BERANÍA ALIMENT LA LEY A LA LEY ORG ÁNICA DEL RÉGIMEN D Y REFORMATORIA DE LA LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVO Y ORGÁNICA REFORM ORIA A LA LEY ORGÁ NICA ELECTORAL Y DE LÍTICAS DE LA REPÚB LICA DEL ECUADOR (C ÓDIGO DE LA DEMOCR Y ORGÁNICA REFORM ORIA A LA LEY ORGÁ NICA DE TRANSPORTE ÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL A LA LEY ORGÁN CA ELECTORALY DE O Y ORGÁNICA DE EDUC ACIÓN INTERCULTURA LEY ORGÁNICA REFOR TORIA A LA LEY OR ÁNICA DE PARTICIPAC EY ORGÁNICA REFOR LÍTICAS( CÓDIGO DE AD EMOCRACIA) YA L LEYO RGÁNICAD E
200 beneficios para ti La Asamblea Nacional avanza en la aprobación de las leyes para desarrollar los principios y derechos de los ecuatorianos previstos en la Constitución de la República del Ecuador aprobada por la mayoría del pueblo ecuatoriano. Así, desde el mes de agosto de 2009 hemos ampliado los derechos para vivir bien, con prioridad en las personas con mayores necesidades y procurando recursos seguros y permanentes. Hoy convivimos en un país en el que la educación es gratuita, laica y de calidad en escuelas, colegios y universidades públicas; al igual que la salud y las medicinas para las personas que sufren enfermedades catastróficas. Una de las principales preocupaciones de la Asamblea Nacional ha sido la consolidación de la nueva institucionalidad del país, como medio para profundizar el sistema democrático que se fortalece con la participación efectiva de la ciudadanía en la construcción de leyes. También se preocupó de dictar leyes en el campo social y económico, para atender las necesidades de la gente y fomentar la producción y el desarrollo del Ecuador que se expresan en estos 200 beneficios para ti. ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR 2009-2013
REFERENCIAS A TOMAR EN CUENTA PARA LEER ESTE ESTE FOLLETO PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR Fernando Cordero Cueva SECRETARIO GENERAL Andrés Segovia COORDINACIÓN EDITORIAL Dirección de Comunicación IDEA ORIGINAL Ralph Murphine
El rectángulo y las páginas en distintos colores, marcarán el conjunto de leyes reunidas por distintas materias.
REVISIÓN Unidad Técnica Legislativa
Para su rápida identificación, cada una de las leyes aparecerá indicada por una flecha de color.
PRODUCCIÓN GRÁFICA Terán&Murillo FOTOGRAFÍA Filmeikers Kino Productora Hugo Ortiz Jorge Guamán 200 BENEFICIOS PARA TI Primera edición Impresión 3 500 ejemplares Asamblea Nacional del Ecuador ISBN 9942-9918-1
día mes
año
La fecha en que se publicó en el registro oficial cada ley, se la podrá encontrar bajo el nombre de la respectiva ley, en cursivas y en tono gris.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN LEGISLATIVA
Período 2011 - 2013 FERNANDO CORDERO Presidente de la Asamblea Nacional JUAN CARLOS CASSINELLI Primer Vicepresidente de la Asamblea Nacional
PEDRO DE LA CRUZ Primer Vocal
FAUSTO COBO Segundo Vocal
ROCÍO VALAREZO Segunda Vicepresidenta de la Asamblea Nacional
FRANCISCO ULLOA Tercer Vocal
ANDRÉS SEGOVIA Secretario
MARCO MURILLO Cuarto Vocal
LIBIA RIVAS Prosecretaria
Período 2009 - 2011 FERNANDO CORDERO Presidente de la Asamblea Nacional IRINA CABEZAS Primera Vicepresidenta de la Asamblea Nacional
PEDRO DE LA CRUZ Primer Vocal
LOURDES TIBÁN Segunda Vocal
FRANCISCO VERGARA Secretario
ROLANDO PANCHANA Segundo Vicepresidente de la Asamblea Nacional
FAUSTO COBO Tercer Vocal
ANDRÉS SEGOVIA Prosecretario
ROCÍO VALAREZO Cuarta Vocal
ÍNDICE
EN LO ECONÓMICO MATERIA ECONÓMICA
EN LO ECONÓMICO EN MATERIA ECONÓMICA
LEY DE CREACIÓN LEY DE DE LA RED CREACIÓN DE SEGURIDAD DE LA RED DEFINANCIERA SEGURIDAD FINANCIERA
31 diciembre
6
2008
• Los ecuatorianos sufrir el congelamiento dinero, ya que en de nunca volverándeasu sufrir el congelamiento caso de una bancaria, del público serán su dinero, yacrisis que en caso delos unadepósitos crisis bancaria, los depósitos devueltos. leydevueltos. obliga a los bancos a ahorrar para poder, del públicoEsta serán en unley momento tenerun dinero tomar • Esta obliga a de losnecesidad, bancos a crear fondodededónde liquidez prestado y pagar a susque depositantes. y seguro de depósitos protege los depósitos de las • Las transacciones básicas que realizan los clientes de los personas. bancos y laque información esencialbásicas sobre elque manejo de sus • Establece las transacciones realizan los cuentas, sonlosGRATUITAS. clientes de bancos y la información esencial sobre el manejo de sus cuentas sean GRATUITAS. • Se crea la figura de Defensor del Cliente, cuya función consiste en proteger sus intereses; y, su salario será financiado por el presupuesto de la correspondiente entidad financiera controlada.
LEY DE CREACIÓN LEY DEL DE LA RED BANCO DE SEGURIDAD DEL IESS FINANCIERA
11 mayo
2009
• Los volverán el congelamiento de • Éstaecuatorianos crea el BIESSnunca que opera con alossufrir fondos del IESS y destina su que en casoque de una crisis bancaria, los depósitos susdinero, fondosyaa inversiones se destinan a proyectos que del públicoelserán devueltos. Esta ley obliga aespecialmente, los bancos a impulsan desarrollo del país y préstamos, ahorrar paraen poder, en undemomento necesidad, tener dinero de vivienda beneficio todos losdeecuatorianos. de dónde prestado yque pagar a sus las depositantes. • Define quetomar la rentabilidad generen inversiones • Las transacciones básicas que realizan los clientes de los y préstamos del BIESS se destine al incremento de las bancos y ladeinformación pensiones jubilación esencial sobre el manejo de sus • Establece que el BIESS realice préstamos hipotecarios que financien el 100% del valor de una vivienda que cueste hasta $100.000,00. • Se canaliza el ahorro nacional de las y los asegurados hacia el desarrollo productivo, a fin de potenciar el dinamismo económico del Ecuador.
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EN LO ECONÓMICO
EN LO ECONÓMICO
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES
29 diciembre
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2010
• Establece el Salario Digno Mensual para todos los trabajadores, que cubre las necesidades básicas del empleado y de su familia, y obliga a los empleadores que no logren pagar el Salario Digno Mensual, a cancelar una compensación económica a los trabajadores. • Incentiva la inversión en el país, reduciendo el Impuesto a la Renta para los nuevos inversionistas y exonerando de este impuesto por cinco años a quienes inviertan en el sector energético, en la sustitución estratégica de importaciones, en el fomento de las exportaciones y en el desarrollo rural. • Moderniza el servicio aduanero del Ecuador, agilita los tiempos de almacenamiento de productos importados, reduce los costos y establece procesos claros y transparentes. • Facilita el acceso a la tierra a las familias y comunidades campesinas carentes de ella, dándoles preferencia en los procesos de redistribución. • El Estado fomentará el desarrollo productivo a través de la determinación de políticas e implementación de incentivos. • Genera y consolida las regulaciones que potencien, impulsen e incentiven la producción de mayor valor agregado, que permitan generar empleo de calidad y un desarrollo equilibrado, equitativo y sostenible con el cuidado de la naturaleza.
LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA, Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO 10 mayo
2011
• Beneficia a más de tres millones de ecuatorianos que participan en 1800 cooperativas de ahorro y crédito, 1200 entidades asociativas o solidarias, 15 mil bancos comunales y tres mil cajas de ahorro que integran el Sector Financiero Popular y Solidario. • Crea la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, que brindará créditos, servicios financieros y capacitación a las pequeñas y medianas empresas. Además, el Fondo de Liquidez y Seguro de Depósitos protege los depósitos de las personas en este sector de la economía. • Obliga a las prefecturas, municipios y juntas parroquiales a ejecutar proyectos para el sector de la economía popular. Por ejemplo, los comerciantes minoristas contarán con centros de acopio, distribución, comercialización, mercados, etc. • Crea un Fondo de Liquidez y el Seguro de Depósitos del Sector Financiero Popular y Solidario, que tienen por objeto conceder créditos de liquidez, contingentes para cubrir deficiencias en la cámara de compensación de las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales y cajas de ahorro reguladas por la ley.
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EN LO ECONÓMICO
EN LO ECONÓMICO
LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DE MERCADO
13 octubre
10
2011
• Regula y controla el poder económico que ha estado concentrado en manos de pocas empresas que impiden a otros emprendedores incursionar en ciertos negocios, agravando las desigualdades sociales. Existen, por ejemplo, cuatro supermercados que controlan el 91% del comercio al por menor, 10 empresas farmacéuticas que tienen el 52% del mercado de los medicamentos, y tres empresas de ensamblaje de autos que controlan el 100% de ese negocio. • Crea la Superintendencia de Control del Poder de Mercado y la Junta de Regulación para evitar que las grandes empresas perjudiquen a los pequeños competidores y a los consumidores. • Prohíbe y sanciona el abuso de poder de mercado, es decir, todas las acciones que impidan la libre competencia o que afecten negativamente la economía y el bienestar general de los consumidores. • Prohíbe los descuentos condicionados, como los que se otorgan a través de la venta de tarjetas de afiliación que emiten ciertas cadenas comerciales. • Prohíbe prácticas desleales, como la fijación de precios predatorios, es decir, vender un producto o servicio a un precio muy bajo para que los competidores no puedan igualarlo y quiebren. • Otorga a la Función Ejecutiva la posibilidad de definir políticas de precios que beneficien el consumo popular y protejan la producción nacional.
LEY ORGÁNICA PARA LA REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS PARA VIVIENDA Y VEHÍCULOS 26 DE JUNIO DE 2012 26 junio
2012
• Garantiza a las personas el derecho al hábitat seguro y saludable y a una vivienda adecuada y digna, así como el acceso a la propiedad, por medio de la regulación de las actividades financieras referidas al crédito para vivienda y vehículos. • Establece que las obligaciones contraídas por un crédito hipotecario señalado en esta ley y que sean declaradas de plazo vencido, podrán ser cobradas a través de la respectiva ejecución o dación en pago del bien hipotecado. Igual principio se aplica en los créditos para la adquisición de vehículo, una vez que se cumplan las condiciones previstas en la ley. También será aplicable a los deudores de créditos de vehículos. • Determina que se beneficiarán de esta ley quienes se endeuden para adquirir o construir la única vivienda familiar; que el saldo del crédito no exceda 500 (quinientas) remuneraciones básicas unificadas; y, que se constituya hipoteca en garantía del crédito concedido. • Se impide que los créditos adquiridos, por las y los ecuatorianos, en el exterior puedan ser cobrados con bienes ubicados en el territorio nacional.
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EN LO SOCIAL
EN LO ECONÓMICO
LEY ORGÁNICA DE REDISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS PARA EL GASTO SOCIAL
10 diciembre
2012
• Establece mecanismos tributarios para financiar el incremento del bono de desarrollo humano a favor de las y los ciudadanos beneficiarios del mismo. • Prioriza a las y los adultos mayores y a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad como beneficiarios del bono de desarrollo humano. • Facilita la devolución, por parte del Servicio de Rentas Internas (SRI), de los pagos realizados por concepto del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que no hubieren sido utilizados en el ejercicio fiscal en que se generaron o en los cuatro ejercicios fiscales posteriores. • Fija el monto máximo de las remuneraciones de las y los administradores y representantes legales de las instituciones del sistema financiero, a través de la Junta Bancaria.
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FFAA Y A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL 30 marzo
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• Garantiza que las personas que han aportado al IESS 40 años o más, reciban una pensión igual al salario básico unificado mínimo. Para los pensionistas con aportaciones de 36 a 39 años, la pensión mínima será del 90% del salario básico unificado mínimo; de 31 a 35 años, del 80%; de 21 a 30 años, del 70%; de 11 a 20 años, del 60%; y con aportaciones de hasta 10 años, del 50%. • Establece que los jubilados que vuelvan a trabajar, dejarán de recibir el 40% de la pensión jubilar del IESS (en los casos en que el monto de la misma supere el valor de una canasta básica familiar). Lo mismo sucede con los militares y policías retirados que se reincorporen, quienes dejarán de recibir 40% del aporte del Estado.
2009
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EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL QUE TIPIFICA EL DELITO DE GENOCIDIO Y ETNOCIDIO
27 abril
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2009
• Garantiza la protección de los pueblos en aislamiento voluntario, sancionando con prisión a quienes quieran destruir total o parcialmente a un grupo étnico, racial o religioso, o influyan en la alteración de su cultura e identidad.
EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE CARRERA DOCENTE Y ESCALAFÓN DEL MAGISTERIO NACIONAL 22 julio
• Mejora el sistema educativo del país prohibiendo que se interrumpan las clases debido a paros y evaluando a todos los profesores de escuelas y colegios. • Da preferencia a los maestros que vivan más cerca a las escuelas donde desean trabajar, para asegurar la asistencia y puntualidad de los profesores a clases. • Las autoridades de las escuelas y colegios se elegirán a través de concursos de méritos y oposición. • Los ciudadanos ya no tienen que pagar el sueldo a los dirigentes gremiales del sector educativo para que trabajen en cuestiones ajenas a la docencia.
2009
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EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA AL TÍTULO V, LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 28 julio
16
2009
• Incrementa las pensiones alimenticias para los menores de edad y acelera los procesos de fijación de las mismas. • Señala que la persona que plantea una demanda por alimentos, ya no necesita hacerlo a traves de un abogado, sino únicamente presentar la demanda en un formulario hecho para el caso.
EN LO SOCIAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE N° 10
30 septiembre
• Permite que los dueños de teléfonos celulares puedan mantener su número, incluso cuando se cambien de empresa operadora o de red (portabilidad numérica). • El usuario de telefonía móvil podrá cambiarse de operadora en dos ocasiones durante el año, sin ningún costo.
2009
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EN LO SOCIAL
LEY PARA EL PAGO MENSUAL DEL FONDO DE RESERVA Y RÉGIMEN SOLIDARIO DE CESANTÍA POR PARTE DEL ESTADO 29 julio
18
2009
• Todo trabajador recibirá mensualmente, junto con su salario, el 8.33% de dicho salario por concepto de fondo de reserva. • Señala que en caso de que el trabajador desee acumular sus fondos de reserva a través del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, deberá solicitarlo por escrito en la página web del IESS. • Establece que el Estado apoyará a los trabajadores cuando éstos se encuentren desempleados por despido intempestivo, financiando la diferencia de su fondo de cesantía, solo cuando éste sea menor al doble de la remuneración que recibía el afiliado en el último mes anterior a la fecha del despido.
EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL Y AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
29 marzo
2010
• Crea un sistema ágil para el juzgamiento y sanción a los delincuentes y evita que los delitos queden en la impunidad. • Ahora, las personas que hurtan (roban sin violencia) cosas de un valor menor al 50% de una remuneración básica unificada, son llevadas ante la justicia y sancionadas inmediatamente con multas de 14 dólares a 28 dólares y prisión de cinco a treinta días, en un proceso efectivo y eficiente. En caso de que el ladrón volviera a cometer hurto, éste será sancionado con 1 a 3 años de prisión. • Define que quien oculte, guarde, transporte o venda bienes que han sido robados o hurtados, es sancionado con reclusión menor ordinaria de 3 a 6 años y multa de 6 a 16 dólares. • Establece una pena de reclusión mayor extraordinaria de 12 a 16 años para quien cometa homicidio contra los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, jueces y fiscales, en el desempeño de sus funciones, con el objetivo de cuidar el cumplimiento del combate contra la delincuencia. • La prisión preventiva podrá ser sustituida por el arresto domiciliario en los casos en que la persona procesada tenga discapacidad, enfermedad catastrófica, sea mayor de sesenta años, o sea una mujer embarazada o parturienta.
19
EN LO SOCIAL
EN LO SOCIAL
LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
20 abril
20
2010
• Promueve el derecho de participación ciudadana para resolver los problemas de interés común y proponer reformas a la Constitución. • Otorga libre acceso a la información pública y el derecho para solicitar rendición de cuentas a las instituciones públicas o privadas que presten servicios públicos. • Garantiza el derecho de los ecuatorianos a revocar democráticamente el mandato a las autoridades que incumplan su plan de trabajo o sus funciones y obligaciones. • Garantiza a las comunidades el derecho a ser consultadas sobre planes y programas de explotación de recursos que se encuentren en sus territorios, así como la participación en los beneficios de esos proyectos e indemnizaciones en caso de eventuales perjuicios que les provoquen.
LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
11 agosto
2010
• Esta ley fomenta la práctica del deporte y la recreación en los ecuatorianos, con esfuerzos de concienciación y creación de la infraestructura necesaria en cada sector; considerando que las personas que no se ejercitan al menos 30 minutos al día tienen un alto riesgo de contraer enfermedades del corazón, diabetes y varios tipos de cáncer y que en Ecuador, apenas una de cada 10 personas realiza actividad física. • Garantiza la entrega oportuna de recursos económicos a las organizaciones deportivas, las mismas que deben planificar y rendir cuentas de sus actividades. • Mejora la selección, preparación y tratamiento de los deportistas de alto rendimiento, garantizándoles reconocimiento y beneficios por parte del Estado.
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EN LO SOCIAL
EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
18 noviembre
22
2010
• En el año 2010 benefició a 276 408 pensionistas del IESS, que incrementaron sus pensiones entre 40 y 60 dólares. • A partir de 2011, las pensiones aumentan automáticamente, tomando como base diferentes coeficientes, con lo cual quienes menos reciben, tienen un incremento mayor. • Para las viudas, sus pensiones se incrementaron del 40% a 60% en relación con la renta de su cónyuge o conviviente reconocido, y, por primera vez en Ecuador, los viudos de las afiliadas tienen derecho a recibir pensiones. • Los hijos e hijas de los afiliados y pensionistas del IESS reciben servicios gratuitos de salud hasta los 18 años.
LEY ORGÁNICA DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS
04 marzo
2011
• Establece normas que permiten atender a miles de personas que padecen enfermedades crónicas que están a la espera del trasplante de un órgano para sobrevivir. • Convierte a todos los ecuatorianos mayores de 18 años en potenciales donantes de órganos al momento de su muerte, permitiéndoles mejorar la salud o incluso salvar la vida de personas que necesitan un trasplante. Al tratarse de menores de edad, solamente sus padres o su representante legal podrán autorizar la donación de sus órganos, tejidos o células. • Señala que quienes no desean ser donantes deben manifestar esta decisión en vida, la misma que constará en su cédula de ciudadanía. • Garantiza asistencia financiera para la cirugía y la medicación de todos los pacientes registrados en la lista de espera para trasplantes.
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EN LO SOCIAL
LEY DE RECONOCIMIENTO A LOS HÉROES Y HEROÍNAS NACIONALES
09 marzo
24
2011
• Beneficia no solo a los militares hombres que hubieren defendido a la Patria en un conflicto bélico sino también a personas civiles. • Esta ley amplía el concepto. Hoy podrían ser héroes y heroínas los ciudadanos y ciudadanas que hayan realizado actos de valor, solidaridad y entrega, más allá del comportamiento normal esperado y del estricto cumplimiento del deber, aún a riesgo de su propia integridad; salvando vidas, protegiendo las instituciones establecidas por nuestra Constitución o defendiendo la soberanía e integridad territorial del Estado. • Una vez verificado el acto heroico, el héroe o heroína recibirá como beneficios una pensión mensual, una vivienda acorde con las necesidades de su familia directa, becas completas hasta el tercer nivel, preferencia en los concursos públicos de méritos y oposición, acceso y atención gratuita en los hospitales, incluyendo prótesis, aparatos ortopédicos y medicamentos para atender enfermedades o discapacidades causadas por los actos heroicos. • A la muerte del héroe o heroína, los beneficios indicados los recibe su cónyuge o su conviviente, hijos o padres.
EN LO SOCIAL
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
27 septiembre
2011
• Permite a los dueños de pisos, departamentos o locales en régimen de propiedad horizontal, realizar cambios en su propiedad con la aprobación del 75% de los copropietarios. Antes se requería de la aprobación unánime, lo que ocasionaba muchos conflictos de convivencia. • Permite también la construcción de mejoras voluntarias y cualquier alteración de los bienes comunes, con el consentimiento de los dos tercios de los copropietarios; anteriormente se requería la unanimidad. • Permite a los dueños de pisos, departamentos o locales en régimen de propiedad horizontal, realizar cambios en su propiedad con la aprobación del 75% de los copropietarios y realizar cambios en la fachada con la aprobación del 60% de los copropietarios. Antes se requería de la aprobación unánime, lo que ocasionaba muchos conflictos de convivencia. • Permite también la construcción de mejoras voluntarias y cualquier alteración de los bienes comunes, con el consentimiento de los dos tercios de los copropietarios. Antes se requería la unanimidad. • Dispone que las y los administradores de condominio, remunerados o no, son sus representantes legales • Establece, en forma concreta, que para reconocer el título de propiedad de un bien de propiedad horizontal debe existir independencia con los demás pisos, departamentos o locales, según el caso.
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EN LO SOCIAL
LEY ORGÁNICA PARA LA REGULACIÓN Y CONTROL DEL TABACO
22 julio
26
2011
• Esta ley se creó con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos, especialmente de los niños considerando que el • el consumo de tabaco y la exposición al humo del cigarrillo ocasionan enfermedades, discapacidades y muertes en jóvenes y adultos. Regula la fabricación, comercialización y publicidad del tabaco. • Prohíbe y sanciona el consumo de tabaco en todos los espacios abiertos y cerrados de las instituciones públicas, en los espacios abiertos y cerrados de las instituciones públicas y privadas de salud y de educación; en todos los espacios cerrados que sean lugares de trabajo y de atención y acceso al público; y, en los medios de transporte público y en los ambientes deportivos cerrados. • Establece como prioridad la educación y campañas de comunicación para prevenir el consumo de tabaco desde tempranas edades, con el fin de garantizar el derecho a la salud de los niños, niñas y jóvenes. • Protege a los no fumadores y apoya la prevención del tabaquismo, especialmente entre las personas más jóvenes.
