario, o a solicitud de la mayoría simple de los accionistas, con cinco (5) días de anticipación, por lo menos, indicando el día, hora, objeto, sede y lugar donde se celebrara la asamblea, por un periódico de mayor circulación en el domicilio de la compañía; y por convocatoria personal privada con acuse de recibo, mediante carta certificada, telegrama, telefax, publicación de internet en la página Web de la sociedad, en redes sociales o cualesquiera otras formas de remisión de mensajes, a su vez, debe constar el envío de dicho instrumento; ambas modalidades de convocatoria se establecen de forma obligatoria y concurrente ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las asambleas. Sin embargo, la formalidad de la publicación de la convocatoria por la prensa y la convocatoria personal privada, no serán necesarias si la totalidad del capital social se encuentra presente o representado en la reunión. Toda deliberación sobre un objeto no expresado en la convocatoria será nula. DÉCIMA QUINTA: Quórum de presencia y de votación. Poderes. Las Asambleas tanto Ordinarias como Extraordinarias se considerarán válidamente constituidas cuando se encuentren presentes en ella por sí o por medio de apoderados, personas que tengan derecho a voto y representen el cincuenta y un por ciento (51%) del capital social. Las asambleas constituidas con el quórum de presencia antes señalado adoptaran sus resoluciones con el voto del cincuenta y un por ciento (51%) de los presentes. El quórum de presencia y de votación aquí establecido regirá igualmente para los supuestos a que se refiere el artículo 280 del Código de Comercio. Los accionistas tienen derecho de hacerse representar en las asambleas por medio de apoderados constituidos mediante instrumento poder legalmente autenticado. Ningún apoderado podrá representar a más de un (1) Accionista. DECIMA SEXTA: Acta de asamblea. De las reuniones de las Asambleas de Accionistas se levantarán actas las cuales contendrán el nombre de los asistentes con los haberes que representan, y las decisiones y medidas adoptadas. Las actas señaladas se asentarán en el libro respectivo debidamente sellado por el Registro Mercantil y deberán ser firmadas por todos los concurrentes. Copia de dichas actas o de extractos de las mismas deberán ser certificadas por un (1) directivo. Los documentos antes indicados darán plena fe de las decisiones adoptadas por la asamblea. CAPITULO IV DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA. DECIMA SÉPTIMA: Junta Directiva. La dirección y administración de la compañía estará a cargo de una Junta Directiva compuesta por un PRESIDENTE y un VICEPRESIDENTE, conforme a los derechos establecidos en el presente documento. En caso de ausencia definitiva de uno o más de sus directivos, la Junta Directiva procederá a convocar a la asamblea de accionistas para elegir el sustituto por el tiempo remanente del mandato del miembro sustituido. Se considerará falta absoluta de un miembro de la Junta Directiva: La muerte, interdicción Judicial, condena penal de privación de libertad mediante sentencia definitivamente firme, enfermedades que lo incapaciten mental o físicamente de forma permanente previo análisis e informe médico. DECIMA OCTAVA: Duración de la Junta Directiva. Los miembros de la Junta Directiva serán designados por un periodo de diez (10) años. Si vencidos dichos periodos no fueren reemplazados, permanecerán en el ejercicio de sus funciones con todas las atribuciones inherentes al cargo hasta su reemplazo efectivo. DECIMA NOVENA: Obligación de depositar acciones. Cada uno de los miembros de la Junta Directiva deberá depositar o hacer depositar por él en la Caja Social una (1) acción de la compañía, a la que se le estampará el sello de inalienabilidad conforme a lo establecido por el artículo 244 del Código de Comercio. VIGÉSIMA: Reuniones y convocatorias de la Junta Directiva. La Junta Directiva se reunirá con la periodicidad que ella misma determine, podrá ser convocada en cualquier tiempo por solicitud de uno (1) de sus miembros. Los miembros deberán asistir a las reuniones de la Junta Directiva para que sus votos sean válidamente emitidos. VIGÉSIMA PRIMERA: Quórum y decisiones de la junta directiva. Para la validez de las deliberaciones y decisiones de la Junta Directiva, se requerirá la presencia de uno de sus miembros, pero siempre con la presencia del Presidente; las decisiones de la Junta Directiva serán adoptadas con el voto favorable de por lo menos uno (1) de sus miembros. De las reuniones de la Junta Directiva se levantará la respectiva acta que deberá ser transcrita en el Libro de Actas de Junta de Administradores debidamente sellado por el Registro Mercantil y firmada por los asistentes. Las actas de la Junta Directiva y los extractos de las mismas deberán ser certificados indistintamente por uno (1) directivos y darán plena fe de los acuerdos tomados. VIGÉSIMA SEGUNDA: Facultades de la Junta Directiva. Salvo aquellas materias expresamente reservadas a la asamblea de accionistas, la junta directiva tendrá las más amplias facultades de administración y disposición que expresamente le concede esta acta constitutiva y estatutos sociales, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: 1) Disponer las convocatorias de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias cumpliendo y haciendo que se cumplan sus decisiones y acuerdos; 2) Elaborar y controlar el presupuesto anual de la compañía, fijando los gastos generales ordinarios y extraordinarios; 3) Elaborar la memoria y cuenta y el balance general y estados de ganancias y pérdidas que deberá ser entregado al comisario para su dictamen respectivo y luego sometido a consideración de la asamblea de accionistas; 4) Formular a la Asamblea de Accionistas las recomendaciones que estime convenientes en cuanto a la constitución de reservas y al empleo del superávit; 5) Formular a la asamblea de accionistas propuestas para la distribución de dividendos anuales 6) Ejercer la vigilancia y el control de la contabilidad de la empresa y del funcionamiento de la misma, ordenando siempre que lo estime conveniente la realización de auditorías parciales o totales. 7) Dictar todos los reglamentos que resultaren necesarios para regular el funcionamiento de la empresa
www.diariodelosandes.com
en las diferentes áreas de atención y de servicios que convenga en prestar, los reglamentos que al efecto dicte la junta directiva son de cumplimiento obligatorio tanto para los accionistas como para los usuarios de los servicios que convenga en prestar. 8) Autorizar a determinadas personas para el desempeño de actividades específicas, quienes quedaran obligados a rendir cuentas a la junta directiva de lo realizado. 9) La promoción de compañías de comercio, en todas sus modalidades, la incorporación de la empresa en otras compañías como socia o como administradora, fusionarse con otras compañías, la creación y dirección de grupos empresariales; representación de marcas y/o firmas extranjeras y venezolanas; crear y establecer, y adherirse a factores de franquicia, a nivel nacional e internacional relacionada con el objeto de la compañía realizar todo tipo de inversiones y/o actos de licito comercio, 10) Constituir factores mercantiles. 11) La junta Directiva dentro de sus facultades podrá designar asesores ad honoren o remunerados, en función a atender la prestación de los servicios que proporciona la compañía y el cumplimiento de su objeto social. VIGÉSIMA TERCERA: Prohibición de otorgamiento de fianzas o garantías a terceros. Ni la compañía ni los miembros de la Junta Directiva podrán otorgar fianzas para responder de obligaciones asumidas por terceros, bien sea personas naturales o jurídicas. Sin embargo; si podrán otorgar fianzas o garantías, tanto la compañía, como sus miembros directivos; solo cuando se trata del interés y el beneficio de la compañía, para lo cual se requerirá la aprobación unánime de los miembros de la Junta Directiva. VIGÉSIMA CUARTA: Desempeño de otras funciones. La Junta Directiva podrá delegar a uno o más de sus miembros el desempeño de puestos estables o transitorios en la administración de la compañía, los cuales se ejercerán de acuerdo con las instrucciones de aquella y sin perjuicio de sus atribuciones como directivos de la empresa. Estos servicios podrán remunerarse con imputación a los gastos generales, previa autorización de la asamblea de accionistas que trate el caso. VIGÉSIMA QUINTA: Atribuciones y deberes de los Directivos. EL PRESIDENTE, tendrá los más amplios poderes de disposición y podrá obrar por la compañía para contraer las obligaciones derivadas de los actos o contratos que conciertan; en consecuencia tiene las siguientes atribuciones: a) Representar a la compañía en juicios o fuera de ellos; b) convocar a la asamblea general de accionistas ordinarias o extraordinarias; c) fijar los gastos de administración; d) celebrar toda clase de contratos o convenios, tales como: arrendamientos, ventas, compras, permutas, hipotecas, fianzas, avalúos, sobre todas clases de bienes muebles e inmuebles, pudiendo comprar, vender, gravar; e) nombrar y remover empleados de la compañía, fijarle su remuneración; f) controlar y supervisar la contabilidad de la compañía; g) presentar anualmente a la asamblea de accionistas el balance y un informe sobre la administración y marcha de los negocios de la compañía; h) endosar, aceptar, recibir cheques o letras de cambio, recibir en cantidades de pagos cualquier tipo de bienes y otorgar los correspondientes finiquitos, abrir y movilizar cuentas bancarias de cualquier tipo, a nombre de la compañía, emitir cheques; i) en general cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones que estime conveniente para la buena marcha de los negocios de la compañía. Además tendrá las siguientes facultades: llevar las cuentas en orden y al día de la compañía, redactar los informes de ingresos y egresos, mantener bajo su responsabilidad y al día los registros contables y demás que le asigne la junta directiva, mantener una caja chica para manejo de gastos menores, así mismo como realizar aquellos actos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades de la empresa; EL VICEPRESIDENTE tendrá las siguientes funciones: suplir las faltas temporales o absolutas del presidente, y en caso de falta absoluta, suplirá al presidente, hasta que la asamblea designe una nueva junta directiva. VIGÉSIMA SEXTA: El comisario. La compañía tendrá un Comisario, quien deberá ser profesional en Economía, Administración de Empresas o Contaduría Pública debidamente colegiado, quien tendrá las atribuciones que le señala el Código de Comercio o cualquier otra disposición Legal aplicable. El Comisario dura cinco (5) años en sus funciones y su designación o remoción le corresponde a la Asamblea de Accionistas vencido el lapso antes señalado sin haber sido reemplazado, deberá permanecer en el ejercicio de su cargo hasta tanto se nombre a la persona que lo reemplace. CAPITULO V DEL BALANCE DEL PATRIMONIO. DE LAS RESERVAS. VIGÉSIMA SÉPTIMA: Ejercicio económico de la compañía. El ejercicio económico anual de la compañía abarca el periodo comprendido desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año, sin embargo, el primer ejercicio económico comenzará en la fecha de registro de esta Acta Constitutiva y Estatuto Sociales y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020. Al final de cada ejercicio económico se preparará el inventario y el balance General de conformidad con las Normas establecidas por el Código de Comercio y los Principios de Contabilidad Mercantil generalmente aceptados en la República. VIGÉSIMA OCTAVA: Reservas Societarias. De las utilidades netas de la Compañía resultantes del Balance General del estado de ganancias y pérdidas aprobados por la Asamblea, se separará anualmente el uno por ciento (1%) con la finalidad de formar un fondo de Reserva Legal hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del Capital Social. VIGÉSIMA NOVENA: Reservas Adicionales. Además del Capital Social y de la Reserva Legal, así como cualquier otra cuenta Patrimonial que pueda existir en virtud de la ley o de los Principios de Contabilidad Generalmente aceptados, la componía podrá crear previa aprobación de la Asamblea de Accionistas cuentas patrimoniales adicionales de reserva. Los montos de dichas cuentas no podrán ser aplicados ni distribuido de manera alguna salvo con la aprobación de la Asamblea de Accionistas. Las cuentas patrimoniales de reserva serán consideradas como una reducción del monto de las pérdidas, si las hubiere, para la determinación de la disminución del capital social a los efectos de lo establecido en el artículo 264 del Código de Comercio. CAPITULO VI DE LA LIQUIDACIÓN DE LA COMPAÑÍA. TRIGÉSIMA: De la disolución y subsiguiente liquidación. La compañía podrá disolverse antes de expirar el término de su duración por cualquiera de los motivos enumerados en el artículo 340 del Código de Comercio. TRIGÉSIMA PRIMERA: De la liquidación. En caso de disolución de la Compañía, la liquidación de la misma se hará por uno o más liquidadores elegidos en Asamblea de accionistas, los que tendrán las obligaciones y deberes que le impone el Código de Comercio. CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES Y DE LOS NOMBRAMIENTOS TRIGÉSIMA SEGUNDA: Modificaciones Estatutarias. Se podrán realizar cualquier modificación de esta Acta Constitutiva y Estatutos Sociales por Asamblea de Accionistas previamente convocada y debidamente constituida, para la modificación de estas normas se deberá obtener el voto favorable del cincuenta y un por ciento (51%) de los accionistas presentes. TRIGÉSIMA TERCERA: Materias no previstas. En todo aquello que no esté previsto en esta Acta Constitutiva y sus Estatutos Sociales se aplicaran las disposiciones legales de Código de Comercio y cualquier disposición vigente que tenga relación con el Código de Comercio y en último caso se aplicara lo dispuesto en el artículo 4 del Código Civil Venezolano. TRIGÉSIMA CUARTA: Cualquier controversia que se presente entre socios y con la sociedad por razón del contrato social, durante la existencia de la compañía, al momento de su disolución o durante el proceso de liquidación que no puedan ser resuelto directamente por ellos, se someterá a la decisión de un arbitraje conforme al procedimiento establecido en la ley de arbitraje comercial, salvo las controversias que se deban resolver por el órgano jurisdiccional correspondiente, que no puedan por su naturaleza jurídica ser objeto de conciliación. TRIGÉSIMA QUINTA: Nombramientos. Para ejercer los cargos de Miembros de la Junta Directiva se acuerdan por unanimidad designar como PRESIDENTE al socio LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.313.178, numero de Rif V103131789, soltero, domiciliado en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo; y en el cargo de VICEPRESIDENTE a la socia CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V.13.262.933, número de Rif: V132629338, soltera, comerciante, domiciliada en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, quienes aceptaron sus cargos y prestaron el juramento de ley. TRIGÉSIMA SEXTA: Como Comisario se designa a la Licenciada, LOURDES MARGARITA BRICEÑO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.267.335, soltera, domiciliada en la ciudad de Valera, municipio Valera estado Trujillo, licenciada en contaduría pública Inscrita en el C.P.C. bajo el N° 96.399, quien acepto dicho nombramiento prestando juramento de ley. Queda expresamente autorizado el ciudadano LUIS GERARDO MUJICA TERÁN, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la ciudad de Valera, estado Trujillo, y titular de Cédula de Identidad Nro. V- 15.752.827, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 117.475, para proceder a la presentación, otorgamiento, registro y publicación de este documento de acuerdo a la ley, y firme los protocolos respectivos, en Valera, sede del Registro Mercantil Primero del estado Trujillo, a la fecha de su presentación. El socio, LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA La socia, CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO Firmas Ilegibles.
Semanario los andes
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** NOTARÍAS. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 6 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado RUTH ELISA MOLINA RANGEL IPSA N.: 182079, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 43, TOMO -3-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.130.000,00 Según Planilla RM No. 45400191093, Banco No. 245818 Por BS: 1.000.000,06. La identificación se efectuó así: RUTH ELISA MOLINA RANGEL, C.I: V-10.397.481. Abogado Revisor: EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: DISTRIBUIDORA FLOR VALERA, C.A Número de expediente: 454-39403 CIUDADANO REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO Su Despacho.Yo, RUTH ELISA MOLINA RANGEL, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.397.481; debidamente facultada en el acta Constitutiva de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA FLOR VALERA, C.A ante usted ocurro de conformidad con lo establecido en el Artículo 215 del Código de Comercio, para presentar el Documento Constitutivo de la referida sociedad a fin de que se sirva ordenar su registro. Así mismo acompaño Balance para Evidenciar el aporte de los accionistas de la constitución de la compañía. Finalmente pido me sea expedida copia certificada de la presente Participación, del Acta Constitutiva estatutaria y de todos los recaudos anexos y del auto correspondiente a la inscripción de la compañía, a los fines ce su publicación. En Valera a la fecha de su presentación. RUTH E. MOLINA R. C.I N° V-10.397.481 Firma Ilegible. Nosotros, LEIDA JOHANNA FLOREZ DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, casada, titula de la cédula de identidad N° V- 15.988.249, de ocupación comerciante con domicilio en: Sector Las Acacias, Urbanización El Country, Primera entrada, Quinta Carmen Teresa Estado Trujillo y LEINY YOSDEY FLOREZ VALERO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 19.777.679, de ocupación comerciante con domicilio en: Sector Las Acacias, Urbanización El Country, Primera entrada, Quinta Carmen Teresa, Estado Trujillo, respectivamente, hemos convenido constituir, como en efecto por este documento lo hacemos, una Compañía Anónima, que se regirá por la presente Acta Constitutiva, la cual ha sido redactada con suficiente amplitud para que a la vez sirva de Estatutos Sociales de la compañía y cuyas clausulas son del tenor siguiente: PRIMERA: DE LA DENOMINACION Y DOMICILIO: La compañía se denominará “DISTRIBUIDORA FLOR VALERA, C.A (DISFLOR VALERA,C.A.), y su domicilio será: Sede Principal, Zona Industrial, prolongación Av. Carmen Sánchez de Jelambi con Av. José Luis Faure, Galpón 18-A, Valera Estado Trujillo, pudiendo establecer otras Sucursales y Agencias en cualquier otro lugar de la República o en el exterior del País, previo cumplimiento de los requisitos de Ley. SEGUNDA: DEL OBJETO: El objeto de la Compañía es: 1.- La compra, venta, distribución, comercialización, transporte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de productos de Confitería. 2- La compra, venta, distribución, comercialización, transporte, Importación y exportación, tanto al mayor como al detal de artículos de Quincallería. 3.- La compra, venta, distribución, comercialización, transporte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de juguetes. 4.- La compra, venta, distribución, comercialización, transporte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de todo lo relacionado a la piñatería. 5.- La compra, venta, distribución, comercialización, transREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 208° y 160° Municipio Valera, 5 de Abril del Año 2019 Por presentado el anterior documento. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Firma Personal y archívese original junto con los demás recaudos acompañados. Expídase copia certificada. El anterior documento redactado por el Abogado MARIA CONSUELO AZUAJE DE BRICEÑO IPSA N.: 83367, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 116, TOMO -4-B RMPET. Derechos pagados BS: 1,51 Según Planilla RM No. 45400175246, Banco No. 308432085 Por BS: 0,02. La identificación se efectuó así: MARIA ANGELICA RIVAS ROJO, C.I: V-23.777.499. Abogado Revisor: YARJELIS TERESA RIVAS GUTIERREZ Registrador mercantil Primero del Estado Trujillo. Dr. EDIXON ORLANDO RODRIGUEZ BARRIOS ESTA PÁGINA PERTENECE A: FRESCOS DEL CAMPO RIVAS, F.P Número de expediente: 454-35386 CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO SU DESPACHO. – Yo, MARÍA ANGELICA RIVAS ROJO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 23.777.499, domiciliado en el Estado Trujillo. Ocurro ante su competente autoridad, con el debido respeto y acato a los fines de exponer y solicitar lo siguiente: PRIMERO: He constituido una Firma Personal, denominada FRESCOS DEL CAMPO RIVAS, F.P. SEGUNDO: La Firma Personal tendrá domicilio en la carretera principal, sector montero, casa sin número, zona postal 3101, Montero Parroquia Jajo Municipio Urdaneta del Estado Trujillo. No obstante, y previo cumplimiento de la normativa aplicable, podrá establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier sitio del Territorio Nacional. TERCERO: La Firma Personal girara con un capital inicial de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.10.000.000,00). Constituido por Mercancías y Equipos de Trabajo. CUARTO. El objeto de la empresa será todo lo relacionado con la Importación, Exportación, Transporte, Distribución y Comercialización, Compra, Venta al Mayor y Detal de víveres, verduras, legumbres, lácteos y sus derivados, charcuterías, carnicería, granos, café, maíz, caraotas, papelón, panela, artículos perecederos y no perecederos de alimentación, productos para el hogar, comida rápida, desayunos, licores nacionales e importados, venta de semillas, semilleros, productos de limpieza, y demás servicios de licito comercio relacionados con el ramo, QUINTO: Soy el único propietario del activo, y a la vez el único responsable de las obligaciones que se pueden derivar de su funcionamiento. SEXTO: La Duración de la indicada Firma Personal, será de SETENTA (70) AÑOS, contados a partir de la inscripción del presente instrumento ante el Registro Mercantil correspondiente, la cual podre liquidar de acuerdo a la conformidad de la ley. SÉPTIMO: YO, MARÍA ANGELICA RIVAS ROJO, DECLARO BAJO JURAMENTO, Que el capital, bienes, haberes, valores o títulos jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones hecho lícitos, a su vez, los fondos de este acto, tendrán un destino licito. En virtud de lo anterior solicito de usted, se sirva devolverme una copia certificada del mismo a los fines legales consiguientes. Es justicia que espero de usted en la Ciudad de Valera a la fecha de su presentación. Firma Ilegible.
