Curso: LÓGICA Sesión 03
Tema: Las proposiciones y las inferencias Facultad de Psicología y Trabajo Social
Son las verdades PRIMERAS, las cuales son evidentes y se llega a ellas por medio del empirismo como primer momento de conocimiento.
La Lógica Formal ha coincidido en la formulación de cuatro principios lógicos, aunque el cuarto no es aceptado por todos los lógicos. Tales principios son: 1. Principio de identidad. 2. Principio de Contradicción. 3. Principio de Exclusión. 4. Principio de Razón Suficiente.
El principio de Identidad fue formulado por primera vez como parte de una teoría de la realidad del “ser”. Ese principio afirmaba algo tan general como que “El ‘ser’ es”(Parménides); esto puede ser explicado diciendo que “todo objeto es idéntico a sí mismo”. “A es A”
Según la lógica tradicional, estos principios son cuatro y tienen las siguientes características :
Son verdaderos Tienen aplicación universal Son necesarios Son evidentes.
El círculo es redondo El hombre es un animal racional Tanto en el primero como en el segundo ejemplo, el predicado esta implícito en el sujeto. En efecto, es inconcebible un círculo que no fuere redondo, y que el hombre no fuese un animal racional.
Ejemplo: No es posible que en un mismo instante y lugar llueva y no llueva. Este principio ha sido llamado tradicional e incorrectamente “principio de contradicción”, cuando lo que se enuncia es la imposibilidad de contradicción en el pensamiento.
La forma más plena del segundo principio es la que se refiere a la no-contradicción entre dos juicios, tal como se expresa en la siguiente fórmula: “’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos verdaderos”. “El ser es y no puede a la vez no ser”. Este principio se funda en el ser, y expresa su misma consistencia y su oposición al no-ser. Ejemplo Jurídico: Juan no puede ser declarado inocente y al mismo tiempo culpable por el mismo delito.
Como un complemento necesario del principio de no contradicción, se formula el principio de exclusión del término medio. En su forma original, se refería también a una estructura de la realidad y consistía en la afirmación de que no hay término medio entre el “ser” y el “noser”.
En su forma lógica, este principio debe entenderse como afirmando que dos juicios contradictorios no pueden ser ambos falsos, tal como se sintetiza en la fórmula: “’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos falsos”. Que se lee: El juicio ‘A es A’ y su contradictorio, el juicio ‘A no es A’ no pueden ser falsos a la vez.
Ejemplo: si una mujer esta embarazada no puede estar medio embarazada.
Ejemplo jurídico: Adres cometió un delito y el juez lo tiene que declara culpable o inocente.
Guillermo de Leibniz, afirmo que para nuestro pensamiento solo son verdaderos aquellos conocimientos que podemos probar con un numero suficiente de razones, para que lleven al convencimiento de la verdad de lo afirmado. Todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique. Arturo Schopenhauer hace una distinción entre el principio de razón suficiente y el de la causa, dice que la causa no debe reducirse a una simple razón , porque es por si misma un hecho y distingue cuatro fuentes para el principio de razón suficiente:
Todo devenir tiene su causa. Toda afirmación exige una justificación Todo ser tiene su razón. Toda acción tiene su motivación.
El cuadrado de la hipotenusa es igual a la suma de los cuadrados de los catetos por alguna razón, y esa razón se nos da cuando hacemos la demostración del teorema [de Pitágoras]. La Revolución mexicana se produjo por alguna razón, y esa razón surge cuando estudiamos sus antecedentes y consecuencias.
“Nada es sin una razón suficiente”. Christian Wolf en 1712 distinguió entre tres modos de entender este principio: a) Como “razón de ser”. b) Como “razón de llegar a ser”. c) Como “razón de conocer” Desde ese punto de vista, el principio puede ser formulado: “Todo conocimiento tiene que estar fundado.