EN LO SOCIAL
LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES
25 septiembre
2012
• Garantiza la aplicación de políticas públicas y sociales para la prevención y detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y asegurar la plena vigencia, promoción y ejercicio de los derechos y atención adecuada, oportuna y de excelencia por parte del Estado. • Busca eliminar toda forma de abandono, discriminación, odio, explotación, violencia y abuso de autoridad por razones de discapacidad y sancionar a quien incurre en estas acciones. • Promueve la corresponsabilidad y participación de la familia, la sociedad y las instituciones públicas, semipúblicas y privadas para lograr la inclusión social de las personas con discapacidad y el pleno ejercicio de sus derechos establecidos en la Constitución, los convenios internacionales y esta ley, en ámbitos como el trabajo, seguridad social, educación, salud, cultura, deporte, recreación y turismo.
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EN LO SOCIAL
LEY ORGÁNICA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES
26 septiembre
28
2012
• Tiene como objetivo evitar los abusos en contra de los trabajadores, quienes se encuentran en desventaja frente al incumplimiento de sus empleadores. • Prevé el ejercicio del derecho de repetición por parte del Estado en contra de los funcionarios que no cumplan su responsabilidad legal; la afiliación tardía al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, así como la ampliación del período de lactancia de 9 a 12 meses para el sector privado. • Garantiza a las y los empleados y trabajadores domésticos los mismos beneficios de cualquier otro trabajador en general, debiendo ser sus jornadas de trabajo de cinco días a la semana, 40 horas semanales y sábados y domingos considerados de descanso; y si en razón de las circunstancia no pudiere interrumpirse su trabajo, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores.
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE LA SALUD QUE INCLUYE A LAS ENFERMEDADES RARAS O HUÉRFANAS Y CATASTRÓFICAS 24 enero
2012
• Crea políticas para atender y prevenir las enfermedades raras o huérfanas queafectan aproximadamente a cinco de cada 100 000 personas. Por ser poco conocidas, suelen tener graves consecuencias, tanto en la salud, cuanto en la economía de quienes las padecen y de sus familias. Según la Organización Mundial de la Salud, existen entre 5 000 y 8 000 enfermedades raras. • Los ecuatorianos que sufren de enfermedades raras y catastróficas, son considerados en condiciones de doble vulnerabilidad. Se implementán acciones para mejorar su calidad y expectativa de vida. • Se mejorarán los estándares de calidad en la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, habilitación y curación de estas enfermedades. • Ordena que en los casos en que al Sistema Nacional de Salud le resulte imposible emitir el diagnóstico definitivo de una enfermedad, éstos serán investigados en instituciones internacionales para obtener el diagnóstico y tratamiento correspondiente. • Facilita el acceso a medicamentos e insumos especiales para el cuidado de enfermedades raras, en forma oportuna, permanente y gratuita. 29
EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY DE MINERÍA
29 enero
30
2009
• Define las reglas para la explotación minera en el país, que generará trabajo, bienestar y recursos para el Estado. • Asigna el 60% de las regalías de las concesiones mineras a las poblaciones aledañas para proyectos productivos y de desarrollo local sustentable: educación, salud, vialidad. • Establece que las empresas deben entregar el 15% de sus utilidades para los trabajadores. • Garantiza el cuidado y la protección del medio ambiente y del agua, exigiendo a las empresas mineras un plan de manejo ambiental y del agua, que debe ser aprobado por el Ministerio del Ambiente. También prohíbe realizar actividades mineras en áreas protegidas, así como en zonas declaradas como territorio de pueblos en aislamiento voluntario. • Establece el fomento, apoyo, capacitación y seguimiento por parte del Estado de la minería artesanal y pequeña minería antes relegada y con prácticas que afectaban a la salud y al medio ambiente.
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE N° 2
29 enero
• Los servidores públicos en la provincia de Galápagos recibirán el doble de la remuneración asignada a su función o cargo, debido al alto costo de la vida en esa zona geográfica. • Por excepción, el Presidente de la República definirá los cargos y montos de las remuneraciones de los funcionarios que por razones de interés público deban recibir una remuneración mayor a la remuneración mensual unificada máxima, equivalente a 25 salarios básicos unificados del trabajador privado.
2009
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EN LO INSTITUCIONAL
LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE SERVICIO CIVIL Y CARRERA ADMINISTRATIVA Y AL CÓDIGO DEL TRABAJO 13 febrero
32
2009
• Garantiza a todas las madres y padres, un período de licencia con remuneración por el nacimiento de su hija o hijo, con el fin de fomentar la maternidad y paternidad responsable, así como la protección y el cuidado de los niños y niñas del Ecuador. La licencia será de 12 semanas para la madre y 15 días para el padre; y, por nacimiento múltiple, 10 días mas para la madre y 15 días más para el padre. • En caso de nacimiento prematuro o en condiciones de cuidado especial, se prolongará la licencia del padre por ocho días más y, cuando la hija o hijo haya nacido con una enfermedad grave o con discapacidad severa, el padre podrá tener una licencia con remuneración por 25 días. • Los padres y madres tendrán derecho a 25 días de licencia con remuneración para atender los casos de hijos hospitalizados o con enfermedades degenerativas.
EN LO INSTITUCIONAL
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
09 marzo
• Moderniza la Función Judicial, lo que permite brindar un servicio de calidad acorde a las necesidades de los ciudadanos y contribuir a erradicar la corrupción. • Facilita el acceso a una justicia efectiva, imparcial y ágil para la defensa de los derechos de toda persona o colectividad. • El ingreso y ascenso de los servidores de justicia se dará sobre la base de sus méritos, con evaluaciones objetivas y permanentes, garantizando la idoneidad de los jueces y juezas.
2009
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL Y AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
24 marzo
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2009
• Faculta a los fiscales a iniciar procesos de investigación en los delitos de acción pública (homicidios, robos, estafas, etc), aunque el o los afectados no realicen la denuncia. También determina que el juez, cuando imponga una fianza, debe tomar en cuenta los riesgos sociales y la afectación moral del ofendido, para evitar que los delincuentes salgan libres fácilmente. • Garantiza el debido proceso, y el cumplimiento de los principios de presunción de inocencia, inmediación, contradicción, derecho a la defensa, igualdad de oportunidades de las partes procesales, imparcialidad del juzgador y fundamentación de los fallos. • Con el fin de agilitar los procesos, se establece el principio de oralidad, el cual fija que todas las resoluciones judiciales que afecten los derechos de los intervinientes, se adopten en audiencias donde la información de las partes se produzca de manera oral. • En ciertos delitos, se permite los acuerdos reparatorios entre procesado y ofendido.
LEY ORGÁNICA ELECTORAL Y DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA) 27 abril
• Garantiza la independencia y autonomía de los órganos electorales, así como la transparencia y legitimidad del gasto y propaganda electoral. • Establece por primera vez en la historia del país que el voto es voluntario para jóvenes entre 16 y 18 años de edad; mayores de 65 años; los ecuatorianos que residen en el exterior; integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; personas con discapacidad; y, personas analfabetas. • Define que la designación de miembros del Consejo Nacional Electoral es atribución del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante concurso de oposición y méritos, con postulación, veeduría e impugnación ciudadana.