porte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de alimentos aptos para el consumo humano, víveres, hortalizas, frutas frescas, empacadas y/o congeladas, legumbres, granos, semillas, productos de charcutería en sus diferentes presentaciones, embutidos, carnes, pescados, pollo, productos y derivados lácteos, así como sus diferentes compuestos, tales como quesos de diferentes tipos y presentaciones, crema de leche, nata, suero, mantequilla, bebidas lácteas, leche, entre otros. 6. La comercialización de agua mineral en envases de distintas presentaciones, hielo, bebidas no alcohólicas, naturales pasteurizadas, y/o procesadas, así como los subproductos originados de dichos procesos. 7.- La comercialización, distribución, transporte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de productos desechables, plásticos, cartón, bolsas, envases, empaques. 8.- La comercialización, distribución, transporte, importación y exportación, tanto al mayor como al detal de artículos y productos para la limpieza del hogar, cosméticos, artículos de higiene personal y en general podrá dedicarse a cualquier otra actividad o negocio de lícito comercio relacionado con el objeto principal. TERCERA: DE LA DURACION: La duración de la Compañía será de CUARENTA (40) años, contados a partir de la fecha de registro de la presente acta; sin embargo, podrá ser disuelta y liquidada antes del término o prorrogarse por términos iguales menores o mayores, previo acuerdo de la Asamblea General de Accionistas y el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes. La Compañía se disolverá por las razones que la Asamblea General de Accionistas resuelva y además por las razones que establece el artículo 340 del Código de Comercio. CUARTA: DEL CAPITAL: El Capital Social de la Compañía es de CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), divididos en CINCO MIL (5.000) acciones nominativas de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00) cada una, que representan a sus propietarios iguales derechos y obligaciones en la compañía. QUINTA: El Capital Social ha sido suscrito y totalmente pagado de la siguiente manera: La Accionista LEIDA JOHANNA FLOREZ DE GARCIA, suscribe y paga DOS MIL QUINIENTAS (2.500) ACCIONES por la cantidad de CINCUENTA MILLONES BOLIVARES (BS. 50.000.000,00); y la socia LEINY YOSDEY FLOREZ VALERO, suscribe y paga DOS MIL QUINIENTAS (2.500) ACCIONES por la cantidad de CINCUENTA MILLONES BOLÍVARES (BS. 50.000.000,00) que representa el 100% del capital social. El referido capital ha sido pagado por los socios, según se puede evidenciar en el Balance que se acompaña al presente documento. En caso de copropiedad por cualquier causa, los interesados deberán hacerse representar en la compañía por una sola persona, conforme lo dispone el artículo 299 del Código de Comercio. SEXTA: DECLARACIÓN DE CAPITALES: Nosotros, LEIDA JOHANNA FLOREZ DE GARCIA y LEINY YOSDEY FLOREZ VALERO, suficientemente Identificados anteriormente, por medio de la presente DECLARAMOS BAJO JURAMENTO, Que los capitales, bienes, haberes valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino lícito. SÉPTIMA: DE LAS ACCIONES: Las acciones de la compañía son indivisibles, cada una de ellas representa (1) voto en la Asamblea General de Accionistas. En caso de que uno de los socios decidiere vender sus acciones, únicamente deberán ser adquiridas por el otro socio, teniendo así de manera exclusiva el derecho de preferencia en la adquisición de las mismas. OCTAVA: DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración y dirección de la Compañía estará a cargo de una Junta Directiva conformada por La dirección de la compañía estará a cargo de una Junta Directiva conformada por un Presidente y un Vicepresidente, el cual podrá o no ser accionista de la compañía y durarán Diez (10) años en sus funciones; debiendo los socios depositar en la caja social, de conformidad con el Artículo 244 del Código de Comercio, Una (01) acción, cada uno, las cuales quedarán afectadas en su totalidad para garantizar todos los actos de gestión de los mismos, aun los exclusivamente personales a cada uno de ellos y los administradores no accionistas deberán depositar el equivalente en efectivo a una (01) acción para tal fin. El Presidente y Vicepresidente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, tendrán la representación plena de la compañía y en consecuencia, podrán conjunta o separadamente convocar a reuniones, a la Asamblea General de Accionistas y a la Junta Directiva, deberá cumplir y hacer cumplir, las decisiones de la Asamblea General de Accionistas y disponer de la forma más amplia de los bienes que conforman el patrimonio de la Compañía, pudiendo en consecuencia, vender, permutar, grabar toda clase de bienes, constituir factores mercantiles, otorgar poderes y revocarlos, obligar a la compañía en todos los documentos, cheques, letras de cambio, pagares, contratos, cartas de crédito y en general, cualquier otro documento que concierne a la compañía; abrir y movilizar cualquier tipo de cuenta bancaria, movi-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO, Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 1-A RMPET. Número: 12 del año 2020, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: INVERSIONES BARRETO- BASTIDAS, C.A Número de expediente: 454-38892 CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL DEL ESTADO TRUJILLO.SU DESPACHO.Yo, JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.789.948, domiciliada en la parroquia Jalisco, Municipio Motatan del Estado Trujillo, autorizada por la Sociedad Mercantil denominará INVERSIONES BARRETO-BASTIDAS, ante usted acudo respetuosamente para presentarle el documento constitutivo que ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva de Estatutos Sociales, y en consecuencia solicito, una vez cumplidas las formalidades de ley acuerde su Registro, Fijación y posterior Publicación, así mismo pido se me expidan dos (2) copias certificadas de la presente y sus anexos a los fines legales pertinentes. JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL Firmas Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 7 de Enero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado ROLANDO JOSE BRICEÑO AZUAJE IPSA N.: 112504, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 12, TOMO -1-A RMPET. Derechos pagados BS: 552.400,00 Según Planilla RM No. 45400188834, Banco No. 513340 Por BS: 500.000,03. La identificación se efectuó así: JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, C.I: V-20.789.948. Abogado Revisor: ANA BEATRIZ ABREU LOBO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: INVERSIONES BARRETO- BASTIDAS, C.A Número de expediente: 454-38892 Nosotros, JESUS ENRIQUE BARRETO GUEDEZ Y JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, venezolanos, mayores de edad, solteros, Titulares de las Cédulas de Identidad N° 23.778.553 Y 20.789.948 respectivamente, y domiciliados en la parroquia Jalisco, Municipio Motatan del Estado Trujillo, declaramos: Hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos, una sociedad Mercantil bajo la figura de Compañía Anónima, la cual se regirá por la presente Acta Constitutiva que ha sido redactada con suficiente amplitud para que a su vez sirva de Estatutos Sociales, según las cláusulas que a continuación se especifican:
lizar depósitos bancarios, nombrar apoderados judiciales, señalándoles sus atribuciones y revocarlos, representar la compañía ante organismos públicos o privados e ilimitadamente, todas las facultades necesarias para el adecuado desenvolvimiento de los negocios de la compañía. NOVENA: DEL COMISARIO: La compañía tendrá un Comisario, quien ejercerá las funciones propias de su cargo, será elegido por la Asamblea General de Accionistas y durará cinco (05) años en sus funciones, pudiendo ser reelegido, previa aceptación por escrito. DÉCIMA: La contabilidad de la sociedad se llevara conforme la ley, el Comisario cuidara de que ella se adapte a las normas establecidas para ello en la Legislación Venezolana. DÉCIMA PRIMERA: DEL EJERCICIO ECONÓMICO: El ejercicio económico de la compañía comenzará el primero (01) de Enero de cada año y culminará el treinta y uno (31) de Diciembre del mismo año, excepto el primer ejercicio económico, que comenzará a partir de la fecha de registro del presente documento y culminara el treinta y uno (31) de Diciembre del mismo año. Cada año, el treinta y uno (31) de Diciembre, se cortará las cuentes y se formulará el Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas. De las utilidades, liquidas de la sociedad, se efectuaran los aportes necesarios para formar el fondo de reserva, hasta alcanzar el Diez por ciento (10%) del capital social, tal como lo establece el artículo 262 del código de comercio. DECIMA SEGUNDA: DE LAS PROHIBICIONES: Se prohíbe estrictamente a la compañía dar fianzas, cualesquiera que estas fueren a personas naturales o jurídicas, salvo cuando se trate de un bien común de la compañía o de los accionistas de la misma. DECIMA TERCERA: DE LAS ASAMBLEAS: La Asamblea General de Accionistas legalmente constituida, representa a la totalidad de los accionistas, las deliberaciones que emerjan de su seno, son de carácter oblígatorio para todos los socios, aun los que no hayan concurrido a ellas. Las Asambleas Generales de Accionistas son Ordinarias o Extraordinarias. Las Ordinarias se celebrarán anualmente en cualquier día de la segunda quincena del mes de Febrero y las Extraordinarias cuando convenga a los intereses de la compañía, o cuando sea solicitada por un número de accionistas que representen por lo menos, el ochenta por ciento (80%) del capital social de la compañía. Las convocatorias a las Asambleas sean estas Ordinarias o Extraordinarias serán realizadas por la Junta Directiva de la compañía, con cinco (05) días de anticipación por lo menos, indicando el día, hora, objeto, sede y lugar donde se celebrara la asamblea, por un periódico de mayor circulación y por convocatoria personal privada, mediante carta certificada, telegrama, telefax, publicación de Internet en la página web de la sociedad, en redes sociales o cualesquiera otras formas de remisión de mensajes, a su vez, debe constar el envío de dicho instrumento; ambas modalidades de Convocatoria se establecen de forma obligatoria y concurrente ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las asambleas sin embargo, la formalidad de Publicación de la convocatoria por la prensa y la convocatoria personal privada, no serán necesarias si la totalidad del capital social se encuentra presente o representado en la reunión. Las deliberaciones serán válidas con el voto aprobatorio de por lo menos el ochenta por ciento (80%) del capital social. DECIMA CUARTA: En lo referente a la validez de la Asamblea Generales de Accionistas y a la convocatoria de las mismas, se observará todo lo que al respecto dispone la normativa del Código de Comercio. DÉCIMA QUINTA: En todo lo no previsto en el presente documento, la compañía se regirá por las disposiciones que contenga el Código de Comercio sobre la materia. DÉCIMA SEXTA: DE LOS NOMBRAMIENTOS: En esta Asamblea ha quedado aprobada por unanimidad la presente Acta Constitutiva, así como los aportes efectuados por los socios y han sido designado para el primer periodo estatutario: como PRESIDENTE: a la accionista LEIDA JOHANNA FLOREZ DE GARCIA, ampliamente identificada, quien de conformidad Suscribe la presente Acta Constitutiva. De esta manera, la presidente con lo pautado en la cláusula séptima de esta acta, deposita una (01) acción en la caja social de la compañía. Se designó también como Comisario Principal al Licenciado en Contaduría Pública RUBÉN DARIO PEÑALOZA VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V.- 9.172.460, inscrito ante el Colegio de Contadores del Estado Trujillo, bajo el C.P.C. N° 15.021, domiciliado en la ciudad de Valera, Estado Trujillo. La Asamblea autoriza a la ciudadana RUTH ELISA MOLINA RANGEL, ampliamente identificada, para gestionar la Inscripción de la compañía y firmar en el Registro Mercantil, así como para cumplir los demás tramites de Ley. En Valera a la fecha de su presentación. LEIDA JOHANNA FLOREZ DE GARCÍA V- 15.988.249 LEINY YOSDEY FLOREZ VALERO V- 19.777.679 Firmas Ilegibles.
CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN PRIMERA: La Compañía se denominará INVERSIONES BARRETO-BASTIDAS, C.A. SEGUNDA: El domicilio estará ubicado en la avenida principal, vía agua viva, casa sin número, sector campo lindo, Municipio Motatan del Estado Trujillo pudiendo establecer Sucursales en otras Ciudades del Territorio Nacional, previo cumplimiento de las disposiciones reglamentarias. TERCERA: El objeto de la Compañía será, Compra-Venta al mayor y al detal, distribución, importación, exportación, venta en comisión, empacamiento en su forma natural y procesada de alimentos de consumo masivo, carnes nacionales e importadas en todos sus cortes y presentaciones, pescados y productos del mar, beneficios de animales como pollo, carnes rojas y cerdo, quesos, cremas, charcutería, lácteos, embutidos y sus derivados, importación y exportación de cereales como maíz, sorgo, trigo frutas y hortalizas, licores, detergentes y productos para el aseo del hogar, venta de alimentos para animales, transporte refrigerado, llenado de embaces de Agua Mineral, comidas servidas, postres, chimo, bebidas frías y calientes y cualquier actividad de licito comercio relacionado con su objeto principal. CUARTA: La duración de la Compañía será de CINCUENTA (50) años, contados a partir de su inscripción en el Registro de Comercio, con prorrogas o disminución del lapso, cuando así lo decida la Asamblea General de Accionistas. CAPITULO II CAPITAL Y ACCIONES QUINTA: El capital social de la Compañía es la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000) representadas en CINCUENTA (50) Acciones, con un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000) cada una, nominativas, no convertibles al portador y confieren a sus tenedores iguales derechos y obligaciones. Dicho capital ha sido suscrito y pagado íntegramente por sus socios de la siguiente manera: JESUS ENRIQUE BARRETO GUEDEZ, ha suscrito y pagado VEINTICINCO (25) Acciones con un valor nominal de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,oo) cada una, lo cual representa la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 25.000.000); la socia JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, ha suscrito y pagado VEINTICINCO (25) Acciones con un valor nominal de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,oo) cada una, lo cual representa la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 25.000.000). Nosotros, JESUS ENRIQUE BARRETO GUEDEZ Y JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, declaráramos bajo juramento, que los capitales, bienes, haberes valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez declaramos que los fondos producto de este acto tendrán un destino licito SEXTA: Cada acción confiere a su titular derechos de propiedad sobre el activo social y sobre las utilidades en proporción al número de acciones admitidas y de conformidad con lo dispuesto en estos Estatutos. SÉPTIMA: La propiedad de las acciones se comprueba mediante el simple traspaso en el Libro de Accionistas. CAPITULO III DE LA ADMINISTRACIÓN OCTAVA: La Administración de la Compañía estarán a cargo de Un (a) Presidente, y vicepresidente, las cuales tendrán facultades de dirección y disposición sobre los bienes de la Compañía. NOVENA: El Presidente, vicepresidente, podrán actuar conjuntamente o por separados, con firmas indistintas, quedan plenamente facultados para representar a la Compañía en todos los asuntos o negocios, en juicios o fuera de ellos, ejercer la más amplia vigilancia y control de los negocios de la empresa, y los mismos podrán nombrar apoderados, gerentes o factores mercantiles, y revocarlos, convenir, transigir, desistir, darse por citado o notificado en nombre de la Compañía, comprar, permutar, arrendar bienes muebles e inmuebles, solicitar y tramitar créditos y financiamientos, librar, aceptar, endosar, cobrar y avalar cheques, pagares, abrir cuentas bancarias o cualquier otro efecto de comercio, participar en licitaciones nacionales e internacionales. El Presidente, vicepresi-
www.diariodelosandes.com
13
dente, pueden igualmente ejecutar todos los actos de administración y de disposición que fueren necesarios para la buena marcha de los negocios y el cumplimiento del objeto legal de la Compañía. DECIMA: La Junta Directiva durará DIEZ (10) años en el ejercicio de sus funciones, prorrogables por periodos iguales, si al vencimiento del mismo la Asamblea Ordinaria no hubiere elegido otros miembros o nada hubiere decidido al respecto. DECIMA PRIMERA: La Compañía tendrá un Comisario que cumplirá sus funciones de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio, el cual durara en sus funciones un (01) año. CAPITULO IV DE LAS ASAMBLEAS DECIMA SEGUNDA: La máxima autoridad de la Compañía la ejercerá la Asamblea General de Accionistas, siendo Ordinarias y Extraordinarias, las Ordinarias se celebraran cualquier día hábil dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio económico y quedará válidamente constituida con la presencia del Setenta y Cinco por ciento (75%) del Capital Social, previa convocatoria pública o privada a todos los socios. Las Extraordinarias se realizaran cada vez que lo requiera la compañía con convocatoria. DECIMA TERCERA: Son atribuciones de la Asamblea Ordinaria: a) Conocer, discutir, aprobar o rechazar el informe anual de la gestión administrativa que deberá presentar la junta directiva, previo el informe que deberá entregar el comisario; b) Designar los miembros de la Junta Directiva y al comisario; c) Resolver los asuntos que mediante convocatoria le sea sometidos a su consideración y; d) Cualquier otro asunto que la Ley le asigne. DECIMA CUARTA: El primer ejercicio económico de la Compañía se iniciará a partir de la inscripción en el Registro de Comercio y terminará el 31 de Diciembre del mismo año, los demás ejercicios económicos se iniciarán el 1° de Enero, y finalizará el 31 de Diciembre del año respectivo. DECIMA QUINTA: De los beneficios líquidos de la Compañía se separará anualmente un cinco por ciento (5%) para constituir el fondo de reserva el cual se irá acumulando hasta alcanzar el Diez por ciento (10%) del Capital Social; el remanente se distribuirá de acuerdo a la proporción de acciones de las cuales sean propietarios los accionistas. DECIMA SEXTA: Los socios de acuerdo a lo previsto en el artículo 244 del Código de Comercio, depositaran en la caja social de la Compañía la cantidad de cinco (5) acciones cada uno o el equivalente, a objeto de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. CAPITULO V DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DECIMA SÉPTIMA: En caso de disolución y consiguiente liquidación de la Compañía, la misma se llevara a efecto por intermedio de un único liquidador, el cuál será designado por la mayoría porcentual de accionistas, convocada al efecto. A este liquidador se le señalará sus atribuciones en la misma Asamblea, el cuál será designado por la mayoría porcentual de accionistas, convocada al efecto. CAPITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DECIMA OCTAVA: Para el primer periodo estatutario de Diez (10) años se designa como Presidente la Accionista JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, vicepresidente: JESUS ENRIQUE BARRETO GUEDEZ, Se designa por un periodo de un (1) año, como Comisario a la ciudadana YOLIMAR BARRIOS DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°16.266.311, Licenciada en Contaduría Pública, de este domicilio, inscrita en el Colegio de Contadores bajo el N° 19-66329. DECIMA NOVENA: Se autoriza a la ciudadana JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, para que realice todas las gestiones pertinentes y necesarias para el Registro de la presente acta ante el Registro Mercantil Firmas Ilegibles. MUNICIPIO VALERA, 7 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS.) JANETH DEL VALLE BASTIDAS ANGEL, Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO. : 454.2019.4.4096 Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo.
14
Semanario los andes
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS, Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 31-A RMPET. Número: 11 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: FRIGORIFICO OB, C.A Número de Expediente: 77 CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. SU DESPACHO.Yo, Noris Marleni Azacon de Barroeta, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.802.441 y Rif: V-09802441-3, domiciliada en la Ciudad de Trujillo Municipio Trujillo del estado Trujillo y civilmente hábil, debidamente autorizada en Acta de Asamblea extraordinaria de la empresa Frigorífico OB, C.A; empresa debidamente registrada ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, en fecha 16 de Febrero del año 2.004, anotada bajo el N° 77, Tomo 1-A, con N° de Rif: J-31139902-0, empresa domiciliada en la Av. Mendoza Casa N° G-3, N° 1, Sector Santa Rosa, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, ante usted con el debido respeto ocurro para exponer: Pido se ordene insertar en el expediente mencionado el Acta de Asamblea Extraordinaria, celebrada el Veinte (20) de Junio del año 2.019, donde se trataron los Siguientes puntos: PRIMERO: Reconversión Monetaria. SEGUNDO: Aumento del Capital Social de la Compañía. TERCERO. Modificar el Valor Accionario y la Cantidad de Acciones. CUARTO: Ratificación de la Junta Directiva. QUINTO: Ratificación del Comisario. SEXTO Creación de Sucursal. SÉPTIMO: Modificación de la Cláusula Octava del Documento Constitutivo. Ruego a usted Ciudadano Registrador, que previo cumplimiento de los trámites legales, se me expida copia certificada de la misma a los fines legales consiguientes. En la Ciudad de Valera, a la fecha de su presentación.Firma Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 208° y 160° Municipio Valera, 26 de Agosto del Año 2019 Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado JUAN CARLOS ROJAS LUJANO IPSA N.: 167122, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 11, TOMO -31-A RMPET. Derechos pagados BS: 151.200,00 Según Planilla RM No. 45400182999, Banco No. 163872 Por BS: 50.000,05. La identificación se efectuó así: NORIS MARLENI AZACON DE BARROETA, C.I: V-9.802.441. Abogado Revisor: EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo. Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS ESTA PÁGINA PERTENECE A: FRIGORIFICO OB, C.A Número de Expediente: 77 Acta de Asamblea: En el día de hoy Veinte (20) de Junio del año Dos Mil Diecinueve (2.019), siendo las 8:00 a.m. de la mañana, se reunieron en la sede ubicada en la Av. Mendoza Casa N° G-3, N° 1, Sector Santa Rosa, Municipio Trujillo del Estado Trujillo de la empresa Frigorífico OB, C.A; empresa debidamente registrada ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, en fecha 16 de Febrero del año 2.004, anotada bajo el N° 77, Tomo 1A, con N° de Rif: J-31139902-0; los Ciudadanos: Odilio Ramón Barroeta y Noris Marleni Azacon de Barroeta, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.724.910 y V-9.802.441, con N° de Rif: V- 08724910-3 y V-098024413, respectivamente, y civilmente hábiles; actuando en su carácter de Presidente y Vicepresidente, de dicha Compañía, a fin de celebrar una Asamblea Extraordinaria, sin necesidad de convocatoria, por encontrarse presente el cien por cien (100 %) del Capital Social de la empresa por lo que se declara válidamente constituida a fin de tratar los siguientes puntos: PRIMERO: Reconversión Monetaria. SEGUNDO: Aumento del Capital Social de la compañía. TERCERO. Modificar el Valor Accionario y la Cantidad de Acciones. CUARTO: Ratificación de la Junta Directiva. QUINTO: Ratificación del Comisario. SEXTO:
Creación de Sucursal. SÉPTIMO: Modificación de la Cláusula Octava del Documento Constitutivo. Seguidamente se procedió a la discusión del PRIMER punto del orden del día respecto a la necesidad de realizar la Reconversión Monetaria del Capital Social de la empresa y adecuarlo todo de acuerdo a la disposición decretada a partir del 20 de Agosto del año 2018, por el Ejecutivo Nacional y publicado en Gaceta Oficial N° 41.446, según Decreto N° 3.548, por lo que se procede a dicha reconversión de la manera siguiente: El capital social de la compañía era de Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,00), dividido en Cinco Mil (5.000) acciones nominativas con un valor nominal de Diez bolívares (Bs. 10,00) cada una, dichas acciones fueron suscritas y pagadas de la forma siguiente: El accionista Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Diez bolívares (Bs. 10,00) cada una, para, un total de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00), la accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Diez bolívares (Bs. 10,00) cada una, para un total de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00) cada una, para un total de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00); el cual a partir de la disposición legal establecida por el Ejecutivo nacional, queda reconvertido así: El Capital Social de la Compañía es por la cantidad de Cero Bolívar con Cinco Centésimas (Bs. 0,50), divididos en Diez Mil (10.000) Acciones Nominativas, con un valor de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, el cual ha sido íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: El accionista Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, para un total de Cero Bolívar con Veinticinco Centésimas (Bs. 0,25) y la accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, para un total de Cero Bolívar con Veinticinco Centésimas (Bs. 0,25); como consecuencia de esta disposición se modifica la Cláusula Cuarta Del Documento constitutivo adecuándola a los términos de la reconversión monetaria vigente en el país a partir del 20 de Agosto de 2018, de la siguiente manera: Cláusula Cuarta: El Capital Social de la Compañía es por la cantidad de Cero Bolívar con Cinco Centésimas (Bs. 0,50), divididos en Diez Mil (10.000) Acciones Nominativas, con un valor de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, el cual ha sido íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: El accionista Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, para un total de Cero Bolívar con Veinticinco Centésimas (Bs. 0,25) y la accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Dos Mil Quinientas (2.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una, para un total de Cero Bolívar con Veinticinco Centésimas (Bs. 0,25). El referido capital ha sido íntegramente suscrito y pagado en su totalidad tal como se evidencia en Balance e Inventario anexo; y nosotros: Odilio Ramón Barroeta y Noris Marleni Azacon de Barroeta; ya identificados; Declaramos bajo juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito; punto este que se aprueba por unanimidad. Acto seguido se paso a tratar y deliberar sobre el SEGUNDO punto del orden del día concerniente al Aumento de Capital de la compañía en la cantidad de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve con Cincuenta Centésimas (Bs. 4.999.999,50); para así llevarlo a la cantidad de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), mediante la emisión de Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve Millones Novecientos Noventa y Cinco mil (49.999.995.000) Acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), éste capital lo pagan los accionista de la siguiente manera: Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Quinientos (Bs. 24.999.997.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), para un total de Dos Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve con Setenta y Cinco Centésimas (Bs.2.499.999,75) y la Accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Quinientos (Bs. 24.999.997.500) acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), para un total de Dos Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve con Setenta y Cinco Centésimas (Bs.2.499.999,75); este Capital ha sido pagado con Equipo de Trabajo según Balance que se anexa, como consecuencia de este Aumento se hace necesario modificar la Clausula Cuarta del documento constitutivo de la siguiente manera: Cláusula Cuarta: El capital es por la cantidad de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), dividido en Cincuenta Mil Millones (50.000.000.000) de acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), suscrito y pagado íntegramente por los accionista la siguiente manera: Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Veinticinco Mil Millones (25.000.000.000) de acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), para un total de Dos Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs.2.500.000,00); la accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Veinticinco Mil Millones (25.000.000.000) de acciones a razón de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001), para un total de Dos Millones Quinientos Mil Bolívares
