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Los Derechos de Empleo del Trabajador
Los Derechos de Empleo del Trabajador Indocumentado
Con un par de excepciones, los trabajadores indocumentados disfrutan de derechos legales y remedios provistos por ambas las leyes federales y de California. (Las excepciones a esta regla general, principalmente en la organización de sindicatos y beneficios de desempleo se discutirán más adelante).
1. ¿Qué derechos legales tengo como trabajador indocumentado?
Con un par de excepciones, los trabajadores indocumentados disfrutan de derechos legales y remedios provistos por ambas leyes, las Federales y de California. (Las excepciones a esta regla general, principalmente en la sindicalización y beneficios de desempleo se discutirán más adelante).
2. Soy indocumentada/o y he perdido mi trabajo, o he tenido otras dificultades producto del COVID-19. ¿Existe algún tipo de ayuda gubernamental en California a la que pueda acceder?
Comenzando el 18 de mayo del 2020, el Departamento de Servicios Sociales de California (“CDSS”, por sus siglas en inglés) proveerá pagos únicos de $500 por persona a personas que tienen 19 años o más de edad y quienes pueden comprobar que: (1) son indocumentados; (2) no son elegibles para la asistencia federal relacionada con el COVID-19; y (3) han tenido dificultades como resultado del COVID-19. Un máximo de dos personas por hogar pueden recibir los pagos bajo este programa, lo cual se conoce como el “Proyecto de Asistencia para Inmigrantes Afectados por la Pandemia del COVID-19” (“DRAI”, por sus siglas en inglés). No se compartirá la información personal de los participantes con ninguna agencia gubernamental.
El CDSS ha seleccionado a doce organizaciones sin fines de lucro ubicados a lo largo del estado que van a ayudar a los individuos a solicitar y a recibir los fondos bajo el DRAI. (Ayuda Legal Laboral (“Legal Aid at Work”) no es una de estas organizaciones designadas.)
Se puede solicitar fondos bajo el DRAI comenzando el 18 de mayo de 2020. Para presentar una solicitud, los individuos deben de contactar a la organización sin fines de lucro que ha sido asignada en su condado de residencia. Para ver cual organización está asignada en su condado, visite: https://cdss.ca.gov/inforesources/immigration/covi d-19-drai. Los solicitantes serán considerados por orden de llegada.
Es posible que los/las trabajadores/as indocumentados/as en California también califiquen para recibir beneficios del Seguro de Incapacidad del Estado y el Permiso Familiar Pagado, compensación al trabajador, y/o Días de Enfermedad Pagados. Para más información sobre algunos de estos beneficios, vea las preguntas numero 5 y 9-10 abajo.
3. Soy indocumentada/o y he perdido mi trabajo o he tenido otras dificultades producto del COVID-19. Si no califico para beneficios gubernamentales o si necesito otra ayuda adicional, ¿hay otras fuentes de ayuda económica disponibles para mi en el estado de California?
Algunas organizaciones no gubernamentales y fundaciones privadas han creado fondos de asistencia de emergencia para trabajadores/as indocumentados/as. Ayuda Legal Laboral (Legal Aid at Work) tiene una lista de estos fondos en: https://legalaidatwork.org/blog/relief-funds/
PARA RESPUESTAS A OTRAS PREGUNTAS QUE TIENE RELACIONADAS A SU TRABAJO Y EL COVID-19, VISITE HTTPS://LEGALAIDATWORK.ORG