2009
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DE SOBERANÍA ALIMENTARIA
05 mayo
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2009
• Garantiza a los ciudadanos que dispongan de alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados de forma permanente. • Prevé programas de capacitación, créditos especiales y mecanismos de comercialización para los campesinos y los productores orgánicos y agroecológicos. • Crea un seguro para el pequeño y mediano productor, que proteja la producción y los créditos agropecuarios de los afectados por desastres naturales, plagas, problemas climáticos y riesgos del mercado. • Incentiva el consumo de alimentos nutritivos, con el fin de disminuir y erradicar la desnutrición en el Ecuador y crea la Conferencia Nacional de Soberanía Alimentaria para que los ciudadanos participen en la elaboración de propuestas relativas a la soberanía alimentaria.
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE COMPAÑÍAS
15 mayo
• Combate el testaferrismo, el lavado de activos y delitos relacionados que pudieran existir en la conformación de compañías. • Permite ejercer un control sobre las compañías para evitar perjuicios a terceros. • Crea un registro de los representantes legales y directivos de las compañías constituidas en el Ecuador, con sede o personería jurídica en el extranjero, a fin de que respondan sobre acciones fraudulentas que podrían cometer. • Transparenta los nombres y el origen de los socios y accionistas de compañías extranjeras que invierten en el país de forma permanente o temporal.
2009
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA
27 julio
38
2009
• Establece el marco legal para el ejercicio de las facultades y atribuciones de la Función Legislativa, ya que con reglas claras la Asamblea puede producir mejores leyes para todos. • Crea un procedimiento para la formación de la ley, participativo e incluyente, concediendo a las ciudadanas y ciudadanos, al menos 15 días para presentar sus observaciones a los proyectos de ley. • Multiplica la capacidad de fiscalización de los asambleístas, a través de los requerimientos de información a los funcionarios públicos. • Determina los pasos y requisitos para desarrollar los procesos de juicio político y el trámite de los proyectos de ley. • Define las reglas para la elección de las autoridades de la institución, la conformación de las comisiones especializadas permanentes, el funcionamiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL), entre otros aspectos. • Crea el Sistema de Información Legislativa (SIL) que comprende la creación de La Radio, televisión y portal web sobre la base de principios de transparencia, oportunidad y objetividad de la información.
LEY INTERPRETATIVA AL ARTÍCULO 1 DE LA LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE N° 2 27 julio
• Debido a una incorrecta aplicación en el pago de las remuneraciones a los maestros que trabajan en Galápagos, esta ley aclara que los servidores públicos que laboran en esta provincia recibirán el doble de la remuneración asignada al cargo o función en el resto del país. • En el caso de los docentes, o de cualquier persona cuya remuneración esté integrada por distintos rubros, se entiende como la remuneración a ser duplicada a la sumatoria de todos los rubros que en forma mensual se reciben, así como los beneficios adicionales en los meses respectivos que en el mismo cargo o función se perciba en el resto del país.
2009
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EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO 11 agosto
40
2009
• Asegura el adecuado manejo e inversión de los recursos públicos en beneficio de todos los ciudadanos, controlando y evaluando la utilización de los mismos. Para ello, amplía el control a todas las empresas públicas o mixtas, los gobiernos autónomos descentralizados y las personas o empresas privadas que presten servicios o desarrollen actividades de interés público. • Incrementa las multas por faltas administrativas para los dignatarios, autoridades, funcionarios y demás servidores de las instituciones del Estado, así como directivos y empleados de las empresas privadas con participación estatal. Entre las faltas se incluye el incumplimiento de funciones, uso ilegal de recursos públicos, aceptación de coimas, y el abuso en el ejercicio del cargo, etc.
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
09 septiembre
2009
• Regula la organización, funcionamiento y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, con el fin de garantizar el derecho de participación de los ecuatorianos en todos los asuntos de interés público, planificación y toma de decisiones. • Establece como función del Consejo fomentar la formación en valores, transparencia y lucha contra la corrupción, así como definir mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones del Estado. • El Consejo le designa a importantes autoridades del Estado, a través de comisiones ciudadanas de selección que estarán encargadas de realizar concursos públicos de oposición y méritos, con postulación, veeduría y derecho a la impugnación ciudadana.
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EN LO INSTITUCIONAL
LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DEL ESTADO
28 septiembre
42
2009
• Regula la seguridad integral del Estado y garantiza el orden público, la convivencia, la paz y el buen vivir. • Asegura la defensa nacional, dándole prioridad a la prevención basada en la toma de medidas oportunas en casos de riesgos de cualquier tipo. • Crea la Secretaría Nacional de Inteligencia, que coordinará las operaciones del mantenimiento del orden público y de la defensa nacional. • Dispone la protección de empresas públicas y privadas responsables de los sectores estratégicos (energía, telecomunicaciones, recursos naturales no renovables, transporte y refinación de hidrocarburos, biodiversidad y patrimonio genético, espectro radioeléctrico y agua).
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN PROVINCIAL
29 septiembre
2009
• Establece los mecanismos para que las juntas parroquiales rurales y las municipalidades designen a sus delegados en los consejos provinciales, en calidad de consejeros, para formar parte de las decisiones relacionadas con sus respectivas provincias. • Determina que los presidentes de las juntas parroquiales rurales que integran cada consejo provincial deben provenir de diferentes cantones, para garantizar la mayor representación territorial posible. • Reconoce al viceprefecto o viceprefecta como la segunda autoridad del gobierno provincial, elegido por votación popular, que interviene con voz y voto en las sesiones del consejo y reemplaza al prefecto o prefecta.
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EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DE GARANTÍAS JURISDICCIONALES Y CONTROL CONSTITUCIONAL
22 octubre
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2009
• Establece el control del cumplimiento de todos los derechos garantizados en la Constitución, a través de la Corte Constitucional. • Define las funciones y atribuciones de la Corte Constitucional, estableciendo que ésta puede actuar incluso sobre los poderes del Estado para restablecer derechos constitucionales que hayan sido violados. • Otorga a los ciudadanos la posibilidad de acudir ante la Corte Constitucional para denunciar la violación de cualquiera de sus derechos, con un procedimiento sencillo, rápido y efectivo • Reconoce los derechos originarios de los pueblos indígenas, pero sin que éstos afecten a los derechos humanos, especialmente de las mujeres.
EN LO INSTITUCIONAL
LEY DE PROTECCIÓN E INMUNIDAD DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD
11 febrero
• En el 2010 creó la Comisión de la Verdad para aclarar lamentables hechos relacionados con las violaciones de los derechos humanos y una ley para protegerla. • Garantiza la seguridad de los miembros de la Comisión de la Verdad y de todas las personas que participaron en las investigaciones, brindándoles protección especial cuando su integridad física pueda estar en riesgo. • Determina que los miembros de la comisión tendrán inmunidad civil y penal por los resultados de sus investigaciones, es decir, no podrán ser detenidos, enjuiciados o apresados por los resultados de su labor.
2010
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS
31 marzo
46
2010
• Esta ley organiza, regula, sistematiza e interconecta los datos públicos de los ciudadanos, para mejorar la eficacia y eficiencia de su manejo, transparencia, acceso e implementación de nuevas tecnologías. • Crea el sistema nacional de registros de datos públicos: de los registros Civil, de Propiedad, Mercantil, Societario, Vehicular, de naves y aeronaves, patentes y de propiedad intelectual. • Facilita todo tipo de trámite, ahorrando tiempo y esfuerzo a los ciudadanos, quienes ya no tendrán que acudir personalmente a diferentes instituciones en busca de documentos, pues todos sus datos estarán interconectados. • Asegura la confidencialidad de los datos personales como ideología, afiliación política, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y toda información cuyo uso público atente contra los derechos humanos.
LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO PENAL PARA LA TIPIFICACIÓN DE LOS DELITOS COMETIDOS EN EL SERVICIO MILITAR Y POLICIAL 19 mayo
• Antes, tanto militares como policías contaban con sus propios códigos penales, sus propios procesos, sus propios jueces y sus propios juzgados, lo que permitía abusos y desigualdades por parte de la fuerza pública. • Esta ley deroga el Código Penal Policial y el Código Penal Militar, con lo cual los militares y policías serán juzgados por los órganos de la Función Judicial, como el resto de ciudadanos, garantizando los principios de igualdad, independencia e imparcialidad consagrados en la Constitución. • Define además todos los delitos y las sanciones respectivas que pudieren cometer tanto policías como militares.
2010
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEYES DEROGATORIAS N° 1 A 9 PARA LA DEPURACIÓN DE LA NORMATIVA LEGAL
fechas varias
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• Después de un arduo trabajo de más de un año, la Asamblea Nacional del Ecuador eliminó de la legislación ecuatoriana más de 1 400 leyes, decretos y acuerdos obsoletos no aplicables e ineficientes, que en lugar de facilitar la justicia, enredaban el sistema legal de nuestro país.
LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO
06 octubre
2010
• Mejora la eficiencia, eficacia, calidad y productividad de las instituciones del Estado, mediante un sistema de desarrollo profesional, técnico y personal de los servidores públicos, basado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminación. • Establece que las personas podrán acceder a un puesto público ganando un concurso de merecimientos y oposición, que evalúe la capacidad. El único mecanismo de ascenso es la evaluación anual. • Señala que los extranjeros residentes en el Ecuador pueden ser servidores públicos, siempre y cuando hayan permanecido legalmente en el país al menos 5 años. • Obliga a todas las instituciones del sector público a incorporar entre sus trabajadores a personas con discapacidad, a adecuar la infraestructura para facilitarles acceso y movilidad y a brindarles capacitación. • Implementa la jornada especial de trabajo de menor duración y con igual remuneración para las personas que realicen trabajos peligrosos, en ambientes insalubres o en horarios nocturnos. • Establece un bono o beneficio de jubilación por una sola vez para los empleados públicos.
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
12 octubre
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2010
• Asegura el derecho a la educación superior de calidad. • Establece la igualdad de oportunidades para acceder a becas, créditos y otras formas de apoyo económico. También define ayudas económicas para al menos el 10% de estudiantes de cada institución. • Crea un sistema de nivelación, para que los alumnos del bachillerato que ingresan con conocimientos desiguales, tengan la oportunidad de equiparar su formación. • Garantiza la educación superior pública gratuita, incluidos los rubros requeridos para la elaboración, calificación y valores por la aprobación de tesis de grado. También prohíbe el cobro de utilización de laboratorios, bibliotecas y demás. • Obliga a las instituciones de educación superior a someterse a evaluaciones para el control de la calidad de sus programas y asegura la capacitación permanente y evaluación periódica de los profesores. • Los rectores y vicerrectores serán elegidos por votación de los profesores, estudiantes y trabajadores, y permanecerán en el cargo por cinco años, con una posibilidad de reelección. • Determina el principio de cogobierno, que es la dirección compartida de las universidades y escuelas politécnicas, en la que participan profesores, estudiantes, empleados y trabajadores.
CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) 19 octubre
2010
• Para contrarrestar el centralismo que dejó en el abandono a la mayor parte de territorios del Ecuador, provocando grandes desigualdades en el desarrollo, este código contiene los siguientes cambios: • Organiza el territorio en regiones, provincias, parroquias rurales y regímenes especiales (Galápagos, distritos metropolitanos y territorios indígenas, afroecuatorianos y montubios). • Distribuye equitativamente los recursos para obras, en base a las necesidades básicas insatisfechas de cada población, de manera que los más necesitados reciban mayores recursos. • Asigna un presupuesto independiente a las parroquias para que puedan planificar, construir y mantener su infraestructura y espacios públicos.
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN DE LA SOBERANÍA ALIMENTARIA
27 diciembre
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2010
• Institucionaliza la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria, que estará conformada por nueve representantes de la sociedad civil, elegidos por concurso de méritos y oposición. • Amplía las funciones de ese organismo, estableciendo que debe elaborar propuestas relacionadas con las leyes que regulen el uso y acceso a las tierras; agro biodiversidad y semillas; desarrollo agrario; agroindustria y empleo agrícola; sanidad animal y vegetal; agroecología; comercio y abastecimiento alimentario; consumo, nutrición y salud alimentaria; pesca, producción de recursos hidrobiológicos organizada y manglares; entre otras. • Establece acciones de supervisión y control del cumplimiento de los fines de la Ley de Soberanía Alimentaria.
LEY REFORMATORIA PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
30 diciembre
2010
• Previene, detecta y sanciona el financiamiento de delitos y el lavado de activos, es decir, la posesión, administración, utilización, transporte o beneficio de dinero y bienes de origen ilícito. • Obliga a las instituciones financieras y de seguros a solicitar y registrar todos los datos y documentos necesarios que permitan establecer la actividad económica de las personas e instituciones. • Obliga a las instituciones financieras, inmobiliarias, de mercado de valores, de comercialización de vehículos, de transporte nacional e internacional de dinero y encomiendas, registradores de la propiedad y mercantiles, entre otros, a reportar las transacciones económicas inusuales e injustificadas de personas y empresas, con el fin de prevenir y detectar el lavado de activos. • Los reportes de operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas serán procesados y analizados por la Unidad de Inteligencia Financiera y, de ser necesario, enviados a la Fiscalía General del Estado para su investigación y enjuiciamiento.
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA ELECTORAL Y DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA) 30 diciembre
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2010
• Establece que las organizaciones y movimientos políticos que participaron en el proceso electoral de 2009 sigan recibiendo el Fondo Partidario Permanente, para promover su organización y difundir sus planes a la población para las elecciones de 2013. • Determina que el nombramiento de vicealcalde y miembros de las comisiones legislativas cantonales y comisiones de las juntas parroquiales rurales, terminan a los dos años de su elección. • Fija el mecanismo para la ausencia o imposibilidad de asistir a reuniones de los respectivos alternos de los asambleístas, concejales y vocales de las juntas parroquiales.
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL
29 marzo
2011
• Contribuye a reducir los accidentes de tránsito en las vías del país, con nuevas infracciones sanciones más severas. Al mismo tiempo promueve campañas de educación, prevención y capacitación en movilidad, tránsito y seguridad vial. • Mejora el sistema de entrega de licencias de conducir, profesionales y no profesionales, las que se emiten luego de un proceso de capacitación en las escuelas de conducción autorizadas. • Iguala el uso de taxímetros y otros equipos tecnológicos en los medios de transporte público para evitar el abuso en el cobro de tarifas a los usuarios. • Legaliza a las compañías de taxis de servicio ejecutivo e incluye a las mujeres como socias y conductoras de transporte público y comercial, lo que genera cerca de 6 000 plazas de trabajo para las mujeres. • Crea y regula una jornada laboral para los choferes y establece el aseguramiento social para choferes agremiados a la Federación de Choferes Profesionales del Ecuador.
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EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL
31 marzo
2011
• Incrementa el salario de los docentes y crea un nuevo escalafón basado en sus méritos, con ascensos relacionados con su capacitación, evaluación y titulación académica, de manera que se mejore la calidad de la educación nacional. • Establece el bachillerato único, eliminando el sistema de especialidades que obligaba al adolescente a tomar tempranamente una decisión que marcaba el resto de su vida. • Incluye la enseñanza de un idioma ancestral, de las realidades e historias no oficiales y de los saberes locales de cada comunidad. • Promueve la investigación científica, el uso de la tecnología y la innovación, la creación artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del patrimonio cultural, natural y del medio ambiente.