(Bs.2.500.000,00); punto este que se aprueba por unanimidad y Nosotros: Odilio Ramón Barroeta y Noris Marleni Azacon de Barroeta, ya identificados: Declaramos bajo juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito. Acto seguido se paso a tratar y deliberar sobre el TERCER punto del orden del día respecto a la necesidad de Modificar la Cantidad y el Valor Nominal de las Acciones, por lo que el accionista Odilio Ramón Barroeta, toma la palabra y manifiesta que actualmente el capital de la compañía está representado en Cincuenta Mil Millones (50.000.000.000) de Acciones con un valor de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada una por lo que decide reducirlas a la cantidad de Quinientas (500) Acciones, modificando su valor nominal de Cero Bolívar con Una Diezmilésima (Bs. 0,0001) cada a la cantidad de Diez Mil Bolívares (Bs. 10.000,00) cada una, es decir mediante un incremento en su valor nominal de Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve Bolívares con Noventa y Nueve Centésimas (Bs. 9.999,99) cada una; razón por la cual se hace necesario modificar Cláusula Cuarta, de la siguiente manera: Cláusula Cuarta El Capital de la Compañía es de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00) dividido en Quinientas (500) Acciones nominativas a razón de Diez Mil bolívares (Bs. 10.000,00); cada una; el cual ha sido íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: Odilio Ramón Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Doscientas Cincuenta (250) acciones a razón de Diez Mil bolívares (Bs. 10.000,00) cada una, para un total de Dos Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 2.500.000,00) y la accionista Noris Marleni Azacon de Barroeta, ha suscrito y pagado la cantidad de Doscientas Cincuenta (250) acciones a razón de Diez Mil bolívares (Bs. 10.000,00) cada una, para un total de Dos Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 2.500.000,00). El referido capital ha sido íntegramente suscrito y pagado en su totalidad tal como se evidencia en Balance e Inventario anexo; punto este que es aprobado por unanimidad. A continuación se procedió a la discusión y aprobación del CUARTO punto del orden del día respecto a la Ratificación de la Junta Directiva, por lo que se aprueba por unanimidad su Ratificación para este próximo periodo, la cual queda conformada de la siguiente manera: Presidente: Odilio Ramón Barroeta y como Vicepresidente: Noris Marleni Azacon de Barroeta, por Diez (10) años contados a partir del registro de la presente acta por ante el Registro Mercantil competente. A continuación se procedió a la discusión y aprobación del QUINTO punto del orden del día respecto a la Ratificación del Comisario por Tres (03) años, en la persona de Marisela del Carmen Segovia, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-5.769.330 y Nº de Rif: V-05769330-0, Lic. En Administración, e inscrita en el Colegio de Administradores del Estado Trujillo bajo el N° L.A.C-19-29.165, y con domicilio en la Ciudad de Trujillo, y civilmente hábil punto este que se aprueba por unanimidad. Seguidamente se paso a tratar y deliberar sobre el SEXTO punto respecto a la Creación de Sucursal, por lo que el accionista Odilio Ramón Barroeta, toma la palabra y manifiesta que es necesario expandir las actividades operativas de la empresa y para ello se hace necesario crear una Sucursal de la empresa la cual estará ubicada en la siguiente dirección: Av. 03, Local N° 08, Urb. José Félix Rivas, Sector 03, Caña de Azúcar, Municipio Mario Briceño Iragory Estado Aragua, como consecuencia de esta decisión se hace necesario modificar la Cláusula Segunda del documento Constitutivo de la siguiente manera: Cláusula Segunda: La compañía tendrá su domicilio en la Av. Mendoza Casa N° G-3, N° 1, Sector Santa Rosa, Municipio Trujillo del Estado Trujillo; con Sucursal en: Av. 03, Local Nº 08, Urb. José Félix Rivas, Sector 03, Caña de Azúcar, Municipio Mario Briceño Iragory Estado Aragua, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier parte del País o del Exterior punto este que se aprueba por unanimidad. Finalmente se paso a tratar y deliberar sobre el SÉPTIMO respecto a la modificación de la Cláusula Octava del Documento Constitutivo, punto que se aprueba por unanimidad quedando redactada de la siguiente manera: Cláusula Octava: Para este próximo periodo se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Odilio Ramón Barroeta, Vicepresidente: Noris Marleni Azacon de Barroeta, para el cargo de Comisario se ratifica a Marisela del Carmen Segovia, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-5.769.330 y N° de Rif: V-05769330-0, con domicilio en la Ciudad de Trujillo, Lic. En Administración, e inscrita en el Colegio de Administradores del Estado Trujillo bajo el N° L.A.C-19-29.165, quienes tomaron posesión de sus cargos. Se autoriza a la accionista: Noris Marleni Azacon de Barroeta, ya identificada, para realizar los trámites legales pertinentes ante el Registro Mercantil Competente. No habiendo más nada que tratar se levantó la sesión, previa lectura de la presente Acta en señal de conformidad. Odilio Ramón Barroeta (fdo). Noris Marleni Azacon de Barroeta (fdo). Y yo, Odilio Ramón Barroeta, antes identificado en mi condición de Presidente de la compañía certifico que el Acta que antecede es versión exacta de su original, inserta en el correspondiente Libro de Actas que lleva la Empresa. En Trujillo, a la fecha de su respectivo registro.Firmas Ilegibles. MUNICIPIO VALERA, 26 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) NORIS MARLENI AZACON DE BARROETA, Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO. : 454.2019.3.2666 Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO, Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 4-A RMPET. Número: 14 del año 2020, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: NEUMATICOS VALERA, C.A Número de expediente: 454-35286 CIUDADANA REGISTRADORA MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO.SU DESPACHO. Quien suscribe, LUIS GERARDO MUJICA TERAN, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V.-15.752.827, soltero, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 117.475, domiciliado en la ciudad de Valera, municipio Valera, estado Trujillo, suficientemente autorizado para este acto por la asamblea extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil NEUMÁTICOS VALERA, C.A. Rif: J412563777, con domicilio principal en el local N° 7 del Centro Comercial Las Mercedes, Nivel Planta Baja, Sector El Bolo, Avenida 9, Parroquia Mercedes Díaz, municipio Valera, estado Trujillo, e Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Trujillo, en fecha 22 de marzo de 2019, bajo el N° 58, Tomo 10-A, expediente N° 454-35286, ocurro respetuosamente para exponer: Presento para que sea registrada y agregada al expediente de la Compañía, ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, realizada en fecha 10 de febrero de 2020, en la cual se sometió a consideración el siguiente punto: ÚNICO PUNTO: apertura de una sucursal de la compañía y modificación de la cláusula tercera de los estatutos. Ciudadana Registradora, sírvase ordenar que sea inscrita, agregada y publicada en el Registro Mercantil que usted preside. Igualmente solicito se expida una copia certificada de la participación, del acta respectiva, los anexos, y del auto respectivo, a los fines de
su publicación. Valera, a la fecha de su presentación. El solicitante Firma ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 11 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LUIS GERARDO MUJICA TERAN IPSA N.: 117475, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 14, TOMO -4-A RMPET. Derechos pagados BS: 211.600,00 Según Planilla RM No. 45400191820, Banco No. 192501 Por BS: 0,05. La identificación se efectuó así: LUIS GERARDO MUJICA TERAN, C.I: V-15.752.827. Abogado Revisor: EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: NEUMATICOS VALERA, C.A Número de expediente: 454-35286 ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA EMPRESA NEUMÁTICOS VALERA, C.A. Rif: J412563777: En la ciudad de Valera, hoy diez (10) de febrero de 2020, siendo las nueve de la mañana (9:00 am), presente en la sede de la sociedad mercantil NEUMÁTICOS VALERA, C.A. Rif: J412563777, con domicilio principal en el local N° 7 del Centro Comercial Las Mercedes, Nivel Planta Baja, Sector El Bolo, Avenida 9, Parroquia Mercedes Díaz, municipio Valera, estado Trujillo, e Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Trujillo, en fecha 22 de marzo de 2019, bajo el N° 58, Tomo 10-A, expediente N° 454-35286, los socios JUAN CARLOS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.897.614, domiciliado en el municipio Valera, estado Trujillo, y RONAL JOSÉ ESCALONA UTRILLA, venezolano, mayor
de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.376.458, domiciliado en el municipio Valera, estado Trujillo, quienes representa el 100% del capital accionario de la empresa, por tal motivo no se realizó convocatoria pública por cuanto ya se encuentra informado con antelación del objeto de la presente reunión, se abrió el acto y se constituyó en asamblea general extraordinaria de socios con los fines de tratar la siguiente agenda en su orden: ÚNICO PUNTO: apertura de una sucursal de la compañía y modificación de la CLÁUSULA TERCERA de los estatutos. Se inicia así el debate y se trata el ÚNICO PUNTO del orden del día y pide la palabra el socio JUAN CARLOS HERNÁNDEZ, en su carácter de Presidente de la empresa y manifiesta que en vista del crecimiento de la compañía es necesario ampliar su ámbito de comercialización y por lo tanto es conveniente abrir una Sucursal, en tal sentido se aprueba dicho punto y se resuelve abrir una sucursal de la empresa en la siguiente dirección: Calle 5, entre Avenida Bolívar y Avenida 9, Edificio Reali, Planta Baja, Local 4, sector La Plata, Parroquia Mercedes Díaz, municipio Valera, estado Trujillo, en tal sentido se acuerda resolver lo necesario para su apertura, acto seguido se procede a modificar la cláusula tercera de los estatutos la cual quedo redactada de la siguiente manera: CLAUSULA TERCERA: La compañía tendrá como domicilio el local N° 7 del Centro Comercial Las Mercedes, Nivel Planta Baja, Sector El Bolo, Avenida 9, Parroquia Mercedes Díaz, municipio Valera, estado Trujillo, donde funcionará su sede principal, y su sucursal en la siguiente dirección: Calle 5, entre Avenida Bolívar y Avenida 9, Edificio Reali, Planta Baja, Local 4, sector La Plata, Parroquia Mercedes Díaz, municipio Valera, estado Trujillo, sin perjuicio de establecer en lo sucesivo domicilios especiales, agencias, sucursales, oficinas, representaciones y cualquier otra dependencia relacionada con el objeto social de la compañía, bien sea en el país o en el exterior, cuando sea autorizado por la Junta Directiva.- Habiéndose agotado la agenda del día y no habiendo nada más que tratar se da por terminada la reunión, previa la firma por los presentes de esta acta en señal de conformidad, se autoriza al ciudadano LUIS GERARDO MUJICA TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.15.752.827, soltero, domiciliado en la ciudad de Valera, estado Trujillo, para que cumpla con las formalidades de la presentación, otorgamiento, registro y publicación de esta Acta de acuerdo a la Ley. El socio, JUAN CARLOS HERNÁNDEZ El socio, RONAL JOSÉ ESCALONA UTRILLA Firmas Ilegibles.
www.diariodelosandes.com
Semanario los andes
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
DIARIO DE LOS ANDES ES MAS PERIODICO...
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO, Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 33-A RMPET. Número: 71 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: TORNILLOS ESTRADA TORESCA., C.A Número de expediente: 6 CIUDADANO REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO.SU DESPACHO.Quien suscribe, LUIS GERARDO MUJICA TERAN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V.-15.752.827, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 117.475, domiciliado en la ciudad de Valera, municipio Valera, estado Trujillo, suficientemente autorizado para este acto por la Asamblea extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil TORNILLOS ESTRADA TORESCA, C.A, Rif: J312551976, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Trujillo en fecha veinte (20) de diciembre de 2004, bajo el Nº 6; Tomo 17-A, cuyas modificaciones estatutarias constan debidamente en el respectivo expediente, ocurro respetuosamente para exponer: Presento para que sea registrada y agregada al expediente de la Compañía, ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, realizada en fecha 5 de septiembre de 2019, en la sede de la sociedad mercantil, en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, en la cual se sometieron a consideración los siguientes puntos: PRIMER PUNTOS aprobación de los estados de situación financiera de la compañía correspondiente a los años 2016, 2017 y 2018; y presentación del informe de la comisario. SEGUNDO PUNTO: cambio de domicilio principal de la compañía y modificación de la clausula tercera de los estatutos. TERCER PUNTO: ampliación del objeto social de la empresa y modificación de la clausula segunda de los estatutos. CUARTO PUNTO: actualización de los valores del capital y valor nominal de las acciones de la compañía producto de la Reconversión monetaria. QUINTO PUNTO: aumento del Capital Social de la compañía. SEXTO PUNTO: ajuste del Valor nominal de las acciones de la compañía y modificación de la clausula quinta de los estatutos. Ciudadano Registrador, sírvase ordenar que sea inscrita, agregada y publicada en este Registro Mercantil. Igualmente solicito se me expida una copia certificada de la participación, del acta respectiva, los anexos, y del auto respectivo, a los fines de su publicación. Valera, a la fecha de su presentación. El Solicitante, Abg. Luis Gerardo Mujica Terán Firma Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 4 de Octubre del Año 2019 Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LUIS GERARDO MUJICA TERAN IPSA N.: 117475, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 71, TOMO -33-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.122.000,00 Según Planilla RM No. 45400184271, Banco No. 64847 Por BS: 1.000.000,07. La identificación se efectuó así: LUIS GERARDO MUJICA TERAN, C.I: V-15.752.827. Abogado Revisor: MARÍA ISABEL BRICEÑO MARQUEZ Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: TORNILLOS ESTRADA TORESCA., C.A Número de expediente: 6 ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA EMPRESA TORNILLOS ESTRADA TORESCA. C.A, Rif: J312551976: En el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, hoy 5 de septiembre de 2019, siendo las ocho de la mañana (8:00 am), presentes en la sede de la sociedad mercantil TORNILLOS ESTRADA TORESCA, C.A, Rif: J312551976, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Trujillo en fecha veinte (20) de diciembre de 2004, bajo el N° 6; Tomo 17-A, cuyas modificaciones estatutarias constan debidamente en el respectivo expediente, los socios: LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.313.178, numero de Rif V103131789, soltero, domiciliado en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo; CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V.- 13.262.933, numero de Rif: V132629338, soltera, comerciante, domiciliada en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo y LAURA PATRICIA ESTRADA ARANGUREN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V.- 25.882.558, soltera, numero de Rif: V258825582, domiciliada en el municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, quienes representan el 100% del Capital accionario de la empresa, por tal motivo no se realizó convocatoria pública por cuanto ya se encuentran informados con antelación del objeto de la presente reunión, una vez reunidos, se abrió el acto y nos constituimos en asamblea general extraordinaria de socios con los fines de tratar la siguiente agenda en su PRIMER PUNTO: aprobación de los estados de situación financiera de la compañía correspondiente a los años 2016, 2017 y 2018; y presentación del informe de la comisario. SEGUNDO PUNTO: cambio de domicilio principal de la compañía y modificación de la clausula tercera de los estatutos. TERCER PUNTO: ampliación del objeto social de la empresa y modificación de la clausula segunda de los estatutos. CUARTO PUNTO: actualización de los valores del capital y valor nominal de las acciones de la compañía producto de la Reconversión monetaria. QUINTO PUNTO: aumento del Capital Social de la compañía. SEXTO PUNTO: ajuste del Valor nominal de las acciones de la compañía y modificación de la clausula quinta de los estatutos. Se inicia así el debate y se procede a tratar el PRIMER PUNTO del orden del día y pide la palabra el socio LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, en su carácter de Presidente de la empresa y manifiesta que es conveniente la aprobación de los estados de situación financiera de la compañía correspondiente a los años 2016, 2017, 2018, se procede a considerar el presente punto presentando a la asamblea los balances de situación financiera, los cuales se acompañan a la presente acta, en tal sentido la Comisario de la empresa Licenciada LOURDES MARGARITA BRICEÑO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.267.335, domiciliada en la ciudad de Valera, municipio Valera, estado Trujillo, licenciada en contaduría pública Inscrito en el C.P.C. bajo el N° 96.399, procede a analizar los balances a los fines de su aprobación o desaprobación, y manifiesta la conveniencia de aprobar los ejercicios económicos de los años 2016, 2017, 2018 emitiendo el informe de aprobación; por tal motivo se procede a aprobar por unanimidad el mismo, anexando el balance comproba-
www.diariodelosandes.com
15
torio a la presente acta. Seguidamente se toma en consideración el SEGUNDO PUNTO del orden del día a este respecto toma la palabra el socio LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, en su carácter de Presidente de la empresa quien expuso: por cuanto la empresa ha adquirido un nuevo inmueble se hace necesario trasladar la sede de la compañía hasta dichas instalaciones, por lo tanto es preciso realizar el cambio de domicilio principal de la compañía trasladándolo a la siguiente dirección: vía antiguo aeropuerto, sector colón, Edificio Toresca, municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, manteniéndose su anterior sede ubicada en la avenida principal, Local Galpón Toresca, Nro. S/N, sector mesetas de San Genaro, municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo como depósito de la empresa, en tal sentido se aprueba dicho punto y se procede a modificar la clausula tercera la cual quedo redactada de la siguiente manera: CLAUSULA TERCERA: el domicilio principal de la compañía está ubicado en la vía antiguo aeropuerto, sector colón, Edificio Toresca, municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, y su depósito está ubicado en la avenida principal, Local Galpón Toresca, Nro. S/N, sector mesetas de San Genaro, municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, pudiendo establecer sucursales, oficinas en cualquier parte del territorio nacional y en el exterior del país. Se procede a tratar el TERCER PUNTO del orden concerniente a la ampliación del objeto social de la empresa y se aprueba por unanimidad incorporar a la actividad comercial de la compañía la compra, venta al mayor y detal, importación, exportación, comercialización y transporte de todo tipo de rodamientos, correas y gomas, para el área industrial, comercial, y automotriz. En tal sentido se modifica la clausula segunda de los estatutos quedando redactada de la siguiente manera: CLAUSULA SEGUNDA: la Compañía tendrá por objeto la compra – venta, importación, exportación y distribución al mayor de tornillos en general, ferretería en general, así como la realización de toda clase de obras civiles, inversiones y suministros en todas sus formas, todas las actividades relacionadas con el financiamiento, inversión, compra venta, transporte, distribución nacional e internacional de todo tipo de productos, maquinarias y equipos, y en general, la compra, venta al mayor y detal, importación, exportación, comercialización y transporte de todo tipo de rodamientos, correas y gomas, para el área industrial, comercial, y automotriz, así como cualquier otra actividad de licito comercio que se considere conveniente a los intereses de la empresa. Aprobado dicho punto se procede a tratar el CUARTO PUNTO del orden concerniente a la actualización de los valores del capital y valor nominal de las acciones de la compañía producto de la Reconversión monetaria dictada por el ejecutivo nacional con entrada en vigencia a partir del 20 de agosto de 2018, según decreto N° 3.548, publicado en Gaceta Oficial N° 41.446, de fecha 25 de julio de 2018; y la asamblea acuerda establecer el valor de la acción que antes era de Un Bolívar (Bs.1,00), y luego de la reconversión monetaria queda establecido el valor de la acción de la compañía en cero con cienmilésimas de Bolívar (Bs.0,00001), quedando su capital social expresado en la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00). Aprobado dicho punto se procede a tratar el QUINTO PUNTO del orden del día y toma la palabra el socio LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, en su carácter de Presidente de la empresa quien expuso: en virtud de la continua actividad comercial de la empresa y la variante económica nacional propongo a la asamblea aumentar el capital de la empresa, para llevarlo de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00), a CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.100.000.000,00), capitalizando la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 99.999.400,00), a la cuenta del capital, mediante aporte de inventarío en este acto las socias CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, y LAURA PATRICIA ESTRADA ARANGUREN plenamente identificadas, manifiestan conformidad en la propuesta del aumento de capital, es por ello que se aprueba aumentar el Capital social de la empresa de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) a CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.100.000.000,00), capitalizando la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 99.999.400,00) a la cuenta del capital, mediante aporte de inventario, tal como consta en balance anexo, en tal sentido se emiten NUEVE BILLONES NOVECIENTAS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS CUARENTA MILLONES (9.999.940.000.000) de nuevas acciones de cero con cienmilésimas de Bolívar (Bs.0,00001), cada una no convertibles al portador y se adjudican proporcionalmente a cada socio conforme a su participación accionaria. Seguidamente se procede a tratar el SEXTO PUNTO del orden del día y pide la palabra el socio LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, quien expuso: por cuanto para la presente fecha ha entrado en vigencia el decreto de reconversión monetaria en el país, y para mejor manejo de las cantidades expresadas en los estatutos de la compañía luego del aumento de capital aprobado en el punto anterior propongo realizar un ajuste al valor nominal de las acciones de la compañía para llevarlo así de cero con cienmilésimas de Bolívar (Bs.0,00001), a DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), en tal sentido sé reduce el número de acciones de la compañía de Diez Billones de acciones (10.000.000.000.000) a Diez acciones (10), aprobado dicho punto se ajusta el valor nominal de la acción a DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00) y se reduce el número de acciones; y por cuanto se realizó el aumento de capital se En tal sentido y por cuanto en el tercer punto se realizó el ajuste de la expresión monetaria producto de la reconversión monetaria; en el quinto punto se aprobó el aumento de capital social de la compañía y en este sexto punto el ajuste del valor nominal de las acciones, se hace necesario reformar la CLAUSULA QUINTA de los estatutos quedando redactada de la siguiente manera: CLAUSULA QUINTA: El Capital Social de la empresa es de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00) dividido en diez (10) acciones nominativas, con un valor de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) cada una. Dicho capital ha sido íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la Siguiente manera: El socio, LUÍS BELTRAN ESTRADA MANCILLA, suscribe y paga siete (7) acciones, por un valor nominativo de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) cada una, para un total de SETENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 70.000.000,00), la socia CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO, suscribe y paga dos (2) acciones, con un valor nominativo de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) cada una, para un total de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 20.000.000,00) y la socia LAURA PATRICIA ESTRADA ARANGUREN suscribe y paga una (1) acción, con un valor nominativo de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) cada una, para un total de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), los prenombrados pagos han sido realizados por cada uno de los accionistas según se evidencia en los soportes que se anexan. Y nosotros, LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA; CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO y LAURA PATRICIA ESTRADA ARANGUREN, por medio de la presente DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaro que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito. Discutidos como fueron dichos puntos se acuerda aprobar por unanimidad las disposiciones y reformas establecidas en la presente acta en pleno conocimiento y conformidad de su contenido. Habiéndose discutido la totalidad de los puntos del orden del día y no habiendo nada más que tratar se da por terminada la reunión, previa la firma por los presentes de esta acta en señal de conformidad, se autoriza al ciudadano LUIS GERARDO MUJICA TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.752.827, soltero, abogado en ejercicio, domiciliado en la ciudad de Valera, estado Trujillo, para que cumpla con las formalidades de la Presentación, Otorgamiento, Registro y Publicación de esta Acta, firmando todos los protocolos de acuerdo a la ley. El socio, LUIS BELTRAN ESTRADA MANCILLA La Socia, CLAUDIA BEATRIZ LLANOS BRACHO La Socia, LAURA PATRICIA ESTRADA ARANGUREN Firmas Ilegibles.