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA ELECTORAL Y DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS (CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA) Y A LA LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA QUE REGULA LA REVOCATORIA DE MANDATO 11 mayo
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• Con el fin de evitar los procedimientos que afecten la estabilidad y buen gobierno, esta ley establece que para revocar democráticamente el mandato a las autoridades de elección popular, la solicitud de revocatoria deberá tener un respaldo proporcional al número de los electores inscritos en el padrón electoral de la correspondiente circunscripción: 25% de respaldo para las circunscripciones de hasta 5 000 electores; 20% de 5 001 hasta 10 000; 17.5% de 10 001 hasta 50 000; 15% de 50 001 a 150 000; 12.5% de 150 001 a 300 000; y, 10% para las circunscripciones de más de 300 000 electores. • Señala que la solicitud de revocatoria deberá explicar, de manera clara y precisa, las razones en las que se sustenta. La motivación no podrá cuestionar el cumplimiento de las funciones y atribuciones que por ley les corresponde a las autoridades. • Determina que la campaña para la revocatoria del mandato no tendrá financiamiento público.
2011 57
EN LO INSTITUCIONAL
EN LO INSTITUCIONAL
LEY DE FOMENTO AMBIENTAL Y OPTIMIZACIÓN DE LOS INGRESOS DEL ESTADO
24 noviembre
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2011
• Crea los “impuestos verdes” para motivar la responsabilidad ambiental en los ciudadanos y cambiar los comportamientos de consumo socialmente indeseables, ambientalmente negativos y dañinos para la salud. • Establece una tasa a la contaminación vehicular según la antigüedad y cilindraje del automotor, de manera que los dueños de los vehículos más contaminantes, paguen más. • Por ser uno de los mayores contaminantes, se establece un impuesto a las botellas plásticas no retornables. Quien recolecte, entregue y retorne las botellas, recuperará el valor del impuesto. • Aumenta el impuesto a los cigarrillos y al porcentaje de alcohol puro que contienen las bebidas alcohólicas, con el propósito de reducir el consumo de sustancias dañinas para la salud • La reforma también incluye un aumento del impuesto a la salida de divisas, con el objetivo de que el dinero se quede en el país.
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
01 noviembre
2011
• Establece para los estudiantes universitarios y egresados de Derecho o Ciencias Jurídicas, la obligación de realizar un año de asistencia legal gratuita a la ciudadanía. Esta es una forma de restituir a la sociedad ecuatoriana el beneficio de la educación superior recibida de ella y por constituir la abogacía una función social al servicio de la justicia y del derecho. • La asistencia legal se realizará en dependencias como la Asamblea Nacional, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado, consultorios jurídicos gratuitos de las universidades; en instituciones públicas de los sectores rurales o urbano marginales o cualquier otra institución del sector público. Será requisito para obtener el título profesional. • Establece que los estudiantes no serán considerados como servidores públicos, sin embargo, tendrán derecho a recibir una compensación económica de acuerdo a la tabla establecida en el reglamento respectivo.
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LEYES LEYES APROBADAS APROBADAS
LEYES APROBADAS A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN OCTUBRE 2008 A NOVIEMBRE 2012
LEYES ECONÓMICAS (12) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera Ley del Banco del IESS Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado Ley Orgánica de Empresas Públicas Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular Decreto – Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario – Financiero
LEYES SOCIALES (22) 13 14 15 16 17
60
Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social, a la Ley de Seguridad Social de las FFAA y a la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional Ley Reformatoria al Código Penal que tipifica el delito de genocidio y etnocidio Ley Reformatoria a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Código de la Niñez y Adolescencia Ley para el pago mensual del Fondo de Reserva y Régimen Solidario de Cesantía por parte del Estado
A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN OCTUBRE 2008 A NOVIEMBRE 2012
FECHA (RO)
LEYES SOCIALES (22)
RO 497, Suplemento
30/12/2008
RO 498, Tercer Suplemento RO 587, Suplemento RO 40, Suplemento RO 48, Suplemento RO 94, Suplemento
31/12/2008 11/05/2009 05/10/2009 16/10/2009 23/12/2009
18 19 20 21
RO 244, Suplemento
27/07/2010
RO 306, Segundo Suplemento RO 351, Suplemento RO 444 RO 583, Suplemento RO 659, Suplemento
22/10/2010 29/12/2010 10/05/2011 24/11/2011 12/03/2012
REGISTRO OFICIAL (RO)
FECHA (RO)
RO 559, Suplemento
30/03/2009
RO 578, Suplemento RO 639, Suplemento RO 643, Suplemento
27/04/2009 22/07/2009 28/07/2009
RO 644, Suplemento
29/07/2009
REGISTRO OFICIAL (RO)
22 23 24 25
26 27 28 29 30 31 32 33 34
Ley Orgánica Reformatoria al Mandato Constituyente No. 10 Ley Reformatoria al Código Penal y Código de Procedimiento Penal Ley Orgánica de Participación Ciudadana Ley Derogatoria del Art.38 de la Ley de Migración; y, de exoneración económico tributaria a favor de los ciudadanos haitianos. Ley del Deporte, Educación Física y Recreación Ley Interpretativa al Decreto Legislativo publicado en el RO 971 de 20 de junio de 1996 y Ley No.2003-5 publicada en el RO 90 de 27 de mayo 2003 Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social Ley Reformatoria a la Ley de Legalización de la Tenencia de Tierras a favor de los Moradores y Posesionarios de Predios que se encuentran en la Circunscripción de los Cantones Guayaquil, Samborondón y El Triunfo; y, en el Cantón Huaquillas Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Organos, Tejidos y Células Ley de Reconocimiento a los Héroes y Heroínas Nacionales Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco Ley Reformatoria a la Ley de Propiedad Horizontal Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, Ley 67, para Incluir el Tratamiento de las Enfermedades Raras o Huérfanas y Catastróficas Ley Orgánica para la Regulación de los Créditos para Vivienda y Vehículos Ley Orgánica de Discapacidades Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales Ley Reformatoria a la Ley de Reconocimiento a los Héroes y Heroínas Nacionales
REGISTRO OFICIAL (RO)
FECHA (RO)
RO 37, Suplemento RO 160, Suplemento RO 175, Suplemento
30/09/2009 29/03/2010 20/04/2010
RO 175, Suplemento RO 255, Suplemento
20/04/2010 11/08/2010
RO 255, Suplemento RO 323, Suplemento
11/08/2010 18/11/2010
RO 359 RO 398 RO 399 RO 497 RO 543, Suplemento
10/01/2011 04/03/2011 09/03/2011 22/07/2011 27/09/2011
RO 625 RO 732, Segundo Suplemento RO 796, Suplemento RO 797, Segundo Suplemento RO 804, Suplemento
24/01/2012 26/06/2012 25/09/2012 26/09/2012 05/10/2012
61
LEYES LEYES APROBADAS APROBADAS
LEYES LEYES APROBADAS APROBADAS A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN OCTUBRE 2008 A NOVIEMBRE 2012
LEYES PARA LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD (52) 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51