16
Semanario los andes
CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO.SU DESPACHO.Yo, WALTHER ISRAEL MORA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, divorciado, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.323.983, domiciliado en el Municipio Valera, Estado Trujillo, y debidamente autorizado por la Asamblea Extraordinaria de Socios de la Empresa: PUB PACO’S C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, Bajo el número 523, Tomo XXXIV, de fecha 05 de Octubre de 1.990, Registro de Información Fiscal RIF J-090323333, ante Usted ocurro para exponer: Pido ordene insertar en el expediente mencionado el Acta de Asamblea Extraordinaria de Socios, de fecha 13 de Abril del año 2.019, de la Empresa: PUB PACO’S C.A donde se trataron diversos puntos, que se detallan en la referida acta. Solicitando al Ciudadano Registrador que se expida la copia certificada de la misma y del auto sobre el cual recaiga a los efectos de la posterior publicación.En Valera, en la fecha de su presentación.WALTHER ISRAEL MORA GARCÍA Firma Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 10 de Febrero del Año 2020 Por presentado el anterior documento por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación. Hágase de conformidad, y ARCHÍVESE original. El anterior documento redactado por el Abogado WALTHER YSRAEL MORA GARCÍA IPSA N.: 60802, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 2, TOMO -4-A RMPET. Derechos pagados BS: 186.800,00 Según Planilla RM No. 45400188819, Banco No. 105046 Por BS 0,33. La identificación se efectuó así: LUZVERY DEL CARMEN PAREDES, FRANK REINALDO MORA GARCÍA, OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES, C.I: V-11.705.425, V-12.041.836, V-14.273.356. Abogado Revisor: ANA BEATRIZ ABREU LOBO Para la presente fecha no se encuentra prohibiciones que pueda afectar al vendedor FRANK REINALDO MORA GARCÍA, Estado Civil SOLTERO NOTA: Para la presente fecha la Empresa se encuentra SOLVENTE según consulta en la página del S.A.R.E.N. hasta la fecha 02/03/2020 según N° Patronal: X28503245. Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. FDO. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: PUB PACO’S, C.A Número de expediente: 523 ACTA DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTA: En el día de hoy 13 de Abril del año 2.019, siendo la 09:00 de la mañana, en la sede de la empresa ubicada en la Avenida Bolívar, con Calle 22 y 23 , Centro Comercial Arichuna, Piso Planta Baja Local Nº 1, Sector Las Acacias, Parroquia Juan Ignacio Montilla. Municipio Valera, Estado Trujillo, día y hora señalados para que se lleve a efecto la asamblea extraordinaria de accionistas de la Empresa: PUB PACO’S,C.A, inscrita originariamente por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Trabajo, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, bajo el número 523, Tomo XXXIV, de fecha 05 de Octubre de 1.990, Registro de Información Fiscal RIF J-090323333, habiéndose renunciado en este mismo acto al previo aviso para la convocatoria conforme a lo previsto en los Estatutos Sociales, por estar representada la totalidad del capital social, se reunieron en la sede de la compañía situada en la ciudad de Valera , Estado Trujillo, los ciudadanos FRANK REINALDO MORA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N°V-12.041.836, domiciliado en el Municipio Valera, Estado Trujillo; y como invitados especiales las ciudadanas LUZVERY DEL CARMEN PAREDES, OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES y IRIS COROMOTO PARRA PAREDES, venezolanas, mayores de edad, solteras, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.705.425, V14.273.356 Y 16.327.023 respectivamente, domiciliadas en el Municipio Valera, Estado Trujillo. Abierta la sesión bajo la dirección del Director Gerente, se puso de manifiesto el orden del día acordado, el cual comprende los siguientes puntos: PRIMERO: Reexpresion y reconversión monetaria en lo referente al capital social de la empresa, y la venta de TRES MILLONES (3.000.000) acciones suscritas y totalmente pagadas por el accionista FRANK REINALDO MORA GARCÍA, y como consecuencia reformar la Cláusula Cuarta y Disposición Transitoria 1era de los Estatutos Sociales de la Compañía. SEGUNDO: Modificación del Capítulo IV. De la Administración Clausula DECIMA TERCERA de los estatutos sociales de la compañía. TERCERO: Renuncia de los señores FRANK REINALDO MORA GARCÍA y SARAY ADRIANA LARES DE MORA, como miembros de la Junta directiva de la empresa PUB PACO’S, C.A; así mismo, las designaciones de las personas que lo van a sustituir. CUARTO Nombramiento de la nueva Junta Directiva y en consecuencia modificación de la Disposición Transitoria 3era de los Estatutos Sociales de la empresa. Sometido a consideración el primer punto y después de la moción debidamente hecha y aprobada, se adoptó la siguiente resolución. AL PRIMER PUNTO: Reexpresión y Reconversión monetaria en lo referente al capital social de la empresa, y la venta de TRES MILLONES (3.000.000) de acciones suscritas y totalmente pagadas por el accionista FRANK REINALDO MORA GARCÍA; y como consecuencia reformar la Clausula Cuarta y Disposición Transitoria 1era de los Estatutos Sociales de la compañía, sometida esta proposición resulto aprobada por unanimidad : De conformidad con el Decreto N° 3.548, de fecha 25 de Julio del año 2.018, publicado en la gaceta Oficial N° 41.446. El capital social de la compañía es de Bolívares TRES MILLONES (Bs 3.00.000,oo) equivalentes a Bolívares TREINTA (Bs.30,oo) representado por TRES MILLONES (3.000.000) de acciones comunes y nominativas no convertibles al portador, de bolívares UNO (Bs.1,oo) equivalente a 0,00001 a CERO BOLÍVARES CON UNA CIEN MILÉSIMA , el socio FRANK REINALDO MORA GARCÍA, suscribe y paga TRES MILLONES (3.000.000) de acciones y paga Bolívares TREINTA
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020 (Bs.30,oo), en este mismo acto, el ciudadano FRANK REINALDO MORA GARCÍA, manifiesta la voluntad de vender la totalidad de las Tres millones (3.000.000) de acciones que tiene suscritas y completamente pagadas en la empresa. Acto seguido, toma la palabra a Invitada especial OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES, manifestando estar interesada en adquirir UN MILLÓN QUINIENTAS MIL (1.500.000) acciones ofertadas por el socio FRANK REINALDO MORA GARCÍA y ofrece por ellas la cantidad de bolívares QUINCE (Bs.15,oo) que representan su valor nominal. El ciudadano FRANK REINALDO MORA GARCÍA, acepta la propuesta y recibe en este mismo acto la cantidad de bolívares QUINCE (Bs.15,oo) en dinero en efectivo y de curso legal. Acto seguido, toma la palabra la invitada especial LUZVERY DEL CARMEN PAREDES, manifestando estar interesada en adquirir UN MILLÓN QUINIENTAS MIL (1.500.000) acciones ofertadas por el socio FRANK REINALDO MORA GARCÍA; ofrece por ellas la cantidad de bolívares QUINCE (Bs.15,oo) que representan su valor nominal. El ciudadano FRANK REINALDO MORA GARCÍA, acepta la propuesta y recibe en este mismo acto la cantidad de bolívares QUINCE (Bs.15,oo) en dinero en efectivo y de curso legal. Sometida a votación esta proposición resulto aprobada por unanimidad. Y de inmediato se procede a reformar la Cláusula Cuarta y Disposición Transitoria 1era de los Estatutos Sociales de la Compañía, la cual quedo redactada de la siguiente manera: CAPITULO II. CAPITAL Y ACCIONES. CUARTA: El Capital social de la compañía es de bolívares TREINTA (Bs.30,oo) dividido y representado en Tres millones (3.000.000) acciones comunes y nominativas no convertibles al portador, de CERO BOLÍVARES CON UNA CIEN MILÉSIMA (Bs. 0,00001) cada una de ellas. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado conforme a lo que se señala en la Disposición Transitoria Nº 1. DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1). El Capital social de la compañía es de bolívares TREINTA (Bs.30,oo) dividido y representado en Tres millones (3.000.000) de acciones comunes y nominativas no convertibles al portador, de CERO BOLÍVARES CON UNA CIEN MILÉSIMA ( Bs. 0,00001) cada una de ellas, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado por el socio OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES, suscribe y paga UN MILLÓN QUINIENTAS MIL (1.500.000) por un valor de Bolívares QUINCE (Bs. 15,oo), y la accionista LUZVERY DEL CARMEN PAREDES, UN MILLÓN QUINIENTAS MIL (1.500.000) acciones por un valor de Bolívares QUINCE (Bs.15,oo) según balance anexo. AL SEGUNDO PUNTO: La ciudadana LUZVERY DEL CARMEN PAREDES, propone crear nuevos cargos en la Junta Directiva debido a la incorporación de nuevos socios. Sometida a votación esta proposición resulto aprobada por unanimidad y de inmediato se procede a reformar la Cláusula DECIMA TERCERA de los Estatutos Sociales de la Compañía, la cual quedó redactada de la siguiente manera: CAPITULO IV. DE LA ADMINISTRACIÓN. DECIMA TERCERA: La Compañía será regida y representada por una Junta Directiva compuesta por un Presidente, un Director Gerente y un administrador, quienes podrán ser o no accionistas. El Presidente el Director Gerente y el Administrador en el ejercicio de sus funciones, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes de la Compañía; y solo podrán actuar conjuntamente. Deciden la compra, venta, enajenación o gravamen de cualquier tipo de bienes, podrán celebrar toda clase de contratos y especialmente contratos de préstamos, activos o pasivos y de cuentas corrientes, firmar, endosar, aceptar, avalar letras de cambio, pagarés y cualesquiera otros efectos de comercio; abrir y movilizar las cuentas bancarias y autorizar a otras personas para la movilización de las mismas; celebrar contratos de trabajo en nombre de la Compañía; disponer de la organización del personal de la Compañía y tomar las decisiones relativas a su funcionamiento; deciden la creación de otros fondos, distintos a la reserva legal y propone a la Asamblea el pago de dividendos. Podrán otorgar poderes generales o especiales, inclusive judiciales, con las más amplias facultades, entre ellas, para darse por citados en nombre de la Compañía, contestar todo tipo de demandas o reclamaciones; convenir, reconvenir, desistir, transigir, someter a árbitros arbitradores o de derecho; hacer posturas en remate, promover todo tipo de pruebas; también podrán encomendar a otros funcionarios de la Compañía o a terceros, determinados asuntos con las facultades que en cada caso determinen. AL TERCER PUNTO. Se acepta por unanimidad la renuncia de los señores FRANK REINALDO MORA GARCÍA Y SARAY ADRIANA LARES DE MORA como miembros principales de la Junta Directiva de la Compañía; y se designan a las ciudadanas LUZVERY DEL CARMEN PAREDES; como presidente OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES; Director Gerente y ADMINISTRADORA: IRIS COROMOTO PARRA PAREDES, ya identificados, quienes estando presentes aceptan los cargos, por el resto del periodo y entran en sus funciones a partir de la presente fecha AL CUARTO PUNTO: Se acuerda modificar la Disposición Transitoria 3era de los Estatutos Sociales de la Compañía. DISPOSICIÓN TRANSITORIA 3ERA NOMBRAMIENTOS: PRESIDENTE: LUZVERY DEL CARMEN PAREDES; Director Gerente: OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES; ADMINISTRADORA: IRIS COROMOTO PARRA PAREDES, por un lapso de cinco (05) años; y como Comisario a la Licenciada YEILYNG ALEXANDRA MENDOZA MOGOLLÓN, venezolana, mayor de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.103.756, domiciliada en el Municipio Valera, Estado Trujillo, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Trujillo bajo el Nº 120.947, por un periodo de cinco (05) años; quienes estando presentes tomaron posesión de sus respectivos cargos. No habiendo otros puntos que tratar se levantó la sesión, previa lectura del acta, la cual firman los asistentes en señal de conformidad; autorizándose al ciudadano WALTHER ISRAEL MORA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, divorciado, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.323.983, domiciliado en el Municipio Valera, del Estado Trujillo, a hacer las participaciones y publicaciones de Ley. Y Nosotras, OSARY DEL VALLE PARRA PAREDES, LUZVERY DEL CARMEN PAREDES ya identificadas, por medio del presente DECLARAMOS BAJO JURAMENTO. Que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado, proceden de actividades licitas, lo cual pueden ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaro, que los fondos producto de este acto, tendrán destino licito. Firmas Ilegibles.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 27 de Enero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado CARLOS ALBERTO JUÁREZ RUIZ IPSA N.: 22206, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 47, TOMO -2-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.130.000,00 Según Planilla RM No. 45400188935, Banco No. 830801 Por BS: 1.000.000,06. La identificación se efectuó así: CARLOS ALBERTO JUÁREZ RUIZ, C.I: V-4.666.708. Abogado Revisor: YUSNEIDY NAKARY RIVERA OLIVAR Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: INVERSIONES Y DISTRIBUIDORA LA PAZ, C.A Número de expediente: 454-39202 CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO SU DESPACHO.Yo, CARLOS ALBERTO JUÁREZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.666.708, de este domicilio, ampliamente identificado y debidamente autorizado por el Acta Constitutiva de la Compañía INVERSIONES Y DISTRIBUIDORA LA PAZ, C.A, ante usted ocurro para exponer: De conformidad con los fines del artículo 215 del Código de Comercio, presento documento constitutivo de estatutos sociales. Por último, solicito se sirva ordenar su registro, conforme a la Ley, se expida copia certificada de la correspondiente inscripción, a los fines de su publicación. En la ciudad de Valera a la fecha de su presentación. CARLOS ALBERTO JUÁREZ RUIZ Nº V-4.666.708 Firma Ilegible. Nosotros, RODOLFO JOSÉ UMBRÍA BASTIDAS, GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA Y MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en el Municipio Pampanito del Estado Trujillo y titulares de las Cédulas de Identidades Nos. V-16.267.546, V-25.604.677 y V-14.310.219. Por medio del presente documento declaramos: Hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos, por el presente documento una Compañía Anónima, cuyo documento ha sido redactado con suficiente amplitud, para que sirva a la vez como acta constitutiva y estatutos sociales de la compañía de acuerdo a las siguientes estipulaciones: CAPITULO I: DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. ARTICULO PRIMERO: La Compañía se denominará: INVERSIONES Y DISTRIBUIDORA LA PAZ, C.A. ARTICULO SEGUNDO: La Compañía tiene como objeto: todo lo relacionado con la compra, venta al mayor y detal de víveres en general, carnes frescas y procesadas, productos lácteos y sus derivados, productos pesqueros y subpesqueros, granos, frutas, verduras, hortalizas, productos de charcutería, carnicería, cervezas, vinos y licores nacionales, importados y artesanales al mayor y detal, además de la compra, venta, de todo tipo de alimentos para animales, compra y venta de todo tipo de semillas, así como también la Compra y Venta de artículos de limpieza para el hogar y personal, y cualquier otra actividad de licito comercio relacionado con el objeto principal de la empresa. ARTÍCULO TERCERO: El domicilio será en la Calle principal, Casa N° 5, Urbanización Alicia Pietri de Caldera, Jiménez, Parroquia Pampanito II, Municipio Pampanito del Estado Trujillo, donde tendrá su asiento principal, pudiendo establecer sucursales, agencias filiales u oficinas dentro o fuera del territorio nacional a juicio de la Asamblea General de Accionistas. ARTICULO CUARTO: La Compañía tendrá una duración de Cuarenta (40) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil. No obstante, podrá ser disuelta y liquidada antes de dicho termino o prorrogada por decisión de la Asamblea General de Accionistas, Ordinaria o Extraordinaria y con el voto favorable de la mayoría, que se entiende conformada por la mitad más uno del capital social suscrito, quedando sometida a esta mayoría simple cualquier otra decisión de la Asamblea, sin reservas de ninguna especie. CAPÍTULO II: CAPITAL SOCIAL Y ADMINISTRACIÓN. ARTICULO QUINTO: El Capital Social suscrito y pagado es la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00); dividido en veinte (20) acciones nominativas con un valor nominal de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000.00) cada una y la suscripción y pago de las mismas ha sido hecho por los accionistas así: RODOLFO JOSÉ UMBRÍA BASTIDAS suscribe y paga, OCHO (8) ACCIONES con un valor nominal de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00); para un total de Cuarenta Millones de bolívares (40.000.000), GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA, suscribe y paga, OCHO (8) ACCIONES con un valor nominal de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00); para un total de Cuarenta Millones de bolívares (40.000.000) y MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA suscribe y paga, CUATRO (4) ACCIONES con un valor nominal de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES, para un total de Veinte Millones de bolívares (20.000.000), tal como se evidencia en el Balance General que se anexa. ARTICULO SEXTO: En caso de que alguno de los accionistas decida vender sus acciones, el otro accionista tendrá derecho de preferencia a la adquisición de las mismas. ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la compañía estará a cargo de un (1) presidente, un (1) vicepresidente y un vocal, quienes durarán cinco (10) años en sus funciones y actuarán en forma sola o conjunta, pudiendo ser reelecto o sustituido antes del plazo si así lo acuerda la asamblea de accionistas. ARTICULO OCTAVO: El Presidente y Vicepresidente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, tendrán entre otras las siguien-
www.diariodelosandes.com
tes: a) Representar a la compañía en todos los actos y negocios jurídicos propios del giro social con los más amplios poderes ante cualquier persona natural o jurídica de carácter público o privado; b) Podrán contratar los servicios de Abogados, Contadores, Administradores, Ingenieros, Arquitectos, Economistas, Transcriptores, Técnicos o Profesionales especializados, para realizar trabajos relacionados con el objeto de la empresa; c) Podrán vender comprar y arrendar bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, celebrar toda clase de contratos y firmar los documentos públicos o privados, necesarios para el perfeccionamiento de los negocios que celebren en nombre de la compañía, d) Ejercer cualquier otra facultad, e) Abrir movilizar y cerrar cuentas Bancarias f) Contratar y despedir al personal acto de disposición o de administración necesarios para la buena marcha de los negocios sociales, g) Suscribir contratos de arrendamientos financieros con entidades bancarias, organismos financieros y empresas que lo requieran. ARTÍCULO NOVENO: El Vicepresidente suplirá al Presidente en las ausencias temporales o absolutas del mismo. ARTICULO DÉCIMO: A los efectos de dar cumplimiento al artículo 244 del vigente Código de Comercio los Administradores de la compañía depositarán UNA (1) ACCIÓN en la caja social de la misma. CAPITULO III ASAMBLEAS Y EJERCICIO ECONÓMICO ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Las Asambleas de la Compañía serán Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea General Ordinaria de Accionistas, se reunirá dentro de los Noventa (90) días siguientes al cierre del ejercicio económico, en el día y lugar que se señale en la respectiva convocatoria, la cual deberá ser firmada por el PRESIDENTE. La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuando así lo amerite la Asamblea y se le convoque a tal fin. ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO: Las Convocatorias a las Asambleas sean estas Ordinarias o Extraordinarias, serán realizadas por la junta directiva de la compañía, con cinco (5) días de anticipación por los menos, indicando el día, hora, objeto, sede y lugar donde se celebrara la asamblea por un periódico de mayor circulación y por convocatoria personal privada, mediante carta certificada, telegrama, telefax, publicación de internet en la página web de la sociedad, en redes sociales o cualesquiera otra forma remisión de mensajes, a su vez, debe constar él envió de dicho documento, ambas modalidades de convocatoria se establecen de forma obligatoria y concurrente ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las asambleas. Sin embargo, la formalidad de la convocatoria personal privada, no serán necesarias si la totalidad del capital social se encuentra presente o representada en la reunión. ARTICULO DÉCIMO TERCERO: Si a una reunión concurriese la totalidad del Capital Social, sus deliberaciones y decisiones tendrán validez, aun cuando no se haya practicado la convocatoria para dicha Asamblea. ARTICULO DÉCIMO CUARTO: El ejercicio Económico anual de la sociedad comienza el día Primero (1) de Enero y termina el día Treinta y Uno (31) de Diciembre de cada año, salvo el primer ejercicio que comienza desde el día de su inscripción en el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo hasta el 31 de diciembre del mismo año. A la fecha de cierre se elaborará el estado de resultado, el Inventario General y el Balance Anual de la Compañía. CAPITULO IV. DEL COMISARIO. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Compañía tendrá un Comisario quien será elegido por la Asamblea General de Accionista, durará cinco (05) años en el ejercicio de sus funciones y tendrá las facultades y deberes que establece el Código de Comercio y las demás leyes de la República. CAPITULO V APARTADOS Y RESERVAS LEGALES. ARTICULO DÉCIMO SEXTO: De la Utilidad Líquida se hará un apartado de Reserva Legal del cinco por ciento (5%) del monto de dicha Utilidad hasta alcanzar en los Balances siguientes el veinte por ciento (20%) del Capital suscrito y pagado. Una vez deducidos los gastos generales y apartados especiales, el saldo favorable podrá ser distribuido total o parcialmente entre los socios en proporción exacta a sus acciones y en la forma en que lo disponga la Asamblea Ordinaria. CAPITULO VI NOMBRAMIENTOS. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Para el primer período de cinco (10) años se designa a la accionista: MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA como PRESIDENTE, GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA como VICEPRESIDENTE y RODOLFO JOSÉ UMBRÍA BASTIDAS como vocal, ARTICULO DÉCIMO OCTAVO: Se designa como Comisario Principal a la Licenciada, Pérez Artigas Irene Josefina, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.784.652, domiciliada en esta ciudad e inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Trujillo, bajo el Número de CPC 113.586, habiendo aceptado previamente este nombramiento. Nosotros, RODOLFO JOSÉ UMBRÍA BASTIDAS, GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA Y MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA, previamente identificados, por medio del presente documento declaramos bajo juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaramos que los fondos productos de este acto tendrán un destino licito. No habiendo más puntos que tratar se dio por terminada la asamblea Autorizándose por ultimo a CARLOS ALBERTO JUÁREZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.666.708, para presentar el acta y hacer la participación al Registro Mercantil. (Fdo) RODOLFO JOSE UMBRIA BASTIDAS, (Fdo) GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA (Fdo) MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA Y yo MAIRA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA, en mi condición de Presidente de INVERSIONES Y DISTRIBUIDORA LA PAZ, C.A. Certifico que la presente acta es copia fiel y exacta de la original, la cual se encuentra inserta en el Libro de Actas de Asamblea de la Compañía. (Fdo) RODOLFO JOSÉ UMBRÍA BASTIDAS (Fdo) GREGORIT JHOSUE VILLARREAL ULLOA (Fdo) MARIA ALEXANDRA ULLOA SAAVEDRA Firmas Ilegibles.
Semanario los andes
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS, Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo. CERTIFICA Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 31-A RMPET. Número: 62 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: ESTE FOLIO PERTENECE A: DASARCA, C.A Número de expediente: 454-37297 CIUDADANO REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO SU DESPACHO.Yo, JOSELIN NAKARI HERNANDEZ MALDONADO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.738.519, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 228.545; domiciliada en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre del Estado Trujillo, actuando de conformidad con el Articulo Décimo Noveno de los Estatutos Sociales de la Compañía en constitución, “DASARCA, C.A”. Presento ante usted el documento original constitutivo y estatutario de dicha empresa el cual será redactado en forma amplia para que sirva a la vez de estatutos sociales de la misma. Ruego a usted tomar nota de la presente manifestación en el Registro Mercantil que usted dignamente representa y previa las comprobaciones del caso. Se sirva ordenar el registro del precitado documento constitutivo, estatutario a los fines de su publicación de conformidad con el artículo 215 del Código de Comercio y se me expida certificada del acta constitutiva y sus recaudos. Es Justicia que espero merecer en Valera, a la fecha de su presentación. JOSELIN N. HERNANDEZ MALDONADO C.I. 16.738.519 Firma Ilegible. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 3 de Septiembre del Año 2019 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado JOSELIN NAKARI HERNANDEZ MALDONADO IPSA N.: 228545, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 62, TOMO -31-A RMPET. Derechos pagados BS: 261.200,00 Según Planilla RM No. 45400183343, Banco No. 3003 Por BS: 200.000,03. La identificación se efectuó así: JOSELIN NAKARI HERNANDEZ MALDONADO, C.I: V-16.738.519. Abogado Revisor: YARJELIS TERESA RIVAS GUTIERREZ Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo. Dr. EDIXON ORLANDO RODRÍGUEZ BARRIOS ESTA PÁGINA PERTENECE A: DASARCA, C.A Número de expediente: 454-37297 Nosotros, DAMARI COROMOTO CEGARRA y LUIS ALBERTO SANTIAGO ZERPA, Venezolanos, mayores de edad, solteros, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad Nos. V16.883.079, y V- 5.762.698, respectivamente, domiciliados en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre del Estado Trujillo, por medio del presente documento DECLARAMOS: Que hemos convenido en constituir como en efecto constituimos una COMPAÑÍA ANÓNIMA, que ha de regirse por las disposiciones que a continuación se enumeran, las cuales han sido redactada con suficiente, amplitud, con el fin de que sirvan a las vez de acta constitutiva y estatutos, y lo no previsto en ellas, se regirá por las disposiciones del Código de Comercio, conforme a las siguientes bases: TITULO I: DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, Y DURACIÓN: ARTICULO PRIMERA: La Compañía se denominará DASARCA, C.A. ARTICULO SEGUNDO: El Objeto Principal de la sociedad mercantil será, la compra venta, comercialización, Elaboración, distribución, importación y exportación, Almacenamiento, Transporte y empaque al mayor y detal de productos lácteos como quesos de todo tipo, nacionales e importados, crema de leche, mantequilla leche en polvo y liquida, yogur, embutidos, charcutería nacional e importada, alimentos no perecederos y perecederos, carnicería en general, pollos enteros y despresados, productos avícolas, productos pasteurizados, pescado, marisquería en general y ramos cone-
xos, verduras, legumbres, frutas, hortalizas, comidas dulce y saladas, víveres en general, así mismo productos nacionales e importados de: panadería, pastelería, repostería, dulcería, confitería, bebidas para el acompañamiento de las mismas, café, jugos, malteadas bebidas gaseosas, agua mineral, bebidas alcohólicas y licores; de igual modo la compra, venta, fabricación, distribución, comercialización, importación y exportación, transporte y almacenamiento de cosméticos, perfumes, jabones, cremas corporales, productos naturales para el cuidado personal, suplementos nutricionales para deportistas; así mismo la compra, venta, fabricación, distribución, comercialización, importación y exportación al mayor y detal de jeans, prendas de vestir nacionales e importadas para damas, caballeros y niños, elegantes, deportivas y casuales, así mismo uniformes para instituciones y empresas públicas, privadas (Escolares, universitarios, deportivos, policiales, militares, bomberiles, salud, ejecutivos y seguridad en general), todo tipo de correas, calzados, carteras, artículos de cuero y sector de la industria textil, así como bisutería, prendas de oro, plata, bronce y fantasía. relojes, juguetes, artículos de arte, cultura y folklor nacional e internacional, productos, arreglos y servicio de decoración, lencería, cristalería, marquetería, artículos y utensilios para la cocina y el hogar, línea blanca, línea marrón; igualmente la compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación al mayor y detal de útiles escolares, equipos y materiales de oficina, papelería, librería, aparatos electrodomésticos, aparatos electrónicos, equipos y accesorios de computación, teléfono de todos tipos, equipos para sistema de vigilancia, repuestos de las áreas automotriz, refrigeración, maquinarias pesadas, ferretería en general, materiales para la construcción, servicios de construcción y mantenimiento de infraestructuras, quincallería, todo lo derivado del plástico en general y toda actividad licita. Compatible, afín, conexa o no con dicho objeto. Podrá asociarse con otras empresas nacionales o extranjeras, organizar, establecer sucursales y realizar negocios en cualquier parte del territorio nacional o en el extranjero, así mismo actuar como contratista promover y administrar todo tipo de empresas y en general llevar a cabo todo lo necesario para desarrollar su objeto principal, sin más limitaciones que las establecidas en la legislación venezolana e internacional sobre la materia, pues la presente enumeración es de carácter enunciativo y no taxativo, en consecuencia la empresa podrá dedicarse a cualquier otra actividad y negocio de licito comercio que convenga a juicio de la junta directiva. ARTICULO TERCERO: Su domicilio principal Urbanización Santa Eduviges, manzana 7, Av. 8 casa s/n Parroquia Sabana de Mendoza, Municipio Sucre, Estado Trujillo, pudiendo establecer sucursales o agencias en cualquier otra parte del Territorio Nacional o en exterior previa aprobación de la Asamblea de Accionistas.- ARTICULO CUARTO: La Compañía tendrá una duración de cincuenta (50) años, prorrogables por igual o mayor tiempo, o bien, disolverse antes de su vencimiento por decisión de la Asamblea General de Accionista. TITULO II: DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES: ARTICULO QUINTO: El Capital de la Compañía será de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.20.000.000,oo) Divididos y representados en VEINTE (20) Acciones Nominativas y no convertibles al portador con Un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs.1.000.000,00) cada una el cual ha sido suscrito y pagado de la siguiente manera la Socia DAMARI COROMOTO CEGARRA, suscribe y paga DIECIOCHO (18) Acciones, por un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs 1.000.000,00) las cuales representa la cantidad de DIECIOCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 18.000.000,00) el socio LUIS ALBERTO SANTIAGO ZERPA suscribe y paga DOS (2) Acciones por un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs 1.000.000,00) las cuales representa la cantidad de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,00). Reflejado en el balance que anexamos para que sea agregado al expediente que se formara de la compañía. Y nosotros DAMARI COROMOTO CEGARRA y LUIS ALBERTO SANTIAGO ZERPA, ya antes identificados, por medio del presente declaramos BAJO FE DE JURAMENTO, que los bienes otorgados a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las Leyes Venezolanas y a su vez declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito. ARTICULO SEXTO: Las acciones confieren a su propietario iguales derechos, cada una de ellas representa un voto en la asamblea de accionista y son indivisibles con respecto a la compañía. ARTICULO SÉPTIMO: Cuando cualquier Socio resuelva vender una o más acciones, deberá dar preferencia como compradores en igual condiciones a los demás socios accionistas, quienes tendrán un plazo de noventa (90) días para manifestar el derecho de preferencia de las Acciones puestas en venta.- TITULO III: DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA: ARTICULO OCTAVO: La Compañía será representada y administrada por una Junta Directiva, integrada por un Presidente, un Vice-Presidente, respectivamente quienes duraran Diez (10) años y permanecerán en ellos hasta tanto no sean removidos.- ARTICULO NOVENO: El Presidente, Solo o en conjunto con el vice-presidente tienen la representación judicial y extrajudicial de la compañía y tiene las más amplias facultades de Administración y disposición; entre ellas las siguientes: representar a la compañía judicial y extrajudicialmente, convocar a los accionista a las Asambleas generales Ordinarias o Extraordinarias, representar a la compañía en todos sus actos, firmar por ella y obligarla con sus firmas individuales o conjuntas; aperturar y movilizar cuentas bancarias de cualquier naturaleza con su firma individual o conjuntas, y girar contra ellas, librar, avalar, protestar y pagar letras de cambio, pagares, Cheques y toda clase de efectos mercantiles; compra bienes mueble o inmuebles, créditos, derechos, acciones, cuotas o capital o participación, tener la representación judicial de la compañía, quedando autorizados para otorgar poderes con las facultades que consideren convenientes o necesarias, inclusive las de transigir, desistir, celebrar contratos de arrendamientos; celebrar contratos de enfiteu-
DIARIO DE LOS ANDES ES MAS PERIODICO... www.diariodelosandes.com
17
sis, anti-crisis, mandato, obra, trabajo, transporte, seguros, depósitos o cualquier otro que a su juicio fuere conveniente para los interés de la compañía; constituir correspondencia, las facturas, los pedidos, los cheques, las letras que se emitan en las aceptaciones de estas y sus endosos, nombrar y remover el personal de la compañía; fijando sus remuneraciones y demás condiciones, pudiendo concederle participaciones de los resultados de la Compañía; fijar los dividendo por distribuir y ordenar su pago de acuerdo con la liquidación de utilidades verificadas en forma legal, determinar el empleo de fondo de reserva y demás que se establecerán; y en general, hacer todo aquello que mejor convenga a la defensa del objeto de la compañía, sin ninguna clase de limitaciones, contratar personal y fijar su remuneración. ARTICULO DECIMO: En caso de Ausencia temporal o absoluta del presidente, el vice-presidente queda facultado para suplirle en todas sus funciones.- ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: Los administradores depositaran o harán depositar en la caja de la compañía una (01) Acción, para garantizar su gestión a los fines previsto en El Artículo 244 de Código de Comercio.- TITULO IV: DE LAS ASAMBLEAS: ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Las reuniones de las Asambleas pueden ser Ordinarias o Extraordinarias. Las reuniones Ordinarias se efectuaran Una vez al año, dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico. Las Extraordinarias, cada vez que los intereses de la Compañía, así lo requieran o cuando un grupo de accionistas; que representen por lo menos la tercera parte del Capital, así lo pida. Las Convocatorias a las Asambleas sean estas Ordinarias o Extraordinarias serán realizadas por la Junta Directiva de la Compañía con cinco (5) días de anticipación por lo menos, indicando el día, hora, objeto, sede y lugar donde se celebrará la Asamblea, por un periódico de mayor circulación y por convocatoria personal privada, mediante carta certificada, telegrama, telefax, publicación de Internet en la página Web de la Sociedad, en redes sociales o cualesquiera otras formas de remisión de mensajes; a su vez, debe constar el envío de dicho instrumento; ambas modalidades de convocatoria se establecen de forma obligatoria y concurrente ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las Asambleas. Sin embargo, la formalidad de la publicación de la convocatoria por la prensa y la convocatoria personal privada, no serán necesarias si la totalidad del Capital Social se encuentra presente o representado en la reunión.ARTICULO DÉCIMO TERCERO: en la Asamblea Generales de Accionista, sus decisiones serán tomadas por mayoría que representa el cincuenta por ciento más uno (50%+1) del capital social. En la misma se formara quórum con más de la mitad de la representación del Capital Social.- ARTICULO DECIMO CUARTO: Cada acción da derecho a un (01) voto. Los Accionista podrán hacerse representar en las Asamblea mediante poder, que puede otorgarse por simple acta.- TITULO V: DEL COMISARIO: ARTICULO DECIMO QUINTO: La compañía tendrá un Comisario, con las atribuciones establecidas en el Código de Comercio durando en sus funciones cinco (5) años.- TITULO VI: DEL EJERCICIO, BALANCE Y UTILIDADES: ARTICULO DECIMO SEXTO: El ejercicio económico de la Compañía comienza el día primero (01) de enero de cada año y terminará el día treinta y uno (31) de diciembre del mismo año, con excepción del presente periodo, que comenzará a regir desde la fecha de Registro de la Compañía y concluirá el día treinta y uno (31) de Diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Al final de cada ejercicio se hará un corte de cuenta y se practicará un inventario y un balance.- ARTICULO DECIMO SÉPTIMO: El Balance, junto con la documentación necesaria, serán pasada al comisario con quince (15) días de anticipación por lo menos fijando para la reunión anual y quedara a la orden de los Accionista.- ARTICULO DECIMO OCTAVO: Si hubiere utilidades liquidas, se hará un apartado del cinco por ciento (5%) para formar un fondo de reversa, hasta que alcance el diez por ciento (10%) del Capital Social. El resto de las utilidades será distribuido en la forma que apruebe en la Asamblea; podrán crearse también en cuotas especiales de reserva de provisión de amortización, separándose los porcentaje que determinen los Administradores, estas cuentas espéciales pueden ser eliminadas o asignada a otro fondo distinto.- ARTICULO DECIMO NOVENO: Se ha designado como PRESIDENTE DAMARI COROMOTO CEGARRA y VICEPRESIDENTE a LUIS ALBERTO SANTIAGO ZERPA, como COMISARIO a la Licenciada LISET DEL ROSARIO PAREDES ARAUJO, venezolana, mayor de edad, Licencia en Administración Colegiada bajo el LAC Nº 19.66209, titular de la cédula de identidad N° V16.535.200, y civilmente hábil, domiciliada en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre Estado Trujillo, por un periodo de cinco (5) años contados a partir del registro de la Compañía.- Queda autorizada amplia y Suficientemente, la ciudadana JOSELIN NAKARI HERNANDEZ MALDONADO, Venezolano, mayor de edad, soltera, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 228.545 titular de la cédula de identidad N° V-16.738.519, domiciliada en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre del Estado Trujillo, Jurídicamente hábil, para que por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, presente el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Sociedad Mercantil acompañado de los recaudos de ley, a fin de que Registre los documentos necesarios a objeto de legalizar esta Sociedad, conforme a Derecho, así como tramitar y legalizar ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (ivss), Seniat, Sunagro, Sacs, Inces, Banco nacional de vivienda y hábitat (banavih), toda solvencia o documento que sea del interés para la Compañía. Es Justicia en Valera, a la fecha de su presentación.Firmas Ilegibles. MUNICIPIO VALERA, 3 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) JOSELIN NAKARI HERNANDEZ MALDONADO, Dr. EDIXON ORLANDO RODRIGUEZ BARRIOS SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO. : 454.2019.3.3003 Dr. EDIXON ORLANDO RODRIGUEZ BARRIOS Registrador Mercantil Primero del Estado Trujillo.
18
Semanario los andes
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 19 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado MARIBEL COROMOTO GODOY PAREDES IPSA N.: 158214, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 19, TOMO -5-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.330.000,00 Según Planilla RM No. 45400190877, Banco No. 982578 Por BS: 1.200.000,06. La identificación se efectuó así: JUAN PABLO VILLEGAS CARVAJAL, C.I: V-18.035.063. Abogado Revisor. ANA BEATRIZ ABREU LOBO Registrador Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: INVERSIONES JHANA & FLIA, C.A Número de expediente: 454-39680 CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. SU DESPACHO.Yo, LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de identidad N° V-10.313.927, civilmente hábil, autorizada por el Acta Constitutiva de la Empresa: “INVERSIONES JHANA & FLIA”, C.A, ante usted con el debido respeto ocurro para exponer de conformidad y a los fines de dar cumplimiento al artículo 215 del Código de Comercio Vigente, para presentar Acta Constitutiva y Estatutos de la Compañía, incluyendo los recaudos en el indicado y solicito la inscripción de la antes nombrada compañía por ante el Registro Mercantil. Solicito me sea expedida copia debidamente certificada de la correspondiente inscripción, para realizar la publicación a los fines consiguientes. Es Justicia que espero en la Ciudad de Valera a la fecha de su presentación. LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS V-10.313.927 Firma Ilegible. CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. SU DESPACHO.Nosotros, LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS, JUAN PABLO VILLEGAS CARVAJAL Y JUAN PABLO VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, casada la primera y solteros los últimos, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.313.927; V-18.035.063 y V-10.313.570, respectivamente, hábiles y civilmente capaces, domiciliados en el Municipio Pampanito del estado Trujillo ante usted muy respetuosamente ocurrimos para exponer: Que hemos convenido en constituir una Sociedad Mercantil con forma de Compañía Anónima, la cual se regirá por las siguientes estipulaciones del presente documento constitutivo el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que a la vez sirva de Estatutos Sociales de la compañía, conforme a las cláusulas siguientes: PRIMERA: La Sociedad se denominará “INVERSIONES JHANA & FLIA”, C.A y girará bajo la forma de Compañía Anónima. Su domicilio social y asiento principal será en la siguiente dirección: Urbanización Pampanito II Etapa, Avenida La Vichú, Parroquia y Municipio Pampanito del estado Trujillo pudiendo igualmente establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República o del Exterior. SEGUNDA: El objeto de la compañía anónima, es todo lo relacionado con la compra, venta al mayor y detal, distribución, comercialización, almacenamiento, importación y exportación de todo tipo de productos alimenticios, de consumo masivo, perecederos y no perecederos, todo tipo de carnes, bien sea de res, porcino, aves, pescado, charcutería en general y sus derivados en el área alimenticia, productos avícolas, venta de legumbres, hortalizas, frutas nacionales e importadas, enlatados; tequeños, pastelitos y mini pizzas congeladas; embutidos, bebidas refrigeradas, gaseosas, no gaseosa. Además de importación, exportación, compra, venta, elaboración, comercialización y distribución al mayor y al detal de productos para el cuidado personal; Artículos de limpieza, detergentes, empaquetar, envasar y comercializar azúcar, arroz y granos nacionales e importados, todo aquello relacionado con la compra, venta, importación, exportación, comercialización al mayor y detal de comida vegetariana, productos integrales, venta al mayor y detal de frutos secos, tales como maní, granola, harina integral, afrecho, cereales y otros; panadería y pastelería, jugos naturales, agua, en consecuencia la compañía podrá dedicarse a cualquier otra actividad de licito comercio que tenga relación con este mismo objeto. TERCERA: La duración de la Sociedad será de Cincuenta (50) años contados a partir de la fecha de su Inscripción por ante El Registro Mercantil correspondiente. Podrá ser disuelta antes de la expiración de dicho término o prorrogada si así lo resolviere la Asamblea de Socios en reunión previamente convocada al afecto. CUARTA: El capital social de la Compañía Anónima es de CIENTO VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 120.000.000,00) representados en CIENTO VEINTE (120) acciones nominativas, no convertibles al portador, con un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) cada una. Dicho Capital Social se encuentra suscrito y pagado de la manera siguiente: LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS, suscribe y paga CUARENTA (40) acciones por un valor nominal de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), para un total de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 40.000.000,00), el socio JUAN PABLO VILLEGAS CARVAJAL, suscribe y paga CUARENTA (40) acciones por un valor nominal de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), para un total de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 40.000.000,00), el socio JUAN PABLO VILLEGAS, suscribe y paga CUARENTA (40) acciones por un valor nominal de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) para un total de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 40.000.000,00). Siendo la totalidad del capital social de la Empresa. Las acciones han sido pagadas en un cien por ciento (100%) tal como se evidencia en el Balance Constitutivo anexo y que representa la totalidad del capital social. Los títulos accionarios son indivisibles en cuanto a que la sociedad no reconocerá sino a un solo propietario por cada una de ellas, tendrán las mencionadas exigidas en el Código de Comercio, serán enumeradas y selladas con el sello de la sociedad y firmados por la Junta Directiva; cada acción da derecho a un voto en las asambleas de accio-