Ley Derogatoria del literal e) del artículo 139 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial Ley Orgánica Reformatoria del Mandato Constituyente No. 23 Ley de Minería Ley Orgánica Reformatoria al Mandato Constituyente No. 2 Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Exterior Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y al Código del Trabajo Código Orgánico de la Función Judicial Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal y al Código Penal Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador (Código de la Democracia) Ley Reformatoria a la Ley sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, Consulares y de los Organismos Internacionales Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria Ley Reformatoria a la Ley de Compañías Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas Ley Orgánica de la Función Legislativa Ley Interpretativa al Artículo 1 de la Ley Orgánica Reformatoria al Mandato Constituyente No. 2 Ley Orgánica Reformatoria de la Disposición Transitoria Primera del Mandato Constituyente No. 14
REGISTRO OFICIAL (RO)
FECHA (RO)
RO 503 RO 508 RO 517, Suplemento RO 517, Suplemento RO 517, Suplemento
09/01/2009 16/01/2009 29/01/2009 29/01/2009 29/01/2009
RO 528, Suplemento RO 544, Suplemento RO 555, Suplemento
13/02/2009 09/03/2009 24/03/2009
RO 578, Suplemento
27/04/2009
RO 580 RO 583, Suplemento RO 591 RO 607, Suplemento RO 607, Suplemento RO 642, Suplemento
29/04/2009 05/05/2009 15/05/2009 08/06/2009 08/06/2009 27/07/2009
RO 642, Suplemento
27/07/2009
RO 650
06/08/2009
A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN OCTUBRE 2008 A NOVIEMBRE 2012
LEYES PARA LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD (52) 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72
62
Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Ley de Seguridad Pública y del Estado Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Régimen Provincial Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión de la Verdad Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos Ley Reformatoria al Código Penal para la Tipificación de los Delitos Cometidos en el Servicio Militar y Policial Ley Derogatoria No.1 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Derogatoria No.2 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Orgánica de Servicio Público Ley Orgánica de Educación Superior Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Ley Orgánica Reformatoria al Artículo 68 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Ley Derogatoria No.3 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria Ley Derogatoria No.4 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Reformatoria para Reprimir el Lavado de Activos Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia Ley Derogatoria No.5 para la Depuración de la Normativa Legal
REGISTRO OFICIAL (RO)
FECHA (RO)
RO 1, Suplemento RO 22, Suplemento RO 35, Suplemento RO 36, Suplemento RO 52, Segundo Suplemento RO 63 RO 128, Suplemento RO 162, Suplemento
11/08/2009 09/09/2009 28/09/2009 29/09/2009 22/10/2009 10/11/2009 11/02/2010 31/03/2010
RO 196, Suplemento RO 239 RO 278 RO 294, Segundo Suplemento RO 298, Suplemento
19/05/2010 20/07/2010 14/09/2010 06/10/2010 12/10/2010
RO 303, Suplemento RO 308, Segundo Suplemento
19/10/2010 26/10/2010
RO 331, Segundo Suplemento RO 349 RO 352, Suplemento RO 352, Suplemento
30/11/2010 27/12/2010 30/12/2010 30/12/2010
RO 352, Segundo Suplemento RO 379
30/12/2010 07/02/2011
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LISTADO DE ASAMBLEÍSTAS
LEYES LEYES APROBADAS APROBADAS
En orden alfabético, según el nombre hasta mayo de 2013
A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN OCTUBRE 2008 A NOVIEMBRE 2012 ASAMBLEÍSTA LEYES PARA LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD (52) 73 74 75 76 77
78 79 80 81
82 83 84 85
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Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial Ley Orgánica de Educación Intercultural Ley Derogatoria No.6 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Derogatoria No.7 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas -Código de la Democracia- y a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que regulan la Revocatoria de Mandato Ley Derogatoria No. 9 para la Depuración de la Normativa Legal Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de la Función Judicial Ley Reformatoria a la Ley de Creación del Consejo de Gestión de Aguas de la Cuenca del Paute y Derogatoria de las Leyes de Creación de la Junta de Recursos Hídricos y Obras Básicas de los Cantones Jipijapa, Paján y Puerto López y de las Empresas para la Prestación del Servicio Püblico de Agua Potable y Alcantarillado Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia Ley Interpretativa del Artículo 3 de la Ley Orgánica de Servicio Público Ley Derogatoria No. 8 para la Depuración de la Normativa Legal Ley de Administración de Bienes, Reformatoria a la Disposición Transitoria Única de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos; y, a la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Ley Derogatoria a la Ley de Creación de la Comisión Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa (CONEFA) Si quieres conocer más del tramite de las leyes ingresa a: http://www.asambleanacional.gob.ec/tramite-de-las-leyes.html
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REGISTRO OFICIAL (RO)
FECHA (RO)
RO 415, Suplemento RO 417, Segundo Suplemento RO 431 RO 431
29/03/2011 31/03/2011 20/04/2011 20/04/2011
RO 445 RO 520 RO 555, Suplemento RO 568
11/05/2011 25/08/2011 13/10/2011 01/11/2011
RO 606, Suplemento
28/12/2011
RO 634, Segundo Suplemento RO 651, Suplemento RO 712, Suplemento
06/02/2012 01/03/2012 29/05/2012
RO 732, Suplemento
26/06/2012
RO 801, Suplemento
02/10/2012
Abdalá Bucaram Alfredo Ortiz Angel Vilema Armando Aguilar Betty Amores Betty Carrillo Blanca Ortíz Carlos Samaniego Carlos Velasco Carlos Zambrano Celso Maldonado César Gracia César Montúfar César Rodríguez Christian Viteri Cléver Jiménez Consuelo Flores Cynthia Viteri Diana Atamaint Dora Aguirre Eduardo Encalada 31 Eduardo Zambrano diciembre Edwin Vaca Emilia Maruja Jaramillo Enrique Herrería Fausto Cobo Fernando Aguirre Fernando Bustamante Fernando Cáceres Fernando Cordero Fernando Flores
Fernando González Lenín Chica Paola Pabón Fernando Romo Leonardo Viteri Patricio Quevedo Fernando Vélez Lídice Larrea Pedro de la Cruz Francisco • Los Cisneros Linda Machuca Rafael Dávila ecuatorianos nunca volverán a sufrir el congelamiento de Francisco Ulloa Linder Altafuya Ramiro Terán su dinero, ya que en caso de una crisis bancaria, los depósitos Francisco Velasco Lourdes Tibán Ramón Vicente Cedeño del público seránLuis devueltos. a los Gabriel Rivera Almeida Esta ley obliga Raúl Abadbancos a Gabriela Pazmiño Luis Morales Richard Guillén ahorrar para poder, en un momento de necesidad, tener dinero Galo Lara Ma. Elena Pontón Rocío Valarezo prestado y pagar a sus depositantes. Galo Vaca de dónde tomarMagali Orellana Rolando Panchana • Las transacciones clientes de los Gastón Gagliardo Maobásicas Moreno que realizan losRosana Alvarado Gerardo Morán Marco Murillo Saruka Rodríguez bancos y la información esencial sobre el manejo de sus Gerónimo Yantalema María Alejandra Vicuña Scheznarda Fernández Gilmar Gutiérrez María Augusta Calle Silvia Salgado Gina Godoy María Cristina Kronfle Sonia Suárez Gioconda Saltos María Molina Stalin Subía Guido Vargas María Paula Romo Susana González Guillermina Cruz María Soledad Vela Sylvia Kon Henry Cuji Mariangel Muñoz Tito Nilton Mendoza Hólger Chávez Marisol Peñafiel Tomás Cevallos Irina Cabezas Marllely Vásconez Vanessa Fajardo 2008 Jaime Abril Mary Verduga Vethowen Chica Jimmy Pinoargote Mauro Andino Vicente Taiano Jorge Escala Mercedes Diminich Víctor Quirola Jorge Salomón Fadul Mercedes Villacrés Virgilio Hernández José Picoita Nicolás Lapentti Washington Cruz Juan Carlos Cassinelli Nivea Vélez Wladimir Vargas Juan Carlos López Omar Juez Xavier Tomalá Juan Fernández Paco Fierro Yandri Brunner Kléver García Paco Moncayo Zobeida Gudiño ISBN: Pamela Falconí Leandro Cadena
LEY DE CREACIÓN DE LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA
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