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020 nistas. QUINTA: Cada Accionista tiene opción privilegiada de compra de las Acciones que el otro Accionista quiera vender. El Accionista que desee vender sus acciones las ofrecerá al otro Accionista por escrito, explicando las condiciones de venta. Si transcurridos treinta (30) días, contados a partir de la fecha de la notificación, no hubiere recibido contestación escrita, el Oferente quedará en libertad de negociar sus acciones con el tercero que señalare como Comprador, quien deberá ser aceptado por la Asamblea. SEXTA: La Compañía será administrada por una JUNTA DIRECTIVA conformada por un PRESIDENTE, un VICE-PRESIDENTE, quienes deberán depositar en la caja de la compañía cinco (05) acciones para responder del ejercicio de su gestión, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 244 del Código de Comercio y a los efectos allí pautados y duraran cinco (05) años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos, pero permanecerán en posesión del cargo aun después de este plazo mientras la Asamblea de Accionista no nombre un sucesor.- SÉPTIMA: El PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE de la compañía tendrán conjunta o separadamente las más amplias facultades para representar, administrar y obligar a la sociedad en toda clase de actos, negociaciones y contratos, disponer de sus bienes tanto muebles como inmuebles, sin limitación alguna, pudiendo en consecuencia, constituirlas garantías reales que creyeren convenientes, celebrar contratos de arrendamiento, permutar, abrir, movilizar cuentas bancarias non firmas conjuntas o separadas librar, endosar, avalar, intervenir y protestar toda clase de efectos cambiarios, contraer cualquier tipo de obligación cambiaria, recibir o cobrar sumas de dinero otorgando los correspondientes recibos o finiquitos, nombrar y remover el personal al servicio de la compañía y fijarle las remuneraciones correspondiente, representar a la sociedad en juicio o fuera de él, confiriendo si lo creyeren conveniente poderes judiciales o extrajudiciales en abogados de su confianza, intentar y contestar demandas, con facultades para desistir, transigir, convenir en juicios o fuera de él, hacer posturas en remates judiciales, solicitar medidas preventivas y pedir la ejecución de las mismas, nombrar apoderados generales o especiales, factores mercantiles con las facultades que consideren convenientes y en general ejercer todas las facultades y atribuciones requeridas para el cabal desenvolvimiento de la compañía.- OCTAVA: EL PRESIDENTE de la sociedad podrá representar a la compañía por ante organismos públicos y privados en la gestión de todo tipo de trámites de carácter administrativo, tales como INCE, Seguro Social, SENIAT, Inspectoría del Trabajo, INSAPSEL y cualquier otro organismo en que deba actuar para garantizar la defensa de los derechos e intereses de la compañía, pudiendo además solicitar, gestionar, tramitar y requerir solvencias, permisos, licencias, entre otros.- NOVENA: El máximo organismo social es la Asamblea de Accionistas, la cual podrá ser Ordinaria o Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria se reunirá cada año dentro de los sesenta (60) días siguientes a la terminación del ejercicio de la sociedad, teniendo las facultades establecidas en el Artículo 275 del Código de Comercio; y las Asambleas Extraordinarias se realizarán tantas veces como crean necesario los accionistas que representen la mayoría de las acciones de la compañía; y tendrá como objeto cualquier asunto expresado en la convocatoria sin restricción alguna.- DÉCIMA: Las Asambleas no podrán considerarse legalmente constituidas para deliberar si no se halla en ellas un numero de accionistas que represente más de la mitad del Capital Social, los acuerdos de las asambleas se tomaran por la mayoría absoluta de votos presentes teniendo cada acción derecho a un voto de dichas asambleas.- DECIMA PRIMERA: La Asamblea General de socios será convocada mediante convocatoria que se haga por escrito personalmente a cada uno de los socios, por cualquier medio electrónico o por la prensa; tal convocatoria se podrá obviar cuando en la asamblea estén presentes todas las acciones que representen el Capital Social.DÉCIMA SEGUNDA: La Compañía comenzara su primer giro, desde el primer momento y fecha de Inscripción en el Registro Mercantil y concluye el 31 de diciembre de este año. Los demás ejercicios se iniciaran el 01 de enero y culminaran el 31 de diciembre de cada año; se realizarán las cuentas y se hará el inventario general, balance y estado de ganancias o pérdidas durante el ejercicio correspondiente.- DÉCIMA TERCERA: La Junta Directiva deberá hacer los apartados necesarios a fin de cubrir las obligaciones presentes futuras de la sociedad, todo ello de conformidad con la ley, del saldo favorable que arroje la cuenta de ganancias y pérdidas, hechos los apartados antes mencionados se reservará un cinco por ciento (05%) para integrar un fondo de reserva hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del capital social de acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio; el resto de las utilidades será distribuido en la forma y plazo que determine la Junta Directiva dejando a salvo lo que al respecto decida la asamblea general de socios.DÉCIMA CUARTA: Se designa como comisario a la ciudadana: IVENNE JOSEFINA MONTILLA BARRETO, venezolana, mayor de edad, Contador Público, titular de la cédula de identidad N° V.-5.786.294 inscrita en el colegio de Contadores Público del estado Trujillo, bajo el Nº 37740, de este domicilio, habiendo aceptado previamente este nombramiento según consta en la carta de aceptación, quien durara dos (02) años en el Ejercicio de sus funciones.- DÉCIMA QUINTA: Para integrar la primera Junta Directiva de la Compañía, la Asamblea General de Socios hace los siguientes nombramientos: Para PRESIDENTE se designa a la socia LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS, para el cargo de VICE-PRESIDENTE se designa al socio JUAN PABLO VILLEGAS ya identificados, quienes estando presentes aceptan dichos cargos.- DÉCIMA SEXTA: Nosotros, los arriba firmantes, previamente identificados, por medio del presente DECLARAMOS BAJO JURAMENTO, que los capitales, bienes haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, lo cual pueden ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán un destino lícito. DÉCIMA SÉPTIMA: La asamblea autoriza a la Ciudadana: LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS, anteriormente identificada, para que proceda a la presentación de este documento y su respectivos soporte que lo conforman, ante el Registro Mercantil, a los fines de su inscripción, fijación y posterior publicación, así mismo queda facultada para registrar la empresa ante el SENIAT y gestionar todo lo relacionado con la inscripción del Registro de Información Fiscal (R.I.F.). Es justicia en Valera a la fecha de su presentación. LIANA JOSEFINA CARVAJAL DE VILLEGAS PRESIDENTE JUAN PABLO VILLEGAS VICE-PRESIDENTE JUAN PABLO VILLEGAS CARVAJAL SOCIO Firmas Ilegibles.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 7 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el Documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado ALCADIO SALCEDO IPSA N.: 64928, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 52, TOMO 3-A RMPET. Derechos pagados BS: 1.189.200,00 Según Planilla RM No. 45400191068, Banco No. 846673 Por BS: 1.000.000,04. La identificación se efectuó así: ALCADIO SALCEDO, C.I: V9.178.431. Abogado Revisor: YUSNEIDY NAKARY RIVERA OLIVAR Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: INVERSIONES Y SUMINISTROS MONTE CARMELO, C.A Número de expediente: 454-39428 Nosotros, FRANCISCO ANTONIO ADRIANI VILLARREAL y MARITZA DE JESÚS CABRERA BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V.4.321.323 y V.-11.898.772 respectivamente, comerciantes, domiciliados en la calle principal de la población de La Mesa del Palmar, Casa s/n°, Parroquia y Municipio Monte Carmelo del Estado Trujillo; por el presente Documento Declaramos: Que hemos constituido en este acto, una Compañía Anónima, la cual se regirá por las Clausulas contenidas en esta ACTA CONSTITUTIVA, la cual ha sido redactada con suficiente amplitud para que a la vez sirva de ESTATUTOS SOCIALES, quedando establecida de la siguiente manera: CAPÍTULO I, NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN, ARTÍCULO PRIMERO: La Sociedad se denomina INVERSIONES Y SUMINISTROS MONTE CARMELO, C.A. ARTÍCULO SEGUNDO: El domicilio de la compañía está en la Avenida Bolívar de Sabana de Mendoza, Local S/N°, Municipio Sucre del Estado Trujillo, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar de la República Bolivariana de Venezuela. ARTÍCULO TERCERO: El objeto social de la Compañía es: La producción, compra, transporte, almacenamiento, venta y distribución al mayor y al detal de café en sus diferentes presentaciones, víveres, carne de ganado Vacuno, porcino, caprino, aves beneficiadas, productos de charcutería, lácteos; pescados en sus diferentes clases y presentaciones, huevos, hortalizas, verduras, frutas, legumbres, cereales, golosinas, conservas nacionales e internacionales, bebidas gaseosas, pan, galletería; compra, venta y distribución al mayor y al detal de panela, papelón, sal; Artículos de limpieza e higiene personal; envases y bolsas plásticas; cigarrillos, bebidas y especies alcohólicas, previa obtención de la respectiva licencia. Así, mismo podrá realizar cualquier otra actividad de lícito comercio, conexa con el Objeto Principal. ARTÍCULO CUARTO: La duración de la Compañía es de Cincuenta (50) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil, pero podrá ser disuelta con anticipación o prorrogada su existencia mediante decisión de la Asamblea de Accionistas, CAPITULO II, DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES, ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Compañía es la cantidad de Cien Millones de Bolívares (Bs. 100.000.000,00); dividido en Mil (1000) acciones nominativas, con un valor nominal de Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000,00) cada una; este capital ha sido enteramente suscrito y pagado de la siguiente manera: El Socio FRANCISCO ANTONIO ADRIANI VILLARREAL, antes identificado, ha suscrito y pagado Quinientas (500) acciones nominativas, de Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000,00) cada una, para un valor de Cincuenta Millones de Bolívares (Bs. 50.000.000,00); la Socia MARITZA DE JESÚS CABRERA BRICEÑO, antes identificada, ha suscrito y pagado Quinientas (500) acciones nominativas de Cíen Mil Bolívares (Bs. 100.000,00) cada una, para un valor de Cincuenta Millones de Bolívares (Bs. 50.000.000,00). Los señalados pagos han sido realizados por cada uno de los Accionistas, según se evidencia en Balance General de Constitución, que se anexa. ARTÍCULO SEXTO: Los Socios, FRANCISCO ANTONIO ADRIANI VILLARREAL y MARITZA DE JESÚS CABRERA BRICEÑO, ya identificados, DECLARAN BAJO JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del negocio jurídico otorgado, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez, declaran que los fondos producto de este acto, tendrán un destino licito. ARTÍCULO SÉPTIMO: Las acciones de la Compañía tienen igual valor y conceden a sus titulares iguales derechos, representando un voto en la Asamblea, los Títulos de las Acciones deben llenar los requisitos establecidos en el Artículo 293 del Código de Comercio. CAPÍTULO III, DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la Compañía estará a cargo de una Junta Directiva compuesta por un Presidente (a) y un vice-Presidente (a); quienes deben ser accionistas y serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas, durarán en sus funciones Cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos si así lo decide la Asamblea; deberán depositar en la caja social cinco (5) acciones de su propiedad de las emitidas por la compañía a los fines establecidos por el artículo 244 del Código de Comercio. Dichas acciones quedarán liberadas una vez que la Asamblea haya aprobado su gestión. ARTÍCULO NOVENO: El Presidente (a) y el Vicepresidente (a), podrán actuar conjunta ó separadamente y tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, entre ellas: 1º: Representación Legal de la Empresa, 2º: Convocar y presidir las reuniones de las Asambleas, 3º: Cumplir y hacer cumplir las decisiones de las Asambleas y de la Junta Directiva, 4º: abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias, solicitar chequeras, tarjetas electrónicas y puntos de ventas, 5º: Nombrar, remover o reducir personal fijando su remuneración, 6º: Adquirir bajo cualquier titulo bienes para la Compañía; 7º: Solicitar créditos, 8º: Dar en venta, cesión, donación, permuta los bienes que
www.diariodelosandes.com
integran el Patrimonio de la Compañía, 9º: Constituir garantías, otorgamiento de mandatos y su revocación. 10º: Suscripción de Contratos y Convenios con empresas tanto del sector Público como privado, 11º; Determinar el empleo de fondo de reserva colocándolos de la manera establecida en el artículo 262 del Código de Comercio vigente, ARTÍCULO DÉCIMO: El Vicepresidente (a) suplirá las faltas temporales y absolutas del Presidente (a). CAPÍTULO V, DE LAS ASAMBLEAS. ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Las asambleas de socios representan la universalidad de los accionistas y sus decisiones y acuerdos dentro de los límites de sus facultades, según la ley y este documento constitutivo, son obligatorios y deben ser acatadas por todos los accionistas estén o no estén de acuerdo con ellas aunque no hayan asistido a sus reuniones. La asamblea ordinaria se constituirá anualmente la primera quincena del mes de marzo de cada año; la extraordinaria, cuando lo convengan los miembros de la Junta Directiva. La Convocatoria a las Asambleas, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias, la hará la Junta Directiva, con cinco (5) días de anticipación por lo menos, indicando el día, la hora, objeto, sede y lugar donde se celebrará la Asamblea, en periódico de mayor circulación y por convocatoria personal privada, telegrama, telefax, publicación de Internet en la página web de la Sociedad, en redes sociales o cualesquiera otras formas de remisión de mensajes, a su vez, debe constar el envío de dicho Instrumento; ambas modalidades de convocatoria se establecen de forma obligatoria y concurrente, ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las asambleas. Sin embargo, la formalidad de la publicación por la prensa y convocatoria privada personal, no serán necesarias si la totalidad del capital social se encuentra presente o representado en la reunión. ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: En caso de que por cualquier circunstancia, no se celebre oportunamente la Asamblea Ordinaria anual, se podrá realizar una Asamblea Extraordinaria, con la exclusiva necesidad de tratar los asuntos correspondientes a la Asamblea Ordinaria pendiente. ARTICULO DÉCIMO TERCERO: Para la validez de los acuerdos y decisiones de accionistas, ya sean Ordinarias o Extraordinarias, deberán estar representadas en ellas un numero de accionistas que constituya por lo menos el Cincuenta y Uno por Ciento (51%) del Capital Social y las decisiones se tomaran mediante el voto favorable de los accionistas que representen la mayoría de las acciones representadas en la Asamblea. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Si a la Asamblea de Accionistas, ya sea esta ordinaria o extraordinaria, no concurriere un número de accionistas con la representación exigida en el artículo Décimo Tercero, se hará una segunda convocatoria con cinco (5) días de anticipación por lo menos, quedando la asamblea constituida, sea cual fuere el número de representación de los socios que asistan, siempre que así fuere expresado en la convocatoria, si la asamblea hubiera sido convocada para deliberar sobre alguno de los asuntos a que se refiere el artículo 280 del Código de Comercio, las decisiones acordadas por la segunda asamblea no serán definitivas sino después de publicadas en un diario de los de mayor circulación en el país o bien del domicilio de la empresa y siempre y cuando la tercera asamblea, convocada con cinco (5) días de anticipación por lo menos, la ratifique sea cual fuere el número de socios representados en ella. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Las asambleas serán presididas por el presidente y en su defecto a quien este designe para presidirlas y sus atribuciones son las que señala el Código de Comercio vigente. De todas las reuniones se dejará constancia en el libro de Actas de Asamblea, que contendrá el nombre de todos los asistentes a cada sesión, con indicación del número de acciones que posean o represente cada uno de ellos y los acuerdos y decisiones que hayan tomado, el acta la firmarán todos los presentes. CAPITULO V DEL COMISARIO. ARTICULO DÉCIMO SEXTO: La Sociedad tendrá un Comisario que ejercerá las atribuciones que señala el Código de Comercio y será elegido por la Asamblea de Accionistas, El mismo permanecerá en el cargo durante Cinco (5) años o hasta que un sucesor haya tomado posesión de su cargo. CAPÍTULO VI. DEL BALANCE GENERAL Y APARTADOS Y RESERVAS. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Anualmente, el día treinta y uno de Diciembre se tendrá inventario de todos los bienes de la sociedad y se formará el Balance general con el correspondiente Estado de Ganancias y Pérdidas. El primer ejercicio económico de la compañía comprenderá desde la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil respectivo hasta el treinta y uno de diciembre de 2020 y, los subsiguientes, del 1º de enero al 31 de diciembre de cada año. ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: El Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas, así como los libros y comprobantes de contabilidad se pondrán a disposición del Comisario con treinta (30) días de anticipación por lo menos al tiempo del término fijado para la reunión de la Asamblea general que habrá de discutirse. ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: Verificado el balance de ganancias y pérdidas, las utilidades se repartirán así: Un Cinco por Ciento (5%) para la formación de un fondo de reservas, hasta alcanzar un monto del Veinte por ciento (20%) del capital social, el remanente quedara a disposición de la Asamblea de accionistas para ser distribuido de la forma que esta acuerde. ARTÍCULO VIGÉSIMO: Para el primer periodo de cinco (5) años quedan nombradas las siguientes personas: PRESIDENTE: FRANCISCO ANTONIO ADRIANI VILLARREAL, ya identificado, VICE-PRESIDENTA: MARITZA DE JESÚS CABRERA BRICEÑO, ya identificada, y como COMISARIA, se nombra a la Ciudadana MARLYN SUJEM BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, licenciada en Contaduría Pública, titular de la Cédula de Identidad N° V, 19.102.248 e inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Trujillo, bajo el N° 99.891.682. ARTICULO VIGÉSIMO PRIMERO: La Asamblea autorizó al ciudadano ALCADIO SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.178.431, para que haga la participación al Registro Mercantil y gestiones todo lo estrictamente necesario para dar cumplimiento a lo que las leyes exigen. Es justicia en la Ciudad de Valera, a la fecha de su presentación. FRANCISCO A. ADRIANI H. MARITZA DE J. CABRERA B. Firmas Ilegibles. MUNICIPIO VALERA, 7 DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS.) ALCADIO SALCEDO, Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO. : 454.2020.1.1699 Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo.
NEIRA GARCÍA, mujer de sonrisa infinita
En esta oportunidad, en Historias de Vida nos sentimos orgullosos de poder rendirle tributo y recordar a Neira García, a quien conocimos cariñosamente como "La Gorda Neira" fallecida el pasado martes 18 de febrero 2020, mujer que se mereció todo los reconocimientos habidos y por haber, un ser excepcional, ejemplo de vida, superación, perseverancia y lucha z Elvins Humberto González
En esta gráfica se puede observar a Neira García junto a sus colegas de Glorias Deportivas, entre otros: Evencio Daboín, Rafael José Daboín, Isbelia La Cruz, Wilfredo Espinoza, Emilio Blanco, Omaira Peña, Guillermo “Memo” Bracamonte.
elvins2020@hotmail.com ué grato es recordar el paso triunfal por la vida y por el deporte del ser más hermoso del planeta, la mujer. Nuestra tierra ha contado con grandes mujeres dedicadas al deporte a las cuales hemos honrado y les respetamos siempre. Hoy en Historias de Vida, he querido recordar (me disculpan por escribir en primera persona), pero nuestro personaje ha significado mucho en lo personal debido a la amistad durante toda la vida entre su familia y la nuestra, además por ser una persona admirable, cercana, a la cual siempre respetamos y quisimos, no solo por sus múltiples logros en la dirigencia deportiva, sino por su aporte en nuestro crecimiento, por los valores inculcados desde niño allá en la Plata Tres de otrora, donde siempre recibimos un consejo, una orientación, hasta algún buen regaño oportunamente, gestos que hemos agradecido toda la vida. En esta oportunidad, en Historias de Vida nos sentimos orgullosos de poder rendirle tributo y recordar a Neira García, a quien conocimos cariñosamente como "La Gorda Neira" fallecida el martes 18 de febrero 2020, mujer que se mereció todos los reconocimientos habidos y por haber, un ser excepcional, ejemplo de vida, superación, perseverancia y lucha. Mujer de sonrisa infinita y alegría permanente, que superaba muchas veces los golpes que nos suele dar la vida. Esa alegría reflejada en sus famosas carcajadas seguirán retumbando por toda Plata Tres, el Bloque 3 la recordará por su sencillez, don de buena gente y como una de las grandes matronas de ese lar. Igual sucederá en cada uno de los campos deportivos donde se jugara el béisbol y el softbol en Valera. El estadio Mario Urdaneta Araujo fue por muchos años el epicentro donde su torrente voz se escuchaba a rabiar, con su algarabía en apoyo y respaldo a estas dos disciplinas deportivas que tanto amó y por las cuales tanto luchó.
Q
Auténtica guerrera Neira García enfocaba el reflejo en imagen de una guerrera de mil batallas, con una hoja de vida archiconocida en todo el país por la infinidad de certámenes defendiendo la parte dirigencial al estado Trujillo. Neira fue una mujer que se sintió orgullosa de lo que le deparó la vida como batalladora deportiva. Una dama que en el aspecto deportivo no tuvo nada que envidiar como dirigente en su gran pasión: el softbol, especialidad ésta que le reconoció una gran cantidad de méritos. Zuliana de nacimiento, llegó a Valera para quedarse entre nosotros por siempre, sembrando su amabilidad en todos
En 2001, en su segunda etapa como Presidenta de la ATS, hace entrega de premiación al gran Pelusa Antequera. Dos grandes amigos que hoy se reencuentran en el cielo. Observa Chicho Luzardo.
Semanario los andes
DEPORTES
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
En agosto de 2018 realizó una visita al Diario de Los Andes con motivo de su aniversario. Recibida junto a la Directiva de Glorias Deportivas por el Gerente de Redacción Francisco Graterol Vargas, se ve a Neira García con Evencio Daboín, Isbelia La Cruz, José Manuel Piña y Gilberto Montesinos.
fueron mis guías, mis grandes hermanos”, nos decía Neira García en aquella conversación de 2018. En su primera incursión como Presidenta de la ATS se vio acompañada de un nutrido grupo de excelentes dirigentes, Rafael José Arévalo Martínez era el vicepresidente, Pedro Juárez el secretario general, Gilberto Leal, tesorero; fichaje, Carlos Briceño; vocales eran Luis Trompetera, Félix Rivas y Rosa de Briceño, como vocales fungían; Mirian Sánchez (Yiya) y el Dr. Carlos Hernández Casares y el Consejo de Honor lo integraLAS GLORIAS ban: Orlando González, Cheo Pionera Cárdenas y Ernesto Materán. Neira se inició en el deporte DEPORTIVAS Su primer periodo al frente dirigiendo la Liga de Los Criollitos en Plata 3, pero ésta Desde 2011 Neira García se inte- del softbol trujillano se inició un 14 de mayo de 1984, en duró poco. Posteriormente fue gró al grupo de Glorias aquella oportunidad en decladirigente de la Liga de Softbol Deportivas de Trujillo, con el raciones a la periodista Libertador a mediados de los tiempo se convirtió en uno de los Thamar Montero para Diario años 70, en ella permaneció directivos de dicha organización El Tiempo expresó lo siguienpor largo tiempo hasta que la cual vela por el bienestar y te: “Es un reto que tengo por fue llevada por su gran lucha de sus agremiados que en tratar de rescatar el softbol amigo, Cheo Cárdenas como otrora fueron los grandes estancompetitivo, para eso acepté Secretaria de la Asociación de encabezar esta plancha, para dartes del deporte regional. Una Softbol, la cual la dirigía el dirigir la asociación y aquí propio Cárdenas. labor titánica, bien llevada con estoy presta a trabajar por la Convirtiéndose posteriormenamor y mucha dignidad. disciplina pero acompañada te en una de las principales por un grupo de dirigentes, dirigentes del deporte trujillano. La vida le iba sonriendo así como ella le sonreía a la que de aportarme el trabajo de equipo podremos decir en poco tiempo que la mística del atleta y del dirigente vida en favor de la gran cantidad de facetas realizadas fue rescatada. Este grupo de trabajo tiene en mente en beneficio de la colectividad trujillana. estructurar nuevas ligas, estrechar relaciones con otras instituciones, además de trabajar fuerte en favor de la No le gustaba el softbol formación de jugadores desde la categoría juvenil”. Nos llegó a confiar Neira García que no le gustaba el softbol, hasta que un día fue a un juego en el estadio El Una oportunidad le solicitamos una comparación del Milagro como se llamaba antes, hoy día Mario Urdaneta softbol de antaño y el vivido a partir de los años 90, fue Araujo, la llevó su vecino y amigo del Bloque 3 de Plata tajante en su respuesta, “no me gustan las comparacioTres, Walkelis Velásquez, “Un día me invitó Walkelis a un nes. Lo único que te puedo decirte es que al perderse juego en El Milagro, él iba a jugar, me animé y lo acom- la buena dirigencia, el softbol se acabó, lo acabaron el pañé, fue solo entrar al estadio y mi opinión por el soft- mercantilismo y la falta de dirigencia responsable.” La primera etapa de Neira en la ATS fue entre 1984 y bol cambió, yo quedé impresionada del ambiente que 1988 que por sus problemas de salud debió separarse. se vivía en el estadio, eran las 11 de la mañana y eso Luego en el año 1999 regresa triunfante para rescatar era una fiesta. Ese ambiente tan alegre me enganchó, me sentí como pez en el agua, ese día gocé un puyero una vez más la actividad de la pelota suave, lidera una plancha y logra ganar las elecciones para el periodo y desde ese día no me desligué de la actividad. Luego 2000-2004. Una recaída de salud al sufrir una crisis mi compadre Maguila Segovia y mis amigos Ernesto emocional (Hipertensión), que le originó su hospitalizaMaterán y Orlando González me convidaron para que integrara la Liga de Softbol Libertador de Plata Tres. Esa ción y estuvo cuatro días en cuidados intensivos, lo cual no le permitió culminar su periodo y por recomendación fue mi escuela, de allí di el salto a la Asociación médica debió renunciar en 2001. Su salud era primero. Trujillana de la mano de mi gran amigo y hermano Casi un año más tarde cuando logra recuperarse del Cheo Cárdenas, a ellos les debo lo que he sido como percance del 2001, y en el marco de un fastuoso dirigente deportiva y fanática del softbol y del béisbol, los aspectos, donde hoy podemos narrar con mucho orgullo por ser ejemplo de juventudes. Llegó a la vida en Santa Bárbara del Zulia, un 26 de junio de 1950, pueblo éste donde su querida madre la recordada Doña Carmen la levantaba muy de mañanita a ordeñar la vaquita, para que ella y sus hermanos bebieran la leche muy temprano, según nos narró en la última entrevista que concediera, y que tuvimos la fortuna de poder realizarla para Diario de Los Andes en 2018 y que hoy extraemos parte de ella.
En el año 1985 le toca hacer el lanzamiento inaugural de un torneo de la Asociación. Neira García es acompañada por Alfredo “Fuma” Briceño, Orlando González y Orlando Garcés.
➤
En esta foto del Baúl de Andrés Ocanto, vemos a Neira García al lado de Ascensión Palma, Andrés Ocanto, Iván Bracamonte, Rafael Daboín, Martín Ríos y Antonio “Chiva” Peña, en homenaje a Nancy Rosales, 1979. www.diariodelosandes.com
19
homenaje recibido en el estadio Walkelis Velásquez de Plata Tres y con lágrimas en los ojos, rodeada de sus más altos amigos y compañeros de lucha en la dirigencia deportiva, anuncia su retiro definitivo. Recordamos la voz de Cheo Cárdenas al solicitar un aplauso para la dirigente que se despedía de los escenarios deportivos, lo solicitado no se hizo esperar, los asistentes se pusieron de pie para ovacionarla. Era justo y merecido. Era el retiro de la dirigente deportiva más apasionada que hemos conocido, y una de las que con más entrega enfrentó sus responsabilidades. Entre sus éxitos y extenso currículo, tiene un record difícil de alcanzar, desde 1979 hasta 2001 fue delegada de Trujillo en campeonatos nacionales. Estuvo en 14 Nacionales de manera consecutiva, tres veces fue dirigente del año en el estado Trujillo y en dos oportunidades fue reconocida por la Federación Venezolana de Softbol a nivel nacional como la mejor dirigente de Venezuela.
Supo superar escollos Como hemos dicho, esta noble y sencilla mujer tuvo un fuerte percance al sufrir quebrantos de salud, con los cuales luchó fuertemente, y como buena guerrera, al final salió airosa y logró mantenerse en firme hasta la noche del 18 de febrero cuando fue llamada por el Creador para que dirigiera el gran reencuentro celestial con sus paisanos que esperaban por ella. Cuando Cheo Cárdenas renuncia a la Presidencia del Softbol, Neira ocupó este cargo por elección hecha en 1984. En su mandato solicitó la realización del Campeonato Nacional en Segunda Categoría, el cual fue concedido y tendría como sede el estado Trujillo en 1986. En la organización del mismo confirmaron su asistencia hasta 18 delegaciones, las cuales fueron disminuyendo paulatinamente y peligraba su realización, para ese momento ya se habían confeccionado los respectivos afiches y otras actividades alusivas al evento. Esta situación preocupó tanto a Neira quien sucumbió ante el estrés que le generó esa situación, su vida se vio en peligro y ameritó su hospitalización de urgencia, su salud se resquebrajaba, amigos personales y del deporte se unieron a favor de Neira y contribuyeron de una u otra manera a ayudarla salir del difícil trace. Toda esa situación la obligó a un descanso obligado y dedicarse a cuidar su salud. Con su retirada y la del mismo Cheo Cárdenas, también la disciplina del softbol de competencia se vino a pique. Ya los grandes momentos habían quedado para el recuerdo. Neira García fue como una vez nos dijo Don Joaquín Padilla, "La última gran defensora del softbol".
Otra gráfica del recuerdo. Premiando la actuación de otros de sus selectos amigos, Chuchú Pérez, de los grandes de la pelota trujillana. Como animador, Esteban Rojas.
En 1992 organiza el homenaje a Alejandro Durán por los 30 años del Taller Valera en el estadio Olímpico. El entonces seminarista, Ricardo Linares se encargó de ofrecer la homilía.
Trujillano masifica el patinaje en Colombia 20
Semanario los andes
DEPORTES
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
José Araque, ex patinador élite del estado Trujillo, creó el Club Vens Fénix de Barranquilla y se prepara para intervenir en otra edición de la Liga de Colombia
z Miguel Ángel Albarrán periodistamigue@gmail.com Twitter: @elmigue1 Instagram: @migueperiodista
or esas vueltas que la situación actual motiva a que de manera drástica den los venezolanos, José Araque, ex atleta de élite del patinaje del estado Trujillo, hoy por hoy en roles de entrenador y dirigente representa dignamente a su tierra en el hermano país. Araque le aporta a la masificación de esta disciplina en la ciudad de Barranquilla, Colombia. Este nativo de la población conocida como “Mendoza Fría” del municipio Valera, no es un emigrante más, sino por el contrario, es un entrenador que salió de su república a buscar una verdadera mejor oportunidad de impartir sus conocimientos en un deporte extremo que en su momento dio alegrías al estado Trujillo. Araque fue parte del seleccionado trujillano que compitió en Juegos Deportivos Nacionales Trujillo (Judenatru) 1996 y Aragua 1999.
P
Vens Fénix de Barranquilla, escuela dirigida por un trujillano.
José Araque ya obtiene resultados con sus pupilos.
“De ahí en adelante representé a asegurarles un mejor futuro. No los Trujillo diversas competencias”, abandonó, porque cuando puede repite con orgullo el valerano. viene a visitarlos y constantemente De paso, hasta hace poco se desestá en contacto para proveerlos de empeñó como jugalo que necesiten. Su visita dor élite de la más reciente fue en las fiesAsociación de Billar tas de Navidad y Fin de Año. Cifra 40 Durante y Pool del estado los Carnavales envió Trujillo. Un especia- Atletas en saludos no solo a su familia, lista del pool en sus diferentes categosino a todos sus amigos, distintas modalida- rías son los que sobre todo a los del deporte. des, con participa- componen el Club Tuvo una mención especial Vens Fénix ciones en diversos para con su sobrino Josman estadales y nacioHernández, futbolista juvenil nales. sub-20 quien recién tuvo su primera Desde que salió de su última resiconvocatoria al equipo de Primera dencia ubicada en el sector Las División del Trujillanos FC. Lomas, no dejó a su esposa e hijos Vens Fénix de Barranquilla sin un plan edificante, sino por el Hoy con 38 años, encabeza un intecontrario, su objetivo siempre es
resante proyecto en donde desarrolla atletas en edades de 3 hasta 14 años. “Tengo dos que son de alta competencia o élite”, resaltó. Se trata del Club de Patinaje “Vens Fénix de Barranquilla”, una escuela con la que en menos de dos años ya se hace un nombre. “Ese nombre se lo puse en homenaje a todos los venezolanos que migramos, Vens es como una especie de abreviado”, explicó con emotividad. Con esta organización ya logró actuaciones resaltantes, a pesar que no es fácil destacar en una nación donde el patinaje en línea está mucho más adelantado que en Venezuela. La última gran actuación fueron las 25 medallas que se colgaron en Santa Marta.
Liga de Fútbol Sala invitó a rueda de prensa
Sueña con volver a Trujillo Araque vio de cerca la última gran etapa del patinaje de Trujillo, con los triunfos nacionales e internacionales que le dio una camada encabezada por atletas de la talla de Sebastián “Chevi” Guzmán y Sandra Buelvas. En esa ocasión fue Colombia quien le aportó a la masificación trujillana. Pero todo ese trabajo se puede decir que se perdió casi en totalidad, porque hoy ni siquiera hay Asociación de dicho deporte. Por eso Araque sueña con volver a su estado natal y empezar desde cero, para crear una nueva camada, que además sea de la verdadera raza guerrera que caracteriza al deporte trujillano. Pronto planea empezar de manera paralela un trabajo masificador desde Valera.
Kuikas de Trujillo celebró torneo Carnavales 2020 Con un festival deportivo la Academia de Fútbol Kuikas de Trujillo celebró las tradicionales fiestas carnestolendas. Se llevó a cabo en el campo deportivo ubicado tras El Terminal del municipio Trujillo, el Torneo Carnavales Kuikas 2020. Tres escuelas visitaron a Kuikas para medirse en distintas categorías. Primero fueron topes competitivos versus
Atlético Boconó en sub-13, 15 y 19 contra el Club de Balompié Trujillo en sub-7 y ante la Escuela José Medina en sub11. En sub-7 y sub 9 fueron intercambios interescuadras.
padres y representantes de la Academia. Además valoró el despliegue y atención que durante la jornada brindó el personal de la escuela organizadora. Los detalles del evento los informó la Coordinación General y Metodológica de Agradecimientos la Academia. Volvió a resaltar el respalLa junta directiva de Kuikas, agradeció a do irrestricto del “Abogado del Deporte”, las tres escuelas visitantes, así como a Dennis Alexander Godoy. M.A.A.
El fútbol sala prepara importante evento.
La Liga Comunitaria de Fútbol Sala “El Venerable” del estado Trujillo, invitó a todos los medios de comunicación a rueda de prensa. Dicho encuentro con los comunicadores se llevará cabo este martes desde las 9 de la mañana en el salón de reuniones de la Villa Deportiva ubicada del complejo deportivo “Luis Loreto Lira”. El motivo será la presentación oficial del nuevo campeonato (iniciará el viernes) de La Liga Comunitaria de Fútbol Sala “El Venerable”, que preside Alirio Ocanto. El dirigente reconocido tanto a nivel estadal como nacional, agradeció de antemano a periodistas y locutores por acatar el llamado, a quienes les prometió especial atención, con refrigerios tras la rueda de prensa. Extendió su agradecimiento a todos sus patrocinadores, incluyendo al Indet (Instituto del Deporte del estado Trujillo) y su presidente Medardo Fernández. M.A.A.
Kuikas intercambió en distintas categorías. www.diariodelosandes.com
La escuela del municipio capital celebró el Carnaval.
De penal llegó primera victoria DEPORTES
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Juan Carlos Ortiz frenó la racha negativa sin anotar desde el punto de penal para el Trujillanos FC ante Lala FC en el día especial del año bisiesto
Con el toque mágico del año bisiesto en la humanidad, este especial 29 de Febrero fue el día para la primera victoria del Trujillanos FC en la presente campaña, con anotación de tiro penal de Juan Carlos Ortiz, victoria de visita ante el Lala FC 1-0. El CTE Cachamay de Puerto Ordaz fue el La celebración en Puerto Ordaz para los Guerreros de la Montaña. Gráfica Prensa TFC centrales. En el mediocampo es donde Milagro. escenario para este duelo de la jornada más trabajo ha tenido el DT, Carlos Nueve jugadores trujillanos han estado 5 del fútbol nacional, un amarillo y dentro de los 18 por Martín en esta Rueda es el fijo, siendo el de mayor marrón que respira tras sus tres primecampaña, solo Josman Hernández no ha minutos hasta los momentos, aunque ros encuentros sin lograr el triunfo. visto minutos. Jesús Sandrea con 258 es pudiera extrañársele ante Al minuto `56 una combinación Portuguesa FC por acu- el que más ha jugado, José Parra con entre “Chuchín”, Jesús Sandrea mulación de tarjetas; 05, el de menos minutos. y el recién ingresado, Nelson y Juan Carlos Ortiz Pérez dejó para la falta es el otro con dentro del área sobre RESULTADOS Jugadores solamente han sido conmayor juego. Manuel Granados quien vocados por Martín en todos los parDE LA FECHA: Francis Sosa fue derribado. Juan Carlos tidos, Rueda, Ortiz, Chacón, Aponte, sigue demostranOrtiz anotó para frenar la Sandrea, Chávez, Sosa, Ramírez y do que está para GRAN VALENCIA FC 1-2 MINEROS sequía de gol en la Andrés González quien debutó ante DE GUAYANA Lala FC oficialmente. Todos vieron el vamos. José Temporada y de 443 minuGoles: Joel Infante 24’P (GVM) Luis minutos siendo titulares o Hernández Chávez tos desde aquel gol de César suplentes. Martínez 17’ y Gustavo Páez 30’ (MDG). no ha tenido su mejor Aponte al ’64 en la Liguilla versión y “Chuchín” se 2019 ante el Deportivo La Guaira ha convertido en la agradable CARACAS FC 1-1 ACADEMIA P. CABELLO en el choque de Ida. Para Ortiz fue el Goles: Anderson Contreras 49’ (CFC) René sorpresa para el manejo de los hilos. cuarto gol con la camiseta guerrera. Alarcón 3’ (APC) Alexander Guerra y Ronny Maza pujan por la delantera, sin embargo hay jugaMartín haciendo el equipo ATLÉTICO VENEZUELA 2-2 MONAGAS SC dores como Nelson Pérez, Luis Annese, Para el entrenador guerrero Martín Goles: Edder Farías 20’ y 34’ (AVEN) Jhon Chacón y Manuel Ramírez que se Carrillo las cosas empiezan a aclararse Cristian Novoa 46’ y Oscar González 54’ consolidan en las convocatorias y en la en cuanto a un 11 tipo. Andrés González cumplió en su labor de sustituir al enfer- responsabilidad de responderle al técni- (MSC) co para cambios importantes, sea desde mo Álvaro Forero, mientras en defensa LALA FC 0-1 TRUJILLANOS FC parecieran consolidarse la cuarteta titu- el inicio o desde la banca. Gol: Juan Carlos Ortiz 57’P (TFC) Hasta los momentos son 27 los jugadolar en el oriente del país Granadosres que ha convocado Martín Carrillo, 24 Aponte-Parra-Carabalí, sobre todo los han visto minutos, la falta de gol es alar- DEPORTIVO LARA 2-0 DEPORTIVO ASI MARCHAN: TÁCHIRA mante en un equipo que es ordenado, Goles: Valentín Pimentel 37’ y Edson llega con claridad pero sin goles será Equipos JJ JG JE JP GF GC PTS DG Samms 81’ (CDL) muy difícil conseguir resultados. 1.- Deportivo Lara 5 4 1 0 8 2 13 6
9
3 3 3 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 0 1 0 0
1 2 1 3 1 1 0 0 3 2 2 2 1 1 3 0 2 1
0 0 0 0 1 2 2 3 1 1 2 2 2 3 1 3 3 4
11 6 5 7 4 8 4 4 1 1 3 3 5 2 2 5 2 4
2 3 0 4 2 8 3 4 4 2 5 6 9 6 4 8 5 8
11 11 10 9 7 7 6 6 6 5 5 5 4 4 3 3 2 1
9 3 5 3 2 0 1 0 -3 -1 -2 -3 -4 -4 -2 -3 -3 -4
Llega la fase decisiva de la Champions League, las eliminatorias y ya no hay tregua. Nadie da un respiro. Los partidos de ida de los octavos han dejado a los gigantes contras las cuerdas. Acorralados y con la urgencia de remontar en la vuelta si no quieren ver truncado el paso de la temporada demasiado pronto. Liverpool, Real Madrid, PSG, Juventus, Tottenham... están al borde del abismo. Plantillas confeccionadas con colecciones de estrellas, proyectos millonarios que se tambalean tras recibir el primer golpe... que no el decisivo. Aún queda el último 'combate'. En el CLÁSICO del fútbol mundial, el Real Madrid derrotó 2-0 al Barcelona con goles de Vinicius y Mariano en el Bernabeú y retomó el liderato los de Zidane. FG
Tottenham 0-1 RB Leipzig Atalanta 4-1 Valencia Vuelta 10/03
frangra177@gmail.com @frangra177
5 5 4 5 4 5 4 5 5 4 5 5 4 5 4 4 5 5
Gigantes contra la cuerda en la Champions League 21
ASÍ VAN:
z Frank Graterol
2.- Caracas FC 3.- Atlét Venezuela 4.- Zamora FC 5.- Monagas SC 6.- Dvo La Guaira 7.- Estudiantes Mér 8.- Aragua FC 9.- Mineros Guay 10.- Carabobo FC 11.- Trujillanos FC 12.- Yaracuyanos FC 13.- Portuguesa FC 14.- Zulia FC 15.- Dvo Táchira 16.- Academia PCab 17.- Metropolitanos 18.- GV Maracay 19.- Lala FC
Semanario los andes
CARABOBO FC 0-0 DVO. LA GUAIRA
Jair Andara hace historia Con la entrada al minuto ’78 de juego, el trujillano Jair Andara hizo historia al emular a su padre, Edixon “Nené” Andara como jugadores del Trujillanos FC en Primera división. La hazaña padre e hijo pudiera ser el de mayor minutos si Jair termina de convencer al DT. Extraoficialmente el hijo de Argimiro “El Muñeco” Ramos, también jugó con el equipo. Dato que aún está por verificarse, sin embargo el hecho logrado por los Andara no deja de ser histórico, ambos salidos del popular sector del Barrio El
YARACUYANOS FC 2-1 ESTUDIANTES DE MÉRIDA Goles: Andris Herrera 6’ y Ángel Osorio 68’ (YFC) Jaime Moreno 17’ (EDM) PORTUGUESA FC 2-2 ZULIA FC Goles: Yohalex Vásquez 37’ y 90’+4 (PFC) Junior Paredes 52’ y Yanoswky Reyes 75’ (ZFC) Anoche jugaban: Zamora FCMetropolitanos FC
www.diariodelosandes.com
B. Dortmund 2-1 PSG Atlético 1-0 Liverpool Vuelta 11/03 Real Madrid 1-2 M. City Lyon 1-0 Juventus Vuelta 17/03 Nápoles 1-1 Barcelona Chelsea 0-3 Bayern Munich Vuelta 18/03
CRIOLLOS EN EL SPRING TRAINNING
Venezuela al Mundial de beisbol
La Selección Nacional de beisbol sub 23 consiguió pase al Campeonato Mundial de la categoría, al derrotar por blanqueo y con abrumadora diferencia 9 por 0 a Colombia y llevarse así la presea de bronce en el clasificatorio regional. La Vinotinto se unió a Nicaragua y Cuba como los tres mundialistas de esta oportunidad, al quedarse con las medallas en la justa disputada en el estadio Dennis Martínez de Managua, con la asistencia de países de Centroamérica, Suramérica y el Caribe. La tropa de Richard Paz cerró con 6 victorias en 9 presentaciones, desde el inicio de la refriega, la semana anterior. El Mundial sub 23 se llevará a cabo en México, del 2 al 11 de octubre.
SPRING TRAINNING El receptor venezolano Dennis Ortega, de los Cardenales de San Luis en la MLB y los Bravos de Margarita en la LVBP, golpeó el único jonrón venezolano en la jornada dominical de las Grandes Ligas. Tres fueron los jonrones criollos el sábado, incluyendo el primer tablazo del ligamenorista Wilson García, que se encuentra como invitado en el campo de los Indios de Cleveland. García es un receptor e inicialista, los otros dos fueron Gleyber Torres y Orlando Arcia. El prospecto Andrés Giménez fue el jonronero del viernes. En el pitcheo también hay buenas noticias con Edaurdo Rodríguez y Carlos Carrasco. El trujillano José Osuna se gana el puesto de titular con los Piratas. FG
Semanario los andes
Autoridades no confirman ni niegan la información
en Sabana de Mendoza
22
SUCESOS
Restos humanos serían de un homicidio
El macabro descubrimiento de restos humanos en la parroquia Sabana de Mendoza, del municipio Sucre, puso a trabajar duro a los sabuesos del Cicpc, quienes tratan de identificar a la víctima y establecer las causas de su deceso. Todo comenzó cuando el pasado 24 de febrero un grupo de personas que caminaban en plena vía pública, en un terreno contiguo a la calle principal, hallaron tirado Los restos podrían pertenecer a en la maleza el cráneo de un un sujeto muerto por bandas humano y luego varios ser delictivas. fragmentos óseos más. Los sorprendidos vecinos se comunicaron inmediatamente con las autoridades policiales, así como a la Delegación Estadal del Cicpc, específicamente la División de Homicidios Trujillo, con base en la ciudad de Valera, quienes acudieron al sitio para retirar la osamenta y comenzar las labores patológicas de rigor, recabar evidencias y revisar el entorno en busca de pistas que conduzcan a determinar la identidad del individuo. Los restos fueron llevados a la morgue local del Hospital Universitario “Pedro Emilio Carrillo”, donde los patólogos revisarán si tiene orificios por balas, si fue muerto a golpes o por el contrario se trata de un indigente que falleció de muerte natural. También se revisa sobre denuncia de personas desaparecidas los últimos meses. Se especuló que la zona es propicia para la liberación de cadáveres, de allí la suspicacia de los sabuesos del Cicpc.
Municipio Candelaria
Al “Yova” lo liquidó comisión policial
El pasado martes 25 de febrero fue muerto a tiros en horas de la mañana el ciudadano Geovanny José González Bravo, de 29 años de edad, quien según informaciones aportadas por las Fuerzas Armadas Policiales del estado Trujillo (Fapet), cayó abatido en la parroquia capital, del municipio Candelaria tras no acatar la voz de arresto a una comisión de esa institución de seguridad estadal.
El joven -según el parte policial- se enfrentó, arma en mano, a una comisión del cuerpo uniformado donde resultó gravemente herido, siendo de inmediato trasladado hasta el centro de salud más cercano, el Ambulatorio II de Monay, pero minutos más tarde falleció. Agrega la fuente policial, que “El Yova” pertenecía presuntamente a la banda de “El Colombiano”, la cual actúa a sus anchas y aterroriza a productores y familias en toda la zona en referencia, incluyendo el municipio Carache. Subraya el informe, que entre las evidencias que se le encontró al ciudadano abatido, un arma de fuego sin características especiales. Del caso conoció la Fiscalía del Ministerio Público.
De la banda de “El Colombiano”
El “Yova”, según las Fapet no acató la voz de arresto y murió al enfrentar a la comisión.
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Rumores de secuestros crean paranoia general E
Además de los dos casos de intento de rapto, en las personas de dos jóvenes adolescentes de Carvajal y Valera, también se suma la denuncia del intento de rapto a un niño de 10 años en la calle 16. En vista de ello, se intensifica la labor investigativa para confirmar la veracidad de los hechos
l Gabriel Montenegro
l Cicpc, la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y el Sebín continúan el intenso trabajo de investigación para tratar de corroborar la presunta existencia de bandas o grupos delictivos que se encargan de raptar niños y jóvenes a quienes les estarían extrayendo los órganos con fines de comercializarlos para trasplantar a personas adineradas que sufren enfermedades graves o de tipo terminal, quienes pagarían altas sumas por prolongar su vida a costa de los demás. Desde hace un par de semanas, se reportaron dos casos de intento de secuestro contra dos personas locales; el primero de ellos contra una joven de 15 años de edad, residenciada en el municipio San Rafael de Carvajal y otra muchacha en las inmediaciones del sector “El Bolo” de Valera, a Dios gracias ambos frustrados por las mismas víctimas que escaparon de sus captores. Aunque no se tiene certeza de lo verdaderamente acontecido en ambos casos, las autoridades procedieron a activar un intenso operativo con el propósito de dar con el paradero de las per-
Siguen los rumores de intento de secuestros en Valera. Se sindica a varios sujetos en una camioneta negra.
Esta información no la pudimos sonas presuntamente involucradas en confirmar, debido a que en los libros de estos graves episodios. emergencia no aparece ningún ciudadaOtro caso en la calle 16 no internado con las características El pasado jueves 27 de febrero, en antes descritas. horas de la mañana, varias personas residenciadas en el sector final de la Los rumores van y vienen calle 16 de Valera se comunicaron vía Lo que sí es cierto, es que crece la telefónica con este redactor, con la fina- ola de rumores sobre la proliferación de lidad de referir que un sujeto, cuyo supuestas bandas de secuestradores en nombre no fue revelado, fue sorprendi- suelo regional, sin embargo no podedo en momentos de pretender raptar a mos adelantar juicios a priori, hasta niño de unos diez años de edad. tanto las autoridades competentes no El malhechor -según expresó la confirmen la información recibida. fuente- fue capturado por una turba de Esto lo decimos, porque la seriedad vecinos enardecidos, quienes le propi- y la objetividad informativa está por narían una paliza, siendo conducido a encima de todo. Cumplimos solo con la sala de urgencias del hospital central dar a conocer lo que ocurre en nuestras de Valera, donde se rumoró que había calles y zonas residenciales sobre este fallecido por las lesiones recibidas. delicado tema.
Asesinada tras salir de una discoteca
Hallan muerta a otra venezolana en Perú
causas de su fallecimiento, adeUna ciudadana de origen venemás de buscar a los responsables zolano, Joshelín Vásquez Herdel hecho. nández, de 22 años fue encontrada sin vida en el cruce de las avenidas Horticultores y DefenEra reincidente sores del Morro, en Chorrillos en La policía peruana recibió Perú, en las afueras de Lima, al información adicional donde se parecer víctima de varios sujetos aseguraba que esta muchacha, que la habrían asesinado de un quien horas antes se encontraba tiro en la cabeza por venganza o con unas amigas en una discoteca cuestiones de droga o tragos. La denominada “Venecia”, al parevíctima vestía jean, zapatillas y cer tenía conexión con las persoportaba una cartera con sus nas de su misma nacionalidad documentos y varias fotos persoque hace varios meses mataron y nales. cortaron en trozos a un joven Al conocerse sobre el hallazperuano en la ciudad de Lima, go del cadáver de la ciudadana Otra bella joven venezolana, Joshelín Vásquez (22) es crimen muy comentado a nivel extranjera, la cual mostraba eviinternacional. Tres jóvenes que asesinada en Perú. dentes signos de violencia y el estuvieron ligadas de una u otra orificio del disparo, las autoridades peruanas procedieron manera a los autores de este crimen, fueron expulsadas de a levantar el cuerpo, para iniciar las investigaciones per- Perú, sin embargo se dijo volvieron a ingresar de manera tinentes, proceder a la necropsia legal y determinar las ilegal al país. www.diariodelosandes.com
Choque con efectivos de la Guardia Nacional Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
SUCESOS
Abatidos dos de la banda “El Cagón” T
La camioneta en la que se trasladaban está solicitada como robada.
Una de las dos escopetas que portaban los delincuentes. Fotos: Alexander Viloria
La GNB -dice el parte informativo- venía haciéndole seguimiento a esta peligrosa banda de extorsionadores y cobra vacuna, quienes desde hace tiempo estaban enconchados en ese sector y a través de labores de inteligencia se logra ubicar a dos peligrosos delincuentes que hacían de las suyas y gracias en colaboración con las comunidades y comerciantes dieron su ubicación, ya que desde hace tiempo estaban cometiendo fechorías como lo es extorsiones, robos de
vehículos y resistencia a las autoridades. Al verse descubiertos por parte de la Guardia Nacional, los presuntos delincuentes, identificados como Ángelo García y Luis Rosario, optaron por hacerles frente con varias armas de fuego cayendo abatidos. Luego de recoger los cuerpos y realizar las experticias de rigor, fueron conducidos hasta el hospital de Baralt. Se supo de parte de la misma fuente militar, que estos delincuentes operaban en el estado Trujillo y parte del Zulia, y extrañamente no portaban ningún documento con sus nombres reales o alguna cédula de identidad, tal vez para evadir la acción de la justicia. En el procedimiento se logró incautar un arma de fuego tipo escopeta, calibre 12 mm, marca Mossberq, serial 1744327, dos (02) cartuchos calibre 12 mm, percutidos, otra arma de fuego tipo escopeta de fabricación rudimentaria, calibre 12 mm sin marca registrada, sin seriales visibles y un vehículo tipo camioneta marca Chevrolet, Modelo Silverado placa A35AV3F, la cual aparece solicitada según expediente: K20-013500252 por la Delegación Municipal del Cicpc Maracaibo, de fecha 22 de febrero del 2020. El área del suceso fue debidamente acordonada para dar con otros integrantes de esta banda, que al parecer, actúan en los límites del estado Trujillo y parte de la costa oriental del lago de Maracaibo.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209º y 160º Municipio Valera, 17 de Febrero del Año 2020 Por presentado el anterior documento. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Firma Personal y archívese original junto con los demás recaudos acompañados. Expídase copia certificada. El anterior documento redactado por el Abogado; MARLIN LEANDRA AÑEZ AGUILAR IPSA N.: 121972, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 167, TOMO -4-B RMPET. Derechos pagados BS: 336.000,00 Según Planilla RM No. 45400188762, Banco No. 41663 Por BS: 0,10. La identificación se efectuó así: MARIA GABRIELA SERRANO MONTILLA, C.I: V-13.404.415. Abogado Revisor: ANA BEATRIZ ABREU LOBO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: BETEL CAFE DE MARIA SERRANO, F.P Número de expediente: 454-39613 CIUDADANO REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. SU DESPACHO.Yo, MARIA GABRIELA SERRANO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.404.415, soltera, domiciliada en el municipio Valera Estado Trujillo, ante usted con el debido respeto y acatamiento ocurro a exponer. Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo 19, Ordinal 8 del Código de Comercio le participo que a partir de la
presente fecha he decidido constituir la presente FIRMA PERSONAL de mi exclusiva propiedad que girara bajo mi única responsabilidad. PRIMERA: la denominación Comercial es BETEL CAFE DE MARIA SERRANO, F.P. SEGUNDA: Operara bajo mi sola firma y responsabilidad en mi carácter de única propietaria. TERCERA: el domicilio fiscal de la firma personal será en el C.C Canaima calle 6 y 7 entre av 10 y 11, sector el centro, planta baja local 14, parroquia Mercedes Díaz municipio Valera Estado Trujillo, pero podrá establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar o estado de la República. CUARTA: la mencionada Firma Personal tiene por objeto Todo lo relacionado con venta de Cafés, Tortas, pan, ponqués, brownies, galletas dulces, gelatinas, pudines, quesillos, batidos, bebidas gaseosas y refrescante, agua mineral, todo tipo de golosinas, panadería, pastelería, pizzas, pasapalos, salsas, ensaladas, desayunos, almuerzos, cenas. Asimismo también la venta al mayor y detal, materia prima para la elaboración de pastelería y panadería. Así como también cualquier actividad conexa y de lícito comercio con el objeto señalado. QUINTA: SU capital es la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.100.000.000,00) los cuales están representados en mercancía y mobiliario. Yo, MARIA GABRIELA SERRANO MONTILLA, antes identificada, por medio del presente documento DECLARO BAJO JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos de acto o negocio jurídico otorgados a la presente fecha proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez declaro que los fondos producto de esta acto, tendrán un destino licito. SEXTA: La duración de esta firma personal es por (10) años. En virtud de lo previamente expuesto, ruego a usted isa presente participación a los efectos que se sirva ordenar la inscripción en el Registro Mercantil correspondiente y me sea devuelta una copia certificada con el auto que lo provea, a los fines legales consiguientes. Así lo digo en Valera a la fecha de su presentación. MARIA GABRIELA SERRANO MONTILLA Firma Ilegible.
z Gabriel Montenegro
ras un largo y duro trabajo de inteligencia e investigación, funcionarios adscritos de la Guardia Nacional Bolivariana y el Zodi dieron con la ubicación de dos peligrosos sujetos, presuntos integrantes de la banda criminal “El Cagón”, quienes fueron abatidos durante un sensacional enfrentamiento ocurrido en el sector El Tigre zona limítrofe entre los estados Trujillo y Zulia De acuerdo con el reporte dado por las autoridades militares, en la voz del general de Brigada (GNB) Vladimir Lugo Armas, jefe de la Zona II acantonada en el Zulia, el fuerte enfrentamiento con los antisociales se produjo luego de que comisiones de la Guardia Nacional detectaran la presencia de varios tipos de rara conducta recorriendo la zona.
Cargaban un vehículo robado
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA *** MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA *** SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO RM No. 454 209° y 160° Municipio Valera, 7 de Febrero del Año 2020 Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado MILAGROS DEL CARMEN PADILLA MÉNDEZ IPSA N.: 63773, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 54, TOMO -3A RMPET. Derechos pagados BS: 2.630.000,00 Según Planilla RM No. 45400190856, Banco No. 531668 Por BS: 2.500.000,06. La identificación se efectuó así: MILAGROS DEL CARMEN PADILLA MENDEZ, C.I: V-10.039.181. Abogado Revisor: EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO Registradora Mercantil (E) Primero del Estado Trujillo. Dra. EVINMAR LEIRY GODOY DELGADO ESTA PÁGINA PERTENECE A: GCAR’S MOTORS, C.A Número de expediente: 454-39433 Ciudadano: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TRUJILLO. Su Despacho.Yo, MILAGROS PADILLA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, Abogado en Ejercicio, titular de la cédula de identidad No. V10.039.181, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 63.773, con domicilio en la Ciudad de Valera, Municipio Valera del Estado Trujillo, procediendo en representación de la Sociedad Mercantil GCAR’S MOTORS, C.A, suficientemente autorizada para este acto, por el Documento Constitutivo de la sociedad, ante Usted, ocurro y expongo: De conformidad con lo establecido en el Artículo 215 del Código de Comercio, presento ante Usted, debidamente firmado por las accionistas, el Documento Constitutivo de la Sociedad que represento, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que constitutiva a la vez, de Estatutos Sociales de la empresa, con objeto de que, previas las formalidades legales, ordene su inscripción en el Registro y publicación. Hago constar que la totalidad del capital social de la Sociedad, se evidencia en balance general de bienes y activos, debidamente suscrito por los socios, para ser agregado al expediente que se forme de la sociedad. Es justicia, en Valera, a la fecha de su presentación. Dra. MILAGROS PADILLA MÉNDEZ C.I. V-10.039.181 Firma Ilegible. Nosotras, ASTRID CAROLINA RAMÍREZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, Ingeniera, titular de la cédula de identidad No. V19.793.462, con domicilio en Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, inscrita en el Registro de información fiscal bajo el No. (RIF) V19793462-6 y GIANCKELY GISEF CITTON CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, ingeniera, titular de la cédula de identidad No. V-20.401.663, con domicilio en la Parroquia Valmore Rodríguez, Municipio Sucre del Estad Trujillo, inscrita en el Registro de información fiscal bajo el No. (RIF) V-20401663-8; por medio del presente documento declaramos: Que hemos convenido en constituir, como en efecto formalmente constituimos en este acto, una COMPAÑÍA ANÓNIMA, que se rige por las disposiciones del presente documento constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud, para que sirva de Estatutos Sociales de la Sociedad, según las cláusulas y disposiciones siguientes: Capítulo I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN PRIMERA: La Sociedad Mercantil se denominará GCAR’S MOTORS, C.A.-SEGUNDA: El domicilio de la Sociedad estará ubicado en: La Urbanización San Antonio, Calle Principal, Local S/N, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera del Estado Trujillo; pudiendo establecer sucursales, agencias, o simples representaciones en cualquier parte del Estado, Territorio Nacional o internacional.- TERCERA: La Sociedad tendrá por objeto: “La compra y venta, al mayor y por menor, exportación, importación, distribución y comercialización de toda clases de vehículos, repuestos para vehículos nuevos y usados, accesorios, auto periquitos, neumáticos, mangueras de alta presión, maquinaria agrícola y pesada, pintura, fluidos, sonidos para vehículos; servicio de mantenimiento, reparación mecánica, dirección, tren delantero y frenos, cambio de aceite, pintura de vehículos, puli lavado y gamusa de vehículos; y en general cualquier otro acto de licito comercio o actividad conexa de conformidad con la Ley”.- CUARTA: La sociedad tendrá una duración de Cincuenta (50) años, contados a partir de la fecha de inscripción y registro del presente documento por ante el Registro Mercantil, pudiendo prorrogarse por periodos iguales, si así lo acuerda la asamblea de socios.Capítulo II CAPITAL, ADMINISTRACIÓN Y ASAMBLEAS QUINTA: La Sociedad tiene un Capital Social de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 250.000.000,00), divididos en CIEN (100) acciones nominativas, cada una por un valor de Dos Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 2.500.000,00); capital que ha sido suscrito y pagado de la siguiente manera: ASTRID CAROLINA RAMÍREZ RIVAS, suscribe y paga SESENTA (60) ACCIONES, por un valor de Ciento Cincuenta Millones de Bolívares (Bs. 150.000.000,00), que representa el 60% de las acciones GIANCKELY GISEF CITTON CONTRERAS, suscribe y paga CUARENTA (40) ACCIONES, por un valor de Cien Millones de Bolívares (Bs. 100.000.000,00), que representa el 40% de las acciones; conforme balance e inventario de bienes que se acompaña a la presente acta, debidamente suscrito por las socias para ser agregado al expediente que se forme de la sociedad.- El capital social podrá ser aumentado o disminuido conforme a la Ley: en el primer caso tendrán derecho preferentemente los accionistas de la sociedad y la suscripción se hará en proporción al número de acciones de cada uno de ellos, salvo acuerdo especial entre dichos accionistas.-. SEXTA: Declaración de Capitales Nosotras: ASTRID CAROLINA RAMÍREZ RIVAS, y GIANCKELY GISEF CITTON CONTRERAS, previamente identificadas, por medio del presente documento DECLARAMOS BAJO JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos, del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en la leyes venezolanas, y a su vez, declaramos que los fondos producto de este acto tendrán un destino licito.- SÉPTIMA: La administración y dirección de la sociedad, estará a cargo de una Junta Directiva integrada por Un Presidente y Un Vicepresidente, designadas en asamblea ordinaria de socios, quienes duraran diez (10) años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos o removidos en asamblea de socios, las cuales deberán ser accionistas de la compañía. OCTAVA: Los administradores deben depositar en la caja social Dos (2) acciones de su propiedad emitidas por la empre-
www.diariodelosandes.com
Semanario los andes
23
sa. Estas acciones quedan afectas en totalidad para garantizar todos los actos de la gestión, aun los exclusivamente personales, a uno de los administradores,- NOVENA: El Presidente y el Vicepresidente, de manera separada o indistinta tendrán las más amplias facultades de administración y disposición sin ningún tipo de limitación; siendo sus atribuciones: A). Representar a la sociedad, ante los organismos e instituciones de carácter administrativo, público y privado; B) manejar y dirigir todos los negocios de la sociedad; C) La selección, ingreso, egreso y contratación del personal; D) Podrán celebrar toda clase de contratos, convenios o acuerdos de la sociedad, podrán en nombre de la compañía, adquirir, enajenar, gravar bienes muebles e inmuebles, arrendar, dar y recibir en prenda, contratar toda clases de préstamos, comprar y vender acciones mercantiles, constituir garantías prendarias o hipotecarías, recibir y entregar valores y dinero otorgando los recibos y finiquitos correspondientes; obligar en todas las formas a la sociedad. E) Podrán movilizar los fondos y cuentas de la compañía, solicitar créditos, abrir, aperturar y movilizar cuentas bancarias y comerciales, firmar cheques, librar, aceptar y endosar letras de cambio, pagares y demás instrumentos bancarios entre otros; F) Representar a la compañía en todos sus actos judiciales y extrajudiciales, obligar a la sociedad ya sea en forma judicial o extrajudicial, ejercer la plena representación de la sociedad; y en general representar a la sociedad ante toda clase de autoridades, ya sean judiciales, administrativas, civiles, agrarias, penales, fiscales o tributarias, y de cualquier otra naturaleza, a cuyo efecto podrán constituir y designar apoderados judiciales, confiriéndoles mandatos, y las facultades más amplias en el ejercicio del derecho, y en general conferir cualquiera otra facultad que la compañía juzgue y considere conveniente en beneficio de la sociedad.- DÉCIMA: Cada seis (6) meses, La Junta Directiva emitirá un estado sumario de la situación activa y pasiva de la sociedad, el cual harán conocer al Comisario y anualmente presentaran a la Asamblea Ordinaria de Accionistas, informe de la labor administrativa y de dirección, durante el correspondiente ejercicio económico, formando el balance general e inventario de dicho ejercicio. DÉCIMA PRIMERA: Las convocatorias a las Asambleas sean estas Ordinarias o Extraordinarias, serán realizadas por la Junta directiva de la compañía con cinco (5) días de anticipación por lo menos, indicando el día, hora y objeto, sede o lugar donde se celebrara la asamblea, por un periódico de mayor circulación y por convocatoria personal privada, mediante carta certificada, telegrama o telefax, publicación de internet en la página web de la sociedad, en redes sociales o cualquiera otras formas de remisión de mensajes, a su vez, debe constar en envió de dicho instrumento; ambas modalidades de Convocatoria se establece de forma obligatoria y recurrente ya que todo accionista tiene derecho a ser convocado a las asambleas. Sin embargo, la formalidad de la publicación de la convocatoria por prensa y la convocatoria personal privada, no serán necesarias si la totalidad del capital social se encuentra presente o representado en la reunión.- DECIMA SEGUNDA: Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias, y constituidas de acuerdo con este documento, representan a todos los accionistas, siendo sus decisiones obligatorias para todos ellos, aun para los que no hayan concurrido.- DECIMA TERCERA: La Asamblea Ordinaria de Accionistas, se reunirá una vez que finaliza el ejercicio económico el 31 de Diciembre de cada año, debiendo celebrarse, la asamblea dentro de los tres (3) meses al cierre del ejercicio económico, y la Asamblea Extraordinaria cuando lo fije la asamblea de socios, previa convocatoria, teniendo esta asamblea las atribuciones señaladas en el Código de Comercio, y para que sus deliberaciones sean validas, deberán estar presente en ellas un número de accionistas que represente las mitad más uno, ósea más del cincuenta por ciento (50%) del capital social.- DÉCIMA CUARTA: La Asamblea extraordinaria, se reunirá cuando sea convocada por algún miembro de la Junta Directiva o El Comisario, o cuando así lo exija un numero de accionistas que representen más del cincuenta por ciento (30%) del capital social de la empresa, y en su misma convocatoria se aplicaran las mismas reglas establecidas, para las asambleas ordinarias.- DECIMA QUINTA: Cuando a las Asambleas no concurrieren un numero de accionistas que representen mas del cincuenta por ciento (50%) del capital social, se procederá de acuerdo a lo establecida en el Articulo 274 y 276 del Código de Comercio; sin embargo cuando a la asamblea concurre la totalidad de los accionistas, no habrá necesidad de previa convocatoria siendo validos todos los acuerdos que se tomaren.- DECIMA SEXTA: Las asambleas serán presididas por el Presidente o el Vice-Presidente de la sociedad, sus decisiones se tomaran por mayoría de votos, a cuyo efectos cada accionista tendrá tantos votos como acciones posea o represente, y de estas reuniones se levantara acta, con todas las menciones exigidas en el Código de Comercio.- DECIMA SÉPTIMA: El ejercicio anual de la sociedad, comenzara el 1º de Enero de cada año y terminara el 31 de Diciembre de cada año; a excepción del primer ejercicio económico de la sociedad, que será el lapso comprendido desde su Inscripción en el Registro Mercantil y finalizara el 31 de Diciembre del mismo año. DÉCIMA OCTAVA: El Presidente queda obligado a establecer el Balance General e inventario de la Sociedad, así como también el Estado de Ganancias y Pérdidas y la proposición de Distribución de Beneficios, dentro del plazo máximo, de dos (2) meses, contados a partir del cierre de cada ejercicio social, y a presentar copias de dichos documentos al Comisario y los demás accionistas que existieren en la Sociedad para su aprobación.- DÉCIMA NOVENA: De las utilidades de la sociedad, en cada ejercicio, se separa anualmente un cinco por ciento (5%) destinado al fondo de reserva, y hasta que este alcance el diez por ciento (10%) del Capital Social. Podrán constituirse otros fondos de reserva, para atender disposiciones legales que surgieran o por conveniencia de la Sociedad. El remanente de las utilidades se repartirá entre los accionistas en forma de dividendos de acuerdo a sus acciones. VIGÉSIMA: La Sociedad tendrá un Comisario que podrá ser accionista o no, será elegido por la Asamblea Ordinaria cíe Accionistas, y durara cinco (5) años en ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegido. Tendrá las atribuciones que señala el Código de Comercio y rendirá su informe dentro del mismo lapso y con el objeto establecido para el balance e inventario de la sociedad.- VIGÉSIMA PRIMERA: En caso de disolución y liquidación de la Sociedad, ello se efectuara por uno o más liquidadores designados por la Asamblea que hubiese sido convocada con ese objeto, observándose lo que sobre liquidadores dispone la Ley. VIGÉSIMA SEGUNDA: La Junta Directiva queda constituida de la siguiente manera: Presidente: ASTRID CAROLINA RAMÍREZ RIVAS; Vice-Presidente: GIANCKELY GISEF CITTON CONTRERAS; como Comisario se designa a la Licenciada MARGARITA YSABEL SANTIAGO PEREA, venezolana, mayor de edad, Contador Público, con domicilio en Valera, Municipio Valera del Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad No. V- 15.583.763, inscrita en el Colegio de Contadores bajo el No. 71.563.- VIGÉSIMA TERCERA: En todo lo no previsto en la presente acta, se procederá de acuerdo a lo previsto en el Código de Comercio vigente. VIGÉSIMA CUARTA: Conforme a lo previsto en el Artículo 215 del Código de Comercio, se autoriza ampliamente a la Abogada MILAGROS PADILLA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.039.181, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 63.773, a fin de que cumpla con todos los requisitos necesarios para dejar legalmente constituida la Sociedad Mercantil GCAR’S MOTORS, C.A. En Valera, a la fecha de su presentación.Firmas Ilegibles.
Valera, del 3 al 9 de Marzo de 2020
Espectacular accidente de tránsito
Mueren tres venezolanos en Chile
Tres personas de nacionalidad venezolana fallecieron y dos resultaron heridos la madrugada de este domingo primero de marzo, tras un accidente de tránsito ocurrido en el sector de Lirquén, comuna de Penco, Chile. El vehículo circulaba por la Ruta 150, sector “Pedro Aguirre Cerda”. El chofer perdió el control y el carro quedó incrustado en un almacén. Fueron identificados como El vehículo quedó prácticaJosé Rodríguez B., Oriana mente destrozado. Gutiérrez Romero y Raciel Monsálvez Barrios, mientras los heridos responden a los nombres de Raide Zambrano y Aníbal Weffer Castillo. (GM).
Trágico choque de autos
Fallece boconés en Ecuador
Familiares de Oneiver José Mariño Barazarte, un ciudadano boconés que murió trágicamente en Ecuador, solicitan ayuda para el traslado de sus restos que hasta el momento permanecen fuera del país. María Paola Quintero, sobrina del fallecido, dijo que “estamos angustiados por no haber hasta hoy logrado recaudar entre la familia el dinero suficiente para el Oneiver Mariño Barazarte, traslado de mi tío a murió en un accidente en Venezuela”. Noticias Momoy Ecuador. divulgó la información. Para cualquier aporte pueden hacerlo al Banco Provincial a nombre de María Paola Quintero Barazarte, cuenta corriente, 0108 0107 9401 0008 8640, Cédula 24409458. (GM).
PMVP Bs. 20.000,00
Liquidados por comisión de la GNB Año 2 / Nº 14 / www.diariodelosandes.com
N O R E Y CA E D S DO ” N Ó G A C “EL
El General de Brigada (GNB), Vladimir Lugo Armas, jefe de la Zona II del cuerpo castrense nacional informó este lunes, que dos antisociales que se dedicaban al robo, extorsión y cobro de vacuna a los productores de la zona limítrofe entre Zulia y Trujillo, resultaron abatidos al enfrentar a una comisión de ese cuerpo militar. Fueron identificados como Ángelo García y Luis Rosario. /23
Los drogaba junto a cómplice de 17 años
A la cárcel pastor que violó 10 niños
Por solicitud del Ministerio Público, fueron privados de libertad el líder juvenil de un templo evangélico, de nombre Sergio Manuel Monsalve (25), y un adolescente de 17 años, cuya identidad omitimos por obvias razones, sindicados de su presunta responsabilidad en abusos sexuales cometidos contra 10 niños y adolescentes cuyas edades oscilan entre los 10 y 16 años, según destaca la prensa tachirense. Este acto aberrante fue denunciado el pasado 18 de febrero ante el Instituto Autónomo de Policía de Táchira (Politáchira), ubicado en San Cristóbal. (GM).
Ángelo García y Luis Rosario no llegaban a los 30 años de edad.